nº 5310 - río negro province · 2014-12-10 · art. 6º - las recomendaciones del comité de...

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Viedma, 11 de Diciembre de 2014 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 30) Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO LV EDICION DE 30 PAGINAS Nº 5310 LEYES ––– LEY Nº 5009 La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY Artículo 1º - La aplicación de la presente alcanza a los empleados del Poder Judicial, entendiéndose por tales a todos sus agentes, independien- temente de las categorías y escalafones en los que revistan. Quedan excluidos: a) Quienes deban ser seleccionados por el Consejo de la Magistratura. b) Los funcionarios de la ley K N° 2430, Art. 3°, inciso b), subincisos 1 a 9. c) Los funcionarios de la ley K N° 4199. Art. 2º - La representación de los empleados judiciales es ejercida por la entidad sindical con personería gremial más representativa. La representación del Poder Judicial es ejercida por el Superior Tribunal de Justicia o por los magistrados y/o funcionarios que a tal efecto designe. Art. 3º - La negociación colectiva regulada por la presente es comprensiva de todas las condiciones de trabajo que integran la relación de empleo. Art. 4º - No podrán ser materia de negociación colectiva las siguientes: a) La estructura orgánica del Poder Judicial. b) Las facultades de dirección del Poder Judicial. c) El régimen disciplinario. d) El principio de idoneidad como base del ingreso y de la promoción en la carrera administrativa. Art. 5º - En caso de duda respecto de la inclusión o exclusión de alguna materia, será de aplicación lo dictaminado por el Comité de Libertad Sindical y/o de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, o los organismos de control que los reemplacen, en los casos resueltos apli- cando los convenios a los que la República Argentina se encuentra adhe- rida. Art. 6º - Las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, o el organismo de control que lo reemplace, dictadas en un conflicto suscitado entre las partes del Convenio Colectivo de Trabajo en el ámbito del Poder Judicial, serán de aplicación obligatoria e inmediata para las mismas. Art. 7º - Las partes se reunirán cuando alguna de ellas lo solicite por escrito a la otra, con la simple exposición clara de las cuestiones a negociar y con el pedido de la información que resulte necesaria. Del pedido de reunión se presentará copia a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro, a los fines de notificar el inicio de las negociaciones colectivas. En el plazo de diez (10) días a contar desde la recepción, se constituirá la comisión negociadora con representantes de ambas partes, quienes podrán concurrir a las negociaciones con asesores técnicos, con voz pero sin voto. Art. 8º - En el ámbito paritario, las partes están obligadas a negociar de buena fe; ello implica: a) Concurrir a las reuniones acordadas o fijadas por la autoridad de aplicación. b) Designar negociadores con mandato suficiente para comprometer el cumplimiento de lo acordado. c) Intercambiar la información necesaria a los fines del examen de las cuestiones en debate, para entablar una discusión fundada y obtener un acuerdo. d) Realizar esfuerzos conducentes a lograr acuerdos. Art. 9º - La Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro es la autoridad de aplicación de la presente, con las siguientes funciones: a) Convocar a la negociación colectiva cuando así le sea solicitado por alguna de las partes. b) Citar a las reuniones cuando no hubieran sido acordadas por las partes. c) Coordinar las reuniones. d) Redactar el acta de la reunión, previo acuerdo de las partes sobre el texto. e) Convocar la constitución del órgano imparcial cuando surjan desavenencias parciales o totales durante la negociación y sea la voluntad de las partes. f) Realizar la publicación oficial dentro del término de diez (10) días, vencido; el cual, podrá hacerlo cualquiera de las partes signatarias. A los fines del cumplimiento de sus funciones, es de aplicación la ley K N° 3803 y supletoriamente la ley nacional N° 23546. Art. 10. - Eficacia de pleno derecho. El convenio colectivo que surja de la negociación será eficaz de pleno derecho, sin necesidad de homologación por parte de ninguna autoridad, y producirá efectos a partir de su publicidad de acuerdo a lo establecido, en el Art. 9° inciso f) de la presente ley. Art. 11. - Los conflictos y/o desavenencias surgidas en el seno de la Comisión Paritaria podrán someterse a la conciliación o al arbitraje voluntario. En ambos casos se constituirá un tribunal para el caso concreto, el que estará integrado por expertos en la materia. Al iniciar cada año judicial, cada una de las partes presentará en la Subsecretaría de Trabajo un listado general proponiendo cinco (5) expertos, del cual cada parte designará una autoridad, surgiendo la tercera de un sorteo que se realizará con los restantes nombres. La designación será notificada fehacientemente por la Subsecretaría de Trabajo, debiendo los expertos aceptar el cargo en el plazo de cinco (5) días de la notificación. Para el caso que los designados rechacen la propuesta, o guarden silencio vencido el plazo, se procederá a la nueva designación respetando el mismo procedimiento que para la primera vez. Los miembros del Tribunal Conciliador o Arbitro podrán ser recusados por las mismas razones que los jueces. Art. 12. - La Comisión Paritaria Judicial es la encargada de negociar las condiciones de trabajo en el Poder Judicial, con funciones de creación e interpretación de normas convencionales de carácter general, debiendo en el cumplimiento de sus funciones, agotar previamente el procedimiento de autocomposición. A su vez, las partes constituirán Comisiones Paritarias Específicas, integradas por un número igual de representantes de los trabajadores y del empleador, cuyo funcionamiento será establecido en el respectivo convenio colectivo. Las comisiones mínimas serán: a) La Comisión sobre Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y Salud Ocupacional. b) La Comisión Permanente para el Análisis de Conflictos Individuales. c) La Comisión de Recomposición y Evolución Salarial. Las partes podrán prever en el convenio colectivo la constitución de otras comisiones paritarias.

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Page 1: Nº 5310 - Río Negro Province · 2014-12-10 · Art. 6º - Las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, o el organismo de control

Viedma, 11 de Diciembre de 2014

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136SECRETARIA GENERAL

Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 30)

Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO LV EDICION DE 30 PAGINAS

Nº 5310

LEYES–––

LEY Nº 5009La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

LEYArtículo 1º - La aplicación de la presente alcanza a los empleados del

Poder Judicial, entendiéndose por tales a todos sus agentes, independien-temente de las categorías y escalafones en los que revistan.

Quedan excluidos:a) Quienes deban ser seleccionados por el Consejo de la Magistratura.b) Los funcionarios de la ley K N° 2430, Art. 3°, inciso b), subincisos 1 a

9.c) Los funcionarios de la ley K N° 4199.

Art. 2º - La representación de los empleados judiciales es ejercida por laentidad sindical con personería gremial más representativa. La representacióndel Poder Judicial es ejercida por el Superior Tribunal de Justicia o por losmagistrados y/o funcionarios que a tal efecto designe.

Art. 3º - La negociación colectiva regulada por la presente es comprensivade todas las condiciones de trabajo que integran la relación de empleo.

Art. 4º - No podrán ser materia de negociación colectiva las siguientes:a) La estructura orgánica del Poder Judicial.b) Las facultades de dirección del Poder Judicial.c) El régimen disciplinario.d) El principio de idoneidad como base del ingreso y de la promoción en

la carrera administrativa.

Art. 5º - En caso de duda respecto de la inclusión o exclusión de algunamateria, será de aplicación lo dictaminado por el Comité de LibertadSindical y/o de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios yRecomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, o losorganismos de control que los reemplacen, en los casos resueltos apli-cando los convenios a los que la República Argentina se encuentra adhe-rida.

Art. 6º - Las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical de laOrganización Internacional del Trabajo, o el organismo de control que loreemplace, dictadas en un conflicto suscitado entre las partes del ConvenioColectivo de Trabajo en el ámbito del Poder Judicial, serán de aplicaciónobligatoria e inmediata para las mismas.

Art. 7º - Las partes se reunirán cuando alguna de ellas lo solicite porescrito a la otra, con la simple exposición clara de las cuestiones a negociary con el pedido de la información que resulte necesaria. Del pedido dereunión se presentará copia a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de RíoNegro, a los fines de notificar el inicio de las negociaciones colectivas. En elplazo de diez (10) días a contar desde la recepción, se constituirá la comisiónnegociadora con representantes de ambas partes, quienes podrán concurrir alas negociaciones con asesores técnicos, con voz pero sin voto.

Art. 8º - En el ámbito paritario, las partes están obligadas a negociar debuena fe; ello implica:

a) Concurrir a las reuniones acordadas o fijadas por la autoridad deaplicación.

b) Designar negociadores con mandato suficiente para comprometer elcumplimiento de lo acordado.

c) Intercambiar la información necesaria a los fines del examen de lascuestiones en debate, para entablar una discusión fundada y obtener unacuerdo.

d) Realizar esfuerzos conducentes a lograr acuerdos.

Art. 9º - La Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro es laautoridad de aplicación de la presente, con las siguientes funciones:

a) Convocar a la negociación colectiva cuando así le sea solicitado poralguna de las partes.

b) Citar a las reuniones cuando no hubieran sido acordadas por las partes.c) Coordinar las reuniones.d) Redactar el acta de la reunión, previo acuerdo de las partes sobre el

texto.e) Convocar la constitución del órgano imparcial cuando surjan

desavenencias parciales o totales durante la negociación y sea lavoluntad de las partes.

f) Realizar la publicación oficial dentro del término de diez (10) días,vencido; el cual, podrá hacerlo cualquiera de las partes signatarias.

A los fines del cumplimiento de sus funciones, es de aplicación la ley K N°3803 y supletoriamente la ley nacional N° 23546.

Art. 10. - Eficacia de pleno derecho. El convenio colectivo que surja dela negociación será eficaz de pleno derecho, sin necesidad de homologaciónpor parte de ninguna autoridad, y producirá efectos a partir de su publicidadde acuerdo a lo establecido, en el Art. 9° inciso f) de la presente ley.

Art. 11. - Los conflictos y/o desavenencias surgidas en el seno de laComisión Paritaria podrán someterse a la conciliación o al arbitrajevoluntario. En ambos casos se constituirá un tribunal para el caso concreto,el que estará integrado por expertos en la materia. Al iniciar cada añojudicial, cada una de las partes presentará en la Subsecretaría de Trabajo unlistado general proponiendo cinco (5) expertos, del cual cada parte designaráuna autoridad, surgiendo la tercera de un sorteo que se realizará con losrestantes nombres. La designación será notificada fehacientemente por laSubsecretaría de Trabajo, debiendo los expertos aceptar el cargo en el plazode cinco (5) días de la notificación.

Para el caso que los designados rechacen la propuesta, o guarden silenciovencido el plazo, se procederá a la nueva designación respetando el mismoprocedimiento que para la primera vez.

Los miembros del Tribunal Conciliador o Arbitro podrán ser recusadospor las mismas razones que los jueces.

Art. 12. - La Comisión Paritaria Judicial es la encargada de negociar lascondiciones de trabajo en el Poder Judicial, con funciones de creación einterpretación de normas convencionales de carácter general, debiendo enel cumplimiento de sus funciones, agotar previamente el procedimiento deautocomposición.

A su vez, las partes constituirán Comisiones Paritarias Específicas,integradas por un número igual de representantes de los trabajadores y delempleador, cuyo funcionamiento será establecido en el respectivo conveniocolectivo.

Las comisiones mínimas serán:a) La Comisión sobre Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y Salud

Ocupacional.b) La Comisión Permanente para el Análisis de Conflictos Individuales.c) La Comisión de Recomposición y Evolución Salarial.Las partes podrán prever en el convenio colectivo la constitución de

otras comisiones paritarias.

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2Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Art. 13. - La Comisión de Negociación Judicial tendrá las facultadesnecesarias para poner en funcionamiento las cláusulas de la presente. Dictarásu reglamento interno y designará a los representantes para celebrar losconvenios con los organismos que resulten necesarios.

Art. 14. - La Convención Colectiva tendrá una vigencia de un año.Vencido el plazo, se mantendrán subsistentes las condiciones de trabajoresultantes de la misma, al igual que las normas relativas a contribuciones ydemás obligaciones asumidas por el empleador, todo ello hasta que entre envigencia un nuevo acuerdo, siempre que en el anterior no se haya convenidolo contrario.

Art. 15. - El derecho de huelga y otras medidas legítimas de acciónsindical garantizadas por la Constitución Nacional, así como TratadosInternacionales y Convenios de la Organización Internacional del Trabajodebidamente ratificados por la República Argentina, no podrán ser limitadosni condicionados como consecuencia de la aplicación de la presente.

Art. 16. - El Poder Judicial de la Provincia de Río Negro debe prever losrecursos presupuestarios pertinentes a fin de solventar los gastos que impliquela aplicación del sistema de negociación colectiva establecido en la presente.Asimismo se garantiza a los representantes de la parte gremial tanto encomisión paritaria negociadora del convenio colectivo de trabajo como enlas comisiones convencionales específicas, las licencias gremiales necesariasa efectos de desarrollar sus tareas. Los representantes gremiales deberáncomunicar con un plazo de anticipación mínimo de veinticuatro (24) horasla necesidad de usufructuar dicho beneficio.

Art. 17. - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro,

en ciudad de Viedma, a los treinta días del mes de octubre del año dos milcatorce.

Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo O. Cufré,Secretario Legislativo.

–––Viedma, 2 de diciembre de 2014.Se promulga de conformidad al Art. 144 de la Constitución Provincial.Registrada bajo el Número de Ley Cinco Mil Nueve (5009).Matías Rulli, Secretario General.

—oOo—

LEY Nº 5010La Legislatura

de la Provincia de Río NegroSanciona con Fuerza de

LEYArtículo 1º - Se dejan sin efecto los actos administrativos de la Dirección

de Tierras de la Provincia Nros. 176/1997, 109/2006 y 532/2006, así comotodos aquellos actos dictados en consecuencia.

Artrt. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro,para que a través del organismo competente que estime corresponder, realicetodos los actos conducentes para la toma de la posesión del inmuebleidentificado catastralmente como 20-1-210.606, formado por parte delLote 99, Colonia Mixta Martín Fierro, Paraje Mallín Ahogado, Sección IX,Departamento Bariloche, así como todos aquellos inherentes a laregularización de la situación jurídica resultante de dicha medida a fin de queesa parcela sea inscripta a nombre de la Municipalidad de El Bolsón condestino a planes de viviendas sociales de esa localidad.

Art. 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro,

en ciudad de Viedma, a los treinta días del mes de octubre del año dos milcatorce.

Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura.- Dr. Rodolfo O. Cufré,Secretario Legislativo.

–––Viedma, 2 de diciembre de 2014.Se promulga de conformidad al Art. 144 de la Constitución Provincial.Registrada bajo el Número de Ley Cinco Mil Diez (5010).Matías Rulli, Secretario General.

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DECRETOS–––

DECRETO Nº 1556Viedma, 18 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 76646-SO-2014, del registro del Ministerio de Obrasy Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:Que mediante Nota N° 115/2014, del 2 de septiembre de 2014 de fojas 2,

el Sr. Intendente Municipal de la localidad de Comallo, solicita financiaciónpara la ejecución mediante el sistema de Obra Delegada, de la Obra:“Remodelación y Puesta en Valor del Boulevard San Martín”, cuyadocumentación técnica luce agregada a fs. 03/09 de las presentes actuaciones;

Que se considera necesaria la ejecución de los trabajos tendientes a laconcreción de la obra referida, cuya delegación ha sido autorizada por el Sr.Gobernador de la Provincia de Río Negro a fojas 20, vuelta;

Que para posibilitar la realización de estos trabajos se ha confeccionadola documentación técnica exigida por la Ley J N° 286, cuyo Cómputo yPresupuesto alcanza la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta ycuatro mil ciento setenta ($ 1.654.170,00) según se detalla a fojas 08/09;

Que a fojas 10 se adjunta Certificado del Tribunal de Cuentas MunicipalN° 066/2014, en el que consta que no registra rendiciones pendientes deObras Delegadas, al día de la fecha;

Que dada la naturaleza de los trabajos a realizar, se estima convenientedelegar la ejecución y administración de los mismos a la Municipalidad deComallo, en un todo de acuerdo al Art. 3° de la Ley J N° 286 de ObrasPúblicas y el Art. 3° inciso b) del Decreto Reglamentario de la citada Ley,Ley H N° 3186 y el Decreto H N° 1737/98, por la suma de pesos un millónseiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta ($ 1.654.170,00);

Que en consecuencia es conveniente gestionar el envío de pesos unmillón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta ($ 1.654.170,00),para la ejecución de la obra;

Que a fojas 22 se adjunta la intervención de la Comisión de Seguimientoy Control, creada por el Art. 4° del Decreto Provincial N° 82/09;

Que se deberá registrar el Compromiso conforme el Art. 30 de la Ley HN° 3186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en lostérminos dispuestos por el Art. 31 de la Ley citada;

Que han tomado debida intervención la Asesoría Legal del Ministerio deObras y Servicios Públicos, Contaduría General y Fiscalía de Estado medianteVista N° 05068-14;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArt. 181, Inciso 1) de la Constitución Provincial.

Por ello,El Gobernador de la Provincia de Río Negro

DECRETA:Artículo 1º - Aprobar la documentación técnica confeccionada para

posibilitar la ejecución de los trabajos de la obra: “Remodelación y Puesta enValor del Boulevard San Martín”, como así también el Presupuesto Oficialque alcanza a la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro milciento setenta ($ 1.654.170,00), que como Anexo I integra la presente.-

Art. 2º - Delegar a la Municipalidad de Comallo (Cuit N° 30- 67295030-5) la ejecución y administración de los trabajos apuntados con cargo derendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de pesos un millónseiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta ($ 1.654.170,00), conformelo dispone el Art. 3° de la Ley J N° 286 de Obras Públicas y el Art. 3° Incisob) de su Decreto Reglamentario, en un todo de acuerdo a la documentaciónque se aprueba por el Artículo anterior.-

Art. 3º - Aprobar el Convenio suscripto entre el Ministro de Obras yServicios Públicos y el Sr. Intendente de la localidad de Comallo, que comoAnexo II integra la presente.-

Art. 4º - Designar como responsable de la suma aprobada y delegada en elArt. 1° y 2° del presente Decreto, al Sr. Intendente Municipal, Raúl AlbertoHermosilla (Cuil 20-20938809-0).

Art. 5º - Proceder a registrar el Compromiso y Ordenado correspondientea la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:Progr. Sub-Prog. Proy. Activ. Pda. Recurso Monto

55 0 17 69 422 22241 $ 1.654.170,00——————

Total $ 1.654.170,00

Art. 6º - Autorizar a la Tesorería General de la Provincia a Transferir losfondos de la presente Obra Delegada indicada en el Art. 1°, en la suma depesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta ($1.654.170,00),

Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obrasy Servicios Públicos.-

Art. 8º - Registrar, Comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.

WERETILNECK.- G. M. Gesualdo.—————

Anexo I - PRESUPUESTO OFICIALMunicipalidad de Comallo

Obra: Remodelación y puesta en valor Boulevard San Martín

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4Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

CÓMPUTO Y PRESUPUESTO

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5Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

Anexo II

CONVENIOMINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Y MUNICIPIOEntre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río

Negro, sito en calle Buenos Aires 4, de la ciudad de Viedma, representado eneste acto por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, Ing. GuillermoManuel Gesualdo, DNI 13.423.724 (en adelante EL MINISTERIO DEOBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) y la Municipalidad de la ciudad de Comallocon domicilio en calle San Martín s/nº, de la citada localidad, representada eneste acto por su Intendente Municipal, Sr. Raúl Hermosilla, DNI 20.938.809(en adelante la MUNICIPALIDAD); el MINISTERIO DE OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS y la MUNICIPALIDAD conjuntamentedenominados como “Las Partes” e individualmente como “Parte”, yconsiderando:

- Que el Sr. Intendente Municipal ha solicitado mediante nota del 2 deseptiembre de 2014 al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, ladelegación de la obra correspondiente “Remodelación y Puesta enValor Boulevard San Martín” bajo la modalidad de Obra Delegada.

- Que atento el pedido formulado, el Sr. Ministro de Obras y ServiciosPúblicos ha dispuesto la delegación de la ejecución de dicha obra en laMunicipalidad, conforme lo establecido en el Art. 3º, párrafo 3 de laLey J N° 286.

- Que la MUNICIPALIDAD firmante ha aceptado la delegacióncorrespondiente, comprometiéndose a ejecutarla con los más altosestándares de eficiencia y responsabilidad.

Las Partes de común acuerdo han resuelto celebrar el presente Conveniopara la ejecución de la Obra Delegada: “Remodelación y Puesta en ValorBoulevard San Martín” (en adelante el “Convenio”), sujeto a las siguientescláusulas y condiciones.

Primera: El presente Convenio se suscribe en el marco de las disposicionesde la Constitución Provincial, la Ley de Ministerios N° 4794 y la Ley deObras Públicas J N° 286.

Segunda: El MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, delegaen la MUNICIPALIDAD y ésta acepta la ejecución de la Obra Delegada:“Remodelación y Puesta en Valor Boulevard San Martín” A tal efecto, elMINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS transferirá a la MU-NICIPALIDAD los recursos financieros necesarios solicitados por elMunicipio, siendo el total del mismo el valor tope que se reconocerá desdeel Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

Tercera: Las partes acuerdan que las tareas tendrán un plazo de ejecuciónde 120 días.

Cuarta: Una vez ratificado el presente, el MINISTERIO DE OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS transferirá, por intermedio del Tesoro Provincial,la suma de pesos un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta($ 1.654.170,00).

Quinta: Las Partes convienen que todos los trabajos detallados se haráncon material aprobado, instaladores matriculados y contarán con lasupervisión y aprobación -previa, concomitante o posterior, indistintamente-del equipo técnico del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.-

Sexta: LA MUNICIPALIDAD, sin perjuicio del cumplimiento de lasnormas que le son aplicables, se compromete a cumplimentar las obligacionesgenerales que a continuación se detallan:

a) Destinar los recursos sólo al cumplimiento del objeto del Convenio.b) Dar expreso cumplimiento y velar por el cumplimiento de terceros a

su cargo, de las disposiciones establecidas en las leyes vigentes enmateria laboral, previsional, de riesgos del trabajo y demás normativaaplicable.

c) Ejecutar las tareas encomendadas en el marco de las prescripciones dela Ley de Obras Públicas J N° 286.

d) Designar un referente técnico y un referente administrativo para lacomunicación con el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Séptima: La MUNICIPALIDAD expresamente se obliga a seguir el régimende rendición de fondos que a continuación se detalla:

Documentación a presentar:I. Memoria de la Obra Delegada: “Una vez finalizada la obra se deberá

remitir al Ministerio de Obras y Servicios Públicos una memoria relativaa todo lo actuado, incluyendo copias de las actas que se hubieranlabrado y de la documentación vinculada a la obra que el Ministerioindique. Asimismo, se incluirá una copia del acta de recepción provisoria.(Art 3° del Dec. N° 686/62 Reglam. de la ley 286 de Obras Públicas).

II. Certificación del Tribunal de Cuentas del Municipio.III. Balance de Inversión de Fondos Remitidos.IV. Planilla de Relación de Comprobantes: La misma se confeccionará

respetando un orden cronológico de la documentación y la mismadeberá estar enumerada según el orden que se detalla.

En tal sentido se debe indicar:- Nro. de Orden- Fecha del Comprobante- Tipo de Comprobante- Nro. de Comprobante- Proveedor- Concepto del Gasto- Total Facturado- Cheque N°- Fecha de Pago- Retenciones- Importe

V. Asimismo se deberá acompañar a los comprobantes, aquellos otrosque forman parte de la rendición: Órdenes de Pedido y/o Compras /Orden de Pago del Municipio / Recibo Proveedor / Comprobantes deRetenciones Efectuadas / Actas de Inicio de Obra / ContratosFormalizados con Contratistas / Certificaciones de Obras / Actas deRecepción Provisoria.

VI. Copia de los extractos bancarios en los cuales se identifique el períodoen el cual se realizó la inversión/gasto, contando desde el momento enque ingresó la transferencia al Municipio hasta el período en el cual sepagó el último comprobante rendido.

Todas las copias de comprobantes o sus originales deben estar certificadaso firmadas por autoridad competente.

La rendición de fondos deberá estar foliada y remitirse al MINISTERIODE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

La rendición debe ajustarse a lo establecido para las rendiciones de FondosPermanentes según Art. 64 del Decreto N° 1737/98 - Reglamentario de laLey N° 3186 de Administración Financiera.

Octava: EL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS,además de las tareas de supervisión y recepción de los trabajos realiza-dos por la MUNICIPALIDAD, podrá solicitar todo tipo de información aesta última, relativa a los costos abonados para la realización de los tra-bajos.

Novena: Las Partes acuerdan que el MINISTERIO DE OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS no asumirá responsabilidad alguna frente alpersonal contratado y/o afectado por la MUNICIPALIDAD para larealización de las obras o servicios previstos en el presente. La MUNICIPA-LIDAD se obliga en este acto a mantener a este MINISTERIO, indemnede todo reclamo por parte de sus empleados, proveedores, y/o ter-ceros. Asimismo, La MUNICIPALIDAD será la única responsablede la modalidad y del efectivo cumplimiento de los procedimientos decontratación por los que ésta opte para la ejecución del presente Convenio.La MUNICIPALIDAD se obliga asimismo a dar efectivo cumplimiento a lasdisposiciones laborales y previsionales vigentes, así como el oportunocumplimiento de las obligaciones asumidas con los proveedores contra-tados.

Décima: Sin perjuicio de los controles que realice EL MINISTERIO DEOBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la MUNICIPALIDAD será responsablede fiscalizar la efectiva realización y/o la calidad de los trabajos que realicensus dependientes y/o que contrate con terceros.

Décimo Primera: Las Partes acuerdan que en caso de incumplimientopor parte de la MUNICIPALIDAD a cualquiera de las obligacionesemergentes del presente Convenio, el MINISTERIO DE OBRAS YSERVICIOS PÚBLICOS la intimará para que en el plazo perentorio de 48horas hábiles subsane la falta de que se trate.

Décimo Segunda: La MUNICIPALIDAD, concluida la Obra De-legada, procederá a realizar la rendición ante el MINISTERIO DE OBRASY SERVICIOS PÚBLICOS, de acuerdo a lo establecido en la CláusulaSéptima, para su aprobación. La falta de rendición o de su aproba-ción, hará contar de Cargos Pendientes a la MUNICIPLIDAD, conla imposibilidad de ejecución de Obras bajo el Sistema de Obras Delega-das.

