niveles de actuacion

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA UNEFA CARACAS SEGURIDAD Y ORDEN PÚBLICO Integrantes Bautista Gabriela V-24.784.117

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seguridad y orden publico

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REPBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSAUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITCNICADE LA FUERZA ARMADAUNEFA CARACASSEGURIDAD Y ORDEN PBLICO Integrantes Bautista Gabriela V-24.784.117

Bermdez Jenny V-

Martnez Yemberlin V-24.276.238

Monges Gnesis V-24.459.368

Salazar Carliver V 29.710.541

Presilla Vicmary V-23.711.651

INDICETabla de contenido

5ORDEN PBLICO

7Fundamentos Jurdicos del Orden Pblico.

7Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. (CRBV, 2009)

8Ley Orgnica del Servicio de Polica y del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana. (2008)

8Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. (2011)

9Ley de Coordinacin de Seguridad Ciudadana. (2001)

9Actuacin de los Organismos Responsables del Orden Pblico.

10Principios de Actuacin

10Principios de Actuacin de los Cuerpos de Polica

11Principios de Actuacin de la Guardia Nacional Bolivariana

13Modalidades y Niveles de Actuacin.

13Escala de Conflicto Social para el Uso de la Fuerza Policial Durante el Control de Reuniones Pblicas y Manifestaciones

18Escala de Trastorno del Orden Pblico de la Fuerza Armada Venezolana

23Equipamiento en Materia de Orden Pblico.

23Equipamiento en Materia De Orden Pblico.

23Equipos Utilizados en un Pelotn de Orden Pblico

24Orden Interno

25Factores de riesgo que estn asociados con amenazas externas a la Seguridad Nacional, siendo algunos de ellos los siguientes:

25Seguridad Integral

26Capacitacin de la Poblacin en Caso de Emergencia y/o Desastres.

27Participacin Ciudadana en Caso de Emergencia y/o Desastres.

28Autoproteccin Organizada

28Autoproteccin Corporativa

29Referencias Bibliograficas

INTRODUCCINEl Orden pblico se puede definir, en trminos comunes, como un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organizacin social de un pas y que inspiran su ordenamiento jurdico. En realidad, el orden pblico tiene para el mundo derecho mltiples manifestaciones, segn sea el rea jurdica en que se analice. En trminos muy generales puede decirse que integra el orden pblico todo aquello que viene impuesto por la autoridad a las personas, y que acta como lmite a su libertad.El Orden Interno es un trmino tan amplio, que el responsable del mismo es el Poder Pblico Nacional, a travs de los diferentes poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y Ciudadano), adicionndoles a ste, Gobernadores de Estado y Alcaldes. En atencin de los Objetivos Nacionales y sus Intereses, las Constituciones Nacionales, establecen los fines y dictan sus ordenamientos estructurales, distribuyendo y asignando a los diversos rganos y sectores, sus respectivas responsabilidades, las cuales debern cumplirse en las diferentes Leyes Orgnicas, Ordinarias y Reglamentos que debern actualizarse en un futuro inmediato.

Se refiere a la nocin de relativa estabilidad, calma o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un pas; as como a los recursos y estrategias para conseguirla.

A continuacin en el presente texto se da a conocer con mayor detenimiento lo referente a la Seguridad y Orden Pblico.

ORDEN PBLICOPara lograr a una mayor comprensin del concepto de orden pblico se acude a la definicin de cada palabra que se encuentra en el Diccionario de la lengua espaola (DRAE, 2001): Orden, que procede del vocablo latino ordo, es la ubicacin de objetos en su sitio correspondiente. Regla o modo que se observa para hacer las cosas. Pblico, por otra parte, se refiera a la cualidad de perteneciente o relativo a todo el pueblo.

Se construye el concepto de orden pblico como el conjunto de normas o reglas que se observan en el conjunto de una sociedad.

En la Declaracin de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, de los artculos 4 y 9 se formula la siguiente definicin de orden pblico: El orden pblico se establece como garanta y lmite de la libertad y, como sta, consiste en que nadie puede hacer nada que sea perjudicial a los dems.

La Enciclopedia Virtual Eudmet (2014), conceptualiza el orden pblico como:

Es el conjunto de aquellas caractersticas y valores de la convivencia que una sociedad considera como "no negociables". Se lo considera sinnimo de convivencia ordenada, segura, pacfica y equilibrada. Es objeto de una fuerte reglamentacin legal, para su tutela preventiva, contextual, sucesiva o represiva.

Ahora bien la nocin de orden pblica varia con respecto al mbito de accin es as como en el Derecho Constitucional se lo considera como el lmite para el ejercicio de los derechos individuales y sociales. En el Derecho Privado, es el lmite para la autonoma negociadora de las partes. En el Derecho Internacional Privado, es el lmite para la aplicacin del reenvo: la aplicacin de la norma extranjera, que sera viable segn otros criterios, no resulta aplicable si afecta el orden pblico del pas de aplicacin. El Derecho Internacional Pblico tambin considera la existencia de un orden pblico internacional, formado por los principios constitucionales de la comunidad de naciones; es considerado el lmite de la actividad contractual y de la prctica consuetudinaria interestatal.

