municipalidad metropolitana de lima · ubicados en la zona sur y la zona sur-centro de la ciudad....
TRANSCRIPT
1
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU
PROYECTO DE BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
EN LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE
TRANSPORTE DE LIMA
Lima, abril 2014
2
CONTENIDO
1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA .................................................. 6
1.1 CONVOCATORIA ......................................................................................................................................6 1.2 DE LA LICITACIÓN ....................................................................................................................................7
1.2.1 Objeto de la Licitación .................................................................................................................7
1.2.2. Plazo de la Concesión .................................................................................................................7
1.2.3 Descripción de la Concesión ........................................................................................................7
1.2.3.1. Lineamientos ......................................................................................................................7
1.2.3.2. Corredores de Integración y Rutas de Aproximación .........................................................8
1.2.3.3. Relación entre la estructura del SIT y los Corredores de Integración y Rutas de
Aproximación .................................................................................................................................12
1.2.3.4. Contraprestación por el Servicio ......................................................................................13
1.2.3.5. Tecnología .........................................................................................................................14
1.2.3.6. Restricciones .....................................................................................................................14
1.3 DEFINICIONES .......................................................................................................................................15 1.4 LEYES APLICABLES A LA LICITACIÓN ...........................................................................................................23 1.5 FACULTADES DEL COMITÉ ESPECIAL ...........................................................................................................25 1.6 BASES Y CONTRATOS ..............................................................................................................................25 1.7 CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN ..............................................................................................................26 1.8 INTERPRETACIÓN Y REFERENCIAS ...............................................................................................................26
2. AGENTES AUTORIZADOS Y REPRESENTANTE LEGAL ........................................................ 27
2.1 AGENTES AUTORIZADOS .........................................................................................................................27 2.1.1. Designación ..............................................................................................................................27
2.1.2. Carta de Designación ...............................................................................................................27
2.1.3. Facultades Otorgadas ..............................................................................................................27
2.1.4. Información ..............................................................................................................................27
2.1.5. Notificaciones ...........................................................................................................................28
2.1.6. Sustitución ................................................................................................................................28
2.2 REPRESENTANTE LEGAL ...........................................................................................................................28 2.2.1 Designaciones y facultades .......................................................................................................28
2.2.2. Presentación del Poder .............................................................................................................29
2.2.3. Requisitos Formales para el otorgamiento de Poder ...............................................................29
2.2.4. Inscripciones en los Registros Públicos ....................................................................................30
2.2.5. Representación propia .............................................................................................................30
3. CONSULTAS E INFORMACIÓN ........................................................................................ 30
3.1 CONSULTAS SOBRE LAS BASES Y SUGERENCIAS A LOS PROYECTOS DE CONTRATOS ...............................................30 3.1.1 Plazo para efectuar consultas ...................................................................................................30
3.1.2. Formalidad de las Consultas ....................................................................................................30
3.1.3. Circulares ..................................................................................................................................30
3.1.4 Sugerencias a los Proyectos de Contratos ................................................................................31
3.2 ACCESO A INFORMACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN ...........................................................................................31 3.3 LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD .........................................................................................................32
3.3.1 Decisión Independiente de los Postores ...................................................................................32
3
3.3.2 Limitación de Responsabilidad .................................................................................................32
3.3.3 Alcances de la Limitación de Responsabilidad .........................................................................32
3.3.4 Aceptación por parte del Postor de lo dispuesto en el Numeral 3.3 ........................................32
4. REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO ................................................. 33
4.1 ETAPAS DEL PROCESO DE LICITACIÓN .................................................................................................33 4.1.1 Registro de participantes.........................................................................................................33
4.1.2 Registro de Vehículos ..............................................................................................................33
4.1.3 Sobre Nº 1: Entrega de documentación ..................................................................................33
4.1.4 Validación de la información por el Comité.............................................................................33
4.1.5 Asignación de vehículos y Registro de propuesta técnica por paquete ...................................34
4.1.6 Sobre Nº 2: Entrega de información vinculada a la asignación de vehículos y Registro de
propuestas técnicas por paquete .......................................................................................................34
4.1.7 Evaluación del Sobre Nº 2 .......................................................................................................34
4.1.8 Apertura del Sobre Nº 3 y adjudicación de buena pro ............................................................34
4.2 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ......................................................................................................34 4.3 IDIOMA ........................................................................................................................................35 4.4 DOCUMENTOS ORIGINALES ..............................................................................................................35 4.5 FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.........................................................................35 4.6 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS DE CARÁCTER VINCULANTE DE LAS BASES ...........................36 4.7 COSTO DE LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA...............................................................36 4.8 RESTRICCIONES ..............................................................................................................................36
5. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS (SOBRES N° 1, 2 Y 3) ............................................. 36
5.1 LUGAR Y FECHA ..............................................................................................................................36 5.2 CARÁTULAS ...................................................................................................................................37 5.3 DERECHO DE PARTICIPACIÓN ............................................................................................................37 5.4 REQUISITOS DEL REGISTRO DE PARTICIPACIÓN Y VEHÍCULOS (SOBRE N° 1) .................................................37
5.4.1 Requisitos Legales ...................................................................................................................37
5.4.2 Requisitos Técnicos ..................................................................................................................39
5.5 DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER EL SOBRE N° 1 .............................................................................40 5.6 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN POR PARTE DEL COMITÉ ESPECIAL ......................................................41 5.7 NOTIFICACIÓN Y SUBSANACIÓN ........................................................................................................41 5.8 PROCEDIMIENTO DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE LA PRECALIFICACIÓN ...........................................42
5.8.1 Solicitud de Reconsideración ...................................................................................................42
5.8.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración ..............................................................42
5.8.3 Apelación ..................................................................................................................................43
5.8.4 Gastos .......................................................................................................................................43
5.8.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación ............................................................................43
5.9 REQUISITOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA POR CADA PAQUETE (SOBRES N° 2) ..............................................43 5.9.1 Chatarreo de vehículos .............................................................................................................43
5.9.1.1 Cantidad de vehículos a ser chatarrizados con fondos propios ........................................44
5.9.2 Características de los vehículos que forman parte de la flota propuesta ................................44
5.9.2.1 Vehículos de la flota propuesta que correspondan a la longuitud del tipo de vehículo
requerido .......................................................................................................................................45
5.9.2.2 Antigüedad promedio de la flota propuesta ....................................................................46
5.9.3 Pertenencia al actual sistema de rutas ....................................................................................46
4
5.9.3.1 Nivel de superposición promedio de los vehículos de la flota propuesta con el paquete
de rutas ..........................................................................................................................................47
5.9.3.2 Vehículos presentados en el Sobre Nº 2 que correspondan a vehículos registrados en el
Padrón de GTU o GGTU .................................................................................................................47
5.9.4 Acceso a personas con movilidad restringida ..........................................................................48
5.9.5 Propiedad del espacio para patios y/o zonas de estacionamiento ..........................................48
5.9.6 Organización propuesta ...........................................................................................................49
5.9.6.1 Unidades de gestión .........................................................................................................49
5.9.6.2 Sistema de gestión y ayuda a la operación .......................................................................49
5.9.6.3 Capacitación ......................................................................................................................49
5.9.6.4 Intalaciones (Patios) ..........................................................................................................49
5.10 PRESENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 ............................................................................................................50 5.11 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 ................................................................................................................50 5.12 PROCEDIMIENTO DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SOBRE Nº 02 ............................51
5.12.1 Solicitud de Reconsideración ..................................................................................................51
5.12.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración .............................................................51
5.12.3 Apelación ................................................................................................................................51
5.12.4 Gastos.....................................................................................................................................51
5.12.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación ..........................................................................51
5.13 PRESENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 (PROPUESTA ECONÓMICA) ........................................................................52 5.14 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 3 ................................................................................................................52
5.14.1 Tarifa por pasajero .................................................................................................................53
5.14.2 Costo por kilómetro ................................................................................................................53
5.14.3 Tarifa por pasajero Transbordado .........................................................................................53
5.15 GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA .........................................................53
6. APERTURA DE PROPUESTAS .......................................................................................... 54
6.1 APERTURA DEL SOBRE Nº 2 ....................................................................................................................54
7. CALIFICACION DE PROPUESTAS TECNICAS (SOBRE N° 2) ................................................. 54
8. CALIFICACION DE PROPUESTAS ECONOMICAS (SOBRE N° 3) .......................................... 56
9. ADJUDICACIÓN ............................................................................................................. 58
9.1 PROCESO DE ADJUDICACIÓN ....................................................................................................................58 9.2 EMPATE DE PROPUESTAS ........................................................................................................................59 9.3 IMPUGNACIONES ...................................................................................................................................59
9.3.1 Reconsideración ........................................................................................................................59
9.3.2. Apelación ..................................................................................................................................60
9.3.3 Garantía de Impugnación .........................................................................................................60
9.4 LICITACIÓN DESIERTA ..............................................................................................................................60 9.5 SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN ..................................................................................................................61
10. PROCEDIMIENTO DE CIERRE ........................................................................................ 61
10.1 FECHA DE CIERRE .................................................................................................................................61 10.2 CONDICIONES PARA LA FECHA DE CIERRE: .................................................................................................61 10.3 GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO ........................................................................................................62
10.3.1 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión .....................................................62
10.3.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo ............................................................62
5
10.4 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA ..................................63 10.5 ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN .............................................................................64 10.6 INICIO DEL PLAZO DE CONCESIÓN ...........................................................................................................64
11. DISPOSICIONES FINALES .............................................................................................. 64
11.1 LEY PERUANA .....................................................................................................................................64
12. ANEXOS ...................................................................................................................... 64
6
1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
1.1 Convocatoria
La GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO (en adelante, “GTU”) órgano de línea de la Municipalidad
Metropolitana de Lima (en adelante, “MML”), es la instancia que convoca, a través del Comité Especial
designado por Resolución de Gerencia N° 102-2014-MML/GTU de fecha 25.03.2014, al proceso de Licitación
Pública N° 001-2014-MML/GTU para otorgar la concesión de los servicios de transporte público de personas
en los componentes del Sistema Integrado de Transporte (SIT): los Corredores de Integración y Rutas de
Aproximación, de conformidad con las especificaciones que se encuentran contenidas en las presentes Bases
de Licitación.
Para tales efectos y mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 194, la GTU recibió el encargo de la
Alcaldía Metropolitana de llevar a cabo el proceso de licitación pública para la concesión de las rutas y
servicios de transporte público diseñados por la GTU para los Corredores de Integración y Rutas de
Aproximación.
En línea con este encargo, la GTU –mediante Resolución de Gerencia N° 100-2014-MML/GTU- aprobó la
conformación de los Corredores de Integración del SIT1 así como la creación de 85 rutas y 32 servicios entre
aquellos vinculados a los mencionados corredores y aquellos designados como Rutas de Aproximación.
Ambos grupos de rutas fueron distribuidos en 47 Paquetes de Rutas que, de acuerdo con la misma
disposición, conformarán dos grupos a ser otorgados en procesos de licitación independientes. El primer
grupo de Paquetes de Rutas –materia del presente proceso- son listados a continuación:
1 Según la referida disposición, la descripción de los Corredores de Integración corresponde a lo detallado en el siguiente cuadro:
Descripción de Corredores de Integración
C. DE INTEGRACIÓN DESCRIPCIÓN LONG (Km)
1.- ANGAMOS Inicia en el cruce de la Av. Angamos Este con la Av. Encalada, continua
por la Av. Angamos Oeste, Av. Santa Cruz, culminando en el Ovalo Centro América
7.93
2.- BENAVIDES Inicia en el cruce con la Panamericana Sur continuando por la Av.
Benavides, Av. Larco (en el otro sentido toma la Av. Diagonal), Av. José Pardo hasta llegar al Ovalo Centro América.
8.39
3.- EJERCITO Toma la Av. Del Ejercito (nominada como Av. Armendáriz) desde
Ovalo Centro América hasta la Av. Brasil. 4.07
4.- UNIVERSITARIA Toma la Av. Universitaria desde la Av. Metropolitana hasta la Av. La
Marina. 14.82
7
Distribución de Paquetes – Grupo Uno
Paqte Rutas Flota
Paqte Rutas Flota
Paqte Rutas Flota
P-1 3 139
P-18 3 59
P-38 3 130
P-2 2 87
P-19 2 72
P-40 2 78
P-3 2 103
P-24 3 82
P-42 1 94
P-7 3 64
P-28 2 114
P-43 1 112
P-10 2 83
P-29 2 123
P-44 1 89
P-11 2 63
P-33 2 102
P-45 2 187
P-13 2 89
P-34 1 95
P-46 5 136
P-14 2 91
P-35 2 238
P-47 5 92
P-17 1 53
P-37 2 89
26 58 2,664
Los Paquetes de Rutas incluidos en el presente proceso de Licitación están constituidos por las rutas
ubicados en la zona sur y la zona sur-centro de la ciudad. Fueron seleccionados como parte de este proceso
en tanto mantienen una relación de complementariedad con los diseños de rutas previstos para el primer
Corredor Complementario a ser implementado de acuerdo con lo indicado en las Bases del Proceso de
Licitación N° 001-2012-MML/IMPL –Corredor Tacna-Garcilaso-Arequipa-. Este grupo está conformado por un
total de 26 Paquetes de Rutas, compuestos a su vez por 47 rutas y 11 servicios que involucran un total de
2.664 vehículos requeridos.
La Licitación se regirá por lo establecido en las presentes Bases.
1.2 De la Licitación
1.2.1 Objeto de la Licitación
La licitación tiene por objeto otorgar la concesión de la prestación del servicio público de transporte de
pasajeros en los Paquetes de Rutas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, cuyos detalles
constan en el Anexo Nº 1.
A cada postor favorecido con la Adjudicación de la Buena Pro se le otorgará la concesión para la prestación
del servicio público de transporte de pasajeros en el paquete de rutas de Corredores de Integración y Rutas
de Aproximación en el que obtenga el mayor puntaje.
1.2.2. Plazo de la Concesión
El plazo de cada una de las concesiones será de diez (10) años contados a partir de la fecha de Inicio de la
Operación, de acuerdo a lo señalado en el Contrato de Concesión. Dicho plazo podrá extenderse en los casos
así previstos en las Bases y en el Contrato de Concesión.
1.2.3 Descripción de la Concesión
1.2.3.1 Lineamientos
El presente proceso de Licitación se enmarca en el proceso de implementación del Sistema Integrado de
Transporte Público de Lima (SIT), creado por la Ordenanza N° 1613. El SIT responde a la necesidad de contar
con una red de rutas eficiente y racionalizada con el fin de atender adecuadamente las necesidades de
8
movilización en Lima Metropolitana. La nueva red de rutas a implementar con el nuevo sistema permitirá a
los usuarios viajar a través de la ciudad en menores tiempos y mediante el pago de la tarifa -o precio del
pasaje- correspondiente. Esta nueva red plantea el rediseño de las rutas existentes, con el fin de disminuir la
superposición de recorridos, atendiendo a su vez, de manera eficiente, las necesidades de movilización de la
población y permitiendo que mediante la prestación del servicio de transporte autorizado los operadores
puedan obtener beneficios por las inversiones que realicen.
En esa línea, el SIT se constituye como un sistema jerárquico de sub sistemas, eslabonados entre sí, los que
garantizan la movilidad de las personas en Lima. Esta estructura considera la jerarquía presentada a
continuación:
Jerarquía del Sistema Integrado de Transporte
El BRT – Metropolitano y la Línea 1 del Metro de Lima
Corredores Complementarios
Corredores de Integración
Corredores de Interconexión
Rutas de Aproximación
Transporte No Motorizado
El Metropolitano y la Línea 1 del Metro de Lima constituyen los ejes del sistema, sobre los cuales se
construye los demás subsistemas, entre ellos Corredores de Interconexión (subsistema que contempla el
diseño de rutas entre Lima y Callao, el mismo que deberá ser implementado como parte del Régimen de
Gestión Común a suscribir por las autoridades de ambas jurisdicciones). Los modos no motorizados, por otra
parte, se constituyen en el soporte de acceso e integración de las personas hacia los sistemas públicos de
transporte. En ese sentido, el SIT contemplará la integración de los nuevos servicios en buses a los
desplazamientos de peatones así como a los viajes efectuados en bicicleta a través de inversiones que
garanticen la intermodalidad entre medios de transporte.
Dentro de la jerarquía de subsistemas presentada, los subsistemas de Corredores de Integración y de Rutas
de Aproximación así como el Transporte No Motorizado se encuentran bajo responsabilidad de la Gerencia
de Transporte Urbano.
1.2.3.2. Corredores de Integración y Rutas de Aproximación
Tomando como base el Estudio elaborado por la Consultora Taryet –denominado “Informe técnico emitido
por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración
y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de
licitación”2- se replantearon, entre otros aspectos, los diseños de las rutas previsto para los servicios a cargo
de la GTU, considerando un nuevo escenario en el cual esta instancia procediera a licitar dichos servicios y, a
través de este esquema de otorgamiento, generara mecanismos de regulación tarifaria que garantizaran el
funcionamiento del sistema en un contexto de integración tarifaria entre los diferentes servicios (incluyendo
los correspondientes a los demás componentes del SIT).
2 Dicha Consultora fue seleccionada por el Banco de Desarrollo de América Latina -CAF como parte de las actividades previstas en el Convenio de
cooperación técnica en materia de transporte urbano firmado con la Municipalidad Metropolitana de Lima.
9
Los parámetros que se tomaron como base para los diseños de las rutas y servicios que componen los
Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, tienen como premisa:
Eliminar las posibles distorsiones generadas por una reducción en la cantidad de oferentes en el sistema,
a través de mecanismos para la regulación del sistema, incluyendo el aspecto tarifario.
Como consecuencia de lo anterior, implementar un nuevo sistema de retribuciones para los operadores
de transporte, pasando de un ingreso derivado exclusivamente de los pasajeros a uno que depende de
los pasajeros y de la cantidad de kilómetros recorridos y, como resultado, transformar el sistema pasando
de la “competencia en el mercado” (la “guerra del centavo”) a la “competencia por el mercado”.
Garantizar una real integración entre todos los subsistemas del SIT (operacional, de medios de pago y
tarifaria), lo que –entre otros aspectos- simplificará las reglas para realizar los descuentos por transbordo
para los usuarios.
Ofrecer un mayor nivel de estabilidad jurídica a los operadores de transporte dado el nivel de inversiones
requerido para la puesta en operación del sistema.
Para efectuar el nuevo diseño de las rutas correspondientes a Corredores de Integración y Rutas de
Aproximación, se tomó como base un modelo de transporte3 que incorpora toda la información disponible y
adapta dichos datos a una estructura temporal que responde a la realidad local, permitiendo análisis
detallados por periodos y acumulaciones a totales diarios4.
Sobre la base de esta herramienta se plantearon los nuevos diseños de rutas considerando:
La cancelación del íntegro de las rutas que componen el actual sistema de rutas de la ciudad de Lima.
En el caso de los Corredores de Integración:
i) La intervención en infraestructura vial que permita priorizar la circulación del transporte
público, y que, por tanto, eleve la velocidad de circulación en las vías que lo componen.
ii) Los diseños de rutas extendidos más allá del ámbito de las vías que componen el corredor.
iii) En esa línea, diseños continuos que permitan la circulación de una ruta en más de un
corredor y, con ello, reducir –en lo posible- la cantidad de transbordos en el sistema.
En el caso de las Rutas de Aproximación, los diseños propuestos no deberán sobreponerse a los
recorridos de los ejes troncales de los Corredores Complementarios, ni de los Corredores de
Integración.
3 El modelo fue construido por la Consultora Taryet como parte del Convenio de cooperación técnica con el Banco de Desarrollo de América Latina –
CAF.
4 El modelo de transporte (de cuatro etapas) ha utilizado como punto de partida los datos de los siguientes estudios:
Estudio para la Consolidación del Sistema Integrado de Transporte Público de Lima (SIT), realizado en el año 2010.
Estudio de Racionalización de Rutas de Transporte Público de Pasajeros en el Área de Influencia de la Línea 1 del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, realizado en el año 2011.
Servicio de encuestas origen/destino para la elaboración del estudio de demanda de la Línea 2 del Metro de Lima.
Servicio de Actualización del Viario para la Elaboración del Estudio de Demanda de la Línea 2 del Metro de Lima.
10
Las rutas de Corredores de Integración no tendrán rutas de alimentación exclusiva, siendo la función
de alimentación cubierta por las Rutas de Aproximación. Igualmente, las Rutas de Aproximación
cumplirán también la función de alimentar (directa o indirectamente) los subsistemas superiores:
Metropolitano, Línea 1 del Metro de Lima y CC.
Los recorridos propuestos tendrán como referencia de partida los recorridos actuales de las rutas,
tomando de ellas las partes que calcen dentro del concepto de integralidad y simplicidad de la red de
rutas y servicios.
Las rutas de los Corredores de Integración serán servidas exclusivamente por buses patrón de 12
metros como mínimo, a diferencia de las Rutas de Aproximación que tendrá como unidad mínima,
buses patrón de 9 metros.
Se diseña y modela un sistema básico de rutas de interconexión, los cuales conformarían en
perspectiva los Corredores de Interconexión (Colonial, Argentina, Tomás Valle, entre otras vías).
Las rutas y los servicios indicados en el punto anterior serán agrupados conformando “paquetes”, los
cuales serán las unidades mínimas para los procesos de licitación, entendiéndose por paquete a la
agrupación de una o más rutas y servicios, de acuerdo a los criterios siguientes:
i) Las rutas y servicios que conforman un paquete deberán mostrar una relación geográfica de
continuidad o complementariedad que facilite la interoperabilidad de vehículos entre las
rutas y servicios del paquete;
ii) los paquetes deberán estar conformados por una cantidad de vehículos tal que garantice la
presencia de economías de escala en la operación de los paquetes, siendo el número mínimo
de vehículos establecido el de 50 unidades;
iii) la combinación de rutas y servicios dentro de un paquete deberá minimizar en lo posible la
existencia de recorridos “muertos”, esto es, reducir los tramos entre el punto inicial-final de
la ruta y la zona de estacionamiento. Sobre esto es preciso indicar que por lo menos una de
las rutas del paquete debe tener su extremo inicial o final dentro de un radio de 1 kilómetro
respecto a zonas de estacionamiento actuales o existentes5.
Aproximadamente seis millones de pasajeros serán atendidos a través de los Corredores de
Integración y Rutas de Aproximación. Estos se distribuirán en un total de 85 rutas, las cuales poseen
un total de 32 servicios, considerando el siguiente orden:
i) Los Corredores de Integración se componen por un total de doce (12) rutas y doce (12)
servicios, divididos en:
- CI Angamos: cinco (05) rutas y un (01) servicio. - CI Benavides: cuatro (04) rutas y tres (03) servicios (de los cuales dos corresponden a una
ruta)
5 Para establecer la ubicación de zonas de estacionamiento, se consideró la información proporcionada por los actuales operadores a través de la
Auditoria Anual de Servicio del año 2011, efectuada entre el 31 de Enero al 13 de Febrero del 2012. Con base en esta información fueron ubicados 136 zonas de estacionamiento.
11
- CI Universitaria: tres (03) rutas y ocho (08) servicios (de los cuales dos rutas tienen tres servicios y una dos servicios).
Cabe indicar que el Corredor Ejercito es asumido como una vialidad de conexión y
continuidad de los Corredores Angamos, Benavides y Universitaria. Por otro lado, se ha
procurado la conexión del Corredor Universitaria con el Corredor Benavides, por lo que se
observan rutas que unen esos dos corredores.
Corresponde a Rutas de Aproximación un total de setenta y tres (73) rutas y veinte (20) servicios
(sólo dos servicios corresponden a una ruta),
La longitud promedio de las rutas (rutas de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, sin
incluir los servicios) es de 26.7 km, siendo para las longitudes promedio como sigue:
i) Corredores de Integración: 39.2 km (ida y vuelta)
ii) Rutas Aproximación: 23.0 km (ida y vuelta)
El tipo de vehículo requerido para cada ruta es el que corresponde al bus patrón de 9 y 12 metros. El total
de unidades requerida (sin incluir la flota reten), para todas sus rutas y servicios, de 4,983 buses,
calculados de acuerdo al diseño operacional de las rutas y servicios, y que son distribuidos de la manera
siguiente:
Flota Vehicular Requerida para Corredores de Integración y Rutas de Aproximación
CI y AP (Rutas y Servicios) Bus 12m Bus 9m Total
Corredor Integración 1331 - 1331
Rutas Aproximación (cortas) 2969 369 3338
Rutas Aproximación (Largas 219 95 314
Total 4519 464 4983
La prestación del servicio de transporte en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación la
realizarán operadores que cuenten con una concesión otorgada por GTU, obtenida como resultado del
presente proceso de licitación, según los términos establecidos en los respectivos contratos de concesión, la
programación general de los servicios y las normas aplicables al servicio.
Con la finalidad de instaurar una forma de prestación del servicio orientada a la satisfacción de las
necesidades de los usuarios, así como a incrementar los niveles de calidad y seguridad del servicio, sobre la
base de una operación económicamente rentable, se establece como una de las condiciones para la
prestación del servicio una organización empresarial mínima, así como parámetros técnicos de obligatorio
cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases.
12
1.2.3.3. Relación entre la estructura del SIT y los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación
Los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación corresponde a uno de los componentes del SIT y su
operación está directamente vinculada a la estructura prevista para este sistema en la Ordenanza N° 1613,
esto es, se eslabona con las funciones de los demás componentes de esta estructura para conformar una red
de rutas eficiente y racionalizada, que permita a los usuarios viajar a través de la ciudad en menores tiempos
y mediante el pago de la tarifa que facilite la integración entre modos de viaje.
Como parte de la estructura del SIT, se consideran los siguientes unidades de gestión:
Unidades de gestión del Sistema Integrado de Transporte
Empresas de Transporte de Pasajeros
Unidad de Recaudo del SIT
Centro de Control del SIT
Fideicomiso
Cada una cumpliendo funciones sobre la base de los conceptos presentados a continuación:
- El Centro de Control del SIT, contemplado en el artículo 7°, Numeral 7.1.1 de la Ordenanza N° 1613,
es responsable del planeamiento a nivel general, control y supervisión del funcionamiento del SIT.
Para tales efectos, el Concedente definirá e implementará directamente o a través de terceros, los
sistemas y/o soluciones informáticas necesarias y proveerá información a los Operadores, para el
cumplimiento de sus funciones de planeamiento detallado, gestión y administración de flota del o
los paquetes de rutas que operarán.
Dentro del ámbito del Centro de Control del SIT se incluirán progresivamente todos los componentes
del SIT, considerando lo señalado en los Contratos de Concesión vigentes. Se tiene previsto un único
Centro de Control para todo el SIT.6
- La Unidad de Recaudo del SIT, contemplada en el artículo 7°, Numeral 7.1.2 de la Ordenanza N°
1613, se encarga de la venta, recarga, distribución y validación de los medios de acceso del sistema,
así como del manejo y custodia de los ingresos respectivos hasta su entrega al fiduciario;
desarrollando además las funciones señaladas en el marco normativo aplicable. El Concesionario de
la Unidad de Recaudo será el responsable de la implementación del equipamiento a bordo, incluye
equipamiento de recaudo, información al usuario y gestión de flota, de los vehículos destinados a la
prestación del servicio en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación. Excepcionalmente,
los vehículos que no puedan ser implementados con los equipos correspondientes por el
Concesionario de la Unidad de Recaudo, serán equipados por cuenta y costo de los concesionario del
servicio de transporte, con equipos de las mismas especificaciones técnicas al implementado por el
Concesionario de la Unidad de Recaudo, previa verificación por parte de éste y con la aprobación y
supervisión del Concedente.
6 Artículo 7°, numeral 7.2 de la Ordenanza N° 1613.
13
- La(s) unidad(es) de fideicomiso se constituye a partir del patrimonio conformado por los ingresos
generados por la utilización del Servicio de Transporte de Pasajeros. La GTU podrá adscribirse a los
términos de referencia y condiciones que establezca PROTRANSPORTE para la contratación de las
unidades de gestión a su cargo.
- El Transporte de Pasajeros está a cargo de los Concesionarios que hayan obtenido la Adjudicación de
la Buena Pro para la prestación de los servicios que forman parte del SIT, entre ellos, los Corredores
de Integración y Rutas de Aproximación. Ello, de conformidad con lo establecido en las presentes
Bases, Contratos de Concesión y en la legislación vigente. De acuerdo a lo señalado en el artículo 7°,
Numeral 7.1.3 de la Ordenanza N° 1613, es la unidad a cargo de los operadores del servicio de
transporte, los cuales asumen responsabilidad por la adquisición y operación de los vehículos del
sistema.
Los Concesionarios de transporte de pasajeros del SIT –que incluye todos los servicios y rutas
administrados por GTU y PROTRANSPORTE- podrán formar parte de un único Consorcio
Coordinador, que se celebrará de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas sobre la
materia que aprueben GTU y Protransporte, el cual tendrá como uno de sus objetos funcionar como
centro de ingresos y costos en el/los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación.
