normas de convivencia unes

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  • 8/16/2019 Normas de Convivencia Unes

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    DISPOSICIONES GENERALES

    Artículo 1. Las presentes Normas de Convivencia tienen por objeto establecerel conjunto de disposiciones diriidas a reular la conducta de las estudiantes !los estudiantes" con el objetivo de lorar relaciones arm#nicas" colaborativas !cooperativas basadas en el respeto" la tolerancia ! la auto$reulaci#n en la%niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad ! sus ambientes deaprendi'aje.

    Estas Normas reir(n las acciones u omisiones )ue aun)ue reali'adas por lasestudiantes ! los estudiantes en un luar distinto a los mencionados"comprometan el buen nombre de la %niversidad.

     

    Artículo 2. Las presentes Normas de Convivencia ser(n aplicables a todas lasestudiantes ! los estudiantes de la %niversidad Nacional E&perimental de la

    Seuridad.

     

    Artículo 3. Son estudiantes de la %niversidad Nacional E&perimental de laSeuridad" a)uellas ! a)uellos )ue *a!an sido inresadas o inresadoscon+orme a los procedimientos internos de admisi#n" o a)uellas ! a)uellos )uesin *aber participado en dic*os procedimientos" cursen estudios a trav,s deconvenios suscritos entre la %niversidad ! tercera personas.

     

    Artículo 4. Se de-ne ! se entiende como disciplina voluntaria la disposici#ninterior por la cual una persona o un rupo conocen ! desean una meta ! porello" aceptan" elien o crean las normas )ue le a!udar(n a reali'ar dic*a meta"de tal manera )ue *a!a armona entre la conducta ! las normas. Es importanteno con+undir la disciplina voluntaria con ausencia de disciplina o con p,rdida deautoridad" por contrario" se trata de ejercer una autoridad )ue sirve"provocando juicios crticos" recti-caciones" a-rmaciones" orientaciones !estmulos para promover el paso desde una actitud *eter#noma o dependiente"a una actitud aut#noma moral ! de autocontrol.

     Artículo 5. La disciplina voluntaria tiene los derec*os *umanos como rela)ue la ua ! ju'a. Las normas de disciplina no deben ser valoradas !evaluadas s#lo por la e-cacia )ue nos dan para )ue una actividad lleue a lasmetas atractivas" sino tambi,n por su capacidad de *umani'ar" de vivir encom/n ! en +raternidad.

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    Artículo 6.  Las autoridades de cada Centro de 0ormaci#n aranti'ar(n losmecanismos para +ormar en la disciplina voluntaria" a objeto de )ue elcomportamiento colectivo de la comunidad universitaria dentro ! +uera delCentro de 0ormaci#n se corresponda con los -nes ! principios de la %niversidadNacional E&perimental de la Seuridad.

    Artículo 7. Los Centros de 0ormaci#n son espacios de la %niversidad NacionalE&perimental de la Seuridad" donde se desarrollan uno o m(s ProramasNacionales de 0ormaci#n conducentes a ttulos" rados o certi-caciones deestudios universitarios" vinculados a uno o m(s Campos de Conocimiento !estar(n a caro de una Directora o Director" as como otros procesos+ormativos autori'ados por la Rectora o Rector de la %niversidad. Comprendenla planta +sica ! la comunidad universitaria.

    Artículo 8. En caso de surir dudas ra'onables en la interpretaci#n oaplicaci#n de las disposiciones de las presentes Normas de Convivencia" seoptar( por a)uella interpretaci#n )ue bene-cie a las estudiantes ! losestudiantes.

     

    Artículo 9. Las estudiantes ! los estudiantes estar(n sometidos al r,imendisciplinario )ue contempla estas Normas de Convivencia durante el tiempo)ue cursen estudios en la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad"inclu!endo el periodo de pasantas en caso de contemplarse las mismas en elcorrespondiente prorama de +ormaci#n.

     

    De iual manera las estudiantes ! los estudiantes responder(n civil" penal !administrativamente por los *ec*os ilcitos o irreularidades cometidas durantesu permanencia en la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad.

     

    Las estudiantes ! los estudiantes de los Centros de 0ormaci#n especiali'ados")uedar(n sujetos a las presentes Normas de Convivencia en todo en cuanto

    sea aplicable" sin perjuicio de lo )ue estable'ca el r,imen disciplinario delrespectivo oranismo de seuridad ciudadana al cual est,n adscritos.

     

    Artículo 10. El desconocimiento por parte de las estudiantes ! los estudiantesde las presentes Normas de Convivencia" no los e&ime de su observancia"cumplimiento ! responsabilidades.

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    Artículo 11. La autoridad universitaria o competente en materia disciplinaria"al momento de imponer una sanci#n" deber( *acerlo con estricta observancia alos derec*os ! arantas constitucionales. En consecuencia" deber( actuar conimparcialidad ! justicia" sin emplear palabras injuriosas" improperios" actos deviolencia o +undado en motivos ,tnicos" reliiosos" culturales" econ#micos osociales.

     

    CAPITULO I

    DE LOS NI1ELES DE A%2ORIDAD

    Artículo 12. Son niveles de autoridad del Centro de 0ormaci#n Policial" enorden descendente3

    4. La Directora o el Director.

    5. La Coordinadora o el Coordinador" los cuales a su ve' se clasi-can en3Acad,mico" Administrativo" de Creaci#n Intelectual !1inculaci#n Social" deControl de Estudios.

    6. 7e+as o 7e+es de %nidades Curriculares.

