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N° de documento: NRF-043-PEMEX-2003 Rev.: 0 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 17 de mayo de 2003 PÁGINA 1 DE 47 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PEMEX-EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN ACERCAMIENTO Y AMARRE DE EMBARCACIONES A INSTALACIONES COSTA AFUERA

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México, D. F., a 17 de mayo de 2003.

SI LOS SELLOS DE ESTE DOCUMENTO NO ESTÁN EN ORIGINAL, NO ES DOCUMENTO CONTROLADO

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CONTENIDO

CAPÍTULO PAGINA

0. INTRODUCCIÓN 5

1. OBJETIVO 5

2. ALCANCE 5

3. ACTUALIZACIÓN 6

4. CAMPO DE APLICACIÓN 6

5. REFERENCIAS 6

6. DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA. 6

7. ABREVIATURAS Y SIMBOLOGÍA 10

8. DESARROLLO 10

8.1 Normatividad requerida a bordo de la embarcación . 10

8.2 Clasificación de embarcaciones por el tipo de servicio. 11

8.2.1 Lanchas de Pasaje. 11

8.2.2 Barcos Remolcadores. 11

8.2.3 Barcos Abastecedores. 11

8.2.4 Barcos Inspectores. 12

8.2.5 Barcos de Operaciones Especiales. 12

8.2.6 Barcos Grúa o de Mantenimiento. 12

8.2.7 Barcos Hotel. 12

8.2.8 Barcazas. 12

8.3 Comunicación para permitir el acoderamiento. 12

8.4 Acercamiento o acoderamiento. 13

8.4.1 Lanchas de pasaje. 13

8.4.2 Barcos remolcadores. 14

8.4.3 Barcos abastecedores. 14

8.4.4 Barcos inspectores. 14

8.4.5 Barcos de operaciones especiales. 15

8.4.6 Barcos grúa o de mantenimiento, Barcos hotel y Barcazas. 16

8.5 Planes Operativos de Seguridad 17

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8.5.1 Colisión de Embarcación con Plataforma 17

8.5.2 Pronostico de mal tiempo 17

8.5.3 Incendio en Instalación o Embarcación 18

8.5.4 Fallas operativas. (Instrumentación, satelital, mecánica o eléctrica). 18

9. RESPONSABILIDADES 18

9.1 Petróleos Mexicanos, organismos subsidiarios y empresas filiales. 18

9.2 Subcomité técnico de normalización de Pemex Exploración y Producción.

19

9.3 Contratistas y prestadores de servicios. 19

10. CONCORDANCIA CON OTRAS NORMAS 19

11. BIBLIOGRAFÍA 19

12. ANEXOS 21

12.1 Procedimientos de posicionamiento. 21

12.2 Zonas a evitar, zonas de precaución y zonas de fondeo. 43

12.3 Flujograma 47

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0. INTRODUCCIÓN.

La necesidad de Pemex Exploración y Producción por cubrir la demanda de distribución de crudo y productos derivados a nivel nacional e internacional, ha mantenido una tendencia en el incremento de la infraestructura para la exploración, explotación, transporte y manejo de hidrocarburos en la Sonda de Campeche. La magnitud y complejidad de las actividades que se desarrollan en las instalaciones costafuera de Pemex Exploración y Producción ha incrementado los movimientos de entrada y salida de embarcaciones a sus plataformas marinas, así como las maniobras de fondeo, atraque y amarre, por lo que la probabilidad de accidentes por colisión de las mismas contra las plataformas, se ha incrementado. Con la finalidad de proteger la vida del personal que opera tanto en las instalaciones costafuera como en las embarcaciones, así como también el de evitar un siniestro, se elabora la presente norma de referencia, que contempla las actividades que deben realizar las áreas involucradas, las compañías operadoras de embarcaciones y las empresas que nos proporcionan servicios, y que servirá de apoyo en las funciones que tiene encomendadas el Sistema de Organización del Tráfico Marítimo en el Golfo de Campeche y en la Terminal Marítima Petrolera en Cayo Arcas, Campeche. Este documento normativo se realizó en atención y cumplimiento a: La Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento. La Ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas y su Reglamento. La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas. Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas NMX-Z-13/1-1997. Guía para la emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Participaron en su elaboración las Direcciones de Petróleos Mexicanos e Instituciones que se indican a continuación: Pemex Exploración y Producción (PEP). Petróleos Mexicanos. Instituto Mexicano del Petróleo (IMP). Cía. Racal Subacuática Constructora y Arrendadora México, S.A. (CAMSA) Servicios Marítimos de Campeche, S.A. (SMC) 1. OBJETIVO. Establecer la metodología, criterios y requisitos mínimos de seguridad y protección ambiental, que deben cumplir las embarcaciones que requieren acoderarse a las plataformas petroleras costa afuera, para prestar un servicio de mantenimiento integral, ejecutar maniobras de embarque y desembarque de personal, equipo y materiales.

2. ALCANCE. Esta norma de referencia establece los requisitos mínimos de seguridad para el acercamiento, y acoderamiento o amarre de las embarcaciones a las instalaciones costafuera, así como el procedimiento de comunicación previo que debe de existir para que la Estación de Control de Tráfico Marítimo permita el acercamiento o

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acoderamiento de la embarcación tanto de día como de noche, así como las medidas de seguridad que deben tomarse en caso de mal tiempo. Toda condición particular de embarcación o tipo de servicio no incluidas en la presente norma debe ser sustentada en las bases de concurso y reconfirmada en la junta de aclaraciones, donde se definirá su apego a la presente norma en lo que corresponda. 3. ACTUALIZACIÓN. Las sugerencias para la revisión y actualización de esta norma, deben enviarse al Secretario del Subcomité Técnico de Normalización de PEP, quien deberá programar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas, y en su caso, a través, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, procederá a inscribirla en el programa anual de Normalización de Pemex. Sin embargo, esta norma se debe revisar y actualizar, al menos cada 5 años o antes, si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Pemex Exploración y Producción. Subcomité Técnico de Normalización. Bahía de Ballenas #5, Edificio “D”, 9° Piso. Col. Verónica Anzures. 11311 México, D.F. Teléfono directo: 55-45-20-35. Conmutador: 57-22-25-00, Extensión: 55083, 55048, 55075.

4. CAMPO DE APLICACIÓN. Esta norma de referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la contratación de los servicios objeto de la misma, que lleven a cabo los centros de trabajo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios por las compañías contratistas y prestadores de servicios que desarrollen y/o ejecuten trabajos con embarcaciones. Por lo tanto debe ser incluida en los procedimientos de contratación: Licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o Adjudicación directa, como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor, contratista o licitante, y en su caso, el interesado.

5. REFERENCIAS. No aplica, por no citarse en esta Norma de Referencia, ninguna Norma Oficial Mexicana. 6. DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA. Para los propósitos de esta Norma de Referencia, se definen los siguientes términos:

6.1 Accidente: Evento o combinación de eventos no deseados, inesperados e instantáneos, que tienen

consecuencias tales como lesiones al personal, daños a terceros en sus bienes o en sus personas, daños al medio ambiente, daños a las instalaciones, o alteración a la actividad normal del proceso.

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6.2 Acoderar: Acción de amarrar una embarcación por medio de coderas o cabos a las bitas del muelle de una plataforma, a otra embarcación o a una instalación terrestre o fijarse al lecho marino mediante anclas.

6.3 Avante: Movimiento de una embarcación hacia el frente, en dirección hacia la proa. 6.4 Babor: Banda izquierda de la embarcación mirando a proa. 6.4 Barcos Contraincendio.- Embarcación de apoyo utilizada para proteger las instalaciones de la radiación

durante un incendio o quema de gas. 6.5 Barcos con Baterías de Separación.- Embarcación utilizada como apoyo a las plataformas en el

proceso de separación de hidrocarburos. 6.6 Barcos Estimuladores de Pozos.- Embarcación utilizada para la inyección de productos químicos para

la reactivación de un pozo petrolero. 6.7 Barcos Loderos.- Embarcación utilizada para el control de pozos mediante la inyección de fluidos a la

formación tales como: salmueras, lodos base agua y diesel. 6.8 Barlovento: Es de donde viene el viento. 6.9 Bita: Poste o par de postes fijos sobre la cubierta de una embarcación o del muelle de una estructura

que sirve para amarrar los cabos. 6.10 Boya: Cuerpo cilíndrico flotante que generalmente sirve para marcar un lugar o señalar la ubicación

donde se encuentra fondeada un ancla. 6.11 Bow thruster: Propulsor de proa de las embarcaciones, utilizado para las maniobras de acercamiento,

amarre o posicionamiento a plataformas marinas u otras embarcaciones. 6.12 Cabo: Cuerda gruesa de hilos entrelazados de fibra vegetal o sintética, utilizada generalmente para el

amarre de las embarcaciones. 6.13 Calado: Distancia vertical desde el canto bajo de la quilla hasta la línea de flotación, expresada en metros. 6.14 Chaser: Instrumento de acero forjado que va afirmado al extremo de un orinque y sirve para recuperar el

ancla de una embarcación cuando le falta la boya o para colocar una boya intermedia. 6.15 Compañía/Armador: El propietario de la embarcación o cualquier otra organización o persona con la

responsabilidad de la explotación de la embarcación y que ha aceptado las obligaciones y responsabilidades estipuladas en un contrato con Pemex Exploración y Producción.

6.16 Control de Tráfico Marítimo: Entidad de PEP destinada a evitar cualquier tipo de riesgos a toda

embarcación que transite dentro del área de plataformas, coordinando y facilitando la fluidez del tráfico de las embarcaciones y proporcionando los medios de respuesta en caso de contingencia.

6.17 Cubertada: Cargamento sobre la cubierta principal de una embarcación. 6.18 E.T.A.: Hora estimada de llegada de una embarcación a su destino.

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6.19 Ecosonda: Instrumento electrónico que registra el tirante de agua y objetos que se encuentran en el lecho marino.

6.20 Embarcación: Todo artefacto naval simétrico flotante que pueda ser utilizado para los trabajos que en el

mar se requieran. 6.21 Empropelada: Se dice cuando se ha enredado un cabo, cable, red, etc., en la propela (hélice) de la

embarcación. 6.22 Equipo Transreceptor VHF: Es un dispositivo destinado a proporcionar la energía de radio frecuencia

necesaria para efectuar la radio comunicación en el área de plataformas 6.23 Eslora: Longitud que posee una embarcación de proa a popa. 6.24 Estribor: Banda derecha de la embarcación mirando a proa. 6.25 Falla eléctrica: Deficiencia de abasto de energía eléctrica por fallas en los sistemas de motogeneradores

de la embarcación y/o remolcador(es) de apoyo, que lleguen a alterar la confiabilidad del funcionamiento de los equipos e instrumentos de navegación, y/o que pongan en riesgo la seguridad de la operación del resto de los equipos.

6.26 Falla mecánica: Mal funcionamiento en los dinamómetros y contadores de vueltas de los malacates

(winches) o máquinas principales de la embarcación y/o remolcador(es) de apoyo, que alteran la confiabilidad del funcionamiento de los equipos y la seguridad durante el posicionamiento de la embarcación o en el levado de anclas.

6.27 Falla satelital: Perdida de la señal del Sistema de posicionamiento de la embarcación y/o remolcadores

de apoyo, debido a fallas en la transmisión de la señal de los satélites y/o estaciones maestras de control del Sistema Global de Posicionamiento.