El Orden Pblico; es la institucin jurdico-social de nivel constitucional que garantiza el equilibrio y la paz social dentro del Estado. Est caracterizado por 4 elementos: la tranquilidad, la seguridad, la salubridad y la moralidad pblica, que cuando son aplicadas a nivel local o vecinal se denominan Seguridad Ciudadana.

En la Repblica Bolivariana de Venezuela, el Magistrado Ponente: Dr. Pedro Rafael Rondn Haaz (2002); en Sentencia de Sala Constitucional define el orden pblico de la siguiente manera:

El orden pblico est integrado por todas aquellas normas de inters pblico, que son de cumplimiento incondicional, que no pueden ser derogadas por las partes y, en las cuales el inters general de la sociedad y del estado supedita el inters particular, para la proteccin de ciertas instituciones que tienen elevada importancia para el mantenimiento de la seguridad jurdica, tales como la oportunidad para la contestacin de la demanda, la apertura del lapso probatorio, y la preclusin de los actos procesales, entre otras.

As mismo en el Manual de actuacin de los cuerpos de polica para garantizar el orden pblico, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones pblicas y manifestaciones (2012) se define Orden Publico de la siguiente manera:El orden pblico puede definirse como:

1 La sensacin de que las cosas estn marchando de acuerdo a lo previsto.

2 La relacin de los sujetos en concordancia con las normas de gobierno.

El orden pblico es la sensacin de paz que perciben los ciudadanos en la comunidad cuando todo en su entorno est marchando bien.

En ese sentido, en el rea jurdica se entiende por el normal desenvolvimiento el que se debe al respeto a la Constitucin, a las leyes, ordenanzas y a las autoridades encargadas de hacerlas cumplir.

FUNDAMENTOS JURDICOS DEL ORDEN PBLICO.Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. (CRBV, 2009)

En nuestra constitucin hay varios artculos de los cuales sustentan y dan apoyo jurdico a lo que conocemos como el orden pblico. Artculo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin ms limitaciones que las que derivan del derecho de las dems y del orden pblico y social. De donde se desprende que la constitucin concede al ciudadano y ciudadana venezolana la libertad de actuar pero enmarcado en las leyes y normas que regulan el orden pblico.

As mismo encontramos en la CRBV (2009), el artculo 59:Artculo 59. El Estado garantizar la libertad de religin y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en pblico, mediante la enseanza u otras prcticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden pblico.

En el artculo precedente se instaura el ejercicio en libertad de culto y religin, tambin enmarcados en la norma legal y de inters general de la sociedad y del estado. As mismo, ms delante en la carta magna, el artculo 68 se fundamenta el derecho a la manifestacin dentro del respeto a las leyes, as como la obligatoriedad de la actuacin policial y de seguridad en el control del orden pblico.

En el artculo 332. La CRBV (2009) establece adems los cuerpos destinados a mantener y restablecer el orden pblico.

Artculo 332. El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden pblico, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y asegurar el pacfico disfrute de las garantas y derechos constitucionales, de conformidad con la ley, organizar:

1. Un cuerpo uniformado de polica nacional.

2. Un cuerpo de investigaciones cientficas, penales y criminalsticas.

3. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administracin de emergencias de carcter

4. Una organizacin de proteccin civil y administracin de desastres.

Los rganos de seguridad ciudadana son de carcter civil y respetarn la dignidad y los derechos humanos, sin discriminacin alguna.

La funcin de los rganos de seguridad ciudadana constituye una competencia concurrente con los Estados y Municipios en los trminos establecidos en esta Constitucin y en la ley.

Ley Orgnica del Servicio de Polica y del Cuerpo de Polica Nacional Bolivariana. (2008)

Entre las atribuciones de los Cuerpos de Polica se encuentran enumerados en el artculo 34, numeral 4:

Ejecutar las polticas emanadas del rgano Rector en materia de seguridad ciudadana, incluyendo trnsito, sustancias estupefacientes y psicotrpicas, anticorrupcin, antisecuestros, acaparamiento y especulacin alimentaria, adulteracin de medicinas y otros bienes de consumo esenciales para la vida, delincuencia organizada, turismo, ambiente y orden pblico.

Por lo cual los cuerpos policiales nacional, estadal y municipal son los principales garantes del orden pbico.

Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. (2011)Entre las funciones del Comando de Regin Estratgica de Defensa Integral en el artculo 26 numeral 10, se encuentra el apoyo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, para el restablecimiento del orden pblico. As mismo entre las funciones de la Guardia Nacional Bolivariana en el artculo 2.

Ley de Coordinacin de Seguridad Ciudadana. (2001)

En los Artculos 3, 4, 5, 8, 9, 10, 27: Establecen los deberes comunes y principio de actuacin que deben acatar los rganos de seguridad ciudadana en funcin de proteger la integridad fsica y propiedades de todos los ciudadanos y ciudadanas.