    8. Las Docentes ! los Docentes se clasi-can en3 pro+esoras ! pro+esores"monitoras ! monitores.

    Línea de Autordad

    Artículo 13. La lnea de autoridad es el canal de comunicaci#n mediante el

    cual el escal#n superior de la dependencia" transmite sus instrucciones ein+ormaci#n de importancia a los escalones subordinados" ejerciendo por esemismo conducto" la coordinaci#n" supervisi#n ! el control de su ejecuci#n" sinmenoscabo de diriirse directamente ante cual)uiera de ellos.

    !el "r#ano $e#ular

    Artículo 14. Es el canal de comunicaci#n utili'ado por los escalonessubordinados para transmitir el proceso de cumplimiento de las instrucciones"solicitudes o re)uisiciones necesarias para aranti'ar su ejecuci#n a cabalidad.

    P%rra&o Pr'ero( Cual)uier estudiante )ue desee diriirse ante aluna de lasautoridades del Centro de 0ormaci#n sea de modo verbal o por escrito" con elobjeto de presentar aluna novedad o solicitud" deber( *acerlo a ttuloindividual" utili'ando siempre su conducto u #rano reular por intermedio de

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    la monitora o el monitor del ambiente de aprendi'aje. 9ste /ltimo elevar( antela autoridad pr#&ima ! as sucesivamente *asta la autoridad solicitada.

    P%rra&o )e#undo( Cuando e&istan situaciones )ue a+ectan al colectivo"deber(n *acer los reclamos de modo individual" especi-cando la +orma en )uelo a+ectan" no se aceptaran reclamos colectivos" a -n de +omentar laresponsabilidad personal.

    P%rra&o Tercero( La monitora o el monitor del ambiente de aprendi'aje comocual)uier otro nivel de autoridad" est(n en la obliaci#n de procesar a trav,sdel #rano reular cual)uier solicitud +ormulada por las estudiantes o losestudiantes" )uienes en todo caso tienen derec*o a recibir oportuna respuesta.

    !e la* +ontora* , +ontore*

    Artículo 15. Cada ambiente de aprendi'aje tendr( una monitora o un monitor")uienes ser(n las responsables o los responsables de velar por el cumplimiento

    de las normativas" directivas" proramas" #rdenes e instrucciones vientes porparte de los interantes de su ambiente ! servir( como primer escal#n del#rano o conducto reular ante las autoridades del Centro de 0ormaci#n.

    CAPI2%LO II

    DE LAS ES2%DIAN2ES : LOS ES2%DIAN2ES

    Artículo 16. Las estudiantes ! los estudiantes podr(n cumplir modalidades depermanencia interna !;o semi$interna como corresponda.

     

    La modalidad interna consistir( en actividades )ue e&ien la pernocta de lasestudiantes ! los estudiantes en los Centros de 0ormaci#n.

     

    La modalidad semi$interna" consistir( en a)uellas actividades )ue no re)uierenpernocta permanente en los Centros de 0ormaci#n.

     

    !e lo* !erec-o*

     

    Artículo 17. Las estudiantes ! los estudiantes tienen los siuientes derec*os3

     

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    4. Derec*o a un trato dino ! respetuoso por parte de las autoridades !comunidad universitaria.

     

    5. Derec*o a la iualdad ! a no ser vctimas de discriminaciones +undadas en la

    ra'a" se&o" ,nero" condici#n social" orientaci#n poltica" o a)uellas )ue eneneral" tenan por objeto o por resultado anular o menoscabar elreconocimiento" oce o ejercicio en condiciones de iualdad" de los derec*os !libertades de toda persona.

     

    6. Derec*o a recibir asistencia m,dica$odontol#ica interal" orientaci#npsicol#ica ! jurdica.

     

    8. Derec*o a recibir educaci#n continua ! de calidad" para su +ormaci#npersonal ! pro+esional.

     

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    4. Derec*o a conocer su respectivo orden de m,rito.

     

    44. Derec*o de in+ormar a las autoridades universitarias" las +allas" omisiones ode-ciencias observadas en el +uncionamiento de las (reas docentes !

    administrativas. Este in+orme deber( ser mediante una e&posici#n ra'onada !respetuosa del problema" a trav,s de su respectivo #rano reular.

     

    45. Derec*o a recibir oportuna ! adecuada respuesta ante cual)uier petici#n osolicitud +ormulada.

     

    46. Derec*o a ser evaluado acad,micamente de manera objetiva as comosolicitar la revisi#n de las evaluaciones reali'adas.

     

    48. Derec*o a recibir una dotaci#n b(sica de prendas de vestir !;oimplementos de estudio" para lo cual se levantar( un acta por parte de la%niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad como parte de *abersecumplido con este derec*o.

     

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    6. Responder a la orden a cual)uier solicitud o llamado.

    8. Observar en toda actuaci#n un trato correcto ! esmerado en sus relacionescon todas las personas.

     

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    por las autoridades universitarias" pro+esoras ! pro+esores" monitoras !monitores" empleadas ! empleados" estudiantes ! ciudadana en eneral.

     

    48. Demostrar con sus acciones" conservaci#n ! cuidado por los bienes

    materiales de la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad" los cualesproteer(n con sentido de pertenencia.

     

    4

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    Artículo 19. Las estudiantes ! los estudiantes deber(n esperar a la pro+esora"al pro+esor" a la monitora o monitor" en el ambiente o en los espacios deaprendi'aje.

     

    Artículo 20. Las estudiantes ! los estudiantes deber(n ponerse de pie almomento de intercambiar o emitir opiniones con las personas )ue participanen la actividad" de ser necesario identi-carse.

     

    Artículo 21. Las estudiantes ! los estudiantes no podr(n consumir bebidas oalimentos dentro de los ambientes de aprendi'aje sin autori'aci#n.

