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I ( l MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Acuerdo Municipal N° 049 -2012-C/CPP San Miguel de Piura, 20 de marzo de 2012 l, _o'" Visto, la Comunicación de Registro N° 42502, presentada por el Sr. Antonio Abruña, Rector :d.~; la: ',' I ,. Universidad de Piura;y, ". \ ,-: ' .. '. ,+. ,'4' ; .~ CONSIDERANDO: \", Que, el Sr. Antonio Abruña, Rectotde la Universidad de Piura, remite para su aprobación, dos ejemplares del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura; \,'. . .",{ Que, con Informe 1049-2011-JUF/MPP' la Unidad Formuladora indica que solo procederia la suscripción del convenio si se tiene en cuenta los parámetros indicados; Que, con Informe N° 2050-2011-GAJ/MPP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que se oficie a la UDEP, a fin de que levante la observación del numeral N° 05 del proyecto de convenio, así como de la vigencia que debe ser de un año renovable, previo acuerdo de las partes. Del mismo modo, debe indicarsele que los convenios especificos que se pretendan realizar, deben indicarse que sean sin fines de lucro, conforme lo precisa la ley de Contrataciones en su artículo 3° inciso 3.3, literal r); Que, el Rector de la Universidad de Piura, a través de la Carta R 177-11 remite el nuevo convenio con las sugerencias planteadas por la Unidad Formuladora, solicitando se le remita un ejemplar firmado una vez aprobado; Que, con Informe N° 069-2012-GAJ/MPP, de fecha 13 de enero de 2012, el Gerente de Asesoría Juridica señala, que la propuesta de Convenio Marco Interinstitucional a suscribirse entre la UDEP y esta entidad, ha considerado como objeto fortalecer las capacidades de capacitación, asistencia técnica y asesoramiento, investigación y uso racional de recursos humanos y financieros, opinando por la procedencia de la suscripción del mismo, quedando establecido que en la suscripción de este convenio no se puede considerar fines lucrativos, debiendo el proyecto de convenio ser sometido a consideración del Pleno del concejo, previo dictamen de la Comisión de Economía y Administración; Que, la Comisión de Economía y Administración, a través del Dictamen N°017-2012-CEYAlMPP, de fecha 27 de febrero de 2012, recomienda a la Sra, Alcaldesa la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura, cuya fecha del Convenio será a la suscripción de ambas partes; SE ACUERDA: Que, sometida a consideración de los señores regidores, la recomendación de la Comisión de Economía y Administración, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de marzo de 2012, mereció su aprobación, por lo 1NC¡ que en uso de las atribuciones conferidas por la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; <( '>~s 4( <:) '1: o ..•. " ~'U ~..~ ,=,_ "i.'Q ;) e O;-;-Y~'J 4.J:,,:~,/ ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a la señora Alcaldesa la suscripción del Convenio Marco de ::""[':,}'_/ Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura, que consta de nueve (09) cláusulas que forman parte integrante del presente Acuerdo,

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Page 1: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Acuerdo MunicipalDar cuenta alas Comisiones de Economía y Administración y de Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal,"Gerencia de Asesoría Jurídica,

I( l

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA

Acuerdo MunicipalN° 049 -2012-C/CPP

San Miguel de Piura, 20 de marzo de 2012l,

_o'"

Visto, la Comunicación de Registro N° 42502, presentada por el Sr. Antonio Abruña, Rector :d.~;la: ',' I ,.

Universidad de Piura;y, ". \ ,-: ' ..'. ,+. ,'4' ; .~

CONSIDERANDO:\",

Que, el Sr. Antonio Abruña, Rectotde la Universidad de Piura, remite para su aprobación, dos ejemplaresdel Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura;

\,'. . .",{

Que, con Informe N° 1049-2011-JUF/MPP' la Unidad Formuladora indica que solo procederia lasuscripción del convenio si se tiene en cuenta los parámetros indicados;

Que, con Informe N° 2050-2011-GAJ/MPP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que se oficie a laUDEP, a fin de que levante la observación del numeral N° 05 del proyecto de convenio, así como de la vigencia quedebe ser de un año renovable, previo acuerdo de las partes. Del mismo modo, debe indicarsele que los conveniosespecificos que se pretendan realizar, deben indicarse que sean sin fines de lucro, conforme lo precisa la ley deContrataciones en su artículo 3° inciso 3.3, literal r);

