normas de convivencia, organización y...
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PROYECTO EDUCATIVO
C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
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INDICE
A) IDENTIFICACIÓN EXPLÍCITA DE LOS PRINCIPIOS RECOGIDOS EN EL
PROYECTO EDUCATIVO EN LOS QUE SE INSPIRAN. .................................................. 5
CARTA DE CONVIVENCIA ............................................................................................. 5
B) LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA: ÓRGANOS DE GOBIERNO, PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN
DOCENTE. Con especial relevancia a aquellos derivados de la normativa de desarrollo de
la Ley 3/2012, de Autoridad del Profesorado. ......................................................................... 8
El Equipo Directivo ............................................................................................................. 8
Competencias del Director ............................................................................................... 8
Selección, nombramiento y cese del Director ................................................................ 10
Consejo Escolar ................................................................................................................. 11
Composición .................................................................................................................. 12
Funcionamiento.............................................................................................................. 13
Comisiones ..................................................................................................................... 13
Claustro de Profesores/as ................................................................................................... 15
Funcionamiento.............................................................................................................. 16
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO..................................... 17
Comisión de Coordinación Pedagógica ......................................................................... 17
Equipo de Nivel ............................................................................................................. 18
Equipo de orientación y apoyo ...................................................................................... 19
Tutorías .......................................................................................................................... 19
Otras funciones de coordinación y responsables de funciones específicas. .................. 21
Coordinador de Formación ............................................................................................ 22
Responsable de actividades complementarias y extracurriculares ................................ 23
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA .................................................................................................................... 24
PROFESORADO ........................................................................................................... 24
PADRES ........................................................................................................................ 29
ALUMNADO ................................................................................................................ 33
OTRAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO......................................... 39
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ............................................... 43
C) PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN
QUE HA DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA DE TODA LA
COMUNIDAD EDUCATIVA. ............................................................................................. 45
En cuanto a su elaboración ................................................................................................ 45
En cuanto a su aplicación y revisión .................................................................................. 45
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D) LA COMPOSICÓN Y PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS
COMPONENTES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR 47
Comisión de Convivencia. ................................................................................................. 47
E) PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR .. 48
Antecedentes ...................................................................................................................... 48
Constitución de la Comisión de acoso escolar ................................................................... 50
Medidas inmediatas a adoptar por el centro educativo ...................................................... 50
Elaboración del Plan de actuación (Anexo V) ................................................................... 51
F) LOS CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN
INCORPORAR LAS NORMAS DE CONVIVENCIA,ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS, ASÍ COMO EL PROCEDIMIENTO DE
ELABORACIÓN Y LOS RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN.................................. 53
NORMAS DE AULA. CURSO 2017/2018 ...................................................................... 53
EDUCACIÓN INFANTIL............................................................................................. 54
PRIMER NIVEL DE PRIMARIA ................................................................................. 55
SEGUNDO NIVEL DE PRIMARA .............................................................................. 56
TERCER NIVEL DE PRIMARIA ................................................................................ 57
CUARTO NIVEL DE PRIMARIA ............................................................................... 58
QUINTO NIVEL DE PRIMARIA ................................................................................ 59
SEXTO NIVEL DE PRIMARIA ................................................................................... 60
G) LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y LAS MEDIDAS CORRECTORAS ANTE LAS
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NCOF Y CONDUCTAS GRAVEMENTE
PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA. .................................................................. 61
G.1.- Responsables de la aplicación de las medidas correctoras y de las normas de
convivencia. ....................................................................................................................... 61
Profesorado y Claustro ................................................................................................... 61
Dirección de los centros públicos .................................................................................. 61
Consejo Escolar ............................................................................................................. 61
Comisión de convivencia. .............................................................................................. 62
Alumnado ....................................................................................................................... 62
Padres y madres ............................................................................................................. 62
G.2 Procedimiento para la aplicación de las medidas preventivas y correctivas ............... 63
Criterios para aplicar las medidas: ................................................................................. 63
Circunstancias que atenúan la gravedad de las medidas correctoras: ............................ 64
Circunstancias que aumentan la gravedad ..................................................................... 64
Medidas educativas y preventivas ................................................................................. 65
Conductas contrarias a las normas de convivencia ........................................................ 65
Presunción de veracidad. ............................................................................................... 66
Medidas correctoras ....................................................................................................... 66
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A quién corresponde la decisión de las medidas correctoras. ........................................ 67
TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES. ............ 68
Conductas gravemente perjudiciales.............................................................................. 68
H) LOS PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN POSITIVA
DE CONFLICTOS, EQUIPOS DE MEDIACIÓN Y RESPONSABLE DEL PROCESO DE
MEDIACIÓN Y ARBITRAJE. ............................................................................................. 72
Mediación escolar .............................................................................................................. 72
Situaciones en las que no se puede ofrecer mediación ...................................................... 73
Principios de la mediación escolar ..................................................................................... 73
Proceso de mediación ........................................................................................................ 74
I) CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS, CURSOS Y GRUPOS.
RESTO DE RESPONSABILIDADES Y TAREAS NO DEFINIDAS POR LA
NORMATIVA VIGENTE.CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN.............................................. 75
CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN ..................................................................................... 76
AGRUPAMIENTOS …………………………………………………………………….77
J) ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN EL CENTRO Y LAS
NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y LOS RECURSOS. ................. 80
NORMAS PARA EL USO DE INSTALACIONES, RECURSOS Y SERVICIOS
EDUCATIVOS. ................................................................................................................. 84
K) PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS DE LAS FALTAS
DE ASISTENCIA A CLASE DEL ALUMNADO Y LAS CORRESPONDIENTES
AUTORIZACIONES O JUSTIFICACIONES EN LOS CASOS DE AUSENCIA. ............ 86
L) LOS PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN DEL PROTOCOLO DE CUSTODIA
DE MENORES ...................................................................................................................... 89
ACTUACIÓN ANTE PROBLEMAS MÉDICOS DEL MENOR OCURRIDOS EN EL
CENTRO EDUCATIVO. .................................................................................................. 89
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO EL MENOR NO ES
RECOGIDO AL FINALIZAR EL HORARIO ESCOLAR. ............................................. 91
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE AGRESIONES Y ABUSOS
SEXUALES ....................................................................................................................... 91
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO EL MENOR NO ACATA LAS
NORMAS DE CONVIVENCIA. ...................................................................................... 92
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE SUPUESTOS DE VIOLENCIA,
MALTRATO Y ABUSO DENTRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ................... 93
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE PADRES
SEPARADOS/DIVORCIADOS. ...................................................................................... 94
M) MEDIDAS PARA EL BUEN USO, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE LOS
MATERIALES CURRICULARES POR PARTE DE LA COMUNIDAD. ....................... 94
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A) IDENTIFICACIÓN EXPLÍCITA DE LOS PRINCIPIOS
RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO EN LOS
QUE SE INSPIRAN.
CARTA DE CONVIVENCIA
El C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes” pretende ser un centro de
aprendizaje y una comunidad de convivencia.
Nuestra práctica educativa estará fundamentada en la siguiente
Declaración de principios o carta de convivencia:
FORMACIÓN
INTEGRAL
Se fomentará una formación integral para el
máximo desarrollo de capacidades y
competencias en los diferentes planos:
intelectual, físico y afectivo-social. Se
desarrollará un currículo rico en información y
conocimientos abordado mediante prácticas
flexibles de trabajo que se adapten a las
individualidades del alumnado, en un contexto
normalizado e inclusivo.
Tendrá un interés especial el dominio de las
técnicas instrumentales.
Nuestra escuela impulsará valores como:
responsabilidad, autonomía, igualdad,
tolerancia, respeto al medio, sensibilidad,
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espíritu crítico y solidaridad.
INTEGRACIÓN
INTERCULTURAL
Se facilitará la integración de todos sus
miembros en un proyecto común, mediante el
desarrollo de actitudes de colaboración y de
respeto a la diversidad de todas las culturas.
PARTICIPACIÓN
DEMOCRÁTICA
Se potenciará la participación activa,
cooperativa y democrática de todos los
miembros de la Comunidad Educativa,
fomentando el diálogo, la libertad de expresión
y la toma de acuerdos por consenso en el
conjunto de la organización del centro.
RELACIÓN
COMUNITARIA
Procuraremos crear un clima acogedor y
confortable, tanto en sus aspectos físicos como
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en aquellos de relaciones interpersonales, que
estimule positivamente al alumnado y a las
personas que trabajan en el colegio.
SUPERACIÓN
PERSONAL
Nuestra escuela estará abierta a los intereses de sus
miembros, fomentará sus inquietudes, el afán de
superación y la valoración de lo bien hecho.
INTEGRACIÓN
SOCIAL
Fomentaremos la integración de nuestro
colegio en el medio y en el entorno socio-
cultural en que está inmerso, de forma que esté
abierto a sus necesidades y demandas.
Cultivaremos una actitud abierta y crítica ante
los cambios tecnológicos y sociales que se
producen en la sociedad.
RESPETO DE LOS
DERECHOS
HUMANOS
Fomentaremos el respeto a los principios
básicos emanados de los derechos y libertades
fundamentales, dirigidos hacia todos los
miembros de la comunidad educativa.
Perseguiremos el trato correcto e igualitario,
evitando toda discriminación por diferencias
personales, físicas, culturales o de creencias.
EVALUACIÓN
Crearemos el marco adecuado para facilitar la
evaluación de todos los elementos que
intervienen en los procesos de enseñanza y
aprendizaje y del clima de convivencia y se
generarán los mecanismos de corrección
oportunos, en función de esta evaluación.
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PREVENCIÓN DE
CONFLICTOS
Pretendemos una convivencia escolar pacífica,
anticipándonos a los conflictos y, generados
éstos, descubrir las causas y tomar decisiones
basadas en la reflexión, el acuerdo, la
negociación, la mediación y el compromiso de
las partes.
B) LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA: ÓRGANOS DE GOBIERNO,
PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN DOCENTE. Con
especial relevancia a aquellos derivados de la normativa de
desarrollo de la Ley 3/2012, de Autoridad del Profesorado.
El Equipo Directivo
El Equipo Directivo está formado por el director/a, el jefe de estudios
y el secretario. La normativa referente a este órgano se recoge en el Título
V, capítulo IV, artículo 131 de la LOMCE.
Competencias del Director
Son competencias del director las siguientes:
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a) Ostentar la representación del centro, representar a la
Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los
planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de
las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa
e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo
del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones
vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la
resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que
correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin
perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127
de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para
la resolución de los conflictos en los centros.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con
organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un
clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones
propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las
evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo
Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos
adoptados en el ámbito de sus competencias.
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j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así
como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar
los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo
ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de
los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de
profesores y al Consejo Escolar del centro.
l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II
del título V de la presente Ley Orgánica.
m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de
las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la
planificación y organización docente.
n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo
establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.
ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo a lo
establecido en artículo 122.3.
o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y
culturales, con las Administraciones Locales, con otros centros, entidades y
organismos.
p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la
Administración educativa.
Selección, nombramiento y cese del Director
La selección, nombramiento y cese del Director se recogen en el Título
V, capítulo IV, de los artículos 133, 134, 135, 136, 137 y 138 de la LOMCE.
También, a nivel autonómico, lo que se refiere al Decreto 35/2017, de 2 de
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mayo, por el que se regulan las características y los procesos relativos al
ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos de la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Consejo Escolar
El Consejo Escolar es el órgano de participación de la comunidad
educativa en el gobierno del centro, su composición se recoge en el Título V,
capítulo III, artículo 126 de la LOMCE y sus competencias son las
siguientes:
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el
capítulo II del título V de la presente Ley.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin
perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la
planificación y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que
la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los
demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus
miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del
nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido
en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se
atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias
adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que
perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a
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instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer,
en su caso, las medidas oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el
centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de
conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y
equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y
culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y
organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución
del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y
externas en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de
la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la
mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos
relacionados con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración
educativa.
Composición
En nuestro centro la composición del Consejo Escolar es la siguiente:
Director
Jefe de Estudios
Secretario
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Cinco representantes de profesores
Cinco representantes de padres de alumnos.
Un representante de alumnos. (No hay candidaturas)
Un representante del Ayuntamiento.
Un representante de Admón. y servicios. (No hay candidaturas).
Funcionamiento
El Consejo Escolar deberá reunirse como mínimo, una vez al trimestre
y siempre que lo convoque el/la Director/a o lo solicite al menos un tercio
de sus miembros. En todo caso será preceptiva una reunión al principio de
curso y otra al final del mismo.
En todas las reuniones, previa convocatoria formal de las mismas, se
deliberarán y tomarán los acuerdos necesarios sobre los puntos del orden del
día, y así mismo dentro del apartado de ruegos y preguntas, se tratarán todos
aquellos temas que surjan y sean materia de este órgano. De todo ello se
levantará un acta por parte del Secretario/a.
Comisiones
En el seno del Consejo Escolar se constituirán varias comisiones:
Comisión de Convivencia
Se creará de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3/2008, de 8 de
enero, de Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.
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Estará formada por un/a padre/madre, un/a profesor/a, miembros
del Consejo Escolar, el director del centro y el jefe de estudios.
Según normativa será responsabilidad de dicha Comisión la de
asesorar a la dirección del centro y al conjunto del Consejo escolar en el
cumplimiento de lo establecido en el citado Decreto de la Convivencia
Escolar en Castilla-La Mancha, canalizar las iniciativas de todos los sectores
de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la
convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro. Elaborará un
informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la
convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes
del alumnado, que será trasladado a la dirección de Centro y al Consejo
Escolar.
