normatividad cambio climatico

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  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgm INTERNATIONAL

    Curso Taller FCA UTPCurso Taller FCA UTP

    Cambio ClimCambio Climtico y Mecanismos para un Desarrollo Limpiotico y Mecanismos para un Desarrollo Limpio

    en el Marco del Protocolo de Kyotoen el Marco del Protocolo de Kyoto

    2IntroducciIntroduccin a lan a la

    legislacin Internacionallegislacin Internacional

    y Nacional vigentey Nacional vigente

  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgmINTERNATIONAL

    ContenidoContenido::

    Convencin Marco de Naciones Unidas

    para el Control del Cambio Climtico.

    Protocolo de Kyoto.

    Estado de ratificacin.

    Autoridad Nacional Designada en

    Colombia.

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    mgmINTERNATIONAL EsquemaEsquema GeneralGeneral::

    CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS 1992

    PROTOCOLO DE KIOTO 1997

    ACUERDO DE MARRAKESH 2000

    Reconoce polticamente el problema del calentamiento globalOpera por medio de la Conferencia de las Partes (COP) y Junta Ejecutiva

    Establece metas de emisiones con respecto a 1990 a pases industrializados

    Define condiciones para que opere en forma preliminar un mercado de bonos de carbono

    PANEL INTERGUBERNAMENTALPARA EL CAMBIO CLIMTICO 1988

    Reconoce cientficamente el problema del calentamiento global

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    mgmINTERNATIONAL

    ConvenciConvencinn Marco deMarco de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas

    sobresobre elel CambioCambio ClimticoClimtico11::

    La Convencin Marco sobre el Cambio Climtico establece una estructura

    general para los esfuerzos intergubernamentales encaminados a resolver el

    desafo del cambio climtico. Reconoce que el sistema climtico es un recursocompartido cuya estabilidad puede verse afectada por actividades industriales y

    de otro tipo que emiten dixido de carbono y otros gases que retienen el calor.

    En virtud del Convenio, los gobiernos:

    Recogen y comparten la informacin sobre las emisiones de gases de efecto

    invernadero, las polticas nacionales y las prrticas optimas.

    Ponen en marcha estrategias nacionales para abordar el problema de las

    emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse a los efectos previstos,incluida la prestacinn de apoyo financiero y tecnolgico a los pases en

    desarrollo.

    Cooperan para prepararse y adaptarse a los efectos del cambio climtico.

    1Fuente: http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/convention/items/3323.php

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    mgmINTERNATIONAL

    ConvenciConvencinn Marco deMarco de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas

    sobresobre elel CambioCambio ClimticoClimtico11::

    OBJETIVO

    El objetivo ltimo de la Convencin, y de cualquier instrumento legal

    derivado de ella, es la estabilizacin de las concentraciones degases de efecto invernadero en la atmsfera a un nivel que

    prevenga interferencias peligrosas con el sistema climtico, de

    modo tal de alcanzar el objetivo en plazos suficientes como para lograr

    que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climtico,

    asegurar la provisin de alimentos y permitir que el desarrolloeconmico prosiga de manera sustentable.

    PRINCIPIOS

    Responsabilidades comunes pero diferenciadas

    Principio precautorio

    Promocin del desarrollo sustentable

    Atencin a los pases en desarrollo especialmente vulnerables

    Promocin de un comercio internacional no discriminatorio

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    mgmINTERNATIONALConvenciConvencinn Marco deMarco de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas

    sobresobre elel Cambio ClimticoCambio Climtico::

    El rgano supremo de la Convencin es la Conferencia de lasPartes (COP). La COP comprende a todos los estados quehan ratificado o aceptado la Convencin (185 en julio de 2001).contrario. El papel de la COP es promover y revisar laimplementacin de la Convencin

    La Convencin tambin establece dos rganos subsidiarios. El

    rgano Subsidiario de Asesoramiento Cientfico y Tecnolgico(SBSTA) que proporciona a la COP informacin yasesoramiento sobre los asuntos cientficos y tecnolgicosreferidos a la Convencin.

    El rgano Subsidiario de Ejecucin (SBI) que ayuda alasesoramiento y revisin de la implementacin de laConvencin.

