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 NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Ejercicio Fiscal 2015 Guatemala, enero 2014 NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Ejercicio Fiscal 2015 Guatemala, enero 2014

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Normas para planeamiento de proyectos de inversión publica

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  • NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICA

    Ejercicio Fiscal 2015

    Guatemala, enero 2014

    NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICA

    Ejercicio Fiscal 2015

    Guatemala, enero 2014

  • NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICA

    Ejercicio Fiscal 2015

    Guatemala, enero 2014

  • Guatemala, SEGEPLANInstructivo General: Directrices para la Formulacin Plan-Presupuesto anual 2014 y Multianual 2014-2016, en el Marco de la Gestin por Resultados y Normas SNIP para Proyectos de Inversin Pblica Ejercicio Fiscal 2014.

    Dcima segunda edicin. Guatemala, enero 2014Direccin de Inversin Pblica

    61p.; (Instructivo General: Directrices para la Formulacin Plan-Presupuesto anual 2015 y Multianual 2015-2017, en el Marco de la Gestin por Resultados y Normas SNIP para Proyectos de Inversin Pblica Ejercicio Fiscal 2015).

    Secretara de Planificacin y Programacin de la Presidencia9. calle 10-44 zona 1, Guatemala, Centro AmricaPBX 2504 4444. HYPERLINK http://www.segeplan.gob.gt www.segeplan.gob.gt HYPERLINK http://sistemas.segeplan.gob.gt/snip http://sistemas.segeplan.gob.gt/snip

    Diseo de interiores y diagramacin: Licda. Lorena Gonzlez - Direccin de Comunicacin Social

    Se permite la reproduccin de este documento, total o parcial, siempre que no se alteren los contenidos ni los crditos de autora y edicin.

  • Contenido

    Presentacin..............................................................................................................................16

    Normas generales........................................................................................................................17

    2. Normas especficas............................................................................................................29

    2.1. Formulacin Evaluacin de Proyectos nuevos que forman capital fijo....................................................................................................29

    2.2. Proyectos nuevos que no forman capital fijo............................................................36

    2.3. Registro y presentacin de proyectos nuevos que forman o no forman capital fijo....................................................................................................37

    2.4. Presentacin de Proyectos de arrastre......................................................................40

    2.5. Seguimiento de proyectos.........................................................................................41

    Anexos................................................................................................................................44

    ANEXO 1 Definiciones bsicas de inversin.......................................................................45

    ANEXO 2 Criterios para asignar nombre a los proyectos...................................................48

    ANEXO 3 Glosario de procesos para proyectos que forman capital fijo....................................50

    ANEXO 4 Glosario de procesos para proyectos que no forman capitafijo.................................52

    ANEXO 5 Presentacin de proyectos.................................................................................54

    ANEXO 6 Contenido mnimo del juego de planos............................................................56

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    Normas del Sistema Nacional de Inversin Pblica Ejercicio fiscal 2015

    INSTRUCTIVO GENERALDIRECTRICES PARA LA FORMULACIN PLAN-PRESUPUESTO EN EL MARCO DE LA GESTIN POR RESULTADOSEJERCICIO FISCAL 2015 Y MULTIANUAL 2015-2017

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    NORMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICAEJERCICIO FISCAL 2015

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    En el marco de la modernizacin del Estado y en la bsqueda de la transparencia en el uso de los recursos pblicos, la Secretara de Planificacin y Programacin de la Presidencia (SEGEPLAN), ha implementado el Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP), cuyo propsito es mejorar la calidad de la inversin propiciando la asignacin de recursos a los proyectos de mayor rentabilidad social, acordes a las prioridades nacionales establecidas en el Sistema Nacional de Planificacin (SNP).

    La elaboracin del presupuesto 2015 con proyeccin multianual, se fundamenta en el proceso de planificacin y programacin de las actividades de las instituciones, a partir de las polticas y planes sectoriales con expresin territorial vinculado con la poltica general de gobierno, salvaguardando los intereses del Estado, en donde el Sistema Nacional de Planificacin (SNP) y el SNIP constituyen herramientas fundamentales para asegurar la viabilidad fsica y financiera del as acciones planteadas.

    La Secretara de Planificacin y Programacin de la Presidencia, dicta normas e instrucciones para el proceso de inversin pblica, con el propsito de articular las demandas sectoriales, departamentales y municipales, atendiendo las orientaciones del Plan de Gobierno y las Polticas Pblicas.

    Presentacin

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    Con el propsito de ordenar y hacer eficaz y eficiente el proceso de inversin pblica SEGEPLAN, ha establecido las normas generales y especficas que deben observar las entidades pblicas de inversin que requieran recursos del presupuesto para el ejercicio fiscal inmediato seguimiento.

    1. Normas generales

    1.1. El Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP) reconoce dos tipos de proyectos de inversin: los que forman capital fijo y los que no forman capital fijo. (Ver anexo 1).

    1.2. Todo proyecto de inversin que se presente al SNIP, deber especificar la fase del ciclo de vida del proyecto que requiere financiamiento, que podr ser: preinversin y/o ejecucin.

    1.3. Las Entidades Pblicas de Inversin que ejecuten proyectos de inversin, con fondos establecidos en la Ley Orgnica del Presupuesto, incluyendo los fideicomisos y proyectos con fondos de Cooperacin reembolsable y no reembolsable, tienen la obligacin de registrar, ingresar oficialmente el documento de proyecto a SEGEPLAN para su evaluacin correspondiente; As como tambin, mantener actualizada la informacin en el SNIP, segn lo establecido en la Ley.

    1.4. Con fundamento en el anlisis realizado a la documentacin presentada, la SEGEPLAN evala y emite la opinin tcnica correspondiente

    1.4.1. Opinin tcnica Aprobado

    1.4.1.1. Se ajusta a las polticas, planes, programas y estrategias del gobierno y del sector.

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    1.4.1.2. Su contenido demuestra la factibilidad tcnica, financiera, econmica, social y ambiental; y

    1.4.1.3. Ha cumplido satisfactoriamente con las normas generales y especficas del SNIP.

    1.4.2. Opinin tcnica Pendiente; por presentar las siguientes debilidades.

    1.4.2.1. El contenido del documento de proyecto est tcnicamente inconsistente.

    1.4.2.2. La informacin del documento de proyecto presentada a la SEGEPLAN por la entidad pblica de inversin no es coherente con la solicitud de financiamiento registrada en el SNIP.

    1.4.2.3. El nombre del proyecto no es consistente con la alternativa seleccionada.

    1.4.2.4. No incluye el aval del ente rector sectorial, segn corresponda.

    1.4.2.5. No presenta constancia del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Proteccin y Mejoramiento del Medio Ambiente y el Reglamento de Evaluacin, Control y Seguimiento Ambiental, Ley de reas Protegidas y otras leyes relacionadas.

    1.4.2.6. Los diseos no consideran los requisitos establecidos en la Ley de Atencin a las Personas con Discapacidad.

    1.4.2.7. No se cumpli con la recomendacin establecida por SEGEPLAN de realizar el Anlisis de Riesgo en

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    proyectos de inversin pblica que forman capital fijo.

    1.4.2.8. No se present la certificacin de propiedad o posesin del terreno en el caso de proyectos de inversin pblica que forman capital fijo, de acuerdo a la normativa correspondiente.

    1.4.3. Opinin tcnica Rechazado: es un proyecto que incumple uno o ms de los siguientes aspectos:

    1.4.3.1. No se ajusta a las polticas, planes, programas y estrategias de gobierno y del sector.1

    1.4.3.2. Sin contenido de respaldo para realizar el anlisis tcnico-econmico, financiero y social.

    1.4.3.3. En el caso de solicitudes de financiamiento para estudios de preinversin, no presenta los trminos de referencia, presupuesto, cronogramas de ejecucin y las bases de cotizacin y/o licitacin correspondientes de acuerdo al Decreto No.57-92, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No.1056-92 y sus Reformas.

    1.4.3.4. No existe el estudio de preinversin de la etapa anterior que respalde la solicitud de financiamiento y cuando corresponda, el diseo final.