Comisión económica
Estará formada por un padre, un maestro, el representante de la
Administración local, miembros del Consejo Escolar, el/la director/a, y
el/la secretario/a quién colaborará estrechamente en la elaboración del
proyecto de presupuesto y en la presentación de cuentas.
Dentro de sus funciones principales señalaremos la de supervisar el
estado de cuentas del Centro e informar al Consejo Escolar.
Comisión gestora de materiales curriculares
Estará formada por dos padres/madres, dos profesores/as, miembros
del Consejo Escolar, el/la director/a y el/la jefe de estudios.
Su función principal será supervisar la gestión y el cuidado de los
materiales de acuerdo a las instrucciones que se reciban por parte de la
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administración respecto a la utilización de los materiales curriculares
existentes en el Centro.
Comisión de Comedor Escolar
Formada por un padre/madre, un profesor/a, miembros del Consejo
Escolar, el/la directora/a y el/la secretaria.
Dentro de sus funciones principales señalaremos la de controlar la
calidad del servicio de comedor, dentro de sus posibilidades, informando al
Consejo Escolar cuando se detecten anomalías o reclamaciones de los
padres/madres de los usuarios/as.
En el artículo 126.2 de la LOMCE se especifica que una vez
constituido el Consejo Escolar, se designará una persona que impulse las
medidas educativas que fomenten la IGUALDAD REAL Y EFECTIVA
ENTRE HOBRES Y MUJERES.
Claustro de Profesores/as
Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno
del centro. Está formado por todos los profesores/as del centro y tiene la
responsabilidad de planificar, coordinar e informar y, en su caso, decidir
sobre todos los aspectos educativos del centro. Su composición y
competencias se recogen en el Título V, capítulo III, artículo 128 y 129 de la
LOMCE. Sus competencias serán las siguientes:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para
la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general
anual.
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b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos
educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y
recuperación de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la
investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en
la selección del director en los términos establecidos por la LOE.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la
evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones
internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar de las normas de organización y funcionamiento del
centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de
sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el
centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración
educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
Funcionamiento
Se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo
convoque el/la Director/a o lo solicite al menos un tercio de sus miembros.
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En todo caso será preceptiva una reunión al principio de curso y otra al final
del mismo. La asistencia a las sesiones del claustro es obligatoria para todos
sus miembros. De sus reuniones se levantará acta dónde quedarán reflejados
los acuerdos, a los que se llegue, sobre los temas tratados de su competencia.
Ocasionalmente podrá ser convocada la totalidad del profesorado para
hacer reuniones informativas sin acuerdos, reservándose la toma de los
mismos a las convocatorias formales del claustro.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL CENTRO
Estos órganos se regulan por las disposiciones de la Orden de
05/08/2014 y, para lo no previsto en ella, por las instrucciones de
organización y funcionamiento de normativa supletoria.
Comisión de Coordinación Pedagógica
Estará formada por la totalidad del Claustro de Profesores al tratarse
de un Centro con 12 unidades. Se nombrará secretario/a al miembro con
menor edad.
Se reunirá una vez al mes y celebrará una sesión extraordinaria al
comienzo del curso, otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren
necesarias. En el mes de septiembre establecerá un calendario de actuaciones
para el seguimiento y evaluación de las programaciones didácticas.
Será la responsable de velar por la coherencia pedagógica entre las
áreas y cursos de cada etapa, entre las etapas de cada centro y entre este y
otros centros.
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Equipo de Nivel
Serán los responsables directos de la elaboración y evaluación de las
programaciones didácticas, análisis de los resultados académicos, formular
propuestas para la elaboración del PEC y la PGA, seleccionar materiales
curriculares, actualizar la metodología didáctica, proponer actividades
complementarias y extracurriculares y colaborar en las evaluaciones
determinadas por la Administración.
Cada equipo de nivel estará integrado por el profesorado que imparta
clase en el mismo curso de E. Primaria, y uno de ellos/as desempeñará las
funciones de coordinador/a.
En caso de enfermedad, baja o licencia de éste/a, siempre y cuando
no haya sustituto/a, asumirá sus funciones otro tutor/a del ciclo u otro
componente del mismo por este orden.
El nombramiento del coordinador/a, lo realizará el director/a, oído el
equipo de nivel, entre los maestros que impartan docencia en el curso
respectivo, que ejerzan preferentemente la tutoría y tengan destino definitivo
y horario completo en el centro. Desempeñará su cargo durante un curso
académico.
El profesorado especialista que no tenga asignada tutoría será adscrito
al equipo de nivel en cuyos cursos tenga mayor dedicación horaria o, en todo
caso, en el que determine la jefatura de estudios, procurando una
distribución proporcional.
La jefatura de estudios establecerá reuniones de coordinación entre
los equipos de 1º de Primaria y de E.I. para establecer criterios comunes en
la programación didáctica.
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Funcionamiento
Los equipos de nivel mantendrán, al menos, una reunión quincenal y
siempre que sean convocados por el/la coordinador/a.
El/la coordinador/a de nivel levantará acta de las reuniones
efectuadas, dejando constancia de los asuntos tratados y los acuerdos
adoptados.
Al final del curso elaborará su parte correspondiente de la memoria
del centro.
Equipo de orientación y apoyo
Actualmente está formado por la orientadora, P.T.S.C. y el
profesorado de P.T. y A.L., cuyas funciones están relacionadas con la
atención a la diversidad. Coordinado por el responsable de orientación
trabajará conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el
Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención
especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y en la Resolución de 8 de
julio de 2002 de la Dirección General de Coordinación y Política Educativa,
por el que se establece el modelo de intervención, funciones y prioridades de
actuación del profesorado de apoyo en nuestra Comunidad Autónoma.
Tutorías
El/la director/a designará un/a profesor/a-tutor/a, a propuesta de la
jefatura de estudios, para cada grupo de alumnos/as. No obstante, la
asignación de cursos, áreas y actividades docentes se realizará siguiendo los
criterios señalados en la normativa vigente. Impartirá docencia al grupo de
alumnos en, al menos, tres áreas del currículo.
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Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos durante dos
cursos académicos, siempre que sea posible. Se establece una excepción de
poder continuar con su grupo durante tres cursos, en el caso de comenzar su
primer año impartiendo tutoría en cuarto de Primaria, ya que la legislación
vigente garantiza que el tutor permanezca con el mismo grupo de alumnos
en quinto y sexto de Primaria.
Incluirá actividades de seguimiento y orientación del proceso de
enseñanza y actividades que contribuyan al desarrollo de habilidades de la
competencia social y ciudadana, de la competencia de aprender a aprender
y de autonomía e iniciativa personal y competencia emocional.
El tutor coordinará la intervención educativa del conjunto del
profesorado y mantendrá una relación continuada y sistemática con la
familia.
Los tutores/as estarán apoyados por el orientador/a en la elaboración
del Plan de Acción Tutorial.
Los tutores/as elaborarán, al menos una vez al trimestre, un informe
escrito, Boletín de notas, dirigido a los padres/madres de los alumnos/as.
En caso de que uno de los tutores/as del nivel esté de baja o licencia, siempre
y cuando no haya sustituto/a, asumirá las labores de cumplimentación de
boletines, actas, libros, etc. el otro tutor/a o cualquiera de los restantes
componentes del equipo de nivel, siempre por este orden.
Tiempos de Tutoría. Visitas
Los padres/madres disponen de una hora semanal matutina a
determinar en el horario general del centro de cada curso. Además de la hora
semanal de tutoría, se atenderá en casos excepcionales en horario de recreo,
exclusiva u otros, a aquellos padres/madres que lo soliciten.
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Durante el curso escolar se celebrarán, al menos, tres reuniones
generales (una por trimestre) con los padres/madres y una individual con
cada uno de ellos/as.
Se procurará que las visitas sean frecuentes especialmente en el caso
de alumnos en los que se prevea alguna necesidad específica, tanto a nivel
académico como de convivencia.
Otras funciones de coordinación y responsables de funciones específicas.
Una vez cubiertas las necesidades de docencia directa, se podrá
computar una serie de periodos lectivos determinados al efecto, para la
realización de tareas de coordinación de nivel, formación, comedor,
biblioteca y actividades complementarias y extracurriculares.
Las funciones y horarios establecidos para la realización de las citadas
coordinaciones serán los que se establezcan en la normativa vigente, Orden
del 05/08/2014 y Orden 02/07/2012 de Organización y Funcionamiento
y en el presente Reglamento. Estas tareas de coordinación tendrán como
función principal optimizar el uso de los recursos y facilitar un mejor
aprovechamiento de los mismos.
En el caso de la Biblioteca escolar se establecen como funciones de
los encargados/as de la misma las siguientes:
Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los
recursos documentales y de la biblioteca del centro.
Difundir, entre los maestros/as y los alumnos/as, materiales didácticos e
información administrativa, pedagógica y cultural.
Colaborar en la planificación y el desarrollo del trabajo escolar,
favoreciendo la utilización de los diferentes recursos documentales.
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Atender a los alumnos y alumnas que utilicen la Biblioteca, facilitándoles
el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles sobre su
utilización.
Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información,
entretenimiento y ocio.
Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca.
Colaborar en la planificación, desarrollo y evaluación del plan de lectura.
Coordinador de Formación
Será designado por el Director, a propuesta del Jefe de Estudios, por
un año, prorrogable. Ejercerá las funciones de responsable de los proyectos
de formación del centro, de la utilización de las TIC en la enseñanza, del
asesoramiento al profesorado en las modalidades de formación y de la
colaboración y la comunicación con el Centro Regional de Formación del
Profesorado. Formará parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica en
el caso de que el centro supere las 12 unidades.
Funciones en relación con la coordinación de formación
Coordinar toda la formación del profesorado en el propio centro
educativo.
Proponer la demanda de necesidades formativas grupales e
individuales a la Comisión de Coordinación Pedagógica para su
aprobación.
Remitir la propuesta de formación aprobada por la Comisión de
Coordinación Pedagógica a las unidades de formación de los Servicios
Periféricos.
Realizar el control de las actividades de formación del centro y elevar
los expedientes y propuestas de certificación y memoria a las unidades
provinciales de formación, y éstas a su vez al Centro Regional.
PROYECTO EDUCATIVO
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Funciones en relación con la utilización de las TIC en la enseñanza
Supervisar el estado de los recursos tecnológicos, equipamiento y
conectividad.
Facilitar información al profesorado sobre el uso de la informática como
recurso.
Coordinar el horario de funcionamiento del aula Althia y de los recursos
informáticos.
Proponer la adquisición de recursos y materiales informáticos. Canalizar
las demandas del profesorado sobre los mismos.
Coordinar la creación paulatina de un banco de aplicaciones y
contenidos que sirvan de recursos para el aula.
Responsable de actividades complementarias y extracurriculares
Las actividades complementarias y extracurriculares se desarrollarán
según lo que el centro haya establecido en sus Normas de convivencia,
organización y funcionamiento y en su Programación General Anual,
siguiendo en todo momento las directrices de la jefatura de estudios. Serán
planificadas y evaluadas por los propios equipos de nivel que las propongan
o por el equipo directivo si no están vinculadas específicamente a algún
nivel.
El responsable tendrá las siguientes funciones:
Coordinar todas las gestiones que se precisen para la organización y la
ejecución de las actividades.
Comunicar periódicamente al claustro de profesores las actividades a
realizar.
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24
Transmitir al resto del profesorado la oferta de actividades
complementarias y extraescolares, que llega periódicamente al centro,
a través de los coordinadores de nivel.
Coordinar la colaboración con los órganos de participación del centro
o con asociaciones o instituciones del entorno.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
PROFESORADO
Las funciones del profesorado vienen especificadas en el título III,
capítulo I, Art 91. de la LOMCE.
Derechos y deberes de los maestros y maestras
Derechos
Ser respetado en su libertad de conciencia, creencias religiosas, dignidad,
integridad física e intimidad por todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
Intervenir en el Consejo Escolar del centro, siendo elector/a y/o elegible
de los miembros que representan al profesorado.
Acceder a los órganos unipersonales de gobierno, en los términos que la
legislación establece.
Ser miembro de pleno derecho del Claustro y del Equipo de nivel al que
esté adscrito/a.
Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación e investigación
pedagógica.
A los permisos y licencias que la legislación le otorga . La asistencia a
actividades de formación para el profesorado en horario, tanto lectivo
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como complementario, vendrá determinada por la Ley 4/2011, de 10 de
Marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha: Capítulo 2 (Jornada
de trabajo, permisos y vacaciones) del Título VII.
Se dispondrá de siete días por curso académico, siendo preceptivo
presentar solicitud al Servicio de Personal de la Dirección Provincial de
Educación de Toledo con quince días de antelación y con la siguiente
documentación a remitir: modelo de solicitud, informe de la dirección,
fotocopia de la convocatoria, programa de la actividad de formación, y
plan de trabajo para el alumnado (desglosado por fecha, sesión y grupo).
Se entiende concedido el permiso, si la Administración comunica la
concesión del mismo. Deberá justificarse mediante documento
acreditativo de asistencia a la actividad.
A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de
seguridad e higiene.
A ser informado por los representantes en el Consejo Escolar de todas las
decisiones que afecten a la marcha pedagógica, administrativa y
económica del centro.