    La COP y sus rganos subsidiarios cuentan con los servicios

    de una secretara. Su sede se encuentra en Bonn, Alemania.

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    mgmINTERNATIONAL ConvenciConvencinn Marco deMarco de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas

    sobresobre elel Cambio ClimticoCambio Climtico::

    Colombia ratific la convencin mediante la

    LEY 164 DE 1994 (Octubre 27)

    Diario Oficial No. 41.575, del 28 de octubrede 1994: Por medio de la cual se apruebala "Convencin Marco de las NacionesUnidas sobre el Cambio Climtico", hechaen Nueva York el 9 de mayo de 1992.

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    mgmINTERNATIONALConvenciConvencinn Marco deMarco de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas

    sobresobre elel Cambio ClimticoCambio Climtico::

    1 Perodo de

    cumplimiento

    Paises Industrializados deben reducir emisiones de GEIa un 5%

    menos de lo que emitian en 1990

    Plazos: las metas deben ser alcanzadas entre 2008 y 2012

    Emisin1990

    1990 2008 2012

    Meta

    Ton

    CO2e

    5%

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    mgmINTERNATIONAL

    ProtocoloProtocolo de Kyotode Kyoto ::

    Cuando adoptaron la Convencin, los gobiernos saban que sus compromisos

    no seran suficiente para abordar en serio los problemas del cambio climtico.

    En la CP1 (Berln, marzo/abril de 1995), en una decisin conocida con elnombre de Mandato de Berln, las Partes pusieron en marcha una nueva ronda

    de conversaciones para decidir la adopcin de compromisos ms firmes y ms

    detallados para los pases industrializados. Despus de dos aos y medio de

    negociaciones intensas, se adopt el protocolo de Kyoto en la CP3 de Kyoto

    (Japn), el 11 de diciembre de 19971

    .

    1Fuente: http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/kyoto_protocol/compliance/items/3332.php

  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgmINTERNATIONAL

    ProtocoloProtocolo de Kyotode Kyoto ::

    No obstante, debido a la complejidad de las negociaciones, quedaron

    pendientes un considerable nmero de cuestiones, incluso despus de la

    adopcin del Protocolo de Kyoto. En ste se esbozaban los rasgos bsicos de

    sus mecanismos y el sistema de cumplimiento, por ejemplo, pero no se

    especificaban las transcendentales normas que regulaban su funcionamiento.Aunque 84 pases firmaron el Protocolo, lo que significaban que tenan

    intencin de ratificarlo, muchos se resistan a dar ese paso y hacer que el

    Protocolo entrara en vigor, antes de tener una idea clara sobre las normas del

    tratado. Por ello, se inici una nueva ronda de negociaciones para especificar

    las normas concretas del Protocolo de Kyoto, que se organiz en paralelo conlas negociaciones sobre las cuestiones pendientes en el marco de la

    convencin.

    Esta ronda culmin finalmente en la CP7 con la adopcin de los Acuerdos de

    Marrakech, en que se establecan normas detalladas para la aplicacin delProtocolo de Kyoto. Como se ha examinado ms arriba, los acuerdos de

    Marrakech adoptaron tambin algunas medidas importantes para la aplicacin

    de la Convencin1.

    1Fuente: http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/kyoto_protocol/compliance/items/3332.php

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    mgmINTERNATIONALProtocoloProtocolo de Kyotode Kyoto ::

    Disposiciones del Protocolo de Kyoto y sus normas

    El Protocolo de Kyoto de 1997 tiene los mismos objetivos, principios e

    instituciones de la Convencin, pero refuerza sta de manera significativa ya

    que a travs de l las Partes incluidas en el anexo I se comprometen a lograr

    objetivos individuales y jurdicamente vinculantes para limitar o reducir sus

    emisiones de gases de efecto invernadero. Slo las partes en la Convencin

    que sean tambin partes en el Protocolo (es decir, que lo ratifiquen, acepten,

    aprueben o se adhieran a l) estarn obligadas por los compromisos del

    Protocolo, cuando entre en vigor.

    Los objetivos individuales para las Partes incluidas en el anexo I se enumeran

    en el anexo B del Protocolo de Kyoto. Entre todos suman un total de recorte

    de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos el 5% con

    respecto a los niveles de 1990 en el periodo de compromiso de 2008-20121.