6.28 Falla instrumental: Mal funcionamiento de los instrumentos del sistema de posicionamiento de la

embarcación y/o remolcadores de apoyo, que lo inhabiliten para proporcionar datos confiables durante proceso de posicionamiento de la embarcación o en el levado de anclas.

6.29 Fondear: Maniobra realizada para hacer firme una embarcación al fondo marino mediante una o varias

anclas. También se denomina a la acción de dejar caer el ancla al fondo. 6.30 Fondeadero: Área designada donde una embarcación determinada va a fondear sus anclas. 6.31 Garreo del Ancla: Desplazamiento involuntario del ancla desde su posición inicial en el lecho marino. 6.32 Gancho pelícano: También conocido como gancho de gavilán por su forma de extremo en V y que sirve

para recuperar cabos o cadenas, maniobras de remolque o rolado de anclas. 6.33 Incidente: Evento no deseado, inesperado e instantáneo, que puede o no traer consecuencias al

personal, a terceros ya sea en sus bienes o en sus personas, al medio ambiente, a las instalaciones y/o alteración a la actividad normal del proceso.

6.34 Información sobre seguridad marítima: Radioavisos náuticos y meteorológicos y otros mensajes

urgentes relativos a la seguridad, que se transmiten a las embarcaciones.

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6.35 Levar: Acción de virar la cadena o cable del ancla para desprender esta del lecho marino. 6.36 Manifiesto: Es el documento que contiene el detalle de la carga que transporta una embarcación

(equipo, materiales o personal), destinada a una plataforma marina o embarcación. 6.37 Marejada: Agitación del mar por el viento que genera olas. 6.38 Navegación: La actividad que realiza una embarcación para trasladarse por agua de un punto a otro, con

rumbo y fines determinados. 6.39 Orinque: Cadena o cable de acero que une el ancla con la boya de señalamiento. Su longitud debe estar

en función de la profundidad donde se pretenda fondear el ancla. 6.40 Pasteca: Especie de polea abierta por una de sus caras laterales por donde se hace pasar el cable del

ancla de una embarcación. Se utiliza como apoyo para recuperar un ancla a la que se le ha perdido su boya de señalamiento.

6.41 Plataforma Marina: Estructura de acero fija para la explotación de hidrocarburos, que por su

funcionalidad se clasifican como de perforación, reparación de pozos, producción y compresión de productos del petróleo; estas pueden ser fijas, móviles del tipo sumergible, autopropulsadas y/o remolcables.

6.42 Popa: Parte posterior de una embarcación. 6.43 Posicionamientos Marinos: Entidad de PEP que tiene el encargo de llevar el control de las anclas

posicionadas para salvaguardar la integridad de los ductos marinos. 6.44 Proa: Parte delantera de una embarcación. 6.45 Sistema de Organización del Tráfico Marítimo: Es un sistema para la protección de la navegación

marítima en áreas donde se efectúan operaciones petroleras costafuera, con rutas de navegación bien definidas entre el área de plataformas y los puertos de avituallamiento, con la identificación de zonas a evitar, ejes de circulación recomendados, zonas de precaución y de fondeo para reducir los riesgos de accidentes que pueden ocasionar consecuencias catastróficas.

6.46 Sotavento: Es a donde va el viento. 6.47 Superintendente de la plataforma.- Es el representante de PEP de mayor autoridad a bordo de la

instalación. 6.48 Timón: Pieza móvil que se encuentra en la popa de una embarcación. 6.49 Visibilidad reducida: Toda condición en que la visibilidad esta disminuida por niebla, bruma, fuertes

aguaceros o cualquier otra causa análoga. 6.50 Zona de fondeo: Es el área claramente delimitada que ha sido sujeta a un estudio batimétrico para

determinar que está libre de peligro y en la cual se aconseja a las embarcaciones esperar. 6.51 Zona de precaución: Es la zona geográfica delimitada en la que las embarcaciones han de navegar con

especial precaución y dentro de la cual se puede recomendar la dirección del tráfico.

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7. ABREVIATURAS Y SIMBOLOGÍA. O.M.I. Organización Marítima Internacional.

PEMEX Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

PEP Pemex Exploración y Producción.

DOF Diario Oficial de la Federación.

N.F.P.A. Agencia nacional de protección contra el fuego (National Fire Protection Agency).

NRF Norma de Referencia.

R.M.N.E. Región Marina Noreste.

S.T.C.W. Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardias para la gente de mar.

ECTM Estación de Control de Tráfico Marítimo.

SOLAS Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Safety Of Life At Sea). 8. DESARROLLO 8.1 Normatividad requerida a bordo de la embarcación. A bordo de la embarcación se debe contar con la normatividad nacional e internacional que se cita a continuación:

a) Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y su Reglamento para prevenir y controlar la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias.

b) Ley de navegación, Ley de vías generales de comunicación, Ley de aguas nacionales, Ley Federal del

Mar, y sus Reglamentos correspondientes. c) Documento original SOLAS (Safety Of Life At Sea - Seguridad de la vida humana en el mar). d) Documento MARPOL Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques en el año de

1973. Modificado por el protocolo de 1978, también llamado MARPOL 73/78. Es uno de los acuerdos internacionales más importantes sobre la contaminación del mar.

e) IMDG Code (International Maritime Dangerous Good Code) Código Marítimo Internacional de Cargas

Peligrosas.

f) NFPA-30 (Flammable and Combustible Liquids Code) Código de Líquidos Inflamables y combustibles o equivalente .

g) El manual CONUTEC/DOT/CETIQ guía de respuesta a emergencias que involucran materiales

peligrosos. h) Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la actividad o servicio que presta la embarcación.

NOM-001-ECOL-1996.- Que establece los limites máximos permisibles de contaminantes en las descargas residuales en aguas y bienes nacionales.

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NOM-052-ECOL-1993.- Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los limites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NOM-023-SCT4-1995.- Condiciones para el manejo y almacenamiento de mercancías peligrosas en puertos, terminales y unidades mar adentro

NOM-009-SCT4-1994.- Terminología y clasificación de mercancías peligrosas transportadas en embarcaciones.

NOM-012-SCT4-1994.- Lineamientos para la elaboración del plan de contingencia para embarcaciones que transportan mercancías peligrosas.

NOM-021-SCT4-1995.- Condiciones que deben cumplir las embarcaciones para el transporte de productos petroquímicos.

NOM-022-SCT4-1995.- Requisitos que deben cumplir los sistemas automáticos contraincendio a base de aspersores de agua para uso en embarcaciones

NOM-025-SCT4-1995.- Detección, identificación, prevención y sistemas contraincendio para embarcaciones que transportan hidrocarburos, químicos y petroquímicos de alto riesgo.

NOM-027-SCT4-1995.- Requisitos que deben cumplir las mercancías peligrosas para su transporte en embarcaciones.

NOM-028-SCT4-1996.- Documentación para mercancías peligrosas y transportadas en embarcaciones: requisitos y especificaciones.

NOM-031-SCT4-1996.- Requisitos que deben cumplir los extintores portátiles para combatir incendios en embarcaciones y artefactos navales.

i) Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

j) Disposiciones en Materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental que deben cumplir los

proveedores o contratistas de Pemex Exploración y Producción.

k) Planes de riesgo potenciales conforme a las actividades que desarrolle.

Esta relación es enunciativa más no limitativa y debe considerarse las actualización de las normas citadas o la emisión de normas oficiales mexicanas relacionadas. 8.2 Clasificación de Embarcaciones por el Tipo de Servicio. 8.2.1 Lanchas de Pasaje. Embarcaciones con capacidad de maniobrabilidad rápida que transporta sólo personal y materiales pequeños. 8.2.2 Barcos Remolcadores. Barco pequeño de gran potencia en sus máquinas y maniobrabilidad, utilizado para remolcar y empujar a las embarcaciones mayores, así como para rolar anclas.

8.2.3 Barcos Abastecedores. Embarcaciones destinadas al transporte de equipo, comisaria, agua, materiales y demás objetos que requieran ser trasladados desde tierra a las plataformas marinas o de una plataforma a otra o entre embarcaciones.

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8.2.4. Barcos Inspectores. Embarcaciones dedicadas a la inspección de ductos marinos, subestructuras y superestructuras en plataformas y demás instalaciones marinas para evaluar su estado físico, estas incluyen el tipo abastecedor / remolcador. 8.2.5. Barcos de Operaciones Especiales. Embarcaciones de apoyo con características especiales utilizadas para realizar operaciones especificas en plataformas, tales como protecciones contraincendio, estimulación de pozos, aportación de lodos de perforación y baterías de separación. 8.2.6. Barcos Grúa o de Mantenimiento. Embarcaciones con autopropulsión, que se dedican a la construcción, reparación o mantenimiento mayor de instalaciones costafuera. 8.2.7 Barcos Hotel. Embarcaciones de apoyo con servicios de hotelería, utilizado para alojar al personal que trabaja en plataformas marinas. 8.2.8 Barcazas. Embarcaciones sin propulsión propia, que proporcionan servicios de construcción de ductos submarinos y mantenimiento a plataformas.

8.3 Comunicación para permitir el acoderamiento. Estación de Control de Tráfico Marítimo (ECTM).

Cuando la Estación de Control de Tráfico Marítimo detecte la entrada de la embarcación en el área de cobertura del sistema de Control de Tráfico Marítimo, debe esperar que la embarcación se reporte a través del transreceptor vía VHF canal 16, para recibir instrucciones y/o información conforme al inciso VI del Reglamento Interno del Sistema de Organización y Control de Tráfico Marítimo en la Sonda de Campeche. La Estación de Control de Tráfico Marítimo y la Embarcación deben establecer contacto inicial a través de un transreceptor en el canal 16 y cambiarse posteriormente al canal 10; ésta última debe proporcionar los datos requeridos por la ECTM, conforme al Reglamento antes señalado. Embarcación. El Capitán de la embarcación, cuando se encuentre aproximadamente a una milla de distancia de la plataforma marina, debe establecer comunicación con el Superintendente o personal de operación a su cargo, vía VHF canal 12 para informar la actividad a realizar y debe esperar la autorización para iniciar el acercamiento. Asimismo, debe comunicar a la Estación de Control de Tráfico Marítimo, la hora de arribo a la plataforma marina. Al arribar a la plataforma, se debe comunicar con el Superintendente o personal de operación designado por éste, para establecer las condiciones en que se realizará la maniobra de acercamiento, tomando en cuenta la plataforma donde se debe posicionar, las condiciones meteorológicas imperantes, entre otros aspectos. En caso de considerarlo conveniente, por la complejidad de la maniobra de acoderamiento, ambas partes (Capitán

