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NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR U.E.N TÁCATA

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Normas de convivencia de la UEN Tácata, 2010

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Page 1: Normas de convivencia

NORMASDE CONVIVENCIA ESCOLAR

U.E.N TÁCATA

Page 2: Normas de convivencia

TÍTULO IDISPOSICIONES FUNDAMENTALES

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CAPÍTULO IDISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Artículo 1. ObjetivoEl presente documento constituye las Normas de Convivencia Escolar que regirán el funcionamiento de la U.E.N. “TÁCATA”, institución pública adscrita al Ministerio Del Poder Popular Para La Educación, la cual está ubicada en el sector Santa Rosa de la ciudad de Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda. Tiene como objetivo, sistematizar la acción escolar, estableciendo los lineamientos y orientaciones que regulan las funciones y el comportamiento de los integrantes de la comunidad educativa, para facilitar el desarrollo de actividades académicas, administrativas, culturales y sociales hacia el logro de los fines de la educación establecidos en la LOE (Artículo 15), y a su vez moderar las relaciones interpersonales entre sus miembros para alcanzar una mejor convivencia, en un ambiente de paz, solidaridad, armonía, justicia, tolerancia, de respeto por los deberes y derechos de otros y propios, de ética del trabajo, de corresponsabilidad, equilibrio , equidad y democracia, siguiendo las Leyes de la República y las normativas ajustadas a la identidad institucional, dirigidos hacia el bien común.

Artículo 2. Basamento legal.El manual de Normas de Convivencia de la U.E.N. “TÁCATA”, se regirá por las disposiciones contempladas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación vigente (2009), Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, la Ley del Trabajo y su Reglamento, la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, la Ley del Estatuto de la Función Pública, el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, Circulares, Gacetas y cualquier otra disposición que no colida en las leyes mencionadas. A su vez tendrá como horizonte la Ética de la Profesión Docente, la Ética del Empleado Público y será equitativo en su aplicación en relación a las regulaciones de normas y conductas, tanto de los estudiantes como del personal directivo, docente, administrativo, obrero, de los padres y representantes, llevando el principio de la corresponsabilidad, equidad y justicia (Cap. I, Artículo 3, LOE).

Artículo 3. FinalidadEl Manual de Normas de Convivencia tiene como finalidad, resguardar los derechos y el cumplimiento de los deberes de los estudiantes, garantizándoles, un ambiente adecuado que propicie una educación integral, de calidad y permanente, desarrollando todo su potencial creativo en pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, respetando la dignidad de todos los individuos teniendo como base la formación de los valores éticos de la tolerancia, justicia, solidaridad, paz, respeto a los derechos humanos y la no discriminación, que contribuya al conocimiento y estudio de la Constitución, al amor a la patria, a las virtudes trascendentales del Estado venezolano como estado democrático, social de derecho y de justicia y al sentido de pertenencia institucional. (Artículo 15. LOE)

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Artículo 4. Ámbito de Aplicación . Aplica a todas las personas que integran la U.E.N “TÁCATA”, en todos los niveles y modalidades como son: educación inicial, primaria, y aula integrada. Entendiéndose como miembros de la Comunidad Educativa: estudiantes, padres, madres, representantes, directivos, docentes, personal administrativo, obrero, así como también a los miembros de la Comunidad local, Consejos Comunales que hacen vida en la institución, y miembros de otras modalidades educativas como las misiones que comparten la planta física en el turno nocturno, así como también al personal contratado de la cantina escolar, si lo hubiera.

Artículo 5. Principios que rigen Igualdad y no Discriminación : Se aplicará a todas las personas por igual, sin

discriminación alguna fundada en la raza, color, sexo, credo, edad, idioma, pensamiento, opinión política, o de otra índole, condición social o jerárquica o cualquier otra razón.

Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente : Será de obligatorio cumplimiento tener presente éste principio para la toma de todas las decisiones concernientes a los estudiantes.

A. Para determinar el Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente, en una situación concreta se debe:

1º- Oír su opinión

2º - Tomar en cuenta, la necesidad de equilibrio entre los derechos, garantías y sus deberes.

3º- Velar por la necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los derechos y garantías de los estudiantes.

4º- Custodiar la necesidad de equilibrio entre los derechos de las demás personas y los derechos y garantías de los estudiantes.

5º- Aceptar la condición específica de los niños, niñas y adolescentes como personas en desarrollo.

B. Cuando exista conflicto entere los derechos e intereses de los niños, niñas y

adolescente frente a otros intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros.

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Derecho a la Educación : los estudiantes tienen derecho a una educación de calidad conforme a sus aptitudes y aspiraciones, dentro de las exigencias del interés nacional y local.

La Educación es gratuita en todas las modalidades y niveles, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico, por lo tanto no se cobrará inscripción, será en el mes de octubre en asamblea general, que se fijará la forma o modalidad de colaboración hacia la institución. Los padres y representantes deben garantizar la inclusión a la educación formal de sus representados, por lo tanto, están obligados a inscribirlos en el lapso establecido dentro de la institución para este fin, de exigirles asistencia regular a las clases, participar en el proceso educativo y cumplir con todas las obligaciones derivadas de su responsabilidad.

El director debe garantizar el derecho a la educación, en consecuencia no podrá impedir la inscripción o ingreso a la escuela, así como su permanencia hasta tanto no culmine el año escolar , a menos que la situación lo amerite y siempre basado en las leyes, reglamentos y en el presente manual de normas de convivencia.

Sujetos plenos de derechos

A. En consecuencia, es responsabilidad del Estado, la familia, la sociedad, y la Institución Educativa, asegurar con Prioridad Absoluta, la protección integral de los estudiantes, con fundamento en su Interés Superior y como responsabilidad social ( Artículos 17-18-19-20)

B. Los padres, madres, representantes o responsables tienen el deber y derecho de orientarlos y orientarlas en el ejercicio progresivo de sus derechos y garantías, así como en el cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuyan a su desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa. Las personas que integran la institución educativa, colaborarán y cooperarán con los padres, madres, representantes y responsables en el ejercicio de este deber-derecho.

Todos estos principios están sustentados en la LOPNA, la LOE (Artículo 3-4-5-6- ), y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 6. Ideario Institucional.

Misión Somos una institución educativa por excelencia, de carácter público, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación, cuyo objetivo primordial es contribuir al desarrollo del país a través de la formación integral de los estudiantes, desde la etapa de preescolar en el nivel de inicial hasta el nivel de primaria, desarrollando todas sus potencialidades por medio de herramientas académicas, tecnológicas, culturales, sociales y psicopedagógicas,

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que le permitan afianzar su personalidad y convivir en una sociedad democrática, participativa y protagónica de forma crítica, generando cambios en su entorno, guiados por los valores del amor, el respeto, la justicia, la responsabilidad, la paz, la igualdad y la solidaridad.

Visión Ser la institución líder en la comunidad de Santa Rosa, reconocida por ofrecer el mejor programa escolar de esta localidad, por medio del cual todos sus estudiantes adquieran las competencias sociales y académicas de lectura, escritura y análisis lógico matemático, para comprender, sintetizar, redactar de manera argumentativa y coherente, analizar problemas, proponer soluciones, comunicarse con claridad y usar el diálogo para resolver conflictos, respetar normas, cumpliendo con sus deberes y derechos, reconociéndose como un individuo social teniendo como base los valores de amor, tolerancia, respeto, paz, convivencia, responsabilidad y justicia.

Consigna Institucional

“REFORZANDO VALORES DESARROLLAMOS POTENCIALIDADES”

ObjetivosLos objetivos que persigue la institución son

Garantizar la permanencia y prosecución al estudio de los niños y niñas que ingresan al plantel como un derecho humano y social.

Impartir una educación de calidad. Desarrollar todas las capacidades de los y las estudiantes para que sean seres

completos. Desarrollar estrategias novedosas que permitan optimizar el proceso educativo. Formar valores éticos sociales en los estudiantes para que sean personas capaces

de convivir en una sociedad democrática, respetuosos de las normas, leyes, los derechos y deberes de los demás.

Lograr una convivencia armónica basada en la solidaridad, cooperación, responsabilidad, justicia, diálogo y respeto dirigidas hacia el bien común.

Lograr el sentido de pertenencia de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Promover la participación de los representantes y miembros de la comunidad. Sistematizar la gestión administrativa y educativa. Incrementar la capacidad de gestión de recursos financieros y económicos

mediante estrategias de autogestión. Mantener el personal capacitado y actualizado. Lograr una escuela en perfecto estado de funcionamiento.

Valores Institucionales

Amor Respeto La justicia Responsabilidad y Corresponsabilidad

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Paz Convivencia Tolerancia

Artículo 7. Perfil de las Personas a formar. La U.E.N. Tácata debe lograr la formación de un individuo:

Analítico, crítico, culto, reflexivo y comprometido con los cambios de la sociedad. Generoso, solidario, cooperativo. Con alto nivel de espiritualidad y conciencia

social. Honrado, sincero, y leal. Justo y tolerante. Feliz, con amor por la vida, la paz y la libertad. Creativo, espontáneo, libre, sensible, curioso e imaginativo. Participativo, que asuma los cambios con mente positiva. Con espíritu de investigación, exploración y cuestionamiento. Con auto concepto, sintiéndose, emocionalmente seguro, con motivación interna y

gran autoestima, permitiéndole tomar decisiones acertadas. Que se reconozca como un individuo productivo y como un elemento integrador y

transformador del ambiente natural y social. Que sea portador de los valores necesarios para convivir en sociedad. Respetuoso de la vida, del ser humano, de lo ajeno, de los deberes y derechos

propios y ajenos, de las normas y leyes que rigen la sociedad y las instituciones. Que valore la lectura y la escritura como medio de comunicación y también de

desarrollo de sus potencialidades creativas sobre la base del derecho a la expresión libre y espontánea de las ideas.

Que valore el lenguaje como medio de comunicación, y satisfacción de necesidades; y al diálogo como medio de resolver situaciones conflictivas sin caer en la agresión.

Que valore y disfrute las manifestaciones deportivas, las producciones científicas, literarias, artísticas, culturales nacionales y universales;

Que disfrute la actividad física y valore la salud corporal, mental y social como factores de preservación de la vida.

Aprecie el uso del idioma español con la entonación propia del venezolano como reafirmación de identidad.

Que reconozca la familia como base esencial de la sociedad y cumpla con sus deberes y derechos dentro de ella.

Que posea conciencia ecológica, aprecio y valoración del patrimonio natural y cultural de la nación venezolana y del planeta.

Que promueva acciones en relación a la conservación de los recursos naturales no renovables.

Que sienta interés y simpatía por otras culturas, respetando la diversidad humana. Que valore el esfuerzo, el trabajo y el estudio como fuente de avance personal y

social. Promueva el mejoramiento personal y social a través de su participación activa y consciente en acciones comunitarias.

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Que participe de manera permanente y entusiasta en actividades culturales, científicas y deportivas;

Que trabaje en grupo y mantenga relaciones interpersonales abiertas y positivas.

Que comprenda los procesos que permitan el equilibrio natural y el funcionamiento social.

Que sea un ciudadano orgulloso de sus valores. Que ame y respete los símbolos patrios. Poseedor de identidad regional y nacional. Abierto a la convivencia con sus semejantes. Constructor de su propio aprendizaje. De pensamiento crítico, buscando la verdad. Con elevado nivel académico. Capaz de analizar y sintetizar textos. Capaz de exponer sus ideas en orden. Poseedor de las herramientas básicas para redactar y elaborar resumen. Con dominio de las operaciones básicas matemáticas como suma, resta,

multiplicación y división. Portador de una sensibilidad cultural y artística. Capaz de interpretar las necesidades del mundo y buscar soluciones a estas. En definitiva la institución debe contribuir a generar un proceso holístico donde

todos sus integrantes alcancen este perfil, aplicando estrategias que permitan el desarrollo de todas sus capacidades físicas, mentales y emocionales.

Artículo 8. De La Administración Del Año Escolar El horario de trabajo diario, las vacaciones, los períodos del año escolar, los lapsos de inscripción, las fechas de apertura y cierre de clases, los lapsos de evaluación, son reglamentados por el Ministerio Del Poder Popular Para La Educación como Estado Docente. (Art. 5-6, LOE)

Artículo 9. Períodos del año EscolarEl año escolar del régimen ordinario, se distribuirá en dos períodos sucesivos. El primer período comprende del 16 de Septiembre al 2 de Julio, y el segundo desde el 6 de julio hasta el 27 de julio. Para los subsistemas de Inicial y Primaria, el año escolar tendrá una duración de 200 días hábiles. (Art. 49-LOE).

Artículo 10. Período de inscripción.Los estudiantes regulares se inscribirán en la última semana del mes de Julio hasta el día 27-7, si es día laborable.Los estudiantes de nuevo ingreso se inscribirán en la primera semana de la segunda quincena del mes de septiembre. Primera semana de inicio del año escolar.Para ingresar a primaria el estudiante, como requisito imprescindible, debe tener (6) seis años cumplidos, o cumplirlos antes del mes de diciembre.Para ingresar a preescolar debe tener cuatro años.

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Artículo 11. Del inicio y término de las actividades de enseñanza del año escolar.Las actividades de enseñanza se iniciaran el primer día hábil de la segunda quincena del mes de septiembre (el día 16) y finalizará en la última semana del mes de Julio (el día 27) siempre y cuando sean días laborables.En la segunda y tercera semana del mes de julio se aplicaran las estrategias de evaluación y los cierres de proyectos. Los cinco días previos al día 27, se realizaran las actividades administrativas de entrega de boletas, Inscripción, consejos, planificación y organización del año escolar, el asentamiento del literal de la evaluación final de los estudiantes al libro de acta de Evaluación.

Artículo 12. Publicidad y entrega de las Normas de Convivencia Para que este manual de Normas de Convivencia Escolar logre su objetivo, es necesario que sea público y conocido por todas las personas que integran la institución. En consecuencia se deberán ejecutar las acciones correspondientes, para garantizar que los estudiantes, padres, madres, representantes, o responsables, personal directivo, docente, administrativo y obrero lo conozcan y tenga acceso a él. El desconocimiento de las normas no excusa su incumplimiento y sus disposiciones no tienen efecto retroactivo.

Dentro de las medidas, la institución debe: Realizar reuniones, talleres y asambleas para que tengan conocimiento

del mismo. Crear una página web o blog para que se tenga acceso al mismo. Disponer de una copia para su uso, consulta y fotocopiado del público en

la Dirección del plantel, Departamento de evaluación, biblioteca y aula integrada.

Entregar una copia de los artículos correspondientes los deberes y derechos, así como de las sanciones de estudiantes y padres, madres, representantes y responsables, al momento de la inscripción, siempre y cuando la institución disponga de los recursos para reproducirlos.

Entregar una copia a cada docente, personal administrativo y obrero; enviar copia por correo electrónico.

Entregar copia a los estudiantes. Enviar copia al Distrito escolar correspondiente para su validación. Enviar una copia al Consejo de Protección del niño, niña y adolescente. Elaborar carteles y exponerlos por toda la institución para dar a conocer y

tener visible, las normas más importantes.

Artículo 13. Sistema De Protección Para Los EstudiantesLos estudiantes estarán amparados por:

Órganos administrativos: Consejo Nacional, Estadal y Municipal de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, y los Consejos de Protección.

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Órganos Jurisdiccionales: Tribunales de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.

Ministerio Público. Entidades de atención. Defensorías del Niño y del Adolescente.

Artículo 14. Revisión de las normas de convivenciaEl presente documento será revisado y actualizado anualmente, tomando en cuenta las leyes y sus cambios, y nuevas situaciones institucionales que requieran ser normadas.

