nuevo a su equipo de su defensa la elección de dos

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RESCATAN A CIENTOS DE UN FERRY EN LLAMAS SAN JUAN.— Cientos de personas fueron rescatadas por la Guardia Costera de EU de un ferry de pasajeros que se incendió frente a la costa de Puerto Rico. La dependencia estadunidense y equipos locales llevaron a tierra a los 512 pasajeros y tripulantes de la embarcación de American Cruise Ferries, que ardió a unos 3 kilómetros de San Juan, capital de Puerto Rico, dijo la Guardia Costera en un comunicado. —Reuters SE IMPACTA CON UN ÁRBOL Un tren que viajaba de Montpellier a Nimes en el sur de Francia fue golpeado por un árbol derribado por una fuerte tormenta, lo que causó heridas a por lo menos 13 personas, dijeron una portavoz de la empresa ferroviaria SNCF y bomberos. El tráfico en la zona fue interrumpido y se dispuso la circulación de autobuses para ese tramo. >3 FRANCIA Foto: AFP AP [email protected] MADRID.— El presidente in- terino del gobierno español, Mariano Rajoy, dijo que su partido le autorizó negociar un pacto con un partido me- nor para tratar de poner fin a ocho meses de impasse y formar gobierno. Pero no dio el menor in- dicio de que piensa pedir en lo inmediato un voto de confianza en el Congreso para ratificarse en el poder. Rajoy dijo que inicia- rá conversaciones con Ciu- dadanos, un partido de derecha, pero enfatizó que su Partido Popular (PP) no discutió el paquete de con- diciones presentado por Ciudadanos como requisito para iniciar las negociacio- nes. Una de las condiciones es que Rajoy fije una fecha para el voto de investidura. El PP, que está en el poder El PP autoriza a Rajoy negociar alianza ESPAÑA Foto: Reuters Foto: AFP Foto: AP Toma las riendas de su defensa La Presidenta de Brasil, suspendida desde mayo pasado, decidió acudir al Senado el próximo 29 de agosto para asumir su defensa en la última fase del juicio que le puede costar el cargo, informó su oficina de prensa >5 DILMA ROUSSEFF ECONOMÍA EN CUBA ANUNCIAN LINEAMIENTOS El Partido Comunista de Cuba difundió una nueva serie de lineamientos económicos que enfatizan la lenta y limitada naturaleza de las reformas ante la marcada crisis económica nacional. Entre las 274 reglas, se muestra que no se permitirá la concentración de propiedades y riqueza y prometen mejorar el servicio de internet. >4 Foto: AP desde 2011, preside un go- bierno interino desde di- ciembre, tras dos elecciones que no dieron resultados claros. Rajoy dijo que “esta si- tuación no puede continuar mucho tiempo”. Agregó que si su partido no puede for- mar gobierno tal vez resulte inevitable convocar a nue- vas elecciones en los próxi- mos meses. El PP ganó las elecciones con 137 escaños, 39 menos de la mayoría en el Congreso de 350. El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ob- tuvo 85, la alianza izquier- dista Unidos Podemos 71 y Ciudadanos 34. El PSOE, Unidos Po- demos y partidos meno- res han dicho que votarán contra Rajoy en un voto de confianza, lo cual significa que el apoyo de Ciudada- nos no bastará para darle el gobierno. Esta situación no puede continuar durante mucho tiempo... no es buena para España.” MARIANO RAJOY PRESIDENTE INTERINO DEL GOBIERNO ESPAÑOL CAMBIAN PRESOS EN TURQUÍA Turquía promulgó un decreto mediante el cual liberará a 38 mil presos, en un aparente intento de reducir su población carcelaria para hacer lugar para las miles de personas detenidas tras el fallido golpe de Estado de hace un mes. >2 DECRETO La elección de dos personas fieles al empresario, críticas con los republicanos moderados y dadas al ataque, refuerza la imagen ofensiva del candidato AP [email protected] WASHINGTON.— Donald Trump anunció ayer una nueva reestructuración de su equipo de campaña, el más reciente indicio de turbulen- cia en su intento por llegar a la Presidencia estadunidense en momentos en que va re- zagado en las encuestas. Faltando menos de tres meses para las elecciones, el candidato presidencial re- publicano designó a Stephen Bannon del cibersitio dere- chista Breitbart News como director ejecutivo y ascen- dió a Kellyanne Conway de encuestadora a gerente de campaña. Paul Manafort, su jefe de campaña, retendrá su cargo, pero no queda claro cuáles serán sus funciones. Al escoger a Bannon como máximo responsable de campaña ,Trump está en- viando claramente el men- saje que seguirá enfatizando su imagen de foráneo a la política y no complacerá a los sectores republicanos más establecidos. Bannon ha sido un fuerte partidario de Trump desde hace meses y ha criticado a la dirigencia del partido, inclusive al pre- sidente de la Cámara de Re- presentantes, Paul Ryan. Bannon antes trabajaba para el banco Goldman Sa- chs y no aporta experiencia política a la campaña. Trump rechazó las peti- ciones de los republicanos tradicionales de abandonar la retórica incendiaria que le dio la victoria en las prima- rias, pero que ha alejado a gran parte del electorado general. En vez de tratar de ha- cerse más atractivo para los diversos sectores del país, Trump se ha aferrado a sus controversiales co- mentarios que encantan a la ultraderecha, pero no van más allá. Conway se sumó a la campaña de Trump este año como asesora. Una veterana estratega y encuestadora de los republicanos tiene estre- chos vínculos con el compa- ñero de fórmula de Trump, el gobernador de Indiana, Mike Pence. Ésta es la segunda re- modelación que realiza el empresario a su equipo de Trump en dos meses. Trump ajusta de nuevo a su equipo ELECCIONES REESTRUCTURACIÓN PRESIDENCIALES EU Foto: AP El republicano Donald Trump busca llegar a la Casa Blanca. A LA BAJA El candidato republicano Donald Trump se mantiene atrás de Clinton en los sondeos a nivel nacional y en muchos estados indecisos. EXCELSIOR JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2016 [email protected] @Global_Exc

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RESCATAN A CIENTOS DE UN FERRY EN LLAMASSAN JUAN.— Cientos de personas fueron rescatadas por la Guardia Costera de EU de un ferry de pasajeros que se incendió frente a la costa de Puerto Rico. La dependencia estadunidense y equipos locales llevaron a

tierra a los 512 pasajeros y tripulantes de la embarcación de American Cruise Ferries, que ardió a unos 3 kilómetros de San Juan, capital de Puerto Rico, dijo la Guardia Costera en un comunicado. —Reuters

SE IMPACTA CON UN ÁRBOLUn tren que viajaba de Montpellier a Nimes en el sur de Francia fue golpeado por un árbol derribado por una fuerte tormenta, lo que causó heridas a por lo menos 13 personas, dijeron una portavoz de la empresa ferroviaria SNCF y bomberos. El tráfico en la zona fue interrumpido y se dispuso la circulación de autobuses para ese tramo. >3

FRANCIA

Foto

: AFP

[email protected]

MADRID.— El presidente in-terino del gobierno español, Mariano Rajoy, dijo que su partido le autorizó negociar un pacto con un partido me-nor para tratar de poner fin a ocho meses de impasse y formar gobierno.

Pero no dio el menor in-dicio de que piensa pedir en lo inmediato un voto de confianza en el Congreso para ratificarse en el poder.

Rajoy dijo que inicia-rá conversaciones con Ciu-dadanos, un partido de derecha, pero enfatizó que su Partido Popular (PP) no discutió el paquete de con-diciones presentado por Ciudadanos como requisito para iniciar las negociacio-nes. Una de las condiciones es que Rajoy fije una fecha para el voto de investidura.

El PP, que está en el poder

El PP autoriza a Rajoy negociar alianza

ESPAÑA

Foto: Reuters

Foto

: AFP

Foto

: AP

Toma las riendas de su defensa

La Presidenta de Brasil, suspendida desde mayo pasado, decidió acudir al Senado el próximo 29 de agosto para asumir su defensa en la última fase

del juicio que le puede costar el cargo, informó su oficina de prensa >5

DILMA ROUSSEFF

ECONOMÍA EN CUBA

ANUNCIAN LINEAMIENTOSEl Partido Comunista de Cuba difundió una nueva serie de lineamientos económicos que enfatizan la lenta y limitada naturaleza de las reformas ante la marcada crisis económica nacional. Entre las 274 reglas, se muestra que no se permitirá la concentración de propiedades y riqueza y prometen mejorar el servicio de internet. >4

Foto: AP

desde 2011, preside un go-bierno interino desde di-ciembre, tras dos elecciones que no dieron resultados claros.

Rajoy dijo que “esta si-tuación no puede continuar mucho tiempo”. Agregó que si su partido no puede for-mar gobierno tal vez resulte inevitable convocar a nue-vas elecciones en los próxi-mos meses.

El PP ganó las elecciones con 137 escaños, 39 menos de la mayoría en el Congreso de 350. El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ob-tuvo 85, la alianza izquier-dista Unidos Podemos 71 y Ciudadanos 34.

El PSOE, Unidos Po-demos y partidos meno-res han dicho que votarán contra Rajoy en un voto de confianza, lo cual significa que el apoyo de Ciudada-nos no bastará para darle el gobierno.

Esta situación no puede continuar durante mucho tiempo... no es buena para España.”

MARIANO RAJOYPRESIDENTE INTERINO

DEL GOBIERNO ESPAÑOL

CAMBIAN PRESOS EN TURQUÍATurquía promulgó un decreto mediante el cual liberará a 38 mil presos, en un aparente intento de reducir su población carcelaria para hacer lugar para las miles de personas detenidas tras el fallido golpe de Estado de hace un mes. >2

DECRETO

La elección de dos personas fieles al empresario, críticas con los republicanos moderados y dadas al ataque, refuerza la imagen ofensiva del [email protected]

WASHINGTON.— Donald Trump anunció ayer una nueva reestructuración de su equipo de campaña, el más reciente indicio de turbulen-cia en su intento por llegar a la Presidencia estadunidense en momentos en que va re-zagado en las encuestas.

Faltando menos de tres meses para las elecciones, el candidato presidencial re-publicano designó a Stephen Bannon del cibersitio dere-chista Breitbart News como director ejecutivo y ascen-dió a Kellyanne Conway de encuestadora a gerente de campaña. Paul Manafort, su jefe de campaña, retendrá su cargo, pero no queda claro cuáles serán sus funciones.

Al escoger a Bannon como máximo responsable de campaña ,Trump está en-viando claramente el men-saje que seguirá enfatizando su imagen de foráneo a la política y no complacerá a los sectores republicanos más establecidos. Bannon ha sido un fuerte partidario de Trump desde hace meses y ha criticado a la dirigencia del partido, inclusive al pre-sidente de la Cámara de Re-presentantes, Paul Ryan.

Bannon antes trabajaba para el banco Goldman Sa-chs y no aporta experiencia política a la campaña.

Trump rechazó las peti-ciones de los republicanos tradicionales de abandonar la retórica incendiaria que le dio la victoria en las prima-rias, pero que ha alejado a gran parte del electorado general.

En vez de tratar de ha-cerse más atractivo para los diversos sectores del país, Trump se ha aferrado a sus controversiales co-mentarios que encantan a la ultraderecha, pero no van más allá.

Conway se sumó a la campaña de Trump este año como asesora. Una veterana estratega y encuestadora de los republicanos tiene estre-chos vínculos con el compa-ñero de fórmula de Trump, el gobernador de Indiana, Mike Pence.

Ésta es la segunda re-modelación que realiza el empresario a su equipo de Trump en dos meses.

Trump ajusta de nuevo a su equipo

ELECCIONES REESTRUCTURACIÓN

PRESIDENCIALES

EU

Foto: AP

El republicano Donald Trump busca llegar a la Casa Blanca.

A LA BAJAEl candidato republicano Donald Trump se mantiene atrás de Clinton en los sondeos a nivel nacional y en muchos estados indecisos.

EXCELSIORjuEvES 18 dE agOStO dE 2016

[email protected] @global_Exc

GLOBAL jueves 18 de AGOstO de 2016 : eXCeLsIOR2

EL RADAR GLOBAL

LO QUE VIENE SUCESOS

[email protected] @Global_Exc

Gira por Sudamérica de jefe de control de armasEl secretario de Estado adjunto de EU para el control de armas, Frank A. Rose, comienza una gira para reunirse con funcionarios de Argentina, Chile y Colombia

Tifón golpea la mayor parte de JapónJapón se prepara para precipitaciones torrenciales e inundaciones en gran parte del país debido a la llegada del tifón Chanthu.

Vicecanciller alemán “pinta dedo” a neonazisEl vicecanciller alemán, Sigmar Gabriel, respondió el viernes con un gesto obsceno a militantes de extrema derecha que le gritaban “traidor del pueblo” en Baja Sajonia, según un video divulgado ayer. www.excelsior.com.mx

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Sentencian a prisión a un argelino por blasfemia El argelino Sueiman Buhafs, de 40 años y convertido al cristianismo, fue detenido el 31 de julio y sentenciado esa misma noche a cinco años de cárcel por “ofender” a Mahoma en Facebook.

Recuperan camioneta tras anunciarla en FacebookUna pareja francesa recuperó su camioneta, robada en Barcelona el 11 de julio, gracias al mensaje que publicaron en Facebook y que fue compartido más de 100 mil veces.

VIRAL

¿SABÍAS QUE?

Las fuerzas de seguridad afganas usan cada vez más escuelas como base para sus operaciones militares contra los talibanes, poniendo en riesgo a niños y maestros, denunció ayer la organización Human Rights Watch.

