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Viedma, 7 de Julio de 2011 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 58) Precio Ejemplar del día: $ 4,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO LII EDICION DE 58 PAGINAS Nº 4948 DECRETOS ––– DECRETO Nº 545 Viedma, 10 de junio de 2011.- Visto, El Expediente N° 133.708-PDRP-10, del Registro del Ministerio de Producción, y; CONSIDERANDO: Que mediante el presente se ratifica el Convenio Marco de Colaboración entre la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional, en adelante la FUNYDER, representada en este acto por su Presidente Profesora Teresa Petrona VEGA, DNI N° 17.025.740, y el Ministerio de Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Producción Agrimensor Juan Manuel ACCATINO DNI N° 14.171.025; Que según la Cláusula Primera, el Convenio tiene por objeto brindar un marco formal a las diversas iniciativas conjuntas de cooperación recíproca que proponen promover e impulsar la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional y el Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro, en investigación científica, estudios, consultorías, asesoramiento, asistencias técnicas, capacitaciones y todo tipo de actividades, tendientes al cumplimiento de los objetivos generales y específicos del PRODERPA Río Negro; Que según la Cláusula Segunda, ambas instituciones se comprometen a desarrollar entre otras las siguientes actividades, desarrollar investigaciones científicas, estudios y consultorías para el análisis, diagnóstico y recomendaciones de medidas de política para todas las fases y aspectos de un proyecto de negocio rural: producción, acondicionamiento, procesamiento, comercialización e inserción en las cadenas de valor de su producción. Prestar servicios de asistencia técnica y capacitación con el objetivo de dotar a las organizaciones de las capacidades y habilidades necesarias para su óptimo desenvolvimiento en el territorio y su inserción exitosa y sostenible en cadenas productivas locales, provinciales, nacionales internacionales, todas aquellas actividades y/o proyectos de dimensión socioeconómica y cultural de alcance local y regional que redunden en beneficios de la población de la comunidad regional; Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Producción y la Fiscalía de Estado a fojas 11 vuelta; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial; Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Ratificar el Convenio Marco de Colaboración entre la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional, en adelante la FUNYDER, representada en este acto por su Presidente Profesora Teresa Petrona VEGA, DNI N° 17.025.740, y el Ministerio de Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Producción Agrimensor Juan Manuel ACCATINO DNI N° 14.171.025, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.- Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Producción.- Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.- SAIZ.- J. M. Accatino.- ——— CONVENIO MARCO DE COLABORACION entre FUNYDER (Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional) y PRODERPA Río Negro (Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro) Entre la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional, en adelante la FUNYDER, representara en este acto por su Presidente Prof. Teresa Petrona Vega, DNI 17.025.740, y el Ministerio de Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Producción Agr. Juan Manuel Accatino DNI 14.171.025, atendiendo a la necesidad de PRODERPA Río Negro de llevar a cabo estudios, investigaciones y otras acciones con el concurso de entidades académicas o consultoras; a la importancia de que tales entidades reúnan condiciones de idoneidad y prestigio reconocidas para asegurar la mejor calidad de los productos y servicios contratados y la conveniencia de afianzar las ventajas económicas y técnicas por medio de una colaboración sostenida en el tiempo y formalizada en sus términos, acuerdan celebrar el presente CONVENIO DE COLABORACION con los fines y alcances que se establecen en las cláusulas siguiente: PRIMERA: El objeto del presente convenio, es brindar un marco formal a las diversas iniciativas conjuntas de cooperación recíproca que proponen promover e impulsar la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el Desarrollo Regional y el Proyecto para el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro, en investigación científica, estudios, consultorías, asesoramiento, asistencias técnicas, capacitaciones y todo tipo de actividades, tendientes al cumplimiento de los objetivos generales y específicos del PRODERPA Río Negro (I. Objetivo y descripción del Proyecto, A. Finalidad y Objetivos, Manual Operativo), fundamentalmente: i) Desarrollar y fortalecer las capacidades organizativas de la población objetivo en torno a actividades económicas innovadoras, orientadas a mercados y sustentables. ii) Contribuir a transformar las actividades económicas agropecuarias y no agropecuarias de subsistencia, en emprendimientos rurales sustentables. iii) Fortalecer la articulación interinstitucional para brindar mejores servicios a la población objetivo. iv) Promover e impulsar, en el marco de una organización rural, una visión proactiva de la población objetivo hacia los mercados, consolidando la participación de los productores y productoras organizados, en cadenas de valor, servicios financieros y mercados dinámicos. Se trata de que los pequeños productores no sólo mejoren sus ingresos, sino que además adquieran la capacidad de desarrollar y gestionar emprendimientos sustentables. SEGUNDA: En mérito de lo expresado en la cláusula anterior, ambas instituciones se comprometen a desarrollar entre otras las siguientes actividades: * Desarrollar investigaciones científicas, estudios y consultorias para el análisis, diagnóstico y recomendaciones de medidas de política para todas las fases y aspectos de un proyecto de negocio rural: producción, acondicionamiento, procesamiento, comercialización e inserción en las cadenas de valor de su producción.

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Page 1: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

Viedma, 7 de Julio de 2011

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

SECRETARIA GENERALDE LA GOBERNACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 58)

Precio Ejemplar del día: $ 4,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO LII EDICION DE 58 PAGINAS

Nº 4948

DECRETOS–––

DECRETO Nº 545Viedma, 10 de junio de 2011.-

Visto, El Expediente N° 133.708-PDRP-10, del Registro del Ministeriode Producción, y;

CONSIDERANDO:Que mediante el presente se ratifica el Convenio Marco de Colaboración

entre la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el DesarrolloRegional, en adelante la FUNYDER, representada en este acto por suPresidente Profesora Teresa Petrona VEGA, DNI N° 17.025.740, y elMinisterio de Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Ruralde la Patagonia Río Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representadaen este acto por el Ministro de Producción Agrimensor Juan ManuelACCATINO DNI N° 14.171.025;

Que según la Cláusula Primera, el Convenio tiene por objeto brindar unmarco formal a las diversas iniciativas conjuntas de cooperación recíprocaque proponen promover e impulsar la Fundación de la Universidad Nacionaldel Comahue para el Desarrollo Regional y el Proyecto para el DesarrolloRural de la Patagonia Río Negro, en investigación científica, estudios,consultorías, asesoramiento, asistencias técnicas, capacitaciones y todo tipode actividades, tendientes al cumplimiento de los objetivos generales yespecíficos del PRODERPA Río Negro;

Que según la Cláusula Segunda, ambas instituciones se comprometen adesarrollar entre otras las siguientes actividades, desarrollar investigacionescientíficas, estudios y consultorías para el análisis, diagnóstico yrecomendaciones de medidas de política para todas las fases y aspectos de unproyecto de negocio rural: producción, acondicionamiento, procesamiento,comercialización e inserción en las cadenas de valor de su producción. Prestarservicios de asistencia técnica y capacitación con el objetivo de dotar a lasorganizaciones de las capacidades y habilidades necesarias para su óptimodesenvolvimiento en el territorio y su inserción exitosa y sostenible encadenas productivas locales, provinciales, nacionales internacionales, todasaquellas actividades y/o proyectos de dimensión socioeconómica y culturalde alcance local y regional que redunden en beneficios de la población de lacomunidad regional;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Asesoría Legal del Ministerio de Producción y la Fiscalía de Estado a fojas11 vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en elArtículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratificar el Convenio Marco de Colaboración entre laFundación de la Universidad Nacional del Comahue para el DesarrolloRegional, en adelante la FUNYDER, representada en este acto por suPresidente Profesora Teresa Petrona VEGA, DNI N° 17.025.740, y elMinisterio de Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Ruralde la Patagonia Río Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representadaen este acto por el Ministro de Producción Agrimensor Juan ManuelACCATINO DNI N° 14.171.025, que como Anexo forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deProducción.-

Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.-

SAIZ.- J. M. Accatino.-———

CONVENIO MARCO DE COLABORACIONentre FUNYDER (Fundación de la Universidad Nacional del Comahue

para el Desarrollo Regional)y PRODERPA Río Negro (Proyecto para el Desarrollo Rural de la

Patagonia Río Negro)Entre la Fundación de la Universidad Nacional del Comahue para el

Desarrollo Regional, en adelante la FUNYDER, representara en este actopor su Presidente Prof. Teresa Petrona Vega, DNI 17.025.740, y el Ministeriode Producción de Río Negro, Proyecto para el Desarrollo Rural de la PatagoniaRío Negro, en adelante PRODERPA Río Negro, representada en este actopor el Ministro de Producción Agr. Juan Manuel Accatino DNI 14.171.025,atendiendo a la necesidad de PRODERPA Río Negro de llevar a cabo estudios,investigaciones y otras acciones con el concurso de entidades académicas oconsultoras; a la importancia de que tales entidades reúnan condiciones deidoneidad y prestigio reconocidas para asegurar la mejor calidad de losproductos y servicios contratados y la conveniencia de afianzar las ventajaseconómicas y técnicas por medio de una colaboración sostenida en el tiempoy formalizada en sus términos, acuerdan celebrar el presente CONVENIODE COLABORACION con los fines y alcances que se establecen en lascláusulas siguiente:

PRIMERA: El objeto del presente convenio, es brindar un marco formala las diversas iniciativas conjuntas de cooperación recíproca que proponenpromover e impulsar la Fundación de la Universidad Nacional del Comahuepara el Desarrollo Regional y el Proyecto para el Desarrollo Rural de laPatagonia Río Negro, en investigación científica, estudios, consultorías,asesoramiento, asistencias técnicas, capacitaciones y todo tipo de actividades,tendientes al cumplimiento de los objetivos generales y específicos delPRODERPA Río Negro (I. Objetivo y descripción del Proyecto, A. Finalidady Objetivos, Manual Operativo), fundamentalmente:

i) Desarrollar y fortalecer las capacidades organizativas de la poblaciónobjetivo en torno a actividades económicas innovadoras, orientadas amercados y sustentables.

ii)Contribuir a transformar las actividades económicas agropecuarias yno agropecuarias de subsistencia, en emprendimientos ruralessustentables.

iii) Fortalecer la articulación interinstitucional para brindar mejoresservicios a la población objetivo.

iv) Promover e impulsar, en el marco de una organización rural, unavisión proactiva de la población objetivo hacia los mercados,consolidando la participación de los productores y productorasorganizados, en cadenas de valor, servicios financieros y mercadosdinámicos. Se trata de que los pequeños productores no sólo mejorensus ingresos, sino que además adquieran la capacidad de desarrollar ygestionar emprendimientos sustentables.

SEGUNDA: En mérito de lo expresado en la cláusula anterior, ambasinstituciones se comprometen a desarrollar entre otras las siguientesactividades:

* Desarrollar investigaciones científicas, estudios y consultorias para elanálisis, diagnóstico y recomendaciones de medidas de política paratodas las fases y aspectos de un proyecto de negocio rural: producción,acondicionamiento, procesamiento, comercialización e inserción enlas cadenas de valor de su producción.

Page 2: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

2Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

* Prestar servicios de asistencia técnica y capacitación con el objetivo dedotar a las organizaciones de las capacidades y habilidades necesariaspara su óptimo desenvolvimiento en el territorio y su inserción exitosay sostenible en cadenas productivas locales, provinciales, nacionalesinternacionales.

* Todas aquellas actividades y/o proyectos de dimensión socioeconómicay cultural de alcance local y regional que redunden en beneficios de lapoblación de la comunidad regional.

TERCERA: Para los fines que persigue la implementación del presenteconvenio, las partes aportarán, dentro de sus posibilidades, los recursoshumanos, económicos y técnicos que tuvieren a su alcance y/o disponibilidad.

CUARTA: La implementación de las acciones emergentes del presentese hará mediante la firma de acuerdos específicos con sus correspondientesobjetivos, planes de trabajo, plazos, recursos, personal afectado y a través delos responsables institucionales de los mismos.

En ese marco, se elaborarán Anexos para cada acción que sea financiadapor PRODERPA Río Negro, toda vez que existan disponibilidades de fondosasignables para hacerlo. Una vez suscriptos los Anexos formarán parteintegral del presente. En todos los casos que así lo disponga la normativa dePRODERPA deberá solicitarse la No Objeción del Fondo Internacional deDesarrollo Agrícola.

QUINTA: Ambas Instituciones convienen que en caso de afectación depersonal, según lo prescripto por el presente, el mismo estará sujeto a lasnormas vigentes en sus respectivas instituciones.

SEXTA: Los bienes muebles e inmuebles que se destinen al presenteconvenio continuarán en el patrimonio de la parte a la que pertenezcan.

SÉPTIMA: Teniendo en cuenta el carácter público de ambas Institucionesfirmantes, se considera que los estudios, proyectos, informes y demásdocumentos que se produzcan en el marco del presente convenio constituyeninformación pública de libre acceso, sin perjuicio de la reserva temporal yprovisoria que, eventualmente, se establezca en los convenios específicos,respecto de información determinada con el único objeto de asegurar que lamisma beneficie a los destinatarios directos del proyecto.

OCTAVA: En caso de que, como consecuencia de los trabajos realizadosen virtud del presente convenio, se obtuvieran resultados utilizablescomercialmente o que constituyeran fuentes de recursos económicos, suaplicación será motivo de un acuerdo especial que establezca las obligacionesrecíprocas y beneficios respectivos.

NOVENA: El Convenio tendrá una duración de dos años, a cuyo términose renovará automáticamente por períodos iguales sólo hasta la fecha determinación del PRODERPA Río Negro y sucesivos si ninguna de las partescomunicara su intención de denunciarlo treinta (30) días antes de la fecha deexpiración del período respectivo: debiendo cumplirse hasta su terminaciónlos planes de trabajo acordados previamente.

DECIMA: A todos los efectos legales y judiciales la FUNYDER fijadomicilio en la calle Buenos Aires 1400 de la Ciudad de Neuquén y el Proyectopara el Desarrollo Rural de la Patagonia Río Negro en la calle San Martín 84,de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro.-

DÉCIMO PRIMERA: En caso de controversia entre las partes porla apl icación o interpretación de este Convenio las mismas secomprometen a extremar acciones para su resolución amistosa.-

DÉCIMO SEGUNDA: Ante cualquier divergencia que pudiera resultarde la interpretación del presente convenio, las partes acuerdansometerse a la Justicia Federal para dirimir controversias.-

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismotenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Viedma, capital de la Provinciade Río Negro, a los 18 días del mes de noviembre del año 2010.-

—oOo—DECRETO Nº 546

Viedma, 10 de junio de 2011.-Visto, el Expte. N° 126.463-RENTAS-2.009 del Registro de la Dirección

General de Rentas, la Ley L N° 4.420, el Decreto L N° 463/09, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la incorporación a la Planta Permanente de

la Administración Pública Provincial, del personal temporario ingresadocon anterioridad al 30 de Abril de 2.009, conforme lo previsto en el Artículo1° de la Ley L N° 4.420;

Que asimismo, la citada Ley fija las condiciones que debe reunir el personaltemporario con vista a su ingreso a la Planta Permanente de la AdministraciónPública Provincial;

Que el Decreto L N° 463/09, reglamenta los recaudos a cumplimentarpara tornar operativa la Ley;

Que los agentes que se detallan en los Anexos I y II que forman partedel presente Decreto han aprobado el examen previsto por la Resolución N°1.698/10 de la Dirección General de Rentas del llamado a proceso deevaluación para determinar la idoneidad de los postulantes, en el marco delArtículo 11° del Anexo II del Decreto Reglamentario L N° 463/09;

Que los mismos reúnen todos los requisitos y condiciones exigidos por laLey L N° 4.420;

Que el Artículo 8° de la Ley L N° 4.420 y el Decreto Reglamentario L N°463/09, determinan que el ingreso de los agentes se realizará por la categoríamínima del agrupamiento en el que cumplen efectivamente funciones,tomando en cuenta lo previsto en el Artículo 4° de la Ley L N° 3.959;

Que las categorías asignadas en los Anexos I y II del presente Decreto, secorresponden con el cómputo certificado a fojas 120 por el área de RecursosHumanos conforme las previsiones del Artículo 4° de la Ley L N° 3.959,dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, yen ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en conceptode diferencias salariales por dicho concepto;

Que el presente Decreto se dicta en cumplimiento de lo dispuestopor la Ley L N° 4.420 y el Artículo 31° del Anexo II del Decreto L N° 463/09;

Que la aptitud psicofísica de los postulantes, exigida por la normativa deriesgos de trabajo, Resoluciones N° 043/97 y N° 054/98 de la Superintendenciade Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante los exámenespreocupacionales realizados por el Sistema de Juntas Médicas de la Provinciade Río Negro, de acuerdo a las constancias agregadas en fojas 28/29, 31/32,34, 36, 38/39 y 41;

Que en cumplimiento del Artículo 42° de la Ley N° 4.599 del Presupuestode Recursos y Gastos de la Administración Pública Provincial, para el ejerciciofiscal 2.011, se ha dado intervención a la Subsecretaría de Presupuesto delMinisterio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, laAsesoría Legal de la Dirección General de Rentas, la Secretaría Ejecutiva delConsejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado yFiscalía de Estado, mediante Vista N° 00800-11;

Que el presente Decreto se dicta en usa de las facultades conferidas por elArtículo 181° inciso 3) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Incorporar a partir de la fecha del presente Decreto a la PlantaPermanente de la Administración Pública Provincial, a los agentes que cumplenfunciones en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro, en losAgrupamientos y Categorías que se detallan en las Planillas Anexas I y II que formanparte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo normado por la Ley L N°4.420 y su Decreto Reglamentario L N° 463/09.-

Art. 2°.- El gasto que origine la presente asignación, será imputado a:Entidad 48, Programa 11, Subprograma 00, Proyecto 00, Partida 100,Actividades 04 y 05, a cargo de la Dirección General de Rentas.-

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deHacienda, Obras y Servicios Públicos.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.-

SAIZ.- C. A. Oliva——————

PLANILLA ANEXA I AL DECRETO N° 546Organismo: Dirección General de RentasEscalafón: Ley L N° 1.844, Modificado por Ley N° 4.541Agrupamiento: Administrativo

Page 3: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

3Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

PLANILLA ANEXA II AL DECRETO N° 546Organismo: Dirección General de RentasEscalafón: Ley L N° 1.844, Modificado por Ley N° 4.541Agrupamiento: Profesional

DECRETO Nº 547Viedma, 10 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 079.124-DRHYC-2.011, del Registro delMinisterio de Familia, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones, se tramita la Promoción Automática

del Señor Juan Carlos LEUZE (DNI N° 17.989.751) con situación de revistaen la Jurisdicción 19, Programa 01, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad01, dependiente del Ministerio de Familia, en la categoría, agrupamiento yfecha que se detalla en la Planilla Anexa que forma parte integrante delpresente Decreto;

Que el agente en cuestión, reúne los requisitos establecidos por elArt. 4° de la Ley N° 4.541 modificatorio del Art. 13 de la Ley L N°1.844;

Que el Artículo 1° de la Ley L N° 3.959, fija un Régimen RetributivoTransitorio, a partir del 01 de Enero de 2.005, restableciendo la carreraadministrativa de los Regímenes Escalafonarios pertenecientes a laAdministración Pública Provincial;

Que a fojas 20 ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto delMinisterio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos en el término del Art. 42de la Ley N° 4.599;

Que han tomado debida intervención Los Organismos de Control, AsesoríaLegal del Ministerio de Familia, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincialde la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado a fojas22, vuelta;

———oOo———

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Promuévase Automáticamente al Señor Juan Carlos LEUZE(DNI N° 17.989.751) con situación de revista en la Jurisdicción 19, Programa01, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, dependiente del Ministeriode Familia, por aplicación del Artículo 4° de la Ley N° 4.541 modificatoriodel Artículo 13° de la Ley L N° 1.844, a partir de la categoría, agrupamientoy fecha indicadas en Planilla Anexa que forma parte integrante del presenteDecreto.-

Art. 2°.- Comprométase el gasto que demanda la presente erogación a loscréditos de la Jurisdicción: 19, Programa: 01.00.00.01, a cargo del Ministeriode Familia.-

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deFamilia.-

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.-

SAIZ.- A. D. Pega.-

———

PLANILLA ANEXA AL DECRETO N° 547

———oOo———

DECRETO Nº 551Viedma, 10 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 10.555-2.007, del Registro del Ente ProvincialRegulador de la Electricidad (EPRE), y;

CONSIDERANDO;Que la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima, (EDERSA)

interpone Recurso de Alzada contra la Resolución N° 233/09 del EnteProvincial Regulador de la Electricidad, (EPRE), por medio de la cual serechaza el Recurso de Revocatoria contra la Resolución EPRE N° 163/09;

Que el recurrente manifiesta que el pago de potencia -vía cargo de uso deRed- constituye una remuneración a la Distribuidora que tiene la obligaciónde expandir sus redes en función de la demanda de sus propios clientes y lademanda de los Grandes Usuarios conectados a sus redes;

Que la estructura tarifaria definitiva por ese ENTE, parte de la premisaque las redes deben configurarse y expandirse de función de los picos máximosde potencia de doce (12) meses, este plazo sigue considerándose comoreferente para poder adoptar alguna de las modalidades de contratación en elnuevo esquema dispuesto por el cuadro y régimen tarifario vigente ResoluciónN° 118/08;

Que el recurrente considera que lo resuelto implica una interpretaciónerrónea que expone a EDERSA a una mengua de sus ingresos, que lógicamenteimpacta en la ecuación de su negocio y repercute en la sostenibilidad de laactividad de distribución de energía eléctrica;

Que ha expuesto en la impugnación de la Resolución N° 163/09, que lamisma se aparta del reglamento que rige el tema- Contrato de ConcesiónAnexo I Capítulo 33 Inciso 2) y Resoluciones N° 648/02 y N° 276/04;

Que para el Ente la posibilidad de efectuar declaraciones trimestrales leotorga una solución definitiva al tema de la estacionalidad de los consumos,entendiendo el recurrente que se pretende correr el eje de la discusión ycentrar la cuestión en una simple discrepancia interpretativa del marcoaplicable. Sostiene que supuestamente la distribuidora habría consentido encuanto a la legalidad del proceder del cliente;

Que entiende el Ente, que hay ausencia de perjuicio económico, noobstante sostiene el recurrente que la maniobra del cliente, que adapta sucontratación de potencia anual hacia un esquema estacional, pero pagandolos valores de la tarifa anual, perjudica los ingresos de la distribuidora, ya quecomo expuso anteriormente en el sistema anterior este esquema no estabaprevisto; considera que el impacto económico de tal maniobra es por demássignificativo, conforme notas de crédito adjuntas- e implica una lesión alderecho constitucional de propiedad de la distribuidora, protegido por elArtículo 17° de la Constitución Nacional, acreditando un perjuicio real enlos ingresos;

Que sostiene el recurrente que los costos por usos de las redes, que danlugar a las tarifas respectivas se calculan como valores anuales, es decir quesuponiendo que las anualidades ($) se recuperan aplicando un valor (tarifa $/KW) sobre una potencia anual, luego este valor, en el caso de los grandes

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4Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

usuarios se divide por doce (12) meses por una cuestión del periodo defacturación, resultando falaz lo manifestado por el Ente pues resulta validopara el nuevo cuadro tarifario, pero no para el que estaba vigente a la fechade la controversia; Considerando que las Resoluciones N° 163/09 y N° 233/09 del EPRE, importan una modificación sustancial al esquema anteriordeterminado por la Resolución N° 648/02, habiendo el Ente acudido a sofismaspara rodear de una seudo legitimidad lo allí resuelto, sostiene que se haseguido en la resolución del caso un razonamiento absurdo que quiebra lasleyes de la lógica, de la experiencia y de la sana crítica, considerando lasresoluciones recurridas como actos viciados de nulidad, absoluta e insanable;

Que del análisis de las actuaciones surge, que se inician las mismas atentoel planteo de la distribuidora, en relación a los valores de potencia, que debenconsiderarse para la facturación de los consumos;

Que la firma Expofrut SA durante el transcurso de un contrato anual depotencia cambio su Declaración Jurada, aumentando el valor a fin de iniciarun nuevo ciclo anual, de esta manera al finalizar el ciclo anual esta encondiciones de disminuir sustancialmente la potencia declarada hasta elinicio de una nueva temporada productiva en que vuelve a modificar ladeclaración dentro del contrato anual, para aumentar la potencia requerida;

Que la empresa mediante Nota de fecha 21 de Diciembre de 2.006,remitida a EDERSA, considera que para la liquidación de los últimos períodosde suministro no se ha tenido en cuenta la declaración de capacidad desuministro vigente desde el 01/06/06 al 31/05/07, conforme la normativavigente Resolución N° 648/02, que en su Anexo I Página 6, define la capacidadde suministro y expresa que “el usuario también podrá en cualquier momentosolicitar formalmente una potencia mayor a su capacidad máxima desuministro acordada y puesta a disposición. El usuario solo podrá solicitarformalmente una potencia menor a la capacidad máxima de suministroacordada y puesta a disposición, al momento del vencimiento de un ciclo dedoce (12) meses”;

Que manifiesta que se requirió una potencia de 650 Kw para el períododesde el 01/06/06 hasta el 31/05/07 y el ciclo de doce (12) meses de laanterior capacidad máxima de suministro acordada venció el 31/05/06, yposteriormente se solicito una potencia de 1732 Kw, para el período desdeel 01/01/07 hasta el 31/12/07, solicitando una nueva facturación y se emitanlas notas de crédito correspondiente;

Que EDERSA da respuesta al pedido de Expofrut SA, mediante notasobrantes a fojas 28/32, indicando que las declaraciones presentadas no guardanrelación con la potencia realmente registrada en el suministro en cuestión,razón por la cual no será considerada, manteniéndose para la facturación delconcepto Cargo por uso de Red, la última declaración vigente, no siendocorrecto aplicar el marco normativo conforme la interpretación de la firmaExpofrut SA;

Que a fojas 124/129 la empresa Expofrut SA, presenta reclamo, tomandointervención el área Técnica de Regulación y Tarifas del EPRE a fojas 150/153, la cual concluye que la Empresa Expofrut actúa dentro de la normativaestablecida por el EPRE, al declarar la potencia, como lo hace en los distintospuntos de suministro. Tal normativa esta desarrollada con el objeto deasegurar a la distribuidora los ingresos anuales correspondientes en funciónde los requerimientos del usuario, no impidiendo que EDERSA tenga ingresosadicionales de los usuarios declarados en exceso como tampoco, que elusuario se beneficie en el largo plazo con declaraciones que se aproximen asu modalidad de consumo;

Que la tarifa a usuario final y en particular el concepto que importa en eltratamiento de este tema, el cargo por uso de Red, remunera la disponibilidadde la red para la máxima potencia solicitada por el usuario. Su cálculoimplica valorizar el costo de dichas redes y luego establecer una anualidad demanera de asegurar a la Distribuidora los ingresos necesarios para sostener laRed Adaptada a la Demanda (RAD). La mencionada RAD tiene que ver contodo el mercado de la Distribuidora, y en lo que respecta a los usuarios T2, sebasa en las Declaraciones de Potencia de éstos, las cuales afectadas a unasimultaneidad y coincidencia con la máxima de la categoría, permite establecerel cargo de uso de Red (CUR), medio para todos los usuarios, salvo que serequiera una mayor, lo que implicará que el usuario remunere al mismo costoun monto mayor, proporcional a su aumento, con lo cual la Distribuidora seasegura los ingresos por una red mayor;

Que con relación a la normativa aplicable, la Resolución N° 648/02, fijael procedimiento para la determinación del cuadro Tarifario y el CuadroTarifario de EDERSA, en sus anexos, los que regirán a partir del 1° deNoviembre de 2.001, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución EPREN° 546/01, dejando sin efecto los puntos A, A2, B y B3 del Subanexo 2 delContrato de Concesión;

Que en su Artículo 3°, aprueba el Régimen Tarifario de la distribuidoraEDERSA, dejando sin efecto el Subanexo 1 del Contrato de Concesión.Asimismo la mencionada resolución ha sido modificada por la ResoluciónN° 276/04 del EPRE, que en su anexo I “Grandes Demanda”, determina queel usuario también podrá en cualquier momento solicitar formalmente unapotencia mayor a la capacidad máxima de suministro acordada y puesta a sudisposición;

Que la norma indica que el usuario solo podrá solicitar formalmente unapotencia menor a la capacidad máxima de suministro acordada y puesta adisposición, al momento del vencimiento de un ciclo de doce meses. El valorde capacidad máxima de suministro, será valido y aplicable, a los efectos dela facturación del cargo por uso de red correspondiente, durante un períodode doce meses consecutivos contados a partir de la firma del Contrato deEncuadramiento y en lo sucesivo por ciclos de doce (12) meses, en caso deque se renovara en forma automática o las partes acuerden su renovación;

Que la normativa aplicable expresamente determina que: Si el usuariodecide modificar su capacidad de suministro en el ranscurso de los doce (12)meses de vigencia de su contrato de encuadramiento, solo podrá hacerlo poruna potencia mayor, para lo cual deberá convenir una nueva capacidad desuministro, la que reemplazará a la anterior a partir de la fecha del nuevocontrato y regirá por los próximos doce (12) meses;

Que el EPRE oportunamente sostuvo que esta disposición normativatiene por fundamento que la Declaración de Potencia se utilice para lafacturación del cargo por uso de Red, el cual debe remunerar el costo de lasinstalaciones de distribución puestas a disposición del usuario para suabastecimiento, cuyo cómputo depende justamente de la máxima potenciademandada y su cálculo está anualizado, de allí, la necesidad del compromisode pago uniforme en función de la máxima potencia requerida por el plazode doce (12) meses;

Que durante el plazo de vigencia de la declaración de potencia únicamentese puede modificar la misma por una potencia mayor, pudiendo reducir elrequerimiento de potencia exclusivamente al vencimiento del plazo antesreferido;

Que la empresa Expofrut SA, procedió a aumentar sus declaraciones depotencia dentro del período de vigencia anual de algunas Declaraciones, sibien en magnitudes insignificantes, este accionar no esta prohibido por lanorma, siendo el único requisito para la modificación de la Declaración elaumentar la potencia demandada y no existe un requerimiento de una variaciónmínima fijado. De igual modo en todos los casos que el usuario procedió adisminuir sus declaraciones de Potencia lo hizo una vez vencido el contratoanual anterior;

Que el usuario Expofrut SA ha modificado sus declaraciones de potenciaen un todo de acuerdo a los plazos y procedimientos establecido por lareglamentación vigente, razón por la cual la distribuidora EDERSA estaobligada a facturarle el cargo por uso de red correspondiente, conforme ladeclaración de potencia vigente en cada momento;

Que como ha sostenido el Ente el accionar objetado por EDERSA selimita solo al usuario Expofrut S.A, lo que no puede entenderse perjudicialpara la ecuación económica financiera de la distribuidora, sino que respondea la necesidad concreta de un usuario particular, para adaptar su demanda deenergía a su forma estacional de consumo;

Que las resoluciones atacada, han sido dictadas en uso de las facultadesatribuidas al EPRE por el Art. 3° Incs. a) y e) de la Ley J N° 2.986, queestablece que el Ente tiene la atribución de a) Hacer cumplir normas vigentes,en particular la Ley Provincial J N° 2.902, su reglamentación y disposicionescomplementarias, controlando la prestación de los servicios y el cumpli-miento de las obligaciones a cargo de los concesionarios y autorizados,haciendo respetar al respecto la Ley Provincial D N° 2.817, y el Inc. e)Establecer las bases para el cálculo de las tarifas de los contratos que otorguenconcesiones a transportistas y distribuidores y controlar que las tarifas seanaplicadas de conformidad con las correspondientes concesiones y disposi-ciones de la Ley Provincial J N° 2.902 y de la presente y conforme el Inc.t) tiene la atribución de realizar todo otro acto que sea necesario para elmejor cumplimiento de sus funciones y de los fines de la ley y sureglamentación;

Que en uso de tales facultades se aprobó el Régimen Tarifario de laDistribuidora EDERSA, y el procedimiento para la determinación del cuadroTarifario y Cuadro Tarifario de EDERSA, con el dictado de las ResolucionesN° 648/02 y N° 276/04, que han sido oportunamente consentidas por laDistribuidora EDERSA;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estadomediante Vista N° 01013-11;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° Inciso 7) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador de la Provincia de Río Negro

D E C R E T A:Artículo 1°.- Rechazar el Recurso de Alzada, interpuesto por la Empresa

de Energía Río Negro Sociedad Anónima, (EDERSA) contra la ResoluciónN° 233/09 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad, (EPRE), por losconsiderandos antes descriptos.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno.Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín

Oficial y archivar.-SAIZ.- D. R. Larreguy.-

Page 5: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

5Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

DECRETO Nº 559Viedma, 15 de junio de 2011.

Visto, el Expediente Nº 26355-SSP-11, delregistro del Ministerio de Hacienda, Obras yServicios Públicos, la Ley N° 4599 del PresupuestoGeneral para la Administración Provincial, y;

CONSIDERANDO:Que a solicitud de las distintas Jurisdicciones

Administrativas, es preciso adecuar los créditospresupuestarios contenidos en el Presupuestovigente;

Que la Ley N° 4599 autoriza al Poder Ejecutivoa realizar modificaciones dentro del total de loscréditos que son asignados por la Ley dePresupuesto, debiendo en todos los casoscomunicarlas al Poder Legislativo;

Que ha tomado debida intervención la AsesoríaLegal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesconferidas por el Artículo 181 inciso 1) de laConstitución Provincial.

Por ello,El Gobernador de la Provincia de Río Negro

DECRETA:Artículo 1°.- Modifícase el Cálculo de Recursos

de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N°I, que forma parte del presente.

Art. 2°.- Modificase el Resumen de Gastos porOrganismo y Objeto del Gasto de acuerdo al detalleobrante en Planilla Anexa N° II, que forma partedel presente.

Art. 3°.- Modifícase el Presupuesto Ge-neral de Gastos de acuerdo al detalle obrante enPlanilla Anexa N° III, que forma parte del pre-sente.

Art. 4°.- Creánse las Categorías Programáticascorrespondientes a las distintas JurisdiccionesAdministrativas detalladas en la Planilla Anexa NºIV, que forma parte del presente.

Art. 5º.- El presente Decreto entrará en vigenciaa partir de la fecha del mismo.

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendadopor el Sr. Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- C. A. Oliva.

——————————PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 559

TOTAL DE RECURSOS

Cód. Detal le Organismo Monto en Pesos Total Org. en Pesos12943 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS - BONOS (RTAS. GRALES.) ............... 00 385,40 333.511,7324433 DE MUNICIPALIDADES Y OTRAS PROVINCIAS ............................................. 00 222.126,33

TOTAL DE RENTAS GENERALES........................................................................ 222.511,73

34569 REMANENTE REC. 11263 - IMP. ING. BR. - FONDO SOCIAL - CPSP ......... 44 258.536,77 258.536,77TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA.............. 258.536,77TOTAL DE RECURSOS ............................................................................................ 481.048,50 481.048,50

——————————

PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 559RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO

– En Pesos –

ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTAL GRUPO 800

01

09

17

38

42

43

44

PODER JUDICIAL

AGENCIA RIO NEGRO CULTURA

MINISTERIO DE GOBIERNO

OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA VIVIENDA DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA

234,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

6,000.00

0.00

-70,000.00

0.00

2,000.00

-50,000.00

0.00

10,000.00

-5,255.66

64,000.00

5,255.66

-2,000.00

-150,000.00

258,536.77

0.00

0.00

6,000.00

0.00

0.00

200,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

1,950,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

-1,977,488.27

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

234,000.00 -112,000.00 180,536.77 206,000.00 1,950,000.00 0.00 -1,977,488.27 0.00

250,000.00

-5,255.66

0.00

-22,232.61

0.00

0.00

258,536.77

481,048.50

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

TOTALES: 234,000.00 -112,000.00 180,536.77 206,000.00 1,950,000.00 0.00 -1,977,488.27 0.00 481,048.50 0.00

——————————PLANILLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 559

O R G AN .. F IN AN C IAM IE N TO C O N C E P T O IM PO R TE P R O G R . S U B P R O G . P R O YE C T O AC T IV - O B R A

P AR T ID A

01

09

17

38

42

43

12

12

17

11

24

24

24

24

24

24

24

24

24

97

97

97

97

97

97

99

99

17

17

17

18

18

18

18

18

18

18

18

18

18

19

11

11

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

00

01

02

03

01

02

02

02

02

02

02

02

02

03

03

00

00

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

01

04

23

68

55

82

63

01

01

53

73

73

86

88

94

80

77

01

01

29 9

39 9

11 3

35 3

21 1

22 2

23 2

25 6

26 1

29 1

33 1

37 1

43 7

71 5

71 7

71 7

76 6

76 6

76 6

35 4

57 2

42 1

42 1

42 1

42 1

29 6

37 1

42 1

42 1

42 1

42 1

42 1

42 1

42 1

42 1

25 6

33 9

10

10

10

10

12 11 8

12 11 8

12 11 8

12 11 8

12 11 8

12 11 8

12 11 8

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

24 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

11 41 1

24 41 1

12 31 9

12 31 9

O T R O S N O E S P E C IF IC A D O S P R E C E D E N T E M E N T E

O T R O S N O E S P E C IF IC A D O S PR E C E D E N T E M E N T E

A D IC IO N A LE S

IM P R E N T A , P U B LIC A C IO N E S Y R E P R O D U C C IO N E S

A L IM E N T O S P A RA P E R S O N A S

P R E N D AS D E V ES T IR

P A P E L PA R A C O M P U T A C IO N

C O M B U S T IB LE S Y LU B R IC A N T E S

P R O D U C T O S F E R R O S O S

E L E M E N T O S D E L IM P IE Z A

M A N T E N IM IE N T O Y R E PA R A C IO N D E E D IF IC IO S Y L O C A L ES

P A S A JE S

E Q U IP O S D E O F IC IN A Y M U E B LE S

A M O R T IZ A C IO N A N T IC IPA D A - D E U D A IN T E R N A A LA R G O P L AZ O

A M O R T IZ A C IO N D E LA DE U D A IN T E R N A A LA R G O P LA Z O

A M O R T IZ A C IO N D E LA DE U D A IN T E R N A A LA R G O P LA Z O

D IS M IN U C IO N D E C U E N T AS A P A G A R C O M E R C IA LE S A L A R G O P Z O .

D IS M IN U C IO N D E C U E N T AS A PA G A R C O M E R C IA LE S A L A R G O P Z O .

D IS M IN U C IO N D E C U E N T AS A PA G A R C O M E R C IA LE S A L A R G O P Z O .

P R IM A S Y G A S T O S D E S E G U R O S

O T R A S T R A N S F E R E N C IA S A M U N IC IP A LID A DE S

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

R E P U E S T O S Y A C C E S O R IO S

P A S A JE S

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O N S T R U C C IO N E S E N B IE N E S D E D O M IN IO P R IV A D O

C O M B U S T IB LE S Y LU B R IC A N T E S

O T R O S N O E S P E C IF IC A D O S P R E C E D E N T E M E N T E

6 ,000 .00

10 ,00 0.0 0

23 4,0 00 .00

-5 ,255 .66

-40 ,00 0.0 0

-5 ,000 .00

-5 ,000 .00

-3 ,000 .00

-4 ,000 .00

-13 ,00 0.0 0

70 ,00 0.0 0

-6 ,000 .00

6 ,000 .00

38 5.4 0

17 0,6 44 .75

51 ,48 1.5 8

-23 4,0 00 .00

-16 ,00 0.0 0

-1 ,950 ,00 0.0 0

5 ,255 .66

1 ,950 ,00 0.0 0

15 1,0 00 .00

61 1,0 00 .00

2 ,900 ,00 0.0 0

40 3,0 00 .00

2 ,000 .00

-2 ,000 .00

49 0,0 00 .00

29 6,0 00 .00

24 4,0 00 .00

-2 ,000 ,00 0.0 0

-1 ,000 ,00 0.0 0

-1 ,000 ,00 0.0 0

-85 1,0 00 .00

-24 4,0 00 .00

-50 ,00 0.0 0

-50 ,00 0.0 0

Page 6: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

6Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

43

44

11

11

11

40

40

00

00

00

00

00

00

08

00

01

02

01

52

01

01

01

341

422

342

592

592

12319

12319

34569

10

10

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y PROYECTOS DE FACTIBILIDAD

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

MEDICOS Y SANITARIOS

TRANSF. A ORGANISMOS INTERNAC. P/ FINANCIAR GASTOS CTES.

TRANSF. A ORGANISMOS INTERNAC. P/ FINANCIAR GASTOS CTES.

-100,000.00

200,000.00

258,536.77

-600,000.00

600,000.00 ——————————

PLANILLA ANEXA Nº IV, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 559

38 OBLIGACIONES A CARGODEL TESORO

1-39 99 Créditos para atenderobligaciones financieras

00 -,-

00 -,-

23 Aporte Municipios Bariloche y Línea Sur- EM 2011(*)

JURISDICCIÓN ACTIVIDAD/OBRAFINALIDAD-FUNCIÓN PROGRAMA SUBPROG. PROYECTO

(*) = Estructura Programática creada.———oOo———

DECRETO Nº 563Viedma, 16 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 36.801-CFP-2.009, del Registro de la SecretaríaGeneral de la Gobernación, las Leyes L N° 4.420, N° 4.641, el Decreto N°463/09, y;

CONSIDERANDO:Que la Ley N° 4.641 modifica el Inciso b) del Artículo 5° y el Artículo 9°

de la Ley L N° 4.420;Que resulta necesario establecer una fecha límite de presentación de

solicitudes de inscripción y reglar las pautas y el procedimiento aplicablepara el ingreso del personal temporario involucrado a la planta permanentedel Poder Ejecutivo;

Que asimismo debe adecuarse el plazo de notificación del actoadministrativo de llamado a examen de suficiencia;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativosy Fiscalía de Estado a fojas 71 Vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° Inciso 5) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Aprobar la Reglamentación de la Ley N° 4.641, la cualcomo Anexo forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- Sustituir el Artículo 11° del Anexo II del Decreto L N° 463/09,que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 11°.- Llamado a Proceso de Evaluación: Cadaorganismo, para determinar la idoneidad del postulante, deberá dictarel acto administrativo de llamando a proceso de evaluación conformelo previsto en la Ley A N° 2.938.

El Organismo deberá notificar al postulante lugar, fecha y hora dela evaluación escrita y la composición de la “Comisión EvaluadoraLocal”, con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles.-”

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deGobierno.

Art. 4°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.

