normantividad parque zonal

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 1.4.1.4 Normatividad La reglamentación y normatividad en la que se ha basado el proyecto se enfoca en lo siguiente: o Reglamento nacional de edificaciones. o Norma Urbanística SR!"R. o #ndice Normativo el S$SN. o !lan %irector de &himbote. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Seg'n el reglamento nacional de edificaciones para la infra est ruc tur a de !arques (onales) las siguientes normas son necesarias y requeridas para el proyecto: RECREACIÓN Y DEPORTES (Norma A 100 Art !"#$o 1.%  Son todas aq uellas qu e so n destinadas al espa rcimiento) recreación activa o pasiva a la presentación de espect*culos artísticos) a la pr*ctica de deportes o para espect*culos deportivos. Art!"#$o &.% +ipos de recreación: - &entros de diversión. - Salones de baile. - %iscotecas. - !ubs. - &asinos. - Salas de espect*culos. - +eatros. - &ines. - Sala de concierto. - dificaciones para espect*culos deportivos. - stadios. - &oliseo - ,ipódromos. - -elódromos. - !olideportivos. - $nstalacion es deportivas aire libre. Art!"#$o '.% Requerimientos de estudios complementarios:

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normantividad parque zonal

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1.4.1.4 NormatividadLa reglamentacin y normatividad en la que se ha basado el proyecto se enfoca en lo siguiente: Reglamento nacional de edificaciones.

Norma Urbanstica SERPAR. ndice Normativo el SISNE. Plan Director de Chimbote.

REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

Segn el reglamento nacional de edificaciones para la infraestructura de Parques Zonales, las siguientes normas son necesarias y requeridas para el proyecto:RECREACIN Y DEPORTES (Norma A 100)Artculo 1.- Son todas aquellas que son destinadas al esparcimiento, recreacin activa o pasiva a la presentacin de espectculos artsticos, a la prctica de deportes o para espectculos deportivos.Artculo 2.- Tipos de recreacin:

Centros de diversin.

Salones de baile. Discotecas.

Pubs.

Casinos.

Salas de espectculos.

Teatros.

Cines.

Sala de concierto.

Edificaciones para espectculos deportivos.

Estadios.

Coliseo

Hipdromos.

Veldromos.

Polideportivos.

Instalaciones deportivas aire libre.Artculo 3.- Requerimientos de estudios complementarios: Estudio de impacto vial, para edificaciones que centren ms de 1000 mil ocupantes.

Estudio de impacto ambiental para edificaciones que concentren ms de 3000 mil ocupantes.

Artculo 4.- los proyectos de esparcimiento deben contar las siguientes caractersticas:

Facilidad de accesos y evacuaciones de las personas provenientes de las circulaciones diferenciadas a espacios abiertos.

Factibilidad de servicio de agua y energa elctrica.

Orientacin del terreno teniendo en cuenta el asoleamiento y los vientos predominantes. Facilidad de acceso a los medios de transportes.

CONDICIONES DE HABITALIDAD

Se deber diferenciar los accesos y circulaciones de acuerdo al uso y capacidad. Debern existir accesos separados para pblico, personal, actores, deportistas y jueces y periodistas.Las edificaciones debern cumplir con las condiciones de seguridad establecidas en la norma A 130.

El nmero de ocupantes de una edificacin se determina segn la siguiente tabla:

ZONA DE PUBLICO NUMERO DE ASIENTOS O ESPACIOS PARA

ESPECTADORES

Discotecas y salas de baile 1.0 m2 por persona

Casinos 2.0 m2 por persona

Ambientes administrativos 10.0 m2 por persona

Vestuarios, camerinos 3.0 m2 por persona

Depsitos y almacenamiento 40.0 m2 por persona

Piscinas techadas 3.0 m2 por persona

Piscinas 4.5 m2 por persona

Artculo 12.- La distribucin de los espacios para espectadores deber cumplir con lo siguiente: Permitir una visin optima del espectculo. Permitir acceso y salida fcil a personas, distancia mnima entre dos asientos 0.60 m. Las edificaciones para recreacin y deportes, estarn provistas de servicios sanitarios segn lo que establece a continuacin:SEGN EL NUMERO DE PERSONAS HOMBRES MUJERES

De 0 a 100 personas 1L,1u,1l 1L,1l

De 101 a 400 personas 2L,2u,2l 2L,2lCada 200 personas adicionales 1L,1u,1l 1L,1l

ESTACIONAMIENTO

Artculo 60.- Toda edificacin deber proyectarse con una dotacin mnima de estacionamientos dentro del lote en que se edifica, de acuerdo a su uso y segn lo que establece en el plan urbano.

Artculo 65.- Las dimensiones libres mnimas de un espacio de estacionamiento sern:

CUANDO SE COLOQUEN:

Tres o ms estacionamientos continuos, Ancho: 2.40 m c/uDos estacionamientos continuos, Ancho: 2.50 m c/u

Estacionamientos individuales Ancho: 2.70 m c/uEn todos los casos Largo: 5.00 m Altura: 2.10 m

INGRESO DE LOS VEHICULOS:

Dimensiones mnimas:

Para 1 vehculo: 2.70 mPara 2 vehculos en paralelo: 4.80 mPara 3 vehculos en paralelo: 7.00 mPara ingreso a una zona de estacionamiento

para menos de 40 vehculos: 3.00 mPara ingreso a una zona de estacionamientoCon ms de 40 vehculos hasta 200 vehculos: 6.00 m o un ingreso y salida Independientes de 3.00 m c/u.Para ingreso a una zona de estacionamiento

Con ms de 200 vehculos, hasta 600 vehculos: 12.00 m o u ingreso doble de

6.00 m y salida doble de 6.00 m.