HOY CUMPLERosalynn CarterEXPRIMERA DAMA DE ESTADOS UNIDOSCodirige en Centro Carter y es activista por los derechos humanos en Atlanta.89 AÑOS

[email protected]

ESTAMBUL.– El gobierno de Turquía otorgará el beneficio de la libertad condicional a 38 mil presos, para abrir espacio en las saturadas cárceles del país a los más de 20 mil de-tenidos tras el fallido golpe de Estado del 15 de julio.

Un decreto, publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado al amparo del esta-do de emergencia, modifica

dos provisiones en la ley pe-nal para permitir la salida en libertad condicional de nu-merosos presos, explicó el ministro de Justicia, Bekir Bozdag.

Estas dos medidas posi-bilitarán la salida en libertad condicional de unos 38 mil presos, especificó Bozdag, subrayando que no se trata de una “amnistía” sino de un cumplimiento de la condena fuera de la prisión.

Tras el fallido golpe de

Estado, el gobierno turco ini-ció una purga en la que detu-vo a 35 mil personas, aunque unas 11 mil fueron liberadas; 17 mil están en prisión pre-ventiva mientras que otras cinco mil 600 aún esperan la decisión de un juez.

Desde el año 2000, cuan-do había 49 mil 500 presos en Turquía, la población carce-laria ha aumentado hasta los 179 mil 600 censados en ene-ro pasado, denunciaron ayer diputados de oposición.

Turquía libera presos para recluir a golpistas

HAY MÁS DE 20 MIL NUEVOS DETENIDOS

Foto: AP

Foto: Archivo

Imagen tomada de: www.youtube.com

Imagen tomada de: www.youtube.com

Familiares y amigos de reos esperan su liberación afuera de la prisión de alta seguridad de Silivri, a 80 kilómetros de Estambul.

Foto: AP

Nissrine Samali, de 20 años, se mete al mar con un burkini en Marsella, en el sur de Francia, antes de que la prenda se prohibiera.

AP Y [email protected]

PARÍS.– El primer ministro de Francia, Manuel Valls, expresó ayer su apoyo a las localidades que prohíben el uso del burki-ni, alegando que se basa en la “esclavitud de las mujeres” y, por lo tanto, es incompatible con los valores franceses.

El burkini, un atuendo si-milar a los trajes acuáticos que cubren el torso, las extremida-des y la cabeza de la mujer, ha motivado un debate nacional en Francia sobre el Islam y los cuerpos femeninos, aunque solamente es usado por un puñado de musulmanas.

Tres localidades medi-terráneas ya vetaron su uso basándose en motivos de se-guridad en un verano plagado de ataques extremistas. Los críticos de la medida alegan que es una norma discrimi-natoria que podría avivar las tensiones religiosas y sociales.

Gran parte de la clase polí-tica francesa, desde la izquier-da hasta la derecha, opina lo contrario: que los burki-nis oprimen a las mujeres y por tanto no tienen cabida en un país cuyo lema celebra la igualdad y la libertad.

Valls dijo al diario La Pro-vence que el bañador repre-senta una “provocación” y una “visión arcaica” de que las mujeres son “impúdicas, impuras y que por lo tanto

Gobierno rechaza el burkini FRANCIA

deberían cubrirse por com-pleto. Eso no es compatible con los valores de Francia”.

La ministra de Asuntos de Mujeres, Laurence Rossignol, expresó una posición similar.

“El burkini es una visión particular del lugar de la mu-jer. No puede ser considerado solamente como una cuestión

El primer ministro Manuel Valls apoyó a las localidades que prohibieron el traje de baño musulmán por considerar que oprime a la mujer

SANCIONADASSeis mujeres musulmanas que usaban burkinis en la ciudad de Cannes fueron obligadas a retirarse de la playa y cuatro fueron multadas con 38 euros en tres semanas.

Los próximos 26, 27 y 28 de agosto se llevará a cabo el Rock en Sei-ne, uno de los festivales de música moderna más importantes de Pa-rís. La lista de los artistas es presti-

giosa: entre otros, tocarán Iggy Pop, Massive Attack o la sensación indie rock de los últi-mos meses, The Last Shadow Puppets. Pero la programación 2016 del festival provocó una pequeña polémica: los organizadores cancelaron la participación de un grupo ini-cialmente previsto, Eagles of Death Metal. Al contrario de lo que anuncia su nombre, no tocan rock pesado, sino, más bien, un garage rock accesible con tinte de blues. En Francia, desde el 13 de noviembre de 2015, todos co-nocen a esta banda: se estaba presentando en el Bataclán cuando sucedió el atentado islamista más sangriento del país, cometi-do por tres fundamentalistas que dispararon contra el público, matando a 90 personas.

En marzo de 2016, el líder del grupo, Jesse Hughes, insinuó frente a las cámaras de Fox Business que el servicio de seguridad del teatro sabía lo que iba a suceder y que por lo tanto los vigilantes eran cómplices, ya que “descubrió” que seis “y tal vez más” de ellos no habían ido a trabajar esa noche. Frente a las protestas de la opinión pública francesa y de los fans del grupo, atónitos ante esta ver-sión totalmente falsa y excéntrica de los he-chos, Hughes tuvo que disculparse unos días después. Pero estas excusas fueron sólo para salir del paso, ya que en una entrevista publi-cada el 14 de mayo de 2016 para la revista en línea conservadora Taki’s Magazine, el mú-sico confirmó su visión complotista, aprove-chando la ocasión para hacer comentarios racistas. Refiere que los vigilantes (de origen árabe) fijaban la mirada sobre uno de sus “cuates”, pero Hughes dice no haber puesto mucha atención a eso sobre el momento ya que lo interpretó como el signo del “celo de los árabes hacia (ellos)”. También dijo haber visto a musulmanes festejar los atentados en

la calle, siendo que éstos aún no terminaban y afirma haber visto en los bastidores a Salah Abdeslam, uno de los cómplices (arrestado por la policía belga el pasado 18 de marzo). En desacuerdo total con esta versión, el festi-val Rock en Seine decidió entonces cancelar la presentación de Eagles of Death Metal.

En realidad, sus declaraciones no son tan sorprendentes: es abiertamente ultracon-servador, proarmas de fuego y, obviamente, un gran adorador de Donald Trump. Parece normal entonces que comparta con el can-didato republicano esta paranoia hacia los musulmanes. Sin embargo, sorprende que un artista de rock sea finalmente tan tradi-cionalista, porque a pesar de la multitud de sus subgéneros, a veces muy comerciales, el rock ‘n’ roll es históricamente y por esencia una música subversiva y libre. Los ejemplos abundan: desde los bailes sugestivos de Elvis Presley, hasta el grunge de Kurt Cobain, pa-sando por el pacifismo de John Lennon y las provocaciones televisuales de los Sex Pistols, el rock es anticonformista. Pero Hughes no es el único, podemos citar a muchas otras estrellas de rock o de rap pro Trump como Kid Rock, Ted Nugent o Azealia Banks. Es-tos apoyos son finalmente pequeños detalles en la campaña para las próximas elecciones presidenciales estadunidenses, pero juegan un papel al “suavizar” la imagen de Trump, para que se vea más “cool”, el exacto opuesto de su línea política.

— Profesor de la Facultad de Estudios Globales.

Universidad Anáhuac México, campus norte.

[email protected]

Eagles of Death Metal se estaba presentando en el Bataclán cuando sucedió el atentado islamista más sangriento del país.

Rock ‘n’ TrumpLas declaraciones de Jesse Hughes no son tan sorprendentes: es ultraconservador, proarmas y un gran adorador del republicano.

FORO INTERNACIONAL ANÁHUACYANN MARCADET*[email protected]

de moda ni libertad indivi-dual”, dijo Rossignol en la ra-dio Europe-1.

Valls manifestó, sin em-bargo, que no está a favor de una ley nacional que prohí-ba la prenda. “No pienso que debamos legislar ese asunto. Reglas generales sobre res-tricciones de vestuario no pueden ser la solución”.

Leyes francesas prohíben ya velos que cubran el ros-tro en público y velos para el cabello en escuelas, sobre la base de que violan el secula-rismo y oprimen a las mujeres.

Extremistas islámicos han mencionado esas leyes entre sus motivos para sus ataques terroristas contra Francia.

38MIL

presos recibirán el beneficio

de la libertad condicional en Turquía

José Carreño FiguerasCoordinador

Iván VenturaEditor

Israel LópezCoeditor

Julio de la TorreCoeditor

Ilian CedeñoCoeditora

Juan Carlos GutiérrezEditor Visual

CONGO

REPRIMEN PROTESTA Un manifestante murió de un disparo, ayer, en enfrentamientos con las fuerzas del orden du-rante una manifestación en Beni, en el último día de duelo por las decenas de civiles asesina-dos por rebeldes ugandeses en esa ciudad.

REPÚBLICA CHECA

TRAVESÍA DE EMOCIONES Una compañía checa está ofreciendo via-jes en autobús a Auschwitz y otras partes con imágenes de víctimas del Holocausto. Sugiere que el viaje es entretenimiento, con anuncios que dicen: “Una travesía por las emociones”.

CALIFORNIA

SE EXTIENDE EL FUEGO Un nuevo incendio en California avanzó ayer hacia miles de casas, consumiendo vegetación seca por la sequía y destruyendo una cantidad desconocida de instalaciones, mientras alcan-zaba un tamaño de 122 kilómetros cuadrados.

COREA DEL SUR

DESERTA DEL RÉGIMEN Thae Yong-ho, diplomático de la embajada de Corea del Norte en Londres, desertó con su fa-milia a Corea del Sur, informó ayer el Ministerio de Unificación de Seúl. Thae había permaneci-do bajo una creciente presión del régimen.

VATICANO

FORTALECEN SUS LAZOS El papa Francisco re-cibió ayer al presiden-te francés François Ho-llande en el Vaticano, en una reunión priva-da organizada tres se-manas después del cruel asesinato de un sacerdote en una igle-sia de Normandía y con la que quieren reforzar sus lazos. Es la segun-da vez que el Papa reci-be al Presidente galo.

Foto: AFP

Foto: AP

Fotos: AFP y Reuters

Foto: AP

Foto: AP

Foto: AP

E l accidente de un tren regional que se produjo ayer a una

decena de kilómetros al este de Montpellier en dirección a Nimes (sur de Francia) causó tres heridos graves y diez leves, mientras que decenas de personas tuvieron que ser atendidas por el shock sufrido, indicaron las autoridades. Alrededor de 200 personas viajaban en el tren regional (TER), que había salido de Cerbere, en la frontera española, y se dirigía a Aviñón en el momento en que un árbol cayó a su paso por el municipio de Saint Aunès, cuando circulaba a unos 140 kilómetros por hora, una velocidad normal. El secretario general de la prefectura del departamento de Herault, Olivier Jacob, aseguró que no corre peligro la vida del hombre de unos 30 años que fue evacuado en helicóptero al considerarse que su situación era de urgencia.

UN ÁRBOL PROVOCA ACCIDENTE DE TREN

FRANCIA

:3EXCELSIORjuEvES 18 dE agOStO dE 2016

LATITUD

GLOBAL jueves 18 de AGOstO de 2016 : eXCeLsIOR4

Se aferran a una economía centralizadaEl partido en el poder publicó los lineamientos económicos, que prohíben la concentración de riqueza

AP Y [email protected]

LA HABANA.– El Partido Co-munista de Cuba difundió una nueva serie de lineamientos económicos que enfatizan la lenta y limitada naturaleza de las reformas ante la marcada crisis económica nacional.

En los lineamientos se “re-conoce la existencia objetiva de las relaciones del merca-do”, pero también subrayan el compromiso cubano con una economía centralizada.

Las 274 reglas indican que no se permitirá la concen-tración de propiedades y ri-queza, y prometen mejorar el servicio de internet, aunque sólo “gradualmente, según lo permitan las posibilidades económicas”, en una de las naciones con peor conectivi-dad del mundo.

Los lineamientos actua-lizan el documento que pre-sentó en 2011 el presidente Raúl Castro sobre su visión de una reforma económica, du-rante el congreso del Partido Comunista que se realiza dos veces por década.

Esas reformas han permiti-do el crecimiento de decenas de miles de empresas priva-das, desde zapateros inde-pendientes hasta restaurantes de lujo y pequeños hoteles boutique.

Pero las empresas priva-das no han podido salvar al gobierno de la falta de dinero y el estancamiento económi-co, debido a los recortes en los subsidios al petróleo por parte de Venezuela.

El entonces ministro de Economía, Marino Murillo, dijo el mes pasado que Cuba tuvo un crecimiento de 1% du-rante la primera mitad de 2016 pese a la explosión de turismo impulsada por el descongela-miento de relaciones con Es-tados Unidos en diciembre de 2014.

Murillo dijo que el país ten-dría que reducir su consumo eléctrico en 6%, y la mayor parte de esa reducción estaría dirigida al sector estatal.

Las empresas guberna-mentales y paraestatales

CUBA

[email protected]

SAN SALVADOR.– Una corte de El Salvador negó el pro-ceso de extradición a España de un militar retirado seña-lado por su supuesta parti-cipación en el asesinato de un grupo de jesuitas, dijo ayer el magistrado Leonar-do Ramírez.

La Corte Suprema de Jus-ticia resolvió enviar a pri-sión al excoronel Guillermo Bena-vides, quien po-dría ser juzgado en el país centro-americano tras la reciente deroga-ción de una ley de amnistía para los crímenes come-tidos durante la guerra civil que asoló a El Salvador entre 1980 y 1992.