Décimo Tercera: A los efectos legales correspondientes las partes fijansus domicilios en los arriba enunciados, donde serán válidas todas lasnotificaciones cursadas en relación al objeto del presente.-

Décimo Cuarta: Las partes se comprometen a resolver en forma di-recta entre ellas o a través de las instancias jerárquicas que correspondan,los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento,interpretación y/o cumplimiento del presente convenio. En caso de con-tienda judicial las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribu-nales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad deViedma.-

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partesfirman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad deViedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los ......... días del mes de....................... de 2014.

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6Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

DECRETO Nº 1557Viedma, 18 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 3.380-ALT-2014 del registro del Ministerio deEconomía, y la Ley L N° 4.232;

CONSIDERANDO:Que el Directorio del Instituto Autárquico Provincial del Seguro, considera

conveniente reglamentar algunos aspectos de la Ley L N° 4232 tendientesa disponer de mecanismos para la interpretación y funcionamiento delsistema;

Que ello es, en virtud de la experiencia recogida por aplicación del actualsistema, con el objeto de definir el alcance de los beneficios establecidosteniendo en cuenta el carácter solidario, previsional y obligatorio de la Leydentro de la Administración Pública;

Que por nuestra Constitución, el Estado Provincial ha implementado,dentro del sistema de seguridad social, diversos medios para subvenirnecesidades de los empleados del Estado, entre los que se encuentra el InstitutoAutárquico Provincial del Seguro de Río Negro y la Ley L N° 4232, tendientea atender las contingencias derivadas de la muerte o incapacidad total ypermanente del afiliado;

Que el presente contempla situaciones que se han presentado durante losaños de vigencia del régimen y, en particular, la necesidad de adecuar elsistema, a fin de evitar situaciones que sean contrarías a los intereses de losasegurados;

Que el régimen previsional solidario y obligatorio de vida, incapacidadtotal y permanente y sepelio, para todo el personal del Estado Provincial,presenta como características a recalcar, en primer lugar el carácter previ-sional del sistema, declarado por el mismo cuerpo legal; en segundo, derivadode aquello, su carácter obligatorio y finalmente su clara pretensión de coberturauniversal, lo que por otra parte deviene de una exigencia constitucional porel principio de igualdad ante la ley, lo que genera la necesidad de disponer delos medios que aseguren al administrado el cobro de los beneficios instituidosen tiempo y forma;

Que del funcionamiento y puesta en práctica del régimen de seguroobligatorio se presentan situaciones de hecho y derecho, que ameritan suinterpretación y reglamentación, a fin de asegurar los derechos de los afiliadosal sistema;

Que en esencia la Ley L N° 4232 implanta un Sistema Previsional,Solidario y Obligatorio de Vida e Incapacidad, para todo el personal activo,jubilado y retirado del Estado provincial, cuya finalidad esencial es prestaruna ayuda económica a favor de sus afiliados, en el momento que se produzcaalguna de las contingencias previstas, por lo que el sistema debe serinterpretado en forma amplia y de buena fe a favor del administrado, en untodo de acuerdo con los principios básicos del Derecho Administrativo, deplena aplicación en el presente régimen;

Que en este marco la Constitución de la Provincia de Río Negro, en suArt. 47 dispone como obligatorios para la Administración los principiosbásicos de eficiencia, austeridad, tendientes a la determinación oficiosa de laverdad, con celeridad y economía, sencillez en el trámite a favor de losadministrados;

Que el carácter solidario y previsional del sistema, se ve reflejado en quesus afiliados no quedan excluidos al pasar a retiro por jubilación o invalidez,quedando cubiertos hasta el día de su muerte, lo que demuestra la necesidad deproteger los derechos de todos los afiliados, a fin de que los mismos no sevean afectados o recortados por interpretaciones restrictivas o meramenteformales;

Que el régimen impuesto en forma obligatoria por la Ley L N° 4232, setrata de un seguro vida colectivo, conformado por todos los empleadospúblicos de la Administración de la Provincia de Río Negro y Municipiosadheridos, sin la posibilidad del asegurado y/o beneficiario de discutir, tachar,modificar y/o sustituir disposiciones inconvenientes para sus intere-ses;

Que el presente régimen, en virtud de los sujetos contratantes, se encuentrabajo la órbita del derecho a la seguridad social, amparados por la ConstituciónProvincial, y la protección de las denominadas contingencias sociales, entrelas que está la salud, incluida la pérdida de la vida, a la luz de lo establecido porel Art. 14 bis de la Constitución Nacional que entre otros beneficios, garantizala protección integral de la familia, considerando que el seguro bajo análisistiene ese objetivo en beneficio y protección del entorno familiar ante lagravedad de lo que significa la muerte del afiliado;

Que los riesgos cubiertos por la ley son: de Incapacidad Parcial yPermanente por accidente, Incapacidad Total y Permanente, Muerte, Sepelio,Cremación y gastos de traslado, debiéndose disponer en consecuencia lasaclaraciones para la instrumentación de los beneficios acordados a favor delos asegurados;

Que a los fines de lograr una reglamentación armónica de la Ley, se debeefectuar una interpretación de la normativa aplicable en forma integral y noen forma parcializada, tal es el caso de la denuncia de los siniestros pormuerte que deben computarse desde la toma de conocimiento del beneficiopor parte del interesado, ello en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el

Art. 57, pues exigir la denuncia sin que sepa de la existencia del beneficiosería un absurdo que va en desmedro del sistema previsional y solidario,máxime cuando la propia Administración también está obligada a formularladentro del lazo ordenatorio de 30 días desde la baja del afiliado al organismoal cual pertenecía;

Que en función de lo expuesto anteriormente, se debe tomar como puntode partida para el cómputo del plazo de denuncia del siniestro por muerte, elconocimiento de la existencia del beneficio, por parte del beneficiario,heredero forzoso o declarado judicialmente, dentro del plazo de prescripciónde un año dispuesto en el Art. 57;

Que el régimen administrado por el I.A.P.S., se inspira en principiossolidarios y de cobertura básica y obligatoria que brinda el Estado Provinciala sus afiliados, por lo que el principio esencial de su funcionamiento es el debeneficiar a los afiliados o beneficiarios. Sumado a ello el interés público, quedetermina que la Administración, no tiene fines propios, sino que es unainstitución cuya única razón de ser y cuya fuente de legitimidad es actuarpara satisfacer intereses generales o públicos;

Que el sistema impone una serie de cargas a los afiliados y beneficiarios,que es necesario reglamentar teniendo en cuenta las distintas situaciones dehecho que se producen, como ser la documentación y forma de presentación,ello a fin de evitar situaciones que generen trabas en la tramitación delseguro por parte del beneficiario por cuestiones meramente formales oadministrativas;

Que en consecuencia es necesario disponer la reglamentación de la ley encuestión, a fin de evitar el cuestionamiento de su funcionamientoadministrativo, por situaciones que pudieren producirse por el desequilibriodel consentimiento contractual en perjuicio del afiliado, al ser un sistemaobligatorio, masivo e innegociable;

Que ha tomado intervención la Gerencia de Asuntos Legales y Judicialesdel Instituto Autárquico del Seguro y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N°04930-14;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.181, inc. 5) de la Constitución Provincial.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Apruébase el reglamento de la Ley L N° 4232 en un todo deacuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro deEconomía.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése alBoletín Oficial y archívese.-

WERETILNECK.- A. Palmieri.—————

Anexo I al Decreto Nº 1557

CAPÍTULO IArtículo 1° - Sin reglamentar.Art. 2º - Para optar por la inclusión al sistema, los Organismos o Entidades

previstas en los incisos a), b) y c), deberán presentar el requerimiento porescrito al Directorio del I.A.P.S. y, la inclusión tendrá efecto a partir deldictado de la resolución de Directorio, previo cumplimiento de la totalidadde los requisitos exigidos por el Instituto.

Para el caso del inciso d) es necesaria la presentación por escrito de lasolicitud del afiliado, la que se formalizará una vez que se produzca el descuentoo pago del importe en concepto de prima.

Art. 3º - Incisos d, e). Los gastos de sepelio serán pagados por el IAPS,incluidos los gastos de cremación y de traslado, en la forma y límitesestablecidos en la ley, el servicio fúnebre cubierto es el dispuesto por el Art.38 de la ley, estando a cargo de los beneficiarios los adicionales que superenlos montos establecidos por el Directorio a la fecha del deceso.

Art. 4º - Sin reglamentar.Art. 5º - Sin reglamentar.Art. 6º - Los beneficios por incapacidad Total y Permanente o Parcial y

Permanente, caducan al acogerse el afiliado a los beneficios jubilatorios,tomándose como fecha de caducidad la resolución de Baja del Organismopara acceder al sistema jubilatorio.

Art. 7º - De no haberse producido el descuento por causas no imputablesal asegurado o beneficiario del sistema, al momento de la liquidación delsiniestro se debe proceder al descuento de las primas adeudas hasta la fechadel siniestro.

Art. 8º - Sin reglamentar.Art. 9º - Sin reglamentar.Art. 10. - La validez de la designación de beneficiarios efectuada por el

afiliado, tiene efecto desde la fecha de certificación efectuada por elfuncionario responsable de cada Organismo.

Las certificaciones de fichas efectuadas por escribano público, deberán

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7Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

expresamente certificar la firma del asegurado y el contenido de la ficha,indicando los beneficiarios designados, caso contrario no serán tomadascomo válidas.

Art. 11. - A los efectos de la denuncia del siniestro a efectuar por elafiliado, beneficiario, heredero forzoso o declarado judicialmente, según elriesgo solicitado, se deberá dar el siguiente tratamiento:

a) Incapacidad Total y Permanente dentro de los treinta (30) días hábilesde conocerla, el plazo citado correrá desde la fecha de baja de laentidad en que prestaba servicio o desde la fecha de notificación delacto jurídico que dispusiera la baja por invalidez al beneficiario, si fueraposterior a la primera.

b) Beneficio de muerte, el plazo de denuncia de (30) treinta días hábilescorre desde la toma de conocimiento del beneficio por parte delbeneficiario, heredero forzoso o declarado judicialmente, debiendo atal fin formular declaración jurada de la fecha de toma de conocimientodel beneficio. El plazo de prescripción para formular la denuncia es eldispuesto en el Art. 57 de la presente ley.

c) Incapacidad Parcial y Permanente dentro de los (30) días hábiles deproducirse el accidente, salvo que acredite imposibilidad de hecho sinculpa o negligencia que imposibilite formular la denuncia en tiempo yforma, como consecuencia del accidente.

Art. 12. - Se podrá requerir a los Organismos que informen la copia defecha de notificación del acto jurídico que dispusiera la baja por invali-dez.

Art. 13. - Sin reglamentar.Art. 14. - A los fines de la representación legal, el Directorio deberá dar

traslado a la Fiscalía de Estado, a fin de que designe el mismo.Art. 15. - Sin reglamentarArt. 16. - Sin reglamentar.Art. 17. - Sin reglamentar.Art. 18. - Sin reglamentar.

Capítulo VAPORTES Y FORMAS DE PAGO

Art. 19. - Sin reglamentar.Art. 20. - Sin reglamentar.Art. 21. - Sin reglamentar.

Capítulo VISUSPENSIÓN Y REHABILITACIÓN

DE COBERTURAArt. 22. - La suspensión de la cobertura tendrá efectos, a partir de la

notificación fehaciente y por escrito de la resolución de Directorio que ladisponga.

Art. 23. - La rehabilitación al sistema será válida desde que elDirectorio disponga la misma por resolución debidamente notifica-da.

Art. 24. - Sin reglamentar.Art. 25. - Sin reglamentar.

Capítulo VIIBENEFICIARIOS

Art. 26. -Sin reglamentar.Art. 27. - Sin reglamentar.Art. 28. - La modificación del beneficiario tendrá efecto desde la fecha

en que es realizada por ante el funcionario competente del Organismoresponsable y recepcionada en el I.A.P.S., o la efectuada directamente en elInstituto.

Art. 29. - Sin reglamentar.Art. 30. - El afiliado analfabeto podrá también efectuar la designación en

la sede del Instituto.Art. 31. - Sin reglamentar.Art. 32. - A los fines de proceder al pago del capital indemnizable, se

deberá denunciar cuenta judicial para proceder a su depósito.Art. 33. - Sin reglamentar.Art. 34. - Sin reglamentar.

Capítulo VIIIRIESGO DE MUERTE - SERVICIO DE SEPELIO -

CREMACIÓN - TRASLADOArt. 35. - El pago doble por beneficio de muerte accidental, queda sin

efecto al acogerse el afiliado al sistema jubilatorio, en un todo de acuerdo alo dispuesto por el Art. 6° de la presente.

Art. 36. - El servicio fúnebre cubierto, es hasta la suma autorizada por elDirectorio, siendo optativo y a exclusivo cargo del solicitante, las mejorasde dichas prestaciones, no comprometiendo ello el reconocimiento dediferencia por parte del I.A.P.S.

Art. 37. - Sin reglamentar.

Art. 38. - Sin reglamentar.Art. 39. - El importe abonar en concepto de servicio de sepelio,

conjuntamente con el capital indemnizable será el autorizado por elDirectorio.

Art. 40. - Sin reglamentar.Art. 41. - Sin reglamentar.Art. 42. - Sin reglamentar.Art. 43. - La solicitud de cobro al IAPS por parte de las empresas de

servicios fúnebres dará inicio al expediente de denuncia del siniestro y sucorrespondiente registración. Asimismo, las empresas de servicios fúnebresdeberán emitir a requerimiento del interesado la certificación que el serviciono ha sido imputado al I.A.P.S., a los fines de su presentación ante elInstituto.

Art. 44. - Sin reglamentar.Art. 45. - El cómputo del plazo dispuesto para el pago es de 30 días

hábiles desde la fecha de la resolución que disponga el beneficio.

Capítulo IXRIESGO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE

Art. 46. - Sin reglamentar.Art. 47. - Sin reglamentar.Art. 48. - Sin reglamentar.Art. 49. - Sin reglamentar.

Capítulo XRIESGO DE INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE

POR ACCIDENTEArt. 50. - Sin reglamentar.Art. 51. - Sin reglamentar.Art. 52. - Sin reglamentar.Art. 53. - Sin reglamentar.Art. 54. - Sin reglamentar.Art. 55. - Sin reglamentar.

Capítulo XIDISPOSICIONES GENERALES

Art. 56. - La solicitud para acceder al beneficio en forma anticipada sedeberá formalizar por escrito, con la firma certificada del beneficiario, yasea ante escribano público, Juez de Paz o autoridades del I.A.P.S.

Art. 57. - Sin reglamentar.Art. 58. - Sin reglamentar.Art. 59. - Sin reglamentar.Art. 60. - Sin reglamentar.Art. 61. - Sin reglamentar.

—oOo—

DECRETO Nº 1568Viedma, 18 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 2.507-1-2013 del registro del Instituto AutárquicoProvincial del Seguro de Río Negro (I.A.P.S.), y;

CONSIDERANDO:Que el Directorio del I.A.P.S. ha dispuesto la revisión de los valores en

concepto de capital indemnizable del Art. 7° de la Ley L N° 4232, requiriendoen consecuencia fundamentos técnicos y económicos de la necesidad delaumento;

Que fs. 31/32 obra informe de la Gerencia Técnica, donde concluye queconsidera razonable incrementar el capital indemnizable, aportando unaproyección de los nuevos valores a asignar;

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado por el Art. 9° de la Ley LN° 4232, a disponer el importe máximo del capital indemnizable y en lamisma proporción el importe de los incisos a) y b) del Art. 19, concomunicación a la Legislatura de Río Negro;

Que la Legislatura de la Provincia de Río Negro, a través de la Comisiónde Asuntos Constitucionales y Legislación General, ha solicitado el análisisdel aumento del capital indemnizable, tal lo previsto en el Art. 9° de la LeyL N° 4232;

Que el Directorio se expide, a fs. 44/46, prestando conformidad alaumento del capital indemnizable, a la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000);

Que el Art. 61 de la ley faculta al Directorio del I.A.P.S. a disponer losmecanismos necesarios y que resulten más convenientes para laimplementación de la ley, como asimismo al dictado de las normasinterpretativas, complementarias y aclaratorias del Régimen;

Que han tomado la debida intervención la Asesoría Legal y la GerenciaContable del I.A.P.S., y la Fiscalía de Estado, a través de Vista N° 08983-13;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArt. 9°, de la Ley L N° 4232.

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8Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Dispóngase que el capital indemnizable del Art. 7° de la LeyL N° 4232 no podrá superar la suma de pesos ciento veinte mil ($ 120.000),salvo lo dispuesto en el Art. 3° inciso c).-

Art. 2º - Los aportes mensuales dispuestos por el Art. 19, incs. a) y b) dela Ley L N° 4232, no podrán superar la suma de pesos ochenta y seis ($ 86).-

Art. 3º - Fíjase como fecha de vigencia del presente, el 1 de febrero del2015.

Art. 4º - Comuníquese a la Legislatura de la Provincia de Río Negro en lostérminos del Art. 9° de la Ley L N° 4232.

Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro deEconomía.

Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése alBoletín Oficial y archívese.

WERETILNECK.- A. Palmieri.—oOo—

DECRETO Nº 1569Viedma, 18 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 124.869-DRH-09, del registro del DepartamentoProvincial de Aguas, la Ley L N° 4420, el Decreto L N° 463/09, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo, se tramitó la incorporación a la Planta Permanente

de la Administración Pública Provincial, de agentes varios del DepartamentoProvincial de Aguas, entre ellos el agente Ignacio Raúl Pizzio;

Que mediante Decreto N° 1118/11, fueron incorporados a la PlantaPermanente del Departamento Provincial de Aguas;

Que en Planilla Anexa II del Decreto, por error de tipeo se consignócomo fecha de cómputo de categoría 1/04/2009, para el agente citado;

Que por lo expuesto se deberá rectificar la Planilla Anexa II del DecretoN° 1118/11;

Que el dictado del presente Decreto encuentra sustento legal en lo previstopor la Ley L N° 4420, el Decreto L N° 463/09 y Art. 23 de la Ley deProcedimientos Administrativos A N° 2938;

Que al mencionado se lo deberá promover a la categoría correspondientesegún los requisitos establecidos en las normas vigentes;

Que a fojas 482 ha tomado intervención en los términos del Art. 33 de laLey N° 4924 la Subsecretaría de Presupuesto;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Direc-ción de Asuntos Legales del Departamento Provincial de Aguas, Secretaríade la Función Pública y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 03129-14;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArt. 181, inciso 3) de la Constitución Provincial.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Rectificar la Planilla Anexa II del Decreto N° 1118/11, laque queda redactada conforme la planilla que integra como Anexo al pre-sente Decreto.

Art. 2º - Promover automáticamente al agente Ignacio Raúl Pizzio,según Planilla Anexa.

Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obrasy Servicios Públicos.

Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.

WERETILNECK.- G. M. Gesualdo.

——————————

Planilla Anexa al Decreto Nº 1569

———oOo———

DECRETO Nº 1570Viedma, 18 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 7.749-EDU-14, del registro del Ministerio de Educacióny Derechos Humanos, y;

CONSIDERANDO:Que por Decreto N° 625/14 cuya copia obra a fs. 190/192, se aprobó el

llamado a Licitación Privada N° 04/2014, la documentación técnica y legalque conforma el Proyecto Ejecutivo para la ejecución de la Obra:“Construcción de Playón Deportivo de Uso Escolar Prioritario - CET N°20/EP. N° 368 - Lamarque - Plan de Obras” y la conformación de la Comisiónde Preadjudicación correspondiente;

Que se ha cumplido con las publicaciones (fs. 203/205) e invitaciones(fs. 197/202) que exige la legislación vigente;

Que a fojas 206 se acredita la venta de pliego de bases y condicionesmediante constancia de depósito bancario;

Que con fecha 22 de julio de 2014, se procedió a la apertura de sobressegún Acta obrante a fojas 207, presentando oferta únicamente la firma“Brick S.R.L.”

Que dicha documentación presentada en tiempo y forma surgiendo que laoferta cumple con los parámetros básicos requeridos en el Pliego de Bases yCondiciones Generales, resultando el precio un 24,39% por debajo de laactualización del presupuesto oficial ofertando construir la obra por la sumade pesos ochocientos ochenta y nueve mil quinientos noventa y cuatro consesenta y dos centavos ($ 889.594,62), por lo cual la Comisión recomendóla ejecución de los trabajos a la empresa “Brick S.R.L” por el monto ofertado,según consta en Acta de Preadjudicación y sus Anexos I y II obrantes a fojas275/281;

Que con fecha 12 de agosto de 2014, el Subsecretario de Coordinacióndel Ministerio de Educación y Derechos Humanos, mediante Nota N° 597/SCMEyDDHH/14 (fs. 282), elevó la documentación correspondiente a laapertura de oferta solicitando a la Dirección General de Infraestructura delMinisterio de Educación de la Nación otorgue la No Objeción para darcontinuidad al trámite puesto que la oferta superaba en más de un 10% elmonto del presupuesto actualizado;

Que mediante Nota N° 17.136/14 (fs. 285) la Dirección General deInfraestructura del Ministerio de Educación de la Nación procedió a recal-cular la actualización del presupuesto oficial con los índices deIndecInforma de agosto de 2014, arrojando un coeficiente de ajuste de1,2961, y un monto de presupuesto oficial actualizado surgiendo que laoferta preadjudicada resulta un 13,50% inferior al presupuesto oficialactualizado y estando ajustada a los requisitos del Pliego la evalua-ción efectuada autorizó a esta Jurisdicción a dar continuidad al proce-dimiento de adjudicación de la licitación y contratación de laobra;

Que por todo lo expuesto es conveniente adjudicar la ejecución de lapresente obra licitada a la firma “Brick S.R.L.” con domicilio legal en calleCeferino Namuncurá N° 152, de la ciudad de Viedma, Cuit N° 30-70952366-6;

Que la presente obra se financia con recursos provenientes del Ministeriode Educación de la Nación, el cual tiene como finalidad, financiar en lasProvincias, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura educativa,urbana o rural;

Que el plazo de ejecución de la obra se estima en ciento veinte (120)días corridos a partir del inicio de obra, proyectándose una ejecuciónpresupuestaria para el ejercicio 2014, por la suma de pesos trescientosveintiún mil ochocientos cincuenta y cinco con treinta y tres centavos ($321.855,33), quedando pendiente de imputación para el ejercicio 2015el importe de pesos quinientos sesenta y siete mil setecientos treinta ynueve con veintinueve centavos ($ 567.739,29) con el mismo financia-miento;

Que se deberá registrar el Compromiso conforme al Art. 30 de la Ley HN° 3186 y su Decreto Reglamentario H N° 1737/98, habiéndose efectuadola Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Art.31 de la citada Ley;

Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos deberá realizar lainspección, certificación y recepción de la obra, correspondiendo alMinisterio de Educación y Derechos Humanos la aprobación y pago de losCertificados de la Obra;

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9Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

Que el presente trámite se encuadra dentro de lo previsto en la Resolu-

ción N° 1304/13 del Ministerio de Educación de la Nación, con aplicación

complementaria y concordante de la Ley J N° 286 de Obras Públicas y su

Decreto Reglamentario J N° 686/62;

Que se ha cumplido con la reglamentación vigente en la materia;

Que han tenido debida intervención la Dirección de Asuntos Legales del

Ministerio de Educación y Derechos Humanos, la Contaduría General de la

Provincia y la Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 04906-14 a fs. 310;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el

Art. 181, Inciso 1) de la Constitución Provincial.

Por ello,

El Gobernador

de la Provincia de Río Negro

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébese la Licitación Privada N° 04/2014, para contratar

la ejecución de la Obra “Construcción de Playón Deportivo de Uso Escolar

Prioritario - CET N° 20/EP. N° 368 - Lamarque - Plan de Obras”.-

Art. 2º - Adjudícase a la firma “Brick S.R.L.” con domicilio legal en la

calle Ceferino Namuncurá N° 152, de la ciudad de Viedma, Cuit N° 30-

70952366-6, la ejecución de la obra mencionada en el artículo anterior, en

un todo de acuerdo con la documentación técnica y legal, aprobada por

Decreto N° 625/14 que conforma el Proyecto Ejecutivo de la misma, por un

monto de pesos ochocientos ochenta y nueve mil quinientos noventa y

cuatro con sesenta y dos centavos ($ 889.594,62).-

Art. 3º - Ratifíquese el ingreso a Cuenta Corriente N° 900002543, por la

suma de pesos setecientos ($ 700) en concepto de venta de Pliegos, conforme

Boleta de Depósito obrante foja 206.-

Art. 4º - Regístrese el compromiso según lo determinado en el Art. 30 de

la Ley H N° 3186, en la suma de pesos trescientos veintiún mil ochocientos

cincuenta y cinco con treinta y tres centavos ($ 321.855,33),

correspondiente a la ejecución estimada para el ejercicio 2014, afectando el

gasto al Programa 25, Subprograma 0, Proyecto 03, Actividad 54, Partida

421, Fuente 11781 “Pacto Federal Educativo”), quedando pendiente de

imputación para el ejercicio 2015 el importe de pesos quinientos sesenta y

siete mil setecientos treinta y nueve con veintinueve centavos ($ 567.739,29)

con el mismo financiamiento.-

Art. 5º - Producidas la etapa del devengado, con la presentación de las

respectivas facturaciones, conformadas de acuerdo a los Certificados de

Obra extendido por la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones,

tarea que realizará el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ordénese el

pago correspondiente, abonándose por la Tesorería del Ministerio de

Educación y Derechos Humanos con cargo a la cuenta N° 900002543 del

Banco Patagonia S.A.-

Art. 6º - Autorízase a la Sra. Ministra de Educación a firmar el contrato

respectivo con la firma “Brick S.R.L.”, dentro del plazo establecido por el

Art. 26 de la Reglamentación de la Ley J N° 286 de Obras Públicas y su

Decreto Reglamentario J N° 686/62.-

Art. 7º - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de

Educación y Derechos Humanos.-

Art. 8º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al

Boletín Oficial y archívese.

WERETILNECK.- M. E. Silva.

DECRETO Nº 1581

Viedma, 20 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 031231-DA-2014, del registro de la Secretaría de

Estado de Energía, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo se tramitan las promociones automáticas del personal

de la Planta Permanente de la Secretaría Estado de Energía, que al 30 de

junio de 2014 reúnen los requisitos de permanencia en las categorías y de

antigüedad, en la administración pública provincial establecidos en los Arts.