Cabe indicar que, en tanto los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación son parte del SIT, su
implementación y funcionamiento considerarán el estado de todos los servicios de transporte público que
operen en Lima Metropolitana, conforme a Ley. En consecuencia, los servicios que se prestan en las rutas de
los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación podrán ser modificados, tanto en su recorrido como
en su diseño operacional -manteniendo una situación de equilibrio económico-, en respuesta a la
implementación cada uno de los componentes del SIT así como también en la medida que son ejecutados
proyectos referidos a nuevos sistemas de transporte masivo, tales como las líneas del Metro de Lima, que
cuenten con estudios y autorizaciones otorgadas conforme a Ley. Las modificaciones en las rutas no implica
la pérdida de la concesión, sino únicamente su eventual modificación en los términos señalados en los
respectivos Contratos de Concesión.
Excepcionalmente, con la finalidad de asegurar una adecuada transición en el proceso de reforma del
transporte público de Lima Metropolitana, los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación tendrán
una etapa de pre-operación, cuyo marco de funcionamiento, cronograma y reglas de operación se
establecen en el Anexo 1-G de las presentes bases, los mismos que caducan con el inicio de la etapa de
operación.
1.2.3.4. Contraprestación por el Servicio
Los Concesionarios tendrán derecho a la operación del Servicio de acuerdo con lo establecido en el Contrato
de Concesión y en las Leyes Aplicables.
El Concesionario tendrá derecho a recibir como contraprestación una remuneración en función a los
kilómetros recorridos y pasajeros efectivamente transportados. La distribución de los ingresos que genere el
14
Sistema se asignará de conformidad con lo establecido en los Contratos de Concesión y la programación
establecida por el Centro de Control del SIT.
La distribución de ingresos de los concesionarios se hará mediante formula definida en el Contrato de
Concesión, la misma que relaciona la cantidad de validaciones, kilómetros recorridos debidamente
validados, indicadores de calidad del servicio y de operación, entre otros, restando los descuentos por
penalidades,.
Los índices de Calidad del servicio y operación serán definidos en el Manual de Operación del Sistema,
distinguiéndose la etapa de pre-operación y operación a través de niveles calidad diferenciados.
1.2.3.5. Tecnología
Los vehículos nuevos que oferte el Concesionario deben cumplir con las Especificaciones Técnicas
establecidas en las presentes Bases y el Contrato de Concesión, pudiendo mejorarla sin perjuicio del
cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y de calidad mínimas del servicio que se especifiquen en el
Contrato de Concesión.
Los vehículos equivalentes que se oferten y que se emplearán para la prestación del servicio deberán
cumplir en general con las normas y regulaciones de carácter nacional y local, así como las indicaciones
contenidas en las presentes Bases de Licitación. Los vehículos equivalentes que cumplan o superen los
parámetros exigidos –de acuerdo con lo señalado en el Anexo X-5 de las presentes Bases- podrán continuar
prestando servicio durante el período de vigencia de la concesión.
1.2.3.6. Restricciones
a) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes
de consorcios no podrán pertenecer a ninguna entidad financiera, tampoco a los operadores de las
unidades de recaudo que se implementen para la prestación del servicio público de transporte de
personas en la provincia de Lima, ya sea como asociado, socio, accionista, integrante, o por
contrato laboral, prestación de servicios, brindado asesoría.
b) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes
de consorcios, no deben tener sentencia o laudo arbitral consentidos por proceso alguno
relacionado con el incumplimiento de alguna obligación con alguna Autoridad Gubernamental; o,
no deben tener impedimento o restricción alguna para contratar con el Estado Peruano.
c) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes
de consorcios, no deben encontrarse impedidos ni estar sujetos a restricciones por vía contractual,
judicial, legislativa u otras para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de estas Bases, de
la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el Artículo 1366 del Código Civil
Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que
aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada; y, los impedimentos contenidos
en los Numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14° de la Ordenanza N° 1599.
15
d) El Postor; sus socios, accionistas o miembros; apoderados; representantes legales y/o integrantes
de consorcios, no tengan litigio judicial, arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad
Metropolitana de Lima o alguna de sus dependencias, sobre temas relacionados al otorgamiento y
renovación de títulos habilitantes otorgados por la GTU para la prestación de servicios de
transporte urbano o contra las disposiciones dictadas por la MML para el reordenamiento y
reubicación de rutas.
1.3 Definiciones
Toda referencia efectuada en este documento a “Capítulo”, “punto“, “Numeral“, “inciso”, “Formulario”,
“Formato”, “Anexo“ y “Apéndices“ se deberá entender efectuada a capítulos, puntos, numerales, incisos,
formularios, formatos, anexos y apéndices de estas Bases, salvo indicación expresa en sentido contrario.
Los términos que figuren en mayúsculas en estas Bases y que no se encuentren expresamente definidos en
éstas, tendrán el significado que les atribuya las Leyes Aplicables. Las expresiones en singular comprenden,
en su caso, al plural y viceversa.
En estas Bases y en el Contrato de Concesión, los siguientes términos tendrán los significados que a
continuación se indica:
Acuerdo de Confidencialidad: Es el acuerdo que los Postores deberán celebrar con GTU, el cual se
les entregará en su calidad de participantes, directamente o a través de sus Agentes Autorizados. El
texto del Acuerdo de Confidencialidad figura como Anexo Nº 2 de las Bases.
Adjudicación de la Buena Pro: Es la declaración que efectúa el Comité Especial estableciendo cuál de las Propuestas presentadas por los Postores Calificados ha obtenido el puntaje más alto para hacerse acreedor a uno o más de los paquetes del Corredor de Integración o Ruta de Aproximación al que postula, en los términos y condiciones establecidos en las Bases de la Licitación. Las labores del Comité Especial culminarán una vez adjudicada la Buena Pro, sin perjuicio de la responsabilidad que se generen a partir de su actuación administrativa. En caso se impugne la decisión, la labor del Comité Especial culminará una vez que se resuelvan los medios impugnatorios que se hayan interpuesto.
Adjudicatario: Es el Postor Calificado favorecido con la adjudicación de la Buena Pro.
Agentes Autorizados: Son las personas naturales designadas como tales por el Postor conforme al
Numeral 2.1 de estas Bases.
Autoridad Gubernamental: Cualquier gobierno o autoridad nacional, regional o municipal, o
cualquiera de sus dependencias o agencias, regulatorias o administrativas, o cualquier entidad u
organismo del Estado de la República del Perú que conforme a ley ejerza poderes ejecutivos,
legislativos o judiciales, o que pertenezca a cualquiera de los gobiernos, autoridades o instituciones
anteriormente citadas.
Banco Extranjero de Primera Categoría: Es aquel banco extranjero así determinado por el Banco
Central de Reserva del Perú y que se encuentra incluido en la Circular Nº 0004-2012-BCRP de fecha
20-02-2012 o Circulares modificatorias.
16
Bases: Es el presente documento, incluidos sus Formularios, Anexos, Apéndices y las Circulares,
según sean modificados por el Comité Especial, el mismo que fija los términos bajo los cuales se
desarrollará la Licitación.
Bases Integradas: Es el documento denominado “Bases Integradas de Licitación: Concesión del
servicio público de Transporte de pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación
del Sistema Integrado de Transporte de Lima”, incluyendo cualquier Formulario, Anexo, Apéndice y
Circular emitido por el Comité Especial y que ha sido integrado por éste luego de haber efectuado la
última modificación, aclaración, y/o complementación a las Bases de acuerdo con sus facultades.
Buena Pro: Es el anuncio que efectuará el Comité Especial estableciendo cuáles son las mejores
Propuestas a las que se adjudicaran los Paquetes de Rutas o servicios de acuerdo a los términos y
condiciones establecidos en las Bases de la Licitación.
Capital Social: Es el importe monetario, o el valor de los bienes que los accionistas o socios del
Concesionario le aportan a ésta y están representadas mediante acciones o participaciones y que
queda contabilizado en una partida contable del mismo nombre.
Caducidad de la Concesión: Es la terminación del derecho de Concesión por las causales previstas en
el Contrato de Concesión.
Circular: Comunicaciones emitidas por escrito por el Comité Especial, sea de efectos específicos o
generales, con el fin de completar, aclarar, interpretar o modificar el contenido de estas Bases, de
otra Circular o absolver consultas formuladas por quienes estén autorizados para ello conforme a
estas Bases. Estas Circulares formarán parte integrante de las Bases.
Cuando las Circulares impliquen modificaciones a las Bases, requerirán aprobación de la Gerencia de
Transporte Urbano.
Centro de Control del SIT: Es la unidad orgánica de PROTRANSPORTE encargada de administrar los
Corredores de Integración y Rutas de Aproximación. Cuenta con las atribuciones señaladas en la
Ordenanza N° 873 y 1613. Tiene entre sus funciones: planificación, control, supervisión y
fiscalización de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación así como la integración y
coordinación con los otros Sistemas de Transporte en la ciudad.
Comité Especial: Es el comité designado por Resolución de Gerencia N° 102-2014-MML-GTU, de
fecha 25.03.2014, que tiene a su cargo la conducción de la Licitación desde su convocatoria hasta la
adjudicación de la buena pro o hasta que se produzca la cancelación del proceso o sea declarada
desierta la Licitación.
Concedente: La MML debidamente representada por la GTU.
Concesión: Es el título habilitante a otorgarse a través de este proceso de Licitación Pública, que
regulará el derecho a prestar el servicio público de transporte de personas en uno de los Paquetes
17
de Rutas del Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, conforme lo estipule el
Contrato de Concesión.
Concesionario: Es la persona jurídica constituida en el Perú, cuyo objeto social sea la prestación del
servicio de transporte urbano de pasajeros y/o actividades conexas, que ha suscrito el Contrato de
Concesión con el Concedente, luego de haber obtenido la Buena Pro para la prestación del Servicio
en el (los) Paquete(s) de Rutas a que se hubiere hecho acreedor y de haber cumplido los requisitos
establecidos para la Fecha de Cierre.
Contrato de Concesión: Es el conjunto de disposiciones cuyo modelo forma parte de las Bases, que representará el acuerdo de voluntades entre concedente y concesionario, por el cual se entrega en Concesión la operación del Servicio, definiendo los derechos y obligaciones de las Partes y regulando la Concesión otorgada al Concesionario.
Contrato de Consorcio o “consorcio”: Es el contrato por el cual dos o más personas naturales o jurídicas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía. Para los efectos de la presente Licitación Pública, el objeto del consorcio es su participación en los procedimientos de licitación para la obtención de la buena pro para la prestación del servicio público de transporte regular de pasajeros en las rutas diseñadas y aprobadas por la GTU.
Los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente proceso de Licitación Pública como bienes propios deberán ser transferidos a la persona jurídica que constituirán en caso obtengan la Concesión correspondiente.
El contrato de consorcio deberá establecer el régimen y los sistemas de participación en los resultados del consorcio que luego deberán reflejarse en la constitución de la persona jurídica, en caso obtenga la concesión para prestar el servicio público de transporte regular de personas.
Los consorciados deberán asumir todos los compromisos exigidos en las Bases y el Contrato de Concesión, a través del contrato de consorcio, con cargo a ratificar todos los actos realizados al momento de la constitución de la persona jurídica, en caso obtengan la bueno pro de la Licitación Pública.
Contrato de Fideicomiso de Administración: Es el contrato que se celebrará para la administración de los ingresos provenientes de la prestación del Servicio en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión. Contratos: Son el Contrato de Concesión y el Contrato de Fideicomiso de Administración.
Control Efectivo: Es el control que ejerce cualquier persona o conjunto de personas de una persona
jurídica, según lo dispuesto por el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupo
Económico, aprobado mediante la Resolución CONASEV Nº 005-2006-EF/94.10, incluyendo sus
modificatorias y las normas que la sustituyan.
18
Derecho de Participación: Derecho que debe abonar la persona jurídica o consorcio, que desee
participar como Postor en la Licitación, recibiendo un comprobante por parte de la MML como
acreditación de su pago. Puede ser pagado por el Postor o por alguno de sus socios o integrantes.
Días: Las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas a los días hábiles.
Entidad financiera: Se entiende como aquella empresa así definida conforme a los numerales 1, 2, 3,
4 y 5 del artículo 282° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencias de Banca y Seguros y de Administradoras de Fondos de
Pensiones, y que para los casos de emisión de garantías, se encuentra especificada en el Anexo Nº 3
de las Bases.
Estaciones: Puntos o lugares de ingreso, salida y/o conexión de pasajeros, ubicados en los
corredores o ejes viales troncales, con mecanismos de control, así como facilidades para la venta y
registro de medios de validación de acceso e infraestructura complementaria para los pasajeros y la
gestión del Sistema.
Fase de Pre-operación: Es el periodo que inicia en la Fecha de Cumplimiento de Condiciones de Pre-
Operación (FCCPO) y que culmina en la fecha de inicio de la Fase de Operación. Durante esta fase, el
Concesionario presta el Servicio conforme a lo indicado en el Anexo N° 1-G de estas Bases y en el
Manual de Operaciones del Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, y otras
disposiciones normativas o actuaciones administrativas complementarias. Durante esta Fase no se
computa el plazo de vigencia de la Concesión.
Fase de Operación: Es el período que se inicia en la fecha en que se cumplen las Condiciones de
Efectividad y culmina en la fecha en que se declara la Caducidad de la Concesión, conforme a lo
establecido en el Contrato de Concesión.
Fecha de Cierre: Es el día establecido en el Cronograma de la Licitación en el que se deben cumplir
con los requisitos para la firma del Contrato de Concesión, los que se detallan en el numeral
[……….]de la Cláusula [……….] del Contrato de Concesión.
Fecha de Cumplimiento de Condiciones de Pre-Operación (FCCPO): Es la fecha en la que se cumple
con las condiciones establecidas en el numeral [……….] de la Cláusula [……….] del Contrato de
Concesión y que son necesarias para el inicio de la Fase de Pre-Operación.
Fecha de Inicio de Pre-Operación (FIPO): Es la fecha en la que el Concesionario inicia la prestación
del servicio en las condiciones de Pre-Operación establecidas en el Anexo 1-G de estas Bases.
Fecha de Inicio de Operación: Es la fecha en la que, cumplidas las condiciones establecidas en el
numeral [……….] del Contrato de Concesión, se inicia el plazo de vigencia de la Concesión. Asimismo,
en esta fecha se inicia el cómputo del plazo obligatorio para el proceso de renovación de Flota
establecido en el Contrato de Concesión.
19
Fiduciario: Es la persona debidamente autorizada por la SBS, que tiene por objeto administrar el
patrimonio fideicometido constituido por los ingresos del sistema, con el objeto de cumplir con el fin
específico del fideicomiso: administración de los ingresos provenientes de la recaudación de los
servicios de transporte de personas en los Corredores de integración y Rutas de Aproximación de
acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión y demás disposiciones aplicables.
Fideicomisario: Son las personas a favor de quien se realizan los fines del fideicomiso. Es el
beneficiario directo de la operación fiduciaria, que serán los operadores del servicio de transporte, el
operador de recaudo y los órganos y/u organismos de la MML, según corresponda.
Fideicomitente: Es la Gerencia de Transporte Urbano, titular del servicio y del derecho de cobro por
la prestación del servicio de transporte, el cual transferirá al Fiduciario dichos ingresos a fin de
constituir un patrimonio fideicometido para el cumplimiento del fin específico: administración de los
ingresos provenientes de la recaudación de los servicios de transporte de personas en los Corredores
de Integración y Rutas de Aproximación de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.
Flota Acreditada: Es la flota de vehículos requeridos o equivalentes que el postor registró en el
SORSIT como parte de la presentación del Sobre N° 01, y fueron validados por el Comité Especial de
conformidad con lo establecido en el punto 4.1.4 de la presente Bases de Licitación.
Flota Asignada: Es la flota de vehículos favorecida con la buena pro para prestar el servicio de
transporte en el paquete de rutas licitadas. Dichas unidades pueden corresponder a vehículos
requeridos o equivalentes, comprometiéndose en este último caso a renovar dicha flota de acuerdo
a los compromisos asumidos en el Contrato de Concesión y/o en las presentes Bases.
Flota Operativa: Es la cantidad de vehículos que efectivamente prestan el servicio de transporte
público regular de personas de manera permanente e ininterrumpida en una ruta determinada.
Flota de Reserva: Es la flota que el Concesionario debe ofrecer como parte de la Flota Requerida,
con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio en situaciones excepcionales y que
representará el 5% de la flota operativa o su equivalente según sea el caso.
Flota Presentada: Es la flota de vehículos requeridos o equivalentes que el postor registrará en el
SORSIT como parte de la presentación del Sobre N° 01, la cual deberá ser acreditada con la remisión
de la documentación de acuerdo a lo establecido al punto 4.1.3 de las Bases.
Flota Propuesta: Es la parte de la Flota Acreditada que el postor propone utilizar para prestar el
servicio de transporte en la ruta o paquete de rutas licitadas. Dichas unidades pueden corresponder
a vehículos requeridos o equivalentes, comprometiéndose en este último caso a renovar dicha flota
de acuerdo a los compromisos asumidos en el Contrato de Concesión y/o en las presentes Bases.
Flota Requerida: Es la flota de vehículos con el tipo de unidad que técnicamente se requiere para
operar los servicios de transporte del Paquete de Servicios al cual se postula. Su composición está
especificada en cada Paquete de Servicios requeridos de conformidad con el Anexo N° 1 de las Bases
y el Anexo N° [……….] del Contrato de Concesión.
20
Fondo de Reserva: Fondo destinado al equilibrio económico-financiero del sistema u otros fines que
GTU estime en beneficio de la calidad y mantenimiento de los servicios públicos de transporte. Su
valor se establecerá en el Anexo N° [……….] del Contrato de Concesión.
Garantía de Fiel Cumplimiento: Es la fianza bancaria obtenida por el Concesionario, emitida por una
entidad financiera, conforme al numeral [……….] de la Cláusula [……….] del Contrato, para asegurar el
cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo las
clausulas penales; y con excepción de aquellos casos en los que se haya previsto la constitución de
garantías para obligaciones específicas de acuerdo a lo previsto en el Contrato.
Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo: Es la fianza bancaria obtenida por el
Concesionario, emitida por una entidad financiera, conforme al numeral [……….] de la Cláusula
[……….] del Contrato, conforme al modelo de Carta Fianza que se incluye en el Modelo 2 del Anexo
Nº 5 de las presentes Bases.
Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta: Es la fianza bancaria obtenida por el
Postor otorgada en los términos del Numeral 5.15 para asegurar la validez, vigencia y cumplimiento
de su Propuesta, conforme al modelo de Carta Fianza que se incluye en el Anexo Nº 6 de las
presentes Bases. Se presenta en el Sobre N° 2, de acuerdo al cronograma aprobado en las presentes
Bases y modificatorias dispuestas por el Comité Especial.
GTU: Es la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
GGTU: Es la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial de Callao.
Grupo Económico: Es todo aquel grupo económico conforme a la definición establecida por el
Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupo Económico, aprobado mediante la
Resolución CONASEV Nº 090-2005-EF/94.10, incluyendo sus modificatorias y las normas que la
sustituyan.
Índice Pasajero Kilómetro (IPK): Índice igual al número de pasajeros transportados entre el número de kilómetros recorridos en un determinado periodo.
Licitación: Es la Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU, que tiene por objeto otorgar la concesión
de la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en los paquetes de servicios del
Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación.
Leyes Aplicables: Son las que se indican en el Numeral 1.4 de las Bases.
Manual de Operación del Sistema: Es el documento emitido por el Concedente, en concordancia
con estas Bases, el Contrato de Concesión, y otras disposiciones normativas o actuaciones
administrativas complementarias, por medio del cual se establecen los parámetros y lineamientos de
operación del Servicio.
Medio de Validación de Acceso: Soporte o medio utilizado para el pago de la tarifa o pasaje del servicio de transporte público, como: tarjetas inteligentes, teléfonos, boletos o similares.
21
Municipalidad (MML): Es la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Nuevo Sol o S/.: Es la moneda o el signo monetario de curso legal en el Perú.
Operador: Se considera como tal al Concesionario, desde la FIPO hasta la culminación de la
Concesión a su cargo.
Operadores: Son, conjuntamente, todos los Concesionarios de los Corredores de Integración y Rutas
de Aproximación.
Ordenanza N° 1613: La que crea el Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana
(SIT), aprueba el Plan Regulador de Rutas y Modifica el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de
Lima en lo que corresponde a la Gerencia de Transporte Urbano.
Paquete de Rutas: es el conjunto de rutas y/o servicios en los Corredores de Integración y Rutas de
Aproximación que se licitan en forma integrada y cuya operación se encuentra definida en los
Contratos de Concesión.
Paraderos: Es el lugar de la vía pública autorizado por la GTU para cada ruta en su respectivo sentido
de circulación y que se encuentra provisto de señalización. El paradero de transporte es utilizado
para el embarque y desembarque de personas.
Pasaje(s): Monto que debe abonar el Usuario del servicio de transporte público de pasajeros que se
presta en el Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación a favor del Concedente,
aplicable en función a: tipo de servicio, esquema de descuento por integración, promociones y otros
que determine el Concedente. Se establece de conformidad con la Cláusula [……….] y el Anexo N°
[……….] del Contrato de Concesión.
Pasajero: Es la persona natural que utiliza el servicio de transporte público de pasajeros que se
presta a través de los servicios conformantes del SIT, previo pago de la tarifa establecida, salvo las
excepciones previstas en la normativa vigente.
Patio: Inmueble, de propiedad del Concesionario o de un tercero para el uso exclusivo del
estacionamiento, limpieza y mantenimiento básico de la flota de Vehículos destinada al Servicio.
Debe corresponder con las especificaciones establecidas en las presentes Bases.
Patrimonio Neto: Es el conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica que son
susceptibles a una estimación económica de acuerdo a lo establecido en el Numeral 5.4.3 acápite a)
de estas Bases.
Persona: Es cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que puede realizar actos
jurídicos y asumir obligaciones en el Perú.
Perú: Es la República del Perú, incluyendo cualquier división o subdivisión política de la misma.
22
Postor: Es una persona jurídica constituida en el Perú o consorcio que se encuentre registrado en el
SORSIT, previo pago del Derecho de Participación de la Licitación. El postor tendrá derecho a realizar
consultas a las Bases de Licitación, propuestas al Contrato de Concesión, en el marco de la etapa
correspondiente, así como interponer impugnaciones contra los actos administrativos que le
generen algún tipo de agravio, entre otros, según lo establecido en el presente documento. La
condición de postor se mantendrá hasta que culmine el proceso licitatorio, o su descalificación
quede firme en sede administrativa, lo que ocurra primero.
Postor Calificado: Es el Postor que se encuentra habilitado para la apertura del Sobre Nº 3, de
acuerdo a lo normado en la presente Base.
Postor Descalificado: Es el Postor que no cumplió con los Requisitos establecidos en algunas de las
etapas del presente proceso licitatorio, por tanto no será evaluado en las siguientes etapas.
Propuesta Económica: Es la oferta económica que presenta el Postor para obtener la Concesión de
la operación del Servicio, en el paquete de servicios al cual postula, que presentada en el Sobre Nº 3,
la cual deberá contener todos los requisitos exigidos para su evaluación, caso contrario el postor
será descalificado. Dichos requisitos están contenidos en el Numeral 8 de las Bases.
Propuesta Técnica: Es la oferta técnica realizada por el Postor para obtener la Concesión de la
operación del Servicio, en el paquete de servicios al cual postula que será presentada –a través del
SOSIT- en el Sobre Nº 2 y que contiene los requisitos que permitirán su evaluación. Dichos requisitos
están contenidos en el Numeral 7 de las Bases.
PROTRANSPORTE: Es el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, ente gestor del Sistema de
Corredores Complementarios, que se encuentra a cargo de su implementación, administración y
control.
Reglamento del Sistema de Corredores Complementarios (también llamado “Reglamento”): Es la
norma que regula el funcionamiento del Sistema de Corredores Complementarios, definido en la
Ordenanza Nº 1613. Contiene disposiciones relacionadas con: prestación del servicio; derechos y
obligaciones de los usuarios; infracciones y sanciones; servicios complementarios, entre otros. Se
aprueba mediante Ordenanza.
Representante Legal: Es la persona natural designada como tal por el Postor conforme al Numeral
2.2 y a quien se le otorga las facultades, allí señaladas.
Servicio: Es el recorrido que forma parte de una ruta que operará de acuerdo a lo establecido por la
GTU respecto de horarios, tramos y frecuencia.
SIT: Es el Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana, creado mediante
Ordenanza Nº 1613, compuesto por las distintas modalidades de ámbito provincial. Cuenta con
integración física y operacional, de medios de pago y tarifaria.
23
Sobre N° 1: Es el sobre que contiene los documentos especificados en el Numeral 5.5
a ser presentados por un Postor. El objeto de este sobre es acreditar la identificación del postor y los
vehículos que serán propuestos para la operación según lo establezca el postor como parte del Sobre
N° 2.
Sobre N° 2: Es el sobre que contiene los documentos especificados en el Numeral 5.11, a ser
presentados por un Postor. El objeto de este sobre es asignar los vehículos acreditados en el Sobre
N° 1 a las rutas que forman parte del paquete(s) de ruta(s) a la(s) que el postor se presenta, así como
plantear una propuesta técnica de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, la cual también
será objeto de evaluación.
Sobre N° 3: Es el sobre que contiene la propuesta económica a ser presentados por un Postor
respecto del paquete(s) de ruta(s) a la(s) que el postor requiere, de acuerdo con el Formulario Nº 2
del Anexo Nº 4 de las presentes Bases. Este Sobre se entregará como parte de la documento a
presentarse en el Sobre N° 1.
Sistema de Otorgamiento de Rutas del Sistema Integrado de Transporte o “SORSIT”: Es un
aplicativo informático elaborado por la GTU que tiene por objeto brindar una plataforma al servicio
de los postores para la conducción del procedimiento de licitación. Tiene como principales funciones
el registro de los postores, vehículos, representantes legales, entre otros; así como la evaluación de
las propuestas de conformidad con la información registrada.
Usuario: Es el pasajero y/o sujeto de derecho que utiliza el servicio de transporte público.
Vehículo Requerido: Unidad vehicular destinada al servicio, correspondiente a la tipología vehicular
definida para cada Paquete de Rutas, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases.
Vehículo Equivalente: Es el vehículo que se encuentra registrado en la Gerencia de Transporte
Urbano de la MML o la Gerencia General de Transporte Urbano que cumple las condiciones
establecidas en el presente documento, el cual -a pesar de no corresponder al tipo de vehículo
requerido-, pueden presentarse en sustitución del vehículo requerido de acuerdo a lo establecido en
las equivalencias propuestas en el punto 5.4.2 de las Bases de Licitación y/o Contrato de Consorcio.
Los vehículos propuestos como flota equivalente necesariamente deberán ser objeto del proceso de
renovación de Flota, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Vehículo Nuevo: Es todo aquel Vehículo que cumple con las características establecidas en los
artículos 25° y 26° de la Ordenanza N° 1599, y con las especificaciones técnicas establecidas en las
presentes Bases.
1.4 Leyes Aplicables a la Licitación
La Licitación y todos los actos vinculados a la misma se regirán por:
• Constitución Política del Perú.
• Código Civil Peruano.
24
• Ley N° 26887 Ley General de Sociedades.
• Ley N° 27972, ampliatorias, modificatorias y/o complementarias: Ley Orgánica de Municipalidades.
• Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que
regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de
servicios públicos.
• Ordenanza N° 799 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que establece las funciones y
atribuciones del órgano encargo de velar por el cumplimiento de los contratos de participación de
la inversión privada local.
• Ordenanza N° 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Reglamento para la
Promoción de la Inversión Privada.
• Ordenanza N° 954 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que establece los lineamientos de
política municipal de transporte público urbano para el área de Lima Metropolitana
• Ordenanza N° 1595 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba las disposiciones
aplicables a los programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas para el área de
Lima Metropolitana
• Ordenanza N° 1599 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que regula la prestación del
Servicio Público de Transporte Regular de Personas en Lima Metropolitana.
Ordenanza N° 1613 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, crea el Sistema Integrado de
Transporte Público de Lima, aprueba el Plan Regulador de Rutas y modifica el TUPA de la
Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que corresponde a la Gerencia de Transporte Urbano.
• Decreto Supremo N° 060-96-PCM, Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango
de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de
infraestructura y de servicios públicos.
• Acuerdo de Concejo N° 194 que declara la red vial de Lima Metropolitana como vías saturadas y
que autoriza a la Gerencia de Transporte Urbano la entrega en concesión de los servicios de
transporte público regular de personas en las rutas que se encuentran bajo su competencia, de
acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Nº 1613.
• Decreto Legislativo N° 1012, que aprueba la ley marco de asociaciones público - privadas para la
generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción
de la inversión privada.
• Decreto Supremo N° 146-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012.
25
Así como cualquier otra norma aplicable a la Concesión, según sean modificadas, derogadas, sustituidas o
interpretadas en el futuro.
Se considera, sin admitirse prueba en contrario, que todo Postor, Adjudicatario, Concesionario o Persona
que, de manera directa o indirecta, participe en la Licitación, conoce las Leyes Aplicables.
1.5 Facultades del Comité Especial
1.5.1 El Comité Especial tiene como función conducir el proceso de Licitación para otorgar en Concesión la
prestación del Servicio. Está facultado, entre otros, para conducir, regular, modificar, supervisar, controlar y
dictar todas las disposiciones que resulten pertinentes o que estime necesarias para la ejecución de dicho
proceso, resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases o en las Leyes Aplicables y, en general,
para ejercer todas las demás atribuciones que le asignan las Leyes Aplicables. Cualquier modificación de las
Bases deberá ser previamente aprobada por la Gerencia de Transporte Urbano.