     

    Artículo 22. Las estudiantes ! los estudiantes al *acer uso del uni+ormedeber(n abstenerse de +umar e inerir bebidas alco*#licas.

     

    Artículo 23. Las estudiantes ! los estudiantes no podr(n permanecer +uera delos ambientes ! espacios de aprendi'aje" en *oras de clase sin autori'aci#n opermiso por parte de la autoridad correspondiente.

     

    Artículo 24. Las estudiantes ! los estudiantes no podr(n inresar a los

    ambientes" espacios o actividades" sino portan el respectivo uni+orme ! carnet.

     

    De iual modo no podr(n portar armas de +ueo durante su permanencia en la%niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad salvo cuando se trate de lareali'aci#n de las pr(cticas acad,micas en la materia.

     

    CAPI2%LO I1

    DEL R9GIEN DE ASIS2ENCIAS : LOS PERISOS

    Artículo 25. La asistencia a clase es obliatoria. Las estudiantes ! losestudiantes se considerar(n ausentes a la actividad proramada sino seencontrasen presentes al momento de pasar la lista correspondiente.

    +o'ento* de la A**tenca

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    Artículo 26. El r,imen de asistencias tendr( dos momentos3

     

    4. La asistencia inicial diaria" la cual es responsabilidad de la monitora omonitor.

     

    5. En cada actividad acad,mica" bajo la responsabilidad de la pro+esora opro+esor responsable de la actividad proramada.

     

    En ambos casos deber(n consinar la in+ormaci#n a la Coordinaci#n de Controlde Estudios.

    Artículo 27. Las inasistencias son justi-cadas o injusti-cadas. En caso de las

    inasistencias justi-cadas" la estudiante o el estudiante deber(n presentar elcorrespondiente justi-cativo en un lapso no ma!or de dos H5 das continuossiuientes a la inasistencia. En caso de no *acerlo" dic*a +alta se le considerar(como injusti-cada.

     

    La suma de las inasistencias injusti-cadas al alcan'ar el 4J por %nidadCurricular" ser( causa su-ciente para )ue la estudiante o el estudiante seallevado a Consejo Disciplinario.

     

    Si las inasistencias son justi-cadas" la estudiante o el estudiante deber(recuperar las mismas mediante un r,imen especial )ue determine laautoridad competente del Centro de 0ormaci#n.

    !e lo* Per'*o*

    Artículo 28. Las estudiantes ! los estudiantes no podr(n abandonar elambiente o los espacios de aprendi'aje" ni el Centro de 0ormaci#n" en loscuales se reali'a aluna actividad" salvo previa autori'aci#n de la docente o eldocente en casos de emerencia.

     

    Artículo 29. En caso de reali'arse actividades especiales +uera del Centro de0ormaci#n" iualmente las estudiantes ! los estudiantes deber(n solicitar elpermiso para retirarse.

     

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    CAPI2%LO 1

    DEL %SO CORREC2O DEL %NI0ORE" PRENDAS : DO2ACIONES

    !el U*o de lo* Un&or'e*

    Artículo 30. Las estudiantes ! los estudiantes" durante el periodo de estudios"en todo momento deben *acer uso e&clusivo del uni+orme establecido por la%niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad e implementos dotadospara su identi-caci#n durante el proceso de +ormaci#n" de acuerdo con losproramas plani-cados.

     

    Artículo 31. El uso de los in+ormes es unipersonal" +undamentado en preservarla imaen ! buen nombre de la instituci#n. Las estudiantes ! los estudiantes entodo momento evitar(n proporcionar a personas ajenas a la %niversidad

    Nacional E&perimental de la Seuridad las prendas ! dotaciones identi-cadascon la simboloa de la %niversidad" en caso de p,rdida" e&travo o deterioro delas prendas o dotaciones las estudiantes ! los estudiantes deber(n reportarante su monitora o monitor de ambiente de manera inmediata" verbal ! porescrito.

     

    Artículo 32.  Las estudiantes ! los estudiantes deber(n mantener en buenestado las prendas" e)uipos ! materiales proporcionados" por lo )ue no podr(nmodi-car" daFar o descuidar premeditadamente dic*as prendas durante el

    periodo de +ormaci#n.

     

    Artículo 33. Al *acer uso del uni+orme" las estudiantes ! los estudiantesdeber(n mantener un comportamiento ciudadano ejemplar" amable ! tolerantecomo muestra del espritu )ue identi-ca esta casa de estudios.

     

    Artículo 34. Los uni+ormes )ue identi-can a las estudiantes ! los estudiantesde la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad son los siuientes3

     

    4. %n %ni+orme Deportivo )ue Consta de3 ono de color a'ul" c*a)ueta a'ul"+ranela de color blanco" +ranelilla de color blanco" medias de color nero o a'uloscuro" 'apatos deportivos de color a'ul oscuro o nero.

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    5. %n In+orme Diario )ue Consta de3 camisa de color blanco" +ranela de colorblanco" correa de *ilo de color nero con *ebilla de pl(stico" pantal#n de vestira'ul" orra de color a'ul identi-cada con el loo de la %niversidad NacionalE&perimental de la Seuridad" medias de color a'ul oscuro o nero" botas o'apatos de vestir de color nero.

    Artículo 35. Para la participaci#n en las di+erentes actividades proramadaspor la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad" las estudiantes ! losestudiantes usar(n el uni+orme de acuerdo con las siuientes actividades3

     

    4. El %ni+orme Diario3 Actividades acad,micas en los ambientes" orden !despla'amiento" actividades de campo" uso de la +uer'a potencialmentemortal" uso proresivo ! di+erenciado de la +uer'a" visitas a otras instituciones"salvo )ue motiv# sea para intercambio deportivo.