ACTUACIN DE LOS ORGANISMOS RESPONSABLES DEL ORDEN PBLICO.En el ordenamiento jurdico venezolano existen diversas figuras que garantizan la seguridad y defensa de la nacin, de igual forma surge la necesidad de la creacin o perfeccionamiento de figuras que garanticen la seguridad ciudadana, y estos rganos deben estar conformados por los ciudadanos y ciudadanas que forman parte de la vida civil del pas. En este sentido, la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (2009) hace mencin de una serie de instituciones a los cuales les corresponde velar por dicha seguridad, es as como el artculo 332 seala de forma expresa dichos entes:1. Un cuerpo uniformado de polica nacional.

2. Un cuerpo de investigaciones cientficas, penales y criminalsticas.

3. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administracin de emergencias de carcter

4. Una organizacin de proteccin civil y administracin de desastres.

Esta serie de rganos son de carcter civil, pero los mismos pueden adscribirse a Ministerios cuya naturaleza sea similar. La competencia de creacin de algunos de estos rganos le corresponde a los Estados y Municipios.

Adems en la Ley Orgnica de las Fuerzas Armadas Nacionales. (2011), se destaca que la Guardia Nacional Bolivariana ha de servir de apoyo en el mantenimiento y restablecimiento del orden pblico cuando los organismos civiles se vean desbordados.Principios de Actuacin

El orden pblico se rige por la Ley de Coordinacin de Seguridad Ciudadana (2001) tiene por objeto regular los mtodos y parmetros de actuacin cuando converjan las funciones de los rganos de seguridad ciudadana en una situacin que requiera asistencia conjunta y participacin compartida, estableciendo lmites y medidas metodolgicas

En el artculo 4 se enumeran los principios de actuacin enmarcados en la CRBV, las leyes y los Tratados Internacionales; tales principios son:

1. Probidad, 2. Eficacia, 3. Eficiencia, 4. Subordinacin, 5.Disciplina, 6. Cooperacin y 7. Responsabilidad.

Principios de Actuacin de los Cuerpos de Polica

Segn el Manual de actuacin de los cuerpos de polica para garantizar el orden pblico, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones pblicas y manifestaciones (2012), la actuacin de los cuerpos de polica para garantizar el orden pblico, la paz social y la convivencia ciudadana en las reuniones pblicas y manifestaciones, segn las normas sobre la actuacin de los cuerpos de polica en sus diversos mbitos poltico-territoriales para garantizar el orden pblico, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones pblicas y manifestaciones, debe orientarse por los siguientes principios:

1.- Respeto y garanta del derecho humano a la vida como valor supremo en un Estado democrtico y social de Derecho y de Justicia. Supone que la actuacin de los cuerpos de polica y sus funcionarios y funcionarias debe siempre estar orientada a proteger de forma privilegiada y preferente la vida de las personas ante otros derechos, intereses y bienes tutelados.

2.- Ponderacin de los derechos humanos y garantas. Cuando existan conflictos en el disfrute de los derechos de las personas que participan en reuniones pblicas y manifestaciones con relacin al resto de las personas, grupos o la poblacin en general, la actuacin de los cuerpos de polica debe valorar las alternativas que hagan posible el disfrute o ejercicio simultneo de los derechos de todos y todas, observando en todo momento la proteccin especial a la vida, la salud e integridad personal.3.- Proteccin de las poblaciones en situacin de vulnerabilidad. La actuacin de los cuerpos de polica y de sus funcionarios y funcionarias en los procedimientos dirigidos a garantizar el orden pblico, la paz social y la convivencia ciudadana en las reuniones pblicas y manifestaciones debe asegurar atencin especial y diferenciada a las poblaciones en situacin de vulnerabilidad, tales como, nios, nias, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.4.- Actuacin profesional, civil y especializada. La actuacin de los cuerpos de polica y de los funcionarios y funcionarias ante situaciones que puedan afectar el orden pblico, la paz social o la convivencia ciudadana en las reuniones pblicas y manifestaciones debe caracterizarse por su naturaleza profesional, civil y especializada, promoviendo las buenas prcticas y la formacin continua para desarrollar un nuevo modelo de servicio de polica.Principios de Actuacin de la Guardia Nacional Bolivariana

Segn el Manual prctico sobre las operaciones de control mantenimiento y restablecimiento del orden Publico (1998). Para la Guardia Nacional Bolivariana los principios generales que rigen la intervencin de las unidades son las siguientes:

1. La persuasin y disuasin, son las primeras herramientas que se deben utilizar.

2. En la escena, debe existir un Comandante nico, aunque acten diferentes unidades. l es quien ordena y coordina todas las acciones.

3. El personal actuante debe ser disciplinado, con ciertas caractersticas personales (edad, preparacin, conocimientos y experiencia entre otras) que le permitan soportar presiones.

4. Antes de actuar, es necesario evaluar la situacin existente y posteriormente planificar y ejecutar las acciones pertinentes que se deriven por cada caso.

5. Todo el personal actuante debe estar bien equipado y entrenado en el uso de los equipos de control, mantenimiento y restablecimiento del Orden Pblico

6. Administrar adecuadamente el uso de los recursos asignados, recordando que todas las situaciones no son iguales.

7. Anticiparse a las acciones que puedan realizar los alteradores del orden pblico, tomando las medidas preventivas necesarias.

