normativa zonas escalada deportiva

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NORMATIVA EQUIPAMIENTOS ESCALADA DEPORTIVA MEDIO NATURAL - INTRODUCCIÓN - OBJETIVO DE LA REGULACIÓN 1.- DEFINICIONES 1.1.- Escalada Deportiva 1.2.- Instalación 1.3.- Equipar 1.4.- Re-equipar 1.5.- Anclajes 1.6.- Conectores 1.7.- Accesos 1.8.- Homologación. 1.9.- Entidades Certificadoras 2.- LOS TÉCNICOS 2.1.- Equipador de Itinerarios de Escalada e Instalaciones en Montaña 2.2.- Auditor EAE (Estructuras Artificiales de Escalada) e Instalaciones en Montaña 3. ESTUDIO DE DEFINICIÓN 3.1.- Nombre. 3.2.- Naturaleza y Titularidad de los Terrenos. 3.3.- Presupuesto 3.4. -Compromiso de Mantenimiento 3.5. Firmas 3.6.- Reseñas o Croquis. 3.7.- Descatalogación de la Instalación o Equipamiento. 3.8. Inspección 3.9. Proceso de descatalogación. 4. EL MATERIAL 4.1.- Anclajes de Seguro 4.2.- Anclajes de Rapel 4.3.- Cadenas 4.4.- Resinas 4.5.- Morteros 4.6.- Chapas 5.- POSICIONAMIENTO DE LOS PUNTOS DE SEGURO 5.1.- Tipos de Anclajes 5.2.- Reuniones 5.3.- Puntos de Seguro Intermedios 6.- ANCLAJES PARA LOS DIFERENTES TIPOS DE ROCA 7.- MARCAJE DEL NOMBRE DE LA VÍA - NORMATIVA Y DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

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Page 1: Normativa Zonas Escalada Deportiva

NORMATIVA

EQUIPAMIENTOS

ESCALADA DEPORTIVA

MEDIO NATURAL

- INTRODUCCIÓN - OBJETIVO DE LA REGULACIÓN 1.- DEFINICIONES 1.1.- Escalada Deportiva

1.2.- Instalación

1.3.- Equipar

1.4.- Re-equipar

1.5.- Anclajes

1.6.- Conectores

1.7.- Accesos

1.8.- Homologación.

1.9.- Entidades Certificadoras

2.- LOS TÉCNICOS 2.1.- Equipador de Itinerarios de Escalada e Instalaciones en Montaña

2.2.- Auditor EAE (Estructuras Artificiales de Escalada) e Instalaciones en Montaña

3. ESTUDIO DE DEFINICIÓN 3.1.- Nombre.

3.2.- Naturaleza y Titularidad de los Terrenos.

3.3.- Presupuesto

3.4. -Compromiso de Mantenimiento

3.5. Firmas

3.6.- Reseñas o Croquis.

3.7.- Descatalogación de la Instalación o Equipamiento.

3.8. Inspección

3.9. Proceso de descatalogación.

4. EL MATERIAL 4.1.- Anclajes de Seguro

4.2.- Anclajes de Rapel

4.3.- Cadenas

4.4.- Resinas

4.5.- Morteros

4.6.- Chapas

5.- POSICIONAMIENTO DE LOS PUNTOS DE SEGURO 5.1.- Tipos de Anclajes 5.2.- Reuniones

5.3.- Puntos de Seguro Intermedios

6.- ANCLAJES PARA LOS DIFERENTES TIPOS DE ROCA

7.- MARCAJE DEL NOMBRE DE LA VÍA - NORMATIVA Y DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

Page 2: Normativa Zonas Escalada Deportiva

INTRODUCCIÓN

Esta NORMATIVA de EQUIPAMIENTOS para la ESCALADA DEPORTIVA en el MEDIO NATURAL

nace de la necesidad de concretar que tipo de equipamientos y materiales son los mas

adecuados para que una zona de escalada deportiva sea realmente segura, homologable y

cumpla unos requisitos mínimos para ser oficialmente reconocida por las entidades

certificadoras y tiene como finalidad garantizar que la escalada deportiva, represente para la

sociedad una garantía de calidad, homogeneidad, seguridad y de respeto al medio ambiente,

así como convertirse en una herramienta útil en los peritajes de equipamientos de zonas de

escalada deportiva.

El equipamiento, es indispensable para la seguridad de las instalaciones de escalada deportiva

en el medio natural y de este modo garantizar la seguridad de los usuarios. En este sentido

también es importante, el re-equipamiento y correcto mantenimiento de las mismas, más aun,

debido al deterioro en que se encuentran muchas instalaciones, por encontrase en la

naturaleza a la intemperie y que con el paso de los años terminan por oxidarse y perdiendo sus

cualidades de resistencia, además de sufrir un rápido desgaste debido al aumento de la

práctica de la escalada deportiva por un amplio sector de la sociedad interesada en las

experiencias inherentes a este deporte de montaña; aventura, ejercicio físico al aire libre y en

contacto con la naturaleza.