10, 12, 13 y 15 del Anexo II de la Ley L N° 1844, para acceder a la categoría

inmediata superior;

Que atento a que la Ley L N° 3959 en su Art. 1°, deroga los Arts. 3° y 4°

de la Ley H N° 3238, 2° y 3° de la Ley H N° 3482, y establece de ese modo

el descongelamiento de la antigüedad a partir del 1 de enero de 2005 para la

totalidad de los Regímenes Escalafonarios pertenecientes a la Administración

Pública, corresponde efectuar sus reubicaciones en la categoría inmediata

superior de acuerdo a la planilla Anexa al presente Decreto;

Que de acuerdo al cómputo realizado para efectuar dichas recategori-

zaciones, se generó la fecha de último ascenso computable para posteriores

o futuras reubicaciones, en las que se prevé el ascenso mediante promociones

automáticas;

Que en cumplimiento de las normas señaladas y conforme los alcances

que las mismas determinan, corresponde promover automáticamente a los

agentes propuestos, según surge de la certificación expedida por el área de

Recursos Humanos de la Dirección Administración, dependiente de la

Secretaría de Estado de Energía;

Que ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del

Art. 33 de la Ley H N° 4814, fs. 26;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Asesoría

Legal de la Secretaría de Estado de Energía, a fs. 17/18, la Secretaría de la

Función Pública, a fs. 28 y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 04192-14,

obrante a fs. 29;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el

Art. 181 Inciso 1) de la Constitución Provincial.

Por ello,

El Gobernador

de la Provincia de Río Negro

DECRETA:

Artículo 1º - Promover automáticamente de conformidad a lo estable-

cido en los Arts. 10, 12, 13 y 15 del Anexo II de la Ley L N° 1844, a

los agentes de la Planta Permanente de la Secretaría de Estado de Energía

en los Programas, Agrupamientos, Categorías y desde las fechas que se

detallan en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decre-

to.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Salud

a cargo del Despacho del Ministerio de Gobierno.

Art. 3º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín

Oficial y archivar.

WERETILNECK.- L. F. Zgaib a/c Ministerio de Gobierno.

——————————

Anexo al Decreto Nº 1581

Certificación de Revista según Decretos Nros. 888/11, 888/13

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10Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

DECRETO Nº 1588Viedma, 20 de noviembre de 2014.

Visto, el Expte. N° 48.337-S.D.-14, del registrode la Secretaría de Deportes del Ministerio deTurismo, Cultura y Deporte; y

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se propicia

destacar en Comisión Oficial de Servicios al Sr.Secretario de Deportes Lic. Mario Cesarín (Cuil N°20-12262690-4), a las ciudades General Roca ySan Carlos de Bariloche - Provincia de Río Negro -República Argentina) y de Temuco (Región de LaAraucanía - República de Chile), a partir del día 20de noviembre de 2014 y por el término de diez consetenta y cinco por ciento (10,75%) días, teniendoen cuenta que son cuatro con setenta y cinco porciento (4,75%) días dentro de la Provincia y seis(6) días fuera del país de viáticos, con motivo desupervisar y coordinar actividades delegación deRío Negro, que participará de Los JuegosBinacionales de La Araucanía 2014 (Temuco),utilizando para su traslado movilidad propia,vehículo Ford Fiesta – Dominio LCG-509;

Que debido a la falta de automóviles oficialespara realizar la presente comisión oficial deservicios, el Sr. Mario Cesarín, hará uso de suvehículo propio, en el marco del Art. 13, inc. b) delDecreto 114/13;

Que el Sr. Mario Cesarín, renuncia un día consetenta y cinco por ciento (1,75%) días de losviáticos correspondientes (dentro de la Provin-cia);

Que el presente trámite se encuadra en los Arts.4°, 8°, 9°, 10, 13, Inc b), 15, 29, 30, 31 y 33, delDecreto N° 114/13, Resolución N° 799/98, en elArt. 63, Apartado 2, Inc. d) del Decreto ProvincialH N° 1737/98 y normas complementarias;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Asesoría Legal delMinisterio de Turismo, Cultura y Deporte,Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía deEstado, mediante Vista N° 05155-14, obrante afojas 23;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1) de laConstitución Provincial.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Destacáse en Comisión Oficial deServicios al Sr. Secretario de Deportes, Lic. MarioCesarín (Cuil N° 20-12262690-4), a las ciudadesGeneral Roca y San Carlos de Bariloche - Provin-cia de Río Negro - República Argentina) y deTemuco (Región de La Araucanía - República deChile), a partir del día 20 de noviembre de 2014 ypor el término de diez con setenta y cinco porciento (10,75%) días, teniendo en cuenta que soncuatro con setenta y cinco por ciento (4,75%) díasdentro de la Provincia y seis (6) días fuera del paísde viáticos, con motivo de supervisar y coordinaractividades delegación de Río Negro, que participaráde Los Juegos Binacionales de La Araucanía 2014(Temuco), utilizando para su traslado movilidadpropia, vehículo Ford Fiesta - Dominio LCG-509.

Art. 2º - Anticípese por Tesorería General de laProvincia a favor del Sr. Mario Cesarín (Cuil N°20-12262690-4), la suma de pesos siete milcuatrocientos cincuenta y seis con veintinuevecentavos ($ 7.456,29), en concepto de tres (3)días de viáticos dentro de la Provincia, a razón depesos cuatrocientos cuarenta y tres con setenta ycinco centavos ($ 443,75) por día y (6) días deviáticos fuera del país, a razón de pesos un milveinte con ochenta y cuatro centavos ($ 1.020,84)por día, más la suma de pesos cuatro mil ($4.000,00), en concepto de gastos de movilidad, loque representa una erogación total por la suma de

pesos once mil cuatrocientos cincuenta y seis conveintinueve centavos ($ 11.456,29), todo concargo de oportuna rendición de cuentas, conformelo establece el Reglamento de Comisiones Oficiales.

Art. 3º - Una vez finalizada la Comisión Oficialde Servicios, el gasto real será comprometido a loscréditos de la Jurisdicción 11 - Programa 14 -Actividad 02 - Partidas: 256 y 372 - Código deRecurso 34544 (Remanente Recurso 17236) de laAdministración Central Nacional.

Art. 4º - El presente Decreto será refrendadopor la Sra. Mtra. de Turismo, Cultura y Deporte, yel Ministro de Salud, a cargo del Mtrio. de Gobierno.

Art. 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial archívese.

WERETILNECK.- N. M. Giachino.- L. F. Zgaiba/c Ministerio de Gobierno.

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DECRETO Nº 1655Viedma, 04 de Diciembre de 2014.

Visto: El Artículo 181°. Incisos 6) y 10) de laConstitución Provincial y el Decreto de NaturalezaLegislativa N° 04 de fecha 16 de Octubre de 2.014,y;

CONSIDERANDO:Que en fecha 16 de Octubre de 2.014 se dictó el

Decreto de Naturaleza Legislativa N° 04;Que mediante la citada norma se declaró la

Emergencia de la Obra Pública en la Provincia deRio Negro, a partir de su entrada en vigencia, y porel plazo de un (1) año;

Que resultan fundamentos para el dictado delDecreto de Naturaleza Legislativa N° 04/2014, elcontexto macroeconómico que atraviesa el paíscon una evidente incidencia en todas las economíasregionales y locales, caracterizado por un procesoinflacionario constante y fluctuación cambiaria queimpactan en el sector de la construcción en ge-neral y de la obra publica en particular;

Que en virtud de la premura e ineludibleresponsabilidad para garantizar la continuidad yfinalización de las obras existentes en la Provin-cia, se resolvió suscribir el mencionado acto, deacuerdo a lo establecido por el Artículo 181° Inciso6) de la Carta Magna Provincial;

Que encontrándose la Honorable LegislaturaProvincial fuera de su periodo de sesiones ordinarias,corresponde convocar a sesiones extraordinariaspara el tratamiento del Decreto de NaturalezaLegislativa en cuestión, oportunamente remitido;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesconferidas por el Articulo 181° incisos 6) y 10) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º.- Convocar a la HonorableLegislatura de la Provincia de Río Negro a SesionesExtraordinarias para el día 12 de Diciembre de2.014, a las 18.30 horas, para el tratamiento delDecreto de Naturaleza Legislativa N° 04 de fecha16 de Octubre de 2.014, por el cual se declara laEmergencia de la Obra Pública en la Provincia deRío Negro a partir de su entrada en vigencia, y porel plazo de un (1) año.-

Expediente N° 723/2014.-Art. 2°.- Remitir copia del presente a la

Legislatura de la Provincia a sus efectos.-Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado

por los Señores Ministros integrantes del GabineteProvincial.-

Art. 4°.- Registrar. comunicar, publicar, tomarrazón, dar al Boletín Oficial y archivar.-

WERETILNECK.– L. Di Giácomo.– A.Palmieri.– R. D. Arroyo.– G. M. Gesualdo.– L. F.Zgaib.– G. Pérez Estevan.– M. E. Silva.– H. A.Lebed.– N. M. Giachino.

DECRETOS SINTETIZADOS—–

DECRETO Nº 1462.- 30-10-2014.- Aprobar elContrato de Locación de Servicios suscriptoentre el Ministerio de Seguridad y Justicia y elSr. José Chirinos, DNI. Nº 31.359.595, quienposee título de abogado, y desempeñaráfunciones inherentes a su profesión, en la Di-rección de Asuntos Legales, dependiente delMinisterio de Seguridad y Justicia, por el períododel 1 de septiembre de 2014 y hasta el 31 dediciembre del mismo año.- Expte. Nº 13.583-MSyJ-2014.

DECRETO Nº 1606.- 26-11-2014.- Aprobar elContrato de Locación de Servicios suscriptoentre la Secretaría General, representada por elSr. Secretario General, Dn. Matías Rulli, DNI.Nº 26.010.103 y el Sr. Rodrigo Alejandro Núñez,DNI. Nº 34.854.456, a partir de la firma delDecreto de aprobación y hasta el 31 dediciembre de 2014.- Expte. Nº 025835-DRH-2013.

DECRETO Nº 1607.- 26-11-2014.- rectificar laNomenclatura Catastral del inmueble cedido porla Municipalidad de Viedma, medianteOrdenanza Nº 6803/2010 a la Provincia de RíoNegro, Ministerio de Educación y DerechosHumanos, designado catastralmente comoParcelas 01 y 02 de la Manzana 475,Nomenclatura Catastral 18-1-A-475-01 y 02,la Parcela 01 (Espacio Verde), con una superficiede 3.521,71 m² y la Parcela 02 (Reserva Fis-cal), con una superficie de 2.211,72 m², para laconstrucción de un establecimiento escolar,cesión que fuera aceptada por Decreto Nº 146/12.- Inscribir, a través de la Escribanía Generalde Gobierno, en el Registro de la PropiedadInmueble, a nombre de la Provincia de Río Ne-gro - Ministerio de Educación y DerechosHumanos, el bien inmueble descripto.- Expte.Nº 137.533-EDU-2010.

DECRETO Nº 1610.- 26-11-2014.- Transfiérese,a partir de la fecha del presente Decreto, con sucorrespondiente cargo presupuestario, al agenteDiego Raúl Martínez, Cuil Nº 23-24641591-9,con situación de revista en la Categoría 14,Agrupamiento Profesional de la Ley L Nº1844, de la Jurisdicción 28, Programa 01,Actividad 05 de la Dirección de Suministrosdel Ministerio de Economía, a la Jurisdicción44, Programa 01, Actividad 02 del Ministe-rio de Salud, modificándose su situación derevista presupuestaria.- El Ministerio de Saluddeberá notificar a la Aseguradora de Riesgosdel Trabajo (ART) el lugar donde se afectó alagente transferido, no pudiéndose modificarel mismo sin previa comunicación a dichaAseguradora.- Expediente. Nro. 2.406-ERH-2014.

DECRETO Nº 1616.- 27-11-2014.- Otórguese unaporte no reintegrable por la suma de pesosseiscientos mil ($ 600.000,00) pagaderos endiez (10) cuotas de pesos sesenta mil ($60.000,00), iguales y consecutivas, a favor dela Asociación Civil denominada “AsociaciónCivil Alianza Viedma”, de la ciudad de Viedma,destinado a solventar parte de los gastos delpresupuesto por la participación de la institu-ción en el próximo Torneo Nacional de As-censo, Temporada 2014/2015, el cual hainiciado en septiembre de 2014 y culmina en elmes de junio de 2015.- Expte. Nº 040805-A-2014.

DECRETO Nº 1617.- 27-11-2014.- Adherir a losfestejos organizados con motivo de laconmemoración del 152 Aniversario de lafundación de la localidad de Guardia Mitre, eldía 16 de diciembre de 2014.

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11Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

DECRETO Nº 1618.- 27-11-2014.- Adherir a losfestejos organizados con motivo de laconmemoración del 101 Aniversario de lafundación de la localidad de Coronel Belisle eldía 12 de diciembre de 2014.

DECRETO Nº 1619.- 27-11-2014.- Aprobar entodos sus términos, con carácter de excepcióna lo establecido en el Art. 2º de la Ley H Nº3238, el Contrato de Locación de Servicioscelebrado entre el Interventor del Instituto dePlanificación y Promoción de la Vivienda(I.P.P.V.), Arq. Alejandro Oscar Echarren, DNI.Nº 21.548.749 y la Sra. María Inés Palma, DNI.Nº 31.795.884, como personal no permanente,en los términos de la Ley L Nº 3487, equiparadoa la Categoría 3 del AgrupamientoAdministrativo, a partir de la fecha del dictadodel presente, y hasta el 31 de diciembre de 2014.-Expte. Nº 21.162-RHP-2014.

DECRETO Nº 1622.- 27-11-2014.- Promoverautomáticamente, a la Sra. Lidia Sonia Abeiro,Cuil Nº 27-17536487-6, Legajo Nº 20.355/5,Agrupamiento Administrativo, Categoría 15,Planta Permanente del Ministerio de Educacióny Derechos Humanos, a la Categoría 16 delmismo Agrupamiento, a partir del 1/08/2013,en conformidad a lo establecido en el Art. 13Agrupamiento Administrativo del Anexo II dela Ley L Nº 1844, modificada por Ley L Nº4541.- Expte. Nº 111.966-EDU-2013.

DECRETO Nº 1626.- 27-11-2014.- Ratificar larescisión del Convenio celebrado entre el titu-lar del Poder Ejecutivo y el titular de laLegislatura de la Provincia de Ríoo Negro, porel cual se establecía la transferencia temporariade la Lic. Susana del Carmen Santillán, DNI. Nº13.773.802, agente del Poder Ejecutivo al PoderLegislativo, Comisión Especial del Estudio delas Problemáticas de Género, en un todo deacuerdo a lo establecido en el “Marco deAsignación Recíproca de Personal entre losPoderes Ejecutivo y Legislativo”, Decreto Nº105/98, a partir del 30 de septiembre de 2014.-Notificar a la Aseguradora de Riesgos delTrabajo, la fecha en que dicho agente pasó aprestar servicios en el lugar de destino, nopudiéndose modificar la misma, sin previacomunicación a dicho Organismo.

DECRETO Nº 1628.- 27-11-2014.- Transferir, apartir de la fecha del presente Decreto, de laJurisdicción 45, Programa 12.00.00.01 de laEscuela Primaria Nº 238, dependiente delMinisterio de Educación y Derechos Humanos,a la Jurisdicción 30, Programa 11.00.00.03 delConsejo Correccional del EstablecimientoPenal II, dependiente del Ministerio deSeguridad y Justicia, ambos de la ciudad deGeneral Roca, a la Sra. Graciela Beatriz delCastillo, Cuil Nº 27-20123267-3, Legajo Nº16.547/6, agente Categoría 09, AgrupamientoServicio de Apoyo, Planta Permanente, consu correspondiente Partida Presupuestaria.-Notificar a la Aseguradora de Riesgos del Tra-bajo (ART) la fecha a partir de la cual la agentetransferida comenzará a prestar serviciosen su nuevo ámbito laboral, no pudiéndosemodificar el mismo sin previa comunicación adicho Organismo.- Expte. Nº 111.791-EDU-2013.

DECRETO Nº 1629.- 27-11-2014.- Otórgase unAporte No Reintegrable por la suma de pesosciento treinta y cinco mil con 00/100 ($135.000,00) a favor del Club Regatas Bariloche,de la ciudad de San Carlos de Bariloche (Cuit Nº30-68904456-1), Personería Jurídica Nº 168,destinado a solventar parte de los gastos quedemande la compra de equipamiento deportivopara las actividades de remo, de mediano y altorendimiento. Expte. Nº 48231-SD-2014.

DECRETO Nº 1630.- 27-11-2014.- Prorrogar,desde su vencimiento y hasta el día 31 de enerodel año 2015, la delegación de competenciadispuesta en el Decreto Nº 272, de fecha 10 demarzo de 2014.

DECRETO Nº 1667.- 4-12-2014.- Modificar elInc. d), Punto 7, Apartado 2, del Art. 64 delAnexo I, Decreto Reglamentario H Nº 1737/98, que quedará redactado de la siguiente manera:“Apartado 2 - Fíjase como montos máximospara los Fondos Permanentes, los siguientesimportes: d) Hasta el importe de $ 120.000,00”.Expte. Nº 41510-DAP-2014.

—oOo—

RESOLUCIONES–––

Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONASJURÍDICAS

Resolución Nº 938Viedma, 02 de Diciembre de 2014.

Visto: El expediente Nº 12.620-IGPJ-2014,caratulado “Asociación Civil Madre Tierra”(Viedma) s/Personería Jurídica, adjuntadocumentación”. y;

CONSIDERANDO:Que a fojas 2 consta nota suscripta por las

señoras Presidente y Secretaria de la instituciónmencionada y se presentan ante este Organismo aefectos de tramitar la personería jurídica en lostérminos del Arts. 33 y 45 del Código Civil, asímismo, surge la sede social de la Asociación en lostérminos del Art. 11° del Decreto N° 725/07,reglamentario de la Ley K N° 3827, el cual serátenido como válido para esta Inspección Generalde Personas Jurídicas a todos los electos legales denotificación, inspecciones y demás, debiendoinformar todo cambio en el plazo estipulado en elArt. 12º del mencionado Decreto. La inobservanciade este artículo, dará lugar a aplicaciones desanciones por parte de la mencionada InspecciónGeneral, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11°y 13º;

Que a fojas 2 y 3 obra Acta Constitutiva,Estatuto Social suscripto por las autoridades (fs. 4/13), aceptación de los distintos cargosinstitucionales (fs. 14 y 15), inventario patrimo-nial (fs. 16), nómina de socios (fs. 17 y 18), yconstancia de tasa retributiva de servicios con-forme Ley K Nº 4486, inc. D apartado 2.1 (fs. 1,vuelta);

Que vía email el Inspector General de Per-sonas Jurídicas solicita documentación a completarpara culminar el trámite, así mismo, a fojas 25,mediante notas de fecha 26/11/2014 respec-tivamente, se realiza la presentación por parte dela Asociación Civil de la documentación solici-tada;

Que de fojas 28/39 consta copia certificadadel Acta Constitutiva y Estatuto Social volca-do a Libro de Actas de Asambleas Generales,previamente autorizado con las firmas pertinen-tes;

Que habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley Provincial N° 3.827, demásreglamentaciones vigentes y que su Estatuto Socialse ajusta a los preceptos legales en vigor conformea informes de los Departamentos de Asesoría Le-gal y Personería de este Organismo, fojas 41 y 43en los cuales consta que no hay objeciones jurídicaspara obtener la personería;

Que la presente se dicta conforme las fa-cultades conferidas a esta Inspección Generalde Personas Jurídicas, por Ley K N° 3827Art. 9°, Inc. a). Arts. 33° y 43º del Código Ci-vil;

Por ello;El Inspector General de Personas Jurídicas

Resuelve:Art. 1º.- Autorizase, para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Madre Tierra”, constituida y condomicilio en la Calle Urquiza Nº 463 de la localidadde Viedma, Departamento Adolfo Alsina de la Pro-vincia de Río Negro, el día 7 de septiembre de 2014y apruébese su Estatuto Social obrante de fojastreinta (30) a treinta y nueve (39) del expedientealudido.-

Art. 2°.- Inscríbase, la misma bajo el númeroTres Mil Ciento Cincuenta y Ocho (3.158).-

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,por intermedio del Departamento de Mesa deEntrada de este Organismo remítase la presente alBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro parasu efectiva publicación y archívese.-

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

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Resolución Nº 942Viedma, 03 de diciembre de 2014

Visto: el Registro N° 411 de la Asociación Civil“Cámara de Comercio, Industria y Servicios deGeneral Conesa” con domicilio en la Localidad deGeneral Conesa, el estatuto social, la ley K N°3827, su decreto reglamentario N° 725/07, la notade autoridades solicitando reempadronamiento deasociados, y:

CONSIDERANDO:Que la entidad se encuentra en situación irregu-

lar ante este Organismo de Control, adeudandotratamiento de los ejercicios contables cerrados al30/06/94 al 2014 y renovación de autoridades;

Que es necesario realizar un reempadro-narniento de asociados por parte de las autoridadesde lo entidad, a los fines de verificar con exactitudla cantidad de asociados de dicha entidad, el que sellevaría a cabo los días 17, 18 y 19 de Diciembredel corriente año;

Que posteriormente al reempadronamiento deasociados, la Camara convocara a una AsambleaGeneral Ordinaria Fuera de Termino, a los fines detratar los ejercicios contables adeudados yrenovación tolal de autoridades;

Que la presente resolución se dicta conformelas facultades conferidas a esta Inspección Generalde Personas Jurídicas. por Ley N° 3827 Art. 6°Funciones de Fiscalización. Decreto Reglamen-tario N° 725/07;

Por ello:El Inspector General de Personas Juridicas

Resuelve:Art. 1º- Autorizar a las autoridades de la entidad

a realizar un reempadronamiento de socios de laCámara de Comercio, Industria y Servicios de Ge-neral Conesa, con domicilio en la Localidad deGeneral Conesa, el que tendrá lugar desde el día 17/12/14 hasta el 19/12/14, desde las 9,00 Hs a 12,00Hs, en el local Comercial de Avda. San Martín n°140 de dicha localidad.

Art. 2°- Podran participar del acto dereempadronamiento todos los interesados y que seencuentren encuadrados en el estatuto social de laentidad.

Art. 3°- Tendrán los socios reempadronadoslos derechos y obligaciones establecidos por elestatuto social de la entidad.

Art. 4°- Los socios interesados deberán abonarel valor de una cuota social, estipulado en la sumade pesos Diez. Con la constancia de pago podránacreditar su ingreso en la asamblea a convocarse.

Art. 5°.- Registrar. Publicar, comunicar yarchivar.-

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

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12Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Resolución Nº 943Viedma, 03 de diciembre de 2014.

VISTO: el expediente N° 11.368-1GPJ-2013caratulado: "Asociación Civil COM INCHIN TANI MAPU" mediante el cual la Asociación Civilmencionada, solicitó la personería jurídica, la cualfue otorgada por Resolución Nº 797 enconcordancia con Leyes 2938. 3827 y DecretoReglamentario 725/07 y modificatorias;

CONSIDERANDO:Que mediante por resolución y N° 797/IGPJ de

fecha 11/11/2013, se resolvió otorgar la personeríajurídica a la Asociación Civil COM INCHIN TA NIMAPU", con domicilio en Viedma, departamentoAdolfo Alsina de la provincia de Río Negro:

Que la mencionada entidad alertó a la Inspecciónsobre un error propio en la denominación de laentidad que llevó a que la resolución replicara elmismo en el Resuelve N° 1 de la Resolución N°797/IGPJ del 11 de noviembre de 2013. porcuanto al vocablo INCHI le falta la letra “N” alfinal:

Que por lo expuesto en el considerando ante-rior y teniendo en cuenta lo previsto en la leyProvincial N° 2938 en el Art. 23, que textualmentedice: “Los errores materiales o de hecho y losaritméticos de que adolezcan los actosadministrativos. podran ser modificados en cual-quier momento por la misma autoridad que dicta elacto...’; y el Art. 24 del mismo cuerpo legal quedispone “(...). La aclaratoria deberá resolversedentro del plazo de diez (10) días.”; es necesariomodificar el Resuelve N° 1° de la mencionadaresolución,

Que se encuadra dentro de las facultades que leotorga la Ley 3827 a la Inspección General dePersonas Jurídicas.

