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Publicada en Diario Oficial tomo 422, número 11, fecha jueves 17 de enero de 2019 Ministerio de Salud El Salvador Norma técnica de promoción de la salud San Salvador, 2018

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Publicada en Diario Oficial tomo 422, número 11, fecha jueves 17 de enero de 2019

Ministerio de Salud El Salvador

Norma técnica de promoción de la salud

San Salvador, 2018

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Norma técnica de promoción de la salud

San Salvador, 2018

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Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra, sin fines lucrativos o comerciales, siempre que se cite la fuente. Es responsabilidad de los autores técnicos de este manual tanto su contenido como sus cuadros, diagramas e imágenes.

Primera edición, 2018® Ministerio de Salud de El Salvador

AutoridadesDra. Elvia Violeta Menjívar Escalante, Ministra de SaludDr. Eduardo Antonio Espinoza Fiallos, Viceministro de Políticas de Salud Dr. Julio Óscar Robles Ticas, Viceministro de Servicios de Salud

Equipo TécnicoLic. Oscar Antonio Sánchez, Licda. Ana Gloria Guardado, Licda. Ruth Elizabeth Velasco, Licda. Jeannette Suárez,Licda. Keila Peña, Lic. Ociel Guevara, Unidad de Promoción de la Salud; M.Cs Luis Francisco López Guzmán,Dra. Patricia Montalvo de Muñoz, Dirección de Regulación y Legislación en Salud.

Comité ConsultivoLicda. Rhina Ábrego, Dra. Amada Libertad Guirola, Foro Nacional de Salud; Dr. Félix Núñez, Licda. Dina Eugenia Bonilla,Dirección de Enfermedades No Transmisibles-DENT-; Lic. Balmore Baires, Unidad de Salud Comunitaria; Licda. Florencia Borja,Educadora Región de Salud Metropolitana; Licda. María Elena Paredes, Educadora Región de Salud Central;Lic. Efraín Campos, Educador Región de Salud Occidente; Licda. Lorena Eugenia Morales, Educadora Región de Salud Paracentral;Licda. Hilda Vásquez, Educadora Región de Salud Oriental; Dra. Katia Tobar de Rivas. Educo El Salvador; José Carlos Coto,Asociación de Inspectores de Saneamiento Ambiental; Dr. José Alexander Corea Tobar, FOSALUD; Dr. Oliver Salvador Mejía, ALAMES; Dra, Elisa Menjivar, Organización Panamericana de la Salud; Dr. Mauricio Diaz, Dr. Jonathan Hernández, Dra. Danneth de Flores, Instituto Salvadoreño del Seguro Social; Licda. Mirna Arely Hernández, Asociación Salvadoreña de Enfermeras Salvadoreñas; Licda. Laura Ramos, Educadora del Programa Nacional de Tuberculosis; Licda. Silvia Elizabeth Hernández, Ministerio de Educación; Dr. Rene Ávila, Comando de Sanidad Militar: Licda. Reina Araceli Padilla Maestría de Salud Pública, Universidad de El Salvador; Dra. Graciela Baires, Dirección de Regulación y Legislación en Salud; Dr. Antonio Hernández,UCSF- Especializada Carlos Díaz del Pinal; Dra. Reina Isis Alfaro de Osorio, Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial; Dr. Erick Basurto, World Visión Internacional; Dr. Erick Alfaro Linares, Universidad Alberto Masferrer; Licda. Clara Luz Rivas, Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral; Dr. José Luis Guevara, Cruz Roja Salvadoreña; Dr. Boris Eduardo Flores, Viceministerio de Políticas de Salud; Dr. Alex Guillermo Martínez, Dr. Jaime Néstor Gamero, AELAM; Licda. Celestina López, Docente Universidad de ElSalvador; Dr. Miguel Orellana, Asociación Salvadoreña Promotora de la Salud; Sr. Luis Alberto Regalado, Sr. Luis Mario Campos,Unidad de Promoción de la Salud; Dra. Yamila Ábrego, Plan Internacional El Salvador.

Concepto Editorial y correcciónLic. Edwin López Morán

Ministerio de Salud de El SalvadorCalle Manuel José Arce, n.º 827 San Salvador, El Salvador.

Teléfono: (+503) 2591-7000 Direcciones electrónicas: [email protected] | http://www.salud.gob.sv

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Índice

Acuerdo.............................................................................. 7Capítulo I: Disposiciones fundamentales.............................................. 8Capítulo II: Generalidades de la promoción de la salud0...........................12Capítulo III: Educación para la salud...................................................15Capítulo IV: Comunicación social en salud............................................17Capítulo V: Organización social y comunitaria.......................................20Capítulo VI: Participación social y comunitaria......................................21Capítulo VII: Intrasectorialidad e intersectorialidad................................25Capitulo VIII: Abogacía por la salud y alianzas para la salud.......................27Capitulo IX: Entornos saludables........................................................28Capitulo X: Investigación en promoción de la salud.................................29Capítulo XI: Monitoreo y evaluación en promoción de la salud....................30Disposiciones finales......................................................................31

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Acuerdo número 1835 (BIS)

San Salvador,5 de noviembre de 2018

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUDCONSIDERANDO:I. Que de conformidad con el Código de Salud, en el artículo 40, regula que el Ministerio

de Salud es el organismo encargado de determinar, planificar, ejecutar y dictar las normaspertinentes, así como organizar, coordinar y evaluar la ejecución de las actividadesrelacionadas con la salud; por otra parte el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivoestablece en el artículo 42 numeral 2, que corresponde al Ministerio de Salud, “Dictar lasnormas y técnicas en materia de Salud y ordenar las medidas y disposiciones que seannecesarias para resguardar la salud de la población; y,

II. Que la Política Nacional de Salud 2015-2019, establece en su estrategia 1, el avance en laconstrucción de un SNS integrado, basado en la APSI y el abordaje de la determinaciónsocial de la salud para garantizar el derecho humano a la salud en la ruta hacia elAcceso Universal a la Salud, la Cobertura Universal de Salud y la identificación y combatede las inequidades mediante la pro- moción de la salud.

