n-1-20-ds-006-2015-minam

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  • 7/25/2019 N-1-20-DS-006-2015-MINAM

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    El Peruano

    Mircoles 18 de febrero de 2015 546897

    En materia administrativa y recursos humanos:

    a) Suscribir contratos de trabajo y/o adendas, bajo elrgimen laboral de la actividad privada, correspondientea las plazas de las categoras: profesional (IV, III, II y I),tcnico (III, II y I) y auxiliar.

    b) Emitir Resoluciones Directorales por extincin devnculo laboral, segn las causas contenidas en el artculo16 del Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo728, que correspondan a las plazas de las categorasdetalladas en el literal precedente.

    c) Expedir Resoluciones Directorales tendientes alcumplimiento de sus nes y objetivos dentro del mbito desu competencia, conforme al artculo 22 del Reglamentode Organizacin y Funciones del SENASA.

    d) Autorizar y resolver las acciones de personalrespecto a los permisos y licencias de los contratadosbajo el rgimen del Decreto Legislativo N 1057, previoinforme favorable del jefe inmediato.

    e) Aprobar las liquidaciones de benecios sociales de

    los trabajadores de la entidad.f) Suscribir Contratos Administrativos de Servicios(CAS) y/o sus respectivas adendas, prrrogas y/omodicatorias, regulados por el Decreto Legislativo N1057 y su Reglamento, aprobado mediante DecretoSupremo N 075-2008-PCM y modicatorias.

    g) Suscribir los documentos necesarios para laextincin del contrato administrativo de servicios, deacuerdo a los supuestos establecidos en el Reglamentodel Decreto Legislativo N 1057 y modicatorias.

    h) Autorizar y resolver las acciones del personalcomprendido en el rgimen laboral del Decreto LegislativoN728, que de acuerdo a la normatividad vigente sobre lamateria, no sean de competencia exclusiva del Titular de laEntidad. Esta facultad no incluye efectuar nombramientos

    o designaciones en cargos de conana, ni en cargos delibre designacin o remocin por el titular de la Entidad.i) Representar a la entidad ante la Superintendencia

    Nacional de Administracin Tributaria SUNAT, elMinisterio de Trabajo y Promocin del Empleo, el SeguroSocial de Salud del Per ESSALUD, la SuperintendenciaNacional de los Registros Pblicos SUNARP, la AutoridadNacional del Servicio Civil SERVIR y/o ante cualquiertipo de autoridad y/o entidad para iniciar y proseguirprocedimientos, formular solicitudes, reclamos y/opresentar escritos de carcter administrativo, desistirse,participar en cualquier tipo de audiencia administrativa einterponer recursos administrativos de impugnacin, quejacontra los defectos de tramitacin, solicitar la recticacinde errores entre otras pretensiones administrativas,

    que resulten necesarias para el mejor desarrollo de lasfunciones de la entidad.j) Representar a la entidad ante la Direccin Nacional

    de Contabilidad Pblica del Ministerio de Economa yFinanas para la presentacin de los estados nancierosy presupuestales.

    k) Representar a la entidad ante cualquier institucinprivada o mixta, dentro del mbito de sus competencias.

    l) Suscribir la documentacin concerniente al procesopara la contratacin de consultores del SENASA, talescomo trminos de referencia, contrato de locacin deservicios y adendas correspondientes, previa justicacindel rgano competente.

    Artculo 2.- Delegar en el Director de la Unidad deLogstica de la Ocina de Administracin del SENASA o elque haga sus veces, las siguientes facultades:

    a) Aprobar las Bases de los procesos de seleccin delas adjudicaciones de menor cuanta.

    Artculo 3.- Facultar al Director General de la Ocinade Administracin o el que haga sus veces emitir directivaspara la mejor aplicacin de las disposiciones contenidasen la presente Resolucin.

    Artculo 4.-Facultar a los Directores de los rganosDesconcentrados del SENASA las funciones y atribucionesprevistas en la Ley y su Reglamento, tales como:

    a) Aprobar los expedientes de contratacin parala realizacin de los procesos de seleccin que les

    corresponde ejecutar.b) Autorizar la realizacin de los procesos de seleccinde adjudicacin de menor cuanta y adjudicacin directaselectiva, as como aprobar las bases de stos que eleven

    los comits especiales y especiales permanentes parala adquisicin y/o contratacin de bienes y/o servicios yejecucin de obras.

    c) Aprobar la resolucin de los contratos derivados delos procesos de seleccin ejecutados, por caso fortuito ofuerza mayor as como por el incumplimiento de alguna delas obligaciones a cargo del contratista.

    d) Designar a los integrantes de los comits especialesy comits especiales permanentes de los procesos deseleccin de adjudicacin de menor cuanta y adjudicacindirecta selectiva, que las respectivas direcciones tengan asu cargo.

