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SUBSECRETARÍA NACIONAL DE GOBERNANZA DE LA SALUD PÚBLICA Dirección Nacional De Medicamentos e Insumos Estratégicos Septiembre 2012 NORMA PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS POR DOSIS UNITARIA EN LOS HOSPITALES DE LA RED INTEGRAL DE SALUD.

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Septiembre 2012

NORMA PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS POR

DOSIS UNITARIA EN LOS HOSPITALES DE LA RED INTEGRAL DE SALUD.

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ACUERDO MINISTERIAL

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TABLA DE CONTENIDO

ACUERDO MINISTERIAL ................................................................................................................................ 2 TABLA DE CONTENIDO ................................................................................................................................. 3 PRESENTACIÓN ............................................................................................................................................. 5 INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................ 6 ANTECEDENTES ............................................................................................................................................ 7 MARCO LEGAL .............................................................................................................................................. 7 FINALIDAD .................................................................................................................................................... 7 OBJETIVO ...................................................................................................................................................... 8

OBJETIVO GENERAL .................................................................................................................................. 8 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................................... 8

ALCANCE ....................................................................................................................................................... 8 Nivel Nacional........................................................................................................................................... 8

Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos............................................................ 8 Nivel Regional ........................................................................................................................................... 8

Coordinaciones Zonales, Direcciones Provinciales y Direcciones Distritales ....................................... 8 Nivel local ................................................................................................................................................. 8

Hospitales de Especialidades, Especializados, Hospitales Generales y otros establecimientos de salud ..................................................................................................................................................... 8

DEFINICIONES ............................................................................................................................................... 9 DISPOSICIONES GENERALES ....................................................................................................................... 11 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ...................................................................................................................... 11

Componentes. ........................................................................................................................................ 11 Dependencia de la Farmacia dentro de la Estructura Orgánico Funcional del Hospital .................... 11 Modalidad del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria. .................................. 11 Sistema de distribución centralizado. ................................................................................................ 12 Sistema de distribución descentralizado............................................................................................ 12 Sistema de distribución por dosis unitaria combinado o mixto. ........................................................ 12 Infraestructura física y ambientes de trabajo de la farmacia. ........................................................... 12

Implementación. .................................................................................................................................... 13 Selección del servicio en el que se implementará Dosis Unitaria ...................................................... 13

Prescripción. ........................................................................................................................................... 14 Validación: .............................................................................................................................................. 15 Preparación. ........................................................................................................................................... 15 Dispensación. ......................................................................................................................................... 15 Seguimiento farmacoterapéutico. ......................................................................................................... 16 Devolución de los medicamentos. ......................................................................................................... 16 Coche de paro. ....................................................................................................................................... 16 Botiquín de emergencia. ........................................................................................................................ 17 Indicadores ............................................................................................................................................. 17

DISPOSICIONES FINALES ............................................................................................................................. 17 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................................. 18 ANEXOS ...................................................................................................................................................... 20

ANEXO 1. ................................................................................................................................................ 20

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Recursos mínimos necesarios para la implementación del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria (SDMDU). ...................................................................................... 20

ANEXO 2. ................................................................................................................................................ 23 Formato de la Historia Clínica Única. ................................................................................................. 23

ANEXO 3 ................................................................................................................................................. 24 Modelo de receta para hospitalización. ............................................................................................. 24

ANEXO 4 ................................................................................................................................................. 25 Criterio técnico para el reenvasado de medicamentos por dosis unitaria. ....................................... 25

ANEXO 5 ................................................................................................................................................. 27 Formulario de devolución de medicamentos. ................................................................................... 27

ANEXO 6 ................................................................................................................................................. 28 Perfil Farmacoterapéutico.................................................................................................................. 28

ANEXO 7 ................................................................................................................................................. 29 Formato para la revisión de medicamentos para stock de emergencia y coches de paro. ............... 29

ANEXO 8 ................................................................................................................................................. 30 Indicadores de gestión del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria. ............... 30

ANEXO 9 ................................................................................................................................................. 33 Formulario para el registro de intervenciones farmacéuticas. .......................................................... 33

ANEXO 10 ............................................................................................................................................... 34 Flujograma del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria. ................................. 34

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PRESENTACIÓN

La condición del Buen Vivir, consagrada en la Constitución del 2008, es del derecho que adquieren los ciudadanos y ciudadanas al goce total de una vida plena y responsable amparada por el Estado sobre todo en lo que a servicios de salud se refiere, por lo que el estado garantizará el acceso oportuno a estos servicios y en especial a medicamentos, estableciendo políticas, normativas y reglamentos para un uso adecuado y racional de los mismos. En el Ecuador una de las principales áreas de oportunidad para innovar los esquemas de atención al paciente ha sido la manera como, históricamente, se ha conceptualizado el uso de los medicamentos, en el ámbito hospitalario, sin tener en cuenta su uso racional. Los procesos de gestión hospitalarios se centran en un modelo clásico de administración que no distingue las particularidades de diversos procesos y procedimientos para la operación de todas las áreas de un hospital sobre todo los medicamentos. La gestión de medicamentos en el ámbito hospitalario implica la participación de profesionales farmacéuticos, que comprendan, por un lado, la parte operativa de la farmacia y asociadamente la parte clínica y su vinculación al proceso de atención al paciente. Este enfoque rebasa por mucho las actividades técnicas y funcionales que tradicionalmente realiza el personal que actualmente labora en la gran mayoría de los hospitales a nivel nacional, por lo que es de suma importancia repensarlas y adecuarlas a este nuevo paradigma. La Norma Técnica para la Aplicación del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria está concebida, precisamente, para garantizar el derecho a la atención de salud y del uso racional de los medicamentos. El trabajo de revisión, investigación y consenso de la Norma Técnica estuvo a cargo del Viceministro de Gobernanza y Vigilancia de Salud Pública, a través de la Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos, al frente de un selecto grupo de profesionales farmacéuticos del país, de reconocida trayectoria profesional y contó además, con la asesoría de cooperación internacional. Con la publicación e implementación de la Norma Técnica para la Aplicación del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria, el Gobierno Nacional y el Ministerio de Salud Pública aspiran contribuir a un uso racional de medicamentos, el desarrollo científico – técnico de los profesionales farmacéuticos del país, integrar al profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico a formar para del equipo integral de salud y la prestación de un servicio de atención integral y de calidad.