1.5.2 La Licitación podrá ser suspendida o cancelada si así lo estimare conveniente el Comité Especial, con
expresión de causa debidamente fundamentada y sin incurrir en responsabilidad de ninguna índole como
consecuencia de ello.
1.5.3 La sola presentación de la información prevista y/o solicitada por el Comité Especial no obliga al
Comité Especial a aceptar la referida propuesta.
1.5.4 La sola presentación de información y documentación por parte del Postor implica el pleno
conocimiento, de todos y cada uno de los procedimientos, obligaciones, condiciones y reglas, sin excepción,
establecidas en las Bases, las mismas que tienen jurídicamente carácter vinculante para aquellos, así como
su renuncia irrevocable e incondicional a plantear, ante cualquier fuero o autoridad, cualquier acción,
reclamo, demanda o solicitud de indemnización contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Comité
Especial, GTU, los Asesores por el ejercicio de las facultades previstas en estas Bases.
1.5.5 Salvo lo expresamente estipulado en sentido contrario en estas Bases, las decisiones del Comité
Especial con relación a esta Licitación son definitivas, no darán lugar a indemnización de ninguna clase y no
están sujetas a impugnación en el ámbito administrativo o judicial, salvo los casos expresamente previstos
en estas Bases. En consecuencia, por el solo pago del Derecho de Participación en la Licitación o su
participación en esta Licitación, las Personas que estén comprendidas bajo los alcances de estas Bases,
renuncian a interponer cualquier recurso de impugnación contra tales decisiones, salvo que las Bases
establezcan expresamente lo contrario.
1.5.6 El Concedente de la operación del Servicio es GTU, de acuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas N°
1613. En consecuencia, GTU se encuentra facultado para suscribir el Contrato de Concesión.
1.6 Bases y Contratos
1.6.1. Las Bases y Contratos serán publicados en la página web de GTU (www.gtu.munlima.gob.pe) en las
fechas previstas en el Numeral 1.7 de estas Bases.
26
1.6.2 El Contrato de Concesión contiene las Especificaciones Técnicas de la operación del Servicio, objeto de
la Concesión.
1.6.3 Los Postores podrán presentar consultas a las Bases y sugerencias al proyecto de Contrato de
Concesión dentro de los plazos indicados en el Numeral 1.7. El Comité Especial tiene la potestad o atribución
de aceptar las sugerencias y/o comentarios que los Postores formulen a los proyectos de Contratos, así
como las propuestas de modificación a las Bases que planteen a través de las consultas a las Bases.
1.7 Cronograma de la Licitación
El Cronograma de Licitación actualizado se dará a conocer mediante publicación en la página Web de GTU
(www.gtu.munlima.gob.pe).
El Comité Especial podrá modificar las fechas del Cronograma dando cuenta del hecho a la Gerencia de
Transporte Urbano, lo cual será comunicado a los Postores mediante Circular.
Salvo los casos en que se indique expresamente lo contrario, el plazo máximo del día para la entrega de
documentación, vencerá a las 17:00 horas de Lima – Perú, salvo disposición expresa del Comité Especial.
1.8 Interpretación y referencias
1.8.1 Los términos y expresiones utilizadas en estas Bases se interpretarán en su sentido natural y obvio,
salvo que específicamente se les haya asignado otro significado en este documento o sus anexos, o se infiera
del contexto del mismo; y en cualquier caso, de acuerdo a las normas vigentes en el Perú. Se considera, sin
admitirse prueba en contrario, que todo participante en este proceso conoce las leyes y regulaciones
vigentes en el Perú y aplicables a este caso.
1.8.2 Los títulos de los capítulos, numerales, incisos, formularios y anexos de las Bases son utilizados
exclusivamente a efectos indicativos y no afectarán la interpretación de su contenido.
1.8.3 En caso de contradicción entre lo previsto en estas Bases y lo estipulado en alguno de sus anexos,
primará lo previsto en las Bases, salvo que en los anexos se haya señalado expresamente, en forma clara e
inequívoca, que su contenido modifica lo previsto en las Bases. En todos los casos, los contenidos de las
Circulares a que se hace referencia en estas Bases, predominan sobre las disposiciones de las Bases aunque
no se manifieste expresamente, salvo el caso de las Bases Integradas que predominarán sobres las Circulares
emitidas antes de dicha integración. Asimismo, las Circulares prevalecen sobre los Anexos en cualquier caso.
27
2. AGENTES AUTORIZADOS Y REPRESENTANTE LEGAL
2.1 Agentes Autorizados
2.1.1. Designación
Cada Postor, antes de recibir información general o efectuar consultas al Comité Especial, deberá designar
dos personas naturales con domicilio común en la ciudad de Lima como sus Agentes Autorizados a efectos
de la Licitación.
La designación de un Agente Autorizado habilita al mismo a ejercer las facultades indicadas en el Numeral
2.1.3 de las presentes Bases.
2.1.2. Carta de Designación
La designación de los Agentes Autorizados deberá hacerse mediante una carta simple firmada por un
Representante Legal del postor señalando expresamente las facultades indicadas en el Numeral 2.1.3 y la
información exigida en el Numeral 2.1.4. Para el caso de personas jurídicas se deberá adjuntar Certificado de
Vigencia de Poder emitido por SUNARP con una antigüedad no mayor de un (01) mes, en el cual se indiquen
expresamente las facultades del representante legal. Para el caso de consorcio se debe presentar el Contrato
de Consorcio, en el cual se consigne el representante común del Consorcio y/o documento notarial en el que
conste la delegación de poderes expresa a un representante común, el cual deberá estar suscrito con firmas
legalizadas de cada uno de los representantes de los consorciados.
2.1.3. Facultades Otorgadas
Los Agentes Autorizados debidamente designados podrán actuar indistintamente el uno del otro y no
necesariamente en forma conjunta y serán las únicas personas facultadas por el Postor, según corresponda,
para: (i) Comunicarse formalmente con el Comité Especial y los Asesores, todos los asuntos, incluida la
facultad de formular consultas sobre las Bases de conformidad con el Numeral 3.1.1, con excepción de
aquellos que sean de competencia exclusiva del Representante Legal de acuerdo con el Numeral 2.2.1, que
pudieran presentarse en conexión con los Requisitos de Calificación, los documentos presentados en el
proceso, la Propuesta y, en general, todos los documentos y trámites relacionados con la Licitación y las
Bases; (ii) responder por escrito, en nombre del Postor y con efecto vinculante para su poderdante, todas las
preguntas que el Comité Especial formule con relación al Postor; (iii) recibir notificaciones administrativas,
judiciales o extrajudiciales, en nombre y representación del Postor respectivo; y (iv) suscribir con efecto
vinculante para el Postor, el Acuerdo de Confidencialidad a que se hace referencia en el Numeral 3.2.
2.1.4. Información
La información que deberá proporcionarse con relación a cada uno de los Agentes Autorizados será la
siguiente: nombre y documento de identidad. Asimismo se designará de manera común para ambos Agentes
Autorizados: (i) el domicilio en la ciudad de Lima; y, (ii) los números de teléfono.
28
2.1.5. Notificaciones
Todas las notificaciones dirigidas al Postor durante las etapas del proceso de licitación, se comunicarán vía
correo electrónico, sin perjuicio de consignar un domicilio legal para notificaciones excepcionales por escrito,
el cual deberá ser consignado de forma obligatoria: (i) como parte del registro que realizará en el SORSIT; y.
(ii) en el documento en el que se realicen las consultas a las Bases y propuestas al Contrato de Concesión. A
través de dicho correo electrónico se comunicará al postor la recepción de las actuaciones administrativas
generadas durante el proceso de licitación.
2.1.6. Sustitución
El Postor, previa comunicación escrita dirigida al Comité Especial por su Representante Legal, podrá sustituir
a cualquiera de los Agentes Autorizados en cualquier momento. La designación de los Agentes Autorizados,
la sustitución de uno o de ambos, o la designación de un nuevo Agente Autorizado, surte efecto en la fecha
que el Comité Especial reciba tal comunicación.
2.2 Representante Legal
2.2.1 Designaciones y facultades
Todos los documentos que un Postor, Adjudicatario o Concesionario presente con relación a esta Licitación,
deberán estar firmados por su Representante Legal, quien debe encontrarse debidamente facultado para tal
efecto, de conformidad con lo dispuesto en este Numeral. El Postor, el Adjudicatario o el Concesionario
deberá designar a un Representante Legal para que lo represente, sea en forma conjunta o individualmente.
Para el caso en concreto de este Proceso de Licitación, el representante será designado a través del SORSIT
una vez registrado el Postor, lo cual será validado con la documentación entregada con el Sobre N° 1. Sin
perjuicio de ello, para la etapa de consultas a las Bases y Sugerencias al Contrato de Concesión, todos los
postores deberán designar a su representante legal mediante escrito simple, en el cual se le deberá
identificar y acompañar un Certificado de Vigencia de Poder del representante con una antigüedad no mayor
de un (01) mes, y para el caso de consorcio el contrato elevado a escritura pública, en el cual se debe
identificar al representante común y/o documento notarial en el que conste la delegación de poderes
expresa a un representante común, el cual deberá estar suscrito con firmas legalizadas de cada uno de los
representantes de los consorciados. En ambos casos se deberá contar con poderes, vigentes y suficientes
según las actuaciones necesarias para el presente proceso de licitación.
El domicilio, número de teléfono y/o correo electrónico del Representante Legal, así como su sustitución,
está sometido a lo dispuesto en los Numerales 2.1.4, .2.1.5 y 2.1.6 de las presentes Bases.
Las facultades otorgadas al Representante Legal deberán ser lo suficientemente amplias como para que
pueda firmar, en nombre y representación de su poderdante, todos los documentos que así lo requieran las
Bases, incluyendo específicamente:
a) La facultad para formular consulta, recomendaciones, propuestas y sugerencias tanto al proyecto de
Bases como al proyecto de Contrato de Concesión.
29
b) Designar a los Agentes Autorizados.
c) Responder, con efecto vinculante para el Postor, todas las preguntas que el Comité Especial le pueda
formular en relación a su poderdante;
d) Interponer los medios impugnatorios previstos en las Bases;
e) Participar en los actos públicos de la Licitación, presentar y suscribir toda la información requerida,
incluyendo, la Propuesta;
f) Poder para suscribir el contrato de concesión y cualquier otro documento o contrato vinculado a la
Licitación, en representación del Adjudicatario.
La designación del Representante Legal habilita al mismo a ejercer sus facultades de representación en la
Licitación.
2.2.2. Presentación del Poder
El documento de poder en que se nombra al Representante Legal deberá contener las facultades de
representación correspondientes incluyendo aquellas que están señaladas en el Numeral 2.2.1 y deberán ser
presentados como parte de la documentación del Sobre N° 1.
El nombramiento de un nuevo Representante Legal, o la sustitución del inicialmente designado, sólo entrará
en vigor a partir de la fecha en que el Comité Especial reciba los documentos que acrediten debidamente
dicho nombramiento, aplicándose las reglas señaladas en el Numeral 2.1.6, previo registro de dicho cambio
en el SORSIT.
2.2.3. Requisitos Formales para el otorgamiento de Poder
Para el caso de personas naturales y personas jurídicas constituidas en el país se requiere el Certificado de
Vigencia de Poder emitido por SUNARP, con una antigüedad no mayor a un mes, en el que se detallen las
atribuciones y funciones otorgadas al representante legal.
Para el caso de consorcios, se requerirá la Escritura Pública del contrato de consorcio, en el que se detallen
las atribuciones y funciones otorgadas al representante común.
Para el caso de personas naturales o jurídicas constituidas en el extranjero se exigirá el instrumento de
poder otorgado fuera del Perú a los efectos de designar al Representante Legal deberá estar: (i)
debidamente extendido o legalizado ante el Consulado del Perú que resulte competente; (ii) refrendado
ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, y; (iii) traducido oficialmente al español por un
traductor público juramentado que se encuentre autorizado al efecto en el Perú, de ser el caso. Sin perjuicio
de ello, también podrá presentarse el instrumento de poder otorgado fuera del Perú debidamente
apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país, o quien haga sus veces7.
7 La Apostilla es la certificación mediante la cual el Gobierno peruano o país adscrito al Convenio de la Apostilla –a través del Ministerio de
Relaciones Exteriores o quien haga sus veces– legaliza la autenticidad de la firma y el título con que ha actuado el funcionario que corresponda. Se realiza sólo sobre documentos peruanos que serán presentados ante autoridades extranjeras de los países que forman parte del Convenio de la Apostilla.
30
2.2.4. Inscripciones en los Registros Públicos
Se exigirá que, al momento de su presentación, los poderes se encuentren inscritos en los Registros Públicos,
salvo para el caso de Consorcios en los cuales se aplicará lo dispuesto el numeral 2.2.3. En este último caso,
los poderes del Representante Legal del Postor que resulte Adjudicatario, deberán inscribirse en la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP antes de la Fecha de Cierre.
2.2.5. Representación propia
Cada Postor debe contar con su propio Agente Autorizado y Representante Legal. Se prohíbe la figura del
Representante Legal o Agente Autorizado común a más de un Postor del presente proceso de licitación.
3. CONSULTAS E INFORMACIÓN
3.1 Consultas sobre las Bases y Sugerencias a los Proyectos de Contratos
Para realizar cualquier consulta a las Bases y sugerencias a los proyectos de Contratos el postor deberá
registrarse, de conformidad con lo establecido en el punto 4 y presentar los documentos exigidos en la
punto 2.2.1 de las presentes Bases.
3.1.1 Plazo para efectuar consultas
Los Postores podrán hacer consultas sobre las Especificaciones Técnicas del Contrato de Concesión y sobre
las Bases en las fechas señaladas en él, dichas consultas deberán ser canalizadas a través de sus Agentes
Autorizados y/o Representantes Legales, de acuerdo al cronograma aprobado por el Comité Especial,
consignado en el punto 1.7 de la presente Bases de Licitación.
3.1.2. Formalidad de las Consultas
Las consultas se formularán por escrito y en idioma español, debiendo ser remitidas desde el correo
electrónico registrado en el SORSIT al siguiente correo electrónico: [email protected]. Específicamente
se debe detallar el asunto, el sustento técnico y legal de la consulta, y cumplir con las formalidades exigidas
por la Ley N° 27444 para la entrega de escritos que correspondan.
Las respuestas del Comité Especial a las consultas y observaciones formuladas por los Participantes serán
publicadas en la página web de GTU, sin indicar el nombre de quien hizo la consulta, con la publicación de las
Bases Integradas.
3.1.3. Circulares
3.1.3.1 Si el Comité Especial, en cualquier momento, considera necesario aclarar, modificar o complementar
las Bases emitirá una Circular a tal efecto. Dichas Circulares serán publicadas en la web institucional de GTU.
31
Todas las Circulares emitidas estarán disponibles en la página web de GTU.
3.1.3.2 Las Circulares emitidas por el Comité Especial formarán parte integrante de estas Bases, siendo, en
consecuencia, jurídicamente vinculantes para los Postores, Adjudicatarios y Concesionarios.
3.1.3.3 Cuando las Circulares implican modificaciones a las Bases, requerirán aprobación previa de la
Gerencia. En caso de discrepancia o incompatibilidad entre su contenido y el de las Bases, prevalecerá aquel
de la respectiva Circular y sobre las Circulares prevalecerá lo establecido en las Bases Integradas, salvo para
el caso de Circulares emitidas con posterioridad a las Bases Integradas siempre que cuenten con el refrendo
de la GTU.
3.1.3.4 El Comité Especial podrá aprobar un Texto Único Ordenado de las Bases, cuando lo estime
conveniente.
Las Bases Integradas formarán parte del Contrato de Concesión que suscribirán los respectivos
Adjudicatarios.
3.1.4 Sugerencias a los Proyectos de Contratos
En caso que los Participantes tengan sugerencias a los Proyectos de Contratos, éstas se entregarán al Comité
Especial bajo las mismas formalidades que en el numeral anterior. Todas las sugerencias a los Proyectos de
Contratos deberán ser remitidas de acuerdo a lo establecido en el Numeral 3.1.2 de estas Bases, a más
tardar en las fechas señaladas en el Cronograma del Proceso de Licitación aprobado por el Comité.
El Comité Especial se reserva el derecho de aceptar o rechazar tales sugerencias y/o comentarios, total o
parcialmente, así como incluirlas o no en las versiones definitivas de los Contratos. Las versiones definitivas
de los Contratos serán publicadas por Comité Especial en la fecha especificada en el Cronograma del Proceso
de Licitación aprobado mediante Circulares por el Comité.
3.2 Acceso a información sobre la Licitación
3.2.1 Los postores deberán firmar un Acuerdo de Confidencialidad que se incluye como Anexo N° 2, a fin de
tener acceso a toda la información vinculada al presente proceso licitatorio.
3.2.2 Los Participantes tendrán acceso al SORSIT previo pago del derecho de participación y el respectivo
registro en el SORSIT.
3.2.3 Todo Participante a través de sus Agentes Autorizados y/o Representante Legal, tendrá derecho a
entrevistarse con el Comité Especial o el miembro que se delegue para esos fines, hasta cinco (05) días
anteriores al día de presentación del Sobre N° 01, según lo indicado en el Cronograma del Proceso de
Licitación, para ello se deberá indicar previamente y por escrito los temas que se discutirán en la entrevista.
La programación de las reuniones se realizará dentro de los dos (02) días hábiles posteriores a la
presentación de la solicitud.
3.2.3. Todas las reuniones que se sostengan con los postores, su representante o sus agentes autorizadas
serán grabadas, y objeto de un Acta de reunión.
32
3.3 Limitaciones de Responsabilidad
3.3.1 Decisión Independiente de los Postores
Todos los Postores deberán basar su decisión de presentar o no su Propuesta en sus propias investigaciones,
exámenes, inspecciones, visitas, entrevistas, análisis y conclusiones sobre la información disponible y la que
de manera particular haya procurado, a su propio y entero riesgo.
3.3.2 Limitación de Responsabilidad
La Municipalidad Metropolitana de Lima ni cualquier de sus dependencias, GTU, el Comité Especial, ni los
Asesores, se hacen responsables ni garantizan – ni expresa ni implícitamente- la totalidad, integridad,
suficiencia, fiabilidad o veracidad de la información, verbal o escrita, que se suministre a los efectos del o
dentro del proceso de Licitación. En consecuencia, ninguna de las Personas que participe en la Licitación
podrá atribuir responsabilidad alguna a cualquiera de las partes antes mencionadas o a sus representantes,
agentes o dependientes por el uso que pueda darse a dicha información por cualquier inexactitud,
insuficiencia, defecto, falta de actualización o por cualquier otra causa no expresamente contemplado en
este Numeral. La Municipalidad Metropolitana de Lima y GTU garantizarán el derecho fundamental a la
protección de los datos personales de los Postores, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 29733 – Ley
de Protección de Datos Personales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS.
3.3.3 Alcances de la Limitación de Responsabilidad
La limitación enunciada en el Numeral 3.3.2 comprende, de la manera más amplia posible, a toda la
información relativa a la Licitación que fuera efectivamente conocida, a la información no conocida y a la
información que en algún momento debió ser conocida, incluyendo los posibles errores u omisiones en ella
contenidos, por la Municipalidad Metropolitana de Lima o cualquiera de sus dependencias, GTU, el Comité
Especial o los Asesores. Del mismo modo, dicha limitación de responsabilidad alcanza a toda información,
sea o no suministrada o preparada, directa o indirectamente, por cualquiera de las partes antes
mencionadas.
La limitación de responsabilidad enunciada en el Numeral 3.3.2, comprende también a toda la información
general que alcance el Comité Especial, así como la que se proporcione a través de Circulares o de cualquier
otra forma de comunicación y la que se menciona en estas Bases, incluyendo el programa Informático, todos
sus Formularios, Anexos y Apéndices.
3.3.4 Aceptación por parte del Postor de lo dispuesto en el Numeral 3.3
El solo pago del Derecho de Participación constituirá, sin necesidad de acto posterior alguno, la aceptación
por el Postor de todo lo dispuesto en el Numeral 3.3, así como su renuncia irrevocable e incondicional, de la
manera más amplia que permitan las Leyes Aplicables, a iniciar cualquier acción, reconvención, excepción,
reclamo, demanda o solicitud de indemnización contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, cualquiera
de sus dependencias, el Comité Especial, GTU o los Asesores.
33
4. REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO
4.1. Etapas del Proceso de Licitación
4.1.1. Registro de participantes
El procedimiento de licitación pública comienza con el registro de los participantes a través del SORSIT. Para
dicho fin el postor deberá seguir los siguientes pasos:
(i) Cancelar el Derecho de Participación en la siguiente cuenta a nombre de la Municipalidad
Metropolitana de Lima:
Entidad: Banco [________]
Nombre: Municipalidad Metropolitana de Lima
Cta. Cte. En Nuevos Soles (S/.) Nº: [____________]
(ii) Registrarse en el SORSIT, usando el código consignado en el comprobante emitido por el Banco.
Este registro deberá efectuarse luego de 24 horas de efectuado el pago en la entidad financiera.
Una vez cumplidos los pasos indicados, se generará un código de usuario y una clave secreta, las cuales
permitirán a los Postores ingresar al buzón de notificaciones electrónico y registrar sus propuestas.
4.1.2. Registro de Vehículos
Los postores deberán registrar la información de los vehículos de la flota presentada en el SORSIT para cada
ruta o paquete de ruta al que postularán, la cual deberá ser remitida en la fecha y hora establecidas en el
Cronograma del proceso de licitación.
4.1.3. Sobre N° 1: Entrega de documentación
Una vez registrada la información vía SORSIT, se deberá entregar la documentación, exigida en las Bases, que
respalda lo registrado en el aplicativo. La documentación entregada no podrá modificar la información
registrada en el SORSIT.
La apertura del Sobre N° 01 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo al día hábil siguiente
después de culminada la recepción la documentación. El Acto Público podrá ser suspendido por el Comité
por causas debidamente justificadas.
En esta actuación se deberá entregar la propuesta económica representada por el Sobre N° 3.
4.1.4. Validación de la información por el Comité
Posterior a la entrega del Sobre N° 1, el Comité Especial evaluará los documentos y se remitirán las
observaciones, en caso existan. Los postores tendrán un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para su
levantamiento. El resultado de esta evaluación es la lista de vehículos aprobados, que se considerarán como
flota acreditada. El resultado será comunicado, a través del SORSIT, mediante correo electrónico.
34
4.1.5. Asignación de vehículos y Registro de propuestas técnica por paquete
Concluida la etapa anterior, los postores podrán emplear el SORSIT para asignar la flota acreditada a cada
uno de los paquetes de rutas a los que desee postular. El resultado de esta asignación deberá ser remitido,
vía SORSIT, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de licitación indicado en el punto 1.7 de las
presentes Bases. Asimismo, se registrará las propuestas técnicas de acuerdo a los criterios de calificación
establecidos en las presentes Bases.
4.1.6 Sobre N° 2: Entrega de información complementaria al Registro de propuestas técnica por paquete
de rutas
En la fecha establecida en el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases, en acto público,
los postores deberán presentar la documentación exigida en las presentes Bases, como complemento del
registro de propuesta técnica.
4.1.7. Apertura y Evaluación del Sobre N° 2
La apertura del Sobre N° 02 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo en la fecha indicada en
el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases. El Acto Público podrá ser suspendido por el
Comité por causas debidamente justificadas.
El Comité Especial evaluará la documentación presentada en el Sobre N° 02, estimará el puntaje
correspondiente, el mismo que será notificado a través del SORSIT. Los postores podrán solicitar la revisión
de dicho puntaje sobre la base de la documentación presentada en el Sobre N° 01. Los resultados obtenidos
luego de la referida revisión corresponderá al puntaje técnico asignado a cada propuesta. Los resultados de
esta evaluación serán comunicados a cada postor y publicados en la página web de GTU
(www.gtu.munlima.gob.pe).
4.1.8. Apertura del Sobre N° 3 y adjudicación de buena pro
La apertura del Sobre N° 03 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo en la fecha indicada en
el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases. Solo se abrirán los sobres presentados de
aquellos postores que hayan alcanzado o superado la mínima puntuación exigida. El Acto Público podrá ser
suspendido por el Comité por causas debidamente justificadas. Se publican los resultados en la página web
de la GTU.
En caso el postor ganador sea un consorcio, se obliga a constituirse como una personas jurídica, de
conformidad con lo establecido en las presentes Bases y Contrato de Concesión.
4.2. Presentación de Documentos
Las propuestas, incluyendo los Sobres Nº 1, 2 y 3, sólo podrán ser presentados personalmente por el Agente
Autorizado o por el Representante Legal del Postor, para el caso de la entrega formal de la documentación.
El Comité Especial no aceptará ni recibirá documentos que le sean remitidos por vía postal, fax o cualquier
otro medio de comunicación.
35
4.3 Idioma
A menos que expresamente se estipule lo contrario en estas Bases, todos los documentos deberán ser
presentados en idioma castellano o acompañados de traducción oficial al idioma castellano efectuada por
Traductor Público Juramentado autorizado para ello conforme a las Leyes Aplicables. Sin perjuicio de ello, en
caso se advierta alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento,
prevalecerá el texto en español.
4.4 Documentos Originales
Los documentos incluidos en los Sobres Nº 1, 2 y 3 deberán ser presentados en original, debiendo estar
todas foliadas y firmadas por el Representante Legal.
4.5 Formalidades de Presentación de las Propuestas
4.5.1 El Sobre Nº 1 deberá ser presentado al Comité Especial en cajas8 y claramente marcados a los lados
con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del Servicio Público de Transporte de Personas en los
Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii) “Sobre Nº 1”, y (iii) el nombre del Postor que
presenta los documentos.
El Sobre N° 2 deberá ser presentado al Comité Especial en sobres cerrados por cada paquete de rutas al que
se postula, claramente marcados en su anverso con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del
Servicio Público de Transporte de Personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii)
“Sobre Nº 2”, y (iii) el nombre del Postor que presenta los documentos.
El Sobre N° 3 deberá ser presentado al Comité Especial en sobres cerrados por cada paquete de rutas al que
se postula, claramente marcados en su anverso con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del
Servicio Público de Transporte de Personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii)
“Sobre Nº 3”, y (iii) el nombre del Postor que presenta los documentos. Este sobre deberá entregarse junto
con el Sobre N° 1.
En caso que al momento de la presentación de los documentos antes referidos el Comité advierta que no se
cumple con dicha formalidad, invitará al Agente Autorizado o Representante del Postor respectivo a que en
el acto proceda a efectuar la enmienda respectiva.
4.5.2 Toda la documentación presentada debe ser perfectamente legible y estar foliada en cada página
(cara), en forma clara y de manera correlativa y firmada por el Representante Legal en cada una de ellas.
Asimismo, se deberá incluir un índice numerado de todos los documentos para calificación y en cada Sobre.
El índice debe colocarse al inicio.
4.5.3 En caso que exista cualquier discrepancia entre una cifra expresada en números y en letras, el monto
expresado en letras prevalecerá.
8 De preferencia, serán cajas de plástico, transparente, con tapa y ruedas, además de contar con las siguientes dimensiones: largo de 55 cm, ancho
de 40 cm y altura de 30 cm.
36
4.6 Efectos de la presentación de documentos y carácter vinculante de las Bases
4.6.1 La presentación de los documentos que conforman la Propuesta, así como cualquier otro documento
o comunicación dirigida al Comité Especial, implican el pleno conocimiento, aceptación y sometimiento
incondicional por parte de los Postores, Adjudicatarios o Concesionarios, según corresponda, a todos y cada
uno de los procedimientos, obligaciones, condiciones y reglas, sin excepción, establecidas en las Bases,
específicamente a lo dispuesto en el Numeral 3.3, cuyo contenido tiene carácter vinculante para éstos.
4.6.2 La documentación presentada tiene carácter de Declaración Jurada, conforme a lo estipulado en la
Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General”. En caso se verifique que la información
presentada sea falsa o inexacta, se procederá en cumplimiento de la normativa vigente, quedando el postor
automáticamente descalificado del proceso de Licitación.
4.7 Costo de la preparación y presentación de la Propuesta
El Postor sufragará todos los costos o gastos, directos o indirectos, en que incurra relacionados con la
preparación y presentación de su Propuesta. La Municipalidad Metropolitana de Lima, GTU, el Comité
Especial o los Asesores, no serán responsables en ningún caso por dichos costos, ni de su reembolso,
cualquiera sea la forma en que se realice la Licitación o su resultado.
4.8 Restricciones
Queda prohibido que una persona natural o jurídica que sea miembro de un consorcio presente de manera
independiente o conjunta otra propuesta por el mismo paquete de rutas, aun si dicha solicitud se efectuara
con un grupo independiente de vehículos respecto de aquellos presentados por el consorcio.
Excepcionalmente, el postor, sus accionistas, sus socios o integrantes en el caso que el postor sea un
Consorcio, no podrán poseer participación directa o indirecta en otro postor que participe en la misma ruta
o paquete de rutas, salvo que su participación represente menos del 5% de la flota presentada.