III. Que conforme a la línea de acción 1.4 de la PNS, antes descrita, se requiere implementar laintegración de las redes de servicios de los miembros del SNS en los territorios, queincluirán servicios de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnósticooportuno, atención, curación, rehabilitación, cuidados paliativos y apoyo para elautocuidado en todos los niveles de atención y en la comunidad.

IV. Para ordenar y cumplir las finalidades anteriores, se establece la presente Normatécnica.

POR TANTO:En uso de sus facultades legales, ACUERDA emitir la siguiente:

Norma técnica de promoción de la salud.

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Capítulo IDisposiciones fundamentales

ObjetoArt. 1.- Establecer la norma técnica que regula la promoción de la salud en el Sistema Nacional de Salud, en adelante (SNS), dentro de las redes integrales e integradas de salud.

Ámbito de aplicaciónArt. 2.- Están sujetos al cumplimiento de la presente norma técnica, toda personanatural o jurídica que forme parte del SNS, así como el sector privado.

Autoridad competenteArt. 3.- Corresponde al Ministerio de Salud en adelante MINSAL, verificar la aplicación, control,vigilan- cia en el cumplimiento de la presente norma técnica, a través de la Unidad dePromoción de la Salud, las Direcciones de Hospitales, la Direcciones Regionales de Salud yDirecciones de las Unidades Comunitarias de Salud Familiar, (UCSF); así como aquellos que demanera legal designe la persona titular del MINSAL.

TerminologíaArt. 4.- Para efectos de la presente Norma se entenderá por:1. Abogacía por la salud: una combinación de acciones individuales y sociales destinadas a

conseguir compromisos políticos, apoyo para las políticas de salud, aceptación social yapoyo de los sistemas para un determinado objetivo o programa de salud, con el fin decrear condiciones de vida que conduzcan a la salud y al desarrollo de estilossaludables de vida.

2. Alianza: acuerdo o convenio entre dos o más partes que persiguen una serie de objetivos decididos conjuntamente.

3. Área de responsabilidad: es el espacio geopoblacional asignado administrativamente, acargo del personal de salud o establecimiento de salud, definiendo con claridad elterritorio que lo comprende y número de personas que lo habitan, además de otrascaracterísticas que inciden en los determinantes sociales de la salud. Dependiendo de lacomplejidad del establecimiento se define el tamaño de cada área de responsabilidad.El funcionamiento en RIIS permite que un determinado territorio sea asignado aestablecimientos de salud de diferente complejidad de manera simultánea, promoviendoque el Ecos Familiar sea la puerta de entrada óptima a la prestación de servicios desalud.

4. Atención primaria en salud integral: es la asistencia sanitaria esencial basada en métodosy tecnologías prácticos científicamente fundados y socialmente aceptables, puesta alalcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participacióny a un costo que la comunidad y el país puedan soportar, en todas y cada una de lasetapas de su desarrollo con un espíritu de auto responsabilidad y autodeterminación.

5. Calidad: La calidad de la atención consiste en la aplicación de la ciencia y tecnologíamédicas en una forma que maximice sus beneficios para la salud sin aumentar en

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forma proporcional sus riesgos. La medida en que se espera que la atención suministradalogre el equilibrio más favorable de riesgos y beneficios (según OMS).

6. Calidez: es el trato que reciben los usuarios de parte de la persona que lo atiende, esdecir: amabilidad, cordialidad, disposición para escuchar y entender sus problemas oinquietudes. Se define así mismo como un hecho inmaterial, un intangible quecontribuye tanto o más a la recuperación de la integridad de la salud del individuogenerando además una situación de credibilidad y confianza, basada en el respeto y lareputación individual de cada uno de los dos partícipes, el paciente y el profesionalsanitario.

7. Comunicación en salud: Es el arte y la técnica de informar, influir y motivar audiencias anivel individual, institucional y público acerca de asuntos de salud importantes. Su alcanceincluye prevención de enfermedad, política de cuidado de salud, así como el aumento de lacalidad de vida y salud de los individuos dentro de la comunidad (Ratzan, 1994).Es el uso de estrategias de comunicación para informar e influenciar decisiones individualesy comunitarias que mejoren la salud.

8. Comunidad: Grupo específico de personas, que a menudo viven en una zona geográficadefinida, comparten la misma cultura, valores y normas, y están organizadas en unaestructura social conforme al tipo de relaciones que la comunidad ha desarrollado a lolargo del tiempo. Los miembros de una comunidad adquieren su identidad personal y socialal compartir creencias, valores y normas comunes que la comunidad ha desarrollado enel pasado y que pueden modificarse en el futuro. Sus miembros tienen conciencia de suidentidad como grupo y comparten necesidades comunes y el compromiso desatisfacerlas.

9. Derecho a la salud: se define como el goce del grado máximo de salud que se puedalograr, es uno de los derechos humanos fundamentales de todo ser humano sin distinciónalguna de raza, religión, ideología política o condición económica o social y otros.

10.Derecho humano a la salud: se define como la trascendencia desde un concepto de saludconcebido como una mera prestación de servicios dirigidos a tender la enfermedad, haciala relación basada en la igualdad, equidad y dignidad en goce pleno de los derechoshumanos, poniendo como centro a la persona humana, su familia y la comunidad.

11.Determinación social de la salud: se entiende como el proceso por medio del cual la saludad- quiere sus propiedades las cuales son dinámicas y están influenciadas por los modos devida que son a su vez producto inequitativo del modelo de desarrollo y produccióneconómico-social.

12.Educación para la salud: proceso mediante el cual las personas y grupos de ellasaprenden a fomentar, proteger o restablecer la salud. Su finalidad consiste en inculcarlesun sentido de responsabilidad hacia la salud, como individuos y como miembros de familiasy comunidades. Enfoques y técnicas usadas para fomentar hábitos sanitarios cotidianosen la comunidad y para inculcar conocimientos y prácticas de comportamiento higiénicocomo elementos primarios de salud en el desarrollo personal y de la nación.

