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NATURALEZA JURÍDICA CONCEPTO PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL

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derecho procesal internacional

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NATURALEZA JURÍDICA CONCEPTOPRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL

concepto

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

Es proceso internacional aquel cuyo objeto plantea como problema la aplicación (o inaplicación) de derecho extranjero o derecho internacional convencional

Se ocupa de las actividades y relaciones entre personas de derecho privado que producen efectos en el ámbito internacional, sin tratarse de un derecho comparado y sin que medie consideración ni distingo de ninguna naturaleza en cuanto a su nacionalidad, domicilio, lengua, etnia, religión, costumbres, etc.

Naturaleza jurídica

DIPSu objeto es

resolver conflictos de leyes

Fuentes:autónomas: elaboradas por los

parlamentos estatales* Normas autónomas

*convencionales* institucionales* transnacionales

FinesProcurar armonía, obtener seguridad,

lograr justicia.

Naturaleza

Teoría universalista o internacionalista.

Dice que el DIP nace de fuentes y de

normas internacionalesLos problemas y

soluciones del DIP son de carácter internacional

Deben buscarse las soluciones a esos problemas en las

normas de carácter internacional.

Teoría nacionalista o interna

Dice que los problemas con

elementos internacionales deben resolverse y nutrirse con normas internas.

El DIP es una proyección

internacional de los problemas nacionales.

Los problemas internacionales deben

tener soluciones propias en cada país.

Teoría dual

El DIP es de naturaleza nacional e

internacional. Ambos se

complementan.Los problemas,

fuentes y soluciones, son de carácter nacional e internacional.

De acuerdo a la escuela de concepción intermedia, el contenido temático del Derecho Internacional Privado, lo es la denominada Competencia Judicial Internacional o [[Jurisdiction]], el Derecho Aplicable o [[Choice of Law]] y el Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Judiciales Extranjeras o Laudos Arbitrales Extranjeros o The Recognition and Enforcement of Judgments Rendered by Foreign Courts or Awards of Foreign Arbitrations. (Clarkson, CMV & Hill, Jonathan, 2006)

La Competencia Judicial Internacional es el sector del Derecho Internacional Privado que determina los casos y las circunstancias bajo las cuales un juez nacional habrá de conocer de un caso derivado de una relación privada internacional.

  El Derecho Aplicable es el sector dedicado a determinar cual habrá de ser el derecho conforme al

cual habrá de resolver el fondo de asunto derivado de una relación privada internacional, dentro del que existen diversas técnicas de reglamentación que a saber son:

• La Norma de Conflicto, • La norma material especial (dentro de las que englobo a la Norma Material de Derecho

Internacional Privado y la Norma Material de Derecho Uniforme), • La Norma de Extensión y, • La Norma de Aplicación InmediataEl Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Judiciales Extranjeras o Laudos Arbitrales Extranjeros es

el concreto sector del Derecho Internacional Privado que determina los requisitos e impedimentos que deben atenderse ante los casos en que deba conocerse de un reconocimiento y en su caso, ejecución de una sentencia o laudo dictado en el extranjero.

concepto

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

Es proceso internacional aquel cuyo objeto plantea como problema la aplicación (o inaplicación) de derecho extranjero o derecho internacional convencional

Se ocupa de las actividades y relaciones entre personas de derecho privado que producen efectos en el ámbito internacional, sin tratarse de un derecho comparado y sin que medie consideración ni distingo de ninguna naturaleza en cuanto a su nacionalidad, domicilio, lengua, etnia, religión, costumbres, etc.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO

IGUALDAD En dos sentidos: Igualdad de posibilidades en el ejercicio de la

acción y en el de la defensa de acuerdo con el axioma que dice, no debe ser licito para el actor lo que no se le permite al reo, no se haga concesión a una de las partes sin que se le haga a la otra.

En el de la aplicación de la llamada garantía de audiencia, cuando se dice que toda pretensión o petición formulada por alguna de las partes, se debe comunicar a la otra, para que ésta lo acepte o se oponga a ella.