    Artculo 5.- El Director General de la Ocinade Administracin, los Directores de los rganosDesconcentrados del SENASA y el Director de la Ocinade Logstica, debern informar trimestralmente al JefeNacional del SENASA sobre el ejercicio de las facultadesdelegadas a su favor mediante la presente Resolucin,sea o no efectuado, dentro de los siete (07) primeros das

    hbiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.Artculo 6.- Facultar a la Secretaria Tcnicadel SENASA para realizar acciones de seguimientoy coordinacin de las funciones delegadas, previainstruccin de Jefatura Nacional.

    Artculo 7.-Dejar sin efecto la Resolucin JefaturalN 046-2009-AG-SENASA y la Resolucin Jefatural N341-2011-AG-SENASA.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JORGE BARRENECHEA CABRERAJefeServicio Nacional de Sanidad Agraria

    1201176-1

    AMBIENTE

    Aprueban el Cronograma deTransferencia de Funciones de lasAutoridades Sectoriales al ServicioNacional de Certificacin Ambientalpara las Inversiones Sostenibles -SENACE en el marco de la Ley N29968

    DECRETO SUPREMON 006-2015-MINAM

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley N 29968, crea el Servicio Nacionalde Certificacin Ambiental para las InversionesSostenibles - SENACE como organismo pblicotcnico especializado, adscrito al Ministerio delAmbiente encargado de revisar y aprobar los Estudiosde Impacto Ambiental detallados que comprendenproyectos de inversin pblica, privada o de capital

    mixto, de alcance nacional y multirregional queimpliquen actividades, construccin de obras y otrasactividades comerciales y de servicios que puedancausar impactos ambientales significativos;

    Que, el artculo 3 de la precitada Ley establececomo funciones generales del SENACE, entre otras,la aprobacin de los Estudios de Impacto Ambientaldetallados, as como la administracin del RegistroNacional de Consultoras Ambientales y del RegistroAdministrativo de carcter pblico y actualiado delas certicaciones ambientales de alcance nacionalo multirregional concedidas o denegadas por losorganismos correspondientes;

    Que, la Primera Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 29968 seala que el proceso de

    implementacin del SENACE y la transferencia defunciones a su mbito es un proceso constante y continuopara dicho efecto, y se desarrolla de manera ordenada,progresiva y gradual, sujeto a etapas preclusivas de

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    El Peruano

    Mircoles 18 de febrero de 2015546898

    obligatorio cumplimiento, de acuerdo al cronograma ya los plazos que son establecidos por decreto supremorefrendado por el Ministro del Ambiente; para tal efecto,determina las cuatro etapas a las cuales se encuentrasujeto el proceso de implementacin del citadoOrganismo Pblico;

    Que, mediante Decreto Supremo N 003-2013-MINAM, se establecieron el cronograma, plazos yprincipios del proceso de implementacin del SENACE,determinndose que la Tercera Etapa del citado procesoreferida a la transferencia de funciones de parte delas Autoridades Sectoriales se gestiona a travs dela aprobacin del Decreto Supremo refrendado porel Ministro del Ambiente y el titular del sector cuyatransferencia se aprueba;

    Que, en Sesin Ordinaria N 007/2014 del 07 deoctubre de 2014, el Consejo Directivo del SENACEaprob la propuesta del Cronograma de Transferenciade Funciones de las Autoridades Sectoriales alSENACE, por lo que corresponde emitir la presente

    norma;De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 29968, Ley deCreacin del Servicio Nacional de Certicacin Ambientalpara la Inversiones Sostenibles - SENACE; y, el DecretoSupremo N 003-2013-MINAM;

    Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Aprobacin del Cronograma deTransferencia de Funciones de las AutoridadesSectoriales al SENACE

    1.1 Aprubese el Cronograma de Transferencia deFunciones de las Autoridades Sectoriales al Servicio

    Nacional de Certicacin Ambiental para las InversionesSostenibles - SENACE en el marco de la Ley N 29968,de acuerdo al siguiente detalle:

    CRONOGRAMA DE TRANSFERENCIA DE FUNCIONES DE LAS

    AUTORIDADES SECTORIALES AL SENACE 2015-2020

    AUTORIDAD SECTORIAL SUBSECTOR

    FECHA DE INICIO

    DEL PROCESO DE

    TRANSFERENCIA

    Ministerio de Energa yMinas

    Energa Segundo Trimestre del ao 2015

    Minera Segundo Trimestre del ao 2015

    Ministerio de Transportes yComunicaciones Transportes Cuarto Trimestre del ao 2015