A solicitar de la secretaría y a disponer del expediente académico de su
grupo de alumnos y de otros datos de interés que les afecten y puedan
influir en su rendimiento académico.
A participar en la elaboración de la Programación General Anual y
Memoria de fin de curso y en las reformas del PEC y Normas de
Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro.
A conocer el parte mensual de faltas del profesorado.
A proponer sus candidaturas a los diferentes cargos y/o
responsabilidades que se citan en el PEC cuando reúnan los requisitos
adecuados.
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26
En cuanto a la Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado:
a) A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes.
b) A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en
materia de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y
velará para que tenga la consideración y el respeto social que merece.
c) Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus
decisiones pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás
miembros de la comunidad educativa.
d) A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o
representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la
defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia.
e) Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza.
f) A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del
marco legal del sistema educativo.
g) A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se
ocasionen en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-
aprendizaje.
h) A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas
establecidas por el centro.
i) A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado,
donde sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su
integridad física y moral.
j) A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con
las normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un
adecuado clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades
complementarias y extraescolares.
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27
Deberes
Mantener un trato correcto con los alumnos actuando como modelo a
imitar.
Cumplir el horario general del centro establecido en la P.G.A., tanto de
horas lectivas como de complementarias. En horario de docencia directa,
no podrán dejar a los alumnos solos.
Acudir con puntualidad a las clases.
Respetar lo dispuesto en el PEC, P.G.A., las normas de convivencia y
demás documentos programáticos.
Respetar la confidencialidad de los expedientes del alumnado.
Elaborar su programación de aula, preparar sus clases y unidades
didácticas.
Asistir a las reuniones convocadas por los diferentes órganos o equipos
del centro.
En caso de ausencia prevista dejar preparadas las actividades a realizar y
la solicitud de la misma. Justificar las ausencias.
Respetar la integridad física y moral y la dignidad personal de todos los
miembros de la comunidad educativa.
Acatar y cumplir los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar, el
Claustro y/o Equipos de nivel.
Colaborar en la elaboración de los documentos que les corresponda por
la legislación vigente: PEC, PGA, Memoria, documentos de evaluación,
programaciones didácticas, informes...
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28
Avisar a los padres de los alumnos que se encuentran bajo su
responsabilidad, en caso necesario, por enfermedad, caída o accidente.
Asimismo lo comunicará al equipo directivo.
Atender peticiones de entrevistas con los padres, tutores o alumnos, los
días establecidos por el centro y, excepcionalmente, en otro momento
cuando el profesor/a lo considere conveniente.
Atención a los alumnos/as de su tutoría o asignatura en la hora semanal
prevista al efecto, y siempre que sean requeridos por el alumnado a causa
de problemas personales o académicos. Es aconsejable que los tutores
lleven un libro o agenda de correspondencia con las familias, donde se
anotarán retrasos, ausencias injustificadas, fechas de controles,
actividades diarias, conductas contrarias a las normas de convivencia,
otras comunicaciones a los padres...
Elaborar, una vez al trimestre, un informe escrito, Boletín de notas,
destinado a los padres/madres de los alumnos/as.
Elaborar un informe extraordinario, cuando un alumno/a se traslade de
este centro a otro.
Desarrollar una evaluación continua de sus alumnos/as.
Cuidar y vigilar a sus alumnos/as en las actividades complementarias en
las que participe.
Vigilancia de patios.
Las fotocopias deberán ser realizadas con anterioridad al día u hora de su
utilización, en las horas de obligada permanencia en el centro o recreos.
PROYECTO EDUCATIVO
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29
PADRES
Los padres/madres de alumnos/as, pueden relacionarse con el Centro
de forma individual o bien asociados a la AMPAS, tienen derecho a ser
informados de la marcha general del centro y en especial de sus hijos/as. Así
también, sus deberes principales son los de participar activamente en la labor
educativa del centro, preocuparse y hacer un seguimiento de la marcha y
aprovechamiento educativo de sus hijos/as y controlar y justificar las
ausencias.
Los mecanismos de participación y relación pueden ser: de forma
individual o colectiva, en entrevistas periódicas con el profesorado y el
Equipo Directivo o a través de la AMPAS y de sus representantes en el
Consejo Escolar del centro.
El conjunto de derechos y deberes de los padres serán los estipulados
en la normativa vigente así como por el desarrollo de ésta.
Derechos y deberes de los padres
Derechos
Los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o
pupilos, tienen los siguientes derechos:
a) A que reciban una educación, con la máxima garantía de calidad,
conforme con los fines establecidos en la Constitución, en el correspondiente
Estatuto de Autonomía y en las leyes educativas.
b) A elegir centro docente.
c) A que reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus
propias convicciones.
d) A estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-
educativa de sus hijos:
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1) Un día a la semana, cada tutor/a tendrá una hora para la atención
a padres/madres; deberá pedir, si así se lo solicita el tutor/a de su hijo/a,
cita previa.
2) El tutor dará información a nivel de grupo en reuniones trimestrales.
3) Información oral e individual al menos una vez al año.
4) Información escrita una vez al trimestre.
e) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica
y profesional de sus hijos/as.
f) A asociarse, así como a la formación de federaciones y confederaciones.
g) A recibir información del Proyecto Educativo y de las Normas de
Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro.
h) A ser informado por el profesorado de las programaciones educativas que
seguirán sus hijos.
i) A participar en los órganos colegiados de gobierno del centro eligiendo
y/o presentando candidaturas en el Consejo Escolar del centro.
j) A solicitar información a sus representantes en el Consejo Escolar sobre
los acuerdos adoptados en las reuniones del mismo.
Deberes
a) Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos acudan regularmente a
clase. Justificar por escrito las ausencias y retrasos de sus hijos especificando
los motivos.
b) De facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos con respecto
al centro: puntualidad, asistencia, orden, disciplina, higiene, salud,
materiales...
c) Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud
de los compromisos educativos que el centro establezca con las familias, para
mejorar el rendimiento de sus hijos.
PROYECTO EDUCATIVO
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d) Conocer y respetar el Proyecto Educativo del centro así como las Normas
de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro.
e) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la
autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.
Estimular a sus hijos en el respeto a las Normas de Convivencia del Centro
como elemento que contribuye a su formación.
f) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad
educativa.
g) Acudir a las reuniones generales o entrevistas individuales a las que hayan
sido citados o avisar sobre la imposibilidad de su asistencia. Todos los padres
y madres tienen la obligación moral de acudir cuando les cite el/la tutor/a
de su hijo/a o cualquier otro profesor/a que les imparta clase, para conocer
hechos que conciernan a sus hijos/as; en caso de que no exista respuesta por
parte de aquellos se comunicará el hecho a los Servicios Sociales para que
obren en consecuencia. De igual forma se actuará en los casos de
absentismo.
h) Tratar las dificultades que puedan surgir durante el proceso educativo de
sus hijos siguiendo el orden que se expresa: profesor, tutor, equipo directivo,
siempre dentro de las aulas y dentro de los horarios establecidos a tal efecto.
i) Aceptar las decisiones y acuerdos adoptados por el Consejo Escolar.
j) No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos y
dirigirse a unos y a otros conforme a las normas básicas de educación.
k) Facilitar la información acerca de sus hijos que precisen los profesores
para el correcto desarrollo del Proyecto Educativo del centro. Todos los
padres y madres tienen el deber de informar al tutor de su hijo/a de las
posibles deficiencias físicas o psíquicas del mismo, así como de cualquier
dato que pudiera ser de utilidad para adoptar las medidas más adecuadas y
efectivas de cara a la atención de sus hijos/as.
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32
l) Distribuir y coordinar el tiempo de trabajo de sus hijos así como el tiempo
libre, especialmente en lo relativo a las lecturas, juegos y televisión.
m) De abstenerse de visitar a sus hijos durante los recreos o acompañarles
hasta las filas.
n) En caso de separación judicial, de justificar mediante documento oficial
a quién corresponde la guarda y custodia de los hijos.
o) Aquellos padres que habitualmente recojan a sus hijos, de hacerlo
puntualmente a la hora de las salidas.
p) Comunicar por escrito en el plazo que se establezca anualmente en el mes
de junio o septiembre si existe cambio en su opción respecto al área de
Religión.
q) Abstenerse de enviar a sus hijos/as al centro, cuando éstos/as padezcan
enfermedad infecto-contagiosa, pediculosis o similares.
r) Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las
condiciones necesarias para el progreso escolar. Enviarlos aseados y
suministrarles el material imprescindible para que su asistencia al Colegio
sea productiva.
s) Respetar los horarios del centro, no interrumpiendo las actividades
lectivas salvo por causas muy justificadas en las que se le comunicará a
algún miembro del equipo directivo el motivo de la visita para que se lo
transmita al profesor/a que en ese momento está con los alumnos/as. Salvo
causas muy justificadas los/las padres/madres o tutores legales de los/las
alumnos/as, no podrán entrar en el centro con sus hijos/as a las horas de
entrada, con las excepciones para padres/madres de alumnos y alumnas de
Educación Infantil 3 años, durante el periodo de adaptación, que podrán
hacerlo, si así lo acuerda el Equipo de Nivel.
t) Todos los padres y madres son responsables subsidiarios de los daños que
puedan crear acciones de sus hijos/as en instalaciones, mobiliario y material
escolar.
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33
Según la Ley de Autoridad del Profesorado de 10 de mayo de 2012,
en el artículo 7, apartado 1, los padres quedarán obligados a reparar el daño
causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o
restablecimiento, cuando no medie culpa in vigilando de los/as
profesores/as. Asimismo, deberán restituir los bienes sustraídos, o reparar
económicamente el valor de estos.
En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los
menores de edad serán responsables civiles en los términos previstos por la
legislación vigente.
ALUMNADO
Incorporación de nuevos alumnos/as
En los primeros días de curso, los alumnos/as de tres años se
incorporarán escalonadamente y serán citados, junto con sus
padres/madres, de forma individual para que éstos últimos tengan una
entrevista con el/la profesor/a.
Derechos y deberes de los alumnos
Todos los alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes recogidos
en la normativa vigente, sin más distinciones que las derivadas de su edad y
del nivel que estén cursando.
Los Órganos de Gobierno del centro velarán por el correcto ejercicio
de dichos derechos.
Derechos
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a) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su
personalidad.
b) A que se respeten su identidad, integridad física y moral y dignidad
personales. No pueden ser objeto de agresión física o moral ni de trato
vejatorio o degradante.
c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos
con objetividad.
d) A recibir orientación educativa y profesional.
e) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y
sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.
f) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad
con lo dispuesto en las normas vigentes.
g) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y
desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural,
especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que
impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
h) A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio
familiar o accidente.
i) A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de
seguridad e higiene.
j) Los centros docentes están obligados a guardar reserva sobre toda aquella
información de que disponga acerca de las circunstancias personales y
familiares del alumno/a. No obstante, los centros comunicarán a la
autoridad competente las circunstancias que impliquen malos tratos para el
alumno/a o cualquier otro incumplimiento de los deberes establecidos por
las leyes de la protección de los menores.
k) Utilizar las instalaciones de los centros con las limitaciones derivadas de
la programación de actividades escolares y extraescolares y con las
PROYECTO EDUCATIVO
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35
precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la
adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.
l) El alumnado de quinto y sexto de Primaria tendrá derecho a elegir o ser
elegido representante de su sector en el Consejo Escolar del centro. Los
alumnos del resto de niveles de Primaria podrán elegir delegados de curso.
Deberes
a) Mostrar respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa.
Todos los alumnos/-as tienen el deber de respetar la libertad de conciencia
y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e
intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
b) Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus
capacidades.
c) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales
didácticos. Todos los alumnos/-as tienen el deber de cuidar y utilizar
correctamente el mobiliario, el material y las instalaciones del Centro y
respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
d) Seguir las directrices del profesorado respecto a su aprendizaje y mostrarle
el debido respeto y consideración.
e) Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
f) Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al
desarrollo de los planes de estudio.
g) Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las
actividades del centro.
h) Participar en las actividades formativas programadas por el centro y,
especialmente, en las escolares y complementarias.
i) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la
consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el
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36
derecho de sus compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del
profesorado.
j) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro
educativo.
k) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón
de nacimiento, raza, sexo, o por cualquier otra circunstancia personal o
social.
l) Evitar situaciones de riesgo, para él mismo y para los demás. Están
prohibidas las agresiones físicas y traer objetos que puedan ser peligrosos.
m) Todos los alumnos/-as tienen el deber de aceptar las decisiones que se
adopten democráticamente por sus compañeros de clase en el ámbito del
aula.
n) En los casos de agresión física o moral al profesor o profesora causada por
el/la alumno/a o personas con ellos relacionadas, se deberá reparar el daño
moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la
responsabilidad de los actos. La concreción de las medidas educativas
correctoras o disciplinarias se efectuará por resolución de la persona titular
de la dirección del centro educativo público y por la titularidad del centro en
el caso de centros privados concertados, en el marco de lo que dispongan las
normas de convivencia, funcionamiento y organización de los centros,
teniendo en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la
edad del alumno o alumna, la naturaleza de los hechos y con una especial
consideración a las agresiones que se produzcan en los centros de educación
especial, debido a las características del alumnado de estos centros. (Ley de
autoridad del profesorado de 10 de mayo de 2012)
Las normas de convivencia que rigen el funcionamiento de este Centro
y que deberán ser cumplidas por los alumnos/-as, aparte de las específicas
de cada aula, son:
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37
Asistir a clase con regularidad, y en caso de no hacerlo, presentar el
debido justificante familiar, por escrito u oralmente.
