no. expediente reclamo /solicip# recomendackoes an · usufructo que goza eegsa. en su memorial de...
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DGE-383-2008
Guatemala, 31 de Mayo de 2012
Ingeniero Edwin Ramón Rodas SolaresViceministro de Energía y MinasÁrea EnergéticaSu Desp¿cho
Respetable Ingeniero Rodas:
Por este medio me dirijo a usted con el propósito de dar cumplimiento a lo estipulado conel Contrato Numero AC-24-2012.C2, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y mipersona, para la prestación de Servicios Profesionales bajo el renglón 029, por lo cual mepermito presentarle el informe de actividades correspondientes al periodo comprendido del01 al 31 de Mayo de 2012.
No. EXPEDIENTE RECLAMO /SOLICI"P# RECOMENDACKOES
1
DGE-047-2004
3 DGE-222-2011
DRCC-11-137
Inscripción definitiva comoGran Usuario. Punto de
medición F-56865•
Actualización datos a GranUsuario.
Inscripción como GranUsuario, contador 03536791
Revocatoria Deocsa.indemnización por LE,
periodo julio a diciembre2010
Sin lugar solicitud. Poruna acumulación de
contadores
Corregir resoluciónfinal
Revisada resolución,sin cambios, cumple
'requisitos paraconsiderarse'ian
usuario
Realizar correcciones aresolución final.
Correcciones de formaen palabras.
En virtud del respeto alderecho de defensa,
solicitar que mediantediligencias para mejor
resolver ladistribuidora
demuestre como seresolvió los 3668
El expediente no llenarequisitos contenidos en los
artículo: 1, 2, 3, y 4 delAcuerdo Gub 244-2003
El peticionario, solicita sucancelación de gran Usuario,
cumple con lo el AcuerdoGub 244-2003
El art. 12 ce la ConstituciónPolítica de la Republica,
garantiza el derecho a unalegitima defensa. Por lo que
es recomendable que elMinisterio mediante
diligencias para mejorresolver ordene la
presentáC,ón de los mediosprobatOrios que demuestren
el resarcimiento a losreclamos planteados.
Sin correcciones, parafirma Ministro.
Para Secretaria, acorrecciones
Para correcciones, en laResolución final, previo a
pasar a firma.
Art. 14 de la Ley de loContencioso
Administrativo, otorga lafactrltad de dictar
diligencias, con el objetoque mediante ellas, se
practique la misma, y setraigan a la vista los
documentos quedemuestren que los
reclamos fuerendebidamente atendidos.
La solicitud cumple con losrequisitos contenidos en los Para firma del Sr.
artículos 1, 2, 3, y 4 del Ministro.Acuerdo Gub 244-2003
HALLAZGOS
AN'
G1-83-20116
Se solicitaron que medianteDiligencias para mejorresolver ; (Art. 14 Lde loContencioso), la DGE,
indique si cán el cambio de lametodología ordenado por la
CNEE,
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DGE-215-2011Ac.minist.
GJ-230-2011
Duke Energy esta endesacuerdo al ITE(informe
trans económicas) asignadasa ECOE-INDE por el AMM,
por considerar que al haber21 Incumplimientos por CFE,no se garantiza el suministro
ni prioridad en elabastecimiento, así comoque la metodología de losCostos Variables,. no seacopla a la metodología
contenida en el art. 44 delRAMM.
Autorización temporalHidroeléCtrica El Retiro, S. A.,
para el estudio, sondeo ymedición de obras de
dominio publico.
+Corregir resolución,agregar definiciones elRAMM, oferta firme,
OFE. Asi comorazonamiento encuanto a que si el
contrato deinterconexión conMéxico cumple con
dar prioridad alabastecimiento de la, parte compradora
según NCC-2
El expediente cumplecón los requisitos
contemplados en losartículos 11 LGE, y 6
RGLE, así como elManual de sol deautorización parautilizar bienes dedominio publico
Se realizo de maneraerrónea la notificación,que otorgo plazo de 5
días para evacuaraudiencia
El recurso derevocatoria
interpuesto por Eegsa,aduce que se formo la
comisión pericialdescrita en el art.75
LGE, para dilucidar lasdiscrepancias de la
distribuidora y CNEE,la cual fue disuelta por
este ultimo.
