normas de higiene y seguridad industrial en almacenamiento de productos

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NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS NORMATIVIDAD DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN COLOMBIA Resolución 2400 de 1979: Conocida como estatuto general de seguridad, establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo, en la que se enmarcan: campo de aplicación, obligaciones de los patronos, obligaciones de los trabajadores, inmuebles destinados a los establecimientos de trabajo (edificios y locales, servicios de higiene, higiene en los lugares de trabajo orden y limpieza, evacuación de residuos o desechos, campamentos de los trabajadores), y las normas generales sobre riesgos físicos, químicos y biológicos en los establecimientos de trabajo. Ley 9ª de 1979: Es la ley marco de la salud ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones. Resolución 02413 de 1979 (mayo 22): Por la cual se dicta el Reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción. Resolución 08321 de Agosto 4 de 1983: Normas sobre protección y conservación de la audición, de la salud y bienestar de las personas. Resolución 132 de enero de 1984: Normas sobre presentación de informe de accidente de trabajo. Decreto 614 de 1984: Crea las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país. Resolución 02013 de junio 6 de 1986: Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités, de medicina, higiene y seguridad industrial en lugares de trabajo. Resolución 01016 de marzo 31 de 1989: Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patrones o empleados en el país. Resolución 13824 de octubre de 1989: Medidas de protección de salud. Resolución 001792 de 3 de mayo de 1990: Valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.

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NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN

ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS

NORMATIVIDAD DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL EN COLOMBIA

Resolución 2400 de 1979: Conocida como estatuto general de seguridad,

establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los

establecimientos de trabajo, en la que se enmarcan: campo de aplicación,

obligaciones de los patronos, obligaciones de los trabajadores, inmuebles

destinados a los establecimientos de trabajo (edificios y locales, servicios de

higiene, higiene en los lugares de trabajo orden y limpieza, evacuación de

residuos o desechos, campamentos de los trabajadores), y las normas

generales sobre riesgos físicos, químicos y biológicos en los establecimientos

de trabajo.

Ley 9ª de 1979: Es la ley marco de la salud ocupacional en Colombia. Norma

para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus

ocupaciones.

Resolución 02413 de 1979 (mayo 22): Por la cual se dicta el Reglamento de

Higiene y Seguridad para la industria de la construcción.

Resolución 08321 de Agosto 4 de 1983: Normas sobre protección y

conservación de la audición, de la salud y bienestar de las personas.

Resolución 132 de enero de 1984: Normas sobre presentación de informe de

accidente de trabajo.

Decreto 614 de 1984: Crea las bases para la organización y administración de

la salud ocupacional en el país.

Resolución 02013 de junio 6 de 1986: Por la cual se reglamenta la

organización y funcionamiento de los comités, de medicina, higiene y seguridad

industrial en lugares de trabajo.

Resolución 01016 de marzo 31 de 1989: Por la cual se reglamenta la

organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional

que deben desarrollar los patrones o empleados en el país.

Resolución 13824 de octubre de 1989: Medidas de protección de salud.

Resolución 001792 de 3 de mayo de 1990: Valores límites permisibles para

la exposición ocupacional al ruido.

HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

Tiene por objeto establecer las medidas necesarias de prevención de los

accidentes y enfermedades de trabajo, tendientes a lograr que la prestación del

trabajo se desarrolle en condiciones de seguridad, higiene y medio ambiente

adecuados para los trabajadores.

Al desarrollar acciones de seguridad e higiene en el trabajo los principales

puntos a fortalecer en la instrucción de la empresa es la prevención. Los

diferentes coordinadores que tienen a su cargo transmitir normas y

conocimientos a los grupos de trabajo deben procurar motivar el respeto por las

normas con el fin corregir accidentes laborales relacionados directamente con

la seguridad y la higiene.

Prevenir riesgos asociados a las tareas diarias y rutinarias laborales habituales

es muchas veces dificultoso. Las principales dificultades se relacionan con

cambios de conducta, hábitos y costumbres. Además se debe concientizar que

para prevenir se tiene como principal guía para efectivizar las acciones, las

normas de higiene y seguridad.