Respetar y cumplir el horario establecido para el centro. Las puertas de
acceso se cerrarán a los cinco minutos. Pasado este tiempo no se le
permitirá la entrada al centro hasta la siguiente sesión (9:45h. en
septiembre y junio o 10:00h. de octubre a mayo). En los casos en que el
alumno/a pueda justificar por escrito el retraso (por ejemplo, cita médica)
se le permitirá la entrada a cualquier hora a la que asista.
Acudir al centro en las debidas condiciones de salud e higiene. En caso
de enfermedad contagiosa la familia deberá notificarlo al centro y tomar
las medidas de profilaxis oportunas incluyendo la abstención a clase para
evitar contagios.
Traer los materiales necesarios para trabajar.
Respetar durante el desarrollo de las clases las normas de convivencia
establecidas por el tutor con sus alumnos a principio de curso y que deben
tener en cuenta lo aprobado en este documento.
Cumplir las indicaciones dadas por el profesor en los momentos de
recreo, así como durante los cambios de clase, actividades
complementarias, etc.
Respetar las zonas ajardinadas, el material, las instalaciones, edificios y
mobiliario del centro. La rotura o deterioro será indemnizado por los
responsables.
Respetar el orden de entrada y salida de las aulas y pasillos. Las entradas
y salidas de las aulas se harán de forma ordenada y por el lugar
correspondiente para cada grupo.
Ningún/a alumno/a podrá salir del recinto escolar sin autorización del
Director/a o, en ausencia de éste/a, de algún miembro del Equipo
Directivo, o sin la autorización de sus Padres/Madres o de los Tutores/as
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C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
38
legales, en la que se notificará qué persona pasará a recoger al Alumno/a.
En caso de que el alumno tuviera que ausentarse del Centro, lo hará
acompañado de un adulto responsable; la familia avisará oportunamente
si algún día recogiera al niño otra persona distinta a la habitual.
OTRAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO DE
OBLIGADO CUMPLIMIENTO:
Los alumnos de 1º a 6º de Primaria entrarán por la C/ Emilia Pardo
Bazán, los alumnos de E. Infantil por la C/ Juan Ramón Jiménez, (puerta
de E. Infantil). Por la puerta principal entrarán los alumnos de Primaria
con hermanos en E. Infantil y los de Aula Matinal. Estas entradas
responden a la ausencia de espacio para todos los niños en la entrada
principal. Una vez en el patio se formarán filas por las tres entradas
existentes distribuyéndose por niveles que serán determinados cada año
académico.
En todas las entradas y salidas el alumnado será acompañado por los
profesores tutores o especialistas que tengan docencia inmediata con el
grupo. Las salidas serán por los mismos accesos; los niños de comedor
saldrán por la C/ Juan Ramón Jiménez y su patio de recreo será el
correspondiente a E. Infantil.
Puntualidad en entradas y salidas.
La hora de entrada al colegio es las 9:00h. Si por algún motivo un
alumno/a se retrasase, se le permitirá la entrada por la puerta principal hasta
las 9:05h.
El Equipo Directivo y el personal encargado al efecto velará para que
se cumpla esta norma. En el caso de que algunas familias abusen del margen
PROYECTO EDUCATIVO
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39
establecido de 5 minutos o de esperar hasta la siguiente sesión, el Equipo
Directivo se encargará de hablar con la familia del alumno/a.
Los alumnos no recogidos a la hora de la salida por sus padres deberán
esperarles en Secretaría. Una vez llamados los padres, a los 10 minutos de
demora se estimará la conveniencia de dar aviso a la Policía Municipal.
Recreos. En caso de lluvia o suelo muy mojado no se podrá jugar con el
balón. Los balones serán siempre de goma blanda y no se podrá jugar
cerca de las ventanas del edificio central.
No se podrá traer al colegio objetos de valor (mp3, teléfonos móviles,
videojuegos,...), pudiendo ser retenidos para posterior entrega al niño, en
la salida, ó a los padres, según el caso.
Los objetos de regalo, en caso de cumpleaños o situaciones similares,
deberán ser entregados al final de la jornada escolar.
Los servicios se utilizarán siempre de uno en uno y con permiso del
profesor.
En las excursiones o salidas del colegio será preceptiva la autorización
familiar. Se entregarán notas informativas sobre el lugar, horarios de
salida y llegada, recomendaciones sobrealimentación y vestido, etc.
Al terminar las clases los niños dejarán las sillas sobre las mesas y la clase
organizada. Se procurará que las cajoneras estén ordenadas y recogidas.
Entre clase y clase no se podrá salir a los pasillos.
Se potenciarán las normas de cortesía entre el alumnado: ceder el paso,
pedir las cosas por favor, dar las gracias, pedir disculpas, dar las gracias,
llamar a las puertas, respetar turno de palabra...
OTRAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO
PROYECTO EDUCATIVO
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40
Está prohibido el acceso del alumnado o padres al recinto escolar con
perros, bicicletas, patinetes, etc. que puedan generar riesgo a la integridad
física del alumnado.
No se permitirá la entrada al centro a los agentes de ventas, a excepción
de los debidamente acreditados por la autoridad educativa, o en caso de
los representantes de libros de las editoriales de textos o materiales
escolares.
El director o jefe de estudios, trimestralmente, realizarán un informe
sobre la valoración general del cumplimiento de las normas de
convivencia. Para actuar de forma coordinada el profesorado recordará
periódica y continuadamente al alumnado el cumplimiento de las normas
básicas, no sólo en caso de aparición de conflictos.
En las dependencias del centro no debe quedar dinero de excursiones u
otras actividades, como medida de seguridad para evitar robos.
Existirá, dándose la debida publicidad, una caja de objetos perdidos en
Secretaría.
Cuando un/a alumno/a tenga un accidente, se procederá a la cura del
alumno/a accidentado/a con el botiquín del Colegio, si es factible.
Si el accidente requiriese el médico de forma no urgente, se avisará a su
Padre/Madre o Tutor/a para comunicarles la situación y que actúen en
consecuencia.
Si la presencia médica se considerase urgente y/o no hubiera forma de
comunicar con sus padres, la situación se comunicará al Director/a, o en
su defecto, a algún miembro del Equipo Directivo, para que se adopten
las medidas oportunas para trasladar al alumno/a al Centro de Salud u
Hospital, acompañado/a por algún Maestro/a, voluntario/a o personal
disponible.
PROYECTO EDUCATIVO
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41
Los padres entregarán a inicio de curso fotocopia de la tarjeta sanitaria y
autorización al personal del centro para el desplazamiento del
accidentado.
Al principio de curso así como a todos los alumnos que se incorporan a
lo largo del año se les requerirá autorización familiar para la captación de
imágenes (fotos, vídeo) en actividades escolares.
A partir del curso 2011/12 también se les pide autorización para la
publicación del nombre e imágenes del alumno en la web educativa del
Colegio y en Redes Sociales.
Los maestros vigilarán al alumnado en los periodos de recreo cuando le
corresponda el turno y en el lugar determinado.(Puerta de
accesos al edificio, verjas y patio central). Si un profesor/-a decide que
algún alumno permanezca en el aula durante el periodo de recreo, deberá
quedarse con él. Se respetarán las ratios preceptivas según la normativa
vigente. El equipo directivo no participará en los turnos de vigilancia. El
jefe de estudios, sí observará el desarrollo del proceso. Toda conducta
incorrecta del alumnado será objeto de amonestación inmediata por el
profesor que lo observe o sea avisado de la incidencia. El hall de E.Infantil
podrá ser utilizado como recreo, sólo en caso de inclemencias
meteorológicas muy adversas como lluvia o hielo. También se podrá
utilizar el pabellón.
Los maestros que impartan docencia en la sesión previa al recreo
acompañarán a su grupo hasta la salida al patio de recreo. Se cerciorarán
de que todo el alumnado sale de las aulas y servicios por la escalera y
puerta central al patio. Las otras dos puertas permanecerán cerradas.
Durante el recreo los alumnos/as no podrán acceder al interior de los dos
edificios sin el permiso expreso de los Profesores/as del patio.
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42
Con el objeto de igualar el número de vigilancia de recreos entre los
maestros de E. infantil y Primaria, dado el evidente desequilibrio entre
el nº de maestros de ambas etapas, en E. Infantil vigilarán los recreos,
además de las tutoras y el profesorado adscrito a esta etapa, profesorado
voluntario de Primaria en primera instancia y, si no completara cupo y
sobraran maestros de Primaria, después de cumplida la ratio, se irán
incorporando maestros por turnos rotatorios.
A partir del curso 2014/15 se les pedirá única autorización para realizar
las actividades que se realizan fuera del centro en la localidad de Torrijos.
Las actividades complementarias y extracurriculares (salidas) se llevarán
a cabo siempre y cuando participe, como mínimo el 50 por ciento del
alumnado del grupo-clase.
Para facilitar la coordinación y garantizar el buen funcionamiento de las
mismas, todas las excursiones o salidas tendrán un profesor responsable
cuyas funciones, entre otras, serán las de tramitar las gestiones oportunas,
control de la gestión económica, control del listado de participantes,
criterios para cubrir bajas y responsable de la “cartera de excursiones”:
botiquín, listado de teléfonos, documentación,..
Estas responsabilidades podrán ser delegadas en otro profesor siempre
que se mantenga una coordinación en el proceso.
El importe de las excursiones debe ser cobrado al alumnado con la mayor
antelación posible, preferentemente a principios de mes para facilitar el
proceso a las familias. El dinero lo recoge el tutor y/o coordinador de
nivel y se entrega en Secretaría.
En la circular informativa a las familias sobre las excursiones se incluirán
todos los datos necesarios para que se desarrollen con normalidad: hora
de salida y llegada, comida, recomendaciones ropa y calzado adecuado,
si fuera necesario, lugares a visitar,..
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C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
43
El alumnado de 6º curso podrá hacer un viaje al finalizar el mismo por
iniciativa del tutor/es de dicho nivel. Para poder iniciar los preparativos
deberá haber un mínimo del 50% de participación del grupo-clase y se
procurará que el viaje combine aspectos formativos y lúdicos.
La decisión de sancionar a un/a alumno/a por incumplir las Normas de
Convivencia, Organización y Funcionamiento, cuando se trate de privar
de una actividad complementaria y/o extracurricular, deberá ser
consensuada por todo el equipo docente que imparte clase a dicho
alumno/a.
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
El centro cuenta con dos limpiadoras, las cuales desarrollan sus
funciones de acuerdo con sus convenios laborales y siguiendo las
instrucciones del Ayuntamiento, que es el organismo responsable de su
contratación.
Derechos y deberes del Conserje.
Recibirá un trato correcto de parte de todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
Funciones
a. Encargarse de las llaves de todas las dependencias del centro .
b. Abrir y cerrar las instalaciones del centro, cuando esté dentro de su horario
de trabajo o en ocasiones puntuales o por circunstancias especiales.
c. Supervisar la limpieza de las instalaciones del centro.
d. Llevar escritos y otros documentos a organismos oficiales u otros, que
estén dentro del municipio, y le sean asignados por el equipo directivo.
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44
e. Tomar nota de los desperfectos que observe, o le sean comunicados por
los/las maestros/as o cualquier otro personal del centro, comunicándoselo
al equipo directivo.
f. Controlar que los desperfectos sean subsanados cuando los obreros/as
vengan a repararlos, comunicando al equipo directivo cualquier anomalía.
g. Acompañar a los padres, cuando proceda, a las aulas o a otras
dependencias del centro, así como a los niños que llegan después del horario
de entrada ordinaria.
h. Realizar fotocopias, encuadernaciones que los/las maestros/as le
soliciten, a fin de cumplir sus funciones didácticas en el centro y acorde con
la normativa que exista sobre el uso de máquinas.
i. Colaborar en el traslado de mobiliario y material del centro.
j. Realizar pequeñas reparaciones, siempre que tenga a su disposición el
material y herramientas necesarios.
k. Repartir por las clases comunicados generales y otros documentos que le
asigne el equipo directivo.
l. Atender la calefacción.
No obstante, las obligaciones y derechos de los Conserjes estarán
sujetos a las normativas, acuerdos y convenios concertados con el
Ayuntamiento.
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45
C) PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN
Y REVISIÓN QUE HA DE GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN
DEMOCRÁTICA DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento son
elaboradas por el Equipo Directivo, como elemento coordinador, y por el
resto de la comunidad educativa conforme a los siguientes criterios:
En cuanto a su elaboración
Al principio del curso 2007/08 se constituye un grupo de trabajo para
la elaboración del PEC, en base a las directrices remitidas por el Servicio de
Inspección. Se elaboró un plan de trabajo y distribución de tareas cuyas
conclusiones se debaten en Claustro y Consejo Escolar con la pertinente
información al AMPA.
En ese mismo año, a partir del 2º trimestre con la publicación del
Decreto de Convivencia 3/2008, de 08-01-2008, de la Convivencia Escolar
en Castilla-La Mancha, el Equipo Directivo programa el plan de trabajo
para la elaboración de las NCOF. El Equipo Directivo, oído el claustro de
profesores confecciona un borrador que se debate y se aprueba en Claustro
para finalmente ser aprobado, por mayoría de dos tercios, en el Consejo
Escolar durante el tercer trimestre.