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13.Empoderamiento en salud: proceso mediante el cual las personas adquieren un mayorcontrol sobre las decisiones y acciones que afectan a su salud. Se establece una distinciónentre el empoderamiento para la salud del individuo y el de la comunidad. Elempoderamiento para la salud individual se refiere principalmente a la capacidad delindividuo para tomar decisiones y ejercer control sobre su vida personal. Elempoderamiento para la salud de la comunidad supone que los individuos actúencolectivamente con el fin de conseguir una mayor influencia y control sobre losdeterminantes de la salud y la calidad de vida de su comunidad. Fuente: Nutbeam Don.Glosario de Promoción de la Salud. Centro Colaborador de Promoción de la Salud,Departamento de Salud Pública y Medicina Comunitaria, Universidad de Sydney, Australia.OMS. Ginebra, 1998.

14.Enfoque de género: supone tener en cuenta cómo las relaciones de género son construidassocialmente; hombres y mujeres tienen asignados distintos roles en la sociedad, y estasdiferencias de género vienen determinadas por factores ideológicos, históricos, religiosos,étnicos, económicos y culturales, generadores de desigualdad

15.Entornos saludables: se definen como localizaciones para la promoción de la salud sinoque también como identidades sociales dinámicas que pueden promover la salud.

16.Equidad: significa una distribución justa de los beneficios, el poder, los recursos y lasresponsabilidades entre las mujeres y los hombres. El concepto reconoce que entrehombres y mujeres hay diferencias en cuanto a las necesidades en materia de salud, elacceso y al control de los recursos, y que estas diferencias deben abordarse con el finde corregir desequilibrios entre hombres y mujeres.

17. Inclusividad: es una diferenciación en el sistema pronominal de muchas lenguas del mundopor el cual la primera persona del plural (“nosotros”) posee dos formas: una inclusiva yotra exclusiva, respecto al oyente o primera persona, el yo ulterior y que significa quetodos los seres humanos somos uno y debemos ser incluidos en la concepción del ser.

18. Interculturalidad: se define como el proceso de comunicación e interacción entre personasy grupos con identidades culturales específicas, donde no se permite que las ideas yacciones de una persona o grupo cultural esté por encima del otro, favoreciendo en todomomento el diálogo, la concertación y, con ello, la integración y convivenciaenriquecida entre culturas.

19. Intervenciones educativas: asociado a las nociones de acción o de práctica eneducación su abordaje da más cuenta de ámbitos o escenarios de práctica con sujetos apartir de problemáticas específicas. Dichas prácticas se concretizan en contextosespecíficos y son situadas debido a que los sujetos que participan en cualquierintervención están en una situación concreta o juegan un papel determinado dentrode la institución de que se trate.

20. Intrasectorialidad: se define como la “intervención coordinada de instituciones re-presentativas de más de un sector social, en acciones destinadas, total o parcialmente, atratar los problemas vinculados con la salud, el bienestar y la calidad de vida”(FLACSO, 2015).24 mar. 2017.

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21. Intersectorialidad: trabajo coordinado y complementario de instituciones representativasde distintos sectores sociales, mediante interacciones conjuntas destinadas a transformarla situación de salud y aportar al bienestar y calidad de vida de la población

22.Mapeo: elaboración de un mapa o conjunto de elementos de un mismo tipo ocategoría que tienen una distribución espacial determinada, mapeo genético, mapeo depuertos de redes informáticas.

23.Movilización social: es un acto espontáneo (sin elaboración) de acción social por parte delas masas que implica una ética concreta. Pueden ser actos de protesta, obstrucción uotras manifestaciones. Puede ser pacífica (manifestación) o violenta (disturbios) y llevarsea cabo en el mundo físico o en el virtual (internet).

24.Organización social: Se entiende por organización social a toda aquella agrupación depersonas que se establece a partir de elementos compartidos, ideas en común, formassimilares de ver al mundo. Además, es importante para que tal grupo de personas seaconsiderado una organización social que exista un objetivo a realizar, sea estesolidario o particular.

25.Prevención de la enfermedad: abarca las medidas destinadas no solamente a prevenir laaparición de la enfermedad, tales como la reducción de los factores de riesgo, sinotambién a detener su avance y atenuar sus consecuencias una vez establecida.

26.Participación social: es el proceso en virtud del cual los individuos, las familias y lascomunidades asumen la responsabilidad de contribuir a su propio desarrollo.La participación es un proceso a través del cual las partes involucradas influyen y comparten el control sobre las iniciativas de desarrollo y las decisiones y recursos que los afectan.

27.Promoción de la salud: constituye un proceso político y social global que abarca nosolamente las acciones dirigidas directamente a fortalecer las habilidades y capacidades delos individuos, sino también las dirigidas a modificar las condiciones sociales, ambientales yeconómicas, con el fin de mitigar su impacto en la salud pública e individual; es el procesoque permite a las personas, familias y comunidades incrementar el control de lasdeterminantes de la salud y en consecuencia mejorarlas.

28.Salud: en el contexto de la promoción de la salud, ha sido considerada como unrecurso que permite a las personas llevar una vida individual, social y económicamenteproductiva. Se trata de un concepto positivo que acentúa los recursos sociales ypersonales, así como las aptitudes físicas.

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Capítulo IIGeneralidades de la promoción de la salud

Conducción en materia de promoción de la saludArt. 5.- Las instituciones del Sistema Nacional de Salud, en lo relacionado a promoción de lasalud, seguirán los lineamientos o directrices que al efecto dicte la Unidad de Promoción de laSalud, para considerar las recomendaciones técnicas en cuanto a la elaboración de estrategias,documentos regulatorios, metodológicos y todo material educativo.

Enfoques de la promoción de la saludArt. 6.- Para el cumplimiento de la presente norma se aplicaran los siguientes enfoques:a) Derecho a la saludb) Determinación social de la salud.c) Género.d) Interculturalidade) Inclusividad

Responsables de la implementación de la promoción de la saludArt.- 7.- Son responsables de desarrollar procesos de promoción de la salud en los diferentes terri- torios y escenarios los siguientes actores:a) personal multidisciplinario e interdisciplinario del sector saludb) instituciones públicas y privadasc) grupos organizados de la comunidadd) liderazgos comunitarios,e) gobiernos municipales y locales

Referentes de promoción de la saludArt.8.- En todo establecimiento público de servicios de salud habrá una persona asignada comoreferente de promoción de la salud, la cual debe contar con conocimientos técnicos enpromoción de la salud para el desempeño adecuado de sus funciones.