La Corte Suprema de Jus-ticia resolvió enviar a pri-sión al excoronel Guillermo Benavides, quien podría ser juzgado en el país centro-americano tras la recien-te derogación de una ley de

amnistía para los crímenes cometidos durante la guerra civil que asoló a El Salvador entre 1980 y 1992.

“Se resolvió no conceder la extradición y dejar abier-tas aquí las puertas para que se puedan abrir los cana-les de juzgamiento (...) ya no tienen ninguna protección o inmunidad”, dijo Ramí-rez sobre la decisión unáni-me de los 15 miembros de la corte.

El juez agre-gó que continúan las deliberaciones sobre los otros tres militares retirados que se encuentran detenidos acusa-dos de integrar un comando militar que acribilló en

1989 a seis sacerdotes y dos mujeres en la Universidad Centroamericana.

Un juez español solicitó en enero, por segunda vez, la captura y extradición de 17 militares salvadoreños su-puestamente implicados en la muerte de los religiosos, entre ellos cinco españoles.

EFE Y [email protected]

CARACAS.– El gobierno de Venezuela seguró ayer que la escasez de pan en los expendios del país es pro-ducto de un plan con una “intencionalidad política” de afectar la administra-ción del presidente vene-zolano, Nicolás Maduro.

“Llama la atención que la recurrencia de colas con relación a este producto solamente está ubicada en Caracas, lo cual nos hace pensar de que allí hay una intención política”, indi-có el superintendente na-cional de Precios Justos, William Contreras en de-claraciones a la televisión gubernamental VTV.

En los últimos meses el pan es otro de los produc-tos que junto a buena parte de la cesta básica están es-casos en el país petrolero y que ha ocasionado largas filas de personas frente a las panaderías.

Aunque los producto-res señalan que la esca-sez del alimento se debe a las fallas en la importa-ción del trigo para elabo-rar la harina panadera, el superintendente lo negó e indicó que las panaderías que tengan “largas colas” podrían ser sancionadas.

Por otra parte, Madu-ro celebró el martes como exitosa la reapertura a pea-tones de la frontera con Colombia, pero aún se es-pera luz verde al paso de vehículos de carga.

Al respecto, dijo que el paso de vehículos se permitirá después que se regularice el suminis-tro de gasolina y se de-tenga el contrabando del combustible.

Niegan extraditar a militar por asesinato de jesuitas

Escasez de pan es un complot: gobierno

EL SALVADOR VENEZUELA

Imagen tomada de: www.twitter.com

Foto: AP

Foto

: AP

Los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia rechazaron extraditar a España al excoronel Guillermo Benavides.

El gobierno cubano reconoció que la economía creció apenas 1% en la primera mitad de 2016 pese a la llegada de más turistas.

Miles de venezolanos viajaron a Colombia a comprar alimentos.

tienen menor actividad du-rante el verano, cuando la mayoría de los cubanos se toma unas largas vacaciones.

Este verano se ha re-ducido el consumo de aire

MIGRACIÓNLa tasa de migración ha sido de más del doble des-de que se descongelaron las relaciones, y más de 90 mil cubanos han ingresado a EU a través de los cruces fronterizos. Otros 10 mil se han ido en balsas.

AMNISTÍAGuillermo Benavides fue condenado a 30 años de prisión, pero no cumplió su pena gracias a una ley de amnistía.

Continúa la lucha de los burócratas y la línea dura, que se oponen a reformas significativas.”

JOHN KIRKACADÉMICO DE LA

DALHOUSIE UNIVERSITY Y AUTOR DE LIBROS

SOBRE CUBA

acondicionado en los edifi-cios del gobierno y las esta-ciones de gasolina a menudo se encuentran cerradas por-que ya no tienen combustible o supuestamente están siendo reparadas.

Hasta el momento, Cuba no ha tenido cortes o reduc-ción sostenida o frecuen-te de electricidad ni algún otro efecto llamativo de una recesión.

Sin embargo, existe una extensa frustración popular ante la incapacidad del go-bierno para incrementar los salarios estatales o permitir un crecimiento más rápido de las empresas privadas.

Otro documento del Par-tido Comunista publicado en mayo y que delinea la visión del partido para el país hasta 2030, menciona el nuevo re-conocimiento legal de la pe-queña y mediana empresa.

Actualmente, los comer-cios privados únicamente son permitidos bajo una catego-ría especial de autoempleo, lo que representa problemas para las empresas que no se apegan a una burocracia que no las reconoce de manera oficial.

100MIL

personas cruzaron la frontera a Colombia

para comprar comida

Lanzan plan anti opioidesWASHINGTON.– El gobier-no del presidente Barack Obama otorgará 17 millo-nes de dólares a las agen-cias policiales del país para luchar contra la adic-ción a los opioides y la he-roína, informó ayer la Casa Blanca.

El gobierno estaduni-dense dijo que busca im-pulsar una gran variedad de proyectos a fin de lu-char contra el narcotráfico, aumentar el uso del antí-doto naloxona y entrenar a los médicos a recetar me-dicamentos seguros.

— AP

WASHINGTONEDICTO

FRANCISCO LOMELÍ SANABIA.EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRE.

Por este conducto hago de su conocimiento que en el Juzgado Segundo en Materia Civil y Mercantil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial en el Estado, se encuentra radicado el expediente número 306/2014-3, relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por MULTISERVICIOS PROFESIONALES INMOBILIARIOS S.A DE C.V en contra FRANCISCO LOMELÍ SANABIA, radicado en la Tercera Secretaría, y en virtud de que se acreditó el desconocimiento del domicilio del demandado FRANCISCO LOMELÍ SANABIA, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos, haciéndole de su conocimiento que cuentan con el plazo de TREINTA DÍAS, para dar contestación a la demanda entablada en su contra, el cual contará a partir del día siguiente de la última publicación, en términos del auto de fecha QUINCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, quedando a su disposición las copias simples de traslado en las instalaciones de la Tercera Secretaría.Para su publicación por tres veces de tres en tres días en el BOLETÍN JUDICIAL, así como en el periódico de mayor circulación a nivel Nacional EL EXCÉLSIOR.

CUERNAVACA, MOR; A 10 DE JUNIO DE 2016.Vo. Bo.

C. JUEZ SEGUNDO EN MATERIA CIVIL Y MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL

ESTADO DE MORELOS.LIC. BERTÍN CÁRDENAS LÓPEZ

LA TERCERA SECRETARIA DE ACUERDOS.LIC. ERENDIRA JAIME JIMÉNEZ.

Foto: Reuters

:5EXCELSIORjuEvES 18 dE agOStO dE 2016

PORTADA

económica” del país “pasa por el voto popular, en unas elec-ciones directas”, dice.

Sumergida en la impopu-laridad, es responsabilizada de la recesión económica que vive Brasil, la peor desde los años 30 si se corroboran las proyecciones.

El Partido de los Trabaja-dores (PT, izquierda), fundado por Luiz Inácio Lula da Silva y en el que milita Rousseff fue golpeado de lleno por acusa-ciones de corrupción deriva-das de un monumental fraude

a la estatal Petrobras.Después de que Rousseff

divulgara su carta, la Corte Su-prema de Justicia aceptó abrir la primera investigación for-mal sobre la mandataria para dilucidar si intentó obstacu-lizar la investigación de Pe-trobras, que tiene en la mira a Lula y llevó a prisión al tesorero del PT.

Dilma ha sido re-presentada en todas las audiencias por su abogado y exminis-tro de Justicia, José Eduardo Cardozo, quien insiste en que el proceso es ilegal.

La gobernante fue sustituida en forma inte-rina por Michel Temer, quien ocupaba la vicepresiden-cia y completará el manda-to que vence el 1 de enero de 2019 en caso de su definitiva destitución.

RECHAZAN A VENEZUELA El canciller brasileño, José Se-rra, tildó ayer a Venezuela de “régimen autoritario”, afirmó que “no puede presidir el Mer-cosur” y dijo que si el referen-do para revocar el mandato de Nicolás Maduro no se ce-lebra este año “será una farsa

completa”.Serra recibió al

diputado venezo-lano Luis Florido, presidente de la Co-misión de Política Exterior de la Asam-blea Nacional de ese país, y manifestó la “solidaridad” del

gobierno interino de Temer a la oposición venezolana.

“Venezuela vive un régi-men autoritario, no democrá-tico, porque un país que tiene presos políticos no es demo-crático”, declaró Serra.

DEFENSORRousseff ha sido representada en todas las audiencias por su abogado y exminis-tro de Justicia, José Eduardo Cardozo.

Rousseff se defenderá sola La Presidenta suspendida se presentará el 29 de agosto en el Senado para argumentar contra su destitución

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BRASILIA.– La presidenta brasileña, Dilma Rousseff, irá al Senado el 29 de agosto para defenderse durante el juicio de destitución que dejó su mandato al borde del abismo.

“Ella va”, dijo ayer escueta-mente un portavoz de la man-dataria, que está suspendida de sus funciones desde el 12 de mayo.

Acusada de haber violado la Constitución al autorizar gastos a espaldas del Congre-so, el mandato de Rousseff se tambalea. Derrotada holga-damente en todas las votacio-nes del proceso de destitución hasta ahora, hay un amplio consenso entre los senadores de que será destituida.

La semana pasada, el Se-nado realizó una primera vo-tación para decidir sobre la continuidad del proceso, que fue respaldada por 59 votos frente a sólo 21 que se inclina-ron por archivar la causa.

El presidente de la Cor-te Suprema, Ricardo Lewan-dowski, que conducirá el proceso, detalló que Rousseff podrá comparecer ante el Se-nado el 29 de agosto, cuatro días después de iniciada la fase final del impeachment, que se estima durará cinco días como máximo.

El presidente del Sena-do, Renan Calheiros, anticipó ayer en la mañana que la vo-tación podría realizarse al día siguiente de la presentación de Rousseff.

Consultada por el diario Folha de Sao Paulo acerca de si no temía actitudes agresi-vas de los senadores, Rousse-ff dijo: “Nunca tuve miedo de eso. Aguanté tensiones bien mayores en mi vida. Es un ejercicio de democracia”.

El martes, Rousseff, una economista que luchó contra la dictadura, fue encarcelada y torturada cuando militaba en una guerrilla marxista, hizo un agónico llamado al Senado en una carta abierta para que ponga fin al impeachment en nombre de la democracia y afirmó ser “inocente” de los cargos.

“Brasil vive uno de los momentos más dramáticos de su historia” y la solución para la “grave crisis política y

BRASIL

EN LA MIRA. La presidenta suspendida de Brasil, Dilma Rousseff, podría perder el cargo definitivamente a fin de mes.

5DÍAS

como máximo puede durar el impeachment

contra Rousseff, dice el presidente de la Corte

Suprema, Ricardo Lewandowski

59SENADORES votaron a favor de

continuar con el proceso en contra de la presidenta

suspendida Dilma Rousseff

Emilio Álvarez Icaza, exsecretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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WASHINGTON.– El exse-cretario ejecutivo de la CIDH Emilio Álvarez Icaza ve “iró-nico” que la presidenta sus-pendida de Brasil, Dilma Rousseff, acuda a la Comi-sión Interamericana de De-rechos Humanos después de “atacarla” y de la alerta de México como una “amena-za” para el ente.

“Cuando llegué a la CIDH (2012), Brasil era uno de los países más fuertes atacan-do a la Comisión porque ésta había emitido una medida cautelar sobre la presa de Belo Monte, que era como el proyecto insignia de Rous-seff”, explicó ayer en una en-trevista en Washington tras dejar el pasado lunes el lide-razgo de la CIDH.

“Es tan irónico –prosigue– si a mí me hubieran dicho, oye mira, en cuatro años, ésta que es la mayor amenaza te va a pedir cautelares, yo les hubie-ra dicho ‘ya no fumen eso que están fumando’”.

La semana pasada, el Partido de los Trabajadores (PT) presentó una denuncia y pidió medidas cautelares (protección) a la Comisión para frenar el proceso de destitución de Rousseff, algo sobre lo que el organismo

aún no se ha pronunciado.Álvarez Icaza conside-

ra este paso “absolutamen-te irónico” después de que Rousseff, tras las medidas cautelares de Belo Monte, retirara a su embajador en la OEA, dejara de aportar fon-dos al organismo (al que aún debe más de 20 millones de dólares) y retirara a su candi-dato a la Comisión, una situa-ción ahora ya normalizada.

El caso del proceso de Rousseff en la CIDH llega justo en el momento de tran-sición a un nuevo secretario ejecutivo, precisamente el primer brasileño en ocupar el cargo en los 56 años de historia de este órgano autó-nomo de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Paulo Abrão, de 41 años, fue secretario nacional de Justicia bajo el mandato de Rousseff y, desde 2007, pre-side la Comisión de Amnistía de Brasil, el órgano de polí-ticas de reparación y me-moria para las víctimas de la dictadura brasileña.

Su predecesor reconoce que “hay un debate públi-co sobre la nacionalidad” de Abrão en este caso.

Álvarez: irónico que Dilma pida ayuda

REACCIONES

Hace cuatro años el gobierno de la Presidenta suspendida era uno de los más críticos de la CIDH

DÍA CLAVE El presidente del Senado, Renan Calheiros, anticipó que la votación podría rea-lizarse al día siguiente de la presentación de Rous-seff (30 de agosto).

ÚLTIMA FASE Durante la sesión final, prevista para durar entre 4 y 5 días, el Senado se convierte en un tribunal.