SAIZ.- D. R. Larreguy.-

ANEXO AL DECRETO N° 563ARTICULO 1°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 2°.- A los efectos del presente Artículo deberá estarse a lo

previsto en el Decreto L N° 463/09.El personal temporario comprendido en los términos del Artículo 1° de

la presente Ley, y que no hayan aún iniciado trámite alguno relacionado alingreso a planta permanente, deberán presentar la solicitud de inscripciónantes del día 24 de Junio de 2.011.-

—oOo—DECRETO Nº 605

Viedma, 24 de junio de 2011.Visto, el Expediente Nº 26376-SSP-11, del registro del Ministerio de

Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Ley N° 4599 del Pre-supuesto General para la Administración Provincial, y;

CONSIDERANDO:Que a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, es preciso

adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto vigente;Que la Ley N° 4599 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones

dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto,debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica delMinisterio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos;

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo181 inciso 1) de la Constitución Provincial.

Por ello,El Gobernador de la Provincia de Río Negro

DECRTA.Artículo 1°.- Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle

obrante en Planilla Anexa N° I, que forma parte del presente.Art. 2°.- Modificase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del

Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N° II, que forma partedel presente.

Art. 3°.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo aldetalle obrante en Planilla Anexa N° III, que forma parte del presente.

Art. 4º.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha delmismo.

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro deHacienda, Obras y Servicios Públicos.

Art. 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese alBoletín Oficial y archívese.

SAIZ.- C. A. Oliva.——————————

PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 605TOTAL DE RECURSOS

Cód. Detal le Organismo Monto en Pesos Total Org. en Pesos18111 DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL PROVINCIAL ...................................... 00 -2.016.737,65 -2.016.737,65

TOTAL DE RENTAS GENERALES........................................................................ -2.016.737,65

34549 REMANENTE RECURSO 11777 - COPAR. FDO. NAC. PESQUERO.............. 15 400.000,00 400.000,0017231 APORTE DEL TESORO NACIONAL.................................................................... 17 1.950.000,00 1.950.000,0034473 REM. REC. 11771. FONDO LEY COOPERATIVAS............................................ 21 730.501,08 730.501,08

TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y PODERES .......... 3.080.501,08

12911 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS ................................................................. 42 4.557,00 4.557,0034542 REM. REC. 11269 LEY 2542 IMP. INGRESOS BRUTOS - REC. PROPIOS .... 48 75,37 864.701,2634543 REM. REC. 11274 LEY 2542 FONDO DE REEQUIPAMIENTO - REC. PROPIOS 48 864.625,89

TOTAL DE RECURSOS ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA.............. 869.258,26TOTAL DE RECURSOS ............................................................................................ 1.933.021,69 1.933.021,69

Page 7: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

7Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

PLANILLA ANEXA Nº II,QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 605

RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO– En Pesos –

ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTAL GRUPO 800

01

02

03

13

15

17

19

21

38

42

44

45

48

59

PODER JUDICIAL

PODER LEGISLATIVO

TRIBUNAL DE CUENTAS

AGENCIA RIO NEGRO DEPORTE Y RECREACION SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

MINISTERIO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE FAMILIA

MINISTERIO DE PRODUCCION

OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA VIVIENDA CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION

DIRECCION GENERAL DE RENTAS

INSTITUTO PCIAL. DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

0.00

0.00

45,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

-23,285.15

0.00

23,285.15

167,600.00

0.00

-167,600.00

143,000.00

0.00

0.00

0.00

0.00

711,900.00

0.00

205,130.68

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

314,329.00

4,500,000.00

0.00

0.00

0.00

210,000.00

-166,981.10

495,592.54

207,003.90

0.00

0.00

-2,000,000.00

-40,022.80

0.00

42,671.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

29,777.86

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

419,600.00

400,000.00

1,950,000.00

0.00

0.00

0.00

4,557.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

-4,386,500.00

0.00

0.00

0.00

864,701.26

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

-2,016,737.65

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

45,000.00 1,060,030.68 3,519,921.54 72,448.86 2,774,157.00 0.00 -3,521,798.74 -2,016,737.65

500,000.00

4,500,000.00

45,000.00

419,600.00

400,000.00

2,871,900.00

-166,981.10

730,501.08

-6,219,518.90

4,557.00

23,285.15

-1,832,400.00

824,678.46

-167,600.00

1,933,021.69

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

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0.00

0.00

0.00

0.00

TOTALES: 45,000.00 1,060,030.68 3,519,921.54 72,448.86 2,774,157.00 0.00 -3,521,798.74 -2,016,737.65 1,933,021.69 0.00

——————————

PLANILLA ANEXA Nº III,

QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 605

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

01

02

03

13

15

17

19

21

14

14

14

14

14

14

14

14

14

11

11

11

24

01

01

01

01

01

11

11

29

29

01

04

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03

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02

02

02

02

03

03

02

02

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01

01

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01

01

01

01

01

01

01

251

299

311

312

313

314

331

436

437

344

181

513

513

231

232

255

292

353

221

256

572

572

354

372

211

211

215

221

223

231

231

232

233

234

234

235

235

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

34549

10

10

10

10

10

10

10

17231

17231

10

10

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

COMPUESTOS QUIMICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ENERGIA ELECTRICA

AGUA

GAS

TELEFONOS, TELEX Y TELEFAX

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES

ADMINISTRACION FINANCIERA Y AUDITORIA

CONTRATOS ESPECIALES

BECAS

BECAS

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

PAPEL PARA COMPUTACION

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

HILADOS Y TELAS

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

OTRAS TRANSFERENCIAS A MUNICIPALIDADES

OTRAS TRANSFERENCIAS A MUNICIPALIDADES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

VIATICOS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

HILADOS Y TELAS

CONFECCIONES TEXTILES

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

PAPEL PARA COMPUTACION

PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS

LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS

43,000.00

100,000.00

3,500.00

3,500.00

3,500.00

3,829.00

300,000.00

33,064.00

9,607.00

4,500,000.00

45,000.00

419,600.00

400,000.00

60,000.00

60,000.00

60,000.00

60,000.00

210,000.00

299,100.00

172,800.00

950,000.00

1,000,000.00

-59,000.00

-107,981.10

1,437.40

2,771.10

535.18

22.50

76.00

4,083.87

1,891.20

1,954.50

1,012.00

2,279.00

2,353.90

3,450.20

15,526.98

Page 8: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

8Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

21 19

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237

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255

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256

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276

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296

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34473

34473

34473

34473

ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES

ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES

CUEROS, PIELES Y SUS PRODUCTOS

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

COMPUESTOS QUIMICOS

COMPUESTOS QUIMICOS

INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y OTROS

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO

PRODUCTOS DE MATERIAL PLASTICO

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PRODUCTOS FERROSOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PRODUCTOS DE VIDRIO, LOZA Y PORCELANA

PRODUCTOS DE VIDRIO, LOZA Y PORCELANA

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR

UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR

REPUESTOS Y ACCESORIOS

REPUESTOS Y ACCESORIOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

AGUA

AGUA

TELEFONOS, TELEX Y TELEFAX

TELEFONOS, TELEX Y TELEFAX

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

2,639.00

6,397.80

110.00

6,854.74

7,367.24

90.00

90.00

150.60

2,676.00

10,586.91

11,439.97

48,360.17

48.00

434.32

6.00

12.00

18.00

226.80

1,040.00

740.00

2,310.50

1,886.00

5,906.90

1,396.30

79.00

287.50

656.30

399.50

39,243.30

15,528.00

378.00

378.00

209.81

209.81

2,861.00

3,587.00

900.00 21 19

19

19

19

19

19

19

19

19

19

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34473

34473

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO

ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y PROYECTOS DE FACTIBILIDAD

JURIDICOS Y NOTARIALES

JURIDICOS Y NOTARIALES

DE CAPACITACION

DE CAPACITACION

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

SERVICIOS DE GERENCIAMIENTO DE ACTIVIDADES PÚBLICAS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

TRANSPORTE

TRANSPORTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS

COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

PASAJES

PASAJES

650.00

1,070.00

2,920.00

2,360.00

8,489.00

1,160.00

2,126.00

4,155.00

27,658.92

11,589.00

365.00

3,359.50

9,708.50

650.00

1,800.00

6,000.00

3,000.00

19,225.00

80,575.00

2,760.00

1,560.00

2,700.00

1,444.74

975.00

24,310.73

4,134.82

7,094.54

2,796.92

3,986.60

1,263.00

5,084.12

1,101.22

35.95

9,740.40

42,889.88

4,917.25

18,452.53

Page 9: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

9Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

21

38

42

44

45

48

59

19

19

19

19

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19

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19

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23

25

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02

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03

03

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372

372

379

381

391

391

434

435

436

436

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766

766

766

766

766

766

766

912

912

912

912

912

354

354

111

514

111

117

331

354

788

788

121

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

34473

10

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10

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10

10

12911

10

10

10

10

34542

34543

10

VIATICOS

VIATICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

IMPUESTOS INDIRECTOS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

SERVICIOS DE CEREMONIAL

EQUIPO DE COMUNICACION Y SEÑALAMIENTO

EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

DISMINUCION DE CUENTAS A PAGAR COMERCIALES A LARGO PZO.

CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.

CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.

CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.

CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.

CONTRIBUCIONES A INST.DESC.DE LA PCIA.

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

RETRIBUCION DEL CARGO

AYUDAS SOCIALES A PERSONAS

RETRIBUCION DEL CARGO

COMPLEMENTOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

DISMINUCION DE REMANENTES - LEY DE PRESUPUESTO

DISMINUCION DE REMANENTES - LEY DE PRESUPUESTO

RETRIBUCION DEL CARGO

98,328.53

25,087.25

1,184.00

7.65

8,060.00

33,048.87

930.53

1,964.56

12,372.00

12,931.48

1,579.29

-45,000.00

-419,600.00

2,000,000.00

-500,000.00

-471,900.00

-4,500,000.00

-450,000.00

23,285.15

-2,000,000.00

167,600.00

-40,022.80

-167,600.00

40,022.80

166,981.10

-23,285.15

4,557.00

23,285.15

167,600.00

-2,000,000.00

-40,022.80

75.37

864,625.89

-167,600.00

DECRETO Nº 606Viedma, 24 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 3.669-SH-2010 del registro del Ministerio deHacienda Obras y Servicios Públicos, la Ley H N° 3.186, y;

CONSIDERANDO:Que mediante el Art. 89 inciso d) de la Ley H N° 3.186 se establece la

obligación de realizar una tipificación de los bienes de uso y consumo común;Que mediante el Decreto N° 663/76 se estableció el listado de bienes de

uso y consumo común, en cumplimiento de lo establecido en la entoncesvigente Ley de Contabilidad;

Que la Ley de contabilidad N° 847, fue derogada mediante el dictado de laley de Administración Financiera H N° 3.186, manteniendo la necesidad dela tipificación de bienes:

Que mediante el Decreto N° 985/09 se procedió a la confección delDigesto Jurídico de Decretos Reglamentarios de Leyes Provinciales;

Que en esta última norma, se declara el estado de Histórico del DecretoN° 663/76 y su modificatorio Decreto N° 831/84;

Que a través de la experiencia acumulada en los años de funcionamientodel Fondo de bienes tipificados, a cargo de la Dirección General de Suministros,se ha podido establecer la conveniencia económica de los procedimientos decompras de bienes tipificados centralizados en la citada Dirección General,para el posterior abastecimiento de las distintas dependencias del PoderEjecutivo Provincial;

Que ante la situación planteada en el considerando anterior se plantea lanecesidad de establecer una tipificación de bienes de uso y consumo común,y dotar de respaldo legal al funcionamiento del fondo de bienes tipificados,a cargo de la Dirección General de Suministros, dependiente del Ministeriode Hacienda Obras y Servicios Públicos;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, laAsesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, ContaduríaGeneral de la Provincia y Fiscalía de Estado a fojas 56 vuelta;

Que el presente se dicta en uso de las conferidas por el Artículo 181°inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Declárese bienes de uso y consumo común para toda laAdministración Central dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, a losbienes incluidos en el Anexo I del presente Decreto.-

———oOo———

Art. 2°.- Créase un Fondo destinado a la formación de Stockde bienes tipificados de uso y consumo común que se denominará“Fondo N° 1 para la provisión de bienes tipificados”, a cuyosefectos la Secretaría de Hacienda dispondrá la transferencia de losaportes del Tesoro, prevista en las respectivas Leyes de Presupues-to.-

Art. 3°.- La administración del Fondo creado en el artículo an-terior estará a cargo de la Dirección General de Suministros, de-pendiente del Ministerio de Hacienda Obras y Servicios Públi-cos.

Art. 4°.- La administración del Fondo creado en el Artículo 2° seregirá por el Reglamento que figura como Anexo II del presente Decre-to.-

Art. 5°.- Quedará prohibida para la Administración Central Provincial laadquisición de los bienes incluidos en el Anexo I, por cualquier otra vía,cualquiera sea el método seguido, salvo que se dieran las siguientescircunstancias:

a) Que la Dirección General de Suministros no posea stock de los bienesa adquirir.

b) Que los precios de adquisición sean iguales o menores a los establecidospor la Dirección General de Suministros.

c) Que se trate de compras por fondos permanentes o cajas chicas dedependencias del interior de la Provincia, en cuyo caso la provisión nodeberá exceder las necesidades para quince (15) días. En las respectivasrendiciones deberá documentarse la solicitud de esos elementos porvía reglamentaria.

Art. 6°.- La Dirección General de Suministros, queda facultada parareducir el stock de elementos comprendidos en el Anexo I, al mínimo estimadonecesario para cubrir las necesidades de servicios hasta tanto se reciban losadquiridos mediante Licitaciones globales.-

Art. 7º.- La Dirección General de Suministros, queda facultada paramodificar (agregar, eliminar) en todo o en parte el listado de BienesTipificados incluidos en el Anexo I.-

Art. 8°.- El presente comenzará a regir desde su publicación en el BoletínOficial.-

Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deHacienda, Obras y Servicios Públicos.-

Art. 10°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar a BoletínOficial y archivar.-

SAIZ.- C. A. Oliva

Page 10: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

10Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ANEXO I AL DECRETO N° 606

LISTADO DE BIENES TIPIFICADOS

LIBRERÍA1. Bibliorato - formato A4 – bajo IRAM 3001 y 3401 - con palanca - sin

tarjetero -cartón n° 8.2. Bolígrafo - cuerpo plástico - con capuchón soporte - carga estable -

estructura inalterable a las presiones de trabajo ordinarias – tinta colornegro - mina de 1 mm de diámetro.

3. Idem 3, tinta color azul.4. Idem 3, tinta color rojo.5. Idem 3, tinta color verde.6. Caja de Broches Clips inoxidable n° 2 – en cajas de 100 unidades -

debidamente acondicionadas.7. Idem, n° 48. Caja de Broches dorados – de dos patas – de 15 mm de largo aprox. -

para expedientes n° 2 – en cajas de 100 unidades - debidamenteacondicionadas.

9. Idem, Tamaño N° 5 - de 25 mm de largo aprox10. Idem, Tamaño N° 7 - de 35 mm de largo aprox11. Idem, Tamaño N° 10 - de 51 mm de largo aprox12. Caja de Broches - para abrochadora N° 50 – en cajas de 1.000 unidades

- debidamente acondicionadas13. Caja de papel carbónico – en cajas de 100 unidades - formato A-4 -

color negro - bajo normas IRAM 3028 y 300114. Cinta adhesiva transparentes - Largo 33 mts - Ancho 12 mm. -

Tolerancia de +- el 10% del largo y del ancho.15. Cinta adhesiva transparentes - Largo 66 mts - Ancho 12 mm. -

Tolerancia de +- el 10% del largo y ancho.16. Cuaderno – Rayados - 1º línea - Papel 70 g/m2 - Tapa dura - 98 Hojas

aprox.17. Cuaderno – Rayados - 1º línea - Papel 70 g/m2 - Tapa dura - 48 Hojas

aprox.18. Carpeta - Con sujetador - cartulinas de 75 grs. – Formato Norma

IRAM 3402 - Varios colores19. Carpeta - De tres solapas - cartulinas de 75 grs. – Formato Norma

IRAM 3402 - Varios colores20. Carpeta – Colgante - cartulina de 220 grs. Aprox. - Formato standard.

- Medidas 37 1/2 x 24 1/2 cm. aprox. - Ventana de 4/5 cros aprox.21. Goma de borrar — Blandas - Lapiz-tinta gris — tipo doble cuña — de

57x20x8 mm — peso 15 grs. — tolerancia +-10% en medidas y peso.22. Lápiz negro - Nº 2 - S/ Norma IRAM 3050 — en cajas de 12 unidades.23. Resmas de papel obra - 80 grs. /m2 - tolerancia +/- 2 grs./m2 - blanco

alisado - formato A4 - medidas 210 x 297 mm — en paquetes de 500hojas - acondicionadas en cajas de 10 unidades cada una - bajo normasIRAM e ISO.

24. Rollo de papel obra blanco — Gramaje no superior a 57 grs. — de 5,7cm de ancho x 35/40 mts de largo — Para maquinas de sumar.

25. Sobres de papel — Kraft - sin membrete - 80 grs/m2 - C-5 - 162x229cm aprox. - bajo Norma IRAM 3003 - acondicionado en sobres de 250unidades

26. Sobres de papel — Kraft - sin membrete - 80 grs/m2 - C-4. 229x324cm. aprox. - Norma IRAM 3003 - acondicionado en sobres de 250unidades

27. Sobres de papel — Kraft - sin membrete - 80 grs/m2 - Formato B4 -medidas 250x353 cm aprox. - acondicionadas en cajas de 250 unidades.

28. Caja para archivo — de cartón — medidas 35x25x6,5 cm aprox.29. Caja para archivo — de cartón — medidas 37x25x11 cm aprox.30. Arandelas de cartón - para expedientes - en cajas de 500 unidades.31. Frascos de Tinta para sellos de goma - con pico vertedor - color negro

— en envases de 50 c.c. aprox. — en estuche descartable32. Idem, color Verde33. Idem. Color azul34. Almohadilla para sello de goma - Fieltro de lana compacta - Fijado

firmemente a la base del perímetro - Cubierta de algodón - Estuche demetal - 85 x 160 cms (tolerancia +- 5%)

35. Idem, Tamaño 70 x 11536. Bandeja de alambre galvanizado — zincado - para expedientes.37. Porta sello de acrílico - de varios colores - de 8 bocas.38. Abrochadora — tipo tijera — de metal - para broches N° 50.39. Perforadora - De hierro pintado - Base de madera — Gigante40. Regla - Acrílico - Milimetradas de 30 cms. — Transparente41. Idem, de 50 cm.42. Alfiletero — de acrílico — con portalapicera de tres capacidades —

varios colores43. Tijera - de acero inoxidable — templadas — cromadas - con cobertura

plástica en la empuñadura - Medida 18 cms. Aprox.44. Bandas elásticas - De latex - Cajas de 100 grs. — Incoloro ó natural.

45. Adhesivo vinílico - Envase de material plástico - 125 grs. (Tolerancia+- 5%) - Con tapón vertedor.

46. Adhesivo sintético - Envases plásticos de 90 grs. Aprox. - Condispositivo de aplicación

47. Rollo de hilo de polipropileno - fibra con torsión - en ovillos de 500grs. Aprox.

48. Marcador de fibra - trazo grueso - punta redonda - color negro.49. Idem, color azul.50. Idem color verde.51. Idem color rojo.52. Frasco de líquido corrector - color blanco - en envases desechables de

20 cm3 aprox.53. Lápiz corrector - Color blanco - Punta fina - 7 mls Aprox.54. Sello fechadores de metal - Mango de acrílico o madera - de 8 cms de

alto x 4 de ancho aprox.55. Sello foliador - Mango de acrílico o madera - de 8 cms de alto aprox.56. Sello numerador – de metal – mango de acrílico ó madera – de 6 bandas

elásticas – medidas de los números de 5x5 mm aprox.57. Rollo de papel - para fax - medidas 30 mts. x 216 mm. aprox. - con

envoltorio individual58. Resaltador fluorescente - Punta oblicua - Para escribir ó dibujar sobre

papel de cualquier tipo - Tinta no tóxica - soluble en agua.59. Diskette de 3,5" - De alta densidad- formateados - En cajas de 10 ud.60. Cd ROM - de 74 minutos ó 700 Mb - Virgen - Con caja - Marca en el

medio magnético.

REFRIGERIO1. Azúcar blanca - tipo A - refinada en polvo molido - en envases de 1000

gramos - acondicionados en bolsones de 10 kilogramos.2. Yerba mate – con palo - estacionada – elaborada - envases de papel

trilaminado – en envases de 1.000 gramos.3. Café - envasado al vacío - en paquetes de 1.000 gramos - con fecha de

vencimiento visible no inferior a seis (06) meses de la entrega.4. Caja de 200 unidades de Té - en saquitos - de 3 gramos aprox. - con

hilo - envasado en origen.5. Caja de 50 unidades de Yerba mate - en saquitos - de 3 gramos aprox.

- con hilo.6. Caja de Leche de 800 grs – entera - en polvo – instantánea - envase de

cartón con interior de aluminio trilaminado - cerrado hermético -libre de cuerpos extraños.

LIMPIEZA1. Trapo de piso doble — composición de la tela 95% de algodón y 5%

de plástico aprox. - medida 50 x 60 cms. - trama cerrada — toleranciaen las medidas +- 10%

2. Trapo rejilla - doble tela — reforzados - 100% algodón - medida 50 x50 cm. - tolerancia en las medidas +- 10%

3. Franela de algodón - color naranja - medidas 50 x 50 cm. - tolerancia+- 10%.

4. Toalla afelpada — 100% algodón — Medida 0,50 x 0,95 cm aprox.5. Repasador - De tela de toalla - 45 cms x 45 cms aprox.6. Detergente - Al 10/15 % de materia activa - Biodegradable — en

envases plásticos descartables de 1000 cm3 Aprox.7. Envase de desodorante - Para ambientes — en envase descartable de 1

Lts. aprox.8. Envase de desodorante - Para ambientes - En aerosol, envases de 440

cms3 aprox. - varias fragancias.9. Envase de desodorante - Para inodoros - En pastillas - envoltorio

individual - en envoltorios de 50 grs.10. Agua lavandina concentrada - 80 grs/dm3 de cloro activo - Envase

plástico descartable 1000 cm3 Aprox.11. Paquetes de papel higiénico - Rollos de 60 mts de largo x 10 cms de

ancho — en envases de polietileno de 4 rollos.12. Escoba - de paja guinea - 5 hilos - Mango de madera.13. Escobillón — simil cerda — tipo andenes — medida 0,90 cm aprox.

— tolerancia +- 10% - mango de madera.14. Polvo limpiador - Mineral con detergente — en tarros de 800 grs

aprox.15. Envase de insecticida en aerosol — en envases de 440 cm3 aprox.16. Pan de jabón - De tocador - Envoltorio individual de 170 grs -

Tolerancia +- 10%.17. Pan de jabón - Lavar común color blanco - de 300 grs Aprox. - en

envoltorio individual.18. Balde - de plástico - Con pico — de 10 litros aprox..19. Fósforo - De madera - Cajas de 222 unidades aprox.20. Plumero — mango de madera - de pluma negra — tamaño mediano.21. Plumerillo plástico — mango de madera — para limpiar cielo raso.22. Cera — líquida - incolora — para piso de mosaico o plástico — en

envases de hojalata de 1 Kgs, aprox.

Page 11: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

11Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

23. Secador - de goma - 0.40 cms. Aprox. - Mango de madera.24. Idem, medida 0,50 cm.25. Escobilla - de plástico - Con mango - Para limpiar inodoros26. Paquete de bolsas – Para residuos – de Polietileno - baja densidad, 25

micrones - Medidas: 0.45 x 0,60 cms. Aprox. - Colores varios – enpaquetes de 10 unidades.

27. Paquete de bolsas – Para residuos - Tipo consorcio - Medidas 60 x 100cms. Aprox. – Polietileno - alta densidad. – en paquetes de 10 uni-dades.

28. Cepillo - de Nylon - Para limpiar pisos - Con mango de madera29. Lana de acero - Madejas de 150 grs. Aprox.30. Esponja - de fibra doble - Cuadriculada - Medidas de 97 mm x 57 mm

aprox.31. Esponja - de acero – doble32. Esponja – dorada (de bronce) – 18 grs aprox..33. Lustra muebles - en aerosol – en envases de 440 cm3 Aprox.

———

ANEXO II AL DECRETO N° 606

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTOY ADMINISTRACIÓN FONDO N°1 PARA LA PROVISIÓN

DE BIENES TIPIFICADOS

1- El Fondo estará integrado por:A) Los aportes del Tesoro que se dispongan mediante leyes de

presupuestoB) El producido de los suministros que se efectúen a los organismos y

dependencias provinciales.

2- Los ingresos se registrarán y depositarán en una cuenta habi-litada en el Agente Financiero Oficial de la Provincia, a la orden conjun-ta del Director General de Suministros y Tesorero o Sub-Tesorero Ge-neral.

3- Los ingresos se documentarán mediante ordenes de entrega (Facturas),y recibos cancelatorios de las ordenes de entrega recién mencionadas.Existirán dos metodologías de compra/venta de los bienes tipificados: Laprimera será la cancelación contra entrega de los bienes mediante el uso defondos permanentes, y la segunda será la cancelación de la orden de entregamediante expediente, con posterior transferencia de fondos a la cuentahabilitada para el funcionamiento del fondo, vía Tesorería General de laProvincia.

4- Los egresos del fondo quedan limitados a los pagos a proveedores debienes de uso y consumo común adquiridos mediante los procedimientoslicitatorios vigentes, y los gastos de uso y mantenimiento de la cuentabancaria habilitada para el funcionamiento del Fondo N° 1 para la provisiónde bienes tipificados.

5-La Dirección General de Suministros deberá rendir cuentas mensualmentedel movimiento registrado en el Fondo, con arreglo a lo dispuesto por laresolución 150/06 de la Contaduría General de la Provincia. La rendición decuentas deberá contar como mínimo con una conciliación bancaria de lacuenta habilitada para el funcionamiento del Fondo, un detalle de in-gresos y egresos, un detalle de stock de créditos a corto plazo, un detalle destock de bienes tipificados en existencia, una planilla resumen de losmovimientos mensuales de los bienes con existencia incluidos en el listadode bienes tipificados, y las planillas resumen de movimientos finan-cieros generados por el Sistema de Administración Financiera y Control(SAFYC).

6- La Secretaría de Hacienda verificará la existencia y disponibilidad delefectivo en la cuenta habilitada para el funcionamiento del fondo, necesariopara dar inicio a los trámites licitatorios destinados a la adquisición de bienestipificados. Asimismo la Secretaría de Hacienda, será la encargada de autorizarel pago contado (dentro de las 48 horas), en las licitaciones destinadas a laadquisición de bienes de uso y consumo común.

7- Las Licitaciones para la adquisición de bienes tipificados seránautorizadas por el Ministerio de Hacienda Obras y Servicios Públicos.

8- La Dirección General de Suministros será la responsable delalmacenamiento y distribución de los bienes adquiridos.

9- La Dirección General de Suministros tendrá la obligación de manteneren stock por un máximo de cinco (5) días hábiles, los bienes reservados porescrito, por dependencias del Poder Ejecutivo Provincial. Vencido el citadoplazo, dichos bienes se considerarán de libre disponibilidad y podrán serafectados a ordenes de compra emitidas por otras dependencias provincia-les.

10- Las órdenes de pago a favor del fondo deberán ser cumplimentadascomo máximo dentro de los treinta (30) días. Las que correspondan aentidades autárquicas y que no hubiesen sido cumplimentadas a su vencimientoe intimaciones, podrán ser deducidas de las transferencias del Tesoro quedeban efectuarse.

DECRETO Nº 614Viedma, 24 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 31.536-F-09, del Registro de la Secretaría deFruticultura, la Ley N° 4407, y;

CONSIDERANDO:Que resulta imprescindible a los fines de la implementación de po-

líticas que tiendan al desarrollo del sector frutícola, contar con datosciertos referentes a la cantidad, infraestructura y capacidad de pro-cesamiento o almacenaje de las industrias del sector, entre otros da-tos;

Que asimismo es necesario contar con la información sobre cantidad deproductores del sistema y características técnicas y agronómicas de losestablecimientos frutícolas, como también prever mecanismos deactualización;

Que la ley mencionada contempla la aplicación de sanciones y multaspara aquellos que omitieran o falsearan datos sobre la información requeridapor la autoridad de aplicación;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción, AsesoríaLegal de la Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía deEstado mediante Vista N° 01109-11;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° Inciso 5) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Apruébese la Reglamentación de la Ley N° 4.407, que comoAnexo forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deProducción.-

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.-

SAIZ.- J. M. Accatino.-———

ANEXO AL DECRETO N° 614

ARTICULO 1°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 2°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 3°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 4°.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Fruticul-

tura los Registros de Productores, Establecimientos y Operadorescomprendidos en el Artículo 4° de la Ley, debiendo inscribirse en elmismo:

Establecimientos productivosEstablecimientos de EmpaqueFrigoríficosIndustrias juguerasIndustrias sidrerasAserraderos

Todo establecimiento relacionado directamente con la producción,industrialización o comercialización frutícola.

Los inscriptos en los Registros, deberán comunicar por escrito a laSecretaría de Fruticultura cualquier modificación en los datos declaradosoriginalmente y que sean determinados por ese Organismo. Asimismo debeninformar sobre el cese de las actividades. Dichas comunicaciones de-berán efectuarse en un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles deproducidas.-

Facultase a la Secretaría de Fruticultura a dictar las Resoluciones necesariasa los fines de dar inicio a las inscripciones en los Registros y definir losplazos y modalidades para la actualización y ejecución del Censo AgroindustrialFrutícola.-

Asimismo, mediante Resolución de la Secretaría de Fruticultura, seaprobarán los diseños de formularios, planillas, actas o cualquier otroinstrumento formal y administrativo que fuere necesario para elcumplimiento de los objetivos de la Ley y lo que determine su reglamenta-ción.-

ARTICULO 5°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 6°.- Facultase a la Secretaría de Fruticultura para que a

través de las Resoluciones correspondientes, defina los plazos y modalidadespara la actualización y ejecución del Censo de Agricultura bajo riego, deacuerdo a lo establecido en los Artículos 4° y 6° de la Ley N° 4.407. Conrespecto a la actualización de los datos de la estructura productiva y cual-quier otra información que resulte de interés, podrá requerirlo en formadirecta a los productores, por sus propios medios o a través de convenioscon otros Organismos Provinciales o Nacionales, Públicos, Privados oMixtos.-

Page 12: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

12Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ARTICULO 7°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 8°.- La información a suministrar por parte de los

establecimientos indicados en el Artículo 8° de la Ley N° 4.407, deberá serproporcionada a la Secretaría de Fruticultura dentro de los primeros seis díashábiles de cada mes. El contenido, el formato, el registro de la documentacióny el modo de suministro, serán fijados mediante Resolución de la Secretaríade Fruticultura.-

Vencido el plazo establecido en el Artículo anterior, la Secre-taría de Fruticultura labrará un Acta de infracción y emplaza-miento, para que en el término de tres días hábiles, el interesado hagallegar a la sede de la Autoridad de Aplicación la información correspon-diente. Podrá efectuar un descargo que será analizado a los efectos de laaplicación o no de la multa. La presentación del descargo no lo exime de laobligación de la emisión de la información en el nuevo plazo conce-dido.-

Si cumplido el segundo plazo no hubiere hecho entrega de lo soli-citado, la Autoridad de Aplicación labrará la Resolución de multa gra-duando su valor en acuerdo a la capacidad de almacenaje que posea el infrac-tor.-

En caso de que la información sea entregada dentro de los tres díashábiles concedidos, si correspondiere la multa, ésta será reducida en un50%.-

La obligación de proporcionar la información para el stock de frío recaesobre la persona física o jurídica que ejerce la actividad ya sea en carácter detitular o arrendatario. Tendrán el deber de nominar una persona y su domicilioreal ante la Autoridad de Aplicación como responsable de facilitar los datosrequeridos.-

La Autoridad de Aplicación podrá, cuando lo considere necesario, enviara su personal para constatar la veracidad de los datos suministrados en lasdeclaraciones juradas y/o requerir el stock de fruta en frío de ese mo-mento.-

ARTICULO 9°.- Quien estando obligado a inscribirse o su-ministrar información no lo hiciere, será pasible de las sanciones y multasestablecidas en el Artículo 9° de la Ley N° 4.407, facultándose a la Secretaríade Fruticultura a establecer los montos, acorde a la gravedad de la falta.El infractor dispondrá de un plazo de setenta y dos (72) horas a partirde la recepción de la Resolución de multa para efectivizar el pago de lamulta.-

ARTICULO 10°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 11°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 12°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 13°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 14°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 15°.- Autorízase a la Secretaría de Fruticultura

dependiente del Ministerio de Producción a la apertura de una cuen-ta corriente recaudadora y otra pagadora, a los fines del cumpli-miento de creación del Fondo Especial, señalado en el Artículo 15° de la LeyN° 4.407. La Secretaría de Fruticultura administrará el mencionadoFondo, de acuerdo a lo establecido en el presente y a lo estipuladoen las reglamentaciones vigentes en materia de fondos específi-cos.-

ARTICULO 16°.- Las sumas por multas, intereses, recargos yactualizaciones y del resultado de sus ejecuciones mas otros aportes y recursosProvinciales y Nacionales se depositarán en la cuenta corriente recaudadoramencionada.-

ARTICULO 17°.- Sin reglamentar.-ARTICULO 18°.- Sin reglamentar.-

—oOo—

DECRETO Nº 637Viedma, 29 de junio de 2011.-

Visto, el Expediente N° 73.899-CFP-2.011, la Ley L N° 3.959, el DecretoN° 1.108/05, y;

CONSIDERANDO:Que el Decreto N° 1.108/05 y modificatorios establece adicionales,

suplementos y bonificaciones para el personal comprendido en el RégimenRetributivo Tránsitorio;

Que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro ha entendidonecesario reorganizar el pago de adicionales, suplementos y bonificacionesde los agentes cuyo servicio refiere a la asistencia de personas, tal como seha reglado en relación con las funciones de personal del Ministerio deSalud;

Que el Ministerio de Familia detenta competencias propias en materia deasistencia integral de la familia;

Que el área de Promoción Familiar, de acuerdo a la Ley D N° 4.109, tieneasignada funciones relativas a la protección de niños niñas y adolescentes,adultos mayores y otras situaciones sociales complejas que involucran afamilias rionegrinas en situación de vulnerabilidad y a jóvenes en conflictocon la ley;

Que la organización estructura tres (3) categorías diferentes deinstituciones, de contención de jóvenes en conflicto con la ley; deatención de niños niñas y adolescentes sujetos de medidas proteccionalespor situaciones de violación de sus derechos y/o de ancianos sin posibilidadesde contención familiar; y de atención diurna de niños y niñas o deancianos;

Que los tres (3) centros de contención de jóvenes en conflicto con la ley,alojan y atienden jóvenes entre 16 y 18 años, día y noche, durante todo elaño. En estos establecimientos el personal cumple horarios rotativos queincluyen feriados;

Que los centros de atención de niños niñas y adolescentes suje-tos de medidas proteccionales por situaciones de violación de sus de-rechos y/o de ancianos sin posibilidades de contención familiar, sondoce (12), implican, también, la atención ininterrumpida durantetodo el año, y el personal cumple horarios rotativos que incluyen fe-riados;

Que los centros de atención diurna de niños y niñas o de ancianos,atienden de lunes a viernes, sin posibilidad de otorgar alojamiento, soncuatro (4) en la Provincia de Río Negro;

Que en la actualidad el área no tiene una estructura funcional, sino quedebe establecerse mediante la designación de coordinadores de programas,tanto a nivel Provincial como de las delegaciones, a cargo de profesionalesque ejercen la tarea de diseño, monitoreo y supervisión de los diferentesprogramas de la Subsecretaría de Promoción Familiar y coordinan la ejecuciónde los mismos;

Que dichas tareas específicas, originan responsabilidades diferenciadas, elcumplimiento de horarios distintos al normal y habitual para los agentes dePromoción Familiar involucrados en las instituciones y programasdependientes del área;

Que asimismo la función que desarrolla el personal administrativo o deservicios generales en los centros de contención y toda aquella tarea quepudiera surgir de una situación de emergencia es considerada crítica eimplica alguna tarea de mayor complejidad que la que el agente desarrolla adiario;

Que en consecuencia, resulta necesario disponer nuevos adicionales por“Función”, para las distintas responsabilidades de las estructuras organizativasde las Delegaciones, Hogares Proteccionales de Niños, Niñas y Adolescentes,Hogares de Adolescentes con causa judicial y Hogares de Ancianos dependientesdel Ministerio de Familia;

Que los adicionales previstos para Directores, Jefe de Operadores,Operadores y Coordinadores se coinciden con la complejidad de lasinstituciones antes mencionadas;

Que en consecuencia corresponde adecuar los montos previstos en elDecreto N° 1.108/05, a lo resuelto por el Consejo Provincial de la FunciónPública y Reconversión del Estado;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Secretaría Ejecutiva delConsejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado,Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado,mediante Vista N° 01938-11;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador de la

Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de Junio de 2.011, el Apartado a.4.-del Artículo 1° del Decreto N° 1.108/05 y modificatorias, que quedaráredactado de la siguiente manera:

“a.4.- Adicional Delegado:a.4.1.- Para Delegación de Primera Categoría: Podrá ser percibido por

el personal que preste servicios como Delegado Regional y Zonal enuna Delegación de Primera Categoría, implica el cumplimiento dedos (2) horas adicionales que podrán ser a contra turno del horarionormal y habitual, y consistirá en el pago de una suma fija de PESOSSETECIENTOS SETENTA CON CUARENTA Y CINCOCENTAVOS ($ 770,45).

a.4.2.- Para Delegación de Segunda Categoría: Podrá ser percibido porel personal que preste servicios como Delegado Regional y Zonal enuna Delegación de Segunda Categoría, implica el cumplimiento deuna (1) hora adicional que podrá ser a contra turno del horarionormal y habitual, y consistirá en el pago de una suma fija de PESOSQUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CUATROCENTAVOS ($ 577,84).

a.4.3.- Para Delegación de Tercera Categoría: Podrá ser percibido porel personal que preste servicios como Delegado Regional y Zonal enuna Delegación de Tercera Categoría, y consistirá en el pago de unasuma fija de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CONVEINTITRES CENTAVOS ($ 385,23).

Page 13: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

13Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

a.4.4.- Para Delegación de Promoción Familiar: Podrá ser percibidopor el personal que preste servicios como Delegado Regional en unaDelegación de Promoción Familiar, implica la disponibilidadpermanente para la atención de los casos que acontecen en la misma,y

consistirá en el pago de una suma fija de PESOS UN MILOCHOCIENTOS ($.1.800,00).

a.4.5.- Para Subdelegación de Promoción Familiar: Podrá ser percibidopor el personal que preste servicios como Subdelegado Regional enuna Subdelegación de Promoción Familiar, implica la disponibilidadpermanente para la atención de los casos que acontecen en la misma,y consistirá en el pago de una suma fija de PESOS UN MILQUINIENTOS ($.1.500,00).”

Art. 2°.- Sustituir, a partir del 1° de Junio de 2.011, el Apartado a.14.- delArtículo 1° del Decreto N° 1.108/05 y modificatorias, que quedará redactadode la siguiente manera:

“a.14.- Adicionales en Programas de Promoción Familiar, HogaresProteccionales y de contención de jóvenes en conflicto con la leydependientes del Ministerio de Familia

a.14.1.- Adicional Director:a.14.1.1.- Director A: será percibido por el agente que preste servicios

como Director de Centros de contención de jóvenes en conflictocon la ley, implica la disponibilidad permanente para la atención delos casos que acontecen en el mismo y consistirá en el pago de unasuma fija de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00).

a.14.1.2.- Director B: será percibido por el agente que preste servicioscomo Director de Centros de atención integral de niños yadolescentes o de ancianos, implica la disponibilidad permanentepara la atención de los casos que acontecen en el mismo y consistiráen el pago de una suma fija de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1.200,00).

a.14.1.3.- Director C: será percibido por el agente que preste servicioscomo Director de Centros diurnos de atención integral de niños yadolescentes o de Ancianos, implica la disponibilidad permanentepara la atención de los casos que acontecen en el mismo y consistiráen el pago de una suma fija de PESOS UN MIL ($ 1.000,00).

a.14.2: Jefe de seguridad: será percibido por el agente que preste servicioscomo Jefe de Seguridad de Centro de contención de jóvenes enconflicto con la ley, implica la disponibilidad permanente para la

atención de los casos que acontecen en el mismo y consistirá en elpago de una suma fija de PESOS UN MIL TRESCIENTOSCINCUENTA ($ 1.350,00).

a.14.3.- Jefe de Operadores: Podrá ser percibido por el agente quepreste servicios como Jefe de Operadores en Centros de atenciónintegral de niños y adolescentes, Centros de atención de ancianos yCentros de contención de jóvenes en conflicto con la ley, implica elcumplimiento de una (1) hora adicional, y consistirá en el pago deuna suma fija de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200,00).

a.14.4.- Adicional de Operador:a.14.4.1.- Operador A: será percibido por el agente que preste servicios

como Operador en Centros de contención de jóvenes en conflictocon la ley, implica el cumplimiento de una (1) hora adicional y larotación en los turnos, y consistirá en el pago de una suma fija dePESOS UN MIL ($ 1.000,00).

a.14.4.2.- Operador B: será percibido por el agente que preste servicioscomo Operador en Centros de atención integral de niños yadolescentes o de ancianos, implica el cumplimiento de una (1)hora adicional y la rotación en los turnos, y consistirá en el pago deuna suma fija de PESOS OCHOCIENTOS ($ 800,00).

a.14.4.3.- Operador C: será percibido por el agente que preste servicioscomo Operador en Centros diurnos de atención integral de niños yadolescentes o de ancianos, implica el cumplimiento de una (1)hora adicional y la rotación en los turnos, y consistirá en el pago deuna suma fija de PESOS SEISCIENTOS ($600,00).

a.14.4.4.- Operador D: será percibido por el agente que preste servicioscomo Operador comunitario en los programas de atención de niños,niñas y adolescentes sujetos de medidas proteccionales o jóvenes enconflicto con la ley desarrollados en el ámbito de PromociónFamiliar, implica el cumplimiento de una (1) hora adicional yconsistirá en el pago de una suma fija de PESOS OCHOCIENTOS ($800,00).

a.14.5.- Adicional Coordinador:a.14.5.1.- Coordinador A: será percibido por el agente que preste

servicios como Coordinador Provincial de Programas Proteccionales,de jóvenes en conflicto con la ley y de los orientados a la atenciónde familias en situación de vulnerabilidad, implica la disponibilidadpermanente para la atención de casos que acontecen en el mismo, yconsistirá en el pago de una suma fija de PESOS UN MILQUINIENTOS ($.1.500,00)

a.14.5.2.- Coordinador B: será percibido por el agente que presteservicios como Coordinador Técnico de los Coordinadores deProgramas Proteccionales, de jóvenes en conflicto con la ley y delos orientados a la atención de familias en situación de vulnera-bilidad, implica la disponibilidad permanente para la atención decasos que acontecen en el mismo, en delegaciones, y consistiráen el pago de una suma fija de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1.200,00).

a.14.5.3.- Coordinador C: será percibido por el agente que presteservicios como Coordinador de Programas Proteccionales, dejóvenes en conflicto con la ley y de los orientados a la atención defamilias en situación de vulnerabilidad, en delegaciones osubdelegaciones, y consistirá en el pago de una suma fija de PESOSNOVECIENTOS ($ 900,00).

a.14.5.4.- Coordinador D: será percibido por el agente que presteservicios como Coordinador Administrativo de una delegación osubdelegación y consistirá en el pago de una suma fija de PESOS UNMIL CINCUENTA ($ 1.050,00).La percepción de los adicionales por función previstos en el presenteAcápite no podrá acumularse entre si, y permitirá el pago delSuplemento Dedicación Horaria Extraordinaria.-”

Art. 3°.- Sustituir, a partir del 1° de Junio de 2.011, el Apartado a.15.- delArtículo 1° del Decreto N° 1.108/05 y modificatorias, que quedará redactadode la siguiente manera:

“a.15.- Adicional por Tarea Critica: podrá ser percibido por el agenteque cumpla sus funciones en Instituciones o ProgramasProteccionales, de jóvenes en conflicto con la ley y de los orientadosa la atención de familias en situación de vulnerabilidad dependientesdel área de Promoción Familiar del Ministerio de Familia y consistiráel pago de una suma fija de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00).La percepción del Adicional por Tarea Critica previsto en el presenteAcápite no podrá acumularse con los adicionales por funciónprevistos en el Acápite a.14, y permitirá el pago del SuplementoDedicación Horaria Extraordinaria.-”

Art. 4°.- Sustituir, a partir del 1° de Junio de 2.011, el Apartado b.2.- delArtículo 1° del Decreto N° 1.108/05 y modificatorias, que quedará redactadode la siguiente manera:

“b.2.- Adicional Hora Pasiva:b.2.1.- Ministerio de Salud: Podrá ser percibido por el personal que

preste servicios en el Ministerio de Salud Pública que realice ActividadAsistencial Pasiva según las necesidades del servicio. El presenteadicional es incompatible con la percepción de “Extensión Horaria”,por la concurrencia al servicio durante el horario de ejercicio de laactividad asistencial pasiva. El valor de la “Hora Pasiva” será unasuma fija que se calculará de la siguiente forma:

b.2.1.1.- Personal cuya jornada laboral es de seis (6) horas: HoraPasiva = Base de Cálculo * 0,001407

b.2.1.2.- Personal cuya jornada laboral es de siete (7) horas : HoraPasiva = Base de Cálculo * 0,001206

b.2.2.- Ministerio de Familia: Podrá ser percibido por el personalprofesional u operador que preste servicios en Programas oInstituciones Proteccionales, de jóvenes en conflicto con la ley yde los orientados a la atención de familias en situación devulnerabilidad, que realice Actividad Asistencial Pasiva según lasnecesidades del servicio. El presente adicional es incompatible conla percepción de “Extensión Horaria”, por la concurrencia al serviciodurante el horario de ejercicio de la actividad asistencial pasiva. Elvalor de la “Hora Pasiva” será una suma fija que se abonará deacuerdo al siguiente detalle:

b.2.2.1.- Operador:b.2.2.1.1.- En día laborable: Pesos Cien ($ 100,00).b.2.2.1.2.- En día no laborable: Pesos Ciento Veinte ($ 120,00).b.2.2.2.- Profesional:b.2.2.2.1.- En día laborable: Pesos Ciento Cincuenta ($ 150,00).b.2.2.2.2.- En día no laborable: Pesos Ciento Ochenta ($ 180,00).La base de cálculo para la liquidación mensual de las mismas será la

detallada para “Extensión Horaria”en el Artículo 10° del AnexoÚnico del Decreto N° 3/05.-”

Art. 5°.- Autorizar al Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicosa realizar las adecuaciones presupuestarias que considere necesarias para darcumplimiento al presente Decreto.