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TÍTULO IIDE LOS ESTUDIANTES

TITULO II DE LOS ESTUDIANTESCAPÍTULO I

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 15. Derechos y garantías.Se reconoce a todos los estudiantes de la Unidad Educativa Nacional “Tácata”, con Prioridad Absoluta, los derechos y garantías que se enuncian a continuación, fundamentadas en el Interés Superior:

a) Derecho a la educación, de forma democrática, gratuita y obligatoria, integral, de calidad y permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades.

b) Derecho a inscribirse en una escuela cercana a su residencia.c) A recibir una formación acorde con su desarrollo biopsicosocial, su vocación,

aptitudes, necesidades y aspiraciones que asegure el pleno desarrollo de su

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personalidad y que responda a los fines generales que persigue el Estado Venezolano

d) Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en su propio proceso educativo y en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales; con igualdad de oportunidades conforme a los planes y programas vigentes.

e) Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad.

f) Derecho a que se respete su libertad de conciencia, así como sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución, Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y Convención sobre los derechos del Niño.

g) Derecho a que se respete su integridad y dignidad personalesh) Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente,

administrativo, obrero, padres, madres, representantes, y a cualquier otra instancia, y a obtener oportuna y adecuada respuesta.

i) A que su opinión sea tomada en cuentaj) Derecho a formular propuestas y expresar sus puntos de vista en los asuntos de su

interés, ante las autoridades educativas del plantel siguiendo los canales regulares correspondientes y en términos apropiados dentro del respeto y las buenas costumbres, en un ámbito de tolerancia y siempre teniendo el diálogo como forma de comunicación;

k) A defender sus derechos por sí mismos, de forma personal y directa, ante cualquier instancia, entidad u organismo.

l) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio;

m) Derecho de ser atendidos, justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los directivos de las comunidades educativas, cuando ante ellos quieran formular planteamientos o peticiones relacionadas con sus derechos, garantías, deberes, responsabilidades e intereses;

n) Recibir atención educativa en el año escolar, durante doscientos (200) días hábiles como mínimo y participar en el desarrollo de la totalidad de los objetivos programáticos previstos para cada área, asignatura o similar del plan de estudio correspondiente;

o) Derecho a contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una formación integral, científica, humanística, deportiva, recreativa, artística, educación para el trabajo, tecnológica, que los capacite para la vida social, el trabajo productivo y prosecución de estudio, de acuerdo a los ideales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, Ley aprobatoria de la Convención sobre los derechos del Niño, Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente, Derechos Universales para vivir y estudiar en condiciones de Libertad y Dignidad, de tal forma que puedan desarrollar su personalidad, aptitudes y actitudes, juicio individual, sentido de responsabilidad personal y de solidaridad social y humana;

p) Derecho a ser orientado en sus problemas personales, académicos, como en su conducta personal; y así lograr una personalidad integral

q) Derecho a ser autores y coautores de su propio reglamento interno;

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r) Derecho a mantener su inscripción en la institución, siempre que cumpla con los requisitos y disposiciones previstos en el ordenamiento jurídico venezolano y el presente reglamento interno, salvo el tiempo que hayan sido sancionados con la expulsión o cuando los padres y representantes manifiesten su voluntad de retirarlo;

s) Derecho a manifestar, a reunirse, a asociarse en los términos consagrados en la L.O.P.N.A; y el manual de normas de convivencia.

t) Derecho a ser respetado por todas las personas que forman la institución Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana;

u) Derecho a recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural;

v) Derecho a utilizar el local, mobiliario, útiles de enseñanza y demás elementos de la dotación material del plantel, de acuerdo a los fines que se les destina y a las normas correspondientes; valorando su utilidad y haciendo uso adecuado de los mismos.

w) Derecho al conocimiento de:- La historia sin estereotipos- De los cambios sociales.- De sí mismo, como ser individual- De la propia vida cotidiana- De su cuerpo- De la situación en que viven él y otros niños- De su futuro- De su cultura- De sus derechos- Del por qué de las decisiones humanas, de los ordenamientos sociales, de

las motivaciones de los adultost) Derecho a discrepar

- Para enfrentar las formas equivocadas de autoridad - Para no resignarse a la pasividad- Para no apoyar sus decisiones en razones- Para defender su derecho al conocimiento- Para encontrar su propia verdad- Para no habituarse a la injusticia social- Para reafirmar sus derechos- Para crecer.

x) Derecho a equivocarse- Para no ser reprimido y ridiculizado por sus errores- Para no crecer con la angustia del error como una culpa- Para aceptarse y reconocer sus propias limitaciones- Para aprender a partir de los propios errores y utilizarlos como estímulos

para la curiosidad y la investigación- Para ser tolerante con los errores de los demás- Para comprender la necesidad de una búsqueda conjunta de la verdad- Para crecer

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y) Derecho a la no violencia- Para que se respete su vida- Para dejar de sufrir toda forma de humillación cotidiana- Para que nadie descargue en él sus frustraciones- Para que sienta seguridad en sí mismo y en los demás- Para que no se vea obligado a aprender a odiar- Para que no use la violencia, en la defensa de sus derechos.

z) Derecho a la imaginación y la belleza. - Para no renunciar a la utopía (como debe ser su vida) - Para pensar y trabajar por su futuro. - Para descubrir la belleza en la vida cotidiana.

- Para enterrar en el pasado esa monstruosa frase: “la letra con sangre entra”.

- Para que vaya sembrando su futuro sin violencia. - Para que no le repriman ninguna de sus capacidades expresivas. - Para que crezca en la alegría. - Para que no se le use como fuerza de trabajo. - Para que viva.

aa)Derecho a la alegría

- Porque en ella se manifiestan su salud, seguridad, su equilibrio, su ser. - Porque es su más hermosa fuente de comunicación y encuentro.

- Porque es la medida de que se están respetando sus derechos. - Porque ningún presente ni ningún futuro se construyen con tristeza. - Porque la injusticia social es constante enemigo de la alegría. - Porque la alegría es el espacio más bello para aprender a ser libre. - Porque no hay desarrollo integral sin alegría. - Porque la alegría es el espacio de su crecimiento.

bb)Derecho al amor- Porque es el único lazo que puede unir el mundo adulto con el suyo.- Porque es la clave del respeto a todos sus derechos.- Porque nadie construye su ser sin amor.- Porque la seguridad de su propia existencia se construye con el amor de sí

mismo y hacia los demás.- Porque es la fuente suprema de la humanización.- Porque ningún castigo disfrazado de amor deja de ser castigo.- Porque el amor crea vínculos solidarios.- Porque sólo el amor permite reconocer y da la fuerza para transformar la

situación del niño de hoy.

CAPÍTULO IIDEBERES DE LOS ESTUDIANTES

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Artículo 16. Son deberes de los estudiantes :

1. Respetar, cumplir y obedecer las disposiciones contempladas en las normas de convivencia de la U.E.N. “Tácata”.

2. Cumplir con los deberes contemplados en la LOPNA, en los literales del artículo 93.3. Cumplir con las regulaciones del ordenamiento jurídico educacional que les resulten

aplicables.4. Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, haciendo uso de las

normas de cortesía y los modales, usando el lenguaje apropiado, sin groserías, en un tono adecuado, tomando en cuenta jerarquía, edad, sexo, y lugar, cuando se dirija a otra persona.

5. Observar dentro del plantel una conducta cónsona con su condición de estudiante y de integrante de la comunidad educativa.

6. Abstenerse de participar en actos contrarios a la disciplina y orden público dentro y fuera del plantel.

7. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas) o cualquier otra sustancia nociva para la salud, fuera y dentro del plantel.

8. Contribuir a mantener en todo momento el buen nombre del plantel dentro y fuera de la comunidad educativa, demostrando un comportamiento disciplinado, respetando las normas, y participando activamente en los eventos.

9. Portar el distintivo que los acredita como estudiantes regulares del plantel (Insignia bordada en el pullover y franela de educación física)

10.Respetar y rendir culto cívico permanente a los Símbolos de La Patria, al Libertador y a los demás valores de la nacionalidad. Entonar los himnos en voz alta, asumiendo una actitud de amor a la patria, con la postura correcta, parados de manera erguida, manos a los lados, no en los bolsillos, vista a los símbolos, sin gorras ni capuchas, no entablar conversación, ni burlas o actos de indisciplina.

11.Asistir diaria y puntualmente a sus clases; cumpliendo con su horario de entrada 7:00 a.m. y salida 12 a.m. la asistencia a clases es obligatoria. El porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación es de setenta y cinco por ciento (75%), el estudiante que presente un veinticinco por ciento de inasistencia (25%),Repetirá el año escolar. (Art. 109 RGLOE)En tal sentido el estudiante debe:

Cumplir con el horario establecido, debiendo ingresar al plantel a la hora correspondiente.

Abstenerse de formar grupos en la puerta o alrededores de la institución. Al escuchar el toque musical de entrada a clases, deberá entrar en orden y

formar en la columna correspondiente a su grado inmediatamente, tomando distancia, y en posición para entonar el himno.

Esperara la orden de avance del maestro de guardia y con el maestro al frente, irá a su respectiva aula en orden y en silencio.

Al terminar sus actividades de clases, retirarse directamente a sus hogares sin permanecer en las inmediaciones del plantel. Seguirá las instrucciones del patrullero para dirigirse a las paradas respectivas.

Page 16: Normas de convivencia

Durante las horas de clase, no deberá ausentarse del aula o ambiente donde se desarrolle la actividad. Solo si es autorizado por el maestro del grado y por causas justificadas.

Si llegó después de la hora de entrada esperará a que finalice los honores a la patria y luego ingresará a la institución formando, debiendo cantar los himnos correspondientes. Si es reiterado esta situación se citará al representante.

El estudiante que llegue luego de las 7:15 a.m. deberá solicitar pase de entrada en la coordinación de evaluación, con tres pases de entrada al mes se citará al representante para que esté en conocimiento de esta situación y aplique los correctivos correspondientes.

12.Será de uso obligatorio diariamente vestir el uniforme escolar en todos los espacios del plantel, para paseos, visitas guiadas, eventos, etc. El mismo responderá en términos generales a los modelos indicados en el Decreto Nº 1139, Gaceta Oficial Nº 32.271 del 16 de julio de 1981.Educación Preescolar: mono azul oscuro, franela amarilla con insignia del plantel, mocasines negros, medias azules, suéter azul oscuro abierto al frentePrimaria: pantalón de vestir azul oscuro, camisa blanca, pullover azul oscuro con la insignia, correa negra, medias azul oscuro largas, zapatos colegiales negros, suéter azul oscuro abierto adelante.El uniforme de educación física será: mono azul marino, franela gris con el distintivo de la institución, medias azules, zapatos deportivos negros, para ambos niveles.

13.El estudiante que no porte el uniforme correspondiente, por razones justificadas, se le permitirá la asistencia a clases y demás actividades durante un lapso prudencial, previa justificación y compromiso por escrito del representante.

14.El estudiante que porte un suéter de diferente color al indicado en las normas se le confiscará y se le entregará al representante, o dependiendo del motivo al estudiante al momento de terminada la jornada de clase.

15.Cuidar el aseo y la saludable higiene personal: baño diario, uñas limpias cortas sin esmalte, orejas limpias, cabello limpio peinado sin gelatina corte bajo los varones y las niñas cabello recogido; dientes limpios con un adecuado cepillado, con una adecuada presentación en el vestir. Implementar el uso del desodorante en pre-adolescentes.

16.Los estudiantes deberán cuidar su presentación personal y observar las reglas de higiene que le garanticen la preservación de su salud, y una buena autoestima, por lo tanto deberán evitar asistir al plantel:

Sin correa. Con medias tobilleras y de colores diferentes al azul oscuro. Sin pullover. Con suéter de color diferente al azul oscuro. Con blue jean. Las hembras con pantalones ceñidos. Con ruedos sueltos. Con el uniforme arrugado. Con camisa sin botones, descosida o rota. Con la camisa del uniforme por fuera. Con el uniforme sucio.

Page 17: Normas de convivencia

Con cabellos pintados no acorde para su edad, con colores extravagantes, con mechas. El uso de químicos a temprana edad trae efectos colaterales.

Cortes y peinados exagerados e irregulares. Cabellos largos en los varones, deben portar el corte varonil tradicional. Con gelatina, crema, enjuague, espumas o cualquier otra cosmético en el

cabello que dé la impresión de grasoso, sucio, o engominado. Usar piercing y tatuajes. Con maquillaje. Con uñas pintadas y largas. Las uñas deben estar cortas y limpias. Varones con zarcillos. Con gorras. Sin la insignia escolar. Los varones con collares y pulseras. Con prendas de valor. Las niñas con prendas extravagantes, no adecuadas para su edad. Con zapatos diferente al negro colegial. Sin el uniforme de deporte el día que tenga asignada esta área. Con los zapatos sucios. Deben estar sin polvo y pulidos. Sin bañarse. El baño debe ser diario y los preadolescentes deben usar

desodorante. Las niñas con el cabello suelto. Deben asistir con su cabello recogido en una

moñera azul, blanca o negra, los ganchos y peinetas del mismo color.17.Se prohíbe el uso de celulares, la institución no se hace responsable por su perdida.

Todo estudiante que traiga celular y haga uso de él en la institución, será confiscado citando al representante para hacerle entrega del mismo.

18.La responsabilidad de su aprendizaje y actuación estudiantil, mediante el cumplimiento de las actividades prescritas en los programas oficiales vigentes y de las tareas y trabajos que les sean asignados en la institución.

19.Participar en las actividades de evaluación y asumir una actitud honesta que garantice la validez y confiabilidad de los mismos.

20.Contribuir con sus sugerencias al enriquecimiento del proceso de aprendizaje, sobre la base de los resultados obtenidos en la evaluación.

21.Servir de enlace entre el plantel y el hogar a fin de facilitar la comunicación permanente.

22. Integrar los órganos de la comunidad educativa cuando les corresponda.23.Participar en asociaciones, clubes y otras organizaciones estudiantiles.24.Conocer en la medida en que resulte procedente, el régimen docente, administrativo

y de evaluación del nivel o modalidad que cursen.25. Informar sobre los resultados de la evaluación a sus padres o representantes.

Consignar a su maestro, las evaluaciones firmadas por sus representantes como muestra de que fueron revisadas por los mismos y están en conocimiento del alcance académico de su representado para tomar los correctivos.

26.Todos los estudiantes de la institución educativa tienen las responsabilidades y los deberes que se enumeran a continuación:

a) Respetar y acatar decisiones y orientaciones del personal directivo – docentes y demás autoridades del plantel.

Page 18: Normas de convivencia

b) Cumplir las disposiciones y órdenes dictadas por las autoridades educativas competentes.

c) Dar trato respetuoso a los demás miembros del personal del plantel.d) traer los útiles necesarios y los materiales que indique cada docente, de

acuerdo con la asignatura respectiva. Siempre que se presente la oportunidad, avisar y corregir con amor los

defectos de sus compañeros, pero sin críticas ni corrillos altamente nocivos para la convivencia.

El cuidado de sus pertenencias personales con pulcritud y orden. Ante todo hacer de cada compañero un buen amigo, basado en la

sinceridad, respeto mutuo y del amor. Si en alguna ocasión existiera desacuerdo con actitudes de algún docente

tratará de solucionar cuanto antes estos inconvenientes en un clima de diálogo, respetuoso y sincero.

Frente al personal docente, administrativo, obrero y compañeros asumir con total verdad y responsabilidad los propios actos. Por tanto, no se comprometerá a otros con su modo de actuar (falsificación de notas o firmas, copias en escritos o notas similares). Teniendo presente que todo esto desdice la honestidad personal.

Usar la comunicación mediante el dialogo razonado, como medio para resolver situaciones con sus compañeros de clase. Evitar distraerse y molestar a sus compañeros.

e) Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar en todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones, tareas, ejercicios ya asignaciones.

f) No interrumpir, ni perturbar u obstaculizar injustamente el normal desarrollo de las actividades escolares, prestar atención a las explicaciones del docente.

g) Asistir regular y puntualmente a todas las actividades escolar y de la institución educativa, con el material y los útiles necesarios para ellas salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas.

h) Permanecer en la institución educativa durante todo el horario de actividades escolares, salvo los casos en que este permitido ausentarse, con autorización previa, escrita, y por razones justificativas de su padre, madre, representante, responsable o de la coordinación respectiva.

i) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.j) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.k) Participar activamente en todas las actividades de clase, sin miedo a equivocarse a

la burla y ser rechazadol) Usar un vocabulario sin groserías, respetuoso y amable al dirigirse a sus

compañeros dentro y fuera de la institución. m) No agredir ni física ni verbalmente a sus compañeros y durante la jornada diaria en

la escuela.n) Plantear las inquietudes en relación a inconvenientes o percances sufridos por el

niño de manera respetuosa y justa tanto con el niño como con el personal de la institución.

o) Usar el tiempo del recreo, para el descanso, comer, esparcimiento y satisfacer necesidades fisiológicas de ir al baño y tomar agua. Está prohibido correr durante

Page 19: Normas de convivencia

este lapso de tiempo, jugar con pelotas, se permite juegos de mesa, rondas, actividades dirigidas por el maestro.

p) Utilizar el espacio físico del patio y zonas de recreo, menos el pasillo principal y adyacencias del preescolar y biblioteca.

q) Participar activa y efectivamente en la organización, promoción y actos cívicos culturales, religiosos e informativos, actos cívicos, conmemorativos, deportivos y recreacionales manteniendo una actitud de respeto y disciplina adecuado al momento y lugar, prestando su debida atención y dejando en alto el nombre de nuestra institución. Además de otras actividades que benefician a la comunidad y propicien las relaciones del plantel con su medio circundante.

r) Respetar a todas las personas que integran la institución educativa. Nunca deberá tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

s) Mantener con todos los integrantes de la institución educativa, relaciones personales que se caractericen por: honestidad, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad.

t) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la institución educativa así como su propio material y útiles escolares.

u) Contribuir al mejoramiento, conservación y mantenimiento de los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito escolar. En tal sentido participará conjuntamente con su representante en las jornadas convocadas por la institución para este fin.

v) Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de sus responsabilidades del local, mobiliario y cualquier otro material de la institución educativa, especialmente, de su aula de clases.

w) Respetar, obedecer y cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades de la institución educativa, siempre que las mismas no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

CAPÍTULO IIIDE LA DISCIPLINA ESCOLAR

Artículo 17. La disciplina escolar debe estar orientada hacia la formación integral del estudiante y a fortalecer su respeto por los derechos de los demás, así como el cumplimiento de sus deberes.

Artículo 18 . Los y las estudiantes que incurran en faltas de disciplina, se someterán a medidas alternativas de resolución de conflictos, productos de la mediación y conciliación que adoptan los miembros de la comunidad educativa (art. 10, Disposiciones transitorias, LOE 2009)

Artículo 19 . La disciplina escolar, de conformidad a lo establecido en el artículo 57 de la LOPNA, debe ser administrada de acuerdo a los derechos, garantías y deberes de los niños, niñas y adolescentes.

Page 20: Normas de convivencia

a. Los planteles educativos deben establecer claramente en el reglamento disciplinario:

Los hechos que son susceptibles de sanción. Las sanciones aplicables. El procedimiento para aplicarlas.b. Los y las estudiantes deben tener acceso y ser informados oportunamente,

de los reglamentos disciplinarios.c. Garantizar a los estudiantes el ejercicio de los derechos a: opinar, al debido

proceso y a la defensa, antes de imponer cualquier sanción, y después de impuesta, de garantizarse la posibilidad de impugnarse ante la autoridad competente.

d. Prohibidas sanciones corporales, así como colectivas.e. Las estudiantes no podrán ser sancionadas por causa de embarazo.