8. Utilizar solo la fuerza justa y necesaria, tratando de no causar daos a los participantes. Estos no son enemigos, sino adversarios circunstanciales.

9. Ejecutar acciones orientadas a romper la cohesin del grupo manifestante.

10. No establecer discusiones con manifestantes, se debe ser imparcial.

11. Establecer previamente las posibles vas de evacuacin, esto permitir a los manifestantes tener vas de escape.

12. Hacer uso permanente del entrenamiento, de la inteligencia antes y durante la operacin, buena planificacin, excelente ejecucin, logstica adecuada y comunicacin efectiva.

13. Coordinar el empleo de unidades de diversos Organismos de Seguridad y de la Fuerza Armada Nacional, en funciones de seguridad y orden pblico, de acuerdo a la especificidad funcional y lo establecido en la Ley de Coordinacin de Seguridad Ciudadana.

14. No caer en provocaciones, en algunos casos, el simple retiro de las unidades involucradas permite solucionar el problema. Tener carcter no significa tener mal carcter.

15. Utilice medidas de engao para confundir a los manifestantes y lograr su retiro del lugar.

16. Tener siempre presente en el empleo de las unidades en operaciones de control, mantenimiento y restablecimiento del orden pblico los principios ticos, morales y jurdicos que garantizan la dignidad y los derechos humanos de los ciudadanos.

Modalidades y Niveles de Actuacin en orden PBLICOEscala de Conflicto Social para el Uso de la Fuerza Policial Durante el Control de Reuniones Pblicas y ManifestacionesPara el uso de la fuerza contra grupos o colectivos de personas en el marco de las actuaciones de control de reuniones pblicas y manifestaciones, los funcionarios y funcionarias policiales deben considerar como marco referencial de actuacin los contenidos de la siguiente escala de conflicto social para el uso de la fuerza policial durante el control de reuniones pblicas y manifestaciones.Escala de Conflicto Social para el Uso de la Fuerza Policial Durante el Control de Reuniones Pblicas y Manifestaciones

NivelDescripcinIndicadoresNiveles de responsabilidad y formas de actuacinEquipamiento

1Personas que expresan descontento con normal desenvolvimiento del orden y convivencia social.Situacin de seguridad de las personas

Respeto a la propiedad.

Libre circulacin peatonal y trnsito terrestre.

Expresiones de descontento, amenaza de manifestacin.

Inicio de concentracin de personas.

Vocera de una o ms personas.Responsables:

CPNB, cuerpos de polica estadales y municipales.

Actuacin: La actuacin policial estar a cargo de los oficiales de polica en oficio de patrullaje y recorrido a pie asignados al sector, quienes informarn

en cada momento al Centro

de Operaciones Policiales (COP) la actuacin y forma de proceder de las personas en su entorno.Equipamiento bsico policial

2Personas que manifiestan o expresan sus ideas de manera pacfica dentro del ordenamiento jurdico nacional sin afectar la seguridad de las dems personas

ni de los bienes pblicos o privados.Concentracin de pequeos grupos de personas en un lugar especfico sin interrupcin del trnsito terrestre o paso vehicular.Concentracin de grupos voluminosos de personas que manifiestan, marchan, con previa notificacin al Estado.

Expresin de reclamos de manera pacfica.

Vocera por una o ms personas.

Uso de pancartas, panfletos, consignas.Responsables:

Cuerpos de polica estadales y CPNB a travs de las unidades de CRPM.

Policas municipales como apoyo.

Actuacin:

Despliegue de las unidades de CRPM en el permetro de la concentracin.

Control de la circulacin en las adyacencias.

Estado de alerta ante posibles alteraciones por parte de los manifestantes.Equipamiento bsico policial sin arma de fuego:

Cascos antitrauma

Escudos antitrauma

Unidad de transporte

de personal

Megfono.

3Personas que manifiestan o expresan sus ideas incumpliendo con el orden jurdico nacional, sin violencia.

Concentracin de pequeos grupos de personas en un lugar especfico obstaculizando el trnsito peatonal y vehicular.Concentracin de grupos voluminosos de personas que manifiestan pacficamente sin previa notificacin al Estado.

Cierre total o parcial de vas secundarias.

Congestionamiento vehicular y peatonal.

Vocera por una o ms personas, presencia de lderes.

Uso de pancartas, panfletos, consignas.Responsables:

Cuerpos de polica estadales y CPNB a travs de las unidades de CRPM.

Policas municipales como apoyo.

Actuacin:

Despliegue de las unidades de CRPM en el permetro de la concentracin.

Control de la circulacin en las adyacencias.

Estado de alerta ante posibles alteraciones por parte de los manifestantes.

Mediacin y conciliacin con los voceros o lderes de la reunin o manifestacin.Equipamiento bsico policial sin arma de fuego.

Cascos antitrauma.

Escudos antitrauma.

Unidad de transporte de personal.

Megfono.

4Grupo de personas que manifiestan o expresan sus ideas incumpliendo con el orden jurdico nacional, alterando de forma importante el libre trnsito peatonal y vehicular.Concentracin de grupo voluminoso de personas en un lugar especfico obstaculizando el trnsito peatonal y vehicular.Barricadas con vehculos, basura, quema de cauchos.