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y Superintendente de plataforma) deberán tener una reunión de trabajo para acordar dichas maniobras de acoderamiento, donde se debe levantar la minuta o acta correspondiente. El Capitán debe avisar a la Estación de Control de Tráfico Marítimo de su salida de plataforma cuando haya culminado su trabajo, su próximo destino, así como también, debe proporcionar toda aquella información que se le requiera. Superintendente de la plataforma. Debe acordar con el Capitán de la embarcación, la plataforma donde podrá posicionarse para realizar el embarque/desembarque de personal, traspaso de equipo, herramientas, materiales, inspección, apoyo contraincendio, mantenimiento, construcción de ductos, etc., tomando en cuenta la plataforma hacia donde esta destinado, la disponibilidad de la grúa y condiciones de operación de la plataforma, verificando que no exista interferencia con otras embarcaciones. Debe instruir al operador de la grúa, en caso de requerirse, para efectuar la maniobra, designar al personal que asistirá la maniobra de la embarcación y asignar la responsabilidad al personal de operación para mantener una constante comunicación con la embarcación vía VHF, en un canal preestablecido durante la maniobra. Ver el flujograma de comunicación en el anexo 12.3 8.4 Acercamiento o acoderamiento. El acercamiento o acoderamiento de las embarcaciones debe seguir una secuencia de actividades coordinadas por lo que el prestador del servicio debe coordinarse con el personal de Pemex como se indica en los procedimientos que se detallan en el anexo 12.1 de esta norma para realizar en forma segura las operaciones y evitar riesgos a las instalaciones y al personal. No existe ninguna restricción para realizar trabajos nocturnos salvo que se tengan condiciones meteorológicas adversas. Los trabajos nocturnos podrán ser realizados si las condiciones meteorológicas lo permiten y para ello, las embarcaciones deben contar con faros buscadores. El prestador de servicios debe entregar al superintendente de la plataforma una copia del programa de trabajo para la autorización de las actividades que llevara a cabo y debe notificar de cualquier cambio a dicho programa. Todo procedimiento de acercamiento, acoderamiento, amarre y desacoderamiento, que difiera a los señalados en el capítulo 12, debe estar documentado y presentarse al Superintendente de la plataforma para su revisión y autorización, previo a realizar cualquier maniobra de acercamiento. 8.4.1 Lanchas de pasaje. Si por algún motivo requiere amarrarse, se debe solicitar la autorización del Superintendente de la plataforma. Por su maniobrabilidad, el acercamiento a la instalación debe efectuarse con máquina y timón, con velocidad moderada. El capitán debe iniciar la maniobra de acercamiento dirigiendo la embarcación al lugar acordado previamente.

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Se debe acordar con el operador de la grúa de la instalación el uso de la canastilla o pasarela para el embarque / desembarque del personal, la que debe tomar como referencia para posicionar el área de popa en donde se debe embarcar/ desembarcar el personal a cubierta. 8.4.2 Barcos remolcadores. Este tipo de embarcación no se debe amarrar al área de muelles de las plataformas para bajar personal. Este movimiento debe ser por la canastilla de desembarco. Durante las operaciones de embarque / desembarque debe mantener en todo momento la orientación de la embarcación y la distancia a la plataforma, a fin de prever cualquier tipo de incidente durante la maniobra. La distancia de acercamiento se debe determinar por la posición del brazo de la grúa de la instalación, sin embargo, la distancia mínima debe ser de 5 m. 8.4.3 Barcos abastecedores. El oficial de guardia debe permanecer pendiente durante la maniobra de la embarcación. Las máquinas deben permanecer encendidas y listas para ser utilizadas. La distancia del muelle de la plataforma a la boya de amarre debe ser de 150 m. Los cabos de amarre deben tener un diámetro no menor a 101.6 mm (4”). Formas de amarre:

a) Amarre paralelo a la instalación.- Haciendo firme con las dos bitas del muelle y una tercera (si es posible su instalación en función de esfuerzos y cargas de la plataforma). No permitiéndose al amarre a la pierna en sustituto de la tercera bita.

b) Amarre por popa.- Se debe proceder a acercarse de popa y hacer firme dos cabos en bitas de amarre,

manteniendo la tensión de los cabos con la maquina enclochada avante y el “bow thruster” funcionando para mantener la posición. La distancia de los cabos debe determinarse por el alcance del brazo de la grúa.

c) En el caso de abastecedores con cargas modulares como avituallamiento de alimentos en contenedores,

la opción de no amarrarse queda supeditada al Superintendente de la instalación y Capitán de la embarcación. Los modulares deben contar con sistema de enganche rápido (pulpos de izaje) ya instalado.

Durante las operaciones de embarque y/o desembarque se debe mantener en todo momento la posición requerida por el operador de la grúa. Para bajar personal, por las dimensiones de este tipo de embarcación y su lentitud en maniobrabilidad no se deben amarrar al área de muelles de las plataformas. Este movimiento debe ser por la canastilla de desembarco del personal. Una vez embarcado y/o desembarcado el personal y/o material, la embarcación debe alejarse de la plataforma con maquina moderada. 8.4.4 Barcos inspectores. Para efectuar el amarre de la embarcación a la plataforma, se debe aplicar el procedimiento DO-02 “Posicionamiento de un barco de inspección a una o dos anclas y popa amarrada a la bita del muelle de una plataforma” (ver anexo 12.1.2). En caso de que la embarcación cuente con posicionamiento dinámico, el

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capitán debe solicitar el permiso de acercamiento al Superintendente de la instalación. El Capitán debe definir la maniobra de acuerdo a las condiciones meteorológicas imperantes en el momento y verificándolo con la Estación de Control de Tráfico Marítimo. La embarcación debe tener colocadas las señales diurnas y nocturnas del código internacional al iniciar las actividades de inspección con operaciones de buceo. Asimismo, al concluir las actividades de inspección, se debe informar a la Estación de Control de Tráfico Marítimo y retirar las señales diurnas y nocturnas del código internacional. El oficial de guardia de la embarcación debe permanecer pendiente durante las actividades de inspección, para evitar que el barco colisione contra la plataforma en caso de falla del sistema de posicionamiento dinámico. En el caso de barcos que utilizan anclas, debe estar pendiente para realizar la maniobra de desamarre del barco en caso que se requiera. 8.4.5 Barcos de operaciones especiales. 8.4.5.1 Barcos contraincendio. El capitán debe solicitar el permiso de acercamiento al Superintendente de la instalación y debe definir la maniobra de acuerdo a las condiciones meteorológicas imperantes en el momento y verificándolo con la Estación de Control de Tráfico Marítimo. Este tipo de embarcaciones pueden ser amarradas a la plataforma, según lo indicado en “Formas de amarre”, citado más adelante. El oficial de guardia debe permanecer pendiente durante la maniobra de la embarcación. Las máquinas deben permanecer encendidas y listas para ser utilizadas. El amarre de la embarcación puede efectuarse entre la boya y la bita de amarre de la instalación. Los cabos de amarre no deben ser menores de 101.6 mm (4”) de diámetro. Formas de amarre:

a) Amarre paralelo a la instalación.- Haciendo firme con las dos bitas del muelle y una tercera (si es posible su instalación en función de esfuerzos y cargas de la plataforma). No permitiéndose el amarre a la pierna en sustituto de la tercera bita.

b) Amarre por popa.- Proceder acercarse de popa y hacer firme dos cabos en bitas de amarre, manteniendo

la tensión de los cabos con la maquina enclochada avante y el “bow thruster” funcionando para mantener la posición. La distancia de los cabos debe determinarse por el alcance del brazo de la grúa.

8.4.5.2 Barcos estimuladores de pozos, Barcos loderos y Barcos con baterías de separación. El capitán debe solicitar el permiso de acercamiento al Superintendente de la instalación y debe definir la maniobra de acuerdo a las condiciones meteorológicas imperantes en el momento y verificándolo con la Estación de Control de Tráfico Marítimo. Este tipo de embarcaciones pueden ser amarradas a la plataforma, según lo indicado en “Formas de amarre”, citado más adelante. El oficial de guardia debe permanecer pendiente durante la maniobra de la embarcación. Las máquinas deben permanecer encendidas y listas para ser utilizadas. El amarre de la embarcación puede efectuarse entre la boya y la bita de amarre de la instalación. Los cabos de amarre no deben ser menores de 101.6 mm (4”) de diámetro.

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Formas de amarre:

a) Amarre paralelo a la instalación.- Haciendo firme con las dos bita del muelle y una tercera (si es posible su instalación en función de esfuerzos y cargas de la plataforma). No permitiéndose al amarre a la pierna en sustituto de la tercera bita.

b) Amarre por popa.- Proceder acercarse de popa y hacer firme dos cabos en bitas de amarre, manteniendo

la tensión de los cabos con la maquina enclochada avante y el “bow thruster” funcionando para mantener la posición. La distancia de los cabos debe determinarse por el alcance del brazo de la grúa.

8.4.6 Barcos grúa o de mantenimiento, Barcos hotel y Barcazas. No se permite el amarre a las plataformas de este tipo de embarcaciones. Si la embarcación cuenta con posicionamiento dinámico, el Capitán debe solicitar el permiso de acercamiento al superintendente de la instalación. Para efectuar la maniobra de una embarcación con rolado de anclas, se debe aplicar el procedimiento DO-05 “Posicionamiento de una embarcación a ocho anclas con remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite GPS y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones a bordo” (ver anexo 12.1.5) ó el procedimiento DO-08 “Posicionamiento de una embarcación de construcción y/o tendido con anclas, remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal de posicionamiento a bordo” (ver anexo 12.1.8). El Capitán debe definir la maniobra de acuerdo a las condiciones meteorológicas imperantes en el momento y verificándolo con la Estación de Control de Tráfico Marítimo. Se debe acordar con el operador de la grúa la maniobra de la instalación de la pasarela o uso de la canastilla para el desembarco de personal hacia la plataforma. Cuando sea necesario reposicionar una o varias anclas de la embarcación cuando se estén efectuando maniobras de posicionamiento o mientras se encuentre en posición de trabajo, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones y el capitán de la embarcación deben proceder de acuerdo a los procedimientos DO-05 ó DO-08 mencionados anteriormente y DO-06 “Levado de ocho anclas de una embarcación con apoyo de remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite GPS y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones a bordo” (ver anexo 12.1.6) o el procedimiento DO-09 “Levado de anclas de una embarcación de construcción y/o tendido con apoyo de remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal de posicionamiento a bordo” (ver anexo 12.1.9). Estos últimos procedimientos también serán aplicables cuando se deba levar anclas al concluir las actividades de la embarcación. Antes de iniciar cualquier maniobra para levar una o varias anclas de una embarcación que por alguna causa no cuente con la boya de señalamiento, el capitán de la embarcación y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones deben verificar conjuntamente que no exista ningún riesgo para la integridad de las instalaciones marinas de PEP. Asimismo, antes del levado de anclas, se debe verificar que no exista “material parásito” en la misma o el riesgo de daño a cualquier instalación submarina. Se debe proceder de acuerdo a lo que aplique de los procedimientos DO-05, DO-06, DO-08 y DO-09, además de alguno de los métodos que a continuación se indican y que están incluidos en el procedimiento DO-07 “Levado de anclas que no cuentan con boya de señalamiento en embarcaciones” (ver anexo 12.1.7).

a) Levar ancla con el propio malacate (winche) de la embarcación. b) Levar ancla utilizando chaser.