25 DE AGOSTO Apertura de la sesión extraordinaria para juzgar a la presidenta Rousseff por presunto crimen de responsabilidad. Los trabajos comienzan a las 9:00, hora local.

2016

26 DE AGOSTO Continúa el interrogatorio de los testigos. Se espera que esta etapa concluya la noche del viernes, pero puede extenderse durante el fin de semana.

2016

25 DE AGOSTO Resueltas cuestiones de procedimiento, inicia el interrogatorio de los testigos: dos convocados por la acusación y cuatro por la defensa de Dilma Rousseff.

2016

29 DE AGOSTO Comparecencia de Rousseff. En calidad de acusada, la Presidenta suspendida tendrá 30 minutos para usar la palabra y luego será interrogada por los acusadores y la defensa.

2016

SIN FECHA La votación final vendrá cuando hayan sido cumplidas las etapas anteriores. “No hay plazo para terminar”, reafirmó el presidente de la Corte Suprema.

2016

Cuando llegué a la CIDH (2012), Brasil era uno de los países más fuertes atacan-do a la Comisión...”EMILIO ÁLVAREZ

ICAZAEXSECRETARIO DE LA CIDH

Foto: Eduardo Jiménez/Archivo

Foto: AP

GLOBAL jueves 18 de AGOstO de 2016 : eXCeLsIOR6

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación.

EDICTO

En cumplimiento a lo ordenado en proveído de esta fecha, dictado en el juicio de amparo número 819/2011-VI, y sus acumulados 1397/2012-III y 1394/2012-8, promovido por Sergio López Díaz, Mauricio Hernández Castañeda, Octaviano Díaz Chema, Gonzalo García de la Cruz y Emilio Chino López, estos últimos en su carácter de Presidente, Secretario y Tesorero respectivamente, del Comisariado de Bienes Comunales, de San Sebastián Teponahuaxtlán y su anexo Tuxpan de Mezquitic y Bolaños, Jalisco, El Potrero, Municipio de Catorce, S.L.P. y Ejido Catorce y sus Anexos, contra actos del Secretario de Economía y otras autoridades, de acuerdo a lo dispuesto en la fracción III, inciso b), segundo párrafo, del artículo 27 de la Ley de Amparo abrogada, se emplaza a las terceras interesadas CÍA. REFINADORA MEXICANA, SA DE C.V., IGNACIO MADRIGAL RAMOS, ELENO GUERRERO CORONADO, ELENO CORONADO ALVARADO, BASILIO CERDA RODRÍGUEZ, EXPLORACIONES Y TRITURADOS DEL PACÍFICO, SA DE C.V., ERNESTO ESQUIVEL FLORES, FRANCISCO JAVIER ESQUIVEL FLORES y MARÍA TERESA ESQUIVEL Y FLORES DE MONSIVÁIS, por medio de edictos, que a costa de las diversas terceros perjudicadas Minera Real Bonanza, Sociedad Anónima de Capital Variable y SB Wadley, Sociedad Anónima de Capital Variable, se publiquen, los cuáles se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, los que deberán contener una relación suscinta de la demanda de garantías con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, en los términos siguientes: El presente juicio de garantías lo promueven Sergio López Díaz, Mauricio Hernández Castañeda, Octaviano Díaz Chema, Gonzalo García de la Cruz y Emilio Chino López, estos últimos en su carácter de Presidente, Secretario y Tesorero respectivamente, del Comisariado de Bienes Comunales, de San Sebastián Teponahuaxtlán y su anexo Tuxpan de Mezquitic y Bolaños, Jalisco, El Potrero, Municipio de Catorce, S.L.P. y Ejido Catorce y sus Anexos, contra actos del Secretario de Economía y otras autoridades, a quienes les reclama: “I.- De las Autoridades C. Secretario de Economía, C. Coordinador General de Minas, C. Director General de Minas, C. Director General de Promoción Minera, C. Director de Cartografía y Concesiones Mineras, C. Director del Registro Público de Minería y Derechos Mineros y el C. Delegado de la Secretaría de Economía en el Estado de San Luis Potosí SE RECLAMAN del amparo 819/2011-VI:

“...• La intervención que hayan tenido, tengan o pudieran tener en la expedición de los siguientes Títulos de Concesión Minera amparados con los números: 230941, 230940, 233085, 212276, 186473, 234874, 232052, 234875, 181415, 181230, 171997, 181937, 170599, 181931, 230942, y/o de cualesquier otro Título de Concesión Minera, emitido a favor de los terceros perjudicados, con la finalidad de llevar a cabo la exploración y/o explotación minera dentro del territorio sagrado denominado Wirikuta; así como los títulos de concesión 232051, 181934, 233084, 189485, 232045, 232046, 232047, 232048, 232049, 232050, 232053, 234878, 181939, 234877, 166962, 181229, 177622, 175213, 181933, 166154, 171526,233084, 234876 los cuales debido a su ubicación geográfica irremediablemente afectarían con su actividad de manera inminente e irremediable a nuestro territorio sagrado; títulos los cuales fueron emitidos SIN QUE HUBIEREN SIDO RESPETADOS NI TOMADOS EN CUENTA NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES A PRESERVAR NUESTRA CULTURA Y TERRITORIO, ASI COMO El DIVERSO DERECHO A SER CONSULTADOS PREVIA, LIBRE E INFORMADAMENTE RESPECTO A LA DETERMINACIÓN TOMADA, lo que conlleva un atentando grave a la IDENTIDAD CULTURAL de nuestro pueblo, en razón de que; los hoy terceros perjudicados, con base en dichas concesiones pretenden realizar actividades de minería, cualquiera que sea su método, dentro del territorio sagrado denominado Wirikuta, territorio que representa y resulta ser parte fundamental e integrante de nuestro patrimonio cultural, el cual se integra de elementos tanto materiales como inmateriales, que en su conjunto y estrecha relación conforman la esencia de la cosmovisión conforme a la cual nuestro pueblo wixárika (huichol) perpetúa y sustenta su identidad indígena particular y diversa.

• La inscripción y registro en el Registro Público de Minería y Derechos Mineros de los ilegales Títulos de Concesión Minera, otorgados a favor de los hoy terceros perjudicados, que los autoriza a llevar a cabo actividades de exploración y/o explotación minera dentro de nuestro territorio sagrado Wirikuta, en el cual se comprenden los lotes: Don Vicente Fracc 3, Don Vicente Fracc 1, Bonanza 2, UNO A, El Negrito, Bonanza 3 Fracc 8, Bonanza 3 Fracc 9, Bonanza 3 Fracc 10, El Refugio- Gran Cuadra, Boquiero, Unificación Gran Cuadra de la U. Catorceña, I.N.I.R.M, Unificación Santa Ana, San Francisco I y Don Vicente II Fracción 4, en el territorio que como ya se dijo; forma parte fundamental de nuestro patrimonio cultural material e inmaterial, así como los diversos lotes: Bonanza 3 Fracc 7, Nueva Descubridora, Bonanza1, Dolores, Bonanza 3 Fracc 1, Bonanza 3 Fracc 2, Bonanza 3 Fracc 3, Bonanza 3 Fracc 4, Bonanza 3 Fracc 5, Bonanza 3 Fracc 6, Bonanza 3 Fracc 10, Bonanza 3 Fracc 14, Bonanza 3 Fracc 13, Dolores Trompeta, Bonanza 3 Fracc 12, Padre Flores, Ogarrío, Candelaria y Filosofal, Socavón General, Nuevo San Cayetano, Descubridora, Socavón de Desague, Bonanza 1 y Bonanza 3 Fracc 11; los cuales debido a su ubicación geográfica irremediablemente afectarían con su actividad de manera inminente e irremediable a nuestro territorio sagrado; de ahí que atenten en contra de nuestro derecho fundamental a conservar la identidad indígena que nos caracteriza, poniendo en grave peligro nuestra subsistencia como pueblo originario de la Nación.

• La omisión consistente en el hecho de que las hoy responsables con la emisión de los actos que en esta vía se reclaman, declina en nuestro perjuicio de su deber de proteger nuestro patrimonio cultural, material e inmaterial, el cual resulta fundamental para nuestra subsistencia como pueblo diverso, con el agravante de que nuestro pueblo nunca fue previamente consultado respecto a la emisión de dichos actos.

• La privación de forma permanente y/o intermitente para el libre acceso uso, goce, disfrute y conservación de nuestro territorio sagrado, que constituye nuestro patrimonio cultural, material e inmaterial, atentando así en contra de la continuidad y preservación de nuestra identidad indígena que nos caracteriza.

II.- De las Autoridades C. Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el C. Jefe de la Unidad de Planeación y Consulta de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el C. Director de Participación y Consulta Indígena de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el C. Delegado de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en San Luis Potosí, SE RECLAMAN:

• La falta de consulta a nuestro pueblo wixárika sobre la planeación, elaboración y/o ejecución para en su caso decidir previa, libre e informadamente sobre la aceptación y/o negativa a la implementación del proyecto minero denominado REAL DE CATORCE y/o LA LUZ, considerado a ejecutarse dentro del territorio sagrado de Wirikuta, en la sierra de Catorce, Municipio de Catorce, San Luis Potosí amparado en los lotes mineros: Don Vicente Fracc 3, Don Vicente Fracc 1, Bonanza 2, UNO A, El Negrito, Bonanza 3 Fracc 8, Bonanza 3 Fracc 9, Bonanza 3 Fracc 10, El Refugio- Gran Cuadra, Boquiero, Unificación Gran Cuadra de la U. Catorceña, I.N.I.R.M, Unificación Santa Ana, San Francisco I y Don Vicente II Fracción 4, en el territorio que como ya se dijo; forma parte fundamental de nuestro patrimonio cultural material e inmaterial, así como los diversos lotes: Bonanza 3 Fracc 7, Nueva Descubridora, Bonanza 1, Dolores, Bonanza 3 Fracc 1, Bonanza 3 Fracc 2, Bonanza 3 Fracc 3, Bonanza 3 Fracc 4, Bonanza 3 Fracc 5, Bonanza 3 Fracc 6, Bonanza 3 Fracc 10, Bonanza 3 Fracc 14, Bonanza 3 Fracc 13, Dolores Trompeta, Bonanza 3 Fracc 12, Padre Flores, Ogarrío, Candelaria y Filosofal, Socavón General, Nuevo San Cayetano, Descubridora, Socavón de Desague, Bonanza1 y Bonanza 3 Fracc 11; los cuales debido a su ubicación geográfica irremediablemente afectarían con su actividad de manera inminente e irremediable a nuestro territorio sagrado;

• La falta de promoción y/o participación de la consulta que debió realizar la Secretaría de Economía previo a otorgar las concesiones mineras amparadas en los títulos 232051, 181934, 230941,233084, 230940, 233085, 212276, 186473, 189485, 234874, 232045, 232046, 232047, 232048, 232049, 232050, 232052, 234875, 232053, 234878, 181939, 234877, 181415, 181230, 166962, 181229, 171997, 181937, 170599,177622, 181931, 175213, 181933, 166154, 171526, 230942, 233084, 234876.

III. - De las Autoridades C. Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales. C. Sub-Secretario de Gestión para la Protección Ambiental, C. Director General de Gestión Forestal y de Suelos, C. Director General de Impacto y Riesgo Ambiental, C. Director de Evaluación en los Sectores Primario y de Servicios y el C. Delegado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de San Luis Potosí, SE RECLAMAN:

• La intervención que hayan tenido, tengan o pudieran tener en la tramitación y/o resolución y/o de las autorizaciones en materia de Impacto Ambiental que hubieren sido presentadas por los hoy terceros perjudicados, relativo al proyecto de minería denominado “REAL DE CATORCE” Y/O “LA LUZ”, del Municipio de Catorce, San Luis Potosí.

• La intervención que hayan tenido, tengan o pudieran tener en la expedición y el otorgamiento de la autorización en materia de impacto ambiental a favor de los hoy terceros perjudicados y/o de cualquier otro trámite de impacto Ambiental referente a todos y/o cualquiera de los títulos de concesión: concesión: 232051, 181934, 230941,233084, 230940, 233085, 212276, 186473, 189485, 234874, 232045, 232046, 232047, 232048, 232049, 232050, 232052, 234875, 232053, 234878, 181939, 234877, 181415, 181230, 166962, 181229, 171997, 181937, 170599,177622, 181931, 175213, 181933, 166154, 171526, 230942, 233084, 234876 y/o al proyecto de minería “REAL DE CATORCE Y/O LA LUZ”, lo anterior por lo que hace a la autorización de cambio de uso de suelo con la finalidad de llevar a cabo las obras de minería dentro del territorio sagrado denominado Wirikuta.

• La intervención que hayan tenido, tengan o pudieran tener en la expedición y el otorgamiento de cualquier otra licencia, autorización o permiso ambiental, a favor de los hoy terceros perjudicados dentro del territorio sagrado denominado Wirikuta y/o el proyecto minero denominado “REAL DE CATORCE y/o LA LUZ”

IV.- De las Autoridades C. Procurador Federal de Protección al Ambiente y el C. Delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado de San Luis Potosí SE RECLAMAN:

• La omisión consistente en el hecho de que las hoy responsables con la emisión de los actos que en esta vía se reclaman, declina en nuestro perjuicio de su deber de VIGILAR el cumplimiento de la ley en lo relativo a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, al haber permitido que los hoy terceros perjudicados hayan realizado obras y/o actividades mineras dentro de nuestro territorio sagrado denominado Wirikuta; que por sus características en forma grave e irreversible afectan al corredor biológico constituido como Área de Reserva Estatal en su modalidad de Sitio Sagrado natural.