Que, el Rector de la Universidad de Piura, a través de la Carta R 177-11 remite el nuevo convenio con lassugerencias planteadas por la Unidad Formuladora, solicitando se le remita un ejemplar firmado una vez aprobado;

Que, con Informe N° 069-2012-GAJ/MPP, de fecha 13 de enero de 2012, el Gerente de Asesoría Juridicaseñala, que la propuesta de Convenio Marco Interinstitucional a suscribirse entre la UDEP y esta entidad, haconsiderado como objeto fortalecer las capacidades de capacitación, asistencia técnica y asesoramiento,investigación y uso racional de recursos humanos y financieros, opinando por la procedencia de la suscripción delmismo, quedando establecido que en la suscripción de este convenio no se puede considerar fines lucrativos,debiendo el proyecto de convenio ser sometido a consideración del Pleno del concejo, previo dictamen de laComisión de Economía y Administración;

Que, la Comisión de Economía y Administración, a través del Dictamen N°017-2012-CEYAlMPP, de fecha27 de febrero de 2012, recomienda a la Sra, Alcaldesa la suscripción del Convenio Marco de CooperaciónInterinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura, cuya fecha del Convenio seráa la suscripción de ambas partes;

SE ACUERDA:

Que, sometida a consideración de los señores regidores, la recomendación de la Comisión de Economía yAdministración, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de marzo de 2012, mereció su aprobación, por lo

1NC¡ que en uso de las atribuciones conferidas por la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;<( '>~s R¡ 4(

<:) '1: o..•. "0° ~'U~.. ~ ,=,_"i.'Q ;) eO;-;-Y~'J 4.J:,,:~,/ ARTICULO PRIMERO.- Autorizar a la señora Alcaldesa la suscripción del Convenio Marco de

::""[':,}'_/ Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Piura y la Universidad de Piura, que consta denueve (09) cláusulas que forman parte integrante del presente Acuerdo,

Page 2: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Acuerdo MunicipalDar cuenta alas Comisiones de Economía y Administración y de Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal,"Gerencia de Asesoría Jurídica,

I

REGíSTRESE, COMUNíQUESE, CÚMPLASE Y ARCHivESE.

ARTIcULO SEGUNDO.- Dar cuenta a las Comisiones de Economía y Administración y de DesarrolloUrbano, Gerencia Municipal," Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración, Territorial y deTransporte, Gerencia de Tecnologias y Sist.emas de Información y liI ~niversidad de Piura, para su conocimientoy fines consiguientes.

Page 3: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Acuerdo MunicipalDar cuenta alas Comisiones de Economía y Administración y de Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal,"Gerencia de Asesoría Jurídica,

Objeto del Convenio

CONVENIOMARCO DE COOPERACiÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE PIURA y LA UNIVERSIDAD DE PIURA

Conste por el presente documento, el CONVENIO MARCO DE COOPERACiÓNINTERINSTITUCIONALque celebran, de una parte, La Municipalidad Provincial de Piura,debidamente representada por su Alcaldesa, Sra. Ruby Rodríguez Vda. de Aguilar, condomicilio legal en Jirón Ayacucho W 377, Plaza de Armas de Piura, que en adelante se ledenominará LA MUNICIPALIDAD y, de otra parte, La Universidad de Piura, con N° deR.U.C. 20172627421, con domicilio en Av. Ramón Mugica N° 131, Urbanización SanEduardo, Piura, debidamente representada por su Rector, Sr. Antonio Abruña Puyol, conpoderes inscritos en la Partida Electrónica N" 11010102 del Registro de PersonasJurídicas Creadas por Ley de la Zona Registral I - Sede Piura, que en adelante se lesdenominará LA UNIVERSIDAD; en los términos y condiciones siguientes:

1• Las partes

1.1 LA MUNICIPALIDAD, según la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N" 27972, esun órgano de gobierno, promotor del desarrollo de la Provincia de Piura, con personeríajurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Comogobierno local, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia.

fROV 1.2 LA UNIVERSIDADes un sujeto de derecho privado sin fines de lucro, creada porcl..¡o( ey 17040. Sus fines son; la enseñanza universitaria, la promoción y divulgación de lao .'; vestigación científica y tecnológica en todos los campos, la preparación profesional de~ s alumnos, así como promover una labor ~e extensión universitaria a la comunidad.~ .