Magister Carina Vance Ministra de Salud Pública

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INTRODUCCIÓN La dispensación de medicamentos es el acto farmacéutico asociado a la entrega y distribución de los medicamentos como respuesta a la prescripción por un profesional autorizado, que incluye actividades específicas como el análisis de la prescripción médica, la preparación de las dosis que se deben administrar y la información necesaria para su adecuada utilización. En los hospitales, el Servicio de Farmacia Hospitalaria es responsable de la utilización adecuada de los medicamentos, lo que implica que no sólo tiene responsabilidad en la selección, adquisición, almacenamiento y preparación de los mismos para su administración a los pacientes, sino también de establecer sistemas de distribución que garanticen que los medicamentos lleguen a los pacientes de forma rápida, eficaz y segura. A nivel internacional, el Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria (SDMDU) a través del cual el Servicio de Farmacia Hospitalaria atiende las necesidades de medicamentos durante 24 horas para los pacientes hospitalizados, ha demostrado ser un método seguro, efectivo y eficiente que permite al farmacéutico su integración al equipo asistencial de salud, realizar el seguimiento de la terapia medicamentosa, garantizar la utilización de las dosis, vías e intervalos de administración adecuados, prevenir reacciones adversas e interacciones medicamentosas e identificar fallas o duplicidad de tratamientos; así mismo, contribuye a que el almacenamiento de los medicamentos en los servicios de hospitalización sea el mínimo necesario, con la consecuente disminución de pérdidas por desperdicio, deterioro o vencimiento de los mismos. Son lineamientos del Ministerio de Salud Pública el acceso universal a los medicamentos esenciales, la regulación y calidad de los mismos, y la promoción de su uso racional; y para el logro de los objetivos trazados es imperiosa la implementación y aplicación de las buenas prácticas de dispensación. En este contexto, las autoridades de salud han determinado la necesidad de aplicar el Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria, con el fin de contribuir a garantizar el uso racional y seguro de los medicamentos en el ámbito hospitalario, y promover el desarrollo y fortalecimiento de este sistema de distribución de medicamentos en los establecimientos de la Red Integral de Salud del país. Por lo señalado y en concordancia con el Acuerdo Ministerial N° 00000569 que expide el Reglamento para la Gestión del Suministro de Medicamentos y Control Administrativo y Financiero, la Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos cuya responsabilidad es la de normar, conducir, promover, monitorear, vigilar y evaluar la gestión del suministro de medicamentos, en los Establecimientos de la Red Integral de Salud a nivel nacional, emite el documento técnico denominado: ”Guía para la Aplicación del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria para los hospitales de la Red Integral de Salud" el mismo que constituye el soporte técnico y legal para la implementación y desarrollo de este sistema en las Farmacias Hospitalarias.

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ANTECEDENTES La presente administración ha establecido como uno de sus objetivos prioritarios, el fortalecimiento de la atención a la salud y dentro de la misma la atención farmacéutica para beneficio de la población ecuatoriana, cumpliendo de esta forma con los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Medicamentos. Este modelo nacional contiene elementos técnicos científicos que deben aplicarse en el ámbito hospitalario, a través de un sistema de gestión de calidad que además de optimizar los procesos garantice la efectividad de la atención que se brinda al paciente, evitando el funcionamiento de sistemas tradicionales que se han caracterizado por no ser eficientes, que afectan a la organización y a los procesos relacionados con la atención al paciente. La farmacia hospitalaria, como parte de los sistemas de atención a la salud, debe responder a las actuales necesidades de salud de la población, para lo cual debe contar con profesionales químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos con capacidades y competencias específicas para diseñar e implementar nuevos procesos de trabajo con un enfoque sistémico e integral como parte del equipo de salud para garantizar la seguridad del paciente en la atención farmacoterapéutica Cabe destacar que este modelo requiere de la participación e integración de todos los involucrados en el proceso de gestión, así como la difusión y aplicación de la presente guía, orientada a garantizar la calidad de atención al paciente como principal beneficiario en los servicios de salud. El modelo permite un mejoramiento continuo de los procesos que se ejecutan en el Servicio de Farmacia Hospitalaria en el ciclo del medicamento (prescripción, dispensación, administración y seguimiento) en los hospitales de la Red Integral de Salud y establece la responsabilidad de los directivos, de los involucrados en la ejecución del sistema, así como de la Autoridad Sanitaria, según corresponda. MARCO LEGAL

Constitución de la República del Ecuador. Artículo 363 numeral 7.

Ley Orgánica de Salud. Art. 6. Numeral 20, Art. 154.

Decreto ejecutivo Nº 2007 del 21 de Noviembre de 1990. (Revisar SINAFA “Sistema nacional de atención farmacoterapéutica”).

Reglamento del funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos.

Estatuto del MSP

Acuerdo Ministerial 00000569. Reglamento para la Gestión del Suministro de Medicamentos y Control Administrativo y Financiero. Art. 19. Numeral 2a.

Acuerdo Ministerial 00000915. Manual de Procesos para la Gestión del Suministro de Medicamentos.

FINALIDAD Promover el acceso así como el uso seguro y racional de los medicamentos en el ámbito hospitalario, a través de la apropiada implementación y/o fortalecimiento del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria (SDMDU) por las farmacias hospitalarias de los establecimientos de la Red Integral de Salud.

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OBJETIVO OBJETIVO GENERAL

Establecer los criterios técnicos para la organización, gestión, administración, implementación y evaluación del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria (SDMDU) en las farmacias hospitalarias de los establecimientos de la Red Integral de Salud.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Establecer los recursos mínimos necesarios para el adecuado funcionamiento del SDMDU.

Proporcionar las herramientas para la implementación y adecuado funcionamiento del SDMDU.

Racionalizar la distribución de medicamentos y la terapéutica.

Disminuir los errores de medicación y aumentar la seguridad del paciente.