De la revisión efectuada, sepuede ceterminar que
cumple con los requisitoscontenidos en el AG-110-
2002
De conformidad con elarticulo 12 de la CPRG, los
derechos de las personas soninviolables. Deberá revocarlela notificación, cuyo efecto
será notificar nuevamente laresolución en la dirección
correcta
De conformidad con el art.75 referido la CNEE y la
distribuidora debían dirimirlas discrepancias a través de
esta comisión paradeterminar la tarifa a regir. Y
los ajustes a que se veríasometido este trimestre.
1.Solicitar que medianteDiligencias para Mejor
Resolver, la DGEdetermine: a) si la
tecnologia de costosvariables declaradas por
el AMM y ECOE escongruente con el
modelo de costos demercado mayorista de
Guatemala, deconformidad con la ley;
b) ley Que si al prescindirde la variante señalada,
se cumple con lanormativa legal vigente.
Contiene un error deredacción, se envía a
Secretaria paracorrección.
Revocar cedula denotificación, y en
consecuencia otorgarplazo de 5 días de
conformidad con el art.12 de la Ley de lo
contenciosoadministrativo, para laaudiencia respectiva.Hacer correcciones de
redacción.Se devolvió el exp a
secretaria, solicitandocambiar resolución, final,en el sentido claque seemitan diligenciáS para
mejor resolver, en lacual se ponga a la vista la
sentencia de amparoaludida dentro del
expediente, así comoque CNEE se manifieste,de cuando se formo lacomisión pericial, y la
causa de su disolución.(art.14 Ley de lo
contenciosoAdministrativo)
GTTA-09-172
Revocatoria de Oficio MEM,error en la cedula:de
notificación.
Recurso de Revocatoriainterpuesto por EEGSA, encontra del ajuste trimestralTarifa Social feb -abril 2010
La CNEE resuelvedeclarar inválidos los
cálculos mensuales delos indicadores de
desbalance decorriente y las
indemnizacionesrelacionadas a ETCEE yvalidos los indicadoresemitidos por el AMM
DRCM-105-2011
Recurso de revocatoriainterpuesto por
Municipalidad deQuetzaltenango, contra
resolución emitida por CNEE,
Con lugar las audiencias.Para firma del Vice
ministro
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LicenciaExplotaciónMinera EL
Escobal
3 Oposiciones aotorgamiento Licencia
Escoba!: a) publicación delEdicto, b) la consulta
municipal, y c) análisis alEIA, por parte de
Madreselva.
Recurso de revocatoria encontra de resolución emitida
por CNEE, en la cual sedeclara responsable a la
distribuidora de superar loslimites de toleranciaestablecidas para el
desbalance de corrientedurante agosto 2009 / Arts.
56, 102 y 104 RLGE; 31, 32 y33 NTCSTS.
Cumplieron con losprevios en tiempo.
Algunos de los escritoscarecen de un
requisito esencial,como es la firma
legalizada por notario.Ya se le dio tramite a laoposición, por lo que
es convenienteresolver en cuanto alos demás puntos, de
la oposición: A)Publicación; B) La
consulta municipal; C)Análisis al EIA.
I.a distribuidora debepagar a ETCCE la
cantidad de0,291,117.58.