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministrosde Gobierno y de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.

Art. 7°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.

SAIZ.- D. R. Larreguy.- C. A. Oliva.-

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14Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

RESOLUCIONES–––

Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTOResolución Nº 016

Viedma, 27 de junio de 2011.Visto, El expediente Nro. 26405-SSP-11 del registro del Mi-

nisterio de Hacienda Obras y Servicios Públicos, Ley Nº 4.599,y;

CONSIDERANDO:Que por la Ley Nº 4.599 de fecha 28 de diciembre de 2010 se aprobó el

Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el ejerciciofiscal 2011; disponiéndose en su Art. 23 que el Poder Ejecutivo deberáreglamentar la transferencia de créditos entre partidas principales, parcialesy subparciales en concordancia con lo normado en los Arts. 20 y 21 de lamisma;

Que por el Decreto Nº 03/11, se estableció que las modificaciones presu-puestarias que puedan realizarse conforme las pautas puntualizadas en elArtículo 20 de la Ley Nº 4599, en concordancia con los Decretos Nº 1.254/10 y Nº 01/11, serán aprobadas mediante resolución fundada del SeñorSubsecretario de Presupuesto;

Que a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, es precisoadecuar los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto vigente;

Que resulta necesaria la reestructuración del Presupuesto Operativo delInstituto Provincial del Seguro de Salud;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica delMinisterio de Hacienda Obras y Servicios Públicos.

Por ello,El Subsecretario de Presupuesto

RESUELVE:Artículo 1º.- Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto

del Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa Nº I, que formaparte de la presente.

Art. 2º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo aldetalle en Planilla Anexa Nº II, que forma parte de la presente.

Art. 3°.- Modifícase el Presupuesto Operativo del Instituto Provincialdel Seguro de Salud de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa N° III,que forma parte del presente.

Art. 4º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha dela misma.

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese al Poder Legislativo, publíquese, tómeserazón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

Lic. Eduardo L. Bacci, Subsecretario de Presupuesto.- Mirta Z. Etcheverry,Directora de Administración Presupuestaria.

ORGANISMO GRUPO 100 GRUPO 200 GRUPO 300 GRUPO 400 GRUPO 500 GRUPO 600 GRUPO 700 GRUPO 900 TOTAL GRUPO 800

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PODER LEGISLATIVO

TRIBUNAL DE CUENTAS

FISCALIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS SECRET.CONTROL EMP.PUBLICAS Y RELAC.INTERPROV SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

MINISTERIO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS Y SERV.PUBLICOS MINISTERIO DE FAMILIA

JEFATURA DE POLICIA DE LA PCIA. DE RIO NEGRO MINISTERIO DE TURISMO

INST. DE PLANIF. Y PROMOCION DE LA VIVIENDA DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA

CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION

DIRECCION GENERAL DE RENTAS

INSTITUTO DE DESARROLLO DEL VALLE INFERIOR ENTE REGULADOR DEL PUERTO SAN ANTONIO ESTE AGENCIA PROVINCIAL DE DESARROLLO RIONEGRINO INSTITUTO PCIAL. DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

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-152,470.00

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0.00

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TOTALES: 550,470.00 -1,526,570.00 1,245,736.81 409,113.49 -678,750.30 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 ——————————

PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DE LA RESOLUCIÓN Nº 016

O R G A N . . F I N A N C I A M I E N T O C O N C E P T O IM P O R T E P R O G R . S U B P R O G . P R O Y E C T O A C T I V - O B R A

P A R T I D A

0 2 1 1

1 1

1 1

1 1

1 1

1 1

1 1

1 1

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1 1

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1 1

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1 1

1 1

1 1

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0 0

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0 3

0 3

0 3

0 3

0 3

0 3

0 3

1 8 1

2 1 1

2 2 3

2 3 2

2 3 4

2 3 5

2 9 3

2 9 4

2 9 6

3 6 1

4 3 6

4 3 7

5 1 2

5 1 7

5 2 3

5 2 4

5 2 6

5 3 1

5 7 2

1 8 1

1 2 1

1 8 1

2 1 1

2 3 2

2 3 4

2 3 5

2 4 3

2 5 5

2 5 6

2 9 1

2 9 2

2 9 4

2 9 6

2 9 9

3 2 1

3 2 7

3 6 1

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

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1 0

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1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

1 0

C O N T R A T O S E S P E C IA L E S

A L I M E N T O S P A R A P E R S O N A S

C O N F E C C I O N E S T E X T I L E S

P A P E L P A R A C O M P U T A C I O N

P R O D U C T O S D E P A P E L Y C A R T O N

L I B R O S , R E V I S T A S Y P E R I O D I C O S

U T I L E S Y M A T E R I A L E S E L E C T R I C O S

U T E N S I L I O S D E C O C I N A Y C O M E D O R

R E P U E S T O S Y A C C E S O R I O S

P U B L I C I D A D Y P R O P A G A N D A V A R I A S

E Q U IP O P A R A C O M P U T A C I O N

E Q U IP O S D E O F I C I N A Y M U E B L E S

P E N S I O N E S

T R A N S F . A O T R A S I N S T I T . C U L T . Y S O C . S I N F I N E S D E L U C R O

T R A N S F . P A R A A C T I V I D A D E S C IE N T I F I C A S O A C A D E M I C A S

T R A N S F . A O T R A S I N S T . C U L T . Y S O C . S I N F I N E S D E L U C R O

T R A N S F E R E N C I A S A E M P R E S A S P R I V A D A S

T R A N S F E R E N C I A S A L A A D M I N I S T R A C I O N C E N T R A L P R O V I N C IA L

O T R A S T R A N S F E R E N C I A S A M U N I C I P A L I D A D E S

C O N T R A T O S E S P E C IA L E S

R E T R IB U C I O N D E L C A R G O

C O N T R A T O S E S P E C IA L E S

A L I M E N T O S P A R A P E R S O N A S

P A P E L P A R A C O M P U T A C I O N

P R O D U C T O S D E P A P E L Y C A R T O N

L I B R O S , R E V I S T A S Y P E R I O D I C O S

C U B I E R T A S Y C A M A R A S D E A IR E

T I N T A S , P I N T U R A S Y C O L O R A N T E S

C O M B U S T IB L E S Y L U B R I C A N T E S

E L E M E N T O S D E L I M P I E Z A

U T I L E S D E E S C R I T O R I O , O F I C IN A Y E N S E N A N Z A

U T E N S I L I O S D E C O C I N A Y C O M E D O R

R E P U E S T O S Y A C C E S O R I O S

O T R O S N O E S P E C IF I C A D O S P R E C E D E N T E M E N T E

A L Q U I L E R D E E D I F I C IO S Y L O C A L E S

A L Q U I L E R D E V I V I E N D A S

P U B L I C I D A D Y P R O P A G A N D A V A R I A S

6 1 , 8 0 0 . 0 0

4 , 0 9 5 . 0 0

2 , 5 9 0 . 0 0

- 1 , 2 6 2 . 0 0

- 1 , 8 0 8 . 3 0

- 1 , 0 5 7 . 1 5

1 7 . 8 0

1 3 , 8 9 6 . 5 0

9 , 9 3 1 . 9 0

3 2 5 , 0 5 2 . 9 6

2 6 , 1 4 8 . 0 0

9 8 0 . 0 0

5 4 , 8 5 3 . 2 9

2 8 8 , 0 0 0 . 0 0

- 1 0 , 0 0 0 . 0 0

- 1 0 , 0 0 0 . 0 0

- 1 0 , 0 0 0 . 0 0

- 6 , 0 4 6 . 0 0

- 1 3 , 5 5 7 . 5 9

- 4 6 , 2 0 0 . 0 0

- 1 0 2 , 1 0 0 . 0 0

8 6 , 5 0 0 . 0 0

- 4 , 0 9 5 . 0 0

1 , 2 6 2 . 0 0

9 . 0 0

2 , 8 5 6 . 4 5

- 1 7 , 0 7 4 . 0 0

- 7 , 3 3 7 . 1 2

- 1 1 , 4 6 4 . 2 3

2 1 . 2 0

2 , 1 0 5 . 7 5

3 8 6 . 0 0

6 , 4 8 5 . 0 0

4 4 1 . 2 0

- 3 2 6 , 5 5 2 . 9 6

- 2 9 3 , 2 4 9 . 7 0

1 , 5 0 0 . 0 0

——————————PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DE LA RESOLUCIÓN Nº 016

RESUMEN DE GASTOS POR ORGANISMO Y OBJETO DEL GASTO– En Pesos –

Page 15: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

15Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

02

03

04

12

15

11

11

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12

12

12

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01

01

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00

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51

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294

391

117

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117

117

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10

10

10

10

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10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

10

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR

REPUESTOS Y ACCESORIOS

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

SERVICIOS DE CEREMONIAL

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ALQUILER DE FOTOCOPIADORAS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

VIATICOS

PASAJES

PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

REPUESTOS Y ACCESORIOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PIEDRA, ARCILLA, CERAMICA, ARENA Y SUS PRODUCTOS

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

PRODUCTOS DE VIDRIO, LOZA Y PORCELANA

UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR

SERVICIOS DE CEREMONIAL

COMPLEMENTOS

COMPLEMENTOS

COMPLEMENTOS

COMPLEMENTOS

COMPLEMENTOS

RETRIBUCION DEL CARGO

2,259.00

-28,407.00

-980.00

-493.59

493.59

-363.44

363.44

90.00

165.00

955.00

430.00

105.00

-1,745.00

1,482.52

-1,482.52

3,420.00

-3,420.00

-130.00

130.00

-1,000.00

2,000.00

600.00

-2,000.00

-2,600.00

3,000.00

350.00

500.00

400.00

300.00

450.00

-2,000.00

-30,000.00

-10,000.00

-15,000.00

-15,000.00

-10,000.00

80,000.00 17

18

03

05

05

05

21

21

21

24

24

24

24

24

24

29

33

33

33

33

33

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33

33

33

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03

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02

02

02

512

275

355

371

296

372

296

214

219

355

361

372

379

581

215

234

275

276

291

256

263

275

221

241

123

126

211

391

391

111

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131

293

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319

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331

10

10

10

10

10

10

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10

34521

10

34521

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10

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10

10

10

PENSIONES

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS

PASAJES

REPUESTOS Y ACCESORIOS

VIATICOS

REPUESTOS Y ACCESORIOS

PRODUCTOS AGROFORESTALES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

VIATICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

TRANSFERENCIAS A GOBIERNOS MUNICIPALES

MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

PRODUCTOS DE VIDRIO, LOZA Y PORCELANA

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

HILADOS Y TELAS

CUEROS, PIELES Y SUS PRODUCTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

COMPLEMENTOS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

SERVICIOS DE CEREMONIAL

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

REPUESTOS Y ACCESORIOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

150,000.00

-5,000.00

-7,000.00

-13,000.00

-1,500.00

-10,000.00

-4,000.00

500.00

4,000.00

-1,000.00

-4,000.00

25,000.00

500.00

-110,000.00

-2,000.00

-5,000.00

-2,500.00

-2,500.00

-5,000.00

-2,500.00

-2,500.00

-2,500.00

-50.00

50.00

4,000.00

-4,000.00

1,500.00

-5,000.00

-1,500.00

-22,500.00

22,000.00

500.00

2,000.00

-2,800.00

310.00

36,800.00

800.00

Page 16: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

16Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORGAN.. FINANCIAMIENTO CONCEPTO IMPORTE PROGR. SUBPROG. PROYECTO ACTIV- OBRA

PARTIDA

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01

01

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01

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03

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MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

UTENSILIOS DE COCINA Y COMEDOR

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

OTRAS CONTRIBUCIONES PATRONALES

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

VIATICOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

REPUESTOS Y ACCESORIOS

VIATICOS

RETRIBUCION DEL CARGO

-1,310.00

-19,600.00

1,000.00

-130.00

50.00

260.00

820.00

-1,000.00

-1,000.00

1,000.00

-9,600.00

9,000.00

100.00

500.00

-1,500.00

1,500.00

-1,600.00

1,500.00

100.00

-6,700.00

6,500.00

200.00

-200.00

-210.00

-100.00

510.00

-14,300.00

1,500.00

11,500.00

700.00

600.00

-1,500.00

1,500.00

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1,210.00

-1,260.00

-600.00

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SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

COMPLEMENTOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

OTRAS ASIGNACIONES AL PERSONAL

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y PROYECTOS DE FACTIBILIDAD

EQUIPO PARA COMPUTACION

EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

PASAJES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

RETRIBUCION DEL CARGO

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

APORTE PATRONAL PARA OBRA SOCIAL

COMPLEMENTOS

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

600.00

11,000.00

-26,400.00

8,200.00

6,200.00

500.00

500.00

-430.00

430.00

-31,500.00

21,500.00

10,000.00

3,000.00

-3,000.00

-12,200.00

1,000.00

-1,000.00

-6,200.00

6,200.00

-1,600.00

1,600.00

-12,400.00

12,100.00

300.00

-3,100.00

3,100.00

-3,000.00

1,500.00

1,500.00

-1,200.00

1,200.00

-19,000.00

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500.00

500.00

-10,500.00

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CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

VIATICOS

EQUIPOS DE SEGURIDAD VARIOS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

TEXTOS DE ENSENANZA

AYUDAS SOCIALES A PERSONAS

TRANSF.A OTRAS INSTIT. CULT. Y SOC. SIN FINES DE LUCRO

MATERIAL DE SEGURIDAD

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

REPUESTOS Y ACCESORIOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

REPUESTOS Y ACCESORIOS

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO

RETRIBUCION DEL CARGO

COMPLEMENTOS

ASIGNACIONES FAMILIARES VARIAS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

500.00

-2,000.00

2,000.00

-500.00

500.00

-100,000.00

100,000.00

-60,000.00

28,000.00

30,000.00

2,000.00

-300,000.00

10,000.00

10,000.00

50,000.00

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10,000.00

-20,000.00

20,000.00

160,000.00

-160,000.00

-160,000.00

60,000.00

100,000.00

-100,000.00

60,000.00

100,000.00

-160,000.00

-407,113.49

100,000.00

150,000.00

175,000.00

-150,000.00

-290,000.00

-50,000.00

-50,000.00

-50,000.00

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17321

17321

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

MATERIALES PARA PROTESIS Y ORTESIS

MEDICOS Y SANITARIOS

MEDICOS Y SANITARIOS

OTRAS TRANSFERENCIAS A MUNICIPALIDADES

UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICO Y DE LABORATORIO

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

SERVICIOS DE VIGILANCIA

UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICO Y DE LABORATORIO

MEDICOS Y SANITARIOS

SERVICIOS DE VIGILANCIA

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO

PASAJES

VIATICOS

UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICO Y DE LABORATORIO

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPO

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

PASAJES

UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICO Y DE LABORATORIO

ALIMENTOS PARA PERSONAS

MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCION

EQUIPO SANITARIO Y DE LABORATORIO

COMPUESTOS QUIMICOS

UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICO Y DE LABORATORIO

75,000.00

-300,000.00

100,000.00

-522,886.51

70,000.00

500,000.00

700,000.00

50,000.00

734,000.00

1,866,000.00

2,000,000.00

-120,000.00

-250,000.00

-30,000.00

-200,000.00

-100,000.00

-50,000.00

-80,000.00

-30,000.00

-30,000.00

-5,000.00

-80,000.00

-20,000.00

-5,000.00

-10,000.00

-30,000.00

-100,000.00

-1,000.00

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-500.00

500.00

500.00

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1,000.00

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349

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11784

11784

11784

34544

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10

10

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COMPUESTOS QUIMICOS

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

TRANSPORTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

MEDICOS Y SANITARIOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

MEDICOS Y SANITARIOS

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

MEDICOS Y SANITARIOS

TRANSF. A ORGANISMOS INTERNAC. P/ FINANCIAR GASTOS CTES.

TRANSF. A ORGANISMOS INTERNAC. P/ FINANCIAR GASTOS CTES.

COMPUESTOS QUIMICOS

TRANSF. A ORGANISMOS INTERNAC. P/ FINANCIAR GASTOS CTES.

VIATICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

CUEROS, PIELES Y SUS PRODUCTOS

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

COMPLEMENTOS

COMPLEMENTOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

DE CAPACITACION

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

CONTRATOS ESPECIALES

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

CORREOS Y TELEGRAFOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PASAJES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PRENDAS DE VESTIR

-150,000.00

-1,400.00

500.00

700.00

700.00

-500.00

-75,000.00

-100,000.00

-60,000.00

-800,000.00

-200,000.00

-75,000.00

-100,000.00

-100,000.00

-300,000.00

-500,000.00

-300,000.00

-300,000.00

-100,000.00

-300,000.00

394,800.00

200.00

-400,000.00

5,000.00

3,912.22

547,470.00

-27,470.00

-120,000.00

-400,000.00

-3,912.22

3,300.00

16,000.00

400.00

20,000.00

3,500.00

1,100.00

-9,000.00 48

52

55

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11273

11273

11273

11273

10

10

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

COMPUESTOS QUIMICOS

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

PRODUCTOS FERROSOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PASAJES

DERECHOS Y TASAS

MULTAS Y RECARGOS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

COMPUESTOS QUIMICOS

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

TRANSF.A INST.DESCENTRALIZADAS DE LA PROVINCIA

RETRIBUCION DEL CARGO

ADICIONALES

COMPLEMENTOS

RETRIBUCION DEL CARGO

ADICIONALES

CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA JUBILACION

COMPLEMENTOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

GAS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PASAJES

PASAJES

DE CAPACITACION

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y OTROS BENEFICIOS

RETRIBUCION DEL CARGO

-20,000.00

50.00

-25,000.00

100.00

1,500.00

500.00

-500.00

5,000.00

100.00

200.00

2,500.00

100.00

50.00

100.00

-8,000.00

8,000.00

-12,400.00

1,800.00

6,600.00

-4,900.00

4,000.00

-2,000.00

6,900.00

165,750.00

15,000.00

100.00

-82,875.00

-30,100.00

-82,875.00

2,500.00

-2,500.00

15,000.00

25,000.00

-25,000.00

Page 19: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

19Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

PLANLLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DE LA RESOLUCIÓN Nº 016

ENTIDADES AUTOFINANCIADAS

ENTIDAD 71 - INSTITUTO PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD

FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTE PROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA

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COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ALQUILER DE VIVIENDAS

VIATICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

ALQUILER DE VIVIENDAS

PASAJES

VIATICOS

ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PUBLICIDAD Y PROPAGANDA VARIAS

PASAJES

VIATICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ALIMENTOS PARA PERSONAS

MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

PRENDAS DE VESTIR

CONFECCIONES TEXTILES

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

PAPEL PARA COMPUTACION

PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS

LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS

PIEDRA, ARCILLA, CERAMICA, ARENA Y SUS PRODUCTOS

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

-900.00

-900.00

-900.00

500.00

-900.00

-900.00

-900.00

600.00

600.00

-900.00

-900.00

6,000.00

10,000.00

-4,950.00

-4,950.00

-4,200.00

-4,000.00

7,000.00

-4,000.00

-2,000.00

-5,000.00

-7,000.00

16,900.00

-2,500.00

-1,200.00

35,100.00

-7,700.00

-2,300.00

-2,500.00

-1,800.00

-5,500.00

-7,500.00

-5,800.00

-1,000.00 01

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ALQUILER DE VIVIENDAS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

ADMINISTRACION FINANCIERA Y AUDITORIA

DE CAPACITACION

DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS

TRANSPORTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS

PASAJES

VIATICOS

DERECHOS Y TASAS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

SERVICIOS DE VIGILANCIA

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

PASAJES

VIATICOS

ALIMENTOS PARA PERSONAS

MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS

PRENDAS DE VESTIR

CONFECCIONES TEXTILES

PAPEL DE ESCRITORIO Y CARTON

PAPEL PARA COMPUTACION

PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS

PRODUCTOS DE PAPEL Y CARTON

CUBIERTAS Y CAMARAS DE AIRE

TINTAS, PINTURAS Y COLORANTES

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

11,000.00

379,300.00

3,000.00

8,000.00

-180,700.00

-9,900.00

-13,900.00

-4,500.00

30,000.00

-92,100.00

-3,500.00

-21,200.00

-33,400.00

-41,800.00

-15,200.00

-13,300.00

3,000.00

4,000.00

-900.00

-800.00

-900.00

-900.00

-900.00

10,000.00

10,000.00

10,000.00

10,000.00

-20,000.00

10,000.00

20,000.00

-5,000.00

10,000.00

-45,000.00

-20,000.00

Page 20: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

20Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

IPROSSINSTITUTO PROVINCIALDEL SEGURO DE SALUDResolución Nº 482/2011

Junta de Administración IPROSSViedma, 27 de Junio de 2011.

Visto: La ley Nacional N° 24.901, y la adhesión por parte de la Provinciapor la Ley D N° 3467.

CONSIDERANDO:Que la mencionada norma nacional instituye un sistema de prestaciones

básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad,contemplando acciones de prevención, asistencia. promoción y protección,con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades yrequerimientos.

Que las prestaciones indicadas se vuelcan en un Nomenclador dePrestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, Resolución 428/1999Ministerio de Salud de la Nación y modificatorias, cuya actualización 2010,consta como Anexo 1;

Que por Resolución N° 331/08 Junta de Administración IPROSS, sediseñaron módulos valorizados de prestaciones para afiliados con capacidadesdiferentes;

Que el mencionado acto administrativo diseñó un procedimien-to a seguir, en cuanto a ingreso de documentación y autorización deesta;

Que atento a la desactualización e impedimentos prácticos suscitados, sedecide derogar la mencionada Resolución.

Que los módulos y valores que reconocerá el Instituto, serán los queabone el Ministerio de Salud de Nación, en un 100%, reconociendo losajustes que este establezca;

Que la indicación del módulo o práctica que le corresponda a cadaafiliado será la que solicite el profesional tratante previa autorisaciónde la auditoría del IPROSS, y por el tiempo que esta determine para laque deberá presentar, certificado de discapacidad, historia clínica del medicotratante y/o terapeuta, con la evolución y conformidad familiar, justi-ficando la actividad o prestación solicitada. La misma documentación será

requerida al solicitarse la readecuación del módulo otorgado, antes delvencimiento del plazo, o vencido este, para el nuevo otorgamiento decobertura;

Que dichas prácticas se otorgan en el marco de la Ley K Nº 2753,teniendo presente el carácter autárquico y la individualidad financierade que goza la Obra Social, así como también la facultad de establecer laforma y modalidad bajo las cuales se brindan las prestaciones a sus afiliados,conforme lo indica el artículo 20° y complementarios de las Leyes citadas;

Por ello:La Junta de Administración del

Instituto Provincial del Seguro de SaludRESUELVE:

Artículo 1°: Deróguese, la Resolución N° 331/08 Junta de AdministraciónIPROSS, conforme a lo expresado en los considerandos de la presente normalegal.

Artículo 2°: Reconózcase cobertura en rehabilitación integral. a travésde la Dirección de Auditorías Médicas. Area Discapacidad, para todos losafiliados que acrediten esa condición, a través del celificado otorgado por elConsejo Provincial del Discapacitado y de la documentación detallada en elconsiderando octavo de la presente.

Artículo 3°: Adhiérase al Nomenclador de Prestaciones Básicas paraPersonas con Discapacidad, Resolución N° 428/1999 Ministerio de Salud dela Nación y modificatorios, versión 2010, que se adjunta como Anexo I, dela presente.

Artículo 4°: Establézcase que las prestaciones enunciadas en la cláusulaprecedente serán otorgadas en un 100%, sin coseguros a pagar por losafiliados.

Artículo 5°: Notifíquese a la Secretaría General Técnica, Dirección deAuditorías Médicas, Delegaciones del Interior, y por su intermedio a todaslas Delegaciones del Instituto, a la Secretaría General Administrativa,Contaduría General y Tesorería.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese y cumplido archívese.Dr. Alcides Pinazo, Presidente.- Cirilo Bustamante, Vocal Gubernamental.–

Dr. Remigio Luis Romera, Vocal Gubernamental.– Carlos Horacio Guardiola,Vocal Gremial.– Oscar Yasem Cader, Vocal Gremial - IPROSS.

FINANCIAMIENTO DENOMINACION IMPORTE PROGRAMA SUBPROG. PROYECTO ACT/OBRA PARTIDA

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ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS

PIEDRA, ARCILLA, CERAMICA, ARENA Y SUS PRODUCTOS

CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO Y SUS PRODUCTOS

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

UTILES DE ESCRITORIO, OFICINA Y ENSENANZA

UTILES Y MATERIALES ELECTRICOS

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

ENERGIA ELECTRICA

AGUA

GAS

TELEFONOS, TELEX Y TELEFAX

CORREOS Y TELEGRAFOS

ALQUILER DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO LIMPIEZA, ASEO Y FUMIGACION

TRANSPORTE

IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES

PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS

PASAJES

VIATICOS

DERECHOS Y TASAS

SERVICIOS DE CEREMONIAL

SERVICIOS DE VIGILANCIA

OTROS NO ESPECIFICADOS PRECEDENTEMENTE

POR ASISTENCIA MEDICA

POR GASTOS SANATORIALES

POR SERVICIOS DE LABORATORIOS Y ANALISIS CLINICOS

POR PROVISION DE MEDICAMENTOS

POR SERVICIOS DE RADIOLOGIA

POR MEDICINA PREVENTIVA INTEGRAL

POR OPTICA, ORTOPEDIA Y PROTESIS

POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES

10,000.00

10,000.00

10,000.00

-20,000.00

-20,000.00

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10,000.00

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10,000.00

10,000.00

-80,000.00

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10,000.00

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10,000.00

10,000.00

10,000.00

-20,000.00

-60,000.00

10,000.00

10,000.00

10,000.00

10,000.00

133,000.00

-131,000.00

-3,000.00

-420,000.00

-11,000.00

-6,000.00

224,000.00

226,000.00

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811

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13112

DEPRECIACION DEL ACTIVO FIJO

RESTITUCIÓN DE INGRESOS COBRADOS EN FORMA INDEBIDA POR COBERTURA DE OTRAS PRESTACIONES

POR ASISTENCIA MEDICA

-14,000.00

2,000.00

50,000.00

-50,000.00

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Page 21: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

21Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

2.Niveles de Atención y

Tratamiento Norma Monto en Pesos

2.1Modalidad Atención

Ambulatoria

Los aranceles de cada modulo incluye el 100% de la cobertura prevista, por lo que el prestador no cobrara adicionales directamente al beneficiario (NG 11).

LA realización de estas prestaciones en horario nocturno no modifica los aranceles establecidos (NG 12). Los aranceles son identicos para la atención

tanto en niños, jovenes y adultos (NG 14)

2.1.1

2.1.1.01 Intensivo por SemanaEste modulo comprende semana completa(5 días). LA Atención debe estar

indicada y supervisada por un profesional medico, preferentemente especialista

Res 2299/11 vig 01/12/10

402,56

2.1.1.02 Simple por SemanaEste modulo por tratamiento integral simple, incluye, periodicidades menores a

5 días semanales. La atención debe estar indicada y supervisada por un profesional medico, preferentemente especialista

Res 2299/11 vig 01/12/10

241,22

2.1.2

2.1.2.01 Simple El modulo Incluye colocaciónRes 2299/11 vig 01/12/10

2.413,86

2.1.2.02 Doble

El modulo incluye comida y una colación diaria, cuando no se brinden deben descontarse del Monto mensual (NG 16). Comprende la concurrencia diaria en Jornada simple o doble de acuerdo con la modalidad del servicio acreditado o

la region donde se d esarrolla. El modulo incluye h onorarios profesionales, gastos de atención, medicación especifica, terapias de la especialidad y otras

prácticas de diagnostico o tratamiento necesarios para su rehabilitación

Res 2299/11 vig 01/12/10

3.379,49

2.1.3

Cuando el establecimiento sea categorizado para la atención de personas discapacitadas dependientes, se lo reconocerá un adiccional del 35% sobre los

valores del nomenclador. (NG17). Concurrencia diaria de acuerdo a la modalidad del servico acreditado a la region donde se desarrolla

Jornada Simple

2.1.3.01 Categoría ATratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidadRes 57/10 vig

01/04/102847,12

2.1.3.02 Categoría BTratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidadRes 2299/11 vig 01/12/10

2.395,77

2.1.3.03 Categoría CTratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidadRes 2299/11 vig 01/12/10

1.825,47

Jornada Doble

2.1.3.04 Categoría ATratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidad. Este módulo incluye comida y una colación diaria, cuando no se brinden, deben descontarse del monto mensual (NG16)

Res 2299/11 vig 01/12/10

4.278,63

2.1.3.05 Categoría BTratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidad. Este módulo incluye comida y una colación diaria, cuando no se brinden, deben descontarse del monto mensual (NG16)

Res 2299/11 vig 01/12/10

3.593,55

2.1.3.06 Categoría CTratamiento ambulatorio para lograr el autovalimiento de una persona con

discapacidad. Este módulo incluye comida y una colación diaria, cuando no se brinden, deben descontarse del monto mensual (NG16)

Res 2299/11 vig 01/12/10

2.736,33

2.1.4

Estas prestaciones serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuente con oferta educacional estatal adecuada a las características de su discapacidad,

conforme a lo que determ inte su reglamentación. (NG6). Cuando el establecim iento sea categorizado para la atención de personas discapacitadas

dependientes, se les reconocerá un adicional del 35% sobre los valores del Nomenclador (NG17). Dirigido a niños y jóvenes (entre 4 y 24 años de edad)

Jornada Simple

2.1.4.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

3.283,02

2.1.4.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

2.755,74

2.1.4.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

2.104,22

Jornada Doble

2.1.4.04 Categoría AEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

4.666,83

2.1.4.05 Categoría BEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

3.918,43

2.1.4.06 Categoría CEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

2.898,03

Centro de Día

Centro Educativo Terapéutico

Atención Am bulatoria

Hospital de Día

NOMENCLADOR PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADNiveles de Atención

Page 22: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

22Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

2.Niveles de Atención y

Tratamiento Norm a Monto en Pesos

2.1.5

Estos tratamientos serán cubiertos durante el primer año de vida por el PMO de las Obras Sociales (Res. 247/96 y modificatorias) (NG8). Este módulo se

aplica a niños discapacitados entre 0 y 4 años de edad cronológica y eventualmente hasta los 6 años.

2.1.5.01 Mensual Comprende hasta tres (3) sesiones semanalesRes 2299/11 vig 01/12/10

1.231,11

2.1.5.02 HoraRes 2299/11 vig 01/12/10

80,56

2.1.6

Jornada Simple Escolaridad Pre-Primaria

2.1.6.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

2.851,32

2.1.6.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

2.395,77

2.1.6.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

1.825,47

Jornada Doble Escolaridad Pre-Primaria

2.1.6.04 Categoría AEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

4.163,86

2.1.5.05 Categoría BEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

3.498,77

2.1.6.06 Categoría CEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

2.663,48

2.1.6.2

Estas prestaciones serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuenten con oferta educacional estatal adecuada a las características de su

discapacidad, conforme a lo que determine su reglamentación (NG6). Proceso Educativo programado y sistematizado que se desarrolla entre los 6 y 14 años

aproximadamente.

Jornada Simple

2.1.6.2.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

2.851,32

2.1.6.2.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

2.395,77

2.1.6.2.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

1.825,47

Jornada Doble

2.1.6.2.04 Categoría AEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

4.163,86

2.1.6.2.05 Categoría BEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

3.497,77

2.1.6.2.06 Categoría CEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16)Res 2299/11 vig 01/12/10

2.663,48

2.1.6.3

Corresponde al apoyo pedagógico que requiere un alumno con necesidades educativas especiales para integrarse a la sociedad. Abarca la población entre

los 3 y 18 años o hasta el fin de la escolaridad.

2.1.6.3.01 MóduloRes 2299/11 vig 01/12/10

2.052,58

2.1.6.3.02 Hora Este valor se utilizará cuando requiera menos de 6 horas semanalesRes 2299/11 vig 01/12/10

80,56

2.1.6

Implica evaluación, orientación específica, formación laboral y/o profesional de una persona con discapacidad para su inserción laboral. A brindar a

adolescentes, jóvenes y adultos discapacitados entre los 14 y 24 años de edad cronológica.

Jornada Simple

2.1.6.4.01 Categoría A Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.Res 2299/11 vig 01/12/10

2.856,38

2.1.6.4.02 Categoría B Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.Res 2299/11 vig 01/12/10

2.401,73

2.1.6.4.03 Categoría C Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.Res 2299/11 vig 01/12/10

1.826,57

Escolaridad Primaria

Apoyo a la integración Escolar

Escolaridad Formación Laboral

Estimulación Temprana

Prestaciones educativas

Page 23: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

23Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

2.Niveles de Atención y

Tratamiento Norm a Monto en Pesos

Jornada Doble

2.1.6.4.04 Categoría AEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16). Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.

Res 2299/11 vig 01/12/10

4.119,71

2.1.6.4.05 Categoría BEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16). Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.

Res 2299/11 vig 01/12/10

3.463,77

2.1.6.4.06 Categoría CEste módulo incluye comida y una colación diaria. Cuando no se brinden,

deben descontarse del monto mensual (NG16). Los cursos no podrán extenderse más allá de los 3 años de duración.

Res 2299/11 vig 01/12/10

2.639,21

2.2 Modalidad Internación

Los aranceles de cada modulo incluye el 100% de la cobertura prevista, por lo que el prestador no cobrará adicionales directamente al beneficiario (NG 11).

La realización de estas prestaciones en horario nocturno no modifica los aranceles establecidos (NG 12). Los aranceles son identicos para la atención

tanto en niños, jovenes y adultos (NG 14).

2.2.1

Se agrupa la atención de pacientes en etapa sub-aguda de su enfermedad discapacitantes que hayan superado el riesgo de vida, con compensación hemodinámica, sin necesidad e ndovenosa y que no pr esenten escaras de

tercer grado.

2.2.1.01 MensualRes 2299/11 vig 01/12/10

9.655,71

2.2.2

Cuando el establecim iento sea categorizado para la atención de personas discapacitadas dependientes, se lo reconocerá un adicional del 35% sobre los

valores del Nomenclador. (NG17). Tiene la finalidad de brindar cobertura integral a los requerimientos básicos esenciales a personas con

discapacidades sin grupo familiar propio.

2.2.2.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

3.882,23

2.2.2.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

3.262,96

2.2.2.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

2.599,04

2.2.2.04 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

4.868,13

2.2.2.05 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

4.087,49

2.2.2.06 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.250,79

Cuando el establecim iento sea categorizado para la atención de personas discapacitadas dependientes, se lo reconocerá un adicional del 35% sobre los

valores del Nomenclador. (NG17). Tiene la finalidad de brindar cobertura integral a los requerimientos básicos esenciales a personas con

discapacidades sin grupo familiar propio.Lunes a V iernes

2.2.2.07 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

5.600,21

2.2.2.08 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

4.703,03

2.2.2.09 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.749,60

2.2.2.10 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

6.875,67

2.2.2.11 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

5.777,44

2.2.2.12 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

4.397,36

Estas prestaciones serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuente con oferta educacional estatal adecuada a las características de su discapacidad,

conforme a lo que determinte su reglamentación. (NG6). Cuando el establecimiento sea categorizado para la atención de personas discapacitadas

dependientes, se les reconocerá un adicional de 35% sobre los valores del Nomenclador (NG17).

2.2.2.13 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

6.171,63

2.2.2.14 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

5.181,76

2.2.2.15 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.950,65

In ternación en Rehabilitac ión

Hogar

Perm anente

Hogar con Centros de Día

Perm anente

Hogar con Centro Educacional Terapéutico

Page 24: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

24Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

2.Niveles de Atención y

Tratamiento Norm a Monto en Pesos

2.2.2.16 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

7.607,76

2.2.2.17 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

6.392,77

2.2.2.18 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

4.940,52

Estas prestaciones serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuenten con oferta educacional estatal adecuada a las características de su

discapacidad, conforme a lo que determine su reglamentación (NG6).Lunes a V iernes

2.2.2.19 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

5.369,35

2.2.2.20 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

4.512,12

2.2.2.21 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.505,48

2.2.2.22 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

6.712,35

2.2.2.23 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

5.637,06

2.2.2.24 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

4.297,61

Estas prestaciones serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuenten con oferta educacional estatal adecuada a las características de su

discapacidad, conforme a lo que determine su reglamentación (NG6).Lunes a V iernes

2.2.2.25 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

3.569,35

2.2.2.26 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

4.512,12

2.2.2.27 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.505,48

2.2.2.28 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

6.712,35

2.2.2.29 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

5.637,06

2.2.2.30 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

4.297,61

Lunes a V iernes

2.2.2.31 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

5.459,39

2.2.2.32 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

4.586,51

2.2.2.33 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.491,36

2.2.2.34 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

7.084,69

2.2.2.35 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

5.946,29

2.2.2.36 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

4.530,22

Perm anente

Ho g ar con Escolaridad Pre-Prim aria

Perm anente

Ho g ar con Escolaridad Prim aria

Perm anente

Ho g ar A lojam iento con Form ación Laboral

Perm anente

Page 25: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

25Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

2.Niveles de Atención y

Tratamiento Norm a Monto en Pesos

2.2.3

Se entiende a la unidad habitacional destinada a cubrir los requerim ientos de los discapacitados con suficiente nivel de autovalim iento e independencia. Conform ado por personas entre los 18 y 60 años de am bos sexos, que les

perm ita convivir en este sistem a.Lunes a V iernes

2.2.3.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

3.383,66

2.2.3.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

2.812,25

2.2.3.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

2.599,04

2.2.3.04 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

4.186,70

2.2.3.05 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

3.516,30

2.2.3.06 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.250,79

2.2.4

Este recurso tiene la finalidad de brindar cobertura integral a los n iños y adolescentes sin grupo fam iliar propio o continente.

Lunes a V iernes

2.2.4.01 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

3.359,37

2.2.4.02 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

2.824,38

2.2.4.03 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

2.599,04

2.2.4.04 Categoría ARes 2299/11 vig 01/12/10

4.144,00

2.2.4.05 Categoría BRes 2299/11 vig 01/12/10

3.319,20

2.2.4.06 Categoría CRes 2299/11 vig 01/12/10

3.250,79

2.3M odalidad de

Prestaciones Anexas

Los aranceles de cada m odulo inc luye el 100% de la cobertura prevista, por lo que el prestador no cobrará adicionales directam ente al beneficiario (NG 11).

La realización de estas prestaciones en horario nocturno no m odifica los aranceles establecidos (NG 12). Los aranceles son identicos para la atención

tanto en niños, jovenes y adultos (NG 14).

2.3.1

2.3.1.01 Por Hora

Se entiende por aquellas que recibe una persona con discapacidad com o com plem ento o refuerzo de otra prestación principal. Tipo de prestación:

am bulancia, atención en dom icilio , consultorio, centro de rehabilitación, etc. Las que deberán estar debidam ente justificada en e l p lan de tratam iento. El

m áxim o de horas será de hasta seis (6) sem anales.