Procurar la correcta administración de los medicamentos al paciente. ALCANCE La presente guía es de aplicación nacional y de cumplimiento obligatorio para las farmacias hospitalarias en los establecimientos de la Red Integral de Salud y su cumplimiento es de responsabilidad de la Autoridad Sanitaria. Nivel Nacional

Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos

Es responsable de normar, conducir, promover, monitorear, vigilar y evaluar los Sistemas de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria en los Servicios de Farmacia Hospitalaria de la Red Integral de Salud; así como velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente guía. Nivel Regional

Coordinaciones Zonales, Direcciones Provinciales y Direcciones Distritales

Son responsables en el ámbito de su competencia de promover, monitorear, vigilar y evaluar el adecuado funcionamiento del SDMDU, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente guía. El Coordinador Zonal, Director Provincial de Salud, Director Distrital y el Responsable de la Gestión del Suministro de Medicamentos de las Direcciones Zonales, Provinciales y Distritales son responsables de la gestión para la implementación del SDMDU en los establecimientos de salud de su jurisdicción, estando facultados a emitir directivas específicas enmarcadas en la presente guía para el adecuado funcionamiento del mismo. Nivel local

Hospitales de Especialidades, Especializados, Hospitales Generales y otros establecimientos de salud

El Gerente, el Director Médico y el Jefe del Servicio de Farmacia Hospitalaria son responsables en la gestión para la implementación del SDMDU en el establecimiento.

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El Jefe del Servicio de Farmacia Hospitalaria del establecimiento de salud es responsable técnico de la implementación, conducción, monitoreo, vigilancia y evaluación del SDMDU en su Institución. DEFINICIONES Para la presente guía se consideran como definiciones: Coches de medicamentos en dosis unitaria. Unidades de transporte con mecanismos de seguridad y espacios físicos denominados cajetines, que sirven para transportar tratamientos individualizados para veinticuatro horas. Deben tener compartimentos especiales para soluciones de gran volumen, medicamentos controlados, fotosensibles y material médico quirúrgico según corresponda. Deben ser de material liviano, resistente a impactos y lavables. Dispensación. Acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medicamentos a un paciente generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada por un profesional autorizado. En este acto el químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico informa y orienta al paciente sobre el uso adecuado del medicamento, reacciones adversas, interacciones medicamentosas y las condiciones de conservación del producto. Dosis unitaria. Cantidad física de un medicamento indicado por el profesional prescriptor como una dosis de tratamiento para un paciente, cuyo envase permite la administración segura y directa al paciente a una determinada hora y sin previa manipulación por el personal de enfermería. Formulario para la Devolución de Medicamentos por Paciente. Formato manual o electrónico donde se registra los medicamentos y devueltos en el día y en el cual se consigna el nombre del paciente, historia clínica, descripción, forma farmacéutica, cantidad y motivo de la devolución. Historia Clínica. Formato donde se registra el tratamiento farmacológico o no farmacológico para el paciente; para el caso del SDMDU este tratamiento corresponde al de veinticuatro horas. Intervenciones Farmacéuticas. Acciones ejecutados por el químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico para alcanzar los objeticos terapéuticos de los tratamientos instaurados. Medicamento envasado en dosis unitaria. Envase que contiene la cantidad para una sola dosis y está identificado en cuanto a COMPOSICIÓN, DOSIS, LOTE Y FECHA DE VENCIMIENTO, estando disponible para su administración directa sin necesidad de cálculos y/o manipulación previa. Cuando este acondicionamiento se realiza en el Departamento o servicio de farmacia por el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico o bajo su supervisión, se denominará reenvasado, el cual puede ser manual, semiautomático o automático.

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Medicamentos para botiquín de emergencia en servicio de hospitalización. Listado de medicamentos que pueden ser utilizados para solventar eventualidades surgidas por cambio de pauta, dosis o de otras condiciones clínicas del paciente que demandan la utilización de nuevos medicamentos. El manejo del botiquín de emergencia se encuentra bajo la responsabilidad del personal de enfermería y la supervisión del personal de farmacia y enfermería. Medicamentos para coche de paro. Medicamentos indispensables para situaciones de paro cardio – respiratorio, shock anafiláctico o pacientes con riesgo de muerte, esta lista deberá ser aprobada y difundida por el Comité de Farmacoterapia de la institución. Perfil Farmacoterapéutico. Formato de registro de información relativa a la terapia medicamentosa del paciente, que constituye el instrumento para mejorar el cuidado de la salud con la colaboración del químico farmacéutico en el eficaz desempeño de los deberes profesionales. Problemas relacionados con los medicamentos. Problema de salud vinculado con la farmacoterapia que interfiere o puede interferir con los resultados de salud esperados en el paciente debido a que: a. No ha producido el efecto deseado b. Ha producido un efecto no buscado c. Existe una cuestión de necesidad Seguimiento Farmacoterapéutico: Análisis y evaluación sistemática de la farmacoterapia, para prevenir o resolver los problemas relacionados con los medicamentos (PRM), considerando las características del medicamento, del paciente y de su estado patológico; el establecimiento de pautas para su prevención y resolución y el seguimiento de las acciones tomadas Validación Farmacéutica. Verificación y análisis de la prescripción de medicamentos de cada paciente a través de los datos constantes en las indicaciones de la Historia Clínica Única manual o electrónica y su respectiva aprobación previa a la dispensación.

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DISPOSICIONES GENERALES A través del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria (SDMDU), el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico realiza la dispensación a partir del análisis e interpretación de la orden del prescriptor y su validación, para su posterior preparación de las dosis de los medicamentos prescritos de manera individualizada para cada paciente hospitalizado, en envases debidamente identificados, en cantidades exactas y para un período de 24 horas. El personal de enfermería forma parte del proceso en el acto de entrega recepción y custodia de las dosis individualizadas y listas para su administración. El SDMDU garantiza la accesibilidad y oportunidad del tratamiento farmacológico y confiere los siguientes beneficios:

Optimiza la distribución y el uso de medicamentos en los servicios de hospitalización;

Mejora la calidad de atención al paciente hospitalizado;

Disminuye los errores de prescripción, dispensación y administración;

Garantiza el cumplimiento de la prescripción médica;

Contribuye con el control y seguimiento del tratamiento farmacoterapéutico a través de la identificación de problemas relacionados a su utilización y la posibilidad de resolverlos o prevenirlos;

Permite la contención de gastos hospitalarios en beneficio del paciente y la institución;

Fortalece la aplicación de sistemas de aseguramiento integral para las personas;

Optimiza el control de stocks de medicamentos,

Disminuye las pérdidas por deterioro, vencimiento y otras causas propias de los medicamentos;

Utiliza en forma eficiente los recursos humanos involucrados en las activ idades y procesos de dispensación de medicamentos;

Integra al profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico al equipo asistencial en la atención al paciente;

Promueve el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Prescripción, Dispensación, Seguimiento Farmacoterapéutico y de Almacenamiento, entre otras;

Contribuye con las acciones orientadas a promover la calidad, seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos que se comercializan en el país, a través de la identificación y denuncia de medicamentos falsificados, adulterados o con problemas de calidad o efectividad.