Asimismo, ningún vehículo podrá estar incluido en más de una propuesta. De darse el caso, se procederá a
descalificar el Vehículo de aquella propuesta en la que no se acreditó documentariamente. En caso se
presente la documentación del vehículo duplicado en dos propuestas, se descalificará al vehículo para
ambas. De detectarse que en una propuesta, más del 20% de la flota total acreditada se encuentra incluida
en otra u otras propuestas de acuerdo a lo señalado líneas arriba, adicionalmente el postor quedará
automáticamente descalificado del proceso.
5. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS (Sobres N° 1, 2 y 3)
5.1 Lugar y fecha
Todas las presentaciones de propuestas (Sobres 1, 2 y 3) se realizarán en acto público, en el auditorio del
Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima, sito en Jr. Cusco N° 286, Cercado de Lima, Piso 9; en la
fecha establecida en el calendario del presente proceso de selección.
37
5.2 Carátulas
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado. Cada sobre deberá tener la inscripción correspondiente:
POSTOR: ………………………………………………………………………………
SOBRE Nº (1,2 o 3) - (Registro de Participantes y Vehículos, Propuesta Técnica o
Propuesta Económica)
LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU
CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
EN LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN DEL
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LIMA
5.3 Derecho de Participación
Para participar en la Licitación, el Postor deberá haber pagado el Derecho de Participación, el cual asciende a
S/. 5,000.00 (Cinco mil 00/100 Nuevos Soles), la cual deberá ser cancelada en la cuenta a nombre de la MML
indicada en el punto 4.1.1 de las presentes Bases.
El Derecho de Participación permitirá a cada Postor postular a uno o incluso todos los paquetes de ruta
objeto del presente proceso de Licitación Pública, así como realizar consultas a las presentes Bases, sugerir
modificaciones al Contrato de Concesión, interponer medios impugnatorios contra los actos que le generen
agravio de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, y otros.
5.4 Requisitos del Registro de Participación y vehículos (Sobre N° 1)
Para precalificar en este proceso el Postor debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos mínimos:
5.4.1 Requisitos Legales
a) Que el Postor sea:
a.1.- Persona jurídica debidamente constituida.
a.2.- Conjunto de personas naturales y/o jurídicas que celebren un contrato de consorcio con
compromiso de constitución de persona jurídica de naturaleza societaria en caso de resultar
favorecido con la buena pro de la licitación.
En todos los casos el objeto principal del Postor debe ser el servicio de transporte de personas.
38
b) Que haya pagado el Derecho de Participación.
c) Que cuente con Representante Legal conforme a lo señalado en las Bases. En el caso de consorcios,
el contrato deberá acreditar a un representante común.
d) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o
integrantes de consorcios, no tengan sentencia o laudo arbitral consentidos por proceso alguno
relacionado con el incumplimiento de alguna obligación con alguna Autoridad Gubernamental o no
tengan impedimento o restricción alguna para contratar con el Estado Peruano.
e) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o
integrantes de consorcios, no tengan impedimento ni estén sujetos a restricciones por vía
contractual, judicial, legislativa u otras para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de
estas Bases, de la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el Artículo 1366º del
Código Civil Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, que aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada; y, los Numerales 14.3
y 14.4 del artículo 14° de la Ordenanza N° 1599.
f) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros; apoderados; representantes legales y/o
integrantes de consorcios, a la fecha de presentación del Sobre N° 1, no mantengan litigio judicial,
arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad Metropolitana de Lima o alguna de sus
dependencias, relacionadas al otorgamiento y renovación de títulos habilitantes otorgados por la
GTU para la prestación de servicios de transporte urbano o contra las disposiciones dictadas por la
MML para el reordenamiento y reubicación de rutas. Esta restricción se mantendrá durante todo el
proceso de licitación.
g) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o
integrantes de consorcios, hayan renunciado a invocar o ejercer cualquier privilegio o inmunidad
diplomática u otra; o reclamo por la vía diplomática o de otra naturaleza; contra el Estado o sus
dependencias, la MML, PROTRANSPORTE, la GTU, el Comité Especial, sus integrantes y Asesores,
bajo la ley peruana o bajo cualquier otra legislación con respecto a sus obligaciones sobre estas
Bases, la Propuesta, y los Contratos que se suscribirán.
h) Que el Postor se comprometa, en caso de resultar favorecido por la Buena Pro, y para la Fecha de
Cierre a garantizar la incorporación del personal operativo en la planilla del Concesionario,
entendiéndose por esto, el cumplimiento de todos los derechos socio-laborales establecidos por la
legislación.
i) Que, a la fecha de cierre, el Postor, sus socios, accionistas, miembros y propietarios y/o integrantes
de consorcios, según el caso, renuncian a operar las rutas que se sobrepongan con las rutas del SIT,
como requisito previo a la suscripción del Contrato de Concesión en caso de ser favorecido con la
Buena Pro. Dicho requisito se acreditará con la solicitud de renuncia debidamente presentada ante
la autoridad competente. Sin perjuicio de ello, el Concedente verificará dicha condición.
39
j) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros y/o integrantes de Consorcios no hayan sido
condenados por la comisión de lavado de activos, Tráfico Ilícito de Drogas, Pérdida de Dominio o
Delito Tributario.
k) Que el Postor, su socios, accionistas o miembros y/o integrantes de Consorcios (incluyendo
representantes, miembros, accionistas) no hayan sido declarados en quiebra, estar incursos en un
proceso concursal, o estar sometidos a medida judicial o administrativa que lo prive o restrinja de
la administración de sus bienes.
l) Acuerdo de Confidencialidad firmado por Representante Legal que se incluye como Anexo N° 2.
5.4.2 Requisitos Técnicos
El Postor, bien sea directamente o a través de sus accionistas o sus socios o sus integrantes
en el caso de que el Postor sea un Consorcio; o, indirectamente a través de los propietarios
de los Vehículos que –no siendo parte del postor o miembro del Consorcio- suscriban el
Formularios 1-A o 1-B del Anexo N° 4 de las presentes Bases, deberá acreditar que dispone
de la flota requerida o su equivalente. Para ello, se requerirán los respectivos Certificados de
Gravamen por cada vehículo presentado.
El Postor deberá acreditar que cuenta, como mínimo, con el 100% de la propiedad de los
vehículos de la flota presentada. Este requerimiento se dará por cumplido con los vehículos
de propiedad del postor o sus miembros (en el caso de Consorcios)9 o con las unidades de
propiedad de quienes suscriban los Formularios 1-A o 1-B del Anexo N° 4.
Para determinar la equivalencia de vehículos se aplicará los siguientes criterios:
a. Para rutas que requieran vehículos de doce (12) metros:
b. Para rutas que requieran vehículos de nueve (9) metros:
a) Los vehículos que conforman la flota presentada deberán cumplir cualquiera de las siguientes
condiciones:
a.1. Vehículos con habilitación vigente para prestar servicio de transporte urbano regular
(Tarjeta de Circulación vigente) otorgada por la GTU o la GGTU. Se considerará en este grupo
todo aquel vehículo que haya ingresado al padrón de vehículos de GTU o GGTU (como
vehículo habilitados) hasta 15 días previos a la fecha de presentación del Sobre N° 1.
9 En el caso que el postor sea un consorcio, los vehículos de propiedad sus miembros deberán formar parte del listado de activos que el Consorcio se
compromete a transferir a la persona jurídica que asumirá la concesión, de acuerdo con las obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión.
Esta información deberá formar parte del Contrato de Consorcio que suscriban y que deberá ser entregado como parte de la documentación del
Sobre N° 01.
40
a.2. Vehículos que no cuenten con habilitación vigente pero que se hayan encontrado
habilitados por la GTU o la GGTU en los 3 años anteriores contados desde la fecha de
presentación del Sobre N° 1. Los vehículos que tengan más de 3 años sin contar con una
habilitación vigente para prestar servicio de transporte no podrán ser presentados (y en caso
de hacerlo serán descontados a efectos de determinar la flota acreditada por el postor para
participar en el proceso).
a.3. Vehículos que nunca formaron parte de las bases de datos de vehículos habilitados de la
GTU o de la GGTU siempre que cumplan con las características de "bus patrón" definidas en
los artículos 25.2º y 26º de la Ordenanza Nº 1599.
b) Para el caso de los vehículos señalados en los puntos a.1 y a.2 que no se encuentren registrados en la
base de datos del SORSIT, el Postor deberá presentar hasta 10 días (calendarios) antes de la
presentación del Sobre N° 1, las solicitudes de incorporación de vehículos en la base de datos del
SORSIT. Para dichos efectos se deberá presentar una solicitud adjuntando copia simple del
Certificado de Gravamen, y copia fedateada de la Tarjeta Única de Circulación.
c) En ningún caso, los vehículos que forman parte de la flota presentada podrá corresponder a
unidades cuya antigüedad supere los límites máximos establecidos en la Ordenanza N° 1595.
d) El Comité Especial dispondrá de 05 (cinco) días para la verificación de la información, y de
corresponder procederá a considerar los vehículos correspondientes para la fase de calificación.
e) El Postor que presente su propuesta técnica (o Sobre N° 02) con vehículos adquiridos mediante
arrendamiento financiero (leasing financiero) o arrendamiento operativo (leasing operativo), en caso
que la propuesta presentada resulte ganadora de la Buena Pro, se comprometen, como mínimo, a
asumir la posición contractual del arrendatario en dicha relación contractual. Asimismo se
compromete a entregar al Concedente copia de la tarjeta de propiedad donde figure como
propietario el Concesionario. En ese sentido el Postor en caso se imposibilite la transferencia de
propiedad al patrimonio del Concesionario se compromete a sustituir este vehículo por otro de
iguales características o superior, a fin de no afectar la continuidad de la operación.
5.5 Documentos que debe contener el Sobre N° 1
A los efectos de documentar debidamente el cumplimiento de los requisitos mínimos de calificación exigidos
en el punto anterior, el Sobre N° 1 debe contener la siguiente documentación:
a) Índice, de acuerdo a lo establecido en el Anexo de la presentes Bases.
b) Constancia de Registro como Postor en el SORSIT (que incluirá listado de miembros de consorcio y
vehículos presentados).
c) Copia del DNI o Carne de Extranjería de Representante del Postor y miembros del Consorcio (en caso
se trate de personas naturales). En caso que los consorciados sean personas jurídicas se deberá
acompañar copia del DNI o Carné de Extranjería del representante de cada uno.
41
d) Certificado de Vigencia de Poder con una antigüedad no mayor a un (01) mes, emitida por SUNARP,
en la cual conste los poderes de representación del Representante Legal. Para el caso de Consorcios
se requiere que en el mismo acto de constitución de consorcio figuren el Representante común.
e) Escritura Pública Contrato de Consorcio incluyendo las cláusulas obligatorias establecidas, según lo
señalado los Anexos X-1 y X-2.
f) Certificado de Gravamen Vehicular con una antigüedad no mayor a un (01) mes.
g) Copia del contrato Leasing, en caso corresponda;
h) Para el caso de vehículos registrados en la GGTU, copia fedateada de la respectiva Tarjeta de
Circulación. En caso que se acrediten vehículos que no cuentan con Tarjeta de Circulación Vigente,
se deberá presentar copia fedateada del Certificado de Baja o documento correspondiente,
expedido por la GGTU.
i) Copia de los documentos que acrediten la propiedad de espacio destinado como zona de
estacionamiento. Este documento acredita un criterio de calificación, por lo cual es facultativo.
j) En el caso de vehículos propiedad de terceros, Declaración Jurada de Adhesión a la propuesta del
Postor y compromiso de poner a disposición el vehículo para operar en caso de obtener la Buena Pro
del proceso licitatorio, de acuerdo con los Formularios 1-A y 1-B del Anexo N° 4, con firma legalizada
de todos los propietarios del vehículo. En caso de copropiedad deberán firmarlo todos los
copropietarios.
k) Sobre N° 3 (Propuesta Económica) cerrada y sellada.
5.6 Verificación de la Información por parte del Comité Especial
El Comité Especial se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos e información presentada,
sin que ello suponga en modo alguno una limitación de la responsabilidad del Postor respectivo derivada de
la posible falta de veracidad de los datos o la información presentada. De igual manera, cada Postor se
compromete a poner a disposición del Comité Especial todos los documentos que le sean solicitados a tal
efecto.
El Comité Especial se reserva el derecho de efectuar la verificación posterior de aquella documentación
presentada por el Postor, cuyos defectos no hayan sido advertidos en la etapa de evaluación.
Sin perjuicio de la responsabilidad estipulada en este Numeral, la falta de veracidad o validez de los datos o
de la información presentada ocasionará que el Comité Especial descalifique en cualquier etapa de la
Licitación al Postor.
5.7 Notificación y Subsanación
5.7.1 El Comité Especial revisará los Requisitos y notificará a cada Postor sobre los defectos u omisiones que
consten en sus documentos. El Postor notificado deberá subsanar los documentos observados dentro del
plazo que para dicho efecto indique el Comité Especial.
42
Se podrán subsanar errores que incidan sobre aspectos accidentales, accesorios o formales, siendo
susceptible de rectificarse a partir de su constatación, dentro del plazo que otorgue el Comité Especial. No
son subsanables aspectos sustanciales que involucren una modificación de la propuesta técnica o
económica.
Concretamente, el punto de partida para la evaluación de los requisitos es lo declarado en el SORSIT. Es
decir, a partir de la información consignada en el aplicativo se recepcionará la documentación requerida, y el
Comité Especial constatará su cumplimiento. En ningún caso es posible la modificación de la información
consignada en el aplicativo web.
5.7.2 El Comité Especial, a través del SORSIT, comunicará a cada Postor si cumplió con presentar los
Requisitos exigidos en cada una de las fases del proceso, hasta dentro un plazo máximo de siete (7) días de
recibida la documentación completa. Dicho plazo podrá ser extendido por un período similar, a criterio del
Comité.
5.7.3 Adicionalmente, a fin de facilitar el examen, verificación y comparación de datos y requisitos, los
postores podrán solicitar una cita al Comité Especial, con la finalidad de poder revisar con al menos un (1)
miembro titular o suplente del Comité Especial, la información a ser presentada, y así poder constatar in situ
el adecuado cumplimiento de los requisitos formales, cumpliendo en el numeral 3.2.3 de las presentes
Bases.
5.7.4 El Comité Especial pondrá en conocimiento progresivamente los resultados del proceso de licitación,
para lo cual cursará una comunicación al Postor, a través del SORSIT.
5.8 Procedimiento de Reconsideración y Apelación de los resultados del Sobre Nº 01
5.8.1 Solicitud de Reconsideración
El Postor descalificado, o disconforme con las decisiones adoptadas por el Comité Especial, como
consecuencia de la evaluación de la información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N°
1, podrá presentar ante el Comité Especial una solicitud de reconsideración de la evaluación de los
resultados de la evaluación, cumpliendo los requisitos de procedibilidad exigidos por la Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 para dicho recurso. Esta etapa precluye una vez
transcurrido el plazo para impugnar señalado en el punto 5.8.2. No podrá interponerse recurso de
reconsideración contra una decisión del Comité Especial como consecuencia de la evaluación de la
información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N° 1, en cualquier otra etapa posterior
a la presente.
5.8.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración
La solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante el Comité Especial, dentro de los tres (3) días
hábiles contados desde a la fecha de recepción de la notificación a través del SORSIT. Una vez recibida la
solicitud de reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de
los cinco (05) días contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración.
43
5.8.3 Apelación
La resolución del Comité Especial podrá ser apelada por el Postor dentro de los tres (03) días hábiles
contados desde la fecha de notificación de la resolución a través del SORSIT. La GTU resolverá la apelación
interpuesta dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha de recepción de la apelación. La decisión
que recaiga sobre la apelación es definitiva y no podrá ser objeto de impugnación.
5.8.4 Gastos
Cualquier gasto del Postor afectado que pudiera derivarse del proceso de reconsideración o de una eventual
apelación, será de cuenta exclusiva de aquél.
5.8.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación
5.8.5.1 Ninguna solicitud de reconsideración o apelación contemplada en el Numeral 5.8, será admitida a
menos que sea acompañada por una fianza bancaria que sea solidaria, irrevocable, incondicional, sin
beneficio de excusión, ni división y de realización automática, otorgada a favor de la GTU, con el plazo
mínimo de vigencia de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que se interponga el recurso. La
fianza bancaria, según sea el caso, deberá ser emitida por una Entidad financiera por un importe de Ciento
Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/. 130,000.00). La fianza bancaria deberá presentarse de acuerdo a los
términos del modelo incluido en el Anexo Nº 8.
5.8.5.2 En el caso que se declare infundado o improcedente el recurso o recursos interpuestos, GTU
ejecutará la garantía.
5.8.5.3 En caso se declare fundada la reconsideración y/o la apelación interpuesta por el Postor, el Comité
Especial deberá devolver a éste la garantía que le fuera entregada, dentro de un plazo de cinco (5) días de
notificado el acto correspondiente. El monto por el que se constituyó la garantía no generará intereses.
5.9 Requisitos de la propuesta técnica por cada paquete (Sobres N° 2)
El Postor elaborará una propuesta técnica de los servicios públicos de transporte de pasajeros en forma
conjunta para todas las rutas que conforman el paquete de rutas al que pretenda postular, de conformidad
con lo establecido en el punto 4 de las presentes Bases.
El Derecho de Participación permitirá al Postor postular desde uno (1) hasta la cantidad máxima de Paquetes
de Rutas incluidos en el presente proceso de licitación.
Los aspectos que deberá considerar cada propuesta técnica y que serán evaluados son:
5.9.1. Chatarreo de vehículos
A través de este criterio, se evaluará la capacidad del postor para contribuir con la mejora del parque
automotor actualmente en uso para el servicio de transporte público regular y, con ello, reducir el impacto
sobre el medio ambiente de la flota que presta servicio de transporte público. Esta contribución se basará en
44
compromisos de chatarreo futuros asumidos por el postor y que serán ejecutados empleando
exclusivamente recursos propios10.
Para la certificación del chatarreo de vehículos se seguirán los procedimientos establecidos en la Ordenanza
N° 1595.
El Postor deberá garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos para ser calificado por los
indicadores relacionados con este criterio, mediante Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento de
Chatarreo de vehículos, de acuerdo el Modelo 2 del Anexo N° 5 de estas Bases.
Para efectuar dicha evaluación será considerado el siguiente indicador:
5.9.1.1. Cantidad de vehículos a ser chatarrizados con fondos propios
Este indicador medirá la contribución del postor a la reducción de la flota actualmente en operación en el
sistema. Para ello considerará la cantidad de vehículos, que formen parte del padrón de vehículos de GTU o
de GGTU11, que el postor ofrezca chatarrear por encima de la cantidad mínima requerida –una cantidad
equivalente al 20% de la flota propuesta para el paquete de rutas-, de acuerdo con lo señalado en el
Contrato de Concesión. La cantidad de vehículos comprometida deberá ser chatarreada dentro de los tres
primeros años contados desde el inicio de pre-operación.
El ofrecimiento efectuado por cada postor en este punto será comparado con el de los demás postores que
compiten por el mismo paquete de rutas. El puntaje más alto será asignado al postor que ofrezca la mayor
cantidad de vehículos a ser chatarreados dentro de los dos primeros años contados desde la fecha de inicio
de operación. Los ofrecimientos iguales a este mínimo serán calificados con un puntaje igual a cero (0)12.
Cabe indicar que, de no efectuarse algún ofrecimiento en este punto, el postor –en caso de ser el
adjudicatario del paquete de rutas al que postula- asumirá la obligación establecida en el Contrato de
Concesión, esto es, se compromete a chatarrear la cantidad mínima requerida –el equivalente al 20% de la
flota propuesta para el paquete de rutas-. En ese caso, el puntaje obtenido para este indicador será de cero
(0) puntos.
5.9.2. Características de los vehículos que forman parte de la flota propuesta
El Postor deberá presentar la Flota Propuesta de vehículos que utilizará para operar las rutas que conforma
el paquete de rutas al que postule. Dicha flota deberá corresponder a la flota requerida o a la flota
10 Cabe indicar que no serán calificados propuestas que impliquen el uso de programas públicos de chatarreo (ya sea promovidos por el Gobierno
Central o por los Gobiernos Regionales, en sus diferentes instancias). Adicionalmente, debe indicarse que, en el caso que algún Concesionario
acreditara el cumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas en este punto con vehículos chatarreados a través de fondos públicos, el
Concedente ejecutará el íntegro de la Carta Fianza de de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones en
materia administrativa, civil o penal que correspondan. 11 Indistintamente si ellos corresponden a las unidades que forman parte de propuesta para el paquete de rutas adjudicado o no.
12 Cabe indicar que si no se hiciera ningún ofrecimiento en este punto, el postor en caso de ser adjudicado con el paquete de rutas al que postula, se
compromete a chatarrear el mínimo requerido, esto es, el 20% de la flota propuesta.
45
equivalente, de acuerdo con los parámetros establecidos en el punto 5.4.2 de las presentes Bases13. La Flota
Propuesta deberá proveer la oferta suficiente para cubrir la demanda estimada para cada uno de los
servicios que conformen el o los paquetes de rutas a los que postule el Postor.
En caso el postor presentara la flota equivalente, éste tendrá las siguientes obligaciones:
(i) Previa adquisición de propiedad, sustituir aquellos vehículos con una antigüedad mayor a cinco
(05) años y que no correspondan a requerimientos técnicos mínimos establecidos en el Anexo
[…….]. La referida sustitución podrá efectuarse progresivamente por un lapso máximo de cinco
(5) años contados desde la fecha de inicio de operación, como mínimo, a una tasa de 20% anual;
o de acuerdo a lo compromisos asumidos como parte de su propuesta técnica.
(ii) Acondicionar a los vehículos señalados en el literal anterior, como aquellos con una antigüedad
menor o igual a 5 años, de conformidad con las características técnicas y operacionales
establecidos en el Anexo […….] y […….], según corresponda, lo que se acreditará a través de
certificaciones a cargo de la MML.
En este sentido, este aspecto trata de incentivar que el Postor ofrezca la mejor composición de flota de
vehículos en cuanto a antigüedad y longitud a través de parámetros que serán calificados.
En caso no se configure la transferencia de propiedad –por causa documental justificada-, el titular de la
autorización deberá mantener las condiciones de remplazo de vehículos comprometida, para lo cual deberá
remplazar dicho vehículo por otra unidad del mismo tipo o, en su defecto, deberá presentar el certificado de
chatarreo de un vehículo del padrón de la GTU o de la GGTU, previa aprobación del Concedente.
Los vehículos obtenidos a través de arrendamiento financiero (leasing financiero) o arrendamiento operativo
(leasing operativo), serán aceptados como parte de la flota acreditada del Postor, en la medida que se
acredite debidamente el contrato correspondiente.
En ningún caso la Flota Propuesta podrá incluir vehículos cuya antigüedad supere los límites máximos
establecidos en la Ordenanza N° 1595.
Para efectuar dicha evaluación serán considerados los siguientes indicadores:
5.9.2.1. Vehículos de la flota propuesta (en el Sobre Nº 2) que correspondan a la longitud del tipo de
vehículo requerido
Este indicador será empleado para evaluar la idoneidad de la flota propuesta respecto de la flota requerida
considerando como variable de evaluación la longitud de los vehículos propuestos. En ese sentido, este
indicador servirá para dar preferencia a aquellas propuestas que incluyan la mayor cantidad de vehículos
que correspondan a la longitud requerida para las rutas que conforman el paquete al que se postula.
A través de este indicador se calculará el porcentaje de vehículos de la flota propuesta para el Paquete de
Rutas que cuentan con la longitud similar o superior al vehículo requerido considerando el rango de la
13 Cabe indicar que para algunas de las rutas incluidas en el presente proceso de licitación no se permitirá la incorporación de camionetas rurales
como parte de la flota presentada. La lista de dichas rutas puede ser visualizada en el Anexo Nº 1-E.
46
longitud permitido establecido en la Ordenanza N° 1599 y sus modificatorias14. El resultado deberá ser
comparado con los rangos establecidos en el punto 7.1 de las presentes Bases para identificar el puntaje
asignado.
Para determinar qué vehículos corresponden o no a la longitud requerida, se considerará la información
incluida en las bases de datos de GTU o GGTU15, para el caso de aquellos vehículos que formen parte de sus
respetivos padrones de vehículos, o los datos que consten en los respectivos certificados de gravamen, en el
caso de vehículos que no se encuentren registrados en las referidas bases de datos.
El porcentaje de vehículos que corresponden a la longitud requerida será calculado automáticamente por el
SORSIT sobre la base de la información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta.
Estos datos serán incorporados como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser
presentada por el postor a través de referido programa.
5.9.2.2. Antigüedad promedio de la flota propuesta (presentada en el Sobre N° 02)
Este indicador considerará la antigüedad promedio de la flota propuesta para el paquete de rutas al que postula con la finalidad de determinar si ésta –la flota propuesta- se aproxima a la flota requerida para la operación de dicho paquete de rutas. En ese sentido, este indicador –del mismo modo que el anterior- tiene como objetivo calificar, por encima de otras propuestas, aquellas que ofrezcan iniciar la pre-operación de los servicios con la mejor flota disponible, en este caso, con la flota más moderna disponible actualmente en el sistema.
Para calcular la antigüedad promedio se considerará el promedio simple de la antigüedad de todos los vehículos que componen la flota propuesta para el Paquete de Rutas al que postula. Para efectos de estos cálculos, la antigüedad de cada vehículo será medida en años contando el primer año a partir del 01 de Enero del siguiente año de fabricación del vehículo, según los datos disponibles en las bases de datos de GTU o GGTU16 o según lo que conste en los respectivos certificados de gravamen, en el caso de vehículos que no se encuentren registrados en las referidas bases de datos. La antigüedad promedio de la flota propuesta será calculada automáticamente por el SORSIT sobre la base
de la información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán
incorporados como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a
través de referido programa.
5.9.3. Pertenencia al actual sistema de rutas
En base a los Lineamientos de Política Municipal en materia de Transporte Público establecidos en la
Ordenanza N° 954-MML17, que priorizan la incorporación de los actuales operadores, el presente proceso de
licitación considerará como criterio de evaluación la pertenecía de los postores al actual sistema de rutas
14 De acuerdo con ello, la longitud mínima para que el vehículo se considere como de “longitud similar” a la del vehículo requerido es de 8.10 metros,
en el caso que el vehículo requerido sea un bus de 9 metros, y 10.80 metros, en el caso que el vehículo requerido sea un bus de 12 metros.
15 En este último caso, se tomará en cuenta esta información que la GGTU brinde para efectuar la presente licitación. En caso contrario, se
considerará la información disponible de estos vehículos registrada en los respectivos certificados de gravamen por vehículo. 16 Idem. 17 Artículo N° 2.
47
como operadores de servicios de transporte, entendiendo por “operadores” a los agentes que prestan
directamente el servicio de transporte, esto es, a los responsables directos de la gestión de los vehículos
empleados para prestar este servicio.
En esa línea, los indicadores considerados en la presente sección buscan promover la agrupación e
integración de los actuales operadores en unidades de gestión titulares de la propiedad de los vehículos y/o
responsables de la operación de dichas unidades bajo parámetros técnicos de gestión y asumiendo las
obligaciones previstas en el Contrato de Concesión, entre ellas, el correspondiente proceso de renovación de
vehículos.
La participación de dichos agentes –los operadores- en el proceso de licitación estará directamente
relacionada a su compromiso de poner a disposición del postor los vehículos presentados en la flota
propuesta y, en caso se recibiera la adjudicación del paquete al que postula, al compromiso de emplear
dichos vehículos para la prestación del servicio y, por ende, asumir la propiedad de los mismos, de acuerdo
con lo establecido en las presentes Bases y Contrato de Concesión.
Para este análisis, serán considerados los siguientes indicadores:
5.9.3.1. Nivel de superposición promedio de los vehículos de la flota propuesta (presentados en el Sobre
Nº 02) con el paquete de rutas
A través de este indicador se medirá el porcentaje promedio de superposición de recorridos de los vehículos
incluidos en la Flota Propuesta, en la ruta autorizada por la GTU o GGTU al 29 de Febrero del 2012, con
respecto a la longitud total de las rutas del paquete de rutas al que postule. Aquellos vehículos que no
formen parte del padrón de vehículos de la GTU o la GGTU y que el Postor incluya en su propuesta18 serán
considerados para estos efectos con cero por ciento (0%) de superposición.
Para los efectos de estos cálculos, la longitud de superposición de recorridos de las rutas autorizadas por la
GTU o la GGTU que deberá considerar el Postor, será la que se indica en las Matrices de Superposición de
Rutas en Corredores de Integración y Rutas de Aproximación contenidas en el Anexo Nº 9.
El nivel de superposición promedio será calculado automáticamente por el SORSIT sobre la base de la
información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán incorporados
como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a través de
referido programa.
5.9.3.2. Vehículos presentados en el Sobre N° 2 que correspondan a vehículos registrados en el Padrón de
GTU o GGTU
Este indicador será empleado para evaluar la cantidad de vehículos presentados como parte de la flota
propuesta que correspondan a unidades registradas en el padrón de vehículos autorizados para prestar
servicio de transporte regular de GTU o de GGTU.
18 Debe entenderse que estos vehículos tendrán que corresponder con las características indicadas en los artículos 25.2° y 26° de la Ordenanza 1599.
48
El porcentaje de vehículos que correspondan a las unidades registradas en los padrones de GTU o de GGTU
será calculado automáticamente por el SORSIT sobre la base de la información de los vehículos incorporados
como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán incorporados como parte de la información
correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a través de referido programa.