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8.5 Planes Operativos de Seguridad. Como medida de seguridad, las embarcaciones que realicen operaciones en el área de plataformas, deberán efectuar el retiro debido a una colisión, mal tiempo, incendio o fallas operativas (instrumentación, satelital, mecánica o eléctrica), siguiendo una secuencia de actividades coordinadas por lo que el personal involucrado, tanto del prestador del servicio como de Pemex, deben seguir los procedimientos aplicables que se detallan en el anexo 12.1 de esta norma para realizar en forma segura las operaciones de retiro y evitar riesgos a las instalaciones y al personal. Se debe cumplir en todo momento con los requerimientos especificados sobre accidente industrial de las “Disposiciones en Materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas de Pemex Exploración y Producción”. Las embarcaciones deben respetar las zonas de precaución, zonas de fondeo y zonas a evitar, que se establecen en el anexo 12.2. Las embarcaciones al servicio de PEP, deben proporcionar auxilio o apoyo cuando se encuentren cerca de alguna otra embarcación o plataforma que experimente un siniestro por colisión, incendio o algún otro, con la coordinación de la Estación de control de tráfico marítimo. En caso de que se tenga que cortar el cable de una o varias anclas, debido a la aplicación de algún plan de contingencia, debe quedar señalado de alguna forma, y notificarse al Superintendente de la plataforma para su posterior recuperación. 8.5.1 Colisión de Embarcación con Plataforma. Cuando ocurra alguna colisión o abordaje con la plataforma, el Superintendente de plataforma, debe informar a Control de Tráfico Marítimo, indicándoles el nombre de la embarcación que golpea, daños observados en la plataforma y la existencia de algún tipo de contaminación producida por el golpe. Además debe evaluar la situación del incidente y aplicar los planes de contingencia necesarios. El Capitán de la embarcación que colisiona debe informar a Control de Tráfico Marítimo si requiere asistencia, magnitud de los daños, motivo de la colisión, nombre del Capitán, datos de la carga, cantidad de combustible y lubricantes, características de la embarcación como eslora, manga, calados, matrícula y puerto de registro, datos del armador / compañía como nombre, dirección y teléfono. El capitán de la embarcación deberá aplicar sus planes de contingencia y estar atento a las indicaciones del Superintendente de plataforma para alejarse de la instalación en caso de que se le solicite. De ser necesario, debe iniciar el procedimiento de abandono de operaciones en forma segura y mantenerse al pairo en espera de nuevas instrucciones. El prestador de servicios responsable y operador del barco debe participar en el análisis del incidente cuando se le solicite, así como proporcionar la información que se le requiera. 8.5.2 Pronóstico de mal tiempo. Las embarcaciones deben mantenerse informadas de los boletines meteorológicos que emiten el centro de previsión del Golfo de México y del Grupo Técnico de Análisis Meteorológico de PEP.

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Las embarcaciones, cuando reciban la notificación de suspender operaciones, lo deben efectuar en forma segura, recuperar la maquinaria, equipo y materiales o asegurarlos en la plataforma e iniciar el levado de anclas de acuerdo a las instrucciones de retiro del área emitidas por la Estación de Control de Tráfico Marítimo.

Las embarcaciones menores deben navegar hacia puerto seguro cuando la Estación de Control de Tráfico Marítimo se los indique, durante mal tiempo. En este caso las embarcaciones mayores pueden fondearse, según el criterio del capitán, en las zonas permitidas . Tanto las embarcaciones mayores como menores, deben respetar las zonas de precaución, zonas de fondeo y zonas a evitar establecidas en el anexo 12.2 En caso de "Turbonada" y/o Tormenta Eléctrica el prestador de servicio debe atender los avisos correspondientes emitidos por la Estación de Control de Tráfico Marítimo y mantenerse en espera de mejoría del tiempo. 8.5.3 Incendio en instalación o embarcación. Las embarcaciones deben dar aviso a la Estación de Control de Tráfico Marítimo y al superintendente de la plataforma, cuando detecten un incendio en su embarcación, otra embarcación o en alguna plataforma.

La embarcación debe atender los avisos de incendio del superintendente de plataforma y, en su caso, suspender operaciones en forma segura, recuperar la maquinaria, equipo y materiales o asegurarlos en la plataforma e iniciar el levado de anclas. Las embarcaciones deben tener sus planes de contingencia debidamente actualizados, aplicarlas cuando se requiera y, cuando experimenten algún siniestro, deben suspender operaciones en forma segura e iniciar el levado de anclas para alejarse de la plataforma. En este tipo de incidentes, deben hacer la investigación correspondiente en conjunto con el Superintendente de la Plataforma, y comunicárselo a la Estación de Control de Tráfico Marítimo. 8.5.4 Fallas operativas. (Instrumentación, satelital, mecánica o eléctrica). Cuando se suscite alguna falla operativa en la embarcación durante el posicionamiento o estando posicionada, ésta debe suspender cualquier operación y efectuar el retiro, aplicando en su caso el procedimiento correspondiente citado en el capítulo 12 o de acuerdo a su plan operativo de contingencia para estos casos específicos. 9. RESPONSABILIDADES. 9.1 Petróleos Mexicanos, organismos subsidiarios y empresas filiales. Aplicar y hacer cumplir los requisitos y recomendaciones de esta norma, en las actividades de acercamiento y amarre de embarcaciones a plataformas marinas, a fin de asegurar una operación confiable, eficiente y segura de los mismos. 9.1.1 Control de Tráfico Marítimo.- Coordinar el tráfico marítimo, los medios de respuesta en caso de contingencia, adoptando medidas eficaces y practicas para estas actividades. 9.1.2 Superintendente de la instalación.- Autorizar el amarre o acoderamiento de una embarcación a una plataforma marina, así como hacer cumplir la presente norma. 9.1.3 Capitán de la embarcación.- Es el responsable de cumplir esta norma.

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9.1.4 Posicionamientos marinos.- Es el área responsable de coordinar y verificar que se instale el Sistema de Posicionamiento a bordo de la embarcación y se encuentre en condiciones de uso. 9.1.5 Responsable del posicionamiento de la Embarcación .- Es el responsable de proyectar el patrón de anclas, indicando en el plano correspondiente su ubicación geográfica. 9.1.6 Inspector Marino.- Es el responsable de revisar el patrón de anclas, verificando que en el lugar señalado no exista el riesgo de daño a alguna instalación submarina y atestiguar que la operación se realice conforme al procedimiento correspondiente. 9.2 Subcomité técnico de normalización de Pemex Exploración y Producción. Establecer comunicación con las áreas usuarias de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, así como con prestadores de servicios, para mantener su contenido y requerimientos actualizados, con el fin de asegurar que las operaciones de acercamiento y amarre de las embarcaciones, se desarrollen de una manera confiable y segura. La verificación del cumplimiento de esta norma, será realizada por el área usuaria, verificando y atestiguando los trabajos realizados y su conformidad con los resultados registrados. 9.3 Contratistas y prestadores de servicios. Aplicar y cumplir los requisitos y recomendaciones de esta norma, en las actividades de acercamiento y amarre de embarcaciones a plataformas marinas, a fin de asegurar una operación confiable, eficiente y segura de los mismos. 9.3.1 Capitán de la embarcación.- Es el responsable de cumplir esta norma. 9.3.2 Responsable del posicionamiento de la Embarcación .- Es el responsable de proyectar el patrón de

anclas, indicando en el plano correspondiente su ubicación geográfica. 9.3.3 Inspector Marino.- Es el responsable de revisar el patrón de anclas, verificando que en el lugar

señalado no exista el riesgo de daño a alguna instalación submarina y atestiguar que la operación se realice conforme al procedimiento correspondiente.

10. CONCORDANCIA CON OTRAS NORMAS. Esta norma de referencia no concuerda con ninguna Norma Oficial Mexicana, ni con ninguna Norma Internacional. 11. BIBLIOGRAFIA. 11.1 Reglas Generales para la Operación del Sistema de Control de Tráfico Marítimo en la Bahía de

Campeche, emitidas en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de enero de 1988.

11.2 Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (texto S.O.L.A.S., 1992).

11.3 Normas de Funcionamiento del Equipo Náutico (O.M.I. 1988).

11.4 Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia (S.T.C.W.1995).

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11.5 Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL 73/78, edición, 1991).

11.6 Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes 1972.

11.7 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Título Segundo, Capítulo II, Artículo 36.

11.8 Ley de Vías Generales de la Comunicación, Artículo 200 y 203.

11.9 Ley de Navegación, Diario Oficial de la Federación del 4 de enero de 1994.

11.10 Plan de Respuesta a Emergencias por Huracanes en la Sonda de Campeche, Rev. 5, Julio, 2001

11.11 “Disposiciones en Materia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental que deben cumplir los proveedores o contratistas de Pemex Exploración y Producción”.

11.12 Procedimiento No. 200-28320-OP-117-0001 “Procedimiento para el Posicionamiento de Embarcaciones

en el Área de Plataformas Marinas de la Sonda de Campeche, Golfo de México”, abril 2002.

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12. ANEXOS. 12.1 Procedimientos de posicionamiento. 12.1.1 Procedimiento DO-01. “Posicionamiento de una embarcación a cuatro anclas en cruces o interconexiones de líneas submarinas”. Este tipo de maniobras se debe realizar en donde no existan estructuras (plataformas) cercanas y se procederá de la forma siguiente: 12.1.1.1 El capitán de la embarcación de acuerdo al programa de actividades, debe realizar transito hacia

la localización de un cruce, interconexión o punto determinado de un ducto submarino. 12.1.1.2 A bordo de la embarcación el capitán, personal responsable del posicionamiento de

embarcaciones , representante de compañía y PEP deben analizar y determinar el programa de anclaje, verificaran la longitud de los cables de las anclas tomando en cuenta que estos se deben de lascar y trabajar lo más próximo a los 45° con respecto al eje longitudinal del barco (proa-popa), durante las maniobras de posicionamiento, también es importante considerar las condiciones meteorológicas existentes, para que la embarcación quede finalmente aproada en dirección del viento y marejada.

12.1.1.3 Las anclas de la embarcación, deben quedar posicionadas (fondeadas) a una distancia mínima de

200 m. cuando trabajen en sentido paralelo a un ducto submarino y cuando el ancla cruce este y quede trabajando en sentido perpendicular al ducto, se debe fondear a una distancia mínima de 300 m.

12.1.1.4 Cabe hacer mención que debido al constante incremento de instalaciones marinas, las áreas libres

para el posicionamiento (fondeo) de anclas se han reducido considerablemente, por lo que las maniobras de anclaje son cada vez más riesgosas; debido a esto, en algunas ocasiones se tienen que reducir las distancias antes mencionadas, pero sin poner en riesgo la integridad de las instalaciones marinas de PEP, por lo que queda a consideración y total responsabilidad del personal responsable del posicionamiento de embarcaciones la posición elegida.

12.1.1.5 Para efectuar cualquier cambio considerable en las distancias establecidas en este procedimiento,

se debe elaborar a bordo, un plan de posicionamiento muy minucioso, con la participación del personal responsable del posicionamiento de embarcaciones , capitán de la embarcación, representante de compañía y PEP, hasta terminar la posibilidad de que se posicione o no a la embarcación.

12.1.1.6 Al arribar la embarcación al lugar de trabajo, en la pantalla de la computadora del sistema de

posicionamiento se desplegara la información de las instalaciones marinas, así como la ubicación en que se encuentra la embarcación en ese momento, para posteriormente proceder a lanzar una boya de señalamiento con su peso muerto en la localización requerida, la boya lanzada servirá como referencia a un cruce, interconexión o punto determinado de un ducto submarino, para el posicionamiento de la embarcación.

12.1.1.7 Estando la embarcación sobre la localización y con el sistema de posicionamiento operando al

100%, se procederá a posicionar (fondear) la primer ancla de proa, siempre siguiendo el proyecto previamente acordado a bordo.