Paralelamente a la escalada en “terreno de aventura”, donde la colocación de los puntos de

seguro o de progresión forman parte del juego y requiere de una amplia experiencia, se

constata que una nueva faceta de la escalada se ha impuesto, la “escalada deportiva”, la cual

exige un equipamiento más riguroso.

Este equipamiento debe responder a la atención particular de los usuarios y respetar los

siguientes principios:

• Seguridad.

• No debe permitir una mala utilización del equipo.

• Elección de los materiales en función del tipo de roca y de las condiciones

climatológicas y de corrosión.

• Responsabilidad moral cara a los futuros usuarios.

• La situación de los puntos de seguro debe ser objeto de un estudio muy preciso.

• Cuidado y respeto del medio.

Es evidente que la práctica de la escalada deportiva ha incrementado sus aficionados y ha

entrado también en el circuito comercial del turismo en montaña. La realidad a afrontar es la

de buscar un equilibrio entre seguridad y adecuado equipamiento/re-equipamiento sin que se

pierda ese terreno de aventura que es el que lleva a la práctica de la escalada deportiva.

El contenido de estas normas es el fruto de una larga experiencia y de un importante trabajo

de puesta a punto y de tests basados en los efectuados anteriormente por el Comité de

Escalada de la F.F.M.E., el COSIROC, la E.N.S.A. y los fabricantes de material de escalada.

OBJETIVO DE LA REGULACIÓN Esta Normativa regula el procedimiento de Homologación y Certificación de las zonas de

escalada deportiva en el medio natural, así como la regulación del trabajo de los Técnicos

Equipadores de Escalada e Instalaciones en Montaña y los Auditores de Certificaciones.

Page 3: Normativa Zonas Escalada Deportiva

ARTÍCULO 1.- DEFINICIONES. 1.1.- Escalada Deportiva: Es el estilo de escalada que utiliza anclajes fijos en la pared previamente colocados, se

caracteriza por reducir notablemente el riesgo del escalador.

1.2.- Instalación: Cualquier conjunto de anclajes colocados en el medio natural con la finalidad de utilizarlas en

el desarrollo de la actividad deportiva de la escalada para garantizar la seguridad de esta.

1.3.- Equipar: Efectuar la instalación de los anclajes en el medio natural donde anteriormente no había nada.

1.4.- Re-equipar: Renovar total o parcialmente una instalación ya equipada con anterioridad.

1.5.- Anclajes: Medio de agarre compuesto de una anilla u ojal sobre el cual un mosquetón o conector puede

ser enganchado para asegurarse. Está emplazado en un agujero realizado en la roca, donde se

sujeta bien por pegamento (químico), bien por taco auto-perforante por expansión.

1.6.- Conectores (mosquetón): Mecanismo de apertura manual que permite a los usuarios anclarse directa o indirectamente a

un punto.

1.7.- Accesos: Entrada o paso por donde se llega a la instalación.

1.8.- Homologación. La homologación es el proceso por el cual una Entidad de Inspección Técnica Homologada,

aprueba el buen estado de las instalaciones. Los objetivos de la misma son garantizar la

seguridad de los posibles usuarios, comprobar el cumplimiento de lo contemplado en esta

normativa y dar coherencia y homogeneidad a la instalación.

Atendiendo a lo anterior podemos definir la Homologación de Equipamientos de Escalada

Deportiva, como el reconocimiento, a través de un Certificado de Homologación, de la

idoneidad y calidad de una instalación; dicha idoneidad se dará cuando la instalación se ajuste

a los requisitos de acondicionamiento, señalización y mantenimiento exigidos mediante esta

Normativa.

1.9.- Entidades Certificadoras Las Entidades de Certificación, son Organismos de Inspección Tipo A, que tienen como función

evaluar la conformidad y certificar el cumplimiento de la NEEM.

ARTÍCULO 2.- LOS TÉCNICOS 2.1.- Equipador de Itinerarios de Escalada: Es la persona que ha recibido la formación para el diseño y realización de equipamientos de

escalada e instalaciones en montaña en general.

Competencias:

• Asesorar a los promotores que se lo soliciten, en materia de equipamiento e instalaciones.

• Realizar el Estudio.

• Dirigir el equipamiento e instalación.

• Equipar Instalaciones en Montaña.

2.2.- Auditor: Es la persona debidamente formada y titulada por parte de una entidad certificadora clase A,

para realizar inspecciones y certificaciones NEEM.

Competencias:

• Realizar la Inspección de un equipamiento o instalación y emitir informes.