V.- De las Autoridades el H. Ayuntamiento de Catorce, Estado de San Luis Potosí y el C. Presidente Municipal Constitucional del Municipio de Catorce, Estado de San Luis Potosí, SE RECLAMAN:

• El otorgamiento de cualquier tipo de licencias, permisos y/o autorizaciones emitidas a favor de los hoy terceros perjudicados, conforme a los cuales se les autorice la construcción de caminos, infraestructura o la implementación de cualquier otro tipo de actividad minera, relativas al proyecto de minería denominado “REAL DE CATORCE” y/o “LA LUZ”, del municipio de Catorce, San Luis Potosí, dentro del cual se localiza el territorio sagrado denominado Wirikuta.

• La omisión consistente en el hecho de que las hoy responsables con la emisión de los actos que en esta vía se reclaman, declina en nuestro perjuicio de su deber de proteger nuestro patrimonio cultural, material e inmaterial, al no observar lo dispuesto por el Decreto mediante el cual se reconoció al territorio sagrado denominado Wirikuta, como Área de Reserva Estatal en su modalidad de Sitio Sagrado natural, con el agravante de que nuestro pueblo nunca fue previamente consultado respecto a la emisión de dichos actos.

VI.- De todas y cada una de las autoridades señaladas como responsables SE RECLAMAN:

• LA EJECUCIÓN DE ACTOS QUE DE HECHO O DE DERECHO, HAYAN TENIDO, TENGAN Y PUEDAN TENER POR EFECTO LA PRIVACIÓN TOTAL O PARCIAL, TEMPORAL O DEFINITIVA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE NUESTRO PUEBLO AL LIBRE ACCESO, USO, GOCE, DISFRUTE Y CONSERVACIÓN DE NUESTRO TERRITORIO SAGRADO DENOMINADO WIRIKUTA. Y CON ELLO DEL DERECHO A CONSERVAR LA IDENTIDAD INDÍGENA QUE NOS CARACTERIZA, Y TODAS LAS CONSECUENCIAS QUE DE HECHO O DERECHO SE HAYAN DERIVADO, SE DERIVEN O PUEDAN DERIVARSE DE LOS ACTOS RECLAMADOS.” AMPLIACIÓN del 819/2011-VI:

“ ... I.- De las Autoridades: C. Secretario de Economía, C. Subsecretario de Industria y de Comercio, C. Coordinador General de Minería, C. Director General de Desarrollo Minero, C. Director General de Regulación Minera C. Director de Cartografía y Concesiones Mineras, C. Director del Registro Público de Minería y Derechos Mineros y el C. Delegado de la Secretaría de Economía en el Estado de San Luis Potosí SE LES RECLAMA:

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho hayan tenido, tengan y/o puedan tener en la expedición de los Títulos de Concesión Minera amparados con los números: 222393, 192835, 215452, 222392, 215447, 235244, 201479, 200340, 200339, 200338, 200337, 200336, 200334, 188863, 151201, 194013, 193501, 218389, 218388, 212238, 213280, 213279, 214047, 214075, 215909, 208824, 214766, 221173, 226451, 226851, 247150, 239622, 228465, 228464, 228327, 236316, 236315, 237231, 239589, 227156 y/o de cualquier otro Título de Concesión Minera, emitido a favor de los terceros perjudicados, con la finalidad de llevar a cabo la exploración y/o explotación minera dentro del territorio sagrado de Wirikuta.

La inscripción y registro en el Registro Público de Minería y Derechos Mineros de los ilegales Títulos de Concesión Minera antes señalados, otorgados a favor de los hoy terceros perjudicados, que los autoriza a llevar a cabo actividades de exploración y/o explotación minera dentro de nuestro territorio sagrado Wirikuta, en el cual se comprenden los lotes: SAN BERNARDO, EL TAPADO, LA PRESA 3, SAN MARTlN, LA PRESA 7, AMPLIACIÓN UNIVIVERSO, REDUCCIÓN NUEVO CYRANO, REDUCCIÓN REFINADORA UNO, REDUCCION REFINADORA CINCO, REDUCCION REFINADORA TRES FRACCIÓN SUR, REDUCCIÓN REFINADORA TRES FRACCIÓN NE, REDUCCIÓN REFINADORA DOS FRACCIÓN SW, REDUCCIÓN REFINADORA CUATRO, OH-2, PLUTON, OH-3, OH-1, LA LIRA, CASIOPEA, EL JORDAN II, EL JORDAN III FRACCIÓN II, EL JORDAN III FRACCIÓN I, LA PRFSA 6, LA PRESA 5, LA PRESA 10, SANTA GERTRUDIZ, EL CAMALEON, EL JORDAN, LAS PALOMAS, LA JOYA DEL NORTE, JORGITO, MATEHUALA 1, SEPTlMA ENERGIA FRACC. II, SEPTlMA ENERGIA FRACC. I, LA MONTANA, SAN MARTIN, LA ESTACION y/o REDUCCION LA ESTACION, UNIVERSO III, MA TEHUALA II, PEPINO.

II.- De las Autoridades: C. Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el C. Jefe de la Unidad de Planeación y Consulta de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el C. Director de Participación y Consulta Indígena de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el C. Delegado de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en San Luis Potosí, SE RECLAMAN:

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan y/o puedan tener por efecto de NO respetar, proteger y garantizar nuestros derechos de consulta, información y participación, territorio e identidad cultural en la implementación de los proyectos mineros considerados a ejecutarse dentro de nuestro territorio sagrado de Wirikuta, que comprenden los siguientes lotes mineros: SAN BERNARDO, EL TAPADO, LA PRESA 3, SAN MARTlN, LA PRESA 7, AMPLIACIÓN UNIVERSO, REDUCCIÓN NUEVO CYRANO, REDUCCIÓN REFINADORA UNO, REDUCCION REFINADORA CINCO, REDUCCION REFIINADORA TRES FRACCION SUR, REDUCCION REFINADORA TRES FRACCION NE, REDUCCIÓN REFINADORA DOS FRACCIÓN SW, REDUCCIÓN REFINADORA CUATRO, OH-2, PLUTON, OH-3, OH-1, LA LIRA, CASIOPEA, EL JORDAN II,EL JORDAN III FRACCIÓN II,EL JORDAN III FRACCION I, LA PRESA 6, LA PRESA 5, LA PRESA 10, SANTA GERTRUDIZ, EL CAMALEON, EL JORDAN, LAS PALOMAS, I LA JOYA DEL NORTE, JORGITO, MATEHUALA I, SEPTlMA ENERGIA FRACC. 11, SEPTlMA ENERGIA FRACC. I, LA MONTAÑA, SANN MARTlN, LA ESTACION y/o REDUCCION LA ESTACIÓN, UNIVERSO III, MATEHUALA II PEPINO.

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan y/o puedan tener por efecto de NO respetar, proteger y garantizar nuestros derechos de consulta, información y participación, territorio e identidad cultural previo a otorgar las concesiones mineras amparadas en los títulos: 222393, 192835, 215452, 222392, 215447, 235244, 201479, 200340, 200339, 200338, 200337, 200336, 200334, 188863, 151201, 194013, 193501, 218389, 218388, 212238, 213280, 213279, 214047, 214075, 215909, 208824, 214766, 221173, 226451, 226851, 227150, 239622, 228465, 228464, 228327, 236316, 236315, 237231, 239589, 227156.

III.- De las Autoridades: C. Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, C. Sub - Secretario de Gestión para la Protección Ambiental, C. Director General de Gestión Forestal y de Suelos, C. Director General de Impacto y Riesgo Ambiental, C. Director General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables y el C. Delegado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de San Luis Potosí, SE RECLAMAN:

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan o pudieran tener en la tramitación y/o resolución y/o otorgamiento de autorizaciones en materia de Impacto Ambiental Cambio de Uso de Suelo que hubieren sido solicitadas por los terceros perjudicados a través de la presentación de Manifestaciones de Impacto Ambiental y/o Informes Preventivos y/o Estudios Técnicos: Justificativos, relativos a cualquier proyecto minero que se pretenda realizar, por los hoy terceros perjudicados dentro de nuestro territorio sagrado.

• La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan o pudieran tener en la tramitación y/o resolución y/o otorgamiento de autorizaciones en materia de Impacto Ambiental o Cambio de Uso de Suelo que hubieren sido solicitadas por los hoy terceros perjudicados a través de la presentación de Manifestaciones de Impacto Ambiental y/o Informes Preventivos y/o Estudios Técnicos Justificativos, así como la expedición y/o otorgamiento de la autorizaciones o trámites en materia ambiental referente a todos y/o cualquiera de los títulos de concesión minera: 222393, 192835, 215452, 222392, 215447, 235244, 201479, 200340, 200339, 200338, 200337, 200336, 200334, 188863, 151201, 194013, 193501, 218389, 218388, 212238, 213280, 213279,214047, 214075, 215909, 208824, 214766, 221173, 226451,226851, 227150, 239622, 228465, 228464, 228327, 236316, 236315. 237231,239589, 227156 y/o cualquier proyecto minero u obra de minería que pretenda efectuarse dentro de nuestro territorio sagrado denominado Wirikuta.

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan o pudieran tener en la expedición y el otorgamiento de cualquier otra licencia, autorización o permiso ambiental, a favor de los hoy terceros perjudicados dentro del territorio sagrado denominado Wirikuta.

IV.- De las Autoridades: C. Procurador Federal de Protección al Ambiente y el C. Delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado de San Luis Potosí SE RECLAMAN:

La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan y/o puedan tener por efecto de NO respetar, proteger y garantizar nuestros derechos consistente en el hecho de que las hoy responsables con la emisión de los actos que en esta vía se reclaman, declina en nuestro perjuicio de su deber de VIGILAR el cumplimiento de la ley en lo relativo a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, al haber permitido que los hoy terceros perjudicados hayan realizado obras y/o actividades mineras dentro de nuestro territorio sagrado denominado Wirikuta, que por sus características en forma grave e irreversible afectan nuestro territorio sagrado constituido como Área de Reserva Estatal en su modalidad de Sitio Sagrado Natural.

V.- De las Autoridades: a los H. Ayuntamientos de los municipios de Catorce, Charcas, Villa de Guadalupe, así como a los C.C. Presidentes Municipales de los Municipios de Catorce, Charcas y Villa de Guadalupe todos del Estado de San Luis Potosí, SE LES RECLAMAN:

• El otorgamiento de cualquier tipo de licencias, permisos y/o autorizaciones emitidas a favor de los hoy terceros perjudicados, conforme a los cuales se les autorice la construcción de caminos, infraestructura o la implementación de cualquier otro tipo de actividad minera, relativas a cualquier proyecto minero dentro de los municipio de Catorce, Charcas y Villa de Guadalupe, San Luis Potosí, dentro de los cuales se localiza el territorio sagrado de Wirikuta.

• La ejecución y la omisión de actos que de hecho o de derecho, hayan tenido, tengan y/o puedan tener por efecto de NO respetar, proteger y garantizar nuestros derechos consistente en el hecho de que las hoy responsables con la emisión de los actos que en esta vía se reclaman, declina en nuestro perjuicio de su deber de proteger nuestro; patrimonio cultural, material e inmaterial, al no observar lo dispuesto por el Decreto mediante el cual se reconoció al territorio sagrado denominado Wirikuta, como Área de Reserva Estatal en su modalidad de Sitio Sagrado natural, con el agravante de que nuestro pueblo nunca fue previamente consultado respecto a la emisión de dichos actos y/o cualquier medida administrativa tendiente de ejecutarse dentro de nuestro territorio sagrado.

VI. - De todas y cada una de las autoridades señaladas como responsables SE RECLAMAN:

• LA EJECUCIÓN y LA OMISIÓN DE ACTOS QUE DE HECHO O DE DERECHO, HAYAN TENIDO, TENGAN Y/O PUEDAN TENER POR EFECTO LA PRIVACIÓN TOTAL O PARCIAL, TEMPORAL O DEFINITIVA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE NUESTRO PUEBLO AL LIBRE ACCESO, USO, GOCE, DISFRUTE Y CONSERVACIÓN DE NUESTRO TERRITORIO SAGRADO DE WIRIKUTA, Y CON ELLO DEL DERECHO A CONSERVAR LA IDENTIDAD INDIGENA QUE NOS CARACTERIZA Y TODAS LAS CONSECUENCIAS QUE DE HECHO O DERECHO SE HAYAN DERIVADO, SE DERIVEN O PUEDAN DERIVARSE DE LOS ACTOS RECLAMADOS.”