La Ley dé Minería en su art.41 no establece que searequisito para otorgar
Licencia de ExplotaciónMinera, la consulta
municipal. El Municipalseñala que si es vinculante,
pero !a CC sentójurisprudencia mediante las
sentencias de la CC 2433-2011 y 2480-2011, la cual
señala.La Corte de
Constitucionalidad, mediantesentencia de fecha 19 de
enero de2012, indico que losresultados de la Consulta
Municipal de Vecinos,únicamente son vinculantespara la Municipalidad que la
realiza y en temas que seencuentren dentro de la
competencia de la mismamunicipalidad; a tener de loexpuesto, al resolver debe
enfocarse en el hecho de queel fundamento de la
oposición de los vecinos deSan Rafael Las Flores, es unacto que no es vinculante
para el ministerio de Energíay Minas.
Al .interponer revocatoria sele otorga audiencia por plazo
5 dias a la recurrente einteresado, para que semanifiesten en canto alrecurso de revocatoria
Al otorgar audiencia a laotra parte (Escobal) por
10 días (art 47 Ley) sedeberá solicitar, que semanifieste en cuanto alo siguiente: A) Que si la
publicación del 29 denov/2011, se realizo en
un diario de mayor •circulación en el país, yque lo demuestre. B)
que manifieste si el EIA,contiene un proceso
legitimo de participaciónen el cual se hizo la
consulta a los vecinos dela forma como la
establece ley; c) que semanifieste en todos
puntos del Informe derevisión del EIA,
presentado por MadreSelva. Que la
peticionaria de licencia,desvirtúe si hay impactoambiental por drenaje
acido de roca. Quepresente un
planeamiento minero,que incluya el cierre
técnico de la mina, asicomo la reforestación
del área.
Con lugar las audiencias.Para firma del Vice
ministro
12
Al interponer revocatoria sele otorga audiencia por plazo
5 días al AMM, ETCEE, yMuni de.Xela, para que semanifiesten en cuanto al
recurso de revocatoria. LaMunicipalidad én' su alegatoseñalo confiscatoriedad en
cuanto a la indemnización ycausas de fuerza mayor
(lluvias)
La Empresa Municipal deQuetzl. No presento medio
de prueba alguno quedesvirtuara io aducido por la
CNEE.
Laguna del Sur, S. A.interpone R. de revocatoria
en contra de resoluciónemitida por CNEE, que
declaro sin lugar la petición,argumentando que no
tienen competencia sino esatravés de un juez.
13 DRCM-153-2011
Validación de ios indicadoresde desbalance de corriente
presentados por ETCEE, paraempresa municipal de
Quetzaltenango, deconformidad con las Normas
Tecnicas de Calidad delServicio y Transporte y
Sanciones (art 12, 13, 31,32, 33, 34) para el mes de
junio de 2011
Ea inconformidad serelaciona a que
Empresa municipal deenergía
Quetzaltenango a laresolución que la
determinoresponsable en cuantoa que se excedió en el
rango de toleranciaestablecida para el
. indicador dedesbalance de
corriente durante elmes de junio 2011,para cada punto demedición reportadopor el transportista.
Se otorga audiencia aETCEF, AMM y EmpresaMunicipal de Energía de
Quetzaltenango deconformidad con el
articulo 12 de la Ley delo ContenciosoAdministrativo
14 DR.CM-177-2011
La CNEE resuelvedeclarar inválidos los
cálculos mensuales delos indicadores de
desbalance decorriente y las
indemnizacionesrelacionadas a ETCEE yvalidos los indicadoresemitidos por el AMM
Validación de los indicadoresde desbalance de corriente
presentados por El CEE, paraempresa municipal de
Quetzaltenango, deconformidad con las Normas
Técnicas ce Calidad delServicio y Transporte y
Sanciones (art 12, 13, 31,32, 33, 34) para el mes de
julio 2011
Al interponer revocatoria sele otorga audiencia por plazo
5 dias al AMM, ETCLE, yMuni de Xala, para que semanifiesten en cuanto al
recurso de revocatoria. LaMunicipalidad en su alegatoseñalo confisczitoriedad en
cuanto a la indemnización ycausas de fuerza mayor
(lluvias)
Con lugar las audiencias.Para firma del Vice
ministro
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Duke Energy /inconformidad con la
asignación de bloques depotencia y energía para el
cubrimiento de la demandade los usuarios finales de la
Tarifa No Social
La petic ón inicial no escongruente con lomanifestado por el
recurrente. En el recurso derevocatoria, el interponenteaclara que la motivación delrecurso es el reconocimiento
de os AportesReembolsables a su favor. FI
art. 12 constitucionalsalvaguarda lá defensa de lapersona y sus derechos, por
:o que deberá entrarse aconocer de los aportes
reembolsables
Mediante diligencias paramejor resolver, solicitar a laDirección de Energía, que
emita opinión en cuanto alreclamo planteado.