    Ministerio de Agricultura yRiego

    Agricultura Segundo Trimestre del ao 2016

    Ministerio de Vivienda,Construccin ySaneamiento

    Vivienda yConstruccin

    Cuarto Trimestre del ao 2016

    Saneamiento Segundo Trimestre del ao 2017

    Ministerio de la ProduccinIndustria Cuarto Trimestre del ao 2017

    Pesca Segundo Trimestre del ao 2018

    Ministerio de Salud Salud Segundo Trimestre del ao 2019

    Ministerio de Transportes yComunicaciones Comunicaciones Cuarto Trimestre del ao 2019

    Ministerio de ComercioExterior y Turismo

    ComercioExterior yTurismo

    Segundo Trimestre del ao 2020

    Ministerio de Defensa Defensa Cuarto Trimestre del ao 2020

    1.2 La citada transferencia de funciones comprende:

    a) La revisin y aprobacin de los estudios de impactoambiental detallados.

    b) La administracin del Registro de EntidadesAutorizadas a elaborar Estudios Ambientales, delRegistro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios

    de Impacto Ambiental o de cualquier otro registrode denominacin similar, que deba formar parte delRegistro Nacional de Consultoras Ambientales a cargodel SENACE.

    c) La administracin del Registro Administrativode carcter pblico y actualiado de certicacionesambientales concedidas o denegadas, o de cualquier otroregistro de denominacin similar, que deba formar partedel Registro Administrativo de Certicaciones Ambientalesa cargo del SENACE.

    Artculo 2.- Constitucin de las comisiones detransferencia

    2.1 Dentro del plao mximo de tres (03) das tilescontados a partir de la fecha de inicio de cada procesode transferencia, el SENACE y la Autoridad Sectorialcorrespondiente debern designar a los representantesque conformarn la Comisin de Transferencia Sectorialrespectiva que tendr la responsabilidad de conducir ycoordinar el proceso de transferencia de funciones hastasu respectiva culminacin.

    2.2 La Comisin de Transferencia estar conformadapor los siguientes integrantes:

    - Tres (3) representantes del SENACE, entre los cualesestarn el(la) Director(a) de Certicacin Ambiental y el(la)Director(a) de Registros Ambientales; uno de los cualespresidir la Comisin de Transferencia; y,

    - Tres (3) representantes de la Autoridad Sectorial.

    2.3 Los integrantes de la Comisin de Transferenciasern designados por Resolucin de los Titulares delSENACE y de la Autoridad Sectorial correspondiente.

    2.4 EI proceso de transferencia de funciones seejecutar conforme a los trminos y plaos establecidosen la Primera Disposicin Complementaria Final de laLey N 29968, Ley de creacin del Servicio Nacional de

    Certicacin Ambiental para las Inversiones Sostenibles- SENACE y al cronograma del proceso de transferenciaque apruebe la Comisin de Transferencia.

    Artculo 3.- Transferencia de recursos destinadosal ejercicio de las funciones

    Como resultado de los procesos de transferenciade funciones, las Autoridades Sectoriales transferirnel acervo documentario, informacin ordenada y demsrecursos que faciliten el ejercicio de las funciones objetode transferencia, conforme a las disposiciones legalessobre la materia.

    Artculo 4.- Aprobacin de la culminacin delproceso de transferencia

    La culminacin de cada uno de los procesos detransferencia de funciones se formaliar medianteResoluciones Ministeriales del Ministerio del Ambienteque sern publicadas en el Diario Ocial EI Peruano.Dichas resoluciones debern consignar la fecha a partirde la cual el SENACE asumir las funciones transferidaspor cada una de las Autoridades Sectoriales.

    A partir de dicho momento, ste se har cargo de laclasicacin anticipada en el marco del Sistema Nacionalde Evaluacin del Impacto Ambiental, en coordinacincon el sector correspondiente.

    Artculo 5.- FinanciamientoLas acciones que realicen las Autoridades

    Sectoriales y el SENACE, en el marco de los procesosde transferencia previstos en el Artculo 1 del presenteDecreto Supremo se sujetan a sus presupuestosinstitucionales respectivos, sin demandar recursosadicionales del Tesoro Pblico.

    Artculo 6.- RefrendosEl presente Decreto Supremo ser refrendado por

    los Ministros del Ambiente, de Energa y Minas, deTransportes y Comunicaciones, de Agricultura y Riego, deVivienda, Construccin y Saneamiento, de la Produccin,de Salud, de Comercio Exterior y Turismo, y de Defensa.

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

    nica.-Los procedimientos administrativos pendientesde resolucin por la Autoridad Sectorial al momento de la

    conclusin de la transferencia de funciones al SENACEque son materia del presente decreto supremo, deben serresueltos por la autoridad sectorial ante la cual se inici elprocedimiento.