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Componentes.

Dependencia de la Farmacia dentro de la Estructura Orgánico Funcional del Hospital

El Servicio de Farmacia en el hospital debe estar ubicado y depender desde el punto de vista orgánico estructura de la Dirección Asistencial o Médica según el caso. Modalidad del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria.

La implementación del SDMDU podrá llevarse a cabo mediante tres modalidades: Centralizada Descentralizada Mixta La modalidad del sistema escogido dependerá de los siguientes factores:

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Diseño arquitectónico y ubicación de la farmacia

Distancia entre las áreas de cuidado de pacientes y la farmacia central.

Disponibilidad de espacio.

Número de camas del hospital.

Nivel de complejidad de los servicios médicos proporcionados por la institución.

Servicios que brinda la farmacia. Sistema de distribución centralizado.

La totalidad de las operaciones de los servicios atendidos con Dosis Unitaria: validación, preparación de las dosis, la interpretación de la orden médica, la elaboración y mantenimiento de perfiles farmacoterapéuticos se realizaran en la farmacia central Sistema de distribución descentralizado.

Las operaciones de los servicios atendidos con Dosis Unitaria: validación, preparación de las dosis, la interpretación de la orden médica, la elaboración y mantenimiento de perfiles farmacoterapéuticos en las farmacias satélites o desconcentradas ubicadas cerca de los servicios de hospitalización. Las farmacias satélites dependerán orgánicamente de la farmacia central y sus actividades podrán ser ejecutadas de manera desconcentrada o con el apoyo de la farmacia central Sistema de distribución por dosis unitaria combinado o mixto.

Se fundamenta en la combinación de las dos modalidades anteriores, de tal manera que las actividades del farmacéutico se realizan en forma desconcentrada en los servicio del hospital, mientras que las actividades operativas: preparación de las dosis, la interpretación de la orden médica y adecuación de dosis se realiza a través de la farmacia central. Este sistema también puede ser llevado a cabo cuando las farmacias satélites funcionan en días laborables y por horas limitadas durante el día y la farmacia central proporciona servicio en las horas en que estas farmacias satélites no están funcionando. Infraestructura física y ambientes de trabajo de la farmacia.

El desarrollo de las actividades asistenciales y administrativas del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria, independientemente de la modalidad aplicada debe ser llevada a cabo en un área que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en concordancia con lo establecido en el manual para el licenciamiento de instituciones de la Red Integral de Salud. La implementación de este sistema deberá mantener cierto grado de flexibilidad para que futuras modificaciones, provocadas por nuevos métodos, tecnología o demanda, no signifiquen alteraciones costosas. El espacio físico deberá cumplir con las características que están contemplas en el Anexo 1. Las áreas que deberán comprenden en el diseño de la farmacia serán las siguientes:

Área técnica.

Área de apoyo técnico.

Área administrativa. Cada una de las cuales tendrán la siguiente estructura:

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1. Área Técnica:

1.1. Consultorio de atención farmacéutica 1.2. Sala de dispensación 1.3. Sala de preparaciones no estériles 1.4. Fraccionamiento y reenvasado manual o automático y farmacia galénica. 1.5. Preparaciones estériles:

1.5.1. Nutriciones parenterales. 1.5.2. Otras mezclas intravenosas. 1.5.3. Citostáticos

2. Área de Apoyo Técnico.

2.1. Validación de recetas y manejo de inventarios. 2.2. Recepción y entrega de carros de medicamentos. 2.3. Lavado de material. 2.4. Bodega activa (medicamentos). 2.5. Destiladores y refrigeradores.

3. Área Administrativa.

3.1. Secretaría. 3.2. Oficina del líder del servicio. 3.3. Sala de espera. 3.4. Oficina de los químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos. 3.5. Centro de información de medicamentos. 3.6. Sala de reuniones. 3.7. Sala de estar. 3.8. Vestuarios (Hombre y Mujer). 3.9. Lugar de aseo. 3.10. Bodega de material de escritorio. 3.11. Archivo.

El área técnica dispondrá de materiales y equipos acordes a la producción para cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y como se estipula en el manual para el licenciamiento de los establecimientos de salud y las especificaciones del Anexo 4. Implementación.

El SDMDU, se podrá implementar en forma progresiva iniciándose en un número apropiado de servicios de hospitalización, las cuales son seleccionadas teniendo en cuenta uno o más de los siguientes criterios:

Servicios con menor número de camas.

Menor número de pacientes hospitalizados en un período mensual.

Pacientes con tratamientos farmacoterapéuticos menos complejos.

Sala con el menor número de servicios auxiliares involucrados.

Existencia de protocolos de tratamiento.

Relaciones interpersonales favorables con el personal de la sala. Selección del servicio en el que se implementará Dosis Unitaria

Seleccionados los servicios donde se implementará el SDMDU, el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico del Servicio de Farmacia Hospitalaria o a quien este delegue como responsable de

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este proceso, llevará a cabo reuniones explicativas con el personal involucrado y equipo de salud. Estas reuniones preferentemente se realizarán por separado y en forma selectiva, en donde se dará a conocer las ventajas de este sistema de dispensación, los instrumentos a utilizar, horarios y modelo de distribución de medicamentos. El Servicio de Farmacia deberá contar con un área específica, equipos, mobiliarios y materiales señalados anteriormente y en el Anexo 1, para llevar a cabo el proceso de implementación del SDMDU. Prescripción.

