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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO Jr. Gregorio Delgado Nº 260 - Teléfonos (042) 522351-526172 - Telefax: (042) 523069 Sector Cercado Tarapoto San Martín - Perú ZONIFICACION DE COMERCIO DISTRITAL - Zonificación: Comercio Distrital (C5.). - Usos Permisibles y Compatibles: Uso exclusivamente comercial, uso residencial de acuerdo al Reglamento de Zonificación del PDU y otros indicados en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente. - Densidad Neta: de 100,000 a 300,000 habitantes por hectárea. - Área de Lote Normativo: Se considera el área de los lotes existentes. - Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: El coeficiente de edificación máximo es 4.0 para el uso comercial (desarrollado también bajo el criterio de 1.5(a +r ) - Porcentaje Mínimo de Área Libre: Exigible en vivienda de acuerdo a la zonificación residencial correspondiente, en uso comercial no exigible siempre y cuando se solucione adecuadamente la ventilación e iluminación. - Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, 1.5 veces el ancho de la vía más retiro; altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso. - Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento. - Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento. - Índice de Espacios de Estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento cada 40 m² de área techada comercial y un estacionamiento por cada vivienda, y otros considerados en Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos, establecidos en el PDU. - Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de 1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del Código Nacional Eléctrico Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO

Jr. Gregorio Delgado Nº 260 - Teléfonos (042) 522351-526172 - Telefax: (042) 523069

Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE COMERCIO DISTRITAL

- Zonificación: Comercio Distrital (C5.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Uso exclusivamente comercial, uso residencial de

acuerdo al Reglamento de Zonificación del PDU y otros indicados en el Índice de

Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente.

- Densidad Neta: de 100,000 a 300,000 habitantes por hectárea.

- Área de Lote Normativo: Se considera el área de los lotes existentes.

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: El coeficiente de edificación máximo

es 4.0 para el uso comercial (desarrollado también bajo el criterio de 1.5(a +r )

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Exigible en vivienda de acuerdo a la

zonificación residencial correspondiente, en uso comercial no exigible siempre y

cuando se solucione adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, 1.5 veces el ancho de la vía

más retiro; altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento cada

40 m² de área techada comercial y un estacionamiento por cada vivienda, y otros

considerados en Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO

Jr. Gregorio Delgado Nº 260 - Teléfonos (042) 522351-526172 - Telefax: (042) 523069

Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE COMERCIO ESPECIALIZADO

- Zonificación: Comercio Especializado (CE.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Uso exclusivamente comercial y otros indicados en

el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente.

- Densidad Neta: A nivel distrital, regional e incluso nacional.

- Área de Lote Normativo: Se considera el área de los lotes existentes.

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: El coeficiente de edificación máximo

es 4.0 para el uso comercial.

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Exigible en vivienda de acuerdo a la

zonificación residencial correspondiente, en uso comercial (tiendas y oficinas): el

área libre mínima dentro del lote es de 30%.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, hasta tres (03) pisos más

azotea; altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento cada

40 m² de área techada comercial y un estacionamiento por cada vivienda, y otros

considerados en Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE COMERCIO LOCAL

- Zonificación: Comercio Local (C1.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Uso exclusivamente comercial, uso residencial

predominante en el área y otros indicados en el Índice de Usos para la Ubicación de

Actividades Urbanas vigente.

- Densidad Neta: hasta 2,000 habitantes por hectárea.

- Área de Lote Normativo: Se considera el área de los lotes existentes.

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: El coeficiente de edificación máximo

es 1.8 para el uso comercial (desarrollado hasta en dos pisos de altura).

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Exigible en vivienda de acuerdo a la

zonificación residencial correspondiente, en uso comercial no exigible siempre y

cuando se solucione adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, hasta dos (02) pisos; altura

mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento cada

40 m² de área techada comercial y un estacionamiento por cada vivienda, y otros

considerados en Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE COMERCIO SECTORIAL

- Zonificación: Comercio Sectorial (C3.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Uso exclusivamente comercial, uso residencial de

acuerdo al Reglamento de Zonificación del PDU y otros indicados en el Índice de

Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente.

- Densidad Neta: 10,000 a 30,000 habitantes por hectárea.

- Área de Lote Normativo: Se considera el área de los lotes existentes.

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: El coeficiente de edificación máximo

es 3.0 para el uso comercial.

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Exigible en vivienda de acuerdo a la

zonificación residencial correspondiente, en uso comercial no exigible siempre y

cuando se solucione adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, 1.5 veces el ancho de la vía

más retiro; altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento cada

40 m² de área techada comercial y un estacionamiento por cada vivienda, y otros

considerados en Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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ZONIFICACION DE EQUIPAMIENTO URBANO

Educación

- Zonificación: Equipamiento Urbano (EU).

- Usos permisibles y compatibles: Uso exclusivamente de Educación (E-1, E-2, E-3,

E-4, EE.).

- Densidad Normativa Máxima: Será el resultante del proyecto.

- Área de lote normativo: Las edificaciones destinadas a usos educativos estarán

sujetos a las normatividades establecidas por el Reglamento Nacional de

Edificaciones, las disposiciones particulares del ministerio correspondiente y otras

normas técnicas de carácter nacional o regional.