Por ello:El Inspector General de Personas Jurídicas

Resuelve:Art. 1°.- Rectificar el Resuelve N° 1° de la Re-

solución N°797/IGPJ de fecha 11 de noviembre de2013, el que quedará redactado de la siguientemanera: ‘Artículo 1, Autorízase, para funcionarcomo persona jurídica a la asociación civildenominada: "Asociación Civil. COM INCHIN TANI MAPU". constituida y con domicilio en la CalleBrown N° 236. Dpto. A de la localidad de Viedma,Departamento Adolfo Alsina de la Provincia deRío Negro, el día 7 de mayo de 2013 y apruébese suEstatuto Social obrante de fojas veinticinco (25) aveintiocho (28) el expediente aludido.-

Art. 2°.- Regístrese. comuníquese. tórneserazón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

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Resolución Nº 944VIEDMA, 0 3 Diciembre 2014

Visto: el expediente N° 12.820-IGPJ-2014,caratulado “Asociación Civil Gestion Solidaria”(Viedma) s/personería jurídica, adjuntadocumentación, y;

CONSIDERANDO:Que a fojas 01 consta nota suscripta por

Presidente de la institución mencionada y sepresenta ante este Organismo a efectos de tramitarla personería jurídica en los términos del Art. 33° y45° del Código Civil;

Que a fojas 02 obra Acta Constitutiva, EstatutoSocial suscripto por las autoridades (fs.04/11),aceptación de los distintos cargos institucionales(fs. 12), inventario patrimonial (fs. 14), nóminade socios (fs. 13);

Que de fojas 22 a 31 consta copia certificadadel Acta Constitutiva y Estatuto Social volcado aLibro de Actas de Asambleas Generales, previamenteautorizado con las firmas pertinentes;

Que habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley Provincial N° 3.827, demásreglamentaciones vigentes y que su Estatuto Socialse ajusta a los preceptos legales en vigor conformea informes de Ios Departamentos de Asesoría Le-gal y Personería de este Organismo, foja 32 y 33en los cuales constan que no hay objeciones jurídicaspara obtener la personería;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, Inc. a), Art.33° y 45° del Código Civil;

Por ello;El Inspector General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Art. 1°.- Autorízase, para funcionar como per-

sona jurídica a la Asociación civil denominada:“Asociación Civil Gestion Solidaria”, constituiday con domicilio en la calle 21 n° 196 Barrio MiBandera de la ciudad de Viedma. DepartamentoAdolfo Alsina de la Provincia de Río Negro, el día20 de Mayo de 2013 y apruébese su Estatuto Socialobrante de fojas veinticuatro (24) a treinta y uno(31) del expediente aludido.-

Art. 2°.- Inscríbase, la misma bajo elnúmero Tres Mil Ciento Cincuenta y Nueve(3.159).-

Art. 3°: Regístrese, comuníquese, tómeserazón, por intermedio del Departamento de Mesade Entrada de este Organismo remítase la pre-sente al Boletín Olicial de la Provincia de RíoNegro para su efectiva publicación y archí-vese.-

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

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Resolución N° 947Viedma, 03 Diciembre 2014

Visto: el expediente N° 12.080-IGPJ-2014,caratulado “Asociación Civil Meditación Silvestre”(El Bolsón) s/personería jurídica, adjuntadocumentación”, y;

CONSIDERANDO:Que a fojas 2 consta nota suscripta por

Apoderado de la institución mencionada y sepresentan ante este Organismo a efectos detramitar la personería jurídica en los términos delArt. 33° y 45º del Código Civil, así mismo, surge lasede social de la Asociación en los términos delArt. 11° del Decreto N° 725/07, reglamentario dela Ley K N° 3827, el cual será tenido como válidopara esta Inspección General de Personas Jurídicasa todos los efectos legales de notificación,inspecciones y demás, debiendo informar todocambio en el plazo estipulado en el Art. 12° delmencionado Decreto. La inobservancia de esteartículo, dará lugar a aplicaciones de sancio-nes por parte de la mencionada Inspección Ge-neral, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11° y13°;

Que a fojas 3 obra Acta Constitutiva, EstatutoSocial suscripto por las autoridades (fs. 3 vuelta /6), nómina de socios (fs. 7). aceptación de losdistintos cargos institucionales (fs. 8), y constanciade tasa retributiva de servicios conforme Ley K N°4486. inc. D. apartado 2.1 (fs. 2);

Quo a fojas 10 y 21 obra nota del InspectorGeneral de Personas Jurídicas solicitandodocumentación a completar para culminar eltrámite, así mismo, a fojas 12 y 24, mediante notasde fecha 4/7/2014 y 21/11/2014 respectivamente,se realiza la presentación por parte de la AsociaciónCivil de la documentación solicitada;

Que de fojas 30/37 consta copia certifica-da del Acta Constitutiva y Estatuto Social volcadoa Libro de Actas de Asambleas Generales,previamente autorizado con las firmas perti-nentes;

Que habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley Provincial N° 3.827, demásreglamentaciones vigentes y que su Estatuto Socialse ajusta a los preceptos legales en vigor conformea informes de los Departamentos de Asesoría Le-gal y Personería de este Organismo, fojas 39 y 41en los cuales consta que no hay objeciones jurídicaspara obtenerla personería;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, Inc. a), Art.33° y 45° del Código Civil;

Por ello;El Inspector General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Art. 1°.- Autorízase. para funcionar como per-

sona jurídica a la asociación civil denominada:“Meditación Silvestre Asociación Civil”,constituida y con domicilio en Chacra “LosManzanos”, callejón de la Escuela N° 103, MallínAhogado de la localidad de El Bolsón,Departamento Bariloche de la Provincia de RíoNegro, el día 9 de diciembre de 2013 y apruébese suEstatuto Social obrante de fojas treinta y uno (31,vuelta) a treinta y siete (37) del expediente alu-dido.-

Art. 2°.- Inscríbase, la misma bajo el númeroTres Mil Ciento Sesenta (3.160).-

Art. 3º.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,por intermedio del Departamento de Mesa deEntrada de este Organismo remítase la presente alBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro parasu efectiva publicación y archívese.-

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

———

Resolución Nº 948Viedma, 03 de diciembre de 2014

Visto el expediente N° 12.237-IGPJ-20I4,caratulado Biblioteca Popular Bernardino Rivadavia(Ingeniero Jacobacci), s/ se declare eficaz asambleay reforma del estatuto social, adjunta documen-tación; y

CONSIDERANDO:Que a fojas 2 y 3 obra nota suscripta por

presidente en la cual solicita autorización pararealizar Asamblea General Ordinaria a celebrarsepor la asociación que preside y adjuntando ladocumentación correspondiente;

Que a fojas 4 consta acta de comisión directiva,mediante la cual se resuelve convocar a asambleacon fecha 13 de junio de 2014, 18:00 hs., fijandoel orden del día a tratar, siendo el siguiente: 1)Lectura y aprobación del acta anterior, 2)Designación de dos asociados para firmar el acta deasambleas con el Presidente y Secretario, 3)Motivos de la convocatoria fuera de término, 4)Lectura, consideración y aprobación de memoria,balance, estado de situación patrimonial, inventarioy cuadros anexos, informe del revisor de cuentascorrespondiente al ejercicio N° 40, cerrado al 30de septiembre de 2013, 5) Elección de la ComisiónDirectiva y de la Comisión Revisora de Cuestas ensu totalidad por finalización del mandato; 6)Proyecto de Reforma de Estatuto, 7) Consideracióncuota societaria;

Que a fojas 34 y 35 corista padrón de socios encondiciones de participar del acto asambleario;

Que de fojas 38/42, se encuentra acta deasamblea y listado de socios presentes en la misma,respectivamente;

Que a fojas 89 y 91 obran informes de IosDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma habiéndose cumplido con Ios requisitosexigidos por Ley N° 3827 y demás reglamen-taciones vigentes.

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13Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, inc. A), Art.33° y 45° del Código Civil;

Por ello;El Inspector General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Art. 1º.- Declárese eficaz, a los efectos

administrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 13 de junio de 2014, la reforma del estatutosocial de la asociación civil denominada:“Asociación Biblioteca Popular BernardinoRivadavia”, con domicilio en la localidad deIngeniero Jacobacci y el nuevo texto del estatutosocial obrante de fojas ochenta (80) a ochenta yseis (86) del expediente aludido.

Art. 2°.- Registrese. comuníquese, tómeserazón, publíquese en el Boletín Oficial y archí-vese.

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

———

Resolución Nº 949Viedma, 03 de diciembre 2014

Visto el expediente N° 12.674-IGPJ-2014,caratulado Asociación Civil y Deportiva deTaekwondo Lobos del Sur (Cipolletti), S/ se declareeficaz asamblea y disolución de la entidad, adjuntadocumentación; y

CONSIDERANDO:Que a fojas 2 obra nota suscripta por presidente

en la cual solicita autorización para realizarAsamblea General Ordinaria a celebrarse por laasociación que preside y adjuntando ladocumentación correspondiente;

Que a fojas 3 consta acta de comisión direc-tiva. mediante la cual se resuelve convocar aasamblea con fecha 14 de octubre de 2014, hs.fijando el orden del día a tratar, siendo el siguiente:1) Elección de dos socios para refrendar el acta deasamblea, 2) Lectura y aprobación de lascertificaciones contables sin movimiento, memo-ria, estado de recursos y gastos, informe de lacomisión revisora de cuentas correspondien-tes a Ios ejercicios cerrados al 31/12/2012, 2013 y31/08/2014, 3) Disolución de la asociación al 31/08/2014, 4) Designación del liquidador, 5)Tratamiento de la liquidación y remanente de losbienes;

Que a fojas 22 y 25, se encuentra acta deasamblea y listado de socios presentes en la mis-ma:

Que a fojas 29 y 31 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley N° 3827 y demás reglamen-taciones vigentes.

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, (inc. A), Art.33° y 45° del Código Civil;

Por ello;El Inspector General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Art. 1º.- Declarese Eficaz a los efectos

administrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 14/10/2014 y aprobar la Disolución de laentidad de la asociación civil denominada:“Asociación Civil y Deportiva de Taekwondo Lo-bos del Sur”, conforme a fojas 22 en el punto 3 delorden del día.

Art. 2º.- Registrese, comuniquese, tórneserazón, publíquese en el Boletin Oficial y archí-vese.

Dr. Felix San Martín, Inspector General de Per-sonas Jurídicas.

LICITACIONES–––

Gobierno de Río NegroMINISTERIO DE ECONOMIA

Dirección de SuministrosLicitación Pública N°30-2014

(Segundo Llamado)– Adquisición de alimento para perros –

Con destino al depósito General de la SecretaríaAdministrativa, dependiente de la Jefatura de Policíade Río Negro.-

Costo técnicamente estimado: $ 316.824,00.-Valor del pliego: $ 792,00.-Garantía de oferta: Uno por ciento (1%) del

valor total de la oferta.-Apertura: 17-12-14 - Hora: 11:00.-Pliegos y consultas: En la Dirección de

Suministros Alvaro Barros 641, teléfono-fax02920-423653 - Viedma-RíoNegro.-

Mail:[email protected] de los Pliegos de Condiciones: Página

Web de la provincia de Río Negro.———

Licitación Pública N° 51-2014– Locación de un inmueble –

En la ciudad de San Carlos de Bariloche, condestino al funcionamiento de la oficina del InstitutoNacional de Asuntos Indígenas, dependiente delMinisterio de Gobierno, por el término de 24 meses.-

Costo técnicamente estimado: $ 869.780,94.-Valor del pliego: $ 2.175,00.-Garantía de oferta: Uno por ciento (1%) del

valor total de la oferta.-Apertura: 19-12-14 - Hora: 12:00. En el Centro

Administrativo de Comercio Interior” - calleClemente Onelli 1.450 Bariloche - Tel: 0294-4424407.-

Pliegos y consultas: En la Dirección deSuministros Alvaro Barros 641, teléfono-fax02920-423653 - Viedma, Río Negro.-

Mail:[email protected] de los Pliegos de Condiciones: Página

Web de la provincia de Río Negro.—oOo—

Gobierno de Río NegroVIALIDAD RIONEGRINA

Licitación Pública N° 02-2014Adquisición de 7 Motoniveladoras, 1

Terminadora de Asfalto,1 Minicargadora, 1Autoelevador, 6 Casillas Viales, y 7 Camionetas

doble cabina tracción 4x4.Costo técnicamente estimado: $

29.859.775,00.-Valor del pliego: $ 5000,00.-Garantía de oferta: Las ofertas deberán

afianzarse con un equivalente al uno por ciento(1%) del monto total cotizado.-

Apertura: 16-12-14 - hora: 10:00.-Lugar: Dirección de Vialidad Rionegrina, Win-

ter 70, Viedma.—oOo—

Gobierno de Río NegroLOTERIA DE RIO NEGRO

Licitación Pública N° 04-2014– Adquisición de elementos de merchandising

publicitarios –Costo técnicamente estimado: $ 593.187,10.-Apertura: 29-12-14 - Hora: 10,00, en la Sede

de Lotería para Obras de Acción Social de laProvincia de Río Negro (25 de Mayo Nº 233 deViedma).

Lugar y horario para entrega y consulta delpliego y condiciones: 25 de Mayo Nº 233 de Viedma,en días hábiles de 9,00 a 12,00 hs.

CONCURSOS–––

Provincia de Río NegroCONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Concurso Público de Antecedentesy Oposicion

Para la cobertura de los siguientes cargos:Segunda Circunscripción Judicial

Resolución Nº 63/14-CM1) Un (1) cargo de Secretario del Juzgado de

Instrucción nro. 6 con asiento de funciones en laciudad de General Roca:

2) Un (1) cargo de Secretario del Juzgado deInstrucción Nro. 20 con asiento de funciones en laciudad de Villa Regina:

3) Eventuales vacantes en la Segunda Circuns-cripción Judicial Secretario de Primera Instancia.

———Cuarta Circunscripción Judicial

Resolución Nº 62/14-CM1) Un (1) cargo de Fiscal de Camara nro. 2 con

asiento de funciones en la ciudad de Cipolletti.-2) Eventuales vacantes en la Cuarta Circunscrip-

ción Judicial de Juez de Primera Instancia,Funcionarios del Ministerio Público, Secretario deCámara y Secretario de Primera Instancia:

Lugar de presentación - Informes: Laspresentaciones se recibirán hasta el 27/02/2015 alas 13:30 hs. en la sede de la Secretaria del Consejode la Magistratura, sita en Colón 154 de la ciudadde Viedma - C.P.R 8500 AGF - (RIO NEGRO)

Bases y Requisitos Generales (datos a consignarpor el aspirante): Consultar en el Sitio Web delPoder Judicial de la Provincia de Río Negro -www.jusrionegro.gov.ar - Resoluciones Nro. 62 y63/14-CM o en la Secretaria del Consejo de laMagistratura – Tel. (02920) 430417/430432 -c o n c u r s o s c m @ j u s r i o n e g r o . g o v . a r [email protected].

Dr. Juan Manuel Montoto Guerrero, SecretarioConsejo de la Magistratura.

—oOo—Provincia de Rio Negro

CONSEJO DE LA MAGISTRATURALlamado a Concurso

Resolución Nro. 14/14-CMPara la cobertura del cargo de Secretario de la

Secretaría Laboral y ContenciosoAdministrativo-Laboral Nro. 3 del S.T.J

(Res. Nro. 14/14-CM)Nómina de aspirantes inscriptos (Art. 11 inciso

1 de la Ley K 2434): Bentivegna Saenz Alejandro– DNI 17.824.688; Bronzetti Núñez Gustavo Javier– DNI 24.876,148: Crespo Martín José – DNI28.414.887; Fernández Ana María DNI14.256.506: Gómez Dionisio Stella Maris - DNI13.744.955; Kissner Juan Alfredo - DNI27.301.278; Ozuna Juan Carlos – DNI 22.439.536;Paparelli Gabriel – DNI 18.048.768: Rodríguez JoséLuis - DNI 17.117.973; Salinas Dithurbide Natalia– DNI 24.078.146; Santolíquido Verónica Inés –DNI 23.527.398: Suárez Diego Hernán – DNI27.752.270; Valli Alina Luciana – DNI 27.467.299:Yaltone Gabriela Karim - DNI 26.586.987.-

Resultados de la evaluación efectuada por laComisión Evaluadora a los antecedentes de lospostulantes -de conformidad a lo dispuesto por elart. 12 inciso c) punto 9 de la Ley K 2434:Bentivegna Saenz Alejandro: 15,50; BronzettiNuñez Gustavo: 10; Crespo Martín: 10: FernándezAna María: 14; Gómez Dionisio Stella Maris:13,50; Kissner Juan Alfredo: 11: Ozuna Juan Carlos:El postulante no acreditó debidamente laespecialidad para el cargo postulado habiéndoseevaluado el siguiente ítems: 5: Paparelli Gabriel:11; Rodríguez José Luis: 14; Salinas DithurbideNatalia: 10; Santolíquido Verónica: 11; Suárez Die-go: 11; Valli Alina: 10; Yaltone Gabriela: 11.

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14Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Resultados de los exámenes de oposición, deconformidad a lo dispuesto por el art. 12 inciso c)de la Ley K 2434: FCV-016: 24.66: FCV-003:38.66; FCV-477: 35; FCV-114: 27; FCV-570:34.66; FCV-987: 29,33: FCV-968: 30: FC:V-049:15.33: FCV-738: 38; FCV-145: 33.33.

Juan Manuel Montoto Guerrero, Secretario -Consejo de la Magistratura.

—oOo—

COMUNICADOS–––

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIAArchivo General

Expurgo Documental 2014II Circunscripción Judicial

La Comisión Clasificadora de Expurgo de ladocumental comunica por este medio que seencuentran a disposición de los interesados y porel término de cinco (5) días a partir del 15/12/2014 las listas de expedientes seleccionados en laDelegación de Archivo de la II Circunscripción Ju-dicial sito en San Martín N° 755, de General Roca,en un total de 28.210 causas conforme lo dispuestoen el Reglamento de Archivo Arts. 22/33.

Segunda Circunscripción Judicial: Juzgado Civil1, Sec. 1, remisión años: 1994 y 1995; JuzgadoCivil 1, Sec. 2: 1991 a 1994; Juzgado Civil 3, Sec.3: 1991 a 2001; Juzgado Civil 3, Sec. 4: 1991 a1993; Juzgado Civil 5, Sec. 5: 1991 a 1995; JuzgadoCivil 5, Sec. 6: 1991 a 1994; Juzgado Instrucción2: 1993 a 2000; Juzgado Instrucción 4: 1993 a1998; Juzgado Instrucción 6: 1993 a 2000; JuzgadoInstrucción 8: 1991 y 1992; Juzgado Instrucción10 : 1990 a 1992; Juzgado Correccional 10: 1990a 1994; Juzgado Instrucción 12: 1994 a 1998.

Fdo.: Dra. Silvana Gadano Vicepresidente delTribunal de Superintendencia Gral de la IICircunscripción Judicial.- Dra. Laura Pérez, Fiscalde Cámara.- Dr. Oscar Mutchinick, Defensor.- Dra.Susana Ferrero, Directora Gral de Archivos, yNéstor Ponce, Jefe Archivo Circunscripcional.

—oOo—

Provincia de Río NegroCONSEJO DE LA MAGISTRATURA

La Secretaria Subrogante del Consejo de laMagistratura informa Ios resultados de la evaluaciónefectuada por la Comisión Evaluadora a losantecedentes de los postulantes inscriptos -deconformidad a lo dispuesto por el art. 12 inciso c)punto 9 de la Ley K 2434- en llamado a concursopara la cibertura del cargo de Secretario deSuperintendencia del Superior Tribunal de Justicia(Res. Nro. 66/13-CM): Bottari Gabriel: 10; CalvettiRosana: 12; De la Iglesia María Fernanda: 10:Eizaguirre Sandra: 15: Fulvi María Angélica: 10,50:Gálatro María Daniela: 11; Huentelaf Ana: 10;Maestro Frayssinet José: 11; Mata Vanesa: 11:Montoto Guerrero Juan Manuel: 11.50; MucciSilvana: 14.50; Pereyra Juan Claudio: 12.50:Zimmermann Adrián: 9.-

María A. Escot, Jefe de Departamento - Consejode la Magistratura.

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Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

Aviso a los UsuariosResolución DPA N° 1292/14

Expediente N° 62036-DGRS-14Revisión extraordinaria de tarifas del servicio

público de agua potable y desagüescloacales de Villa Regina.

Motivo: Análisis del pedido de revisiónextraordinaria de tarifas del servicio de agua po-table, y desagües cloaeales efectuado por la Mu-nicipalidad de Villa Regina.

Objeto: Dar aviso, de acuerdo a lo estipulado enel del artículo 2° de la Resolución N° 618/08, atodos los interesados a que - en el plazo de quince(15) días corridos a partir de la presente publicaciónen el Boletín Oficial de la Provincia – realicen laspresentaciones que estimen pertinentes ensalvaguarda de sus derechos.

Consulta de la documentación: Los interesadospodrán consultar la documentación en la Mesa deEntradas de la Municipalidad de Villa Regina, sitaen Avda. Rivadavia N° 220; y en las Oficinas de laDelegación Regional Alto Valle del DepartamentoProvincial de Aguas, ubicada en Calle Mitre N°1015, de Gral. Roca – en ambos lugares de lunes aviernes en el horario de 8:00 a 12:00 h.

Presentaciones: Los interesados en presentarsus opiniones, podrán hacerlo dentro del plazo dequince (15) días corridos a partir de la presentepublicación, mediante escrito dirigido a la Direc-ción General de Regulación de Saneamiento sitoen: San Martín N° 249 – (8500) Viedma.

Procedimiento Aplicable: Resolución DPA N°618/08.

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Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

Audiencia Pública “Segunda RevisiónOrdinaria de Tarifas de la Concesión del

Servicio Público de Agua Potable yDesagües Cloacales de Luis Beltrán”.

Expte. N° 61791-DRS-14Resolución Nº 1093/14.

El Departamento Provincial de Aguas informaque el día 2 de diciembre de 2014, a partir de las18:00 hs., se llevó a cabo en Luis Beltrán laAudiencia Pública sobre la “Segunda Revisión Or-dinaria de Tarifas de la Concesión del ServicioPúblico de Agua Potable y Desagües Cloacales deL. Beltrán”.

La misma estuvo presidida por la Sra.Superintendente General del Departamento Pro-vincial de Aguas, Ingª Raquel H. Morales. Contócon la presencia de integrantes de la ComisiónDirectiva de la Cooperativa de Agua Potable y O.S. P. de L. Beltrán Ltda., profesionales del D.P.A.y Un usuario.

La exposición del estudio estuvo a cargo del Sr.Dante Mateo – Presidente de la Cooperativa – ydel Cdor. Marcos D. Vázquez.

No se contó con usuarios registrados paraexponer.

A continuación, conforme al artículo 15° de laLey 3284, se dio lugar a preguntas del público pre-sente – finalizando a las 18:40 hs.

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EDICTOS DE MINERÍA–––

Gobierno de Río NegroSECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA

Secretaría de MineríaServidumbe de paso y ocupación, presentada

por Godoy Dionicio. Expte. Nº 39.085-M-2014.

Ha quedado ubicada en la grilla 3769-IV delCatastro Minero. Longitud de la Servidumbre: 7,30k, Sus vértices quedan definidos por las siguientescoordenadas GK-Posgar, manifestadas para laservidumbre: Vértice 1: Y=2603872.00, X=5816628.00.- Vértice 2: Y=2603979.00,X=5816074.00.- Vértice 3: Y=2605155.00,X=5814805.00.- Vértice 4: Y=2605798.00,X=5814720.00.- Vértice 5: Y=2605874.00,X=5814667.00.- Vértice 6: Y=2605980.00,X=5814518.00.- Vértice 7: Y=2606009.00,X=5813965.00.- Vértice 8: Y=2606220.00,X=5813613.00.- Vértice 9: Y=2606519.00,

X=5813328.00.- Vértice 10: Y=2606439.00,X=5812918.00.- Vértice 11: Y=2606055.00,X=5812535.00.- Vértice 12: Y=2607246.00,X=5811248.00.- Se localiza en la Sección XXV,parte Lotes 6 y 7, del Departamento Político Ge-neral Roca. Corresponde a la parcela 01-1-450-750-0.- Corresponde ordenar las publicaciones enla forma establecida por el Art. 84 de la Ley Q N°4941.- Registro Protocolar.- Viedma, 11/11/2014.-Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en eltérmino de quince días. Si el interesado no acreditareel cumplimiento de la publicación de edictos en unplazo de Sesenta (60) días, se lo tendrá por desistidode la solicitud de concesión (Art. 84, Ley Q N°4941).- Notifíquese.- Las oposiciones podrándeducirse dentro de los quince días siguientes al dela última publicación.-

Fdo. Lic. Rubén Fiorini, Secretario de Minería.Autoridad Minera de Primera Instancia.- Ana PaulaSuárez, Escribana de Minas.

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La rectificacion de coordenadas de 49 (cuarentay nueve) pertenencias para la Mina de Carbondenominada “Las Bayas 1” presentada por DynluxS.A. ubicada en el departamento Ñorquinco Pro-vincia de Río Negro, Expediente Número 29.092-M-2004.

Viedma, 11 de noviembre de 2014.- Larectificación en las coordenadas de 49 (cuarenta ynueve) pertenencias para la Mina “Las Bayas 1”.La superficie de cada pertenencia: 81 Has superficietotal Mina: 3981 Has Coordenadas Perimetralesde la Mina Sistema Posgar X Y 5398207.301578468.10 5398207.30 1584968.105392082.68 1584968.10 5392082.681578468.10 pertenencia que contiene la LL: seubica en la pertenencia N° 19 coordenadas posgarlabor legal: (Y= 1580419 x=5396018.62)colindancia fdo. agrimensor Valentini Mariano.responsable del Catastro Minero. Los trabajos deMensura serán ejecutados por el agrimensor HoracioValdman, Publíquese la petición de pertenencias enel Boletin Oficial por tres veces en el término dequince (15) dias y acredite el peticionante en eltérmino de treinta (30) días desde la notificaciónde la presente haber efectuado la publicaciónordenada, bajo apercibimiento en caso deincumplimiento de tener por desistido los derechosen trámite inscribiéndose la mina como vacante,conforme lo dispuesto por el art. 71° del Código deMinería y art. 72° Ley “Q” 4941.- Las oposicionespodrán deducirse dentro de los quince (15) díassiguientes al de la última publicación (art. 73° delCódigo de Minería). Notifíquese.

Fdo. Lic. Rubén Fiorini. Secretario de MineriaAutoridad Minera de Primera Instancia. Ana PaulaSuarez, Secretaria de Minas.

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Solicitud de permiso de exploracion para lassustancias minerales de primera categoría, ubicadaen el departamento de Valcheta y San Antonio,Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.180-M-12, la empresa TRENDIXSA., ha solicitado permiso de exploración. Selocaliza dentro del área de nidificacion del cóndorandino y area natural protegida meseta delSomuncura. Localidad próxima Sierra Grande.Distrito Minero Sierra Grande.- Sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar: Vértice 1 = X(N-S)5435000 - Y(E-O) 3520100 - Vértice 2 = X(N-S)5435000 - Y(E-O) 3522500 - Vértice 3 = X(N-S)5424000 - Y(E-O) 3522500 - Vértice 4 = X(NS)5424000 - Y(E-O) 3515921 - Vértice 5 = X(N-S)5424795 - Y(E-O) 3515920 - Vértice 6 = X(N-S)5424795 - Y(E-O) 3520290 - Vértice 7 = X(NS)

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15Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

5431895 - Y(E-O) 3520290 - Vértice 8 = X(N-S)5431895 - Y(E-O) 3520100.- Correspondeordenar el registro y publicaciones conforme alart. 27° del Código de Minería y formalidadesprescriptas por el art. 53 de la Ley Q N° 4.941.-Registro Protocolar.- Regístrese. de acuerdo a loprescripto por el art. 27° del Código de Minería yart. 53 de la Ley Q N° 4.941: 1.- Publíquese eledicto correspondiente en el Boletín Oficial pordos veces en el término de diez días y acredite elpeticionante, dentro de los veinte días a contardesde la fecha de notificada la presente, haberefectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-2.- Notifíquese de la solicitud efectuada a lospropietarios superfieiarios informados por la Di-rección General de Catastro e Información Terri-torial a fs. 5 en los domicilios citados en el referidoinforme cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio (calle y número), o cuandoel propietario estuviera ausente del mismo lapublicación será tenida como notificaciónsuficiente-

Fdo. Lic. Rubén Fiorini, Secretario de Mineria.Leandra A. Lacaze, Asesora Legal.-

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Solicitud de permiso de exploración para lassustancias minerales de primera categoría, ubicadaen el Departamento 25 de Mayo, Provincia de RíoNegro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.082-M-12, la EmpresaTRENDIX S.A. ha solicitado permiso deexploración, Se localiza en la Sección III, Dpto.25 de Mayo. Localidad próxima Los Menucos.Distrito Minero Los Menucos. Sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas Gauss —Krüger , Sistema Posgar: Vértice 1-X(N-S)5469046.20-Y(E-0) 2555900.00-Vértice 2-X(N-S) 5469046.20 -Y(E-0) 2557740.00-Vértice3-X(N-S) 5465196.00 - Y(E-O) 2557740.00Vértice 4-X(N-S) 5465196.00- Y(L-O)2559285.00 Vértice 5-X(N-S) 5463196.00-Y(E-O) 2559285.00 -Vértice 6—X(N-S) 5463146.00- Y(E-O) 2558910.00-Vértice 7-X(N-S)5460127.00 - Y(E-O) 2558910.00 Vértice 8-X(N-S) 5460127.00 - Y(E-O) 2555900.00-Corresponde ordenar el registro y publicacionesconforme al art. 27° del Código de Minería yformalidades prescriptas por el art. 53 de la Ley QN° 4.941.- Registro Protocolar.- Registrese. Deacuerdo a lo prescripto por el art. 27° del Códigode Minería y art. 53 de la Ley Q N° 4.941: 1.-Publíquese el edicto correspondiente en el BoletínOficial por dos veces en el término de diez días yacredite el peticionante, dentro de los veinte días acontar desde la fecha de notificada la presente,haber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-2.- Notifiquese de la solicitud efectuada a lospropietarios superficiarios informados por la Di-rección General de Catastro e Información Terri-torial a fs. 06 en los domicilios citados en el referidoinforme cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio (calle y número), o cuandoel propietario estuviera ausente del mismo lapublicación será tenida como notificaciónsuficiente -

Fdo. Lic. Rubén Fiorini. Secretario de Minería.Secretaria de Energía. Provincia de Río Negro.Leandra A. Lacaze, Asesora Legal.