• Certificar el cumplimiento de la normativa de un equipamiento o instalación.

Page 4: Normativa Zonas Escalada Deportiva

ARTÍCULO 3.- ESTUDIO DE DEFINICIÓN Es el proyecto realizado por un Técnico, con un contenido mínimo que se detalla a

continuación, y que se presentará para su Visado.

3.1.- Nombre. Podrá ser un nombre genérico, característico de la zona, un nombre del lugar por donde

discurre, e incluso un nombre propio.

3.2.- Naturaleza y Titularidad de los Terrenos. Se describirá la Naturaleza y Titularidad de los terrenos por los que discurre.

3.3.- Presupuesto Deberán incluirse los gastos de las actuaciones de acondicionamiento, señalización así como la

elaboración de la publicación divulgativa, teniendo en cuenta los recursos humanos,

materiales, técnicos y financieros.

3.4. -Compromiso de Mantenimiento En el Estudio de Definición deberá especificarse el plan bianual para el mantenimiento del

equipamiento o instalación. Este mantenimiento mínimo debe de contemplar:

• Inspección Técnica bianual de valoración realizada por un Técnico.

• Consolidación de rocas sueltas o susceptibles de caída a efectos de evitar accidentes.

• Desbroce de los tramos de accesos con anchuras inferiores a 1 metro.

• Reposición de Señales e indicaciones.

• Informe Técnico de idoneidad realizado por un Técnico.

• Reposición de anclajes defectuosos o desaparecidos. Tras la inspección técnica de

valoración, el Técnico valorará si realiza el informe técnico de idoneidad inmediatamente, sin

una segunda visita, o bien si concede un plazo, dependiendo del tipo de actuaciones a realizar,

para la reparación, siendo necesaria una segunda inspección.

El no cumplimiento de este mantenimiento mínimo puede llevar a la retirada de la

Certificación.

3.5. Firmas Cualquiera de los estudios, inspecciones o certificaciones deberá estar firmado por un Auditor,

para que pueda ser visado y su ejecución sea homologada.

3.6.- Reseñas o Croquis. Detallar y comentar el equipamiento e instalación, accesos de forma clara y concisa, quedando

a elección del promotor la divulgación o publicación.

En caso de publicación deberá incorporar unos mínimos datos:

• Nombre de la Zona del Equipamiento

• Nombre de la vía

• Graduación

• Croquis

• Accesos

3.7. - Descatalogación de la Instalación o Equipamiento. Una Instalación o Equipamiento puede ser descatalogado si el Promotor incumple cualquiera

de las condiciones por las que se le concede la Homologación del mismo.

3.8. Inspección Tal y como se recoge en el Acta de Recepción, dentro del compromiso de mantenimiento, el

promotor debe realizar una valoración técnica bianual de la instalación, para lo que solicitará

la Inspección de un Auditor para que elabore un informe de valoración:

• En caso de informe positivo, se renovará la homologación por dos años.

• En caso de informe negativo, se dará un plazo, dependiendo de las actuaciones a realizar,

para la adecuación de la instalación por el promotor, una vez actualizado el Auditor volverá a

realizar una visita de inspección para comprobar que las actuaciones realizadas son correctas.

Las visitas de inspección necesarias son a cargo del promotor.

Page 5: Normativa Zonas Escalada Deportiva

3.9. Proceso de descatalogación. La no aplicación de este articulo o el no cumplimiento de las recomendaciones del informe de

valoración, serán motivos de deshomologación de la instalación.

El Promotor estará obligado a desmontar la instalación, por su cuenta y a su coste.

ARTÍCULO 4.- EL MATERIAL 4.1.- Anclajes de Seguro La elección de los anclajes debe hacerse según dos criterios importantes:

• El tipo de roca.

• El medio (problemas de corrosión o polución atmosférica).

Para el equipamiento permanente de paredes, se utilizan dos tipos de anclajes:

• Los anclajes químicos (fijados mediante resinas).

Resistencia minima 3000kg.

Medida minima 95mm. X 10 mm...

• Los anclajes de expansión mecánica o anclajes secos (si resinas).

Resistencia minima 2500 dan

Medida minima 70mm. X 10 mm.

Todos los anclajes deben cumplir la norma europea EN 959.

4.2.- Anclajes de Rapel En un anclaje que servirá para instalar un rapel, prever el paso de la cuerda por un maillón

rapide, que se podrá cambiar después de su uso, en un punto fijo definitivo e inamovible.

El maillón puede situarse igualmente en la fijación de una cadena sobre un anclaje químico o

en el punto de intersección de dos cadenas.

Cuando el maillón se coloca exclusivamente para un rapel o una polea, es suficiente una

resistencia de 1000 Kg.

Si el maillón es colocado en una reunión intermedia, este deberá tener imperativamente, una

resistencia mínima de 2.500 Kg.