Sólo por causas expresamente establecidas en la ley se podrá imponer a los y las estudiantes, el retiro o expulsión del plantel, mediante el procedimiento administrativo aplicable.

Artículo 20. Principios : La disciplina de los y las estudiantes se rige y debe ser ejercida conforme a los siguientes principios:

a) Las sanciones tienen una finalidad eminente educativa y, deben complementarse cuando sea conveniente con la participación de los padres, madres, representantes o responsables.

b) En el ejercicio de la autoridad disciplinaria deben respetarse los derechos humanos, la dignidad de los estudiantes

c) Ningún estudiante puede ser sancionado o sancionada por un acto u omisión que al tiempo de ocurrencia no esté previamente establecida como una falta en el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno, los reglamentos especiales o en otras normas generales de convivencia.

d) Ningún estudiante puede ser sancionado por haber incurrido en un acto u omisión establecido como una falta cuando su conducta este plenamente justificada por motivos razonables.

e) A los estudiantes que hayan incurrido en una falta sólo puede aplicárseles las sanciones previamente establecidas en el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno, los reglamentos especiales o en otras normas generales de convivencia.

f) Las sanciones deben ser proporcionales a la falta cometida y sus consecuencias; así como proporcionales a la edad y desarrollo del estudiante.

g) Ningún estudiante puede ser sancionado o sancionada dos veces por el mismo hecho en un mismo momento o día.

Artículo 21. Derechos y garantías de los y las estudiantes

Page 21: Normas de convivencia

Todos los estudiantes a quienes se les haya imputado de haber incurrido en una falta tienen los siguientes derechos y garantías:

a) Derecho a ser informado de manera clara y precisa sobre los hechos que se le atribuyen.

b) Derecho a acceder, leer y fotocopiar el contenido de los expedientes de los procedimientos disciplinarios en los cuales tengan interés personal.

c) Derecho a que se presuma su inocencia hasta que se demuestre lo contrario, esto es, a no ser sancionado a menos que conste plenamente que ha incurrido en una falta.

d) Derecho a ser informado sobre las razones y contenidos ético-sociales por los cuales se ejerce en su caso concreto la autoridad disciplinaria.

e) Derecho a opinar y a la defensa.f) Derecho a impugnar las sanciones que le hayan sido impuestas ante una

autoridad superior e imparcial.g) Cualesquiera otros derechos o garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico,

el presente reglamento interno o los reglamentos especiales.

Artículo 22. Definición de Falta : Se entiende por falta, el quebrantamiento de una norma u orden establecido de forma que dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o colectivo, en el aspecto moral, físico, social, docente, de convivencia o disciplinario, tanto dentro de la escuela como fuera de ella.

Artículo 23. Las sanciones tendrán carácter formativo, deben ir acompañadas de seguimiento y apoyo por parte del personal directivo, docente así como de los padres y representantes, e inclusive de la comunidad. Siempre guardando el secreto profesional del caso a sancionar, resguardando la integridad y dignidad de los involucrados.

Artículo 24. Definición de las sanciones:A los fines de la disciplina de los estudiantes se entiende por sanciones:

a) Corrección o advertencia: una llamada de atención individual o colectiva. Para que los estudiantes dejen de realizar un acto u omisión.

b) Amonestación verbal: la recriminación personal individualizada, de forma pedagógica, racional y privada de un acto u omisión del estudiante. Lleva registro escrito.

c) Amonestación escrita y acta de compromiso del estudiante: la recriminación personal individualizada, de forma pedagógica y racional, de un acto u omisión del estudiante o alumna, contenida en un escrito y que incluye su compromiso formal de abstenerse de incurrir nuevamente ese acto u omisión.

d) Amonestación escrita con firma del padre, madre, representante o responsable: la recriminación personal individualizada, de forma pedagógica y racional, de un acto u omisión del estudiante, contenida en un escrito, el cual debe ser firmado por su padre, madre, representante o responsable.

e) Citación y acta de compromiso del estudiante, junto con madre, padre, representante o responsable: una reunión entre el estudiante, madre, padre, representante o responsable, y el o la docente para abordar, de forma pedagógica y racional, la conducta del estudiante y llegar a compromisos conjuntos para

Page 22: Normas de convivencia

fortalecer su respeto hacia los derechos de las demás personas, así como el cumplimiento de sus deberes. Estos acuerdos deben asentarse en un acta de compromiso.

f) Pérdida parcial y por tiempo definido del disfrute del recreo, o perdida por un tiempo definido de la participación de las actividades extraordinarias: la pérdida parcial, temporal y transitoria del disfrute del recreo, y de las actividades extraordinarias que realice el estudiante. Cambiándolas por una actividad comunitaria que lo lleva a la reflexión del acto cometido.

g) Imposición de Reglas de Conducta por un tiempo definido: Es una orden al estudiante, por un tiempo estrictamente definido, de obligaciones o prohibiciones impuestas para regular su modo de vida dentro de la institución educativa, así como para promover y asegurar su formación.

h) Retiro temporal del plantel de tres días a dos años de acuerdo a la gravedad de la falta impuesta por el directivo, el consejo general de docentes, y el MPPE.

Artículo 25. Criterio para aplicar las sanciones.En todos los casos, para determinar la sanción aplicable debe tenerse en cuéntalos

siguientes criterios:a) La naturaleza y gravedad de los hechos.b) La edad del o la estudiante.c) El grado de responsabilidad de los hechos.d) Los esfuerzos del estudiante para reparar los daños causados.e) La proporcionalidad de la sanción en relación con la gravedad de los hechos y sus

consecuencias.La idoneidad de la sanción para cumplir su fin estrictamente pedagógico y se debe ser justo y equitativo al imponerla.

Artículo 26. Son faltas graves : En las que incurre el estudiante, indicadas en la Ley Orgánica de Educación (1999), art. 123, hasta tanto no se establezcan las leyes especiales en este aspecto, en la actual Ley (2009):Faltas grave:

Los estudiantes incurren en faltas graves cuando:a) Obstaculicen o interfieran el normal desarrollo de las de las actividades escolares

o alteren gravemente la disciplina.b) Cometan actos violentos de hechos o de palabras contra cualquier miembro de la

comunidad educativa.c) Provoquen desórdenes graves durante la realización de cualquier prueba de

Evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia.d) Deterioren o destruyan de forma voluntaria los locales, dotaciones y demás bienes

del ámbito escolar.

Artículo 27. Tipo de Sanción por falta grave : De conformidad a lo establecido en la LOE (1999) en el artículo 124, el estudiante que incurra en una falta grave será sancionado de acuerdo a su gravedad, con:

Page 23: Normas de convivencia

1. Retiro del lugar donde realice la prueba y anulación de la misma aplicada por el docente.

2. Retiro temporal del plantel, aplicada por el director.3. Retiro del plantel hasta por un lapso de un año, aplicada por el Consejo Docente.4. Expulsión del plantel hasta por dos años, aplicada por el MPPE.

Artículo 28. Faltas GravesLos estudiantes incurren en faltas graves (tomando los aspectos específicos, basados en las generalidades de la ley) cuando:

a) Se ausenten de la institución educativa durante el horario de actividades escolares, salvo los casos en que esté permitido ausentarse con autorización previa, escrita y por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables, por el maestro de guardia, maestro del grado, de la coordinación respectiva y bajo la aprobación de la dirección del plantel.

b) Irrespeten de forma clara e intencional los derechos y garantías de las demás personas.

c) Irrespeten, no obedezcan o no cumplan las decisiones y órdenes que dicten las autoridades de la institución educativa, siempre que las mismas no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

d) Desobedecer al personal de la institución o faltarles el respeto e) Cometan agresión contra un docente o cualquier miembro del personal

institucional, sea de manera verbal o física, al igual que daño a cualquiera de sus bienes.

f) Infieran amenazas contra sus compañeros y/o cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Pelear con los compañeros agrediéndolos física y verbalmente.h) Agredan físicamente a sus compañeros causándole lesiones como raspones,

morados, chichones, torceduras, heridas leves y profundas, fracturas.i) Realizar actos lascivos y/o sexuales en salones y otras áreas de la institución.j) Rasguen, rompan o ensucien el uniforme de sus compañeros intencionalmente.k) Respondan en forma grosera a sus compañeros, padres y representantes,

personal institucional, miembros de la comunidad, haciendo gestos ofensivos, gesticulación excesiva con las manos, uso inapropiado del vocabulario, alzando la voz, no respetando las normas del oyente y del hablante.

l) Levanten falso testimonio para perjudicar a un compañero o cualquier miembro de la comunidad educativa.

m) Porten armas peligrosas (blancas – fuego – detonantes – objetos punzo penetrantes –piedras- vidrios- bombas de agua y cualquier sustancia toxica.) y hagan uso de las mismas.

n) Traigan revistas, cartas, tarjetas, afiches y fotos pornográficas a la institución.o) Porten el celular con fotos y juegos pornográficos. El uso del celular está

prohibido.p) Tomen fotos con el celular, sin la debida autorización.q) Fumen o ingieran bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas

(drogas), dentro o fuera del plantel e inciten a sus compañeros a consumirlas.r) No usen apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la

institución educativa, así como de su propio material y útiles escolares.

Page 24: Normas de convivencia

s) Dañar y/o destruir cualquiera de las instalaciones del plantel.t) Destruyan los pupitres u otros bienes muebles de la institución, como sillas,

escritorios, papeleras, pocetas, lavamanos, puertas, ventanas, cercas, computadoras, micrófonos, instrumentos musicales, carteleras, cuadros, etc.

u) Sean cómplice de algún hecho delictivo. v) Se apropien de forma indebida de bienes ajenos.w) Robar bienes de la institución x) Sustraer o alterar cualquier material de uso del docente.y) Hurtar los exámenes a los maestros. z) Sustraer el material de educación física.aa)Deteriorar el material de educación física.bb)Extraviar de manera intencional el diario de clases de planificación o cuadernos de

evaluación del maestro. cc) Maltratar o sustraer los libros de la biblioteca escolar y de aula. dd)Copiar o realizar los exámenes con ayuda y/o apoyo de cualquier material. ee)Falsifiquen las firmas de sus padres, madres, representantes o responsables,

maestros, compañeros o directivos. ff) Falsificación de documentos, pases, citaciones, solicitud de permisos, exámenes,

tareas, trabajos escritos, boletas, etc.gg)Maltratar los libros, cuadernos y útiles en general de sus compañeros,

rompiéndolos, rayándolos, lanzándolos al aire, al piso, pisándolos, pateándolos.hh)Extraviar de manera intencional los útiles escolares de sus compañeros

impidiendo que estos realicen sus actividades de clase.ii) Hacer huelga y/o actos que atenten contra el orden del plantel jj) Transferir el uniforme a terceros, sean estos, estudiantes o no.kk) Sabotear las actividades de clases cuando se está en los pasillos.ll) Cualquier otro hecho establecido como falta general en el ordenamiento jurídico,

el presente reglamento interno o los reglamentos especiales.mm) Ocasionar daños a vehículos fuera, dentro o en las adyacencias de la

institución.nn)Reincidir en cualquiera de las faltas establecidas en las normas de convivencia

estudiantil de la institución

Artículo 29. Sanciones para las faltas gravesLas faltas graves serán sancionadas con:

a) Trabajo social dirigido, en instituciones que atienden a personas discapacitadas física y/o mentalmente, ancianatos, orfanatos donde deberán cumplir jornadas semanales de horas a lo largo de dos o tres meses. El objeto que se persigue, es que el estudiante se sensibilice aprenda a ser más humano y solidario, que valore sus condiciones de salud y las oportunidades que le ofrece la vida. La sanción debe ser ejemplarizante e involucrar al representante, para que asuma su rol.

b) Preparar charlas, conferencias y/o visitas a lugares donde se hallan personas con problemas de drogadicción, si fuera el caso

Page 25: Normas de convivencia

c) Retiro temporal del plantel, aplicado por el director, quien tomara en cuenta el historial del estudiante o alumna. (Fundamentado según los artículos 123, 124, 125 y 126 de la Ley Orgánica de Educación) los casos de retiro del plantel deben ser bien sustanciados y aplicables solo en situaciones extremas.

d) Solicitar cauciones a la autoridad competente, cuando se trate de actos violentos o irrespeto y resarcir los daños materiales ocasionados.

e) Suspensión definitiva del plantel cumpliendo el procedimiento administrativo respetivo. Esta sanción será aplicable cuando la falta sea tan grave que lesiona los derechos garantías, principios morales de la institución y de la Comunidad Educativa, cuando el estudiante reincida y no se observen cambios positivos en su comportamiento o cuando según el criterio de la dirección, se lesione gravemente el proceso educativo. Para la aplicación de esta sanción deben agotarse previamente las medidas disciplinarias anteriormente señaladas y la vía administrativa correspondiente.

f) Suspensión de la matricula o inscripción para el año escolar inmediato Artículo 30. Faltas leves.

Los estudiantes incurren en falta leve cuando:a) No cumplan con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones, tareas,

ejercicios y asignaciones dentro y fuera de la institución, sin su debida justificación.

b) No asistir regular o puntualmente a las actividades escolares.c) Conversaciones en clase sobre asuntos ajenos al mismo.d) No asistan a las actividades escolares con el material y los útiles necesarios para

ellas, salvo en los casos en que ello sea posible por razones justificadas y debidamente comprobadas.

e) No usen el traje escolar establecido en el ordenamiento jurídico y el presente reglamento interno, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas, su reincidencia se tomará como falta grave.

f) Inadecuada presentación personal.g) Irrespeten a alguna persona de las que integran la institución educativa, o traten a

otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

h) Irrespeten las normas de la moral y las buenas costumbres.i) Empleen lenguaje inapropiado, decir palabras obscenas.j) No colaboren en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites

de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material de la institución educativa, especialmente, de su aula de clases.

k) No respeten o cumplan el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno y los reglamentos especiales.

l) Incumplan las normas generales de convivencia establecidas para las aulas de clases.

m) Cualquier otro hecho establecido como falta leve en el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno o los reglamentos especiales.

n) Salir del salón sin la debida autorización del docente.

Page 26: Normas de convivencia

o) Caminar por los pasillos en horas de clases, sin autorización del docente del grado y asomarse a las aulas interrumpiendo las actividades de otras secciones.

p) Correr por los pasillos y dentro de los salones.q) No entregar las convocatorias y/o citaciones emanadas de la institución a su

representante. r) Usar gorras y/o lentes oscuros, así como también capuchas.s) Masticar chicle y/o comer o beber dentro del aula, cuando se esté rindiendo

honores a la patria, en la formación de entrada y salida.t) Interrumpir la clase de manera impertinente, con gritos, silbidos, cantado, o

pararse para hablar con el compañero.u) Lanzar taquitos, tizas, avioncitos o cualquier otro objeto a sus compañeros o

miembros del personal institucional dentro y fuera del instituto.v) Usar el cabello con cualquier producto que altere la imagen del mismo, dándole

apariencia de gomoso, grasoso y sucio. w) Usar accesorios en cualquier parte del cuerpo, así como piercing (zarcillos en los

varones) y tatuajes en cualquier parte del cuerpo.x) Impuntualidad injustificada en cuanto al horario de clases.y) Practicas en los patios de recreo o pasillos, de juegos que causen distracción o

sean riesgosos para la salud, jugar con pelotas, juegos de carreras, juegos agresivos con golpes, empujones o patadas.

z) No asistir puntualmente a las actividades del plantel.aa)Vender dentro de las instalaciones del plantel golosinas u otros materiales no

autorizados.bb)Traer al plantel, instrumentos no exigidos por el docente (walk-man, disk-man,

radios, ipop, MP4, celulares, cámaras…etc.)cc) Usar el teléfono celular dentro de las aulas, durante las horas de clases y en el

patio. dd)Traer personas extrañas al plantel ee)Alborotar en el aula en los cambios de clase y de actividades.ff) No cuidar las pertenencias escolares o irrespetar los bultos o útiles de los demás. gg)No solicitar ante la coordinación correspondiente el pase de entrada cuando llegue

retrasado.hh)No devolver las informaciones enviadas al representante, firmadas por el mismo.ii) No guardar los puestos asignados por el maestro en el salón de clases.jj) Interrumpir las actividades de aula para hablar con docentes o estudiantes. kk) Venta de cualquier artículo sin autorización del Directivo del plantel.

Artículo 31. Sanciones para las faltas levesLas faltas leves serán sancionadas con:

a) Corrección o advertencia b) Amonestación verbalc) Amonestación escrita y acta de compromiso del y la estudiante.d) Amonestación escrita con firma del padre, madre, representante o responsablee) Citación del padre, madre, representantes o responsable, y acta de compromiso

del o la estudiante junto con el de ella.Estas acciones serán aplicadas por el maestro del aula, maestro de guardia,

coordinadores y dirección. Serán en el mismo orden en el que se encuentra establecida,

Page 27: Normas de convivencia

en caso de reincidencia del mismo acto u omisión, en el mismo acto u omisión, se impondrá la siguiente sanción a criterio y puede tomarse como una falta grave al no seguir los correctivos propuestos.

Las faltas leves serán sancionadas con:

a) Corrección o advertencia por el Personal Docenteb) Amonestación verbal y escrita por parte del maestro, coordinación, control de estudio

o dirección sobre un comportamiento inadecuado, deberá llamarse a la reflexión al o la estudiante que haya incurrido en la falta para que cambie su actitud en forma positiva y constructiva de tal forma que se comprometa expresamente a cambiar su comportamiento. Toda amonestación será registrada en el libro de vida del estudiante exponiendo en éste, la falta observada.

c) Notificación escrita al estudiante y al representante para informarle el problema o situación suscitada. Dicha notificación debe ser devuelta al profesor guía debidamente firmada como constancia de haber sido recibida por el representante y archivada en el expediente del estudiante.

d) Citación del representante para plantearle el comportamiento del estudiante o alumna y la falta que incurrió, informándole igualmente sobre la sanción a aplicar

e) Mínimo un mes, máximo dos meses de trabajo comunitario en una jornada de cuatro horas semanales. O mínimo dos horas semanales, máximo tres horas semanales por dos semanas, de acuerdo a la gravedad de la falta.

f) La reincidencia será sancionada con el doble de la sanción impuesta.