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Será el resultante del Proyecto.

- Porcentaje mínimo de área libre: No exigible siempre y cuando se solucione

adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: La altura de la edificación será

determinada, en cada caso, en base al uso propuesto y al planeamiento integral y

estudio volumétrico de la edificación, en relación al contexto urbano circundante y

que no perturbe los perfiles urbanos existentes.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: El número de estacionamientos

requeridos será determinado según lo establecido por el Reglamento Nacional de

Edificaciones y otras disposiciones complementarias, debiendo resolverse

íntegramente dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal.

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ZONIFICACION DE EQUIPAMIENTO URBANO

Recreación

- Zonificación: Equipamiento Urbano (EU.)

- Usos permisibles y compatibles: Uso exclusivamente de Recreación (ZRP, ZR-2,

ZR-1, ZAV).

- Densidad Normativa Máxima: Será el resultante del proyecto.

- Área de lote normativo: Estarán sujetos a las normatividades establecidas por el

Reglamento Nacional de Edificaciones, SERPAR y el IPD.

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Será el resultante del Proyecto.

- Porcentaje mínimo de área libre: No exigible siempre y cuando se solucione

adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: La altura de la edificación será

determinada, en cada caso, en base al uso propuesto y al planeamiento integral y

estudio volumétrico de la edificación, en relación al contexto urbano circundante y

que no perturbe los perfiles urbanos existentes.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: El número de estacionamientos

requeridos será determinado según lo establecido por el Reglamento Nacional de

Edificaciones y otras disposiciones complementarias, debiendo resolverse

íntegramente dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal.

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ZONIFICACION DE EQUIPAMIENTO URBANO

Salud

- Zonificación: Equipamiento Urbano (EU).

- Usos permisibles y compatibles: Uso exclusivamente de Salud (S-1, S-2, S-3).

- Densidad Normativa Máxima: Será el resultante del proyecto.

- Área de lote normativo: Las edificaciones destinadas a equipamientos de salud

estarán sujetos a las normatividades establecidas por el Reglamento Nacional de

Edificaciones, las disposiciones particulares del ministerio correspondiente y otras

normas técnicas de carácter nacional o regional.

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Será el resultante del Proyecto.

- Porcentaje mínimo de área libre: No exigible siempre y cuando se solucione

adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: La altura de la edificación será

determinada, en cada caso, en base al uso propuesto y al planeamiento integral y

estudio volumétrico de la edificación, en relación al contexto urbano circundante y

que no perturbe los perfiles urbanos existentes.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: El número de estacionamientos

requeridos será determinado según lo establecido por el Reglamento Nacional de

Edificaciones y otras disposiciones complementarias, debiendo resolverse

íntegramente dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal.

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ZONIFICACION DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA R-1

- Zonificación: Residencial de Densidad Baja R-1 (R1).

- Usos permisibles y compatibles: Uso Residencial (Quintas, Vivienda Unifamiliar y

Multifamiliar, Vivienda-Taller), uso comercial y otros señalados por el Reglamento

Nacional de Edificaciones.

- Densidad Neta: Unifamiliar 1 vivienda, multifamiliar 500 habitantes por

hectárea.

- Área de lote normativo: 450 m², para lotes unifamiliares y multifamiliares (frente,

15 m).

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Los coeficientes máximos de

edificación para R1 unifamiliar y multifamiliar será de 1.2 y 1.8 respectivamente.

- Porcentaje mínimo de área libre: Para uso de vivienda, 40%; y para uso de

comercio, no exigible, siempre y cuando, se solucione adecuadamente la ventilación

e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: Altura máxima de edificación, será hasta

dos (02) pisos; con altura mínima de 3.00 mts, medidos entre el nivel del piso y el

cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento por cada

vivienda dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO

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ZONIFICACION DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA R-2

- Zonificación: Residencial de Densidad Baja R-2 (R-2).

- Usos permisibles y compatibles: Uso Residencial (Quintas, Vivienda Unifamiliar y

Multifamiliar, Vivienda-Taller), uso comercial y otros señalados por el Reglamento

Nacional de Edificaciones.

- Densidad Neta: Unifamiliar 1 vivienda, multifamiliar 500 habitantes por hectárea

y multifamiliar (con frente a vías mayores de 18 ml, de sección y/o frentes a

parques) 600 habitantes por hectárea.

- Área de lote normativo: 300 m², para lotes unifamiliares y multifamiliares (frente,

10 m).

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Los coeficientes máximos de

edificación para R2 unifamiliar y multifamiliar será de 1.2 y 1.8 respectivamente y

de 2.8 para multifamiliar (con frente a vías mayores de 18 ml, de sección y/o frentes

a parques).

- Porcentaje mínimo de área libre: Para uso de vivienda unifamiliar y

multifamiliar, 40%, y para uso de vivienda (con frente a vías mayores de 18 ml, de

sección y/o frentes a parques), 30%, y para uso de comercio, no exigible, siempre y

cuando, se solucione adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: Altura máxima de edificación, será hasta

(04) pisos; con altura mínima de 3.00 mts, medidos entre el nivel del piso y el

cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento por cada

vivienda dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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ZONIFICACION DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA R-3

- Zonificación: Residencial de Densidad Media R3 (R-3).