Res 2299/11 vig 01/12/10

80,56

2.3.2

2.3.2.01 Por Km recorrido

Com prende el tras lado de personas discapacitadas desde y hasta su lugar de atención o residencia. Se otorgará este beneficio siem pre y cuando el

beneficiario se vea im posibilitado por d iversas c ircunstancias de utilizar los servicios públios según Ley 24.314, Art.22 inciso A). El tipo de transporte será: auto, m icrobus, etc. De requerir asistencia de terceros para la m ovilización y/o

traslado se reconocerá un adicional del 35% sobre e l valor establecido.

Res 2299/11 vig 01/12/10

2,86

Prestaciones de Apoyo

Transporte

Residencia Alojam iento

Perm anente

Pequeño Ho gar A lojam iento

Perm anente

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26Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Instituc iones o Sim ilar Prestación Código

Centro de Día Centro de Día 2.1.3

Centros de Estimulación Temprana Estimulación Temprana 2.1.5

Centros de Formación Laboral Especial Formación Laboral 2.1.6.4

Atención ambulatoria 2.1.1Hospital de Día 2.1.2

Centros de Rehabilitación con Internaci ó Internación en rehabilitación 2.2.1

Centros de Rehabilitación Profesional Rehabilitación Profesional 2.1.6.4

Centros Educativos Terapéuticos Centro Educativo Terapéutico 2.1.4

Atención ambulatoria 2.1.1Hospital de Día 2.1.2Internación de Rehabilitación 2.2.1Atención ambulatoria 2.1.1Internación en rehabilitación 2.2.1

Consu ltor ios de Rehabili tac ión de Hospitales

Atención ambulatoria 2.1.2

Consultorios Particulares Atención ambulatoria 2.1.1

Equipos Técnicos Interdisciplinarios de Apoyo

Integración Escolar 2.1.6.3

Escolaridad Pre-PrimariaEscolaridad PrimariaEscolaridad Pre-PrimariaEscolaridad Primaria

Escue la de Formac ión Laboral Espec ial o Común

Escolaridad Formación Laboral 2.1.6.4

Hogares Hogares 2.2.2

Atención ambulatoria 2.1.1Hospital de Día 2.1.2Internación en rehabilitación 2.2.1

Residencias (Casa, Departamentos preferentemente en áreas Urbanas

Escuela de Educación Especial 2.1.6.2

Hogares con Servicios de Rehabilitación

Pequeños Hogares 2.2.4

Instituciones relacionada con las prestaciones previstas en el Nom enclador para las personas con

discapacidadO rdenado por Ins tituc ión o S im ila r

Centros de Rehabilitación

Clínicas y Sanatorios de Rehabilitación

Clínicas y Sanatorios Polivantes

Escuela de Educación Común 2.1.6

0123456789

10111213141516171819202122232425

2627282930405060

70 en +

216 1

216 2

222

223

224

Prestaciones se g ún Edad cronoló g ica de N iños, Jóvenes y Adultos previstas en el Nom enclador para las Personas con d iscapacidad

Años

Prestación a Brindar

211

212

213

214

215

S e marcaron las cas illas conforme lo indicado, es decir cuando dice de 14 a 24 años se marcó desde lacas illa 14 a 24 inclus ive.

231

232

Aclaraciones del cuadroEn las prestaciones a brindar se colocó la codificación de cada uno de los módulos que se utilizaron.S e marcaron en gris los períodos que cada uno de los módulos cubre en la cronología de las personas condiscapacidades.

Hasta los 25 años se separó por año y luego en períodos de 10 años dejando la última fila para los 70 añosen más.

216 3

216 5

221

——————

Hog

ares

Hos

pita

l de

día

Inte

rnac

ión

de

Reh

abili

taci

ónR

ehab

ilita

ción

Pr

ofes

iona

lC

tro

Educ

ativ

o T R

esid

enci

a

Pequ

eños

H

ogar

es

Relación entre Instituciones o Similares y Prestaciones

Cen

tro d

e D

ía

Estim

ulac

ión

Tem

pran

aFo

rmac

ión

Labo

ral

Ate

nció

n A

mbu

lato

ria

Inte

grac

ión

Esco

lar

Educ

ació

n

Inic

ial

Educ

ació

n G

ral B

ásic

aP res tac ión

Ins tituciones o S im ila r

Centro de Día

Centros de Estim ulac ión Tem pranaCentros de Form ación Labora l Especia lCentros de Rehab ilitac iónCentros de Rehab ilitac ión con Centros de Rehab ilitac ión Centros Educativos TerapéuticosClín icas y Sanatorios de Rehab ilitac iónClín icas y Sanatorios PolivantesConsultorios de Rehab ilitac ión de Consultorios Particu laresEquipos Técnicos In terdisc ip linarios de Escuela de Educación Com únEscuela de Educación EspecialEscuela de Form ación Labora l Especia l o

Hogares

Hogares con Servic ios de R ehabilitación

Residencias

Unidad Habitac ional

Hog

ares

Hos

pita

l de

día

Inte

rnac

ión

de

Reh

abili

taci

ónR

ehab

ilita

ción

Pr

ofes

iona

lC

tro

Educ

ativ

o T R

esid

enci

a

Pequ

eños

H

ogar

es

Cen

tro d

e D

ía

Estim

ulac

ión

Tem

pran

aFo

rmac

ión

Labo

ral

Ate

nció

n A

mbu

lato

ria

Inte

grac

ión

Esco

lar

Educ

ació

n

Inic

ial

Educ

ació

n G

ral B

ásic

a

1.

1.1.

2.

2.1.2.2.2.3.

2.1.

a) Definición:

b) Patologías:

c) Prestación Institucional:

Niveles de Atención

Nivel de Consulta MédicaConsulta Médica en Rehabilitación FísicaDe acuerdo a la Resolución n° 432/97 de Aranceles Modulares para losHospitales Públicos en Autogestión.

Nivel de Atención y TratamientoModalidad de Atención AmbulatoriaModalidad de InternaciónModalidad de Prestaciones Anexas

Modalidad de Atención Ambulatoria

2.1.1 Atención Ambulatoria

Está destinado a pacientes con todo tipo dediscapacidades que puedan trasladarse a una instituciónespecializada en rehabilitación.Las previstas en la Clasificación Internacional deDeficiencias: Discapacidades y Minusvalías - OMS, con ladeterminación establecida por la Junta Evaluadora deorganismo competente incorporado al Sistema Unico dePrestaciones Básicas.o Clínicas o Sanatorios de Rehabilitación.o Hospitales con Servicios de Rehabilitación.o Consultorios de Rehabilitación de Hospitales.o Clínicas o Sanatorios Polivalentes.

d) Modalidad de Cobertura:

o Centros de Rehabilitación.o Consultorio Particular.

a) Módulo de tratamiento Integral Intensivo: comprendesemana completa (5 días).b) Módulo por tratamiento integral simple: incluyeperiodicidades menores a 5 días semanales.Comprende los siguientes tipos de atención:o Fisioterapia – Kinesiologíao Terapia Ocupacionalo Psicologíao Fonoaudiologíao Psicopedagogíao Y otros tipos de atención reconocidos por autoridadcompetente.La atención ambulatoria debe estar indicada y supervisadapor un profesional médico, preferentemente especialistasegún corresponda.Cuando el beneficiario reciba más de un tipo deprestación, las mismas deberán ser coordinadas entre losprofesionales intervinientes.

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27Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

a) Defin ición:

b) Población:

c) Patolo g ías:

d) Prestación Institucional:

e) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

2.1.2 Módulo Hos p ital de Día

Tratam iento am bula torio in tensivo con concurrencia d iariaen jornada m edia o com ple ta con un ob je tivo terapéuticode recuperación .Esta destinado a pacientes con todo tipo ded iscapacidades fís icas (m otoras y sensoria les) quepuedan trasladarse a una instituc ión especia lizada enrehab ilitac ión .Las previstas en la C lasificación Internacional deDeficiencias, D iscapacidades y M inusva lidas - O M S, con ladeterm inación estab lecida por la Junta Eva luadora deorg an ism o com petente incorporado a l S istem a Unico dePrestaciones Básicas. No com prende la atención deprestaciones de Hosp itales de D ía Psiqu iá tricos, los queestán contem plados en e l Nom enclador de Hosp italesPúb lico de Autogestión .

o C lín icas o S anatorios de Rehab ilitac ióno H osp ita les con Serv ic ios de Rehab ilitac ióno Centros de Rehabilitac ión

Concurrencia d iaria en jornada sim ple o doble, de acuerdocon la m odalidad de l serv ic io acred itado o la reg ión dondese desarrolla .E l M ódu lo inc luye honorarios pro fesiona les (C onsu ltas eInterconsu ltas), gastos de atención , m edicaciónespecífica , terapias de la especia lidad y otras prácticas ded iagnóstico o tra tam ientos necesarios para surehab ilitac ión .E l hosp ita l de día de m edia jornada incluye co lación y e la lm uerzo en e l de jornada doble.

d.1.6 Centro de Día

Tratam iento am bula torio que tiene un ob je tivo terapéutico-asistencia l para lograr e l m áxim o desarro llo deautova lim iento e independencia posib le en una personacon d iscapacidades.

N iños, jóvenes y/o adultos con d iscapacidades severas y/opro fundas, im posib ilitados de acceder a la escolaridad,capacitac ión y/o ubicación labora l pro teg ida .

Centros de D ía

Concurrencia d iaria en jornada sim ple o doble, de acuerdocon la m odalidad de l serv ic io acred itado o la reg ión dondese desarrolla .E l M ódu lo inc luye honorarios pro fesiona les (C onsu ltas eInterconsu ltas), gastos de atención , m edicaciónespecífica , terapias de la especia lidad y otras prácticas ded iagnóstico o tra tam ientos necesarios para surehab ilitac ión .E l hosp ita l de día de m edia jornada incluye co lación y e la lm uerzo en e l de jornada doble.

d.1.6 Módulo Centro Educativo-

Tratam iento am bula torio que tiene por ob je tivo laincorporación de conocim ientos y aprendiza jes de caráctereducativo a través de enfoques, m etodo log ías y técn icaseducativas a través de enfoques, m etodo log ías y técn icasde carácter te rapéutico.E l m ism o está d irig ido a n iños y jóvenes cuyad iscapacidad (m enta l, sensoria l, m otriz) no le perm iteacceder a un sistem a de educación especia l s is tem ático yreq uieren este tipo de serv ic ios para rea lizar un procesoeducativo adecuado a sus posib ilidades.Asim ism o com prende e l apoyo específico de aque llosd iscapacitados cuyo n ive l de recuperación les perm iteincorporarse a la educación sistem ática, cuando e l casoasí lo req uiera .

D iscapacitados m entales (psicó ticos y autis tas),les ionadosneuro lóg ios, para líticos cerebra les, m ultid iscapacitados,e tc., en tre los 4 y los 24 años de edad.

Centro E ducativo - Terapéutico .

Jornada sim ple o doble, d ia ria de acuerdo a la m odalidadde l serv ic io acred itado, o la reg ión donde se desarro lle.Cuando e l CE T funcione com o apoyo específico para losprocesos de escolarización , la a tención se brindará en unso lo turno y en contraturno concurrirá a l serv ic io educativoque corresponda o en sesiones sem anales.

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

d.1.6 Módulo Estimulación Temprana

Se entiende por Estim u lación Tem prana a l procesoterapéutico- educativo que pre tende prom over y favorecere l desarro llo arm ónico de las d ife rentes etapas de l n iñod iscapacitado.N iños d iscapacitados de 0 a 4 años de edad crono lóg ica , yeventua lm ente hasta los 6 años.Centros de Estim ulación Tem prana específicam enteacred itados para tal f in .A tención am bula toria ind ividua l, de acuerdo con e l tipo ded iscapacidadm , grado y etapa en que se encuentre , conpartic ipación activa de l grupo fam ilia r. Com prende hastatres (3) sesiones sem anales.

d.1.6 Prestaciones Educativas

d.1.6.4 Escolaridad Pre-Prim aria:

Es el proceso educativo correspondiente a la prim eraetapa de la Esco laridad que se desarro lla entre los 3 y 6años de edad aproxim adam ente de acuerdo con unaprogram ación específicam ente e laborada y aprobada parae llo .N iños d iscapacitados entre 3 y 6 años de edadcrono lóg ica , con posib ilidades de ingresar en un procesoescolar s is tem ático de este n ive l. Pueden concurrir n iñoscon d iscapacidad leve, m oderada o severa , d iscapacitadossensoria les, d iscapacitados m otores con o sin com prom isoin telectua l.Escue la de Educación especia l y/o escue la de educacióncom ún, en aque llos casos que la in teg ración escolar seaposib le o indicada.Jornada sim ple o doble, d ia ria de acuerdo a la m odalidadde l serv ic io acred itado, o a la reg ión donde se desarro lle.Cuando la escue la im plem ente program as de in teg racióna la escue la com ún, la a tención se brindará en un so loturno en form a diaria o periód ica , según corresponda.

2.1.6.2 Escolaridad Prim aria:

Es el proceso educativo program ado y sistem atizado quese desarro lla entre los 6 y 14 años de edadaproxim adam ente o hasta la fina lización de l c icocorrespondiente , dentro de un serv ic io escolar especia l ocom ún.N iños d iscapacitados entre 6 y 14 años de edadcrono lóg ica aproxim adam ente con d iscapacidad leve,m oderada o severa , d iscapacitados sensoria les,d iscapacitados m otores con o s in com prom iso in te lectua l.

Escue la de Educación especia l y/o escue la de educacióncom ún, en aque llos casos que la in teg ración escolar seaposib le o indicada.Jornada sim ple o doble, d ia ria de acuerdo a la m odalidadde l serv ic io acred itado, o a la reg ión donde se desarro lle.Cuando la escue la im plem ente program as de in teg racióna la escue la com ún, la a tención se brindará en un so loturno en form a diaria o periód ica , según corresponda.

2.1.6.3 Apoyo a la Integración Escolar:

Es el proceso program ado y sistem atizado de apoyopedagóg ico que req uiere un a lum no con necesidadeseducativas especia les para in teg rarse en la escolaridadcom ún en cua lq uiera de sus n ive les.Abarca una población entre los 3 y 18 años de edad ohasta fina lizar e l c ic lo de esco laridad que curse .

N iños y jóvenes con necesidades educativas especia lesderivadas de a lguna prob lem ática de d iscapacidad(sensoria l, m otriz, de fic iencia m ental u o tras), que puedanacceder a la escolaridad en serv ic ios de educación com úny en los d ife rentes n ive les.Educación Inic ia l, EG B, Po lim odal. Entre los 3 y 18 añosde edad.

Page 28: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

28Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

2.2.

a) Defin ición:

b) Patolo g ías:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

2.2.2.

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación

d) Modalidad de Cobertura:

Eq uipos técn icos in terd isc ip linarios de apoyo conform adospor pro fesiona les y docentes especia lizados.

A tención en escue la com ún, en consu lto rio, en dom ic ilio ,en fo rm a s im ultánea y/o sucesiva , según corresponda.

2.1.6.4 Escolaridad Formación Laboral:

Es el proceso educativo de capacitac ión que im plicaeva luación , orien tación específica , fo rm ación labora l y/opro fesiona l cuya fina lidad es la preparación adecuada deuna persona con d iscapacidad para su inserc ión en e lm undo de l traba jo .Es de carácter educativo y sistem ático y deberá respondera un program a específico , de duración determ inada yaprobado por org an ism os ofic iales com petentes en lam ateria .Ado lescentes, jóvenes y adultos d iscapacitados entre los14 y 24 años de edad crono lóg ica aproxim adam ente .Las personas con d iscapacidad adqu irida podránbenefic ia rse de la Form ación Laboral y/o rehab ilitac iónpro fesiona l por un período no m ayor de 2 años.

Centros o escue las de form ación labora l especia l ocom ún. Centros de Rehab ilitac ión pro fesiona l.En todos aque llos casos, que fuere posib le , se prom overála form ación labora l y la rehab ilitac ión pro fesiona l enrecursos instituc iona les de la com unidad.

Jornada sim ple o doble, en form a diaria o periód ica segúne l program a de capacitac ión que se desarro lle y justifiquela m odalidad. Los cursos no podrán extenderse m ás a lláde los 3 años de duración .

Modalidad de Internación

2.2.1. Módulo de Internación en Rehabilitación:

Está destinada a la atención de pacientes en etapa sub-aguda de su enferm edad d iscapacitan tes que hayansuperado riesg o de vida, con com pensaciónhem odinám ica, s in m edicación endovenosa y que nopresenten escaras de tercer g rado.

Las previstas en la C lasificación Internacional deDeficiencias, D iscapacidades y M inusva lidas - O M S, con ladeterm inación estab lecida por la Junta Eva luadora deorg an ism o com petente incorporado a l S istem a Unico dePrestaciones B ásicas.

o C lín icas o S anatorios de Rehab ilitac ióno H osp ita les con Serv ic ios de Rehab ilitac ióno C lín icas o S anatorios Po livalenteso C entros de Rehab ilitación con In ternación .Inc luye:Eva luación prescripc ión y segu im iento por m édicoespecia lis ta .Seg uim iento c línico d ia rio.T ratam iento de rehab ilitac ión según la com ple jidadperm itida por el caso.Aná lisis y R x de ru tina .Excluye:Asistencia y segu im iento de l/de los m édicos de cabecera yespecia lis tas.Estud ios de d iag nósticos por im ág enes.Eq u ipam iento (las ayudas técn icas deben ser brindadasdurante la inte rnación aguda).M edicam entos no inherentes a la secue la .Paña les descartab les

Módulo Ho gar

Se entiende por hogar a l recurso instituc iona l que tienepor fina lidad brindar cobertura in teg ra l a losreq uerim ientos básicos esencia les (v iv ienda, a lim entación,a tención especia lizada) a personas con d iscapacidad singrupo fam ilia r p rop io o con grupo fam ilia r no continente.E l Hogar estará d irig ido pre ferentem ente a las personascuy d iscapacidad y n ive l de autova lim iento eindependencia sea d ificultosa a través de los otrossistem as descrip tos, y req uieran un m ayor grado deasistencia y pro tección .

N iños, adolescentes, jóvenes y adultos, de d istin to sexo ysim ila r tipo y g rado de d iscapacidad.Hogares

• M ódulo de a lo jam iento perm anente• M ódulo de a lo jam iento de lunes a viernesLa prestación de hogar puede com binarse con las otrasm odalidades de prestaciones am bula torias enunciadas en2.1 .3 , 2 .1 .4 , 2 .1 .6 .1 , 2 .1 .6 .2 y 2.1 .6 .4 .

2.2.2.

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

2.2.4.

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

2.3.

a) Defin ición:

b) Población:

c) Prestación Institucional:

d) Modalidad de Cobertura:

a) Defin ición:

b) Población:

c) Tipo de transporte:

Residencia A lo jam iento:

Se entiende por residencia a la un idad habitac iona l,destinada a cubrir los req uerim ientos de las personasd iscapacitadas con sufic ien te y adecuado n ive l deautova lim iento e independencia para abastecer susnecesidades básicas.Personas d iscapacitadas entre 18 y 60 años de edad, deam bos sexos, que les perm ita conviv ir en este sistem a.Asim ism o, podrán considerarse residencias para personasd iscapacitadas de l m ism o sexo y tipo de d iscapacidad.

Residencias (casas o departam entos, pre ferentem ente enáreas urbanas, con capacidad entre 8 y 10 personas).

• M ódulo de a lo jam iento perm anente• M ódulo de a lo jam iento de lunes a viernesLa prestación de hogar puede com binarse con las otrasm odalidades de prestaciones am bula torias enunciadas en2.1 .3 , 2 .1 .4 , 2 .1 .6 .1 , 2 .1 .6 .2 y 2.1 .6 .4 .

Pequeño Ho g ar A lo jam iento

Se entiende por pequeño hogar e l recurso que tiene porfina lidad brindar cobertura in teg ra l a los req uerim ientosbásicos esencia les para e l desarro llo de n iños yadolescentes d iscapacitados sin grupo fam ilia r prop io ocontinente .N iños y adolescentes d iscapacitados entre 3 y 21 años deedad, de am bos sexos y con un tipo de grado ded iscapacidad q ue les perm ita convivir en este s is tem a.

Unidad habitac iona l (casas o departam entos, concapacidad variab le entre 12 y 15 n iños y ado lescentes).

• M ódulo de a lo jam iento perm anente• M ódulo de a lo jam iento de lunes a viernesLa prestación de hogar puede com binarse con las otrasm odalidades de prestaciones am bula torias enunciadas en2.1 .3 , 2 .1 .4 , 2 .1 .6 .1 , 2 .1 .6 .2 y 2.1 .6 .4 .

M odalidad de Internación

2.3.1. Prestaciones de Apoyo

Se entiende por prestaciones de apoyo aque llas querecibe una peronsa con d iscapacidad com o com plem entoo re fuerzo de o tra prestación princ ipa l.

N iños, jóvenes o adultos d iscapacitados con necesidadesbásicas te rapéuticas o asistencia les especia les.

Am bulatoria, A tención en e l dom ic ilio , consu lto rio, centrode Rehabilitac ión, e tc. La m ism a será brindada porpro fesiona les, docentes y/o técn icos, qu ienes deberánacred itar su especia lidad m ediante títu lo habilitanteotorgado por au toridad com petente .E l o torgam iento de estas prestaciones deberá estardebidam ente justificado en e l p lan de tra tam ientorespectivo , y para ser consideradas com o tales, tendránque ser sum in istradas fuera de l horario de atención de laprestación princ ipa l. E l m áxim o de horas de prestacionesde apoyo será de hasta se is (6) horas sem anales; cuandoe l caso req uiera m ayor tiem po de atención deberáorien tarse a l benefic ia rio a a lgun a de las otrasprestaciones previstas.

2.3.2. Transporte

El m ódulo de transporte com prende e l tras lado de laspersonas d iscapacitadas desde su residencia hasta e llugar de su atención y viceversa. Este benefic io le seráotorgado siem pre y cuando e l benefic ia rio se veaim posib ilitado por d iversas circunstancias de usufructuar e ltras lado gra tu ito en transportes públicos de acuerdo a loprevisto en la Ley 24.314, Artícu lo 22 Inc iso a).

N iños, jóvenes y adultos que presenten d iscapacidadesque im pidan su traslado a través de l transporte público depasa jeros.Autom óvil, M icrobus, etc.

En caso de benefic ia rios que req uieran asistencia deterceros para su m ovilización y/o tras lados se reconoceráun ad ic iona l de l 35% sobre e l va lor estab lecido .

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29Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

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Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONASJURÍDICAS

Resolución Nº 371Viedma, 28 de junio de 2011.

Visto: el expediente N° 8946-IGPJ-2011,mediante el cual la fundación denominada:“Fundación Capacita’s”, solicita la obtención de lapersonería jurídica, de acuerdo a lo establecido enel Código Civil, la Ley Nacional N° 19.836, la LeyProvincial K N° 3827 y su Decreto ReglamentarioN° 725/07, y;

CONSIDERANDO:Que a fojas 01 consta nota de presentación

suscripta por apoderado de la Fundación mencio-nada, que el mismo se presentan ante este Orga-nismo a efectos de tramitar la personería jurídicade la misma, en los términos del Arts. 33 y 45 delCódigo Civil;

Que a tales efectos acompañan, acta consti-tutiva, estatuto suscrito por los fundadores y certi-ficadas las mismas por notario (fs. 02 a 06),inventario patrimonial inicial (fs. 12 y 13), cálculosde ingresos y egresos y Plan trienal (fs. 7 a 9), yconstancias de pago de tasa retributiva de serviciosconforme Ley K N° 4486, Inc. D, apartado 2.1(fs. 1 vta.);

Que a fojas 21 consta informe N° 154/11 delDepartamento de Individualización y Rúbrica deLibros, mediante el cual se informa que han sidodebidamente habilitados los Libros de Actas delConsejo de Administración, Diario General eInventario y Balance, de acuerdo al informe noexisten impedimentos para su habilitación,informando que se ha dado cumplimiento al pagode la tasa retributiva de Servicios N° 4486, Inc. D,apartado 2.8;

Que a fojas 2 vuelta surge la sede de la fundaciónen los términos del Art. 11 del Decreto N° 725/07,reglamentario de la Ley K N° 3827, el cual serátenido como válido para esta Inspección Generalde Personas Jurídicas a todos los efectos legales denotificación, inspecciones, y demás, debiendoinformar todo cambio en el plazo estipulado en elArt. 12 del mencionado Decreto. La inobservanciade este artículo, dará lugar a aplicaciones desanciones por parte de la mencionada InspecciónGeneral, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y13;

Que los fines que se propone dicha instituciónse hallan comprendidos en la disposición del artículo33 inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que habiendo intervenido la asesoría legal y eldepartamento de Personería Jurídica a fojas 17 y22, respectivamente, no han presentado objeciones

legales ni formales conforme la Ley K N° 2938 yLey K N° 3827;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827, Art. 9°, inc a), Art.33 y 45 del Código Civil y Ley N° 19.836.

Por ello,La Sub Inspectora General

de Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase, para funcionar comopersona jurídica a la fundación denominada:“Fundación Capacita’s”, constituida y con domicilioen calle Maestra Krusse N° 674 de la ciudad deViedma, Departamento Adolfo Alsina de estaProvincia, el día 14 de febrero de 2011 y apruébesesu estatuto social obrante de foja tres (3) a seisvuelta (6 vta.) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese, a la misma bajo elnúmero: dos mil setecientos setenta y uno (n°2.771).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,ordenar al Departamento de Mesa de Entrada deeste Organismo remitir la presente al Boletín Oficialde la Provincia de Río Negro para su efectivapublicación y archívese.

Dra. Virginia Francioni, Sub Inspectora Generalde Personas Jurídicas.

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30Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Resolución Nº 375Viedma, 30 de junio de 2011.

Visto, el expediente N° 8499-IGPJ-2010,caratulado: “Asociación Civil Amuillán” (Allen) s/Personería Jurídica, adjunta documentación; y

CONSIDERANDO:Que a foja 02 consta nota suscripta por los

Sres. Presidente y Secretario de la instituciónmencionada, y se presentan ante este Organismo aefecto de tramitar la personería jurídica en lostérminos del Art. 33 y 45 del Código Civil;

Que a foja 03 obra acta constitutiva, estatutosocial suscripto por las autoridades (fs. 05 a 16);nómina de asociados (fs. 19); nómina de aceptaciónde los distintos cargos institucionales (fs. 20 a 22);inventario patrimonial (fs. 18) y constancia deTasas Retributivas de Servicios conforme ley K N°4486. inc. D apartado 2.1 (fs 02);

Que a foja 28 consta informe N° 321 delDepartamento de Individualización y Rúbrica deLibros, mediante el cual se informa que han sidodebidamente habilitados los Libros de Acta deAsambleas, Libro de Acta de reuniones de ComisiónDirectiva, Libro de Registro de Asistencia aAsambleas y Reuniones de Comisión Directiva,Libro de Registro de Asociados, Libro de Inventarioy Balance, Libro Diario. De acuerdo al informe noexisten impedimentos para su habilitación,informando que se ha dado cumplimiento al pagode Tasa Retributiva de Servicios N° 4486, Inc. d),apartado 2.8;

Que a foja 03 surge la sede de la asociación enlos términos del Art. 11 del Decreto N° 725/07,reglamentario de la Ley K N° 3827, el cual serátenido como válido para esta Inspección Generalde Personas Jurídicas a todos los efectos legales denotificación, inspecciones, y demás, debiendoinformar todo cambio en el plazo estipulado en elArt. 12 del mencionado Decreto. La inobservanciade este artículo, dará lugar a aplicaciones desanciones por parte de la mencionada InspecciónGeneral, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y13;

Que a foja 29 obra nota solicitando do-cumentación a completar para culminar el trá-mite;

Que a foja 30 por nota con fecha de ingreso 26de mayo de 2011 se realiza la presentación de ladocumentación solicitada;

Que habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley Provincial N° 3.827, demásreglamentaciones vigentes y que su estatuto socialse ajusta a los preceptos legales en vigor conformea informes de los Departamentos de Asesoría Legaly Personería de este Organismo, fojas 47 y 49 enlos cuales consta que no hay objeciones jurídicaspara obtener la personería;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, Inc. a), Arts.33 y 45 del Código Civil.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como

persona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil Amuillán”, constituida y condomicilio en Calle Pellegrini N° 78 de la localidadde Allen, Departamento General Roca de estaProvincia, el día 20 de agosto de 2010 y aprué-bese su estatuto social obrante de foja treinta y dos(32) a cuarenta y cinco (45) del expediente alu-dido.

Art. 2º - Inscríbase, la misma bajo el número:dos mil setecientos sesenta y uno (2.761).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora Generalde Personas Jurídicas.

Resolución Nº 376Viedma, 1 de julio de 2011.

Visto, el Expte. N° 8761-IGPJ-2011, medianteel cual la fundación denominada: “Fundación MúsicaViva”, solicita la obtención de la personería jurídica,de acuerdo a lo establecido en el Código Civil, laLey Nacional N° 19.836, la Ley Provincial K N°3827 y su Decreto Reglamentario N° 725/07, y;

CONSIDERANDO:Que a fojas 02 consta nota de presentación

suscripta por la secretaria de la fundaciónmencionada, que la misma se presenta ante esteOrganismo a efectos de tramitar la personeríajurídica de la misma, en los términos del Arts. 33 y45 del Código Civil;

Que a tales efectos acompañan, acta constituti-va, estatuto suscripto por los fundadores y certifica-das las mismas por notario (fs. 03 a 07), boleta dedepósito de patrimonio inicial (fs. 8 y 9), cálculosde ingresos y egresos y Plan trienal (fs. 10 a 13), yconstancias de pago de tasa retributiva de serviciosconforme Ley K N° 4486, Inc. D, apartado 2.1(fs.);

Que a fojas 27 consta informe N° 083/11 delDepartamento de Individualización y Rúbrica deLibros, mediante el cual se informa que han sidodebidamente habilitados los Libros de Actas delConsejo de Administración, Diario General e Inven-tario y Balance, de acuerdo al informe no existenimpedimentos para su habilitación, informando quese ha dado cumplimiento al pago de la tasa retri-butiva de Servicios N° 4486, Inc. D, apartado 2.8;

Que a fojas 03 vuelta surge la sede de la fundaciónen los términos del Art. 11 del Decreto N° 725/07,reglamentario de la Ley K N° 3827, el cual serátenido como válido para esta Inspección Generalde Personas Jurídicas a todos los efectos legales denotificación, inspecciones, y demás, debiendoinformar todo cambio en el plazo estipulado en elArt. 12 del mencionado Decreto. La inobservanciade este artículo, dará lugar a aplicaciones de sancio-nes por parte de la mencionada Inspección General,de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y 13;

Que a fojas 30 obra nota de este Organismosolicitando documentación a completar paraculminar el trámite, dándose cumplimientoconforme fojas 32;

Que los fines que se propone dicha instituciónse hallan comprendidos en la disposición del artículo33 inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;

Que habiendo intervenido la asesoría legal y eldepartamento de Personería Jurídica a fojas 35 y37, respectivamente, no han presentado objecioneslegales ni formales conforme la Ley K N° 2938 yLey K N° 3827;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, inc a), Arts.33 y 45 del Código Civil y Ley N° 19.836.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como

persona jurídica a la fundación denominada:“Fundación Música Viva”, constituida y con domi-cilio en calle Cruz del Sur N° 185 de la ciudad de SanCarlos de Bariloche, Departamento Bariloche deesta Provincia, el día 25 de octubre de 2010 yapruébese su estatuto social obrante de foja tresvuelta (3 vta.) a seis (6) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese, a la misma bajo el número:dos mil setecientos setenta y tres (N° 2.773).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,ordenar al Departamento de Mesa de Entrada deeste Organismo remitir la presente al Boletín Oficialde la Provincia de Río Negro para su efectivapublicación y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora Generalde Personas Jurídicas.

Resolución Nº 377Viedma, 1 de julio de 2011.

Visto, el expediente N° 8064-IGPJ-2011,caratulado: “Asociación de Bomberos Voluntariosde General Conesa” (General Conesa), s/ se declareeficaz asamblea y reforma del estatuto social,adjunta documentación; y

CONSIDERANDO:Que a fojas 01 obra nota suscripta por el

presidente respectivamente en la cual solicitanautorización para realizar Asamblea GeneralOrdinaria a celebrarse por la asociación que presidey adjuntando la documentación correspondiente;

Que de fojas 02 a 04 consta acta de ComisiónDirectiva, mediante la cual se resuelve convocar aasamblea con fecha 28 de agosto de 2010 a las09:00 hs., fijando el orden del día a tratar,conjuntamente con proyecto de reforma a suestatuto social;

Que a fojas 32/33 consta padrón de socios encondiciones de participar del acto asambleario;

Que de fojas 28 a 29 y 34, se encuentra acta deasamblea y listado de socios presentes en la misma,respectivamente;

Que a fojas 39 y 84 obran notas solicitandodocumentación a cumplimentar para culminar eltrámite, dándose cumplimento conforme fojas 85ingresada a este Organismo con fecha 10 de juniode 2011;

Que a fojas 106 y 108 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley N° 3827 y demás reglamenta-ciones vigentes;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, inc. A), Arts.33 y 45 del Código Civil.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos

administrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 28 de agosto de 2010 y la reforma del estatutosocial de la asociación civil denominada:“Asociación de Bomberos Voluntarios de GeneralConesa”, con domicilio en la localidad de GeneralConesa, conforme a fojas veintiocho (28) aveintinueve (29) y el nuevo texto del estatuto socialobrante de foja noventa y uno (91) a ciento cuatro(104) del expediente aludido.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora Generalde Personas Jurídicas.

—oOo—Resolución Nº 378

Viedma, 1 de julio de 2011.Visto, el expediente N° 6858-IGPJ-2010,

caratulado: “Asociación Civil La Semilla” (SanCarlos de Bariloche) s/Personería Jurídica, adjuntadocumentación; y

CONSIDERANDO:Que a fojas 02 consta nota suscripta por los

Sres. Presidente y Secretario de la instituciónmencionada y se presentan ante este Organismo aefectos de tramitar la personería jurídica en lostérminos del art. 33 y 45 del Código Civil;

Que a fojas 03 a 06 obra acta constitutiva,estatuto social suscripto por las autoridades (fs. 07a 13), nómina de socios (fs. 15), aceptación de losdistintos cargos institucionales (fs. 14) y constanciade tasa retributiva de servicios conforme Ley K N°4486. inc. D, apartado 2.1 (fs. 02);

Que a fojas 24 consta informe del Departa-mento de Individualización y Rúbrica de Libros,mediante el cual se informa que han sido

Page 31: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

31Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

debidamente habilitados los Libros de Acta deAsambleas, Libro de Actas de Reuniones deComisión Directiva, Libro de Registro de Asistenciaa Asambleas y Reuniones de Comisión Directiva,Libro de Registro de Asociados, Libro de Inventarioy Balance, Libro Diario. De acuerdo al informe noexisten impedimentos para su habilitación,informando que se ha dado cumplimiento al pagode la tasa retributiva de Servicios N° 4486, Inc. d),apartado 2.8;

Que a fojas 26 surge la sede social de laAsociación en los términos del Art. 11 del DecretoN° 725/07, reglamentario de la Ley K N° 3827, elcual será tenido como válido para esta InspecciónGeneral de Personas Jurídicas a todos los efectoslegales de notificación, inspecciones y demás,debiendo informar todo cambio en el plazoestipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto.La inobservancia de este artículo, dará lugar aaplicaciones de sanciones por parte de la mencio-nada Inspección General, de acuerdo a lo normadoen los Arts. 11 y 13;

Que a fojas 20, 59 y 78 obran notas solicitandodocumentación a completar para culminar eltrámite; dándose cumplimiento conforme fojas 80,ingresada a este Organismo con fecha 6 de junio de2011;

Que de fojas 62 a 72 consta copia certificadadel Estatuto Social volcado a Libro de Actas deAsambleas Generales, previamente autorizado, conlas firmas pertinentes;

Que habiéndose cumplido con los requisitosexigidos por Ley Provincial N° 3.827, demásreglamentaciones vigentes y que su estatuto socialse ajusta a los preceptos legales en vigor conformea informes de los Departamentos de Asesoría Legaly Personería de este Organismo, fojas 86 y 88 enlos cuales consta que no hay objeciones jurídicaspara obtener la personería;

Que la presente se dicta conforme las facultadesconferidas a esta Inspección General de PersonasJurídicas, por Ley K N° 3827 Art. 9°, Inc. a), Arts.33 y 45 del Código Civil.

Por ello,La Inspectora General de Personas Jurídicas

RESUELVE:Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como

persona jurídica a la asociación civil denominada:“Asociación Civil La Semilla”, constituida y condomicilio en la calle Avda. Bustillo n° 15.500 de lalocalidad de San Carlos de Bariloche, DepartamentoBariloche de esta Provincia, el día 24 de febrero de2010 y apruébese su estatuto social obrante de fojassesenta y dos (62) a setenta y dos (72) delexpediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese, la misma bajo el número:dos mil setecientos setenta y dos (2.772).

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora Generalde Personas Jurídicas.

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Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda, Obras

y Servicios PúblicosDIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO

E INFORMACIÓN TERRITORIALResolución Nº 002-11

Viedma, 13 de enero de 2011.Visto el plano PH 61-10, de mensura particular

de unificación y división para someter al régimende la Ley nacional N° 13512 (propiedad horizon-tal), del edificio construido en lote 5 manzana 2 yparcela 06A, manzana 451 ubicado en la calleAmeghino N° 439 y Avenida Cardenal CaglieroN° 995, localidad Viedma, Departamento AdolfoAlsina, que fuera registrado el 5 de julio de2010;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 16 de diciembre de 2010,

el profesional solicita la suspensión del plano PH61-10;

Que el profesional modificará la unidadfuncional 002;

Que del informe del área Registración Par-celaria surge que el mencionado plano no ha sidoutilizado para su inscripción en el dominio, noexistiendo inconveniente para acceder a losolicitado,

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la suspensión de la Re-gistracion del plano PH 61-10, de mensura parti-cular de unificación y división para someter alrégimen de la Ley nacional N° 13512 (propiedadhorizontal), del edificio construido en lote 5 man-zana 2 y parcela 06A, manzana 451 ubicadoen la calle Ameghino N° 439 y Avda. CardenalCagliero N° 995, localidad Viedma, DepartamentoAdolfo Alsina, Nomenclatura Catastral DC 18, Cl,Secc. E, Mz. 451, Parc. 05A, U.F 001, 002, y003.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de Viedmay Áreas de esta Repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

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Resolución Nº 003-11Viedma, 17 de enero de 2011.

Visto el Plano PH N° 61-10, de mensuraparticular con unificación y división para someteral régimen de la Ley Nacional N° 13512 (PropiedadHorizontal) el edificio construido en el lote 5,manzana 2 y Parcela 06A de la Manzana 451,ubicado en la calle Ameghino N° 439 y la Avda.Cardenal Cagliero N° 995, localidad Viedma,Departamento Adolfo Alsina, que fuera registradoel 5 de julio de 2010; y

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 02-11 se suspendió la

registración otorgada con fecha 5 de julio de 2010;Que en el plano original se han efectuado las

correcciones pertinentes y se han presentado lasnuevas copias;

Que por ello es necesario restituir la registracióndel Plano PH N° 61-10.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1º - Ordenar la restitución de laRegistración otorgada con fecha 5 de julio de 2010del Plano PH N° 61-10, de mensura particular conunificación y división para someter al régimen dela Ley Nacional N° 13512 (Propiedad Horizontal)el edificio construido en el lote 5, manzana 2 yParcela 06A de la Manzana 451, ubicado en lacalle Ameghino N° 439 y la Avda. CardenalCagliero N° 995, localidad Viedma, DepartamentoAdolfo Alsina, Nomenclatura Catastral DC 18, C1,Secc. B, Mz. 451, Parc. 05A, UF 001, 002 y003.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de Viedmay Áreas de esta Repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.-

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 004-11Viedma, 19 de enero de 2011.

Visto el expediente N° 1054-10 de mensuraparticular para tramitar prescripción adquisitivade dominio sobre la parcela identificada catastral-mente como 07-1-E-068-01, a favor de Madariaga,Carlos Alberto (Cuit 20-12362009-8) y;

CONSIDERANDO:Que por Nota DGC e IT N° 19-10 de fecha 18/

11/10 (foja 8) se solicitó la pertinente intervenciónmunicipal en los términos del Art. 16 del DecretoN° 1220/02, en virtud de la presentación efectuadapor el Agrim. Walter Favretto según nota de fecha17/11/10 obrante a fojas 6;

Que por nota de fecha 7/12/10 de la Muni-cipalidad de Luis Beltrán, se informa que lamencionada mensura no fue visada por dichomunicipio en virtud de existir un Plano de Mensuraque fuera registrado por la DGC e IT bajo el número510/10, con fines de expropiación;

Que el principio contenido en la norma (Art.789 inciso 4 del Código Procesal Civil y Comercial)es que no puede enervarse administrativamente loque debe, necesariamente, ser objeto de acciónjudicial. Es decir, en el caso bajo análisis la negaciónde la inscripción del plano de mensura importaríaun juzgamiento anticipado de la acción civil, locual es incompatible con las funciones del poderadministrador;

Que la mensura no es un medio para adquirir laposesión sino la expresión de una aparente posesiónpreexistente. El plano de mensura es un documentodonde se determina la “pretensión a prescribir”.No da derechos ni abre juicio sobre aspectos jurídicosque hagan a la posesión en sí, pues ello es exclusivodel ámbito judicial y la intervención de la DGC eIT es únicamente en los aspectos extrínsecos quehacen al documento y las cuestiones formales delRegistro Parcelario y Gráfico para la creación delfuturo estado parcelario; razón por la cual noexisten razones que fundamenten impedimentoalguno para la inscripción provisoria;

Que no obstante lo cual, por tratarse de unaincorporación al registro público de carácterespecial y excepcional, es preciso dejar constanciade tal situación mediante nota aclaratoriaexpresamente contenida en el cuerpo deldocumento a inscribir;

Que la presente se encuadra en las facultadesemanadas de los artículos 1° inc. a), y 2° incs. a) yn) de la Ley Q 3483.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la inscripción provisoriadel Plano de Mensura Particular para tramitarPrescripción Adquisitiva de Dominio característica1054/10, tramitado por el Sr. Madariaga, CarlosAlberto (Cuit 20-12362009-8) sobre la parcelaidentificada catastralmente como 07-1-E-068-01cuya resultante es la parcela 07-1-E-068-01B, conel alcance propio establecido por las normasregístrales catastrales vigentes a la fecha.