Artículo 32. Procedimiento para faltas leves.Para la disciplina de las faltas leves se seguirá un breve procedimiento oral

conciliatorio, en el cual el o la docente o docente guía informará al estudiante del acto u omisión que se le imputa, se oirá su opinión y se permitirá que ejerza su defensa, inclusive mediante las pruebas que desee presentar. Inmediatamente después, se procederá a tomar una decisión inmediata, la cual debe constar por escrito y ser entregadas a los interesados. Esta decisión podrá ser impugnada ante el consejo técnico docente. Dentro de los cuatro días hábiles siguientes donde existiere.

En caso de impugnación, el consejo técnico docente oirá ambas partes, analizará las pruebas que presenten y tomará inmediatamente después una decisión, la cual debe constar por escrito y ser entregada a ambas partes.

Artículo 33. Procedimiento para faltas graves.Para la averiguación y determinación de las faltas graves y a los fines de la decisión

correspondiente, la autoridad competente instruirá al expediente respectivo, en este caso el director o subdirector del plantel, en el que hará constar todas las circunstancias y pruebas que permitan la formación de un concepto preciso de la naturaleza del hecho, de la presunta comisión de la falta del estudiante, teniendo en cuenta los deberes inherentes al mismo de conformidad con las leyes aplicables. Todo afectado tiene derecho a ser oído, a opinar y a ejercer plenamente su defensa.

Page 28: Normas de convivencia

Se notificará a los padres y representantes, para que comparezcan acompañados del imputado, para que expongan sus pruebas y aleguen sus razones.Se consideraran circunstancias atenuantes, la buena conducta y el rendimiento, así como cualquier otra circunstancia que a juicio del Directivo o del consejo general de docentes, amerite rebajar la sanción.El Director del plantel, comunicará por escrito a los representantes del estudiante, la determinación de la falta y las consecuencias que acarrea, dentro de los tres días siguientes de su imposición.

Artículo 34.: Proceso de elaboración, reforma y aprobación.Cualquier integrante de la institución educativa puede solicitar al consejo técnico

que inicie el proceso de elaboración o de reforma de los reglamentos especiales que estime conveniente. Se podrá solicitar la elaboración de reglamentos especiales distintos a los establecidos taxativamente en el artículo anterior. En todos los casos, el consejo técnico docente decidirá acerca de la conveniencia de iniciar o no dicho proceso.

Los reglamentos especiales deben elaborarse y reformarse mediante proceso que promuevan y garanticen la activa participación y la más amplia consulta de todos los integrantes de la institución educativa, entre ellos estudiantes, padres, madres, representantes, responsables, docentes y personal directivo, administrativo y obrero. Los reglamentos especiales entran en vigencia a partir de su aprobación por el consejo técnico docente.

CAPÍTULO IVSEGURO ESCOLAR

Artículo 35. El programa de seguro escolar beneficiará a todos los estudiantes que integran la comunidad escolar venezolana, en todos sus niveles y modalidades en planteles oficiales.

Artículo 36. La póliza para asegurar a los estudiantes durará un año escolar.

Artículo 37. La cobertura la fijará el MPPE y los casos a indemnizar, siempre y cuando ocurran dentro de la institución y en periodo escolar.

Artículo 38. La compañía aseguradora será la que seleccione el MPPE.

Artículo 39. Condiciones del seguro escolar año 2009-2010

Seguro Escolar: Seguros BanValor C.A.

El Seguro Escolar es un servicio creado de acuerdo al Decreto 357 y ampliado según Decreto 1210 del Presidente de la República para desarrollar una política asistencial necesaria al escolar ante las consecuencias económicas originadas por gastos médicos,

Page 29: Normas de convivencia

hospitalización, cirugía, exámenes de laboratorio y farmacéuticos ocasionados por accidentes, poliomelitis, así como una ayuda por gastos funerarios.

El seguro beneficia a todos los alumnos inscritos en los planteles oficiales de Educación Preescolar, Especial, Básica y Diversificada; así como también a los alumnos inscritos en aquellas instituciones privadas que impartan la citada educación a los alumnos de zonas marginales.

La compañía de Seguros indemnizará al alumno que llegase a sufrir en caso de: Muerte Accidental, Invalidez Permanente o Parcial,Gastos Médicos, Hospitalización, Cirugía, Exámenes de Laboratorio, Farmacéuticos y Gastos por Servicios Funerarios hasta por la cantidad de Cinco Millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00)

El Representante legal del alumno asegurado es la única persona facultada para la solicitud de la indemnización correspondiente.

Resumen del proceso para tramitar una solicitud de Indemnización del Seguro Escolar:

El Representante legal del alumno solicitará durante el periodo escolar ante la Dirección del Plantel y durante el periodo de vacaciones ante el supervisor de Distrito Educativo o sector, el formulario Nº 01632465

Acudirá ante el médico que atendió al asegurado a fin de que sea llenada la parte INFORME MÉDICO, y solicitará las facturas originales del monto que hubiese cancelado como consecuencia del accidente. En caso de muerte anexara el original de la partida de defunción, la cual debe solicitar en la jefatura civil correspondiente.

Llenara, sin omitir detalles el Aviso de Accidente Escolar, la cual debe venir firmada y sellada por el director del plantel y el representante. En caso de que el representante no sepa firmar, deberá marcar sus huellas digitales y anexar la fotocopia de su cédula de identidad.

Revisara que los documentos están completos y que no tengan enmiendas o borrones que ofrezcan dudas sobre la fidelidad y exactitud de su contenido.

Anexará copia de la cédula de identidad, constancia de estudios, originales de las facturas de los gastos médicos que se ocasionaron por motivo del accidente, acta de defunción en caso de muerte natural o accidental.

Llevará o enviará por cualquier otro medio, toda la documentación requerida a lasoficinas de Seguro Escolar que funcionan en la Zona Educativa ubicada en la capital del estado para tramitar la indemnización correspondiente.

Esperara la respuesta a solicitud de indemnización a través de la Zona mediante carta, telegrama o telefónicamente.

Page 30: Normas de convivencia

Acudirá a la Zona Educativa para retirar el cheque respectivo

Cualquier reclamo que el representante legal quiera hacer sobre el pago de la indemnización puede dirigirla a la oficina de seguro escolar de la Zona Educativa ubicada en la Capital del estado.

Dos (2) copias de cada documento

Números Telefónicos y ubicación a los cuales puede acudir para mayor información:

Seguros BanValor, Oficina Principal Caracas, Av. Abraham Lincoln, Torre Domus, Ala de Mezzanina, piso 1, Plaza Venezuela - Distrito Federal Telf: 0212 709.82.98 - 709.81.10 - 709.81.04

Seguros BanValor, Oficina ubicada en el Ministerio del Poder Popular para la Educación, Planta Baja, Telf: 0212 506.81.38

CAPÍTULO VNormas de seguridad

Artículo 40. Las normas de convivencia, deberán establecer expresamente la prohibición del consumo de sustancias nocivas para la salud en las instalaciones del plantel, por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa, a los fines de resguardar los derechos difusos y colectivos de los estudiantes a la salud y a un ambiente sano de conformidad a lo establecido en la LOPNA, en los artículos 31 y 41, y la resolución conjunta del Ministerio del Poder Popular para la Salud Nº 34106, en fecha 2 de diciembre de 1988.

Artículo 41. queda prohibido la venta o facilitación a los y las estudiantes de: Tabaco Sustancias estupefacientes y psicotrópicas, incluidos los inhalantes Sustancias alcohólicas Armas, municiones, y explosivos Fuegos artificiales y similares Informaciones o imágenes inapropiadas para la edad Refrescos Chucherías y caramelos, que contienen calorías vacías.

Parágrafo Único: se prohíbe la entrada a niños, niñas y adolescentes a: Bares y lugares similares Casinos, casas de juegos y lugares donde se realicen apuestas.

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Todo de acuerdo al artículo 92 de la LOPNA.

TÍTULO IIIDEL PERSONAL DOCENTE

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TÍTULO IIIDEL PERSONAL DOCENTE

CAPÍTULO I

Artículo 42. De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente: “Se entiende por personal docente, quienes ejerzan cualesquiera de las funciones señaladas en el artículo 40 de la LOE, bien sea en la condición de personal ordinario o interino”.

Artículo 43. Las actividades docentes se cumplen dentro del año escolar, cuya duración mínima será de 200 días hábiles y podrá ser dividido en periodos de acuerdo con las necesidades educativas.

CAPÍTULO IIDERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 44. Derechos y Garantías

Además de los derechos y deberes que consagra el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (Decreto Nº 1.011 Gaceta Oficial Nº 5.496 Extraordinario del 31-10-2000. Artículo 6 al 8) y la Ley del Estatuto de la Función Pública (Gaceta Oficial Nº

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37.482 del 11-07-2002. Artículo 22 al 33), se reconoce a los profesionales de la docencia otros derechos y garantías que se enuncian a continuación:

a. Derecho al libre ejercicio de la docencia, en armonía con lo establecido en el ordenamiento jurídico venezolano y el presente reglamento interno.

b. Derecho a disponer y utilizar los medios, materiales e instalaciones de la Institución Educativa, para ejercer la docencia, de conformidad con lo establecido en el presente reglamento interno y los Reglamentos Especiales.

c. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades de la institución educativa, para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquiera tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de mejora de la calidad de su labor docente.

d. Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en los procesos educativos de los estudiantes, así como en todo los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.

e. Derecho a solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores docentes.

f. Derecho a ser respetados por todas las personas que integran la Institución Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

g. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes.

h. Derecho a presentar o dirigir peticiones por escritas o verbal de acuerdo a la magnitud de la misma, al personal obrero, administrativo y directivo, así como cualquier otro órgano de la Institución Educativa o a la Comunidad Educativa, sobre los asuntos que le conciernan y a obtener respuesta oportuna a sus peticiones.

i. Derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos de la vida de la Institución Educativa en que tenga interés, sin ofensas ni determinantes de los demás.

j. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los y las estudiantes de la Institución.

k. Derecho al debido proceso y defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.

l. Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, al presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

CAPÍTULO IIIRESPONSABILIDADES Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE.

Artículo 45. Todos los profesionales de la docencia (Educación Inicial, primaria) que integran la Institución Educativa tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:

Page 34: Normas de convivencia

Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por lo menos 10 minutos antes de iniciar las labores ordinarias de cada turno (7:00am a 12pm y de 01:00pm a 06:00pm), salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. Cumplir cabalmente con todas las obligaciones laborales.Respetar los derechos y garantías de las demás personas.Respetar a todas las personas que integran la Institución Educativa. Nunca deberá tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.Mantener con todos los integrantes de la Institución, relaciones personales que se caractericen por; la Honestidad, la Solidaridad, la Tolerancia, la Cooperación, la Amabilidad y el Respeto.Mantener su ética profesional.Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el lenguaje apropiado. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas) dentro de la institución. Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la institución. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de responsabilidad, del local, mobiliario y cualquier otro material del plantel, especialmente de su aula de clases.Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.Promover los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes. Así como exigirles el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Denunciar ante las autoridades competentes de Protección integral del Niño y Adolescente, las violaciones o amenazas de violación a los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes de que tengan conocimiento a través de sus labores docentes.Firmar el Libro de Registro de Asistencia y Puntualidad y escribir la hora exacta de llegada.Impartir conforme a la Ley Orgánica de Educación, Reglamentos, Resoluciones y demás normativa legal vigente la enseñanza del del Plan de Estudio del grado o especialidad. Evaluar diariamente el trabajo de los estudiantes y registrar la evaluación.Registrar en el libro respectivo la asistencia diaria de los estudiantes y determinar la causa de su inasistencia.No abandonar el aula o los sitios de trabajo en horas de labor.Colaborar con la disciplina general del Plantel y en general responder por los estudiantes de su sección o grado.No interrumpir la labor que se realiza en los demás grados o secciones.Planificar diariamente el trabajo escolar. Elaborar y desarrollar el Plan General, etc., de su sección y realizar el respectivo informe anual.Elaborar, recabar y enviar a la Dirección o coordinación respectiva, según corresponda, los recaudos administrativos producidos durante el mes.Atender a los estudiantes a la hora de llegada y salida.Controlar diariamente el aseo de las aulas, el mobiliario y la higiene y presentación personal de los estudiantes.Planificar diariamente las actividades de recreación dirigida.

Page 35: Normas de convivencia

Participar en las comisiones de trabajo a las cuales sea asignado por la Dirección del Plantel, o Consejos de Docentes o por la Comunidad Educativa.Responder por la organización del archivo de su sección o grado.Lograr la correcta ambientación del aula y atender el aseo diario de ésta.Cuidar la conservación de los útiles de trabajo de los estudiantes.Solicitar por escrito y con debida anticipación, ante la Dirección, las licencias o permisos y acompañar la solicitud con el soporte médico que la justifique avalado por el I.P.A.S.M.E.No ausentarse del aula sin antes habérsele concedido la licencia correspondiente.Inculcar a los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.Inculcar en los educandos el conocimiento de los valores, virtudes y derechos ciudadanos, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de su cargo.Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores jerárquicos.Cumplir con las guardias.Proveer del Programa de Estudio Oficial, conocerlo, interpretarlo e impartir la enseñanza con sujeción a él y de acuerdo con las normas establecidas al efecto de las autoridades educativas competentes.Preparar cuidadosamente sus planes de trabajo y llevar un registro del desarrollo de éstos, con indicación de la parte vista del programa, las actividades derivadas, las dificultades confrontadas, las consultas hechas a las autoridades correspondientes y, en fin, todo cuanto pueda evidenciar el desarrollo de procesos de enseñanza-aprendizaje que se cumple.Conocer y cumplir los derechos del niño, reconocidos nacional e internacionalmente y velar por el cumplimiento de los mismos.Estar informado de las publicaciones que en materia de Educación hagan las autoridades del ramo y otros organismos oficiales y privados, a los fines de su utilización, tanto para la propia consulta como para el uso directo en el trabajo del aula.Mantenerse informado respecto a los problemas que afectan la vida local y nacional, al proceso seguido para resolverlos y a la influencia que las solucione4s de tales problemas ejerzan en el orden económico, social, político, cultural, científico y tecnológico. Asimismo mantenerse atentos a los cambios de progresos que ocurran en los planes continental y mundial, dado que todo ello constituye recurso esencia que facilita la interpretación y organización del programa de estudios, ayuda a una, mejor orientación del proceso de enseñanza-aprendizaje en el grado, para la orientación vocacional del educando, para la más correcta evaluación del mismo y para disponer de datos más objetivos y precisos que deben asentarse en el Historial del estudiante. Entregar a la Dirección, sin necesidad de previo recordatorio, el último día de cada mes, el movimiento estadístico habido durante el mismo con la indicación de:

Los Ingresos.Los EgresosEl promedio de asistencia.

Page 36: Normas de convivencia

Participar activamente en la organización y funcionamiento de la sociedad de Padres y Representantes, Cruz roja Juvenil Cooperativa Escolar, Actividades de conservación, Declaración de los Derechos Humanos y otras actividades que se establezcan en el plantel.Colaborar en el aseguramiento de que los y las estudiantes cumplan el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales. Ejerciendo dentro del ámbito de sus atribuciones la disciplina escolar.Atender oportunamente con respeto, cordialidad y equidad a los y las estudiantes de la institución Educativa, así como a sus padres, madres, representantes y responsables, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen durante los horarios establecidos a tal efecto.Brinda asesoría integral a los padres, madres representantes y responsables sobre sus relaciones personales con los niños, niñas, y adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidad, que sean estudiantes de la Institución Educativa.Brindar orientación y educación integral de la más alta calidad a los estudiantes de la Institución Educativa. Adoptar una didáctica activa que desarrolle en ellos y ellas la capacidad de investigación, análisis crítico, hábitos de creatividad y crecimiento cultural.Evaluar apropiadamente a los estudiantes de la Institución Educativa, así como reconsiderar con equidad sus actividades de evaluación, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y, si fuese el caso de los Reglamentos Especiales.Informar periódicamente a los estudiantes de la Institución Educativa, así como a sus padres, madres, representantes y responsables, sobre su propio proceso educativo, así como en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, as actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

Artículo 46. Deberes del Docente hacia los estudiantes

Procurar la autoformación y puesta al día en el dominio de las técnicas educativas, en la actualización científica y en general en el conocimiento de las técnicas profesionales.Establecer con los estudiantes una relación de confianza, comprensiva y exigente que fomente la autoestima y el desarrollo integral de la persona, así como el respeto a los demás.Promover la educación y formación integral de los estudiantes sin dejarse nunca inducir por intereses ajenos a la propia educación y formación, sean del tipo que sean.Trabajar para que todos lleguen a una formación que les permita integrarse positivamente en la sociedad en la que han de vivir.Tratar a todos con total ecuanimidad, sin aceptar ni permitir prácticas discriminatorias por motivos de sexo, raza, religión, opiniones políticas, origen social, condiciones económicas, nivel intelectual, etc.

Page 37: Normas de convivencia

Aportar los elementos necesarios para que los estudiantes conozcan críticamente su propia identidad cultural y respeten la de los demás.No adoctrinar ideológicamente y respetar en todo momento la dignidad del estudiante.Guardar el secreto profesional, no haciendo uso indebido de los datos que se dispongan sobre el estudiante o su familia.Poner a disposición de los estudiantes todos sus conocimientos y conservación de todo aquello que constituye el patrimonio de la humanidad.Favorecer la convivencia en las instituciones educativas, fomentando los cauces apropiados para resolver los conflictos que puedan surgir, evitando todo tipo de violencia física o psíquica.