REQUISITOS DE SEGURIDAD:

PROTECCION CONTRA FUEGO:

Las dimensiones de las puertas y escaleras de evacuacin debern cumplir lo establecido en la norma de requisitos de Seguridad. El ancho mnimo de una puerta de evacuacin ubicado en un pasadizo ser de 1.20 m. cuando conduzca en un solo sentido aun area de refugio y de 2.40 m cuando divida el area en dos zonas de refugio.En este ltimo caso, las hojas de las puertas debern abrir en sentidos opuestos. Toda escalera de evacuacin, deber ser ubicada de tal que permita al usuario a los usuarios en caso de emergencia, salir del edificio en forma rpida.

RAMPAS DE DISCAPACITADOS:Se debe instalar sealizacin que prohba la obstruccin de la rampa con cualquier elemento. A la entrada de la rampa se colocara el Smbolo internacional de acceso a discapacitados.

Los pasamanos estarn separados de la pared a una distancia 0.05 metros. Los pasamanos debern prolongarse 0.60 m. en el arranque y en la llegada. Los pasamanos sern confeccionados con tubos de 1 de dimetro. El acabado del pasamano deber tener un color contrastante con respecto al elemento de limitante vertical. El piso deber ser firme, uniforme y antideslizante.SEALIZACION DE SEGURIDAD:La cantidad de seales, los tamaos, deben tener una proporcin lgica con el tipo de riesgo que protegen y a la arquitectura de la misma.

Los siguientes dispositivos de seguridad no son necesarios que cuenten con seales ni letreros, siempre y cuando no se encuentren ocultos. Estos son: extintores porttiles, estaciones manuales de alarma de incendios, Detectores de incendios, gabinetes de agua contra incendios, Vlvulas de usos de bomberos ubicadas en montantes, Puerta corta fuego de escaleras de evacuacin, Dispositivos de alarma de incendios.

Todos los locales de reunin, edificios, hoteles debern estar previstos obligatoriamente de sealizacin a lo largo del recorrido as como en cada medio de evacuacin.NORMA URBANISTICA SERPUR

No existe, una normatividad definida para los Parques Zonales, y de acuerdo a lo coordinado con el Director de Proyectos SERPAR Arq. Jos Garca Caldern la normatividad a aplicar esta sealada en el Concurso de Anteproyectos para el Parque Villa Mara del Triunfo los cuales son:

55% del rea total para reas verdes.

33% del rea total para reas construidas no techadas (pavimentos, plazas, etc.)

12% del rea total para reas construidas techadas (edificaciones)

En ningn caso las reas verdes deben representar menos del 50% de la superficie del rea verde se incremente al mximo posible.

INDICE NORMATIVO SISNETeniendo en cuenta los ndices normativos del SISNE (Sistema Nacional de Equipamiento) y adecundolos a la realidad de Chimbote para el anlisis de la recreacin en el presente estudio se ha considerado:

1.6 m2/hab. Para reas Deportivas Recreativas

1.5 m2/hab. Para Parques y Plazas

5.0 m2/hab. Para Parques Zonales

Tomando en cuenta que la poblacin al ao de 1998 es de 293,660 habitantes debera existir 46.99 ha. Para reas Deportivas Recreativas, 44.50 ha. Para Parques y Plazas y 146.83 ha. Para Parques Zonales de tipo Metropolitano.

Comparando estos valores con las reas existentes se tiene un dficit de 25.40 ha. (54%) en reas Deportivas Recreativas, de 17.04 ha. (38.3%) en Parques y Plazas y de 29.03 ha. (19.8%) en Parques Zonales. El dficit en Parques Zonales se vera incrementando a 109.3 ha. (74.3%) si no se considera los Pantanos y la Laguna de San Juan que se encuentran sin tratamiento (9.80 ha).

PLAN DIRECTOR DE CHIMBOTESegn el criterio del plan director de Chimbote; El orden de prioridades estar dado por la poltica estatal en cuanto a ejecucin de locales de equipamiento urbano, y la necesidad de proveer de servicios paralelamente con las habilitaciones urbanas, luego se podr contar con la colaboracin de las entidades benficas, religiosas y las inversiones del capital privado. En la cual el proyecto exige la prioridad de recreacin y parques.RECREACION Y PARQUESAREAS. VERDES PBLICAS 9.5 m2. d reas verdes pblicas por habitante en todos los niveles de estructura urbana Un parque cada unidad residencial (2,500 hab.) rea de terreno: 0.5 Ha

Ubicacin: en cada centro residencial

Distancia mxima por recorrer: 200 m

Un parque cada unidad vecinal (10,000 hab.)

rea de terreno: 1.5 Ha

Ubicacin: 16 en el casco urbano antiguo; 48 en la zona de expansin.

Distancia mxima por recorrer: 600 m

Un parque cada unidad Distrital (40,000 hab.)

rea de terreno: 8.0 Ha

Ubicacin: 4 en el casco urbano antiguo; 12 en la zona de expansin.

Distancia mxima por recorrer: 1.000 m.

Adems rea verde a nivel metropolitano con extensin de 288.0 Ha57%

32%

11%