En cuanto a su aplicación y revisión
Las modificaciones del PEC podrán ser presentadas por el Equipo
Directivo, el Claustro, por cualquier miembro de los sectores representados
en el Consejo Escolar o por la Asociación de Padres y Madres de Alumnos.
Dichas modificaciones serán aprobadas igualmente por mayoría de dos
tercios de los componentes del Consejo Escolar y entrarán en vigor al curso
siguiente al de su aprobación.
PROYECTO EDUCATIVO
C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
46
Una vez aprobado el documento es de obligado cumplimiento para
toda la comunidad educativa y el director lo hará público dándole la mayor
difusión posible.
Durante el inicio del curso 2011/12, se llevan a cabo varias
modificaciones propuestas por el Equipo Directivo; puntualidad en las
entradas y salidas del alumnado, así como la actualización de algunos
aspectos que han cambiado desde que se elaboraron las Normas de
Convivencia, Organización y Funcionamiento.
El curso 2012/13 se incluye lo relativo a la Ley 3/2012, de 10 de
mayo, de autoridad del profesorado y se modifican o añaden aquellos
aspectos nuevos de las Normas de Organización y funcionamiento de 2 de
julio de 2012.
El curso 2013/14 se modifican las NCOF en dos aspectos:
- Criterios para la ejecución de reagrupamientos del alumnado.
- Vigilancia de recreos.
En el curso escolar 2015-16 se modifica nuevamente el horario general
del Centro, tras la aprobación en claustro, y se añade una excepción a la hora
de permanecer más de dos años con el mismo grupo de alumnos, en cuanto
a la tutoría.
En el curso escolar 2017/2018 se incorpora a las NCOF el
PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR, tras la publicación de la
Resolución de 18/01/2017 por la que se acuerda dar publicidad al protocolo
de actuación ante situaciones de Acoso Escolar en los centros docentes
públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.
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47
D) LA COMPOSICÓN Y PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE
LOS COMPONENTES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA
DEL CONSEJO ESCOLAR
Comisión de Convivencia.
Se creará de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3/2008, de 8 de
enero, de Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha.
Estará formada por un/a padre/madre, un/a profesor/a, miembros
del Consejo Escolar, el director del centro y el jefe de estudios.
Según normativa será responsabilidad de dicha Comisión la de
asesorar a la dirección del centro y al conjunto del Consejo escolar en el
cumplimiento de lo establecido en el citado Decreto de la Convivencia
Escolar en Castilla-La Mancha, canalizar las iniciativas de todos los sectores
de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la
convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro. Elaborará un
informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la
convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes
del alumnado, que será trasladado a la dirección de Centro y al Consejo
Escolar.
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48
E) PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE
ACOSO ESCOLAR
Antecedentes
Tras la Resolución de 20/01/2006 se establecieron por primera vez
una serie de actuaciones impulsadas desde el propio centro con el común
objetivo de la promoción de la convivencia escolar.
El Decreto 3/2008 de 8 de enero, de la Convivencia Escolar, regula a
convivencia escolar y define un conjunto de actuaciones y medidas para su
promoción y mejora.
Actualmente han surgido nuevas formas de acoso derivadas del uso de
las redes sociales que requiere nueva normativa para hacerle frente.
Se entiende por acoso escolar la situación en la que alumnos o
alumnas, individualmente o en grupo, están expuestos, de forma repetida
y prolongada en el tiempo, a través de diferentes formas de hostigamiento
intencionado por parte de otros alumnos o alumnas; de manera que el
alumnado acosado está en situación de inferioridad respecto al alumno
acosador. Dicho acoso escolar produce un desequilibrio en el alumnado
acosado que le impide salir por sí mismo de la situación.
Una actuación contra el Acoso Escolar que no ha de afectar solo al
alumnado acosado, sino también al acosador, sin olvidarse de las personas
que observan el hecho.
Cada centro educativo deberá adaptar el protocolo a las características
singulares del mismo a través de las Normas de Convivencia, Organización
y Funcionamiento (NCOF).
- Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga
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49
conocimiento de una situación que pudiera derivar en acoso
escolar, tiene el compromiso de ponerla en conocimiento del
equipo directivo.
- Cuando la persona que comunica la situación, decide hacerlo por
escrito, el responsable de la dirección del centro le facilitará el
Anexo III correspondiente para la recogida inicial de información.
- Otras maneras de comunicación de posibles situaciones de acoso
escolar serán:
o Comunicación directa con el equipo directivo.
o Comunicación a través del tutor o tutora.
o Buzón de sugerencias situado en la entrada principal del
centro.
o Por medio del correo electrónico
o Cualquier otra vía
El centro educativo deberá garantizar:
- Protección: Garantizar la integridad física y seguridad personal de
la posible víctima.
- Intervención eficaz y rápida, pero no precipitada. La respuesta
educativa contemplará dos tipos de medidas educativas: las
reparadoras y, si procede, las disciplinarias.
- Discreción y confidencialidad.
- Intervención global: Se extenderá a todo el alumnado y agentes
implicados.
- Prudencia, empatía y sensibilidad.
- Responsabilidad compartida: Entendida como el compromiso, la
implicación y la participación activa de todos los miembros de la
comunidad educativa en la creación de un clima de convivencia
PROYECTO EDUCATIVO
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50
escolar adecuado.
Constitución de la Comisión de acoso escolar
Conocidos los hechos que indiquen un indicio razonable de acoso
escolar, el responsable de la Dirección del centro constituirá una
COMISIÓN de acoso escolar, no más tarde de 48 horas.
La comisión de acoso escolar es independiente de la Comisión de
Convivencia del Consejo Escolar. Estará integrada por:
- Un miembro del equipo directivo.
- La orientadora del centro.
- Un miembro del equipo docente del centro.
Medidas inmediatas a adoptar por el centro educativo
a) Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumnado
acosado: incremento de las medidas de observación de las zonas de
riesgo, acompañamiento y atención al alumnado.
b) Medidas cautelares dirigidas al alumnado acosador, previa entrevista
u observación inicial: restricción del uso de determinados espacios y
recursos del centro, incremento de las medidas de vigilancia; sin
menoscabo de la aplicación de las correspondientes medidas recogidas
en las normas de convivencia, organización y funcionamiento del
centro.
c) Medidas dirigidas a esclarecer los hechos a trabajar con el resto de
alumnado, que se realizarán desde un enfoque de no inculpación y
entre las que se podrá contemplar la realización de entrevistas con
carácter preventivo o terapéutico.
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51
d) El director informará de manera inmediata, vía telefónica o por escrito
al Inspector de referencia, de los hechos acontecidos, de la
constitución de la Comisión de acoso escolar (Anexo IV) y de las
medidas inmediatas adoptadas por el centro.
e) En un plazo máximo de 24 horas desde la constitución de la Comisión,
el director informará a las familias del alumnado implicado,
garantizando la confidencialidad y poniendo de manifiesto la
provisionalidad de las conclusiones, así como de las medidas
inmediatas adoptadas por el centro. Esta información se llevará a
cabo a través de una entrevista de la cual se levantará acta.
Elaboración del Plan de actuación (Anexo V)
- El director elaborará y aplicará un Plan de actuación del que
informará a la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar y a la
Inspección educativa.
- En las entrevistas a realizar en el proceso de recogida de
información participarán los miembros de la Comisión de acoso
escolar necesarios en función de la gravedad de los hechos. Se
levantará acta de todas las entrevistas.
La comisión analizará y contrastará la información recibida teniendo
en cuenta los siguientes aspectos:
- La correcta aplicación de las normas de protección de datos y
privacidad de la información en Internet por parte del alumnado.
- La obtención de los consentimientos informados para el acceso a
dispositivos, información personal relevante, redes sociales…
- Se contemplará la posibilidad de comunicarse con el alumnado
acosado en lugar y tiempo distintos al marco escolar.
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52
- La custodia y protección de la información obtenida.
- La petición de asesoramiento a Unidades de Investigación
Tecnológica de la Policía o Fiscalía.
Tras la elaboración del Plan de Actuación será remitido a la
Inspección educativa en un plazo no superior a 30 días lectivos desde la
constitución de la Comisión de acoso escolar.
El profesorado responsable de la tutoría de los grupos del alumnado
implicado, junto con el miembro del equipo directivo de la Comisión de
acoso escolar, y con el asesoramiento de la orientadora del centro,
informarán nuevamente a las familias de las actuaciones y medidas
acordadas, tanto las de carácter individual llevadas a cabo con el alumnado
afectado, como las de carácter general propuestas para los grupos afectados
o el centro en su conjunto.
A las familias del alumnado agresor se les informará expresamente,
además, de las consecuencias que pueden derivarse, tanto para ellas como
para sus hijos, en caso de reiteración de conductas constitutivas de acoso
escolar. De esta información quedará constancia por escrito a través de acta.
El director del centro evaluará la eficacia de las medidas llevadas a
cabo e informará oportunamente de los resultados de dicha evaluación a las
familias implicadas y a la Comisión de Convivencia del Consejo escolar del
centro.
La Dirección del centro es la competente para la adopción de las
medidas, y se responsabilizará de informar periódicamente a la Inspección
educativa y al Consejo Escolar del grado de cumplimiento de las mismas y
de la situación escolar del alumnado implicado.
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C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
53
F) LOS CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS
QUE DEBEN INCORPORAR LAS NORMAS DE
CONVIVENCIA,ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE LAS AULAS, ASÍ COMO EL PROCEDIMIENTO DE
ELABORACIÓN Y LOS RESPONSABLES DE SU
APLICACIÓN.
NORMAS DE AULA. CURSO 2017/2018
Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula
responderán a los principios establecidos en el PEC del centro.
Estarán basadas en actitudes de respeto hacia todos los componentes
de la comunidad educativa. Serán reflejo de los derechos y el cumplimiento
de las obligaciones de todos ellos. Igualmente harán referencia al respeto de
las infraestructuras del centro.
Servirán de cauce para facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje
(puntualidad, materiales, esfuerzo, realización de tareas, respeto al trabajo
de los demás...) y facilitar la educación de los valores reflejados en el
Proyecto Educativo.
Deben estar acordes con las normas generales de organización y
funcionamiento del centro.
Las Normas de Convivencia específicas de cada aula serán elaboradas,
revisadas y aprobadas anualmente, de forma consensuada, por todos los
alumnos de cada grupo con la ayuda y bajo la supervisión del profesor tutor
correspondiente. Finalmente, habrán de ser refrendadas por el Consejo
Escolar.
PROYECTO EDUCATIVO
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EDUCACIÓN INFANTIL
Guardo el turno de palabra.
Hablo bajo mientras trabajo.
Cuido el material del cole.
Tiro los papeles a la papelera.
Voy al cuarto de baño solo.
Me visto solo.
Respeto a mis compañeros.
Me lavo las manos después de ir al baño.
Hacemos la fila en orden.
Me siento correctamente.
Escucho atentamente.
No corro por la clase.
Comparto el material y los juguetes con mis compañeros.
Cuelgo mi ropa en las perchas.
No malgasto el agua.
Mantengo mi clase ordenada.
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55
PRIMER NIVEL DE PRIMARIA
Somos puntuales.
Entramos y salimos de la clase en fila.
Somos educados: saludamos , nos despedimos, pedimos permiso,
decimos “por favor” y gracias.
Respetamos a los compañeros y a los maestros, ayudándoles
cuando lo necesiten y dejándoles trabajar.
Mantenemos el aula limpia.
Ordenamos y cuidamos los materiales.
Nos sentamos correctamente.
Trabajamos en silencio.
Ante problemas con los compañeros, hablamos con ellos y se lo
decimos a la tutora.
No nos peleamos.
Levantamos la mano para hablar.
Prestamos atención a las explicaciones de los maestros.
Intentamos ir al servicio en los cambios de clase.
Traemos las tareas hechas y los materiales que nos piden.
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56
SEGUNDO NIVEL DE PRIMARA
Compartimos y jugamos con todos los compañeros.
Vamos solo uno o dos a la papelera.
No corremos dentro del colegio.
Respetamos a los compañeros.
Hablamos bajito.
Pedimos permiso para levantarnos.
Esperamos turno de palabra. Levantamos la mano para hablar.
Tenemos limpia y ordenada la clase.
Salimos de uno en uno al servicio.
No jugamos con los cromos en clase.
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57
TERCER NIVEL DE PRIMARIA
Escucho atentamente las explicaciones del profesor y las preguntas
y respuestas de mis compañeros. No interrumpo.
Al colegio venimos para aprender y trabajar. Si algo no lo entiendo
pregunto al profesor.
Lo más importante es el trabajo bien hecho, por eso trabajo en
silencio y tranquilo.
Para hablar levanto la mano. Espero mi turno y hablo cuando el
profesor me ceda la palabra.
Para levantarme de mi sitio o ir al servicio pido permiso levantando
la mano.
Repaso y hago las tareas todos los días.
Ayudo y juego con mis compañeros.
Si tengo algún problema el profesor me puede ayudar.
PROYECTO EDUCATIVO
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58
CUARTO NIVEL DE PRIMARIA
Entraremos ordenadamente y sin gritar para no molestar.
Al llegar a clase nos sentaremos y sacaremos los materiales para no perder
tiempo.
Prestaremos atención a las explicaciones para entender lo que nos dicen.
No interrumpiremos las explicaciones para poder avanzar.
Levantaremos la mano para hablar con el fin de participar cuando nos
toque.