Art. 2°.- Ordenar al Área Registración de Men-suras que previo a la inscripción provisoria delPlano 1054/10 exija la incorporación en la carátuladel mismo de la siguiente leyenda: “La inscripciónprovisoria del presente plano de mensura en elRegistro Público Catastral sin opinión favorabledel órgano jurisdiccional municipal competente,es al exclusivo efecto de aportar al juez queentenderá en el eventual juicio de usucapión, laidentificación e individuación de la parcela que diceser poseída, sin que ello implique el reconocimientode derechos posesorios sobre la misma”.

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese al Profesionalque interviene en el Expediente CO 1054/10, a laMunicipalidad de Luis Beltrán, Delegación Zonal

Page 32: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

32Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Alto Valle y Áreas de esta Dirección General quecorresponda, publíquese en el Boletín Oficial.Cumplido, archívese.-

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 005-11

Viedma, 31 de enero de 2011.Visto el plano PH 99-10, de Mensura Particular

de División para Someter al Régimen de PropiedadHorizontal (Ley 13512), según Ley Provincial N°3127 los edificios a construir en calles Avenida delVado y Los Nogales, en la parcela 04C, Chacra004, Localidad Dina Huapi, Departamento Pilcani-yeu, que fuera registrado el 21 de julio de 2010;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 19 de enero de 2011, el

propietario solicita la anulación del plano PH 99/10;

Que del informe de Dominio y del área Regis-tración Parcelaria surge que el mencionado planono ha sido utilizado para su inscripción en eldominio, no existiendo inconveniente para accedera lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la anulación de laRegistración del plano PH 99/10, de MensuraParticular de División para Someter al Régimen dePropiedad Horizontal (Ley 13512), según LeyProvincial N° 3127 los edificios a construir encalles Avenida del Vado y Los Nogales, en la parcela04C, Chacra 004, Localidad Dina Huapi, Departa-mento Pilcaniyeu, Nomenclatura Catastral DC 19,C3, Secc. D, Ch. 004, Parc. 04E, UF 001 a 010.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al propietario, al Registro de la PropiedadInmueble, a la Municipalidad de Dina Huapi,Delegación Zonal Andina y Áreas de estaRepartición que correspondan, publíquese en elBoletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 007-11

Viedma, 14 de febrero de 2011.Visto el Plano N° 1231-10, de Mensura Particu-

lar de Unificación de los lotes 28, 29 y 30, manzana9, localidad Villa Regina, Departamento GeneralRoca, que fuera registrado el 7 de enero de 2011; y

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 25 de enero de 2011, el

propietario solicita la anulación del plano N° 1231-10;

Que del informe del área Registración Parcelariasurge que el mencionado plano no ha sido utilizadopara su inscripción en el dominio, no existiendoinconveniente para acceder a lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE

Artículo 1°.- Ordenar la anulación del Plano N°1231-10 de Mensura Particular de Unificación delos lotes 28, 29 y 30, manzana 9, localidad VillaRegina, Departamento General Roca, que fueraregistrado el 7 de enero de 2011, NomenclaturaCatastral DC 06 – C 1, Secc. B, Mz. 519, Parc.14A.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al Registro de la Propiedad Inmueble, a laMunicipalidad de Villa Regina, Delegación ZonalAlto Valle y Áreas de esta Repartición que corres-pondan, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 010-11Viedma, 6 de abril de 2011.

Visto el plano PH 243-10, de mensura de divi-sión para someter al régimen de la Ley NacionalN° 13512 (propiedad horizontal), del edificio cons-truido en la calle Lucio V. Mansilla N° 857, Parcela20 Manzana 611, localidad Cipolletti, Dpto. Gral.Roca, que fuera registrado el 2 de febrero de 2011;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 16 de marzo de 2011, el

profesional solicita la suspensión del plano PH 243-10;

Que el profesional detectó un error en ladesignación del nombre del titular de dominio;

Que del informe del área Registración Parcelariasurge que el mencionado plano no ha sido utilizadopara su inscripción en el dominio, no existiendoinconveniente para acceder a lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1º - Ordenar la suspensión de la Regis-tración del plano PH 243-10, de mensura de divisiónpara someter al régimen de la Ley nacional N°13512, del edificio construido en la calle Lucio V.Mansilla N° 857, Parcela 20, Manzana 611,Localidad Cipolletti, Departamento General Roca,Nomenclatura Catastral DC 03, C1, Secc. G, Mz.611, Parc. 20A, U.F 001 a 004, UF 005 a 008 yUC 001 a 005.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al propietario, al Registro de la PropiedadInmueble, a la Municipalidad de Cipolletti,Delegación Zonal Alto Valle y Áreas de estaRepartición que correspondan, publíquese en elBoletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 011-11

Viedma, 6 de abril de 2011.Visto el plano Dup. 3354, de mensura particular

de deslinde y amojonamiento del Lote 100 bis,parte legua b, Sección V, Paraje Villa LLanquin,Departamento Pilcaniyeu, que fuera registrado el12 de mayo de 1993;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 21 de marzo de 2011 de

la Dirección de Tierras y Colonización, solicita laanulación del plano Dup. 3354;

Que del informe del área Registración Parcelariasurge que el mencionado plano no ha sido utilizadopara su inscripción en el dominio, no existiendoinconveniente para acceder a lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la anulación de la Regis-tración del plano Dup. 3354 de mensura particularde deslinde y amojonamiento del Lote 100 bis,parte legua b, Sección V, Paraje Villa LLanquin,Departamento Pilcaniyeu, Nomenclatura CatastralDC 19, C4, Parc. 268125

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a la Dirección de Tierras y Colonizacióny Areas de esta Repartición que correspondan, publí-quese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 013-11

Viedma, 11 de abril de 2011.Visto el Expediente N° 139-87, que corresponde

a la mensura particular con fraccionamiento(registración por etapas) del Lote 1 Fracción 70,Sección G, Departamento Adolfo Alsina, Localidadbalneario El Cóndor; y

CONSIDERANDO:Que el presente plano se tramita bajo el sistema

de registración por etapas;Que con fecha 1 de febrero de 2011, el

profesional solicita la registración definitiva de laetapa correspondiente;

Que para tales efectos adjunta certifi-cación municipal, autorizando se proceda a laregistración definitiva de la etapa correspon-diente;

Que las parcelas que corresponden a esta etapase detallan en el plano en cuestión.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Registrar con carácter definitivola etapa del expediente N° 139-87, que correspondea las parcelas 01 a 08 manzana 712; parcelas 01 al09 y 14 al 22, manzana 713; parcelas 2 al 6manzana 722; parcelas 7 al 11 manzana 723;parcelas 1 y 8 manzana 732 y parcelas 14 al 18manzana 733, sección G, Circunscripción 2,Departamento Catastral 18.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al propietario, a la Municipalidad deViedma, al Registro de la Propiedad Inmueble yÁreas de esta repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido ar-chivese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—

Resolución Nº 014-11Viedma, 20 de abril de 2011.

Visto el plano PH 179-10, de mensura particularmodificatoria de la unidad funcional 002 del planoPH 101-96, para someter al régimen de la Leynacional N° 13512 (propiedad horizontal), deledificio construido y a construir (según ley Prov.N° 3127), en la calle Buenos Aires 448, parcela03B, manzana 320, localidad Viedma, Departamen-to Adolfo Alsina, que fuera registrado el 2 denoviembre de 2010;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 6 de abril de 2011, el

profesional solicita la suspensión del plano PH 179-10;

Que el profesional ha detectado un error en laplanilla de unidades funcionales;

Que del informe del área Registración Par-celaria surge que el mencionado plano no ha sidoutilizado para su inscripción en el dominio, noexistiendo inconveniente para acceder a losolicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la suspensión de la Regis-tración del plano PH 179-10, de mensura particularmodificatoria de la unidad funcional 002 del planoPH 101-96, para someter al régimen de la Leynacional N° 13512 (propiedad horizontal), deledificio construido y a construir (según ley Prov.N° 3127), en la calle Buenos Aires 448, parcela03B, manzana 320 Localidad Viedma, Departa-mento Adolfo Alsina, Nomenclatura Catastral DC18, C1, Secc. A, Mz. 320, Parc. 03B, U.F 003,004, 007, 008 y 009.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de Viedmay Áreas de esta Repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.-

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

Page 33: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

33Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Resolución Nº 015-11Viedma, 20 de abril de 2011.

Visto el plano 1004/10, de mensura particularcon fraccionamiento de parcela 570700, SecciónV, Paraje Cerro Alto, Departamento Pilcaniyeu,que fuera registrado el 3 de febrero de 2011;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 12 de abril de 2011, el

profesional, solicita la suspensión del plano paradar cumplimiento con la nulidad de la restricciónindicada sobre las parcelas 620670 y 700590, lascuales constituyen una unidad jurídica;

Que del informe del área Registración Parcelariasurge que el mencionado plano no ha sido utilizadopara su inscripción en el dominio, no existiendoinconveniente para acceder a lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Infomación TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la suspensión de la Re-gistración del plano 1004/10, de mensura particularcon fraccionamiento de parcela 570700, SecciónV, Paraje Cerro Alto, Departamento Pilcaniyeu,Nomenclatura Catastral DC 19, C4, Parc. 580730y 620670.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, a la Dirección deTierras ,y Colonización, al Registro de la PropiedadInmueble, Delegación Zonal Andina y Áreas deesta Repartición que correspondan, publíquese enel Boletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—

Resolución Nº 016-11Viedma, 26 de abril de 2011.

Visto el plano 1004-10, de mensura particularcon fraccionamiento de la parcela 570700, SecciónV, Paraje Cerro Alto, Departamento Pilcaniyeu,que fuera registrado el 3 de febrero de 2011; y

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 15-11 se suspendió la

registración otorgada con fecha 3 de febrero de2011;

Que el profesional ha realizado las correccionesen el plano, excluyendo la restricción de las parcelas620670 y 700590 de unidad jurídica;

Que por ello es necesario restituir la registracióndel Plano 1004-10.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1° - Ordenar la restitución de la Regis-tración otorgada con fecha 3 de febrero de 2011del plano 1004-10, de mensura particular confraccionamiento de la parcela 570700, Sección V,Paraje Cerro Alto, Departamento Pilcaniyeu, No-menclatura Catastral DC 19, C4, Parc. 620670 y580730.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Dirección de Tierras ycolonización, Delegación Zonal Andina y Áreas deesta Repartición que correspondan, publíquese enel Boletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 017-11

Viedma, 26 de abril de 2011.Visto el plano 402-96, de mensura particular

para desafectación y fraccionamiento en partemanzana D y parte fracción A, de la fracción 3C,localidad Río Colorado, Departamento Pichi Ma-huida, que fuera registrado el 18 de diciembre de1996;

CONSIDERANDO:Que por nota N° 159-11, de fecha 4 de abril de

2011, de la Municipalidad de Río Colorado, solicitala anulación del plano 402-96;

Que del informe de Dominio y del áreaRegistración Parcelaria surge que el mencionadoplano no ha sido utilizado para su inscripción en eldominio, no existiendo inconveniente para accedera lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Atículo 1°.- Ordenar la anulación de la Regis-tración del plano 402-96, de mensura particularpara desafectación y fraccionamiento en partemanzana D y parte fracción A, de la fracción 3C,localidad Río Colorado, Departamento PichiMahuida, Nomenclatura Catastral DC 09, C.1, Secc.C, Mz. 778, Parcelas 04A, 05A, 06A, 07A, 08A,09A y 10A, Mz. 779, parcelas 01A, 02A ,03A y04A.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al Registro de la Propiedad Inmueble, a laMunicipalidad de Río Colorado, y Áreas de estaRepartición que correspondan, publíquese en elBoletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 018-11

Viedma, 26 de abril de 2011.Visto el Expediente PH 243/10, de Mensura de

División para Someter al Régimen de la LeyNacional N° 13512 (Propiedad Horizontal), eledificio construido en la calle Lucio V. Mansilla N°857, Parcela 20, Manzana 611, localidad Cipolletti,Departamento General Roca, que fuera registradoel 2 de febrero de 2011; y

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 10-11 se suspendió la

registración otorgada con fecha 2 de febrero de2011;

Que en el plano original se han efectuado lascorrecciones pertinentes y se han presentado lasnuevas copias;

Que por ello es necesario restituir la registracióndel Plano PH 243-10.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la restitución de laRegistración otorgada con fecha 2 de febrero de2011 del Plano PH 243/10, de Mensura de Divisiónpara Someter al Régimen de la Ley Nacional N°13512 (Propiedad Horizontal), el edificio cons-truido en la calle Lucio V. Mansilla N° 857, parcela20 manzana 611, localidad Cipolletti, Departa-mento Roca, Nomenclatura Catastral DC 03, C 1,Secc. G, Mz. 611, Parcela 20A; UF 001 a 008 y UC01 a 05.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al propietario, al Registro de la PropiedadInmueble, a la Municipalidad de Cipolletti,Delegación Zonal Alto Valle y Areas de esta Repar-tición que correspondan, publíquese en el BoletínOficial, cumplido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—

Resolución Nº 019-11Viedma, 26 de abril de 2011.

Visto, el plano de mensura particular paratramitar prescripción adquisitiva de dominio de laParcela 09ª, Manzana 621 de la Sección P de lalocalidad de San Carlos de Bariloche, DepartamentoBariloche, Provincia de Río Negro, registrado por

esta Dirección General de Catastro e InformaciónTerritorial el 31 de agosto de 2007 con característicaN° 606-07; y

CONSIDERANDO:Que la designación catastral otorgada a la parcela

resultante fue asignada a otra parcela ubicada en lamisma manzana pero originada por plano 165-07;

Que a efectos de subsanar el error y, por razonesde ordenamiento catastral se modificó por Reso-lución N° 15-08 la nomenclatura catastral de laparcela resultante;

Que por incompatibilidad del cambio por Resolu-ción, en el sistema del Registro de la Propiedad, esnecesario dejar sin efecto la misma y se deberárealizar la corrección sobre el mismo plano.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N°15-08 del 5-03-2008.-

Art. 2°.- Solicitar a los propietarios, a la Muni-cipalidad de San Carlos de Bariloche, al Registro dela Propiedad Inmueble y a la Dirección General deRentas, realicen las anotaciones correspondientesa fin de evitar confusiones y/o pérdida de la correla-ción respectiva.-

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese a los propie-tarios, a la Municipalidad de San Carlos de Bari-loche, al Registro la Propiedad Inmueble, a laDirección General de Rentas, y Areas de esta Direc-ción General que corresponda, publíquese en elBoletín Oficial y cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 020-11

Viedma, 3 de mayo de 2011.Visto el plano 526/05, de Mensura Particular

con Fraccionamiento de la Parcela 13, Manzana473, localidad Cinco Saltos, Departamento GeneralRoca, que fuera registrado el 2 de septiembre de2005;

CONSIDERANDO:Que el Plano citado en el visto, se registró con

carácter provisorio por falta de obras de urbani-zación;

Que por Nota N° 162-10 “S.O. y S.P.” de fecha30 de noviembre de 2010, la Municipalidad de CincoSaltos solicita la registración definitiva.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la Registración definitivadel plano 526/05, de Mensura Particular conFraccionamiento de la Parcela 13, Manzana 473,localidad Cinco Saltos, Departamento GeneralRoca, Nomenclatura Catastral DC 02, C 1, Secc.E, Mz. 473, Parcelas 01 a 11.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, al propietario, al Registro de la PropiedadInmueble, a la Municipalidad de Cinco Saltos, Dele-gación Zonal Alto Valle y Areas de esta Repar-tición que correspondan, publíquese en el BoletínOficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 021-11

Viedma, 3 de mayo de 2011.Visto el plano PH 61-06, de mensura de

modificación del PH 75-89 (UF 002) para someteral régimen Ley 13512, de Propiedad Horizontal eledificio construido en calle Ángel Gallardo N° 1390/1398 y calle R. Sáenz Peña N° 491, parcela 11A,manzana 232, localidad San Carlos de Bariloche,Departamento Bariloche, que fuera registrado el 2de agosto de 2006;

Page 34: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

34Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 18 de abril de 2011, los

propietarios solicitan la anulación del plano PH61-06;

Que del informe de Dominio y del área Regis-tración Parcelaria surge que el mencionado planono ha sido utilizado para su inscripción en eldominio, no existiendo inconveniente para accedera lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1º.- Ordenar la anulación de la Regis-tración del plano PH 61-06, de mensura demodificación del PH 75-89 (UF 002) para someteral régimen Ley 13512, de Propiedad Horizontal eledificio construido en calle Ángel Gallardo N° 1390/1398 y calle R. Sáenz Peña N° 491, parcela 11A,manzana 232, localidad San Carlos de Bariloche,Departamento Bariloche, Nomenclatura Ca-tastral DC 19, C2, Secc. E, Mz. 232, Parc. 11A,UF 007.-

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de SanCarlos de Bariloche, Delegación Zonal Andina yÁreas de esta Repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, DirectorGeneral de Catastro e Información Territo-rial.

—oOo—

Resolución Nº 022-11Viedma, 10 de mayo de 2011.

Visto el Exp. PH 179-10, de mensura particularmodificatoria de la unidad funcional 002 del planoPH 101-96, para someter al Régimen de la Leynacional 13512 (Propiedad Horizontal), del edificioconstruido y a construir según Ley Provincial 3127,en la calle Buenos Aires N° 448, parcela 03Bmanzana 320, localidad Viedma, DepartamentoAdolfo Alsina; y

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 14-11 se suspendió la

registración otorgada con fecha 2 de noviembre de2010;

Que en el plano original se han efectuado lascorrecciones pertinentes y se han presentado lasnuevas copias;

Que por ello es necesario restituir la registracióndel Plano PH 179-10.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la restitución de laRegistración otorgada con fecha 2 de noviembrede 2010 del Plano PH 179-10, de mensura particularmodificatoria de la unidad funcional 002 del planoPH 101-96, para someter al Régimen de la Leynacional 13512 (Propiedad Horizontal), del edificioconstruido y a construir según Ley Provincial 3127,en la calle Buenos Aires N° 448, parcela 03Bmanzana 320, localidad Viedma, DepartamentoAdolfo Alsina, Nomenclatura Catastral DC 18, C1, Secc. A, Mz. 320, Parcela 03B; UF 003,005,006, 007, 008 y 009.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, a los propietarios, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de Viedmay Áreas de esta Repartición que correspondan,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, DirectorGeneral de Catastro e Información Territo-rial.

Resolución Nº 023-11Viedma, 10 de mayo de 2011.

Visto el plano 83-98, de mensura particular conunificación de los lotes 1 a 6, Manzana A, parte dela fracción B, lote VIII, secc. IX, localidad SanCarlos de Bariloche, Departamento Bariloche, quefuera registrado el 10 de noviembre de 1998;

CONSIDERANDO:Que de acuerdo a las constancias obrante en las

matrículas N°19-23257, 19-23258, 19-23259, 19-23264, 19-23265 y 19-23266 del registro de laPropiedad Inmueble, se transfirió la parcela origendel plano citado en el visto;

Que por haberse detectado que la parcela origenfue transferida desconociendo el plano, sin losrecaudos previstos por el Art. 44 del Decreto N°1220-02, corresponde proceder a la anulación deoficio de la registración otorgada al plano 83-98;

Que del informe producido por el ÁreaRegistración Parcelaria y del informe de dominio,surge que el mencionado plano no ha sido utilizadopara transferencia de dominio, habilitando elprocedimiento establecido en el Art. 41 del DecretoN° 1220-02;

Que el presente acto se encuadra en las finali-dades y facultades previstas en los Art. 1° inc. a) yf) y Art. 2° inc. n) de la Ley 3483.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la anulación de la Registra-ción del plano 83-98, de mensura particular conunificación de los lotes 1 a 6, Manzana A, parte dela fracción B, lote VIII, secc. IX, localidad SanCarlos de Bariloche, Departamento BarilocheNomenclatura Catastral DC 19, C. 2, Secc. F, Mz.113, Parcelas 01A.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al profesionalactuante, at propietario, al Registro de la PropiedadInmueble, a la Municipalidad de San Carlos deBariloche, Delegación Zonal Andina y Áreas deesta Repartición que correspondan, publíquese enel Boletín Oficial, cumplido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

—oOo—Resolución Nº 025-11

Viedma, 24 de mayo de 2011.Visto el plano 693-10, de mensura particular

con fraccionamiento parcela 01 B, chacra 006,localidad Mainqué, Departamento General Roca,que fuera registrado el 27 de septiembre de 2010;

CONSIDERANDO:Que por nota de fecha 28 de marzo de 2011, el

propietario solicita la anulación del plano 693-10;Que del informe de Dominio y del área Regis-

tración Parcelaria surge que el mencionado planono ha sido utilizado para su inscripción en eldominio, no existiendo inconveniente para accedera lo solicitado.

Por ello,El Director General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1º.- Ordenar la anulación de la Regis-tración del plano 693-10, de mensura particularcon fraccionamiento parcela 01 B, chacra 006,localidad Mainqué, Departamento General Roca,Nomenclatura Catastral DC 05, C.3, Secc. F, Ch.006, Parcelas 01D, 01E, 01F y 01G.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al propietario,a los profesionales actuantes, al Registro de laPropiedad Inmueble, a la Municipalidad de Mainqué,Delegación Zonal Alto Valle y Areas de estaRepartición que correspondan, publíquese en elBoletín Oficial, cumplido, archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director Generalde Catastro e Información Territorial.

Resolución Nº 027-11Viedma, 28 de junio de 2011.

Visto, el plano Protocolizado al Tomo 134Folio 77 de mensura y división del remanentede la Fracción “A” del Lote Agrícola N° 42,de la Colonia Nahuel Huapi, localidad deSan Carlos de Bariloche, que fuera aprobadopor el municipio el 24 de septiembre de1953.-

CONSIDERANDOQue por Carta Documento de fecha 25/

08/04 de la Secretaría de Obras y ServiciosPúblicos de la Municipalidad de San Carlosde Bariloche solicita la anulación del planode mensura y división del remanente de la Frac-ción “A” del Lote Agrícola 42 de la ColoniaAgrícola Nahuel Huapi (19-2-C-006-01) pro-piedad a la fecha de su ejecución, de Lagosdel Sur S.R.L., protocolizado en el Registrode la Propiedad Inmueble al Tomo 134, Folio77;

Que por Expte. N° 100.553-C-04 de fecha 03/09/04 de la Dirección Gral. de Catastro eInformación Teritorial se inició las actuacionessobre el pedido de anulación del plano defraccionamiento;

Que por Oficio N° 386-10 de fecha de di-ciembre de 2010 del expediente N° 00203-021-06(Reg. cám.) de la Secretaria de la Cámara deApelaciones Civil y Comercial de la IIIªCircunscripción Judicial con asiento en la ciudad deSan Carlos de Bariloche, comunica que se hadeclarado la nulidad absoluta e insanable del planoprotocolizado al Tomo 134 Folio 77, según lasentencia dictada por el Tribunal el día 01 dediciembre de 2010;

Que como consecuencia de ello es ne-cesario proceder a la anulación y dejar sin efec-to la Protocolización del Plano protocolizado alTomo 134 Folio 77 en el Registro de la Pro-piedad Inmueble y reorganizar los regis-tros parcelarios en concordancia con lo plan-teado.

Por ello,El Diretor General de Catastro

e Información TerritorialRESUELVE:

Artículo 1°.- Ordenar la anulación del planoProtocolizado al Tomo 134, Folio 77, en elRegistro de la Propiedad Inmueble, que correspondea la mensura y división del remanente de la Fracción“A” del Lote Agrícola 42 de la Colonia NahuelHuapi, localidad San Carlos de Bariloche,Departamento Bariloche, Nomenclatura CatastralDC.19, C.2, S. C, Mz. 700, Parc. 01 a 07; Mz. 701,Parc. 01 a 03; Mz. 702, Parc. 01 a 08; Mz. 703,Parc. 01 a 03; Mz. 704, Parc. 01 a 08; Mz. 705,Parc. 01; Mz, 706, Parc. 01 a 03; Mz. 710, Parc.01 a 10; Mz. 711, Parc. 01 a 08; Mz. 714, Parc. 01a 14; Mz. 715, Parc. 01 y 02; Mz. 720, Parc. 01 a08; Mz. 723, Parc. 01 a 15; Mz.726, Parc. 01 a03; Mz. 731, Parc. 01 a 07; Mz. 734, Parc. 01 a12; Mz. 740, Parc. 01 a 05; Mz. 741, Parc. 01;Mz. 743, Parc. 016 08; Mz.744, Parc. 01 a 04;Mz. 745, Parc. 01 a 08; Mz.746, Parc. 01 a 03;Mz.754, Parc. 01 a 08; Mz. 755, Parc. 01 a 08;Mz.756, Parc. 01; Frac. C70, Parc. 01 y Frac.C71, Parc. 01.-

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, al Registrode la Propiedad Inmueble, a la Municipalidad deSan Carlos de Bariloche, al propietario, a la Cámarade Apelaciones Civil y Comercial IIIªCircunscripción Judicial, Delegación Zonal Andina,y Áreas de esta Repartición que corresponda,publíquese en el Boletín Oficial, cumplido,archívese.-

Agrim. Mario Raúl Grandoso, DirectorGeneral de Catastro e Información Territo-rial

Page 35: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

35Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOSResolución Nº 832

Viedma, 6 de junio de 2011.Visto, el Expte. 3146-SSP-10, la Ley H N° 3186, los Decretos H N°

1737/98, N° 815/04, la Ley K N° 4002, la Resolución N° 006/04 de laSubsecretaría de Presupuesto, y la Resolución N° 1161/10 del Ministerio deHacienda, Obras y Servicios públicos, y;

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 1161 del 30 de noviembre de 2010 del Ministerio

de Hacienda, Obras y Servicios Públicos fue aprobado el presupuesto degastos y financiamiento de Transcomahue S.A. para el ejercicio fiscal 2011;

Que la empresa ha presentado los formularios por medio de los cualessolicita la modificación del presupuesto aprobado por la resolución referidaen el considerando anterior;

Que los mencionados formularios cuentan con la intervención de laSecretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y RelacionesInterprovinciales, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Ley K N° 4002y los Decretos N° 815/04 y H N° 1737/98;

Que la Subsecretaría de Presupuesto ha emitido un informe favorablesobre las modificaciones presupuestarias informadas por la empresa;

Que en virtud de las actuaciones obrantes en el expediente del Visto,resulta necesario aprobar el Presupuesto de Gastos y Financiamiento para elejercicio fiscal 2011, adecuado a las modificaciones presupuestarias propuestaspor la sociedad;

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas de los Arts.44 y 45 de la Ley H N° 3186 de Administración Financiera y ControlInterno del Sector Público Provincial y su Decreto Reglamentario H N°1737/98;

Que han tomado intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Secretaría de Hacienda, laContaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado a fojas 108 vuelta;

Que la presente encuadra en el Art. 16 de la Ley K N° 4002.Por ello,

El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios PúblicosRESUELVE:

Artículo 1º - Modifícase el Presupuesto de Gastos y Financiamiento parael ejercicio fiscal 2011 de Transcomahue S.A., aprobado por Resolución N°1161 del 30 de noviembre de 2010, en el traspaso de partidas por la suma de

pesos un millón ($ 1.000.000), con financiamiento en Aportes del TesoroProvincial, de acuerdo a los Anexos n° 1, n° 2 y n° 3 que forman parteintegrante de la presente.

Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial para supublicación y archívese.

Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.- Lic. Eduardo L. Bacci, Subsecretario de Presupuesto.- Mirta MabelDuré, Directora de Administración.

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Anexo 1 - Resolución Nº 832

PRESUPUESTO 2011

FUNDAMENTACIONDE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

EMPRESA: TRANSCOMAHUE S.A.

Tal como se informa en oportunidad de tramitar el Presupuesto 2011 enel título Tarifas, persiste a la fecha el atraso de la tarifa que determina elpoder concedente a través del ENRE. A ello debe adicionarse que en el mesde mayo 2011 se percibirá la ultima cuota mensual que el concedente leabona a Trancomahue S.A. a cuenta del incremento tarifario. En los mesesvenideros se experimentara una sustancial caída en los ingresos de la em-presa.

Por otra parte, existen reclamos salariales efectuados por las entidadesgremiales de la rama eléctrica, que para la empresa es prioritario resolver enel corto plazo, además de continuar cumpliendo en tiempo y forma con elpago de las obligaciones salariales mensuales existentes.

De no contar con aporte del Tesoro Provincial para cumplir con lasobligaciones del personal, podría resentirse la normal prestación del serviciode transporte eléctrico Provincial.

Dr. Alejandro BetelúPresidente

Transcomahue S.A.

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Anexo 2 - Resolución Nº 832

Page 36: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

36Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Anexo 3 - Resolución Nº 832

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Anexo 3 - Resolución Nº 832

Anexo 3

Resolución Nº 832

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37Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Resolución Nº 971Viedma, 30 de junio de 2011.

Visto, el Expte. 3147-SSP-10, la Ley H N° 3186, los Decretos H N°1737/98, y N° 815/04, la Ley K N° 4002, la Resoluciones N° 006/04 de laSubsecretaría de Presupuesto, y N° 1000/10, del Ministerio de Hacienda,Obras y Servicios Públicos, y;

CONSIDERANDO:Que pot Resolución N° 1000 del 26 de octubre de 2010 del Ministerio de

Hacienda, Obras y Servicios Públicos fue aprobado el presupuesto de gastosy financiamiento de Aguas Rionegrinas S.A. para el ejercicio fiscal 2011;

Que la empresa ha presentado los formularios por medio de los cualessolicita la modificación del presupuesto aprobado por la resolución referidaen el considerando anterior;

Que los mencionados formularios cuentan con la intervención de laSecretaría de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas y Relacioneslnterprovinciales, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Ley K N° 4002y los Decretos N° 815/04 y H N° 1737/98;

Que la Subsecretaría de Presupuesto ha emitido un informe favorablesobre las modificaciones presupuestarias informadas por la empresa;

Que en virtud de las actuaciones obrantes en el expediente del Visto,resulta necesario aprobar el Presupuesto de Gastos y Financiamiento para elejercicio fiscal 2011, adecuado a las modificaciones presupuestarias propuestaspor la sociedad;

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas de losArtículos 44 y 45 de la Ley H N° 3186 de Administración Financiera yControl Interno del Sector Público Provincial y su Decreto ReglamentarioN° 1737/98;

Que han tomado intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos, la Secretaría de Hacienda, laContaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado a fojas 96 vuelta;

Por ello,El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos

RESUELVE:Artículo 1º - Modificase el Presupuesto de Gastos y Financiamiento para

el ejercicio fiscal 2011 de Aguas Rionegrinas S.A., aprobado por ResoluciónN° 1000, del 26 de octubre de 2010, en la Adición de partidas por la suma de

pesos cinco millones ($ 5.000.000), con financiamiento en Rentas Generales,conforme surge de los Anexos nº 1 a n° 3, que forman parte integrante de lapresente.-

Art. 2º - A partir de la vigencia de la presente, el monto máximo atransferir en concepto de Aportes de Capital y/o Transferencias, financiadocon Rentas Generales durante todo el período fiscal 2011, a Aguas RionegrinasSA., se establece en la suma de pesos diecisiete millones cuatrocientos mil ($17.400.000 ), conforme surge del Anexo n° 3.-

Art. 3° - Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial para supublicación y archívese.

Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos.- Lic. Eduardo L. Bacci, Subsecretario de Presupuesto.- Mirta MabelDuré, Directora de Administración.

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Anexo 1 - Resolución Nº 971

PRESUPUESTO 2011

FUNDAMENTACIONDE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

EMPRESA: A.R.S.A.

Se solicita la readecuación de la Partida Personal, a fin de dar cobertura alas necesidades salariales correspondientes al período 2011 que se originanen los reajustes de los haberes del personal de Aguas Rionegrinas S.A. enconcordancia con los lineamientos provinciales en ese sentido y la recienteparitaria que actualizó los salarios del personal a partir del mes de enero delcorriente año.

Ing. Jorge IsaacGerente General

A.R.S.A.

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Anexo 2 - Resolución Nº 971

Page 38: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

38Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Anexo 3 - Resolución Nº 971

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Anexo 3 - Resolución Nº 971

Anexo 3

Resolución Nº 971

Page 39: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

39Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOSResolución Nº 960

Viedma, 29 de junio de 2011.Visto, el Expte. N° 145649-SSH-09, del registro

del Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos y la Ley Provincial N N° 1.946, y;

CONSIDERANDO:Que la Ley Provincial N N° 4.358 estableció en

los Artículos 1° y 2°, un procedimiento deLiquidación Mensual de la Coparticipación deImpuestos y Regalías, con transferencias dia-rias a los Municipios de la Provincia de Río Ne-gro;

Que el Artículo 1° del Decreto ReglamentarioN° 240/09, estableció un procedimiento deliquidación de Coparticipación de Impuestos yRegalías a los Municipios;

Que el Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, a través de la Subsecretaría de Hacienda,determinará los montos fijos a distribuir diariamentea cada Municipio;

Que los montos correspondientes a cadaMunicipio, surgen de aplicar el 40% al montosemestral del año anterior, resultante de laLiquidación Bruta de Coparticipación de Impuestosy Regalías (según Ley Provincial N N° 1.946) yposteriormente dividirlo por los días hábiles quecontiene el semestre en curso;

Que los montos fijos a distribuir diariamente acada Municipio, surgen de aplicar el 40% de laLiquidación Bruta de Coparticipación deImpuestos y Regalías, correspondientes al segundosemestre del ejercicio 2010;

Que a los efectos de facilitar los pagos diarios ycierre mensual de la Tesorería de la Provincia deRío Negro y Liquidación Mensual que efectúa laContaduría General, se establecerán los días hábilesy monto mensual que le corresponden a cada mesdel semestre en cuestión;

Que el Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos instruirá a la Tesorería General y laContaduría General de la Provincia a través deResoluciones semestrales de los montos fijos aanticipar corrientemente generando las respectivasórdenes de pago mensuales anticipadas;

Que la presente se encuadra en lo dispuesto porel Art. 16 de la Ley Provincial K N° 4.002 y en laLey Provincial N N° 1.946.

Por ello,El Ministro de Hacienda, Obras

y Servicios PúblicosRESUELVE:

Artículo 1º - Establecer los montos fijos diariosa transferir a cada Municipio que surgen de aplicarel 40% de la liquidación bruta de Coparticipaciónde Impuestos y Regalías, correspondientes a losmeses del segundo semestre del ejercicio 2010, porlos días hábiles del segundo semestre del año 2011,de acuerdo al Anexo I que forma parte de lapresente.-

Art. 2º - Establecer los días hábiles y montosmensuales correspondientes a los meses del segundosemestre del año 2011, teniendo en cuenta los díasferiados y/o no laborables establecidos por Ley, deacuerdo al Anexo II que forma parte de la pre-sente.-

Art. 3º - Anticipar por el segundo semestre, derentas generales a través del Ministerio de HaciendaObras y Servicios Públicos a favor de la TesoreríaGeneral de la Provincia la suma de pesos noventa yun millones novecientos cincuenta y nueve milquinientos treinta y dos con doce centavos ($91.959.532,12) en el marco de la Ley ProvincialN N° 1.946.-

Art. 4º - Facultáse al Tesorero General de laProvincia de Río Negro o a quien lo reemplace adar cumplimiento al Art. 3° a través del Sub-Sistema

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Anexo II - Resolución Nº 960

COPAR a cada uno de los Municipios en conceptode pago a cuenta de la Liquidación de Coparticipa-ción de Impuestos y Regalías por los montos y díashábiles establecidos en el Anexo I y II de la presente.

Art. 5º - Facultáse a la Contaduría General de laProvincia a efectuar los ajustes por redondeo quesurjan por aplicación de la presente y los montosresultantes del Sub-Sistema COPAR.

Art. 6º - Registrar, comunicar, pasar a la Teso-rería de la Provincia de Río Negro, a la ContaduríaGeneral y a la Dirección de Municipios a sus efectos,publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda,Obras y Servicios Públicos.- Cra. Natalia I. Crociati,Subsecretaría de Hacienda.- Alicia Baldizzone,Directora General de Administración.

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Anexo I - Resolución Nº 960

Page 40: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

40Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ORDENANZAS MUNICIPALES

–––Provincia de Río Negro

MUNICIPALIDAD DE LAMARQUEOrdenanza Nº 639/2.011

Visto: El inmueble urbano, ubicado en esta localidad que se designa comosolares “c” y “d” de la Manzana 228, nomenclatura catastral 07-2-K-551 P03 y 04; y,

CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad detenta, respecto del inmueble indicado en el

Visto, la posesión pública, pacífica, ininterrumpida y con ánimo de dueña;Que, lo antedicho surge de los informes de la Secretaría de Gobierno y del

Area de Catastro que dan cuenta de los innumerables actos posesorios,continuos e ininterrumpidos realizados por el Municipio a título de dueño;

Que, del referido informe de la Secretaría de Gobierno, surge la inexistenciade reclamos sobre el mismo, circunstancia que reafirma la pacífica ocupacióndel Municipio;

Que, conforme los certificados de dominio expedidos por el Registro dela Propiedad Inmueble el bien se encuentra inscripto al Tº 19; Fº 549; Fca.3978 figurando a nombre de Antonio Rodríguez;

Que, la prescripción adquisitiva administrativa tiene como finalidadgenerar un loteo de características sociales a efectos de paliar la emergenciahabitacional que padece la localidad y que fue decretada por Ordenanza 636/2011;

Que, en orden a los antecedentes reseñados se dan en el presente lospresupuestos establecidos por el artículo 4.015 del Código Civil y lo normadopor la Ley nacional 21.477 y su modificatoria, Ley 24.320, para declararoperada la prescripción administrativa del inmueble referido conespondiendoel dictado del presente acto administrativo y la posterior intervención de laEscribanía General de Gobierno de la Provincia;

Que, el tema ha tenido tratamiento en las siguientes reuniones del CuerpoLegislativo Municipal: 5ta. y 6ta. de Comisión y 4ta. Sesión Ordinaria;

Por ello;El Concejo Municipal

de la localidad de LamarqueSanciona y Promulga con Fuerza de

ORDENANZAArtículo 1°): Declárase operada, de acuerdo a lo expuesto en

los considerandos de la presente, y en los términos de los artículos 1° y2° de la Ley 24.320, la prescripción administrativa, a favor de laMunicipalidad de Lamarque del Lote designado catastralmente 07-2-K-551 P 03 y 04 inscripto ante el RPI al Tº 19; Fº 549; Fca. 3.978 y que,conforme al plano de mensura para tramitar prescripción adquisitivaadministrativa N° 250/11, se determina como solares “c” y “d” de la Manzana228.

Art. 2°): Adjúntese como Anexo integrante de la presente elPlano de Mensura N° 250/11, a los efectos de determinar la ubi-cación, superficie, medidas y linderos del inmueble objeto de la prescrip-ción.

Art. 3°): Autorícese al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la tramitaciónvinculada a la inscripción del inmueble definido en el artículo 1° de la presenteen el Registro de la Propiedad Inmueble, a cuyo efecto elévese ladocumentación necesaria a la Escribanía General de Gobiemo de la pro-vincia.

Art. 4°): Déjese establecida la existencia de posesión real y efectiva delinmueble al momenta de la escrituración.

Art. 5º): Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento las areascorrespondientes, cumplido, archívese.

Dada en Lamarque, Departamento Avellaneda, Provincia de Río Negro,a los 21 días del mes de Junio del año dos mil once, en Sesión Ordinaria delConcejo Municipal.

Sergio E. Hernández, Intedente Municipal.– Eva Yolanda Pacheco,Vicepresidenta 2º Concejo Municipal.– Marta Alejandra Madariaga, Concejal.–Alberto Arellano, Concejal.– Ricardo Pedranti, Concejal - Municipalidad deLamarque.

Page 41: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

41Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Provincia de Río NegroMUNICIPACIDAD DE LAMARQUE

Ordenanza Nº 640/2.011Visto: El inmueble urbano, ubicado en esta localidad que se designa como

solares “a” y “b” de la Manzana 228, Nomenclatura Catastral 07-2-K-551P 01 y 02; y,

CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad detenta, respecto del inmueble indicado en el

Visto, la posesión pública, pacífica, ininterrumpida y con ánimo de dueña;Que, lo antedicho surge de los informes de la Secretaría de Gobierno

y del Area de Catastro que dan cuenta de los innumerables actos poseso-rios, continuos e ininterrumpidos realizados por el Municipio a título dedueño;

Que, del referido informe de la Secretaría de Gobierno, surge la inexistenciade reclamos sobre el mismo, circunstancia que reafirma la pacífica ocupacióndel Municipio;

Que, conforme los certificados de dominio expedidos por el Registro dela Propiedad Inmueble el bien se encuentra inscripto al Tº 269; Fº 186; Fca.5473 figurando a nombre de Escudero de Fernández, Natividad; Fernández yEscudero Manuel; Demetrio, José, Rosa, Serafín, Francisco, Adema, Ramón,Ricardo y Noemí Elsi;

Que, la prescripción adquisitiva administrativa tiene como finalidadgenerar un loteo de características sociales a efectos de paliar la emergenciahabitacional que padece la localidad y que fue decretada por Ordenanza 636/2011;

Que, en orden a los antecedentes reseñados se dan en el presente lospresupuestos establecidos por el artículo 4015 del Código Civil y lo normadopor la Ley nacional 21477 y su modificatoria, Ley 24320, para declararoperada la prescripción administrativa del inmueble referido correspondiendoel dictado del presente acto administrativo y la posterior intervención de laEscribanía General de Gobierno de la Provincia;

Que, el tema ha tenido tratamiento en las siguientes reuniones del CuerpoLegislativo Municipal; 5ta. y 6ta. de Comisión, y 4ta. Sesión Ordinaria;

Por ello;El Concejo Municipal de la Localidad de Lamarque

Sanciona y Promulga con Fuerza deORDENANZA

Artículo 1°): Declárase operada, de acuerdo a lo expuesto en losconsiderandos de la presente, y en los términos de los artículos 1° y 2° de laLey 24.320, la prescripción administrativa, a favor de la Municipalidad deLamarque del Lote designado catastralmente 07-2-K-551 P 01 y 02 inscriptoante el RPI al Tº 269; Fº 186; Fca. 5.473 y que, conforme al plano demensura para tramitar prescripción adquisitiva administrativa N° 249/11 sedetermina como solares ”a” y “b” de la Manzana 228.

Art. 2°): Adjúntese como Anexo integrante de la presente el Plano deMensura N° 249/11 a los efectos de determinar la ubicación superficie,medidas y linderos del inmueble objeto de la prescripción.

Art. 3°): Autorícese al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la tramitaciónvinculada a la inscripción del inmueble definido en el artículo 1º de la presenteen el Registro de la Propiedad Inmueble, a cuyo efecto elévese ladocumentación necesaria a la Escribanía General de Gobierno de la provincia.

Art. 4°): Déjese establecida la existencia de posesión real y efectiva delinmueble al momento de la escrituración.

Art. 5°): Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento las areascorrespondientes, cumplido, archívese.