Generación de espacios de análisis y reflexiónArt. 9.- El referente de promoción de la salud generará espacios de reflexión, análisis ymovilización que les permitan a las personas, familias, comunidades y grupos sociales sercapaces de asumir el control de todo lo que determine su estado de salud.

Áreas estratégicas de la promoción de la saludArt. 10.- El personal de salud debe implementar las siguientes áreas estratégicas de la promoción de la salud:

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a) La educación para la salud b) Comunicación social en salud c) Organización social y comunitaria d) Participación social y comunitaria e) Intrasectorialidad e intersectorialidad f) Abogacía por la salud g) Entornos saludables h) Investigación en promoción de la salud

Líneas de acción de la Promoción de la saludArt. 11.- El personal de salud debe conocer y aplicar las líneas de acción:

a) La elaboración de una política pública saludableb) La creación de ambientes saludablesc) El reforzamiento de la acción comunitariad) El desarrollo de las aptitudes personales ye) La reorientación de los servicios de salud

Escenarios de la promoción de la saludArt. 12.- La promoción de la salud debe abordarse en todos los escenarios (individuos, familias, co-munidades y grupos sociales), dirigidos a modificar las condiciones sociales, ambientales yeconómicas, con el fin de mitigar su impacto en la salud pública e individual.

Acciones intrasectoriales en promoción de la salud Art. 13.- El Sistema Nacional de Salud y el sector privado, en cuanto a acciones de promoción de la salud deben dar cumplimiento en cuanto a:

a) La elaboración y aplicación de estrategias educativas para diferentes grupos poblacionales.b) El diseño, elaboración y reproducción de materiales educativos y audiovisuales.c) La elaboración de documentos institucionales, relacionados con la promoción de la salud.d) La revisión y actualización del enfoque de promoción de la salud en los diferentes programas y

proyectos.e) La coordinación de esfuerzos que fomenten los entornos, modos y estilos de vida saludables

dirigidos al individuo, familia, comunidad y grupos sociales.f) La implementación de campañas educativas que potencien la organización, participación,

movilización social, el trabajo intrasectorial e intersectorialg) El monitoreo y evaluación de las intervenciones en promoción de la salud.

Planificación de la promoción de la saludArt. 14.- El proceso de planificación de la promoción de la salud debe ser participativo, consultivo, intersectorial, programado, socializado, monitoreado y evaluado.

OperativizaciónArt. 15.-La operativización de la promoción de la salud debe realizarse de forma participativautilizando estrategias y metodologías acordes a los pilares de la promoción de la salud, en losdiferentes ambientes: individual, familiar, educativo, comunitario, laboral, entre otros.

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Registro de evidencia en acciones de promoción de la saludArt.16- El personal de salud debe evidenciar todas las intervenciones de promoción de la salud a través de:a) Informes técnicosb) Listados de asistenciac) Actas firmadasd) Registro fotográfico

Plan nacional y planes integrados en promoción de la saludArt. 17.- La Unidad de Promoción de la Salud en el Plan Nacional de Promoción de la Salud establecerálas líneas de la estructura y contenido de los diferentes planes integrados en promoción de lasalud que deberán elaborar todas las dependencias del nivel superior, así como los diferentesniveles de atención del Sistema Nacional de Salud, incluyendo el ISSS.

Art.-18.-El Plan integrado se elaborará participativa e intersectorialmente tomando en cuenta los siguientes criterios:a) Primero, segundo y tercer nivel de atención, deben elaborar anualmente el plan integrado

de promoción de la salud.b) El profesional en promoción de la salud o referente de promoción de la salud regional

y de SIBASI deben asesorar la elaboración del plan integrado de promoción de la saluda sus niveles correspondientes.

c) La Unidad de Promoción de la Salud asesorará la elaboración e implementación del planintegrado de promoción de la salud en sus diferentes niveles (primero, segundo ytercer nivel).

d) Los planes integrados de promoción de la salud de los diferentes niveles deben serremitidos a los niveles correspondientes con el visto bueno del director o coordinadorrespectivo.

e) Los planes integrados de promoción de la salud del nivel regional y SIBASI deben serremitidos en formato digital a la Unidad de Promoción de la Salud del nivel central, latercera semana del mes de enero de cada año. El plan debe incluir un apartado depresupuesto y sus posibles fuentes de financiamiento.

Gestión y coordinaciónArt. 19.- La Unidad de Promoción de la Salud del MINSAL, realizará gestión y coordinacióntécnico, administrativo y financiero a nivel gubernamental, instancias de la intersectorialidad yorganismos de cooperación internacional lo cual permitirá encausarlo a las actividades depromoción de la salud.

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Capítulo IIIEducación para la salud

Programa EducativoArt. 20.- Los equipos de salud de los diferentes establecimientos deben formular eimplementar los programas educativos, tomando en cuenta las necesidades institucionales, elanálisis de la situación de salud integral (ASSI), el diagnóstico comunitario participativo (DCP) ylas características de la población objetivo.

Art. 21.- El programa educativo debe ser formulado en base a la estructura siguiente:a) Análisis de la caracterización de la población objetivob) Análisis de la problemáticac) Definición de los objetivos educativosd) Elaboración de la carta didácticae) Criterios de evaluación (pre y post) f) Referencias escritas

Metodologías educativasArt. 22.- Los equipos de salud de los diferentes establecimientos deben solicitar al nivelcorrespondiente el apoyo para la implementación y el fortalecimiento de habilidades en el deuso de metodologías educativas participativas y de educación popular ya sistematizadas por elMINSAL.

ÁmbitosArt. 23.- Las acciones de educación para la salud deben realizarse en todos los ambientesescenarios tanto institucional, escolar, familiar y comunitario, a través de las diferentesmetodologías educativas participativas y de educación popular.