Artículo 47. Deberes del docente hacia los padres y representantes

b. Respetar los derechos de las familias en la educación de sus hijos en lo que afecta a las cuestiones relativas a los valores y finalidades de la educación para poder incorporarlas a los proyectos educativos.c. Asumir la propia responsabilidad en aquellas materias que son de la estricta competencia profesional de los Docentes.d. Evitar confrontaciones y actitudes negativas, siendo respetuoso con el pluralismo en las instituciones educativas y en la sociedad.e. Favorecer la cooperación entre las familias y los docentes, compartiendo la responsabilidad de la educación y estableciendo una relación de confianza que garantice el buen funcionamiento de la Institución y propicie la participación de los padres y las madres.f. Tener informado a los padres del proceso educativo de sus hijos, responder profesionalmente a sus demandas y, habiendo escuchado sus puntos de vista, darles la orientación que les permita contribuir adecuadamente a la educación de sus hijos.g. Analizar con sus padres el proceso de los estudiantes, respecto al desarrollo de su personalidad y consecución de finalidades y objetivos que se persiguen en cada una de las etapas, al mismo tiempo que colaborar en hacer más efectiva la educación para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales.h. Respetar la confianza que los padres y representantes depositan en los docentes cuando hacen confidencia sobre circunstancias familiares o personales que afectan a los estudiantes y mantener siempre una discreción total sobre estas informaciones.

Artículo 48. Deberes del docente con respecto a la profesión.

a. Dedicarse al trabajo Docente con plena conciencia del servicio que se presta a la sociedad.b. Promover su desarrollo profesional con actividades de formación permanente y de innovación e investigación educativa, teniendo en cuenta que esta cuestión constituye un deber y un derecho del docente. No solo en su actividad individual, sino también en su proyección hacia los demás.

Page 38: Normas de convivencia

c. Contribuir a la dignificación social de la profesión docente y asumir de forma correcta las responsabilidades y competencias propias de la profesión.d. Defender y hacer respetar los derechos inherentes a la profesión educativa (consideración social, económica, etc.).e. Contribuir, en la medida de las propias posibilidades a una práctica solidaria de la profesión.f. Esforzarse por adquirir y potenciar las cualidades que configuran el carácter propio y que son necesarias para el mejor cumplimiento de los deberes profesionales: autocontrol, paciencia, interés, curiosidad intelectual, etc.g. Mantener un dominio permanente de los principios básicos de su materia o área, esforzándose por incorporar a su didáctica los avances científicos, pedagógicos y didácticos oportunos.h. Mantener una actitud crítica y reflexiva permanente hacia la propia actuación profesional, para garantizar un constante perfeccionamiento en todas sus actividades profesionales.i. Mantener una presentación personal acorde a la función que ejerce como modelo y formador de los estudiantes, en tal sentido deberán vestir pulcramente, las damas deben evitar escotes pronunciados, ropa ajustada, faldas cortas, así como peinados extravagantes y exceso de pintura, los caballeros igualmente vestirán apropiadamente evitando ropa ajustada, uso de sandalias, y llevaran el corte tradicional, no bebe usar cabello largo, evitaran el uso de piercing y tatuajes.

Artículo 49. Deberes del docente hacia sus compañeros.

a. Crear un clima de confianza que potencie un buen trabajo en equipo y contribuir al buen funcionamiento de los órganos de participación de coordinación y de dirección con el objeto de garantizar una elevada calidad de enseñanza.b. Respetar el ejercicio profesional de su colega sin interferir en su trabajo, ni en su relación con los estudiantes, padres y representantes.c. No hacer comentarios peyorativos sobre otros profesionales. En el caso de observarse ineptitudes, carencias o abusos en el ejercicio de la profesión, se usarán responsablemente vías adecuadas para su información y, en su caso, corrección. d. Evitar obtener indebidamente ventajas sobre los compañeros de profesión.e. Considerar que tienen la condición de secreto profesional toda aquella información sobre los compañeros de trabajo que se haya adquirido en el ejercicio de cargo de responsabilidad directa, administrativa o profesional.

Artículo 50. Deberes del docente hacia la institución

a. Respetar y asumir el proyecto educativo que se esté realizando en la institución, como un deber inherente al desempeño de la función docente dentro de los límites del precepto constitucional.b. Participar en la elaboración y en la realización de mejoras en la calidad de enseñanza, en la investigación pedagógica y en el desarrollo de métodos y

Page 39: Normas de convivencia

técnicas para el ejercicio más adecuado de nuestra actividad educativa, con el objeto de conseguir los más elevados niveles de eficiencia.c. Respetar la autoridad de los órganos de gobierno de la institución y colaborar por el bien funcionamiento de los equipos técnicos, pedagógicos y de orientación.d. Promover actividades extraescolares, preparándolas y realizándolas con plena responsabilidad y siempre con las debidas garantías jurídico-administrativas.e. Cooperar con las instituciones y asociaciones educativas dentro del amplio marco social de la educación.f. Participar activamente en las consultas que sobre temas de políticas educativas, organización escolar, o cualquier aspecto educativo promuevan las autoridades correspondientes.g. Cumplir y hacer cumplir el presente documento de normas de convivencia.

Artículo 51. Deberes del docente hacia la sociedad.

a. Educar para una convivencia fundamentada en la igualdad de derechos y en la práctica de la justicia, de la tolerancia, del ejercicio de libertad, de la paz y del respeto a la naturaleza.b. Tener en la forma de actuar un estilo de vida democrático, asumiendo y promocionando los valores que afectan a la convivencia en sociedad, libertad, justicia, igualdad, pluralismo, tolerancia, comprensión, cooperación, respeto, sentido crítico, etc.c. Fomentar la creatividad, la iniciativa, la reflexión, la coherencia, la sensibilidad, la autonomía y la exigencia personal en los estudiantes el propio trabajo profesional.d. Procurar que los estudiantes aprecie el valor del trabajo de todas las personas y contribuir mediante la orientación adecuada a lograr que cada estudiante, conociendo y valorando las realidades del estudio y del trabajo, así como sus propias posibilidades, tome decisiones responsables antes sus opciones escolares y profesionales.

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TÍTULO IVPERSONAL DIRECTIVO

Page 41: Normas de convivencia

TÍTULO IVPERSONAL DIRECTIVO

Capítulo IDe la Dirección.

Artículo 52. Definición y objetivos. La dirección es el órgano de la institución escolar ejercido por el director o

directora, quien es la primera autoridad y supervisor nato del mismo. El director o la directora velaran porque las actividades de la institución estén orientadas a lograr los objetivos del estado venezolano e institucional.

Artículo 53. Funciones y atribuciones. El director de la institución educativa es en lo concerniente al régimen interno, la autoridad superior del plantel y es el órgano autorizado para dirigirse al MPPE y las autoridades docentes (zona educativa, distrito escolar y sector) respecto a los asuntos del gobierno y organización del establecimiento. Además de las contempladas en la legislación escolar vigente: tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

Llegar al plantel por lo menos 30 minutos antes de iniciarse las actividades de cada turno de trabajo.

Ejercer las funciones de gobierno, orientación, asesoramiento, coordinación, supervisión y evaluación pedagógica y administrativa, de representación escolar y de relaciones con al comunidad.

Conocer el contenido y alcalde de la constitución bolivariana de Venezuela, ley orgánica de educación y su reglamento, ley orgánica de procesamiento educativo, ley orgánica de poder ciudadano, ley orgánica de la contraloría general de la republica, ley orgánica de salva guarda del patrimonio publico, ley orgánica para la

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protección del niño y adolescente, ley aprobatoria sobre la convención de los derechos del niño y otras normas emanadas de las autoridades publica competentes, así mismo cumplirlas y orientar convenientemente a otras para su cumplimiento cuando así sea solicitado.

Proveerse de los programas de estudio interpretarlos y suministrar las informaciones necesarias para que los docentes impartan las enseñanzas con sujeción a él.

Tomar por cuenta propia todas las medidas que conduzcan al cumplimiento de las normas emanadas de la superioridad

Coordinar la acción del plantel con las instituciones oficiales o privadas. Dirigir, orientar y supervisar a la totalidad del personal de la institución. Controlar el ejercicio de la profesión docente frente a los estudiantes para asegurar

la permanencia de los valores, creencias y estilo de vida Observar una conducta firme y respetuosa para con el personal, estimular toda

iniciativa útil y señalar las faltas que observare aconsejando para su ajuste y enmienda.

Actuar de inmediato para resolver los problemas que afecten a la institución. Informar al supervisor del sector, distrito o director de zona de los problemas que

exceden al ámbito de competencia de la dirección del plantel. Promover el mejoramiento y progreso del instituto en los aspectos administrativos y

técnico – docentes. Exigir la disciplina, promover la armonía y consolidar el principio de autoridad en la

institución, el aula y la comunidad. Velar por la conservación e higiene del edificio material didáctico y bienes que

constituyan el patrimonio escolar. Notificar al personal adscritos a la institución educativa sobre el contenido de las

circulares y comunicados emanados del sector, distrito, zona educativa, ministerio de educación y deportes y aclarar el contenido de las mismas.

Recibir y dar curso a las solicitudes que se le presente, resolverlas si están dentro de su competencia.

Visitar con la mayor frecuencia los lugares de actividad docente, con el objeto de evaluar y orientar las tareas.

Representar oficialmente la institución y firmar toda correspondencia y documentación oficial de la institución.

Concretar las reuniones de actualización y perfeccionamiento docente, dejando constancia en acta de su desarrollo conocer la planificación y programación de las actividades de evaluación que cumplirá el docente en cada lapso.

Presentar en el mes de septiembre a la asociación civil y comunidad educativa el proyecto educativo integral comunitario (P.E.I.C.), programación de las actividades a realizar en el año escolar.

Artículo 54. Deberes y atribuciones. Ejercer el gobierno de establecimiento y coordinar el trabajo del personal a su

cargo. Ejercer la dirección pedagógica del establecimiento y supervisar el desarrollo de la

enseñanza en cada cátedra. Presidir las actas del plantel y representarlo en aquellos de carácter público.

Page 43: Normas de convivencia

Asistir diariamente al plantel y permanecer en él durante las horas de labor Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios del establecimiento. Recibir y entregar bajo minucioso inventario el material de enseñanza, los muebles,

programas de estudio, libros, archivos y demás pertenencias del establecimiento. Convocar y presidir el consejo general de docentes, consejo de docentes, consejo

técnico asesor, informar sobre la marcha del plantel y someter a su consideración los asuntos reglamentarios y aquellos cuya importancia lo requiera.

Ejecutar las disposiciones del consejo general de docentes y velar por su correcta aplicación.

Distribuir la asignación por grado entre personal docente del plantel desde preescolar I y II etapa.

Designar al departamento de evaluación los horarios de actividades del plantel y someterlos a la consideración de la supervisión correspondiente (sector, distrito).

Presentar y someter a la consideración del consejo general de docentes, su primera reunión del año escolar, los lineamientos generales que sirvan de base al plan de trabajo anual.

Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del personal del establecimiento.

Capítulo IIIDe la subdirección

Artículo 55. Definición y objetivosLa subdirección es ejercida por el subdirector o subdirectora quien de forma

inmediata colabora y comparte con la dirección las responsabilidades, especialmente en la orientación de las actividades de la institución educativa.

En caso de ausencia temporal del director o la directora el subdirector o subdirectora lo o la suplirá en sus funciones.

Artículo 56. Funciones y atribuciones Son funciones y atribuciones de la subdirección

a) Compartir con el director la responsabilidad del ejercicio de la función directiva en los aspectos de la organización, la administración y la supervisión del plantel.

b) Colaborar con el director en el gobierno, organización y dirección pedagógica del establecimiento.

c) Cumplir las instrucciones que aquel le imparta. d) Participar en la determinación de los acuerdos sobre distribución de las tareas

específicas y procedimiento de trabajo que permita el personal directivo cumplir su función en forma eficiente coordinada y sistemática.

e) Intervenir en la elaboración del informe anual de trabajo del plantel, en la elaboración del informe anual de actuación del personal docente, administrativo y subalternos, en la organización del archivo del plantel, en la organización del trabajo de aula, en el control de la conservación de la planta física, del mobiliario y del material didáctico, en las actividades del consejo de docentes y en otras que reunieran la participación del personal directivo.

f) Conocer la administración e inversión del presupuesto y demás fondos de la institución.

Page 44: Normas de convivencia

g) Dar cumplimiento a otras disposiciones contempladas en la ley orgánica de educación, en sus reglamentos y en este reglamento interno, cuya ejecución no esté reservada en forma expresa a los rectores.

h) Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones contempladas en la ley orgánica de educación y sus reglamentos.

TÍTULO VDEL PERSONAL OBRERO Y

ADMINISTRATIVO.

Page 45: Normas de convivencia

TÍTULO VDel personal obrero y administrativo.

Artículo 57. Derechos y garantías del personal obrero y administrativo:

El personal obrero se rige por la ley orgánica del trabajo y su contratación colectiva. El personal administrativo se rige por los deberes y derechos consagrados en los estatutos administrativos y su contratación colectiva.

Se reconoce a todas las personas que integran el personal obrero y administrativo de la Unidad Educativa “Tácata” los derechos y la garantía que se enuncia a continuación:a) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución. Nunca

deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad cono persona humana (artículo 7 numeral 8 de la Ley Orgánica de la administración pública)

b) Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.

c) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio (artículo 7 numeral 9 de La Ley Orgánica de la administración pública)

d) Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal obrero, administrativo, docente y directivo, así como a cualquier otro órgano de la institución o la comunidad educativa, sobre asuntos que les conciernan y a obtener respuestas oportuna sobre sus peticiones (artículo 9 de la Ley Orgánica de la administración pública)

e) Derecho a opinar libremente sobre todos los asuntos correspondiente a sus labores (artículo 7 numeral 4 de la Ley Orgánica de la administración pública)

f) Derecho a que el personal directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades de la institución, para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su

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profesión y/o la mejora de la calidad de su labor. (Ley orgánica de educación artículo 6)

g) Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida del centro educativoh) Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico el

presente reglamento interno y los reglamentos especiales. (Manual de Convivencia y Ley del Trabajo)

Artículo 58. Responsabilidad y deberes:

Las personas que integran el personal obrero y administrativo tienen las siguientes responsabilidades y deberes:

a) Asistir regular y puntualmente a todas sus actividades laborales, cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales.

b) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.c) Respetar todas las personas que integran la institución educativa. Nunca deberá

tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contaría a su dignidad como persona humana.

d) Mantener con todos los integrantes de la institución educativa, relaciones personales que se caractericen por: la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad.

e) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la institución educativa. Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento dentro de los límites de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material de la institución educativa. Conservar y mantener el material en buen estado y equipo empleado para realizar sus actividades laborales.

f) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.g) Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que

dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente, de conformidad con las especificaciones del cargo que desempeñen.

h) Acatar los cambios de horarios y prestar servicios fuera del horario establecido ordenados por razones de servicios.

i) Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con sus supervisores, subordinación y cortesía debidas.

j) Guardar la reserva y secreto que requieran los asuntos relacionados con su trabajo.

k) Prestar sus servicios personales con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas, conforme a las modalidades que determinen los reglamentos

l) Prestar la información necesaria a los particulares de los asuntos y expedientes en que aquellos tengan algún interés legítimo, con las limitaciones establecidas en la Ley.

m) Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos, bienes e intereses de la Administración Pública confiados a su guarda, uso o administración.

n) Atender las actividades de adiestramiento y perfeccionamiento destinados a mejorar su capacitación.

o) Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles para la conservación del patrimonio nacional o el mejoramiento de los servicios.

Page 47: Normas de convivencia

p) En general, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, los Reglamentos, los Instructivos y las Órdenes que deban ejecutar.

q) Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el lenguaje apropiado. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas (drogas).

r) Promover los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescente, especialmente de los estudiantes de la institución educativa, así como exigirles el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Denunciar ante las autoridades competentes de Protección Integral al Niño y Adolescente, las violaciones o amenazas de violación a los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes de que tengan conocimiento a través de sus labores.

s) Además de las responsabilidades y deberes enunciados le corresponde al personal administrativo o de secretaria:

La redacción, tipiado y despacho de la correspondencia del plantel fuera y dentro del mismo.

Velar por el despacho oportuno de los recaudos administrativos del plantel. Cuidar de que la correspondencia emitida por el plantel, además de buena

presentación no contenga errores ortográficos. Estar pendiente de los libros y registros de asistencia, puntualidad y otros

aspectos del personal del plantel sean debidamente firmados por los mismos en la casilla correspondiente.

Atender las llamadas telefónicas y solicitudes de las personas que visiten la institución

Llevar correctamente los elementos de que consta el Archivo del Instituto. Dar cuenta al Director, Subdirector y a los Coordinadores, según el caso

de la correspondencia recibida. Responder por la conservación, organización, mantenimiento y aseo de la

dirección y secretaría y de su mobiliario. Tocar el timbre de entrada y de salida de las actividades de aula y de

recreación en las oportunidades que señala el horario escolar.t) Además de las responsabilidades y deberes enunciados al personal

obrero le corresponde: Mantener en completo aseo y limpieza todas las dependencias del

instituto, así como el mobiliario y demás materiales existentes. Realizar recorridos frecuentes dentro y en los alrededores del plantel. Vigilar la entrada y salida de los estudiantes, requerir la información de si

están autorizados para hacerlo o no. Velar porque los bienes del plantel no se extravíen no salgan del mismo

sin la autorización del Director o Subdirector. Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico el Presente Reglamento

Interno y los Reglamentos Especiales. Respetar, obedecer y cumplir las decisiones y órdenes que dicten las autoridades de la Institución Educativa, siempre que las mismas no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

Mantener reserva estricta y no divulgar los contenidos e informaciones contenidos en los documentos que manejen y/o a los cuales tengan acceso.