Dada en Lamarque, Departamento Avellaneda, Provincia de Río Negro,a los 21 días del mes de Junio del año dos mil once, en Sesión Ordinaria delConcejo Municipal.

Sergio E. Hernández, Intedente Municipal.– Eva Yolanda Pacheco,Vicepresidenta 2º Concejo Municipal.– Marta Alejandra Madariaga, Concejal.–Alberto Arellano, Concejal.– Ricardo Pedranti, Concejal - Municipalidad deLamarque.

Page 42: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

42Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

LICITACIONES–––

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCION NACIONALDE VIALIDAD

– Aviso de Llamado a Licitación –La Dirección Nacional de Vialidad comu-

nica el llamado a Licitación Pública la siguienteObra:

Licitación Pública Nº 29/11La Dirección Nacional de Vialidad comu-

nica el llamado a Licitación Pública la siguienteobra:

Malla 120 - Provincias de Buenos Aires y RíoNegro.

Ruta Nacional Nº 3.Tramo: Pte. s/Río Negro - Empalme

Ruta Nacional Nº 251 y Ruta Nacional NºA-025.

Tramo: Empalme Ruta Nacional Nº 3 - PuertoSan Antonio Este.

Longitud: 202,61 km.Tipo de Obra: Obras de recuperación y

mantenimiento.Garantía de Oferta: Pesos un millón ocho mil

trescientos con 00/100 ($ 1.008.300,00).Apertura de Ofertas: Se realizará el día

27 de julio de 2011, en forma continua y su-cesiva, a partir de las 14 horas, en el si-guiente orden: Licitación Pública Nº 26/11 -Malla 211; Licitación Pública Nº 29/11 - Malla120, y Licitación Pública Nº 30/11 - Malla334.

Fecha de Venta de Pliegos: A partir del 21 dejunio de 2011.

Plazo de Obra: Sesenta (60) meses.Valor del Pliego: Pesos cinco mil ($

5.000,00).Lugar de Apertura: Avenida Pte. Julio A. Roca

Nº 734/8 (1067) ciudad autónoma de Buenos Aires,planta baja (salón de actos) - D.N.V.

Lugar de Venta y Consulta del Pliego:Subgerencia de Servicios de Apoyo - Avenida Pte.Julio A. Roca Nº 734/8 (1067) ciudad autónoma deBuenos Aires - 3º piso - D.N.V.

—oOo—

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSecretaría de Obras Públicas

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDADLicitación Privada Nº 005

Lugar y Fecha: Viedma, 28 de julio de 2011.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20 Distrito Río Negro.Procedimiento de SelecciónTipo: Licitación Privada Nº 005 - Ejercicio

2011.Clase: Etapa Única.Modalidad: Sin modalidad.Expediente Nº: 6774/2011Rubro Comercial: Gomería.Objeto de la Contratación: Provisión de

Cubiertas.Oferente: Álvarez Neumáticos S.A.Total Adjudicado: $ 212.910,00.

———

Licitación Privada Nº 007Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20 Distrito Río Negro.Objeto: Provisión de Combustible p/Campa-

mentos S. C. de Bariloche e Ing. Jacobacci.Valor del Pliego: Sin cargo.Presupuesto Oficial: Pesos ciento ochenta y un

mil setecientos ochenta ($ 181.780,00).

Consulta y Retiro de Pliegos: Oficina deContrataciones DNV - Julio A. Roca 146, 1º piso,Viedma, Río Negro.

Fecha de Apertura: 18 de julio de 2011 - Hora11.

Lugar de Apertura: Oficina de Contrata-ciones Julio A. Roca 146, 1º piso, Viedma, RíoNegro.

—oOo—

Provincia de Río NegroSECRETARÍA DE OBRAS Y

SERVICIOS PÚBLICOSLicitación Pública Nº 11-2011

La presente Licitación tiene por objeto laejecución, con provisión de materiales, mano deobra, equipos y herramientas necesarias, de lostrabajos, con destino a la obra: “CL/2011 piletapara rehabilitación Escuela Especial Nº 3, en CincoSaltos”.

Presupuesto Oficial: Un millón ciento noventay siete mil doscientos ochenta y cinco con setentay cuatro centavos ($ 1.197.285,74).

Capacidad Técnico Financiera: $ 2.873.485,78.Capacidad en Arq.: $ 1.197.285,74.Valor del Pliego: $ 2.000,00.Plazo de Ejecución: Se fija en ciento cin-

cuenta (150) días, contados a partir de la fe-cha de la firma del Acta de Iniciación deObras.

Apertura: 25 de julio de 2011.Hora 11.Lugar de Apertura: Secretaría de Obras y

Servicios Públicos, sita en Buenos Aires Nº 4,Viedma, Río Negro.

Pliegos y Consultas: Departamento deLicitaciones y Compras de la Secretaría de Obras yServicios Públicos - Buenos Aires Nº 4 - Viedma,Río Negro.

Pliegos: Se podrán adquirir o consultarsehasta cinco (5) días corridos de la fecha de aper-tura.

———

Licitación Pública Nº 64-2011Por la provisión e instalación de tanques para

gas licuado de petróleo (GLP) y GLP a granel, condestino a distintas Unidades Policiales de laProvincia, a cargo de la Jefatura de Policía de RíoNegro.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos dosmillones doscientos ochenta y siete milcuatrocientos treinta y uno con cincuenta y cincocentavos ($ 2.287.431,55).

Garantía de Oferta: Uno por ciento (1%) delvalor total de la oferta.

Apertura: 18/07/11 - Hora 10.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros - Álvaro Barros 641, Tel-Fax 02920-423653 - Viedma (Río Negro).

Mail:[email protected].

—oOo—

Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda, Obras

y Servicios PúblicosSubsecretaría de Ingresos Públicos

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTASLicitación Pública Nº 02-2011

Adquisición de equipamiento informático,destinado a las distintas dependencias de laDirección General de Rentas.

Apertura: 26/07/11 - Hora 10.Pliegos y Consultas: En la Dirección de

Recursos - Área Suministros - 25 de Mayo 99, Tel.02920-420316/431334 (Int. 106).

Mail: [email protected] Viedma - RíoNegro.

VIAL RIONEGRINA - S.E.– Via.R.S.E. –

Departamento LicitacionesLicitación Pública Nº 01/2011

Objeto: Por la provisión de:1. Ocho (8) Motoniveladoras: Cero horas de

uso, motor diesel de 4 tiempos, potencia 170CV, dispositivo de seguridad p/altastemperaturas; peso total del equipo no debeser inferior a 13.500 kg., deberán entregarsecompletas y listas para funcionar.

2. Tres (3) Palas Cargadoras Frontales: Seránde accionamiento hidráulico doble eje,bastidor articulado, cabina montada detrás dela articulación, peso total del equipo 10.000kg. mínimo. Unidades nuevas cero horas deuso, deberán entregarse completas y listaspara funcionar.

3. Una (1) Topadora sobre Orugas: Motor dieselde 4 tiempos, potencia 220 HP mínima,protector para baja presión de aceite otemperatura del refrigerante, doble filtro deaire; peso total del equipo no debe ser inferiora 25.000 kg. La unidad será nueva cero horasde uso y entregarse completa y lista parafuncionar.

4. Dos (2) Excavadoras - Cargador Frontal:Motor diesel con accionamiento hidráulico,con balde cargador capacidad no inferior a1,00 m³, y tracción 4x2, el peso del equipono será inferior a 7500 kg; dispositivo deseguridad del motor por baja presión delaceite o alta temperatura del refrigerante.Las unidades nuevas, cero horas de uso yentregarse completa y lista para funcio-nar.

Presupuesto Oficial: pesos dieciséis millonestrescientos catorce mil doscientos veinte ($16.314.220,00).

Valor del Pliego: Pesos diez mil ($ 10.000).Fecha de Apertura: La apertura de las propuestas

se llevará a cabo en la sede de Vial Rionegrina S.E.,sita en calle Winter 70, de la ciudad de Viedma, eldía 28 de julio a las 11 horas.

Consulta de los Legajos: Los pliegos estaránpara su consulta en el Dpto. Licitaciones de lasociedad, en el horario de 7:30 a 13:30 horas.

Venta de Legajos: Únicamente en VialRionegrina S.E., Dpto. Licitaciones - Winter 70,Viedma (RN), hasta el día 22/07/2011 inclusive.

Tel. 02920-421404 - 4225512 - 424731 -425490 - Int. 144.

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EDICTOS I.P.P.V.–––

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓNY PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Guizzardi Sócrates Julián(S.E. 06.933.937), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 906/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de cuatro (4) dormitorios,identificada como Entrada 28, primer piso,Departamento F, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 903/83, al Sr.Guizzardi Sócrates Julián (S.E. 06.933.937), porinfringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 1 de junio de 1983.-

Art. 2°-Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Direcciónde Acción Social, intimando a los mismos y/o

Page 43: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

43Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Molina Horacio Aldo (DNI.12.827.236), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 903/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de tres (3) dormitorios,identificada como Casa 19, sito en calle JunquelénN° 18, correspondiente al Plan 86 Viviendasconstruidas mediante convenio con el Municipio,en la localidad de Chimpay, otorgada por ResoluciónN° 383/97 al Sr. Molina Horacio Aldo (DNI.12.827.236) por infringir el artículo 5to. Incisosa), b) y c) del Contrato de Comodato y el Conveniode Pago de cuotas de amortización obrante a fs.13, 14, 15 y 29.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Chimpay, para suconocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica a la Sra. Portal Marta Elena(DNI. 13.880.327), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 899/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de un (1) dormitorio,identificada como Entrada 17, primer piso,Departamento E, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, a laSra. Portal Marta Elena (DNI. 13.880.327), porinfringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 1 de octubre de 1984.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4° - Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Aguirre Carlos Marcelo(DNI. 14.572.490), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 887/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Sector C, Entrada 19, PlantaBaja, Departamento B, correspondiente al Plan300 Viviendas - Alborada VI., en la localidad deSierra Grande, otorgada por Decreto N° 1443/84al Sr. Aguirre Carlos Marcelo (DNI. 14.572.490)por infringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c)y Cláusula Séptima del Boleto de Compra Ventasuscripta el 01 de octubre de 1984.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Pailemán Nelson Ariel(DNI. 21.556.344), Sra. Sinelli Norma Gabriela(DNI. 25.405.065), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 888/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 18, segundo piso,Departamento I, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 1955/96, alSr. Pailemán Nelson Ariel (DNI. 21.556.344) ySra. Sinelli Norma Gabriela (DNI. 25.405.065) porinfringir el Artículo Séptimo Incisos a), b) y c) yDécimo del Acta de Tenencia Precaria suscripta el14 de marzo de 1997.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Dailoff Miguel Ángel (DNI.13.617.718), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 889/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 19, primer piso,Departamento F, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de Sierra

Grande, otorgada por Decreto N° 1443/84, al Sr.Dailoff Miguel Ángel (DNI. 13.617.718) porinfringir la Cláusula Cuarta Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 1 de octubre de 1984.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica a la Sra. Ruiz Egidia (L.C.04.208.224), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 890/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 04, primer piso,Departamento G, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 1956/96, a laSra. Ruiz Egidia (L.C. 04.208.224) por infringir elArtículo Séptimo, Incisos a), b) y c) y Decimo delActa de Tenencia Precaria suscripta el 14 de marzode 1997.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Morales Julio Gregorio (L.E.05.437.873), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 891/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de tres (3) dormitorios,identificada como Entrada 01, planta baja,Departamento G, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 903/83, al Sr.Morales Julio Gregorio (L.E. 05.437.873) porinfringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de junio de 1983.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Page 44: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

44Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica a la Sra. Cecio BernardinaEstrella (DNI. 07.027.517), y/o cualquier otroocupante del articulado de la Resolución n° 892/11de fecha junio 22 de 2011 cuyo texto se transcribea continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 06, segundo piso,Departamento E, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 002/97, a laSra. Cecio Bernardina Estrella (DNI. 07.027.517)por infringir la normativa vigente en cuanto aocupación efectiva y permanente del inmuebleentregado y la falta de pago de las cuotas deamortización -

Art. 2°-Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Direcciónde Acción Social, intimando a los mismos y/ocualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Olivar Jorge Amado (DNI.11.810.163), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 895/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de tres (3) dormitorios,identificada como Entrada 30, planta baja,Departamento B, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, al Sr.Olivar Jorge Amado (DNI. 11.810.163) porinfringir la Cláusula Cuarta Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de octubre de 1984.-

Art. 2° - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Cussi Pedro (DNI.10.466.426), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 896/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 22, segundo piso,Departamento E, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI., en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, al Sr.Cussi Pedro (DNI. 10.466.426) por infringir laCláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) y CláusulaSéptima del Boleto de Compra - Venta suscripto el01 de octubre de 1984.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lánotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Leiva Santiago Felipe (L.E.05.822.911), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 897/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 14, segundo piso,Departamento E, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 059/86, al Sr.Leiva Santiago Felipe (L.E. 05.822.911) porinfringir la Cláusula Cuarta Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de marzo de 1986.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Romeo Norberto Luis (DNI.10.669.343), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 898/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 28, planta baja,Departamento D, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 903/83, al Sr.Romeo Norberto Luis (DNI. 10.669.343) porinfringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de junio de 1983.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismos

y/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Geoffroy Luis Amado (DNI.10.286.883), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 900/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de cuatro (4) dormitorios,identificada como Entrada 22, primer piso,Departamento D, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, al Sr.Geoffroy Luis Amado (DNI. 10.286.883), porinfringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) yCláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de octubre de 1984.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica a la Sra. Lama Myrtha Isabel(L.C. 05.705.815), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 901/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de tres (3) dormitorios,identificada como Entrada 29, planta baja,Departamento B, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 1959/96, a laSra. Lama Myrtha Isabel (L.C. 05.705.815), porinfringir el Artículo Séptimo, Incisos a), b) y c) yDécimo del Acta de Tenencia Precaria suscripta el14 de marzo de 1997.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

Page 45: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

45Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Rodríguez Orlando Eloy(DNI. 13.097.346), Sra. Pereyra Julia Elizabeth(DNI. 21.388.735), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 902/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 05, planta baja,Departamento B, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Resolución N° 190/97, al Sr.Rodríguez Orlando Eloy (DNI. 13.097.346) y Sra.Pereyra Julia Elizabeth (DNI. 21.388.735), porinfringir el Artículo Séptimo, Incisos a), b) y c) yDécimo del Acta de Tenencia Precaria suscripta el04 de abril de 1997.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica a la Sra. Moreno Ana Elizabeth(DNI. 16.318.778), y/o cualquier otro ocupantedel articulado de la Resolución n° 904/11 de fechajunio 22 de 2011 cuyo texto se transcribe acontinuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de un (1) dormitorio,identificada como Entrada 16, planta baja,Departamento C, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, a laSra. Moreno Ana Elizabeth (DNI. 16.318.778),por infringir la Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c)y Cláusula Séptima del Boleto de Compra - Ventasuscripto el 01 de octubre de 1984.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Larroza Emilio (DNI.10.137.016), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la Resolución n° 905/11 de fecha junio22 de 2011 cuyo texto se transcribe a continua-ción:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como Entrada 18, primer piso,

Departamento F, correspondiente al Plan 300Viviendas - Alborada VI, en la localidad de SierraGrande, otorgada por Decreto N° 1443/84, al Sr.Larroza Emilio (DNI. 10.137.016), por infringirla Cláusula Cuarta, Incisos a), b) y c) y CláusulaSéptima del Boleto de Compra - Venta suscripto el01 de octubre de 1984.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Sierra Grande,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, intima al Sr. Basabez Emir Max, DNI. Nº14.149.664, y Sra. Martínez Rosa Mabel, DNI. Nº13.989.562, a ocupar la unidad habitacionalidentificada como Edificio 3 - PP-SP - Dpto. 16,del Plan 154 Viviendas, en la localidad de San Carlosde Bariloche, y regularizar la deuda que mantienencon este organismo, en un plazo de cinco (5) díasde recibida la presente. Caso contrario, antenegativa expresa o tácita se iniciará trámite dedesadjudicación y posterior desalojo.

Quedan ustedes debidamente notificados.María E. Mansilla, Área C. Habitacional - IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Pérez José Eduardo (DNI.17.195.041), Sra. Frontera Cintia Mónica (DNI.17.195.041), y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la resolución n° 930/11 de fecha junio27 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de tres (3) dormitorios,identificada como Casa 371, designación catastral:19-2-J-271-14, correspondiente al Plan 200 Vi-viendas construidas mediante convenio I.P.P.V. -C.G.T., en la localidad de San Carlos de Bariloche,otorgada por Resolución N° 245/98 al Sr. PérezJosé Eduardo, DNI. 17.195.041, y Sra. FronteraCintia Mónica,DNI. 17.195.041, por infringir laCláusula 5ta. Incisos a) y b) del Acta de TenenciaPrecaria suscripta el 10 de abril de 1997.-

Art. 2º - Notificar a los interesados el texto dela presente Resolución por intermedio de laDirección de Acción Social, intimando a los mismosy/o cualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de San Carlos deBariloche, para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

—oOo—El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda, notifica al Sr. Bon Daniel Víctor, DNI.12.288.410, Sra. Rial Selva Lorena, DNI.23.270.113, y/o cualquier otro ocupante delarticulado de la resolución n° 935/11 de fecha junio27 de 2011 cuyo texto se transcribe a continuación:

Artículo 1° - Dejar sin efecto la adjudicación dela unidad habitacional de dos (2) dormitorios,identificada como calle Vernengo N° 187, desig-nación catastral: 11-02-P-561-04A, correspon-diente al Plan 10 Viviendas Programa Federal, enla localidad de Guardia Mitre, otorgada porResolución N° 1308/07 al Sr. Bon Daniel Víctor(DNI. 12.288.410) y Sra. Rial Selva Lorena (DNI.23.270.113) por infringir el artículo 5to. Inciso d)del Acta de Adjudicación suscripta oportunamente.-

Art. 2°-Notificar a los interesados el texto de lapresente Resolución por intermedio de la Direcciónde Acción Social, intimando a los mismos y/ocualquier otro ocupante a hacer entrega de lavivienda en un plazo de cinco (5) días a partir de lanotificación.-

Art. 3° - Comunicar el texto de la presenteResolución a la Municipalidad de Guardia Mitre,para su conocimiento.-

Art. 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón,pasar a Despacho Central y Dirección de AcciónSocial, a sus efectos, cumplido, archivar.

Fdo.: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero. Director General de Préstamo, Lic. AlbertoHeredia. Marcelo Carlos Cánneva, DirectorGeneral de Administración del IPPV.

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EDICTOS–––

Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgadode Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.4, sito en Jhon O'Connor 20, notifica por mediode la presente a Vallejos, Matías, apodo no tiene,de 15 años de edad, DNI. domiciliado en Barrio120 Viviendas, calle México 573 de Bariloche cuyosdemás datos son desconocidos por la instrucción,que en expediente nro. 058-7-2011, se resolvió enfecha 4/4/2011, San Carlos de Bariloche, 4 de abrilde 2011.- Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento enla presente causa en favor de Lucas Matías JoelMella; Claudio Joel Enrique Pacheco y de MatíasVallejos ya filiados por aplicación del art. 306 inc.3° del CPP, y lo dispuesto por la Ley 22.278 en suArt. 1º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese dondecorresponda, y se lo cita y emplaza para que en eltérmino de 5 días comparezca en el Tribunal.– IntiC. Isla, Secretario.

—oOo—

Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgadode Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.4, sito en Jhon O'Connor 20, notifica por mediode la presente a Guerrero Juan, que en expedienteNº 120-8-2011, se resolvió en fecha 12/04/11, ///Carlos de Bariloche, 12 de abril de 2011. Resuelvo:Dictar el sobreseimiento total en la presente causay en relación al hecho que se describieraprecedentemente, en favor de Juan Guerrero, yafiliado al comienzo de la presente, por extinciónde la Acción Penal por aplicación por parte delAgente Fiscal de Criterio de Oportunidad (art. 306inc. 4 del Código Procesal Penal en función del art.172 del mismo ordenamiento legal). Regístrese,notifíquese, comuníquese donde corresponda,archívese. Y se lo cita y emplaza para que en eltérmino de 5 días comparezca ante el Tribunal.–Sergio Damián Pichetto, Secretario.

—oOo—Dr. Ricardo A. Calcagno Juez Titular del Juzgado

de Instrucción en lo Criminal y Correccional N 4,sito en Jhon O’Connor 20, cita y emplaza a ManuelJesús Villarroel para que en el término de 5 díascomparezca ante el tribunal a fin de notificarse de

Page 46: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

46Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

la Resolución recaída respecto de Karina RoxanaVillarroel Bustamante.”.- Sergio Damián Pichetto,Secretario.

—oOo—Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado

de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.4, sito en Jhon O’Connor 20, notifica por mediode la presente a Aburto, Carlos Ramón, que enexpediente nro. 098-8-2011, se resolvió en fecha09/06/2011, ///Carlos de Bariloche, 09 de junio de2011.- Y Vistos..... Considerando:... Resuelvo:Dictar el sobreseimiento de Carlos Ramón Aburto-ya filiado al comienzo del presentepronunciamiento- respecto del delito robo que sele imputara oportunamente, con la expresamención que la formación del presente no afectóel buen nombre y honor del que gozare (art. 306inc. lro. 2do. supuesto del C.P.P.).- Protocolícese,regístrese, notifíquese, firme que se encuentrecomuníquese donde corresponda, y se lo cita yemplaza para que en el término de 5 díascomparezca ante el Tribunal.– Sergio DamiánPichetto, Secretario.

—oOo—

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en loComercial Nº 26, a cargo de la Dra. María CristinaO’Reilly, Secretaría Nº 51, interinamente a micargo, sito en Callao 635, 1º Piso de esta ciudad,comunica por 5 días en los autos caratulados:“Marítima San José S.A. s/Quiebra”, Expte. Nº052503 , la declaración de la quiebra de MarítimaSan José S.A. (CUIT Nº 30-69056590-7), condomicilio en Espinosa 1491 Piso 1º de la ciudad deBuenos Aires, debiendo los señores acreedorespresentar los títulos justificativos de créditos hastael día 1/8/2011 ante el Síndico López Santiso Alanisy Asociados, quién constituyó domicilio en Florida234, Piso 5º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,quién presentará el informe individual de loscréditos el día 13/9/2011 y el informe general eldía 26/10/2011. Se intima a los acreedores de lafallida y a cuantos tengan bienes y documentos dela misma, a ponerlos a disposición del Síndicodentro de las 24 horas, prohibiéndose hacer pagoso entrega de bienes so pena de considerarlosineficaces. Se intima a la fallida y a susadministradores para que en el término de 48 horasconstituyan domicilio procesal y para que entregueal Síndico dentro de las 24 horas los libros decomercio y demás documentación relacionada conla contabilidad (Art. 88 Ley 24.522). Intímasetambién a la fallida para que cumpla con lodispuesto por el Art. 86 de la Ley citada. BuenosAires, de 10 de junio de 2011. Devora NataliaVanadia, Secretaria Interina.-

—oOo—

La Dra. Rosana Calvetti, titular del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 3 de Viedma, Provinciade Río Negro, Secretaria Única a cargo de la Dra.Ana Carolina Scoccia, en Expte. N° 0332/2011,“Agüero Josefina s/Sucesión Ab Intestato”. Cita yemplaza por treinta días, a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados porJosefina Agüero. Publíquese por el término de tresdías. Viedma, 03 de Junio de 2011. Dra. AnaCarolina Scoccia, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3,Secretaría de la Dra. Alejandra Marcolini de la IIICircunscripción Judicial de la Pcia. de Río Negro,con sede en J.J.Paso N. 167 PB. de San Carlos deBariloche, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Segundo Cañupan, D.N.I. Nº7.389.195, a fin de que se presenten en autoscaratulados “Cañupan Segundo s/Sucesión Ab In-testato” (Expte. 31235-11). Publíquese por tres

días. S. C. de Bariloche, 05 de mayo el 2011. Fdo.Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez. Secretaría, 24 demayo del 2011. Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.-

—oOo—

El Dr. Richar F. Gallego, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº 5 - SecretaríaÚnica sito en calle San Luis 85 2º Piso Río Negro,cita a presentarse por treinta días a herederos yacreedores de la Sra. Alicia Susana Altamirano, L.C.Nº 4.631.490 en los autos “Altamirano Alicia Susanas/Sucesión” (Expte. 34.631-J5-11). Publíquese portres días. General Roca, 7 de Junio de 2011. Dra.Selva A. Aranea, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Milton Cesar Dumrauf, Juez a Cargo del

Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, Mi-nería, Familia y Sucesiones Nº 21 sito en calle 20De Junio 315 de Villa Regina cita y emplaza portreinta (30) días a herederos y acreedores, deGuglielmin, Rita D.N.I. Nº 93.215.132 y TascaDecimo D.N.I. Nº 93.215.151 en autos Guglielmin,Rita y Tasca Decimo s/Sucesión (Expte 4302-J21-11). Publíquese por tres días - Villa Regina, 29 de2011. Fdo. Dra. Claudia E Vesprini, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Margarita M. de Carrasco, Juez a cargo

del Juzgado de Instrucción N° 20, con asiento en laciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro,Secretaría Subrogarte de la Dra. Claudia E. Vesprini,notifica a Roberto Minson Carmona, con últimodomicilio conocido en calle Isidro Labrador 2211de la ciudad de Comodoro Rivadavia, de la resoluciónrecaída en la causa caratulada “Carmona, RobertoMinson s/Incumplimiento Deberes Asist. Fliar(Causa 6713/10/JP20)”, que en su parte pertinentedice:///lla Regina, 17 de Noviembre de 2.010. Autosy Vistos...Considerando...Resuelvo: I.- Dictar elSobreseimiento de Roberto Minson Carmona, cuyosdemás datos personales obran en autos, en orden alhecho Imputado, (Art. 306 Inc. 1 del CPP),declarando que la formación del presente procesono afecta su buen nombre y honor. (Fdo.) Dr. FavioMartín Igoldi, Juez. Publíquese por cinco días.Secretaría, 6 de Junio de 2011. Dra. Claudia EVesprini, Secretaria Subrogante.-

—oOo—Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial, Minería y Sucesiones Nº 1 de Viedma,Secretaría única a cargo del Dr. Gustavo J. Tenaglia,llama, cita y emplaza a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por Erberto BeltranMalaspina D.N.I. Nº 7.382.138, para que en eltérmino de 30 días lo acrediten en los autoscaratulados “Malaspina Erberto Beltran s/Sucesión”- Expte. N° 1102/10/J1. Publíquese por tres días.Viedma, 9 de junio de 2011. Dr. Gustavo J. Tenaglia,Secretario.-

—oOo—El Dr. Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yMinería Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicialsito en calle Laprida Nº 292 de la ciudad de Viedma,Secretaria a cargo del Dr. Gustavo Javier Tenaglia,cita, llama y emplaza por el término de treinta díasa todos los que se consideren con derecho a losbienes dejados por Don Segundo Lazaro García, enlos autos caratulados “García Segundo Lazaro s/Sucesión” Expte. Nº 0734/10/j1. Publíquese portres días. Viedma 22 de Junio de 2.011. Dr. GustavoJ. Tenaglia, Secretario.-

—oOo—

El Dr. Richar F. Gallego, Juez a cargo del JuzgadoLetrado en lo Civil, Comercial y Minería Nº 5,Secretaría Única a cargo de la Dra. Selva A. Aranea,con asiento de funciones en calle San Luis Nº 853,2º Piso de General Roca RN, cita y emplaza por el

término de 30 días a acreedores y herederos deEduardo Podlesch, L.E. Nº 3.435.814 en autos“Podlesch Eduardo s/Sucesión” Expte. 32584-J5-08. Publíquese por tres días en Boletín Oficial yDiario Río Negro. General Roca, 21 de Junio de2011. Dra. Selva A. Aranea, Secretaria.-

—oOo—El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial,

de Minería, Familia y Sucesiones Nº 31, SecretaríaCivil Única de Choele Choel, cita y emplaza portreinta días a todos los que se consideren conderecho, a los bienes de Jorgelina Rosa Ullua, paraque así lo acrediten en autos “Ullua Jorgelina Rosas/Sucesión”, Expte. Nº 16975/11). PublíqueseEdictos por tres días. Choele Choel, 06 de junio de2011. Dr. Víctor D. Soto, Juez. Dra. PaolaSantarelli, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Susana T. Burgos, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 3 - SecretaríaÚnica, sito en San Luis 853 - 2º Piso. GeneralRoca, Río Negro, cita por 30 días a herederos yacreedores de Daniel Osvaldo Cabezas, D.N.I. Nº29.938.054 a presentarse en los autos “CabezasDaniel Osvaldo s/Sucesión” (Expte. Nº 40882).Publíquese por 3 días en el Diario Río Negro yBoletín Oficial. General Roca, 29 de abril de 2011.Dra. María del Carmen Villalba, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 -Secretaría Única, sito en San Luis 853 - 2º Piso -General Roca, Río Negro, cita por 30 días aherederos y acreedores, de Basilio Svampa, CI.5878 (Prov. Nqn.) a presentarse en los autos“Svampa Basilio s/Sucesión (P/C 506-I-71) (Expte.Nº 169-I-88)”. Publíquese por 3 días. General Roca,14 de junio de 2011. Dra. Paula Chiesa, Secreta-ria.-

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El Dr. Emilio Riat, Juez a cargo del Juzgado Nº5, en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIICircunscripción Judicial de Río Negro, sito en Pje.Juramento 190, 4º piso, e S. C. de Bariloche, cita yemplaza por el término de treinta días, a herederosy acreedores de Mariano Galíndez Tuero, DNI. Nº22.295.290, en autos: “Galíndez Tuero, Marianos/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 10345/11).-Publíquese por tres días.- Secretaría Única.- SanCarlos de Bariloche, 20 de junio de 2011.- Dr.Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

—oOo—

El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez de PrimeraInstancia a cargo del Juzgado Civil, Comercial,Minería y Sucesiones de la IIIª CircunscripciónJudicial de Río Negro, Nº 3, Secretaría Única acargo de la Dra. María Alejandra MarcoliniRodríguez con asiento en la calle Paso 167 PB deSan Carlos de Bariloche cita a herederos yacreedores de la Sra. Nélida Renee Ottone, D.N.I.F 0.185.022 a presentara en los autos caratulados:“Ottone, Nélida Renee s/Sucesión Ab Intestato”,Expte. 31435-11 por el término de treinta (30)días. Publíquese por tres (3) días. Secretaría, SanCarlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los10 días de Junio de 2011. Fdo. María AlejandraMarcolini Rodríguez, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Richar F. Gallego, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 5 - SecretaríaÚnica sito en calle San Luis 853, 2º Piso, Río Negro,cita a presentarse por treinta días a herederos yacreedores del Sr. Pereyra Raúl Miguel D.N.I. Nº6.555.677 en los autos “Pereyra Raúl Miguel s/Sucesión” (Expte. 34716-J5-11) Publíquese por tresdías. General Roca, 14 de Junio de 2011. Dra. SelvaA. Aranea, Secretaria.-

Page 47: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

47Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Rosana Calvetti Juez a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 3 de la ciudad de Viedma,Secretaría Única a cargo de la Dra. Ana CarolinaScoccia, sito en calle Laprida 292 nivel 5, de lamisma ciudad, cita en autos caratulados “FuentesNarcisa s/Sucesión”, Expte. Nº 1209/2010, a todoslos que se consideren con derecho a los bienesdejados por la misma, para que dentro de treintadías lo acrediten. Publíquese por el término de tresdías. Viedma, 04 de Febrero de 2011. Dra. AnaCarolina Scoccia, Secretaria.-

—oOo—Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado de

primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Mineríay Sucesiones Nº 1 de Viedma, Secretaría Única acargo del Dr. Gustavo Tenaglia cita, llama y emplazaa herederos y acreedores de Stella Maris Aguada,para que se presenten a hacer valer sus derechospor el término de treinta (30) días en autos:“Aguada, Stella Maris s/Sucesión” Expte. Nº 0308/11/J1. Publíquese por tres días. Viedma, 21 de Juniode 2011. Dr. Gustavo J. Tenaglia, Secretario.-

—oOo—El Agente Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal de

Atención Primaria de Viedma, Dr. Ricardo A. Falca,hace saber a Edgardo Luis Pichón, que en los autos“Pichón Edgardo Luis c/Martínez Carlos Fernandos/Amenazas Simples” (C1F15228-11), se ha dictadola resolución que en su parte pertinente dice:

“Viedma, 21 de junio de 2011.- Visto:.... yConsiderando: Que a fs. 1/2 Edgardo Luis Pichóndenuncia a Carlos Fernando Martínez, quien es eldueño del “Swami” sito en el Bvard. Contín, porqueayer alrededor de las 13.00 horas lo amenazó demuerte porque el dicente se había retirado del campoya que se avecinaba la lluvia. Que el dicente estabaen la chacra donde hace ladrillones en Patagones ycomo no le pagó lo que le debía, Martínez loamenazó. Que este hombre le debe $ 5000 y eldicente quiere que se lo pague y que además ledevuelva toda su ropa. Que además le retiene eldocumento del dicente y de su padre. Que quiereque lo citen lo más rápido posible porque no tienenada, está sin ropas ni dinero.

Oportunamente compareció Martín AgustínFernández quién aclaró que si bien no se llama CarlosFernando Martínez, conoce al denunciante y lacitación se realizó en su comercio. Agrega queEdgardo Luis Pichón es una persona que conoceporque es un adicto al alcohol, tanto como su padre,que el dicente se ocupa de ayudar a adictosbrindándoles un lugar donde estar. Dentro de esaspersonas están el denunciante y su padre. Que estimaque el día de la denuncia Pichón estaba ebrio, quenunca lo amenazó y declara no deberle ningúndinero a esta persona, que tampoco tiene susdocumentos ni su ropa. Que ambas personas estánindocumentadas. Que estas personas estuvieron ensu chacra y se llevaron unas herramientas,seguramente para cambiarlas por alcohol. Queentiende a estos hombres porque sabe que estánenfermos y que si los vuelve a encontrar en lacalle, los vuelve a ayudar, ya que estas personasestán desamparadas.

Analizadas las actuaciones y teniendo en cuentaque el anuncio del mal grave, posible, injusto yfuturo que sanciona el Art. 149 bis del CP. deberevestir idoneidad para intimidar y que para juzgardicha idoneidad no puede obviarse la consideraciónde las circunstancias en que las amenazas fueronproferidas, entiendo que en el caso no se haconfigurado el ilícito en cuestión por ausencia delúltimo requisito de tipicidad mencionado.

En función de lo expuesto, no advirtiéndoseque los hechos referidos sear configurativos de undelito de acción pública, considero que la presentedenuncia debe ser Archivada y notificar de ello aquien tenga derecho a querellar, lo que así resuelvo.Fdo. Ricardo A. Falca - Agente Fiscal U.F.A.P.”.-

El Dr. Richar Fernando Gallego, Juez a cargodel Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro.Cinco, Secretaría Única, sito en calle San Luis 853,2º piso, de General Roca, Río Negro, cita apresentarse por treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. Ochiodoro María Angélica,DNI. Nº 6.078.708, en los autos: “Ochiodoro MaríaAngélica s/Sucesión” (34504-J5-11).- Publíquesepor tres días.- General Roca, 22 de marzo de 2011.-Dra. Selva A. Aranea, Secretaria.

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El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial, de Minería y SucesionesNº 9, Secretaría a cargo de la Dra. Romina P.Zilvestein, sito en calle San Luis 853, 2º piso, de laciudad de General Roca, Provincia de Río Negro,cita a presentarse por treinta (30) días a herederosy acreedores de la Sra. Urquiza Angélica, DNI. Nº2.749.990, en los autos caratulados: “Urquiza,Angélica s/Sucesión” (Expte. Nº 33875-11).-Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial.-General Roca, 14 de junio de 2011.- Romina PaulaZilvestein, Secretaria.

—oOo—El Dr. Marcelo Gutiérrez, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro.Tres, con asiento de funciones en Roca y Sarmiento,P.B., de la ciudad de Cipolletti, Provincia de RíoNegro, cita y emplaza por treinta (30) días, a todolos que se consideren con derecho a los bienesdejados por los causantes Sr. José David CalcumilReyes, DNI. Nº 92.288.148, para que lo acreditendentro de dicho plazo, en autos: “Calcumil ReyesJosé David s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 7804/ Juz. III / 2011).- Publíquense edictos por tres (3)días en el Boletín Oficial.- Fdo.: Dr. MarceloGutiérrez, Juez.- Cipolletti, 20 de mayo de 2011.-Jorge A. Fernández, Prosecretario.

—oOo—El Dr. Marcelo Gutiérrez, titular del Juzgado

Civil Nº 3, Secretaría de la Dra. Soledad Peruzzi,sito en calle Roca 599 de Cipolletti (Río Negro),en los que tramitan los autos: “Sanz Francisco s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 7889/11), cita yemplaza a estar a derecho por el término de treintadías a los que se consideren con derecho a los bienesdel Sr. Francisco Sanz, DNI. Nº 3.896.398.-Publíquense edictos por tres días en el BoletínOficial.- Cipolletti, 16 de junio de 2011.- Dr. JorgeA. Fernández, Prosecretario.

—oOo—El Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería

Nro. Tres, de Cipolletti, R.N., Secretaría Única,cita y emplaza por treinta días a herederos yacreedores de Dña. Ida Adriana Morresi, L.C. Nº9.734.040, en autos: “Morresi Ida Adriana s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 7925-J.III -Única-11).- Publíquese por tres días.- Fdo.: Dr.Marcelo A. Gutiérrez, Juez.- Cipolletti, 23 de juniode 2011.- Dr. Jorge A. Fernández, Prosecreta-rio.

—oOo—

La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 -Secretaría Única, sito en San Luis 853 - 2º Piso -General Roca, Río Negro, cita por 30 días aherederos y acreedores de Paula Wilma LüddenIrmengard, D.I. 93.216.067 a presentarse en losautos “Lüdden Irmengard Paula Wilma s/Sucesión(Expte. Nº 257-11). Publíquese por 3 días. GeneralRoca, 31 de mayo de 2011. Dra. Paula Chiesa,Secretaria.-

—oOo—Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 9, Secretaría Únicaa cargo de la Dra. Romina Paula Zilvestein, conasiento en Edificio “Ciudad Judicial” San Luis 853,

2º Piso de la ciudad de General Roca, de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de RíoNegro, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Álvarez Felidor, D.N.I. Nº7.567.097 y Álvarez Martina, D.N.I. Nº 9.744.184para que comparezcan a estar a derecho en autos“Álvarez Felidor y Álvarez Martina s/Sucesión”(Expte. Nº 32733-J.9-09). Publíquese en el BoletínOficial por el término de tres días. General Roca,13 de Junio de 2011. Romina Paula Zilvestein,Secretaria.-

—oOo—La Dra. Rosana Calvetti titular del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería N° 3 de Viedma, SecretaríaÚnica de la Dra. Ana Carolina Scoccia, cita, llamay emplaza a los herederos, acreedores y/o todos losque se consideren con derecho a los bienes dejadospor Juan Mateo Linares, para que dentro de lostreinta (30) días así lo acrediten en los autoscaratulados “Linares, Juan Mateo s/Sucesión AbIntestato” Expte. Nº 0418/2011 en trámite anteese Juzgado. Publíquese por tres (3) días. Viedma,22 de Junio de 2011. Ana Carolina Scoccia,Secretaria.-

—oOo—Milton C. Dumrauf juez del juzgado Civil, Co-

mercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº XXIsecretaría a cargo de la Dra. Claudia E. Vesprinicita a los herederos y acreedores de Calcagno SusanaLivia por treinta días comparezcan a tomarintervención que les correspondan en autos:“Calcagno Susana Livia s/Sucesión” (Expte. Nº4249/J21/11). Publíquese edictos por tres días. VillaRegina, 15de junio de 2011. Fdo. Dra. Claudia E.Vesprini, Secretaria.-

—oOo—

La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 -Secretaría Única, sito en San Luis 853 - 2° Piso -General Roca, Río Negro, cita por 30 días aherederos y acreedores de Domingo Luis MatteD.N.I. Nº M. 4.109.203 a presentarse en lo autos“Matte Domingo Luis s/Sucesión (Expte. N° 319-10)”. Publíquese por 3 días. General Roca, 29 denoviembre de 2010. María del Carmen Villalba,Secretaria.-

—oOo—Jorge Alfredo Serra, Juez Letrado a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de laTercera Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, con asiento en la ciudad de San Carlosde Bariloche en autos: “Rey, Carlos Alberto s/Sucesión Ab Intestato” Expediente Nro. 0736/166/10 que tramitan por ante el juzgado a su cargo,Secretaría Única del Dr. Mariano Castro, sito encalle Juramento 190 piso 5º de la ciudad de SanCarlos de Bariloche, cita, llama y emplaza aherederos y acreedores de Carlos Alberto Rey porel término de treinta (30) días. Publíquense edictosen el Boletín Oficial y en un diario de ampliacirculación local. Bariloche, 28/04/11. MaríaAlejandra Marcolini Rodríguez, SecretariaSubrogante.-

—oOo—El Dr. Emilio Riat, Juez a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Mineríay Sucesiones Nº 5 de la Tercera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, con asientoen la ciudad de San Carlos de Bariloche, sito enJuramento 190 4° Piso de esta ciudad, SecretaríaÚnica a cargo del Dr. Cristian Tau Anzoátegui citapor treinta días a herederos y acreedores de FloridorGallardo D.N.I. Nº 7.388.961 para que hagan valersus derechos en los autos caratulados FloridorGallardo s/Sucesión Ab Intestato (10254-11).Publíquese por tres días. San Carlos de Bariloche17 de mayo de 2011. Dr. Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.-

Page 48: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

48Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez a cargo delJuzgado, Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3, de la Tercera Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, con asiento en Calle J.J.Paso 167 -PB- de la ciudad de San Carlos deBariloche, Secretaría Única a cargo de la Dra. MaríaAlejandra Marcolini Rodríguez, cita y emplaza aherederos y acreedores del Sr. Carlos Antunao L.E.Nº 7.816.932, para que hagan valer sus derechosen el término de treinta (30) días, en los autoscaratulados: “Antunao, Carlos s/Sucesión Ab In-testato” Expte. Nº 31428-11. Publíquense edictosen el Boletín Oficial y diario El Cordillerano.Conste. Secretaría. San Carlos de Bariloche 3 deJunio de 2011. María Alejandra MarcoliniRodríguez, Secretaria Subrogante.-

—oOo—

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 5 de la IIIªCircunscripción de la Provincia de Río Negro, sitoen calle Juramento 190, 4º Piso de San Carlos deBariloche, a cargo del Dr. Emilio Riat, SecretaríaÚnica a cargo del Dr. Cristian Tau Anzoátegui, enlos autos caratulados: “Cueto, María MercedesCovadonga Ramona s/Sucesión Ab Intestato”(Expte. Nº 10262-11), cita y emplaza a herederosy acreedores de María Mercedes CovadongaRamona Cueto L.C. Nº 1.011.942 por el términode Treinta días contados desde la última publicación,comparezca a hacer valer sus derechos (Art. 3589del Código Civil). Publíquese edictos durante tresdías en el Boletín Oficial y en el Diario ElCordillerano. Dado, firmado y sellado en secretaría,29 de abril de 2011. Dr. Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.-

—oOo—El Dr. Carlos M. Cuellar, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia Civil, Comercial y de MineríaNº 3, de la Tercera Circunscripción Judicial de RíoNegro, Secretaría Única, a cargo de la Dra. AlejandraMarcolini Rodríguez, sito en Paso Nº 167 deBariloche, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de Conrado Eugenio Furlán, L.E. Nº7.396.366, para que se presenten en autos: “FurlánConrado Eugenio s/Sucesión ab intestato” (31058-10).- Publíquese por tres días.- San Carlos deBariloche, 27 de junio de 2011.- Ma. AlejandraMarcolini Rodríguez, Secretaria.