    1.4.4. No aplica evaluacin: Esta opinin se utilizar en los documentos de proyecto referidos a:

    1 Inciso b) del Artculo 54 del Reglamento de la Ley Orgnica del Presupuesto Acuerdo Gubernativo No. 540-2013. Segundo prrafo del Artculo 33 del Decreto Nmero 13-2013 del Congreso de la Repblica y segundo prrafo del Artculo 32 de esta misma Ley.

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    1.4.4.1. Las actividades que demanden financiamiento para realizar gastos en capital de trabajo dirigido a personas y/o entidades privadas que sean de beneficio privado o aumenten su patrimonio, tales como: compra de tierras, actividades agropecuarias, crditos y subsidios para personas individuales o jurdicas y otros de similar naturaleza.

    En cada caso deben cumplir con los requisitos de registro en el banco de proyectos del SNIP, presentar el documento de proyecto a la SEGEPLAN. Y actualizacin del mdulo de seguimiento del SNIP.

    1.5. Los proyectos de inversin, de acuerdo con su situacin presupuestaria se clasifican en proyectos nuevos y proyectos de arrastre. (Ver anexo 1 y Normas especficas 2.1 y 2.4).

    1.6. Los proyectos que se presenten al SNIP deben originarse de un ejercicio de planificacin congruente con las polticas pblicas, planes y programas de Gobierno.

    1.7. Los proyectos de inversin que gestionen y financien los fondos sociales, debern canalizarse a travs del Sistema de Consejos de Desarrollo, conforme lo establece el artculo29 de la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.

    1.8. Las entidades pblicas de inversin deben registrar y presentar oficialmente al SNIP la documentacin que ampara cada uno de sus proyectos conforme estas normas, para que la SEGEPLAN realice el anlisis tcnico correspondiente y emita opinin.

    1.9. Las autoridades superiores de las entidades pblicas de inversin son los responsables de la informacin que se registre

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    y presente en el Sistema Nacional de Inversin Pblica.

    1.10. La Direccin Tcnica del Presupuesto (DTP) del Ministerio de Finanzas Pblicas en la etapa de programacin presupuestaria, recibir de SEGEPLAN los proyectos que tengan la opinin tcnica de: Aprobado, Pendiente, Rechazado y No aplica evaluacin.

    1.11. Los proyectos de inversin para el prximo ejercicio fiscal, debern presentarse a la SEGEPLAN a ms tardar el 16 de abril del 2014, en forma ordinaria y en forma extraordinaria en el plazo que establezca la SEGEPLAN en coordinacin con el MINFIN.

    1.12. Para cumplir con el plazo antes establecido las entidades pblicas de inversin deben formular y evaluar sus proyectos y con posterioridad registrarlos en el SINIP.

    1.13. El registro de la informacin se har en el SINIP desde las respectivas instituciones. (Ver Registro y presentacin de proyectos, Normas especficas 2.1).

    1.14. La informacin registrada por las instituciones en el SINIP es una sntesis del documento de proyecto y no lo reemplaza.

    1.15. De los recursos asignados para financiar su programa institucional de inversiones, las entidades pblicas de inversin deben destinar al menos el 5% para financiar estudios de preinversin.

    1.16. Las entidades que formulan y evalan proyectos, deben incluir al menos dos alternativas de solucin al problema identificado.

    Con base en el cual, se elaborara un documento de proyecto que dependiendo del tamao, complejidad y costo, debe estar formulado a nivel de perfil, prefactibilidad o factibilidad, segn corresponda. Este documento debe contener las

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    razones tcnicas y las justificaciones que sustenten la seleccin de la mejor opcin para la solucin del problema planteado.

    1.17. La presentacin oficial de proyectos de los Ministerios de Estado, Secretaras de la Presidencia, fondos sociales, entidades descentralizadas, autnomas, municipalidades y dems instituciones pblicas que propongan, formulen y/o ejecuten proyectos de inversin pblica, que requieran recursos pblicos se har en las oficinas centrales de la SEGEPLAN; los proyectos provenientes del Sistema de Consejos de Desarrollo se presentarn en las oficinas departamentales de la SEGEPLAN. En ambos casos cumpliendo con los requisitos y documentacin siguiente:

    1.17.1. Oficio firmado por la mxima autoridad de la entidad pblica de inversin (o por delegacin oficial en otro funcionario) dirigido al Secretario de Planificacin y Programacin de la Presidencia, solicitando el anlisis y emisin de opinin tcnica de sus proyectos de inversin, para incluirlos en el Programa de Inversin Pblica (PIP) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2015;

    1.17.2. El documento que contenga el estudio del proyecto y dems requisitos especficos de informacin que se requieren para la fase correspondiente, el mismo deber presentarse impreso y en forma digital en CD o DVD debidamente identificado con nombre del proyecto y cdigo SNIP, un proyecto en cada uno. (Vase anexo5).

    1.17.3. Formulario impreso de solicitud de financiamiento del SINIP2,que verifica que el proyecto se encuentra registrado en el sistema.

    1.17.4. Documento conteniendo el Aval del ente rector sectorial: donde consta que la inversin propuesta responde a

    2 Genera la solicitud de financiamiento: la unidad ejecutora deber ingresar al mdulo de Banco de Proyectos, en la opcin Solicitud de financiamiento, los montos requeridos para el ejercicio fiscal vigente. Posteriormente deber acceder a la opcin de Reportes (del banco de proyectos) e imprimir el formato Solicitud de financiamiento para el ejercicio fiscal vigente, el cual deber presentar adjunto al documento de proyecto respectivo.

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    las polticas y lineamientos del sector y se acepta la responsabilidad de cubrir los costos de operacin y mantenimiento del servicio que se genera con el proyecto. (Mediante dictamen, carta, formulario u otro medio escrito oficial emitido por la autoridad competente).3

    1.17.5. Presentar la resolucin ambiental definitiva emitida por el MARN de acuerdo a los requisitos ambientales establecidos en la Ley de Proteccin y Mejoramiento del Medio Ambiente, Reglamento de Evaluacin, Control y Seguimiento Ambiental y el Listado Taxativo.

    En el caso de las resoluciones ambientales en donde los proyectos obras o actividades a ejecutar, tengan intervencin dentro de reas protegidas legalmente establecidas por la legislacin vigente, debern cumplir con lo establecido en la Ley de reas Protegidas y su reglamento4, presentando la resolucin respectiva a donde corresponde.

    1.17.6. En el caso de los proyectos relacionados con la gestin de residuos slidos, presentar la resolucin de aprobacin emitida por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN)5.

    1.17.7. Para el caso de proyectos de abastecimiento de agua para consumo humano, presentar el Certificado de la calidad del agua6.

    1.17.8. Cumplir con los aspectos culturales, tnicos y lingsticos establecidos en la Constitucin Poltica de la Repblica, Ley de Idiomas Nacionales, Acuerdos de Paz, Convenio

    3 El Decreto 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo, Artculo 23, la RECTORA SECTORIAL, define: Los Ministros son los rectores de las polticas pblicas correspondientes a las funciones sustantivas de cada Ministerio. Ejercen un papel de coordinacin y facilitacin de la accin del sector o sectores bajo su responsabilidad, para lo cual deben coordinar esfuerzos y propiciar la comunicacin y cooperacin entre las diferentes instituciones pblicas y privadas que correspondan. Todas las instituciones pblicas que tengan funciones relacionadas en el o los ramos de cada Ministerio forman parte del sector o los sectores correspondientes y estn obligadas a coordinar con el rector sectorial.

    4 Decreto 4-89, Ley de reas Protegidas; Acuerdo Gubernativo759-90 de la Presidencia de la Repblica, reglamento de la Ley de reas Protegidas.

    5 Acuerdo Ministerial No. 496-2013.

    6 Acuerdo Gubernativo 178-2009 Reglamento para la Certificacin del Agua para Consumo Humano en Proyectos de Abastecimiento y Artculo 88 del Decreto 90-97, Cdigo de Salud

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    169 de la OIT, Ley de Dignificacin y Promocin Integral

    de la Mujer Declaracin Universal de Derechos de los Pueblos Indgenas, Convencin para la eliminacin de todas las formas de Discriminacin Racial, Racismo y Xenofobia, entre otros.

    1.17.9. Las entidades pblicas de Gobierno, debern observar en la formulacin de los proyectos lo establecido en el decreto nmero 7-2013 Ley Marco para Regular la Reduccin de la Vulnerabilidad, la Adaptacin Obligatoria ante los Efectos del Cambio Climtico y la Mitigacin de Gases de Efecto Invernadero.