Cierre definitivo de vas principales.

Importante congestionamiento vehicular y peatonal.

Dao a la propiedad pblica y privada (grafitis, dao al ornato pblico).

Estados de euforia y exaltacin por parte de los manifestantes.

Agresin verbal hacia los funcionarios

Vocera por una o ms personas, presencia de lderes.Responsables:

Cuerpos de polica estadales y CPNB a travs de las unidades de CRPM.

Policas municipales como apoyo.

Actuacin:

Despliegue de las unidades de CRPM en el lugar de la concentracin.

Control de la circulacin en las adyacencias.

Estado de alerta ante alteraciones mayores por parte de los manifestantes.

Mediacin y conciliacin con los voceros o lderes de la reunin o manifestacin.

Actuacin de los funcionarios para replegar o disolver la concentracin en caso de no resultar efectivas las acciones de mediacin y conciliacin.

Aprehensin de individuos que estn infringiendo la ley, haciendo uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial.Equipamiento bsico policial sin arma de fuego.

Cascos antitrauma.

Escudos antitrauma.

Unidad de transporte de personal. Megfono.

5Grupo de personas que manifiestan o expresan sus ideas de manera violenta incumpliendo

con el orden jurdico nacional y afectando el orden pblico, la paz social y la convivencia

ciudadanaConcentracin de nmero voluminoso de personas en un lugar especfico con presencia de grupos violentos.Barricadas con vehculos, basura, quema

de cauchos

Cierre definitivo de vas principales o secundarias de circulacin vehicular.

Importante congestionamiento vehicular y peatonal.

Agresividad por parte de algunos manifestantes, lanzamiento de objetos contundentes: piedras, cabillas, bombas molotov.

Daos graves a la propiedad pblica o privada.

Amenaza a la seguridad e integridad fsica de las personas.

Agresin fsica a personas y a funcionarios y funcionarias policiales.

Detonacin de armas de fuego.

Amenaza u obstruccin temporal de servicios bsicos (salud, electricidad, entre otros).Responsables:

Cuerpos de polica estadales y CPNB a travs de las unidades de CRPM.

Grupos de apoyo operacional

Policas municipales como apoyo.

Actuacin:

Despliegue de las unidades de CRPM en el lugar de la concentracin

Control de la circulacin en las adyacencias

Mediacin y conciliacin con los voceros o lderes de la manifestacin de forma directa o a travs de megfonos.

Actuacin de los funcionarios para replegar o disolver la concentracin

en caso de no resultar efectivas las acciones de mediacin y conciliacin,

haciendo uso progresivo y diferenciado de la fuerza en los siguientes trminos:

Demostracin de la fuerza (funcionarios y funcionarias formados

y equipados) y advertencia a los manifestantes acerca de su uso.

Uso de formaciones y separadores para dispersar a la multitud.

Uso de granadas de humo.

Uso de cartuchos de gas CS.

Uso de granadas de gas CS.

Uso de vehculos blindados

Aprehensin de individuos que estn infringiendo la ley, haciendo uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial.Equipamiento bsico policial sin arma de fuego.

Cascos antitrauma.

Escudos antitrauma.

Unidad de transporte de personal.

Megfono.

Vehculos blindados

Carabinas y escopetas para el lanzamiento de cartuchos y granadas

Disperseur

Gases de humo

Agentes qumicos

Barras separadoras

Extintores.

Equipamiento autorizado para los grupos de apoyo operacional.

Escala de Trastorno del Orden Pblico de la Fuerza Armada VenezolanaLa Fuerza Armada Venezolana y en especial la Guardia Nacional, utiliza como referencia para su actuacin los diferentes niveles deescalade trastorno del orden pblico. La primera modalidad de intervencin es la preventiva, dada las caractersticas del despliegue operacional de sus unidades la Guardia Nacional est en permanente estado de movilizacin y por consiguiente prevenida para atender cualquier alteracin de orden pblico que se presente.

La segunda modalidad de intervencin es la coyuntural, entendida como actuaciones especiales que realizan las unidades del componente por solicitud de la autoridad civil ante la autoridad militar comoproductode un aumento en la escalada de trastorno del orden pblico.La tercera modalidad de intervencin es la militar, la cual se desarrolla a travs del Comando Unificado de la Fuerza Armada y losComandosde Guarnicin. A continuacin se presentan las modalidades de intervencin de las unidades militares, de acuerdo a la escala de trastorno del orden pblico.

Escala de Trastorno del Orden Pblico de la Fuerza Armada VenezolanaNivel

Escala

Fase de las FANCaractersticasEfectos ObservadosNivel de ResponsabilidadAcciones y Ordenes

Nivel: I Escala: 0

Fase FAN:

Prevencin y AlertaConvivencia Social:Cuando la sociedad se desenvuelve en paz y tranquilidad prevaleciendo el respeto a las leyes.Felicidad, bienestar, respeto a la propiedad, libre circulacin. La gran mayora de la poblacin.Mximas autoridades del EstadoAdiestramiento y mantenimiento de equipos, seguimiento continuo de la situacin poltica, econmica y social, coordinacin con los rganos de seguridad Ciudadana.