{/¥.•~

~¡...O DE ,.;E~objeto del presente Convenio es integrar esfuerzos interinstitucionales para contribuir"c$- íép desarrollo integral sostenible y armónico de la comunidad piurana, a través de:il f>,SE.SOR\f>, y . Capacitación, asistencia técnica y asesoramiento. .:::> i\..E.Gf>,\.. Investigaciones y otras actividades de interés general

Uso racional de recursos humanos, financieros y de infraestructura de ambasinstituciones.

Obligaciones de las partes:

LA MUNICIPALIDAD:

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Proporcionará apoyo a través de sus profesionales, técnicos o especialistas parala identificación, elaboración e implementación de actividades y/o proyectos.Gestionar ante instituciones peruanas y/o extranjeras, la obtención de fondosque permitan el desarrollo de las acciones materia del presente Convenio.

DELA UNIVERSIDAD:

Brindar capacitación, asistencia técnica, asesoramiento, según los requerimientosde LA MUNICIPALIDAD.Implementar, conjuntamente con LA MUNICIPALIDAD, planes, programas yproyectos enmarcados en los objetivos del presente Convenio.Realizar conjuntamente investigaciones y otras actividades de interéscompartido; así como los requeridos específicamente por LA MUNICIPALIDAD.Contribuir al. uso racional de recursos humanos, financieros y de infraestructura'en aplicación de actividades conjuntas.Contribuir a la gestión ante instituciones peruanas y/o extranjeras, la obtenciónde fondos que permitan el desarrollo de las acciones materia del presenteConvenio.

4. De la ejecución

Para los proyectos concretos en que intervengan, LA MUNICIPALIDADY LA UNIVERSIDADcelebrarán, en cada oportumdad, convenios' específicos para realizar las actividades,objeto del convenio, estableciendo las condiciones, que cada uno de ellos exija, para eldesarrollo de los fines del presente convenio.

"4<"1; De los recursose~

••~;;- MUNICIPALIDAD y LA UNIVERSIDAD,convienen en aportar, dentro del marco de sus. posibilidades, los elementos necesarios pára el cabal, cumplimiento de las actividadespropuestas. Los aportes podrán constituirse en personal, servicios, instalaciones,

<;,\DAD instrumental u otro tipo de recursos que coadyuven al logro de los objetivos planteados~'v~ o~ ue se establecerán de común acuerdo.~' ~:::;; ASESOR/A ."

LEGAL eo gastos de las actividades que se financien, en el presente Convenio Marco y en losC venios Específicos que se aprueben, solo deben ser para cubrir los costosé1ministrativos necesarios para cumplir con el compromiso asumido en el convenio, queno generarán ninguna utilidad a las partes.

De la coordinación

en el

de la ejecución, seguimientolos avances y resultados 'del. corivenio-a .~.

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7. Plazo de duración

El presente Convenio tendrá vigencia de un año, a partir de su firma, renovable previoacuerdo de las partes.

8. ResoliJción:

8.1 En caso de que una de las partes decida resolver el presente convenio, deberádar aviso por escrito a las otras con una anticipación no menor de 90 días.

Las partes acuerdan que aún en caso de resolución del presente conveniocontinuarán las acciones correspondientes a los contratos o proyectos específicoshasta su total culminación. Para el caso de resolución de un contrato específico,los efectos de ésta vendrán determinados en cada uno de ellos.

Solución de Controversias

Ambas partes convienen expresamente que cualquier controversia que se suscite en laejecución del presente convenio, incluidas las de su nulidad e invalidez, se someta aarbitraje, que será necesariamente uno de Derecho, con laudo inapelable. Cada una de

IN las partes nombrará un Árbitro y éstos conjuntamente nombrarán al Presidente del;- 'bunal Arbitral, el mismo que tendrá su sede en la ciudad de Piura.~Cl~m~~~~ ego de leídas las cláusulas precedentes, las partes se ratifican en su contenido y no'habiendo mediado dolo, vicio o error que lo invaliden, lo firman en dos ejemplares en laciudad de Piura a los 23 días del mes de marzo de 2012.

AntonioftrblRa PuyolRector

Universidad de Piura