Algunas aplicaciones del principio

A) Demanda B) Alegar y recurrirC) Incidentes

Desigualdad

DISPOSICIÓN consiste en que las parte impulsan el

proceso; el juez no puede actuar sino a petición de éstas. Si dichas partes no actúan, el proceso no avanza, e inclusive se puede extinguir por el transcurso de un plazo (caducidad)

Interés privado

Algunas aplicaciones al principioA) demanda B) Desistimiento, transacción, caducidad C) Apelaciones

ECONOMIA  Este principio se puede referir al tiempo y al

dinero Economía al tiempo: para obtenerla se deben

simplificar y disminuir los actos procesales, y acortar los plazos para la realización de estos

Economía del dinero: el proceso no debe ser más oneroso que el objeto reclamado, si el actor va hacer erogaciones de mayor valor económico que el de las prestaciones que obtendría, suponiendo que la sentencia le fuera favorable, perdería todo interés en el juicio

Aplicaciones al principio Simplificación en las formas de debate Limitación de algunas pruebas por

ejemplo en el numero de peritos No condenación al pago de gastos y

costas

PROBIDAD El deber de las partes de actuar en el juicio

con buena fe y honradez, si bien es cierto que no hay obligación procesal de las partes de decir verdad cuando no están sometidas a la prueba de confesión, se considera sin embargo que los principios éticos están implícitos en el proceso mismo.

Algunas aplicaciones a este principioa) Demanda y contestaciónb) Pruebas c) Excepciones y defensas

PUBLICIDAD Consiste en la entrada del público a los debates judiciales o en

la facultad de las partes y sus defensores de consultar el expediente

El principio se rompe cuando la moral o el interés público así lo exigen  

PRECLUSIÓNConsiste en la pérdida o extinción de una facultad procesal,

cuando esta no es ejercida oportunamente.Las etapas en las que se desarrolla el proceso no pueden ser

reiteradas una vez que se han concluido o se han extinguido. Su aplicación Se aplica cuando transcurren los términos o plazos procesales

dentro de los que se debe realizar alguna actuación judicial sin que se haya hecho.

Pruebas Alegatos

CONCENTRACIÓNConsiste en que en ciertas cuestiones litigiosas o

incidentales se van acumulando para ser resueltas en un solo acto en la sentencia definitiva

 INMEDIACIÓN Se puede tomar en dos sentidos En que el juez actué en contacto personal con las partes y

los demás sujetos que intervienen en el proceso, que sea el que interrogue a dichas partes y oiga sus alegatos etc.

El juez que recibe las pruebas debe resolver el fondo del asunto

 ADQUISICION PROCESAL Consiste en que la pruebas rendidas por una de las partes,

pueden ser aprovechadas por la otra, aunque esta no sea la que las haya ofrecido ni rendido.

CONGRUENCIA CON LA SENTENCIA Consiste en que la sentencia debe ser

congruente consigo misma y con la litis

LA JUSTICIA GRATUITA Se manifestó como una aspiración de los

juristas latinoamericanos frente a la onerosidad que se ha caracterizado y desafortunadamente, todavía impera , lo que se traduce en una desigualdad patente respecto de aquellos que carecen de los medios necesarios para soportar los gastos del proceso.

LA ASISTENCIA JURIDICA La única forma práctica de lograr un equilibrio

efectivo de las partes en el proceso consiste en garantizar a la parte más débil, además de una exención de las costas judiciales, cuando existen, una asistencia letrada obligatoria y gratuita que le permita superar su situación de inferioridad frente a la otra, cuando esta ultima posee mayores elementos económicos, y por tanto, de asesoramiento y si ambas están en la misma condición de penuria, el beneficio debe establecerse para ambas.

AUDIENCIA Junto con el principio de igualdad es uno de los

llamados principios jurídico-naturales del proceso, se entiende por este principio que nadie puede ser condenado sin haber sido oído y vencido en el juicio. Dicho en otras palabras no puede una resolución judicial para un sujeto sin que este haya tenido la oportunidad de exponer dentro del proceso en que la resolución recae, lo que estime conveniente y éste legalmente previsto como medio de defensa

LEGALIDAD Consiste en que las formalidades y actuaciones de las

partes del proceso, incluso el tribunal, deben estar contenidas en la norma.

COSA JUZGADA Significa que una vez decidido con las

formalidades legales, un litigio o un asunto penal entre determinadas partes, estas deben acatar la resolución que le pone en término, sin que les sea permitido planearlo de nuevo, y los jueces deben respetarla.

LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO CIVIL LATINOAMERICANO

ESCRITO SECRETO JUEZ LIMITADO