Programación anualArt. 24.- El personal multidisciplinario del SNS debe realizar intervenciones educativas en sus áreas respectivas con una programación anual definida.

Técnicas educativasArt. 25.-Las técnicas educativas deben realizarse con base a los siguientes criterios:a) Los equipos de salud de los diferentes establecimientos deben utilizar las diferentes

técnicas educativas establecidas y otras según capacidad instalada, experiencia y necesidad de la población.

b) El desarrollo de las intervenciones educativas debe cumplir criterios de tiempo establecido,planificación didáctica, programa educativo y contenidos priorizados, el uso correcto del material

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educativo, registro en fuentes primarias y en los tabuladores del sistema único de información en salud ( SUIS).

c) La técnica educativa de la consejería debe ser realizada únicamente por el recurso de saluddebidamente capacitado en el tema y cumplir con el tiempo establecido, según se establezcaen Lineamientos que para tal efecto emitirá el MINSAL.

Material educativo gráfico y audiovisualArt. 26.- Los criterios para la elaboración de los materiales educativos y audiovisuales deben ser los siguientes:a) La Unidad de Promoción de la Salud es la responsable de dar visto bueno y oficializar el

material educativo y audiovisual de alcance nacional de las diferentes dependencias del nivelsuperior.

b) Deben ser diseñados con criterios de calidad, con base a perfil epidemiológico de losterritorios, con enfoque de derechos, género, diversidad, inclusión, promoción de la salud yde determinación social, validados a nivel técnico y de campo.

c) Las diferentes dependencias del nivel superior deben cumplir los criterios anteriormenteestablecidos y con el visto bueno de la unidad de promoción de la salud en laelaboración de los materiales educativos y audiovisuales.

d) Los diferentes niveles de la RIIS deben diseñar y elaborar material educativo y audiovisual.

Capítulo IVComunicación social en salud

Objetivos de la comunicación social en saludArt.27.- La comunicación en salud debe ser diseñada para dar respuesta a:a) Informar a la población sobre aspectos concernientes a su saludb) Comunicación dentro de las instituciones u organizacionesc) Comunicación de riesgo para emergencias y desastres

Art.28.-Todas las instituciones del sistema nacional de salud deben elaborar sus planes de comunicación en salud contingenciales ante epidemias, emergencias y desastres.

Art.29.- Las instituciones del Sistema Nacional de Salud, a través de la comunicación social ensalud deben posicionar temáticas prioritarias en la agenda pública, comportamientos deseablesen la población, actitudes y reforzar acciones educativas.

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Enfoques de la comunicación social en saludArt.- 30.- La comunicación social debe regirse bajo los siguientes enfoques:a) Derecho humano a la saludb) Determinación social de la salud.c) Promoción de la Saludd) Género.e) Interculturalidadf) Inclusividad

Planificación de comunicación social en saludArt. 31.- Las instituciones del sistema nacional de salud deben garantizar que la comunicaciónsocial en salud este contenida como un elemento estratégico dentro de sus planes de trabajo,para el MINSAL debe estar contenida en el Plan nacional de promoción de la salud y enlos niveles locales en los Planes Integrados de Promoción de la Salud.

Art. 32.-Las instituciones del Sistema Nacional de Salud deben contar con matriz de planificaciónde medios de comunicación utilizando como propuesta matriz que para tal efecto emitirá la Unidad de Promoción de la Salud el MINSAL.

Áreas destinadas a realizar comunicación en saludArt.33.- El personal de salud multidisciplinario debe realizar comunicación en las diferentes áreas de los establecimientos de salud:

a) La recepciónb) Salas de esperac) Consultoriosd) Otros tales como: áreas como vacunación, preparación de pacientes, áreas de saneamiento

básico.

Escenarios de la comunicaciónArt.34.- El personal del SNS debe realizar comunicación en los escenarios siguientes:

a) Centros Escolares

b) Comunidades

c) Nivel domiciliar

d) Instituciones públicas

e) Empresa privada

Avances tecnológicosArt.35.- El SNS al desarrollar procesos de comunicación social en salud debe tomar encuenta los avances tecnológicos existentes, haciendo uso para ello de páginas webinstitucionales, redes socia- les, videoconferencias, medios escritos, radiales, televisivos,entre otros.

Metodologías de comunicación socialArt. 36.- Las metodologías de comunicación en salud a utilizarse deben estar acorde a los

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avances científicos y tecnológicos en la materia, sin perder los principios pertinentes, así comocontar con un enfoque transformador, considerándose en los siguientes planes:

a) Plan integrado de promoción de la salud

b) Planes de emergencias, epidemias y desastres en establecimientos de salud

Elaboración de materiales impresos y audiovisualesArt. 37.- En la elaboración de materiales impresos y audiovisuales se deben respetar lossiguientes aspectos: partir de una necesidad o problema, de una situación epidémica, emergenciao desastre; búsqueda de contenido técnico, revisión y adaptación del contenido a los materialesnecesarios, grupos metas a los que se dirigen los mensajes; diseño gráfico, validación,distribución, instructivo de uso, monitoreo y evaluación.

Mapeo de medios de comunicaciónArt. 38.- Las Instituciones que conforman el SNS deben elaborar el mapa de medios decomunicación nacionales y locales, identificando los medios existentes en los territorios, aliados,opuestos y neutrales, su nivel de cooperación y relevancia, su viabilidad y factibilidad para eltrabajo, manteniendo coordinación efectiva y estratégica con dichos medios en los procesos depromoción de la salud.

Contenido de mensajes Art. 39.- Las instituciones del SNS y sus establecimientos deben garantizar que el contenido

de los mensajes transmitidos en la temática de violencia, contenido sexual, genero, drogas,

entre otros temas, no generan un efecto negativo a la salud de la población.

Recursos audiovisualesArt. 40.- Las instituciones del Sistema Nacional de Salud y sus establecimientos deben garantizar elmantenimiento y uso adecuado de los recursos audiovisuales con que cuenten a través de undiagnóstico de equipos audiovisuales y materiales impresos; actualizándolo cada año.

Art. 41.- Para la asignación equitativa de recursos audiovisuales, las instituciones del SNS debenbasarse en un diagnóstico previo completo de equipos audiovisuales.

