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Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno

NORMATIVA DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERNO

DEL DEPARTAMENTO DE MECÁNICA APLICADA

E INGENIERÍA DE PROYECTOS

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Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno

ÍNDICE

ANTECEDENTES. ................................................................................................................ 3

CAPÍTULO I: SEDE Y MIEMBROS DEL DEPARTAMENTO. .................................... 3

Apartado 1. Sede. .................................................................................................................... 3

Apartado 2. Miembros. .......................................................................................................... 3

CAPITULO II: LA JUNTA DE DIRECCIÓN.................................................................... 4

Apartado 3. Funciones. .......................................................................................................... 4

Apartado 4. Miembros invitados. .......................................................................................... 4

CAPITULO III: DE LA PROCEDENCIA DEL SUBDIRECTOR Y EL SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO. ..................................................................................................... 5

Apartado 5. De la procedencia del Subdirector y Secretario del Departamento. ............. 5

CAPITULO IV: LAS SECCIONES DEPARTAMENTALES Y SUS REPRESENTANTES. ........................................................................................................... 5

Apartado 6. Definición de Sección Departamental. ............................................................. 5

Apartado 7. Funcionamiento de las Secciones Departamentales. ...................................... 5

Apartado 8. Funciones del Representante de Sección Departamental............................... 5

CAPITULO V: LOS REPRESENTANTES DE ÁREA DE CONOCIMIENTO. ............ 6

Apartado 9. Justificación de la necesidad de los Representantes de Área. ........................ 6

Apartado 10. Funciones de los Representantes de Área. .................................................... 6

CAPITULO VI: COMISIONES DEL DEPARTAMENTO. ............................................. 6

Apartado 11. Comisión de Coordinación Docente. .............................................................. 6

Apartado 12. Competencias de la Comisión de la Coordinación Docente. ........................ 7

Apartado 13. Otras Comisiones. ........................................................................................... 7

Apartado 14. Funcionamiento de las Comisiones. ............................................................... 7

CAPITULO VII: DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO. .............................................. 8

Apartado 15. Convocatoria. ................................................................................................... 8

Apartado 16. Documentación. ............................................................................................... 8

Apartado 17. Ausencias al Consejo de Departamento. ....................................................... 8

CAPÍTULO VIII: ACTAS DEL CONSEJO DE DEPARTAMENTO. ............................ 8

Apartado 18. Aprobación y remisión de actas. Certificaciones. ......................................... 8

CAPITULO IX: DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE DIRECCIÓN. ....................... 9

Artículo 19. De las sesiones de la Junta de Dirección. ......................................................... 9

CAPÍTULO X: PROCEDIMIENTO DE REFORMA. ...................................................... 9

Apartado 20. Procedimiento de reforma. ............................................................................. 9

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA ................................................................................. 9

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Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno

ANTECEDENTES. La Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos de la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante UCLM), se redacta en función de lo establecido en el Capítulo Segundo (DE LOS DEPARTAMENTOS) de sus Estatutos y del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERNO DE LOS DEPARTAMENTOS (Aprobado por el Consejo de Gobierno el 14 de julio de 2005 y publicado en BO-UCLM nº 84 de agosto-septiembre de 2005) (en adelante ROFR-UCLM), hoy día vigentes. Se trata de un documento que sirve como marco de referencia interno que recoge la organización y funcionamiento del Departamento. Se somete a la aprobación de su Consejo lo recogido en sus apartados y que tiene que ver con la sede departamental, las competencias de la Junta de Dirección, Secciones Departamentales, así como la constitución de Comisiones y Cargos de nueva creación y sus atribuciones. Además, se recogen algunos puntos sobre las reuniones del Consejo y sus actas, sesiones de la Junta de Dirección y revisión de la normativa.

CAPÍTULO I: SEDE Y MIEMBROS DEL DEPARTAMENTO.

Apartado 1. Sede.