Nivel: I Escala: 1

Fase FAN:

Prevencin y AlertaAlboroto:Vocero o estrpito por una o varias personas, por un estado de alegra o frustracin, por un hecho ocurrido de origen espontneo.Gritos, estrpito, le ve molestia a la comunidad, faltas levsimas, menos de veinte personas.

Autoridades policiales estadales y municipales.Atencin de rea critica, estado de alerta, suspensin comisiones externas del servicio, plan de localizacin inmediata del personal que se encuentra fuera de la unidad, determinar personal, vehculos, armamento y equipo individual disponible, apreciacin de la situacin para informar al escaln superior del componente, gobernacin y comando de guarnicin.

Nivel: I Escala: 2

Fase FAN:

Prevencin y AlertaManifestaciones:

Demostracin pblica de un grupo de personas para llamar la atencin sobre algunos aspectos, o solicitar reivindicaciones. Puede ser autorizada en algunos casos. Al no tener los permisos son considerados ilegales por las autoridades. Generalmente se realizan al aire libre y pueden generar marchas y desordenes de no haber una actuacin policial efectiva.Pancartas, presencia de lderes, panfletos, convocatorias previas, molestias a los ciudadanos, ms de veinte personas.Autoridades policiales estadales y municipales.Atencin de rea critica, estado de alerta, suspensin comisiones externa s del servicio, plan de localizacin inmediata del personal que se encuentra fuera de la unidad, determinar personal, vehculos, armamento y equipo individual disponible, apreciacin de la situacin para informar al escaln superior del componente, gobernacin y comando de guarnicin, preparar orden de operaciones.

Nivel: I Escala: 3

Fase FAN:

Prevencin y AlertaDesordenes:

Excesos cometidos por grupos de personas que causan daos leves a la propiedad, confinada a uno o varios lugares de una ciudad, con influencias de personas o agrupaciones en su organizacin.Actitud violenta, lanzamiento de objetos, cierre de vas, escritura de grafitis, rotura de vidrieras, ms de cincuenta personas.Autoridades policiales estadales y municipales.Atencin de rea critica, estado de alerta, suspensin comisiones externas del servicio, plan de localizacin inmediata del personal que se encuentra fuera de la unidad, determinar personal, vehculos, armamento y equipo individual disponible, apreciacin de la situacin para informar al escaln superior del componente, gobernacin y comando de guarnicin, preparar orden de operaciones.

Nivel: II Escala: 4

Fase FAN:

IntervencinDisturbios:

Alteraciones de la paz y concordia por un grupo de personas que causan graves daos a la propiedad pblica y privada. Con distintos fines, por lo cual se involucran organizaciones de diferente ndole, que actan como promotores de algunas reivindicaciones. Generalmente son planificadas por lderes que tienen poder de convocatoria, pueden realizarse en varios lugares y reas marginales. El miedo y el temor provocan pnico dejando destrozos y vctimas.Personas incontroladas, actitud agresiva, atacan y enfrentan a las fuerzas pblicas, barricadas, quema de basuras y cauchos, dao a las propiedades, uso de armas de fuegos, uso de artefactos explosivos, ms de cien personas.Autoridades policiales estadales y municipales, Comandos de Guarniciones.Solicitar presencia de fiscales del ministerio pblico y defensora del pueblo, Ejecutar orden de operaciones, conformar unidades de orden pblico, ejecutar plan de embarque, indicar operaciones a realizar, controlar puntos crticos, adoptar medidas de disuasin (alarmas, sirenas y silbatos, etc.), Informar sobre del uso de la fuerza de no deponer actitud, agotar los medios de persuasin, ordenar tipos de formacin, uso de agentes qumicos, deteccin y detencin de lderes, adoptar dispositivo de seguridad perimtrica.

Nivel: III Escala: 5

Fase FAN:

IntervencinMotn:

Movimiento desordenado de una muchedumbre, aupados por cabecillas, que causan gravsimos daos a la propiedad pblica y privada, por lo comn van contra las autoridades constituidas con armas o sin ellas, sin atender a los llamados del orden de las fuerzas pblicas, la violencia se expande progresivamente por las ciudades y reas marginales. El miedo y el temor provocan pnico dejando destrozos y vctimas.Devastacin, saqueos, incendios, violencia, amenazas, daos graves a las instalaciones pblicas y privadas, cientos de personas y agavillamiento.Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de la Defensa, FA.Solicitar presencia de fiscales del ministerio pblico y defensora del pueblo,

Ejecutar orden de operaciones, conformar unidades de orden pblico y de combate.

Nivel: III Escala:6

Fase FAN:

IntervencinRebelin: Consiste en promover, ayudar o sostener cualquier movimiento armado para alterar la paz interna de la Repblica o para impedir o dificultar el ejercicio del gobierno en cualquiera de sus poderes.Asociacin de personas, uso de equipos militares, desobediencia a las leyes, daos materiales y humanos elevados, conjuncin de militares y civiles.Ejecutivo Nacional, Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de la Defensa, FA.Solicitar presencia de fiscales del ministerio pblico y defensora del pueblo, Ejecutar orden de operaciones, conformar unidades de orden pblico y de combate.