    5. El %ni+orme de Deporte3 Educaci#n +sica" actividades recreativas )ue as lore)uieran e intercambios deportivos.

     

    Artículo 36. Las estudiantes ! los estudiantes deber(n usar la camisa o+ranela por dentro del pantal#n" de acuerdo con la buena presentaci#n.

     

    Artículo 37. Las estudiantes ! los estudiantes" usar(n la orra de +ormacorrecta" usando la visera a nivel de la sien.

     

    Artículo 38. Para la identi-caci#n" las estudiantes ! los estudiantes usar(n entodo momento el carnet e&pedido por la %niversidad Nacional E&perimental dela Seuridad" de +orma visible a nivel del t#ra&.

     

    En caso de p,rdida" e&travo o deterioro del carnet" la estudiante o elestudiante deber( reponer mismo mediante el pao de su valor.

     

    Artículo 39. Las estudiantes ! los estudiantes mantendr(n el aseo" la *iiene! la imaen personal acorde a la investidura )ue representan" la cual secaracteri'a por3

     

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    4. Las estudiantes" en caso de tener el cabello laro" lo mantendr(n recoidoen un moFo" modelo cebolla con copa de color nero. Los estudiantesmantendr(n el cabello corto tipo deradado.

     

    5. Las estudiantes" en caso de usar ma)uillaje" debe ser moderado.

     

    6. Los estudiantes en todo momento deben presentarse rasurados en la 'onade la cara Hbarba ! biote para preservar la uni+ormidad ! est,ticaestablecida.

     

    8. Las estudiantes ! los estudiantes en todo momento deber(n mantener lasuFas cortas ! limpias.

     

    . El uso de bolso" morral !;o Koala se permitir( de color nero o a'ul oscuro"unicolor.

     

    ?. El uso del porta carnet ser( de color nero o a'ul.

     

    Artículo 40. Durante el proceso de +ormaci#n" las estudiantes ! losestudiantes evitar(n el uso de prendas tales como3 pulseras" cadenas"esclavas" 'arcillos laros o estramb#ticos" piercins" anillos" muFe)uerasdecorativas" cintillos" llaveros u otras )ue impidan el desenvolvimiento de

    dic*as actividades o )ue resultaren contradictorios al uso del uni+ormeestablecido.

     

    !e la* !otacone*

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    Artículo 41. Al recibir las dotaciones )ue otora la %niversidad NacionalE&perimental de la Seuridad" las estudiantes ! los estudiantes deber(npersonali'ar cada prenda de manera discreta" en un luar no visible.

     

    Artículo 42. Las estudiantes ! los estudiantes al momento de su retiro delproceso de +ormaci#n" sea por voluntad propia o por retiro deber(n entreartodas las prendas ! materiales )ue les *a!a suministrado la %niversidadNacional E&perimental de la Seuridad" mediante un acta de entrea"especi-cando cantidad ! estado de la dotaci#n" )ue reali'ar( ante su monitorao monitor de ambiente.

     

    Artículo 43. El incumplimiento a las disposiciones contenidas en el presentecaptulo" ser(n consideradas para la aplicaci#n de la medida de Asistencia

    Obliatoria de acuerdo con lo establecido en las presentes Normas deConvivencia.

    CAPI2%LO 1I

    DE LOS RGANOS DE PAR2ICIPACIN PARA LAS ES2%DIAN2ES : LOSES2%DIAN2ES

     

    !el Con*e/o *tudantl

    Artículo 44. El Consejo Estudiantil es un #rano de participaci#n de lasestudiantes ! los estudiantes representado por las deleadas o los deleadosde ambiente )uienes presentan al Consejo Directivo del Centro de 0ormaci#n"opiniones e in)uietudes )ue permitan enerar planes ! propuestas paraalcan'ar la calidad del proceso educativo.

     

    Artículo 45. La deleada o el deleado" es la estudiante o el estudiante )ue seencara de representar a su ambiente en los Consejos Estudiantiles )ue serealicen en el Centro de 0ormaci#n" as como ser vocera o vocero de sus

    compaFeras ! compaFeros" en las peticiones" in)uietudes ! suerenciasplanteadas ante el Consejo Directivo" )ue permitan el mejor desarrollo delproceso +ormativo.

     

    Artículo 46. La deleada o el deleado" ser( eleida o eleido por elecci#npopular" para un lapso no ma!or a seis H= meses" pudiendo ser reelecta o

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    reelecto por el mismo periodo de tiempo" por elecci#n popular a trav,s del votosecreto de sus compaFeras o compaFeros" en un acto presenciado por lamonitora o monitor responsable del ambiente.

     

    Artículo 47. Para ser deleada o deleado se re)uiere )ue la estudiante o elestudiante se postule o sea postulada o postulado por sus compaFeras !compaFeros de ambiente.

     

    uncone* del !ele#ado

    Artículo 48. Las +unciones de la deleada o deleado son3

     

    4. 1elar por el dis+rute de los derec*os de las estudiantes ! los estudiantes.

     

    5. Ser vocera o vocero de las suerencias" in)uietudes de las estudiantes ! losestudiantes ante el Consejo Directivo.

     

    6. Participar en los Consejos Estudiantiles.

     

    8. antener in+ormadas e in+ormados a sus compaFeras ! compaFeros de lospuntos tratados en los Consejos Estudiantiles celebrados.

     

    . Elaborar propuestas )ue contribu!an a mejorar los servicios estudiantiles.

     

    ?. Comunicar a la monitora o monitor la asistencia de las estudiantes o losestudiantes ! de las docentes ! los docentes" correspondientes a su ambienteo espacio de aprendi'aje.