Material educativo gráfico y audiovisualArt. 42.- Los criterios para la elaboración de los materiales educativos y audiovisuales deben ser lossiguientes:

a) La Unidad de Promoción de la Salud es la responsable de dar visto bueno y oficializar el materialeducativo y audiovisual de alcance nacional de las diferentes dependencias del nivel superior.

b) Deben ser diseñados con criterios de calidad, con base a perfil epidemiológico de los territorios,con enfoque de derechos, género, diversidad, inclusión, promoción de la salud y dedeterminación social, validados a nivel técnico y de campo.

c) Las diferentes dependencias del nivel superior deben cumplir los criterios anteriormenteestablecidos y con el visto bueno de la unidad de promoción de la salud en la elaboración de losmateriales educativos y audiovisuales.

d) Los diferentes niveles de la RIIS deben diseñar y elaborar material educativo y audiovisual.

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Capítulo VOrganización social y comunitaria

Planificación estratégica de la organización socialArt. 43.- Las instituciones del SNS deben fomentar que la organización social y comunitaria esté contenida en la planificación estratégica de sus procesos de promoción de la salud.

Acciones de organización social y comunitariaArt. 44.- El personal de salud debe realizar y acompañar acciones encaminadas a fortalecer la organización social y comunitaria en salud, entre ellas:a) Identificación y capacitación de liderazgos comunitariosb) Organización de comités intersectoriales municipalesc) Trabajo conjunto con los comités del FNS ya formados y a otros comités para la

contraloría social .d) Realización de Asambleas para conformación de Comités de Salud y la capacitación de estose) Desarrollo de Asambleas comunitarias por área geográfica de responsabilidad de la o

Promotor de Saludf) Organización de grupos de autoayudag) Organización de grupos de apoyoh) Rendiciones de cuentas y ejercicios de contraloría sociali) Planificación y evaluación estratégica en salud yj) Otras acciones según realidad territorial, disponibilidad de recursos y con participación social

Coordinación con estructuras socialesArt.45.- Los establecimientos de la RIIS deben establecer y mantener coordinación activa con lasociedad civil organizada y no organizada tales como: Foro Nacional de Salud, Asociaciones dedesarrollo comunal (ADESCOS), consejos locales de salud, Concejos Municipales de Prevención deViolencia (CMPV), Juntas de agua, entre otros. Los mecanismos de coordinación pueden ser através de documentos escritos, vía correo electrónico, vía telefónica y redes sociales(whatsapp, facebook, twiter entre otros).

Mapeo de organizacionesArt. 46.-. Los establecimientos del SNS deben elaborar el mapeo de las organizacionessociales y comunitarias aliadas, opuestas y neutras, su nivel eliminar de cooperación yrelevancia, su viabilidad y factibilidad para el trabajo organizativo en los territorios.

Art. 47.- El SNS debe retomar toda la información generada en el diagnóstico y mapeo de lasorganizaciones sociales y comunitarias de la RIIS para la planificación de los procesos depromoción de la salud.

Capítulo VI

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Participación social y comunitaria

Plan integrado y participación social y comunitariaArt. 48.- En el plan integrado debe considerarse el fortalecimiento de las capacidades yhabilidades del personal del SNS, sector privado la sociedad civil para la participación socialactiva en salud, a fin de inducir la búsqueda de soluciones conjuntas a problemas identificados,tal como lo establece la política de participación social en salud.

Participación activaArt. 49.-Todo proceso de intervención en salud que realicen los equipos multidisciplinarios einterdisciplinario en los territorios debe contar con participación activa de las personas de lacomunidad en estructuras organizadas o no organizadas que garanticen la identificación de susproblemas y la búsqueda de soluciones conjuntas.

Coordinación con referentesArt. 50.- El personal del SNS de salud debe coordinar estrechamente con los referentes de lasociedad civil organizada, por ejemplo FNS y otras existentes en los municipios y en caso queno exista participación activa, el equipo de salud encargado del establecimiento de salud será elresponsable de la organización y participación activa de la población.

Intervenciones en la RIISArt. 51- Las acciones de promoción de la salud en los diferentes niveles deben planificarse con las personas y las organizaciones sociales presentes en el territorio, según lineamientos de RIIS.

Implementación de la participación en los espacios de las RIISArt. 52.- Los diferentes niveles de la RIIS deben garantizar la participación de las comunidadesen los procesos de planificación, ejecución y evaluación de las intervenciones, utilizando losmecanismos establecidos en la política de participación social en salud.

Mecanismos de participación social en saludArt. 53.- Entre los mecanismos de participación social en salud que deben retomarse:a) Ejercicios de contraloría socialb) Rendición de cuentas a diferentes nivelesc) Análisis de indicadores y descriptores de RIIS a diferentes niveles ( contemplando el

mecanismo pertinente establecido)d) Elaboración o actualización del diagnóstico comunitario participativo

e) Integración de comités por el derecho a la saludf) Apertura de buzones de sugerencias y quejas en los establecimientos de saludg) Utilización de redes sociales y medios electrónicos del SNSh) Dirección de puertas abiertas (ventana de la dirección)i) Planificación y evaluación estratégica (planes de mejora, planes operativos, entre otros).

Metodologías de la participación socialArt.-54 -Las metodologías que se deben utilizar para implementar las intervenciones de la

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participación social en salud son:a) La negociaciónb) Concertaciónc) Mesas de dialogod) Análisis de situación de salud integral (ASSI)e) Búsqueda de consensosf) Trabajo en equipo, entre otros

Espacios para la participación socialArt. 55.- Entre los espacios de participación social que deben retomarse, según nivel y necesidadde la población, son los siguientes:a) Desarrollo de asambleas comunitarias e intercomunales, municipales y departamentalesb) Los comités de salud y otras expresiones organizadas de la comunidadc) Ferias y festivalesd) Audiencias públicase) Consultas públicasf) Participación directag) Consejos consultivosh) Cabildos abiertos

Estrategias de participación social y comunitaria que deben retomarse en todos los nivelesArt.- 56.- Otras expresiones de participación social en salud que deben retomarse para motivar ypotenciar los liderazgos a nivel de las comunidades, municipios o a nivel departamental donde nohay estructuras de la sociedad civil organizada, son las siguientes:a) Identificación de los liderazgos existentes en las comunidades.b) Conformación de comités de salud y fortalecimiento de sus capacidades.c) Coordinación con otras estructuras como: organismos gubernamentales, ongś, FNS, ADESCO, Directivas

Comunales, entre otras; las cuales permitirán fortalecer la organización y participación social en salud.

d) Planificación y ejecución de acciones de manera permanente, coordinada y consensuadaentre el personal de salud y otras estructuras sociales ya mencionadas para guiar lasdiferentes actividades a realizar.

e) Otras acciones según se establezca en Lineamientos que para tal efecto emitirá elMINSAL.