    1Fuente: http://unfccc.int/portal_espanol/essential_background/kyoto_protocol/compliance/items/3332.php

  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgmINTERNATIONALProtocoloProtocolo de Kyotode Kyoto ::

    Compromisos (Artculo 3)

    Compromisos cuantificados de limitacin y reduccin de las

    emisiones de gases de efecto invernadero consignados enel Anexo B, con miras a reducir en forma conjunta esas

    emisiones en no menos del 5% respecto de los niveles de

    1990 en el perodo de compromiso comprendido entre 2008

    y 2012.

    Mecanismos flexibles

    Mecanismo para un desarrollo limpio

    Implementacin conjunta

    Comercio de emisiones

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    mgmINTERNATIONAL

    ProtocoloProtocolo de Kyotode Kyoto ::

    Ayudar a las Partes no incluidas en el Anexo I alograr su desarrollo sustentable y contribuir al finltimo de la Convencin

    Ayudar a las Partes incluidas en el Anexo I a lograr elcumplimiento de sus compromisos cuantitativos de

    limitacin y reduccin de emisiones Las Partes no Anexo I se beneficiarn de las

    actividades de proyecto

    Las Partes Anexo I podrn usar los certificados dereduccin de emisiones para cumplir con parte desus compromisos

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    mgmINTERNATIONAL

    EstadoEstado dede RatificaciRatificacinn ::

    De 188 Partes de la Convencin, 84 firmaron el

    Protocolo de Kioto y 120 (32 pasesindustrializados) lo ratificaron (representando el44,2% de las emisiones al ao 1990)

    La Unin Europea, Japn y Canad lo ratificaron. Con la ratificacion de Rusia (17,4%) se alcanzo

    el % necesario para la entrada en vigor.

    Estados Unidos anticip que se mantendr almargen.

  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgmINTERNATIONAL EstadoEstado dede RatificaciRatificacinn ::

    32

    44,2

    88

    120

    Emisiones

    Rusia17,4

    Partes

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    mgmINTERNATIONAL EstadoEstado dede RatificaciRatificacinn en Colombia :en Colombia :

    Colombia ratific el Protocolo de Kyoto mediante

    laLEY 629 DE 2000 (diciembre 27)

    Diario Oficial No. 44.272, de 27 de diciembre de

    2000Por medio de la cual se aprueba el"Protocolo de Kyoto de la Convencin Marco delas Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico",hecho en Kyoto el 11 de diciembre de 1997.

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    mgmINTERNATIONAL

    Autoridad Nacional DesignadaAutoridad Nacional Designada ::

    En concordancia con las modalidades y procedimientos para un

    proyecto MDL (Anexo Decisin: 17/CP.7): 29. Las partes que

    participan en el MDL deben designar una Autoridad Nacionalpara el MDL

    La Junta Ejecutiva del MDL en su reunin nmero 18, en relacin

    con los requerimientos que deben ser chequeados por una

    Entidad Operacional Designada, y en concordancia con la

    provisiones de los paragrafos 37 (a) y 40 (a) de las modalidades

    y procedimientos de una actividad propuesta como MDL, el

    Registro de un a actividad MDL propuesta puede solamente ser

    realizado una vez sean obtenidas las cartas de aprobacin

    nacional de las partes invlucradas en el proyecto, y que dichas

    partes tienen que ser signatarias del Protocolo de Kyoto.

  • 7/23/2019 Normatividad Cambio Climatico

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    mgmINTERNATIONAL

    Autoridad Nacional DesignadaAutoridad Nacional Designada ::

    Ms. Carolina Villafae ([email protected])

    Head, Climate Change Mitigation Group

    Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialCalle 37 # 8-40, piso 2

    Phone: (57-1) 332 3400 Ext. 179/173

    Fax: (57-1)288-9540

    Bogot D.C, CundinamarcaColombia

    La reglamentacin vigente en Colombia para el proceso de Aprobacin

    Nacional de un Proyecto MDL es:

    Reslucin 0453 de 2004: Procedimiento de Aprobacin Nacional

    Resolucin 0454 de 2004: Regula el Funcionamiento del Comit Tcnico

    Intersectorial