———Solicitud de Permiso de Exploración para las

sustancias minerales de Primera y SegundaCategoría, ubicada en el Dpto. San Antonio, Pro-vincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.048-M-12, la empresa RecursosCoronación S.A. ha solicitado permiso deexploración. Se localiza en la Sección D de laColonia Pastoril Chilavert, en el Dpto. San Anto-nio, Distrito Minero Sierra Grande. LocalidadPróxima Sierra Grande. Sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar: Vértice 1 = X(N-S)5391220.00, Y(E-O) 3537181.23.- Vértice 2 =X(N-S) 5391220.00, Y(E-O) 3539082.00.- Vértice3 = X (N-S) 5389000.00, Y (E-O) 3539087.00.-Vértice 4 = X(N-S)5389000.00, Y(E-O)3541302.00.- Vértice 5 = (N-S) 5391220.00,Y(E-O) 3541302.00.- Vértice 6 = X(N-S)5391220.00, Y(E-O) 3549800.00.- Vértice 7 =X(N-S) 5382943.00, Y(E-O) 3549800.00.- Vértice8 = X(N-S) 5382943.00, Y(E-O) 3541250.00.-Vértice 9 = X(N-S) 5383143.00, Y(E-O)3541250.00.- Vértice 10 = X(N-S) 5383143.00,Y(E-O) 3537181.23.- Corresponde ordenar elregistro y publicaciones conforme al Art. 27 delCódigo de Minería y formalidades prescriptas porel Art. 53 de la Ley Q N° 4941.- RegistroProtocolar.- Regístrese. De acuerdo a lo prescriptopor el Art. 27 del Código de Minería y Art. 53 de laLey Q N° 4941: 1.- Publíquese el edictocorrespondiente en el Boletín Oficial por dos vecesen el término de diez días, y acredite elpeticionante, dentro de los veinte días, a contardesde la fecha de notificada la presente, haberefectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-2.- Notifíquese de la solicitud efectuada a lospropietarios superficiarios informados por la Di-rección General de Catastro e Información Terri-torial a fs. 11 en los domicilios citados en el referidoinforme. Cuando la Dirección General de Catastroe Información Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio (calle y número), o cuandoel propietario estuviera ausente del mismo lapublicación será tenida como notificaciónsuficiente.-

Fdo. Ing. Néstor Marcelo Echegoyen, Secretariode Energía.- Leandra A. Lacaze, Asesora Legal.

———Solicitud de Permiso de Exploración para las

sustancias minerales de Primera y SegundaCategoría, ubicada en el Departamento deÑorquinco, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.115-M-12, la empresa SCRNProperties Ltd. ha solicitado permiso deexploración de 6.412 Has. Se localiza en parte delos lotes 92 y 93 de la sección VIII. Distrito MineroIng. Jacobacci. Localidades Próximas: MamuelChoique, Ing. Jacobacci. Sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar: Vértice 1 = X(N-S)5354451, Y(E-O) 2451502.- Vértice 2 = X(N-S)5354451, Y(E-O) 2453328.- Vértice 3 = X(N-S)5354000, Y(E-O) 2453328.- Vértice 4 = X(N-S)5354000, Y(E-O) 2455328.- Vértice 5 = X(N-S)5354911, Y(E-O) 2455328.- Vértice 6 = X(N-S)5354911, Y(E-O) 2456328.- Vértice 7 = X(N-S)5355911, Y(E-O) 2456328.- Vértice 8 = X(N-S)5355911, Y(E-O) 2458328.- Vértice 9 = X(N-S)5357911, Y(E-O) 2458328.- Vértice 10 = X(N-S)5357911, Y(E-O) 2459328.- Vértice 11 = X(N-S)5360325, Y(E-O) 2459328.- Vértice 12 = X(N-S)5360325, Y(E-O) 2460200.- Vértice 13 = X(N-S)5359911, Y(E-O) 2460200.- Vértice 14 = X(N-S)5359911, Y(E-O) 2459913.- Vértice 15 = X(N-S)5354795, Y(E-O) 2459913.- Vértice 16 = X(N-S)5354795, Y(E-O) 2465593.- Vértice 17 = X(N-S)5350713, Y(E-O) 2465593.- Vértice 18 = X(N-S)5350713, Y(E-O) 245150.- Corresponde ordenarel registro y publicaciones conforme al Art. 27 delCódigo de Minería y formalidades prescriptas por

el Art. 53 de la Ley Q N° 4941.- RegistroProtocolar.- Regístrese. De acuerdo a lo prescriptopor el Art. 27 del Código de Minería y Art. 53 de laLey Q N° 4941: 1.- Publíquese el edictocorrespondiente en el Boletín Oficial por dos vecesen el término de diez días y acredite el peticionante,dentro de los veinte días a contar desde la fecha denotificada la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento dedeclarar caducos sus derechos.- 2.- Notifíquese dela solicitud efectuada a los propietariossuperficiarios informados por la Dirección Generalde Catastro e Información Territorial a fs. 14 enlos domicilios citados en el referido informe.Cuando la Dirección General de Catastro eInformación Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio (calle y número), o cuandoel propietario estuviera ausente del mismo lapublicación será tenida como notificaciónsuficiente.

Fdo.: Lic. Rubén Fiorini, Secretario de Minería.Autoridad Minera de Primera Instancia.- LeandraA. Lacaze, Asesora Legal.

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Solicitud de Permiso de Exploración para lasustancias minerales de Primera y SegundaCategoría, ubicada en el Departamento de 25 deMayo, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.118-M-12, la empresa SCRNProperties Ltd. ha solicitado permiso deexploración de 1.226 Has. Se localiza en parte dellote 80 de la Sección VII. Distrito Minero Ing.Jacobacci. Localidades Próximas: Mamuel Choique,Ing. Jacobacci. Sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas Gauss-Krüger, SistemaPosgar: Vértice 1 = X(N-S) 5372181, Y(E-O)2481000.- Vértice 2 = X(N-S) 5372181, Y(E-O)2485336.- Vértice 3 = X(N-S) 5369715, Y(E-O)2485336.- Vértice 4 = X(N-S) 5369715, Y(E-O)2475500.- Vértice 5 = X(N-S) 5370000, Y(E-O)2475500.- Vértice 6 = X(N-S) 5370000, Y(E-O)2481000.- Corresponde ordenar el registro ypublicaciones conforme al Art. 27 del Código deMinería y formalidades prescriptas por el Art. 53de la Ley Q N° 4941.- Registro Protocolar.-Regístrese. De acuerdo a lo prescripto por el Art.27 del Código de Minería y Art. 53 de la Ley Q N°4941: 1.- Publíquese el edicto correspondiente enel Boletín Oficial por dos veces en el término dediez días y acredite el peticionante, dentro de losveinte días, a contar desde la fecha de notificada lapresente, haber efectuado la publicación ordenada,bajo apercibimiento de declarar caducos susderechos.- 2.- Notifíquese de la solicitud efectuadaa los propietarios superficiarios informados por laDirección General de Catastro e Información Te-rritorial a fs. 14 en los domicilios citados en elreferido informe. Cuando la Dirección General deCatastro e Información Territorial no pudieradeterminar e informar su domicilio (calle y número),o cuando el propietario estuviera ausente del mismola publicación será tenida como notificaciónsuficiente

Fdo.: Lic. Rubén Fiorini, Secretario de Minería.Autoridad Minera de Primera Instancia.- LeandraA. Lacaze, Asesora Legal.

———Solicitud de Permiso de Exploración para las

sustancias minerales de Primera y SegundaCategoría, ubicada en el Departamento de 25 deMayo, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera le hace saber que por elexpediente N° 37.119-M-12, la empresa SCRNProperties Ltd. ha solicitado permiso deexploración de 3.407 Has. 66a. Se localiza en partedel lote 80 y 61 de la sección VII del Dpto. 25 deMayo. Distrito Minero Ing. Jacobacci. Localidades

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16Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Próximas: Mamuel Choique, Ing. Jacobacci.- Susvértices quedan definidos por las siguientescoordenadas Gauss-Krüger, Sistema Posgar: Vértice1 = X(N-S) 5380040, Y(E-O) 2481000.- Vértice2 = X(N-S) 5380040, Y(E-O) 2485336.- Vértice3 = X (N-S) 5372181, Y(E-O) 2485336.- Vértice4 = X(N-S) 5372181, Y(E-O) 2481000.- Corres-ponde ordenar el registro y publicaciones conformeal Art. 27 del Código de Minería y formalidadesprescriptas por el Art. 53 de la Ley Q N° 4941.-Registro Protocolar.- Regístrese. De acuerdo a loprescripto por el Art. 27 del Código de Minería yArt. 53 de la Ley Q N° 4941: 1.- Publíquese eledicto correspondiente en el Boletín Oficial pordos veces en el término de diez días y acredite elpeticionante, dentro de los veinte días a contardesde la fecha de notificada la presente, haberefectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-2.- Notifíquese de la solicitud efectuada a lospropietarios superficiarios informados por la Di-rección General de Catastro e Información Terri-torial a fs. 14 en los domicilios citados en el referidoinforme. Cuando la Dirección General de Catastroe Información Territorial no pudiera determinar einformar su domicilio (calle y número), o cuandoel propietario estuviera ausente del mismo lapublicación será tenida como notificaciónsuficiente

Fdo.: Lic. Rubén Fiorini, Secretario de Minería.Autoridad Minera de Primera Instancia.- LeandraA. Lacaze, Asesora Legal.

—oOo—

EDICTOS–––

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº 21,perteneciente a la Segunda Circunscripción Judi-cial de la provincia de Río Negro, con asiento enesta ciudad de Villa Regina, con asiento en calle 20de Junio 315, de esta ciudad de Villa Regina a cargode la Dra. Paola Santarelli, Secretaría Única a cargode la Dra. Claudia Vesprini, hace saber que en losautos caratulados, "Fruticultores Reginenses S. A.s/Concurso Preventivo" (Expte. Nº 8830-J21-14),que en fecha 09 de octubre de 2014, se ha solicitadola apertura del Concurso Preventivo, y que confecha 20 de octubre de 2014, se ha declarado abiertoel proceso de concurso preventivo formulado porFruticultores Reginenses S. A. CUIT. Nº 30-53216821-6 - con domicilio en Avda. Cipolletti581, de la ciudad de Villa Regina (CFR RG AFIP745/99), se hace saber a los acreedores la existenciade este proceso universal para que presenten aSindicatura sus pedidos de verificación hasta el día12 de febrero de 2015. Que se ha fijado el día 1ro.de abril de 2015 y el día 19 de mayo de 2015 a losfines que el Síndico presente los informes de losart. 35 y 39 de la Ley 24.522 respectivamente. Yque el informe individual de los créditos presentadopor Sindicatura será puesto a consideración por eltérmino de diez días luego de su presentación, dichotérmino se ha computado para los plazos restantesprevistos. Fíjase fecha para el 10 de noviembre de2015 a las 09,00 horas a efectos de la celebraciónde la audiencia informativa prevista por el 5ºparráfago del Art, 45 de la LCQ, que tendrá lugaren la sede del juzgado, venciendo el periódo deexclusividad el día 17 de noviembre de 2015. ElSíndico designado en el presente concurso es el Sr.Cdor. Horacio Jorge Schlichter, quien ha constituidodomicilio en la calle Alvear 47 de Villa Regina (sededel Consejo Profesional de Ciencias Económicas).

Publíquese edictos durante cinco días en el BoletínOficial, diario Río Negro. Secretaría, 18 deNoviembre de 2014 - Fdo. Dra. Claudia Vesprini,Secretria

—oOo—Favio M. Igoldi, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº 11, con asiento en la ciudad deViedma, provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, ami cargo por subrogancia, notifica a NicolásBenjamín Pazos de lo ordenado en los autoscaratulados: Pazos, Nicolás Benjamín s/lesiones conarma blanca (mandar pasaje Cría. 13º) "Expte. Nº50208/13, cuya parte pertinente se transcribe ydice: Viedma, 8 de agosto de 2014, Autos y Vistos:.. .de la que resulta:. . .Considerando: Resuelvo: I)dictar el sobreseimiento total de la presente causa,en favor de Nicolás Benjamín Pazos, ya filiado, enorden al hecho que se le endilgaba en la presentepor las consideraciones expuestas y por aplicacióndel art. 306 inc. 1º, 1º supuesto del C. P. P.- II)Declarar que el presente proceso no afecto el buennombre y honor del que hubiere gozado el imputado.Regístrese, protocolísese y notifíquese - (Fdo. Dr.Favio M. Igoldi - Juez). Perla Schultze, Secre-taria.

—oOo—El Juzgado de Instrucción Nº 2, a cargo de la

Dra. Sonia M. Martin, sito en calle España Nº 742de Cipolletti, Secretaría Nº 3, de la Dra. Luciana A.Villanueva, cita al Sr. Cristian Javier Malve, DNI.Nº 26.245.515, para que comparezca a prestardeclaración testimonial dentro del tercer día denotificado, bajo apercibimiento de ley, en autoscaratulados: “Garro Claudio Alejandro s/Estafa(Expte. Nº 690/14F3)” (Expte. Nº 13428/2014).-Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial.-Cipolletti, 4 de noviembre de 2014.- Fdo.: Dra.Sonia M. Martin, Juez.- Dra. Luciana A. Villanueva,Secretaria.

—oOo—La Dra. María Gabriela Tamarit, Juez del Juzgado

Nº 1 en lo Civil, Comercial y de Minería, de laPrimera Circunscripción Judicial de la Provinciade Río Negro con asiento en calle Laprida Nº 292de la ciudad de Viedma, Secretaria única a cargo delDr. Gustavo Javier Tenaglia, cita, llama y emplazapor el término de treinta días a herederos yacreedores del causante Antonio Ruiz, a hacer valersus derechos en autos caratulados: "Ruiz, Antonios/Sucesión Ab Intestato" (Expte. Nº 1015/14/J1).Publíquense edictos por tres días en el BoletínOficial. Viedma, 13 de noviembre de 2014. GustavoJ. Tenaglia, Secretario

—oOo—El Dr. Jorge Serra, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nº 1, Secretaría del Dr.Mariano Castro, de la III Circunscripción Judicialde la Pcia. de Río Negro, con sede en Juramento Nº190 Piso 5º de San Carlos de Bariloche, cita yemplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de Elsa Lidia Perez, DNI 6.026.591 yLeticia Elsa Tavieres, LC 31.150.332 a fin de quese presenten en autos caratulados: "Tavieres, LeticiaElsa y Perez, Elsa Lidia s/Sucesión Ab Intestato",(Expte. Nº F815-14). Publíquese por tres días, SanCarlos de Bariloche, 23 de octubre de 2014. Fdo.Dr. Jorge A. Serra. Juez - Secretaría, 03 deNoviembre de 2014 - Mariano A. Castro, Secre-tario.

—oOo—

El Dr. Santiago V. Morán, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. 3,Secretaría de la Dra. M. Alejandra MarcoliniRodriguez, de la IIIa. Circunscripción Judicial de laPcia. de Río Negro, con sede en J. José Paso Nº 160de San Carlos de Bariloche cita y emplaza portreinta días a herederos y acreedores de Gerardo,María Teresa LC Nº 2.628.376 a fin de que se

presenten en autos caratulados: "Gerardo, MaríaTeresa s/Sucesión Ab Intestato", Expte. Nº F-3BA-833-C2014. Publíquese por tres días, San Carlos deBariloche, 04 de noviembre de 2014. Fdo. Dr. JorgeA. Serra, Juez - Secretaría, 10 de Noviembre de2014 - Dra. M. Alejandra Marcolini Rodriguez,Secretaria.

—oOo—

Jorge Serra, Juez de Primera Instancia Civil,Comercial, Minería, Sucesiones Nº 1, de la IIIa.Circunscripción Judicial de la Pcia. de Río Negro,sito en Pasaje Juramento Nº 190 5º piso deBariloche, cita a herederos y acreedores de la Sra.Olga Oses DNI 5.160.813, para que en el plazo detreinta días se presenten a estar a derecho en autos:Oses, Olga s/Sucesión Ab Intestato, Expte. F-836-14. Publíquense edictos por tres (3) días en elBoletín Oficial y en un diario de amplia circulaciónlocal. Jorge A. Serra, Juez - San Carlos de Bariloche,10 de noviembre de 2014, Mariano A. Castro,Secretario.

—oOo—Dra. Rosana Calvetti, Juez Titular a cargo del

Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 de la 1ª Circunscripción Judicial con siento en laciudad de Viedma, Capital de la Provincia de RíoNegro, Secretaría Única a cargo del Dr. Luciano M.Kern, en los autos caratulados: "Quini, Luis Héctors/Sucesión Ab Intestato Expte. Nº 0932/2014, cita,llama y emplaza a todos los que se consideren enderecho a los bienes dejados por el Sr. Luis HéctorQuini (DNI Nº 11.841.662, para que dentro detreinta días lo acrediten. Publíquense edictos por 3días - Viedma, 20 de noviembre de 2014 - LucianoMinetti Kern, Secretario.

—oOo—Favio M. Igoldi, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº 11, con asiento en la ciudad deViedma, provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3 ami cargo notifica a Leandro Daniel Maldonado delo ordenado en los autos caratulados: MaldonadoLeandro Danilo s/Incumplimiento de los deberesAsist., fijar (Ley 13.944) "Expte. Nº 49998/13,cuya parte pertinente se transcribe y dice: Viedma,30 de septiembre de 2014 - Autos y Vistos:. . .de laque Resulta:. . .Y Considerando:. . .Resuelvo: Dictarel sobreseimiento total en la presente causa yrespecto de Leandro Danilo Maldonado, yafiliado, por el hecho descripto en las resultas, envirtud de lo normado por los art. 172, 304 y 306inc. 4º del Cod. Proc. Penal. Regístrese,Protocolícese y notifíquese. Firmado Dr. Favio M-Igoldi, Juez - Perla Schultze, Secretaria Subro-gante.

—oOo—

La Dra. Soledad Peruzzi, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº Tres, con asientode funciones en Roca y Sarmiento de la ciudad deCipolletti, Provincia de Río Negro, cita y emplazapor treinta (30) días a herederos y acreedores delSr. Rodriguez Pacheco Seguismundo DNI Nº93.597.483 y de la Sra. Bohigues Teresa, DNI Nº95.597.484 para que comparezcan en autos:"Rodriguez Pacheco Seguismundo y otro s/SucesiónAb Intestato" (Expte. Nº 9920/13) a hacer valersus derechos, acompañando la documentación quelo acredite. Publíquese por tres días, Cipolletti, 24de Septiembre de 2013 - Dr. Jorge A. Fernandez,Secretario.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. María del Carmen Marquez,LC Nº 4.051.586 y del Sr. Carlos Alberto Santos,

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17Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

LE Nº M 8.430.832, para que comprezcan en au-tos: "Marquez María del Carmen y Santos, CarlosAlberto s/Sucesión Ab Intestato" (Expte. Nº 34827)a hacer valer sus derechos, acompañando ladocumentación que lo acredite. Publíquese por tresdías, Cipolletti, 05 de noviembre de 2014 - Dra.María Adela Fernandez, Secretaria.

—oOo—La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Tres de laCuarta Circunscripción Judicial de Río Negro conasiento en calle Roca Nº 599, de Cipolletti,Secretaría Única a cargo de la Dra. María AdelaFernandez, cita y emplaza por el término de Treintadías (30) a acreedores y herederos de Enrique JuanWynbergh, DNI 7.564.656 en los autoscaratulados: "Wynbergh Enrique Juan s/SucesiónAb Intestato" (Expte. Nº 11536-JC 3, Año 2014)- Cipolletti, 02 de Octubre de 2014 - Dra. MaríaAdela Fernández, Secretaria Subrogante.

—oOo—El Director de Recursos Humanos de la

Secretaría General, en las actuaciones carátulas “S/presumo abandono de servicios agente ColilamónFlorindo Expediente N° 040884-DRH-2014; in-tima al Sr. Colilamón Florindo DNI. N° 21.389.406que en el plazo de 48 horas se apersone ante estaDirección a mi cargo a los efectos de notificarselede la sanción de Cesantía impuesta mediante Re-solución N° 143 “JD”.- Jorge Alberto Leyton, Di-rector de Recursos Humanos, Secretaría Gene-ral.-

—oOo—Jorge Serra Juez a cargo del Juzgado Civil y

Comercial de la IIIra. Circ. Jud. Río Negro, N° 1(Uno), Secretaría Unica, con asiento en Juramento190, 5º Piso de S. C. de Bariloche, cita y emplazapor 30 días a herederos y acreedores de Doña Cam-pos Amalia, D.N.I. nro: 2.048.350, en autos: “Cam-pos Amalia s/Sucesión Ab Intestato” (Expte: N° F-498-13). Publíquese por tres días ///Bariloche, 25de Septiembre de 2014.– Mariano A. Castro,Secretario.

—oOo—Carlos Marcelo Cuellar, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones, de laIIIra. Circ. Jud. Río Negro, N° 3 (Tres), SecretaríaUnica con asiento en calle Juan José Paso 167, deSan Carlos de Bariloche, cita y emplaza por 30 díasa herederos y acreedores de Don Fausto RenatoRobledo D.N.I. 6.629.492, en autos “RobledoFausto Renato s/Sucesión Ab Intestato” (Expte: F-3BA-141-C2012). Publíquese por tres días ///Bariloche, 4 de octubre de 2012.- Ma. AlejandraMarcolini Rodríguez, Secretaria.

—oOo—Santiago Morán Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial de Minería y Sucesiones, de la IIIra.Circ. Jud. Río Negro, N° 3 (Tres), Secretaría Unicacon asiento en calle Juan Joseé Paso 167, de SanCarlos de Bariloche, cita y emplaza por 30 días aherederos y acreedores de Don Héctor Herrera L.E.8.212.203, en autos: “Herrera Héctor s/SucesiónAb Intestato (Expte: F-3BA-778-C2014).Publíquese por tres días. /// Bariloche, 29 de octubrede 2014.– Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

—oOo—Jorge A. Serra, Juez a cargo del Juzgado de Civil,

Comercial y de Minería Nro. 1 de la IIIa.Circunscripción Judicial de Río Negro, con asientoen calles Pasaje Juramento 190, Piso 5 de SanCarlos de Bariloche, cita y emplaza por el términode 30 días a herederos y acreedores de Roma NoraOfelia, D.N.I. 4.722.583 en autos caratulados:Roma Nora O. s/Sucesión Ab Intestato (Expte. F-847-14). Publíquense edictos. Jorge A. Serra, Juez.San Carlos de Bariloche, 20 de Noviembre de2.014.– Mariano A. Castro, Secretario.

La Dra. Natalia Costanzo, a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería, Familia y SucesionesN° 31, sito en la calle 9 de Julio 221, 1º piso de laciudad de Choele Choel, Secretaría Unica, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a todoslos herederos y acreedores de Corona Juan Fran-cisco, DNI. N° 93.597.849, a que se presenten ahacer valer sus derechos en los autos caratulados:“Corona Juan Francisco s/Sucesión” (Expte. N°21907/14). Publíquese edictos por tres (3) días.Choele Choel, 2 de Septiembre de 2014.– Maríadel Carmen Leal, Secretaria Subrogante.

—oOo—

La Dra. Rossana Calvetti a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº 3, Secretaría delDr. Luciano Minetti Kern, sito en Laprida 292Nivel 5 de Viedma, cita, llama y emplaza por treinta(30) días a herederos y acreedores de Elsa NoemíGorriti y Juan Román Garciarena a hcer valer susderechos en el Expte. 0790/14 caratulado "Gorriti,Elsa Noemí y Garciarena Juan Román s/SucesiónAb Intestato". Publíquese por tres (3) días - Viedma,18 de noviembre de 2014. Luciano Minetti Kern,Secretario.

—oOo—

La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº Tres, con asientode funciones en calle Roca y Sarmiento de la ciudadde Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita yemplaza por treinta (30) días a todos los que seconsideren con derechos a los bienes dejados por elcausante Pastor Angel Brisuela, DNI 12.961.708para que comparezcan en autos: "Brisuela, PastorAngel s/Sucesión Ab Intestato" (Expte.11.532/14)a hacer valer sus derechos, acompañando ladocumentación que lo acredita. Publíquese por tresdías, Cipolletti, 23 de octubre de 2014. Dra. MaríaAdela Fernandez, Secretaria Subrogante.

—oOo—Favio M. Igoldi, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, ami cargo, notifica a Andrea Natalia León de loordenado en los autos caratulados: "León AndreaNatalia s/Amenazas" Expte. Nº 52190/14 - Autosy Vistos:. . .De la que resulta:. . .Considerando:. ..Resuelvo: 1) Dictar el sobreseimiento total en lapresente causa, en favor de Andrea Natalia León,ya filiada, en orden a los hechos que se le indilgabanen la presente por las consideraciones expuestas ypor aplicación del art. 306 inc. 1º, 2º supuesto delCPP. II) Declarar que el presente proceso no afectael buen nombre y honor del que hubiera gozado elimputado - Regístrese, protocolícese y notifíquese.- (Fdo. Dr. Favio M. Igoldi - Juez). Perla Zchultze,Seretaria Subrogante.