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12.1.1.8 Al estar en el fondo la primer ancla de proa, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe registrar en la computadora del sistema los datos correspondientes al ancla posicionada, como son: nomenclatura del ancla, hora en que se fondeo, coordenadas geográficas y del sistema U.T.M. (Universal Transversa de Mercator). Esta acción se debe efectuar cada vez que se posicione o leve una ancla.

12.1.1.9 Una vez fondeada la primer ancla de proa, la embarcación debe dar marcha atrás en dirección de

la boya de señalamiento, al alcanzar esta, el capitán debe enfilar la embarcación hacia la siguiente posición de proyecto de la segunda ancla de proa.

12.1.1.10 Al estar en el fondo la segunda ancla de proa, el capitán debe dar marcha atrás, cobrando y

lascando simultáneamente el cable de las anclas de proa, hasta llegar a la boya de señalamiento, para posteriormente ir de popa hasta la posición de proyecto de la primer ancla de popa.

12.1.1.11 Una vez fondeada la primer ancla de popa, el capitán debe proceder hacia la boya de

señalamiento para posteriormente dirigirse a la posición de la segunda ancla de popa. 12.1.1.12 Después de fondear la ultima ancla, el capitán debe llevar la embarcación hasta la boya de

señalamiento, trabajando simultáneamente los cables de las cuatro anclas. Finalmente el capitán dirigirá las maniobras para tensionar o lascar los cables de las anclas hasta dejar la embarcación en la posición de trabajo.

12.1.1.13 Una vez concluidos los trabajos o que por causas de fuerza mayor se tenga que abandonar el

lugar, el procedimiento de levado e izaje de las anclas de la embarcación, se debe iniciar con la ultima ancla que fue posicionada, haciendo la misma maniobra de lascar y cobrar el cable de las anclas, hasta concluir con la primera ancla y tenerlas completamente aseguradas en su varadero.

12.1.1.14 Al concluir las maniobras de posicionamiento o levado de anclas de la embarcación, el personal

responsable del posicionamiento de embarcaciones , debe imprimir una gráfica a una escala adecuada en donde aparezcan las instalaciones marinas y ubicación de cada una de las anclas posicionadas o levadas y el listado de coordenadas U.T.M. y geográficas de cada una de ellas, esta información además debe contener la fecha, hora, condiciones meteorológicas, nombre del personal responsable del posicionamiento de embarcaciones , capitán, representante de PEP y compañía para que asienten su firma y conserven una copia para cualquier aclaración futura. (ver Figuras 1 y 1A) .

En el caso de que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones no sea personal de PEP, se debe enviar una copia a la oficina de Posicionamientos Marinos para el seguimiento y control de las anclas posicionadas en la sonda de Campeche.

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200 mts.

200 mts.

PROAESTRIBOR

POPABABOR

PROABABOR

POPAESTRIBOR

300 mts.

DIRECCION DEL VIENTO YMAREJADA DOMINANTE DEL NE

ANCLAPOPA

ESTRIBOR

EJE LONGITUDINAL DELBARCO

ANCLAPROA

ESTRIBOR

ANCLAPROA

BABOR

ANCLAPOPA

BABOR

TODO ANGULO QUE FORME LA POSICIONDEL ANCLA CON RESPECTO AL EJELONGITUDINAL DEL BARCO, SERALO MAS PROXIMO A 45 GRADOS

Figura 1. Posicionamiento de una embarcacion a cuatro anclas encruces o interconexiones de lineas submarinas.

PROAESTRIBOR

PROABABOR

BOYASEÑALAMIENTO

DEL CRUCE

LINEA SUBMARINA

LINEA SUBMARINA

3

4

2

1

1

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PROAESTRIBOR

LINEA SUBMARINA

LINEA SUBMARINA

POPAESTRIBOR

POPABABOR

PROABABOR

PROAESTRIBOR

PROABABOR

LINEA SUBMARINA

LINEA SUBMARINA

3

4

PROAESTRIBOR

PROABABOR

LINEA SUBMARINA

LINEA SUBMARINA

5

POPAESTRIBOR

POPABABOR

6

8

7

2

54

3

PROAESTRIBOR

LINEA SUBMARINA

LINEA SUBMARINA

PROABABOR

POPAESTRIBOR

POPABABOR

POSICION FINAL

Figura 1A. Posicionamiento de una embarcacion a cuatro anclas en cruceso interconexiones de lineas submarinas.

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12.1.2 Procedimientos DO-02. Posicionamiento de un barco a una o dos anclas y popa amarrada a la bita del muelle de plataforma. 12.1.2.1 El programa de actividades de la embarcación, será la base para determinar por que lado de la

plataforma se debe posicionar, tomando en cuenta la dirección del viento y marejada. 12.1.2.2 Después de que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones , capitán

representante de compañía y PEP determinaron el lado por el que se debe posicionar a la embarcación, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe indicar al capitán el rumbo y distancia para llegar al punto de proyecto en donde se debe fondear una de las anclas de proa.

12.1.2.3 Cuando dicha ancla se encuentre en el lecho marino, se deben registrar los datos correspondientes

a la posición como son: coordenadas U.T.M. y geográficas, fecha, hora, etc. para que el capitán inicie a dar marcha atrás en dirección de la plataforma, lascando lentamente el cable del ancla hasta tener la popa de la embarcación separada aproximadamente a 5 m. de la plataforma.

12.1.2.4 El personal de tripulación debe lanzar hacia el muelle de plataforma un cabo de popa previamente

amarrado a una de las bitas del barco, para que el personal de la embarcación que previamente pasó a plataforma se encargue de hacerlo firme a una de las bitas del muelle de la misma.

12.1.2.5 Posteriormente, el capitán de la embarcación debe proceder a cobrar el cable del ancla hasta situar

la embarcación a una distancia adecuada de la plataforma, que permita realizar las actividades con el mínimo de movimiento, para evitar que falte el cabo de popa. (ver Figura 2).

12.1.2.6 Cuando la embarcación por alguna causa tenga que levar su ancla, se procederá como se indica

en el procedimiento denominado DO-03. 12.1.2.7 Cuando la embarcación requiera posicionarse a dos anclas, se procederá en forma similar a lo

estipulado en el procedimiento denominado DO-01 para las anclas de proa, pero en este caso, el señalamiento no será una boya, sino la plataforma a la cual se pretende colocar a la embarcación y la maniobra con el cabo a plataforma será la misma que se menciona cuando se posiciona la embarcación a una sola ancla.

12.1.2.8 Cuando la embarcación por alguna causa tenga que levar ancla(s) se procederá como se indica en

el procedimiento denominado DO-04. En el caso de que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones no sea personal de PEP, se debe enviar una copia a la oficina de Posicionamientos Marinos para el seguimiento y control de las anclas posicionadas en la sonda de Campeche.

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LINEASUBMARINA

HH

POSICIONAMIENTO EN PLATAFORMA POSICION FINAL

LINEASUBMARINA

HH

300 mts

PLATAFORMA

LINEASSUBMARINAS

700 mts

HH

300 mts

DIRECCION DEL VIENTOYMAREJADA DOMINANTE DEL

NE

PLATAFORMA

Figura 2. Posicionamiento del ancla de una embarcación amarrada a la bita del muelle de una plataforma. submarinas.

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12.1.3 Procedimientos DO-03. “Levado de ancla de una embarcación amarrada a la bita del muelle de una plataforma”. La embarcación al terminar sus actividades, cambio de programa de trabajo, por condiciones meteorológicas adversas o cualquier otra situación que haga necesario levar su ancla, se procederá de la siguiente manera: 12.1.3.1 personal de plataforma o marinero de la embarcación debe soltar el cabo de la bita del muelle de

plataforma. 12.1.3.2 Para desacoderar la embarcación de plataforma, el capitán debe proceder a dar avante lentamente

cobrando el cable del ancla con el malacate (winche) de la embarcación hasta la posición donde se encuentra lo boya de señalamiento.

12.1.3.3 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar en su sistema de

posicionamiento la posición de la embarcación y trayectoria del cable, para alertar al capitán de la existencia de instalaciones marinas cercanas como son: ductos, válvulas submarinas, etc. para evitar que durante las maniobras se les cause algún daño.

12.1.3.4 Al estar la embarcación en la posición del ancla, se debe continuar cobrando el cable hasta que el

capitán comunique al personal responsable del posicionamiento de embarcaciones que el cable del ancla se encuentra a plomo. (ver Figura 3).

12.1.3.5 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones después de verificar que el ancla

se encuentra en una zona libre de ductos, debe indicar al capitán que puede iniciar a levarla, en ese momento el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe imprimir la gráfica y datos correspondientes a la posición de levado.

12.1.3.6 El ancla de la embarcación debe quedar colocada en el varadero y asegurada con cadena,

candado del malacate (winche) y freno, para evitar que se vaya en banda y que al tocar fondo ocasione daños a las instalaciones de PEP.

12.1.3.7 La recuperación de la boya de señalamiento del ancla y el orinque, corresponde a los marineros de

la embarcación. 12.1.3.8 Al concluir las maniobras de los puntos n° 12.1.3.6 y 12.1.3.7, la embarcación puede iniciar transito

hacia la otra localización, fondeadero o puerto. 12.1.3.9 Finalmente el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe imprimir una

gráfica que muestre la plataforma, ductos, etc. así como la posición en la cual se levo el ancla, para que el capitán, representante de PEP y de compañía firmen de conformidad y que cada uno de ellos conserve una copia, para cualquier aclaración futura.

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LINEASSUBMARINAS

200 mts

HH

300 mts

BARCO AMARRADO POR POPA (ARREJERADO A PLATAFORMA)

PLATAFORMA

ANCLA PROABABOR

LINEASSUBMARINAS

HH

BARCO DESAMARRA DE PLATAFORMA

PLATAFORMA

LINEASUBMARINA

HH

300 mts

BARCO LEVA ANCLA PROA BABOR

PLATAFORMA

Figura 3. Levado de ancla de una embarcación amarrada a la bita del muelle de una plataforma.

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12.1.4 Procedimiento DO-04. “Levado de dos anclas de una embarcación y amarrada a la bita del muelle de una plataforma”. La embarcación al terminar actividades, cambio de programa de trabajo, condiciones meteorológicas adversas o cualquier otra situación que haga necesario levar sus dos anclas, se procederá de la siguiente manera: 12.1.4.1 personal de plataforma o marinero de la embarcación procederá a soltar el cabo de la bita del

muelle de la plataforma. 12.1.4.2 Para retirar la embarcación de la plataforma, el capitán debe procederá a dar avante lentamente

cobrando el cable del ancla con el malacate (winche) de la embarcación hacia la posición donde se encuentra la boya de señalamiento de la primer ancla por levar y lascando o cobrando según se requiera el cable de la segunda ancla.

12.1.4.3 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar en su sistema de

posicionamiento la posición de la embarcación y trayectoria del cable, para alertar al capitán de la existencia de instalaciones marinas cercanas como son: ductos y válvulas submarinas, etc. y así evitar que durante las maniobras se les cause algún daño.

12.1.4.4 Al estar la embarcación en la posición de la primer ancla, se debe continuar cobrando el cable

hasta que el capitán comunique al personal responsable del posicionamiento de embarcaciones que el cable del ancla se encuentra a plomo.