    1.17.10. En los proyectos donde aplique los diseos del proyecto se debe cumplir con lo establecido en la Ley de Atencin a las Personas con Discapacidad.7

    1.17.11. Cuando el proyecto se trate de la construccin o ampliacin de infraestructura deber considerar los rubros mobiliario y equipo como parte de la propuesta tcnica e incluirlo dentro del costo total de la etapa a financiar.

    1.18. Las entidades pblicas de inversin no podrn presentar al SNIP solicitudes de financiamiento para actividades que correspondan expresamente a gasto corriente y/o de funcionamiento8.

    1.19. Los proyectos que se presenten al SNIP se presupuestarn conservando su integridad en costos, rubros y perodo de

    7 Decreto135-96 Ley de Atencin a las Personas con Discapacidad.

    8 Gastos Corrientes: Comprenden las erogaciones destinadas a las actividades de produccin de bienes y servicios del sector pblico, el pago de intereses por deudas y prstamos y las transferencias de recursos que no involucran una contraprestacin efectiva de bienes y servicios.

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    ejecucin anual y/o multianual cuando corresponda; por consiguiente, no debern fraccionarse. (Decreto No. 57-92 Ley de Contrataciones del Estado, Artculo 81 y Artculo 55

    de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 y sus Reformas). Por lo que el proyecto deber conservar un nico cdigo SNIP durante todo su ciclo de vida.

    1.20. Todo proyecto que sea modificado tcnicamente o reprogramado financieramente en el monto programado y con la opinin tcnica de Aprobado emitida por SEGEPLAN deber someterse a una nueva evaluacin para lo cual debe presentar el documento de proyecto reformulado.

    1.21. Las entidades pblicas de inversin deben incluir dentro del documento de proyecto el anlisis de riesgo (amenazas y vulnerabilidades). Atendiendo lo que estipula la gua Anlisis de gestin del riesgo en proyectos de inversin pblica (AGRIP), elaborada por la SEGEPLAN. Incluyendo su resultado en los diseos, especificaciones y presupuesto.

    1.22. Los proyectos que forman capital fijo, en lo referente a Normas Tcnicas de Construccin, debern cumplir con lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 49-2012, el Acuerdo nmero 03-2010, Norma de seguridad estructural de edificios y obras de infraestructura para la Repblica de Guatemala (NRD-1), el Acuerdo nmero 4-2011, Normas mnimas de seguridad en edificios e instituciones de uso pblico(NRD-2); y el Acuerdo nmero 05-2011, Especificaciones tcnicas para materiales de construccin (NRD-3), Acuerdo 3-2013, emitidos por la CONRED.

    1.23. Las entidades pblicas de inversin, cuando soliciten financiamiento para preinversin, debern respaldar la solicitud con el estudio de la etapa anterior a la que

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    se solicita financiamiento. Si se necesitan recursos para financiar un estudio de factibilidad es necesario presentar como antecedente el estudio de prefactibilidad. El nivel de profundidad del estudio de preinversin depender del tamao, complejidad y costo del proyecto segn el sector de la actividad econmica al que este corresponda.

    1.24. Cuando un proyecto cuya ejecucin sea Multianual, haya obtenido la opinin tcnica de aprobado, de SEGEPLAN, y, se le hayan asignado recursos en un ejercicio fiscal y no reporta ninguna ejecucin fsica y financiera, en el SNIP mantendr el estatus de Nuevo; si reporta ejecucin fsica y financiera tendr el estatus de Arrastre.

    1.25. La opinin tcnica de Aprobado emitida por la SEGEPLAN a un proyecto valida el contenido y costo total del mismo, por consiguiente, estos no pueden variarse sin el consentimiento y autorizacin del SNIP.

    1.26. La contratacin de estudios de preinversin y la ejecucin de proyectos debe enmarcarse en lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento9.

    1.27. Cuando un proyecto nuevo sea cotizado o licitado y adjudicado por un monto diferente al aprobado en la programacin del SNIP, la entidad pblica de inversin debe reprogramar la obra, en base al nuevo costo adjudicado, que se reflejar en el mdulo de seguimiento del SINIP.

    1.28. Cuando el proceso de cotizacin o licitacin de un proyecto nuevo sea declarado desierto, la entidad pblica de inversin debe presentar a la SEGEPLAN los antecedentes tcnicos y

    9 Decreto57-92, Ley de Contrataciones del Estado

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    econmicos (bases, especificaciones, trminos de referencia y presupuesto actualizado) que justifiquen las modificaciones a realizar acompaado de una solicitud de financiamiento, para incorporar estas modificaciones en el mdulo de seguimiento del SINIP. SEGEPLAN, analizar la documentacin y cuando sea pertinente autorizar a la entidad pblica de inversin a incorporarlas en el SINIP, previo a emitir una nueva opinin tcnica de Aprobado al proyecto.

    1.29. Cuando un proyecto de arrastre tenga variaciones en ms o menos al costo adjudicado hasta un 20%, de conformidad con la normativa vigente10, debe estar sustentado con los antecedentes tcnicos y econmicos pertinentes que justifiquen dicha variacin y someterse nuevamente a la SEGEPLAN para obtener una opinin tcnica de Aprobado, independientemente del ejercicio presupuestario. Con esta opinin tcnica se podr gestionar ante la DTP el financiamiento para solventar el incremento.

    1.30. Efectuado el anlisis al proyecto presentado, la SEGEPLAN notifica oficialmente el resultado de la opinin tcnica a la entidad pblica de inversin, a travs de un oficio adjuntndolo.

    1.31. El resultado de la opinin tcnica emitida por SEGEPLAN es de conocimiento pblico a travs del portal web del SNIP.

    1.32. Si el resultado de la opinin tcnica a un proyecto es Pendiente o Rechazado, la entidad pblica de inversin proponente deber resolver las observaciones emitidas dentro de los 15 das hbiles posteriores a la fecha de recibida la notificacin y antes del15 de diciembre de 2014. Remitidas las observaciones, el SNIP revisar la informacin y emitir nueva opinin tcnica.

    10 Decreto57-92, Ley de Contrataciones del Estado, Artculo52

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    1.33. Si la ejecucin fsica y/o financiera de un proyecto de inversin se suspende por un periodo mayor a los tres aos, la entidad pblica de inversin debe solicitara SEGEPLAN la reactivacin del proyecto, para ello se requiere presentar un nuevo documento de proyecto incluyendo un informe de los rubros y montos ejecutados para su opinin. Para efectos del SNIP se considera como proyecto nuevo.

    1.34. Si la ejecucin fsica y financiera de un proyecto de inversin programado originalmente para un ao y su ejecucin fsica y/o financiera no alcanza el 100% al finalizar el ao la entidad pblica de inversin debe reprogramar en el SINIP con lo que se generar automticamente la solicitud de financiamiento por el saldo a ejecutar y presentar la documentacin para evaluacin y opinin tcnica de SEGEPLAN.

    1.35. Si al cierre anual del ejercicio fiscal, el proyecto en su ejecucin reporta solamente avance financiero correspondiente al anticipo, el SNIP considera el proyecto como Nuevo.

    1.36. Si al cierre del ejercicio fiscal, el proyecto reporta un 100% de avance fsico y un avance financiero menor a este porcentaje, el SNIP regular esta situacin en funcin a lo dispuesto en la norma presupuestaria correspondiente.

    1.37. Si se suspende la ejecucin fsica y financiera de un proyecto por cualquier circunstancia, la entidad pblica de inversin debe indicarlo en el mdulo de seguimiento del SINIP de acuerdo a las resoluciones emitidas por los rganos fiscalizadores y realizar las gestiones necesarias para su reanudacin. SEGEPLAN opinara en relacin a los rubros faltantes de ejecutar de acuerdo al proyecto originalmente aprobado.

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    1.38. Para efecto de la vinculacin en la instancia de discusin presupuestaria, SEGEPLAN remitir al MINFIN el registro de la informacin requerida (finalidad, funcin, divisin, meta global, meta anual, programacin de inversiones fsicas y financieras, etc.).