—oOo—La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y deMinería Nº Tres, Secretaría Única con asiento enla ciudad de Cipolletti, cita por treinta (30) días aherederos y acreedores de Doña GaiteroClementina, DNI Nº 5.190.939 y de Dón GiuliottiPedro CI 36.201 en autos caratulados" Gaitero,Clementina y Giuliotti Pedro, s/Sucesión Ab Intes-tato (Expte. Nº 9290/12) - Publíquese por tresdías, Cipolletti, 29 de octubre de 2014. Dra. MaríaAdela Fernandez, Secretaria Subrogante.

—oOo—La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y deMinería Nº Tres, Secretaría Única con asiento enla ciudad de Cipolletti, cita por treinta (30) días aherederos y acreedores de Dón Luis TendolfoCarvajal Cabrera, DNI Nº 93.371.998 en autoscaratulados "Carvajal Cabrera, Luis Tendolfo s/Sucesión Ab Intestato (Expte. Nº 11528/14) -

Publíquese por tres días, Cipolletti, 30 de octubrede 2014. Dra. María Adela Fernandez, SecretariaSubrogante.

—oOo—La Dra. María del Carmen Villalba, Juez a cargo

del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro.Uno - Secretaría Única, sito en San Luis 853 - 2ºPiso - General Roca, Río Negro, cita por (30) díasa herederos y acreedores de Zapata, Amada Luz,DNI 10.595.429 a presentarse en los autos"Zapata, Amada Luz Marina s/Sucesión Ab Intes-tato" (Expte. Nº F-2RO-509-C1-14)" - Publíquesepor 3 días, General Roca, 12 de noviembre de 2014- Dra. Agustina Y. Neffa, Secretaria.

—oOo—La Dra. María Gabriela Tamarit, Juez a cargo

del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Co-mercial y de Minería Nº 1, Secretaría Única a cargodel Dr. Gustavo J. Tenaglia, con asiento en calleLaprida Nº 292, 3º nivel, de Viedma, cita, llama yemplaza por el término de treinta días a los que seconsideren con derecho a los bienes dejados porIsaac Breitman para que dentro de ese plazo loacrediten en los autos: “Breitman Isaac s/Sucesiónab intestato” (Expte. Nº 1063/14/J1).- Publíquesepor tres días.- Viedma, 27 de noviembre de 2014.-Gustavo J. Tenaglia, Secretario.

—oOo—La Dra. María Gabriela Tamarit, Juez del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y deMinería Nº 1, de la Primera Circunscripción Judi-cial de la Provincia de Río Negro, Secretaría a cargodel Dr. Gustavo Tenaglia, cita, llama y emplaza atodos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por Silvia Nora Calvo, para que en eltérmino de treinta días lo acredite, en autos: “CalvoSilvia Nora s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº0888/14/J1).- Publíquese por tres días.- Viedma, 7de octubre de 2014.- Gustavo J. Tenaglia, Secre-tario.

—oOo—La Dra. María del Carmen Villalba, Juez a cargo

del Juzgado Letrado de Primera Instancia en loCivil, Comercial y de Minería Nro. Uno, SecretaríaÚnica, con asiento en la ciudad de General Roca(RN), cita, llama y emplaza por el término de treintadías a herederos y acreedores de la Dra. Daría GinaCaldart, L.C. Nº 5.757.527, en autos caratulados:“Caldart Daría Gina s/Sucesión” (Expte. Nº 271-J.1-08).- Publíquese por tres días.- Secretaría. Ge-neral Roca, 26 de noviembre de 2014.- Dra. AgustinaY. Naffa, Secretaria.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Rio Negro,cita y emplaza por treinta (30) dias a herederos yacreedores de la Sra. Isaura Castro Muñoz o IsauraCastro, DNI N° 93.373.204, para que comparezcanen autos “Castro Muñoz Isaura s/ sucesion Ab-In-testato” (Expte. N° 34990) a hacer valer susderechos, acompañando la documentación que loacredite. Publíquese por tres días. Cipolletti, 21 denoviembre de 2014. Dra. María Adela Fernandez,Secretaria.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro UNO.con asiento de funciones en Roca y Sarmiento dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Rio Negro,cita y emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Juan Carlos Cid, DNI N°13.462.843, para que comparezcan en autos “Cid,Juan Carlos s/Sucesion Ab-Intestato” (Expte. N°34991) a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite. Publiquese portres días. Cipolletti, 19 de noviembre de 2014.Dra. María Adela Fernandez, Secretaria.

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18Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Mineria nro Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Rio Negro,cita y emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. Silvia del Carmen Cid, DNI N°11.208.811, para que comparezcan en autos “CidSilvia del Carmen s/ Sucesion Ab-Intestato” (Expte.N° 34992) a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite. Publíquese portres días. Cipolletti, 20 de noviembre de 2014.Dra. María Adela Fernandez, Secretaria.

—oOo—

Rosana Calvetti, Jueza de primera Instancia cnlo Civil, Comercial y de Minería N° 3 de Viedma,Secretaria Única cita y llama y emplaza por eltérmino de treinta días a quienes se consideren conderecho a los bienes dejados por cl causante señorFelix Anselmo Suso, a que se presenten a hacerlosvaler en autos “Suso Felix Anselmo S/ Sucesión AbIntestato” Expte. N° 0480/2013. Publíquese portres días. Viedma, 20 de noviembre de 2014.LucianoMinetti Kerm, Secretario.

—oOo—

María Gabriela Tamarit, Jueza de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 1de Viedma, Secretaria Unica cita, llama y emplazapor el termino de 30 (treinta) días a quienes seconsideren con derecho a los bienes dejados por lacausante, Elena Clavia Scatena a que se presentena hacerlos valer en autos “Scatena Elena Clavia s/Sucesion Ab Intestato” Expte. N° 0818/ 14/J1.Publíquese por tres días. Viedma, 10 de noviembrede 2014. Gustavo J. Tenaglia, Secretario.

—oOo— El Dr. Jose Luis Rodriguez, juez a cargo del

Juzgado Cívil, Comercial, de Mineria y SucesionesN°9, secretaria única, sito en calle San Luis.853,2do piso de la ciudad de General Roca, Provincia deRio Negro, cita, a presentarse por Treinta (30)Días a herederos y acreedores de los Sres. AlbertoPamich, C.I. N° 88415 (RN) y Angélica Udovichde Pamich C.I, 133.834 (RN) en los autoscaratulados “Pamich Alberto y Udovich Angélicas/Sucesion Ab/Intestato” (Expte- N° F-2RO-470-C9-14). Públiquese por tres (3) días en el BoletinOficial y diario Rio Negro. General Roca, 26 deNoviembre de 2014. Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

—oOo—“El Sr. Fiscal de la Unidad Fiscal Temática N° 1

de Viedma (RN), hace saber a Laura BeatrizPavletich, DNI. 38.083.819, con último domicilioconocido en calle 28 N° 802 de Viedma (RN), hijade René Alfonso Venegas Chandia y de LauraBeatriz Pavletich, que en los autos “VenegasPavletich Giorgina Janete c/ Pavletich LauraBeatriz s/amenazas”, Expte. N° 1Vl-31872-MP2014, se ha dictado la resolución que en suparte pertinente dice: “VIEDMA, 12 de septiembrede 2014.- Atento lo dispuesto por el art. 185 delCódigo Penal, en razón de la calificación legal quecorresponde al hecho que se le atribuye Laura BeatrizPavletich (CP. art. 162), la misma se encuentraexenta de responsabilidad criminal debiendo enconsecuencia disponerse el archivo de lasactuaciones toda, vez que no se puede proceder(C.P.P. art. 161).- .(Fdo) Juan Pedro Puntel, Fis-cal”.- Juan Pedro Puntel, Agente Fiscal.

—oOo—

La Dra. Andrea V. de la Iglesía, Jueza a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro Tres,con asiento de funciones en San Luis 853 - 2do.Piso de la ciudad de General Roca, Provincia de RioNegro, cita y emplaza por Treinta (30) Días aherederos y acreedores de la Sra. Marta Ana del

Carmen Gonzalez Sepulveda, LE. Nro. 13.467.110,para que comparezcan en autos “GonzalezSepulveda Marta Ana del Carmen s/Sucesión AbIntestato” (Expte. Nro. F-2R0-465-C3-14) a hacervaler sus derechos, acompañando la documentaciónque lo acredíte. Publíquese por tres días, GeneralRoca, 24 de octubre de 2014 - Anahí Muñoz,Secretaria

—oOo—

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nro. Tres, a cargo de la Dra. SoledadPeruzzi, Secretaría Única, sito en calle Roca Nº599 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de RíoNegro, dispuso en autos: “Arévalo Baudilio s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 11384/14), citarpor el plazo de treinta (30) días a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados porArévalo Baudilio, L.E. Nº 8.217.972, para que loacrediten.- Publíquese por tres días en el BoletínOficial y en el diario Río Negro.- Fdo.: Dra. SoledadPeruzzi, Jueza. Cipolletti, 1 de septiembre de 2014.-Dra. María Adela Fernández, Secretaria subrogante.

—oOo—Soledad Peruzzi, Juez a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Mineríay Sucesiones Nº 3, de la ciudad de Cipolletti, cita aherederos y acreedores de la causante: Teresa Salas,L.C. Nº 5.955.685, en autos: “Salas Teresa s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 11106/14), paraque comparezcan a hacer valer sus derechos dentrode treinta (30) días, acompañando ladocumentación que lo acredite.- Publíquense edictospor tres días en el Boletín Oficial y diario RíoNegro, o La Mañana, de Neuquén.- Fdo.: Dra.Soledad Peruzzi, Juez.- Cipolletti, 5 de septiembrede 2014.- Dra. María Adela Fernández, Secretariasubrogante.

—oOo—Soledad Peruzzi, Juez titular del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nº 3, Secretaría Única, dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,cita a herederos y acreedores de Dña. Marillán Inés,L.E. Nº 12.629.584, por el término de treinta (30)días, lo acrediten en autos: “Marillán Inés s/Sucesiónab intestato” (Expte. Nº 11245/14).- Publíquenseedictos por tres días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Cipolletti, 31 de octubre de 2014.-Dra. María Adela Fernández, Secretaria subro-gante.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento, dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Noe Cid Muttel, DNI. Nº93.257.832, para que comparezcan en autos: “CidMuttel Noe s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº33457) a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite.- Publíquese portres días.- Cipolletti, 21 de octubre de 2014.- Dra.María Adela Fernández, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Jorge A. Serra, Juez a cargo del JuzgadoCivil y Comercial Nº 1, de la IIIra. CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, SecretaríaÚnica, a cargo del Dr. Mariano Castro, sito enJuramento Nº 190, 5º piso, de San Carlos deBariloche, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores de Dña. CeciliaElena Primiano, DNI. Nº F5.284.408, en autoscaratulados: “Primiano, Cecilia Elena s/Su-cesión ab intestato” (Expte. Nº F-454-13).-Publíquese edictos por el término de tres (3) días,en el Boletín Oficial.- San Carlos de Bariloche,31 de julio de 2013.- Mariano A. Castro, Secre-tario.

La Dra. Natalia Costanzo, a cargo del JuzgadoCivil, Comercial, de Minería, Familia y SucesionesNº 31, Secretaría Única, con asiento de funcionesen 9 de Julio Nº 221, de Choele Choel, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedoresde Lorenzo Guerrero, L.E. Nº 3.431.324, para quese presenten a hacer valer sus derechos en autos:“Guerrero, Lorenzo s/Sucesión” (Expte. Nº 22068/14).- Publíquese por tres días.- Secretaría, 13 denoviembre de 2014.- María del Carmen Leal,Secretaria subrogante.

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María Gabriela Tamarit, Juez de PrimeraInstancia, titular del Juzgado Civil, Comercial,Minería y Sucesiones Nº 1, de Viedma, Secretaríadel Dr. Gustavo Tenaglia, cita, llama y emplaza aherederos del Sr. Loza Miguel Ángel, y/o quienes seconsideren con derecho sobre los bienes dejadospor el mismo, para que en el plazo de treinta días loacrediten, y se presenten en autos caratulados:“Loza Miguel Ángel s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 0660/14/J1).- Publíquense edictospor el término de tres días en el Boletín Ofi-cial y un diario de circulación en la zona (diarioRío Negro y/o Noticias de la Costa), ins-criptos conforme Res. 275/08 STJ.- Viedma, 25 deagosto de 2014.- Gustavo J. Tenaglia, Secreta-rio.

—oOo—

El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento, dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Ricardo Antonio Quesada, L.E.Nº 8.430.848, para que comparezcan en autos:“Quesada Ricardo Antonio s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 33601) a hacer valer sus derechos,acompañando la documentación que lo acre-dite.- Publíquese por tres días.- Cipolletti, 21 demayo de 2014.- Dra. María Adela Fernández,Secretaria.

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Dra. María Marcela Pájaro, a cargo del Juzgadode Familia Nº 7, Secretaría a cargo del Secretario,Dr. Javier Andrés Ospital, sito en Ángel GallardoNº 1299, planta baja, de esta ciudad, en autoscaratulados: “González Naipan Gladys Elizabeth c/Almonacid Almonacid Pedro Homero s/Divorciopor Petición Unipersonal, por causal objetiva”(Expte. Nº 17220-13), cita y emplaza por eltérmino de quince días al Sr. Almonacid AlmonacidPedro Homero, titular del DNI. Nº 92.804.437,para que comparezca a tomar la intervención quele corresponda en este proceso, bajo apercibimientode designar Defensor Oficial de Ausentes para quelo represente (Art. 343 CPCC).- Publíquense pordos días.- San Carlos de Bariloche, 28 de noviembrede 2014.- Fdo.: Dra. María Marcela Pájaro, Juez.-Javier A. Ospital, Secretario.

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El Doctor Jorge A. Serra. Juez dc PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y Minería Nro. 1Sec. I, de la Tercera Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, con asiento en San Carlosde Bariloche. calle Juramento 190, 5º Piso,Secretaría a cargo de Mariano A. Castro, cita yemplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de Néstor Dario Andreóli L. E.5.137.402 en los autos: "Andreóli Néstor Darío s/Sucesión Ab Intestato" (F.822-14). Publíquenseedictos en el Boletin Oficial y en un diario de ampliacirculación local - San Carlos de Bariloche, 20 denoviembre de 2014.- Mariano A. Castro, Secre-tario

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19Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

Jorge Alfredo Serra, Juez a cargo del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil, Comercial y de Mi-nería N° 1; calle Pasaje Juramento Nro. 190, 5°Piso, Secretaría Única a cargo del Dr. Mariano A.Castro de la ciudad de San Carlos de Bariloche.Provincia de Río Negro, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores del Sra. CatarinaFrantzem, D.U: 93.526.181, en los autoscaratulados: “Frantzem, Catarina s/ Sucesion AbIntestato”. Expediente N° F-840-14. Publíquesepor 3 días en Boletín Oficial.- San Carlos deBariloche, 19 de noviembre de 2.014.- Dr. MarianoA. Castro, Secretario

—oOo—EL Dr. Jose Luis Rodriguez, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial, de Mineria y SucesionesN° 9, Secretaría Única, sito en calle San Luis 853,2º piso de la ciudad de General Roca, Provincia deRío Negro, cita a presentarse por Treinta (30) díasa herederos y acreedores del Sr. José ManuelGaldames o José Manuel Galdamez Barra, C.I.94.069 (R.N.), y de la Sra. Julia Salinas o JuliaSalinas Moncada, C.I. 147.518 (R.N.), en los autoscaratulados “Galdames Jose Manuel y/o GaldamezBarra José Manuel y Salinas Julia y/o SalinasMoncada Julia s/Sucesion Ab Intestato” (Expte. N°F-2R0-431-C9-14). Públiquese por tres (3) días enel Boletin Oficial y diario Rio Negro. General Roca,21 de noviembre de 2014. Romina Paula Zilvestein,Secretaria.-

—oOo—La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 3,Secretaría Única, sito en Cipolletti, Río Negro,cita y emplaza por treinta (30) días a todos los quese consideren con derecho al os bienes dejados porRicardo Luis Alveal y/o Alveal Cofré, DNI. Nº93.578.983, en autos: “Alveal Cofré Ricardo Luisy/o Alveal Ricardo Luis s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 11592/14).- Publíquese por tres días.-Cipolletti, 11 de noviembre de 2014.- Dra. MaríaAdela Fernández, Secretaria Subrogante.

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El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial, de Familia, Minería y Sucesiones Nº 31y dependiente de la Segunda Circunscripción Judi-cial de la provincia de Río Negro, con domicilio enla calle 9 de julio N° 221, 1er piso de la ciudad deChoele Choel, a cargo de la Dra Natalia Constanzo,Secretaria Unica a cargo de la Dra. Carolina PérezCarrera, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Manosalva Reyes Antonio D.I. Nº18.383 y Toledo Ceferina, C.I. N° 111.898 en losautos caratulados: “Manosalva Reyes Antonio yToledo Ceferina s/Sucesión Ab Intestato” Expte.N° 17050/11. Publíquese por tres días en el BoletínOficial y Diario Río Negro. Choele Choel, 06 deOctubre del 2014.– Dra. Carolina Pérez Carrera,Secretaria Subrogante.

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La Dra. Natalia Costanzo a cargo del JuzgadoCivil, Comercial, de Minería, Familia y SucesionesNº Secretaría Unica, con asiento de funciones en 9de Julio 221 de Choele Choel, cita y emplaza portreinta días a herederos y acreedores de Pedro AtilioMontelpare, L.E. 7.387.757, para que se presentena hacer valer sus derechos en autos: Montelpare,Pedro Atilio s/Sucesión (Expte. 22445/14).Publíquese por 3 días. Secretaría, de Diciembre de2.014.– Carolina Pérez Carrera, SecretariaSubrogante.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,con asiento de funciones en Roca y Sarmiento, dela ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y

acreedores de la Sra. Corina Tortosa, DNI. NºF5.261.732, para que comparezcan en autos:“Tortosa Corina s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 34938) a hacer valer sus derechos,acompañando la documentación que lo acredite.-Publíquese por tres días.- Cipolletti, 6 de noviembrede 2014.- Dra. María Adela Fernández, Secre-taria.

—oOo—María Gabriela Tamarit, titular del Juzgado Civil,

Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 1, de Viedma,Secretaría única del Dr. Gustavo J. Tenaglia, cita,llama y emplaza por el término de treinta (30) díasa herederos y acreedores de Edgardo Serra, a que sepresenten a hacer valer sus derechos en autos:“Serra Edgardo s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº0899/14/J1).- Publíquese por tres días.- Viedma, 2de diciembre de 2014.- Gustavo J. Tenaglia,Secretario.

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Jorge A. Serra, Juez del Juzgado Civil, Comer-cial, Minería y Sucesiones Nº 1, con asiento encalle Juramento Nº 190, 5º piso, de la ciudad de SanCarlos de Bariloche, cita y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores de ZarakAmanda, o Zarar Amanda, DNI. Nº 10.442.207,en autos caratulados: “Zarak Amanda s/Sucesiónab intestato” (Expte. Nº F-843-14) ///Carlos deBariloche, 10 de noviembre de 2014.- Publíquenseedictos en el Boletín Oficial y en un diario de ampliacirculación local.- Fdo.: Jorge A. Serra, Juez.- SanCarlos de Bariloche, 20 de noviembre de 2014.-Mariano A. Castro, Secretario.

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REMATES–––

Dr. Jorge García Davini, Juez Federal subrogantedel Juzgado Federal de General Roca, SecretaríaCivil y Comercial, hace saber por dos días en autos:“Banco de la Nación Argentina c/TendlerHermanos S.A.I.C.A.I.F.M. y S. s/EjecuciónHipotecaria” (Expte. N° 11000209/2000), que elmartillero público Sr. Pedro David Juárez (Tº I, Fº54, Cuit Nº 20-13010669-3) procederá a subastar,en las condiciones que más adelante se indican elbien inmueble urbano hipotecado y embargado enautos que, según informe de dominio de fs. 315, seencuentra inscripto en la Matrícula 02-3360,descripto como Parcela 01 - Quinta 018, de CincoSaltos.- Designación Catastral 02-1-F-018-01.Superficie 19.121,25 m². La posesión del inmueblela posee el Banco de la Nación Argentina, comoacreedor hipotecario, a los fines de la subasta delmismo, en la persona del Sr. Ricardo H. Paporello.Como surge del acta de entrega de fecha 1 dediciembre de 2014, la propiedad está desocupada,existen en algunas partes del predio restos deparedones demolidos que carecen de valor alguno.En la misma se ha hecho constar que el lote,conforme superficie descripta en el mandamientoy su título, ha sido afectado por la apertura de unacalle efectuada por el Municipio de Cinco Saltos,continuación de la calle Ameghino, entre Avda.General Paz e Italia, toda vez que el sector seencuentra en Zona Residencial R1, según informede fecha 12-03-2014 agregado al expediente. Sibien no existe plano de subdivisión al respecto, nimojones colocados en el lugar, se estima que lareferida apertura de lo que es calle propiamentedicho más lo previsto para veredas, cuenta con 15metros de ancho por los 200 metros de largo, razónpor la cual el terreno, según su título y plano origi-nal ha quedado de hecho subdividido en tres nuevasparcelas; esto es la parcela hacia el lado NE (la demayores dimensiones), la parcela interna afectadapor la calle y por último la parcela del lado SO (de

menor dimensión). Las parcelas están cercadas conun alambrado perimetral sobre el sector que da a laAvda. General Paz y en cada parte que da sobre elfrente de la calle nueva (continuación de Ameghino)se han colocado alambres sostenidos con postes deálamo. Hay dos carteles que expresan “propiedadprivada”. Se hace saber asimismo que a fs. 259, pornota de fecha 12 de marzo de 2014, la Municipa-lidad de Cinco Saltos informó al Tribunal queprocedió, conforme la normativa municipal dePlaneamiento Urbano de la ciudad, a dar continuidada la calle Ameghino, en virtud de los reiteradosreclamos y solicitudes de vecinos del barrio QuimeiMapu, barrio adyacente que requiere poderconcretar la conexión de los servicios públicosbásicos, así como la vinculación con el resto de laciudad, toda vez que el sector se encuentra en ZonaResidencial R1. El inmueble se subasta en el estadode uso y conservación en que se encuentra.Gravámenes y Restricciones vigentes: (fs. 315 ysgtes.) 1) Hipoteca en 1º Grado a/f del BNA porU$S 130.000, Esc. Nº 21, Fº 50, del 04-03-1993,Reg. Nº 51, Cipolletti; EG 17809 del 25-03-1993.2) Embargo, caduca 30-07-2015, Autos “Osecacc/Tendler Hnos SACICAIFIM y S s/Ejecución Fis-cal” (Expte. 107/09) Juzgado Fed., Sec. Civ. Gral.Roca, Oficio 107/09/01 del 23-02-2010: $9.603,25 Cap. más $ 4.800 Int. y Cost. EG. 45142del 30-07-2010. 3) Embargo, caduca 10-08-2017en estos Autos por $ 56.455,75 Cap. mas $ 28.000Int. y Cost.; EG 48121 del 10-08-2012. 4) Em-bargo, caduca 03-02-2019, Autos “OSECAC c/Tendler Hnos. SACIAUFMYS s/Ejecución Fiscal”(Expte. Nº 1659/97), Juzg. Fed. Sec. Civil GeneralRoca, Oficio Nº 1659/97/28 del 14-11-2012.Monto $ 7.034,07 cap. mas $ 2110 Int. y Cost.,Eg. 31.984, Fecha 03-02-2014. Inhibiciones:(Informe Fs. 321) No se registran. Deudas; ARTRío Negro (fs. 302): Por Impuesto Inmobiliario: $38.183,90, al 13-11-2014; A.R.S.A. (fs. 303 vta.)$ 9.396,21 al 30-09-2014; Municipalidad de CincoSaltos (fs. 309). En concepto de Contribución porMejoras y Tasas por Servicios Retributivos a losperíodos bimestrales desde 01-1993 hasta 05-2014inclusive, $ 216.184,69.- Condiciones de Subasta.Base: $ 1.039.741,29. Seña: 30% en efectivo ocheque certificado en el acto del remate y a cuentadel precio. El saldo deberá ser depositado en lacuenta de autos, dentro del término de cinco (5)días de aprobada la subasta y notificado elcomprador, bajo apercibimiento de lo dispuestopor el Art 580 del CPC y C. Comisión Martillero:3% a cargo del comprador. En lo que respecta a losgastos de escrituración deberá estarse a lo dispuestopor el Art. 587 del CPCyC. Deudas: Las deudas porimpuestos, tasas y contribuciones que pesaren sobreel inmueble, originadas con posterioridad a laconstitución de la hipoteca y las que se devenguenhasta la toma de posesión serán soportadasexclusivamente por el vendedor, pesando en cambiosobre el comprador las originadas con posterioridadal acto de subasta. El impuesto de sellos de la Pro-vincia de Río Negro será a cargo del comprador.Ofertas bajo sobre: Se autoriza la recepción deofertas bajo sobre cerrado, la que ante la carenciade toda reglamentación al respecto, se sujetará alas siguientes reglas: 1) Se dejará constancia en losedictos así como en toda propaganda adicional delremate que se efectúe con o sin autorización delTribunal, sobre la posibilidad de formular ofertas através de este medio. 2) La oferta deberá serformulada por medio de una nota que expresará lacarátula del expediente, el bien que se pretendeadquirir y la postura que se efectúa. Deberáacompañar cheque certificado a la orden del juezpor el importe de la seña, más la comisión delmartillero y el sellado del boleto. La nota deberáademás contener nombre y apellido del oferente,domicilio real y especial constituido dentro del ra-

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20Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

dio del juzgado, Número de Documento Nacionalde Identidad y estado civil. Tratándose de personasjurídicas, deberá acompañar copia autenticada delestatuto o, en caso de sociedades comerciales, delcontrato social, así como de los documentos queacrediten que el firmante es su representante legal.Las posturas que no cumplan todos los recaudosaludidos serán automáticamente descartadas.- 3)La oferta será colocada dentro de un sobre cuyascaracterísticas impidan la lectura de su contenido,el que se entregará cerrado en el Tribunal, haciendomención en su exterior al remate al que se refiere,carátula del expediente y Juzgado interviniente,debiendo el interesado cruzar su firma en la solapaposterior, en la que se insertará el cargo derecepción en la Secretaría del Tribunal.- 4) El sobredeberá entregarse en el Juzgado actuante con unaanticipación mínima de 24 horas a la hora y fechafijada para celebrar el remate.- 5) El martillerointerviniente recibirá del Juzgado actuante lasofertas bajo sobre en audiencia privada que secelebrará en el Tribunal y ante el Actuario a las 12horas del día anterior al fijado para celebrar lasubasta y en la cual se procederá a la apertura de lossobres, dejando constancia en el acta del contenidode la oferta, datos del ofertante y característicasdel cheque certificado adjuntado (monto, bancogirado, etc.), así como del cargo de recepción puestoen el sobre abierto. Constatado el contenido, lasofertas serán suscriptas por el Secretario y luego,nuevamente colocadas en sus sobres originales, yéstos en un nuevo sobre que se cerrará en ese acto,cruzando el Actuario y el martillero intervinientesu rúbrica en la solapa posterior, los que seránentregados al martillero, de todo lo cual se dejaráconstancia en el acta.- 6) El acta será reservada enCaja de Seguridad del Tribunal, dejándose en elexpediente solamente una certificación del Actuariode haberse celebrado la audiencia, y de habersereservado el acta en Caja de Seguridad; ella seráagregada por el Actuario al expediente en elmomento en que se agregue por el martillero elacta de remate.- 7) El martillero procederá a abrirlos sobres en presencia del público que asista alacto, 15 minutos antes de la hora fijada para elcomienzo del remate -de lo que se dejará constanciaexpresa en el edicto- procediendo el martillero a lalectura en voz alta de las ofertas formuladas porese medio. Las ofertas serán agregadas al expedientejunto al acto del remate.- 8) La adjudicación recaerásiempre sobre la oferta de precio más alta, seaoriginada en el acto de subasta o mediante ofertabajo sobre. En caso de que no se registre entre losasistentes ofertas que superen las realizadas bajosobre, el bien se adjudicará a la más alta de éstas. Encaso de empate entre dos o más ofertas bajo sobre,si se encontraren presentes todos los ofertantesque coincidieron en el empate, el martillero llamaráa mejorar ofertas; en caso contrario -si alguno delos ofertantes que coincidieron en el empate no seencontrare presente- o no existiendo otra ofertamayor en el acto, se adjudicará el bien al oferenteen primer término, según surja del cargo depresentación de la oferta en el Tribunal puesto enel sobre y 9) La devolución de las señas a losoferentes cuyas posturas hayan sido superadas porotra, se realizará a través del Tribunal y en formadocumentada. Lugar y Fecha de Remate: CalleTucumán Nº 1985, de Gral. Roca, el día 18 dediciembre de 2014 a las 12 hs.- Subasta Sucesiva.Conforme lo dispuesto en el Art. 585 del CPCC, encaso de fracasar la venta por la base indicada, sellevará a cabo una segunda subasta el día 24 defebrero de 2015 a las 12:00 horas en el mismolugar con la base de $ 779.805,96, manteniéndosetodas las demás condiciones. Visitas al Inmueble:Previa comunicación con el martillero (Tel.4425244), o Sucursal Cinco Saltos del BNA - 0299-4980008 ó 4980009, Cuit Martillero 20-

13010669-3. Cuit BNA (actor) 30-50001091-2.Cuit Deudora: 3053419992-5.- Secretaría. GeneralRoca, 1º de diciembre de 2014.– Ezequiel Andreani,Secretario Federal.