Nivel: III Escala:7

Fase FAN:

IntervencinGuerra Prolongada:Movimientos sediciosos que atentan contra la estabilidad constitucional de un pas utilizando armas y operando en zonas geogrficas determinadas, para desestabilizar la nacin para lograr su objetivo a largo plazo.Enfrentamiento con armas, actores organizados, focalizacin, disminucin de la accin del Gobierno en ciertas reas, constitucin de grupos armados en diversas reas del pas.

Ejecutivo Nacional, Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de la Defensa, FA.

Ejecutar orden de operaciones, conformar unidades combate. Teatros de Operaciones.

Nivel: III Escala:8

Fase FAN:

IntervencinGuerra Civil: Lucha armada entre dos o ms bandos de una misma nacin para controlar o mantener el poder mediante el empleo de tcticas militares.Enfrentamiento con armas, actores organizados, buscan eliminar al contrario, fenmeno colectivo, formacin de cuerpos armados, terror en la poblacin, escasez de alimentos, alto porcentaje de la poblacin involucrada.Ejecutivo Nacional, Ministerio de Interior y Justicia, Ministerio de la Defensa, FA.

Ejecutar orden de operaciones, conformar unidades combate. Teatros de

Operaciones.

Nivel: III Escala:9

Fase FAN:

IntervencinOrden restablecido y regreso a la convivencia social.Ciudadana vuelve a la calma y normal desarrollo de las actividades.Entrega de los puntos crticos a la polica, retiro del personal militar del rea de responsabilidad, informar al comando superior todas las ocurrencias. Elaborar partes especiales.Consolidacin (paso de la modalidad de intervencin militar a la modalidad de intervencin preventiva).

EQUIPAMIENTO EN MATERIA DE ORDEN PBLICO.Equipamiento: Accin y resultado de equipar. Conjunto de instalaciones y servicios necesarios para una actividad determinada.

Equipamiento en Materia De Orden Pblico.

El orden pblico est integrado por todas aquellas normas de inters pblico, de obediencia incondicional, que no pueden ser anuladas y donde el inters general de la sociedad y del estado est sometido al inters particular.

Equipos Utilizados en un Pelotn de Orden Pblico

Pueden estar equipados con armas no mortales, en el caso de controlar disturbios. Las armas no mortales incluyen garrotes, escudos, equipos anti-disturbios, balas de goma y gases lacrimgenos, entre otras.

Escudo anti motn

Casco

Chaleco antibalas

Mscara antigs

Peinilla

Escopeta

Bocacha

Lanzador Mltiple

Dispersas Rociador

Rolo elctrico

Esposas

Gases Lacrimgenos.

Equipo individual utilizado por las unidades de la Guardia Nacional en las operaciones de control, mantenimiento y restablecimiento del orden pblico.

Escudo anti-motn: Proporciona proteccin contra objetos arrojadizos; usado en grupo, brinda una proteccin para la unidad que los porta y tienen un efecto psicolgico poderoso ante la multitud.

Casco: Fabricado de polietileno endurecido, de aproximadamente dos milmetros de espesor, con un recubrimiento interno de anime y goma espuma.

La nuquera: es de un material compuesto de goma conformada por tres capas escalonadas, para la proteccin de los huesos que se encuentran en la base de la nuca, denominados atlas o axis. Est compuesto por un paquete de tela sinttica anti-inflamable.

El baboquejo: est compuesto por un protector de goma que se amolda anatmicamente a al mentn y por medio de la correa de sujecin del casco a la cabeza, no permite que el mismo quede flojo.

Los chalecos antibalas: estn compuestos por un paquete balstico, el cual contiene en su interior capas de tela sinttica diseada con hilos de un material llamado KEVLAR.

ORDEN INTERNOConjunto de normas imperativas, es decir, aquellas normas no permisivas, imposibles de ser derogadas por la mera voluntad de los particulares (aplicacin positiva). Es una situacin de paz en el territorio nacional y de equilibrio en las estructuras socio-jurdico-poltico del Estado, regulado por el derecho pblico y poder poltico, orientado a mantener el Estado de Derecho con el fin de lograr el desarrollo nacional.

De acuerdo con el glosario de trminos del Estado Mayor de la Guardia Nacional de Venezuela (1978) est definido como: Una situacin de hecho en la cual las instituciones del estado y el sistema poltico que lo rige se encuentran a salvo de las perturbaciones que grupos nacionales o extranjeros o combinados puedan producir con la finalidad de desestabilizar el sistema.

Factores de riesgo que estn asociados con amenazas externas a la Seguridad Nacional, siendo algunos de ellos los siguientes:

El manejo de la negociacin poltica en los conflictos internos.

Debilidad en la lucha contra el crimen organizado transnacional;

Concesiones estratgicas en la lucha contra el terrorismo perifrico nacional;

La intromisin de diferendos y conflictos que enfrenten fuerzas fundamentalistas e ideolgicas;

Parcializacin poltica y abandono diplomtico en conflictos de lmites territoriales y de soberana.

