normativa del botiquín en los laboratorios. si

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  • 8/6/2019 Normativa del Botiqun en los Laboratorios. SI

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    El botiqun de una empresa en Espaa viene regulado por el Real Decreto

    486/1997, de 14 de Abril donde se establece un protocolo mnimo de seguridad

    y salud en los lugares de trabajo, y donde se cita como cumplimiento obligado

    la existencia y prestacin de material de primeros auxilios para trabajadores

    accidentados.

    El Anexo VI hace referencia a los locales y a los materiales de primeros

    auxilios. Esta disposicin es aplicable a todos los lugares de

    trabajo utilizados por primera vez a partir de la entrada en vigor del Real

    Decreto y tambin afecta a lasampliaciones, modificaciones y

    transformaciones de cualquier tipo de local establecido antes de la entrada en

    vigor pero que se hayan realizado justo despus de la misma. El anexo se

    distribuye en los siguientes apartados que resumimos a continuacin:

    1. En caso de accidente, los lugares de trabajo deben disponer de material de

    primeros auxilios en cantidad suficiente para cubrir al nmero de trabajadores

    de la empresa y a los riesgos que stos estn o puedan estar expuestos. Este

    material se adaptar a las atribuciones profesionales del personal para su

    prestacin.

    2. La distribucin y situacin del material debe garantizar su accesibilidad para

    una atencin rpida.

    3. Todo lugar de trabajo deber disponer como mnimo de un botiqun porttil con

    el siguiente contenido: desinfectantes y antispticos autorizados, venda,

    esparadrapo, gasas estriles, algodn hidrfilo, apsitos ashesivos, pinzas,

    tijeras y guantes desechables.

    4. El material se revisar peridicamente y se ir reponiendo tan pronto como

    vaya caducando o se haga uso de ste.

    5. Si el lugar de trabajo posee ms de 50 trabajadores, deber disponer de un

    local destinado a los primeros auxlios. Si fuesen 25 trabajadores tambin debe

    disponer del mismo, aunque aqu tendr que dar su autorizacin la autoridad

    laboral, puesto que depender de la actividad desarrollada o de la asistencia

    mdica ms cercana.

    6. El local de primeros auxlios deber disponer mnimamente de un botiqun, una

    camilla y una fuente de agua potable.

    7. Tanto local como material de primeros auxilios debern estar perfectamentesealizados.

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    En lugares de trabajo existentes antes de la entrada en vigor del Real Decreto

    se les aplicarn todos los apartados a excepcin del 5 y 6, salvo los motivos

    citados anteriormente.

    Composicin del botiqun para empresas y centros deportivos

    La frecuencia de accidentes en el mbito

    empresarial es elevada ya que el riesgo ocupacional existe en todas partes.

    Dependiendo del nmero de trabajadores o laactividad que se desarrolle en el

    entorno, existe siempre un lugar determinado acondicionado para los primeros

    auxilios. Es ms, incluso en grandes empresas existen profesionales

    sanitarios para atender este tipo de situaciones y que estn capacitados para

    trabajar en acciones de urgencia o administrar cierto tipo de

    medicamentos ( departamento mdico, sala de curas, botiqun, ).

    La composicin del botiqun va a depender, como siempre, de las necesidades

    del entorno e incluso puede variar durante el trascurso del tiempo. Por lo

    general, sta es una lista estndar a tener en cuenta:

    Todo el material y medicacin del Botiqun Bsico.

    Tensimetro

    Fonendoscopio

    Medidor de azcar, tiras y lancetas

    Equipo de sutura

    Depresores

    Collarines

    Camilla

    Silla de ruedas

    Amb

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    Jeringas y agujas hipodrmicas

    Mascarillas

    Guantes ltex y vinilo

    Cnulas orofaringeas

    Frulas (todo tipo de fracturas)

    Muequeras, Rodilleras y Tobilleras

    Bolsas de fro instantneo

    Perilla de extraccin (para secreciones)

    Sonda nasogstrica

    Pinzas hemostticas

    Yeso

    Solucin salina 0.9%

    Medicacin prioritaria de urgencia (bajo estricto uso de profesionales

    sanitarios)

    Adrenalina inyectable

    Metilprednisolona inyectable

    Insulina inyectable

    Dextrosa 5% (agua destilada o salina)

    Nitroglicerina sublingual

    Carbn activo

    Oxgeno

    *No son obligatorios, pero deben estar presentes cuando el riesgo es muy

    elevado. Tratan patologas o situaciones muy graves como el estado de

    shock, reaccin alrgica o shock anafilctico, infarto de miocardio o problemas

    cardacos, insuficiencia respiratoria, envenenamiento y coma diabtico.

    Suministro de Botiquines a Empresas

    Segn el artculo 1 de la Orden TAS /2047/2007, el Instituto Nacional de

    laSeguridad Social y el Instituto Social de Marina pueden

    suministrarbotiquines con material de primeros auxilios a las empresas

    respecto de cuyos trabajadores asuman la proteccin por las contingencias

    profesionales, quedando excluidasaquellas empresas que no tengan a su

    servicio trabajadores por cuenta ajena. Tambin, si una empresa dispone de

    ms de un centro de trabajo, tiene derecho al suministro del botiqun en cadauno de ellos.

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    As pues, y en caso de inters, las empresas pueden solicitar a las entidades

    gestoras de la Seguridad Social el contenido de un botiqun (este contenido

    est reflejado en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril).

    Este suministro por las entidades gestoras no es ms que el reintegro de

    losgastos de adquisicin o compra inicial del botiqun, incluido el continente, y

    de reposicin, total o parcial, de su contenido, por haberlo utilizado o porque se

    super la fecha de caducidad, hasta el lmite del importe total que le

    corresponda, segn el nmero de trabajadores del centro.

    En resumen, la empresa solicita mediante un formulario el botiqun a la

    entidad gestora. La empresa adquiere contenido y continente en funcin

    del nmero de trabajadores que tenga y, posteriormente, reclama el importe

    para su reintegro. Dependiendo de unas tablas estipuladas (existe un lmite

    de importe total), la entidad gestora pagar a la empresa por un determinado

    volumen sea parcial o total.

    Anexo I Contenidos e importe mximo a abonar

    La solicitud tambin se aplicar a reposicin por uso o por caducidad,

    deterioro, hurto, robo, incendio u otras circunstancias debidamente justificadas

    mediante denuncia o a travs de otro documento firmado por el solicitante del

    reintegro. De todas formas, la entidad gestora tiene derecho a establecer

    un control y revisinpara verificar estas acciones de reposicin.

    Cmo solicitar este reintegro?

    El representante acreditado del centro de trabajo o la empresa debe presentar

    eldocumento de solicitud (Anexo II para Seguridad Social o Anexo III para el

    Instituto de la Marina segn proceda) junto con el documento de

    indentidad del solicitante y la factura detallada del material adquirido. En el

    caso de existir ms centros de trabajo para una misma empresa, tambin

    presentarn anexos IV y V segn corresponda.