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  • MINISTERIO DE EDUCACIN SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    MINISTERIO DE EDUCACIN SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO

    DE EDUCACIN

    SAN SALVADOR, ENERO DE 2005

  • MINISTERIO DE EDUCACIN SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    INDICE 1) OBJETIVO GENERAL ....................................................................................................... 3 2) OBJETIVOS ESPECIFICOS..................................................................................................... 3 3) BASE LEGAL........................................................................................................................... 3 4) COBERTURA............................................................................................................................ 4 5) COMPETENCIAS DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS Y PERSONAL DE

    JEFATURAS............................................................................................................................ 4 6) DISPOSICIONES DE ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, IDENTIFICACIN Y PERMANENCIA E 4

    LA INSTITUCIN..................................................................................................................... 4 6.1 IDENTIFICACIN DE PERSONAL.......................................................................................... 4 6.2 ASISTENCIA DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS.............................................................. 5 6.3 REGISTRO DE ASISTENCIA.................................................................................................. 6 6.4 PUNTUALIDAD DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS................................................. 8 7 REGULACIONES DE LAS LICENCIAS.................................................................................. 9 7.2 POR ENFERMEDAD................................................................................................................ 9 7.3 POR ALUMBRAMIENTO......................................................................................................... 10 7.4 POR ENFERMEDAD GRAVSIMA DE LOS PARIENTES CERCANOS (PADRE MADRE

    CNYUGE E HIJOS)............................................................................................................... 11 7.5 POR DUELO............................................................................................................................ 12 7.6 POR EL DESEMPEO DE MISIONES OFICIALES FUERA DE LA REPBLICA................ 12 7.7 POR SALIR DEL PAS INTEGRANDO DELEGACIONES DEPORTIVAS............................. 12 8 LICENCIAS CON O SIN GOCE DE SUELDO POR MOTIVOS PERSONALES.................... 13 9 POR MISIONES OFICIALES EN EL INTERIOR DEL PAS.................................................... 13 10 PERMISOS POR ESTUDIOS SUPERIORES UNIVERSITARIOS........................................... 14 11 LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO POR TIEMPO COMPENSATORIO............................ 15 12 DAS DE ASUETO REMUNERADO......................................................................................... 15 13 LICENCIA A TITULO DE VACACIONES................................................................................. 15 14 RESPONSABILIDADES DE LOS JEFES............................................................................... 16 15 DISPOSICIONES GENERALES............................................................................................. 17 16 SANCIONES............................................................................................................................. 17 17 DEROGATORIAS..................................................................................................................... 18 18 VIGENCIA................................................................................................................................. 19 19 ANEXOS.................................................................................................................................... 20

  • MINISTERIO DE EDUCACIN SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    INTRODUCCIN

    Con el propsito de fomentar la buena Administracin de los Recursos Humanos y darle cumplimiento a

    las Normas Tcnicas de Control Interno de la Corte de Cuentas de la Repblica que permita unificar

    criterios para el control de asistencia, puntualidad, identificacin y permanencia del personal de las

    distintas unidades organizativas del Ministerio de Educacin y considerando que una de las funciones

    primordiales y directas de las jefaturas que conforman cada una de las Direcciones Nacionales y

    Unidades Organizativas, es la de ejercer supervisin y control sobre la asistencia y puntualidad de los

    empleados y funcionarios, La Subgerencia de Recursos Humanos ha revisado y actualizado la presente

    normativa que contiene disposiciones que permitan desarrollar con efectividad la referidas funciones, as

    mismo que se d cumplimiento con base legal a cada una de las acciones descritas en esta Normativa.

    El documento contiene los objetivos que se pretenden lograr, la base legal que sustenta la normativa, la

    cobertura o campo de aplicacin del mismo, as como el detalle de las disposiciones de asistencia y

    puntualidad. Finalmente se presentan en anexo los formularios que se utilizarn para el tramite de las

    licencias correspondientes.

  • MINISTERIO DE EDUCACIN SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

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    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    1. OBJETIVO GENERAL

    1.1 Proporcionar a las Unidades del Ministerio de Educacin que deben llevar registro de personal, un

    instrumento que facilite el control, gestin y cumplimiento de las disposiciones legales aplicables

    en materia de asistencia, permisos, incapacidades y otros, para los Funcionarios y empleados

    administrativos.

    2. OBJETIVOS ESPECFICOS

    a) Establecer procedimientos uniformes para la aplicacin de las disposiciones legales en relacin

    al control de asistencia y puntualidad, licencias, permisos y sanciones al personal de las distintas

    dependencias del Ministerio de Educacin.

    b) Orientar la aplicacin de los mecanismos de control administrativo que permita a los

    funcionarios y empleados cumplir con la responsabilidad relativa a la asistencia, identificacin,

    puntualidad y permanencia en sus puestos de trabajo.

    c) Orientar a los jefes de las diferentes Unidades del Ministerio de Educacin en la aplicacin de

    mecanismos de control administrativo que faciliten llevar el registro relativo al control de

    asistencia , licencias, vacaciones, etc, del persona bajo su cargo.

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    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    3 BASE LEGAL

    3.1 Constitucin de la Repblica de El Salvador

    3.2 Ley del Servicio Civil.

    3.3 Ley de Asuetos Vacaciones y Licencias de los Empleados Pblicos

    3.4 Capitulo III de las Disposiciones Generales de Presupuesto

    3.5 Normas Tcnicas de Control Interno de la Corte de Cuentas de la Repblica,

    (Norma de Recursos Humanos 2-07 ) 3.6 Ley sobre la Compensacin Adicional en Efectivo

    4 COBERTURA

    4.1 Las Disposiciones de la presente Normativa son aplicables a funcionarios y empleados del

    rgimen administrativo de las distintas dependencias del Ministerio de Educacin.

    5. COMPETENCIAS DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS Y PERSONAL DE JEFATURAS

    5.1 Son responsables de la aplicacin de las disposiciones de esta Normativa los Directores

    Nacionales, Gerentes, Jefes de rea, Jefes de Seccin, Directores Departamentales, Direccin

    de Bienestar Magisterial, Jefes de Centros de Desarrollo Profesional Docente, Presidentes de

    las Juntas de la Carrera Docente, Tribunal de la Carrera Docente y Tribunal Calificador.

    5 Cada Director, Gerente, Jefe o Presidente designar a una persona de su dependencia para que

    lleve el control y registro de las diferentes disposiciones contenidas en la Normativa debiendo seguir

    los procedimientos que esta contiene.

    5.1 La Subgerencia de Recursos Humanos, establecer coordinacin permanente con los

    encargados de las diferentes Jefaturas para que se apliquen adecuadamente los procedimientos

    establecidos.

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    NORMATIVA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE LOS EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

    6. DISPOSICIONES DE ASITENCIA , PUNTUALIDAD, IDENTIFICACIN Y PERMANENCIA EN LA INSTITUCIN.

    6.1 IDENTIFICACIN DEL PERSONAL

    6.1.1 Todo empleado y funcionario del Ministerio de Educacin de