La inconformidad sebasa, en que no se
atendió legalmente las• Bases de Licitaciónpara la asignación debloques de energía ypotencia, Bases de
Licitación contenidasen la Resolución CNEE-
223-2010
Se inicio el presenteexped. Con la solicitudde la recurrente, quese reconocieran los
costos de la redeléctrica, en virtud del
usufructo que gozaEEGSA. En su memorial
de revocatoriaindicaron que el fondode su reclamación esque se reconozcan elpago de los AportesReembolsables a su
favor. Fund.Legal: art48 LGE
Enviar a la DGE, quemediante Diligencias
para mejor resolver seaclare si el oferente, al
ofertar energía secumplió con las Bases de
Licitación.
Nueva resolución,Declarando
parcialmente sin lugar elrecurso. En cuanto al
reclamo de la propiedadde las redes aéreas. Conlugar en cuanto a instruira la CNEE, a que inicie elprocedimiento sumariode investigación, con elobjeto de determinar siprocede o no los aportes
reembolsables a favorde laguna del sur. S. A.
Fund. Legal: Art. 12 y 28CPRG,; Art 48 LGE; Arts
71, 72'y 73 del RLGE
GTPP-11-4
DRCC-141-2010
El recurrente no seencuentra conformecon la resolución, porf considerar que lademanda firme no hasido resuelta por la
cnee, y que la AMM seextralimito en su
función.
La adquisición deuniformes es para el
personal de laDirección GeneralAdministrativa y
Despacho Superior, elcual cumplió con el
procedimientocontemplado en la Leyde Contrataciones del
Estado
El requirente subsanolas inconsistenciaspresentadas en su
solicitud en cuanto al'punto de suministropara su inscripción de
gran usuario temporal.
La entidad solicitante,presento losdocumentos
requeridos en elacuerdo Gubernativo
244-2003
El articulo 1 del RAMM:Demanda Firme: Es lademanda de potencia
calculada por elAdministrador del
Mercado Mayorista, quedebe ser contratada porcada Distribuidor o Gran
Usuario, en el AñoEstacional
correspondiente. Y elart. 72 establece ElAdministrador del
Mercado Mayorista,como mínimo dos mesesantes del inicio del AñoEstacional, calculará la
Demanda Firme de cadaDistribuidor, Gran
Usuario y Exportador. Elrecurso debe declarase
sin lugar. Corregir laresolución en cuanto a lacalidad del interponente.
Resolución para firma.
Pase a firma dei Sr.Ministro)
Pase a firma del Sr.Ministro
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DGE-220-2011
DGE-069-2012
GJ-715-2010
Alimentos IndustrialesSta.Lucia, interpone recurso
de revocatoria conciaresolución que sanciona por
no tener cubierta súdemanda firme, para el mes
de julio de 2010.
Diligencias relacionadas a laadjudicación y adquisición
• de uniformes para elpersonal MEM.
Grupo Generador deOriente, solicita inscrr;ción
como Agente Generador
De conformidad con elreglamente, del AMM, en sus
artícu !os 1 y 72, elinterponente debía tener
cubierta sil demanda firmeen el año estacional
correspondiente, extremoque no ocurrió
Se cumplió con los requisitosestablecidos er los artículos
1, 2, 3 y 4 del Acuerdogubernativo 244 2003
Se cumplió con los requisitosestablecidos en los artículos
1, 2, 3 y 4 del Acuerdogubernativo 244 2003.