Asimismo, de las constancias que obran en el juicio de amparo número 1397/2012-III, del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, se advierten como actos reclamados, los siguientes:

“...La orden, mandamiento de facto, instrucción, verbal o escrita girada por estas autoridades, para el despojo, destrucción y privación total, parcial, temporal o definitiva de nuestras tierras de uso común, infraestructura del ejido, así como la zona de asentamiento humano, sin darle al ejido las garantías de audiencia y seguridad jurídica. Pretendiendo privar al núcleo ejidal de dichas tierras de uso común así como la zona de infraestructura para sustraerlo del régimen ejidal para expropiarlos y entregarlos al Gobierno del Estado de San Luis Potosí, y a la COFEMER ya que su objetivo es crear parques ecológicos para turistas y extranjeros, por parte de personal dependiente de las autoridades responsables. “

En dicho juicio de amparo, la parte quejosa solicitó ampliación de demanda respecto de los siguientes actos reclamados: “IV.- ACTOS RECLAMADOS MATERIA DE LA AMPLIACIÓN:---1.- De las Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) se reclama la inminente

emisión de la resolución final y/o dictamen final en el procedimiento de evaluación de impacto regulatorio del anteproyecto del “DECRETO PRO EL QUE SE DECLARA COMO ÁREA NATURAL PROTEGIDA, CON EL CARÁCTER DE RESERVA DE LA BIOSFERA, LA ZONA CONOCIDA COMO WIRIKUTA, MANIFESTANDO QUE TENGO CONOCIMIENTO QUE MI EJIDO SE ENCUENTA LOCALIZADO EN ESTA AREA. TODA VEZ QYE TENGO ENTENDIDO QUE SE PRETENDERlA AFECTAR DIVERSOS MUNICIPIOS Y EJIDOS QUE SE LOCALIZAN ADEMAS DEL MUNICIPIO QUE PERTENEZCO DE REAL DE CATRORCE, EN MUNICIOIOS CIRCUNVECINOS COMO SERIA CEDRAL, CHARCAS, MATEHUALA, VANEGAS, VILLA DE GUADALUPE Y VILLA DE LA PAZ,, EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI …” A través de dicho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, así como del suscrito en su carácter de ejidatario, al limitar las actividades y usos que tradicionalmente se han venido realizando. ---2. Del Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales se reclama la inminente sometimiento a consideración del Presidente de la República del proyecto de decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la zona conocida como Wirikuta. A través de dicho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, así como del suscrito en su carácter de ejidatarios, al limitar las actividades y usos que tradicionalmente se han venido realizando. ---3. Del Presidente de la República se reclama la eminente aprobación y publicación del decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la zona conocida como Wirikuta. A través de dicho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, así como del suscrito en su carácter de ejidatarios, al limitar las actividades y usos que tradicionalmente se han venido realizando. ----4. Del Director del Diario Oficial de la Federación se reclama la eminente publicación del decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la zona conocida como Wirikuta. A través de dicho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, Así como del suscrito en su carácter de ejidatario, al limitar las actividades de explotación y usos agrícolas que tradicionalmente se han venido realizando. ---5. De todas las autoridades responsables materia de la presente ampliación, se reclama la omisión de emplazar y dar intervención al Núcleo Quejoso, a efecto de llamarlo al procedimiento administrativo que se sigue ante esas autoridades para la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la zona conocida como Wirikuta, manifestando que tengo conocimiento que mi ejido se encuentra localizado en esta área. Toda vez que tengo entendido que se pretendería afectar diversos municipios y ejidos que se localizan además del municipio que pertenezco del real de catorce, en municipio circunvecinos como seria Cedral, Charcas, Matehuala, Vanegas, Villa de Guadalupe y Villa de la Paz, en el Estado de San Luis Potosí, con todas sus consecuencias y efectos, no obstante que la quejosa se verá afectada y privada de diversos derechos según se describen en el cuerpo de la presente demanda. A través de dicho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, así como del suscrito en su carácter de ejidatario, al limitar las actividades y usos que tradicionalmente se han venido realizando, de explotación y uso agrario y ganadero, lo cual se traduce en un despojo, destrucción y privación total y parcial definitiva de nuestras tierras de uso común. ---6.- Del Secretario de Medio Ambiente y recursos Naturales se reclama la emisión del “Aviso por el que se informa al público en general que está a su disposición el estudio realizado para justificar la expedición del Decreto por el que se pretende declarar como área natural protegida con el carácter de Reserva de la Biosfera, la zona conocida como Wirikuta, manifestando que tengo conocimiento que mi ejido se encuentra localizando en esta área. Toda vez que tengo entendido que se pretendería afectar diversos municipios y ejidos que se localizan además del municipio que pertenezco de real de catorce, en municipio circunvecinos como seria Cedral, Charcas, Matehuala, Venegas, Villa de Guadalupe y Villa de la Paz, en el Estado de San Luis Potosí”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2012, con todas sus consecuencias y efectos. A través de icho acto se afecta parcialmente pero de forma definitiva los bienes agrarios del ejido que represento, así como del suscrito en su carácter de ejidatario, al limitar las actividades y usos que tradicionalmente se han venido realizando.

Asimismo, reclamó de las autoridades responsables el sometimiento a consideración del Presidente de la República, la aprobación y publicación de dicho decreto, la omisión de emplazar y dar intervención al núcleo quejoso en el procedimiento de creación del decreto mencionado, y el aviso por el que se informa al público en general que está a su disposición el estudio realizado para la expedición del decreto. (Folio 34 a 74).

Posteriormente, los integrantes del comisariado ejidal del núcleo agrario quejoso, presentaron nueva ampliación de demanda en relación con el capítulo de actos reclamados, que atribuyeron al Gobierno del estado de San Luis Potosí, consistentes en cuatro diversos decretos mediante los que se declaró sitio de patrimonio histórico, cultural y zona sujeta a conservación ecológica del grupo étnico Wirrarika y reformas a éste, mediante los que se dio a conocer el plan de manejo del área protegida, siendo los siguientes:

1.- Decreto de fecha 22 de septiembre de 1994: en el cual se declara sitio de patrimonio histórico, Cultiral y zona sujeta a conservación ecológica del grupo ético Wirrarika a los lugares sagrados y a la ruta histórica cultural ubicado en los municipios de Villa de Ramos, Charcas y Catorce del Estado de San Luis Potosí, dentro de los cuales se señala como zona protegida en área núcleo el lugar conocido como Cerro Quemado/Leunar (Ejido Real de Catorce, Municipio de Real de catorce).

2.- Decreto de fecha 27 de octubre de 2000: en el cual se señala que las comunidades ejidos y pequeños propietarios han participado en la creación del área natural protegida desde su concepción, y son participes de todas las etapas del proceso aceptando los compromisos implicitos en ello y que quedan comprendidos en el presente decreto. En el mismo documento se señala que las actividades productivas de los ejidos se sujetaran a las restricciones establecidas en el plan de manejo y en la normatividad ambiental vigente.

3.- Decreto de fecha 09 de junio del 2001, en el cual señala diversas reformas al decreto del 27 de octubre del 2000, en el cual se declara área natural protegida bajo la modalidad de reserva estatal del paisaje cultural denominada Huiricuta los lugares sagrados y la ruta histórica cultural del pueblo huichol en los Municipios de Catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del Estado de San Luis Potosí, con una superficie 140.211.85 hectáreas y una longitud de la ruta de 138-78 kilómetros: decreto que dice en los transitorios que se notificara a los habitantes y a los pueblos indios que habiten y transiten las áreas correspondidas, por medio de las autoridades municipales, ejidales, comunales y civiles de conocer su domicilio para en caso de no conocer estos se hará una segunda publicación.

4.- Decreto de fecha 10 de junio 2008, en el cual se da a conocer el plan de manejo del área natural protegida bajo la modalidad de sitio sagrado natural de Huiricuta y la ruta histórica cultural del pueblo huichol en los municipios de catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos en el Estado de San Luis Potosí, respeto de este decreto señalamos la falta de llamamiento a juicio de los trabajadores realizados por las autoridades responsables que pertenecen al gobierno del Estado de San Luis Potosí, y que del texto integral de dicho documento se advierte la supuesta participación de los sectores que conforman la región de catorce entre ellos el correspondiente al ejido de el Potrero del cual provengo y ahora en vía de juicio de amparo indirecto solicitamos la protección de la justicia de la unión. “

En el juicio de amparo 1394/2012-8, se señaló como acto reclamado el siguiente:

“La orden, mandamiento de facto, instrucción verbal o escrita girada por estas autoridades para el despojo, destrucción y privación total, parcial, temporal o definitiva de nuestras tierras de uso común, infraestructura del ejido, así como la zona de asentamiento humano, sin darle al ejido las garantías de audiencia y seguridad jurídica. Pretendiendo privar al núcleo ejidal de dichas tierras de uso común, así como la zona de infraestructura para sustraerlo del régimen ejidal para expropiarlos y entregarlos al Gobierno del Estado de San Luis Potosí, y a la COFEMER ya que su objetico es crear parques ecológicos para turistas extranjeros, por parte de personal dependiente de las autoridades responsables. “

La parte quejosa en el citado juicio de amparo solicitó la ampliación de demanda, respecto de los diversos actos reclamados:

1.- Decreto de fecha 22 de septiembre de 1994; en el cual se declara sitio de patrimonio histórico, cultural y zona sujeta a conservación ecológica del grupo étnico Wirrarica a los lugares sagrados y a la ruta histórica cultural ubicada en los municipios de Villa de Ramos, Charcas y Catorce, del Estado de San Luis Potosí, dentro de los cuales se señala como zona protegida en área núcleo el lugar conocido como Cerro Quemado/Leunar (Ejido Rea de Catorce, Municipio de Reala de Catorce).-

2.- Decreto de fecha 27 de octubre de 2000: en el cual se señala que las comunidades ejidos y pequeños propietarios han participado en la creación de área natural protegida desde su concepción y son partícipes de todas las etapas del proceso aceptando los compromisos implícitos en ello y que quedan comprendidos en el presente decreto, en el mismo documento se Señala que las actividades productivas de los ejidos se sujetarán a las restricciones establecidas en el plan de manejo y en la normatividad ambiental vigente.

3.- Decreto de fecha 09 de junio del 2001, en el cual se señala diversas reformas al decreto del 27 de octubre de 2000, en el cual se declara área natural protegida bajo la modalidad de reserva estatal del paisaje cultural denominada Huiricuta los lugres sagrados y la ruta histórica cultural del pueblo huichol en los Municipios de Catorce.-Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas y Villa de Ramos del Estado de San Luis Potosí, con una superficie 1.40.211.85 hectáreas y una longitud de la ruta 138.78 kilómetros; decreto que dice en los transitorios que se notificara a los habitantes y a los pueblos indios que habiten y transiten la áreas comprendidas, por medio de las autoridades municipales, ejidales, comunales y civiles de conocer su domicilio para en caso de no conocer estos se hará una segunda publicación.

4.- Decreto de fecha 10 de junio de 2008, en el cual se da a conocer el plan de manejo del área natural protegida bajo la modalidad de sitio sagrado natural de Huiricuta y la ruta histórica cultural del pueblo huichol, en los municipios de catorce, Villa de la Paz, Matehuala, Villa de Guadalupe, Charcas, y Villa de Ramos en el Estado de San Luis Potosí, respecto de este decreto señalamos la falta de llamamiento a juicio de los trabajos realizados por las autoridades responsables que pertenecen al gobierno del Estado de San Luis Potosí, y que del texto integral de dicho documento se advierte la supuesta participación de los sectores que conforman la región de catorce entre ellos el correspondiente al ejido de Catorce del cual provengo y ahora en vía de juicio de amparo indirecto por representación sustituta solicito la protección de la justicia de la unión.

Por escrito presentado el catorce de junio de dos mil trece, en el citado juicio de amparo, la parte quejosa, solicitó la ampliación respecto del siguiente acto reclamado:

“...la orden mandato y/o instrucción verbal o escrita para que personal de la Visitaduría se constituya a realizar trabajos de inspección y/o de visita con personal de las Naciones Unidas en el Ejido que representó, sin darnos la garantía de audiencia de estos actos de molestia toda vez que no hemos sido informados ni llamados a ningún procedimiento, hechos que se traducen en una violación directa a la constitución, puesto que transgrede las garantías de primacía supremacía constitucional, pues se están violentando los tratados internacionales, en los cuales los derechos agrarios son primordiales.”

Asimismo, señala como terceros perjudicados a MINERA REAL BONANZA. SA DE C.V. y otros; en consecuencia, hágasele saber por edictos a: CÍA.

REFINADORA MEXICANA, SA DE C.V., IGNACIO MADRIGAL RAMOS, ELENO GUERRERO CORONADO, ELENO CORONADO ALVARADO, BASILIO CERDA RODRÍGUEZ, EXPLORACIONES Y TRITURADOS DEL PACÍFICO. SA DE C.V., ERNESTO ESQUIVEL FLORES, FRANCISCO JAVIER ESQUIVEL FLORES y MARÍA TERESA ESQUIVEL Y FLORES DE MONSIVÁIS, que deberán presentarse ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación en uno de los periódicos de mayor circulación en la República así como en el Diario Oficial de la Federación; que queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal.

Por tanto, se deja sin efectos la audiencia constitucional señalada para las nueve horas con diez minutos del día quince de agosto del presente año y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS DEL DÍA SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo.

Colóquese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo que dure el emplazamiento.Con fundamento en el artículo 297, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, requiérase a

la representante de las terceras perjudicadas perjudicadas Minera Real Bonanza, Sociedad Anónima de Capital Variable y SB Wadley, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que en el término de tres días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, se presente ante este Juzgado a recoger los edictos correspondientes; y una vez transcurrido éste, dentro de un término igual de tres días, acredite ante este Juzgado que procedió a la publicación de dichos edictos.

Notifíquese personalmente a la parte quejosa. Así lo acordó y firma el licenciado Rodolfo Jiménez Silva, Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, encargado del despacho en términos

de lo dispuesto por el artículo 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, autorizado por vacaciones del Titular, aprobadas en sesión de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, celebrada el treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis y comunicadas mediante oficio CCJ/ST/1968/2016, asistido del licenciado Neftalí Alejandro García Sánchez, Secretario que autoriza y da fe...”

Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes. San Luis Potosí, San Luis Potosí, 14 de julio de 2016.

(Rúbrica)LIC. RUBÉN MACÍAS CASTAÑEDA

SECRETARIO DEL JUZGADO.