    1.39. Cuando a una entidad pblica de inversin se le asignen recursos adicionales en el Programa de Inversiones Fsicas y Financieras y Transferencias de Capital, dicha entidad deber formular, evaluar, registrar y presentar a SEGEPLAN, los proyectos para emisin de opinin tcnica que respalden dicha asignacin.

    1.40. SEGEPLAN emitir normas especficas, para formular, evaluar, registrar y presentar proyectos que surjan como producto de un estado de emergencia o calamidad pblica.

    2. Normas especficas

    2.1. Formulacin Evaluacin de Proyectos nuevos que forman capital fijo

    Los proyectos de inversin que forman capital fijo (Ver anexo 1) que requieran recursos por primera vez para la etapa de ejecucin, deben estar formulados y evaluados a nivel de perfil, prefactibilidad o factibilidad, dependiendo del tamao, complejidad, costo y presentar el documento de proyecto a la SEGEPLAN con los contenidos que se describen a continuacin:

    Identificacin

    2.1.1. Nombre del proyectoLos proyectos se identifican con un nombre claramente estructurado, respondiendo a las siguientes caractersticas: i) proceso, ii) objeto, y iii) localizacin especfica, en funcin de la alternativa seleccionada. (Ver anexo 2, 3 y 4).

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    2.1.2. Anlisis de la problemticaEs fundamental para la evaluacin, caracterizar y analizar la problemtica que se quiere resolver con la ejecucin y puesta en marcha del proyecto. Para el efecto, deber identificar el problema y plantearse al menos dos alternativas de solucin, una de las cuales puede ser la situacin base optimizada, las cuales se compararn con la situacin sin proyecto. Se sugiere utilizar la metodologa del rbol de problemas (ver Manual de formulacin y evaluacin de proyectos de la SEGEPLAN).

    Cuando la solucin seleccionada (proyecto) se localice en rea de poblaciones indgenas, los diseos debern tener pertinencia cultural, es decir no atentar contra la identidad y forma de organizacin de estas poblaciones.

    Cuando corresponda, los diseos deben incluir lo estipulado en las literales a), b) y c), del artculo 11 de la Ley de Atencin a Personas con Discapacidad11

    y con lo establecido en el Manual tcnico de accesibilidad de las personas con discapacidad al espacio fsico y medios de transporte en Guatemala.

    2.1.3. Justificacin

    2.1.3.1. Situacin sin proyectoCorresponde a la descripcin detallada de la situacin actual y anlisis de la evolucin del problema, sus tendencias, los costos en los que se incurrir por no solucionar el problema; as como, los beneficios que se dejan de percibir.

    2.1.3.2. Situacin con proyectoAnlisis de las alternativas identificadas como las soluciones al problema, seleccionando la mejor

    11 Decreto135-96 Ley de Atencin a Personas con Discapacidad.

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    opcin, con base en las ventajas comparativas de las mismas, en funcin de la que ofrece mayor beneficio.

    El anlisis deber considerarla situacin base optimizada, que consiste en estudiar las medidas que permitan, con recursos mnimos, que el servicio funcione en su nivel ptimo, cuando existe el bien o servicio que el proyecto pretende mejorar

    2.1.4. Beneficiarios directos e indirectosSe deber Identificar, caracterizara los beneficiarios directos e indirectos (establecer categoras por: gnero, socio-econmico, tnico, etreo) y su cuantificacin por ubicacin y rea geogrfica, utilizando datos estadsticos actualizados).

    2.1.5. Objetivos y metasSe deber identificar el objetivo general, los objetivos especficos, las metas, productos y resultados que se pretenden alcanzar durante la vida til del proyecto; considerando la metodologa de Gestin por Resultados. Se sugiere ser formulados de acuerdo a la metodologa del rbol de objetivos, (ver el Manual de formulacin y evaluacin de proyectos de la SEGEPLAN).

    Estudio de mercado

    2.1.6. Estudio de mercadoEl proyecto basar su dimensin en el estudio de mercado, especialmente en lo que se refiere a la identificacin, caracterizacin, cuantificacin y proyeccin de la oferta y la demanda del bien o servicio a prestar. En cuanto a la oferta, es importante presentar cmo se est prestando el servicio actualmente frente a la demanda planteada y justificar por qu la oferta existente es insuficiente para solucionar el problema.

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    Estudio tcnico

    2.1.7. Localizacin del proyectoTodo proyecto debe incluir el estudio de macro y microlocalizacin de la solucin adoptada,

    2.1.7.1. Terrenos y derechos de pasoLas obras de infraestructura que el Estado construya y que incrementen el capital fijo, debern ejecutarse en inmuebles cuya propiedad o posesin sea del Estado, incluyendo municipios y entidades descentralizadas y autnomas. Bajo ningn caso se podr realizar construcciones en inmuebles que se encuentren inscritos en los Registros de la Propiedad a nombre de personas individuales o jurdicas de carcter privado.

    Para efectos de programacin y asignacin de recursos de las obras de infraestructura, la posesin legtima, se puede acreditar de la siguiente manera12:

    a. En caso de bienes municipales, con acuerdo municipal, escritura pblica o acta municipal.

    b. En caso de bienes de particulares, con documento notarial donde indique ceder la posesin a la institucin que corresponda; y

    c. En caso de bienes comunales, la cesin de la posesin deber realizarse a la municipalidad o institucin por medio del acta de la.

    d. Asamblea Comunitaria y acta notarial

    12 Decreto 13-2013, Reformas a los Decretos Nmeros 10197 del Congreso de la Repblica, Ley Orgnica del Presupuesto; 31-2002 del Congreso de la Repblica, Ley Orgnica de la Contralora General de Cuentas; y 1-98 del Congreso de la Repblica, Ley Orgnica de la Superintendencia de Administracin Tributaria, artculo 30.

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    e. En cada caso se debe iniciar el registro de posesin de conformidad con la Ley de Titulacin Supletoria para entidades estatales; adjuntando al expediente constancia de esto.

    f. Se excepta de la aplicacin del presente artculo la construccin de caminos y carreteras, el cual se regir por las leyes de la materia (artculo 30 ley 101-97)

    2.1.7.2. rea de influencia Anlisis del espacio geogrfico dentro del cual se focaliza el problema y el impacto que la alternativa de solucin plantea. El estudio debe considerar, para efecto de anlisis, cinco aspectos bsicos: geogrficos, ambientales, de riesgo, socioeconmicos y servicios.

    2.1.7.3. TamaoConsiste en la capacidad de produccin o la prestacin de un servicio durante la vida til del proyecto y depender del tipo de proyecto que se est formulando, para lo cual se debe tomar en cuenta el resultado del estudio de mercado.

    2.1.8. TecnologaSeleccionada la alternativa ptima se debe analizar y definir la tecnologa que mejor aplica para la produccin de bienes y la prestacin de servicios que el proyecto pretende entregar.

    En los casos que aplique, se recomienda que la tecnologa a utilizar, pueda mejorar la eficiencia energtica para contribuir a la mitigacin del cambio climtico a travs dela reduccin de emisin de gases a la atmsfera.

    2.1.9. Ingeniera y arquitectura del proyecto

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    2.1.9.1. Juego de planosCuando se trate de infraestructura fsica se deber considerar para el diseo, la aplicacin de normas sismo-resistente, Normas de Reduccin de Desastres (NRD) y otras de conformidad con el tipo de proyecto.

    NRD 1: Normas de seguridad estructural de edificios y obras de infraestructura para la Repblica de Guatemala.

    NRD 2: Normas mnimas de seguridad en edificios e instituciones de uso pblico.

    NRD 3: Especificaciones tcnicas para materiales de construccin.

    Los planos deben sustentar el diseo y el costo propuesto del proyecto; contenerla microlocalizacin, que permita identificar dnde se ubicar el mismo (su localizacin especfica: municipio, aldea, casero, cantn, barrio). Adems se debern individualizar los servicios bsicos, infraestructura existente, colindancias y caractersticas fsicas del terreno segn corresponda. Se reitera que deben estar firmados, sellados y timbrados por profesional colegiado activo de la especialidad correspondiente; cuando se trate de planos tipo, deber indicarse la fuente que los dise y proporcion. Presentarlos planos impresos y en formato digital, en formatos legibles establecidos A1, A2, A3 o A4 (ver anexo No. 6.)

    Para ampliacin y mejoramiento deber presentarse plano indicando la situacin actual y su relacin con el nuevo proyecto.