5.9.4. Acceso a personas con movilidad restringida
Este criterio considera que, como parte del proceso de renovación de la flota que asume el postor
adjudicatario, éste –el postor- podrá ofrecer la incorporación de vehículos con acceso a personas con
movilidad restringida, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo X-6 del Contrato
de Concesión, en una cantidad superior al mínimo requerido -5% de los vehículos de la flota requerida-.
Para evaluar este criterio, se considerará el indicador “vehículos para personas con movilidad restringida”
para el cual se computará la cantidad de vehículos ofrecidos como parte de cada propuesta (Sobre N° 02)
que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para este tipo de vehículos.
Cabe indicar que, independientemente de los ofrecimientos que el postor pueda hacer para ser calificado
por este indicador, éste deberá cumplir, como mínimo, con la incorporación del 5% de los vehículos de la
flota requerida como parte del proceso de renovación de la flota asignada para el paquete de rutas
adjudicado. El cumplimiento de esta obligación no genera calificación alguna por este indicador.
5.9.5. Propiedad del espacio para patios y/o zonas de estacionamiento
Este criterio considerará la propiedad, a la fecha de presentación de su postulación (Sobre N° 01), del
espacio para patios y/o zonas de estacionamiento por parte del postor, y para ello se empleará el indicador
“Área disponible para la flota presentada en el Sobre Nº 2”.
Así, se calificarán las propuestas que demuestren contar con la propiedad del íntegro o parte del espacio
requerido para patios y/o zonas de estacionamiento, de acuerdo con los requerimientos de área (en m2)
para la flota requerida para el paquete de rutas al que se postule19. En el caso de que el postor sea un
consorcio, la propiedad del inmueble empleado para acreditar el ofrecimiento por este indicador podrá ser
acreditada por alguno de sus miembros. Los requerimientos de espacio por vehículo se encuentran indicados
en el punto 5.9.6 de las presentes Bases.
Los postores que acrediten contar con la propiedad de la totalidad o parte del espacio requerido para patios
y/o zonas de estacionamiento, tendrán la obligación de habilitar dichos espacios, de acuerdo con las
especificaciones técnicas señaladas en el Anexo X-8 de las presentes Bases, para la fecha de cumplimiento de
condiciones de para el inicio de pre-operación. El espacio restante para completar el total del área para la
flota requerida será habilitado, como máximo, para la fecha de cumplimiento de las condiciones de
efectividad para el inicio de la operación.
19 No será considerado a efectos de la puntuación por este indicador la disponibilidad de espacio para patios y zonas de estacionamiento resultado de
alquileres, cesión en uso u otro que no sea la propiedad del inmueble acreditada a través de la respectiva escritura pública.
49
Es necesario indicar que los documentos para acreditar la disponibilidad de estos espacios deberán ser
presentados como parte de la documentación del Sobre N° 01, no obstante, esta información será registrada
en el SORSIT como parte de los datos registrados para la remisión del Sobre N° 02.
Cabe señalar también que el postor tiene libertad de presentar alguna propuesta por este punto, sin
embargo, aun en el caso que no efectuase ningún ofrecimiento al respecto, el postor adjudicatario tiene la
obligación de cumplir con la ejecución de lo dispuesto en el Contrato de Concesión.
5.9.6 Organización propuesta
Los siguientes aspectos no son considerados para los efectos de calificación de las propuestas; sin embargo,
el Postor deberá prever que, en caso de resultar ganador de la presente licitación y para la Fecha Inicio de
Pre-Operación, se requerirá que haya implementado la organización funcional, los sistemas e instalaciones
mínimas que se describen a continuación:
5.9.6.1 Unidades de gestión Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar, como mínimo, con las siguientes unidades organizativas con funciones y responsabilidades definidas en manuales editados específicamente por el Concesionario: i) gerencia de operaciones, y ii) gerencia o unidad de mantenimiento; por lo que de ser favorecido con la Buena Pro se compromete a implementar las unidades gerenciales mencionadas.
5.9.6.2 Sistemas de gestión y ayuda a la operación Para la fecha de Inicio de pre-operación el Concesionario deberá contar al menos, con sistemas administrativos computarizados para: i) Gestión del mantenimiento de los vehículos. ii) Gestión de cuentas de proveedores, contabilidad de ingresos y gastos, iii) Administración de personal. 5.9.6.3 Capacitación Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar al menos, con un plan de capacitación y/o entrenamiento del personal operativo, administrativo y gerencial de la empresa para ejecutarlo durante los dos primeros años de la Concesión, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Operaciones.
5.9.6.4 Instalaciones (Patios)
Al momento del inicio de la Fase de Pre-Operación, el Concesionario deberá contar con no menos del 50% de las áreas de estacionamiento, maniobra y circulación que garanticen las condiciones mínimas según lo señalado en la definición de Patios, para la operación de la flota de vehículos que se asignaría a las rutas y/o servicios de las rutas de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, de acuerdo a la siguiente tabla:
Requerimiento Mínimo para Estacionamiento y Maniobras
Bus Patrón Área
Tipo 1 (9 metros) 56 m2/bus
Bus 2 (12 metros) 79 m2/bus
50
Para el inicio de la Fase de Operación los Patios deberán estar implementados al 100%, de acuerdo con lo indicado en el Anexo […….]. 5.10 Presentación del Sobre N° 2
5.10.1 Los Postores calificados después de la evaluación del Sobre N° 1 podrán presentar el Sobre N° 2,
sobre la base de la flota acreditada.
5.10.2 Los documentos contenidos en el Sobre N° 2 deberán presentarse ante el Comité Especial en la fecha
indicada en el Cronograma de la Licitación o en la fecha y lugar que se indique mediante Circular en un acto
público.
5.10.3 El Presidente del Comité Especial recibirá los Sobres Nº 2. Una vez que los Postores calificados hagan
entrega de sus Sobres Nº 2, el Presidente del Comité procederá a abrirlos en el mismo orden que fueron
entregados ante el Notario Público quien dará fé del acto.
Seguidamente, el Notario Público rubricará la primera, última y algunas páginas intermedias de los
documentos contenidos en el Sobre N° 2 y entregará los mismos al Comité Especial.
5.10.4 El Comité Especial rechazará en el acto las propuestas que contengan documentos con
enmendaduras, borraduras y correcciones, así como aquellas que no contengan todos los documentos
requeridos en el Sobre N° 2.
5.10.5 No es subsanable el incumplimiento de presentación de la Carta fianza de garantía de validez,
vigencia y cumplimiento de la propuesta.
5.11 Contenido del Sobre N° 2
El Postor Precalificado deberá cumplir con presentar los siguientes documentos en el Sobre N° 2:
5.11.1 Un ejemplar del Contrato de Concesión firmado por el Representante Legal del Postor calificado del
Sobre N° 1. El Postor deberá tener especial cuidado de que los valores y demás datos que sea necesario
incorporar en los Contratos no deben ser incluidos en el texto del mismo. Estos serán incluidos entre la fecha
de adjudicación y la Fecha de Cierre en función a su respectiva Propuesta. El Contrato de Concesión
constituirá jurídicamente una oferta que de ser aceptada por el Comité Especial se entenderá celebrado sin
necesidad de efectuar o suscribir acto o documento adicional alguno para dicho efecto de ninguna de las
partes.
5.11.2 Carta Fianza de garantía de validez, vigencia y cumplimiento de la propuesta, según el Anexo N° 6.
5.11.3 Impresión del formato generado por el SORSIT con la información de la propuesta para el paquete al
que se postula.
51
5.12 Procedimiento de Reconsideración y Apelación de los resultados del Sobre Nº 02
5.12.1 Solicitud de Reconsideración
El Postor descalificado, o disconforme con las decisiones adoptadas por el Comité Especial, como
consecuencia de la evaluación de la información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N°
2, podrá presentar ante el Comité Especial una solicitud de reconsideración de la evaluación de los
resultados de la evaluación, cumpliendo los requisitos de procedibilidad exigidos por la Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 para dicho recurso. Esta etapa precluye una vez
transcurrido el plazo establecido en el punto 5.12.2. No podrá interponerse recurso de reconsideración
contra una decisión del Comité Especial como consecuencia de la evaluación de la información y
documentación entregada hasta la recepción del Sobre N° 2, en cualquier otra etapa posterior a la presente.
5.12.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración
La solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante el Comité Especial, dentro de los tres (3) días
hábiles contados desde a la fecha de recepción de la notificación a través del SORSIT. Una vez recibida la
solicitud de reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de
los cinco (05) días contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración.
5.12.3 Apelación
La resolución del Comité Especial podrá ser apelada por el Postor dentro de los tres (03) días hábiles
contados desde la fecha de notificación de la resolución a través del SORSIT. La GTU resolverá la apelación
interpuesta dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha de recepción de la apelación. La decisión
que recaiga sobre la apelación es definitiva y no podrá ser objeto de impugnación.
5.12.4 Gastos
Cualquier gasto del Postor afectado que pudiera derivarse del proceso de reconsideración o de una eventual
apelación, será de cuenta exclusiva de aquél.
5.12.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación
5.12.5.1 Ninguna solicitud de reconsideración o apelación contemplada en el Numeral 5.12, será admitida a
menos que sea acompañada por una fianza bancaria que sea solidaria, irrevocable, incondicional, sin
beneficio de excusión, ni división y de realización automática, otorgada a favor de la GTU, con el plazo
mínimo de vigencia de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que se interponga el recurso. La
fianza bancaria, según sea el caso, deberá ser emitida por una Entidad financiera por un importe de Ciento
Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/. 130,000.00). La fianza bancaria deberá presentarse de acuerdo a los
términos del modelo incluido en el Anexo Nº 8.
5.12.5.2 En el caso que se declare infundado o improcedente el recurso o recursos interpuestos, GTU
ejecutará la garantía.
52
5.12.5.3 En caso se declare fundada la reconsideración y/o la apelación interpuesta por el Postor, el Comité
Especial deberá devolver a éste la garantía que le fuera entregada, dentro de un plazo de cinco (5) días de
notificado el acto correspondiente. El monto por el que se constituyó la garantía no generará intereses.
5.13 Presentación del Sobre Nº 3 (Propuesta Económica)
A los efectos de esta Licitación, la presentación de la Propuesta constituye una Propuesta irrevocable e
implica el sometimiento del Postor a todos los términos y condiciones sin excepción de los Contratos así
como de su propia propuesta económica durante la vigencia de la Concesión. Esta propuesta –incluida en el
Sobre Nº 03- deberá ser presentada de acuerdo al Formulario Nº 2 del Anexo 4 de las presentes Bases,
documento que deberá contener la firma legalizada del representante del postor.
No proponer los valores de las tarifas o costos por kilómetro requeridos, no identificarlos por cada una de las
rutas que componen el paquete, o proponer valores para estas variables fuera del rango de valores indicado
en el Anexo X-7, involucra un vicio que acarrea la descalificación del Postor. Del mismo modo, la propuesta
económica que no contenga la firma del representante del postor o que no haya sido debidamente
legalizada implicará también la descalificación del postor.
5.13.1 Este sobre deberá estar cerrado y ser entregado como parte de la documentación correspondiente
al Sobre Nº 1.
5.13.2 El Sobre N° 3 del Postor se abrirá únicamente si el Comité Especial declara que el Postor ha cumplido
con el mínimo puntaje establecido de acuerdo al punto 8, para el cumplimiento de los requisitos
establecidos en estas bases, y como consecuencia de ello será considerado Postor Calificado.
5.13.3 Todas las Propuestas deberán permanecer vigentes, a los efectos de su posible aceptación por el
Comité Especial hasta la Fecha de Cierre.
5.13.4 El Postor deberá presentar una (1) propuesta en sobre independiente por cada paquete de rutas al
que postule. Dicha propuesta estará compuesta por los ofrecimientos efectuados por cada una de las rutas
que componen el paquete en cuanto a tarifa al pasajero, costo por kilómetro y tarifa por pasajero
transbordado (conceptos a ser definidos en la siguiente sección). En el caso de los servicios que compongan
un paquete de rutas, los valores correspondientes a tarifa por pasajero, costo por kilómetro y tarifa por
pasajero transbordado deberán ser los mismos que los ofrecidos para la ruta a la que se encuentran
vinculada.
5.14 Contenido del Sobre Nº 3
El Sobre N° 3 corresponde a la propuesta económica que realiza el Postor para la prestación de los servicios
públicos de transporte de personas por cada una de las rutas del Paquete de Rutas al cual esté postulando y
deberá contener:
53
5.14.1 Tarifa por pasajero
Corresponde a la tarifa por pasajero transportado categoría Adulto que propone el Postor por cada una de
las rutas que compone el paquete de rutas, en base a sus propios cálculos para prestar el servicio público de
transporte durante las etapas de Pre Operación y Operación.
5.14.2 Costo por kilómetro
Corresponde al costo por Kilómetro en servicio comercial -por cada una de las rutas que compone el
paquete de rutas- que propone el Postor en base a sus propios cálculos para prestar el servicio público de
transporte durante las etapas de Pre-operación y Operación.
5.14.3 Tarifa por pasajero transbordado
Corresponderá a la tarifa especial por pasajero aplicada en el caso que el usuario integre su viaje con
cualquiera de los servicios que formen parte del SIT20. Dicha tarifa será propuesta por el Postor sobre la base
de sus propios cálculos para cada una de las rutas que componen el paquete al que postula y será aplicada
durante las etapas de Pre-operación y Operación.
5.15 Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta
5.15.1 El Postor calificado después de la evaluación del Sobre N° 1 deberá garantizar la seriedad de la
Propuesta que realice durante la Licitación.
5.15.2 Para tal efecto, el Postor calificado deberá incluir en el Sobre Nº 2, el original de una Carta Fianza de
Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta, solidaria, irrevocable, incondicional, sin
beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor de GTU. El monto de la fianza que el
Postor Precalificado debe presentar por cada Paquete de Servicios al que postula, será de Trescientos
Noventa Mil y 00/100 Nuevo Soles (S/. 390.000.00).
La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta deberá estar emitida de acuerdo a los
términos del modelo incluido en el Anexo Nº 6 por una Entidad financiera o por un Banco del Exterior y
confirmada por una Entidad financiera.
El plazo de vigencia de la garantía debe correr desde la fecha de presentación del Sobre Nº 2 hasta la Fecha
de Cierre. La referida garantía será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en este
inciso.
5.15.3 Si luego de otorgada y consentida la Buena Pro el Adjudicatario no cumple con todas y cada una de
las obligaciones que le corresponden en la Fecha de Cierre, en la fecha de cumplimiento de condiciones de
Pre-operación, o en la fecha de cumplimiento de las condiciones de efectividad para dar inicio a la Operación
según se estipula en las cláusulas correspondientes en el Contrato de Concesión, la Garantía de Validez,
Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada podrá ser ejecutada por GTU.
20 Esto incluye pasajeros transbordados que procedan de cualquiera de las rutas o servicios del SIT: Corredores Complementarios, Corredores de
Integración y Rutas de Aproximación.
54
La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada por un Postor Precalificado que
no resulte Adjudicatario le será devuelta luego de vencida la vigencia de las Propuestas, sin que se generen
intereses a su favor.
6. APERTURA DE PROPUESTAS
6.1 Apertura del Sobre Nº 2
El Sobre N° 2 tiene por objeto la presentación de la documentación que respalda la información registrada al
SORSIT vinculada a la propuesta técnica de cada una de las rutas del paquete o paquetes al cual postula el
administrado.
6.1.1 La apertura del Sobre Nº 2 se realizará en acto público que se llevará a cabo en la fecha señalada en el
Numeral 1.7 y en lugar y hora oportunamente comunicados por el Comité Especial o en su caso de acuerdo
a lo establecido en el Numeral 5.10. Será presidido por el Presidente del Comité Especial y contará con la
presencia de un representante del Oficina de Control Interno, un Notario Público y del Representante Legal
y/o un Agente Autorizado de los Postores que deseen hacerlo.
6.1.2 El Comité Especial, abrirá los Sobres Nº 2 de los Postores calificados en la etapa previa, cuyo contenido
será visado por el Notario Público.
6.1.3 Si alguna de las ofertas contenidas en el Sobre Nº 2 de los Postores calificados no cumpliese con los
requisitos establecidos por estas Bases, será descalificado.
6.1.4 De acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, El Presidente del Comité Especial, asistido por el
Notario Público, anunciará aquellas Propuestas válidas presentadas, identificando al titular de la respectiva
Propuesta.
7. CALIFICACION DE PROPUESTAS TECNICAS (Sobre N° 2)
7.1 Para efectos de la calificación de las propuestas técnicas de cada Postor, se considerará la siguiente tabla
de calificación:
55
(1) Este indicador será evaluado respecto de las propuestas de los demás postores compitiendo por el mismo paquete. El
postor que ofrezca más vehículos obtendrá el mayor puntaje, los demás obtendrán un puntaje proporcional en función de
lo ofrecido por el primero.
Rango Puntaje
1Cantidad de vehículos a ser chatarrizados
con fondos propios
Máximo puntaje a quien ofrezca chatarrear la mayor cantidad
de vehículos -por encima del 20% de la flota asignada- durante
los tres primeros años contados desde la fecha de inicio de pre-
operación . (1)
20
Mayor o igual al 20% de la flota propuesta en el Sobre N° 2 15
Mayor o igual al 15% y menor al 20% de la flota propuesta en el
Sobre N° 210
Mayor o igual al 10% y menor al 15% de la flota propuesta en el
Sobre N° 26
Mayor o igual al 5% y menor al 10% de la flota propuesta en el
Sobre N° 22
Menor al 5% de la flota propuesta en el Sobre N° 2 0
Menor a 10 años 15
Mayor o igual a 10 años y menor a 15 años 10
Mayor o igual a 15 años y menor a 20 años 6Mayor o igual a 20 años 1.5
Mayor o igual al 30% 10
Mayor o igual al 15% y menor al 30% 8
Mayor o igual al 10% y menor al 15% 6
Mayor o igual al 5% y menor al 10% 4Menor al 5% 2
Mayor o igual al 50% de la flota presentada en el Sobre N° 2 10
Mayor o igual al 20% y menor al 50% de la flota presentada en
el Sobre N° 26
Menor al 20% de la flota presentada en el Sobre N° 2 0
6Vehículos para personas con movilidad
restringida (2)
Máximo puntaje para el postor que ofrezca introducir -en
remplazo de los vehículos presentados en el Sobre Nº 2- la
mayor cantidad de vehículos para personas con movilidad
restringida. (1) (3) (4)
15
7Área disponible para la flota presentada en
el Sobre Nº 2
Máximo puntaje a quien demuestre que, a la fecha de la
presentación del Sobre Nº 1, cuenta con la propiedad de un
espacio para el estacionamiento del 100% de la flota
requerida.
Ofrecimientos que impliquen disponer de un espacio menor
al requerido para el 100% de la flota requerida serán
puntuados en forma proporcional sobre la base del area
ofrecida en su propuesta. (5)
15
Indicador
2
Vehículos de la flota propuesta (en el
Sobre Nº 2) que correspondan a la longitud
del tipo de vehículo requerido
3Antigüedad promedio de la flota propuesta
(presentada en el Sobre N° 02)
4
Nivel de superposición promedio de los
vehículos de la flota propuesta
(presentados en el Sobre Nº 02)
5
Vehículos presentados en el Sobre N° 2
que correspondan a vehículos registrados
en la base de datos de GTU o GGTU
56
(2) Cualquier ofrecimiento que implique una cantidad de vehículos para personas con movilidad restringida inferior al 5% de la
flota requerida para el paquete de rutas concursado será calificada con cero (0) puntos.
(3) El remplazo ofrecido en este punto se ejecutará durante los 5 primeros años de operación, como parte del proceso de
renovación asumido como obligación establecidas en las presentes Bases y el Contrato de Concesión.
(4) Los vehículos para el acceso a personas con movilidad restringida deben corresponder a las especificaciones técnicas para
este tipo de unidades definidas en el contrato.
(5) El espacio requerido para el 100% de los vehículos presentados en el Sobre Nº 2 se determinará sobre la base de lo
señalado en el punto 5.9.6.4 de las presentes Bases.
7.2 Calificaciones de propuestas técnicas menores a cuarenta y uno (41) puntos serán consideradas no
aceptables procediéndose a devolver el Sobre N° 03 cerrado, a sus Postores.
8. CALIFICACION DE PROPUESTAS ECONOMICAS (Sobre N° 3)
Solo se abrirán los Sobres N° 3 de aquellos Postores que hayan obtenido más de cuarenta y uno (41) puntos
en la calificación de sus propuestas técnicas.
La apertura del Sobre N° 3 se realizará en acto público que se llevará a cabo en la fecha, lugar y hora
oportunamente comunicados por el Comité Especial, y contará con la presencia de un representante del
Oficina de Control Interno de la MML, de Notario Público y de los Postores que deseen hacerlo.
8.1 El Comité Especial, abrirá los Sobres N° 03 de los Postores Calificados con igual ó más de 41 puntos en la
propuesta técnica, uno por uno y dará lectura a su contenido.
8.2 Si alguna de las ofertas contenidas en el Sobre N° 3 de los Postores Calificados no cumpliese con los
requisitos establecidos por estas Bases, será descalificada.
8.3 Los postores prepararán sus ofertas económicas tomando como referencia las franjas de costos por
kilómetro y tarifas base máximas y mínimas incluidas en el Anexo X-7 de las Bases. Las tablas con los valores
máximos y mínimos de costos-km y tarifas (por pasajero y por pasajero transbordado) que se encuentran en
el Anexo X-7 de las Bases, indican los valores referenciales para los servicios agrupados por paquetes y por
rutas. El Postor estimará sus propios costos por kilómetro y tarifas individualmente para cada ruta que
comprenda el paquete. Propuestas fuera de estos márgenes (superior o inferior) serán descalificadas.
8.4 El Presidente del Comité Especial, asistido por el Notario Público, anunciará aquellas Propuestas
calificadas presentadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, identificando al titular de la
respectiva Propuesta.
Para efectos de la calificación de la propuesta económica de cada Postor se asignará un puntaje por cada
aspecto a evaluar (Costo por kilómetro, Tarifa por pasajero y Tarifa por Pasajero Transbordado), la cual será
comparada con las demás propuestas efectuadas para un mismo paquete de rutas, de acuerdo con las
siguientes fórmulas:
57
- Puntaje Económico por ruta de un paquete:
Para estimar el Puntaje Económico para una de las rutas de un paquete debe considerarse la siguiente
fórmula:
A su vez, estos valores se obtienen considerando la siguiente fórmula:
- Puntaje Económico Total (por el paquete):
El puntaje económico para el paquete concursado se estimará sobre la base de los puntajes económicos
individuales ponderados de cada una de las rutas que conforman un paquete al cual se postula
(representada por “i”), considerando la longitud de cada ruta (en Km) respecto de la suma de los kilómetros
de todas las rutas del paquete, de acuerdo con la siguiente fórmula:
58
9. ADJUDICACIÓN
9.1 Proceso de Adjudicación
Una vez establecido los puntajes de las propuestas técnicas y económicas de cada Paquete de rutas, el
Comité Especial procederá a estimar el puntaje total de las propuestas de cada paquete de acuerdo a lo
siguiente fórmula:
Seguidamente se procederá a ordenar de mayor a menor las propuestas calificadas para cada uno de los
Paquetes de Rutas. Luego de ordenadas las Propuestas calificadas, el Comité Especial adjudicará los
Paquetes de Rutas a los Postores que hubieren obtenido el mayor puntaje en cada caso.
En caso queden paquetes de rutas sin adjudicar, el Comité Especial pondrá en conocimiento esta situación a
todos los postores que cuenten con parte o la totalidad de la flota acreditada sin ser asignada a alguno de los
paquetes de rutas en concurso. A dichos postores se les otorgará un plazo de quince (15) días calendario –
desde la fecha de notificación- para registrar su nueva propuesta en el SORSIT21 y presentar la
documentación requerida en el Sobre N° 02.
No estarán incluidos en este grupo de postores quienes en el proceso original hubiesen presentado el Sobre
N° 02 para el paquete de rutas en cuestión y hayan sido descalificados en dicho proceso.
Únicamente podrán participar en esta etapa aquellos postores que cumplan con las siguientes condiciones:
a) haber presentado el Sobre N° 03 para el paquete no adjudicado como parte de la documentación
entregada en el Sobre N° 01
b) haber obtenido un puntaje técnico superior a 50 puntos en cada uno de los paquetes en los que
haya postulado;
c) contar, como mínimo, con la flota requerida o equivalente para el paquete en cuestión.
En caso que se presentara más de una propuesta para el paquete de rutas sin adjudicar, el Comité Especial
empleará los mismos mecanismos establecidos en las presentes Bases para determinar la adjudicación de
paquetes.
21 Esto es, los vehículos que propone para la operación de este paquete de rutas así como los ofrecimientos técnicos respectivos.
59
En el caso que únicamente fuera presentada una propuesta para el referido paquete, se adjudicará el
paquete directamente a dicho postor. Los postores que se adjudiquen de este modo un paquete de rutas
deberán cumplir con las siguientes obligaciones:
i) Chatarreo de vehículos: una cantidad equivalente al 30% de la flota propuesta para el paquete a
ser chatarreados durante los dos primeros años contados desde la fecha de inicio de operación.
ii) Vehículos con acceso para personas con movilidad restringida: una cantidad equivalente al 10%
de la flota requerida (introducidos como parte del proceso de renovación de vehículos que
asume)
Las demás obligaciones se ejecutarán tal cual fueran establecidas en las presentes Bases y el respectivo
Contrato de Concesión.
Concluida la Adjudicación, el Notario Público procederá a elaborar el acta respectiva, la cual será suscrita por
los miembros del Comité Especial y el Notario Público. Este acto será debidamente notificado a los Postores
Calificados.
9.2 Empate de Propuestas
9.2.1 De producirse un empate en los puntajes obtenidos entre dos o más Postores Calificados para un
mismo Paquete, la ruta será otorgada al postor que cuente con la mayor cantidad de vehículos ofrecidos
para chatarreo. Si aún persistiera el empate, la Buena Pro será otorgada al postor que demuestre contar -en
el flota propuesta- con la mayor cantidad de vehículos que correspondan a la longitud del tipo de vehículo
requerido para el paquete al que postula.
9.2.2 De persistir el empate, se otorgará la buena pro a aquel postor que demuestre contar la flota
propuesta con la mayor menor antigüedad promedio medida según lo ofrecido en el punto 5.9.2.2 de las
presentes Bases.
9.3 Impugnaciones
Los Postores Calificados que hayan presentado sus Propuestas podrán interponer medios impugnatorios en
los plazos señalados previstos en estas Bases.
9.3.1 Reconsideración
Los postores que hayan calificado para la presentación del Sobre N° 03 podrán presentar ante el Comité
Especial una solicitud de reconsideración contra la resolución de Adjudicación del Comité Especial dentro de
los tres (3) días de la fecha de notificación de la referida resolución. Una vez recibida la solicitud de
reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de un plazo
máximo de cinco (5) días. Contra la decisión del Comité Especial que desestima la reconsideración procede
apelación.
60
9.3.2. Apelación
9.3.2.1 Los postores que hayan calificado para la presentación del Sobre N° 03 interponer recurso de
apelación contra la resolución de Adjudicación del Comité Especial el mismo que deberá elevar
inmediatamente a la GTU dicha impugnación. El recurso de apelación deberá ser presentado por escrito, y
firmado por el Representante Legal y autorizado por abogado colegiado, dentro del plazo máximo de tres (3)
días a partir de la fecha de notificación de lo resuelto en primera instancia por el Comité Especial. La GTU
resolverá este recurso administrativo dentro del plazo máximo de cinco (5) días contados a partir del día de
interposición del recurso de apelación, notificando por escrito su resolución al domicilio señalado por el
Postor Calificado respectivo para efectos de la Licitación.
9.3.2.2 Contra lo resuelto por la GTU no procede solicitud ni impugnación alguna, finalizando la instancia
administrativa, salvo para el caso de aclaraciones.
9.3.3 Garantía de Impugnación
9.3.3.1 La Impugnación no será considerada válidamente interpuesta y carecerá de todo efecto a menos que
el Postor Calificado respectivo entregue al Comité Especial, conjuntamente con el mencionado recurso, una
fianza bancaria solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización
automática, a favor de GTU por un monto de Ciento Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/.130.000.00). La
fianza bancaria deberá ser emitida por una Entidad financiera en los términos del Anexo N° 7.
9.3.3.2 La garantía de impugnación será ejecutada por la MML, en los siguientes casos:
(i) Cuando se declare infundado o improcedente el recurso de reconsideración presentado por el Postor
Calificado (en ausencia de apelación) y lo resuelto quede consentido.
(ii) Cuando se declare infundado o improcedente el recurso de apelación presentado por el Postor Calificado.
En caso el recurso de reconsideración o de apelación interpuesto se declare fundado, se devolverá la
garantía de apelación al Postor Calificado respectivo no generando intereses a su favor.
9.3.3.3 La vigencia de la garantía de impugnación, a que se refiere este inciso será de cuando menos sesenta
(60) días calendario contados a partir de la fecha de de interposición del medio impugnatorio.
9.4 Licitación desierta
9.4.1. El Comité Especial declarará desierta la Licitación de un paquete de rutas al no existir ningún postor
calificado en alguna de las etapas del proceso de licitación pública.
