normativa del botiquín en los laboratorios. si
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8/6/2019 Normativa del Botiqun en los Laboratorios. SI
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El botiqun de una empresa en Espaa viene regulado por el Real Decreto
486/1997, de 14 de Abril donde se establece un protocolo mnimo de seguridad
y salud en los lugares de trabajo, y donde se cita como cumplimiento obligado
la existencia y prestacin de material de primeros auxilios para trabajadores
accidentados.
El Anexo VI hace referencia a los locales y a los materiales de primeros
auxilios. Esta disposicin es aplicable a todos los lugares de
trabajo utilizados por primera vez a partir de la entrada en vigor del Real
Decreto y tambin afecta a lasampliaciones, modificaciones y
transformaciones de cualquier tipo de local establecido antes de la entrada en
vigor pero que se hayan realizado justo despus de la misma. El anexo se
distribuye en los siguientes apartados que resumimos a continuacin:
1. En caso de accidente, los lugares de trabajo deben disponer de material de
primeros auxilios en cantidad suficiente para cubrir al nmero de trabajadores
de la empresa y a los riesgos que stos estn o puedan estar expuestos. Este
material se adaptar a las atribuciones profesionales del personal para su
prestacin.
2. La distribucin y situacin del material debe garantizar su accesibilidad para
una atencin rpida.
3. Todo lugar de trabajo deber disponer como mnimo de un botiqun porttil con
el siguiente contenido: desinfectantes y antispticos autorizados, venda,
esparadrapo, gasas estriles, algodn hidrfilo, apsitos ashesivos, pinzas,
tijeras y guantes desechables.
4. El material se revisar peridicamente y se ir reponiendo tan pronto como
vaya caducando o se haga uso de ste.
5. Si el lugar de trabajo posee ms de 50 trabajadores, deber disponer de un
local destinado a los primeros auxlios. Si fuesen 25 trabajadores tambin debe
disponer del mismo, aunque aqu tendr que dar su autorizacin la autoridad
laboral, puesto que depender de la actividad desarrollada o de la asistencia
mdica ms cercana.
6. El local de primeros auxlios deber disponer mnimamente de un botiqun, una
camilla y una fuente de agua potable.
7. Tanto local como material de primeros auxilios debern estar perfectamentesealizados.
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En lugares de trabajo existentes antes de la entrada en vigor del Real Decreto
se les aplicarn todos los apartados a excepcin del 5 y 6, salvo los motivos
citados anteriormente.
Composicin del botiqun para empresas y centros deportivos
La frecuencia de accidentes en el mbito
empresarial es elevada ya que el riesgo ocupacional existe en todas partes.
Dependiendo del nmero de trabajadores o laactividad que se desarrolle en el
entorno, existe siempre un lugar determinado acondicionado para los primeros
auxilios. Es ms, incluso en grandes empresas existen profesionales
sanitarios para atender este tipo de situaciones y que estn capacitados para
trabajar en acciones de urgencia o administrar cierto tipo de
medicamentos ( departamento mdico, sala de curas, botiqun, ).
La composicin del botiqun va a depender, como siempre, de las necesidades
del entorno e incluso puede variar durante el trascurso del tiempo. Por lo
general, sta es una lista estndar a tener en cuenta:
Todo el material y medicacin del Botiqun Bsico.
Tensimetro
Fonendoscopio
Medidor de azcar, tiras y lancetas
Equipo de sutura
Depresores
Collarines
Camilla
Silla de ruedas
Amb
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Jeringas y agujas hipodrmicas
Mascarillas
Guantes ltex y vinilo
Cnulas orofaringeas
Frulas (todo tipo de fracturas)
Muequeras, Rodilleras y Tobilleras
Bolsas de fro instantneo
Perilla de extraccin (para secreciones)
Sonda nasogstrica
Pinzas hemostticas
Yeso
Solucin salina 0.9%
Medicacin prioritaria de urgencia (bajo estricto uso de profesionales
sanitarios)
Adrenalina inyectable
Metilprednisolona inyectable
Insulina inyectable
Dextrosa 5% (agua destilada o salina)
Nitroglicerina sublingual
Carbn activo
Oxgeno
*No son obligatorios, pero deben estar presentes cuando el riesgo es muy
elevado. Tratan patologas o situaciones muy graves como el estado de
shock, reaccin alrgica o shock anafilctico, infarto de miocardio o problemas
cardacos, insuficiencia respiratoria, envenenamiento y coma diabtico.
Suministro de Botiquines a Empresas
Segn el artculo 1 de la Orden TAS /2047/2007, el Instituto Nacional de
laSeguridad Social y el Instituto Social de Marina pueden
suministrarbotiquines con material de primeros auxilios a las empresas
respecto de cuyos trabajadores asuman la proteccin por las contingencias
profesionales, quedando excluidasaquellas empresas que no tengan a su
servicio trabajadores por cuenta ajena. Tambin, si una empresa dispone de
ms de un centro de trabajo, tiene derecho al suministro del botiqun en cadauno de ellos.
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As pues, y en caso de inters, las empresas pueden solicitar a las entidades
gestoras de la Seguridad Social el contenido de un botiqun (este contenido
est reflejado en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril).
Este suministro por las entidades gestoras no es ms que el reintegro de
losgastos de adquisicin o compra inicial del botiqun, incluido el continente, y
de reposicin, total o parcial, de su contenido, por haberlo utilizado o porque se
super la fecha de caducidad, hasta el lmite del importe total que le
corresponda, segn el nmero de trabajadores del centro.
En resumen, la empresa solicita mediante un formulario el botiqun a la
entidad gestora. La empresa adquiere contenido y continente en funcin
del nmero de trabajadores que tenga y, posteriormente, reclama el importe
para su reintegro. Dependiendo de unas tablas estipuladas (existe un lmite
de importe total), la entidad gestora pagar a la empresa por un determinado
volumen sea parcial o total.
Anexo I Contenidos e importe mximo a abonar
La solicitud tambin se aplicar a reposicin por uso o por caducidad,
deterioro, hurto, robo, incendio u otras circunstancias debidamente justificadas
mediante denuncia o a travs de otro documento firmado por el solicitante del
reintegro. De todas formas, la entidad gestora tiene derecho a establecer
un control y revisinpara verificar estas acciones de reposicin.
Cmo solicitar este reintegro?
El representante acreditado del centro de trabajo o la empresa debe presentar
eldocumento de solicitud (Anexo II para Seguridad Social o Anexo III para el
Instituto de la Marina segn proceda) junto con el documento de
indentidad del solicitante y la factura detallada del material adquirido. En el
caso de existir ms centros de trabajo para una misma empresa, tambin
presentarn anexos IV y V segn corresponda.