Contenidos del proceso de formación en promoción de la saludArt. 57.-Para el fortalecimiento de las capacidades requeridas para la participación social es necesario que todo personal de salud conozca sobre las siguientes temáticas de promoción de la salud:a) Diferencia entre promoción de la salud y prevención de la enfermedadb) Enfoque de determinación social de la saludc) Atención primaria en salud integrald) Áreas estratégicas de la Promoción de la Salude) Derechos Humanosf) Derecho a la Salud

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g) Reforma de Saludh) Documentos regulatoriosi) Organización y participación social y comunitariaj) Contraloría socialk) Intersectorialidad

Evaluación de la participación socialArt. 58.- Todo proceso de participación debe ser evaluado cualitativa y cuantitativamente con elenfoque de determinación social tal como se establece en la estrategia 4.2, linea de acción 2 dela Política de Participación Social en Salud.

Registro de las actividades de participación socialArt. 59.- Todo proceso participativo debe de ser registrado en el Sistema Único de Informaciónen Salud (SUIS), específicamente en el módulo SEPS, así como en el instrumento desupervisión, en físico registrarse a través de:a) Actas firmadas o ayudas memoriasb) Agendasc) Listados de asistenciad) Sistematizacióne) Informes mensualesf) Informes de contraloría socialg) Registros fotográficos o audiovisuales

Resultados de las acciones de participación socialArt. 60.- Los resultados de las acciones de participación social desarrolladas en los territorios de las RIIS deben de socializarse en los espacios existentes, utilizando los apartados siguientes:

a) Objetivosb) Metodologíac) Resultadosd) Limitantes

e) Situaciones favorables f) Logros e) Desafíos

Mapa de actores socialesArt. 61.- Se debe elaborar el mapa de actores sociales, identificando los actores aliados,opuestos y neutrales, su nivel de cooperación y relevancia, su viabilidad y factibilidad para eltrabajo participativo y tipo de participación en los territorios.

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Capítulo VIIIntrasectorialidad e Intersectorialidad

Art. 62.- El personal de SNS debe incorporar el enfoque de promoción de la salud en los espacios intra e intersectoriales para:a) El análisis de la situación de la salud que más afecta a la población en los territoriosb) La identificación conjunta de las inequidades locales en salud que afectan a la poblaciónc) La planificación, ejecución y evaluación conjunta en diferentes planes, programas y

proyectos de los diferentes sectores con enfoque de determinación social para incidir en lascondiciones de vida de la población

Desarrollo de intervenciones intrasectorialesArt. 63.-El desarrollo de las intervenciones intrasectoriales debe realizarse conjuntamente en lasRe- des Integradas e Integrales de Salud existentes, tanto en el ámbito rural y urbano,donde se deben abordar los problemas de salud o situaciones que afectan a ésta.

Espacios de participaciónArt. 64.- Los espacios de participación intersectorial e intrasectorial en los que se debeincorporar el enfoque y las acciones de promoción de la salud, según nivel en la RIIS ynecesidades de la población en el ámbito nacional, departamental, local y comunitario sonlos siguientes:

a) Comisión Intersectorial de Salud (CISALUD) en sus niveles técnico y políticob) Gabinetes departamentalesc) Espacios de intersectorialidad en el ámbito de la municipalidadd) Comité por el derecho a la salude) Consejo de gestión municipal o Intermunicipal de la RIISf) Consejo de gestión departamental de la RIISg) Consejo de gestión regional de la RIISh) Consejo de gestión nacional de la RIISi) Otros espacios intersectoriales menos estandarizados y generados por situaciones

coyunturales o programas nacionales, como la seguridad pública, las emergencias o eldesarrollo de planes nacionales.

Acciones de Promoción de la Salud a través de la intersectorialidadArt. 65.- Todas las instituciones en el marco de las RIIS deben de trabajar bajo el enfoque participativo y de intersectorialidad, es decir trabajar con conjuntamente en el cumplimiento delmismo objetivo.

Art. 66.-Todas las instituciones que integran del SNS deben establecer coordinación permanentede acciones de promoción de la salud las demás instituciones con otros sectores de gobierno,municipalidades, autónomas, organizaciones de la sociedad civil en el territorio: FNS, ongś,entre otras.

Programas con proyección intersectorialArt. 67.- El personal de salud que integran el SNS de los diferentes niveles debe fomentar conjunta-

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mente la implementación de programas y proyectos de manera intersectorial.

Capítulo VIIIAbogacía por la salud y alianzas para la promoción de la salud

Incidencia en diferentes espacios territoriales.Art. 68.- Todo personal que conforma el SNS de salud de la RIIS debe hacer incidencia en sus losdife- rentes espacios territoriales (comunitario, municipal, departamental y nacional) para mejorar ycrear condiciones de salud en la población.

AbogacíaArt.69.- La incidencia y abogacía realizada en los territorios debe encaminarse a la adquisiciónde compromisos de apoyos medibles y verificables por los tomadores de decisiones para lasolución de los diferentes problemas identificados.

Priorización de problemas de saludArt.70.- El personal de salud debe realizar las sus intervenciones partiendo a partir de lapriorización de los problemas de salud identificados, en función a los recursos disponibles yestablecidos de la capacidad instalada en el y marco regulatorio o normativo para sucumplimiento.