La sede administrativa del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos podrá estar situada en la Escuela donde se encuentre destinado el Director del Departamento y, siempre, contando con el visto bueno de Gerencia de la UCLM, previa aprobación del Consejo de Departamento.

Apartado 2. Miembros.

Son miembros del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos: a) El personal docente e investigador que ocupe plazas adscritas al mismo.

b) El personal de administración y servicios adscrito al Departamento.

c) Los becarios de investigación cuyos directores pertenezcan al Departamento.

d) Los alumnos elegidos para formar parte del Consejo de Departamento.

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Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno

CAPITULO II: LA JUNTA DE DIRECCIÓN.

Apartado 3. Funciones.

Corresponde a la Junta de Dirección: a) Aprobar cursos y seminarios organizados por los miembros del Departamento.

b) Seleccionar al personal docente e investigador con contrato temporal, así como al personal de administración y servicios, de las plazas convocadas por la UCLM. En este proceso, será preceptiva la participación de los miembros del área de conocimiento en el centro implicado junto a su Representante. En caso de que la Junta de Dirección lo estime necesario, se podrá pedir la participación de un especialista de reconocido prestigio, externo al departamento, en la materia que se trate.

c) Valorar y emitir informes en asuntos relativos a la docencia, investigación y doctorado del Departamento, así cuanto concierna a los asuntos de Profesorado, Personal de Administración y Servicios y demás de miembros del Departamento. En este proceso, será preceptiva la participación de los miembros del área de conocimiento en el centro implicado junto a su Representante.

d) Emitir cuantos informes le sean encomendados por el Consejo de Departamento.

e) Cuantas otras funciones le sean delegadas expresamente por el Consejo de Departamento y, aquellas que por su extraordinaria y urgente necesidad, deban ser adoptadas para el mejor gobierno del Departamento.

f) Conocer y trasladar al Consejo de Departamento las propuestas emanadas de las distintas comisiones.

g) En caso de tener que valorar o emitir informes en asuntos urgentes o de carácter perentorio, el Director de Departamento quedará autorizado para trasladarlos a los miembros de la Junta de Dirección por vía telefónica o telemática, en aras a un funcionamiento más ágil y rápido a la hora de pronunciar sus acuerdos.

Apartado 4. Miembros invitados.

Dada la dimensión del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos, con el fin de una mayor coordinación y participación de todos su miembros, se aconseja que formen parte de la Junta de Dirección como miembros invitados, con voz pero sin voto, los Representantes de Centro.

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Normativa de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno

CAPITULO III: DE LA PROCEDENCIA DEL SUBDIRECTOR Y EL SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO.

Apartado 5. De la procedencia del Subdirector y Secretario del Departamento.

Se aconseja que, dada la dimensión del Departamento y la dispersión de sus miembros en diferentes campus, el Director, Subdirector y Secretario sean de campus diferentes con el fin de asegurar una mayor participación de los miembros de los distintos centros en la dirección.

CAPITULO IV: LAS SECCIONES DEPARTAMENTALES Y SUS REPRESENTANTES.

Apartado 6. Definición de Sección Departamental.

Dada la dimensión del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos, contará con una estructura organizativa consistente en secciones departamentales coincidentes con los centros en donde tenga presencia el departamento. La Sección Departamental se concibe como el conjunto de áreas pertenecientes al Departamento dentro de un centro.

Apartado 7. Funcionamiento de las Secciones Departamentales.

Las secciones departamentales se organizarán y actuarán conforme a las directrices que marque el Consejo de Departamento y, en su caso, la Junta de Dirección. En todo caso, deberá garantizarse la necesaria coordinación entre las diversas secciones y la Dirección del Departamento, para lo cual, se elegirá un Representante de Centro entre y por el personal docente e investigador de cada centro de manera democrática.

Apartado 8. Funciones del Representante de Sección Departamental.