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    2.1.9.2. Especificaciones tcnicas Se debe incluir el conjunto de criterios generales, especficos y especiales; normas y estndares tcnicos que se aplicarn en la ejecucin del proyecto. (Vase numeral 2.1.2 y anexo No. 6).

    2.1.10. Presupuesto detalladoSe debe incluir el presupuesto detallado de inversin a nivel de rubros o renglones de trabajo y actividades con la unidad de medida, cantidad, costo unitario y costo total en quetzales; deber incluirse los costos correspondientes a las medidas de mitigacin ambientales y de riesgo, cuando corresponda. El resumen deber integrar los costos directos e indirectos13.

    Debe identificar los costos de inversin, de operacin y de mantenimiento, correspondientes al proyecto.

    2.1.11. Cronograma de ejecucin fsico y financiero del proyectoPresentar la programacin fsica y financiera, que contenga la ejecucin del proyecto, individualizndolos rubros y las actividades necesarias para realizarlo, definiendo el tiempo y requerimientos financieros para cada uno, las fechas de inicio y finalizacin.

    Estudio administrativo y legal

    2.1.12. Aspectos administrativos Se debe incluir la estructura organizativa para la ejecucin y operacin del proyecto (definicin defunciones, responsabilidades, de limitacin de autoridad, personal necesario, identificacin de canales de comunicacin y otros).Manuales de operacin y mantenimiento para garantizar la sostenibilidad del proyecto.

    13 Fuentes de financiamiento y montos correspondientes, que pueden provenir del presupuesto de Gobierno Central, ingresos propios de entidades descentralizadas, fondos municipalidades u otras fuentes de financiamiento externo reembolsables y No Reembolsable. Art 10 del Decreto 7-2013.

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    2.1.13. Aspectos legalesSe debe establecer los requisitos legales (licencias, permisos y otros) a cumplirse para la ejecucin del proyecto, con sus respectivos costos en el presupuesto detallado del proyecto y que formen parte de los costos indirectos.

    Estudio financiero

    2.1.14. Estudio financieroSe debe integrar utilizando la informacin del presupuesto de inversin incluyendo los costos de administracin y los relacionados con los aspectos legales, la proyeccin de los costos de operacin y mantenimiento durante la vida til; as como los ingresos proyectados y la(s) fuente(s) de financiamiento del proyecto.

    Las fuentes de financiamiento del proyecto deben desglosarse a nivel de recursos internos (gobierno central, comunidad, aporte municipal y otros aportes), y recursos externos, indicando la fuente de dichos recursos.

    2.1.15. Evaluacin financieraCon el propsito de establecer la rentabilidad financiera de los proyectos, y de acuerdo a su naturaleza, debern hacer el anlisis en relacin del costo beneficio y presentar indicadores como: Valor Actual Neto (VAN) y Tasa Interna de Retorno (TIR) para proyectos productivos.

    Para proyectos sociales el anlisis se debe hacer en funcin del costo eficiencia y presentar el indicador de Costo Anual Equivalente (CAE).

    2.2. Proyectos nuevos que no forman capital fijo

    En los proyectos que no forman capital fijo, la entidad pblica de inversin es la contraparte tcnica, para garantizar la

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    calidad de los resultados. Slo deben solicitar financiamiento para la etapa de ejecucin y presentar como mnimo lo siguiente:

    2.2.1. Documento de proyectoEn funcin de la magnitud y complejidad del proyecto, presentar un documento formulado, segn corresponda; el cual, puede ser: a nivel de perfil, prefactibilidad o factibilidad. Haciendo nfasis en los siguientes aspectos:

    2.2.2. Presupuesto detallado

    El presupuesto detallado (costo unitario y costo total) debe especificar la cantidad de insumos que se necesita en la ejecucin de cada actividad de los componentes del proyecto.

    2.2.3. Cronograma de ejecucin

    En el cronograma de ejecucin fsico y financiero del proyecto, presentar las acciones a realizar en el tiempo, en funcin de los recursos financieros requeridos en cada una uno de los componentes de proyecto.

    2.2.4. Trminos de referencia (TDR) y bases de licitacinLas contrataciones programadas, segn su cronograma de ejecucin fsica y financiera, debern presentar trminos de referencia y bases de licitacin que se aplicarn en el proceso.

    2.3. Registro y presentacin de proyectos nuevos que forman o no forman capital fijo

    Para presentar documentos de proyecto a la SEGPLAN las entidades pblicas de inversin deben cumplir con lo siguiente:

    2.3.1. Registro de proyectosRegistrar los proyectos directamente en el SINIP, va

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    Internet, en http://sistemas.segeplan.gob.gt/snip

    Para registrarse como usuario del sistema se utilizar el formulario ubicado en el Portal del SNIP, el cual deber presentarse firmado y sellado por la autoridad mxima (o por delegacin oficial en otro funcionario) y enviarse de manera digital a la cuenta de correo [email protected]

    2.3.2. Presentacin de documentosPresentar al SNIP copia fiel del documento de formulacin y evaluacin del proyecto, debidamente foliado, identificando en la portada del mismo: el nombre del proyecto, el cdigo SNIP y el ejercicio fiscal para el cual solicita financiamiento. Asimismo, incluir el juego completo de planos (firmados, sellados y timbrados por profesional colegiado activo de la especialidad correspondiente) que contenga los diseos finales, el presupuesto debidamente firmado por el que lo formula y la autoridad superior responsable.

    2.3.3. La entidad pblica de inversin que ejecute proyectos que forman capital fijo y requiera recursos para financiar etapas de prefactibilidad y/o factibilidad, debe presentar al SNIP, para la opinin tcnica, lo siguiente:

    2.3.3.1. Para estudio de prefactibilidad, el estudio a nivel de perfil; para estudio de factibilidad, el estudio de prefactibilidad.

    2.3.3.2. Para diseo final, el estudio de: prefactibilidad o factibilidad, dependiendo del tamao, complejidad y costo del proyecto.

    2.3.3.3. En cualquiera de los casos indicados anteriormente, se adjuntar los trminos de referencia (TDR) del estudio requerido y los proyectos que se presenten

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    debern cumplir con lo sealado en el numeral 2.1 de estas normas.

    2.3.4. Proyectos Aprobados en aos fiscales anteriores, sin financiamiento: Estos proyectos, conservarn su cdigo SNIP y nombre con que fueron aprobados. La entidad proponente deber actualizar la informacin en el SINIP y adjuntar la siguiente:

    2.3.4.1. Presentar un oficio firmado por la autoridad mxima de la entidad.

    2.3.4.2. Presentar el documento que acredite lo siguiente:

    a. Ratificacin del aval del ente rector sectorial cuando la institucin proponente no sea rector sectorial;

    b. Cronograma de ejecucin actualizado;

    c. El presupuesto actualizado y detallado (conforme el diseo final aprobado o con los trminos de referencia aprobados cuando corresponda), desglosado en rubros y actividades incluyendo mobiliario y equipo;

    d. Especificaciones tcnicas actualizadas.

    e. Presentar la solicitud de financiamiento actualizada.

    2.3.5. Los proyectos registrados en el SNIP que tengan opinin tcnica de Pendiente o Rechazado, que no obtuvieron financiamiento en el presupuesto de ejercicios fiscales anteriores o el vigente, conservarn su cdigo SNIP y nombre con que fueron registrados. La entidad proponente deber actualizar la informacin en el SINIP y adjuntar la siguiente:

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    2.3.5.1. Presentar un oficio firmado por la autoridad mxima de la entidad.

    2.3.5.2. Presentar el documento que acredite lo siguiente:

    a. Respuesta a todas las observaciones formuladas en la opinin tcnica de Pendiente o Rechazado correspondiente.

    b. Ratificacin del aval del ente rector sectorial.

    c. Cronograma de ejecucin fsico y financiero actualizado;

    d. Presupuesto actualizado y detallado en funcin del diseo final o los trminos de referencia aprobados, desglosado en rubros y actividades; y registrado en el SNIP.

    e. Especificaciones tcnicas actualizadas;

    f. Solicitud de financiamiento en el SINIP actualizada.