No contestaremos cuando los profesores pregunten a otro compañero,
para que no se sienta mal.
Comunicaremos con respeto a los demás lo que nos desagrada o nos hace
sentir mal.
Respetaremos a todos los compañeros y compañeras.
Colaboraremos en las tareas de clase.
Trataremos de que los compañeros y compañeras que llegan nuevos al
centro se sientan bien entre nosotros.
Ayudaremos a los compañeros y compañeras que lo necesiten.
Dejaremos la clase ordenada a la salida para facilitar el trabajo de
limpieza.
Saldremos ordenadamente y sin gritar para no molestar.
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59
QUINTO NIVEL DE PRIMARIA
No interrumpir.
Respetar el turno de palabra.
Ser respetuoso con los profesores y con los compañeros.
Cuidar el material y tenerlo colocado.
Hacer todos los días la tarea y estudiar.
Estar bien sentado en clase.
Traer ropa deportiva y la bolsa de aseo para la clase de Educación
Física.
Ayudar a los compañeros.
Preguntar las dudas.
Ir al servicio en el recreo.
Hay que entrar y salir de clase de forma ordenada.
Tratar a los compañeros y los profesores como nos gustaría que nos
tratasen a nosotros.
No comer en clase si no lo autoriza el profesor.
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60
SEXTO NIVEL DE PRIMARIA
Entrar en fila y con orden.
Pedir permiso para levantarse y hablar.
Tratar con respeto a profesores y compañeros.
Cuidar el material y mobiliario.
No comer ni beber en clase si no lo autoriza el profesor.
Traer el material necesario para la clase.
Mantener los cuadernos y libros limpios.
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61
G) LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y LAS MEDIDAS
CORRECTORAS ANTE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A
LAS NCOF Y CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES
PARA LA CONVIVENCIA.
En el Marco de lo establecido en el Decreto 3/2008, de 8 de enero, de
la Convivencia Escolar de Castilla-La Mancha.
G.1.- Responsables de la aplicación de las medidas correctoras y de las
normas de convivencia.
Profesorado y Claustro
Contribuye a que las actividades se realicen en un clima adecuado y se
fomenten los valores de la ciudadanía democrática.
Puede participar en los procesos de mediación.
El Claustro informa de las NCOF, conoce la resolución de conflictos y la
imposición de sanciones, propone medidas e iniciativas.
Dirección de los centros públicos
Propone medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia, la igualdad
entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de los conflictos en todos
los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
Consejo Escolar
Las atribuciones de la LOMCE en el artículo 127.
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios.
Velar porque se atengan a la normativa.
Proponer medidas e iniciativas.
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62
Comisión de convivencia.
Se forma por miembros del consejo escolar: director, jefe de estudios,
representante de padres y representante de maestros. Los representantes
de padres y maestros serán elegidos por el Consejo Escolar entre aquellos
miembros que reúnan condiciones más idóneas para el cargo.
Asesora a la dirección del centro y al Consejo Escolar en el cumplimiento
del Decreto de Convivencia.
Canaliza las iniciativas de todos los sectores de la Comunidad Educativa.
Alumnado
Participa en la elaboración, aprobación y cumplimiento de las NCOF de
AULA.
Promoción de la convivencia a través del representante en el Consejo
Escolar. (Con voz y sin voto).
Puede haber voluntarios si existieran equipos de mediación.
Padres y madres
Mejoran la convivencia a través de sus representantes en el Consejo
Escolar, AMPAS
Voluntariamente en los equipos de mediación, si los hubiera.
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63
G.2 Procedimiento para la aplicación de las medidas preventivas y
correctivas
Se corregirán las conductas que vulneran lo establecido en las Normas
de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula o
atentan contra la convivencia cuando son realizadas:
Dentro del recinto escolar
Durante la realización de actividades complementarias o
extracurriculares.
En el uso de los servicios complementarios del centro.
Aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente
relacionadas con la actividad escolar.
Criterios para aplicar las medidas:
Se tendrá en cuenta el nivel y etapa escolar del alumno.
Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales.
Serán proporcionadas a la gravedad de las conductas.
Las medidas adoptadas deben contribuir al mantenimiento y la mejora
del proceso educativo.
Tendrán prioridad las que conlleven comportamientos positivos de
reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales
y colectivos que tengan repercusión favorable en la comunidad y en el
centro.
Las medidas no pueden atentar contra la integridad física y la dignidad
personal del alumnado.
El alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la
educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la
escolaridad.
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64
Cuando se cumplan unas condiciones se podrá imponer como medida la
realización de tareas educativas fuera del aula o del centro docente
durante el periodo lectivo correspondiente.
Circunstancias que atenúan la gravedad de las medidas correctoras:
El reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta.
La ausencia de medidas correctoras previas.
La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del
desarrollo de las actividades del centro.
El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.
La falta de intencionalidad.
La voluntad del infractor de participar en procesos de mediación, si se
dan las condiciones para que ésta sea posible, y de cumplir los acuerdos
que se adopten durante los mismos.
Circunstancias que aumentan la gravedad
Los daños, injurias u ofensas a compañeros de menor edad o de nueva
incorporación.
Que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o
inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos
discriminatorios, sea cual sea la causa.
Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del
centro, su integridad física o moral, y su dignidad.
La premeditación y la reincidencia.
La publicidad.
La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o
publicitarios.
Las realizadas colectivamente.
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65
Medidas educativas y preventivas
Se llevarán a cabo a través de las tutorías, del equipo de orientación, de
las programaciones didácticas y del clima diario de convivencia basado
en los valores establecidos.
El centro demandará a los padres e instituciones públicas la adopción de
medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias que puedan ser
contrarias a la convivencia.
Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de
aceptación de las normas escolares podrán suscribir con el centro docente
un compromiso de convivencia, con el objeto de establecer mecanismos
de coordinación con el profesorado y otros profesionales que atienden al
alumno o alumna y de colaborar en la aplicaci6n de las medidas que se
propongan, tanto en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar
para superar esta situación.
La Comisión de Convivencia realizará el seguimiento de los
compromisos de convivencia suscritos en el centro para garantizar su
efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de
incumplimiento.
Conductas contrarias a las normas de convivencia
Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia las
siguientes:
Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.
La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.
La interrupción del normal desarrollo de las clases.
La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.
Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.
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66
El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro
o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad
escolar.
Presunción de veracidad.
Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las
competencias correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de
veracidad cuando se formalicen por escrito en el curso de los procedimientos
administrativos tramitados en relación con las conductas que sean contrarias
a las normas de convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de
los respectivos derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por
los presuntos responsables.
Medidas correctoras
Serán corregidas en primera instancia con amonestación privada o por
escrito por los profesores del alumno, oído éste y dando cuenta al tutor y
al jefe de estudios.
Comparecencia inmediata del alumno ante el jefe de estudios por los
profesores del alumno.
La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.
(Excursiones, películas, actividades lúdicas, etc.)
La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora,
cuidado y conservación de algún espacio del centro.
El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de
grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro con estas
condiciones:
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67
o La puede imponer el profesor al alumno que su conducta impide al
resto de alumnos el derecho a la enseñanza.
o Se adopta una vez agotadas otras posibilidades.
o Solo afectará al periodo lectivo en el que se produzca la conducta a
corregir.
o La dirección organizará la atención al alumnado objeto de esta medida
de manera que esté vigilado por el profesorado que el ED determine.
o El profesor responsable de la clase informará a la Jefatura Estudios y
al tutor del grupo de las circunstancias que motivan la adopción de
esta medida.
o El profesorado que lo vigila informará de la conducta del alumno
durante su custodia.
o El Equipo Directivo llevará un control de estas situaciones, para
adoptar otras medidas si fuera necesario, e informará periódicamente
al Consejo Escolar y a la Inspección.
La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del
alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación
de los padres del alumno o alumna.
A quién corresponde la decisión de las medidas correctoras.
Cualquier profesor del centro, oído el alumno cuando ocurra:
o Sustitución del recreo por una actividad alternativa.
o El desarrollo de actividades escolares en un espacio distinto al aula.
El tutor en estos supuestos:
o Restricción del uso de determinados espacios y recursos.
o Tareas escolares en el centro en horario no lectivo.
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68
En todos los casos quedará constancia por escrito de las medidas
adoptadas y se notificará a la familia.
Para reclamar pueden acudir a la Dirección del Centro o Delegación.
TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE
PERJUDICIALES.
Conductas gravemente perjudiciales
Se consideran conductas gravemente perjudiciales:
Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de
las actividades del centro.
Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad
escolar
El acoso o la violencia contra personas y las actuaciones perjudiciales
para la salud y la integridad personal de tos miembros de la comunidad
educativa.
Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una
implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen
contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus
características personales, económicas, sociales o educativas.
La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de
documentos y material académico.
El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del
centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás
miembros de la comunidad educativa.
Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que
atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así
como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la
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69
violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del
terrorismo.
La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el
centro.
El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con
anterioridad.
Medidas correctoras para estas conductas
La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo
superior a una semana e inferior a un mes.
La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades
extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser
superior a un mes.
El cambio de grupo o clase.
La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión
temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo que no
podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida
del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de
que el alumno acuda periódicamente al centro para el control del
cumplimiento de la medida correctora. Para ello:
o El tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar
por el alumno sancionado, con inclusión de las formas de
seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro,
para garantizar así el derecho a la evaluación continua.
o En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar los
padres del alumno.
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70
Quién impone las medidas
Las adopta el director y dará traslado a la Comisión de Convivencia.
Procedimiento general
Siempre dar audiencia al alumno, familias y el conocimiento del tutor.
En todo caso, las correcciones impuestas serán inmediatamente
ejecutivas.
Reclamaciones
A instancia de los padres, pueden ser revisadas por el Consejo Escolar.
Se presentará en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la
imposición de la corrección.
Para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo
escolar del centro en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde
la presentación de aquélla, en la que este órgano colegiado de gobierno
confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las
medidas que considere oportunas.
Otros aspectos
Cambio de centro
El director podrá proponer a la Dirección Provincial de Toledo en
aquellas localidades en las que exista más de un centro docente, el cambio
de centro de un alumno por problemas graves de convivencia o por otras
causas de carácter educativo relacionadas con un determinado entorno
que esté afectando gravemente a su normal proceso de escolarización y
de aprendizaje.
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71
La Directora Provincial de Educación resolverá, previo informe de la
Inspección de educación en el que se determine si la nueva situación va a
suponer una mejora en las relaciones de convivencia y del proceso
educativo.
Contra la resolución dictada se podrá interponer recurso de alzada en el
plazo de un mes al Consejero de Educación.
Responsabilidad de los daños
El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las
instalaciones del centro o a su material así como a los bienes y
pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa queda
obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico
de su reparación.
Igualmente quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro
de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído.
Los alumnos o, en su caso los padres serán responsables del resarcimiento
de tales daños en los términos previstos en las leyes.
Responsabilidad penal
La dirección del centro comunicará al Ministerio fiscal y a la Delegación
provincial las conductas que pudieran ser constitutivas de delito o falta
perseguible penalmente sin que ello suponga la paralización de las
medidas correctoras aplicables.
Prescripción
Las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo
de un mes a contar desde la fecha de su comisión.
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72
Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro
prescriben por el transcurso de un plazo de tres meses contado a partir de
su comisión.
Las medidas correctoras para las conductas contrarias a la convivencia
prescriben transcurrido el plazo de un mes.
Las medidas correctoras para las conductas gravemente perjudiciales
prescriben a los tres meses a contar desde la fecha de su imposición o
desde que el Consejo escolar se pronuncie sobre la reclamación prevista.
En el cómputo de los plazos fijados en los apartados anteriores se
excluirán los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar
de la provincia.
H) LOS PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN PARA LA
RESOLUCIÓN POSITIVA DE CONFLICTOS, EQUIPOS DE
MEDIACIÓN Y RESPONSABLE DEL PROCESO DE
MEDIACIÓN Y ARBITRAJE.
Las NCOF del centro están fundamentadas en las Órdenes del
02/07/2012 y de 8 de enero de 2008 de la Convivencia Escolar en CLM.
Conforme a esta ley el claustro valorará la posibilidad de hacer uso de
la mediación escolar como método de resolución de conflictos de acuerdo a
los siguientes criterios:
Mediación escolar
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73
Es un método de resolución de conflictos, en el que mediante la
intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes a
alcanzar un acuerdo satisfactorio.
Se puede utilizar como estrategia preventiva en la gestión de conflictos
entre miembros de la comunidad educativa.
Se puede utilizar como estrategia de reparación o de reconciliación una
vez aplicada la medida correctora, para restablecer la confianza entre las
personas.
Situaciones en las que no se puede ofrecer mediación
Conductas tipificadas como “gravemente perjudiciales para la
convivencia” en el centro.
Si ya se ha utilizado la mediación escolar en un mismo curso y el
resultado ha sido negativo.
Principios de la mediación escolar
Libertad y voluntariedad para acogerse o no a la mediación o desistir
cuando quieran.
La imparcialidad de la persona mediadora, sin imponer soluciones ni
medidas. El mediador no puede tener ninguna relación con los
implicados ni con los hechos.
Mantenimiento de confidencialidad, salvo en los casos que determine la
normativa.
Los implicados no pueden sustituirse por representantes o intermediarios.
Practicarla para que los alumnos adquieran este hábito de solución de
conflictos.