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    !e la $eocacn de la !ele#ada o !ele#ado

    Artículo 49. La deleada o deleado podr( ser revocado en los siuientescasos3

    4. Por decisi#n de la ma!ora de las estudiantes ! los estudiantes de suambiente o espacio de aprendi'aje.

     

    5. Por decisi#n del Consejo Disciplinario.

    6. Maber sido impuesto de dos H5 medidas de Asistencia Obliatoria o tres H61oluntaria.

     

    8. Por bajo rendimiento acad,mico.

     

    P%rra&o nco( %na ve' revocada la deleada o el deleado" se proceder( areali'ar la elecci#n de acuerdo a lo previsto con las presentes Normas deConvivencia.

     

    !e la $enunca de la !ele#ada o !ele#ado

    Artículo 50. La deleada o deleado podr( renunciar siempre )ue in+orme porescrito los motivos para tal -n.

     

    Artículo 51. %na ve' recibida la renuncia de la deleada o el deleado" seproceder( a reali'ar la elecci#n de acuerdo a lo previsto con las presentesNormas de Convivencia.

     

    !e la *tructura Or#anata de lo* A'ente*

    Artículo 52. El ambiente o espacio de aprendi'aje" estar( con+ormado porcuatro H8 escuadras de nueve H@ estudiantes cada una.

     

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    Artículo 53. La monitora o monitor de ambiente" desinar( peri#dicamente auna H4 je+a o je+e de cada escuadra" a los -nes de aranti'ar )ue todas ! todoslos estudiantes cumplan con esa +unci#n para velar por el cumplimiento de lasNormas de Convivencia ! mantener el orden de sus compaFeras ! compaFeros.

     

    !e la* uncone* de la e&a o e&e de *cuadra

    Artículo 54. Las +unciones de la je+a o je+e de escuadra son3

    4. 1elar por el orden" puntualidad" ! la buena presencia de las estudiantes ! losestudiantes )ue con+orman su escuadra.

     

    5. Diriir ! acompaFar los traslados de su escuadra.

     

    6. Noti-car de +orma directa ! a trav,s del #rano reular las novedades )ue sesusciten con su escuadra.

     

    8. Solicitar la aplicaci#n de medidas correctivas ante su monitora o monitor deambiente" si +uese necesario.

     

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    DE LA S%PER1ISIN CON2INA : REG%LAR

    )uer*n Contna , $e#ular

    Artículo 55. La %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridaddesarrollar( un sistema de supervisi#n contin/a ! reular de las estudiantes !

    los estudiantes )ue permita reali'ar seuimiento ! acompaFamiento en elcumplimiento de sus deberes ! obliaciones e intervenir en +orma temprana"oportuna ! e+ectiva" a -n de correir a)uellas situaciones neativas o +ortalecerlos aspectos positivos vinculados a su desempeFo.

    +edda* de Interencn Correccn , *tí'ulo

    Artículo 56. Las medidas )ue sean adoptadas se orientar(n por los principiosde ponderaci#n" proporcionalidad" reentrenamiento" la entidad de lasde-ciencias ! +altas ! las perspectivas de correcci#n.

     

    La ponderaci#n implica la consideraci#n de todas las circunstancias del *ec*o"de modo )ue e&ista una relaci#n l#ica entre el alcance de la medida ! elobjetivo a lorar.

     

    La proporcionalidad implica un e)uilibrio entre la manitud de la medida ! laentidad de la +alta" de modo )ue +altas sean tratadas con medidase)uivalentes.

     

    El reentrenamiento implica )ue el objetivo de la medida es obtener un cambiopositivo observable en las destre'as" *abilidades ! disciplina de las estudiantes! los estudiantes" a trav,s de un aprendi'aje supervisado.

     

    Artículo 57.  La adecuaci#n implica la individuali'aci#n de las medidas decorrecci#n en +unci#n de las +altas establecidas en las presentes normas deconvivencia.

     

    El estmulo implica re+or'ar las aptitudes" actitudes e iniciativas positivas en lasestudiantes ! las estudiantes" orientadas a +omentar los valores" pr(cticas"acciones relevantes !;o sobresalientes.

     

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    !e lo* $econoc'ento*

    Artículo 58. Las autoridades de los Centros de 0ormaci#n promover(nreconocimientos a las estudiantes ! los estudiantes m(s destacados en elcumplimiento de sus deberes" estimulando el sentido de dinidad" apeo !compromiso con los principios de la %niversidad Nacional E&perimental de laSeuridad" la respuesta a las necesidades )ue se presenten ! en eneral" lacontribuci#n al desarrollo de buenas pr(cticas. Por lo tanto" se *ar( distinci#n alos actos *eroicos ! destacados en bene-cio de la colectividad" de con+ormidadcon los relamentos ! resoluciones )ue se dicten para tal -n.

    !e la )uer*n Contnua e Interencn Te'rana

    Artículo 59. La %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad" a trav,sde la Coordinaci#n Acad,mica" aplicar( un protocolo de supervisi#n continua eintervenci#n temprana )ue permita determinar" a trav,s de las monitoras! monitores de ambientes de aprendi'ajes directos de las estudiantes ! losestudiantes" el reporte pormenori'ado del desempeFo ! cumplimiento de lasnormas" manuales" protocolos" instructivos ! #rdenes letimas.

     

    P%rra&o nco( Las docentes ! los docentes aplicar(n las medidas deasistencia voluntaria u obliatoria ! reconocimientos" de acuerdo a loestablecido en los relamentos dictados por esta %niversidad. En los casos deaplicaci#n de aluna de estas medidas o reconocimientos las docentes ! losdocentes in+ormaran a la monitora o monitor responsable por escrito lasdecisiones ! las medidas tomadas para su debido reistro.