    2.4. Presentacin de Proyectos de arrastre

    Las entidades pblicas de inversin que requieran financiamiento para garantizar la continuidad de la ejecucin de proyectos de arrastre, que formen o no capital fijo, deben presentar a la SEGEPLAN para la emisin de la opinin tcnica, lo siguiente:

    2.4.1. Presentar un oficio firmado por la autoridad mxima de la entidad.

    2.4.2. Presentar el documento que acredite lo siguiente:

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    a. Solicitud de financiamiento actualizada.

    b. Copia del contrato de ejecucin actualizado.

    c. Presupuesto actualizado de los rubros en ejecucin y pendientes de ejecutar.

    d. Informe de evaluacin de la ejecucin fsica y financiera con detalle de metas y avances reales al 31 de diciembre recin finalizado.

    e. Programacin fsica y financiera actualizada y proyectada al 31 de diciembre del ejercicio fiscal vigente.

    f. Programacin fsica y financiera proyectada al 31 de diciembre del ejercicio fiscal para el cual se solicita financiamiento.

    2.5. Seguimiento de proyectos

    2.5.1. Las entidades pblicas de inversin que cuenten con asignacin presupuestaria en el ejercicio fiscal vigente, tienen la responsabilidad de ingresar y actualizar mensualmente la informacin del avance fsicos y financieros de sus proyectos en los sistemas establecidos, de acuerdo a lo indicado en el Decreto Nmero 13-2013. Con base en esta informacin la SEGEPLAN efectuar el seguimiento de la inversin pblica.

    Para verificacin de informacin de seguimiento ingresada, se debe incluir una fotografa que evidencie el estado de avance real del proyecto en ese periodo.

    2.5.2. La autoridad superior de la entidad pblica de inversin debe nombrar ante la SEGEPLAN a lo los responsables de ingresar y actualizar la informacin de seguimiento de los

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    proyectos en el SNIP.

    2.5.3. La entidad pblica de inversin cuando lo asignado sea inferior o superior a lo solicitado originalmente en el SNIP, debe reprogramar fsica y financieramente su proyecto multianual, en el mdulo de seguimiento del SNIP.

    2.5.4. La entidad pblica de inversin debe registrar la modalidad de ejecucin del proyecto en el SINIP, ingresando la informacin respectiva. Adems, adjuntar en PDF el contrato si es por licitacin, la resolucin si es por administracin o ambos si la modalidad de ejecucin es mixta.

    2.5.5. La SEGEPLAN verificar mediante visita de campo, la consistencia de la informacin registrada por la entidad sobre el avance fsico del proyecto, emitiendo informe correspondiente; para lo cual, la entidad debe otorgar las facilidades para el acceso al proyecto y su documentacin.

    2.5.6. Las entidades pblicas de inversin antes de gestionar transferencias presupuestarias para modificar o sustituir proyectos con asignacin presupuestaria, debern atender lo siguiente:

    Modificar proyectos: cuando se modifique la naturaleza del proyecto implicando un aumento o disminucin de los costos, la entidad pblica de inversin debe reevaluar el proyecto y solicitar a la SEGEPLAN una nueva opinin tcnica que avale la pertinencia de la modificacin; Adjuntando, el documento justificativo correspondiente. SEGEPLAN, analizar la documentacin y emitir la opinin tcnica nueva opinin tcnica y si es Aprobada, la entidad realizar

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    los cambios correspondientes en el SINIP y gestionar la transferencia presupuestaria ante la DTP.

    Sustituir proyectos: cuando se sustituya un proyecto aprobado en el SNIP, por un nuevo proyecto, la entidad pblica de inversin debe dar cumplimiento a las normas SNIP para proyectos nuevos. SEGEPLAN, analizar el cumplimiento de las normas SNIP y emitir la opinin tcnica correspondiente. Si la opinin tcnica es aprobada la entidad pblica de inversin, gestionar la transferencia presupuestaria ante la DTP.

    En la etapa de ejecucin presupuestaria, la Direccin Tcnica del Presupuesto (DTP) del Ministerio de Finanzas Pblicas, desembolsar recursos nicamente a los proyectos que tengan la opinin tcnica Aprobado y de No aplica evaluacin de SEGEPLAN.

    2.5.7. La entidad pblica de inversin debe registrar en el mdulo de seguimiento del SINIP la finalizacin del proyecto, adjuntando el acta de recepcin y liquidacin del activo, en formato PDF. Con esta informacin el SNIP dar por finalizado la ejecucin del proyecto; siempre y cuando, la ejecucin fsica y financiera este al 100%.

    En el caso de proyectos que forman capital fijo la entidad pblica de inversin, al momento de hacer la recepcin final de la obra debe incorporarlo al patrimonio del Estado.

    La entidad pblica de inversin, al momento de formular el plan operativo anual, deber incorporar los montos correspondientes para financiar los gastos de operacin del proyecto de inversin cuya ejecucin est finalizando.

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    ANEXOS

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    ANEXO 1 Definiciones bsicas de inversin

    1. Sistema Nacional de Inversin Pblica Es el conjunto de normas, instrucciones, procedimientos y herramientas, orientadas a ordenar el proceso de la inversin pblica y concretar las opciones de inversin ms rentables econmica y socialmente, tomando en cuenta las polticas pblicas.

    2. Inversin Pblica Son los recursos que el sector pblico destina para crear, incrementar, modernizar, reponer, reconstruir y mejorar la capacidad del pas de producir bienes y servicios, con el propsito de incrementar el bienestar de la sociedad.

    3. Proyecto de inversin Es el conjunto de actividades planificadas y relacionadas entre s, que mediante el uso de insumos, generan productos dentro de un perodo de tiempo determinado y apunta a solucionar un problema, promueve el desarrollo o mejor a una situacin especfica. Los proyectos son intervenciones intencionales cuya finalidad es acelerar y dirigir el crecimiento econmico y desarrollo social.

    Los tipos de proyectos de inversin que reconoce como vlidos el Sistema Nacional de Inversin Pblica (SNIP) son: Proyectos que forman capital fijo y Proyectos que no forman capital fijo.

    4. Proyecto que forman capital fijo: Es el que genera o modifica bienes que permiten la formacin bruta de capital fijo y que se materializan en una obra fsica, por ejemplo: carreteras, escuelas, hospitales, puentes.

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    5. Proyecto que no forma capital fijo: Son los que no generan ni habilitan bienes de capital fijo su propsito es incrementar, mantener o recuperar la capacidad de generar en las personas beneficioso proporcionar informacin para la toma de decisin, por ejemplo: capacitacin, alimentacin, vacunacin, censo, catastro, diagnstico, investigacin.

    6. Proyecto Nuevo: Proyecto que no registra obligaciones en los sistemas de gestin financiera del Estado, en ejercicios fiscales anteriores. (Ver Normas especficas 2.1)

    7. Proyecto de arrastre: Proyecto cuya ejecucin fsica ha recibido recursos presupuestarios y los ha ejecutado en ejercicios fiscales anteriores consecutivos y cuya ejecucin registra obligaciones en los sistemas de gestin financiera del Estado, en ejercicios fiscales anteriores. (Ver normas especficas 2.2).

    8. Evaluacin Apreciacin sistemtica y objetiva de un proyecto, mediante el cual se emite un juicio de valor.

    9. Anlisis tcnico de proyectosEl anlisis tcnico-econmico es la actividad dentro del proceso de la inversin pblica de exclusiva responsabilidad de SEGEPLAN y que consiste en revisar en forma integrar el proceso de formulacin y evaluacin que desarroll la Institucin, para verificar la existencia real del problema, si se analizaron todas las alternativas de solucin, si la alternativa seleccionada es la que presenta y demuestra ser la ms rentable y su pertinencia con la poltica sectorial o regional, es decir, consiste en verificar si ha aplicado correctamente la metodologa existente en el sector.

    10. SeguimientoFuncin continua que utiliza una recopilacin sistemtica de

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    datos sobre indicadores especificados para proporcionar a los administradores y a las partes interesadas principales de una intervencin para el desarrollo, indicaciones sobre el avance y el logro de los objetivos as como de la utilizacin de los fondos asignados.