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    El Peruano

    Mircoles 18 de febrero de 2015 546899

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisietedas del mes de febrero del ao dos mil quince.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORAMinistro del Ambiente

    MAGALI SILVA VELARDE - LVAREZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

    ELEODORO MAYORGA ALBAMinistro de Energa y Minas

    PIERO GHEzzI SOLSMinistro de la Produccin

    ANBAL VELSQUEz VALDIVIAMinistro de Salud

    JOS GALLARDO KUMinistro de Transportes y Comunicaciones

    MILTON VON HESSE LA SERNAMinistro de Vivienda, Construccin y Saneamiento yEncargado del Despacho del Ministerio de Defensa

    1201927-1

    Aceptan renuncia de Jefa del Servicio

    Nacional de Certificacin Ambientalpara las Inversiones Sostenibles(SENACE)

    RESOLUCIN SUPREMAN 002-2015-MINAM

    Lima, 17 de febrero de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 012-2013-MINAM, se design a la seora Rosa Mara Ortiz Ros,en el cargo de Jefa del Servicio Nacional de CerticacinAmbiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE);

    Que, la citada funcionaria, con documento de fecha 17de febrero de 2015, ha presentado su renuncia irrevocableal cargo que vena desempeando;

    Que, de conformidad con el artculo 9 de la Ley N29968, Ley de creacin del Servicio Nacional de CerticacinAmbiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), enconcordancia con el literal b) del artculo 14 del Reglamentode Organizacin y Funciones del SENACE, aprobado porDecreto Supremo N 003-2015-MINAM; corresponde aceptarla renuncia de la seora Rosa Mara Ortiz Ros;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 29968, Ley decreacin del Servicio Nacional de Certicacin Ambientalpara las Inversiones Sostenibles; y, el Decreto SupremoN 003-2015-MINAM, que aprueba el Reglamento de

    Organizacin y Funciones del SENACE;SE RESUELVE:

    Artculo 1.-Aceptar la renuncia de la seora Rosa MaraOrti Ros, al cargo de Jefa del Servicio Nacional de CerticacinAmbiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE),dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- La presente Resolucin Suprema serrefrendada por el Ministro del Ambiente.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORAMinistro del Ambiente

    1201926-12

    COMERCIO EXTERIOR

    Y TURISMO

    Aprueban el Plan Anual de Promocin yDesarrollo Turstico para el ao 2015

    RESOLUCIN MINISTERIALN 048-2015-MINCETUR

    San Isidro, 17 de febrero de 2015

    Visto, los Memorndum N 1550-2014-MINCETUR/VMT y N 27-2015-MINCETUR/VMT, de la Viceministrade Turismo.

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 27889 se cre el Fondo y elImpuesto Extraordinario para la Promocin y DesarrolloTurstico Nacional para nanciar las actividades yproyectos destinados a la promocin y desarrollo delturismo nacional; estableciendo que la administracin delos recursos del Fondo estar a cargo del Ministerio deComercio Exterior y Turismo MINCETUR, contndosecon un Comit Especial, encargado de proponer alMinisterio el Plan Anual de Promocin y DesarrolloTurstico Nacional;

    Que, el artculo 3 de la referida Ley estableceque el MINCETUR aprobar mediante ResolucinMinisterial, el Plan Anual de Promocin y DesarrolloTurstico Nacional, en el que se indicar la participacin

    y el aporte de los prestadores de servicios tursticos delsector privado;Que, en concordancia con el artculo 4 del Reglamento

    de la Ley N 27889, aprobado por Decreto Supremo N007-2003-MINCETUR, el Comit Especial ha aprobado enlas Sesiones Ordinarias N 02 y 03-2014, la propuesta delPlan Anual de Promocin y Desarrollo Turstico Nacionalpara el ao 2015 a cargo de la Comisin de Promocin delPer para la Exportacin y el Turismo PROMPER y delPlan COPESCO Nacional;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158 Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, la Ley N 27790 Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de ComercioExterior y Turismo, la Ley N 27889 Ley que crea elFondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocin yDesarrollo Turstico Nacional y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo N 007-2003-MINCETUR,modicado por los Decretos Supremos N 006-2006-MINCETUR, N 006-2010-MINCETUR y N 011-2012-MINCETUR.

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.-Aprobar el Plan Anual de Promociny Desarrollo Turstico para el ao 2015, conforme a lostrminos sealados en el Anexo N 01, en un (01) folio, yAnexo N 02, en cuatro (04) folios, que visados y selladosforman parte de la presente Resolucin Ministerial.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MAGALI SILVA VELARDE-LVAREZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

    1201555-1

    DEFENSA

    Aprueban formatos Aviso de Infracciny Papeleta de Multa a ser utilizadospor las capitanas de puerto y unidadesguardacostas

    RESOLUCIN DIRECTORALN 077-2015-MGP/DGCG

    Callao, 28 de enero de 2015