     

    !e la A**tenca :oluntara

    Artículo 60. La medida de Asistencia 1oluntaria consiste en el sometimientoconsentido de las estudiantes ! los estudiantes a un prorama corto desupervisi#n intensiva ! reentrenamiento en el (rea a )ue corresponda la +altadetectada. Este prorama podr( estar a caro de las docentes o los docentes !tendr( una duraci#n )ue no e&ceder( de media H4;5 *ora.

    Cau*ale*Artículo 61. Son causales de aplicaci#n de la medida de Asistencia 1oluntariaa las estudiantes ! los estudiantes las siuientes3

     

    4. Descuido en su presentaci#n personal.

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    5. No portar la identi-caci#n relamentaria ! documentos personales.

    6. No cumplir con las normas establecidas por los servicios estudiantiles" talescomo3 biblioteca" laboratorios" /tiles deportivos" a!udas de instrucci#n" entreotros.

    8. 2rasladar materiales o mobiliarios de un recinto a otro" dentro del Centro de0ormaci#n sin la debida autori'aci#n.

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    supervisi#n intensivo ! reentrenamiento en el (rea a )ue corresponda la +altadetectada.

     

    Este prorama podr( estar a caro de las docentes o los docentes ! tendr( una

    duraci#n de una H4 *ora.

     

    Artículo 64. Son causales de aplicaci#n de la medida de Asistencia Obliatoriaa las estudiantes ! los estudiantes las siuientes3

     

    4. Llear retardada o retardado sin justo motivo a cual)uier actividadproramada.

    5. Entrar o circular por sitios e&presamente pro*ibidos o restrinidos.

    6. No utili'ar el conducto u #rano reular para cual)uier solicitud o reclamo.

    8. 0alta de adopci#n" cumplimiento o in+orme sobre el prorama de Asistencia1oluntaria )ue se *ubiere recomendado a lasestudiantes ! los estudiantes.

    . Observar una conducta desordenada durante las actividades acad,micas.

    ?. Inresar o estacionar ve*culos en (reas pro*ibidas o restrinidas.

    @. Inobservancia de las normas de tr(nsito ! transporte terrestre.

    4. %tili'ar vocabulario soe' ! estos obscenos.

    44. No noti-car de manera inmediata el retardo o la inasistencia a lasactividades acad,micas.

    45. No presentar la debida justi-caci#n por escrito de la inasistencia" comoest( establecido en el artculo 5> de las presentes Normas de Convivencia.

    46. No cumplir con lo establecido en el Captulo 1 de las presentes Normas deConvivencia relativo al %so Correcto del %ni+orme" Prendas ! Dotaciones.

    48. Demostrar neliencia e inobservancia en el cumplimiento de una orden oinstrucci#n letima.

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    Pro#ra'a* de )uer*n Inten*a

    Alcada a lo* Cau*ale* de A**tenca* Ol#atora

    Artículo 65. Los proramas de supervisi#n intensiva aplicada a los causales deAsistencia Obliatoria consistir(n en los siuientes3

     

    4. Amonestaci#n escrita.

    5. Presentaci#n de trabajo escrito ! e&posici#n oral de su ree&i#n ante suscompaFeras ! compaFeros" la cual propender( a educar ! orientar a lasestudiantes o los estudiantes sobre la +alta cometida" con una H4 *ora deduraci#n ! pertinente a la unidad curricular donde se *alla detectado la +alta uomisi#n.

    6. Reentrenamiento u acompaFamiento intensivo )ue propender( a reorientarlas +altas cometidas" con una H4 *ora de duraci#n ! pertinente a la unidadcurricular.

    8. Actividades de mantenimiento o conservaci#n de las instalaciones +sicas.

    La +alta ! correcci#n impuesta )uedar( reistrada en el *istorial personal dela estudiante o el estudiante supervisado ! asistido.

     

    Proced'ento ara la Alcacn de +edda*

    Artículo 66. La O-cina de Control ! Disciplina adscrita a la Coordinaci#nAcad,mica" una ve' revisada la documentaci#n acopiada" despu,s de in+ormar! or a la estudiante o el estudiante involucrado sobre los aleatos )ue estimepertinentes" adoptar( la decisi#n correspondiente" le noti-car( sobre lasmedidas de asistencia voluntaria u obliatoria a )ue *ubiere luar" decon+ormidad con este relamento.

    La decisi#n podr( ser recurrida s#lo a trav,s de in+orme por escrito ante la je+ao je+e de la unidad curricular.

     

    CAPI2%LO 1III

    DE LA O0ICINA DE CON2ROL : DISCIPLINA

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    Artículo 67. La O-cina de Control ! Disciplina est( con+ormada por monitoras! monitores desinados por la responsable o el responsable de monitores ! seencuentra adscrita a la Coordinaci#n Acad,mica" tiene por objeto iniciar"controlar" instruir" reistrar e investiar todas a)uellas situaciones de lascuales tena conocimiento !a sea por o-cio o por denuncia oral o escrita"

    debiendo in+ormar de todo lo )ue se *aa a la responsable o el responsable demonitores ! ,ste a su ve' remitir( la in+ormaci#n a la Coordinaci#n Acad,mica.

     

    La O-cina de Control ! Disciplina est( constituida por3

    4. La Responsable o el Responsable de la O-cina de Control ! Disciplina.

    5. onitoras o onitores de instrucci#n.

     

    uncone* de la O;cna de Control , !*clna

    Artículo 68. La O-cina de Control ! Disciplina tendr( las siuientes +unciones3

    4. Asesorar a la responsable o el responsable de monitores sobre los temas deinstrucci#n ! control donde se estable'can responsabilidades a las estudiantes! los estudiantes por la comisi#n de causales de retiro.