    11. PreinversinEl proceso de preinversin se refiere a la transformacin de ideas de proyectos en estudios tcnicos-econmicos que tiene como objeto evaluar la conveniencia de decidir acerca de la ejecucin de un proyecto y/o programa y exige contar con los estudios que sustenten la rentabilidad social, que es sostenible y concordante con los lineamientos de poltica. Estos criterios permiten seleccionar los mejores proyectos para invertir los fondos de que se disponen o acceder a financiamiento. Esta seleccin se realiza a travs de estudios de grados sucesivos de profundidad. As, se pueden distinguir etapas especficas en el proceso de preinversin, las que se clasifican en un orden creciente en cuanto a cantidad y a calidad de la informacin recopilada. Las etapas son:

    Estudio a nivel de perfil.

    Estudio a nivel de prefactibilidad. Estudio de factibilidad.

    12. Normas del Sistema Nacional de Inversin PblicaGua que orienta a las entidades pblicas de inversin en cuanto a las responsabilidades en la programacin de las inversiones y los instrumentos de programacin, basadas en proyectos de inversin. Estas normas se revisan y actualizan cada ao en la Direccin de Inversin Pblica de SEGEPLAN.

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    ANEXO 2 Criterios para asignar nombre a los proyectos

    1. Objetivos1.1 Que cada proyecto tenga un nombre propio dentro del Sistema

    Nacional de Inversin Pblica;1.2 Que el nombre permanezca invariable durante todo el ciclo de

    vida del proyecto;1.3 Que a travs del nombre del proyecto, se pueda tener una

    idea clara de lo que se pretende realizar con el proyecto;1.4 Que se pueda disponer de nombres uniformes para proyectos

    de una misma naturaleza.

    2. Criterios generalesEl nombre de un proyecto es la sntesis mxima de lo que se pretende hacer, por lo tanto, es vlido para todo su ciclo de vida, debe de ser claro y preciso en cuanto a su identificacin, es decir, debe necesariamente responder a las preguntas: a) Qu se va a ejecutar?, b) Sobre qu se va a ejecutar? y c) Dnde se va a ejecutar?

    El nombre de un proyecto de inversin se debe estructurar en tres partes claramente identificables, donde cada parte posee un nombre propio, a travs del cual debe responder a las caractersticas que se le han asignado al nombre de todo proyecto: a) El primer elemento se denomina Proceso y a travs de ste siempre se responde a la pregunta: Qu se va a ejecutar?; b) El segundo elemento recibe la denominacin de Objeto, y con ste se responde a la pregunta: Sobre qu se va a ejecutar? y c) El tercer elemento recibe el nombre de Localizacin especfica, y con su identificacin se responde a la pregunta: Dnde se va a ejecutar?

    A continuacin se describen los elementos a considerar en la asignacin del nombre del proyecto:

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    2.1 Proceso Es la accin que caracteriza la naturaleza de la inversin en cualquier tipo de proyecto, por ejemplo: construccin, conservacin, ampliacin, capacitacin, vacunacin, diagnstico, censo, investigacin.

    2.2 ObjetoEs la materia o motivo de la inversin en cualquier tipo de proyecto, por ejemplo: escuela primaria, centro de salud, carretera ruta CA-13, camino vecinal, acueducto.

    2.3 Localizacin especficaRepresenta la ubicacin especfica donde se realizar la inversin, identificando el nombre del lugar exacto, (zona, barrio, centro poblado, aldea, casero, etc.) Corresponde en la prctica al nivel inferior de un municipio donde est localizado geogrficamente el proyecto, por ejemplo: aldea Pajales, casero Asuncin, asentamiento La Esperanza.

    En cuanto al primer elemento del nombre, denominado proceso, existe un glosario de procesos vlidos para los tipos de proyectos que el SNIP tiene identificados en sus normas.

    Para la identificacin del objeto y la ubicacin especfica del proyecto (segundo y tercer elemento), existir un espacio mximo de setenta caracteres: cuarenta de ellos para identificar el objeto, y los treinta restantes para la ubicacin especfica.

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    ANEXO 3 Glosario de procesos para proyectos que forman capital fijo

    1. Ampliacin: Accin que tiene por objeto aumentar la capacidad de un bien existente. Comprendiendo dentro de la ampliacin el equipamiento respectivo para la prestacin del servicio.

    2. Construccin: Accin que corresponde a la materializacin de un bien que

    no existe a la fecha. La construccin de infraestructura debe tener considerado el equipamiento dentro de su formulacin y presupuesto.

    3. Dragado: Consiste en la operacin de limpieza de los sedimentos en cursos

    de agua, lagos, bahas, o puertos con el objeto de mantener el calado de estas zonas para mantener el servicio de transporte.

    4. Mejoramiento:Accin que tiene por objetivo aumentar la capacidad o productividad

    de un servicio o bien existente y la calidad del servicio prestado; cambiando el estndar original;

    5. Reposicin: Implica la renovacin parcial o total de un bien existente con

    o sin cambios de la capacidad del mismo; La reposicin de infraestructura debe tener considerado el equipamiento dentro de su formulacin y presupuesto, cuando la vida til de ste, est agotada.

    Aplica cuando se produzcan eventos o fenmenos de la naturaleza que impliquen la destruccin total o parcial.

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    A continuacin, se presentan algunos ejemplos de proyectos que forman capital fijo:

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    ANEXO 4 Glosario de procesos para proyectos que no forman capital fijo

    1. AlfabetizacinAccin que tiene por objeto ensear a leer y escribir.

    2. CapacitacinPreparar a las personas con el fin de habilitarlas para realizar una actividad determinada.

    3. CatastroRegistro ordenado y clasificado de bienes o servicios referidos a algunas caractersticas de los mismos.

    4. CensoRegistro ordenado y clasificado de elementos, referido a algunas caractersticas de los mismos.

    5. DiagnsticoDeterminacin, mediante el examen de ciertas caractersticas de un bien, servicio o situacin, del estado o condiciones generales en que se encuentra y de las lneas de accin que se deben seguir.

    6. ForestacinAccin que tiene por objeto la plantacin de rboles.

    7. ManejoAccin que tiene por objetivo lograr la correcta administracin de un bien, servicio, que se aplica al manejo de desechos slidos y manejo forestal.

    8. VacunacinAccin que tiene por objeto inmunizar a las personas o animales, con la finalidad de preservarles la salud de una enfermedad determinada.

    A continuacin, se presentan algunos ejemplos de proyectos

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    que no forman capital fijo:

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    ANEXO 5 Presentacin de proyectos

    Debern ser presentados fsicamente y en un medio digital en un flder sujetados con gancho plstico y debidamente foliado. En la portada se deber incluir: Cdigo SNIP del lado superior derecho y ejercicio fiscal correspondiente, incluyendo un medio de almacenamiento digital (CD de formato CD+R, CD-R o DVD de formato DVD+R y DVD-R). No debe presentarse informacin grabada en formatos de CD ni DVD regrabables.

    El CD o DVD debe contar con una identificacin que indique los siguientes datos:

    Cdigo del proyecto

    Nombre del proyecto

    Entidad

    Unidad ejecutora

    Ejercicio presupuestario

    Contenido del disco

    Nmero de disco

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    ANEXO 6 Contenido mnimo del juego de planos

    1. Especificaciones tcnicas

    Son los documentos en los cuales se definen las normas, exigencias y procedimientos a ser empleados y aplicados en todos los procesos de la ejecucin de un determinado producto.

    2. Especificaciones tcnicas generales

    Hacer referencia a especificaciones tcnicas propias del proceso, y dependiendo del tipo de proceso hacer referencia a manuales y normas propias, reglamentos y estndares, con la finalidad de preservar la uniformidad. Estas tienen como finalidad obtener estndares adecuados que guarden la calidad del proceso, permitiendo dar seguimiento a un nivel de control de los diferentes momentos del proceso.

    3. Especificaciones tcnicas especficas

    Consisten en todas aquellas especificaciones particulares que hacen diferentes un proceso de otro que se encuentra normado por estndares, son aquellas que dan carcter de particularidad al proceso que se lleva acabo para la obtencin del producto. En tal sentido es lo que da la particularidad del proceso productivo.

    4. Especificaciones especiales

    Son todas aquellas especificaciones propias que se rigen por procesos particular es propios de la ejecucin dcada proyecto en particular.

    5. Plano de localizacin

    Debe indicar sobre qu calle o avenida est localizado el terreno donde se har la construccin. Este plano se podr presentar en una hoja ta mao oficio, debiendo indicar el norte, cotas generales del terreno y la distancia a la esquina o punto de referencia ms prximo.