Con el SDMDU, cuando el proceso se realiza de manera manual, la prescripción será realizada por el personal médico en el formulario 005 EVOLUCION Y PRESCRIPCIONES de la Historia Clínica Única y las recetas manuales (Anexos 2 y 3 ) . La prescripción se deberá realizar para indicar la terapéutica de cada paciente para un periodo de 24 horas. En el caso de hospitales en los que se ha implementado el Sistema mecanizado, para la prescripción el personal médico utilizará el Registro Médico electrónico y las recetas electrónicas, en cuyo caso el software utilizado deberá almacenar las recetas e indicaciones al menos 10 años . En el caso de estupefacientes y psicotrópicos se deberá cumplir con lo señalado en el artículo 171 de la Ley Orgánica de Salud y en el artículo 52 del Reglamento para la Aplicación de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Para el caso de formas sólidas orales, las dosis se indicarán en unidades del Sistema Internacional de Unidades (SI); enteras de peso, por ejemplo microgramos (mcg), miligramos (mg) o gramos (g), en el caso de formas liquidas orales como jarabes y suspensiones, estas se indicarán en unidades enteras de peso por volumen, por ejemplo gramos/mililitro (g/ml). La frecuencia se debe indicar en intervalos de horas, por ejemplo cada seis horas (c/6h), cada ocho horas (c/8h). Para el caso de los medicamentos que requieran ser ingeridos con alimentos se usará las abreviaturas con desayuno (con D), con almuerzo (con A) y con merienda (con M) y sus combinaciones pudiendo señalar un periodo de tiempo por ejemplo: treinta minutos antes de desayuno, almuerzo y merienda (30' antes de D/A/M). Si el medicamento es de uso condicional, se administra en dosis única o tiene alguna indicación especial, se deberá explicar. Para indicar la vía de administración se utilizará las abreviaturas establecidas; para la vía oral (V.O.), tópica (V.T.), intramuscular (I.M.), subcutánea (S.C.), intravenosa (I.V.), oftálmica (V.Oft.), ótica (O.T.); para el caso de las otras vías de administración se escribirá la palabra completa. Se podrá realizar observaciones en el espacio correspondiente del formulario 005 EVOLUCION Y PRESCRIPCIONES, el cual debe ser utilizado para indicar situaciones especiales como por ejemplo: la suspensión de la administración de un medicamento, la situación que puede motivarla o cualquier otra indicación necesaria para el uso de los medicamentos. Para el caso del tratamiento dado al momento del alta de un paciente, se utiliza el mismo formato indicando al inicio de la prescripción la palabra "ALTA". En el caso de prescripciones electrónicas para los pacientes con alta, se aplicarán los procedimientos de las instituciones de la Red Integral de Salud.

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Validación:

El Químico Farmacéutico o Bioquímico Farmacéutico realizará el respectivo análisis y validación de las prescripciones manuales o electrónicas de cada paciente, revisando y verificando las indicaciones emitidas por el personal médico en el sistema informático como: medicamentos prescritos, dosis, frecuencia y cantidades. De ser necesario se revisará la Historia Clínica manual o el respectivo Registro Médico Electrónico del paciente y se considerará los protocolos o esquemas de tratamiento autorizados.

De existir discrepancias entre lo prescrito y lo constante en las indicaciones de la Historia Clínica Única y/o Registro Médico Electrónico del paciente como: duplicidades, sobredosificaciones, cambios de forma farmacéutica o cualquier otro error de prescripción, el químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico, tomará la decisión de suspender la preparación y dispensación del medicamento. De de ser necesario contactará con el médico responsable de la prescripción. Durante el proceso de validación el químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico ejecutará intervenciones farmacéuticas tendientes a asegurar un tratamiento farmacoterapéutico adecuado del paciente. El profesional farmacéutico deberá registrar las observaciones y sugerencias en el formato 005 EVOLUCIÓN Y PRESCRIPCIÓN o en campo electrónico correspondiente para el efecto. Preparación.

Para la preparación de los medicamentos en dosis unitaria por paciente, el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico, contará con el apoyo de los auxiliares o asistentes de farmacia. Previa la preparación de los cajetines individuales de los medicamentos en dosis unitaria, el auxiliar o asistente de farmacia ejecutará con la supervisión del químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico el proceso de reenvasado o acondicionamiento en dosis unitaria, cumpliendo los criterios establecidos en el Anexo 4. El auxiliar o asistente de Farmacia procederá a rotular los cajetines en los cuales se va a preparar la medicación con el número de cama y el nombre del paciente respectivo, utilizando el Censo de Paciente; formulario entregado por enfermería de los servicios. Dispensación.

El personal de Farmacia acudirá al Servicio atendido por la Farmacia Satélite, con el coche de medicación previamente preparado, el “Perfil Farmacoterapéutico de cada paciente y los registros correspondientes.

Para cada paciente conjuntamente con el personal de enfermería del Servicio, se verificará la medicación contenida en los cajetines y se realizará un cruce de información entre con el registro de salida manual o electrónico del paciente, “Perfil Farmacoterapéutico electrónico del paciente”, la Historia Clínica y el kardex de enfermería.

En caso de existir novedades, como tratamiento descontinuado, fallecimiento, cambio de prescripción, etc., el químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico procederá a suspender y registrar en el “Perfil Farmacoterapéutico electrónico del paciente” y el personal auxiliar en el registro de salida manual o electrónico correspondiente.

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En caso de existir errores, diferencias por sobrantes, faltantes, o medicamentos que no corresponden, el auxiliar procederá a corregir las diferencias, ya sea colocando o retirando los medicamentos en cuestión o de ser el caso modificando las diferencias y colocará en el registro de salida la nomenclatura definida para los errores.

Los medicamentos suspendidos serán retirados y llevados a la farmacia para su constatación, contabilización y almacenamiento.

Terminada la dispensación, quienes intervienen en el proceso expresan su conformidad colocando su nombre y firma de responsabilidad ya sea manual o electrónica según el caso.

Seguimiento farmacoterapéutico.

El seguimiento farmacoterapéutico en el SDMDU será realizado por el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico en aquellos pacientes que por su condición amerite, realizando un análisis sistemático del medicamento, del paciente y su patología y considerando los siguientes parámetros:

La terapia farmacológica;

La no duplicación de medicamentos en la terapia;

La vía de administración apropiada para cada medicamento de la terapia;

El grado de respuesta terapéutica del paciente hacia los medicamentos prescritos;

La prevención de interacciones medicamento – medicamento, medicamento – nutriente o medicamento – prueba de laboratorio;

La evaluación de los datos de laboratorio clínico y farmacocinética para verificar la eficacia de la farmacoterapia y para anticiparse a la aparición de efectos colaterales, toxicidad o reacciones adversas a medicamentos (RAMs);

Los signos físicos y síntomas clínicos relevantes para la farmacoterapia. En los hospitales deberá existir el número suficiente de químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos para la validación, la ejecución de intervenciones farmacéuticas y el seguimiento farmacoterapéutico. Devolución de los medicamentos.

