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Page 1: ÚNICA.- Declaran LAS PARTES RECOMENDACION/CONVENIO...número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos diecinueve (5744319) de fecha treinta de diciembre del dos
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Convenio Modificatorio al Contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable de fecha dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete, que celebran por una parte la COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE MEXICALI, por conducto de su Director General Ingeniero Francisco Javier Paredes Rodríguez, a quien en Io sucesivo se le denominará LA CESPM, por otra parte COMPAÑÍA CERVECERA BC S. DE R.L. DE C.V., y BC TENEDORA INMOBILIARIA, S. DE R.L. DE C.V., esta última, en su calidad de propietaria del inmueble, ambas representadas por su Representante Legal el Licenciado Abdón Humberto Hernández Martínez, a quienes en lo sucesivo se les denominará EL USUARIO y a quienes conjuntamente se les denominará LAS PARTES, mismas que de conformidad se sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S

ÚNICA.- Declaran LAS PARTES:

a.- Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que actúan.

b.- Que con fecha 18 de agosto del 2017, celebraron un contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable, por un volumen máximo de 15 Ips.

c.- Que reconocen y aceptan para todos los efectos legales el contenido del texto, condiciones, obligaciones y demás disposiciones implícitas en el dictamen de factibilidad identificado con el oficio SOAT-0687/2018 folio 303402 de fecha 07 de junio de 2018, por un volumen de agua de 117.99 Ips., hasta un máximo de 250 Ips.

d.- Que es su voluntad modificar el contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable de fecha 18 de agosto del 2017.

Expuesto lo anterior, LAS PARTES otorgan las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA. - LAS PARTES establecen de común acuerdo, modificar el contenido y texto del contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable de fecha 18 de agosto del 2017, para adicionar e incluir los siguientes puntos de interés:

a.- Declaración II.2.4 BIS en el capítulo donde declara EL USUARIO, debiendo quedar inserta y formar parte del contrato, la siguiente declaración:

11.2.4 BIS Que es legítima propietaria de los Inmuebles que se desglosan, y acredita su propiedad a través de Escrituras Públicas Protocolizadas ante la Fe del Licenciado Juan Carlos Bejarano Borboa, Titular de la Notaría Pública Número Dos, actuando por Convenio de Asociación en el Protocolo del Licenciado Juan N. Chapa y de Urquidi, Titular de la Notaría Pública Número Siete, ambas de la Municipalidad de Mexicali, Baja California, cuyos Primer Testimonio fueron registrados ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, por una superficie total de 314-28-00 hectáreas (trescientas catorce hectáreas veintiocho áreas cero centiáreas). A continuación, se describen las características urbanas y jurídicas de los veinticinco Lotes que integran el Proyecto:

Sortiz
Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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Lote Número Ciento Setenta y Uno "Z" Guión Uno "P" Guión Tres (171 Z-l P-3) del Ejido Durango, Mexicali, Baja California, Clave Catastral 05-14-017-004, (actualmente Lote 14 Fracción Oeste Colonia Tres División Dos) superficie de 20-09-51.04 hectáreas (veinte hectáreas nueve áreas cincuenta y uno punto cero cuatro centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y tres mil cuatrocientos cinco (53,405) del Volumen mil ochocientos noventa (1 ,890) de fecha uno de abril del dos mil dieciséis, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cincuenta y cinco mil ciento uno (5755101), de fecha veintidós de abril del dos mil dieciséis.

Lote Número Catorce (14) Fracción Media, Manzana Sin Manzana (S/M) Colonia Tres División Dos, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 4-70-00 hectáreas (cuatro hectáreas setenta áreas, cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y tres mil novecientos setenta y ocho (53,978), del volumen mil novecientos once (1911) de fecha veintinueve días de junio del dos mil dieciséis; cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos sesenta y ocho mil trescientos cuarenta y ocho (5768348) de fecha veinticinco de agosto del dos mil dieciséis.

Lote Parcela Número Uno (01) ("Z"-O-P-53) Zeta Cero Porción cincuenta y tres, de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, (Ejido Grupo Río Colorado) en la ciudad de Mexicali, Baja California, (Ejido Grupo Río Colorado) superficie de 10-00 00 hectáreas (diez hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y tres (55,543) Volumen mil novecientos setenta (1 ,970) de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos noventa y dos mil doscientos ochenta y cuatro (5792284) de fecha nueve de mayo del dos mil diecisiete.