Page 48: Normas de convivencia

Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico venezolano, el presente Reglamento Interno y los demás Reglamentos Especiales.

TÍTULO VI DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES

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TÍTULO VI DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES

CAPÍTULO IDEBERES Y DERECHOS DELOS PADRES Y REPRESENTANTES

Disposiciones Generales

Artículo 59. El presente régimen tiene por objeto establecer los deberes y derechos de los de los padres y representantes en los niveles de primaria y Preescolar y en las modalidades del sistema educativo en que resulte procedente, regirán las disposiciones específicas que sobre la materia dicten las autoridades competentes del Ministerio de Educación y las de este régimen en cuanto resulten aplicables.

Artículo 60. Los deberes de los representantes son de obligatorio cumplimiento. Su trasgresión acarreará las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico educacional.

Artículo 61. Los derechos de los padres y representantes no podrán ser menoscabados ni conculcados por autoridad educativa alguna, ni por miembros de la comunidad educativa. La trasgresión de lo dispuesto en el presente artículo acarreará las responsabilidades y sanciones de Ley.

Artículo 62. La enunciación de los deberes y derechos contenidos en el presente régimen no deben entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la condición de padres o de representantes, no figuran expresamente en el mismo. La falta de regulaciones sobre estos deberes y derechos no menoscaba su ejercicio y cumplimiento.

CAPITULO I IDe los Deberes de los padres y Representantes.

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Artículo 63. Son deberes de los padres y representantes: 1. Cumplir con la obligatoriedad de la Educación de sus representados, en los niveles

de educación preescolar y básica.2. Participar activamente en la educación de sus representados.3. Velar por la asistencia diaria de sus representados a las actividades del plantel y por

el cumplimiento de las tareas y demás asignaciones escolares.4. Atender las recomendaciones que les formulen los miembros del personal directivo

y docente del plantel acerca de sus representados, en cuanto a comportamiento, asistencia, rendimiento estudiantil, salud deporte, recreación, atención especial y demás aspectos del personal educativo.

5. Plantear a los y las docentes observaciones e intercambiar opiniones acerca de la actuación de sus representados.

6. Velar porque sus representados usen el traje escolar de acuerdo a las regulaciones pertenecientes.

7. Proveer a sus representados, en la medida de sus posibilidades, de los libros y útiles escolares.

8. Atender las citaciones y convocatorias que les fueron formuladas por la Dirección del plantel, los miembros del personal docente y demás autoridades educativas.

9. Observar un trato adecuado y cortés con las personas que laboran en el plantel y demás integrantes de la comunidad educativa.

10.Presentar los documentos de sus representados cuando fueren requeridos por las autoridades educativas.

11.Participar en los actos u otras actividades educativas programadas por el plantel cuando fuesen invitados o requeridos para ello.

12.desempañar eficazmente y con sujeción al orden jurídico respectivo, los cargos y comisiones para las cuales, fueron asignados en la comunidad educativa.

13.Cumplir con las contribuciones y demás aportes establecidos por la Asamblea General de Padres y Representantes, conforme a las disposiciones que regulan la comunidad educativa.

14. Informar a las autoridades educativas del plantel acerca de cualquier irregularidad que pueda afectar la buena marcha del proceso educativo.

15.Firmar los documentos relativos al proceso educativo de sus representados, cuando así lo exijan las autoridades competentes.

16.Cumplir con las regulaciones del ordenamiento jurídico educacional que les resulten aplicables.

17.Evitar asistir al plantel en short, licras, cholas, y blusas con escotes y transparencias.

18.Asistir a las citaciones emitidas por cualquier autoridad del plantel (docente, evaluación, dirección) en la fecha prevista, en caso de no poder asistir notificar y enviar justificativo, lo cual conducirá a un segundo y hasta un tercer llamado, si llegan a incumplirlo, será entonces remitido al consejo de protección del niño, niña y adolescente.

19. Inscribir a su representado en un instituto cerca de su hogar (de los derechos del niño Artículo 53 LOPNA)

20.Participar activamente y colaborar con el plantel ya sea con trabajo de mantenimiento desarrollando una labor social (en trabajo, donativo de limpieza y de

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recursos para el aprendizaje, materiales, acompañamiento) en el proceso educativo, con recursos económicos.

21.Colaborar con su representado acompañándolo en su aprendizaje (orientar y revisar como hacer las tareas escolares, revisión de cuadernos para su debido cuidado, mantenimiento y presentación).

22.Participar a la dirección del plantel, departamento de evaluación o en su defecto al docente del grado cualquier cambio de domicilio o teléfono.

23.Evitar entrar a las aulas sin autorización de la dirección o del docente de aula.24.Evitar actitudes que incentiven a reuniones o comentarios negativos que puedan

dañar la imagen del plantel (toda inquietud debe ser canalizada por dirección o personal docente).

25.En caso de que su representado sea remitido al Departamento de Aula Integrada Psicopedagogía debe asistir con carácter obligatorio a la entrevista (de no asistir el representante será amonestado o citado por el Consejo de protección al menor y adolescente, por incumplimiento de sus obligaciones.

26. Inscribir a su representado en el periodo estipulado por la dirección del plantel de lo contrario la misma no se hace responsable por la pérdida del cupo pasado, el lapso previsto se dispondrá.

27.Presentar los documentos de su representado cuando fuera requerido por las autoridades del plantel (partida de nacimiento, cedula de identidad del estudiante y representante, control de vacunación, fotos, boletas de promoción de años anteriores) y proporcionar datos exactos verificables al momento de inscripción.

28.En el caso de que su representado agreda a otro niño, docente, personal obrero o administrativo causándole un daño físico, el representante colaborará en los gastos médicos que se origine a los representantes, y/o responsables como medidas de disciplina escolar.

El incumplimiento por parte de los padres, representantes y/o responsables de los deberes establecidos en este reglamento, originará la aplicación de sanciones acorde con la gravedad de la falta.

Estos deben ser colaboradores inmediatos de la disciplina escolar que forma parte de la educación integral del estudiante en cuanto al respeto que debe hacer honor tanto al personal colectivo que labora en la Unidad Educativa Nacional “Tácata”, como a sus propios compañeros y a sus propios deberes y responsabilidades individuales.

Las sanciones impuestas deben ajustarse a la ley orgánica de protección del niño, niña y adolescente (LOPNA).

Definición de una falta leve. Se considera una falta leve cometida por los padres, representantes y/o responsable:

1.Esporádicamente hacer caso omiso al llamado de atención y corrección de la escuela para sus representados. (2 veces)2.Propiciar una (1) vez conversación destructivas del patrimonio moral de la institución individualmente y al colectivo de la comunidad educativa del plantel.3.Incumplimiento esporádicamente con las convocatorias, citaciones, circulares y afines. (2 veces)4.Irrespetar a los estudiantes del plantel dentro y fuera del mismo, evitar insultos, amenazas y agresión física.5.Canalizar las situaciones irregulares a través de los instancias competentes (docentes, departamento de evaluación, dirección y consejo de protección).

Page 52: Normas de convivencia

6.Retirar al representado antes del término de la actividad escolar con un justificativo por escrito.7.Retirar a su representado en la hora de salida establecida 11:45 a.m. en la mañana y 5:45 p.m. en la tarde.8.Notificar por escrito y con anterioridad que su representado será retirado por otra persona.9.Notificar al plantel de cualquier diligencia legal del tribunal del menor (prohibición de acercamiento de alguno de los padres, etc.)10.Asistir a la asamblea de padres y representantes, para tomar decisiones del funcionamiento de la institución (su asistencia es de carácter obligatorio)

TÍTULO VIIDE LAS NORMAS INTERNAS DE

CONVIVENCIA

Page 53: Normas de convivencia

TÍTULO VIIDe las normas internas de convivencia.

Capítulo IDe la inscripción de estudiantes

Artículo 64. Derecho a la inscripción:Todos los niños, niñas y adolescentes, así como las personas que correspondan,

tienen derecho a ser inscritos para recibir una educación integral en la Institución Educativa “Tácata”, siempre que:

a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente Reglamento Interno.

b) Existan cupos en la modalidad escolar.

Artículo 65. Los estudiantes de la Institución Unidad Educativa “Tácata” tienen derecho a mantener su inscripción en la misma, siempre que cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente Reglamento Interno, salvo durante el tiempo que hayan sido sancionados con expulsión y con respectivo seguimiento.

Artículo 66. Garantías del derecho a inscripción:A los fines de permitir la inscripción de los estudiantes en la Institución no podrá

establecer como condicionantes: su edad, promedio de calificaciones, situación de repitiente, embarazo, conducta o disciplina, credo, estado civil de los padres, madres, representantes o responsables, uniforme y útiles escolares, así como ninguna otra limitación que no esté legalmente establecida.

Salvo en los siguientes casos: A fin de permitirles la inscripción de los estudiantes en la institución no se

podrá establecer condicionantes el rendimiento, salvo en aquellos casos donde la repitencia sea mayor de 3 años, previo seguimiento, será remitido a instituciones especializadas según sea el caso.

Page 54: Normas de convivencia

En cuanto a la edad, según los artículos y seguimientos se promoverá a los estudiantes según sea su potencial superior y adecuarlos según su reglamento.

Cuando reiteradamente su conducta, no se adecue según a la LOPNA y a estas normas de convivencia.

Artículo 67. Comisión de Inscripción:Se crea la Comisión de Inscripción, integrada por el Departamento de Evaluación,

los docentes de aula y especialistas estos últimos inscribirán en el mes de septiembre. La Comisión de Inscripción es el órgano competente para coordinar, desarrollar y adoptar las decisiones pertinentes en todo lo relacionado con los proceso de inscripción.

Artículo 68. Requisitos para la inscripción:Los aspirantes a ser inscritos en la Institución Educativa, deben cumplir con los

requisitos que se indican a continuación:a) Presentar partida de nacimiento o cédula de identidadb) Constancias o pruebas que acrediten su nivel de escolaridad yc) Constancia de retiro.d) Fotos del estudiante y del representante.e) Fotocopia de la cedula del representante.f) Cualquier otro requisito establecido en el ordenamiento jurídico.

En caso de que el o la aspirante no tenga partida de nacimiento o cédula de identidad deberá ser inscrito inmediatamente, siempre que reúna todas las condiciones determinadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y sea seleccionado para ingresar a la Institución Educativa. En estos casos, el Director de la Institución Educativa, deberá levantar un acta que contenga las circunstancias del caso y el compromiso del padre, madre, representante o responsable de entregar posteriormente estos documentos. Siempre debe informarse a las autoridades y servicios competentes en materia de Protección Integral al Niño y al Adolescente sobre esta situación, a los fines de que se procedan a realizar todas las gestiones dirigidas a garantizar los derechos vinculados a la identidad de estos aspirantes. En los casos en que sean niños o niñas con menos de nueve (9) años de edad, debe orientarse al padre, madre, representante o responsable para que acuda directamente a inscribirlos en el Registro Civil.En caso de que el o la aspirante no tenga constancias o pruebas que acrediten su nivel de escolaridad y sea seleccionado para ingresar a la Institución Educativa, éste deberá realizar una prueba de ubicación dirigida a determinar en qué nivel debe ser incorporado. En estos casos, el Director deberá levantar un informe que contenga las circunstancias del caso, para lo cual podrá solicitar toda la información disponible a los efectos

Capítulo IIDe las normas internas de convivencia

Artículo 69. De las normas generales de convivenciaTodas las personas que integran la Institución Educativa están obligadas a:

Page 55: Normas de convivencia

a) Que la convivencia sea cada vez más agradable, respetando siempre al que está al lado.

b) Cuidar al aseo y saludable higiene, con una adecuada presentación en el vestir; el porte educado y respetuoso (posiciones en el aula, actos comunitarios).

c) Concurrir con el uniforme completo y recordando que así vestido presenta a nuestro Instituto.

d) Tener presente que el fumar es nocivo a la salud (personal y de la de los que lo rodean) y no trae aparejado ningún beneficio, por tanto evitará este tipo de práctica que puede constituirse en un vicio.

e) Ser puntual, virtud que beneficia a todos y es indispensable en la tarea escolar.f) Esperar en orden la llegada del docente. Es indispensable colaborar para no

molestar a quienes trabajan en salones cercanos.g) Estudiar y cumplir permanentemente con sus actividades, conscientes de que en

esta etapa de sus vidas ésta es la tarea que se les ha encomendado y de la cual son absolutamente responsables.

h) Presentar diariamente el cuaderno de comunicaciones en clase, con las firmas correspondientes del padre o responsable.

i) Cumplir siempre con el deber teniendo una asistencia perfecta. En caso de faltar por algún serio motivo deberá justificarlo convenientemente.

j) Permanecer en el plantel durante todo el tiempo que corresponda; para retirarse (por motivos muy importantes) es necesario que el padre o autorizado se haga presente y firme el retiro del estudiante.

k) Las aulas, ambientes destinados a la enseñanza, durante los recreos, deben ser abandonados para una adecuada ventilación y evitando posibles desórdenes.

l) Colaborar cuidando el mobiliario, edificio y materiales didácticos. Es fundamental respetar y cuidar las cosas porque son “de todos” y nos sirve “a todos”. Por lo tanto debemos evitar todo tipo de raspaduras o inscripciones que atentan contra la limpieza, la moral o buenas costumbres. Ante cualquier daño ocasionado, el estudiante buscará la mejor forma de identificarse y reparar el error.

m) Identificar claramente todas las prendas de vestir, útiles y objetos personales a fin de evitar pérdidas y dificultades para su reintegro.

n) Evitar traer elementos no solicitados para el desarrollo de las clases.o) Frente a los educadores: asumir con total verdad y responsabilidad los propios

actos. Por tanto no comprometerá a otros con su modo de actuar (falsificación de notas o firmas, copias en escritos o cosas similares). Teniendo presente que todo esto desdice la honestidad personal.

p) En todo momento ser respetuoso y amable con los educadores y personal del plantel atendiendo con solicitud las indicaciones que se le formulen.

q) Si en alguna ocasión existiera desacuerdo con actitudes de algún educador, tratará de solucionar cuanto antes estos inconvenientes en un clima de diálogo respetuoso y sincero.

r) Cultivar con esmerada solicitud y como expresión de nobleza de corazón, una autentica gratitud hacia todos aquellos de quienes se recibe o se ha recibido algún bien.

s) Eliminar las actitudes de soberbia, burla de efecto y fracasos de los compañeros, como comentarios que se desdigan de la nobleza de corazón.

Page 56: Normas de convivencia

t) Siempre que se presente la oportunidad, avisar y corregir con amor los defectos de nuestros compañeros, pero sin críticas ni corrillos altamente nocivos para la convivencia.

u) Ante todo hacer de cada compañero un buen amigo, basado en la sinceridad, respeto mutuo y el amor.

v) Ejercer apropiadamente sus derechos y garantías.w) Abstenerse de traer a la institución impresos u otras formas de comunicación

que produzcan terror, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje, atenten contra los valores, la moral y las buenas costumbres.

x) Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

y) Cualquier otra conducta que sea expresamente establecida como una norma general de convivencia en el Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

z) El Consejo Técnico Docente podrá establecer otras normas generales de convivencia que considere necesarias, previa consulta de los demás integrantes de la institución. Los y las docentes podrán establecer normas generales de convivencia para las aulas de clase, con la participación libre, responsable y activa de los estudiantes

Artículo 70. De la asistencia de los estudiantes. La asistencia de los de los estudiantes a clases es obligatoria. Se requerirá un

porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación del grado, área, asignatura o similar del setenta y cinco por ciento (75%). Los docentes llevarán un registro de su asistencia los estudiantes e informaran al docente guía los casos en que exista inasistencia reiterada, a los fines de que se tomen las previsiones a que hubiere lugar.

Artículo 71. De la asistencia del personal obrero, administrativo, docente y directivo. Todas las personas que integran el personal directivo, docente, administrativo y

obrero deben asistir regular y puntualmente a sus actividades laborales.El personal docente debe solicitar por escrito a la dirección, con dos días de

anticipación, el permiso para ausentarse de sus actividades laborales, a los fines de garantizar la designación del o la suplente y el cumplimiento del objetivo pedagógico programado. El personal obrero y administrativo debe solicitar por escrito a la dirección, el permiso para dejar de asistir a sus actividades laborales.

Artículo 72. Del horario escolar.Una vez iniciada la jornada diaria, todo estudiante y las personas que integran el

personal obrero, administrativo, docente y directivo que llegare retardado deberá presentarse ante la dirección, a los fines de justificar la situación.

Formar a la hora de entrada y salida, cada quien en su turno.Mañana:

Entrada 7:00 a.mSalida 12 a.m.

Entrar ordenadamente con su maestro al frente, al salón de clase, e igualmente en la salida. Despachándose posteriormente por grado según indicaciones del maestro de guardia.

Page 57: Normas de convivencia

Los estudiantes que practiquen otra religión diferente a la mayoría católica, deben mantener una posición de respeto y admiración por los símbolos patrios, guardando compostura y consideración en el momento de entonar el himno nacional e izar las banderas.

Al momento de despacho los estudiantes deben ir directo a sus hogares, evitando merodear por las adyacencias del plantel.