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74
Proceso de mediación
Interrumpe cualquier otro procedimiento administrativo del centro.
Se inicia a instancia de cualquier miembro de la CE.
Las partes deben aceptarlo voluntariamente.
Las partes deben asumir ante la dirección del centro, el compromiso de
cumplir el acuerdo. En el caso de menores de edad, los que deben
asumirlo son los padres.
Los mediadores deben ser propuestos por la dirección del centro entre el
alumnado, padres, personal docente o de administración y servicios, que
dispongan de formación adecuada para conducir el proceso.
Los mediadores deben convocar un encuentro de las personas implicadas
para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y
o reparación que quieren llegar.
Si el proceso de mediación se interrumpe o se incumplen los pactos de
reparación, el mediador debe comunicarlo a la dirección.
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75
I) CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS, CURSOS
Y GRUPOS. RESTO DE RESPONSABILIDADES Y TAREAS NO
DEFINIDAS POR LA NORMATIVA VIGENTE.CRITERIOS DE
SUSTITUCIÓN.
Según instrucción 72 de la Orden 03/07/2012 y 05/08/2014.
La asignación de nivel, cursos, áreas y actividades docentes se realizará
atendiendo a los siguientes criterios:
Los tutores continuarán con el mismo grupo de alumnos durante dos
cursos académicos, siempre que sea posible. Se establece una excepción
de poder continuar con su grupo durante tres cursos, en el caso de
comenzar su primer año impartiendo tutoría en cuarto de Primaria, ya
que la legislación vigente garantiza que el tutor permanezca con el mismo
grupo de alumnos en quinto y sexto de Primaria. Cuando a juicio del
Equipo Directivo existieran razones suficientes para obviar este criterio,
el Director dispondrá la asignación del maestro, o los maestros afectados,
a otro nivel, área o actividad docente previo informe motivado al Servicio
de Inspección Educativa.
La especialidad del puesto de trabajo al que estén adscritos los diferentes
maestros.
Otras especialidades para las que los maestros estén habilitados.
El/la directora/a, a propuesta de Jefatura de estudios, asignará los
cursos y grupos de alumnado para impartir docencia teniendo en cuenta el
siguiente orden:
Miembros del Equipo Directivo.
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76
Maestros definitivos, provisionales e interinos dando preferencia a la
antigüedad en el centro. En caso de igualdad se dará preferencia a la
antigüedad en el cuerpo.
A maestros itinerantes y a los miembros del equipo directivo se les
adjudicará tutoría en último lugar, por este orden, y sólo si es
estrictamente necesario.
En el caso de que algún maestro no cubra su horario lectivo, después
de su adscripción a grupos, áreas o niveles, el Director del centro podrá
asignarle otras tareas, relacionadas con:
Impartir áreas de alguna de las especialidades para las que esté habilitado,
en otros niveles, o dentro de su mismo nivel, con otros grupos de
alumnos.
Atención a alumnado con desconocimiento de la lengua española.
Actividades de refuerzo.
Apoyo a otros maestros en actividades que requieran la presencia de más
de un maestro en el aula, en los términos establecidos en las
programaciones didácticas.
Otras funciones: coordinadores de nivel, responsable de biblioteca,
responsable de Formación, actividades complementarias y
extracurriculares,.. etc.
CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN
Cuando un profesor se ausente, el grupo de alumnos afectado será
atendido conforme a los siguientes criterios:
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77
Los profesores que tienen prevista una ausencia lo comunicarán con
antelación y dejarán trabajo programado para el tiempo que dure la
misma, que el profesor sustituto llevará a cabo. Deberán comunicarlo a
Jefatura de Estudios o a Dirección lo antes posible para facilitar la
elaboración de un horario para el periodo correspondiente.
Conforme a los horarios personales se hará cargo del grupo el maestro
que dispone de esa sesión de refuerzo educativo en ese nivel/clase, o
refuerzo en otro nivel, responsable de biblioteca, de formación y
coordinador de nivel, en ese orden. Si es un especialista el que falta le
sustituye el tutor del grupo correspondiente, si su disponibilidad horaria
lo permite.
Si coinciden dos maestros sin docencia directa hará la sustitución aquel
que tenga menos horas de docencia directa semanal. Se procurarán
distribuir las horas de sustitución de forma equitativa.
Se priorizará la sustitución por maestro del mismo nivel o etapa, en este
orden. El equipo directivo atenderá estas funciones conforme a su
disponibilidad horaria.
AGRUPAMIENTOS
Los criterios generales que diseñamos en los agrupamientos de nuestro
alumnado van en consonancia con nuestras líneas de actuación pedagógica,
están pensados para favorecer grupos heterogéneos por sus características y
pretenden, con criterios igualitarios, contribuir a su éxito escolar.
Alumnado de nueva incorporación – Infantil 3 años-
Para la primera asignación del alumnado de 3 años, de nueva incorporación
al centro, se establecen las siguiente pautas de actuación:
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Revisión por parte de l@s tutor@s de 3 años de Educación Infantil,
de los expedientes del alumnado que accede por primera vez al
centro.
Reunión de la dirección del centro, equipo de orientación y tutores
de Infantil 3 años para la confección de los grupos.
División del alumnado por grupos atendiendo a los siguientes
criterios pedagógicos:
▪ Paridad de género.
▪ Igual número de alumnado con dificultades de aprendizaje
en ambos grupos o previsión de ellas. Incluidos problemas de
lenguaje.
▪ División equitativa del alumnado por fecha de nacimiento,
de modo que haya en todos los grupos, el mismo número de
alumnado nacidos en cada uno de los 4 trimestres del año.
Se procurará igual distribución por meses.
▪ En caso de alumnado con ACNEE se asignará por igual a
ambos grupos.
▪ En el caso de que haya alumnado inmigrante con
desconocimiento del idioma, se asignará por igual a ambos
grupos. En el caso de que su número sea impar, se asignará
al grupo con menor número de ACNEE. En el caso de
igualdad en el número de ACNEE, se asignará por orden
alfabético.
▪ Orden alfabético del primer apellido y segundo en caso de
igualdad.
▪ A lo largo de los siguientes cursos de la Etapa de Infantil,
cualquier cambio de alumnado en los agrupamientos será a
modo individual. Se llevarán a cabo las siguientes
actuaciones:
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Estudio por parte del profesor tutor, el Equipo de Orientación y el
Equipo Directivo.
Información a la familia del alumno/a.
Información a Claustro y Consejo Escolar.
Alumnado de nuevo ingreso durante su escolaridad
Cuando se incorpore alumnado nuevo se seguirán los siguientes criterios
para la asignación a uno u otro grupo:
El alumno/a de nueva incorporación se asigna al grupo que tiene
el menor número de alumnos.
En caso de igualdad entre grupos, se asignará al grupo A.
Si se trata de alumnado extranjero con desconocimiento del
idioma, quedaría asignado al curso anterior, salvo en el caso de ser
un alumno con edad para primer curso de Primaria en cuyo caso
entraría con el resto de alumnos.
Otros casos que se pudieran presentar diferentes a estos generales,
serían tratados específicamente.
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80
J) ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN
EL CENTRO Y LAS NORMAS PARA EL USO DE LAS
INSTALACIONES Y LOS RECURSOS.
Espacios del centro:
ALA DE EDUCACIÓN INFANTIL
6 aulas de E. Infantil
Hall de E. Infantil.
Aula de apoyo de E.I.
Patios.
ALA DE E. PRIMARIA (1ª y 2ª planta)
12 aulas de E. Primaria.
5 aulas de apoyo
Aula Althia
Almacén de recursos.
Servicios.
Patio.
AULAS COMUNES:
Aula de música.
Biblioteca.
Pabellón deportivo.
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81
ALA DE DESPACHOS:
Secretaría
Jefatura de Estudios
Dirección
Equipo de Orientación
A.M.P.A.
Sala de profesores.
Aulas
Cada aula tendrá asignado un grupo de alumnos/as. En la asignación
del aula se tendrá en cuenta la edad de los/las alumnos/as la proximidad de
los mismos niveles y otras condiciones que se puedan considerar especiales
del alumnado, tutores o de algún maestro/a que imparta clase a un grupo de
alumnos/as en particular.
Aulas de apoyo
Se utilizarán para uso de A.L, P.T., aula de religión, desdobles, grupos
flexibles, y apoyos fuera del aula. La sala de A.L., P.T. y religión serán
espacios fijos. El resto se distribuirá al comienzo de curso, en función de las
necesidades y de la programación anual.
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82
Aula de Informática
Podrá ser utilizada por todos los alumnos/as del centro, siempre que
estén acompañados por un profesor/a que oriente las actividades a realizar.
Los alumnos/as atenderán las instrucciones de manejo de los equipos,
respetando los pasos a seguir no pudiendo ejecutar programas o realizar
actividades que no sean las encomendadas por el maestro/a responsable. Si
se observase una conducta inadecuada o un incumplimiento de las normas
establecidas, por parte de algún alumno/a, éste/a será privado/a de realizar
actividades de informática durante un período de tiempo a determinar
normativamente.
En caso de que algún componente de los equipos informáticos,
resultase dañado a causa de un uso inadecuado por parte de cualquier
alumno/a, el gasto de reparación o reposición de los componentes afectados
correrá a cargo de los padres o tutores legales del alumno/a.
Se centralizarán en el aula los recursos informáticos (ordenadores,
video proyector, material de software) para su uso en el aula.
Para el uso del aula Althia se elaborará un horario, que coordinará el
responsable de Formación, que sólo podrá ser modificado por acuerdo entre
profesores/as. Se fijarán a principio del curso sesiones semanales para los
profesores que lo requieran y el resto de sesiones disponibles se reservarán
con antelación semanalmente.
Pabellón
El pabellón es el lugar donde se realizan habitualmente actividades de
Educación Física, con un horario fijado a principio de curso y que se
distribuirá de tal forma que sea utilizado por un solo grupo en cada sesión.
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83
También podrá ser utilizado por el resto del profesorado, fuera de este
horario, o previo acuerdo con los/as profesores/as de dicha asignatura.
Biblioteca
Para el uso de la biblioteca se establecerá un horario al inicio de curso
para que pueda ser utilizada por diferentes grupos. Las horas libres podrán
utilizarse reservándola con antelación. También se fijarán algunas horas
semanales para facilitar el préstamo individual de libros.
Aula de Psicomotricidad
El Aula de Psicomotricidad es un local para uso de los alumnos/as de
Educación Infantil. Esto no impide que pueda ser utilizada por otros
profesores en horario libre o previo acuerdo con los/las profesores/as de
esta etapa. Este aula, también es utilizado por el/la fisioterapeuta para
trabajar con los alumnos que requieren este servicio.
Aula de Música
El Aula de Música es utilizada principalmente por Educación
Primaria. Los horarios de uso de esta aula serán fijados en los horarios de
los diferentes grupos. El/la encargado de este aula es el/la especialista de
Música.
Salón de actos
Se utiliza diariamente como sala de medios audiovisuales y para
realizar actividades de gran grupo. Se debe consultar con antelación si está
disponible.
Sin perjuicio de todo lo señalado en los apartados anteriores,
cualquiera de los espacios comunes anteriormente citados, podrá ser
utilizado para el desarrollo de actividades globales de Centro o en aquellas
ocasiones en que no haya posibilidad razonable de realizarlo en otro lugar.
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84
NORMAS PARA EL USO DE INSTALACIONES, RECURSOS Y
SERVICIOS EDUCATIVOS.
Las instalaciones del Centro podrán ser utilizadas, fuera del horario
lectivo, por la AMPA, Ayuntamiento u otras asociaciones sin ánimo de
lucro.
Para su utilización se deberá solicitar autorización escrita a la
Dirección del Centro, indicando el motivo del uso, los días y horas así como
las personas que van a participar en la actividad. Esas solicitudes serán
informadas por la Dirección al Consejo Escolar, que decidirá su procedencia
o no, autorizando el uso o denegándolo y siempre bajo los criterios que a
continuación señalamos:
Los locales e instalaciones del Centro podrán ser utilizados fuera del
horario lectivo por los Ayuntamientos, centros docentes y otras entidades u
organismos y personas físicas o jurídicas, para la realización de actividades
educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales, de conformidad con
el procedimiento que se desarrollará reglamentariamente.
Sin menoscabo de la Programación General Anual del Centro, o de la
efectuada por la Consejería de Educación y Ciencia, el Ayuntamiento tendrá
preferencia para la utilización del edificio/s escolares. A tal efecto el/la
Director/a del Centro facilitará, si lo requiere, al Ayuntamiento la
Programación General Anual y éste, comunicará con la suficiente antelación
al Presidente del Consejo Escolar las actividades y correspondientes horarios
que haya programado.
En todo caso, los usuarios /as deberán garantizar el normal desarrollo de
las actividades por ellos /as realizadas, la no-interferencia en los aspectos
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85
académicos del Centro y la adopción de las medidas oportunas en materia
de vigilancia, seguridad, mantenimiento y limpieza de los locales e
instalaciones, de modo que tales dependencias queden en perfecto estado
para su uso inmediato posterior por el alumnado en sus actividades escolares
ordinarias.
Las aulas podrán cederse a la AMPA para realizar actividades en horario
no lectivo. Las actividades que se realicen deberán ser aprobadas por el
Consejo Escolar y figurar en la Programación General Anual. La AMPA
será la responsable de los desperfectos que se puedan ocasionar durante la
realización de dichas actividades.