En dicho caso, el Comité Especial pondrá en conocimiento esta situación a todos los postores que cuenten
con parte o la totalidad de la flota acreditada sin ser asignada a alguno de los paquetes de rutas en concurso
y se seguirá el procedimiento establecido en el punto 9.1 de las presentes Bases.
61
9.5 Suspensión o Cancelación
El Comité Especial podrá suspender o cancelar la Licitación en cualquiera de sus etapas con expresión de
causa debidamente fundamentada y no necesariamente basada en argumentos de carácter legal, sin incurrir
en responsabilidad alguna del Comité Especial, GTU, ni de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
10. PROCEDIMIENTO DE CIERRE
10.1 Fecha de Cierre
La Fecha de Cierre tendrá lugar en el día señalado en el Cronograma del Proceso de Licitación, de acuerdo al
punto 1.7 de las presentes Bases, el cual podrá ser modificado mediante Circular y se llevará a cabo en
presencia de un Notario Público. El Comité Especial comunicará oportunamente el lugar y hora de este
evento.
10.2 Condiciones para la Fecha de Cierre:
En la Fecha de Cierre indicada en el Cronograma del Proceso de Licitación deberán cumplirse las siguientes
condiciones:
10.2.1 Entregar al Concedente el Testimonio de la Escritura Pública de constitución del Concesionario como
persona jurídica debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP,
así como cualquier modificación de los estatutos del Concesionario, en el cual se pueda verificar lo siguiente:
(i) que el objeto social principal del Concesionario permitirá la operación del Servicio del Sistema así como
sus actividades conexas; (ii) que su domicilio se fije en la ciudad de Lima; (iii) que se encuentren incluidos los
bienes y activos comprometidos en el Contrato de Consorcio y los vehículos incluidos en la respectiva flota
propuesta22; (iv) que el capital suscrito y pagado corresponda al capital social presentado como parte del
proceso de licitación y sea equivalente, como mínimo, a un millón ochocientos mil Nuevos Soles (S/.
1`800,000.00); y, (v) para el caso de consorcios, la ratificación de todos los actos realizados por el
representante legal y agentes autorizados, antes de la constitución de la persona jurídica, especialmente la
suscripción del Contrato de Concesión, el Contrato de Fideicomiso de Administración y cualquier otro
derecho u obligación que le corresponda conforme a estas Bases, el Contrato de Concesión, el Contrato de
Fideicomiso de Administración o las Leyes Aplicables.
10.2.2 Entregar los poderes debidamente inscritos en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- SUNARP de los Representantes Legales del Concesionario que suscribirá, según sea el caso, el Contrato de
Concesión y el Contrato de Fideicomiso de Administración cuyo texto será alcanzado oportunamente. La
antigüedad y/o vigencia de los poderes no podrá ser mayor a 30 días de la fecha de presentación de los
mismos.
22 Los vehículos incluidos en la flota asignada comprenden tanto los vehículos de propiedad o titularidad de los consorciados o la persona jurídica,
como los vehículos de terceros adscritos a la flota propuesta adscritos a través del la declaraciones juradas correspondientes al Formulario 1-A o 1-
B del Anexo N° 4, que forman parte de su propuesta.
62
10.2.3 Efectuar el pago a la GTU de la suma a ser establecida por el Comité Especial correspondiente a los
gastos en los que éste incurriera durante el proceso de licitación.
10.2.4 Haber suscrito el Contrato de Concesión y el contrato de fideicomiso en administración celebrado por
los Representantes Legales del Concesionario y GTU
10.2.5 Presentar el cronograma de salida de vehículos a renovar y de ingreso de vehículos nuevos,
priorizando la salida de los vehículos de mayor antigüedad, menor capacidad y longitud.
10.2.6 En el caso de consorcio, entregar Certificado de Gravamen Vehicular de los vehículos propuestos
como flota asignada, en los que se indique que dichas unidades son de propiedad exclusiva del adjudicatario.
10.2.7 Entregar el Manual de Operaciones elaborado por el concedente, de conformidad con lo establecido
en las presentes Bases.
10.2.8 Ratificar el Plan de Implementación del Sistema
10.3 Garantías de Fiel Cumplimiento
10.3.1 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión
Con el objeto de garantizar todas y cada una de las obligaciones que le corresponden al Concesionario de
acuerdo al Contrato de Concesión, aquel deberá entregar en la fecha de cumplimiento de las condiciones de
efectividad para el inicio de la Operación a GTU, una Carta Fianza (la “Garantía de Fiel Cumplimiento del
Contrato”) por el monto de S/.2´600,000.00 (Dos Millones seiscientos mil y 00/100 nuevo Sol) que será
solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor
de GTU, por el monto establecido en el Contrato para cada uno de los Paquetes de Servicio que se
adjudiquen.
La fianza estará vigente desde la fecha de inicio de Pre-operación hasta dos (2) años después del término de
la Concesión y en los términos y condiciones del Modelo de Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento
del Contrato contenido en el Modelo 1 del Anexo Nº 5 de las presentes Bases.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión deberá ser emitida por una Entidad financiera o
por un Banco Extranjero y confirmada por una Entidad financiera.
Esta Garantía de Fiel Cumplimiento será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en
este Numeral.
10.3.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo
Con el objeto de garantizar que la obligación de cumplir con el Chatarreo de Vehículos no excederá los
plazos comprometidos en el presente proceso de licitación, el Concesionario deberá entregar en la fecha de
cumplimiento de condiciones para el inicio del período de Pre-operación a GTU, una Carta Fianza (la
“Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo”) que será solidaria, irrevocable, incondicional, sin
63
beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor de GTU , por el monto equivalente al
resultado de la multiplicación del Valor del vehículo Equivalente para Chatarreo que es S/. 12,800.00 (Doce
mil ochocientos y 00/100 Nuevo Sol) por el número de vehículos a ser chatarreados, comprometidos como
parte de su propuesta en función de los criterios de calificación establecidos en el punto 5.9.2 de las
presentes Bases.
La fianza estará vigente desde la fecha de inicio de pre-operación hasta el final del quinto (5) año de
operación o hasta el mes siguiente luego que la GTU –a pedido del Concesionario- haya constatado el
cumplimiento del chatarreo de la totalidad de las unidades a las que se haya comprometido a chatarrear y
en los términos y condiciones de la Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo
contenido en el Modelo 2 del Anexo Nº 5.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo deberá estar emitida por una Entidad financiera o
por un Banco Extranjero y confirmada por una Entidad financiera.
Esta Garantía de Fiel Cumplimiento será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en
este Numeral.
Si el Concesionario incumple total o parcialmente con la Obligación de Chatarreo a que se refiere el Numeral
5.9.2 de las Bases, y el Contrato, GTU podrá ejecutar la Garantía de Chatarreo, en forma inmediata y sin
necesidad de aviso previo al Concesionario.
La ejecución de dicha garantía es excluyente de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
10.4 Ejecución de la Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta
10.4.1 Si el Adjudicatario incumple cualquiera de sus obligaciones contraídas con relación a las obligaciones
señaladas en la Fecha de Cierre, la GTU podrá ejecutar la Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la
Propuesta, en forma inmediata y sin necesidad de aviso previo al Adjudicatario. La ejecución de dicha
garantía no limita ni restringe cualquiera otros derechos que pudiera tener GTU frente al Adjudicatario que
incumplió con sus obligaciones con relación a su Propuesta.
10.4.2 En caso de incumplimiento23 del Adjudicatario y sin perjuicio de lo mencionado en el Numeral 10.4.1,
GTU declarará sin efecto la adjudicación que señala el Numeral 9.1 De ser así, procederá la selección de una
persona jurídica para la prestación del servicio a través de un proceso de licitación pública para el
otorgamiento de una concesión en las rutas del respectivo paquete. Sin perjuicio de ello, GTU podrá
establecer las medidas necesarias para atender la demanda de viajes de forma provisional, en las rutas del
respectivo paquete, hasta el nombramiento de la nueva persona jurídica.
23 Nos referimos a un incumplimiento esencial, el cual debe ser entendido como aquel incumplimiento o cumplimiento parcial tardío o defectuoso de
cualquiera de las obligaciones imputables al Concesionario, que generen un perjuicio al Concedente tal que limite el objeto y fines de la Concesión,
a la luz de lo establecido en las Bases de la Licitación Pública, las propuestas y el Contrato de Concesión. Los incumplimientos esenciales y las
circunstancias que involucren que un incumplimiento devenga en esencial serán definidas en el Contrato de Concesión.
64
10.4.3 En el caso referido en el Numeral 10.4.2, GTU encargará la prestación del servicio de transporte en el
paquete de rutas a un Adjudicatario temporal informándole además las condiciones que deberá cumplir
para la prestación del servicio hasta el otorgamiento de la concesión al nuevo adjudicatario.
10.4.4 Para la selección del nuevo adjudicatario la GTU iniciará un nuevo proceso de promoción a la
inversión privada, de conformidad con la normativa vigente.
10.4.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en el Numeral 10.4.1, GTU podrá iniciar todas las acciones legales que le
permita las Leyes Aplicables y que se originen a raíz del incumplimiento del Adjudicatario original.
10.5 Entrada en Vigencia del Contrato de Concesión
El Contrato de Concesión entrará en vigencia y surtirá plenos efectos jurídicos en la Fecha de Cierre, luego de
ser suscrito por el Representante Legal del Concedente. La Fecha de Cierre se identificará para todos los
efectos como la fecha en la que se suscribe el Contrato de Concesión. A partir de esta fecha serán aplicables
los Reglamentos, Manuales, Tablas de Infracciones y demás disposiciones aplicables.
10.6 Inicio del Plazo de Concesión
El cómputo del plazo de vigencia de la concesión se inicia en la Fecha de Inicio de la Operación, conforme a
lo establecido en el Contrato de Concesión.
11. DISPOSICIONES FINALES
11.1 Ley Peruana
Estas Bases, los documentos que las integran y los Contratos se regirán e interpretarán de acuerdo a las
Leyes Aplicables, priorizando la aplicación de la normativa municipal en materia de transporte urbano.
12. ANEXOS
65
ANEXO Nº 1-A
RELACIÓN DE RUTAS Y SERVICIOS DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN
Paquete Ruta 1 Ruta 2 Ruta 3 Ruta 4 Ruta 5
P-1 601 601A 808
P-2 609 813
P-3 812 604
P-7 701 701A 704
P-10 605 805
P-11 723 730
P-13 815 816
P-14 801 814
P-17 724
P-18 804 809 809A
P-19 803 810
P-24 702 702A 703
P-28 729 725
P-29 607 607A
P-33 726 726A
P-34 727
P-35 728 728A
P-37 806 806A
P-38 608 608A 608B
P-40 802 811
P-42 602
P-43 603
P-44 606
P-45 826 826A
P-46 807 818 823 825 824
P-47 817 819 820 822 821
66
ANEXO Nº 1-B
RESUMEN DE RUTAS Y SERVICIOS DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN
Descripción Rutas/Servicios Paquetes Flota Requerida (5% reten)
Bus 12m Bus 9m Total de Flota
Asociados a Corredores de Integración
Rutas 13 09 960
960
Servicios 04
Rutas de Aproximación Rutas 34 17 1,434 270 1,704
Servicios 07
Total General 58 26 2,394 270 2,664
Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación. Elaboración propia.
67
ANEXO N° 1-C RESUMEN DE LA FLOTA POR PAQUETE DE RUTAS Y SERVICIOS ASOCIADOS A LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN
Paquete Código Flota Requerida (5% Reten) Demanda Día
(Referencial) Kilómetros Día (Referencial) Bus12m Bus9m Total
P-1
601
139 0 139
84,871 13,990
808 69,902 12,742
601A 4,173 558
P-2 609
87 0 87 61,157 9,514
813 48,729 3,982
P-3 812
103 0 103 136,815 16,623
604 47,866 6,885
P-10 605
83 0 83 60,269 7,552
805 48,888 3,789
P-29 607
123 0 123 66,612 11,828
607A 6,724 634
P-38
608
130 0 130
91,960 18,674
608A 3,291 492
608B 9,274 1,470
P-42 602 94 0 94 71,487 8,886
P-43 603 112 0 112 86,833 15,061
P-44 606 89 0 89 83,206 13,135
Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación, Elaboración propia.
68
ANEXO N° 1-D
RESUMEN DE LA FLOTA POR PAQUETE DE LAS RUTAS DE APROXIMACIÓN
Paquete Código Flota Requerida (5% Reten) Demanda Día
(Referencial) Kilómetros Día (Referencial) Bus12m Bus9m Total
P-7
701
55 9 64
110,454 6,856
704 2,646 1,130
701A 53,216 3,021
P-11 723
45 18 63 57,132 4,459
730 14,167 1,841
P-13 815
0 89 89 1,017 2,594
816 21,172 7,496
P-14 801
66 25 91 31,165 5,062
814 16,225 3,237
P-17 724 53 0 53 61,827 5,699
P-18
804
59 0 59
25,924 3,510
809 47,302 3,681
809A 1,852 85
P-19 803 72 0 72
53,150 5,618
810 24,841 1,995
P-24
702
82 0 82
107,469 7,183
703 35,100 2,734
702A 48,066 2,222
P-28 729
114 0 114 61,964 2,799
725 78,626 8,484
P-33 726
102 0 102 78,302 7,440
726A 4,931 562
P-34 727 95 0 95 79,445 8,852
P-35 728
238 0 238 103,620 17,195
728A 87,777 13,591
P-37 806
89 0 89 71,442 7,695
806A 4,805 246
P-40 802
78 0 78 86,105 8,957
811 27,805 1,902
P-45 826
187 0 187 40,140 20,333
826A 7,754 3,926
P-46
807
99 37 136
96,330 15,984
818 4,216 802
823 8,180 646
825 16,012 993
69
824 8,717 1,164
P-47
817
0 92 92
22,490 4,300
819 17,310 2,856
820 36,412 3,695
822 13,673 1,078
821 11,239 1,664
Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas
y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de
Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación. Elaboración propia.
70
ANEXO N° 1-E
TIPOLOGÍA PERMITIDA PARA RUTAS Y SERVICIOS POR EQUIVALENCIA DE BUS PATRÓN24
Paquete Ruta/Servicio Tipología permitida
Paquete Ruta/Servicio Tipología permitida
P-1
601 Camioneta Rural
P-24
702 Microbús
601A Camioneta Rural
702A Microbús
808 Camioneta Rural
703 Camioneta Rural
P-2 609 Microbús
P-25
752 Camioneta Rural
813 Camioneta Rural
752A Camioneta Rural
P-3 812 Camioneta Rural
754 Camioneta Rural
604 Microbús
751 Camioneta Rural
P-4 715 Camioneta Rural
753 Camioneta Rural
714 Camioneta Rural
P-26
719 Camioneta Rural
P-5
758 Camioneta Rural
717 Camioneta Rural
759 Camioneta Rural
717A Camioneta Rural
764 Camioneta Rural
P-27
610 Camioneta Rural
P-6
710 Camioneta Rural
610A Camioneta Rural
706 Camioneta Rural
610B Camioneta Rural
709 Microbús
610C Camioneta Rural
P-7
701 Microbús
P-28
729 Microbús
701A Microbús
725 Microbús
704 Camioneta Rural
P-29
607 Microbús
P-8 761 Camioneta Rural
607A Microbús
756 Camioneta Rural
P-30
707 Microbús
P-9
712 Camioneta Rural
707A Microbús
712A Camioneta Rural
707B Microbús
718 Camioneta Rural
P-31
713 Camioneta Rural
718A Camioneta Rural
713A Camioneta Rural
P-10 605 Microbús
P-32
711 Camioneta Rural
805 Camioneta Rural
711A Camioneta Rural
P-11 723 Camioneta Rural
P-33
726 Microbús
730 Camioneta Rural
726A Microbús
P-12
765 Camioneta Rural
P-34 727 Microbús
763 Camioneta Rural
P-35
728 Camioneta Rural
766 Camioneta Rural
728A Camioneta Rural
P-13 815 Camioneta Rural
P-36
851 Camioneta Rural
816 Camioneta Rural
851A Camioneta Rural
P-14 801 Camioneta Rural
P-37
806 Camioneta Rural
814 Camioneta Rural
806A Camioneta Rural
P-15 721 Camioneta Rural
P-38
608 Microbús
721A Camioneta Rural
608A Microbús
24 Entiéndase ……
71
P-16 760 Camioneta Rural
608B Microbús
762 Camioneta Rural
P-39
708 Microbús
P-17 724 Camioneta Rural
708A Microbús
P-18
804 Camioneta Rural
P-40
802 Camioneta Rural
809 Camioneta Rural
811 Camioneta Rural
809A Camioneta Rural
P-41
722 Camioneta Rural
P-19 803 Camioneta Rural
722A Camioneta Rural
810 Camioneta Rural
720 Camioneta Rural
P-20 716 Camioneta Rural
P-42 602 Camioneta Rural
705 Camioneta Rural
P-43 603 Camioneta Rural
P-21
611 Camioneta Rural
P-44 606 Microbús
611A Camioneta Rural
P-45
826 Camioneta Rural
611B Camioneta Rural
826A Camioneta Rural
P-22
755 Camioneta Rural
P-46
807 Camioneta Rural
757 Camioneta Rural
818 Camioneta Rural
757A Camioneta Rural
823 Camioneta Rural
P-23
612 Microbús
825 Camioneta Rural
612A Microbús
824 Camioneta Rural
612B Microbús
P-47
817 Camioneta Rural
612C Microbús
819 Camioneta Rural
820 Camioneta Rural
822 Camioneta Rural
821 Camioneta Rural
72
ANEXO N° 1-F ITINERARIOS Y DATOS TÉCNICOS DE RUTAS Y SERVICIOS
Paquete : P-1
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Santa Cruz Mateo Pumacahua
Angamos (Oeste) By Pass Villa El Salvador
Angamos (Este) Panamericana Sur
Tomas Marsano Puente Atocongo
Santiago De Surco Rampa Acceso Santiago De Surco
Tomas Marsano Puente Atocongo
Santiago De Surco Santiago De Surco
Acceso Panamericana Sur Tomas Marsano
Panamericana Sur Angamos (Este)
By Pass Villa El Salvador Angamos (Oeste)
Mateo Pumacahua Santa Cruz
Ruta 601Longitud (Km) : 30.65
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1
Intervalo Hora Valle : 2.2
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.5
Paradero Inicial : Santa Cruz - Plaza Centro America
Paradero Final : Mateo Pumacahua - Mariano Pastor Sevilla
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 601
73
Paquete : P-1
Distrito de Origen : Surquillo
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Angamos (Este) Mateo Pumacahua
Tomas Marsano By Pass Villa El Salvador
Santiago De Surco Panamericana Sur
Tomas Marsano Puente Atocongo
Santiago De Surco Rampa Acceso Santiago De Surco
Acceso Panamericana Sur Puente Atocongo
Panamericana Sur Santiago De Surco
By Pass Villa El Salvador Tomas Marsano
Mateo Pumacahua Angamos (Este)
Servicio 601ALongitud (Km) : 25.63
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : -
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.5
Paradero Inicial : Angamos Este- Dante
Paradero Final : Mateo Pumacahua - Mariano Pastor Sevilla
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Servicio 601A
74
Paquete : P-1
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Pachacamac
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Alameda Sur Victor Malasquez
s/n s/n
Alameda Sur s/n
Villa Marina s/n
s/n s/n
Guardia Civil s/n
Alipio Ponce Vasquez Las Palmas
El Triunfo Zarumilla
Panamericana Sur Lima
By Pass Villa El Salvador Pachacutec
Mateo Pumacahua El Sol
Avenida 2 Mariano Pastor Sevilla
s/n 1 De Mayo
1 De Mayo s/n
Mariano Pastor Sevilla Avenida 2
El Sol Mateo Pumacahua
Pachacutec By Pass Villa El Salvador
Lima Panamericana Sur
Zarumilla Acceso De Pna. Sur A Alipio Ponce
Las Palmas Alipio Ponce Vasquez
s/n Constelacion Austral
s/n 14
s/n Alipio Ponce Vasquez
s/n Guardia Civil
s/n Ovalo De Villa
Victor Malasquez Villa Marina
Alameda Sur
s/n
Alameda Sur
Ruta 808Longitud (Km) : 58.51
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9
Intervalo Hora Valle : 5.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6
Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas
Paradero Final : Victor Malasquez - s/n
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 808
75
Paquete : P-2
Distrito de Origen : San Isidro
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Camino Real Cesar Canevaro
Emilio Cavenecia Ramon Vargas Machuca
Plaza Gutierrez (Ovalo) San Juan
Comandante Espinar Los Heroes
Jose Pardo Puente Atocongo
Ovalo Miraflores Santiago De Surco
Mariscal Oscar R. Benavides Tomas Marsano
Alfredo Benavides Caminos Del Inca
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Alfredo Benavides
Alfredo Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Caminos Del Inca Alfredo Benavides
Santiago De Surco Jose Larco
Tomas Marsano Ovalo Miraflores
Santiago De Surco Jose Pardo
Puente Atocongo Comandante Espinar
Los Heroes Plaza Gutierrez (Ovalo)
San Juan Los Conquistadores
Ramon Vargas Machuca
Cesar Canevaro
Ruta 609Longitud (Km) : 31.84
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7
Intervalo Hora Valle : 4.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.3
Paradero Inicial : Camino Real - Paz Soldan
Paradero Final : Cesar Canevaro - Juan Velasco Alvarado
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 609
76
Paquete : P-2
Distrito de Origen : San Juan de Miraflores
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
San Juan Juan Velasco Alvarado
Guillermo Billinghurst Revolución
Miguel Iglesias 1 De Mayo
Guillermo Billinghurst (Prl) Micaela Bastidas
Perimetrica Jose Maria Arguedas
Principal Manuel Scorza
1 De Enero Andres Avelino Caceres
Heroes Del Pacifico(Prol) Cesar Vallejo
Heroes Del Pacifico (Prl) Heroes Del Pacifico (Prl)
Cesar Vallejo Heroes Del Pacifico(Prol)
Andres Avelino Caceres 1 De Enero
Manuel Scorza Principal
Jose Maria Arguedas Perimetrica
Micaela Bastidas Guillermo Billinghurst (Prl)
El Sol Miguel Iglesias
Jose Maria Arguedas Guillermo Billinghurst
San Juan
Ruta 813Longitud (Km) : 18.08
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.3
Intervalo Hora Valle : 5.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.2
Paradero Inicial : San Juan - Los Heroes
Paradero Final : Juan Velasco Alvarado - Los Alamos
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 813
77
Paquete : P-3
Distrito de Origen : San Juan de Miraflores
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Iquitos Lima
12 De Noviembre El Parque (Lima)
Solidaridad Maria Reiche
s/n Mariano Pastor Sevilla
Solidaridad Pastor Sevilla
Salvador Allende Mariano Pastor Sevilla
San Juan Mariano Pastor Sevilla (Prl)
Ramon Vargas Machuca Santa Rita
Cesar Canevaro Santa Rosa
Santa Rosa Cesar Canevaro
Santa Rita Ramon Vargas Machuca
Mariano Pastor Sevilla (Prl) San Juan
Mariano Pastor Sevilla Salvador Allende
Pastor Sevilla s/n
Mariano Pastor Sevilla Solidaridad
Maria Reiche 12 De Noviembre
El Parque (Lima) Iquitos
Lima
Ruta 812Longitud (Km) : 41.32
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.6
Intervalo Hora Valle : 2.7
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.2
Paradero Inicial : Iquitos - Central
Paradero Final : Lima - Oroya
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 812
78
Paquete : P-3
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : Villa María del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Comandante Espinar Salvador Allende
Angamos (Oeste) Ca. 2
Angamos (Este) Puente Benavides
s/n Alfredo Benavides
Caminos Del Inca Caminos Del Inca
Alfredo Benavides Angamos (Este)
Puente Benavides Angamos (Oeste)
Ca. 2 Comandante Espinar
Salvador Allende
Ruta 604Longitud (Km) : 26.86
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.0
Intervalo Hora Valle : 4.2
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.6
Paradero Inicial : Comandante Espinar - Ovalo Gutierrez
Paradero Final : Salvador Allende - El Triunfo
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 604
79
Paquete : P-7
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Lima
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Argentina Miguel Grau
Plaza Ramon Castilla Nicolas De Pierola
Alfonso Ugarte Carabaya
Plaza Dos De Mayo Ocoña
Nicolas De Pierola s/n
Plaza San Martin Nicolas De Pierola
Nicolas De Pierola Plaza San Martin
s/n Nicolas De Pierola
s/n Plaza Dos De Mayo
Carabaya Alfonso Ugarte
Nicolas De Pierola Plaza Ramon Castilla
Miguel Grau (Aux.) Argentina
Julio Mendoza Merino
Jaime Bausate Y Meza
Huanuco (Prol)
Huanuco
Miguel Grau
Ruta 701Longitud (Km) : 17.69
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5
Intervalo Hora Valle : 2.8
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.1
Paradero Inicial : Argentina - Universitaria
Paradero Final : Miguel Grau - Junin
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 701
80
Paquete : P-7
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Lima
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Argentina Miguel Grau
Plaza Ramon Castilla Nicolas De Pierola
Alfonso Ugarte Carabaya
Plaza Dos De Mayo Ocoña
Nicolas De Pierola s/n
Plaza San Martin Nicolas De Pierola
Nicolas De Pierola Plaza San Martin
Unión Nicolas De Pierola
s/n Plaza Dos De Mayo
Carabaya Alfonso Ugarte
Nicolas De Pierola Plaza Ramon Castilla
Miguel Grau (Aux.) Argentina
Julio Mendoza Merino
Jaime Bausate Y Meza
Huanuco (Prol)
Huanuco
Miguel Grau
Servicio 701ALongitud (Km) : 12.06
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1
Intervalo Hora Valle : 4.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.5
Paradero Inicial : Argentina - Carcamo
Paradero Final : Miguel Grau - Junin
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Servicio 701A
81
Paquete : P-7
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Lima
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Argentina
Enrique Meiggs Ecuador
Ecuador Enrique Meiggs
Argentina s/n
Ruta 704Longitud (Km) : 10.68
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : s/n - Tupac Amaru
Paradero Final : Argentina - Plaza Castilla
Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth
Ruta 704
82
Paquete : P-10
Distrito de Origen : San Isidro
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Camino Real Cesar Canevaro
Emilio Cavenecia Ramon Vargas Machuca
Plaza Gutierrez (Ovalo) San Juan
Comandante Espinar Los Heroes
Angamos (Oeste) Puente Atocongo
Angamos (Este) Santiago De Surco
s/n Tomas Marsano
Caminos Del Inca Caminos Del Inca
Santiago De Surco Angamos (Este)
Puente Atocongo Angamos (Oeste)
Los Heroes Comandante Espinar
San Juan Plaza Gutierrez (Ovalo)
Ramon Vargas Machuca Los Conquistadores
Cesar Canevaro
Ruta 605Longitud (Km) : 31.28
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.2
Intervalo Hora Valle : 4.4
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.8
Paradero Inicial : Camino Real - Victor Belaunde
Paradero Final : Cesar Canevaro - Juan Velasco Alvarado
Ruta 605
83
Paquete : P-10
Distrito de Origen : San Juan de Miraflores
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
A s/n
El Triunfo s/n
Alipio Ponce Vasquez Edilberto Ramos
Ramon Vargas Machuca S/N
San Juan Central
Salvador Allende Salvador Allende
Central San Juan
S/N Ramon Vargas Machuca
Edilberto Ramos Alipio Ponce Vasquez
s/n El Triunfo
s/n A
Ruta 805Longitud (Km) : 17.67
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0
Intervalo Hora Valle : 5.9
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : A - Coronel Inclan
Paradero Final : s/n
Ruta 805
84
Paquete : P-11
Distrito de Origen : Santiago de Surco
Distrito de Destino : San Isidro
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Aviación Cadiz
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Cesar Vallejo
Tomas Marsano Jose De La Torre Ugarte
Republica De Panama Ignacio Merino
Enrique Canaval Moreyra Soledad
Ricardo Rivera Navarrete Jazmines
Coronel Andres Reyes Las Magnolias
San Martin De Porres Ricardo Rivera Navarrete
Petit Thouars Coronel Andres Reyes
s/n Miguel J. Seminario
Cesar Vallejo Republica De Panama
Cadiz Tomas Marsano
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Aviación
Ruta 723Longitud (Km) : 16.71
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2
Intervalo Hora Valle : 4.8
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.1
Paradero Inicial : Aviación - Antana
Paradero Final : Cadiz - Salaverry
Ruta 723
85
Paquete : P-11
Distrito de Origen : Santiago de Surco
Distrito de Destino : Santiago de Surco
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Aviación Guardia Civil (Norte)
Paseo De La Castellana Policia De Investigaciones
Los Tallanes Los Proceres
Ayacucho Batalla De Arica
Doða Esther Jorge Chavez
Surco Quiðones
Doða Esther Martinez
Juan Soto Bermejo El Sol
Alfredo Icaza Alfredo Icaza
Quiðones Juan Soto Bermejo
Jorge Chavez Doða Esther
Calle 4 Surco
Los Proceres Doða Rosa
Policia De Investigaciones Ayacucho
Guardia Civil (Norte) Los Tallanes
Paseo De La Castellana
Aviación
Ruta 730Longitud (Km) : 11.12
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.8
Intervalo Hora Valle : 8.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 6.5
Paradero Inicial : Aviación - Antana
Paradero Final : Guardia Civil (Norte) - Vista Alegre
Ruta 730
86
Paquete : P-13
Distrito de Origen : Cieneguilla
Distrito de Destino : Pachacamac
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
La Molina s/n
Cieneguilla s/n
Via Acceso Huertos De Manchay s/n
Victor Malasquez Victor Malasquez
s/n Via Acceso Huertos De Manchay
s/n Cieneguilla
s/n La Molina
Ruta 815Longitud (Km) : 36.29
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 10.0
Intervalo Hora Valle : 20.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 10.0
Paradero Inicial : La Molina - Nuevo Toledo
Paradero Final : s/n
Ruta 815
87
Paquete : P-13
Distrito de Origen : Lurin
Distrito de Destino : Pachacamac
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Antigua Panamericana (Sur) Miguel Grau
Paul Poblet Victor Malasquez
Manuel Del Valle Manuel Del Valle
Victor Malasquez Paul Poblet
Miguel Grau Antigua Panamericana (Sur)
Ruta 816Longitud (Km) : 44.12
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.4
Intervalo Hora Valle : 8.2
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : Antigua Panamericana (Sur) - Tarapaca
Paradero Final : Miguel Grau - s/n
Ruta 816
88
Paquete : P-14
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Alameda Sur Villa Maria
s/n Salvador Allende
Alameda Sur Tupac Amaru
Villa Marina Los Heroes
s/n San Juan
Ovalo De Villa Ramon Vargas Machuca
Huaylas Alipio Ponce Vasquez
Ariosto Matellini (Prl) Constelacion Austral
Ariosto Matellini 14
El Sol Alipio Ponce Vasquez
Guardia Civil Guardia Civil
Alipio Ponce Vasquez El Sol
Ramon Vargas Machuca Ariosto Matellini
San Juan Ariosto Matellini (Prl)
Los Heroes Huaylas
Francisco Bolognesi Ovalo De Villa
Salvador Allende Villa Marina
El Triunfo Alameda Sur
s/n
Alameda Sur
Ruta 801Longitud (Km) : 30.98
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7
Intervalo Hora Valle : 8.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas
Paradero Final : Villa Maria - Independencia
Ruta 801
89
Paquete : P-14
Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Salvador Allende Los Rosales
26 De Noviembre Fe Y Alegria
Pachacutec Los Cedros
27 De Diciembre Union
Los Incas General Vidal
Flora Tristan Cuzco
s/n s/n
s/n s/n
s/n s/n
Cuzco Flora Tristan
General Vidal Los Incas
Union 27 De Diciembre
Los Cedros Pachacutec
Fe Y Alegria 26 De Noviembre
Los Rosales Salvador Allende
Ruta 814Longitud (Km) : 17.53
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 6.3
Intervalo Hora Valle : 6.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.3
Paradero Inicial : Salvador Allende - Villa Maria
Paradero Final : Los Rosales - Los Eucaliptos
Ruta 814
90
Paquete : P-17
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Ricardo Palma Universo
Puente Ricardo Palma Las Pleyades
Ricardo Palma Los Asteroides
Parque Las Tradiciones Las Gaviotas
Monseðor Roca Y Boloða Vista Alegre
Grl Ernesto Montagne A (Vista Alegre)
Manuel Villaran Guardia Civil (Sur)
Pedro Venturo Policia De Investigaciones
Higuereta Los Proceres
Caminos Del Inca Caminos Del Inca
Los Proceres Higuereta
Policia De Investigaciones Pedro Venturo
Guardia Civil (Norte) Manuel Villaran
Vista Alegre Grl Ernesto Montagne
Las Gaviotas Monseðor Roca Y Boloða
Los Asteroides Parque Las Tradiciones
Las Pleyades Ricardo Palma
Universo Puente Ricardo Palma
Ricardo Palma
Ruta 724Longitud (Km) : 27.40
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.0
Intervalo Hora Valle : 5.7
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.1
Paradero Inicial : Ricardo Palma - Ovalo de Miraflores
Paradero Final : Universo - Los Faisanes
Ruta 724
91
Paquete : P-18
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Camino Real
Huaylas Calle 11
Ariosto Matellini (Prl) Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua
Ariosto Matellini Rinconada
El Sol Edilberto Ramos
Guardia Civil Principal
Alipio Ponce Vasquez Abancay
Ramon Vargas Machuca Solidaridad
San Juan s/n
Salvador Allende Solidaridad
s/n Salvador Allende
Solidaridad San Juan
Abancay Ramon Vargas Machuca
Principal Alipio Ponce Vasquez
Edilberto Ramos Constelacion Austral
Rinconada 14
Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua Alipio Ponce Vasquez
Calle 11 Guardia Civil
Camino Real El Sol
Ariosto Matellini
Ariosto Matellini (Prl)
Huaylas
Jose Olaya
Mariscal Ramon Castilla
Ruta 804Longitud (Km) : 27.25
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 6.1
Paradero Inicial : s/n - Mariscal Ramon Castilla
Paradero Final : Mariscal Ramon Castilla - s/n
Ruta 804
92
Paquete : P-18
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Jose Olaya Paseo De La Republica (Prl)
San Martin Las Gaviotas
Volcan Coropuna Ovalo De Villa
Cordillera Central Villa Marina
Nevado Sarasara Camino Del Inca
12 De Octubre 12 De Octubre
Camino Del Inca Nevado Sarasara
Villa Marina Cordillera Central
s/n Volcan Coropuna
Ovalo De Villa San Martin
Las Gaviotas Jose Olaya
Paseo De La Republica (Prl)
Ruta 809Longitud (Km) : 12.50
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2
Intervalo Hora Valle : 4.1
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.3
Paradero Inicial : Jose Olaya - El triunfo
Paradero Final : Paseo De La Republica (Prl) - Matellini
Ruta 809
93
Paquete : P-18
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Defensores del Morro
Nevado Sarasara Camino Del Inca
12 De Octubre 12 De Octubre
Camino Del Inca Nevado Sarasara
Defensores del Morro s/n
Servicio 809ALongitud (Km) : 5.07
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : -
Paradero Inicial : s/n - Coordillera Central
Paradero Final : Defensores del Morro - Santa Anita
Servicio 809A
94
Paquete : P-19
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
28 De Julio El Paraiso
Tupac Amaru Los Caminos Del Inca
Santa Rosa Los Proceres
Mateo Pumacahua Ollantay
Inclan Progreso
America Las Magnolias
Panamericana Sur (Auxiliar) Arequipa
El Triunfo Jose Maria Arguedas
Alipio Ponce Vasquez Latinoamerica
Ramon Vargas Machuca Jose Carlos Mariategui
San Juan Salvador Allende
Los Heroes Tupac Amaru
Francisco Bolognesi Los Heroes
Salvador Allende San Juan
Jose Carlos Mariategui Ramon Vargas Machuca
Latinoamerica Alipio Ponce Vasquez
Jose Maria Arguedas El Triunfo
Arequipa Panamericana Sur (Auxiliar)
Los Laureles America
Progreso Inclan
Ollantay Mateo Pumacahua
Los Proceres Santa Rosa
Los Caminos Del Inca Tupac Amaru
El Paraiso 28 De Julio
Ruta 803Longitud (Km) : 27.27
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7
Intervalo Hora Valle : 6.2
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.9
Paradero Inicial : 28 De Julio - Salcantay
Paradero Final : El Paraiso - s/n
Ruta 803
95
Paquete : P-19
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Jose Olaya
s/n Vista Alegre
s/n San Juan
Ariosto Matellini (Prl) San Martin
Ariosto Matellini Avenida 4
Guardia Peruana El Sol
El Sol Guardia Peruana
Avenida 12 Ariosto Matellini
Juan Velasco Alvarado Ariosto Matellini (Prl)
San Juan s/n
Vista Alegre s/n
Jose Olaya s/n
Ruta 810Longitud (Km) : 14.76
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.9
Paradero Inicial : s/n - Principal
Paradero Final : Jose Olaya - s/n
Ruta 810
96
Paquete : P-24
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Lima
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Miguel Grau Oscar R. Benavides
Nicolas De Pierola Plaza Dos De Mayo
Carabaya Nicolas De Pierola
Ocoña Plaza San Martin
Unión Nicolas De Pierola
Nicolas De Pierola Unión
Plaza San Martin s/n
Nicolas De Pierola Carabaya
Plaza Dos De Mayo Nicolas De Pierola
Oscar R. Benavides Miguel Grau (Aux.)