El análisis y registro de devoluciones se realizará diariamente o por turno, revisando las dosis no administradas y determinando sus causas. Este procedimiento se registrará en el formato manual o electrónico establecido. Coche de paro.

La lista y existencia de los medicamentos que integrarán el coche de paro será establecida por el Comité Farmacoterapia de la casa de salud o en su defecto, por un comité especialmente designado. Los coches de paro deben contar con una lista única de stock fijo de medicamentos y su reposición se realizara de acuerdo con el procedimiento establecido. El coche de paro será custodiado por el personal de enfermería y supervisado por el personal de farmacia, en el ambiente que para tal efecto se establezca en el servicio respectivo. El coche de paro deberá ser revisado periódicamente por el personal de farmacia de acuerdo al protocolo que se establezca. Las revisiones deberán documentarse debidamente mediante el Anexo 7 diseñado para tal fin. Las cantidades y los medicamentos que no se encuentren incluidos en el listado serán devueltos a farmacia.

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Botiquín de emergencia.

La lista y existencia de los medicamentos que integrarán el botiquín de emergencia será establecida según las necesidades del servicio en el caso que amerite. Los botiquines de emergencia deben contar con una lista única de stock fijo de medicamentos y su reposición se realizara de acuerdo con el procedimiento establecido. El botiquín de emergencia será custodiado por el personal de enfermería y supervisado por el personal de farmacia, en el ambiente que, para tal efecto se establezca en el servicio respectivo. El botiquín de emergencia deberá ser revisado periódicamente por el personal de farmacia de acuerdo al protocolo que se establezca. Las revisiones deberán documentarse debidamente mediante el Anexo 7 diseñado para tal fin. Las cantidades y los medicamentos que no se encuentren incluidos en el listado serán devueltos a farmacia. El stock de emergencia cubrirá las necesidades de medicamentos conforme a las prescripciones. La reposición deberá ser realizada diariamente Indicadores

Los indicadores de gestión para la medición de las actividades desarrolladas en lel Sistema de Dosis Unitaria constan en el Anexo N°8. DISPOSICIONES FINALES La aplicación de la presente guía es de ámbito nacional y obligatorio a los establecimientos de la Red Integral de Salud, cuyo seguimiento de implementación será a cargo de la Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos. La máxima autoridad de la unidad ejecutora será la responsable de planificar los recursos necesarios para que la implementación del SDMDU se lleve a cabo siguiendo los lineamientos del presente documento. La Dirección Nacional de Medicamentos e Insumos Estratégicos del Ministerio de Salud Pública, garantizará la dotación del recurso humano suficiente, equipos, material mobiliario y otros necesarios para el cumplimiento de la presente guía.

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ANEXOS ANEXO 1.

Recursos mínimos necesarios para la implementación del sistema de distribución de medicamentos por

dosis unitaria (SDMDU).

1. Área física: El área asignada para el desarrollo del Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria debe cumplir con los requisitos generales de un servicio de Farmacia Hospitalaria:

Suficiente luz natural para realizar los procedimientos pero que a la vez no pongan en riesgo la estabilidad farmacológica de los medicamentos, especialmente en las áreas de dispensación y fraccionamiento, área de preparaciones parenterales.

La regulación de la temperatura y humedad tiene una gran importancia en el Servicio de Farmacia, debiendo adoptarse elementos de calefacción o refrigeración, según sean las condiciones climáticas que prevalezcan en la región.

Los cielos, paredes y suelos deben ser lisos y fáciles de lavar, impermeables a los líquidos y resistentes a la acción de sustancias químicas o fármacos y a productos desinfectantes que puedan ser utilizados en el Servicio.

La superficie de mesas y mesones de trabajo debe ser impermeable al agua y resistente a la acción de desinfectantes, sustancias químicas y al calor.

Las uniones de paredes con pisos deben cubrirse recomendándose que se terminen redondeadas.

El mobiliario debe ser robusto y resistente, debiendo quedar espacio entre mesas, armarios y otros muebles, así como debajo de las mismas a fin de facilitar la limpieza.

Debe reservarse espacio suficiente para guardar artículos de uso inmediato, evitando así su acumulación desordenada sobre mesas de trabajo y en los pasillos.

Se colocará extintores de incendio en cada una de las áreas de actividades y otros en pasillos adyacentes, de acuerdo a normas y recomendaciones del cuerpo de bomberos del Ecuador.

Hay que prever espacio e instalaciones adecuadas de ventilación y temperatura para manejar y almacenar, en condiciones de seguridad, medicamentos, soluciones de gran volumen, insumos y productos inflamables.

El área destinada para realizar las acciones del SDMDU debe ser exclusiva, debiendo disponerse de ambientes para lo siguiente:

Almacenamiento de los medicamentos en dosis unitaria perfectamente en forma de “U” o “L”

Recepción e interpretación de prescripciones y elaboración del perfil farmacoterapéutico.

Preparación de los coches de medicamentos en dosis unitaria.

Recepción de devoluciones de los medicamentos.

Registro de la información.

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Reenvasado de medicamentos en dosis unitaria, actividad que se debe realizar en un espacio de acceso restringido o en el área de farmacotécnia.

2. Mobiliario, equipamiento y otros recursos. El mobiliario y equipamiento básico requerido para el SDMDU es el siguiente:

Columnas de almacenamiento de medicamentos envasados en dosis unitaria.

Equipo para conservación de medicamentos con sensor de temperatura de dos a ocho grados centígrados (2 a 8 ºC).

Mesa de trabajo de superficie lisa y lavable.

Armario con seguridad para medicamentos controlados.

Unidades de transporte de medicamentos en dosis unitaria (coches de medicamentos).

Equipos de cómputo.

Escritorios y módulos para equipos de cómputo.

Sistema informático (el que se maneje al momento en el hospital)

Material necesario para la instalación y correcto funcionamiento del sistema.

Para el caso de reenvasado semiautomático y automático se requerirá: Etiquetador para medicamentos en dosis unitaria Reenvasadora para formas sólidas orales. Reenvasadora para formas líquidas orales.