Artículo 73. Del traje escolar.El uniforme escolar responderá en términos generales a los modelos indicados en la

orientación establecida en el Decreto Nº 1139. Gaceta Oficial Nº 32.271 del 16 de julio de 1981. Reproducido en este Manual). Emanado del Despacho de Educación: será de uso obligatorio diariamente en el plantel, el aula, talleres, biblioteca, educación física, paseos, etc. El mismo estará conformado por los trajes que se señalen a continuación:

Preescolar: o Pantalón azul marino (o mono azul)o Franela amarillao Zapato negro (deportivo)o Pulóver azul marino con distintivoo Medias azul marino, largas

Primaria: o Pantalón azul marino (tela lave listo)o Suéter azul marino abierto por delanteo Correa negra y zapatos negroso Cola, moñera, cintillo, lazos, cintas: azul, negra o blancao Medias azul marino, largas.o Pulóver azul marino con insignia.

Traje de Educación física: o Zapatos deportivos o Mono azul marinoo Franela gris (insignia).

No se permitirá el uso de piercings y tatuajes, Está prohibido el cabello teñido (con mechas así como colores extravagante),

peinados y cortes irregulares, los varones deben portar corte tradicional, por lo tanto no deben usar cabello largo ,las niñas deben venir con el cabello recogido en una moñera.

Las uñas deben estar cortas, limpias, y sin esmalte Deben evitar el uso excesivo de gelatina, enjuague o cualquier otra crema o

aceite que dé aspecto de cabello graso o engominado. Evitar portar y traer prendas de alto valor. (cadenas, celulares, anillos, zarcillos.

Relojes y pulseras). La institución no se responsabilizará por su perdida.

En caso de emergencias, existe un teléfono público que recibe llamadas, cuyo número es: 0212-3224999. Y pueden dotar a su representado con una tarjeta para teléfonos públicos.

Capítulo III

Page 58: Normas de convivencia

Disciplina de las personas que integran el personal obrero, administrativo y docente.

Artículo 74.La disciplina de las personas que integran el personal obrero, administrativo y

docente de la institución educativa se regula por el ordenamiento jurídico y normativa aplicable que les corresponda según el caso.

Capítulo IVDe las normas y reglamentos especiales

Artículo 75. Definición y objetivos.Los reglamentos especiales establecen las normas de convivencia y/o

funcionamiento sobre áreas, materias o servicios, de la institución educativa, los cuáles por su especificidad e importancia ameritan que sean regulados de forma precisa y separada del presente reglamento interno.

Los reglamentos especiales desarrollan el ordenamiento jurídico aplicable a la vida escolar y el presente reglamento interno, en consecuencia, deben sujetarse a ellos y no contravenirlos. En caso de contradicción entre una disposición de un reglamento especial y una disposición del presente reglamento interno, prevalecerá y se aplicara este último.

Artículo 76. Reglamentos especiales.El consejo técnico docente debe iniciar y desarrollar el proceso de elaboración y

aprobación de los reglamentos especiales que se indican a continuación:a) Servicio de bibliotecab) Cantina escolarc) Aula integradad) Reconocimientos

Capítulo VDe los reconocimientos.

Artículo 77. Definición y objetivos.Los reconocimientos constituyen demostraciones públicas para honrar el mérito de

los integrantes de la Institución Educativa, en razón de su comportamiento ejemplar, dirigido al ejercicio activo y permanente de sus derechos y garantías, así como al cumplimiento constante de sus deberes y responsabilidades.

Los reconocimientos tienen como objetivo fundamental recompensar y homenajear a quienes los recibe, así como promover y estimular su comportamiento entre los y las integrantes de la Institución Educativa.

Artículo 78. Reconocimiento para estudiantesSe crean los siguientes reconocimientos para estudiante del sector educativo:

a) Reconocimiento por mérito académicob) Reconocimiento por participar activamentec) Reconocimiento por actividades deportivasd) Reconocimiento por comportamiento solidario y responsable, etc.

Artículo 79. Reconocimiento para padres, madres, representantes y responsables:

Page 59: Normas de convivencia

Se crean los siguientes reconocimientos para padres, madres, representantes y responsables de los estudiantes de la institución académica:

a) Reconocimiento por participar activamenteb) Reconocimiento por actividades deportivasc) Reconocimiento por comportamiento solidario y responsable, etc.

Artículo 80. Reconocimiento para personal docente:Se crean los siguientes reconocimientos para los integrantes del personal docente

de la Unidad Educativa “Tácata”:a) Reconocimiento por antigüedad b) Reconocimiento por mérito académicoc) Reconocimiento por participar activamented) Reconocimiento por comportamiento solidario y responsable, etc.

Artículo 81. Reconocimiento para personal obrero y administrativo:Se crean los siguientes reconocimientos para el personal obrero y administrativo de

la Unidad Educativa “Tácata”:a) Reconocimiento por participar antigüedad b) Reconocimiento por participar activamentec) Reconocimiento por comportamiento solidario y responsable, etc.

Artículo 82. Comisión de reconocimiento:Se crea la comisión de reconocimiento, integrada por el personal directivo, animador

pedagógico, comisión de currículo, departamento de evaluación y estudiantes de 6º grado. (Debe incluirse una representación de los estudiantes en la comisión).

La comisión de reconocimiento es el órgano competente para coordinar, desarrollar y adoptar las decisiones pertinentes en todo lo relacionado con los reconocimientos.

Artículo 83. Criterio y procesos para conceder los reconocimientos:La comisión de reconocimientos es el órgano encargado de conceder los

reconocimientos a los integrantes de la institución educativa. Los criterios y los procesos para concederlos deben ser establecidos y regulados en un reglamento especial que se apruebe a tal efecto, en atención al ideario de la institución educativa, a la constitución de la república; así como al contenido del presente reglamento interno.

En todos los casos, cualquier integrante de la institución podrá proponer ante la comisión de reconocimientos, cualquier otro integrante del plantel como aspirante a los distintos reconocimientos.

Page 60: Normas de convivencia

Artículo 84. Organigrama.

DIRECCIÓN

Consejo General

de Maestros

Consejo Técnico

SUBDIRECCIÓN

SecretaríaDepartamento de

Evaluación y Control de Estudio

EducaciónFísicaAula

Integrada

Educación para el Trabajo

Obreros

Manteni.miento

AseadoraPortera

Biblioteca

AuxiliarDifusión Cultural

Primaria Educ. Inicial

Maestros

Auxiliar

Coordinaciones

Computación

Asamblea de Padresy Representantes

AsociaciónCivil

PAE

ConsejoConsultivo

Estudiantes Estudiantes

SociedadBolivariana

MúsicaTeatro

Consejo Directivo

Page 61: Normas de convivencia

Artículo 85. Principios de trabajo en equipo.El trabajo en equipo es un principio que debe caracterizar el desarrollo de todas las

actividades pedagógicas y administrativas, así como la vida en general de la institución, que tiene como finalidad lograr los objetivos que persigue el estado venezolano. Todos los integrantes de la institución deben promover y garantizar el trabajo en equipo, especialmente el personal directivo.

Artículo 86. Principio de acompañamiento integral.El acompañamiento integral es un principio de organización y trabajo de la

institución educativa, que consiste en guiar, orientar, aconsejar y conducir pedagógicamente a un grupo determinado del personal docente.

Artículo 87.Decisiones de los órganos colégialos Sin perjuicio de lo establecido en el ordenamiento jurídico, las decisiones y los

órganos colegiados comisiones o grupo de trabajos de la unidad educativa se adoptan por mayoría absoluta, es decir, con la mitad más uno de sus integrantes. En caso de empate se continuara discutiendo hasta alcanzar una decisión adoptada por la mayoría absoluta.

Artículo 88. Relaciones laborales.Las relaciones laborales que integra el personal obrero, administrativo y docente

con la unidad educativa se regulan por el ordenamiento jurídico y normativa aplicable que le corresponda según el caso.

Capítulo VIDel círculo de acción docente.

Artículo 89. Definición y objetivos.El consejo técnico docente es el órgano de la institución educativa integrado por el

director o directora, el subdirector o subdirectora y los coordinadores o coordinadoras que tiene por objeto asegurar que el adecuado desarrollo del proyecto educativo de la Unidad Educativa “Tácata”, dentro de los principios del trabajo en equipo y de la democracia participativa, como circulo de acción docente.

Artículo 90. Funciones y atribuciones del círculo de acción docente.Son funciones y atribuciones del círculo de acción docente:

Page 62: Normas de convivencia

a) Asesorar decisiones relativas a la institución educativa.b) Asesorar, promover y evaluar el desarrollo del proyecto educativo de la institución.c) Proponer soluciones a los problemas técnicos-docentes y administrativos del

plantel.d) Cualquier otra función que le sea atribuida en el ordenamiento jurídico, este

reglamento interno y los reglamentos especiales.e) Planificación y evaluación.f) Seguimiento a la praxis educativa en el nivel de ecuación inicial.

Capítulo VIISección primera.

Departamento de evaluación.

Artículo 91. Jefes de departamento de evaluación.Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes establecidas en

la Ley Orgánica de Educación (artículos 63 y 65). Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (Art. 87 al 104). Resolución 213. (Regulaciones complementarias sobre el proceso de evaluación en los niveles de preescolar y básica), Resolución 266 sobre la evaluación de la I y II etapa y circulares referidos a la evaluación. Así como velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su correcta aplicación, asistiendo a los docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicos y procedimientos de enseñanza. Y uso de los materiales didácticos y mejoramiento profesional (ver funciones del departamento de evaluación).Funciones:

Elabora el plan anual del departamento. Planificar, conjuntamente con la dirección del plantel el procedimiento a seguir en el

proceso de inscripción. Procesa la inscripción de los estudiantes. Archiva los expedientes de los estudiantes del plantel. Elabora certificaciones y constancias de calificaciones. Revisa y envía a la dirección del plantel las planillas de resumen final del

rendimiento remitidas a la Zona Educativa respectiva. Revisa y envía a la dirección del plantel las planillas de matrícula inicial y

modificaciones de la matricula. Elabora, revisa e ingresa al Sistema SIGEDUN las planillas de cedulación escolar y

sus modificaciones (ingresos y egresos). Dirige el proceso de la elaboración de matrícula y sus respectivas modificaciones. Resolución y circulares enviadas por la Zona Educativa. Elabora el calendario de acompañamientos formativos y entrega de recaudos

administrativos. Organiza, dirige y supervisa el procesamiento para la revisión de los documentos

probatorios de estudios que dan derecho al otorgamiento de certificados. Archiva en estricto orden:

Page 63: Normas de convivencia

o Copia de la matrícula inicial, las modificaciones de los niños inscritos (ingresos y egresos).

o Copia de certificados de calificaciones expedidas con los anexos respectivos.o Copia de los cambios de datos.o Actas de las diferentes reuniones efectuadas por el departamento.o Leyes, decretos, resoluciones, circulares, memorandos relacionados con sus

atribuciones. Elabora informe anual del departamento. Atiende y expide las solicitudes de constancias de notas y certificación de

calificaciones de educación básica a que hubiere lugar, previa verificación del director del plantel.

Sección segunda.Departamento o coordinación de Difusión Cultural y Extensión Cultural.

Artículo 92. Jefes de departamento de difusión cultural.Cualquier actividad complementaria que se cumpla en el plantel estará bajo la

coordinación del respectivo jefe del departamento.El departamento de difusión cultural coordinará todo lo relativo al:

Concurso Nacional de Artes Plásticas. Bolívar Conservacionista. Concurso Nacional de Afiche de la Semana de la Conservación. Convención Nacional de Centro de Ciencia y Tecnología. Campamentos Científicos Juveniles. Jornadas Nacionales de Conservación, 22 / 04 Día de la Tierra, 05/06 Día Mundial

del Ambiente, Festival Nacional Folklórico Infantil Cantaclaro. Concursos de Ensayos, Cuentos, Periodismo Estudiantil, etc.

Sección tercera.Unidad de Recursos para el Aprendizaje.

Artículo 93. Definición y objetivos.La biblioteca escolar ofrece servicios de aprendizaje, libros y otros recursos, a todos

los miembros de la comunidad escolar para que desarrollen el pensamiento crítico y utilicen de manera eficaz la información en cualquier soporte publica.

El personal de la biblioteca ayuda a utilizar los libros y otros recursos de información, tanto los de imaginación como los de conocimiento, tanto impresos como electrónicos y tanto reacceso directo como en acceso remoto.

Artículo 94. Funciones de la Biblioteca Escolar. Apoyar y facilitar la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro y de los programas de enseñanzaCrear y fomentar en los niños y niñas el hábito y el gusto de leer, de aprender y de utilizar las bibliotecas a lo largo de toda su vida.Ofrecer oportunidades de crear y utilizar la información para adquirir conocimientos, comprender, desarrollar la imaginación y entretenerse.

Page 64: Normas de convivencia

Enseñar al alumnado las habilidades para evaluar y utilizar y utilizar la información el cualquier soporte, formato o medio, teniendo en cuenta la sensibilidad por las formas de comunicación presentes en su comunidad.Proporcionar acceso a los recursos locales, regionales, nacionales y mundiales que permitan al alumnado ponerse en contacto con ideas, experiencias y opiniones diversas.Organizar actividades que favorezcan la toma de conciencia y la sensibilidad cultural y social.Trabajar con el alumnado, el profesorado, la administración del centro y las familias para cumplir los objetivos del proyecto educativo del centro.Proclamar la idea de que la libertad intelectual y el acceso a la información son indispensables para adquirir una ciudadanía responsable y participativa en una democracia.Promover la lectura, así como también los recursos y los servicios de la biblioteca escolar dentro y fuera de la comunidad educativa.

Sección cuarta Del centro de informática

Artículo 95. Definición y Objetivos : El Centro de informática de la U.E. “Tácata” es un equipo líder conformado por estudiantes y docentes en el área de Informática, comprometido con el trabajo en equipo de manera organizada y consensual, a fin de proporcionar apoyo pedagógico y alcanzar el desarrollo integral de los estudiantes, desempeñando, para ello actividades académicas y extra-académicas, creativas, relevantes e innovadoras ajustadas a los cambios científicos y tecnológicos de la actualidad.

Su objetivo general consiste en brindar apoyo integral al estudiantado de la I Etapa de Educación Básica, a fin de optimizar la calidad de rendimiento escolar, expresado en el desarrollo de habilidades, destrezas y aptitudes dentro del ámbito estudiantil.

Artículo 96. Funciones del Centro de Informática. De acuerdo a lo establecido en el cumplimiento y superación de las expectativas del nivel de estudio de la Comunidad Educativa de la Unidad Educativa “Tácata” se cumplir con las siguientes funciones, para llenar un currículo de acciones que mejoren la calidad de la labor del docente que reciben y estudiantes.

o Contribuir al afianzamiento del conocimiento del área social, ambiental, tecnológico y experimental.

o Enseñar hábitos de trabajo fundamentados en procedimientos métodos y estrategias de instrucción.

o Inculcar el respeto al trabajo grupal a los recursos que se requieren. o Relacionar los proyectos pedagógicos de aula con la enseñaza de la ciencia y la

tecnología.

Page 65: Normas de convivencia

Artículo 97. Definición y Objetivo del Coordinador del Centro de Ciencias / Docentes asesor / es el responsable ante la dirección, coordinación del funcionamiento del centro de informática.

Artículo 98. El perfil del docente asesor del Centro de Informática es: o Dominio integral de las áreas que conforman el centro.o Acreditado T.S.U y/o Licenciando en el Área de Informáticao Experiencia no menor de 03 anos de servicio.o Clara demostración de rasgos de puntualidad, responsabilidad y respeto en cada

una de las acciones.o Poseedor de comparables hábitos de trabajo y organizacióno Desarrollar un alto dominio de estrategias metodológicas y cognoscitivao Alto sentido de respeto hacia la normativa interna del plantel y sus autoridades.

Artículo 99. Funciones del docente asesor del Centro Informática o Organizar el desarrollo paulatino de las actividades mediante la elaboración de la

planificación.o Facilitar la comunicación y divulgación de las actividades académicas dentro e la

institución.o Confirmar el paralelismo entre la planificación de objetivos de lapso y evaluación,

con respeto al trabajo dentro del aula de clase dictado por los docentes o Precisar la intervención de docentes cuantivos en cada especialidad estimulando el

desempeño, aptitudes y rendimientos de los mismos para sus estudiantes.

Artículo 100. NORMAS DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

1- No prender ni apagar los equipos sin autorización del docente especialista.2- Respetar las normas del buen hablante y del buen oyente. 3- Entrar en silencio y orden. 4- Mantener la disciplina y el respeto hacia el docente.5- Conservar el orden y la limpieza del departamento.6- No ingerir ningún tipo de alimento dentro del departamento de informática.7- Cumplir con el horario establecido.8- Cuidar y mantener los equipos.9- Acatar normas y orientaciones.10- Es deber del docente de aula mandar a los estudiantes a la hora de clase por los

especialistas.

Sección quinta.Aula Integrada.

Page 66: Normas de convivencia

Artículo 101. Definición y objetivos. Tiene como finalidad atender en forma diferenciada la población estudiantil con necesidades educativas especiales integradas a las aulas regulares de la Unidad Educativa “Tácata”. Su Misión y Visión se fundamenta legalmente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en los artículos 102, 103, 81, y en la Ley Orgánica de Educación (1980) en los artículos 14, 15, 16 y 32.Sus objetivos son:

Lograr la adaptación integral del niño con necesidades educativas especiales al proceso de enseñanza regular.

Proporcionar atención especializada a los niños que no se adapten a los métodos utilizados en el aula regular.

Dar asistencia técnica al maestro del aula regular acerca de la forma a de tratar y evaluar a los estudiantes que asisten al aula especial.

Dar orientación al representante acerca de la forma a de tratar y apoyar el proceso de su representado (estudiantes que asisten al aula integrada).