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DGA-COTIZ-0001-2012
Polímeros y Fibras de CA, S.A. Inscripción Temporal
como Gran Usuario
A traves de !a Junta deLicitación se procedió a la
aprobación de laadjudicación en la compra de
uniformes a la entidadIndustrias Biella, S.A., de
confor nidad con losartículos: Art. 1,9 inciso 3);
10, 16, 19, 22, 23, 24, 26, 28,30, 33, 36 y 47 de la Ley de
Contrataciones del Estado; 5,8, 12, 26 y 37 Reglamento
Ley Contrataciones.
El recurrente no seencuentra conforme
con la resoluciónemitida por la CNEE.
Alimentos IndustrialesSta.Lucia, interpone recurso
de revocatorircontraresolución que sanciona por
no tener cubierta -.,udemanda firme, para el mes
de ENERO 2011.
De conformidad con elreglamento del AMM, en sus
artículos 1 y 72, el
interponente debía tenercubierta su demanda firmeen el año estacional 2010-
2011, extremo que noocurrió. La demanda
de potencia es calculada porel AMM, la cual debe ser
contratadapor cada Distribuidor o Gran
Usuario, en el AñoEstacional correspondiente.Arts 1 y 72 RAMM, 3.2.1. y
13.1 de las Normas deCoordinacion comercial.
Cambiar formato deresolución. Adicionar elsiguiente argumento:
Efectivamente lademanda firme es única
para el año estacional,pero derivado de estecalculo, el gran usuariose encuentra obligado acubrir la totalidad de la
misma, acto que espermanente y
consecutivo. En elpresente caso, dichoacto no fue cumplido
por el recurrente, pese aque el calculo de lamisma ha quedado
firme. por lo que al nohaber cumplido con el
mismo, se hadesprotegido al sistema,ya que se ha dejado de
garantizar la seguridad yel abastecimiento deenergía eléctrica para
todo el sistena nacionalinterconectado.
21 G1-118-2011
23
GJ-69-2011
Beca deEstudios
El recurso derevocatoria no fue
resuelto deconformidad con la
Ley de lo Contencioso,en virtud que seintepusieron dos
recuros, y la resoluciónunicamente atendió
uno.
Corregir filiación.
Generadora La Laguna DukeEnergy International
Guatemala y SCA / Empresade Comercialización de
Energía INDE, interponenrecurso de revocatoria
contra lo resuelto por CNEE,relacionado a la Oferta FirmeDisponible, Costo Anual deTransporte y Tecnologia de
Costos Variables
Beca de estudios para elprograma de Becas de
Perenco
El art 44 del RAMM,establece en su inciso d) que
el costo variable de laimportación, será el valor
calcu lado según lametodología informada por
el Importador. Estametodología fue declarada
por ECOE al AMM, por lo queen atención al debido
proceso, debe determinarseco claridad, que en caso se
omite parte de lametodología utilizada en
dicha importación, se estaconforme a la normativa
señalada
De conformidad con el Acta3-2012 , se modifico el
contrato original para elotorgamiento de dichas
becas
1,Solicitar que medianteDiligencias para Mejor
Resolver, la DGEdetermine: a) si la
tecnologia de costosvariables declaradas por
el AMM y ECOE escongruente con el
modelo de costos demercado mayorista de
Guatemala, deconformidad con la ley;
b) ley Que si al prescindirde la variante señalada , se cumple con la
normativa legal vigente.2. Al momento de
emitir resolucion final, elanalista debe atender,razonar y fundamentar
los dos recursosinterpuestos.
Corrección foliación yagregar en la resolución
lo siguiente: deconformidad con la
aprobación de la unidadde asesoria jurídica de
esta ministerio.
Vo. Beón Ro s Solares
Vicemini rea Energética‘ .̀\,..'
Licda. Man, erc des Bon ChayAbo da y otaria