—oOo—Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado

de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 4,sito en John O'Connor 20, notifica por medio de lapresente a Salazar Raúl Ángel, que en Expte. Nº212-8-2011, se resolvió en fecha 15/06/2011 …Resuelvo: Dictar el sobreseimiento total en lapresente causa en relación al hecho que sedescribiera precedentemente, en favor de … ySalazar Raúl, ya filiados al comienzo de la presente,por extinción de la acción penal, por aplicaciónpor parte del Agente Fiscal de Criterio deOportunidad (Art. 306 Inc. 4º del Código ProcesalPenal en función del Art. 172 del mismoordenamiento legal)…”.- Fdo.: Ricardo A.Calcagno, Juez. Ante mí Sergio Damián Pichetto,Secretario. Y se lo cita y emplaza para que en eltérmino de cinco días comparezca ante el Tribunal.-Sergio D. Pichetto, Secretario.

—oOo—

La Dra. María Raquel Calvo, Presidente de laJunta de Disciplina de la Provincia de Río Negro,en las actuaciones caratuladas “s/PresuntoAbandono de Servicios Marisabeth Guevara -Hospital Área Programa Maquinchao” (Expte. Nº62817-S-11),. del registro del Ministerio de Saludde la Provincia de Río Negro, en trámite por anteel referido Cuerpo Disciplinario, sito en calle 25 deMayo Nº 394, 1º piso, de la ciudad de Viedma,

notifica a la agente Marisabeth Guevara, DNI. Nº23.648.435, la Resolución Nº 158-JD-11, de fecha18 de mayo de 2011, que en su parte pertinentedice: “Viedma, 18 de mayo de 2011 … Visto: …Considerando: … La Junta de Disciplina Resuelve:Artículo 1º: Ordenar la instrucción delcorrespondiente sumario, el cual debe tramitarsede acuerdo a lo establecido por la Ley L Nº 3052/96, Ley L Nº 3.487 y su Decreto Reglamentario1405/01.- Artículo 2º: Suspender preventivamentea la agente Guevara Marisabeth, sin goce de haberes,de acuerdo a lo establecido por el Art. 68 del AnexoI en el Punto 2, Inc. 2) de la Ley 3487 y su DecretoReglamentario 1405/01.- Artículo 3º: DesignarInstructor Sumariante, a la Dra. Lorena Basile,conforme lo establecido por el Art. 67 A, Punto 3del Decreto Reglamentario Nº 1.405/01 y Ley LNº 3052/96.- Una vez finalizado el sumario, elInstructor Sumariante deberá elevar las actuacionescon la correspondiente conclusión sumarialdirectamente a esta Junta de Disciplina.- Artículo4º: Autorizar al Instructor Sumariante a designarSecretario de Actuaciones para la sustanciación dela investigación sumarial… Fdo.: Dra. María RaquelCalvo, Presidente Junta de Disciplina Ley 3487.

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La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,Secretaría Única, sito en San Luis 853, 2º piso,General Roca, Río Negro, cita por treinta días aherederos y acreedores de María Jakimiuk, DI2.305.428, a presentarse en los autos: “JakimiukMaría s/Sucesión” (Expte. Nº 167-11).- Publíquesepor tres días.- General Roca, 20 de abril de 2011.-Dra. Paula Chiesa, Secretaria.

—oOo—La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,Secretaría Única, sito en San Luis 853, 2º piso,General Roca, Río Negro, cita por treinta días aherederos y acreedores de Judith Norma Arce, DNI.Nº 5.176.261, a presentarse en los autos: “ArceJudith Norma s/Sucesión” (Expte. Nº 272-11).-Publíquese por tres días.- General Roca, 28 de juniode 2011.- Dra. Paula Chiesa, Secretaria.

—oOo—El Dr. Richar F. Gallego, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nro. Cinco,Secretaría Única, sito en calle San Luis 853, 2ºpiso, de la ciudad de General Roca, Río Negro, citaa presentarse por treinta días a herederos yacreedores de la Sra. María Elena Arias, DNI. Nº93.646.791, en los autos: “Arias María Elena s/Sucesión” (Expte. Nº 34713-J.5-11).- Publíquesepor tres días.- General Roca, 16 de junio de 2011.-Dra. Selva A. Aranea, Secretaria.

—oOo—La Dra. Susana T. Burgos, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nro. Tres, SecretaríaÚnica, sito en San Luis 853, 2º piso, General Roca,Río Negro, cita por treinta días a herederos yacreedores de Celestino Inostrosa, DNI. Nº10.145.701, a presentarse en los autos: “InostrosaCelestino s/Sucesión” (Expte. Nº 40994).-Publíquese por tres días en el diario Río Negro yBoletín Oficial.- General Roca, 14 de junio de 2011.-María del Carmen Villalba, Secretaria.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Copes, Hugo Alberto, DNI. Nº6.252.826, para que comparezcan en autos: “CopesHugo Alberto s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº30273), a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite.- Publíquese portres días.- Cipolletti, 17 de febrero de 2011.- MaríaMarta Gejo, Secretaria.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en loComercial Nº 8, Secretaría Nº 16, sito en la calleLibertad 533, planta baja, de Capital Federal,comunica por cinco días en la quiebra de BlockbusterArgentina S.A., decretada el día 17 de diciembre de2010, que se fijará nuevo período para lainsinuación de las acreencias correspondientesexclusivamente a los eventuales acreedores de laprovincias de Córdoba, Santa Fe y Río Negro. Queel Síndico es “Estudio Bernardi, Drzewko, Miracolay Asociados”, con domicilio constituido en Callao852, 3º piso (Tel. 4815-5030) C.A.B.A., ante quienlos acreedores deberán presentar los títulosjustificativos de sus créditos hasta el día 4 de juliode 2011; fijándose a los efectos del informeindividual (LC 35) el 9 de agosto de 2011 y elinforme general (39 LC) se fija para el día 23 deseptiembre de 2011.- Se intima a quienes tenganbienes y documentos de la fallida para que lospongan a disposición del Síndico en cinco días, y seprohiben los pagos y entregas de bienes de la fallida,so pena de considerarlos ineficaces.- Publíquese porcinco días en el Boletín Oficial.- Buenos Aires,mayo de 2011.– Ma. Gabriela Dall Asta, Secre-taria.

—oOo—Dr. José Luis Rodríguez, Juez Provincial de

Primera Instancia a cargo del Juzgado ProvincialNro. Nueve, en lo Civil, Comercial y de Mineríacon asiento en calle San Luis 853, 2º piso, cita porel término de diez días a René Carrasco Delgado, ya todo aquel que se considere con derechos sobre elinmueble ubicado en Villa Regina, NomenclaturaCatastral 06-1C-613-22, inscripto en el Registrode la Propiedad Inmueble al Tº 367, Fº 220, Finca83295, a estar a derecho en autos: “LlanquileoDomingo c/Carrasco Delgado René s/Usucapion”(Expte. Nº 32700-J.9-09) que tramitan por antedicho Juzgado, Secretaría Única, bajoapercibimiento de designarle Defensor de Ausentes.-Publíquese por dos días en el diario Río Negro yBoletín Oficial.- Secretaría, 1 de junio de 2011.-Romina Paula Zilvestein, Secretaria.

—oOo—El Juzgado Federal de Primera Instancia de la

ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, acargo por subrogancia legal del Dr. SantiagoInchausti, Secretaría Civil, con asiento de susfunciones en España Nº 1690 de General Roca,Provincia de Río Negro, cita a Juan ManuelAravena, DNI. Nº 32.148.005, en los autoscaratulados: “Banco Nación Argentina c/Aravena,Juan Manuel s/Ejecutivo” (Expte. Nº 1131-2009),para que en el término de cinco (5) días comparezcaa juicio por sí o por sus representados legales, bajoapercibimiento de designársele Defensor PúblicoOficial, ordenándose la publicación de edictos porel término de dos (2) días.- Secretaría, 24 de juniode 2011.- Ezequiel Andreani, Secretario Fede-ral.

—oOo—

El Juzgado Civil, Comercial, de Minería, Familiay Sucesiones Nº 21 a cargo del Dr. Milton CesarDumrauf, Secretaría Única a cargo de la Dra. ClaudiaE. Vesprini de la segunda Circunscripción Judicialcon asiento en la calle 20 de Junio Nº 215 de lalocalidad de Villa Regina, cita y emplaza por eltérmino de treinta días a herederos y acreedores deMarta González, D.N.I. Nº 4.403.698; en autos“González Marta s/Sucesión”. (Expte. Nº 4009-J21-10). Publíquese por tres días. Villa Regina, 23de Junio de 2011. Claudia E. Vesprini, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1, cita yemplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Lincheo, Manuel o Lincheo,Manuel Segundo, L.E. Nº 7.560.984 para que

Page 49: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

49Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

comparezcan en autos “Lincheo Manuel Segundos/Sucesión Ab Intestato” (Expte. Nº 31114) a hacervaler sus derechos, acompañando la documentaciónque lo acredite. Publíquese por tres días, Cipolletti,23 de junio de 2011. María Marta Gejo, SecretariaSubrogante.-

—oOo—El Sr. Juez Carlos Marcelo Cuellar, titular del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3, de laTercera Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, sito en J.J. Paso 167, S. C. de Bariloche,Secretaría Única a cargo de la Dra. María AlejandraMarcolini Rodríguez, cita y emplaza por el términode 30 días a herederos y acreedores de quien en vidafuera Don Whewell, Alasdair D.N.I. Nº 23.686.661en autos caratulados “Whewell Alasdair s/SucesiónAb Intestato” Expte. Nº 30864-10. Publíquenseedictos por 3 (tres) días en Boletín Oficial, DiarioRío Negro y Diario El Día para que se presenten aestar a derecho (con idéntica prevención). SanCarlos de Bariloche, a los 5 días del mes de Mayode 2011. María Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.-

—oOo—El Dr. Víctor Darío Soto Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, de Minería, Familia y SucesionesNº 31, de la Segunda Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, Secretaría a cargo de laDra. Paola Santarelli; sito en calle 9 de Julio Nº221 de Choele Choel, cita y emplaza a todos losque consideren con derecho a los bienes dejadospor el causante: Ramos José y Suárez Maxima,para que dentro de treinta días lo acrediten en autoscaratulados: “Ramos José y Suárez Maxima s/Sucesión” (Expte. Nº 16.848/11). Publíquenseedictos por tres días. Choele Choel, de marzo de2011.- Fdo. Dra. Paola Santarelli, Secretaria. Maríadel Carmen Leal, Prosecretaria.-

—oOo—Dr. Richar Fernando Gallego Juez de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, de Minería,Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. SelvaAranea, con asiento en la ciudad de General Roca,de la Segunda Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores del Sr. Raúl Di GiacomoD.N.I. Nº 4.899.982 en autos: “Piermartiri ElsaAna y Di Giacomo Raúl s/Sucesión” (Expte. Nº34038-J5-10). Publíquese en el Boletín Oficial porel término de tres días. General Roca, 30 de Juniode 2011. Selva A. Aranea, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Víctor Darío Soto Juez a cargo del Juzgado

Nº 31 en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones sito en calle 9 Julio Nº 221 de ChoeleChoel Secretaría única a cargo de la Dra. PaolaSantarelli cita y emplaza por treinta días a losherederos y acreedores de Jorge Ascencio Querejetapara que comparezcan a estar a derecho en losautos: “Querejeta Jorge Ascencio s/SucesiónTestamentaria” (Expte. 16493/10). Publíquese portres días. Choele Choel, de Junio de 2011. Fdo.Víctor Darío Soto, Juez. Dra. Paola Santarelli,Secretaria.-

—oOo—Rosana Calvetti, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nº 3, de Viedma, Río Negro,Secretaría Única a cargo de la Dra. Ana CarolinaScoccia, cita, llama y emplaza a herederos deArmando Raúl León para que se presenten a hacervaler sus derechos en el término de treinta días enlos autos: León, Armando Raúl s/Sucesión AbIntestato”. Expte. Nº 0410/2011. Publíquese portres días en el Boletín Oficial. Viedma, 27 de Juniode 2011. Ana Carolina Scoccia, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 -Secretaría Única, sito en San Luis 853 - 2º Piso -

General Roca, Río Negro, cita por 30 días aherederos y acreedores de José Cortes, L.E. Nº7.295.135 a presentarse en los autos: “Cortes Josés/Sucesión (Expte. Nº 274-11)”. Publíquese por 3días. General Roca, 14 de junio de 2011. Dra. PaulaChiesa, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez a cargo del

Juzgado Letrado en lo Civil, Comercial y MineríaN° Tres, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Maríadel Carmen Villalba, con asiento de funciones encalle San Luis N° 853 2do. Piso de General RocaRN, cita y emplaza por el término de 30 días aacreedores y herederos de Fanny ElizabethLarreburo, DNI. 22.586.554 en autos: “LarreburoFanny Elizabeth s/Sucesión” (Expte. 38655-08).Publíquese por Tres días en Boletín Oficial y DiarioRío Negro.- General Roca, 11 de Diciembre de2010.– María del Carmen Villalba, Secretaria.

—oOo—El Dr. Milton César Dumrauf, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 21, Secretaria Única, a cargo de laDra. Claudia E. Vesprini, con asiento en calle 20 deJunio Nº 315 de Villa Regina (R.N) en autoscaratulados: “Carrasco Avello, Zunilda Alicia c/Nahuelhual Quilaqueo, Emilio Arnoldo s/Divorcio”(Expte. N’ 4327-J21-11), notifica el siguientedecreto de rebeldía que en su parte pertinente dice:“Villa Regina. 23 de mayo de 2011.- Lo que resultade la documentación acompañada e informando laActuaria en este acto, que el término acordado alaccionado para contestar la demanda y comparecera estar a derecho se encuentra vencido, sin que lohubiere efectuado, désele por perdido el derechoque para hacerlo tenía y en mérito a lo solicitado,haciéndose efectivo el apercibimiento que disponeel art. 59 del C.P.C. y C., declárase rebelde en eljuicio al demandado Emilio Arnoldo NahuelhualQuilaqueo, teniéndose por ciertos los hechosinvocados en la demanda salvo que fueraninverosímiles y sin perjuicio de las facultades a queotorga al Juez el Art. 36 Inc. 2 CPCC.- Contestadala demanda en rebeldía. Notífiquese esta providenciaen la forma prevista por la citada disposición legal.-(Fdo.) Milton César Dumrauf, Juez. Publíquese pordos días en el Boletín Oficial. Secretaría, 30 deJunio de 2010.– Claudia E. Vesprini, Secretaria.

—oOo—La Dra. Rosana Calvetti, Juez Titular del Juzgado

de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercialy de Minería N° 3 de la 1ra. Circunscripción Judicialcon asiento en la ciudad de Viedma, Capital de laProvincia de Río Negro, Secretaría Unica a cargode la Dra. Ana Carolina Scoccia en los autoscaratulados: “Catalán Pacheco Rosa Amelia c/Costerg y Bigot Osvaldo René y Otros s/Usucapión” (Expte. N° 0110/2010), cita llama yemplaza a a los herederos del Sr. Arnaldo OscarCosterg y/o quienes se consideren con derechossobre el bien que se pretende usucapir con lanomenclatura catastral 18-1-B-734-05 inscriptoal Tomo 373, Folio 136, Finca 11947, para que enel plazo de 10 días se presenten en autos a hacervaler sus derechos, bajo apercibimiento de designaral Defensor de Ausentes para que lo represente.Publíquense edictos por dos días en el BoletínOficial.- Secretaría, 29 de junio de 2011.– AnaCarolina Scoccia, Secretaria.

—oOo—Milton César Dumrauf, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº21 de Villa Regina, Secretaría Unica a mi cargo,cita y emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores de autos: Avilés y/o Avilés Rocha, JuanFrancisco y Rocha y/o Rocha Alarcón Carlota delCarmen s/Sucesiones” (Expte. Nº 3641-J21-10).Publíquese por tres días. Villa Regina, 28 de Abril de2011. Fdo.: Claudia E. Vesprini, Secretaria.

La Dra. Margarita M. de Carrasco, Juez a cargodel Juzgado de Instrucción N° Veinte, con asientoen la ciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro,Secretaría del Dr. Federico A. Dalsasso, notifica aFabián Héctor Loaiza, DNI. N° 31.341.766, denacionalidad argentino, que ha nacido el día 05 deMarzo de 1985, estado civil soltero, desocupado,con último domicilio conocido en calle Antartida66 de Villa Regina (RN), de la resolución recaída enla causa caratulada “Gallego, Tulio Astor s/Dcia.Ttva. Robo Calificado por el uso de Armas (Causa6003/09/JP20)”, que en su parte pertinente dice:///lla Regina, 15 de Abril de 2.011. Autos y Vistos...Considerando... Resuelvo: Autos y Vistos...Considerando... Resuelvo: 1- Disponer elsobreseimiento de Fabián Héctor Loaiza, en ordenal hecho imputado (art. 306 inc. 1 del CPP),declarando que la formación del presente procesono afecta su buen nombre y honor. (Fdo.) Dr. FabioMartín Igoldi, Juez. Publíquese por cinco días.Secretaría, 29 de Junio de 2011. Dr. Federico A.Dalsasso, Secretario.

—oOo—La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Uno -Secretaría Unica, sito en San Luis 853, 2° PisoGeneral Roca, Río Negro, cita por 30 días aherederos y acreedores de Leonor Matamala, D.I.F 2.046.709 a presentarse en los autos: “MatamalaLeonor s/Sucesión” (Expte. N° 19-11). Publíquesepor 3 días. General Roca, 10 de mayo de 2011.–Dra. Paula Chiesa, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Uno, citay emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. Jofré, Lidia Argentina o Jofré,Lidia, DNI. Nº F9733995 para que comparezcanen autos: “Jofré Lidia Argentina s/Sucesión-AbIntestato” (Expte. N° 31121) a hacer valer susderechos acompañando la documentación que loacredite. Publíquese por tres días. Cipolletti, 13 dejunio de 2011.– María Marta Gejo, SecretariaSubrogante.

—oOo—El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. Verónica Cristina Gesses, DNI.N° 23971900 para que comparezcan en autos:“Gesses Verónica Cristina s/Sucesión-Ab Intestato”(Expte. N° 31145) a hacer valer sus derechos,acompañando la documentación que lo acredite.Publíquese por tres días. Cipolletti 28 de junio de2011.– María Marta Gejo, Secretaria Subrogante.

—oOo—

El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,cita y emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores de la Sra. Moccia, Rosa Graciela LC N°4532344 para que comparezcan en autos: “MocciaRosa Graciela s/Sucesión Ab Intestato” (Expte. N°31147) a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite. Publíquese portres días. Cipolletti, 17 de Junio de 2011.– MaríaMarta Gejo, Secretaria Subrogante.

—oOo—El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería,Familia y Sucesiones Nº 21, Dr. Milton CesarDumrauf, Secretaría Única a cargo de la Dra. ClaudiaE. Vesprini, de la ciudad de Villa Regina, sito encalle 20 de Junio Nº 315 de la SegundaCircunscripción de la Provincia de Río Negro, citapor el plazo de treinta (30) días a herederos yacreedores del Sr. Francisco Eusebio Mincarelli enautos: “Mincarelli Francisco Eusebio s/Sucesión”

Page 50: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

50Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

(Expte. Nº 4457-J.21-11), que tramitan por antedicho juzgado, Secretaría Única. Villa Regina, 24de Junio de 2011 (Fdo.) Dr. Milton Cesar Dumrauf,Juez. Publíquese por tres (3) días en Boletín Oficialy Diario Río Negro. Dra. Claudia E. Vesprini,Secretaria.-

—oOo—El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,

Comercial y de Minería Nº 3, sito en Roca ySarmiento de la ciudad de Cipolletti, Provincia deRío Negro, a cargo del Dr. Marcelo Andrés Gutiérrez,Secretaría Única, notifica en el expediente “MoranAlicia Isabel c/Marti Reta S.A. s/Ordinario(Usucapión), Expte. Nº 7309/10, a la demandadaMarti Reta S.A., y/o quien se considere conderechos respecto de inmueble cuya usurpación sepretende, identificado como Unidad funcional 2 dela manzana 364 Parcela A5, NomenclaturaCatastral actual 03-1-H-364-05A-002, Inscriptoen el Registro de Propiedad Inmueble al T° 545 Fº182 Fca. 93551, sito en calle Almirante Brown 63de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,para que comparezca a estar a derecho por el plazode diez (10) días, bajo apercibimiento de designarsedefensor de ausentes.- Publíquese dos días en elDiario Río Negro y Boletín Oficial Fdo. Dr. MarceloGutiérrez, Juez. Cipolletti, 24 de junio de 2011.–Dr. Jorge A. Fernández, Prosecretario.

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ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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INTEGRACIÓNS.R.L.

El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional dePersonería Jurídica, Delegación Bariloche, sito enClemente Onelli 1480, a cargo del Registro Públicode Comercio de la 3era. Circunscripción Judicial,sobre “Integración SRL s/Inscripción de Contrato”hace saber por un día la inscripción en este registrode: Integración S.R.L.

1.-Socios: Ilse Vogel: argentina, viuda,empresaria, de 72 años, nacida el 05/04/1939, L.C.Nº 8.988.096 (CUIT 27-08988096-9, condomicilio en calle Tiscornia 259, Bariloche, RíoNegro; y Diego Martín Davidovsky, argentino,divorciado, empresario, 40 años, nacido el 10/11/1970, D.N.I. Nº 21.729.406, CUIT 20-21729406-2, con domicilio en calle Ojos del Salado 4660,Bariloche, Río Negro.-

2.- Fecha del Instrumento de Constitución: 02de Mayo de 2011.-

3.- Razón Social o Denominación: “IntegraciónS.R.L.”.-

4.- Domicilio: Mitre 265 1º Piso of. “D”,Bariloche, Río Negro, República Argentina.-

5.- Objeto Social: La sociedad tendrá por objetodedicarse por cuenta propia, de terceros o asociadaa terceros, tanto en la República Argentina comoel Exterior, a las siguientes actividades: Servicios:Explotación de servicios de gastronomía ya seacomo catering; comedores, restaurantes, paradores,buffets, confiterías, bares, o cualquier otra modalidadposible. Venta de sponsorización, auspicios ypatrocinios. Organización de eventos, reuniones,fiestas, servicios de marketing y publicitarios.Venta, exportación e importación; negociación decualquier tipo de mercadería y/o servicio, en especialla prestación por cuenta propia, de terceros oasociada a terceros de todo tipo de servicios turís-ticos tanto receptivo como emisivo. Ejercer repre-

sentaciones de mandatos, agencias, comisiones,consignaciones, gestiones de negocios, propios oajenos, administración de bienes y expensas.Comerciales: A los fines de la consecución del objeto,la sociedad podrá mediante la compra-ventaimportación o exportación, venta bajoconsignación y en general cualquier modalidadlegalmente aceptada de comercio de materiasprimas, productos elaborados, artesanías, materialesde construcción, insumos, bienes muebles oinmuebles, rodados, embarcaciones y cualquier otrotipo de bienes vinculados a la explotación turística.A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídicapara adquirir derechos y contraer obligaciones yejecutar todos los actos que no se encuentrenexpresamente prohibidos, por las Leyes o por esteestatuto.-

6.- Plazo: Su duración será de noventa y nueveaños contados desde la fecha de inscripción en elRegistro Público de Comercio.-

7.- Capital Social: El capital social queda fijadoen la suma de Pesos Doce Mil ($ 12.000), divididoen Ciento veinte (120) cuotas por valor de PesosCien ($ 100) cada una valor nominal, que los sociossuscriben de la siguiente forma: La Sra. Ilse Vogel lacantidad de ciento dos (102) cuotas de Pesos Cien($ 100) cada una, lo que representa el ochenta ycinco por ciento (85%) del total y el Sr. DiegoDavidovsky la cantidad de de dieciocho (18) cuotasde Pesos Cien ($ 100) cada una, lo que representael quince por ciento (15%) del total.-

8.- Órgano de Administración: La administra-ción, representación legal y uso de la firma socialestará a cargo de uno o más gerentes, socios o no,los que podrán actuar en forma conjunta o indistintasegún disponga el acta de designación. Los gerentesdurarán en sus cargos por el plazo de designación ohasta que la asamblea de socios les revoque elmandato. Se designa en el cargo de Gerente a la Sra.Carina Alejandra Furlan, titular del documentonacional de identidad numero 21.780.346, por elplazo de dos años, en forma unipersonal.-

9.- Fecha de Cierre del Ejercicio: El 31 deDiciembre de cada año.-

Se hace saber que las oposiciones deberándeducidas en el plazo de (10) días hábiles.

San Carlos de Bariloche, 27 de Mayo de 2011.Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de

Personería Jurídica.-—oOo—

BATIAM - S.R.L.El Dr. Javier. Mesa, Inspector Regional de

Personería Jurídica, Delegación Bariloche, sito enClemente Onelli 1480, a cargo del Registro Públicode Comercio de la 3era. Circunscripción Judicial,sobre “Batiam S.R.L. s/Inscripción de Contrato”hace saber por un día la inscripción en este registrode Batiam S.R.L.

1.- Socios: El Sr. Diego Martín Davidovsky;argentino, divorciado, empresario, 40 años, nacidoel 10/11/1970. D.N.I .Nº 21.729.406, CUIT 20-21729406-2 y la Sra. Carina Alejandra Furlan,argentina, divorciada, empresaria, 40 años, nacidael 03/01/1971, D.N.I. Nº 21.780.346, CUIT 27-21780346-8, ambos con domicilio en calle Ojosdel Salado 4660, Bariloche, Provincia de RíoNegro.-

2.- Fecha del Instrumento de Constitución: 23de Febrero de 2011.-

3.- Razón Social o Denominación: “BatiamS.R.L.”.-

4.- Domicilio: Mitre 265 1º Piso of. “D”,Bariloche, Río Negro, República Argentina.-

5.- Objeto Social: La sociedad tendrá por objetodedicarse por cuenta propia, de terceros o asociadaa terceros, tanto en la República Argentina comoel Exterior, a las siguientes actividades venta alpor mayor o menor, distribución, exportación,

importación y negociación de bienes comestibles,alimentos y bebidas, en todas sus formas ydenominaciones. Fraccionamiento de productoselaborados, semielaborados o a elaborarse. Venta alpor mayor o menor de artefactos y aparatosconexos a la venta de comestibles, artículos dealmacén y en general todos aquellos insumos parael hogar o establecimientos gastronómicos.Explotación de servicios de gastronomía ya seacoma catering, comedores, restaurantes, paradores,buffets, confiterías, bares, o cualquier otra modalidadposible. A los fines de la consecución del objeto, lasociedad podrá mediante la compra-venta,importación o exportación, venta bajo consigna-ción y en general cualquier modalidad legalmenteaceptada de comercio de materias primas, productoelaborados, artesanías, materiales de construcción,insumos, bienes muebles, rodados, embarcacionesy cualquier otro tipo de bienes vinculados a suexplotación. Podrá ejercer representaciones demandatos, agencias, comisiones, consignaciones,gestiones de negocios, propios o ajenos, admi-nistración de bienes y expensas, a tales fines laempresa tiene plena capacidad para adquirirderechos y contraer obligaciones, pudiendo forma-lizar todo tipo de contrato tendiente a la consecu-ción del objeto que no sean prohibidos por la ley.-

6.- Plazo: Su duración será de noventa y nueveaños contados desde la fecha de inscripción en elRegistro Público de Comercio.-

7.- Capital Social: El capital social queda fijadoen la suma de Pesos Doce Mil ($ 12.000), divididoen ciento veinte (120) cuotas por valor de PesosCien ($ 100) cada una valor nominal, que los sociossuscriben de la siguiente forma: EI Sr. DiegoDavidovsky la cantidad de ciento catorce (114), loque representa el noventa y cinco por ciento (95%)del total; la Sra. Carina Alejandra Furlan la cantidadde seis (6) cuotas, lo que representa el cinco porciento (5%) del total.-

8.- Órgano de Administración: Laadministración, representación legal y uso de lafirma social estará a cargo de uno o más gerentes,socios o no, los que podrán actuar en formaconjunta o indistinta según disponga el acta dedesignación. Los gerentes duraran en sus cargospor el plazo de designación o hasta que la asambleade socios les revoque el mandato. Se designa comosocio gerente al Sr. Diego Martín Davidovsky, porel plazo de dos años, en forma unipersonal.-

9.- Fecha de Cierre del Ejercicio: El 31 deOctubre de cada año.-

Se hace saber que las oposiciones deberán serdeducidas en el plazo de (10) días hábiles.

San Carlos de Bariloche, 16 de Marzo de 2011.Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de

Personería Jurídica.-—oOo—

EDIFISUR - S.A.La Dra. Virginia Francioni, Subinspectora

General de Personas Jurídicas, titular del RegistroPúblico de Comercio sito en calle Zatti N° 210 dela ciudad de Viedma, ordena, de acuerdo con lostérminos del Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, publicar en el Boletín Oficial, por un (1)día, la constitución de la Sociedad denominada“Edifisur S.A.”, de fecha 12 de enero de 2011 entrelos socios Sr. Reppucci Hugo Osvaldo, argentino,casado, LE N° 5.501.287, domiciliado en la calleIslas Malvinas N° 289 de la ciudad de Viedma, RíoNegro, comerciante, nacido el 19 de octubre de1944; Sra. Arriaga Liliana Beatriz, argentina,divorciada, D.N.I. N° 16.806.845, domiciliada enla calle Don Bosco N° 257 de la ciudad de Viedma,Río Negro, contadora pública, nacida el 26 de mayode 1964, y Sr. Broitman Néstor Rubén, argentino,divorciado, D.N.I. N° 4.548.069, domiciliado enla calle Mitre N° 271 de la ciudad de Viedma, Río

Page 51: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

51Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Negro, empresario, nacido el 1 de junio de 1946.La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudadde Viedma, Provincia de Río Negro. El plazo deduración de la sociedad será de 99 años y tendrácomo objeto social dedicarse a las siguientesactividades: I) Administrar y disponer, en carácterde fiduciario, los derechos y/o bienes quecompongan los fondos fiduciarios a crearse paradistintos objetos y finalidades, de acuerdo con lasnormas de creación de cada fondo. II) Inmobiliariay Constructora: Dedicarse por cuenta propia, deterceros o asociada a terceros, dentro o fuera delpaís a la actividad inmobiliaria y constructora,mediante la compra, venta, construcción, arrenda-miento, administración y subdivisión de toda clasede inmuebles urbanos o rurales. loteos, pudiendotambién someter inmuebles al régimen de la ley depropiedad horizontal. El capital social se fija en lasuma de $ 30.000 (pesos treinta mil), representadospor 3.000 (tres mil) acciones ordinarias,nominativas no endosables de $ 10,00 (pesos diez)de valor nominal cada una y con derecho a un votopor acción. Suscribiendo cada uno de los accionistasun mil (1000) acciones, integrando cada uno diezmil pesos ($ 10.000) en dinero efectivo. Laadministración y representación de la Sociedad,será ejercida por un Directorio que estará compuestopor una persona que ejercerá el cargo de Presidente,designándose como tal al Sr. Reppucci Hugo Osvaldo,L.E. N° 5.501.287, y por una persona que ejerceráel cargo de Vicepresidente, designándose como talal Sr. Broitman Néstor Rubén, D.N.I. N° 4.548.069.También se designa un Director suplente, cargoocupado por la Sra. Arriaga Liliana Beatriz, D.N.I.N° 16.806.845. Los Sres. Reppucci Hugo Osvaldo,Broitman Néstor Rubén y Arriaga Liliana Beatriz,en carácter de integrantes de la sociedad ydirectores, declaran bajo juramento no hallarsecomprendidos en las inhabilidades establecidas porel Art. 264 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.El ejercicio económico financiero de la sociedadcerrará el 31 de diciembre de cada año.-

Viedma, 30 de junio de 2011.-Dra. Virginia Francioni, Subinspectoa General

de Personas Jurídicas.—oOo—

PC&JC CONSULTORAS.R.L.

La Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en calle Avda. Roca Nº 1047 de laciudad de General Roca, ordena de acuerdo con lostérminos del Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, la publicación en el Boletín Oficial; por un(1) día, la constitución de la Sociedad denominadaPC&JC Consultora S.R.L., domicilio legal y realD. F. Sarmiento 1233, Gral. Roca, Prov. de RíoNegro; Socios: Sr. Pablo Ignacio Calamara BudiñoD.N.I. Nº 29.642.348, Arg. , soltero, Nac. 30/08/1982 de profesión Licenciado en Informática,domiciliado en calle Coronel Rodhe Nº 1827 y Sr.Jorge Enrique Calamara Budiño, D.N.I. Nº26.218.198, Arg., soltero, Nac., 17/10/1977,domicilio D. F. Sarmiento 1233 de profesiónAbogado ambos domiciliado en Gral. Roca, Prov.de Río Negro; constitución 24/05/2011; Objeto:dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/oasociados a terceros en cualquier parte del país odel exterior, al servicio de consultoría Jurídica yasesoramiento, producción, desarrollo,exportación, importación, comercialización deproductos y servicios de consultoría informática,tecnológicos y de comunicación, incluyendo perono limitando a desarrollos y/o consultaría SAP.;duración 99 años; Capital social $ 24.000 divididoen $ 240 cuotas de $ 100 valor nominal cada una,suscripto en un 95% Sr. Pablo Ignacio CalamaraBudiño y 5% Sr. Jorge Enrique Calamara Budiño e

integrado en un 100% en bienes de uso;Administración y representación legal Sr. JorgeEnrique Calamara Budiño. Término de elección 3ejercicios reelegibles indefinidamente: prescinde desindicatura; Cierre ejercicio social 3 1/12 de cadaaño. Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas.

General Roca, 27 de Junio de 2011.Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional de Per-

sonas Jurídicas.-—oOo—

REPUESTOS Y SERVICIOS AVELLANEDAS.R.L.

La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en Mitre 1090 de la ciudad deGeneral Roca (Río Negro), ordena de acuerdo conlos términos del Art. 10. y modificatorias de la Ley19.550, la publicación en el Boletín Oficial por un(1) día, la constitución de la sociedad denominada“Repuestos y Servicios Avellaneda S.R.L.”.- a)Socios: Jorge Alberto González, nacido el 01/02/1949, DNI 5.091.476, Cuit 20-05091476-4,casado en 1ª nupcias con Elisa Aurora Sallago,mecánico, domiciliado en Pto. Moreno 152 deChoele Choel de esta Provincia; y Mario Cufré,nacido el 03/06/1955, DNI 11.604.014, Cuit 20-11604014-0, casado en 1ª nupcias con MiriamSusana Román, comerciante, domiciliado en Alte.Brown, Casa 26, barrio Banco Hipotecario, deChoele Choel (R.N.), argentinos.- b) Fecha deConstitución: Instrumento privado de fecha 07/06/2011.- c) Domicilio Legal y Social: En ChoeleChoel, Dpto. Avellaneda, Río Negro (R.A.); Real:Rep. de Chile 302, de Cheele Choel (RN).- d) Objeto:La sociedad tiene por objeto la realización por sí,por cuenta de terceros o asociada a terceros otomando participación en otras empresas, lassiguientes actividades: a) Comercial: Comercializar,comprar, vender, importar, exportar, elaborar,y/o distribuir repuestos, productos, insumos,accesorios y autopartes de vehículos, ya sean nuevosy/o usados, como también la compra, venta,consignación, permuta, distribución de automo-tores, acoplados, motores, motovehículos y ciclo-motores, nuevos y/o usados, y todo lo que hace a laindustria automotriz.- b) Servicios: La explotaciónintegral de un taller de mecánica del automotor,prestación de servicios de mantenimiento, repara-ción, asistencia mecánica, fija y móvil (o ligera),traslados de vehículos.- c) Representaciones,mandatos, comisiones y consignaciones interme-diación y promoción y producción de seguros, salvolo pertinente a las aseguradoras. A todos los efectoslegales, la sociedad tendrá plena capacidad pararealizar cualquier acto jurídico que se vincule directao indirectamente con su objeto social, inclusivecelebrar toda clase de contratos, y adquirir ydisponer de toda clase de bienes muebles o inmueblesregistrables.- e) Plazo de Duración: 90 años. f)Capital Social: $ 40.000, dividido en 400 cuotas de$ 100 cada una de valor nominal, que los sociossuscriben en partes iguales. Los socios integran el25% del capital social, comprometiéndose acompletar la integración en dinero en efectivo enun término no mayor a 2 años.- g) La adminis-tración y representación legal de la sociedad estaráa cargo de uno o más gerentes, en forma individuale indistinta, socios o no, por tres ejercicios (trienal),renovable en forma indefinida. Por acta se designacomo Gerente a Mario Cufré.- h) Fiscalización: Lasociedad prescindirá de la sindicatura, ejerciendolos socios el poder de contralor que le confiere elart. 55 de la citada ley.- i) Cierre del EjercicioSocial: Finaliza el 31 de mayo de cada año.

Gral. Roca, 28 de junio de 2011.Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de

Personas Jurídicas - Gral. Roca.-

ESTABLECIMIENTO OTTO TIPPS.R.L.

El Dr. Javier Mesa, Inspector Regional dePersonas Jurídicas, de la Provincia de Río Negro,Delegación Bariloche, titular del Registro Públicode Comercio de S. C. de Bariloche, Expte. Nº 6408-2011, hace saber por un día, la inscripción en dichoRegistro de:

a) Contrato: Acto constitutivo de Estableci-miento Otto Tipp S.R.L.

b) Socios: Mónica Milohanich, DNI. Nº23.376.337 y José Eduardo Bonfanti, DNI. Nº18.585.683, ambos empresarios, casados,argentinos y domiciliados en Perito Moreno 2231,El Bolsón, Povincia de Río Negro.

c) Fecha Acto Constitutivo: 1 de junio de 2011.d) Razón Social: Establecimiento Otto Tipp

Sociedad de Responsabilidad Limitada.e) Domicilio: Perito Moreno Nº 2231, El

Bolsón, Provincia de Río Negro.f) Objeto Social: La sociedad tiene por objeto,

ya sea por cuenta propia y/o de terceros, y/o asociadaa terceros, dentro o fuera del país, las siguientesactividades:

a) Servicios de Gastronomía y Hotelería: Llevara cabo la explotación de restaurantes,concesiones gastronómicas, bares, confiteríasy expendio de comidas con y sin espectáculosy afines, cátering y/o provisión de comidaspre elaboradas y elaboradas, bebidas con y sinalcohol y elementos para abastecimiento derestaurantes, comedores escolares,industriales y empresarios, así como tambiénrefrigerios y quioscos y afines, y servicios deasistencia técnica en organización,gerenciamiento y equipamiento gastronó-mico. Para ello podrá fabricar alimentos ybebidas con y sin alcohol, cervezas, vinos,por cualquier método atual o futuro, conespecial énfasis en la preservación ambiental.Brindar alojamiento a personas, en cualquierade las formas y modalidades permitidas porlas leyes vigentes, para lo cual podrá: Com-prar, locar y explotar por cuenta propia opor concesión, bienes e inmuebles destinadosa la hotelería, hospedaje y/o cámping.

b) Comercial: Todo el ciclo completo referidoa la comercialización en el país y/o en elexterior de materias primas, bienes, produc-tos, subproductos y servicios obtenidos, encualquiera de las etapas intermedias o finalesde su elaboración relacionados con el objetoprincipal (punto a del presente artículo).También la importación, exportación, frac-cionamiento, permuta, distribución, pro-moción, franquiciado y el desarrollo yfomento de las ventas de tales mercaderías,productos, procesos y servicios, al mercadomayorista o minorista, al contado o a plazo;a esos fines podrá concurrir y presentarse enlicitaciones públicas o privadas de cualquiernaturaleza.

c) Mandataria: Ejercer la representación de todaclase de mandatos civiles y comerciales,comisiones, consignaciones, representacio-nes, concesiones, gestiones de negocios yadministración de bienes, capitales y empresasen general.

g) Plazo de Duración: Noventa y nueve años, apartir de su inscripción en el Registro Público deComercio.

h) Capital: Pesos treinta mil ($ 30.000,00),dividido en trescientas cuotas sociales de valornominal pesos cien cada una, suscriptas en sutotalidad por los socios, en las siguientesproporciones: La socia Mónica Milohanich, cientocincuenta cuotas sociales y el socio José EduardoBonfanti, ciento cincuenta cuotas sociales que

Page 52: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

52Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

resulta integrado en un veinticinco por ciento endinero en efectivo en este acto, comprometiéndosea integrar el saldo antes de cumplidos dos años de lafecha del presente.

i) Administración y Representación Legal:Estará a cargo de José Eduardo Bonganti, quienactuará y usará su firma previo estampado de ladenominación “Establecimiento Otto Tipp S.R.L.- Socio Gerente”.

k) Fiscalización: Podrá ser efectuada porcualquiera de los socios o las personas que éstosdesignaren.

l) Cierre de Ejercicio: 30 de abril.Se hace saber que las oposiciones deberán ser

deducidas en el plazo de diez días.San Carlos de Bariloche, 28 de junio de 2011.Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas - Bariloche.—oOo—

ACTAS–––

ETIA S.A.La Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional de

Personas Jurídicas, Titular del Registro Público deComercio, sito en calle Mitre 1090 de la ciudad deGeneral Roca, ordena, de acuerdo con los términosde Art. 10 y Modificaciones de la Ley 19.550, lapublicación en el Boletín Oficial, por un día de ladesignación del Directorio de la SociedadDenominada Etia S.A. que según Acta de DirectorioNº 12 de fecha 20-10-2010 y Acta Nº 11 de laasamblea General Ordinaria de fecha 30-10-2010,queda conformado de la siguiente manera:Presidente Juan Carlos Albeniz D.N.I. Nº 7.695.489.Vicepresidente: Héctor Fernando Guido D.N.I. Nº5.500.562. Dra. Jimena Gallisa Inspectora Regionalde Personas Jurídicas, General Roca, de Junio de2011. La Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regionalde Personas Jurídicas.-

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PRODUCTORES REGINENSES INTEGRADOSS.A.