    5. Iniciar el procedimiento de investiaci#n de a)uellas acciones u omisionescometidas por las estudiantes ! los estudiantes )ue incurran en causales deretiro.

    6. Instruir ! recabar la in+ormaci#n sobre el caso en particular !a sea de partede cual)uier autoridad )ue *aa vida en la universidad !;o de terceros )uetenan relaci#n directa con el caso a decidir.

    8. Noti-car por escrito a los interantes del Consejo Disciplinario.

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    !el Inco de la Ine*t#acn

    Artículo 69. La investiaci#n se inicia3

     

    4. De O-cio.

    5. Por denuncia oral o escrita ante la O-cina de Control ! Disciplina por partede a)uella o a)uel )ue tena conocimiento de la comisi#n de aluna +altacometida por la estudiante o el estudiante.

    CAPI2%LO I

    DEL R9GIEN DISCIPLINARIO

    Prnco* $ectore*

    !edo Proce*o

    Artículo 70. Las estudiantes ! los estudiantes ser(n sancionados con+orme alo previsto en estas Normas de Convivencia. De iual modo deber( velarse porel cumplimiento de los derec*os ! arantas del debido proceso previsto en laConstituci#n de la Rep/blica Bolivariana de 1ene'uela.

    Pre*uncn de Inocenca

     

    Artículo 71. 2oda o todo estudiante se presume inocente" *asta tanto no se

    demuestre la responsabilidad. En caso de e&istir duda ra'onable sobre lacomisi#n del supuesto de *ec*o )ue oriina la sanci#n" se decidir( a +avor dela o el estudiante.

     

    Prnco de Le#aldad

     

    Artículo 72. Nin/n estudiante podr( ser sancionado por actos u omisiones)ue no apare'can seFalados como tales" en las presentes Normas deConvivencia.

     

    Asimismo" el procedimiento para sancionar tales *ec*os ser( el previsto en elpresente instrumento normativo. El mismo ser( e-ca'" transparente" breve"oral ! sin dilaciones indebidas.

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    Artículo 77. De toda sanci#n -rme deber( noti-carse +ormalmente a laSecretara de la %niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad" a los -nesde su inclusi#n en el e&pediente de la estudiante o el estudiante.

     

    +an&e*tacn de !*clna

     

    Artículo 78. Las mani+estaciones de disciplina son3

    4. Correcci#n en las actitudes.

    5. Disposici#n oportuna ! e-ciente del cumplimiento de las #rdenes letimasrecibidas.

    6. 0iel observancia ! cumplimiento de las normas ! disposiciones

    relamentarias.

    8. Ejercicio pr(ctico de la Disciplina 1oluntaria.

    Artículo 79. El retiro de las estudiantes ! los estudiantes de la %niversidadNacional E&perimental de la Seuridad" proceder( en los siuientes casos3

     

    4. Renuncia de la estudiante o el estudiante.

    5. Estar sometido a cual)uier proceso penal" civil o administrativo.

    6. En+ermedad o discapacidad +sica" psicol#ica parcial" total" temporal opermanente.

    8. Baja acad,mica.

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    Artículo 81. Son causales de aplicaci#n de la medida de retiro las siuientes3

    4. 0alsear la verdad para eludir el cumplimiento de sus obliaciones con elCentro de 0ormaci#n.

    5. Presentarse a las actividades acad,micas bajo los e+ectos de bebidas

    alco*#licas o sustancias pro*ibidas.

    6. Provocar peticiones o reclamos colectivos a las autoridades del Centro de0ormaci#n contraviniendo las normas establecidas al e+ecto.

    8. Acosar u *ostiar se&ualmente a cual)uier persona.

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    4=. Cometer irreularidades )ue atenten contra la ,tica" valide' ! buenamarc*a de los procesos acad,micos !;o administrativos.

    4>. Macer declaraciones a los medios de comunicaci#n social sobre la%niversidad Nacional E&perimental de la Seuridad" sin estar previamenteautori'ado por la Direcci#n del Centro de 0ormaci#n.

    4?. Introducir" +acilitar" tener o consumir bebidas alco*#licas" droas !;osustancias pro*ibidas.

    4@. ReFir o demostrar una conducta aresiva *acia cual)uier persona sea o nomiembro de la comunidad universitaria.

    5. Descr,dito p/blico de cual)uier miembro de la comunidad universitaria.

    54. Amena'a o intimidaci#n directa o a trav,s de terceras personas.

    55. Simular *ec*os punibles establecidos en el ordenamiento jurdico paraevadir su responsabilidad.

    56. Coaccionar o amedrentar a cual)uier miembro de la comunidaduniversitaria para cometer aluna +alta en contra de los principios de esta%niversidad.

    58. Di+undir noticias )ue den luar a alarmas injusti-cadas.

    5. Cual)uier otra circunstancia prevista en los actos normativos dictados porla autoridad competente antes de la comisi#n del *ec*o constitutivo comocausal de retiro.

    &ecto* del $etro

    Artículo 82. El retiro acordado" una ve' -rme la decisi#n tomada por elConsejo Disciplinario del Centro de 0ormaci#n" ser( noti-cada al estudiantemediante acto motivado a trav,s de su #rano reular" )uien coordinar( laentrea material de documentos de identidad" uni+ormes" materiales o e)uiposasinados ante la Coordinaci#n Administrativa" adem(s dic*a medida sepublicar( en la Orden del Da.

     

    Artículo 83. En caso )ue el inisterio P/blico *ubiere iniciado unainvestiaci#n de la estudiante o el estudiante por la comisi#n de un delito" la

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    Directora o Director del Centro de 0ormaci#n" proceder( a suspender delproceso de +ormaci#n al estudiante involucrado.