Miguel Grau
Ruta 702Longitud (Km) : 15.67
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1
Intervalo Hora Valle : 2.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.1
Paradero Inicial : Miguel Grau - Junin
Paradero Final : Oscar R. Benavides - Universitaria
Ruta 702
97
Paquete : P-24
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Lima
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Miguel Grau Oscar R. Benavides
Nicolas De Pierola Plaza Dos De Mayo
Carabaya Nicolas De Pierola
Ocoña Plaza San Martin
Unión Nicolas De Pierola
Nicolas De Pierola Unión
Plaza San Martin s/n
Nicolas De Pierola Carabaya
Plaza Dos De Mayo Nicolas De Pierola
Oscar R. Benavides Miguel Grau (Aux.)
Miguel Grau
Servicio 702ALongitud (Km) : 9.66
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.4
Intervalo Hora Valle : 4.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4
Paradero Inicial : Miguel Grau - Sebastian Lorerte
Paradero Final : Oscar R. Benavides - Carcamo
Servicio 702A
98
Paquete : P-24
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : San Martin de Porres
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Nicolas De Pierola Peru
Plaza Dos De Mayo Canada
Oscar R. Benavides Puente Dueðas
Pacasmayo Vicente Morales Duarez
Vicente Morales Duarez Pacasmayo
Puente Dueðas Oscar R. Benavides
Canada Plaza Dos De Mayo
Peru Moquegua
Chancay
Ruta 703Longitud (Km) : 14.84
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1
Intervalo Hora Valle : 7.7
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.8
Paradero Inicial : Nicolas De Pierola - Chancay
Paradero Final : Peru - Chiclayo
Ruta 703
99
Paquete : P-28
Distrito de Origen : Santiago de Surco
Distrito de Destino : Barranco
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Ayacucho Nicolas De Pierola
Doña Edelmira Ovalo Progreso
Miguel Grau Jose Balta
Mariscal Caceres Plaza Butters
Daniel Cornejo Jorge Chavez
Jorge Chavez Fernando Faustor
Plaza Butters Ayacucho
Lima
s/n
Pedro Heraud
El Sol
Grau
Ruta 729Longitud (Km) : 10.80
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2
Intervalo Hora Valle : 4.7
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4
Paradero Inicial : Ayacucho - Alfredo Benavides
Paradero Final : Miguel Grau - Nicolas De Pierola
Ruta 729
100
Paquete : P-28
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : La Victoria
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Huancavelica Nicolas Arriola
Principal Principal
Principal (Triunfadores) Jose Galvez Barrenechea
Santa Rosa Ovalo Quiðones
Santa Anita Guardia Civil
Villa Marina Del Parque (Sur)
s/n Andres Aramburu
Ovalo De Villa Republica De Panama
Huaylas El Sol
Alejandro Iglesias Jose De San Martin
Chorrillos Pedro De Osma
Pedro De Osma Chorrillos
28 De Julio Jose Olaya
Corpancho Huaylas
Lima Ovalo De Villa
Plaza Butters Villa Marina
Lima Santa Anita
Catalino Miranda Santa Rosa
Republica De Panama Principal (Triunfadores)
Andres Aramburu Principal
Del Parque (Sur) Huancavelica
Guardia Civil
Ovalo Quiðones
Jose Galvez Barrenechea
Principal
Nicolas Arriola
Ruta 725Longitud (Km) : 35.68
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5
Intervalo Hora Valle : 4.9
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0
Paradero Inicial : Huancavelica - s/n
Paradero Final : Nicolas Arriola - Ovalo Arriola
Ruta 725
101
Paquete : P-29
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : Santa Anita
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Jose Pardo Separadora Industrial
Plaza Morales Barros La Molina
Jose Pardo Ovalo La Fontana
Ovalo Miraflores La Fontana
Mariscal Oscar R. Benavides Circunvalacion Del Golf
Alfredo Benavides Golf De Los Incas
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) El Polo
Alfredo Benavides La Encalada
Velazco Astete (Reynaldo De Viva Primavera
Angamos (Este) Angamos (Este)
Primavera Velazco Astete (Reynaldo De Viva
La Encalada Alfredo Benavides
El Polo Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Golf De Los Incas Alfredo Benavides
Circunvalacion Del Golf Jose Larco
La Fontana Ovalo Miraflores
Ovalo La Fontana Jose Pardo
La Molina Plaza Morales Barros
Separadora Industrial Jose Pardo
Ruta 607Longitud (Km) : 36.82
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3
Intervalo Hora Valle : 3.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6
Paradero Inicial : Jose Pardo - Ovalo Centro America
Paradero Final : Separadora Industrial - Huarochiri
Ruta 607
102
Paquete : P-29
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : La Molina
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Alfredo Benavides La Fontana
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Circunvalacion Del Golf
Alfredo Benavides Golf De Los Incas
Velazco Astete (Reynaldo De Viva El Polo
Angamos (Este) La Encalada
Primavera Primavera
La Encalada Angamos (Este)
El Polo Velazco Astete (Reynaldo De Viva
Golf De Los Incas Alfredo Benavides
Circunvalacion Del Golf Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
La Fontana Alfredo Benavides
Servicio 607ALongitud (Km) : 24.34
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.5
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : -
Paradero Inicial : Alfredo Benavides - Paseo la República
Paradero Final : La Fontana - Ovalo la Fontana
Servicio 607A
103
Paquete : P-33
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : La Victoria
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
El Sol Nicolas Arriola
Ariosto Matellini Principal
Ariosto Matellini (Prl) Jose Galvez Barrenechea
Huaylas Ovalo Quiðones
Alejandro Iglesias Guardia Civil
Chorrillos Del Parque (Sur)
Pedro De Osma Andres Aramburu
28 De Julio Republica De Panama
Corpancho El Sol
Lima Jose De San Martin
Plaza Butters Pedro De Osma
Lima Chorrillos
Catalino Miranda Jose Olaya
Republica De Panama Huaylas
Andres Aramburu Ariosto Matellini (Prl)
Del Parque (Sur) Ariosto Matellini
Guardia Civil El Sol
Ovalo Quiðones
Jose Galvez Barrenechea
Principal
Nicolas Arriola
Ruta 726Longitud (Km) : 34.57
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9
Intervalo Hora Valle : 5.5
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0
Paradero Inicial : El Sol - Los Niranjos
Paradero Final : Nicolas Arriola - Aviación
Ruta 726
104
Paquete : P-33
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
El Sol Republica De Panama
Ariosto Matellini El Sol
Ariosto Matellini (Prl) Jose De San Martin
Huaylas Pedro De Osma
Alejandro Iglesias Chorrillos
Chorrillos Jose Olaya
Pedro De Osma Huaylas
28 De Julio Ariosto Matellini (Prl)
Corpancho Ariosto Matellini
Lima El Sol
Plaza Butters
Lima
Catalino Miranda
Republica De Panama
Servicio 726ALongitud (Km) : 21.75
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : -
Paradero Inicial : El Sol - Los Niranjos
Paradero Final : Republica de Panamá - Benavides
Servicio 726A
105
Paquete : P-34
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : San Isidro
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Alameda Sur Paseo Parodi
s/n Coronel Andres Reyes
Alameda Sur Ricardo Rivera Navarrete
Villa Marina Enrique Canaval Moreyra
s/n Republica De Panama
Ovalo De Villa El Sol
Huaylas Jose De San Martin
Alejandro Iglesias Pedro De Osma
Chorrillos Chorrillos
Pedro De Osma Jose Olaya
28 De Julio Huaylas
Corpancho Ovalo De Villa
Lima Villa Marina
Plaza Butters Alameda Sur
Lima s/n
s/n Alameda Sur
Pedro Heraud
Republica De Panama
Enrique Canaval Moreyra
Las Begonias
Dean Valdivia
Francisco Masias
Amador Merino Reyna (Los Rosales)
Ruta 727Longitud (Km) : 32.01
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1
Intervalo Hora Valle : 4.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.8
Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas
Paradero Final : Paseo Parodi -Amador Merino Reyna
Ruta 727
106
Paquete : P-35
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Manuel Ascencio Segura Defensores del Morro
Manuel Castaðeda Ovalo De Villa
Pte Mexico Villa Marina
Mexico Confraternidad
San Luis Villa Marina
s/n s/n
Caminos Del Inca Guardia Civil
Los Proceres s/n
Policia De Investigaciones s/n
Guardia Civil (Sur) Guardia Civil (Sur)
s/n Policia De Investigaciones
s/n Los Proceres
Guardia Civil Caminos Del Inca
Ovalo De Villa San Luis
Defensores del Morro Mexico
Teodoro Cardenas
s/n
Teodoro Cardenas
Arenales
Ruta 728Longitud (Km) : 43.82
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 1.8
Intervalo Hora Valle : 2.9
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.5
Paradero Inicial : Manuel Ascencio Segura - Arenales
Paradero Final : Defensores del Morro - Olaya
Ruta 728
107
Paquete : P-35
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Chorrillos
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Manuel Ascencio Segura Defensores del Morro
Manuel Castaðeda Villa Marina
Pte Mexico Confraternidad
Mexico Villa Marina
San Luis s/n
s/n Guardia Civil
Caminos Del Inca s/n
Los Proceres s/n
Policia De Investigaciones Guardia Civil (Sur)
Guardia Civil (Sur) Policia De Investigaciones
s/n Los Proceres
s/n Caminos Del Inca
Guardia Civil San Luis
Defensores del Morro Mexico
Teodoro Cardenas
s/n
Teodoro Cardenas
Arenales
Servicio 728ALongitud (Km) : 38.40
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2
Intervalo Hora Valle : 3.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.8
Paradero Inicial : Manuel Ascencio Segura - Arenales
Paradero Final : Defensores del Morro - Paseo de la Republica
Servicio 728A
108
Paquete : P-37
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Principal Jose Carlos Mariategui (Prl)
Principal (Triunfadores) Isidro Suarez
Santa Rosa Tupac Amaru
Santa Anita Jose Carlos Mariategui
Villa Marina Jose La Mar
s/n Jose Carlos Mariategui
Guardia Civil Salvador Allende
Alipio Ponce Vasquez Tupac Amaru
Ramon Vargas Machuca Los Heroes
San Juan San Juan
Los Heroes Ramon Vargas Machuca
Francisco Bolognesi Alipio Ponce Vasquez
Salvador Allende Constelacion Austral
Jose Carlos Mariategui 14
Jose La Mar Alipio Ponce Vasquez
Jose Carlos Mariategui Guardia Civil
Tupac Amaru Ovalo De Villa
Isidro Suarez Villa Marina
Jose Carlos Mariategui (Prl) Santa Anita
Santa Rosa
Principal (Triunfadores)
Principal
Ruta 806Longitud (Km) : 28.94
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1
Intervalo Hora Valle : 4.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.5
Paradero Inicial : Jose Carlos Mariategui (Prl) - s/n
Paradero Final : Principal - 22
Ruta 806
109
Paquete : P-37
Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Jose Carlos Mariategui (Prl) Los Heroes
Isidro Suarez Francisco Bolognesi
Tupac Amaru Salvador Allende
Jose Carlos Mariategui Jose Carlos Mariategui
Jose La Mar Jose La Mar
Jose Carlos Mariategui Jose Carlos Mariategui
Salvador Allende Tupac Amaru
Tupac Amaru Isidro Suarez
Jose Carlos Mariategui (Prl)
Servicio 806ALongitud (Km) : 8.03
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : -
Paradero Inicial : Jose Carlos Mariategui (Prl) - s/n
Paradero Final : Tupac Amaru - Pachacutec
Servicio 806A
110
Paquete : P-38
Distrito de Origen : San Miguel
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
La Libertad Salvador Allende
s/n Ca. 2
La Libertad Puente Benavides
Calle 16 Alfredo Benavides
La Paz Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Universitaria Alfredo Benavides
Bertoloto Jose Larco
Lopez de Solis Ovalo Miraflores
Antonio Jose De Sucre Jose Pardo
Diego Ferre Plaza Morales Barros
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Jose Pardo
s/n Plaza Centro America
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Plaza Centro America s/n
Jose Pardo Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Plaza Morales Barros Diego Ferre
Jose Pardo Antonio Jose De Sucre
Ovalo Miraflores Salaverry (Clement Markham)
Mariscal Oscar R. Benavides San Miguel (Federico Gallesi)
Alfredo Benavides La Paz
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Aviación
Alfredo Benavides La Libertad
Puente Benavides s/n
Ca. 2 La Libertad
Salvador Allende
Ruta 608Longitud (Km) : 44.48
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.3
Intervalo Hora Valle : 2.4
Intervalo Hora Punta Tarde : 2.4
Paradero Inicial : La Libertad - Los Insurgentes
Paradero Final : Salvador Allende - El Triunfo
Ruta 608
111
Paquete : P-38
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
28 de Julio Salvador Allende
Alfredo Benavides Ca. 2
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Puente Benavides
Alfredo Benavides Alfredo Benavides
Puente Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Ca. 2 Alfredo Benavides
Salvador Allende Jose Larco
Servicio 608ALongitud (Km) : 21.06
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : -
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.1
Paradero Inicial : 28 de Julio - Ovalo de Miraflores
Paradero Final : Salvador Allende - s/n
Servicio 608A
112
Paquete : P-38
Distrito de Origen : Miraflores
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Jose Pardo Salvador Allende
Plaza Morales Barros Ca. 2
Jose Pardo Puente Benavides
Ovalo Miraflores Alfredo Benavides
Mariscal Oscar R. Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Alfredo Benavides Alfredo Benavides
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Jose Larco
Alfredo Benavides Ovalo Miraflores
Puente Benavides Jose Pardo
Ca. 2 Plaza Morales Barros
Salvador Allende Jose Pardo
Servicio 608BLongitud (Km) : 26.79
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0
Paradero Inicial : Jose Pardo - Santa Cruz
Paradero Final : Salvador Allende - s/n
Servicio 608B
113
Paquete : P-40
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
San Marcos Paruro
Santa Anita San Pedro
Villa Marina 26 De Noviembre
s/n Salvador Allende
Ovalo De Villa Tupac Amaru
Las Gaviotas Los Heroes
Paseo De La Republica (Prl) Puente Atocongo
Ariosto Matellini Santiago De Surco
El Sol Tomas Marsano
Las Gaviotas Los Proceres
Calle 10 Policia De Investigaciones
Guardia Civil (Norte) Guardia Civil (Norte)
Policia De Investigaciones Calle 10
Los Proceres Las Gaviotas
Santiago De Surco El Sol
Tomas Marsano Ariosto Matellini
Santiago De Surco Paseo De La Republica (Prl)
Puente Atocongo Las Gaviotas
Los Heroes Ovalo De Villa
Francisco Bolognesi Villa Marina
Salvador Allende Santa Anita
26 De Noviembre San Marcos
San Pedro
Paruro
Ruta 802Longitud (Km) : 37.01
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1
Intervalo Hora Valle : 4.9
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.1
Paradero Inicial : San Marcos - Los Horizontes
Paradero Final : Paruro - s/n
Ruta 802
114
Paquete : P-40
Distrito de Origen : San Juan de Miraflores
Distrito de Destino : San Juan de Miraflores
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Los Heroes
Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua San Juan
Marcelino Castro Gamboa (Prl.San Jua San Juan (Prl)
Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua La Reforma Agraria (Prl San Juan)
La Reforma Agraria (Prl San Juan) Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua
San Juan (Prl) Marcelino Castro Gamboa (Prl.San Jua
San Juan Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua
Los Heroes s/n
Ruta 811Longitud (Km) : 9.56
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9
Intervalo Hora Valle : 6.2
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.1
Paradero Inicial : s/n - Ciro Alegria
Paradero Final : Los Heroes - Miguel Iglesias
Ruta 811
115
Paquete : P-42
Distrito de Origen : Jesus María
Distrito de Destino : Santiago de Surco
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
28 De Julio Manuel Olguin
Plaza Jorge Chavez El Derby
Salaverry Lima Polo
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Jose Nicolas Rodrigo
Plaza Centro America Primavera
Santa Cruz Angamos (Este)
Angamos (Oeste) Angamos (Oeste)
Angamos (Este) Santa Cruz
Primavera Plaza Centro America
Jose Nicolas Rodrigo Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Lima Polo Salaverry
El Derby 28 De Julio
Manuel Olguin Petit Thouars
28 De Julio
Ruta 602Longitud (Km) : 40.04
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.4
Intervalo Hora Valle : 5.5
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.8
Paradero Inicial : 28 De Julio - Garcilazo de la Vega
Paradero Final : Manuel Olguin - Javier Prado Este
Ruta 602
116
Paquete : P-43
Distrito de Origen : La Molina
Distrito de Destino : San Miguel
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
La Molina La Paz
Ovalo La Fontana San Luis
La Fontana Costanera
Circunvalacion Del Golf Juan Bertolotto
Golf De Los Incas Espinar
El Polo Brasil
La Encalada Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Primavera s/n
Angamos (Este) Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Angamos (Oeste) Plaza Centro America
Santa Cruz Santa Cruz
Plaza Centro America Angamos (Oeste)
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Angamos (Este)
s/n Primavera
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar La Encalada
Diego Ferre El Polo
Tacna Golf De Los Incas
Salaverry (Clement Markham) Circunvalacion Del Golf
San Miguel (Federico Gallesi) La Fontana
La Paz Ovalo La Fontana
La Molina
Ruta 603Longitud (Km) : 46.05
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2
Intervalo Hora Valle : 3.4
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2
Paradero Inicial : La Molina - Separadora Industrial
Paradero Final : La Paz - Los Insurgentes
Ruta 603
117
Paquete : P-44
Distrito de Origen : Lima
Distrito de Destino : Santiago de Surco
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Guzman Blanco Guardia Civil (Sur)
Plaza Jorge Chavez Policia De Investigaciones
Salaverry Los Proceres
Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Caminos Del Inca
Plaza Centro America Alfredo Benavides
Jose Pardo Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)
Plaza Morales Barros Alfredo Benavides
Jose Pardo Jose Larco
Ovalo Miraflores Ovalo Miraflores
Mariscal Oscar R. Benavides Jose Pardo
Alfredo Benavides Plaza Morales Barros
Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Jose Pardo
Alfredo Benavides Plaza Centro America
Caminos Del Inca Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar
Los Proceres Salaverry
Policia De Investigaciones Plaza Jorge Chavez
Guardia Civil (Norte) 28 De Julio
A (Vista Alegre) Guzman Blanco
Ruta 606Longitud (Km) : 40.57
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5
Intervalo Hora Valle : 3.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4
Paradero Inicial : Guzman Blanco - Plaza Bolognesi
Paradero Final : Guardia Civil (Sur) - Vista Alegre
Ruta 606
118
Paquete : P-45
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Pucusana
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Separador Industrial Panamericana Sur
Separadora Industrial Antigua Panamericana (Sur)
Maria Reiche Lima
Lima Maria Reiche
Antigua Panamericana (Sur) Separadora Industrial
Panamericana Sur Separador Industrial
Ruta 826Longitud (Km) : 73.67
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3
Intervalo Hora Valle : 4.1
Intervalo Hora Punta Tarde : 4.8
Paradero Inicial : Separador Industrial - s/n
Paradero Final : Panamericana Sur
Ruta 826
119
Paquete : P-45
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Pucusana
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Separador Industrial Panamericana Sur
Separadora Industrial Antigua Panamericana (Sur)
Maria Reiche Lima
Lima Maria Reiche
Antigua Panamericana (Sur) Separadora Industrial
Panamericana Sur Separador Industrial
Servicio 826ALongitud (Km) : 73.67
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3
Intervalo Hora Valle : -
Intervalo Hora Punta Tarde : -
Paradero Inicial : Separador Industrial - s/n
Paradero Final : Panamericana Sur
Servicio 826A
120
Paquete : P-46
Distrito de Origen : Chorrillos
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Julio Calero Arica
Mariscal Ramon Castilla Lima
Alejandro Iglesias Pachacutec
Huaylas Los Heroes
Ovalo De Villa San Juan
Villa Marina Ramon Vargas Machuca
Confraternidad Alipio Ponce Vasquez
Villa Marina Constelacion Austral
s/n 14
Guardia Civil Alipio Ponce Vasquez
Alipio Ponce Vasquez Guardia Civil
Ramon Vargas Machuca Ovalo De Villa
San Juan Huaylas
Los Heroes Alejandro Iglesias
Pachacutec Jose Barrionuevo
Lima Jose Olaya
Arica Mariscal Ramon Castilla
Julio Calero
Ruta 807Longitud (Km) : 50.55
Tipología Requerida : Bus12
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0
Intervalo Hora Valle : 3.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2
Paradero Inicial : Julio Calero - s/n
Paradero Final : Arica - Tupac Amaru
Ruta 807
121
Paquete : P-46
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n Los Incas
Pedro Huillca s/n
El Sol 27 De Diciembre
Pachacutec Pachacutec
27 De Diciembre El Sol
s/n Separadora Industrial
Los Incas
Ruta 818Longitud (Km) : 6.13
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : s/n - Separadora Industrial
Paradero Final : Los Incas - Chan Chan
Ruta 818
122
Paquete : P-46
Distrito de Origen : San Juan de Miraflores
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Manuel Scorza s/n
Andres Avelino Caceres Violetas
5 Villa María (Prl)
Heroes Del Pacifico (Prl) Heroes Del Pacifico (Prl)
Heroes Del Pacifico(Prol) Heroes Del Pacifico(Prol)
Villa María (Prl) Andres Avelino Caceres
Pachacutec Manuel Scorza
Ruta 823Longitud (Km) : 4.88
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : Manuel Scorza - s/n
Paradero Final : s/n - Pachacutec
Ruta 823
123
Paquete : P-46
Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
s/n El Triunfo
Defensores de Lima Defensores de Lima
Villa Maria Villa Maria
Pachacutec
Ruta 825Longitud (Km) : 5.08
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1
Intervalo Hora Valle : 6.8
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.1
Paradero Inicial : s/n - Defensores de Lima
Paradero Final : El Triunfo - s/n
Ruta 825
124
Paquete : P-46
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
1 De Mayo Separadora Industrial
Central Los Angeles
El Sol Central
1 De Mayo
Ruta 824Longitud (Km) : 7.29
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3
Intervalo Hora Valle : 9.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : 1 De Mayo - Los Algarrobos
Paradero Final : Separadora Industrial - El Sol
Ruta 824
125
Paquete : P-47
Distrito de Origen : Lurin
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Los Ficus 5
Jacaranda 7
Julio C. Tello Juan Velasco Alvarado
Antigua Panamericana (Sur) Pachacutec
Lima El Parque (Lima)
El Parque (Lima) Lima
Pachacutec Antigua Panamericana (Sur)
Juan Velasco Alvarado Julio C. Tello
Separadora Industrial Jacaranda
Los Ficus
Ruta 817Longitud (Km) : 18.64
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7
Intervalo Hora Valle : 5.6
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6
Paradero Inicial : Los Ficus - Los Sauces
Paradero Final : Separadora Industrial - 5
Ruta 817
126
Paquete : P-47
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Jorge Chavez s/n
Central 200 Millas
Juan Velasco Alvarado Mariano Pastor Sevilla
Mariano Pastor Sevilla Juan Velasco Alvarado
200 Millas Separadora Industrial
s/n
Ruta 819Longitud (Km) : 11.72
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9
Intervalo Hora Valle : 5.3
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2
Paradero Inicial : Jorge Chavez - Separadora Industrial
Paradero Final : s/n - Universitaria
Ruta 819
127
Paquete : P-47
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Talara Separadora Industrial
Revolución Juan Velasco Alvarado
200 Millas Central
Central 200 Millas
Jorge Chavez Revolución
Talara
Ruta 820Longitud (Km) : 10.89
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0
Intervalo Hora Valle : 3.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4
Paradero Inicial : Talara - María Elena Moyano
Paradero Final : Jorge Chavez - Separadora Industrial
Ruta 820
128
Paquete : P-47
Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo
Distrito de Destino : Villa el Salvador
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Melgar Separadora Industrial
Apurimac Juan Velasco Alvarado
Flora Tristan Pachacutec
Ayacucho Paseo Atahualpa
Santa Rosa General Vidal
Cuzco Cuzco
General Vidal Santa Rosa
Pachacutec Ayacucho
Juan Velasco Alvarado Flora Tristan
Separadora Industrial Apurimac
Raymondi
Ruta 822Longitud (Km) : 7.26
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 4.0
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 5.7
Paradero Inicial : Melgar - Miguel Grau
Paradero Final : Separadora Industrial - 5
Ruta 822
129
Paquete : P-47
Distrito de Origen : Villa el Salvador
Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo
Itinerario Ida Itinerario Vuelta
Separadora Industrial Arica
200 Millas Lima
Pachacutec Pachacutec
Lima 200 Millas
Arica Separadora Industrial
Ruta 821Longitud (Km) : 14.09
Tipología Requerida : Bus9
Intervalo Hora Punta Mañana : 7.1
Intervalo Hora Valle : 10.0
Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0
Paradero Inicial : Separadora Industrial - s/n
Paradero Final : Arica - Tupac Amaru
Ruta 821
132
ANEXO Nº 2
Acuerdo de Confidencialidad
(Referencia: Numeral 3.2 .1 de las Bases de la Licitación)
[Nombre del Postor] debidamente representado por su [cargo del que suscribe], [Nombre de quien suscribe], identificado con [documento y numero], con domicilio en [domicilio actual], por medio del presente, manifestamos nuestro interés en obtener información general del Comité Especial sobre el proceso de licitación del servicio público de transporte
de personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema
Integrado de Transporte de Lima, de acuerdo con las Bases de la Licitación del referido proceso.