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    6. Plano de ubicacin

    Debe indicar como quedar ubicada la construccin dentro del terreno, ubicando coordenadas en proyeccin GTM o en su defecto coordenadas geogrficas decimales y poder as observar los espacios y reas libres que quedaran en ste. ste podr presentarse en una hoja tamao oficio, debiendo indicar el norte, cotas de rea cubierta y rea libre, cuantos niveles son, rea construida por nivel, rea de construccin existente fija y rea libre.

    7. Planos de arquitectura

    Cuando la magnitud del proyecto no permita su representacin total en los planos se dibujar una planta de ubicacin en la cual debe de aparecer indicando el rea a construir dentro del predio, indicar patios, reas de estacionamiento, calles, con referencia a los ejes constructivos respectivos, entre otros tantos.

    Plantas arquitectnicas (amoblada)

    Indicar la distribucin de ambientes, puertas y ventanas, acotacin con indicacin de ejes, indicacin de niveles, representar con un signo de orientacin que indique el norte, proyecciones de techos y voladizos o cualquier clase de salientes, ubicacin de escaleras y de patios e indicacin de cortes.

    Fachadas

    Las que queden frente a va pblica y las ms importantes del interior, sus dimensiones verticales se referirn a niveles de piso terminado.

    Plantas de techos

    Indicar desniveles, pendientes de techos, vanos, localizacin de bajadas de agua pluvial y equipo fijo localizado sobre el techo.

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    Planta de acabados

    Dar a conocer los diferentes acabados de piso, paredes y cielos que tendrn los ambientes y algn otro acabado especial quesea importante dar a conocer.

    8. Planos estructurales o de ingeniera

    Cimientos y columnas

    Indicar los diferentes tipos de columnas as como la proyeccin de cimientos corridos y zapatas, indicacin de muros que no son de carga, si es una construccin de dos niveles o ms localizar para los diferentes niveles los elementos estructurales principales y secundarios.

    Techos y vigas

    Indicar el tipo de estructura de cada techo y entre piso as como la ubicacin de vigas.

    Detalles

    Detalles de columnas, zapatas, cimientos, muros, muros de contencin, vigas, soleras, sillares, dinteles, vanos, escaleras, rampas, parteluces, juntas de dilatacin y/o juntas de construccin, estructuras de acero, estructuras de madera y otros elementos estructurales, indicando claramente en estos sus dimensiones y refuerzos.

    9. Planos de instalaciones

    Instalaciones hidrulicas

    Instalacin general de agua con los detalles necesarios para apreciar el recorrido de la misma desde el punto de toma en el acueducto hasta los depsitos y artefactos sanitarios. Presentar las plantas de cada nivel con indicacin de la distribucin de agua

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    potable, los dimetros detonas las tuberas, posicin de bombas, llaves, medidores y vlvulas, perfiles con la topografa del terreno. Detalle de depsitos de agua, equipos hidroneumticos, instalaciones contra incendios entro otros.

    Instalaciones sanitarias

    Planos de instalaciones de aguas negras y pluviales, debiendo indicar recorrido total, des de las cajas de accesorios recolectores de las aguas negras y pluviales hasta su disposicin final, indicacin de tipos de cajas, sifones, pendientes, dimetros, tipos de tubera y bajadas. Detalles de cajas, tanques spticos, pozos de absorcin u otros sistemas de disposicin de aguas servidas y pluviales, perfiles con cotas Inver considerando la topografa del terreno, sistema elctrico de soporte y otros datos necesarios que se estimen.

    Instalaciones elctricas

    Diagrama para mostrar el sistema elctrico desde la red de distribucin hasta los tableros, con informacin sobre voltajes, dimensiones y calibre entre otros, con indicaciones del equipo de control y proteccin para la correcta operacin del sistema. Se deber de incluir la localizacin del sistema general, punto de entrada de la lnea de alta tensin su localizacin y su llegada a la subestacin, mostrar la localizacin de los alimentos subterrneos, localizacin e instalacin de los tableros, ductos salidas de iluminacin, tomacorrientes y cualquier otra instalacin elctrica incorporada. Debe indicar el tamao y tipo de los tableros, tipo y dimetro de los ductos y accesorios, tipo y calibre de los conductores, nmero de unidades por circuito e instalaciones especiales como antenas, timbres, telfonos entre otros.

    Instalaciones mecnicas

    Para las instalaciones de ascensores deber presentarse planos individuales con todas las acotaciones necesarias, as como

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    velocidad, carga permisible, tipo de operacin, indicaciones de salida de energa y alarma, situacin de las casetas de mquina con sus correspondientes especificaciones. En los elevadores hidrulicos se acompaarn todas las especificaciones necesarias. Para las escaleras mecnicas deben acompaarse en su plano todas las anotaciones necesarias, as como especificaciones y para sistemas de refrigeracin, calefaccin y aire acondicionado deben de representarse planos con especificaciones.

    Instalaciones especiales

    En los casos de instalaciones especficas de industrias, laboratorios, hospitales, silos, entre otros, deber presentarse, segn el caso, la documentacin necesaria para su construccin y evaluacin.

    10. Planos de urbanizacin

    Planta general actual, mostrando el estado actual del inmueble incluyendo las referencias necesarias para el replanteo, banco base de nivelacin, linderos, curvas de nivel, accidentes topogrficos, norte magntico, localizacin de servicios pblicos, construcciones existentes y cualquier otro detalle importante.

    Localizacin del proyecto y del inmueble con respecto a la zona y al a ciudad, con indicaciones del as vas de acceso.

    Planta general del proyecto, mostrando los niveles finales del terreno, conteniendo todos los detalles urbansticos importantes.

    Secciones transversales, que muestre el nivel original y el nivel definitivo con indicaciones de corte y rellenos, localizacin de estructuras y cualquier otro detalle urbanstico importante.

    11. Informacin bsica de la forma como deber de presentar los planos.

    Cuando se desee realizar una ampliacin o construccin nueva de

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    un proyecto, se deber de presentar un juego de planos, ya que en estos el constructor encontrar toda la informacin necesaria para que pueda dicho proyecto ser construido satisfactoriamente.

    La informacin que se dar a continuacin deber considerarse como mnima.

    Formatos

    El tamao del formato varia, ya que depender de la magnitud del proyecto a realizar, para la presentacin de un proyecto se deber de respetar los formatos recomendados en la norma ICAITI1 018, formatos A-1, A-2, A-3 y/o A-4.

    Escalas

    Todos los planos sern dibujados a escalas adecuadas para que la informacin contenida sea fcilmente interpretada. Los dibujos a tamao natural o a escala de mayor detalle regirn sobre los dibujos a escala de menor detalle.

    Grado de detalle

    Toda la informacin contenida en un juego de planos ser detallada con amplitud necesaria para su correcta interpretacin, se dar siempre preferencia a la representacin grfica, se recurrir a notas nicamente cuando sea conveniente.

    Simbologa

    En cada una de las especialidades se establecer una simbologa que se emplear invariablemente, si algn elemento especial que se desee representar no se encuentra detallado, se elaborara un smbolo especfico. Se detallar la simbologa empleada, aun cuando sea estndar, y debern consignarse todos los smbolos usados. En los dems planos del mismo campo se har referencia a la localizacin de la simbologa.

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    Especificaciones, notas y referencias a otros dibujos

    En cada una de las especialidades, se incluir en el primer plano las especificaciones referentes a materiales, procedimientos y mtodos de construccin, elaboradas de acuerdo con los requisitos siguientes: Se redactaran en forma clara y concisa, empleando el espacio mnimo posible, de preferencia, se incluirn todas las especificaciones en el primer plano de cada especialidad, en un solo espacio si esto no fuera posible, las especificaciones se dividirn localizando en cada plano las pertinentes, cuando en un plano se apliquen especificaciones ya contenidas en un plano anterior, estas no se repetirn sino nicamente se har referencia al plano donde aparecen.

    Dimensionamiento

    Las dimensiones generales se indicarn a ejes, para el dimensionamiento de los diferentes elementos se recurrir a cotas. Los niveles segn referidos al banco de nivelacin, pero en edificaciones situados dentro del rea de aproximacin area, el banco de nivelacin ser referido al nivel del mar.

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