1. La función principal del Representante de Sección Departamental es la de representar al Departamento en su centro. 2. Se encargará de la realización de las gestiones que le sean encargadas expresamente por el Director de Departamento o por la Junta de Dirección, así como de la coordinación de los Técnicos de Laboratorios, convocar reuniones de la Sección Departamental cuando ello sea necesario y trasladar a la Dirección del Departamento todas las cuestiones que puedan suponer un mejor funcionamiento de la sección y, por tanto, del propio Departamento. 3. En el que caso de que un Centro así lo requiera, el Representante de Sección Departamental podrá proponer a su Comisión Académica los miembros del Departamento que formarán los

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distintos tribunales de los Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster. En la medida de lo posible, se tratará que los componentes de la sección departamental vayan rotando con el fin de que todos participen en la misma medida. 4. El Representante de la Sección Departamental se podrá sustituir a petición de la mayoría los Profesores de la Sección, por decisión del Director y por renuncia expresa.

CAPITULO V: LOS REPRESENTANTES DE ÁREA DE CONOCIMIENTO.

Apartado 9. Justificación de la necesidad de los Representantes de Área.

Con el fin de que la coordinación de las enseñanzas y la organización y fomento de la investigación sean más efectivos en las áreas de conocimiento del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos, se nombrará un Representante de Área en cada área y centro, cuando los miembros de ésta así lo acuerden por unanimidad. Su elección se realizará entre los miembros del consejo de sección departamental pertenecientes al área y centro y será elegido por mayoría absoluta. No obstante, se aconseja que el Representante sea el de mayor categoría y antigüedad.

Apartado 10. Funciones de los Representantes de Área.

1. Las gestiones del Representante de Área en la coordinación de las enseñanzas y la organización y fomento de la investigación serán trasladadas a la Dirección del Departamento para su conocimiento y visto bueno y ésta, a su vez, de acuerdo con el centro. 2. El Representante de Área, junto a sus compañeros de área, podrá colaborar en los procesos de selección de personal de su área y centro. 3. Cuando en una Sección Departamental no existan miembros en un área determinada, en el proceso de selección intervendrá el correspondiente Representante de Área de mayor categoría y antigüedad y el Representante de la Sección Departamental. 4. El Representante de Área de Conocimiento se podrá sustituir a petición de la mayoría de los Profesores del Área en su centro, por decisión del Director y por renuncia expresa.

CAPITULO VI: COMISIONES DEL DEPARTAMENTO.

Apartado 11. Comisión de Coordinación Docente.

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Para velar por la calidad de la enseñanza se constituirá la Comisión de Coordinación Docente del Departamento, que estará compuesta por los Coordinadores de Grado y Máster, Representantes del Departamento en los Centros y la Dirección del Departamento. La Comisión de Coordinación Docente estará presidida por el Director del Departamento y actuará como Secretario, el Secretario del Departamento.

Apartado 12. Competencias de la Comisión de la Coordinación Docente.

La Comisión de Docencia del Departamento tendrá las siguientes competencias: a) Coordinar las guías, fichas y elaboración de los diferentes Títulos de Grado y Máster que sean comunes a más de un Centro, si ello fuera necesario y en aras a facilitar la acreditación del Título que se trate. Con el fin de ser más operativa la Comisión, sólo se reunirán los Coordinadores de Grado o Máster y Representantes del Departamento en los Centros que les afecte el asunto a tratar, más la Dirección del Departamento.

b) Proponer medidas para la mejora de la calidad de la docencia en el Departamento.

c) Proponer las acciones o medidas que considere oportunas para la promoción y el perfeccionamiento didáctico y científico de los profesores del Departamento.

d) Emitir cuantos informes le sean solicitados por el Director del Departamento, Junta de Dirección o el Consejo de Departamento.

Apartado 13. Otras Comisiones.

El Consejo de Departamento podrá crear otras Comisiones delegadas del mismo. Las funciones de estas Comisiones serán las que se inducen de su denominación y de la práctica académico-administrativa del Departamento, de conformidad con las competencias de éste y de su Consejo.