Área estéril. Mezclas Intravenosas. El área estéril (para MIV y Nutriciones Parenterales) dispondrá del material siguiente, considerándose que son dos áreas totalmente separadas e independientes una de otra selladas herméticamente:

Campana de flujo laminar horizontal.

Equipo de filtración de aire.

Visualizador de partículas

Material descartable.

Acondicionador y filtros de aire.

Sistema de intercomunicación entre las áreas.

Mesones y estantería de acero quirúrgico.

Refrigerador exclusivo para almacenamiento.

Balanza técnica digital para el área de nutrición parenteral. Y el área para procesamiento de medicamentos citostáticos dispondrá:

Campana de bioseguridad de flujo vertical clase II y presión negativa de aire.

Material descartable.

Equipos de protección para el manipulador.

Bolsas o contenedores para residuos tóxicos.

Sistema de intercomunicación entre las áreas.

Mesones y estantería de acero quirúrgico.

Refrigerador exclusivo para almacenamiento.

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3. Personal.

El personal mínimo necesario para el funcionamiento adecuado del SDMDU se establece en función del número de camas de la casa de salud con cobertura del sistema, en un estándar de 1 químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico por cada 30 camas:

En hospitales con cobertura de hasta 150 camas en dosis unitaria:

5 químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos con dedicación exclusiva para SDMDU.

5 auxiliares de farmacia con dedicación exclusiva para SDMDU.

1 auxiliar de farmacia para turno adicional. En hospitales con cobertura de hasta 300 camas en dosis unitaria:

10 químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos con dedicación exclusiva para SDMDU.

10 auxiliares de farmacia con dedicación exclusiva para SDMDU.

2 auxiliar de farmacia para turno adicional.

En hospitales con cobertura de hasta 500 camas en dosis unitaria:

16 químicos farmacéuticos o bioquímicos farmacéuticos con dedicación exclusiva para SDMDU.

16 auxiliares de farmacia con dedicación exclusiva para SDMDU.

3 auxiliar de farmacia para turno adicional. Para la digitación y facturación, es necesario contar con el personal administrativo suficiente y necesario.

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ANEXO 2.

Formato de la Historia Clínica Única.

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ANEXO 3

Modelo de receta para hospitalización.

Para el caso de hospitales donde se disponga de sistemas informáticos se registrará esta información en el mismo y se validará que la información sea almacenada por mínimo 10 (diez) años.

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ANEXO 4

Criterio técnico para el reenvasado de medicamentos por dosis unitaria.

1. El reenvasado de medicamentos en dosis unitaria debe ser realizado por el profesional químico

farmacéutico o bioquímico farmacéutico o bajo su supervisión, en área(s) especialmente destinadas para llevar a cabo este procedimiento.

2. Antes de iniciar el proceso de reenvasado, se debe verificar los siguientes aspectos:

a. Revisar que los materiales y equipos de reenvase se encuentren adecuadamente acondicionados. b. Confirmar la denominación del principio activo del medicamento a reenvasar. c. Realizar una revisión organoléptica (color, olor, apariencia y marcas) del medicamento a reenvasar

y examinar los envases originales para evidenciar posibles daños, contaminación u otros efectos de deterioro.

d. Verificar los datos y características de los materiales de empaque a ser utilizados en el proceso de reenvase, composición química del envase, transmisión de luz, permeabilidad, tamaño, espesor y requisitos de almacenamiento. En el caso de reenvase semiautomático y automático se debe considerar la temperatura de sellado.

e. Confirmar los datos que se imprimirá en el etiquetado del medicamento reenvasado. 3. El nombre del medicamento y la concentración deben ser los datos más destacados del rotulado, el

mismo que debe contener la siguiente información:

a. Denominación común internacional del medicamento (DCI). b. Concentración. c. Forma farmacéutica. d. Indicaciones especiales de almacenamiento y uso, cuando se requiera. e. Fecha de expiración. f. Número de lote del medicamento reenvasado.

4. Solo se puede reenvasar un medicamento a la vez, debiendo de estar únicamente en la mesa de

trabajo el producto que se está reenvasando, los materiales y las etiquetas necesarias para el proceso.

5. Al completar el proceso de reenvase, toda la cantidad de medicamentos sobrantes, así como el

material y rótulos para el reenvasado, deben removerse del área. Los equipos y materiales utilizados en reenvasado deben vaciarse, limpiarse y revisarse antes de iniciar la siguiente operación de reenvase. Se debe verificar que no quede ningún remanente en los equipos y materiales. Si los rotulados son impresos como parte de la operación de reenvase, el sistema de numeración de la impresora debe ponerse en cero antes de comenzar la nueva operación.

6. Todos los materiales y equipos de reenvase deben ser utilizados de acuerdo con las instrucciones de

los fabricantes u otras instrucciones establecidas.

7. Al culminar el proceso de reenvasado, el profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico debe verificar lo siguiente:

a. Confirmar la identificación del principio activo del medicamento. b. Verificar la claridad del rótulo, la información contenida en el mismo debe ser legible e indeleble. c. Inspeccionar los envases inmediatos y descartar los de dudosa calidad. d. Dar conformidad al medicamento reenvasado. e. Revisar las anotaciones en la hoja de registro de medicamentos reenvasados.

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f. Se debe guardar una muestra del rotulado y cuando el medicamento es retirado de su empaque primario se debe guardar una muestra del reenvase final, el cual debe mantenerse almacenado y ser examinado periódicamente en busca de signos de deterioro, hasta su descarte después de la fecha de expiración del medicamento reenvasado.

8. En el registro del reenvasado se debe consignar lo siguiente:

a. Descripción completa del producto (nombre, concentración, forma farmacéutica, dosis, vía de administración).

b. Proveedor y/o fabricante. c. Número de lote. d. Número de lote del producto reenvasado, si es que este es diferente al otorgado por el fabricante. e. Fecha de expiración del producto original y del reenvasado. f. Número de unidades reenvasadas y fecha. g. Nombre del operador y del profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico

responsable del proceso. h. Descripción de los materiales de empaque y del equipo utilizado. i. Toda desviación del procedimiento establecido.