Polticas aislantes en el contexto hemisfrico y regional.

Bajo nivel de tecnologas funcionales, para la prestacin de los servicios entre Naciones.

SEGURIDAD INTEGRALLa Seguridad Integral consiste en la aplicacin de diversas medidas que se disean y se adoptan para preservar a una instalacin, bienes materiales, documentos y/o personas.En el caso de las instalaciones, esta preservacin est orientada con el propsito de evitar la destruccin total o parcial de la instalacin, la intromisin de personas no autorizadas, la fuga de informaciones o documentos de vital inters, prdida de objetos o materiales por efectos de robos y hurtos, acciones de sabotaje, etc. La destruccin total o parcial de una instalacin o ciertos daos o prdidas que en ella puedan ocurrir, tambin pueden ser causados por efectos de la accin de elementos naturales. Es decir, pueden ocurrir como consecuencia de un terremoto, una inundacin, un incendio, un huracn, un sismo, etc.

Entre las funciones de la FANB delimitadas en el artculo 4 de la Ley Orgnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana numeral dos (02) se encuentra:

2. Defender los puntos estratgicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes mbitos: social, poltico, cultural, geogrfico, ambiental militar y econmico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencial InvasorEn particular entre las funciones de la guardia Nacional Bolivariana se encuentra Articulo 42 Numeral 6. Que incluye entre sus funciones la seguridad integral y resguardo de industrias, personas e instalaciones

Cooperar en la prevencin e investigacin de los delitos previstos en la legislacin sobre la materia de sustancias estupefacientes y psicotrpicas, contra el secuestro y la extorsin, la seguridad fronteriza y rural, la seguridad vial, la vigilancia a industrias de carcter estratgico, puertos y aeropuertos, control migratorio, orden pblico, seguridad ciudadana, Investigacin penal, apoyo, custodia y vigilancia de las instalaciones y del patrimonio del Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral, y apoyo a rganos de Proteccin Civil y Administracin de Desastres;CAPACITACIN DE LA POBLACIN EN CASO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRES.El decreto con Fuerza de ley de la Organizacin Nacional de Proteccin Civil y Administracin de Desastres (PCAD, 2001) en su artculo 20 establece que los comits Coordinadores de la Organizacin de PCAD, deben disear y someter a consideracin del Ministro de Interior y Justicia, para la aprobacin, las estrategias de preparacin y autoproteccin ante desastres para reducir la vulnerabilidad en la poblacin.

Ante un desastre el gobernador o alcalde, segn el mbito territorial, son la mxima autoridad ejecutiva en materia de PCAD.

La responsabilidad de coordinacin de las acciones en situacin de desastre la asumir el rgano que, en el lugar del suceso, disponga de mayor capacidad de respuesta y cantidad de medios que correspondan con la naturaleza del desastre.

Cuando la situacin se presente en dos o ms municipios asumir la responsabilidad de las acciones la organizacin de PCAD del estado; si afecta ms de dos estados tomar el control de la situacin la Organizacin Nacional.

Las unidades de la Fuerza Armada Nacional y de los rganos de seguridad Ciudadana estarn a disposicin de la autoridad, competente y actuarn bajo las rdenes de sus mandos.Participacin Ciudadana en Caso de Emergencia y/o Desastres.Los ciudadanos pueden incorporarse de proteccin civil, de forma voluntaria, y en algunas ocasiones, de forma imperativa, ya que toda persona tiene la obligacin de participar en caso de catstrofe.

Los grupos de voluntarios, se constituirn bajo la figura de asociaciones civiles o fundaciones, sin fines de lucro, y debern estar registrados en la Direccin de proteccin Civil y administracin de Desastres de la jurisdiccin donde prestan sus servicios.

En todo caso se considerarn como organismos de atencin secundaria ante emergencias y desastres.

Los requisitos para ser voluntario debidamente organizado, es estar en buenas condiciones, fsicas, psquicas y mentales y haber realizado los cursos de formacin. Aunque tambin en determinadas emergencias cualquier ciudadano puede colaborar.

No slo participando como voluntario se colabora; tambin a travs de la autoproteccin.

Autoproteccin Organizada

Se trata de organizarse entre las mismas personas de la comunidad, uniendo los recursos materiales disponibles entre ellos para prevencin en caso de emergencias.

Autoproteccin Corporativa

Es la organizacin de trabajadores y habitantes de edificios empresariales o institucionales, que se agrupan conjuntamente con vecinos de zonas aledaas para disear planes de contingencia en casos de emergencias.CONCLUSIONES

ElOrden Internoes un trmino tan amplio, que el responsable del mismo es el Poder Pblico Nacional, a travs de los diferentes poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y Ciudadano), adicionndoles a ste, Gobernadores de Estado y Alcaldes.

En atencin de los Objetivos Nacionales y sus Intereses, las Constituciones Nacionales, establecen los fines y dictan sus ordenamientos estructurales, distribuyendo y asignando a los diversos rganos y sectores, sus respectivas responsabilidades, las cuales debern cumplirse en las diferentes Leyes Orgnicas, Ordinarias y Reglamentos que debern actualizarse en un futuro inmediato.

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