Existirá un modelo de petición de dependencias y espacios en el que se
incluirán las condiciones de uso y responsabilidades: apertura y cierre del
centro, custodia de llaves, activación y desactivación de alarma, talleres a
realizar, horarios, edades a las que va dirigida, responsables de las
actividades, protocolo de seguridad para el alumnado (listados, teléfonos,
datos familiares, conocimiento de centros sanitarios locales y medidas de
seguridad del centro), etc.
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86
K) PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN A LAS
FAMILIAS DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE DEL
ALUMNADO Y LAS CORRESPONDIENTES
AUTORIZACIONES O JUSTIFICACIONES EN LOS CASOS
DE AUSENCIA.
El tutor llevará un control diario de la asistencia (según modelo del
centro). Exigirá a los padres que justifiquen las faltas, para lo cual se les
proporcionará un modelo escrito para que lo cumplimenten. En caso de que
las faltas no se justifiquen por escrito, el tutor/a se pondrá en contacto
telefónico con la familia para informarse del motivo de las mismas.
Semanalmente se introducen las faltas de asistencia del alumnado en
Delphos.
Cuando el número de faltas sea elevado, analizando cada caso de
manera particular, se procederá de acuerdo con el protocolo de actuación
en caso de absentismo (Orden 9/03/2007). Siguiendo lo recogido en dicha
orden, se considera absentismo escolar la falta de asistencia regular y
continuada a clase del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, sin
motivo que lo justifique.
Fruto del control de asistencia diaria a clase y en el caso de que se
observe una situación de absentismo:
1. El tutor o tutora se pondrá en contacto con la familia, de manera
inmediata, para informar sobre la situación presentada y las medidas
inmediatas adoptadas.
2. El tutor o tutora informará al Equipo Directivo y al responsable del
programa en el centro sobre la situación detectada con el fin de incorporar
al alumno o alumna en las actividades programadas (adopción de primeras
medidas provisionales: medidas de vigilancia, atención alumnado...)
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87
3. El Equipo Directivo trasladará la información al Servicio de
Inspección de Educación (SIE) el mismo día en que comience el proceso,
mediante escrito al Inspector/a de referencia que refleje la situación de
absentismo escolar detectada y medidas inmediatas adoptadas.
4. El responsable del programa en el centro, en el plazo más breve
posible una vez detectada la situación de absentismo escolar, abrirá una
historia de absentismo escolar donde se incluirá toda la documentación
referente al proceso iniciado:
• datos relevantes del alumno/a y la familia
• intervenciones realizadas hasta la fecha
• medidas preventivas puesta en marcha
• etc.
2. Si no remite la situación de absentismo escolar en un plazo de 7
días, el tutor/a, con el concurso del Equipo Directivo, citará por correo
certificado a una entrevista informativa a la familia o tutores legales del
alumno o alumna, siempre que sea posible con la presencia del responsable
del programa en el centro; les informará sobre el resultado de las medidas
inmediatas adoptadas y sobre actuaciones a realizar si no cesa la situación
de absentismo. Se consensuarán nuevas medidas a adoptar entre la familia,
alumno o alumna y tutor/a.
a) Si persiste la situación de absentismo escolar a pesar de las
actuaciones emprendidas anteriormente, el Departamento de Orientación /
Equipo de Orientación y Apoyo, junto con el tutor/a y con el Vº Bº del
Director/a, complementarán la historia de absentismo escolar antes citada
con la información necesaria para realizar una valoración de la situación
personal y escolar del alumno o alumna, incluyendo al menos lo siguiente:
· Recogida de información mediante el análisis de la trayectoria
educativa del alumno/a y entrevistas con el alumno/a y familia
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88
· Identificación del tipo de absentismo según las causas que lo
originan, a través de los indicadores establecidos en el documento
“Concepto y tipología del absentismo”.
b) Si, fruto de la valoración llevada a cabo, se determina que las causas
que originan el absentismo escolar están centradas en el alumno/a o en el
centro educativo, éste adoptará las medidas que se adecuen a sus
necesidades, tomando como referencia las que se señalan en este documento
(punto 4).
c) Si se deduce que en su origen intervienen factores socio-familiares,
se solicitará valoración complementaria de los servicios sociales. El
director/a del centro educativo, mediante informe por escrito y en un plazo
máximo de tres días, remitirá a servicios sociales un informe que recoja:
1. Situación actualizada del alumno/a y de la familia.
2. Identificación del tipo de absentismo escolar.
3. Especificación de los indicadores que pueden referir que la situación
de absentismo escolar tiene un origen socio-familiar.
4. Actuaciones realizadas por el centro educativo y resultados
obtenidos.
d) Servicios Sociales remitirá al centro educativo, a la mayor brevedad
posible, un informe que recoja el estudio y valoración de la situación del
menor y de su familia.
PROYECTO EDUCATIVO
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89
L) LOS PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN DEL
PROTOCOLO DE CUSTODIA DE MENORES
Para la elaboración de este documento se toma como referencia el
Borrador del Protocolo Unificado de Intervención con Menores y
adolescentes en las Áreas de Salud, Juzgado y Fiscalía de Menores, Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado, Servicios Sociales y Educación en el
Ámbito Educativo, como marco de seguridad y apoyo al profesorado en la
toma de decisiones en los centros educativos, como así se expresa en la Ley
3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado, en beneficio del
alumnado y sus familias.
En nuestras NCOF recogemos aspectos relacionados con tutorías y
atención a familias para informar del proceso de enseñanza-aprendizaje de
los alumnos menores, el control y justificación de su absentismo, la
necesidad de autorizaciones para entradas y salidas del centro fuera del
horario regular del mismo y, cualquier otro aspecto que pudiera afectar al
centro en su organización y funcionamiento, como institución que recoge a
menores.
ACTUACIÓN ANTE PROBLEMAS MÉDICOS DEL MENOR
OCURRIDOS EN EL CENTRO EDUCATIVO.
Los profesores no administrarán medicación alguna a los niños. En caso
de necesidad se arbitrarán las medidas para que los padres puedan
administrárselo a los niños en el centro. (Los niños no podrán traer
medicinas para automedicarse. Si algún niño tuviese que traer alguna
medicina se depositará en el botiquín y deberá estar identificada con el
nombre del niño y acompañada del prospecto y prescripción médica.
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C.E.I.P. “Lazarillo de Tormes”
90
Podría hacerse uso de ella en caso de necesidad vital o como depósito de
la familia para que ella la administre una vez avisada). En caso de que el
centro cuente con un profesional de enfermería, es dicha figura la que
podría administrar la medicación en caso de que se considere necesario
en función de la patología del menor.
No obstante, en caso de emergencia grave del alumnado con patologías
crónicas graves (existiendo un seguimiento por parte del responsable
enfermería) el profesorado podrá administrar medicación proporcionada
por la familia, si el alumno requiere una respuesta inmediata.
Cuando un/a alumno/a tenga un accidente, se procederá a la cura del
alumno/a accidentado/a con el botiquín del Colegio, si es factible.
Si el accidente requiriese el médico de forma no urgente, se avisará a su
Padre/Madre o Tutor/a para comunicarles la situación y que actúen en
consecuencia.
Si la presencia médica se considerase urgente y/o no hubiera forma de
comunicar con sus padres, la situación se comunicará al Director/a, o en
su defecto, a algún miembro del Equipo Directivo, para que se adopten
las medidas oportunas para trasladar al alumno/a al Centro de Salud u
Hospital, acompañado/a por algún Maestro/a, voluntario/a o personal
disponible.
Los padres entregarán a inicio de curso con la matrícula, fotocopia de la
tarjeta sanitaria y consentimiento y autorización al personal del centro
para realizar el desplazamiento del accidentado.
En casos de verdadera URGENCIA se seguirán los siguientes pasos:
Solicitar ayuda inmediata al 1-1-2 o al centro de salud más cercano.
Avisar a los padres, tutores o representantes legales del menor.
No mover al menor y evitar la deambulación.
Despejar el espacio perimetral en el que se encuentra el menor.
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91
Observar las reacciones del menor para informar al servicio médico
de urgencia y al 1-1-2, respectivamente.
Aplicar, en su caso, las medidas propuestas por el 1-1-2.
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO EL MENOR
NO ES RECOGIDO AL FINALIZAR EL HORARIO ESCOLAR.
Los menores no recogidos a la hora de la salida por sus padres, deberán
esperarles en Secretaría.
En caso de retraso justificado, el menor permanecerá en Secretaría hasta
la llegada de sus padres.
En caso de retraso injustificado y aislado, se procederá de la misma
forma, aunque se llamará a los padres para justificar la ausencia.
En el caso de retrasos reiterados y sistemáticos, con imposibilidad de
contactar telefónicamente con los padres o negativas de recogida del
menor, a los 30 minutos de demora se estimará la conveniencia de dar
aviso a la Guardia Civil o Policía Municipal.
*si se rebasa el horario laboral del profesorado, se procederá a comunicar el
caso a las autoridades municipales.
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE AGRESIONES Y
ABUSOS SEXUALES
Ante la detección de casos sobre los que sólo se tienen dudas o
indicios, se actuará de la siguiente manera:
Poner en conocimiento de padres/tutores o representantes legales,
jefatura de estudios, orientador/a y SIE.
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Ante la detección de casos graves sobre los que no se tienen dudas
sobre lo acontecido se actuará así:
Puesta en conocimiento a padres o tutores/representantes legales,
al SIE y al 1-1-2. Los profesionales médicos, en caso de certificar
lesiones, activarán el protocolo pertinente.
Emisión de denuncia ante los cuerpos y fuerzas de seguridad.
Puesta en conocimiento a la fiscalía de Menores y Servicios
Sociales de Atención Primaria.
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO EL MENOR
NO ACATA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
En el Centro Escolar el alumnado, profesorado y Equipo Directivo
tienen obligaciones que cumplir y derechos que ejercer y hacer respetar,
según lo expuesto en el apartado B) de estas NCOF.
Estas situaciones de convivencia y obediencia, a veces, originan
problemas y conflictos.
Ante ellos, aplicaremos la Normativa en vigor:
Decreto 3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar en C-LM.
Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado.
Decreto 13/2013, de autoridad del profesorado de C-LM.
Orden de 20/06/2013, por la que se pone en funcionamiento la
Unidad de Atención al Profesorado.
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Se aplicarán las medidas correctoras a las conductas contrarias
tipificadas en el apartado F) de nuestras NCOF, cuando se produzcan dentro
del recinto escolar, durante la realización de actividades complementarias o
extracurriculares o en el uso de los servicios complementarios del centro.
ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE SUPUESTOS DE
VIOLENCIA, MALTRATO Y ABUSO DENTRO DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
Se entiende por violencia escolar la acción u omisión
intencionalmente dañina ejercida entre los miembros de la comunidad
educativa, que se produce dentro de las instalaciones escolares o en espacios
directamente relacionados con lo escolar.
Ante la detección de casos sobre los que solo se tienen dudas o
indicios, se actuará de la siguiente manera:
Poner en conocimiento de padres/tutores o representantes legales,
equipo psicopedagógico del centro y SIE.
Ante la detección de casos graves sobre los que no se tienen dudas
sobre lo acontecido se actuará así:
Puesta en conocimiento al SIE y al 1-1-2.
Emisión de denuncia ante los cuerpos y fuerzas de seguridad.
Puesta en conocimiento a la fiscalía de Menores y Servicios
Sociales de Atención Primaria.
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ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ANTE PADRES
SEPARADOS/DIVORCIADOS.
En estos casos la actuación de los maestros será de igualdad para
ambas partes, tengan o no la custodia compartida, y del mismo que se
procede con el resto del alumnado, facilitando información verbal, escrita y
reuniones con los tutores cuando lo soliciten, a excepción de los siguientes
supuestos:
Casos en los que no exista patria potestad por haber sido
suspendida (habrá que comunicarse al centro)
Casos con orden de alejamiento respecto al menor.
Otras restricciones establecidas judicialmente (comunicada al
centro educativo)
M) MEDIDAS PARA EL BUEN USO, CUIDADO Y
MANTENIMIENTO DE LOS MATERIALES CURRICULARES
POR PARTE DE LA COMUNIDAD.
Como normas generales de aplicación a las diferentes convocatorias
de ayudas en especies referente a materiales curriculares y, en lo referido al
buen uso, cuidado y mantenimiento de los materiales curriculares, nuestro
centro propone las siguientes:
Serán beneficiarios del Programa todos los alumnos de E. Primaria
del centro que hayan recibido la ayuda correspondiente.
Los materiales curriculares adquiridos con cargo a los fondos
públicos destinados al efecto, son propiedad del colegio y serán
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facilitados a los alumnos en la forma que el profesorado considere
más adecuada para el desarrollo del trabajo diario.
Todos los materiales serán inventariados y, al finalizar cada curso,
revisados para determinar su grado de conservación. Serán dados
de baja cuando cumpla su periodo de utilización.
Los alumnos beneficiarios del préstamo estarán obligados a
conservar en debido estado los materiales curriculares entregados,
dispensándoles buen trato y uso. Igualmente, deberán reingresarlos
al centro al finalizar el curso.
El incumplimiento del apartado anterior por parte de los alumnos,
entendiendo por tal el mal trato deliberado de manera que el
material no pueda ser utilizado el curso siguiente, la pérdida de
material o el no reintegro del mismo, podrá ser sancionado según
estime la Comisión de Materiales Curriculares del Consejo Escolar.