La Dra. Jimena Gallisa, Inspectora de PersonasJurídicas, Titular del Registro Público de Comercio,sito en calle Avda. Roca 1047 de la Ciudad de GeneralRoca, ordena, de acuerdo con los términos del Art.10, y modificatorias de la Ley 19.550, lapublicación en el Boletín Oficial por un (1) día delActa de Asamblea General Extraordinaria Nº 8 defecha 29/11/2010, aprobada por Resolución Nº 354del 21 de Junio de 2011 de la Inspección General dePersonas Jurídicas, en la cual en virtud de lodispuesto por el Art. 94 Inc. 1) de la Ley deSociedades Comerciales Nº 19.550 se ha dispuestopor unanimidad de los socios disolver la sociedad,designando como Liquidador al Sr. Omar LenziD.N.I. Nº 16.644.407. Extracto de Acta deAsamblea General Extraordinaria Nº 8 (Unánime):En Villa Regina, el 29 de Noviembre de 2010 porAsamblea General Extraordinaria, la totalidad delos accionistas de P.R.I. S.A. resuelve proceder a ladisolución de la sociedad por decisión de los socios,designándose Liquidador a Omar Lenzi, quien aceptael cargo. Dra. Jimena Gallisa Inspectora Regionalde Persones Jurídicas.

General Roca 29 de Junio de 2011.- Publíqueseedictos.

Dra. Jimena Gallisa, Inspectora de PersonasJurídicas.-

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PROFESIONALES PATAGÓNICOSASOCIADOS S.R.L.

La Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en calle Avda. Roca Nº 1047 de la

ciudad de General Roca, ordena de acuerdo con lostérminos del Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, la publicación en el Boletín Oficial, por un(1) día, de la Inscripción del Acta de Reunión deSocios Nº 58 por la cual se trata el Cambio deDomicilio y Modificación del Contrato Social ensu Cláusula Primera de fecha 8 de Junio de 2011, dela sociedad denominada Profesionales PatagónicosAsociados S.R.L. inscripta en el mencionadoregistro al Legajo Nº 1574, Folio 1/4 N° 1 de fecha12 de Septiembre de 2003.-

En el mencionado instrumento se decide porunanimidad de los socios el cambio de domicilio dela sociedad de referencia de la calle Mitre Nº 90 a lacalle Belgrano Nº 1.731 de la localidad de GeneralRoca, también se aprueba la modificación de lacláusula primera del contrato social la cual tendrála siguiente redacción: Primera-denominación “Lasociedad gira bajo la denominación “ProfesionalesPatagónicos Asociados S.R.L” y tiene su domiciliolegal y sede social en calle Belgrano Nº 1.731 de lalocalidad de General Roca, Provincia de Río Negro,pudiendo trasladarlo e instalar nuevas sucursales y/o agencias de cualquier lugar del País o delextranjero”.

Dra. Jimena Gallisa, Inspectora Regional de Per-sonas Jurídicas. General Roca, 27 de Junio de 2011.Publíquese edictos. Dra. Jimena Gallisa, InspectoraRegional de Personas Jurídicas.-

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TRANSFERENCIA FONDO DECOMERCIO

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LA 32 RENT A CAREl Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas, a cargo del Registro Público deComercio, sito en calle Juramento Nº 163, plantaBaja B, S. C. de Bariloche, ordena de acuerdo a lostérminos de la Ley 11.867, la publicación en elBoletín Oficial y en un diario local por cinco (5)días de la Transferencia del fondo de comercio delramo alquiler de vehículos sin chofer, que gira bajola designación comercial de “La 32 Rent a Car”,con domicilio comercial en calle Mitre Número299, Local 5, (8.400) de S. C. de Bariloche, Provinciade Río Negro, en los términos siguientes: a) Vende-dor: “Labian S.R.L.” CUIT 30-71027553-6, condomicilio legal y fiscal en calle Bartolomé Mitre299, local 5, S. C. de Bariloche R.N. b) Comprador:“Strec Tialafquen S.A.” Cuit 30-71025630-2, condomicilio legal y fiscal en calle Lavalle Nº 1795 dela Localidad de Florida, Partido de Vicente LópezPcia. de Buenos Aires: c) Importe: Pesos cientocincuenta y seis mil, quinientos sesenta, con cerocentavos, ($ 156.560,00). Se hace saber que lasoposiciones deberán ser deducidas en el plazo dediez días a partir de la publicación del edicto.

S. C. de Bariloche 10 de junio de 2011.Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Personas

Jurídicas.-—oOo—

CONVOCATORIAS—–

CLUB ATLÉTICO CHIMPAYAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Chimpay, julio de 2011.

La Comisión Directiva del Club AtléticoChimpay, en cumplimiento de las disposicionesestatutarias vigentes, convoca a sus asociados a laAsamblea General Ordinaria (fuera de término) quese realizará el día 20 de julio de 2011, en susinstalaciones de Avda. C. Namuncurá 141, deChimpay, a partir de las 20:00 horas y para tratarel siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea juntamente con el Presidentey Secretario.-

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Consideración de la Memoria, Inventario,

Balance General, Cuadros Anexos e Informe de laComisión Revisora de Cuentas del ejercicio cerradoal 31 de diciembre de 2010.

4º - Fijación del valor de la cuota social.5º - Elección de dos titulares de la Comisión

Directiva, en reemplazo de Jorge E. Morón y AnalíaRojas por la presentación de sus renuncias y tressuplentes por finalización de mandato y por eltermino de 1 año.

6º - Elección de dos suplentes de la ComisiónRevisora de Cuentas, por finalización de mandatoy por el término de un año.

Graciela G. Rivero, Presidente.- Mónica M.Leiva, Secretaria.

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“MISKY”GRUPO DE AYUDA MUTUA AL DIABÉTICO

MISKY Asociación CivilAsamblea General Ordinaria

(Fuera de término)Villa Regina, julio de 2011.

La Comisión Directiva del “MISKY” Grupo deAyuda Mutua al Diabético “Misky”, en cumpli-miento de las disposiciones estatutarias vigentes,convoca a sus asociados a la Asamblea GeneralOrdinaria, fuera de término que se realizará el día30 de julio de 2011, en instalaciones del hospitalde Villa Regina, a partir de las 20 horas y paratratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea con la Presidenta ySecretaria.

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Consideración de la Memoria, Inventario,

Balance General, Cuadros Anexos e Informe de laComisión Revisora de Cuentas, correspondientes alos ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2008,2009 y 2010.

4º - Elección de una nueva Comisión Directivaen reemplazo de la actual por finalización demandato y por el término de dos años, ocho titularesy dos suplentes.

5º - Elección de un miembro titular y un suplentede la Comisión Revisora de Cuentas por finalizaciónde mandato y por el término de dos años.

6º - Fijación del valor de la cuota social.Verónica M. Pérez, Presidenta.- Eliut

Schuffeneger, Secretaria.—oOo—

AGRUPACION MOTOQUERA“RUIDOS EXTRAÑOS”

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

Choele Choel, julio de 2011.La Comisión Directiva de la Agrupación

Motoquera “Ruidos Extraños” en cumplimientode las disposiciones estatutarias vigentes, convocaa sus asociados a la Asamblea General Ordinaria quese realizará el día 29 de julio de 2011, en susinstalaciones de Choele Choel, a partir de las 20,horas y para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea con el Presidente ySecretario.

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Consideración de la Memoria, Inventario,

Balance General, Cuadros Anexos e Informe de laComisión Revisora de Cuentas del Ejercicio cerradoal 31 de diciembre de 2009 (irregular) y 2010.

Page 53: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

53Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

4º - Elección de una nueva Comisión Directivaen reemplazo de la actual por finalización demandato y por el término de dos años, nuevetitulares y cuatro suplentes.

5º - Elección de un titular y un suplentede la Comisión Revisora de Cuentas por fina-lización de mandato y por el término de dosaños.

6º - Fijación del valor de la cuota social.Sergio Emilio Vai, Presidente.- Edith Olga Colja,

Secretaria.—oOo—

COOPERADORA HOSPITALAREA PROGRAMATICA CHIMPAY

Asamblea General Ordinaria(fuera de término)

Chimpay, julio de 2011.La Comisión Directiva de la Cooperadora

Hospital Área Programática Chimpay, encumplimiento de las disposiciones estatutariasvigentes, convoca a sus asociados a la AsambleaGeneral Ordinaria ( fuera de término) que se realizaráel día 29 de Julio de 2011, en instalaciones delHospital de Chimpay, a partir de las 20:00 horas ypara tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea conjuntamente con elPresidente y Secretario. –

2º - Razones de la convocatoria fuera de tér-mino.

3º - Consideración de la Memoria, Inventario,Balance General, Cuadros Anexos e Informe de laComisión Revisora de Cuentas del Ejercicio cerradoal 31 de diciembre de 2009 y 2010.

4º - Fijación del valor de la cuota social.5º - Elección de una nueva Comisión Directiva

en reemplazo de la actual por finalización demandato y por el término de dos ejercicios, ocho(8) titulares y dos (2) suplentes.

6º - Elección de un Revisor de Cuentas titular yun suplente, en reemplazo de los actuales porfinalización de mandato y por el término de dosejercicios.

Nancy Zoni, Presidenta.- Valeria Chirino,Secretaria.

—oOo—

ASOCIACIÓN CULTURAL“GRUPO LIBRES”

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

Luis Beltrán, julio de 2011.La Comisión Directiva de la Asociación Cultural

“Grupo Libres”, en cumplimiento de las disposi-ciones estatutarias vigentes, convoca a susasociados a la Asamblea General Ordinaria que serealizará el día 22 de julio de 2011, en susinstalaciones de C. Saavedra 78, de Luis Beltrán, apartir de las 19:00 horas y para tratar el si-guiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea juntamente con el Presidentey Secretario. –

2º - Razones de la convocatoria fuera de tér-mino.

3º - Consideración de la Memoria, Inventario,Balance General, Cuadros Anexos e Informe delórgano de fiscalización del ejercicio cerrado al 31de marzo de 2011.

4º - Elección de un miembro titular y unsuplente del órgano de fiscalización, por fina-lización de mandato y por el término de unaño.

5º - Fijación del valor de la cuota social.Nidia Palomo, Presidente.- Verónica Martínez,

Secretaria.

ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOSDE BARILOCHE

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. de Bariloche, Julio de 2011.En cumplimiento de las disposiciones estatu-

tarias vigentes convocase a los Sres. Socios a laAsamblea General Ordinaria, fuera de término, quese realizara el día 18 de julio de 2011, a las 20 horasen la Sala de Reuniones de la Institución, sita en lacalle Beschtedt 279 de la ciudad de San Carlos deBariloche, Provincia de Río Negro.

ORDEN DEL DIA1º - Razones del llamado fuera de termino.2º - Lectura del Acta anterior.3º - Designación de dos socios para firmar el

Acta de la Asamblea.4º - Designación de tres socios para integrar la

Junta Escrutadora de votos.5º - Consideración de la Memoria, Balance

General del período N° 69, iniciado el 1-08-2009 yfinalizado el 31-07-2010.

6º - Informe de los Revisores de Cuenta.7º - Renovación de los siguientes cargos:Titulares:– Presidente, por un período de dos años.– Vicepresidente, por un período de dos

años.– Prosecretario, por un período de dos años.– Protesorero, por un período de dos años.– 5to. Vocal titular, por un período de dos

años.– 6to. Vocal titular, por un período de dos años.

Suplentes:– 1er. Vocal suplente, por un período de dos

años.– 2do. Vocal suplente, por un período de dos

años.– 3er. Vocal suplente, por un período de dos

años.

8º - Renovación de la Comisión Revisora deCuentas:

Titulares:– 1er Vocal, por un período de 1 año.– 2do. Vocal, por un período de 1 año.

Suplentes:– 1er. Vocal, por un período de 1 año.Juan Mauricio Peralta, Presidente.– Viviana

Buceta, Secretaria.—oOo—

ASOCIACIÓN CIVIL CIRCULO DEBOCHÓFILOS DE CERVANTESAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)En cumplimiento de las correspondientes dispo-

siciones estatutarias, convócase a los señoresasociados a la Asamblea General Ordinaria (fuerade término) a realizarse el día 23 de julio de 2011 alas 18 horas en la sede social del Centro, sita encalle Pampa n°436 de esta ciudad, para tratar elsiguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos (2) dos socios para

refrendar el presente Acta de Asamblea.2º - Razones del llamado fuera de térmi-

no.3º - Tratamiento y consideración de los Estados

de Recursos y Gastos, Memoria e Informe de laComisión Revisora de Cuentas, correspondiente alos ejercicios económicos cerrados al 30 de juniode 2010 y 2011.

4º - Renovación total de autoridades porfinalización de mandato y por el término de dosejercicios.

José Molina, Presidente.

ASOCIACIÓN CORO POLIFÓNICODE CIPOLLETTI

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

De acuerdo a disposiciones estatutarias, convó-case a los asociados a la Asamblea General Ordinaria(fuera de término), que esta Asociación realizará eldía 26 de julio de 2011 a las 21 hs. en primeraconvocatoria y a las 22 hs en segunda convocatoria,en el salón sito en H. Irigoyen 672 de la ciudad deCipolletti, Río Negro, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos socios para refrendar

con la Presidente y la Secretaria el Acta de laAsamblea.

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Consideración y aprobación de la Memoria,

Balance e Informe de la Comisión Revisora deCuentas del ejercicio contable cerrado al 31 deOctubre de 2010.

4º - Elección de Comisión Directiva.Ana María Ginnóbili, Presidente.- Isabel Miño,

Secretaria.—oOo—

ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO PRO AYUDA ABARRIOS Y SECTORES CARENCIADOS

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

Cipolletti, julio de 2011.La Comisión Directiva de la Asociación Civil

Grupo Pro Ayuda a Barrios y Sectores Carenciados,convoca a todos sus asociados a la AsambleaGeneral Ordinaria (fuera de término) a celebrarseel día 18/07/2011 a las 18 hs, la que se llevará acabo en la sede social de la asociación sita en calleGabriela Mistral N° 148 de la ciudad de Cipolleiti,Provincia de Río Negro, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos asambleístas para

refrendar, conjuntamente con el Presidente ySecretario el Acta de Asamblea.

2º - Razones de la convocatoria fuera de término.3º - Lectura y aprobación del Estado de Recursos

y Gastos e Informe de la Comisión Revisora decuentas, correspondientes a los ejercicios cerradosal 30/06/2009, 30/06/2010 y 30/06/2011.

4º - Renovación total de miembros de la Comi-sión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.

Presidente.- Secretario.—oOo—

ASOCIACION CIVIL AMIGOS DE LASCOLECTIVIDADES EUROPEO ARGENTINAS

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. de Bariloche, 29 días de junio de 2011.En cumplimiento de las disposiciones estatuta-

rias, convócase a los Sres. Socios a la AsambleaGeneral Ordinaria, fuera de término que se realizaráel día 26 de julio de 2011 a las 20:30 horas en lasinstalaciones de la Asociación Germano Argentina,sita en Gallardo 40 de nuestra ciudad, para tratar elsiguiente:

ORDEN DEL DÍA:1º - Designación de dos socios para firmar el

Acta, juntamente con el Presidente y Secretario.2º - Consideración de los Estados de Gastos y

Recursos, Memoria de Actividades, Inventario delperíodo correspondiente al ejercicio cerrado el 31de diciembre de 2010.

3º - Elección de los 11 miembros titulares ysuplentes para integrar la Comisión Directiva porel período de 1 año.

4º - Elección de los 3 miembros titulares ysuplentes para integrar la Comisión Revisora deCuentas.

5º - Modificación del Estatuto de la Asociaciónsegún el proyecto de Reforma realizado.

Alan Withington, Presidente.- Juliana López,Secretaria.

Page 54: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

54Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

PARTIDOS POLÍTICOS–––

MOVIMIENTO VECINALDE INTEGRACIÓN Y CAMBIO DE CATRIEL

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIALAl 31 de diciembre de 2009

Activo Pasivo

ACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE

Caja y Banco ............................................................ 0,00 Deudas Comerciales ................................................. 0,00Deudores por Ventas................................................ 0,00 Deudas Fiscales ......................................................... 0,00

Total Activo Corriente........................................... 0,00 Total Pasivo Corriente............................................ 0,00

ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE

Bienes de Uso ........................................................... 4122,00 Acreedores Varios..................................................... 0,00

Total Activo No Corriente..................................... 4122,00 Total Pasivo No Corriente..................................... 0,00

Total Activo............................................................. 4122,00 Total Pasivo............................................................. 0,00

PATRIMONIO NETOs/Estado respectivo

Total Patrimonio Neto........................................... 4122,00

Total Pasivo más Patrim. Neto............................. 4122,00

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe del 25/04/2011

——————————

BIENES DE USOEjercicio finalizado el 31 de diciembre de 2009

Anexo I

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe del 25/04/2011

——————————

MOVIMIENTO VECINALDE INTEGRACIÓN Y CAMBIO

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIALAl 31 de diciembre de 2010

Activo Pasivo

ACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE

Caja y Banco ............................................................ 0,00 Deudas Comerciales ................................................. 0,00Deudores por Ventas................................................ 0,00 Deudas Fiscales ......................................................... 0,00

Total Activo Corriente........................................... 0,00 Total Pasivo Corriente............................................ 0,00

Page 55: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

55Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE

Bienes de Uso ........................................................... 3664,00 Acreedores Varios..................................................... 0,00

Total Activo No Corriente..................................... 3664,00 Total Pasivo No Corriente..................................... 0,00

Total Activo............................................................. 3664,00 Total Pasivo............................................................. 0,00

PATRIMONIO NETOs/Estado respectivo

Total Patrimonio Neto........................................... 3664,00

Total Pasivo más Patrim. Neto............................. 3664,00

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe del 25/04/2011

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BIENES DE USOEjercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010

Anexo I

Firmado al solo efecto de su identificación con mi informe del 25/04/2011

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PARTIDO JUSTICIALISTA– Distrito Río Negro –

CONVOCATORIA A CONGRESOEXTRAORDINARIO CONSTITUYÉNDOSE

EN CUERPO ELECTORALART 68 CARTA ORGANICA PJRN

El Consejo Provincial del PJRN, en orden a lasfacultades que le competen se ha resuelto:

Artículo 1º: Convocar a los Congresales delPartido Justicialista Distrito Río Negro al CongresoExtraordinario a realizarse el día 23 de julio de2011 a las 10 horas en la intersección de callesEspaña y 25 de Mayo ciudad de General Roca, a losefectos de constituirse en Cuerpo Electoral deacuerdo a la presente convocatoria y conforme alas disposiciones de la Carta Orgánica Partidaria,con el objeto de elegir los candidatos que el partidonomina para ocupar cargos públicos electivos, cuyarenovación se realizará en el transcurso del año2011.-

Articulo 2°: Candidatos a elegir: El Congresoconstituido en Cuerpo Electoral procederá a elegirlos candidatos a Cargos Públicos Electivos deLegisladores por Representación Poblacional,Municipales y Comisiones de Fomento, que acontinuación se detallan: Legisladores porRepresentación Poblacional: Tres Legisladores paralos cargos 20°, 21° y 22° Titulares y 20°, 21° y 22°Suplentes.- Municipales: Lamarque: un (01)Intendente municipal, seis (06) Concejales

Titulares, seis (06) Concejales Suplentes, tres (03)Miembros Titulares al Tribunal de Cuentas y tres(03) miembros Suplentes al Tribunal de Cuentas.-Los Menucos: un (01) Intendente municipal, tres(03) Concejales Titulares, tres (03) ConcejalesSuplentes, tres (03) Miembros Titulares al Tribunalde Cuentas y tres (03) miembros Suplentes alTribunal de Cuentas.- San Antonio: un (01)Intendente municipal, siete (07) ConcejalesTitulares, siete (07) Concejales Suplentes, tres (03)Miembros Titulares al Tribunal de Cuentas, tres(03) miembros Suplentes al Tribunal de Cuentas,quince (15) Convencionales ConstituyentesTitulares y quince (15) ConvencionalesConstituyentes Suplentes.- Comisiones deFomento: Aguada de Guerra: un (01) Comisionadode Fomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Aguada Cecilio: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Aguada Guzmán: un(01) Comisionado de Fomento, dos (02) vocalestitulares y dos (02) vocales suplentes.- Arroyo LosBerros: un (01) Comisionado de Fomento, dos (02)vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Arroyo Ventana: un (01) Comisionado de Fomento,dos (02) vocales titulares y dos (02) vocalessuplentes.- Cerro Policía: un (01) Comisionado deFomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Chelforo: un (01) Comisionadode Fomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)

vocales suplentes.- Chipauquil: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Cona Niyeu: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Clemente Onelli: un(01) Comisionado de Fomento, dos (02) vocalestitulares y dos (02) vocales suplentes.- ColanConhue: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Cubanea: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Comicó: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.El Caín: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-El Cuy: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Laguna Blanca: un (01) Comisionado de Fomento,dos (02) vocales titulares y dos (02) vocalessuplentes.- Mamuel Choique: un (01) Comisionadode Fomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Mencué: un (01) Comisionadode Fomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Nahuel Niyeu: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Nahupa Huen: un(01) Comisionado de Fomento, dos (02) vocalestitulares y dos (02) vocales suplentes.- Ojos deAgua: un (01) Comisionado de Fomento, dos (02)vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.- Paso

Page 56: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

56Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

Flores: un (01) Comisionado de Fomento, dos (02)vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Peñas Blancas: un (01) Comisionado de Fomento,dos (02) vocales titulares y dos (02) vocalessuplentes.- Pichi Mahuida: un (01) Comisionadode Fomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Prahuaniyeu: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Pilquiniyeu: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales titularesy dos (02) vocales suplentes.- Pilquiniyeu del Limay:un (01) Comisionado de Fomento, dos (02) vocalestitulares y dos (02) vocales suplentes.- RincónTreneta: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-San Javier: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Sierra Pailemán: un (01) Comisionado de Fomento,dos (02) vocales titulares y dos (02) vocalessuplentes.- Valle Azul: un (01) Comisionado deFomento, dos (02) vocales titulares y dos (02)vocales suplentes.- Villa Llanquín: un (01)Comisionado de Fomento, dos (02) vocales ti-tulares y dos (02) vocales suplentes.- VillaMascardi: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplentes.-Yaminué: un (01) Comisionado de Fomento, dos(02) vocales titulares y dos (02) vocales suplen-tes.-

Artículo 4º: Presentación de las listas decandidatos y avales: Se presentaran ante la JuntaElectoral Provincial en su sede de Buenos Aires 49de la ciudad de Viedma, debiéndose cumplimentartodos los requisitos y demás extremos legales queexigen la Constitución Provincial, la Ley ElectoralO Nº 2431, la Carta Orgánica Partidaria, elReglamento Electoral y las resoluciones de la JuntaElectoral. Se encontrarán habilitados a participaren su carácter de Afiliados los compañeros que seencuentren incluidos hasta la fecha 4 de Mayo de2011 en el Registro de Afiliados del PartidoJusticialista que a tal efecto confeccione la JuntaElectoral Provincial del Partido JusticialistaDistrito Río Negro. A partir de la publicación de lapresente, la Junta Electoral informará a loscandidatos sobre los requisitos a cumplir conformeel siguiente cronograma electoral: Martes 5 de juliode 2011: vence el plazo de presentación de Listasde Candidatos ante la Junta Electoral Provincial.-Lunes 11 de Julio de 2011, vence el plazo depresentación de avales, ante la Junta ElectoralProvincial.- Sábado 23 de Julio de 2011, 10 horas:Congreso Partidario constituido en CuerpoElectoral. Elección de Candidatos.-

Los candidatos que resulten de esta elección seconsiderarán candidatos nominados por el PartidoJusticialista Distrito Río Negro, para integrar laslistas de candidatos que el partido nomine en losprocesos de elecciones generales que se convoquenpara el año 2011 en los respectivos Municipios yComisiones de Fomento convocados, por sí o poracuerdos de adhesión a sus candidatos y/o integrandouna Alianza Electoral Transitoria de conformidada los acuerdos de Distribución de Cargos celebradoso a celebrarse.-

Artículo 5º: El orden de prelación al que accedacada candidato con motivo de ésta elección, no esconsiderado definitivo, queda establecido que dichoorden estará condicionado a las probablesincorporaciones de figuras extrapartidarias, y/o losque resulten de Alianzas Electorales, según laResolución que en definitiva adopten las autoridadescompetentes y podrán desplazarse en ordenascendente o descendente con miras a obtener unmejor desempeño electoral. Asimismo se estableceque el resultado obtenido por cada candidato conmotivo de ésta elección queda supeditado a losconvenios de distribución de candidaturas con otrospartidos políticos bajo el sistema de Alianza

Electoral Transitoria y al cumplimiento de lasnormas electorales legales vigentes que se deberáncumplimentar con relación a la equivalencia degéneros.-

Artículo 6º: Facultar a la Junta ElectoralPartidaria a dictar Reglamento Electoral,Resoluciones, fijar plazos y toda otra disposición,que resulten necesarias para la efectiva realizacióndel proceso electoral que por la presente seconvoca.-

Artículo 7º: Sistema electoral para los cargosconvocados: la elección a los cargos electivos enestas categorías se realizará de acuerdo a loestablecido en el artículo 68 de la Carta OrgánicaPartidaria, por simple mayoría. Asimismo sehabilita a que de manera previa a la celebración delcongreso constituido en cuerpo electoral, losrepresentantes de las listas que se encuentrenoficializadas podrán optar por alguna de lasmodalidades de Acuerdos de Unificación deCriterios, de conformidad a las pautas que estipulael Reglamento Electoral aplicable.-

Articulo 8°: Estarán habilitados a participarcomo candidatos, los afiliados al Partido Justicialistay los autorizados por el artículo 67 de la CartaOrgánica Partidaria.-

Artículo 9º: Publíquese en un diario de mayorcirculación provincial y boletín oficial; comuníquesea la Junta Electoral del Partido Justicialista, a laJusticia Electoral Provincial, a la Justicia ElectoralNacional; cumplido archívese.-

Viedma, 24 de Abril de 2.011.Carlos Presidente P.J.– Ariel Rivero, Presidente

Congreso P.J.—oOo—

PARTIDO PROVINCIALRIONEGRINO

CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNASPARA CARGOS ELECTIVOS

Resolución 13/2011Visto, la convocatoria a elecciones para cargos

electivos provinciales fijadas para el día 25 deseptiembre de 2011 realizada por el Ejecutivoprovincial mediante el decreto 569/11 y;

Considerando:Que en dicho decreto el gobernador incluye la

elección de Vicegobernador y 46 Legisladorestitulares y sus suplentes;

Que la Junta de Gobierno del Partido ProvincialRionegrino mediante Resolución 1/2011debidamente publicada en el Boletín Oficial y en eldiario Río Negro con fecha 18 de enero de 2011convocó a elecciones internas para la designaciónde candidatos;

Que en dicha convocatoria se incluyó la fórmulaGobernador y Vicegobernador y la elección de 19candidatos a legislador titulares y sus suplentes pordistrito electoral único y de 3 candidatos a legisladortitulares y sus suplentes por cada uno de losCircuitos Electorales establecidos en la Ley 2431y en la Carta Orgánica;

Que el decreto 569/11 establece para dichaelección un total de 46 legisladores difiriendo en sunúmero del llamado efectuado oportunamente poresta Junta de Gobierno;

Que corresponde entonces readecuar, en eltramo correspondiente a legisladores derepresentación poblacional, la cantidad de cargos aelegir llevándolos a 22 titulares y 22 suplen-tes.

Que conforme lo disponen las normaselectorales en vigencia y la Carta orgánica del PPRen su artículo 26 inc "m" corresponde a la MesaEjecutiva de la Junta de Gobierno realizar laconvocatoria a elecciones internas para la elecciónde afiliados o extrapartidarios que representen anuestro partido en las elecciones convocadas porel Decreto 569/11;

A tal efecto es imprescindible reducir los plazosseñalados en los artículos 60, y 66 al 71 de la CartaOrgánica para poder presentar las candidaturas entiempo y forma;

Que por ese motivo y con el objetivo de cumplircon el Artículo 147 del Código Electoral Provincial(ley O N° 2431) se hace necesario reducir los plazoscorrespondientes a los llamados a elecciones paracargos públicos previstos en la Carta Orgánica delPartido Provincial Rionegrino.

Por elloLa Junta de Gobierno

del Partido Provincial RionegrinoRESUELVE:

Artículo 1) Convocar a elecciones internas parael día 17 de julio de 2011 de 8 a 18 horas, para lanominación de los afiliados y/o extrapartidarios,únicamente de la lista de RepresentaciónPoblacional que representen al PPR en las eleccionesgenerales a cargos públicos electivos provincialesa realizarse el día 25 de septiembre de 2011.

Artículo 2) La presente convocatoria incluyela elección de 22 (veintidós) candidatos titulares alegisladores provinciales por Representa-ción Poblacional e igual número de suplentes ydeja sin efecto el llamado anterior para este mismotramo.

Artículo 3) La presente convocatoria noincluye los tramos de Gobernador y Vicegobernadorni el de legisladores por representación circuital.

Artículo 4) Las candidaturas deberánoficializarse ante la Junta Electoral Provincial condomicilio en Alvaro Barros 539 de la ciudad deViedma. El plazo de oficialización de listas venceráel día 10 de julio de 2011 a las 20 horas, para todaslas candidaturas.

Artículo 5) Las listas deberán ser acompañadascon por lo menos el uno por ciento (1%) deafiliados que avalen las distintas candidaturas, conun mínimo de 20 avales conforme establecen elArt. 76 inc e) de la Ley 2431 y el art.69 inc 3 de laCarta Orgánica.

Artículo 6) La Junta Electoral Provincial dictaráel Reglamento Electoral y fijará en el mismo losplazos que resulten necesarios para la efectivarealización de los comicios.

Artículo 7) Los lugares de votación serántramitados y comunicados con suficiente antelaciónpor la Junta Electoral Provincial.

Artículo 8) Publíquese por un día en diario decirculación provincial y en el Boletín Oficial.Comuníquese a la Junta Electoral Provincial y a laJusticia Electoral y archívese.

Claudio Lueiro, Presidente.– AlejandroPopovici, Secretario.

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PARTIDO INTRANSIGENTE– RÍO NEGRO –

Convocatoria a Elecciones InternasConvocatoria a Elecciones Internas para Cargos

Electivos - Municipio de Cmte Cordero - PartidoIntransigente - Río Negro.

Día: 24 de julio de 2011.Horario: 8:00 a 18:00 Hs.Lugar de Votación: A designar por la Junta

Electoral Provincial.Candidatos a Elegirse:– 1 Intendente– 03 Concejales titulares– 03 Concejales suplentes– 3 Revisores de Cuentas titulares– 3 Revisores de Cuentas suplentes

Plazo de Presentación de Listas: Las 12 horas,del día 15 de julio del 2011. En la Junta Electoral,sita en Colón 1098, de la ciudad de Viedma.

Plazo Oficialización de Listas: Las 20 horas deldía 18 de julio del 2011.

Page 57: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

57Viedma, 7 de Julio de 2011 BOLETIN OFICIAL N° 4948

Requisitos y Plazo para la Presentación deBoletas: Las 20 horas, del día 20 de julio del 2011,en la Sede de la Junta Electoral, sita en Colón 1098,de la ciudad de Viedma.

Viedma, 20 de junio del 2011.Chrystian Angeloni, Presidente Comité

Provincial Partido Intransigente.—oOo—

PARTIDO INTRANSIGENTE– RÍO NEGRO –

Convocatoria a Elecciones InternasConvocatoria a Elecciones Internas para Cargos

Electivos - Partido Intransigente - Río Negro.Día: 24 de julio de 2011.Horario: 8:00 a 18:00 Hs.Lugar de Votación: A designar por la Junta

Electoral Provincial.Candidatos a elegirse para integrar la lista de

representación poblacional de la AlianzaConcertación para el Desarrollo que integra elPartido Intransigente:

– 1 legislador provincial

Plazo de Presentación de Listas: Las 12horas, del día 15 de julio del 2011. En la JuntaElectoral, sita en Colón 1098, de la ciudad deViedma.

Plazo Oficialización de Listas: Las 20 horas deldía 18 de julio del 2011.

Requisitos y Plazo para la Presentación deBoletas: Las 20 horas, del día 20 de julio del 2011,en la Sede de la Junta Electoral, sita en Colón 1098,de la ciudad de Viedma.

Viedma, 20 de junio del 2011.Chrystian Angeloni, Presidente Comité

Provincial Partido Intransigente.—oOo—

PARTIDO COMUNISTAConvocatoria

De acuerdo con el Decreto 569/11 del PoderEjecutivo Provincial, convocando a elecciones paraelegir un 1(un) candidato a Gobernador, 1 (un)candidato a Vicegobernador, 3 (tres) LegisladoresProvinciales titulares y 3 (tres) Legisladoressuplentes de representación regional por cada unode los 8 (ocho) circuitos electorales provincial; y22 (ventidós) Legisladores Provinciales titulares y22 suplentes de representación poblacional, parael día 25 de septiembre de 2011, el Partido Comu-nista de Río Negro, convoca a elecciones internaspara elegir los candidatos que representarán alPartido para cada uno de los cargos a renovar endicha elección. La elección interna se llevará acabo el día 1 de agosto de 2011 entre las 8:00 y las18:00 hs. en las siguientes direcciones 25 de Mayo245, de San Carlos de Bariloche; Giachino 363, deVilla Regina; Chile 1055, de General Roca; Urquiza676, de Cipolletti; Sargento Cabral 930, de C. Saltos;y Roca 548, de Viedma, cerrándose el plazo para lapresentación de listas el día 16 de julio de 2011 alas 20:00 hs. en el domicilio fijado por la JuntaElectoral Partidaria sito en La Plata 552, de Gral.Roca.

Miguel A. Rodríguez, Apoderado PartidoComunista.

PARTIDO FRENTE GRANDELa Mesa Ejecutiva Provincial

RESUELVEArtículo 1° - Convocar a elecciones internas en

las localidades de El Bolsón, Catriel, Mainqué y enlas Comisiones de Fomento: Río Chico y El Mansoel día treinta y uno (31) de julio de 2011, paraelegir los candidatos a cargos electivos que acontinuación se detallan:

• El Bolsón: Un (1) Intendente Municipal;Concejales Municipales: siete (7) titulares ysiete (7) suplentes.-

• Catriel: Un (1) Intendente Municipal; Legisla-dores Municipales: nueve (9) titulares y nueve(9) suplentes; Miembros del Tribunal deCuentas: tres (3) titulares y tres (3) suplentes.-

• Mainqué: Concejales Municipales: cinco (5)Titulares y cinco (5) suplentes; Miembrosdel Tribunal de cuentas: tres (3) Titulares ytres (3) Suplentes.

• El Manso: Un (1) Comisionado de Fomento;Vocales: dos (2) titulares y dos (2) suplentes.

• Río Chico: Un (1) Comisionado de Fomento;Vocales: dos (2) titulares y dos (2) suplentes.--

Art. 2° - Los comicios se llevarán a cabo entrelas 08 horas y las 18 horas del día fijado, en loslugares que indique la Junta Electoral Provincialdel Partido.-

Art. 3° - Podrán participar los afiliadosregistrados en el padrón partidario de la localidadrespectiva, actualizado al mes de abril del corrienteaño y que además figuren en el padrón general deelectores de la provincia de Río Negro.

Art. 4° - Las elecciones se harán mediante elsistema de lista completa, considerando a cadalocalidad como distrito único.

Art. 5° - El padrón de afiliados se pondrá aexhibición durante los días 11 y 12 de julio de2011, en la sede de la Mesa Partidaria de cadalocalidad y en la sede de la Junta Electoral Partidariasito en calle La Esmeralda 845 de la localidad deCipolletti.

Art. 6° - El plazo para la presentación de listasvencerá indefectiblemente el día 19 de julio de 2011a las 24 horas. Las solicitudes deberán ser presen-tadas en todos los casos por ante la Junta ElectoralProvincial del Partido, y deberán contener: fecha,nombre y color de lista, domicilio especial en lalocalidad; nombre, apellido, DNI., edad, tiempo deresidencia en la ciudad y en la provincia, de cadacandidato; cargo para el que se postula; nombre,apellido, DNI, domicilio y firma del apoderado delista; se deberá acompañar: fotocopia de las dosprimeras hojas del DNI, con constancia del últimodomicilio en la localidad, constancias de aceptaciónde cargos y aval del 1% de los afiliados de lalocalidad.

Art. 7° - Las listas de candidatos se exhibirándurante los días el día 22 y 23 de julio desde las 08horas y hasta las 24 horas en la Junta Electoralprovincial y podrán ser observadas o impugnadashasta el día 25 de julio a las 24 horas.

Art. 8° - La Junta Electoral deberá oficializarlas listas, a más tardar el día 26 de julio de 2011,previamente haber resuelto las impugnaciones uobservaciones a que hubiere lugar.

Art.9° - El plazo para aprobar modelos de boletasvencerá el 27 de julio de 2011.

Art. 10. - La Junta Electoral será la autoridadencargada de nombrar las autoridades de mesa y dereglamentar el trámite del comicio, debiendogarantizar en todos los casos la efectivaparticipación de los afiliados.

Art. 11. - La Junta Electoral será la autoridadmáxima del comicio, y sus decisiones soninapelables.

Art. 12. - La Junta Electoral proclamará a laLista ganadora.- Igual temperamento adoptará parael caso en que se presente una sola lista de candidatos,en cuyo caso procederá a prescindir del actoelectoral.-

Art. 13. - Se deja constancia que siendo el PartidoFrente Grande miembro de la alianza Frente parala Victoria, con alcance nacional, provincial ymunicipal, las elecciones internas se hallaráncomprendidas en las limitaciones que se esta-blezcan a través de las autoridades de la mencionadaalianza.

Art. 14. - Como consecuencia de lo dispuestoen el artículo anterior, el orden de prelación al queacceda cada candidato con motivo de estaselecciones, estará condicionado a las exigenciasque plantea la integración de géneros, a la posibleincorporación de extrapartidarios y a los acuerdosde integración de candidatos que se celebren en elmarco de la alianza.- La Mesa Ejecutiva Provincialestá facultada para alterar el orden de lista medianteresolución fundada, con miras a fortalecer losacuerdos alcanzados y potenciar el caudal electoralde la fuerza.-

Art. 15. - Publíquese por un día en el BoletínOficial de la Provincia y en el diario Rio Negro.

Julio Accavallo, Presidente.- Silvana Larralde,Secretaria.

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MOVIMIENTO VECINALDE INTEGRACION Y CAMBIO

DE CATRIELConvocatoria a Elecciones para cubrir

cargos públicosCatriel, 24 de junio de 2011.

La Junta Electoral del Partido Vecinal de la ciudadde Catriel “Movimiento Vecinal de Integración yCambio”, reconocido por la Justicia Electoral de laProvincia de Río Negro con el N° 117, convoca asus afiliados a elecciones de cargos electivospúblicos para los siguientes cargos:

• Intendente• Legisladores• Municipales: 9 titulares y 9 suplentes• Revisores de Cuentas: 3 titulares y 3

suplentes.

El acto eleccionario se llevará a cabo en el localdel Partido, sito en Primeros Pobladores yMendoza, el 24 de julio de 2011, desde las ochohasta las dieciocho horas.

La presentación de listas en la Junta Electoralserá en el local citado, todos los días de 18 a 21horas hasta el 10 de julio, donde culminará el tiempode presentación de listas a cubrir cargos electivos.

Viviana Germanier.

A V I S OSe informa a los Sres. Suscriptores locales, que los plazos de renovación

para el segundo semestre del año 2011 vencen el 15/07/2011vencido este plazo abonarán recargo

Page 58: Nº 4948dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera de los agentes, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales

58Viedma, 7 de Julio de 2011BOLETIN OFICIAL N° 4948

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.DECRETOS545.- 10-06-2011.- Ratificando el Con-

venio entre la Fundación FUNYDERy el Mtrio. de Producción................. 1-2

546.- 10-06-2011.- Incorporando a laPlanta Permanente de la Adm. PúblicaPcial., a agentes varios de la DirecciónGral. de Rentas ...................................2-3

547.- 10-06-2011.- Promoviendo Auto-máticamente al Sr. Juan Carlos Leuzedependiente del Mtrio. de Familia ...3

551.- 10-06-2011.- Rechazar el Recursode Alzada interpuesto por la EmpresaEDERSA contra la Res. Nº 233/09del EPRE............................................3-4

559.- 15-06-2011.- ModificandoCálculo de Recursos ...........................5-6

563.- 16-06-2011.- Aprobar la Regla-mentación de la Ley Nº 4641.......... 6

605.- 24-06-2011.- ModificandoCálculo de Recursos ...........................6a9

606.- 24-06-2011.- Declárase bienes deuso y consumo común para toda laAdministración Central dependientedel Poder Ejecutivo Provincial........ 9a11

614.- 24-06-2011.- Apruébase la Regla-mentación de la Ley Nº 4407.......... 11-12

637.- 29-06-2011.- Sustituir a partir del1º de Junio de 2011, el Apartado a.4.-del Artículo 1º del Decreto Nº 1108/05 y modificatorias...........................12-13

RESOLUCIONES..................................14a39ORDENANZAS MUNICIPALES........ 40-41LICITACIONES ....................................42EDICTOS I.P.P.V..................................42a45

SECCION JUDICIALEDICTOS...............................................45a50

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.............................50a52ACTAS ....................................................52TRANSFERENCIA FONDODE COMERCIO....................................52CONVOCATORIAS..............................52-53PARTIDOS POLÍTICOS (MovimientoVecinal Integ. y Cambio de Catriel -P.J. - P.P.R. - P.I. - P.C. - P.F.G.)........ 54a57AVISOS BOLETIN OFICIAL.............. 57-58

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos,etc., a insertar en este Boletín,concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Avda. Roca Nº 1047 -Planta BajaTel/Fax: 02941 - 431230.

– Cipolletti:Belgrano 774 - Tel.: 0299 - 4773331.

– San Carlos de Bariloche: Onelli 1.450 - Tel/Fax: 02944 - 428112.

Venta y Distribución:

Dirección de Boletín Oficial

Laprida 212 - Viedma - Provincia de Río Negro

CIERRE DE EDICIONES

Se hace saber a los interesados que las ediciones de este Boletín se cierran como último término,

los LUNES Y MIERCOLES a las 12 horas para los JUEVES Y LUNES respectivamente,

días estos que son los de salida de esta publicación.

A V I S O

EJEMPLAR DEL DIA ........................................................................ $4,00

EJEMPLAR ATRASADO HASTA 1 AÑO ......................................... $12,00

EJEMPLAR ATRASADO DE 1 a 3 AÑOS ........................................ $18,00

EJEMPLAR ATRASADO MAS DE 3 AÑOS .................................... $25,00