—oOo—Dr. José Luis Rodríguez, Juez titular del Juzgado

Civil, Comercial y Minería Nro. Nueve, SecretaríaÚnica, de la Dra. Romina Zilvestein, de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de RíoNegro, con asiento en la ciudad de General Roca,sito en la calle San Luis Nº 853, 2º piso, hace saberen autos: “Manuel Foglia Gerardo Adrián c/PérezLuis Alberto s/Ejecutivo” (Expte. Nº 33647-J9-10), que el martillero público, Sr. Marcelo Orofino(Mat. Nº 34, Fº 4, Lº I - IIº C.J.), Cuit Nº 20-20045329-9, procederá a subastar en lascondiciones que abajo se indican, el siguienteinmueble, de propiedad del demandado Luis AlbertoPérez, DNI. Nº 16.375.057, ubicado en la ciudadde General Roca (RN), designado como Parcela 5Fde la Chacra 008, Designación Catastral 05-1-K-008-05F, y que por Resolución 30/97 de la Direc-ción General de Catastro, la Nomenclatura Catastralde la parcela pasa al Nº 05-1-K-085-06, con unasuperficie de 1.734,63, inscripto en el RPI en laMatrícula Nº 05-1-K-008-05F.- Los demás datosregistrales, medidas y linderos del inmueble surgendel informe del Registro de la Propiedad Inmuebley del informe de constatación, agregado alexpediente.- Estado de Ocupación y Mejoras: Segúnmandamiento de constatación de estado físico yocupación agregado al expediente, se trata de unlote de terreno ubicado en el Barrio ResidencialPino Azul II, en la calle Los Castaños Nº 915 de laciudad de General Roca, en el que existe construidauna vivienda de tipo residencial compuesta portres habitaciones, 1 líving, 1 comedor, 1 cocina, 1lavadero, 1 sala de juegos, 4 baños, 1 garage abierto,construida en ladrillos, techo de chapa negra,aberturas de aluminio, excepto la puerta de acceso,que es de madera, cielorraso de yeso y en la partesuperior es de machimbre y tirantes de madera,pisos de cerámico.- Todos los materiales son deprimera calidad.- El total de la vivienda es deaproximadamente 400 m², tambien existe en elfondo del lote, otra construcción que hace las vecesde quincho que tiene aproximadamente 20m² contecho de chapa negra, paredes de ladrillo, aberturasde aluminio con 1 baño instalado. También existepileta de 5 x 10 mts. La vivienda está ocupada porel Sr. Luis Alberto Pérez, Graciela Marengo y losmenores Mateo Spinelli y Ana Paula Pérez Arias.-El inmueble se subasta en el estado de uso yconservación en que se encuentra.- Condiciones deDominio, Gravámenes y Restricciones: RegistraEmbargo, anotado en estos autos mediante Oficio794/13 del 15/05/13, monto $ 90.000 de capital,con más $ 45.000 calculados para intereses ycostas. EG 42894 del 17/05/2013. Caduca 17/05/2018.- No registra hipotecas ni otros derechosreales.- Inhibiciones: El titular dominial no registrainhibiciones.- Deudas: Registra las siguientes:Agencia de Recaudación Tributaria: No registradeudas (informe del 9/09/2014); Municipalidad deGeneral Roca: No registra deudas (informe del 11/09/2014); Aguas Rionegrinas: No registra deuda(informe del 9/09/2014), y Consorcio de Riego yDrenaje de General Roca: $ 3.855,23 al 2/11/2014.-Condiciones. Venta. Base: $ 476.645,72. Seña: 10%en el acto del remate, y cuenta de precio. El saldodeberá ser depositado en la cuenta de autos dentrodel término de cinco días de aprobada la subasta ynotificado el comprador, bajo apercibimiento delo dispuesto por el Art. 572 quater y 581 y ccdtesdel CPCyC.- Comisión del Martillero: 3%, a cargodel comprador.- Asimismo se hace saber que elcomprador en subasta deberá hacerse cargo del pagode los impuestos, tasas y contribuciones desde elmomento en que quede firme el auto de aprobación

del remate y constituir domicilio en el radio delTribunal actuante, bajo apercibimiento de que lassucesivas providencias se le darán por notificadasautomáticamente, conforme el Art. 133 del CPC.-Los gastos que originen la compra venta y transfe-rencia del dominio, sellados de ley y gastos deescrituración serán a cargo en forma exclusiva dequien resulte comprador.- Si fracasare el rematepor falta de postores, después de media hora deiniciado el mismo, se reducirá la base al 75% (esdecir a la suma de $ 357.484,31). Si durante lamedia hora siguiente tampoco hubiere ofertas, sereducirá la base al 50% (es decir a la suma de $238.322,87), y si no obstante faltaren postoresdentro de los quince minutos siguientes, sesuspenderá la subasta.- Lugar y Fecha del Remate:Córdoba Nº 1409 de la ciudad de General Roca,Provincia de Río Negro, el día 18 de diciembre de2014 a las 11 horas.- Visitas al inmueble, previacomunicación con el martillero al Cel. 02984-154512061 los días 16/12/14 y 17/12/14 de 16 a19 horas. Cuit del actor Gerardo Adrián ManuelFoglia, 20-14169260-8. Actúa como abogadoapoderado el Dr. Claudio López y HoracioCaffaratti. Cuit del demandado, Luis Alberto Pérez:20-16375057-1, y actúa como abogado apoderadoel Dr. Justo Epifanio.- Publíquese edictos por undía en el Boletín Oficial, y dos días en el diario RíoNegro (Art. 566 del CPC).- General Roca, 3 dediciembre de 2014.- Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

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ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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ALIUS S.R.L.La Dra. María José Di Blasi Inspectora Regional

de Personas Jurídicas Bariloche, sito en JuramentoNro. 163, Planta Baja de esta localidad, titular delRegistro Público de Comercio de la IIIera.Circunscripción de la Pcia. de Río Negro, ordenade acuerdo con los términos del Art. 10 ymodificatorias de la Ley 19.550, la publicación enel Boletín Oficial, por un (1) día, la constitución dela Sociedad denominada “Alius Sociedad DeResponsabilidad Limitada”

Expte.____ N° IGPJR-14.Fecha Instrumento Constitución: 02/10/2014.Socios: María Agustina Verger, argentina, nacida

el 05/03/90, soltera, empresaria, con D.NI.35.077.058. Diagonal Capraro 1362, San Carlosde Bariloche, Río Negro Pedro María FranciscoRenato Verger, argentino, nacido el 30/04/61,divorciado, empresario, con D.N.I. 14.131.025,Diagonal Capraro 1362, San Carlos de BarilocheRío Negro, y Verónica María Rita Verger, argentina,nacida el 22/10/59, soltera, empresaria, con D.N.I.13.854.829, Diagonal Capraro 1362, San Carlosde Bariloche, Río Negro.

Denominación: Alius S.R.L.Domicilio Real, Legal y Fiscal: Diagonal

Capraro 1362 de la ciudad de San Carlos deBariloche, Provincia de Río Negro.

Duración: 99 años.Objeto: La Sociedad tiene por objeto realizar

por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros,directamente o por intermediarios, las siguientesactividades: La sociedad desarrollará como actividadprincipal Turismo: Brindando la prestación deservicios turísticos de excursiones, viajes otransporte de personas dentro del país o fuera del

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21Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

mismo; recepción y asistencia de turistas durantesus viajes o su permanencia en el país; prestaciónde los servicios de guías turísticos y el despacho desus equipajes; representación de agencias de turismo,tanto nacionales como extranjeras; toda otraactividad similar o conexa con las mencionadasprecedentemente vinculadas con la actividadturística y en su beneficio, de acuerdo con lasdisposiciones legales vigentes. Se deja cons-tancia que el transporte de personas no es trans-porte público de personas: Por lo cual no quedasujeta a la exigido en el artículo 299 de la ley Nº19.550.

También la sociedad desarrollará las actividadesconexas de Alquileres: La instalación, explotacióny operación del negocio de alquiler de automóvilesy vehículos comerciales livianos o utilitarios, en elterritorio de la República Argentina y/o en cual-quier país del extranjero. A tal fin podrá explotarpatente de invención marcas de fábrica, tantonacionales como extranjeras, licencias.procedimientos de fabricación, diseños y modelosindustriales comerciales, propios o de terceros,representaciones, comisiones o consignaciones encuanto sean relacionados directamente con laactividad social. Comerciales: Mediante la compra,venta, permuta, importación, exportación,comisión, consignación, distribución,representación y cualesquiera otras modalidades decomercialización de vehículos, motores ymaquinarias. repuestos y accesorios, de neumáticosde todo tipo, llantas, partes y piezas de todo nivelde automotores, camiones, maquinarias, y cual-quier otro vehículo. Promociones: Mediante elejercicio de realización de eventos que involucreno no el alquiler de automóviles; poner a disposiciónde empresas personal, todo esto con relación aproductos, mercaderías marcas, oficios y/o firmas.Servicios de consultorías, capacitaciones,mandatos, comisiones, consignaciones y gestionesde negocios.

Para el cumplimiento de su objeto social, lasociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirirderechos y contraer obligaciones y realizar todoslos actos y contratos que no sean prohibidos porlas leyes o por este contrato; además de poderacogerse a cualquier tipo do beneficio dedesgravaciones y/o promociones nacionales,provinciales y/o municipales vigentes o aestablecerse en el futuro.

Capital Social: El capital social se fija en lasuma de $ 50.000 (Pesos Cincuenta mil) divididoen 5.000 (Cinco mil) cuotas iguales de valor nomi-nal $ 10 - cada una, suscripto e integrado en sutotalidad en dinero en efectivo por cada uno de losSocios en las siguientes proporciones La Srta. MaríaAgustina Verger, 1.668 - (Un mil seiscientos sesentay ocho) cuotas por la suma de $ 16.680.- (Pesos:Dieciséis mil seiscientos ochenta); el señor PedroMaría Francisco Renato Verger, 1.666.- (Un milseiscientos sesenta y seis) Cuotas por la suma de $16.660.- (Pesos Dieciséis mil seiscientos sesenta)y la señora Verónica María Rita Verger, 1.666.-(Un mil seiscientos sesenta y seis) cuotas por lasurca de $ 16.660.- (Pesos Dieciséis mil seiscientossesenta).

Composición de los Organos de Administración:Socio gerente Srta. María Agustina Verger.

Representación Legal: Socio Gerente Srta. MaríaAgustina Verger.

Fecha Cierre del Ejercicio: 30 de septiembre decada año.

Se hace saber que las oposiciones deberán serdeducidas en el plazo de diez (10) días a partir de lapublicación del edicto. Dra. María José Di Blasi,Inspectora Regional de Personas Jurídicas de SanCarlos de Bariloche, de noviembre de 2014.–Dra. María José Di Blasi, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas - Bariloche.

TRANSPORTE BRIZUELAS.A.

El Dr. Héctor Tinte, Inspector Regional de Per-sonas Jurídicas, Titular del Registro Público deComercio de la 2da. Circunscripción Judicial, sitoen la calle Mitre 455, de la ciudad de General Roca,hace saber por el término de un día que a los ochodías del mes de abril del año dos mil catorce, seresolvió constituir una sociedad anónima. Socios:Don 1) Héctor Aníbal Brizuela, argentino, nacidocl 22 de mayo de 1963, que dice ser comerciante,con D.N.I N° 16.375.222, C.U.I.T. N° 20-16375222-1, que dice ser casado en primerasnupcias con doña María Fernanda Boréan,domiciliado en la calle Paraguay N° 462 de estaciudad; Doña 2) María Fernanda Boreán, argentina,nacida el 23 de marzo de 1974, que dice ser docente,con D.N.I. N° 23.648.601, C.U.I.L. N° 27-23648601-5, que dice ser de estado civil casada,con domicilio en la calle Paraguay N° 462 de éstaCiudad; Don 3) Carlos Gabriel Alarcón, argentino,nacido el 01 de marzo de 1976, que dice sercomerciante, con D.N.I: Nº 24.941.597, C.U.I.T.N° 23-24941597-9, que dice ser de estado civilsoltero, domiciliado en la calle La Plata N° 1.933de esta ciudad; Don 4) Roberto Enrique Beltrán,argentino, nacido el 14 de mayo de 1974, que diceser comerciante, con D.N.I. N° 23.648.726,C.U.I.T. N° 20-23648726-2, que dice serdivorciado, domiciliado en la calle Bahía BlancaN° 2.275 de esta ciudad y Don 5) Luis AlbertoJerónimo Villarruel, argentino, nacido el 01 de enerodel 1986, que dice ser, comerciante, con D.N.I. N°31.525.083, C.U.I.L. N° 20-31525083-9, que diceser casado en primeras nupcias con MarciaGonzález, domiciliado en la calle San Martín N° 26de la ciudad de Cervantes, provincia de Río Negro,de transito por esta; Personas mayor de edad,hábiles, capaces, y de mi conocimiento por haberlosidentificado en los términos del artículo 1.002inciso a) del Código Civil, doy fe Duración: Eltérmino de duración de la Sociedad será de noventay nueve (99) años contados desde la fecha de suinscripción inicial en el Registro Público deComercio.- Nominación y Domicilio: La SociedadAnónima es constituida con el nombre deTransportes Brizuela S.A. y tendrá su sede socialen la calle Paraguay Número 462 de la ciudad deGeneral Roca, provincia de Río Negro. Objeto: Lasociedad tiene por objeto realizar por cuenta propiao de terceros, o asociada a terceros, el transportede diarios y/o revistas, de mercaderías, cargas ge-nerales y especiales por vía terrestre, en formadirecta o como contratista de cargas, estibajes ydescargas en depósitos terrestres, en el país o en elextranjero, utilizando medios propios o de terceros,exportación, importación y distribución deencomiendas. A tales efectos la sociedad tiene plenacapacidad jurídica para adquirir derechos, contraerobligaciones y ejercer todos los actos que no seanprohibidos por las leyes o este contrato. Capital:La emisión y suscripción de la totalidad del capitalsocial de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00), a cuyosefectos se emiten Un Mil (1.000) accionesordinarias, nominativas no endosables conformelo establece la Ley Número 24.587, de la Clase“A”, con derecho a cinco (05) votos por acción,de Pesos Cien ($ 100,00) de valor nominal cadauna, que son totalmente suscriptas e integradas enefectivo por cada uno de los accionistas, de acuerdocon el siguiente detalle: I) Héctor Aníbal Brizuela:Quinientas Diez (510) acciones de Pesos Cien ($100) de valor nominal cada una, o sea la suma dePesos Cincuenta y Un Mil ($ 51.000,00).- II) MaríaFernanda Boreán, doscientas (200) acciones dePesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una, osea la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000).- III)Carlos Gabriel Alarcón, cien (100) acciones dePesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una, o

sea la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000); IV)Roberto Enrique Beltrán, cien (100) acciones dePesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una, osea la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000).- V) LuisAlberto Jerónimo Villarruel: Noventa (90) accionesde Pesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una,o sea la suma de Pesos Nueve Mil ($ 9.000). Direc-ción y Administración: La Dirección yAdministración de la Sociedad estará a cargo de undirectorio compuesto por el número de miembrosque fije la Asamblea General de Accionistas entreun mínimo de dos (2) y un máximo de once (11).La elección de directores titulares y suplentes sehará por mayoría absoluta de votos presentes en laAsambea General de Accionistas. Los Directorestitulares y suplentes durarán tres ejercicios en susfunciones. Quedan designados para integrar elPrimer Directorio, las siguientes personas:Presidente: Héctor Aníbal Brizuela; Vicepresidente:María Fernanda Boreán; Director Titular: CarlosGrabriel Alarcón; Director Suplente: RobertoEnrique Beltrán. Fiscalización: La sociedadprescinde de la Sindicatura, conforme al últimopárrafo del Artículo 284 de la Ley Número 19.550,en consecuencia será fiscalizada por los accionistasde conformidad a lo establecido por artículo 55 dela Ley Nº 19.550. ejercicio Económico: Cierra el31 de diciembre de cada año.

General Roca, 08 de Abril de 2014.– Dr. HéctorL. Tinte, Inspector Regional de Personas Jurídicas- General Roca.

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TIZIANO - S.R.L.El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas, a cargo del Registro Público deComercio sito en calle Yrigoyen N° 315, 1° piso,de la ciudad de Cipolletti, ordena, de acuerdo conlos términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, publicar en el Boletín Oficial, por un (1)día, la constitución de la Sociedad denominada“Tiziano S.R.L”.

Por instrumento privado, se constituye la razónsocial Tiziano S.R.L:

1) Socios: Diego Rubén Troncoso, argentino,soltero, de 35 años de edad, de oficio peluquero,DNI N° 27.323.432, con domicilio en IslasMalvinas N° 722, de la ciudad de Neuquén, y el Sr.Fernando Matías Sotomayor, argentino, soltero,empleado, de 31 años de edad, DNI N° 30.500.182,con domicilio en calle Teniente Ibáñez N° 631, dela ciudad de Neuquén.

2) Fecha de instrumentación: 10 de noviembrede 2014.

3) Domicilio Social: Su sede social estará ubicadaen calle Los Álamos N° 1132 de la ciudad deCipolletti.

4) Objeto Social: La sociedad tendrá comoobjeto los servicios de peluquería y Spa, dentro delos cuales, a modo enunciativo se menciona manosy pies, electrodos, masajes, y venta de productosde peluquería y belleza personal, por cuenta propiao de terceros, pudiendo asociarse con terceros,tomar representaciones y comisiones, tanto en elpaís como en el extranjero.

5) Plazo de Duración: 99 años, contados desdesu inscripción en el Registro Público de Co-mercio.

6) Capital Social: El capital social será depesos sesenta mil ($ 60.000) dividido en 600 cuotasde Pesos cien ($ 100) de valor nominal cadauna que los socios suscriben e integran de la siguienteforma: a) el Sr. Diego Rubén Troncoso,cuatrocientas ochenta 480 cuotas por la sumade $ 48.000; el Sr. Fernando Matías Sotomayor,120 cuotas por la suma de $ 12.000.- Las cuotasse integrarán en un 25% (veinticinco por ciento)en dinero en efectivo, y el saldo restante seráintegrado por los socios dentro del plazo de dos

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22Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

años computados a partir de la fecha de inscripciónde la sociedad; la reunión de socios fijará laoportunidad en que se completará la integra-ción.

7) Órgano de Administración, RepresentaciónLegal y Fiscalización: La Administración y laRepresentación Legal estará a cargo del Sr. DiegoRubén Troncoso, quien revestirá el cargo de sociogerente, por tiempo indeterminado o hasta cuandolo establezca la reunión de socios. La Fiscalizaciónestará a cargo de los socios.

8) Fecha de cierre del ejercicio: 31/12 de cadaaño.

Cipolletti.Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas - Cipolletti.—oOo—

MANSOTT - S.A.El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas, a cargo del Registro Público deComercio sito en calle Irigoyen Nº 315, 1º piso, dela ciudad de Cipolletti, ordena de acuerdo con lostérminos del Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, publicar en el Boletín Oficial por un (1)día la constitución de la sociedad denominada“Mansott S.A.”.

Acta Constitutiva: Escritura 28, 16/04/2014,por el Notario titular del Registro Nº 43, CarlosAlberto Segovia.

Socios: Juan María Manson, argentino, soltero,comerciante, Documento Nacional de IdentidadN° 21.954.663, Cuit 20-21954663-8, domiciliadoen Esquiú 403, Cipolletti; y Javier Ottaviano,argentino, casado en primeras nupcias con PaulaAgustina Rodríguez, abogado, Documento Nacionalde Identidad N° 20.213.753, Cuit Nro. 23-20213753-9, domiciliado en Victorica 113,Cipoletti.-

Denominación y Domicilio: La sociedad sedenomina “Mansott SA.”, con domicilio legal enla ciudad de Cipolletti, Río Negro, teniendo su sedeen calle San Martín 43, 1º piso, Cipolletti, RíoNegro.-

Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarsepor cuenta propia, de terceros o asociada a tercerosbajo cualquier forma asociativa lícita, en el país oen el extranjero a la compra y venta, locación y/osublocación de toda clase de material vial y susaccesorios, vehículos automotores tipo Pick Upy/o camiones con o sin chofer, trailers, casillasrodantes y cualquiera otro tipo de material rodante,para empresas relacionadas con la exploración depetróleo y gas, sus derivados y servicios afines a laactividad. Para la realización del objeto social lasociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos,operaciones y contratos autorizados por las leyessin restricción de clase alguna.

Duración: Su duración es de noventa y nueveaños, a contar desde su inscripción por ante elRegistro Público de Comercio, pudiendo dicho plazoser prorrogado o disminuido por resolución de laAsamblea Extraordinaria de Accionistas.

Capital social: El capital social es de pesos cientosesenta mil ($ 160.000), y está conformado porun mil seiscientas acciones (1.600) de cien pesos($100), cada una.- El mismo se suscribe e integrade la siguiente forma: Juan María Manson,ochocientas (800) acciones suscriptas, clase deacciones: ordinarias, nominativas no endosables,monto suscripto pesos ochenta mil ($ 80.000),monto integrado pesos veinte mil ($ 20.000); yJavier Ottaviano, ochocientas (800) accionessuscriptas, clase de acciones ordinarias, nominativasno endosable, monto suscripto ochenta mil ($80.000), monto integrable ($ 20.000). El saldo lointegrarán en el plazo máximo de dos años desde lafecha de inscripción de la sociedad. La totalidad delo suscripto coincide con el capital social

integrándose el 25% en dinero efectivo. Elresto del capital se integrará dentro del plazo le-gal.-

Administración y Representación: Laadministración de la sociedad estará a cargo de unDirectorio, compuesto por el número de miembrosque fije la asamblea, entre un mínimo de uno y unmáximo de cinco titulares, con mandato de tresejercicios. La sociedad prescinde de la sindicatura,de acuerdo a lo que establece el Art. 284 de la Ley19.550 y sus modificatorias. La representación legalde la sociedad corresponde al Presidente delDirectorio y al Vice Presidente, en caso de ausenciao impedimento de aquél.

Quedan designados para integrar el Directorio:Director titular, con cargo de Presidente, Juan MaríaManson. Director titular con cargo de VicePresidente, Javier Ottaviano.

Ejercicio Social: El Ejercicio social cierra el 31de diciembre de cada año.

Cipolletti,Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas - Cipolletti.—oOo—

ACTA–––

CONSTRUCCIONES MAR.K - SRL(Cesión de Cuotas y Modificación

Contrato Social)La Dra. María José Di Blasi, Inspectora

Regional de Personas Jurídicas de San Carlosde Bariloche, titular del Registro Público deComercio de la IIIª Circunscripción de la Provin-cia de Rio Negro, sito en calle Pasaje JuramentoN° 163, P,B. “B” de la Ciudad de San Carlos deBariloche, ordena, de acuerdo con los térmi-nos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550,la publicación, en el Boletín Oficial, por un(1) día, Acta reunión de socios número 2 defecha 4 de abril de 2014, y Escritura número 63, deaumento de capital y reforma parcial del Es-tatuto Social de fecha 19 de junio de 2014,de la Sociedad denominada “Construcciones Mar.KSRL:

Por acta de reunión de socios número 2 de fecha4 de abril de 2014, se decidió en forma unánime elaumento de capital y la reforma de la claúsula Cuartadel contrato social, el aumento de Capilal se efectuómediante Escritura 63 de fecha 19 de junio de 2014en la cual el señor Marcelo Carlos Corso, aportopara aumento de capital el inmueble identificadocatastralmente como 19-2-D-337-06A, dichoinmueble fue aportado en la suma de pesos 163.000.Por tal motivo y de acuerdo a lo decidido en el actaantes referida el articulo “Cuarto” quedará redactadade la siguiente forma: El Capital Social se fija en lasuma de Pesos Ciento Setenta y Cinco Mil ($I75.000) el cual queda integrado de la siguientemanera: Marcelo Carlos Corso, con Mil SeiscientosNoventa (1690), cuotas de valor nominal $ I00,-cada una, o sea la suma de Pesos Ciento Sesenta yNueve Mil (S 169.000) y Pablo Hernán Kacanski,con Sesenta (60) cuotas de valor nominal $ 100,cada una, o sea que representan la suma de PesosSeis Mil ($ 6000)”.- Los socios renunciaron alderecho de preferencia y cualquier otro derechoque le pudiera corresponder y los sociosconsintieron la variación en sus porcentajes decapital original, mediante el acta antes men-cionada.