12.1.4.5 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones después de verificar la posición

del ancla debe indicar al capitán en que momento puede iniciar a levar el ancla, siempre y cuando se encuentre en una zona libre de ductos, procediendo a registrar e imprimir los datos de la posición y gráfica correspondiente.

12.1.4.6 Para que el ancla permanezca segura en el varadero de la embarcación, se debe asegurar con

cadena, candado del malacate (winche) y freno, para evitar que se vaya en banda y que al tocar fondo ocasione daños a las instalaciones de PEP.

12.1.4.7 La maniobra de recuperación de la boya de señalamiento del ancla y el orinque, corresponde a los

marineros de la embarcación. 12.1.4.8 Para elevar la segunda ancla, la embarcación dará marchas atrás en dirección de la plataforma,

para recuperar el seno del cable. 12.1.4.9 Realizado lo anterior, se deben continuar las maniobras de acuerdo a lo estipulado en los puntos

12.1.4.3 al 12.1.4.7. 12.1.4.10 Al concluir las maniobras de los puntos anteriores, la embarcación debe iniciar transito hacia otra

localización, fondeadero o puerto. 12.1.4.11 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe proporcionar al capitán,

representante de PEP y compañía, la gráfica que muestre la posición en la cual se levaron las anclas, para que la firmen de conformidad, posteriormente se entregara a cada uno de ellos una copia que conservaran para cualquier aclaración futura.

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12.1.5 Procedimiento DO-05. “Posicionamiento de una embarcación a ocho anclas con remolcador, sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal responsable del Posicionamiento de embarcaciones”. Para efectuar las maniobras de posicionamiento (fondeo) de anclas, se procederá de la siguiente manera:

12.1.5.1 El capitán de la embarcación y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones,

deben tener todo debidamente preparado y verificado; así como conocimiento de los ductos, válvulas, plataformas y embarcaciones que se encuentren en un radio de una milla náutica de la zona donde se realizara el fondeo de anclas.

12.1.5.2 El personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe accesar a la base de datos

la posición de las anclas y embarcaciones que se encuentren dentro del radio antes mencionado, con la finalidad de tener perfectamente ubicados todos los obstáculos que se encuentren en la superficie del mar dentro del área de trabajo, para que de esta manera se eviten daños a las instalaciones marinas de PEP.

12.1.5.3 Cuando una embarcación requiera posicionarse en complejos, plataformas satélites o en cualquier

lugar en donde existan arribos de ductos, líneas regulares, válvulas submarinas o cruces de ductos sin enterrar, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones y capitán de la embarcación deben considerar tales situaciones, para evitar que el seno del cable del ancla toque el lecho marino y ocasione daños a las instalaciones marinas.

12.1.5.4 Cuando la embarcación por posicionar se encuentre aproximadamente a 400 0 500 m de la

plataforma a la cual se acoderara, se debe proceder con la grúa del barco a izar la boya de señalamiento de la primer ancla que se encuentra en cubierta y la depositará en la superficie del mar, muy cerca de la popa del remolcador, para que sea conectada al extremo del cable del tambor del malacate (winche) del remolcador y asegurar el extremo del orinque, el capitán del remolcador cobrara el orinque con su malacate (winche), hasta que el ancla quede sobre cubierta.

12.1.5.5 El remolcador con la boya y ancla sobre cubierta, debe tomar rumbo y enfilarse hacia la

localización previamente propuesta a fondear, mientras tanto en el puente de mando de la embarcación a posicionar, el capitán debe verificar en su radar la posición del remolcador conforme vaya avanzando hacia la localización de fondeo; el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar en la pantalla de la computadora del sistema de posicionamiento la situación que guarda el remolcador con respecto a las instalaciones marinas, ya que de presentarse alguna situación de riesgo, debe indicarlo oportunamente al capitán, para que de instrucciones al capitán del remolcador de enmendar el rumbo a la dirección correcta.

12.1.5.6 Al encontrarse el remolcador con el ancla en la posición de proyecto propuesta, el personal

responsable del posicionamiento de embarcaciones debe autorizar el fondeo del ancla, tomando en cuenta que cuando el ancla trabaje en sentido paralelo a algún ducto, debe quedar posicionada a una distancia mínima de 200 m., cuando el ancla se posicione después de cruzar un ducto y quede trabajando en sentido perpendicular a este, la distancia mínima a observar será de 300 m.

12.1.5.7 Una vez fondeada el ancla y tensionado el cable, el capitán de la embarcación desde el puente de

mando debe instruir al capitán del remolcador para que proceda hacia una de las bandas de la embarcación a recibir la siguiente boya de señalamiento y ancla por posicionar, continuando posteriormente de acuerdo a lo estipulado en los puntos 12.1.5.4 al 12.1.5.6, hasta finalizar con el fondeo de todas y cada una de las anclas.

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12.1.5.8 Al estar todas las anclas posicionadas, el capitán de la embarcación debe dar instrucciones a su

tripulación encargada de la operación de los malacates (winches) de las anclas, para que mediante la acción de lascar y cobrar lentamente cada uno de los cables, se logre colocar a la embarcación en posición de trabajo en la plataforma.

12.1.5.9 Durante las maniobras de fondeo de anclas y acercamiento de la embarcación a plataforma, el

encargado (foreman) de anclas debe verificar que los cables no toquen la(s) estructura(s) o ducto(s) ascendente(s); esto lo debe verificar el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones al quedar la embarcación en posición de trabajo.

12.1.5.10 Al concluir las maniobras, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe

entregar a firma del capitán, representante de PEP y compañía, el listado de coordenadas U.T.M. correspondientes a la posición final de cada una de las anclas, además de un plano impreso en el sistema de posicionamiento, en el que se muestren: ductos, válvulas, plataformas, posición de anclas y embarcación, así como fecha, hora y condiciones meteorológicas; para que cada uno de ellos conserve una copia, para cualquier aclaración futura.

12.1.5.11 Durante el tiempo que permanezca la embarcación con sus anclas fondeadas, el personal

responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar su posición, así como la ubicación de los cables de ancla con respecto a las piernas de plataforma y ductos ascendentes.

12.1.5.12 Para este caso, ver dibujos siguientes. 12.1.5.13 Si por alguna causa es necesario reposicionar una o varias anclas de la embarcación cuando se

estén efectuando maniobras de posicionamiento o mientras se encuentre en posición de trabajo, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones y capitán de la embarcación deben proceder de acuerdo a los procedimientos DO-05 y DO-06.

En el caso de que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones no sea personal de PEP, se debe enviar una copia a la oficina de Posicionamientos Marinos para el seguimiento y control de las anclas posicionadas en la sonda de Campeche.

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HH

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROAESTRIBORTRAVES

POPA ESTRIBORTRAVES

PROA BABORTRAVES

POPA BABORTRAVES

POPA BABOR

2.- POSICIONAMIENTO DE LAS ANCLAS: POPA ESTRIBOR Y PROA BABOR

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO

DUCTOSUBMARINO

200 mts

2

POPA ESTRIBOR

1.- ARRIBANDO A LA LOCALIZACION Y POSICIONAMIENTO DEL ANCLA PROA ESTRIBOR

HH

200 mts

PROA BABOR

400-500 mts

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBORTRAVES

POPA ESTRIBORTRAVES

PROA BABORTRAVES

POPA BABORTRAVES

POPA ESTRIBOR

POPA BABOR

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO

DUCTOSUBMARINO

DIRECCION DEL VIENTO YMAREJADA DOMINANTE DEL NE

1

Figura 4. Posicionamiento de embarcación a ocho anclas con remolcador propio, sistema de posicionamiento por satélite “GPS” e ingeniero de posicionamiento a bordo.

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DUCTOSUBMARINO20

HH

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBORTRAVES

PROA BABORTRAVES

POPA BABORTRAVES

3.- POSICIONAMIENTO DE LAS ANCLAS: POPA BABOR, PROA ESTRIBOR TRAVES Y POPA ESTRIBOR TRAVES

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO14

POPA BABOR

3

POPA ESTRIBORTRAVES

POPA ESTRIBOR

HH

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBORTRAVES

PROA BABOR TRAVES

POPA BABORTRAVES

POPA BABOR

4.- POSICIONAMIENTO DE LAS ANCLAS: PROA BABOR TRAVES Y POPA BABOR TRAVES.

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO20

DUCTOSUBMARINO14

PROA ESTRIBORTRAVES

POPA ESTRIBOR

4

Figura 4A. Posicionamiento de embarcación a ocho anclas con remolcador propio, sistema de posicionamiento por satélite “GPS” e ingeniero de posicionamiento a bordo.

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HH

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBORTRAVES

POPA ESTRIBORTRAVES

PROA BABORTRAVES

POPA BABORTRAVES

POPA ESTRIBOR

POPA BABOR

5.- POSICION FINAL DE LA EMBARCACION AL LADO “SE” DE LA PLATAFORMA.

DUCTO SUBMARINO20ӯ

DUCTOSUBMARINO20ӯ

DUCTOSUBMARINO14ӯ

300MTS

5

Figura 4B. Posicionamiento de embarcación a ocho anclas con remolcador propio, sistema de posicionamiento por satélite “GPS” e ingeniero de posicionamiento a bordo.

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12.1.6 Procedimiento DO-06. “Levado de ocho anclas de una embarcación con apoyo de remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones a bordo”. Para estos casos, se deben considerar lo estipulado en el procedimiento DO-05, puntos 12.1.5.1 al 12.1.5.3, además de los puntos que a continuación se indican: 12.1.6.1 Con apoyo del sistema de posicionamiento, se le debe indicar al capitán del remolcador el rumbo y

distancia a las boyas de señalamiento de las anclas posicionadas, para su pronta localización. 12.1.6.2 El extremo del cable del orinque de la boya de señalamiento lo deben enganchar los marineros del

remolcador al extremo del cable del malacate (winche), para que con éste se cobre hasta tenerlo a plomo.

12.1.6.3 Cuando se encuentre a plomo el cable del orinque del ancla-boya de señalamiento, el personal

responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar con el sistema de posicionamiento la posición de la boya del anca y si ésta se mantiene en la posición original de fondeo y libre de instalaciones marinas, se le debe comunicar al capitán de la embarcación, para que instruya al capitán del remolcador, para que se leve el ancla.

12.1.6.4 El capitán del remolcador debe proceder a levar el ancla hasta colocarla sobre cubierta

debidamente asegurada, para que desde la embarcación inicie a cobrar el cable del ancla, informándole al capitán del remolcador que debe mantener una maquina embragada, con la finalidad de que el cable se mantenga con tensión y así evitar que el seno de éste toque el lecho marino, evitándose así daños a las instalaciones marinas.

12.1.6.5 Una vez cobrado el cable y estando el remolcador en cercanías de la embarcación, se debe

proceder a entregar el ancla, para que se coloque en su varadero hasta tenerla asegurada, posteriormente con apoyo de la grúa de la embarcación se deben colocar en la cubierta de ésta la boya de señalamiento y orinque del ancla.

12.1.6.6 Para todas y cada una de las anclas restantes por levar, se debe proceder de acuerdo a los puntos

12.6.1 al 12.6.5 antes mencionados (ver dibujos siguientes). 12.1.6.7 Si por alguna causa es necesario reposicionar una o varias anclas de la embarcación cuando se

estén efectuando maniobras de levado, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones y capitán de la embarcación deben proceder de acuerdo a los procedimientos DO-05 y DO-06.