DESARROLLAR E IMPLEMENTAR NORMAS

Los profesionales encargados de desarrollar e implementar normas de

seguridad en una institución deben observar en detalle las instalaciones y

procesos vigentes, antes de sugerir e instruir sobre normas de higiene y

seguridad. En primer lugar se deben conocer los edificios y sus instalaciones.

Cada sector puede tener distintos niveles de peligrosidad, por esa razón se

deberá contar con diferentes medios de protección.

Al realizar un recorrido detallado sobre las instalaciones, los expertos deben

observar y determinar los medios de protección disponibles, las carencias y las

necesidades que deben ser atendidas prioritariamente. Con posterioridad se

deben sugerir las mejoras, y corregir conductas actuales.

RECOMENDACIONES GENERALES EN SEGURIDAD INDUSTRIAL

Al seleccionar la estantería, se deberán tener en cuenta dimensiones y

capacidad de carga, se debe considerar el servicio de mantenimiento, el

tiempo de suministro de partes que deban ser sustituidas, la disponibilidad

de asistencia técnica, tiempo de garantía, así como la permanencia de la

empresa en el mercado.

Se debe contar con sistemas para detección, alarma y control de incendios,

bajo las especificaciones técnicas y legales.

Los vigilantes que permanecen de noche en las instalaciones deben ser

instruidos y entrenados en el manejo de los equipos contra incendios, así

como los procedimientos que deben seguir en caso de emergencias.

A los trabajadores que manipulen cargas, se les debe seleccionar previo

examen médico que determine sus características musculo esqueléticas y

someterlos a programas de capacitación y adiestramiento en manejo de

cargas y acondicionamiento físico.

Capacitar a todo el personal en control de emergencias, conformar brigada

y plan de emergencias y realizar simulacros periódicos.

Establecer un servicio de primeros auxilios, con medicamentos y elementos

acordes con criterio médico y asignar una persona idónea para su

aplicación.

Acondicionar un local para cambio de indumentaria provisto de casilleros

para guardar pertenencias y banca para el cambio de calzado.

Asignar un servicio sanitario completo para el personal de bodega , el cual

debe disponer de inodoro, orinal, lavamanos y ducha con agua fría y

caliente.

Para la adquisición de montacargas, se debe tener en cuenta, las

especificaciones de altura de torre, capacidad de carga a la mayor altura.

La seguridad en el almacenamiento y manipulación de cargas, depende en

buena medida de la adopción de procedimientos que garanticen su estabilidad

y facilidad de operación como medidas básicas se presentan las siguientes:

Como plataforma de sustentación, la estiba debe reunir condiciones de

resistencia, diseño y mantenimiento que la haga apta para la carga que

debe soportar.

No se utilizaran estibas con tablas rotas o podridas.

Para colocar sobre superficies de poca resistencia, como cajas de cartón,

rollos textiles etc., se emplearan estibas de doble faz.

En estibas corrientes no se cargaran con más de 700 kilos.

La altura máxima de carga sobre estiba, será de 1.5 m, a efecto de no

interceptar el campo visual del operario del montacargas.

En movilización de cargas poco estables se utilizaran elementos que las

agrupen de acuerdo con la forma, tamaño y peso, tales como; flecado,

cintas, rollos de polietileno, jaulas, cestones, contenedores, cajas, etc.

Se procurara que las cargas de mayor peso descansen sobre el piso y las

de menos en los entrepaños siguientes hasta que las más livianas queden

en los últimos entrepaños de las estanterías.

Los recipientes, tambores, bidones, tanques que contengan líquidos tóxicos,

ácidos, cáusticos, combustibles, se colocaran en niveles bajos.

Señalizar las aéreas estableciendo localización de extintores, gabinetes

contra incendios, estaciones manuales de alarma, rutas de evacuación,

precaución por paso de montacargas, uso de elementos de protección

personal, cada rack de carga estará señalizado con la carga máxima con la

que se puede cargar.

Establecer un sistema de iluminación general que garantice un nivel

homogéneo y adecuado de acuerdo a las características de

almacenamiento.