- Usos permisibles y compatibles: Uso Residencial (Quintas, Vivienda Unifamiliar y

Multifamiliar, Vivienda-Taller), uso comercial y otros señalados por el Reglamento

Nacional de Edificaciones.

- Densidad Neta: Unifamiliar, Multifamiliar y Conjunto Residenciales 1,300

habitantes por hectárea.

- Área de lote normativo: 160 m², para lotes unifamiliares y multifamiliares (frente,

08 m); 450 m², para conjunto residenciales (frente, resultado del diseño).

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Los coeficientes máximos de

edificación para R3 unifamiliar será de 2.1, multifamiliar será de 2.8 y para

conjunto residencial será de 3.5.

- Porcentaje mínimo de área libre: Para uso de vivienda, 30%, y para uso de

comercio, no exigible, siempre y cuando, se solucione adecuadamente la ventilación

e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: Altura máxima de edificación, será hasta

cinco (05) pisos; con altura mínima de 3.00 mts, medidos entre el nivel del piso y el

cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: Se exigirá un estacionamiento por cada

vivienda dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE USOS ESPECIALES

- Zonificación: Usos Especiales (OU.).

- Usos permisibles y compatibles: Uso exclusivamente relacionados con las

actividades político-administrativas, institucionales, culto y cultura y servicios en

general.

- Densidad Normativa Máxima: Será el resultante del proyecto.

- Área de lote normativo: Las edificaciones destinadas a usos educativos estarán

sujetos a las normatividades establecidas por el Reglamento Nacional de

Edificaciones, las disposiciones particulares del ministerio correspondiente y otras

normas técnicas de carácter nacional o regional.

- Coeficiente máximo y mínimo de edificación: Será el resultante del Proyecto.

- Porcentaje mínimo de área libre: No exigible siempre y cuando se solucione

adecuadamente la ventilación e iluminación.

- Alturas máxima y mínima permisibles: La altura de la edificación será

determinada, en cada caso, en base al uso propuesto y al planeamiento integral y

estudio volumétrico de la edificación, en relación al contexto urbano circundante y

que no perturbe los perfiles urbanos existentes.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de espacios de estacionamientos: El número de estacionamientos

requeridos será determinado según lo establecido por el Reglamento Nacional de

Edificaciones y otras disposiciones complementarias, debiendo resolverse

íntegramente dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal.

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Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE ZONA VIVIENDA TALLER

- Zonificación: Vivienda Taller (I1-R.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Permite el uso de vivienda unifamiliar o

multifamiliar con la industria elemental y complementaria que sea compatible de

acuerdo al Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas, uso comercial y otros

indicados en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente.

- Densidad Neta: Unifamiliar y Multifamiliar* (con frente a vías mayores de 18 ml,

de sección y/o frentes a parques) 1,300 habitantes por hectárea y conjuntos

residenciales 2,250 habitantes por hectárea.

- Área de Lote Normativo: 160 m², para lotes unifamiliares y multifamiliares* (frente,

08 m); 450 m², para conjunto residenciales (frente, resultado del diseño).

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: Los coeficientes máximos de

edificación para unifamiliar será de 2.8, multifamiliar (*) y para conjunto

residencial será de 3.5.

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Para uso de vivienda, 30%.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, dos (02) pisos más azotea;

altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Será teniendo en cuenta por lo

estipulado por la Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU; será resuelto dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).

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Sector Cercado – Tarapoto – San Martín - Perú

ZONIFICACION DE ZONA INDUSTRIAL

- Zonificación: Industria Liviana (I2.).

- Usos Permisibles y Compatibles: Permite el uso de vivienda unifamiliar o

multifamiliar con la industria elemental y complementaria que sea compatible de

acuerdo al Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas, uso comercial y otros

indicados en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente.

- Área de Lote Normativo: 1,000 m2 (frente, 20 m)

- Coeficiente Máximo y Mínimo de Edificación: Será la resultante del proyecto.

- Porcentaje Mínimo de Área Libre: Será el resultado del proyecto.

- Altura Máxima y Mínima Permisible: Altura máxima, 1.5 veces el ancho de la vía

más el retiro; altura mínima, 3.0 mts, medida entre el nivel del piso y el cielorraso.

- Retiro Municipal: Se encuentra supeditado a las condiciones de un lote específico,

y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Alineamiento de fachada: Se encuentra supeditado a las condiciones de vía

pública específica, y estará contemplado en el Certificado de Alineamiento.

- Índice de Espacios de Estacionamientos: Será teniendo en cuenta por lo

estipulado por la Reglamentación Especial para la Provisión de Estacionamientos,

establecidos en el PDU; será resuelto dentro del lote.

- Otros: Longitud de voladizos, en 2do. piso y pisos superiores, hasta un máximo de

1.00 ml, respecto a la línea municipal y estará supeditado al cumplimiento del

Código Nacional Eléctrico – Suministro (Reglamento 234.C.I.a).