EXCELSIOR : juEvES 18 dE agOStO dE 2016 gLOBaL 7

CONSEJO DE LA JUDICATURAPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO

JUZGADO DÉCIMO DE LO MERCANTIL

EDICTO

Se emplaza por este medio a Unión de Crédito Industrial de Jalisco, S.A. de C.V., en su carácter de demandada, para que en el término de treinta días a partir del siguiente día hábil de la última publicación, conteste la demanda en su contra, juicio mercantil ordinario expediente 3050/2015, que promueve Industria de Acumuladores Automotrices S.A. de C.V., Alonso Anaya Cárdenas, Yolanda Gallo de Anaya, también conocida como Yolanda Gallo Aceves de Anaya, también conocida como Yolanda Gallo Aceves; Elba Ruth Anaya de Díaz también conocida como Elba Ruth Anaya Gallo, también conocida como Elva Ruth Anaya de Díaz y Arturo Javier Díaz Sánchez, apercibida que de no hacerlo precluira su derecho, seguirá el juicio por sus etapas correspondientes y las notificaciones les serán practicadas por boletín judicial.Copias de la demanda y documentos fundatorios de la acción, a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.Se demanda:A).- La declaración Judicial de haber operado la PRESCRIPCION NEGATIVA a nuestro favor y por lo tanto que han prescripto los derechos sustantivos de la demandada UNIÓN DE CRÉDITO INDUSTRIAL DE JALISCO, S.A. DE C.V., respecto de los contratos de Crédito siguientes:Contrato de Crédito Refaccionario Número 8830, celebrado en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, entre los suscritos y UNIÓN DE CRÉDITO INDUSTRIAL DE JALISCO, S.A. DE C.V., el día 1 de Octubre del año 1991, donde se constituyó hipoteca respecto de los inmuebles siguientes:

Ubicación y superficie Del inmueble

Medidas y linderos Datos de registro del Contrato de Crédito Refaccionario ante el Registro Público de la Propiedad

Finca marcada con el número 2879 de la Avenida Río Nilo, en el municipio de Tonalá, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados

Al Norte en 7.00 metros con propiedad particular; Al Sur en igual medida con Avenida Rio Nilo de su ubicación; Al Oriente en 17.50 metros con propiedad particular; Al Poniente en igual medida con propiedad privada.

Libro 1781, de la Sección segunda de la Oficina Primera, Documento número 15, con Folio Real número 907439.

Lote número 12 de la manzana 422, del fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados

Al Norte en 7.00 metros con el lote 40; Al sur en 7.00 metros con Avenida Rio Nilo; Al Oriente en 17.50 metros con el lote 11; Al Poniente en 17.50 metros con el lote 13.

Libro 1781, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 15, con Folio Real número 2451427

Lote número 13 de la manzana 422, del Fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados.

Al Norte 7.00 metros con el lote 39; Al Sur en 7.00 metros con la Avenida Rio Nilo; Al Oriente en 17.50 metros con el lote 12; Al Poniente en 17.50 metros con los lotes 14 y 38.

Libro 1781, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 15, con orden número 383022, con Folio Real número 2485844.

B).- Por la cancelación de la inscripción de las Hipotecas respecto del contrato de Crédito Refaccionario Número 8830 ante el Registro Público de la Propiedad en cuanto a los 3 inmuebles, las cuales quedaron registradas de la forma siguiente:

Ubicación y superficie del inmueble Datos de registro del Contrato de Crédito Refaccionario ante el Registro Público de la Propiedad

Finca marcada con el número 2879 de la Avenida Río Nilo, en el municipio de Tonalá, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados.

Libro 1781, de la Sección segunda, de la Oficina Primera, Documento número 15, con Folio Real número 907439.

Tipo de Contrato: Privado Refaccionario.

Lote número 12 de la manzana 422, del Fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados.

Libro 1781, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 15, con Folio Real número 2451427.

Tipo de Contrato: Privado Refaccionario.

Lote número 13 de la manzana 422, del Fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados.

Libro 1781, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 15, con orden número 383022, con Folio Real número 2485844.

Tipo de Contrato: Privado Refaccionario.

C).- El pago de los gastos generados por la cancelación de los gravámenes de las Hipotecas registradas con los datos de inscripción señalados en la tabla anterior en el punto 1.1.1. respecto de los Folios Reales número 907439, 2451427 y 2485844.D).- Contrato de Crédito Refaccionario Número 8831. Celebrado en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, entre los suscritos y Unión de Crédito Industrial de Jalisco, S.A. de C.V., el día 1 de Octubre del año 1991, donde se constituyó hipoteca respecto de los inmuebles siguientes:E).- La Cancelación de la inscripción de las Hipotecas respecto del Contrato de Crédito Refaccionario Número 8831 ante el Registro Público de la Propiedad en cuanto a los 3 inmuebles, las cuales quedaron registradas de la forma siguiente:

Ubicación y superficie del Inmueble Datos de registro del Contrato de Crédito Refaccionario ante el Registro Público de la Propiedad

Finca marcada con el número 2879 de la Avenida Río Nilo, en el municipio de Tonalá, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados.

Libro 1789, de la Sección segunda, de la Oficina Primera Documento número 10, con Folio Real número 907439.

Tipo de Contrato: Privado Hipoteca.

Lote número 12 de la manzana 422, del Fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados

Libro 1789, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 10, con Folio Real número 2451427.

Tipo de Contrato: Privado Refaccionario.

Lote número 13 de la manzana 422, del Fraccionamiento Jardines del Nilo, Tercera Sección, del municipio de Guadalajara, Jalisco, con superficie de 122.50 metros cuadrados

Libro 1789, de la Sección Segunda, de la Oficina Primera, Documento número 10, con orden número 383022, con Folio Real número 2485844.

Tipo de Contrato: Privado Refaccionario.

F).- El pago de los gastos generados por la cancelación de los gravámenes de las Hipotecas con los datos de inscripción señalados en la tabla anterior en el punto 1.2.1. respecto de los Folios Reales número 907439, 2451427 y 2485844.G).- El pago de gastos y costas que con motivo de la tramitación del presente proceso se originen.

Ciudad Judicial en Zapopan, Jalisco;27 veintisiete de junio del 2016

El Secretario de Acuerdos

Lic. Rubén Áyax Pozos Angulo

Para publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Excelsior y en el Periódico Milenio Diario Jalisco.

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco

Zapopan, Jal.,E D I C T O S A:

FRANCISCO SEPÚLVEDA CAMPOS.En el juicio de amparo 713/2015, promovido por Jorge Gustavo García Juárez, contra actos del Juez Décimo de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, consistente en el acuerdo dictado el dos de julio de dos mil quince, en el que se ordenó la protocolización del veinte por ciento del inmueble del que aduce es propietario, a saber, el ubicado en la calle Miguel de Cervantes Saavedra, número 136, interior 203, edificio Suites Silvia, en Guadalajara, Jalisco; ello en virtud de que fue adjudicado en favor de la parte actora en el juicio civil sumario número 311/2014; por violación a los artículos 14 y 16 Constitucionales, por tanto, se ordena emplazarlo por medio de edictos para que comparezca en treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibido que de no comparecer por si, por apoderado o gestor, las ulteriores notificaciones le serán practicadas por medio de lista de acuerdos que se fije en los estrados de este Juzgado.Para la celebración de la audiencia constitucional se fijaron las diez horas del quince de agosto de dos mil dieciséis.

Zapopan, Jalisco, a dieciocho de julio de dos mil dieciséis.

LA SECRETARIA.LIC. VERÓNICA ÁLVAREZ MARTÍNEZ.

Para publicase por tres veces de siete en siete días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en el periódico

de mayor circulación de la República.

En a autos del juicio CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO promovido porBALESTRA SAINZ ROSA MARIA en contra de MARIO ALBERTO CADENA MUÑOZ YYESENEY ARTEAGA NIVIO. En la Ciudad de México siendo las nueve horas con trena minutos del día veintidós de junio de dos mil dieciséis y hora señalada para que tengaverificativo la audiencia de Remate en Primera Almoneda del ordenada en auto de fecha oncede mayo del año en curso. La C. Juez por ministerio de ley acuerda como lo solicita y por asípermitirlo las labores del juzgado y de acuerdo a la agenda se señalan las NUEVE HORASCON TREINTA MINUTOS DEL DIA TREINTA DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, para quetenga verificativo la celebración de la audiencia de remate en primera almoneda del bieninmueble embargado debiéndose preparar como esta ordenada en auto de fecha dieciocho deabril del año en curso. Ciudad de México a Dieciocho de Abril del dos mil Dieciséis.-Agréguese a sus autos del expediente número 1337/12 el escrito de cuenta del apoderado dela parte actora, como lo solicita y con fundamento en el artículo 570 del Código Procesal Civil,para que tenga lugar la audiencia de REMATE EN PRIMER ALMONEDA del bien inmuebleembargado en este juicio consistente en el INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE SUR 26-B,MANZANA 3 LOTE 3, FRACCION B, COLONIA AGRICOLA ORIENTAL, DELEGACIÓNIZTACALCO EN ESTA CIUDAD. Con las medidas y colindancias que se encuentran enactuaciones y con una superficie de 220 metros cuadrados; por así permitirlo las labores deljuzgado y de acuerdo a la agenda se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOSDEL DIA TREINTA DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, Sirviendo de base para el remate lacantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N., precio de avalúo, siendopostura legal las dos terceras partes de dicha cantidad. PUBLIQUENSE EDICTOSCONVOCANDO POSTORES POR DOS VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN LOSTABLEROS DE ESTE JUZGADO, EN LA TESORERIA DE ESTA CIUDAD, EN ELBOLETÍN JUDICIAL Y EN EL PERIODICO EXCELSIOR, MEDIANDO ENTRE UNA Y OTRAPUBLICACIÓN SIETE DIAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DEL REMATEIGUAL PLAZO. NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. JUEZ SEXAGÉSIMO SÉPTIMODE LO CIVIL LA LICENCIADA GLORIA MONTANTE TAPIA, quien actúa con Secretaría deAcuerdos "A" LIC. MARÍA DEL PILAR NAVA REYES que autoriza y da fe - Doy fe.-

EDICTO

"C. SECRETARIO DE ACUERDOS "A" LIC. GUADALUPE PEREZ PALMA.

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACAN, SINALOA. -------------------------------------------

JORGE ISAURO MEZA IRIARTE DOMICILIO IGNORADO.

Que en el expediente número 1606/2012, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO DEL BAJÍO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, contra de COMERCIAUZADORA DON LORETO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y otros, se dictó sentencia con fecha 16 dieciséis de Marzo del año 2016 dos mil dieciséis, cuyos puntos resolutivos a la letra dice:

----- PRIMERO.- Es procedente la vía ejecutiva mercantil.------------------------------------------SEGUNDO.- La parte actora probó su acción. El codemandado JOSÉ RAMÓN MEZA IRIARTE no demostró sus excepciones; los codemandados COMERCIALIZADORA DON LORETO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE y JORGE ISAURO MEZA IRIARTE no comparecieron a juicio, razón por la cual se les declaró la correspondiente rebeldía. En consecuencia: ------------------- TERCERO.- Se condena a COMERCIALIZADORA DON LORETO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, JOSÉ RAMÓN MEZA IRIARTE y JORGE ISAURO MEZA IRIARTE, a pagar a BANCO DEL BAJÍO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTI - PLE, dentro del término de cinco días contados a partir de la fecha en que se notifique este fallo, la cantidad de $526,197.00 (Quinientos veintiséis mil ciento noventa y siete pesos 00/100 Moneda Nacional), por concepto de capital; más los intereses ordinarios generados del periodo comprendido del 01 primero de mayo al 31 de agosto del 2012; así como el pago de los intereses moratorias generados y no pagados, más los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo -únicamente en lo que respecta a los intereses moratorios-, en los términos pactados en el documento basal; accesorios que se cuantificarán durante la etapa de ejecución de sentencia. --- -----------------------------CUARTO.- De no verificarse el cumplimiento voluntario dentro del término ordenado, hágase trance y remate de los bienes que resulten suficientes, para que con su producto se pague a la parte actora. ---------------------------------------------- -----QUINTO.- Se condena a los demandados al pago de los gastos y costas del juicio. ----------------------------------------------------------------------------------------------------- -----SEXTO.- Notifíquese personalmente. En la inteligencia que al demandado JORGE ISAURO MEZA IRIARTE, deberá notificársele mediante edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en los periódicos “EL UNIVERSAL” o “EXCELSIOR”, editados en la ciudad de México, Distrito Federal, y el “Debate de Culiacán”, editado en esta ciudad, sin perjuicio de entregar una copia de la notificación en la Secretaría del H. Ayuntamiento de esta municipalidad y en la Procuraduría General de Justicia en el Estado, conforme al artículo 1068 fracción IV, 1070 y demás relativos del Código de Comercio------------------------------------------------ Así lo resolvió y firmó el Ciudadano Licenciado Carlos Francisco Celaya Valenzuela, Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial, por ante la Secretaria Segunda Licenciada Karla María Zepeda Castro, que actúa y da fe. -------------------------------------------------------------------------------------

ATENTAMENTECuliacán, Sinaloa, a 7 de Junio de 2016-08-15

LA SECRETARIA SEGUNDA

(Rúbrica)

LIC. GEORGINA DE JESUS ESCOBAR OJEDA.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, DE LA CIUDAD DE MÉXICO

“Independencia judicial, valor institucional y respeto a la Autonomía”