Apartado 14. Funcionamiento de las Comisiones.

1. Las Comisiones se reunirán cuando lo acuerde su Presidente o a solicitud de, al menos, la cuarta parte de sus miembros. En este último caso, el orden del día deberá acompañar a la solicitud. 2. El orden del día de las Comisiones será fijado por su respectivo Presidente de acuerdo con el Secretario de la misma.

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3. Para la válida constitución de las Comisiones se requerirá la presencia de, al menos, un tercio de sus miembros. 4. El régimen de reuniones, deliberaciones, votaciones y acuerdos se adaptará en todo aquello que sea posible al funcionamiento general del Consejo de Departamento. 5. De las sesiones de las Comisiones, el Secretario levantará acta de los acuerdos adoptados con el visto bueno del Presidente.

CAPITULO VII: DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO.

Apartado 15. Convocatoria.

La convocatoria se podrá notificar a través de correo electrónico a cada uno de los miembros del Consejo de Departamento.

Apartado 16. Documentación.

Aquella documentación del Consejo de Departamento que deba ser objeto de estudio, previo a su deliberación, se remitirá a los miembros del Consejo de Departamento por correo electrónico con al menos 48 horas de antelación a la celebración del Consejo, siendo aconsejable que estuviera disponible desde la fecha de la convocatoria.

Apartado 17. Ausencias al Consejo de Departamento.

Las ausencias al Consejo de Departamento se comunicarán, salvo imposibilidad manifiesta, por escrito y con anterioridad a la sesión en que se produzca, admitiéndose el correo electrónico como medio de comunicación.

CAPÍTULO VIII: ACTAS DEL CONSEJO DE DEPARTAMENTO.

Apartado 18. Aprobación y remisión de actas. Certificaciones.

1. De las actas redactadas, supervisadas y autorizadas por el Secretario y con el visto bueno del Director, se remitirá copia a los miembros del Consejo de Departamento. 2. Las actas y sus posibles reclamaciones, serán sometidas a la aprobación del Consejo de Departamento en la siguiente sesión que se celebre.

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3. El Secretario podrá emitir certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin perjuicio de la ulterior aprobación del acta. En las certificaciones emitidas con anterioridad a la aprobación del acta se hará constar expresamente esta circunstancia. 4. Los miembros del Consejo de Departamento están legitimados para solicitar al Secretario certificaciones del contenido de las actas del Consejo y de sus Comisiones.

CAPITULO IX: DE LAS SESIONES DE LA JUNTA DE DIRECCIÓN.

Artículo 19. De las sesiones de la Junta de Dirección.

1. Si la duración de la Junta se prolonga en el tiempo y ello fuese necesario, se realizará una pausa y se reanudará en el día y hora que determine la mayoría de los miembros asistentes. 2. Las ausencias a la Junta de Dirección se comunicarán, salvo imposibilidad manifiesta, con anterioridad a la sesión y por escrito o correo electrónico.

CAPÍTULO X: PROCEDIMIENTO DE REFORMA.

Apartado 20. Procedimiento de reforma.

1. La iniciativa para la modificación de la presente Normativa podrá ser adoptada por una mayoría los miembros del Consejo de Departamento. 2. Presentada una propuesta de modificación, el Director intentará incluirla en el siguiente Consejo de Departamento que se vaya a celebrar. 3. Las propuestas de modificación, para prosperar, deberán alcanzar la mayoría absoluta de los votos de los miembros del Consejo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA En el caso de que se plantee cualquier duda en cuanto a los aspectos aquí tratados, se tomarán como referencia tanto los Estatutos como el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen interno de los departamentos de la UCLM, ya que el resto del articulado que se recoge no representan más que un instrumento interno para facilitar la organización y funcionamiento del Departamento de Mecánica Aplicada e Ingeniería de Proyectos.