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1.-DESACODERAMIENTO DE BARCO GRUA (200 M) AL “SE” DE LA ESTRUCTURA Y LEVADO DE LAS ANCLAS PROA BABOR TRAVES Y POPA BABOR TRAVES

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBOR TRAVES

PROA BABOR TRAVES

POPA BABOR TRAVES

POPA BABOR

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTO SUBMARINO

DUCTO SUBMARINO

POPA ESTRIBOR TRAVES POPA ESTRIBOR

1

DUCTO SUBMARINO

DUCTO SUBMARINO

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

PROA ESTRIBOR TRAVES

POPA BABOR

2.- CONTINUA DESACODERAMIENTO DE BARCO GRUA (200 M) AL “SE” DE LA ESTRUCTURA Y LLEVADO DE LAS ANCLAS PROA ESTRIBOR TRAVES Y POPA ESTRIBOR TRAVES.

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

POPA ESTRIBOR POPA ESTRIBOR TRAVES

2

Figura 5. Levado de ocho anclas de una embarcación con apoyo de remolcador propio o anclas en cruces e interconexiones de líneas submarinas.

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POPA BABOR

HH

PROA BABOR

PROA ESTRIBOR

3.-LEVADO DE LAS ANCLAS PROA BABOR Y POPA BABOR

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO

DUCTOSUBMARINO

POPA ESTRIBOR

3

PROA ESTRIBOR

4.- LEVADO DE LAS ANCLAS POPA ESTRIBOR Y PROA ESTRIBOR.

DUCTO SUBMARINO 20ӯ

DUCTOSUBMARINO

DUCTOSUBMARINO

POPA ESTRIBOR

4

HH

Figura 5A. Levado de ocho anclas de una embarcación con apoyo de remolcador propio, sistema de posicionamiento por satélite “GPS” y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones a bordo.

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12.1.7 Procedimiento DO-07. “Levado de anclas que no cuentan con boya de señalamiento en embarcaciones”. 12.1.7.1 Para levar una o varias anclas de un barco grúa, barcaza o plataforma semisumergible, que por

alguna causa no cuente con la boya de señalamiento; el capitán de la embarcación y personal responsable del posicionamiento de embarcaciones deben verificar conjuntamente antes de iniciar cualquier maniobra de levado de ancla que no exista ningún riesgo para la integridad de las instalaciones marinas de PEP y proceder de acuerdo a lo que aplique de los procedimientos DO-05, punto 1 y DO-06, además de alguno de los métodos que a continuación se indican:

a) Levar ancla con el propio malacate (winche) de la embarcación. b) Levar ancla utilizando chaser.

12.1.7.2 Cuando el capitán de la embarcación decida emplear el método del inciso a) debe dar

instrucciones al personal de tripulación encargado de la operación de los malacates (winches) de las anclas para que proceda a cobrar lentamente el cable del ancla por levar, de tal forma que la embarcación avance hacia la posición en donde se encuentra el ancla fondeada, hasta tener el cable del orinque del ancla a plomo, momento en que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar en el sistema de posicionamiento la posición del ancla , que de encontrarse en una posición libre de instalaciones marinas, se autorizara al capitán que procedan a levarla.

12.1.7.3 Cuando el capitán de la embarcación decida emplear el método del inciso b), una vez conectado el

"chaser" al cable del ancla por levar; el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe indicar al capitán del remolcador el rumbo y distancia en la que se localiza el ancla, para que el remolcador inicie a correr el "chaser" sobre el cable del ancla hasta llegar a la posición de ésta, el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones debe verificar que el remolcador se encuentre en la posición del ancla e indicar al capitán del remolcador y embarcación iniciar las maniobras de recuperación del ancla; al estar el ancla en el espejo del agua se debe proceder a estrobarla y asegurarla en la cubierta de popa del remolcador, posteriormente, se debe cobrar el cable del ancla con el malacate (winche) de la embarcación, hasta que el remolcador se encuentre en cercanías de la embarcación, para que proceda a acoderarse por una de las bandas de la embarcación y con apoyo de su grúa coloquen el ancla en su cubierta.

12.1.7.4 Cuando sea un remolcador de popa abierta el que se utilice para estas maniobras, el ancla se debe

colocar en la cubierta de éste y asegurarla con estrobos y/o gancho pelicano. 12.1.7.5 Para efectuar las maniobras de recuperación del ancla el capitán de la embarcación y del

remolcador de apoyo cuenten con amplia experiencia en este tipo de actividades.

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12.1.8 Procedimiento DO-08. “Posicionamiento de una embarcación de construcción y/o tendido con anclas, remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal de posicionamiento a bordo”. Para efectuar las maniobras de posicionamiento (fondeo) de anclas, se procederá de la siguiente manera:

12.1.8.1 El capitán de la embarcación y personal de posicionamiento, deben tener toda la información,

equipo e instrumentación debidamente preparado y verificado; así como conocimiento de los ductos, válvulas, plataformas y embarcaciones que se encuentren en un radio de una milla náutica de la zona donde se realizara el fondeo de anclas.

12.1.8.2 El personal de posicionamiento debe accesar, en la base de datos, la posición de las anclas y

embarcaciones que se encuentren dentro del radio antes mencionado, con la finalidad de tener perfectamente ubicados todos los obstáculos que se encuentren en la superficie y lecho marino dentro del área de trabajo, para que de esta manera se eviten daños a las instalaciones marinas de PEP.

12.1.8.3 En el caso de que una embarcación requiera posicionarse en complejos, plataformas satélites o en

cualquier lugar en donde existan arribos de ductos, líneas regulares, válvulas submarinas o cruces de ductos sin enterrar, el personal de posicionamiento y capitán de la embarcación deben considerar tales situaciones, para evitar que el seno del cable del ancla ocasione daños a las instalaciones marinas; se debe utilizar un sistema de suspensión del cable cuando exista riesgo de daño a las instalaciones submarinas por el movimiento del seno del cable.

12.1.8.4 Al encontrarse la embarcación por posicionar en aproximación al sitio de posicionamiento, debe

liberar la galga de remolque. 12.1.8.5 Cuando en el área donde tomará posición no se cuente con condiciones ambientales o

instalaciones que puedan interferir u obstruir en el plan de posicionamiento de la embarcación y el rolado de anclas durante la aproximación al sitio de posicionamiento, la embarcación bajará al agua una boya de las anclas de popa, procediendo con el malacate (winche) a fondear el ancla de popa y lascar el cable haciendo firme la embarcación mientras el remolcador con el ancla de proa posiciona esta de acuerdo a lo establecido en los puntos 12.1.8.7 a 12.1.8.9.

12.1.8.6 Cuando en el área donde tomará posición se cuente con condiciones ambientales o instalaciones

que puedan interferir u obstruir en el plan de posicionamiento de la embarcación y el rolado de anclas durante la aproximación al sitio de posicionamiento, y mientras el remolcador con el ancla de proa posiciona esta de acuerdo a lo establecido en los puntos 12.1.8.7 a 12.1.8.9, se debe entregar y cobrar el cable del orinque y boya a un segundo remolcador para detener la aviada de la embarcación y proceder, simultáneamente, al posicionamiento del ancla de popa de acuerdo a lo establecido en los puntos 12.1.8.7 a 12.1.8.9.

12.1.8.7 Se debe proceder con la grúa del barco a izar la boya de señalamiento del ancla y la depositará en

la superficie del mar, muy cerca de la popa del remolcador, para que sea conectada al extremo del cable del tambor del malacate (winche) del remolcador y asegurar el extremo del orinque, el capitán del remolcador cobrara el orinque con su malacate (winche) por la popa del remolcador, dirigiéndose a posicionar el ancla.

12.1.8.8 El remolcador con la boya y ancla, debe tomar rumbo y enfilarse hacia la localización de

posicionamiento para fondear dicha ancla, mientras tanto en el puente de mando de la embarcación a posicionar, el capitán debe verificar en su radar la posición del remolcador conforme

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vaya avanzando hacia la localización de fondeo; el personal de posicionamiento debe verificar en la pantalla de la computadora del sistema de posicionamiento la situación que guarda el remolcador con respecto a las instalaciones marinas, ya que de presentarse alguna situación de riesgo, debe indicarlo oportunamente al capitán de la embarcación a fondear, para que de instrucciones al capitán del remolcador de tomar las acciones a seguir.

12.1.8.9 Al encontrarse el remolcador con el ancla en la posición de fondeo proyectada, el personal de

posicionamiento debe autorizar el fondeo del ancla, tomando en cuenta que cuando el ancla se posicione después de cruzar un ducto y trabaje en sentido paralelo a este, se debe mantener posicionada a una distancia mínima de 200 m. del ducto; y cuando el ancla se posicione después de cruzar un ducto y quede trabajando en sentido perpendicular a este, la distancia mínima que debe mantener es de 300 m.

12.1.8.10 Una vez fondeada el ancla, tensionado el cable y liberado el orinque y boya, el capitán de la

embarcación desde el puente de mando debe instruir al capitán del remolcador para que proceda hacia una de las bandas de la embarcación a recibir la siguiente boya de señalamiento y ancla por posicionar, continuando posteriormente de acuerdo a lo estipulado en los puntos 12.1.8.7 al 12.1.8.9, hasta finalizar con el fondeo de todas y cada una de las anclas.

12.1.8.11 Al estar todas las anclas posicionadas, el capitán de la embarcación debe dar instrucciones a la

tripulación encargada de la operación de los malacates (winches) de las anclas, para que mediante la acción de lascar y cobrar lentamente cada uno de los cables, se logre colocar a la embarcación en posición de trabajo en la plataforma.

12.1.8.12 Durante las maniobras de fondeo de anclas y acercamiento de la embarcación a plataforma, el

oficial encargado de las maniobras de anclas (foreman), debe verificar que los cables no toquen la(s) estructura(s) o ducto(s) ascendente(s); esto lo debe corroborar el personal de posicionamiento al quedar la embarcación en posición de trabajo.

12.1.8.13 Al concluir las maniobras, el personal de posicionamiento debe entregar a firma del capitán, y del

representante de compañía, el listado de coordenadas U.T.M. correspondientes a la posición final de cada una de las anclas, además de un plano impreso en el sistema de posicionamiento, en el que se muestren: ductos, válvulas, plataformas, posición de anclas y embarcación, así como fecha, hora y condiciones meteorológicas; para se entregados al representante de PEP, conservando cada uno de ellos una copia, para cualquier aclaración futura.

12.1.8.14 Durante el tiempo que permanezca la embarcación con sus anclas fondeadas, el personal de

posicionamiento debe verificar continuamente la posición de la embarcación y las anclas, así como la ubicación de los cables de ancla con respecto a las piernas de plataforma y ductos ascendentes.

12.1.8.15 Para este caso, ver figuras 4, 4A y 4B. 12.1.8.16 Si por alguna causa es necesario modificar o enmendar el posicionamiento de una o varias anclas

de la embarcación cuando se estén efectuando maniobras de posicionamiento o mientras se encuentre en posición de trabajo, el personal de posicionamiento y capitán de la embarcación deben proceder de acuerdo a este procedimiento y al procedimiento DO-09.

En el caso de que el personal responsable del posicionamiento de embarcaciones no sea personal de PEP, se debe enviar una copia a la oficina de Posicionamientos Marinos para el seguimiento y control de las anclas posicionadas en la sonda de Campeche.