Lote Número Dieciséis (16) Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 05-33-55 hectáreas (cinco hectáreas treinta y tres áreas cincuenta y cinco centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil. seiscientos setenta y siete (52,677) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1871) de fecha once de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y seis (5744896) de fecha ocho de enero del dos mil dieciséis.

Lote Número Dieciséis (16) Porción de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 05-33-55 hectáreas (cinco hectáreas treinta y tres áreas cincuenta y cinco centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico Número Cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y ocho (52,658) del Volumen mil ochocientos setenta y de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones

Sortiz
Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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setecientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco (5744485) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince. Fracción del Lote Agrícola Dieciocho (18) Porción "A" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 12-00-00 hectáreas (doce hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cuatro mil setecientos ochenta y cinco (54,785) del Volumen mil novecientos treinta y ocho (1,938) de fecha treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos ochenta y dos mil cuatrocientos setenta y uno (5782471) de fecha treinta de enero del dos mil diecisiete.

Lote Número Diecisiete (17) Fracción Oeste Porción Oeste de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Colorado III, Delegación Cerro Prieto, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 15-00-00 hectáreas (quince hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y cuatro (52,664) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos diecinueve (5744319) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Diecisiete (17) Fracción Oeste Porción Este de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, Clave Catastral 05-14-017-004, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 05-00-00 hectáreas (cinco hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco (52,665) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y uno (5744291) de fecha diez de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Diecisiete (17) Fracción Este de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Colorado III, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 18-00-00 hectáreas (dieciocho hectáreas cero áreas cero centiáreas), clave catastral RU-004-924, lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos setenta y dos (52,672) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos uno (5744301) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Diecisiete (17) Fracción Este de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Colorado III, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 03-26-00 hectáreas (tres hectáreas veintiséis áreas cero áreas), clave catastral 05-14-017-001, lo que acredita con Instrumento Jurídico húmero cincuenta y dos mil seiscientos setenta y uno (52,671) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del

Sortiz
Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos (5744300) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Diecisiete (17) Fracción Restante (FR) de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 03-53-53.570 hectáreas (Tres hectáreas cincuenta y tres áreas cincuenta y tres punto quinientos setenta centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico Número Cincuenta y dos mil seiscientos setenta (52,670) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número Cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis (5744486), de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Quince (15) Fracción Este de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 27-00-00 hectáreas (Veintisiete hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y uno (55,541) del Volumen mil novecientos setenta (1,970) de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta (5792240) de fecha ocho de mayo del dos mil diecisiete.

Lote Número Quince (15) Fracción Oeste de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Tres División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de18-71-36.92 hectáreas (dieciocho hectáreas setenta y un áreas treinta y seis punto noventa y dos centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y uno (55,541) del Volumen mil novecientos setenta (1,970) de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida i número cinco millones setecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta (5792240) de fecha ocho de mayo del dos mil diecisiete.

Lote Número Treinta y Cuatro (34) Fracción Este de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 26-00-00 hectáreas (veintiséis hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y dos (55,542) del Volumen mil novecientos setenta (1 ,970) de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos noventa y cinco mil quinientos dos (5795502) de fecha siete de junio del dos mil diecisiete.

Lote Número Treinta y Cuatro (34) Fracción Oeste de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 17-30-00 hectáreas (diecisiete hectáreas treinta áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y dos (55,542) del Volumen mil novecientos setenta (1,970) de fecha dieciséis de marzo del dos mil diecisiete,

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Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos noventa y cinco mil quinientos dos (5795502) de fecha siete de junio del dos mil diecisiete.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Fracción "A" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 22-00-00 hectáreas (veintidós hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro (52,654) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos dieciocho (5744318) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Que ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Mexicali, Baja California, Sección Civil, bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho (5744298) de fecha tres de agosto del dos mil dieciséis, quedó registrada la Fusión de los Lotes: 35 Fracción Oeste de la Fracción "B" y 35 Porción Restante de la Fracción "B", de esta misma Declaración en este Instrumento Jurídico. El Predio Resultante es el Lote 35 (Treinta y cinco) Fracción "B" de la Manzana Sin Manzana (S/M), de la Colonia Cuatro (4) División (2), Clave Catastral 05-J4-.35-004, con superficie de 210,000.00 m2 (doscientos diez mil metros cuadrados), equivalentes a 21-00-00 hectáreas (veintiuna hectáreas cero áreas cero centiáreas). Los Lotes fusionados son los siguientes:

Lote 35 Fracción Oeste de la Fracción "B" de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 05-00-00 hectáreas (cinco hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y tres (52,653) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho (5744298) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote 35 Porción Restante de la Fracción "B" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 16-00-00 hectáreas (dieciséis hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y dos (52,652) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos diecisiete (5744317) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Norte de la Porción Oeste de la Fracción "C" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 10-01-55.65 hectáreas (diez hectáreas un área

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Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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cincuenta y cinco punto sesenta y cinco centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cuarenta y nueve (52,649) del Volumen mil ochocientos setenta (1,870) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número Cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y siete (5744287) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince. Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Noroeste de la Porción Este de la Fracción "C" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 05-00-00 hectáreas (cinco hectáreas cero áreas cero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta (52,650) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,870) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la PARTIDA número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y cuatro (5744334) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Este de la Fracción "C" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 14-88-88 hectáreas (catorce hectáreas ochenta y ocho áreas ochenta y ocho centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y uno (52,651) del Volumen mil ochocientos setenta (1,870) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado, bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho (5744288) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Fracción Sureste de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de

03-08-06 hectáreas (tres hectáreas ocho áreas seis centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y uno (52,661) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa (5744290) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Sur de la Porción Oeste de la Fracción "C" de la Manzana SIM (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la Ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 10-01-55.65 hectáreas (diez hectáreas un área cincuenta y cinco punto sesenta y cinco centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y ocho (52,668) del volumen mil ochocientos setenta y uno (1 ,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedo registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y uno (5744281) de fecha treinta de diciembre de dos mil quince.

Sortiz
Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Sureste de la Fracción "E" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 18-23-40 hectáreas (dieciocho hectáreas veintitrés áreas cuarenta centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y dos (52,662) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y dos (5744282) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Sur de la Fracción "D" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie de 13-76-54.98 hectáreas (trece hectáreas setenta y seis áreas cincuenta y cuatro punto noventa y ocho centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y ocho (54,798) del Volumen mil novecientos treinta y nueve (1,939) de fecha uno de noviembre del dos mil dieciséis, cuyo Primer Testimonio quedó registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos setenta y nueve mil novecientos veintisiete (5779927) de fecha veinte de diciembre del dos mil dieciséis.

Lote Número Treinta y Cinco (35) Porción Oeste de la Porción Sur de la Fracción "D" de la Manzana S/M (Sin Manzana) de la Colonia Cuatro División Dos, en la ciudad de Mexicali, Baja California, superficie 05-00-00 hectáreas (cinco hectáreas cero áreas acero centiáreas), lo que acredita con Instrumento Jurídico número cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y nueve (52,659) del Volumen mil ochocientos setenta y uno (1,871) de fecha diez de diciembre del dos mil quince, cuyo Primer Testimonio quedo registrado bajo la Partida número cinco millones setecientos cuarenta y cuatro doscientos setenta y nueve (5744279) de fecha treinta de diciembre del dos mil quince.

b.- Modificación al primer y segundo párrafo, así como al inciso b) de la Cláusula Primera, para quedar como a continuación se indica:

"PRIMERA. - LA CESPM se obliga a prestar el servicio de agua potable a EL USUARIO, bajo una sola toma de agua, en los predios plenamente identificados en la declaración II.2.4 y II.2.4 BIS que antecede.

La prestación del servicio de agua potable, se brindará conforme a los dictámenes de factibilidad de servicios identificados con el oficio SOAT-1060-17 folio 281549 de fecha 13 de julio de 2017, por un volumen de agua máximo de 151ps, y oficio SOAT-0687/2018 folio 303402 de fecha 07 de junio de 2018, por un volumen de agua de 117.99 Ips., y hasta un volumen máximo de 250 Ips., conforme a lo respaldado por la cesión de derechos de agua en cumplimiento y observancia al artículo 153, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, y de acuerdo a las posibilidades técnicas y de infraestructura, así como a la disponibilidad del recurso hídrico de LA CESPM y a las políticas y criterios generales que ésta determine, entendiéndose y aceptándose que el volumen de agua máximo de 15 Ips., forma parte del volumen de agua total de hasta 250 Ips.

b) En fecha 16 de agosto de 2017 se suscribió el contrato de cesión de derechos de riego