Artículo 102 .Funciones de la Docente Especialista (psicopedagoga): Realizar la exploración psicopedagógica de los niños remitidos al aula especial. Analizar los resultados de la exploración y emitir la impresión diagnóstica de cada

niño, conjuntamente con el maestro del aula regular. Elaborar los programas psicopedagógicos de acuerdo a las características

específicas del niño o de cada sub –grupo. Evaluar el proceso de tratamiento en forma continua y sistemática. Trabajar con los maestros de aulas regulares la atención que deben prestar a los

estudiantes que asisten al aula integrada. Mantener comunicación constante con el maestro regular y los representantes,

como vía para el seguimiento de los estudiantes que han egresado del aula integrada.

Sensibilizar e informar a la comunidad educativa de la labor que cumple el aula integrada.

Artículo 103. Condiciones de ingreso al aula integrada (programa de atención individualizada).

Los estudiantes seleccionados para ingresar al aula integrada, son aquellos que presentan las características mencionadas a continuación:

Repitencia Escolar. Problemas de lenguaje. Dificultades para aprender las materias instrumentales: lectura, escritura y cálculo. Bajo rendimiento escolar generalizado.

Artículo 104. Condiciones de egreso del aula integrada: Ocurre cuando el estudiante ha superado las dificultades que determinaron su

ingreso al aula integrada. Cuando es remitido a otra institución por considerar que su problemática amerita

atención especial que no puede ser tratada en el aula integrada.

Page 67: Normas de convivencia

Cuando se retira al estudiante del aula integrada a petición de los padres y/o representantes.

Cuando es retirado del plantel.

Sección sextaDel Consejo Directivo

Artículo 105. Definición y Objetivos

El consejo directivo es el órgano colegiado de experiencia profesional docente comprometida con el que hacer de las actividades escolares encargado de la gestión ordinaria de funcionamiento, cuyo propósito es velar, por la consecución de los objetivos trazados por la institución

Artículo 106. Integrantes El consejo directivo esta integrado por el Director o Directora y el Subdirector o Subdirectora de la Institución Educativa.

Artículo 107. Funciones y Atribuciones Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo:

a. Elaborar, aprobar y administrar rendir cuentas del presupuesto de la Institución Educativa

b. Planificar y establecer las interrelaciones pedagógicas y culturales con otras instituciones educativas u otras organizaciones.

c. Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento General y demás disposiciones emanadas de las autoridades competentes.

Artículo 108. Normas de funcionamiento. Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones de consejo directivos se establecerán por reglamento interno elaborado por sus integrantes y, se adecuaran a las directrices que emanen del Ministerio de Educación y Deportes. En este sentido, se reunirán periódicamente durante el año el año escolar y corresponderá al Director o Directora de la Institución educativa, realizar las convocatorias, así como elaborar el orden del día de cada reunión.

Sección séptimaDEL CONSEJO DE DOCENTES

Artículo 109. Definición y objetivos. Integrantes.

Page 68: Normas de convivencia

El consejo de docentes es el órgano colegiado de la institución Educativa, encargado de elaborar el Plan Anual del proyecto Educativo y estará integrado tanto por el Equipo Directivo como por la totalidad del personal docente.

Artículo 110. Funciones y atribuciones Son funciones y atribuciones del Consejo de Docentes:

a) Planificar el programa de actividades pedagógicas de la institución Educativa.b) Designar en su seno, y por votación directa, dos representantes ante el consejo

consultivo y las asambleas de la sociedad de padres y representantes, no pudiendo ser ejercidas esta representación por el subdirector o subdirectora de la Institución Educativa.

c) Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones contempladas en la ley orgánica de educación, su reglamento general y demás disposiciones emanadas de las autoridades competentes.

Artículo 111. Normas de Funcionamiento.Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones del consejo de docentes se establecerán por reglamento interno elaborados por sus integrantes, y se adecuara a las directrices emanadas del ministerio de educación. En este sentido se reunirán por lo menos una vez por cada lapso de la programación académica, así como la oportunidad que la circunstancias lo requiera. Será convocado por el director o directora quien elaborara la agenda de discusiones y, se requerirá para la validez de sus deliberaciones, la asistencia de la mayoría absoluta.

Sección octavaDEL CONSEJO GENERAL DE DOCENTES

Artículo 112. Definición y objetivos . El consejo de docentes es el órgano competente para decidir todos los asuntos relacionados con la organización, administración, dirección y disciplina en la institución educativa, además de estar encargado de aprobar el plan anual del Proyecto Educativo y evaluar el resultado del cumplimiento del mismo.

Artículo 113. Integrantes . El consejo general de docentes estará integrado por el quipo directivo, por la totalidad del personal, docente, todos los miembros de la junta directiva de l Sociedad de Padres y Representantes, y dos estudiantes o que cursen el último grado.

Artículo114. Funciones y atribuciones . Son funciones del Consejo General de Docentes.

a) Ponderar los problemas de índole pedagógica y determinar las soluciones pertinentes.

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b) Determinar las normas generales de actuación de las correspondientes actividades desarrolladas por las Coordinaciones y Departamentos.

Artículo 115. Normas de funcionamiento . Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones del Consejo General de Docentes, se establecerán por reglamento interno elaborado por sus integrantes y, se adecuarán a las directrices emanadas del Ministerio de Educación y Deportes. En este sentido, se reunirán por lo menos una vez por cada lapso de la programación académica, así como en la oportunidad que las circunstancias lo requieran, con el propósito de ser informado por los miembros designados por la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes, de las actividades realizadas y del informe relativo al manejo de los fondos de la Sociedad. De igual manera participarán los representantes estudiantiles a los efectos de informar sobre el cumplimiento de las actividades programadas. Será convocado por el Director o Directora, quién elaborará la agenda de discusiones y, se requerirá para la validez de sus deliberaciones, la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Se levantará acta en la cual se hará una explanación sucinta de las propuestas y consecuentes conclusiones.

Sección novena

De la Comunidad Educativa.

Artículo 116. Definición y objetivo.La comunidad educativa es aquella institución democrática, solidaria y participativa, cuyo propósito fundamental es el velar por la consecución de los objetivos del Proyecto Educativo.

Artículo 117. Integrantes.Son órganos de la comunidad educativa: El Consejo Consultivo, los Docentes, la Sociedad de Padres y Representantes y la Organización Estudiantil. Además podrán ser integrantes, todas aquellas personas relacionadas con el desarrollo de la comunidad en general.

Artículo 118. Funciones y atribuciones.Son funciones y atribuciones de la comunidad educativa:

a) Velar por el fortalecimiento de la formación espiritual, hábitos y formas de comportamiento en los estudiantes, tales como fraternidad, solidaridad, cooperación y respeto, con el propósito de favorecer una excelente una integración con su ámbito familiar y social.

b) Cooperar participativa y solidariamente en la consecución de los objetivos generales del proceso educativo.

c) Propiciar la participación en la comunidad educativa, de todos aquellos organismos de la localidad que procuren el desarrollo, prosperidad y progreso e la comunidad en general.

d) Promover, organizar y participar en actividades científicas, humanísticas, técnicas, culturales, sociales, asistenciales, deportivas, recreativas y cualesquiera otras que

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contribuyan al desarrollo y consolidación del proceso educativo con la integración de padres, madres, representantes, responsables y docentes.

e) Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento General y demás disposiciones emanadas de las autoridades competentes

Artículo 119. Normas de funcionamiento.Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones de la Comunidad Educativa, se establecerán por reglamento interno elaborado por sus integrantes en concordancia a las regulaciones de la Ley Orgánica de Educación y su Reglamento General y, además, adecuarán a las directrices emanadas del Ministerio de Educación y Deportes.

TÍTULO VIII

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DE LA PARTICIPACIÓN

TÍTULO VIIIDe la Participación

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 120. Definición y objetivos.La participación es el derecho inalienable de toda persona a ser sujeto de su propia historia, que le permite construir su futuro individual y colectivo.La participación en la Institución Educativa, tiene como finalidad formar personas conscientes de sí mismas y de su proceso de liberación personal, que desarrollen actitudes y aptitudes de autonomía y crítica responsable, que sea solidarias y asuman un compromiso de servicio y transformación social dirigidas a crear un nuevo orden social, económico, político y religioso.

Artículo 121. Derecho de participar. Todas las personas que integran la Institución Educativa tienen el derecho y el deber de participar libre, activa y solidariamente en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales. La participación puede realizarse directamente o por medio de representantes, y debe extenderse progresivamente a la toma de decisiones en la planificación, ejecución y control de estas actitudes.Las personas que integran el personal docente y directivo tienen el deber de crear y fomentar oportunidades, espacios, mecanismos y vías para la participación de todas las personas que integran la Institución Educativa, especialmente para los estudiantes, ,

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padres, madres, representantes y responsables. Asimismo, tiene el deber de brindarles la información y formación que sea apropiada para garantizar su participación.

Artículo 122. Derecho a opinar y a ser oído.Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a:

1. Expresar libremente su opinión en los asuntos en que tengan interés.2. Que sus opiniones sean tomadas en cuenta en función de su desarrollo.3. Este derecho se extiende a todos los ámbitos en que se desenvuelven los

niños, niñas y adolescente, entre ellos: al ámbito estadal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreacional.

4. La opinión de los niños, niñas, y adolescente sólo será vinculante cuando así lo establezca la ley, este Reglamento Interno a los Reglamentos Especiales. Su opinión se les solicitará de la forma más adecuada a su situación personal y desarrollo. Nadie puede constreñirlos o constreñirlas a expresar su opinión.

Artículo 123. Clima para la participación.Para garantizar la participación libre, activa y solidaria, todas las personas que integran la Institución Educativa, deben mantener un ambiente, en las relaciones interpersonales y grupales, en el cual prevalezca la igualdad al opinar, la libertad de crítica, la sana autocrítica, la comprensión mutua, el respeto recíproco y la tolerancia.

Artículo124. Formas de participación.Se reconoce como formas de participación de las personas que integran la Institución Educativa entre otros:

a) Las iniciativas y peticiones.b) La libertad de expresión y opiniónc) Las reuniones y manifestacionesd) Las asociaciones y organizacionese) La presencia en las deliberacionesf) La información y consultag) Las reuniones y asambleash) Los referendosi) Las elecciones yj) La representación ante los diferentes órganos e instancias de la Institución

Educativa.

Capítulo IIDe la participación de los estudiantes.

Sección primeraArtículo 125. Formas de participación.El Consejo Técnico Docente podrá crear y fomentar otras formas de participación de los estudiantes en la Institución Educativa. Las personas que integran el personal docente deberán crear y desarrollar oportunidades, espacios y mecanismos para la participación directa de los estudiantes en su proceso pedagógico y en las demás actividades de la Unidad Educativa Nacional “Tácata”.

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Sección segunda.Del comité de derechos.

Artículo 126. Definición y objetivos. El Comité de derechos es la asociación que agrupa a los estudiantes de la Institución Educativa, a partir de educación inicial hasta sexto grado de educación básica. Tiene como objetivos y fines:

a) Promover, difundir y defender los derechos y garantías de los estudiantes, así como velar por el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.

b) Promover la participación organizada de los estudiantes en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.

c) Presenciar y opinar en las deliberaciones de los Consejos de Docentes en que tengan interés, a través de dos de sus integrantes que cursen quinto y sexto grado de educación básica.

Artículo 127. Integrantes.1. El Comité de Derechos está integrado por un (1) estudiante o alumna

representante de preescolar y un (1) estudiante o alumna representante de cada uno de los grado de la primera y segunda etapa de educación básica.

2. Los y las integrantes del Comité de Derechos serán elegidos o elegidas al inicio del año escolar, por todos los estudiantes educación inicial o del grado de educación básica correspondiente, mediante un proceso democrático y voto directo y secreto. Durarán en ejercicio de sus cargos todo el año académico.

3. Los y las integrantes del Comité de derechos elegirán entre ellos y ellas un (1) Presidente o Presidenta, un (1) Vicepresidente o Vicepresidenta, un (1) Secretario o Secretaria y dos (2) Vocales.

Artículo 128. Docentes asesores.El comité de derechos será asesorado por un docente, seleccionado por el consejo general de docentes.

Capítulo IIIDe la participación de padres, madres, representantes y responsables.

Artículo 129. Formas de participaciónLos padres, madres, representantes y responsables de los estudiantes y de las de la institución participan a través:

a) La sociedad de padres, madres, representantes y responsables. En el consejo general de docentes a través de la junta directiva de la sociedad de padres, madres, representantes y responsables.

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b) En el consejo consultivo de la comunidad educativa a través del presidente de la junta directiva y otros dos (2) representantes de la sociedad de padres, madres, representantes y responsables.

c) Presenciar y opinar en la deliberación del consejo de docentes en que tengan interés a través de sus representantes ante el consejo general de docentes.

d) Cualesquiera otras formas de participación, asociaciones, clubes y agrupaciones que sean desarrolladas por los estudiantes que no sean contrarias a lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente Reglamento interno o los Reglamentos Espaciales.

El consejo técnico docente podrá crear y fomentar otras formas de participación de padres, madres, representantes y responsables en la institución educativa. Las personas que integran el personal docente deberán crear y desarrollar oportunidades, espacios y mecanismos para la participación directa de padres, madres, representantes y responsables en el proceso pedagógico de sus estudiantes, así como en las demás actividades de la Unidad Educativa Nacional “Tácata”.

Artículo 130. Asociación Civil. La asociación civil conformada por padres, madres, representantes y responsables es el órgano de la comunidad educativa que agrupa y asocia a los padres, madres, representantes y responsables de los estudiantes de la institución educativa. Está integrada por la junta directiva y por la asamblea general.

Artículo 131. Junta directiva de la Asociación Civil. La junta directiva de padres, madres, representantes y responsables está integrada por un presidente o presidenta, un tesorero, una secretaria, dos vocales estos últimos con sus respectivos y respectivas suplentes, y dos del personal docente electos por el consejo general de docentes.

Los y las integrantes de la junta directiva de la asociación de padres, madres, representantes y responsables a excepción de los dos integrantes del personal docentes, serán electos por la asamblea general, pudiendo ser revocados mediante referendo por la mayoría absoluta. La elección se realizara por cargo y mediante votación nominal directa y secreta. Se juramentaran en la asamblea general donde resulten electos.

Artículo 132. Atribuciones y funciones de la Asociación Civil.Son atribuciones y funciones de la junta directiva de la sociedad de padres, madres, representantes y responsables:

a) Convocar y asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la asamblea general de padres, madres, representantes y responsables.

b) elaborar el proyecto de reglamento interno y someterla consideración en la asamblea general.

c) cumplir y hacer cumplir el reglamento interno de convivencia d) elaborar el presupuesto programa, el plan y el informe anual de actividades.e) designar a un integrante de la sociedad para que asista al consejo general

de docentes.

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f) presentar por escrito a la asamblea general dos veces al año cuanta pormenorizada del manejo de los fondos y de las actividades cumplidas

g) realizar el proceso de elección de la nueva junta directivah) Participar en el desarrollo de las actividades educativas sociales, culturales,

deportivas y recreativas que se deslicen en el plantel i) contribuir para que la planta física y dotación del plantel estén en

condiciones para el normal desarrollo de las actividades escolares a tal efecto invitara a la comunidad educativa a jornada de mantenimiento y recuperación de los bienes e inmuebles de la institución educativa

j) Cualquier otra atribución jurídica en este reglamento interno.

Artículo 133. Asamblea de padres, madres, representantes y responsablesEn la asamblea de padres, madres, representantes y responsables de la unidad educativa Tácata funcionara la asamblea general.

Artículo 134. Asamblea General a) La asamblea general estará integrada por la totalidad de padres, madres,

representantes y responsables de los estudiantes director o directora representación docente elegidos para integran el consejo consultivo.

b) Se constituirá válidamente con la mitad mas uno de sus miembros de no lograrse al quórum reglamentario se convocara a tres reuniones sucesivas con dos días de anticipación hasta lograr el 30% de sus integrantes.

Artículo 135. Atribuciones y funcionesa) elegir a la junta directiva y sus suplentes b) fijar la cuota anual de contribución ordinaria de sus integrantes, así como

cuotas extraordinarias de colaboración c) elegir dos representantes y sus suplentes en el consejo consultivo y

cualquier otra atribución o función que se requieran.

Capítulo IIIDe la participación de de las personas que integran el personal docente.

Artículo 136. Formas de participacióna. los consejos docentes b. dos representantes del consejo consultivoc. dos representantes de la junta directivad. dos representantes de la asamblea general de la sociedad de padres,

representantes y responsablese. el equipo directivo podría crear y fomentar otras formas de participación de

las personas que integran el personal docente de la unidad educativa Tácata.

Capítulo IVDisposiciones finales y transitorias.

Artículo 137. Situaciones y asuntos no previstos.

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El derecho a la defensa y al debido proceso formar parte de nuestro marco constitucional y legal, en tal sentido todas las situaciones no previstas en el presente reglamento será resueltos o decididos por la autoridad a quien corresponda según su naturaleza y circunstancias atendiendo siempre los intereses del niño y adolescente.

Artículo 138. Archivo del reglamento interno.Una copia del reglamento interno se conservara en los archivos de la dirección del plantel, se considerara cierto y fidedigno el contenido de sus artículos mencionados Anteriormente.

Artículo 139. Reforma del reglamento interno.El presente reglamento interno será revisado anualmente y se someterá a consideración en la discusión del consejo general de docentes para su aprobación y remitido al distrito escolar correspondiente para su validación correspondiente.

Artículo 140. Aprobación y Vigencia.El presente reglamento interno entrara en vigencia a partir de la aprobación por el consejo general de docentes debiéndose remitir un ejemplar del reglamento interno del plantel al distrito educativo a través del supervisor del sector.