EDICTOEN LOS AUTOS DEL JUICIO ORAL MERCANTIL promovido HSBC MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO No. F/234036 en contra BENJAMÍN SALDIVAR MENÉNDEZ, expediente Número 023/2016, EL C. JUEZ DICTÓ UN ACUERDO QUE EN LO CONDUCENTE DICE:Ciudad de México, a tres de agosto de dos mil dieciséis. (. . . ) como se solicita se ordena sea emplazado el demandado BENJAMÍN SALDIVAR MENÉNDEZ, mediante la publicación de edictos que deberán efectuarse por tres veces consecutivas, en el periódico “EL FINANCIERO”, considerado de cobertura local, y el periódico “EXCÉLSIOR” considerado de cobertura amplia y nacional, haciendosele saber al demandado la parte conducente del auto admisorio de demanda de fecha quince de enero de dos mil dieciséis y que cuenta con el término de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación, para dar contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición las copias de la demanda y documentos que a la misma se acompañaron en la Secretaría “C” de este Juzgado, en la inteligencia que de no comparecer se seguirá el juicio en su rebeldía. (...).México, Distrito Federal, a quince de enero de dos mil dieciséis. (...) Analizado lo anterior, se tiene por presentado a HSBC MÉXICO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO NÚMERO F/234036, a través de su apoderada legal, demandando en la vía ORAL MERCANTIL de BENJAMÍN SALDIVAR MENÉNDEZ, las prestaciones que indica. (...) en ese orden, con fundamento en los artículos 1390 BIS-1, 1390 BIS-2, 1390 BIS-8, 1390 BIS-9, 1390 BIS-11 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio, se admite la demanda en la vía y forma propuesta, y con la entrega de las copias simples exhibidas debidamente selladas y cotejadas EMPLÁCESE a la parte demandada, en términos de lo establecido en los artículos 1390 BIS-14 y 1390 BIS-15 del referido cuerpo normativo, para que dentro del término de NUEVE DÍAS, produzca contestación a la demanda instaurada en su contra, con el apercibimiento que de no hacerlo, se tendrá por perdido el derecho que pudiera ejercer, de conformidad con lo establecido en el artículo 1078, en relación con los diversos numerales 1390 BIS-8 y 1390 BIS-16, todos del ordenamiento legal en cita, y se tendrán por confesados los hechos de la demanda o por contestado en sentido negativo, según sea el caso del emplazamiento, conforme a lo previsto en el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia mercantil (...) De igual forma, se previene a la parte demandada para que al producir su contestación señale domicilio dentro de esta Ciudad para oír y recibir notificaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 1390 BIS-17, en relación con el diverso 1390 BIS-11, del Código de Comercio, apercibida que de no hacerlo, las notificaciones personales que en su caso, se lleguen a ordenar, le surtirán efectos por Boletín Judicial, con fundamento en el artículo 1069 del Código de Comercio (...) NOTIFÍQUESE.- LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO YAOPOL PÉREZ AMAYA JIMÉNEZ, QUIEN ACTÚA ANTE LA C. SECRETARÍA DE ACUERDOS “C” LICENCIADA DIANA MARÍA ESTHER ORONA GONZÁLEZ, QUE AUTORIZA Y DA FE.

CIUDAD DE MEXICO A TRES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS.

SECRETARIA DE ACUERDO “C”LIC. DIANA MARÍA ESTHER ORONA

GONZÁLEZ

EXCELSIORmedida

4 MOD.. x 1 col.

fechas de publicación16, 17 18 de agosto

Poder Judicial de la Federación Estados Unidos Mexicanos Juzgado Tercero de

Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Tuxtla

Gutiérrez

Edicto

Antonio Nájera López, representante del menor de edad cuyo nombre y apellidos se

omiten para proteger su identidadDonde se encuentre

En el juicio de amparo indirecto 496/2016, promovido por Jhordi Jhonatan Gallegos Domínguez, por auto de esta fecha se le mandó emplazar, como en efecto lo hago, por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de tercero interesado en la Secretaría de este Juzgado, en la que además, quedará a su disposición copia de la demanda de amparo. Y para su publicación por tres veces, de siete en siete días naturales, en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en la república, expido el presente en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil dieciséis.El Secretario del Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas.

Jorge Luis Aguilera Reyes

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓNESTADOS UNIDOS MEXICANOS

JUZGADO TERCERO DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL

ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN TUXTLA GUTIÉRREZ

E D I C T O

DALIA ASIDAYETH RUIZ CAROPRESI, REPRESENTANTE LEGAL DELA

CADENA COMERCIAL OXXO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

TERCERO INTERESADO, EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRE

En el juicio de amparo 1210/2016 , promovido por Neftalí Gómez Alegría y otros, contra actos del Juez de Control, Región 01, con sede en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, radicado en este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, se dictó el acuerdo de dieciocho de julio de dos mil dieciséis, mediante el cual se ordenó emplazarle al presente juicio por medio de edictos, en virtud de que se le ha señalado como tercero interesado, por desconocerse su domicilio actual, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada Ley; haciéndole saber que podrá presentarse dentro del término de los treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto, por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para su celebración a las nueve horas con dos minutos del diecinueve de septiembre del año en curso. Fíjese en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 18 de julio de 2016.

José Luis Castro Coutiño

Secretario del Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales

en el Estado de Chiapas

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL

ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN TUXTLA GUTIÉRREZ

E D I C T OAl margen un sello con el Escudo

Nacional, que dice Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito

en el Estado de Chiapas.

C. "INMOBILIARIA ALTA LUZ PA-CAL", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, TERCERO INTERESADO EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRE.

En el juicio de amparo 881/2016, promovido por María del Rocio Zacarías Pardo, contra actos del Juzgado Segundo del Ramo Penal para la Atención de Delitos Graves, con sede en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, radicado en este Juzgado Primero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, sito en Palacio de Justicia Federal, Edificio "B", Planta Baja, Boulevard Ángel Albino Corzo, número 2641, Colonia Las Palmas, código postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en el que se dictó el acuerdo de fecha veintidós de julio de dos mil dieciséis, mediante el cual se ordenó emplazarle al presente juicio, en virtud de que se le ha señalado como tercero interesado y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlo por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la citada Ley en cita; haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los TREINTA DIAS, contados a partir del siguiente al de la última publicación por sí o apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones les surtirán efectos por medio de lista en estrados de este Juzgado. Quedando a su disposición en este órgano judicial la demanda de garantías de que se trata; asimismo, se le hace de su conocimiento que la audiencia constitucional se encuentra prevista para su celebración a las NUEVE HORAS DEL D I E Z D E O C T U B R E D E D O S M I L DIECISÉIS. Fíjese en la puerta de este Tribunal un ejemplar de este edicto, por el término que dure la notificación.Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 22 de julio de 2016.

A T E N T A M E N T E.

Iván René Castro Flores.

Secretario del Juzgado Primero de Distritode Amparo y Juicios Federales en el

Estado de Chiapas.

Poder Judicial de la FederaciónEstados Unidos Mexicanos.Juzgado Primero de Distrito

de Amparo y Juicios Federalesen el Estado de Chiapas, con residencia

en Tuxtla Gutiérrez.

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS

PENAL Y CIVIL DEL VIGÉSIMO CIRCUITO

E D I C T O

SONIA ELIZABETH GONZÁLEZ CASTELLANOSTERCERO INTERESADAEn el juicio de amparo directo 272/2016, promovido por Marco Antonio Coutiño Pérez, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, señaló como autoridad responsable a la Primera Sala Regional Colegiada en Materia Penal, Zona 01 Tuxtla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con residencia en esta ciudad, y como tercero interesada resulta ser Sonia Elizabeth González Castellanos, de quien se ignora su domicilio y paradero; el acto reclamado es la sentencia de cinco de octubre de dos mil diez, dictada en el toca penal 414-C-1P01/2007, en la que confirmó la sentencia definitiva de dieciocho de mayo de dos mil diez, dictada por el Juez Primero del Ramo Penal para la Atención de Delitos Graves de los Distritos Judiciales de Chiapa, Cintalapa y Tuxtla, con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, en la que se le tuvo como responsable al quejoso por el delito de homicidio calificado, cometido en agravio de Manuel de Jesús Ruiz Cuesta; señaló como precepto constitucional violado el artículo 16 de nuestra Carta Magna; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarlo mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, trece de julio de 2016

ATENTAMENTE

LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN

MATERIAS PENAL Y CIVIL DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

LIC. VERÓNICA PEÑA VELÁZQUEZ.

ESCUDOPODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

ESTADOS UNIDOS MEXICANOSPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN

MATERIAS PENAL Y CIVIL DEL VIGÉSIMO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN TUXTLA

GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

EDICTO.Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial del Estado, San Miguel de Allende, Gto., Juzgado Segundo Civil, Secretaria, Expediente M0029/2011Publicarse tres veces consecutivas Periódico de circulación amplia y de cobertura nacional y en un periódico local del Estado, Resolución Incidental pronunciada en el incidente de liquidación intereses moratorios promovido por el Licenciado EDGARDO RODRIGUEZ AVILA en su carácter de Apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada GE CONSUMO MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA causahabiente a titulo universal de GE MONEY CREDITO HIPOTECARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD NO REGULADA (ANTES GE MONEY CREDITO HIPOTECARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, antes GENERAL HIPOTECARIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO), dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil M0029/2011, promovido en contra de TOMAS CARO DEL CASTILLO CORONADO sobre vencimiento anticipado del contrato de apertura de crédito con interés y garantía hipotecaria contenido en la escritura pública número 22,995, y otras prestaciones.- RESULTANDOS. CONSIDERANDOS. RESOLUTIVOS. PRIMERO.- PRIMERO.- Este Tribunal resultó competente para conocer y resolver del presente incidente y la vía elegida también es la adecuada.- SEGUNDO.- La parte actora acreditó los hechos constitutivos de su incidente y la demandada no opuso excepciones ni defensas.- TERCERO.- Se aprueba la planilla de liquidación de intereses en los términos expuestos en la presente, en tal virtud el demandado TOMAS CARO DEL CASTILLO CORONADO deberá pagar a favor de la parte actora la cantidad de $15,684.49 (quince mil seiscientos ochenta y cuatro pesos 49/100 moneda nacional), por concepto de intereses moratorios generados en el periodo comprendido del 13 trece de junio del 2014 dos mil catorce al 12 doce de octubre del 2015 dos mil quince: CUARTO.- No se decreta especial condena en costas en base al respectivo considerando Quinto de la interlocutoria que nos ocupa.- Notifíquese por lista a la parte actora al haber designado los estrados para tal efecto y por medio de edictos a la parte demandada, atento a lo dispuesto en el artículo 1070 del Código de Comercio aplicable, así como a la fracción II, del artículo 134 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guanajuato. Cúmplase.- Así lo resolvió y firma la ciudadana Licenciada GRACIELA ESCARAMUZA LÓPEZ, Juez de Partido Segundo Civil en este Partido Judicial, quien actúa con Secretario de acuerdos que autoriza, Licenciado JESÚS ANTONIO OJODEAGUA FLORES.- Doy Fe."

San Miguel de Allende, Guanajuato, Junio 17 de 2016"2016. Año del Nuevo Sistema de Justicia Penal."

El Secretario del Juzgado Segundo Civil de PartidoRubrica

LIC. JESÚS ANTONIO OJODEAGUA FLORES.

E D I C T O

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TLAXCALA.

En los autos del juicio de amparo 1508/2015-D de este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, promovido por Gloria Bonifacia Rodríguez Rodríguez, contra actos del Juez Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Lardizábal y Uribe y otra autoridad, se ha señalado como tercero interesado a María Luisa Cervantes Ramírez, y dado que se desconoce su domicilio, se ha ordenado su emplazamiento, por medio de edictos que deberán publicarse tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el “Diario Oficial de la Federación” y en uno de los periódicos de mayor circulación, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) fracción 111 del artículo 27 de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley citada. Queda a su disposición en la actuaría de este juzgado ubicado en Calle Miguel Hidalgo, número treinta y seis, Colonia Centro, Tlaxcala, Código Postal 90000, copia simple de la demanda de amparo, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días contados del siguiente al de la última publicación, bajo el apercibimiento que de no comparecer, las notificaciones que le correspondan le serán hechas mediante lista, en términos de la fracción 11, del numeral 27, de la ley de amparo.

Tlaxcala, Tlaxcala, 05 de agosto de 2016.

(Rúbrica)

VÍCTOR ALBERTO GUZMÁN JASSO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE

DISTRITO EN EL ESTADO.

AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL

DEL PRIMER CIRCUITO

"EDICTO"

EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL D.C.203/2016, PROMOVIDO POR LA PARTE QUEJOSA MISIONES DE CASA REAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONTRA EL ACTO DE LA SEGUNDA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RADICADO ANTE EL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, SE ORDENÓ EMPLAZAR AL PRESENTE JUICIO DE AMPARO, A LA PARTE TERCERO INTERESADA CONDOMINIO PLAYA REAL, ASOCIACIÓN CIVIL, PARA QUE COMPAREZCA ANTE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS CONTADO A PARTIR DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, QUE SE HARÁ DE SIETE EN SIETE DÍAS, POR TRES VECES, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UNO DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN NACIONAL, HACIÉNDOLE SABER QUE QUEDA A SU DISPOSICIÓN EN ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y QUE TIENE EXPEDITO SU DERECHO PARA OCURRIR ANTE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A DEFENDER SUS DERECHOS, APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES SE LE HARÁN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO. LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.

CIUDAD DE MÉXICO, A 02 DE AGOSTO DE 2016.

EL SECRETARIO DE ACUERDOS DEL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL

DEL PRIMER CIRCUITO.

LIC. ERNESTO RUIZ PÉREZ.

GLOBAL jueves 18 de AGOstO de 2016 : eXCeLsIOR8