     

    Artículo 84. La Coordinaci#n de Control de Estudios" llevar( sistemati'ado los

    reistros de las +altas cometidas ! de las sanciones aplicadas a los -nes decon+ormar estadsticamente una doctrina disciplinaria.

     

    !el nco del roced'ento

    Artículo 85. Si como consecuencia del seuimiento" reistro ! supervisi#n seevidencia alunos de los supuestos )ue amerite el retiro de la estudiante o elestudiante" se ordenar( el inicio" la instrucci#n ! sustanciaci#n de lainvestiaci#n por parte de la O-cina de Control ! Disciplina" ! corresponder( al

    Consejo Disciplinario la revisi#n ! decisi#n del caso.

     

    La renuncia o abandono del curso por parte del estudiante presuntamenteincurso en una causal de retiro no suspende ni termina el tr(mite de losprocedimientos administrativos diriidos a establecer la responsabilidaddisciplinaria.

     

    Artículo 86. La iniciaci#n del procedimiento ser( ordenada por la O-cina de

    Control ! Disciplina. Dic*a orden contendr( las siuientes menciones3

     

    4. Descripci#n sucinta de los *ec*os )ue se atribu!en al estudiante ! de lasnormas invocadas.

    5. La e&presi#n del lapso para la promoci#n ! evacuaci#n de pruebas por partede la estudiante o el estudiante" el cual no podr( ser in+erior a dos H5 dascontinuos ni ma!or de siete H> das continuos lueo de *aber sido noti-cada onoti-cado.

    P%rra&o r'ero( Podr( acordarse" de o-cio o a solicitud de la estudiante o elestudiante" una pr#rroa de *asta cinco H

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    Artículo 87. La orden de inicio de la investiaci#n se noti-car( personalmentea la estudiante o el estudiante" ! se dejar( constancia mediante copia )ue seinsertar( en el e&pediente respectivo.

     

    En caso de )ue la estudiante o el estudiante se re*usare a -rmar lanoti-caci#n" la monitora o monitor dejar( constancia escrita de la situaci#n !se dar( por noti-cada o noti-cado mediante dos H5 testios.

     

    !erec-o a $e*n , Coa del >edente

    Artículo 88. La estudiante o el estudiante podr( en todo momento e&aminar"leer ! copiar cual)uier documento contenido en el e&pediente.

    CAPI2%LO

    DEL CONSE7O DISCIPLINARIO

     

    Con&or'acn

    Artículo 89. El Consejo Disciplinario est( con+ormado por las siuientesautoridades3

    4. Coordinador o Coordinadora Acad,mico.

    5. Coordinador o Coordinadora Administrativo.

    6. Coordinador o Coordinadora de 1inculaci#n Social ! Creaci#n Intelectual

     

    En caso de ser necesario" los miembros del Consejo Disciplinario podr(nsolicitar la presencia de e&pertos o e&pertas" o pro+esionales de distintas (reas")uienes tendr(n vo' pero no voto.

    Atrucone* del Con*e/o !*clnaro

    Artículo 90. El Consejo Disciplinario tiene las siuientes atribuciones3

    4. Conocer ! decidir los procedimientos disciplinarios )ue se sian a lasestudiantes ! los estudiantes de la %niversidad Nacional E&perimental de laSeuridad" de la comisi#n de +altas )ue con+orman las causales de retirosujetas a sanci#n de con+ormidad con las presentes Normas de Convivencia.

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    5. Dejar constancia en acta de las decisiones ! recomendaciones tomadas"indic(ndose si *a! votos salvados.

    6. Ordenar a la O-cina de Control ! Disciplina )ue investiue sobre las +altas !otros elementos recurrentes de inter,s )ue posibiliten evaluar las causas !condiciones )ue las +omentan.

    8. Llevar el reistro de las decisiones del Consejo Disciplinario.

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    El Consejo Disciplinario podr( +ormular las preuntas )ue considerennecesarias para un mejor entendimiento o percepci#n de los *ec*os.

     

    Artículo 94. La audiencia solo podr( ser presenciada por los interantes de la

    comunidad universitaria salvo )ue por ra'ones justi-cadas" la misma debacelebrarse a puertas cerradas.

     

    Artículo 95. Concluida la audiencia" las interantes o los interantes delConsejo Disciplinario pasar(n a deliberar en sesi#n secreta.

     

    Artículo 96. %na ve' reali'ada la deliberaci#n" el Consejo Disciplinario deber(redactar la decisi#n correspondiente para lueo constituirse nuevamente enaudiencia ! proceder a la lectura ntera de lo decidido. 

    La lectura valdr( en todo caso como noti-caci#n.

     

    Artículo 97. La decisi#n deber( contener3

     

    4. La menci#n de la +ec*a en )ue se dicta la decisi#n.

     

    5. Los datos de identidad de la estudiante o el estudiante.

     

    6. La enunciaci#n de los *ec*os ! circunstancias )ue *a!an sido objeto de laaudiencia.

     

    8. La determinaci#n precisa ! circunstanciada de los *ec*os )ue el ConsejoDisciplinario estime acreditados.

     

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    El Consejo Disciplinario o el Director del Centro de 0ormaci#n" podr( acordar deo-cio o a petici#n de parte" la suspensi#n de los e+ectos de la decisi#n )ueordena el retiro de la estudiante o el estudiante.

     

    !I)PO)ICI"< !$O=ATO$IA

    Artículo 102. Quedar deroadas todas las disposiciones contenidas eninstrumentos normativos )ue reulen lo preceptuado en las presentes Normasde Convivencia ! )ue *a!an sido dictadas con anterioridad.

    !I)PO)ICIO