Políticas, incidencia y abogacíaArt.71.- Las acciones de incidencia abogacía que se realicen con la intersectorialidad alianzasintersectoriales deben ir encaminadas orientadas a la construcción participativa de PolíticasPublicas sanitarias.

Alianzas para la promoción de la saludArt.-72. La Comisión intersectorial de salud, los Gabinetes de Gestión Departamentales y lasreuniones intersectoriales municipales son espacios que se deben potenciar en los territorios parala abogacía en salud y las alianzas para la promoción de la salud.

Art.- 73.- Las alianzas para la promoción de la salud deben fomentarse a nivel de lasinstancias que constituyen el Sistema Nacional de Salud, otras como la academia, los gobiernosmunicipales y la sociedad civil organizada.

Redes internacionales relacionadasArt.- 74.- La Unidad de Promoción de la Salud debe fomentar las alianzas con redes nacionales einternacionales de promoción de la salud.

Capítulo IX Entornos saludables

Espacios saludablesArt. 75. Los trabajadores del sistema de salud deben enfocar sus acciones para fomentar losespacios saludables en los territorios de responsabilidad, tanto en el área rural como en el área

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urbana, enfocándose en los siguientes ámbitos:a) Familia: Los equipos de salud deben implementar intervenciones de promoción de la salud

par- tiendo del análisis del entorno familiar encontrado según lo establecido en loslineamientos técnicos para los Ecos Familiares y Ecos Especializados.

b) Comunidad: Los equipos de salud deben implementar intervenciones de promoción de lasalud partiendo del análisis de la situación de salud integral (ASSI) encontrado según loestablecido en los lineamientos técnicos para los Ecos Familiares y EcosEspecializados.

c) Centros educativos y de educación inicial: Los equipos de salud deben implementarintervenciones de promoción de la salud partiendo del diagnóstico de salud escolarencontrado según lo establecido en los lineamientos técnicos para los Ecos Familiares yEcos Especializados.

d) Municipalidad: Los equipos de salud deben implementar intervenciones de promoción de lasalud partiendo del plan de desarrollo municipal, dentro de los que se pueden incluir:mercados, casas de la cultura, centros de encuentros juveniles, centros recreativos yturísticos, parques, centros deportivos, reservas naturales entre otros.

e) Centros penalesf) Lugares de trabajog) Los equipos de salud deben implementar intervenciones de promoción de la salud en

centros penales, de rehabilitación e internamiento, centros de atención a personas adultasmayores, niñez y adolescencia partiendo del diagnóstico de la situación de salud de lapoblación atendida.

h) Los equipos de salud deben implementar intervenciones de promoción de la salud eninstituciones públicas y privadas de acuerdo a lo establecido en la Ley General dePrevención de riesgo en los lugares de trabajo.

Art. 76.- El personal de salud debe realizar acciones referidas al componente de agua,saneamiento y promoción de la higiene de acuerdo a lo establecido en los lineamientos técnicospara la Casa del agua saludable “Ne cal at yejc” de acuerdo al diagnóstico de situación desalud de la población.

Espacios libres de tabacoArt. 77. El personal multidisciplinario del SNS debe crear, fomentar, promover espacios libres de tabaco según lo establecido en la ley del tabaco.

Capitulo XInvestigación en promoción de la salud

Investigación cualitativa y participativaArt. 78.- El personal interdisciplinario referente en promoción de la salud debe realizarinvestigaciones de tipo cualitativo y participativa para la toma de decisiones conjuntas, encoordinación con Instituto Nacional de Salud.

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Metodología de la investigaciónArt. 79.- El personal de salud que realice investigaciones debe de cumplir lo establecido en laslineas de acción de la política nacional de investigación en salud para el desarrollo de las mismasutilizando metodologías cualitativas y cuantitativas.

Agenda de investigaciónArt.80.- El personal de las Regiones de salud debe elaborar una agenda de investigación en promoción de la salud en consonancia con la Política Nacional de Investigación en salud acorde a necesidad.

Capítulo XIMonitoreo y evaluación en promoción de la salud

MonitoreoArt. 81.- El monitoreo del cumplimiento de la presente norma de promoción de la salud esresponsabilidad del nivel superior, las direcciones de salud regional, los SIBASI y de losestablecimientos del MINSAL y en las instituciones del SNS es responsabilidad del personaldesignado.

Periodicidad del monitoreoArt. 82.- El monitoreo de las acciones de promoción de la salud debe realizarse una vez al mes en cada nivel de atención correspondiente según instructivo que para tal efecto emitirá el MINSAL, a través de la Unidad de Promoción de la Salud.

EvaluaciónArt. 83.- La evaluación de las acciones de promoción de la salud debe realizarseparticipativamente aplicando metodologías cualitativas e instrumentos técnicos que garanticen lacalidad de los procesos de promoción de la salud.

Periodicidad de la evaluaciónArt. 84.- La evaluación de los procesos de promoción de la salud debe realizarse trimestralmenteen cada uno de los niveles de atención correspondientes.

Módulos de InformaciónArt. 85.- La unidad de promoción de la salud es la responsable de diseñar, revisar y actualizar losmódulos de información de promoción de la salud en forma participativa.

Planificación de las accionesArt. 86.- El plan operativo anual de los establecimientos del SNS debe integrarsupervisiones mensuales de las acciones de promoción de la salud de acuerdo al análisis de prioridades de cada establecimiento.

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Capítulo XII Disposiciones finales

Incumplimiento de la NormaArt. 87.- Todo incumplimiento a la presente Norma técnica, será sancionada de acuerdo a lo prescrito en las leyes administrativas pertinentes.

De lo no previstoArt. 88.-Todo lo que no esté previsto en la presente norma técnica, se debe de resolver apetición de parte, por medio de escrito dirigido al titular de esta Cartera de Estado,fundamentando la razón de lo no previsto, técnica y jurídicamente.

VigenciaArt. 89.- La presente norma técnica entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial.

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El documento Norma técnica de promoción de la salud ha sidoposible gracias al apoyo financiero de .

Se terminó de imprimir en San Salvador, El Salvador,en de 2018. El tiraje consta de ejemplares.

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