Mínimo 8 mm de diámetro, es interesante elegir un superior con el fin de limitar el desgaste

causado por el roce de la cuerda.

El cierre de un maillón rapide debe ser muy moderado. Utilizar maillones de gran abertura si

van a ser colocados sobre anclajes de gran diámetro.

4.3.- Cadenas Deben ser cadenas de mínimo 8 mm con una resistencia comprendida entre 1.600 y 2.000 dan.

Esta resistencia debe ser precisada por el vendedor obligatoriamente.

4.4.- Resinas

• Resina SIKADUR 31 COLLE.

• Resina HILTI C100. Las encontraremos en el mercado como; HIT HY 150 y HIT RE 500.

• Resina epoxi de FIXE.

4.5.- Morteros Se pueden utilizar para el sellamiento de anclajes muy gruesos.

- MASTERFLOW MB 928

- Mortero CLAVEX (Cementos Lafarge).

- Mortero TRAPCOMAT.

4.6.- Chapas

• Resistencia axial una vez montadas y fijadas: 1.500 dan

• Resistencia radial una vez montadas y fijadas: 2.500 daN

Par de apriete:

• Para un tornillo de 10 mm: entre 35 y 50 mN

• Para un tornillo de 12 mm: entre 60 y 75 mN

Page 6: Normativa Zonas Escalada Deportiva

ARTÍCULO 5.- POSICIONAMIENTO DE LOS PUNTOS DE SEGURO. 5.1.- Tipos de Anclajes

• Reunión: 2 puntos, resistencia cada uno 2.500 daN, relacionados entre si.

• Puntos seguro: mínimo: 2.200 daN.

• Puntos polea: 2 puntos, resistencia cada uno 2.500 daN, relacionados entre si.

5.2.- Reuniones Los puntos de reunión deben estar a un mínimo de 20 cm. de distancia el uno del otro.

Las cadenas no deben de estar tensas

5.3.- Puntos de Seguro Intermedios Estos son los puntos de seguro entre las reuniones o entre el suelo y el punto de polea.

- Resistencia minima: 2.500 daN.

Si la ruta de escalada comienza en una vira, colocar un punto de seguro con la calidad de

reunión a nivel de esta vira.

La caída al suelo jamás debe poder producirse después de pasado el primer punto de seguro.

Por lo que hay que situar el 2º punto con el fin de que esta caída al suelo no sea posible

durante la maniobra de mosquetoneo.

Disposición de los seguros intermedios:

ARTÍCULO 6.- ANCLAJES PARA LOS DIFERENTES TIPOS DE ROCA

• Rocas Excepcionalmente Duras, 1500-2.500 Kp/cm2 (basaltos cristalizados y cuarcitas)

Parabolt M-10 (70 mm.) ó superior, ó anclaje químico M-10 (70 mm.)

• Rocas Muy Duras, 800-1.200 Kp/cm2 (granitos blancos, grises y rojos; gneis de alta

montaña)

Parabolt M-12 (70 mm.), parabolt M-10 (90 mm.) ó anclaje químico M-10 (70 mm.)

• Rocas Duras, 600-800 Kp/cm2 (granitos ligeramente meteorizados y calizas grises.

Parabolt M-10 (90 mm.) ó superior, ó anclaje químico M-10 (70 mm.)

• Rocas Semi-Duras, 300-600 Kp/cm2 (calizas naranjas blandas, conglomerado de buena

calidad y calizas marítimas)

Parabolt M-12 (90 mm.) ó superior, ó anclaje químico M-10 (70 mm.)

ARTÍCULO 7.- MARCAJE DEL NOMBRE DE LAS VÍAS

Indicar a pie de una vía un número de referencia para una guía o el nombre y grado de la vía

con caracteres de 3 cm de alto como máximo, con una pintura tipo antisuciedad de barco, muy

resistente al musgo y otras agresiones naturales. Si un itinerario está reservado para el descenso en rapel, hay que indicarlo al comienzo para

evitar que se utilice como ruta de subida.

Page 7: Normativa Zonas Escalada Deportiva

NORMATIVA Y DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

Para la elaboración de esta Normativa se ha consultado:

• La legislación estatal y autonómica de carácter general de turismo, deporte, medio

ambiente, ordenación del territorio, régimen local, etc.

• Protocolos de homologación de las Federaciones Autonómicas.

• Normativas europeas en materia de deportes UNE-EN 959 Equipos de montañismo y

escalada. Anclajes para roca. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• Normativas europeas en materia de deportes UNE-EN 12275 Equipos de montañismo y

escalada. Mosquetones. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• Cuadernos Técnicos de la E.E.A.M.

• COSIROC (Comité para la Preservación de los Sitios Naturales de Escalada Francés)