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Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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y/o uso de agua a título gratuito a favor de LA CESPM por la cantidad de 20-00-00 hectáreas (veinte hectáreas, cero áreas, cero centiáreas), el cual quedó asentado en la escritura pública 5,568, Volumen 179, pasada ante la fe del Licenciado Raúl López Quintero, Notario Público número Doce de Mexicali, Baja California. En esa misma fecha, se celebró el contrato de promesa de cesión de derechos de agua, en el que EL USUARIO, se obliga a favor de LA CESPM a ceder a título gratuito las restantes 02-00-00 hectáreas (dos hectáreas, cero áreas, cero centiáreas), que corresponden al predio señalado en la declaración II.2.4 de este contrato, de conformidad a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 153, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, así como a lo ordenado en el dictamen de factibilidad de servicios identificado con el oficio SOAT-1060-17 folio 281549 de fecha 13 de julio de 2017. Igualmente, el 29 de junio del 2018, se celebró el contrato de promesa de cesión de derechos de agua, en el que EL USUARIO, se obliga a favor de LA CESPM a ceder a título gratuito 292-28-00 hectáreas (doscientas noventa y dos hectáreas, veintiocho áreas, cero centiáreas), que corresponden a los predios señalados en la declaración 11.2.4 BIS, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 153, de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, así como lo ordenado en el dictamen de factibilidad de servicios identificado con el oficio SOAT-0687/2018, folio 303402 de fecha 07 de junio de 2018."

SEGUNDA.- LAS PARTES acuerdan que los demás incisos señalados en la Cláusula Primera del contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable de fecha 18 de agosto del 2017, seguirán subsistentes y le serán de igual manera aplicables en lo que respecta a la declaración II.2.4 BIS y al dictamen de factibilidad de servicios identificado con el oficio SOAT-0687/2018 folio 303402 de fecha 07 de junio de 2018, debiéndose aplicar y/o acreditar según correspondan los conceptos, ajustes y cargos correspondientes de forma inmediata al momento de incrementarse la necesidad de abasto del volumen de agua que se solicite por EL USUARIO; asimismo seguirá subsistente todo el contenido del contrato de adhesión para la prestación del servicio de agua potable de fecha 18 de agosto del 2017, por lo que prevalece con toda su fuerza legal.

TERCERA.- LAS PARTES acuerdan que, de requerirse un incremento en el volumen de agua suministrada, el usuario deberá solicitarlo por escrito a LA CESPM y éste sólo se otorgará hasta alcanzar el volumen de agua respaldado por los derechos de agua establecidos en el artículo 153 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, debiendo' dar cumplimiento con los puntos establecidos en el dictamen de factibilidad de servicios identificado con el oficio SOAT-0687/2018 folio 303402 de fecha 07 de junio de 2018, apegándose a las políticas, lineamientos y acuerdos que establezca LA CESPM.

CUARTA. - EL USUARIO se obliga a dar aviso por escrito a LA CESPM, cuando el destino o uso del agua suministrada, sea distinto a lo manifestado en la declaración II.1.5 del Contrato de Adhesión para la Prestación del Servicio de Agua Potable de fecha 18 de agosto del 2017.

QUINTA. - LAS PARTES reconocen y aceptan que la totalidad de las cláusulas contenidas en el presente convenio modificatorio, son obligatorias, manifestando que en la celebración del mismo no existe dolo, error, mala fe, violencia física o moral o cualquier otro vicio en el consentimiento que pueda afectar su validez.

SEXTA. - Para la interpretación y cumplimiento del presente convenio modificatorio, LAS

Sortiz
Cuadro de texto
Se suprimió información clasificada como confidencial en virtud de contener datos personales de conformidad con lo establecido en los artículos 4 fracciones VI, XII, 7, 55, 80 y demás relativos a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, así como los artículos 136, 140 y demás aplicables del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y en los artículos 3 fracciones IV y VI, 4 fracciones VIII y XXIII, 5 y 16 y demás aplicables en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Y conforme al acuerdo No. CT-03-/11-MARZO-2020 en el acta de la segunda sesión extraordinaria de Comité de Transparencia, celebrada el día 10 de marzo de 2020.
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PARTES se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes de la ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando desde este momento a cualquier otro fuero o jurisdicción que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.

Leído que fue por las partes y enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman para constancia en la ciudad de Mexicali, B.C. a los 02 días del mes de julio del año 2018.

ABDONHUMBERTO HËRNÄNDEZ MARTINEZ

REPRESENTANTE LEGAL

TESTIGOS

LUIS MANUEL GARCIA CISNEROS DIRECTOR LEGAL DE COMPANIA SUBDIRECTOR COMERCIAL DE LA CESPM CERVECERA BC S. DE R.L. DE C.V.

FRA

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