Se hace saber que las posiciones deberán serdeducidas en el plazo de diez (l0) días a partir de lapublicación del edicto. Bariloche, 5 de noviembrede 2014.

Dra. María José Di Blasi, InspectoraRegional de Personas Jurídicas, San Carlos deBariloche.

AUMENTO DE CAPITAL–––

LAGUNA DEL MONTE S.A.(Aumento de Capital Social superior

al quíntuplo – Asamblea Extraordinaria)El Dr. Félix San Martin, Inspector General de

Personas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio sito en calles Mitre y Zatti de la ciudadde Viedma, capital de la Provincia de Río Negro;ordena, en los términos del art. 10 y modificatoriasde la Ley 19.550, la publicación en el BoletínOficial, por un (1) día, del Acta de Asamblea Ge-neral Extraordinaria de accionistas de Laguna delMonte S.A., del 15 de marzo de 2012; que resolvióaumentar el capital en $ 4.300.000 (pesos cuatromillones trescientos mil) y modificar el artículocuarto del estatuto social, que queda redactado así:Artículo Cuarto: Del Capital Social El Capital So-cial es de Pesos Cuatro Millones Quinientos Mil ($4.500.000) representado por cuarenta y cinco milacciones de Pesos Cien cada una. El Capital puedeser aumentado por decisión de a Asamblea Ordi-naria hasta el quíntuplo de su monto, con conformeel artículo 188 de la Ley 19.550. La resoluciónrespectiva será formalizada por instrumentoprivado e inscribirse en el Registro Público deComercio”. La asamblea dispuso su integración delsiguiente modo: a) Capitalización de aportesirrevocables de $ 2.045.500; b) Capitalización depasivos por préstamos de los accionistas $ 808.465;y c) En efectivo $ 1.446.035 que serán inte-grados en el plazo que determine el directorio. Laasamblea delegó en el directorio la época de emi-sión.

Viedma, 17 de Noviembre de 2014.-Dr. Félix San Martín, Inspector General de Per-

sonas Jurídicas.—oOo—

INSCRIPCIÓN DE MARTILLEROY CORREDOR PÚBLICO

–––

El Dr. Frosini Federico, Inspector Regional dePersonas Jurídicas, a cargo del Registro Público deComercio, sito en calle Irigoyen Nº 315, 1º piso,de la ciudad de Cipolletti, ordena publicar en elBoletín Oficial y en el diario Río Negro, por un(1) día, del Expte. Nº 683, mediante el cualtramita la Inscripción de Matriculación Mar-tillero Público y Corredor, de la Sra. Calquín RocíoEluney.

Se hace saber que las oposiciones a la Sra. CalquínRocío Eluney, DNI. Nº 34.860.777, con domicilioen Ceferino Namuncurá y Juan Moll Nº 1146, de laciudad de Cinco Saltos, deberán ser deducidas dentrodel plazo de diez (10) días, a contar de la publicacióndel edicto.

Cipolletti,Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas - Cipolletti.—oOo—

TRANSFERENCIA FONDODE COMERCIO

–––

CENTRO DISTRIBUIDORDEL COMAHUE

S.A.El que suscribe, Carlos Alberto Mabellini,

Escribano Adscripto, número Uno, del Registro deNotarial número Ocho, de la ciudad de Neuquén,Capital de la Provincia homónima, hace saber poreste medio y por el término de 5 (cinco) días que lasociedad que gira en plaza bajo la denominación de“Centro Distribuidor del Comahue S.A.”, Cuit N°33-58557688-9, con domicilio en Avenida San Juan

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23Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

Nº 51, de la ciudad de Neuquén, ha resueltocompletar una transferencia parcial de fondo decomercio en los términos de la Ley Nº 11.867 afavor de la firma Sociedad Anónima Importadoray Exportadora de la Patagonia, Cuit N° 30-50673003-8 con domicilio legal en calle SuipachaNº 924, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.La transferencia comprende todos los elementosque integran los supermercados y autoservicios quegiran bajo la denominación “Topsy” y “Bomba”,que se enumeran a continuación:

a) Los bienes de uso e instalaciones que seencuentren en locales objeto de la transfe-rencia;

b) La transferencia de la habilitación municipalde los locales objeto de la transferencia y detoda otra licencia con que cuenten en laactualidad y/o que necesiten para continuarfuncionando como supermercados y/ominimercados en legal forma;

c) Las marcas y/o designaciones comerciales queutiliza para identificar a los locales objeto dela transferencia;

d) La cesión de los contratos de trabajocorrespondientes a los empleados en relaciónde dependencia que integran su nómina depersonal;

e) Los camiones y auto elevadores de propiedadde la vendedora que oportunamente sedescribirán.

f) Las mercaderías (bienes de cambio) conformelas pautas que las partes establezcan.

Pasivos a cargo de la sociedad vendedora. Sereciben oposiciones en los plazos de ley en laEscribanía Mabellini, con domicilio en calleIndependencia Nº 124, primer piso, Oficina 2, dela ciudad de Neuquén, Capital de la Provinciahomónima, de lunes a viernes en el horario de 9 a17 horas. A los efectos del planteo de sus reclamos,los eventuales oponentes deberán presentaroriginales y fotocopias de los comprobantes quehacen a su derecho, para su verificación.

Carlos Alberto Mabellini, Escribano.—oOo—

CONVOCATORIAS–––

ESCUELA DE ESQUÍ CATEDRALS.A.

Asamblea General Ordinariade Accionistas

Convócase a Asamblea General Ordinaria deAccionistas a celebrarse el 29 de diciembre de 2014a las diecisiete y dieciocho horas, en primera ysegunda convocatoria respectivamente, en la sedesocial, sita en Mitre 265, 3º piso “A”, San Carlosde Bariloche, a efectos de considerar el siguien-te:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos accionistas para firmar

el Acta.2º - Razones por las cuales se realiza la

convocatoria a Asamblea General Ordinaria, fuerade término.

3º - Documentación mencionada en el Art. 234,Inc. 1º de la Ley 19.550, correspondiente al EjercicioEconómico finalizado el 30 de noviembre de 2013y destino del resultado.

4º - Gestión y remuneración del Directorio;eventual aprobación en exceso del límite previstoen el Art. 261 de la Ley 19.550, atento al desempeñode funciones técnico-administrativas de carácterpermanente.

5º - Determinación del número de directorestitulares y suplentes. Designación del Directo-rio.

Eduardo Furlán, Presidente

CLUB DEL PROGRESOAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)General Roca 4 de Diciembre de 2014.

Convócase a Asamblea General Ordinaria confecha 22 de diciembre de 2014 a las 19 hs en primeraconvocatoria y una hora después en segundaconvocatoria cualquiera sea la cantidad de sociospresente para el caso que fracase la primera, en elClub del Progreso sito en calle Mitre 987 de Ge-neral Roca, a efectos de considerar lo siguien-te.

Orden del Día1- Designación de dos socios para refrendar

junto al presidente y secretario el acta resul-tante.

2- Razones de llamado fuera de término.3- Consideración de la memoria , balance ge-

neral estado de situación patrimonial estado derecursos y gastos, informe del revisor de cuentas,todo ello correspondiente a los ejercicios cerradosal 31 de diciembre de 2013.

César Rafael Domínguez.

———

Asamblea General ExtraordinariaGeneral Roca 4 de diciembre dé 2014.

Convócase para el Día 22 de diciembre de 2014a las 21hs en primera convocatoria, una horadespués en segunda convocatoria cualquiera sea lacantidad de socios presentes para el caso que fracasela primera, en el Club del Progreso sito en calleMitre 987 de General Roca, a efectos de considerarlo siguiente.

Orden del Día1- Designación de dos socios para refrendar

junto con el Secretario y Presidente el actaresultante.

2- Situación de socio suspendido.Cesar Rafael Domínguez, Presidente.

—oOo—

CONSORCIO DE RIEGO Y DRENAJE“LOS PIONEROS”

1° Convocatoria a Asamblea OrdinariaSe celebrará el día 27 de diciembre de 2014

a las 18.00 horas en el domicilio del INTA sitoen Villa Galense 575 de la localidad de LuisBeltrán.-

La Asamblea mencionada precedente-mente se convoca a los efectos de tratar el si-guiente:

ORDEN DEL DIA:1. Elección del Presidente de Asamblea y de dos

regantes para firmar el Acta.-2. Presupuesto 2015.Nota: Podrán participar de la misma los

miembros empadronados que al momento de laAsamblea no adeuden más de dos cuotas de canonde riego (Art 14 inc. A).

Para poder sesionar en primera convocatoriaal quórurn estará formado por la mitad más uno delos regantes empadronados que representen la mitadmás uno de las hectáreas. De no lograrse ese número,podrá sesionar en segunda convocatoria, una horamás tarde, siempre que el número de regantespresentes y hectáreas no sea inferior al 5% deltotal.

En caso de no lograrse quórum en lascondiciones estipuladas en el párrafo anteriorse convocará a una Asamblea en el términode 30 días, la que sesionará en tercera con-vocatoria cualquiera sea el número de regentespresentes y hectáreas representadas (Art. 14 IncC).

Las decisiones de la Asamblea que se ajustan alas leyes y al presente estatuto son obligatoriaspara todos los consorcistas hayan estado presentes

o no en la Asamblea y deberán ser cumplidas por elConsejo de Administración (Art. 12 del esta-tuto).

Juan Carlos Fiñana, Presidente.– Juan O. Oller,Secretario.

—oOo—

BIBLIOTECA POPULARISABEL CORDERO DE DURANAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Clmte. Cordero, 03 de Diciembre de 2014

De acuerdo a las normas legales y estatutariasconvócae a todos los asciados a la Asamblea Ge-neral Ordinaria, fuera de término par el día 22 dediciembre de 2014, a las 19,00 hs. en su sede Socialubicada en calle: Río Negro 391, de la localidad deContralmirante Cordero, para tratar los siguientestemas:

Orden del día1) Motivos de la realización fuera de término

de esta Asamblea.2) Consideración de Memoria, Balance y estado

General de Cuentas del Ejercicio finalizado el 30 deJunio de 2014.

Presidente.– Secretaria.—oOo—

CLUB SOCIAL CULTURAL Y DEPORTIVOUNIÓN DEPORTIVA CATRIELAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)De acuerdo a las normas legales y estatutarias

vigentes, convócase a todos los asociados a laAsamblea General Ordinaria, (Fuera de Término),para el día 29 de diciembre de 2014, a las 20,00horas, en la Sede Social ubicada en Mosconi y Cuba,de la ciudad de Catriel, para tratar los siguientestemas:

Orden del día1º) Lectura y consideración del Acta de

Asamblea anterior.2º) Elección de dos asociados para firmar el

Acta de esta Asamblea.3º) Motivos de la realización fuera de término

de esta Asamblea.4º) Consideración de Memoria, Balance y Estado

General de Cuentas de los Ejercicios Julio/11, Junio12 y Julio 12, Junio 13.

Sergio Ricardo Ambrosio, Presidente - OscarLopez, Vicepresidente.

—oOo—

PARTIDOS POLÍTICOS–––

PARTIDO COALICION CIVICA ARIConvocatoria a Asamblea Provincial

Viedma, 4 de diciembre de 2014. La asamblea se realizará el día domingo 14 de

diciembre de 2014 a las 10 hs. en la ciudad deViedma. Lugar Escuela Tierras del Sur cita en calleSarmiento 400, para tratar el siguiente temario:

ORDEN DEL DÍA.1.- Presentación autoridades Provinciales y

Municipales.2.- Designación de apoderados, tesorera/o

período 2015-2016, y certificadores.3.- Informe internas partidarias de mesas lo-

cales.4.- Informe gestión de la senadora nacional e

informe de gestión del legislador provincial.5.- Reforma Carta Orgánica.Artículo 25 Inc. K.6.- Reglamento interno Etica provincial.7.- OTROS

Mauricio Acosta Darío Rodríguez DuchVicepresidente Presidente

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24Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

TODOS POR TODOS–—

Denominación: Todos Por Todos

Número de Identificación del Partido en el Tribunal Electoral Provincial: 116

Expediente Nº 173/2002 (TEP) Resolución de fecha 23/05/2003.

Ejercicio Económico Nº 10.-

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25Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

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26Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe de fecha 21 de agosto de 2014.-

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe de fecha 21 de agosto de 2014.-

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27Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

TODOS POR TODOSNúmero de Partido Asignado en el Tribunal Electoral Provincial: 116Expediente N° 173/2002 (TEP) Resolución de Fecha 23/05/2003.Ejercicio Económico N° 10 iniciado el 10 de enero de 2012.Expresado en pesos con centavos, en moneda nominal al 31 de Diciembre

de 2012.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES1.- Unidad de Medida:Los presentes Estados Contables están expresados en moneda nominal.

Las normas contables profesionales admiten en un contexto de estabilidadmonetaria que se utilice como moneda homogénea la moneda nominal. porende se cumple con la exigencia legal de confeccionarlos en moneda constante.

2.- Base de Preparación de los Estados Contables:Han sido preparados de acuerdo con las Normas contables vigentes

contenidas en la Resoluciones Técnicas 16, 17, 18 y 19 de la FederaciónArgentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.),aprobadas por el Consejo profesional de Ciencias Económicas de la Provin-cia de Río Negro (C.P.C.E.R.N.) mediante las Resoluciones N° 190 y 195.

La preparación de Estados Contables de acuerdo con dichas normas,requiere la consideración por parte de la Comisión Directiva de estimacionesy supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, laexposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos EstadosContables, como así también sobre los montos de ingresos y gastos. Losresultados finales podrían diferir de los estimados.

Los presentes Estados Contables brindan información comparativacon el ejercicio anterior, de acuerdo a establecido en el Capítulo II-E de laResolución Técnica N° 8. La segregación de los componentes finan-cieros implicitos se realizó únicamente sobre los saldos de activos y pasivosa la fecha de los Estados Contables, tal como lo permite la Resolución N°360/07 de la F.A.C.P.C.E., adoptada por la Resolución N° 254 delC.P.C.E.R.N.

Por tal motivo, en el Estado de Recursos y Gastos se expresa en formaconjunta bajo la denominación de Resultado Financieros y por Tenencia.Dicho tratamiento conlleva una limitación en la exposición de las causas delresultado, sin que se altere el valor absoluto del mismo.

3.- Criterios de Exposición:Para la presentación de los Estados Contables se dio cumplimiento a la

Resolución Técnica N° 11 y N° 25 aprobada por la por la F.A.C.P.C.E queestablece las “Normas Particulares de Exposición Contable para Entes SinFines de Lucro” adoptada por el C.P.C.E.R.N. mediante Resolución N° 170y 262 respectivamente y las Normas Generales y Particulares de exposiciónestablecidas en las Resoluciones Técnicas N° 8 y 9, modificada por la Re-solución Técnica N° 19, todas de la F.A.C.P.C.E., adoptadas por elC.P.C.E.R.N. mediante Resolución N° 136, N° 190 y N° 195.

4.- Criterios de valuación utilizados:Los Estados Contables han sido preparados en moneda nominal, no

reconociendo en forma integral los efectos de la inflación establecido por laR.T. N° 6 y de acuerdo a la Resolución 287/03 F.A.C.P.C.E aprobada porResolución 216 C.P.C.E.R.N. se interrumpió el ajuste por inflación a partirde 01/10/2003. Los efectos de no haber reconocido las variaciones en elpoder adquisitivo de la moneda durante el ejercicio, no han sido significativosen relación a los presentes Estados Contables.

4.1- Caja y Bancos:En moneda nacional: A su valor nominal, incorporando, en caso de

corresponder, los intereses devengados al cierre de cada ejercicio, según lascláusulas específicas de cada operación.

4.2- Patrimonio Neto:Los movimientos de las cuentas del Patrimonio Neto han sido valuados

siguiendo los lineamientos detallados en la Nota N° 1.

4.3- Cuentas de Recursos y Gastos:Han sido valuadas siguiendo los lineamientos detallados en la Nota N° 1.

5.- Detalle de composición de rubros:

5.1- Caja y Bancos: 2012 2011

- Banco Nación Cta. Especial Nº 461019989/531.990,20 30.064,65Total del Rubro 31.990,20 30.064,65

6.- Estado de Flujo de Efectivo:La composición de “efectivo y los equivalentes de efectivo” al cierre

coincide con la nota 5.1 precedente.

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe de fecha 21 deagosto de 2014.-

———————

INFORME DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

SeñoresAsociados:De nuestra mayor consideración:

En nuestro carácter de integrantes del Tribunal de Cuentas de la Agrupa-ción Política Todos Por Todos informamos a Ustedes que tal cual lo dispo-nen los Estatutos de nuestra agrupación política, hemos realizado elcontrol de la documentación referente a ingresos y egresos de la misma, ycon tal fin se mantuvieron reuniones con los miembros de la ComisiónDirectiva.

Consideramos que el Estado de Situación Patrimonial, el Estado deRecursos y Gastos, El Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Estadode Flujo de Efectivo, las Notas 1 a 6, y los Anexos I a II y el Inventariocorrespondientes al ejercicio social cerrado el 31 de Diciembre de 2012reflejan fehacientemente la situación de la agrupación política, por lo queaconsejamos a los Señores asociados su aprobación.

Saludamos a Ustedes atentamente.

San Antonio Oeste, 21 de agosto de 2014.-

———————

INFORME DEL AUDITOR

A los señores asociados deTODOS POR TODOSPeirano N°52San Antonio Oeste:

En mi carácter de contador público independiente, informo sobre laauditoría de los Estados Contables de Todos por Todos detallados en elapartado siguiente. Los Estados Contables citados constituyen unainformación preparada y emitida por la Comisión Directiva de la agrupaciónpolítica en ejercicio de sus fnciones exclusivas. Mi responsabilidad es expresaruna opinión sobre dichos Estados Contables basado en mi examen de auditoríacon el alcance que menciono en el párrafo II.

I.- ESTADOS CONTABLES OBJETO DE AUDITORIA1.1 Estado de Situación Patrimonial al 31 de Diciembre de 2012.

comparativo con el ejercicio anterior.1.2 Estado de Recursos y Gastos por el ejercicio finalizado el 31 de

Diciembre de 2012, comparativo con el ejercicio anterior.1.3 Estado de Evolución del Patrimonio Neto por el ejercicio finalizado

el 31 de Diciembre de 2012, comparativo con el ejercicio ante-rior.

1.4 Estado de Flujo de Efectivo por el ejercicio finalizado el 31 deDiciembre de 2012, comparativo con el ejercicio anterior.

1.5 Anexos I a II y Notas I a 6 que complementan los Estados Conta-bles.

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28Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

11.- ALCANCE DE LA AUDITORIAMi examen fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes

-incluidas en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina deConsejos Profesionales de Ciencias Económicas-, aprobadas por la Resolu-ción N° 121 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provin-cia de Río Negro, las cuales admiten la revisión selectiva de dicha informa-ción.

Estas normas requieren que el auditor planifique y desarrolle la auditoríapara formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la informaciónsignificativa que contengan los Estados Contables considerados en su conjunto,preparados de acuerdo con normas contables profesionales de valuación yexposición vigente.

Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementosde juicio que respaldan la información expuesta en los Estados Conta-bles y no tiene por objeto detectar delitos o irregularidades intencio-nales. Una auditoría incluye así mismo, evaluar las normas contablesutilizadas y como parte de ellas la razonabilidad de las estimaciones designificación hechas por la Comisión Directiva de la agrupación políti-ca.

III: ACLARACIONES PREVIAS AL DICTAMENLa asociación presenta sus Estados Contables en moneda nominal, de

acuerdo a lo requerido por las leyes vigentes y se ha seguido la metodologíaestablecida en las normas contables profesionales expuestas en Nota N° I a4 del presente juego.

IV.- DICTAMENTeniendo en cuenta las aclaraciones del apartado III, en mi opinión los

Estados Contables indicados en el apartado I y su información comparativacon el ejercicio anterior, presentan razonablemente en todos sus aspectossignificativos, la situación patrimonial de TODOS POR TODOS y losrespectivos resultados de sus operaciones, evolución del patrimonio neto ysus flujos de efectivo por el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2012y al 31 de diciembre de 2011, de acuerdo con normas profesionales vigen-tes.

V.- INFORMACIÓN ESPECIAL REQUERIDA POR DISPOSICIONESLEGALES. Para dar cumplimiento a disposiciones vigentes informo que:

1.- Al 31 de Diciembre de 2012 surgen de las rcgistraciones contables queel ente no posee deudas por conceptos provisionales a favor del RégimenNacional de Seguridad Social.

San Antonio Oeste, 21 de Agosto de 2014.

———————

A V I S O

IMPORTANTE

Se pone en conocimiento a los usuarios del Boletín Oficial, que por cualquier trámite

para Publicaciones, Suscripciones y/o Adquisición de Ediciones, deberán solicitar

previamente el costo de los mismos y luego depositar en la Cuenta Bancaria Nº 900001185

(CBU 0340250600900001185006) del Banco Patagonia - Sucursal 250 - Viedma, a nombre

de la TESORERÍA GENERAL BOLETIN OFICIAL, y con el comprobante ORIGINAL, el

Organismo les entregará la factura y el recibo correspondiente

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29Viedma, 11 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5310

SE COMUNICA QUE SE ENCUENTRAN A LA VENTA,

LAS SIGUIENTES EDICIONES:

Ley 3186 - De Administración Financiera y Control Interno

del Sector Público Provincial (Actualizada 2006).............. $50,00

Código de Leyes Fiscales de la Provincia de Río Negro ......... $6,00

Código Electoral de Partidos Políticos (Derogado) ............... $ 7,50

Constitución de la Nación Argentina ...................................... $4,50

Digesto Tomo I ...................................................................... $22,50

Digesto Tomo III .................................................................... $22,50

CD Digesto Ley 4270 ............................................................ $40,00

CD Digesto Ley 4312 ............................................................ $40,00

CD Digesto Ley 4413 ............................................................ $50,00

CD Digesto Ley 4540 ............................................................ $50,00

CD 1ra. Consolidación Decretos Provinciales ....................... $50,00

CD 2da. Consolidación Decretos Provinciales ....................... $50,00

CD Digesto Ley 4686 ............................................................ $50,00

CD Digesto - Ley 4891 .......................................................... $50,00

Procedimiento Administrativo............................................... $ 4,50

Constitución Pcial. (chica) ..................................................... $3,00

Constitución Pcial. (grande)................................................... $6,00

Régimen Previsional Ley 2092 .............................................. $4,50

Colección Encuadernada del Boletín Oficial/2000 ................ $ 250,00

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30Viedma, 11 de Diciembre de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5310

Venta y Distribución:

En el Boletín Oficial

Laprida 212 - Viedma - Provincia de Río Negro

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.LEYES5009.- 02-12-2014.- La aplicación de

la presente alcanza a los empleadosdel Poder Judicial, a todos sus agen-tes ........................................................1-2

5010.- 02-12-2014.- Se dejan sin efectolos actos administrativos de la Direc-ción de Tierras de la Provincia Nros.176/1997, 109/2006 y 532/2006, asícomo todos aquellos actos dictadosen consecuencia.................................3-4

DECRETOS1556.- 18-11-2014.- Aprobar la docu-

mentación técnica de la Obra Remo-delación y Puesta en Valor del Boule-vard San Martín.................................2a5

1557.- 18-11-2014.- Apruébase el regla-mento de la Ley L Nº 4232 ..............6-7

1568.- 18-11-2014.- Dispóngase que elcapital indemnizable del Art. 7° de laLey L N° 4232 no podrá superar lasuma de pesos ($ 120.000), salvo lodispuesto en el Art. 3° inciso c) .......7-8

1569.- 18-11-2014.- Ratificar la Plani-lla Anexa II del Decreto Nº 1118/118

1570.- 18-11-2014.- Apruébese laLicitación Privada N° 04/2014, paracontratar la ejecución de la Obra“Construcción de Playón Deportivode Uso Escolar Prioritario - CET N°20/EP. N° 368 - Lamarque............... 9

1581.- 20-11-2014.- Promover a agen-tes varios de la Secretaría de estadode Energía ...........................................9

1588.- 20-11-2014.- Destacando enComisión Oficial al Sr. Secretario deDeportes, a las ciudades General Roca,Bariloche de Río Negro y a la ciudadde Temuco - Chile) ............................10

1655.- 04-12-2014.- Convocar a laHonorable Legislatura de la Pcia. deRío Negro a Sesiones Extraordinariaspara el día 12-12-14..........................10

DECRETOS SINTETIZADOS............ 10-11RESOLUCIONES..................................11a13LICITACIONES ....................................13CONCURSOS .........................................13-14COMUNICADOS ..................................14EDICTOS DE MINERIA..................... 14a16

SECCION JUDICIALEDICTOS...............................................16a19REMATES..............................................19-20

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.............................20a22ACTA ......................................................22AUMENTO DE CAPITAL ................. 22INSCRIPCION DE MARTILLEROY CORREDOR PUBLICO................... 22TRANSFERENCIA FONDODE COMERCIO....................................22-23CONVOCATORIAS..............................23PARTIDOS POLÍTICOS (CC ARI -TODOS POR TODOS).........................23a28AVISOS BOLETIN OFICIAL.............. 28a30

Ley Nº 40,modificada por Ley Nº 4800

Artículo 3°.- El texto de las leyesprovinciales, el de los decretos yresoluciones del Poder Ejecutivo y elde otros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial, serántenidos por auténticos.

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos,etc., a insertar en este Boletín,concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

9 de Julio 933 - Tel/Fax: 0298 - 4431230.– Cipolletti:

Irigoyen 315 - Tel.: 0299 - 4773331. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450 - Tel/Fax: 02944 - 428112.

A V I S O

EJEMPLAR DEL DIA……………………………… $ 8,00

EJEMPLAR ATRASADO HASTA 1 AÑO ………… $ 16,00

EJEMPLAR ATRASADO DE 1 a 3 AÑOS………… $ 32,00

EJEMPLAR ATRASADO MAS DE 3 AÑOS ……… $ 40,00