9. Es responsabilidad del profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico determinar las

fechas de vencimiento del medicamento reenvasado, lo cual se calculará mediante la siguiente fórmula:

Donde: Nº de meses = número de meses para establecer la nueva fecha de vencimiento. FV = fecha de vencimiento del medicamento establecida por el fabricante. FR = fecha de reenvasado del medicamento. En ningún caso debe ser mayor a seis (06) meses. 10. Para el almacenamiento de los medicamentos reenvasados se debe cumplir con las Buenas Prácticas

de Almacenamiento (BPA). 11. Para la preparación de medicamentos intravenosos (reconstitución, dilución, mezclas) deberán

remitirse a la norma técnica específica.

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ANEXO 5

Formulario de devolución de medicamentos.

Para el caso de hospitales donde se disponga de sistemas informáticos se registrará esta información en el mismo y se validará que la información sea almacenada por mínimo 10 (diez) años.

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ANEXO 6

Perfil Farmacoterapéutico. PERFIL FARMACOTERAPÉUTICO

SERVICIO DE FARMACIA – DOSIS UNITARIA Hoja N°:_______

NOMBRES Y APELLIDOS DEL PACIENTE N° DE CAMA MÉDICO TRATANTE DX ALERGIAS INGRESO EGRESO

COD

DESCRIPCIÓN DEL MEDICAMENTO

(Nombre Genérico, Concentración

Forma Farmacéutica)

FECHA TOTAL

ENTREGADO HORA

VÍA DE ADM FREC CANTIDADES ENVIADAS/CANTIDADES DEVUELTAS

ENTREGADO POR:

RECIBIDO POR:

OBSERVACIONES

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ANEXO 7

Formato para la revisión de medicamentos para stock de emergencia y coches de paro.

FECHA DE REVISIÓN: _____________________ HOSPITAL: _____________________________ SERVICIO: _______________________ RESPONSALE: ___________________________

ITEM

MEDICAMENTO

(Nombre Genérico)

FORMA FARMACÉUTICA

(tabletas, ampollas,

frascos)

CANTIDADES

FECHA DE REVISIÓN FECHA DE REVISIÓN FECHA DE REVISIÓN FECHA DE REVISIÓN

Fecha de

Caducidad OBS

Fecha de

Caducidad OBS

Fecha de

Caducidad OBS

Fecha de

Caducidad OBS

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

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ANEXO 8

Indicadores de gestión del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria.

Nº NOMBRE OBJETIVO INDICADOR PERIODICIDAD FUENTE

1

Cobertura del sistema de Distribución de medicamentos por Dosis Unitaria (SDMDU)

Estimar el número de camas que cubre el (SDMDU)

Semestral

Reporte de Farmacia/Reporte de estadística e información del hospital

2 Número de camas cubiertas

Conocer el número de camas que cubre el SDMDU en el Hospital

Mensual

Reporte de Farmacia/ Reporte de estadística e información del Hospital

3 Pacientes atendidos con SDMDU

Conocer el número de pacientes atendidos con SDMDU

Número de pacientes atendidos con el Sistema de Distribución de Medicamentos por Dosis Unitaria

Mensual Reporte de Farmacia

4 Dosis dispensadas

Conocer la productividad de la farmacia en lo relativo a Dosis Unitaria

Número de Dosis dispensadas en Dosis Unitaria Mensual

Perfiles farmacoterapéuticos/Kárdex manual o electrónico

5 Número de intervenciones farmacéuticas

Conocer el número de intervenciones farmacéuticas realizadas

Número de intervenciones farmacéuticas Mensual

Perfil farmacoterapéutico Historia Clínica Única/Registro de intervenciones farmacéuticas

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6 Porcentaje de intervenciones farmacéuticas

Conocer el impacto de las intervenciones realizadas

Mensual

Perfil farmacoterapéutico/Historia Clínica Única/Registro de intervenciones farmacéuticas

7 Aceptación de intervenciones farmacéuticas

Medir el grado de aceptación de la intervención farmacéutica

Mensual

Perfil farmacoterapéutico/Historia Clínica Única/Registro de intervenciones farmacéuticas

8

Porcentaje de errores detectados en la dispensación en el SDMDU

Conocer el porcentaje de errores de dispensación que ocurren en el SDMDU

Mensual

Perfil farmacoterapéutico/Registro de producto no conforme en las recetas o listado de prescripciones

9 Perfiles Farmacoterapéuticos

Conocer el grado de perfiles realizados en pacientes hospitalizados

Mensual

Perfil farmacoterapéutico/Sistema de información del hospital

10 Unidades Reenvasadas

Conocer el número de unidades reenvasadas durante un período de producción de farmacia

Número de unidades reenvasadas Semestral

Documentos de registro de reenvase de farmacia

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11 Seguimiento farmacoterapeutico

Porcentaje de pacientes a los que se realiza el seguimiento farmacoterapeutico

Trimestral

Registros de seguimiento farmacoterapeutico

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ANEXO 9

Formulario para el registro de intervenciones farmacéuticas.

REGISTRO DE INTERVENCIONES FARMACÉUTICAS

MES/AÑO

CAMBIO DE VIA

SOBRE DOSIFICACION

SUB DOSIFICACION

SUSTITUCION EQUIVALENTE TERAPÉUTICO

TRATAMIENTO SUSPENDIDO

RECETAS DUPLICADAS

MEDICAMENTO NO PRESCRITO DÍA PACIENTE Y/O HCL

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ANEXO 10

Flujograma del sistema de distribución de medicamentos por dosis unitaria.

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Equipo del Ministerio de Salud que participo en la elaboración de este documento: De nivel nacional:

Silvia Álvarez Freire, Directora Nacional del Medicamentos e Insumos Estratégicos.

Oscar Viñán, miembro equipo.

Roberto Yánez, miembro equipo.

Fernanda Coro, miembro equipo.

Martín Acosta, miembro equipo De nivel provincial:

Adriana Páez, Jefe del Servicio de Farmacia Hospital Carlos Andrade Marín – IESS.

Katherine Barba, Líder de Farmacia Hospital Gíneco – Obstétrico Isidro Ayora

Elsye Duran, Líder de Farmacia Hospital Baca Ortiz

Teresita Corrales, Responsable de la Gestión de Medicamentos Provincial de Guayas.

Shilla Castello, Líder de Farmacia Hospital Francisco de Ycaza Bustamante.

Adriana Loayza, Líder de Farmacia Hospital Pablo Arturo Suarez.

Tatiana Vizcaíno, Química Farmacéutica, Hospital de Especialidades Eugenio Espejo

Margarita Cárdenas, Líder de Farmacia Hospital General Enrique Garcés.