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12.1.9 Procedimiento DO-09. “Levado de anclas de una embarcación de construcción y/o tendido con apoyo de remolcador propio y sistema de posicionamiento por satélite "GPS" y personal de posicionamiento a bordo”. Para efectuar las maniobras de levado de anclas, se procederá de la siguiente manera: 12.1.9.1 El capitán de la embarcación y personal de posicionamiento, deben tener toda la información,

equipo e instrumentación debidamente preparado y verificado; así como conocimiento de los ductos, válvulas, plataformas y embarcaciones que se encuentren en un radio de una milla náutica de la zona donde se realiza el levado de anclas.

12.1.9.2 El personal de posicionamiento debe corroborar, en la base de datos, la posición de las anclas y

embarcaciones que se encuentren dentro del radio antes mencionado, con la finalidad de tener perfectamente ubicados todos los obstáculos que se encuentren en la superficie y lecho marino dentro del área de trabajo, para que de esta manera se eviten daños a las instalaciones marinas de PEP.

12.1.9.3 En el caso de que la embarcación se encuentre posicionada en complejos, plataformas satélites o

en cualquier lugar en donde existan arribos de ductos, líneas regulares, válvulas submarinas o cruces de ductos sin enterrar, el personal de posicionamiento y capitán de la embarcación deben considerar tales situaciones, para evitar que el seno del cable del ancla ocasione daños a las instalaciones marinas; se debe utilizar un sistema de suspensión del cable cuando exista riesgo de daño a las instalaciones submarinas por el movimiento del seno del cable.

12.1.9.4 Previamente al inicio del levado de anclas, el capitán de la embarcación y el personal de

posicionamiento deberán establecer el orden en que se levarán las anclas considerando las condiciones específicas como viento, corriente, instalaciones, y/o cualquier otra condición que pueda poner en riesgo al personal o las instalaciones durante esta operación.

12.1.9.5 Cuando sea posible, la embarcación deberá retirarse tan lejos de la plataforma como sea posible,

utilizando únicamente los cables de ancla. 12.1.9.6 Con apoyo del sistema de posicionamiento, el capitán de la embarcación le debe indicar al capitán

del remolcador el rumbo y distancia a las boyas de señalamiento de las anclas posicionadas, para su pronta localización.

12.1.9.7 El extremo del cable del orinque de la boya de señalamiento lo deben enganchar los marineros del

remolcador al extremo del cable del malacate (winche), para que con éste se cobre hasta tenerlo a plomo.

12.1.9.8 Cuando se encuentre a plomo el cable del orinque del ancla-boya de señalamiento, el personal de

posicionamiento debe verificar con el sistema de posicionamiento la posición de la boya del ancla y si ésta se mantiene en la posición original de fondeo y libre de instalaciones marinas, se le debe comunicar al capitán de la embarcación, para que instruya al capitán del remolcador, para que se leve el ancla.

12.1.9.9 El capitán del remolcador debe proceder a levar el ancla por la popa y a asegurar debidamente

esta, de tal manera que la embarcación inicie a cobrar el cable del ancla, informándole al capitán del remolcador que debe mantener una maquina embragada, con la finalidad de que el cable se mantenga con tensión y así evitar que el seno de éste toque el lecho marino, evitándose así daños a las instalaciones marinas.

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12.1.9.10 Una vez cobrado el cable y estando el remolcador en cercanías de la embarcación, se debe

proceder a entregar el ancla, para que se coloque en su varadero hasta tenerla asegurada, posteriormente con apoyo de la grúa de la embarcación se deben colocar en la cubierta de ésta la boya de señalamiento y orinque del ancla.

12.1.9.11 Para todas y cada una de las anclas restantes por levar, se debe proceder de acuerdo a los puntos

12.1.9.3 al 12.1.9.7 antes mencionados (ver figuras 5 y 5A). 12.1.9.12 Si por alguna causa es necesario reposicionar una o varias anclas de la embarcación cuando se

estén efectuando maniobras de levado, el personal de posicionamiento y capitán de la embarcación deben proceder de acuerdo a este procedimiento y al procedimiento DO-08.

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12.2 Zonas a evitar, zonas de precaución y zonas de fondeo. Sistema de organización de trafico marítimo. En las instalaciones petroleras existe un continuo trafico marino que propicia la formación de diferentes puntos de convergencia de embarcaciones por lo que esta establecido un Sistema de Organización de Trafico Marítimo para la protección de la navegación marítima en áreas donde se efectúan operaciones petroleras costafuera, con rutas bien definidas para la navegación entre el área de plataformas y los puertos de avituallamiento, con la identificación de zonas a evitar, ejes de circulación recomendados, zonas de precaución y de fondeo.

12.2.1 Zonas a evitar.

Comprende una zona claramente delimitada en la que la navegación es particularmente peligrosa o en la que es excepcionalmente importante impedir que se produzcan siniestros. La zona a evitar por las embarcaciones no participantes en las actividades propias de la industria petrolera, esta delimitada por una línea que une las siguientes posiciones geográficas:

En el Golfo de Campeche:

19°38’,20N., 092°14’,00W.

19°38’,20N., 092°10’,80W. 19°35’,30N., 092°04’,90W. 19°24’,40N., 091°59’,10W.

19°20’,00N., 091°59’,20W. 19°15’,60N., 092°08’,00W.

19°12’,60N., 092°17’,20W. 19°23’,00N., 092°22’,20W.

En la terminal marítima Cayo Arcas:

20°07’,28N., 092°00’,03W. 20°10’,47N., 091°59’,98W. 20°11’,25N., 092°00’,45W.

20°12’,42N., 091°59’,58W. 20°11’,78N., 091°58’,57W.

20°09’,85N., 091°57’,43W. 20°07’,28N., 091°57’,68W.

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12.2.2 Zonas de precaución.

Comprende una zona claramente delimitada en la que las embarcaciones deben navegar con especial precaución y dentro de la cual se puede recomendar la dirección del trafico. Están establecidas dos zonas de precaución en los puntos de unión de los ejes de circulación recomendados, delimitados por líneas que unen las siguientes posiciones geográficas:

a).-

18°50’,42N., 092°02’,00W 18°48’,80N., 091°59’,33W 18°50’,80N., 091°59’,75W 18°48’,47N., 092°01’,72W

b).-

18°52’,03N., 091°53’,50W 18°50’,45N., 091°51’,30W 18°52’,50N., 091°51’,03W 18°49’,97N., 091°53’,67W

12.2.3 Zonas de fondeo.

Es un área claramente delimitada que ha sido sometida a un estudio batimétrico para determinar que esta libre de peligro y en cual las embarcaciones deben fondear. Esta área esta delimitada por las siguientes posiciones geográficas:

En el Golfo de Campeche

19°15’,28N., 091°52’,33W.

19°20’,28N., 091°52’,33W. 19°20’,28N., 091°57’,58W.

19°15’,28N., 091°57’,58W.

En la terminal marítima a la altura de Cayo Arcas, Camp.

20°07’,47N., 091°44’,75W.

20°12’,50N., 091°44’,75W. 20°12’,50N., 091°50’,00W.

20°07’,47N., 091°50’,00W. A la altura del puerto de Dos Bocas, Tab.

18°42’,50N., 093°08’,00W.

18°47’,50N., 093°08’,00W. 18°47’,50N., 093°13’,25W. 18°42’,50N., 093°13’,25W.

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Figura 6. Zonas de fondeo.

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Figura 7. Área restringida a la navegación.

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12.3. Flujograma de comunicación para acoderamiento.

EMBARCACIÓN

ESTACIÓN DE CONTROL DE

TRÁFICO MARITIMO

SUPTTE. DE INSTALA-

CIÓN A C T I V I D A D E S

INICIA: EMBARCACIÓN ENTRA EN ÁREA DE COBERTURA DEL SISTEMA DE CONTROL DE TRÁFICO MARITIMO.

1.- EMBARCACIÓN SE DEBE REPORTAR A TRAVÉS DEL TRANSRECEPTOR VHF CANAL 16 O 10 CONFORME A LO DISPUESTO EN EL INCISO VI DEL REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA DE CONTROL DE TRÁFICO MARÍTIMO.

2.-ESTABLECE CONTACTO INICIAL A TRAVES DE UN TRANSRECEPTOR EN EL CANAL INTERNACIONAL 16 CAMBIÁNDOSE POSTERIORMENTE AL CANAL 10 DE TRABAJO, DONDE LA EMBARCACIÓN DEBE PROPORCIONAR LOS DATOS REQUERIDOS POR LA ESTACIÓN DE TRÁFICO MARÍTIMO.

3.-¿LA EMBARCACIÓN TRAE PROGRAMA DE TRABAJO PARA ALGUNA INSTALACIÓN?

SI.- DEBE ESTABLECER CONTACTO INICIAL A TRAVES DE UN TRANSRECEPTOR VHF CANAL 12 ENTRE EL PERSONAL AUTORIZADO DE LA PLATAFORMA CUANDO SE ENCUENTRE A UNA DISTANCIA APROXIMADA DE 1 MILLA DE ÉSTA Y CUMPLIR LAS CONDICIONES BAJO LAS CUALES DEBER EFECTUAR LA MANIOBRA.

NO.- CONTINÚA CON EL PUNTO No.2.

4.-SUPERINTENDENTE Y/O PERSONAL AUTORIZADO DE LA INSTALACIÓN RECIBE COMUNICACIÓN DE LA EMBARCACIÓN QUE SE APROXIMA Y SI LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LA INSTALACIÓN SON SEGURAS Y/O LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS SON FAVORABLES, ESTABLECERÁN EL LADO SOTAVENTO POR DONDE SE EFECTUARÁ EL AMARRE DE LA EMBARCACIÓN.

5.-UNA VEZ ESTABLECIDO EL LADO DE LA PLATAFORMA DONDE SE EFECTUARAN LAS MANIOBRAS, LA EMBARCACIÓN DEBE INICIAR SU ACERCAMIENTO CON MÁQUINAS MODERADAS Y PERSONAL DE AMARRE. SI LAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS LO PERMITEN Y LO AUTORIZA EL SUPERINTENDENTE DE LA INSTALACIÓN, LA EMBARCACIÓN PODRÁ AMARRARSE POR LA POPA AL MUELLE DE LA PLATAFORMA . LA EMBARCACIÓN DEBE TENER MÁQUINAS LISTAS Y TENSOS LOS CABOS DE AMARRE, MANTENIENDO ESTRECHA VIGILANCIA EN LOS MISMOS DURANTE EL TIEMPO QUE DURE LA MANIOBRA.

6.-UNA VEZ TERMINADA LA MANIOBRA EN LA PLATAFORMA, LA EMBARCACIÓN DEBE PROCEDER A RETIRARSE CON TODAS LAS PRECAUCIONES NECESARIAS, ACERCÁNDOSE CON MÁQUINA MODERADA A LA BOYA DE AMARRE.

7.-EL CAPITÁN DE LA EMBARCACIÓN DEBE AVISAR A LA ESTACIÓN DE CONTROL DE TRÁFICO MARÍTIMO DE SU SALIDA DE LA PLATAFORMA E INDICAR SU PRÓXIMO DESTINO, ASI COMO TODA INFORMACIÓN QUE SE LE REQUIERA.

FINAL DEL PROCEDIMIENTO

INICIA

1

2

3

4

5

6

7

FIN

SI

NO