Al respecto, por la suscripción de este acuerdo nos comprometemos a mantener confidencial toda información proporcionada por el Comité Especial o por los funcionarios o empleados o Asesores (conjuntamente, la “Información”), a no divulgar ningún material a terceras personas sin la previa autorización escrita del Comité Especial, a no utilizar la Información obtenida para cualquier propósito que no esté relacionado directamente con la Licitación y a no utilizar la Información de cualquier manera que pudiera generar conflictos, directa o indirectamente, con los intereses de, o perjudicar a, la Municipalidad Metropolitana de Lima o cualquier de sus dependencias, GTU, el Comité Especial o los Asesores.
Los documentos o soportes en los que conste la información que sean proporcionados por el Comité Especial o GTU serán únicamente puestos a disposición de nuestro personal, ejecutivos y consultores por motivos exclusivamente relacionados con la Licitación, obligándonos a que todas las indicadas personas conozcan todos los términos de este acuerdo y que se encuentran igualmente obligados a mantener reserva y confidencialidad sobre la i nformación. De otro lado, nos obligamos a tomar todas las medidas que resulten razonables para impedir la divulgación de cualquier i nformación a cualquier persona, excepto aquellas referidas en este documento, sin el previo consentimiento escrito del Comité Especial.
Entendemos que ninguna licencia o derecho ha sido o será otorgado a nosotros o a nuestros asesores para el uso o la disposición de cualquier i nformación comprendida en el presente acuerdo para fines que no estén directamente vinculados a nuestra participación en la Licitación, salvo indicación contraria expresa contenida en este acuerdo.
Nosotros aceptamos que ni la Municipalidad Metropolitana de Lima, GTU, el Comité Especial ni los Asesores están declarando o garantizando, expresa o implícitamente, la exactitud, confiabilidad o totalidad de la Información que sea puesta a nuestra disposición y que ninguna de dichas partes ni sus respectivos directores, funcionarios, empleados o asesores será responsable frente a nosotros o a cualquier otra persona como consecuencia del uso que le demos nosotros o tales personas a la información y/o los materiales o soportes en que ésta se encuentre contenida. Nosotros declaramos que adoptaremos nuestras propias decisiones y realizaremos nuestro propio análisis respecto de la información que sea puesta a nuestra disposición y reconocemos que no dependeremos o seremos inducidos por la información para decidir cualquier aspecto de nuestra participación en la referida Licitación. Nosotros aceptamos que ninguna parte de la información, así como ningún material, soporte, discusión, negociación u otros asuntos relacionados constituyen o podrán constituir una oferta, o una obligación de ofrecer, por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
133
GTU, el Comité Especial o los Asesores -en nombre de cualquiera de aquéllas- ni tendrán carácter vinculante alguno, salvo indicación expresa por escrito en sentido contrario.
A petición del Comité Especial aceptamos: (i) no usar o divulgar a persona alguna, la totalidad o parte de la información o material obtenido; y (ii) comprometer nuestros mejores esfuerzos para evitar la divulgación de cualquier Información.
Igualmente, aceptamos que, a fin de suministrar o poner a nuestra disposición la información y/o los materiales en que ésta se encuentra contenida, ni Municipalidad Metropolitana de Lima ni GTU ni el Comité Especial ni los Asesores, asumen obligación alguna de proporcionarnos acceso a cualquier información adicional a la facilitada por el Comité Especial, así como tampoco a actualizar la información o los materiales proporcionados por el Comité Especial, o a corregir cualquier inexactitud que pudiera aparecer en la información o los materiales proporcionados por el Comité Especial.
Este acuerdo no se aplicará a la información que: (i) a la fecha en la que fue divulgada a nosotros o a nuestros asesores era de conocimiento público o en cualquier momento a partir de esa oportunidad sea del conocimiento público (exceptuando aquella que fuera objeto del incumplimiento de este acuerdo por nosotros o nuestros asesores); o (ii) a la fecha de suscripción de este documento, ya se encuentre legalmente en nuestro poder y, por lo tanto, no está sujeta al compromiso de confidencialidad aquí estipulado.
Todos los derechos y obligaciones, establecidos en este documento se regirán e interpretarán de acuerdo a lo dispuesto por las leyes peruanas que sean aplicables y las partes acuerdan someterse irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del Distrito Judicial de Lima, República del Perú.
En señal de aceptación y conformidad con todos los términos y condiciones de este Acuerdo de Confidencialidad, firmamos y entregamos un ejemplar al Comité Especial. [Ciudad], [Día], de [Mes], de [Año] Postor: … … … … … … … . Nombre y cargo del Representante Legal: … … … … … … … . Firma: … … … … … … … . (La firma del Representante Legal deberá ser legalizada notarialmente. S i el documento fuera otorgado fuera del Perú se procederá conforme a lo establecido en el Numeral 2.2.3 de las Bases)
134
ANEXO Nº 3
(Informativo)
Información sobre Entidades Financieras Autorizadas
para emitir las garantías establecidas en las Bases
Las Entidades Financieras autorizadas a emitir las cartas fianza establecidas en las Bases, serán aquellas que al momento de la presentación de las cartas fianza a nombre de
GTU ostenten la calificación mínima de: CP-2 para las obligaciones de corto plazo; C para Fortaleza Financiera Global; y BBB para Obligaciones de largo plazo.
La referida calificación deberá ser otorgada por cualquiera de las clasificadoras de
riesgo existentes en nuestro país, que se encuentran debidamente autorizadas por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, para tal fin.
Para el caso de los Bancos Extranjeros, las Cartas Fianza deberán ser confirmadas por una entidad financiera local de la misma categoría precitada.
En caso, que con posterioridad a la presentación de las cartas fianza, la entidad financiera que las emitió haya disminuido su calificación de riesgo a que se refiere
el primer párrafo del presente Anexo, el Postor se encuentra obligado a sustituir las cartas fianza respectivas, por la de otra entidad financiera que sí cumpla con la
calificación requerida en estas Bases. El plazo para la referida sustitución no
deberá exceder de cinco (5) días hábiles contados a partir del conocimiento del hecho
por sí mismo o por comunicación de la GTU o el Comité Especial, lo que ocurra
primero.
La no sustitución oportuna será causal de descalificación de la propuesta.
135
ANEXO Nº 4 Formulario 1-A
Declaración Jurada del Propietario POSTOR: Por medio de la presente, yo (nombre del propietario) propietario del vehículo cuyas características se describen líneas abajo, adscrito a la propuesta presentada por el Postor (nombre del postor) durante el proceso de Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU, para la concesión de la prestación del servicio público de transporte de personas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima, declaro bajo juramento lo siguiente:
- Que conozco y entiendo el contenido de las Bases y Contrato del presente proceso de licitación. - Que la información que se describe líneas abajo es fidedigna y cuenta con mi total conformidad. - Que en caso que la propuesta para el paquete de rutas en la cual se incluye este vehículo resulte
ganadora de la buena pro, me comprometo a transferir, en la fecha de cierre, esta unidad vehicular al Concesionario correspondiente, respetando lo establecido en las Bases de Licitación y Contrato de Concesión.
- Que me someto de forma incondicional a lo indicado en las Bases, en caso los datos de la unidad vehicular que declaro en el presente Formulario no se ajusten a la verdad.
- Que la adquisición del vehículo se ha realizado de manera lícita. - Que sobre el vehículo declarado no existe orden de captura.
Adicionalmente, el Postor que firma el presente Formulario se compromete a sustituir este vehículo por
otro de iguales características o superior, en caso se imposibilite la transferencia de la propiedad al
patrimonio del Concesionario.
Placa: Año de Fabricación: Longitud: Tipo de Emisión: Asientos: Tipo Combustible: Ruta: Empresa en la que opera actualmente:
Nombre y Firma del Representante Legal del Postor (**)
(*) Propietario del vehículo: DNI: (*) Propietario del vehículo: DNI: (*) Propietario del vehículo: DNI:
Lugar y fecha: (La firma(s) del Propietario(s) de la unidad vehicular –así como del representante del Postor- deberá(n) ser legalizada(s) notarialmente.) *Las firmas deben corresponder a quien(es) figure(n) en el Certificado de Gravamen Vehicular. ** La presente declaración jurada es suscrita también por el representante legal del postor en señal de conformidad y compromiso para la adquisición del vehículo y el cumplimiento de las demás condiciones de acceso y permanencia relacionadas a dicha unidad, establecidas en las bases contrato de concesión y demás actuaciones administrativas o normas aplicables.
136
ANEXO Nº 4
Formulario 1-B Declaración Jurada del Arrendatario Financiero u Operativo
(en caso que el vehículo haya sido adquirido mediante Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing Financiero) o Contrato de Arrendamiento Operativo (Leasing Operativo))
Información válida para el proceso de Selección de la Concesión del Servicio de Transporte de Lima Metropolitana
POSTOR: Por medio de la presente, yo (nombre del Arrendatario Financiero/Operativo) Arrendatario del vehículo
cuyas características se describen líneas abajo, adscrito a la propuesta presentada presentada por el Postor
(nombre del postor) durante el proceso de Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU, para la concesión de la prestación
del servicio público de transporte de personas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema
Integrado de Transporte de Lima, declaro bajo juramento lo siguiente:
- Que conozco y entiendo el contenido de las Bases y Contrato del presente proceso de licitación. - Que la información que se describe líneas abajo es fidedigna y cuenta con mi total conformidad.
- Que tengo el uso y explotación del vehículo que declaro como arrendatario.
- Que me encuentro al día en el pago de las cuotas del Contrato de Arrendamiento del vehículo que declaro.
- Que en caso que la propuesta para el paquete de rutas en la cual se incluye este vehículo resulte ganadora de
la buena pro, me comprometo, en la fecha de cierre, a gestionar y obtener la cesión de posición contractual o
la transferencia de propiedad a favor de la persona jurídica adjudicataria de la Buena Pro, respetando lo
establecido en las Bases de Licitación y Contrato de Concesión.
- Que me someto de forma incondicional a lo indicado en las Bases, en caso los datos de la unidad vehicular que
declaro en el presente Formulario no se ajusten a la verdad.
Adicionalmente, el Postor que firma el presente Formulario se compromete a sustituir este vehículo por otro de iguales
características o superior, en caso se imposibilite la transferencia de la propiedad al patrimonio del Concesionario.
Placa: Tipo de Certificación: Longitud: Tipo de Emisión: Asientos: Tipo Combustible: Ruta: Empresa en la que opera actualmente: Año de Fabricación: Arrendador: Tiempo de Operación en la ruta : Arrendatario: Fecha de baja del vehículo: Fecha de Autorización de la Ruta:
Nombre y Firma del Representante Legal del Postor (**)
(*) Arrendatario: DNI: (*) Arrendatario: DNI: (*) Arrendatario: DNI:
Lugar y fecha:
(La firma(s) del(os) Arrendatario(s) de la unidad vehicular deberá(n) ser legalizada(s) notarialmente. Si el documento fuera otorgado fuera del Perú, se procederá conforme a lo establecido en el Numeral 2.2.3) *Las firmas deben corresponder a quien(es) figure(n) como Arrendatarios en el Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing Financiero) o Contrato de Arrendamiento Operativo (Leasing Operativo)
** La presente declaración jurada es suscrita también por el representante legal del postor en señal de conformidad y compromiso para la adquisición del vehículo y el cumplimiento de las demás condiciones de acceso y permanencia relacionadas a dicha unidad, establecidas en las bases contrato de concesión y demás actuaciones administrativas o normas aplicables.
137
ANEXO Nº 4 Formulario 2 :
PROPUESTA ECONÓMICA DECLARACIÓN JURADA
PAQUETE: (Código del Paquete al que postula)
Por medio de la presente, (nombre del Postor), declaramos bajo juramento que la información
que forma parte de este formulario, Propuesta Económica, corresponde íntegramente a nuestra oferta. Asimismo, declaramos bajo juramento que los montos y porcentajes propuestos cuentan con el consentimiento de cada una de las accionistas de nuestra Empresa y/o personas naturales y/o jurídicas que conforman nuestro Consorcio, según corresponda.
PROPUESTA ECONOMICA RUTA PARAMETROS VALOR
Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo
Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado
Costo por kilómetro Por ruta
Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo
Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado
Costo por kilómetro Por la ruta
Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo
Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado
Costo por kilómetro Por la ruta
Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo
Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado
Costo por kilómetro Por la ruta
Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo
Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado
Costo por kilómetro Por la ruta
Lugar y fecha: Postor Nombre del Representante Legal del Postor / Persona designada por el Consorcio. Firma
(La firma del Representante Legal / Persona designada por el Consorcio en esta declaración jurada deberá ser legalizada notarialmente.)
138
Anexo Nº 5 Modelo 1
Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
[ ] de [ ] de
Señores
Comité Especial
Gerencia de Transporte Urbano
Lima - Perú
Postor: …………………………
Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico
de Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del
Sistema Integrado de Transporte de Lima de los Paquetes de Ruta N°……………….
De nuestra consideración: Por cuenta y orden de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Concesionario], constituimos
esta garantía solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de
realización automática, hasta por la suma de S/. ……………… (……………. Y 00/100 N U E V O S
S O L E S ), a favor de GTU, para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato de Concesión por
parte de [indicar nombre del Concesionario], de conformidad con el Numeral […………..] de la
Cláusula […………..] del Contrato de Concesión.
El pago de esta garantía se hará efectivo a simple requerimiento y sin necesidad de acto posterior
por parte de GTU, al recibir nosotros, en nuestras oficinas sitas en la dirección indicada líneas abajo,
una solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente
autorizada de GTU, manifestando que nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario] no ha
cumplido con cualquiera de las obligaciones que están garantizadas por este documento.
GTU podrá requerir el pago total o parcial de esta garantía.
Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se
verán afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y
nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario].
El plazo de vigencia de esta garantía será desde la Fecha de In ic io de pre-operación hasta
dos (2) años después del término de la Concesión.
Nos comprometemos a pagarles el monto reclamado de la garantía en un plazo máximo de 24
horas, contado a partir de la recepción de la carta de requerimiento de pago. Toda demora de
nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios en favor de GTU que se
calcularán a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente garantía, sobre
la base de la tasa máxima LIBOR a un año, más un spread de 3.0%. La tasa LIBOR aplicable
será la establecida por el Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo
devengarse los intereses hasta la fecha efectiva de pago
Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el
mismo significado que se les atribuye en el Contrato de Concesión.
Atentamente, Firma y Sello: Nombre y Cargo
Entidad: [Banco que emite la fianza] Dirección:
139
Anexo Nº 5 Modelo 2
Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo
[ ] de [ ] de
Señores
Comité Especial
Gerencia de Transporte Urbano
Lima - Perú
Postor: …………………………
Referencia: Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico de
Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema
Integrado de Transporte de Lima de los Paquetes de Rutas N°……………….
De nuestra consideración: Por cuenta y orden de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Concesionario], constituimos esta
garantía solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización
automática, hasta por la suma de S/. ……………… (……………. Y 00/100 N U E V O S S O L E S ), a favor de
GTU, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones d e C h a t a r r e o d e v e h í c u l o s d e
a c u e r d o c o n l o p r o p u e s t o por parte de [indicar nombre del Concesionario], de conformidad
con el Numeral […………..] de la Cláusula […………..] del Contrato de Concesión.
El pago de esta garantía se hará efectivo a simple requerimiento y sin necesidad de acto posterior por
parte de GTU, al recibir nosotros, en nuestras oficinas sitas en la dirección indicada líneas abajo, una
solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada
de GTU, manifestando que nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario] no ha cumplido con
cualquiera de las obligaciones que están garantizadas por este documento. GTU podrá requerir el
pago total o parcial de esta garantía.
Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán
afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y nuestro cliente
[indicar nombre del Concesionario].
El plazo de vigencia de esta garantía será desde la fecha de inicio de pre-operación hasta el final del quinto
(5) año de operación o hasta el mes siguiente luego que la GTU –a pedido del Concesionario- haya constatado
el cumplimiento del chatarreo de la totalidad de las unidades a las que se haya comprometido a chatarrear. .
Nos comprometemos a pagarles el monto reclamado de la garantía en un plazo máximo de 24 horas,
contado a partir de la recepción de la carta de requerimiento de pago. Toda demora de nuestra
parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios en favor de GTU que se calcularán a
partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente garantía, sobre la base de la tasa
máxima LIBOR a un año, más un spread de 3.0%. La tasa LIBOR aplicable será la establecida por el
Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo devengarse los intereses hasta la
fecha efectiva de pago
Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el
mismo significado que se les atribuye en el Contrato de Concesión.
Atentamente,
Firma y Sello: Nombre y Cargo
Entidad: [Banco que emite la fianza] Dirección:
140
Anexo Nº 6
Carta Fianza de Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta
[ ] de [ ] de Señores
Comité Especial
Gerencia de Transporte Urbano
Lima - Perú
Postor: …………………………
Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico de
Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema
Integrado de Transporte de Lima de los Paquete de Rutas N°……………….
Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Postor o integrante del
Postor] constituimos esta fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni
división y de realización automática, por la suma de trescientos Noventa Mil y 00/100 Nuevos Soles
(S/.390 000.00 ) a favor de GTU, para garantizar la validez, vigencia y cumplimiento de la Propuesta
presentada por [indicar nombre del Postor], de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en
las Bases de la Licitación de la referencia (las “Bases”).
Asimismo, dejamos establecido que la presente fianza se hará efectiva en el caso que dicho Postor
resulte Adjudicatario de la Buena Pro en la Licitación de la referencia y no cumpla con todas y cada
una de las obligaciones que le corresponden en la Fecha de Cierre, según lo estipulado en el
Numeral 10 de las Bases.
El pago de esta fianza se hará efectivo de manera automática dentro de las 24 horas de su
requerimiento de pago y sin necesidad de acto posterior por parte de ustedes, al recibir nosotros una
solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada
de GTU, manifestando que [indicar nombre del Postor] no han cumplido con cualquiera de las
obligaciones que están garantizadas por este documento. Dicha solicitud deberá ser cursada por
vía notarial a nuestras oficinas sitas en la dirección líneas abajo.
Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán
afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y nuestros clientes.
El plazo de vigencia de esta fianza será desde la fecha de presentación del Sobre Nº 2, hasta la Fecha de cierre del Paquete de Rutas adjudicado.
Cualquier demora de nuestra parte para pagar el monto de esta fianza, a partir de la fecha en que
sea requerida por ustedes conforme a los términos que aquí se indican, devengará, de manera
automática, un interés equivalente a la tasa LIBOR a un año más un margen (Spread) de 3%. La tasa
LIBOR aplicable será la establecida por el Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m.
debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que se ha exigido su cumplimiento y
hasta la fecha efectiva del pago.
Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el
mismo significado que se les atribuye en las Bases.
Atentamente,
Firma y Sello:
Nombre y Cargo
Entidad:
[Banco que emite la Fianza]
141
Anexo Nº 7
Modelo de Carta Fianza Bancaria de Reconsideración y Apelación de calificación
Lima,
Señores
Comité Especial
Gerencia de Transporte Urbano
Perú
Postor: …………………………
Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la concesión de la
prestación del servicio público de transporte regular de pasajeros de los Paquetes de
Rutas N°….
De nuestra consideración:
Por la presente y a la solicitud de nuestros clientes, señores [indicar nombre del postor o
integrante del Postor], constituimos fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio
de excusión, ni división y de realización automática, hasta por la suma de Ciento Treinta Mil y
00/100 Nuevos Soles (s/.130 000.00), a favor de GTU para garantizar a nuestros afianzados
en el pago de esa suma en cualquiera de los supuestos que se indican en esta carta fianza.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de s e s e n t a (60) días calendario contados a
partir de [fecha de presentación de la reconsideración o apelación], y se hará efectiva en
caso que la reconsideración o apelación fuera declarada infundada o improcedente en
definitiva por el Comité Especial o GTU.
Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podrá ser ejecutada por GTU, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 1898º del Código Civil Peruano.
Se conviene expresamente que para que procedamos a honrar esta fianza, bastará un
simple requerimiento realizado por conducto notarial en nuestras oficinas sitas en la
dirección indicada líneas abajo, y en el cual se exprese que la reconsideración o apelación
presentada por [indicar nombre del postor] ha sido declarada infundada o improcedente por
el Comité Especial o por la GTU; o, habiendo obtenido resolución en ese sentido de parte del
Comité Especial, ésta no fuera apelada.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 24
horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda
demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios a favor de
ustedes que se calcularán sobre la tasa LIBOR, más un margen (spread) de 3.0%. La tasa LIBOR
será la máxima establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m.
Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de esta
fianza.
Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía
tienen el mismo significado que se les atribuye en las Bases.
Atentamente,
Firma y Sello:
Nombre:
Cargo:
Entidad: (Banco que emite la fianza)
Dirección:
142
Anexo Nº 8
Matriz de Superposición de Rutas
VER PUBLICACION
EN LA PAGINA WEB DE LA GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO
(www.gtu.munlima.gob.pe)
143
ANEXO X-1
CLAÚSULAS OBLIGATORIAS PARA LOS CONTRATOS DE CONSORCIO
El presente Anexo contempla el contenido obligatorio de las cláusulas que formarán parte de
los contratos de consorcios, instrumento necesario (salvo para el caso de personas jurídicas)
para la participación de los postores en las Licitaciones Públicas para la obtención de la buena
pro de las concesiones para prestar el servicio de transporte público regular de pasajeros en
los paquetes de rutas que forman parte de los Corredores de Integración y Rutas
Aproximación.
Específicamente a continuación se detalla el contenido de las cláusulas obligatorias del
contrato de consorcio:
1. Identificación de los consorciados. Para el caso de personas naturales se deberá
especificar el nombre, el documento de identidad (DNI, Pasaporte, Carné de
extranjería), y el domicilio legal para efectos del presente procedimiento. Para el caso
de personas jurídicas deberá especificarse la denominación social, el número de RUC,
el representante legal (nombre y documento de identidad) con poderes vigentes y
suficientes, y el domicilio legal para efectos del presente procedimiento.
2. Designación de un representante común con facultades de representación específicas
en el presente procedimiento, que le permita representar al consorcio ante cualquier
suceso o incidente, tales como presentación de las propuestas, interposición de medio
impugnatorio, solicitud de lectura de las propuestas, representación del consorcio en
actos públicos, solicitud de información, solicitud de entrevista a los miembros del
Comité Especial, etc.
3. En caso se obtenga el otorgamiento de la buena pro de la ruta o paquete de rutas al
que postuló:
3.1. Se obliga a constituir una persona jurídica bajo las mismas condiciones que las
establecidas en el Contrato de Consorcio, entre otras cosas, obligándose a
constituir la persona jurídica con un determinado capital mínimo y reflejar un
accionariado o participaciones en la misma proporción que la propuesta, de
acuerdo a lo estipulado en el las Bases y Contrato de Consorcio.
3.2. Adecuar los vehículos de la flota acreditada a las exigencias establecidas en las
Bases y el Contrato de Concesión de la presente Licitación Pública, cuando
corresponda, según lo establecido por la GTU.
144
3.3. Presentar y cumplir con el cronograma de retiro de vehículos, el cual será
aprobado por el Concedente. En ese contexto, se obligará a retirar
inicialmente a los vehículos de categoría M2 -camionetas rurales- (combis).
3.4. Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar,
como mínimo, con las siguientes unidades organizativas con funciones y
responsabilidades definidas en manuales editados específicamente por el
Concesionario: i) gerencia de operaciones, y ii) gerencia o unidad de
mantenimiento; por lo que de ser favorecido con la Buena Pro se compromete
a implementar las unidades gerenciales mencionadas. Para su verificación se
requerirá el Reglamento Interno de Trabajo así como el Manual de
Operaciones de la empresa.
3.5. Contratar al personal operativo en planilla, de conformidad con la normativa
sobre la materia.
3.6. Los consorciados, sus socios, accionistas, miembros, se obligan a renunciar la
operación de las rutas que se sobrepongan a la ruta o paquetes de rutas que
se superponga con alguna de las rutas del actual Sistema Integrado de
Transporte, como requisito previo a la suscripción del Contrato de Concesión.
4. Determinar el porcentaje de participación de cada consorciado, los cuales se deberán
reflejar en el porcentaje de participación y/o accionariado de la persona jurídica que se
constituirá en caso se obtenga la buena pro de la licitación pública, por ruta. En ese
sentido, se deberá determinar el monto dinerario y/o los bienes aportados y su
respectivo valor, lo cual deberá concordar con el capital mínimo propuesto.
5. Cumplir con constituir el consorcio con aportes reales, que deberán representar el
capital mínimo exigido para la celebración del Contrato de Concesión, y especificar los
aportes de cada uno de los consorciados.
6. Sometimiento a las condiciones, obligaciones y demás cargas establecidas en las Bases
de Licitación Pública, así como en el Contrato de Concesión.
7. Se deberán consignar las siguiente declaraciones:
7.1. Declaración Jurada suscrita señalando que los consorciados, sus socios,
accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales, no tienen
sentencia o laudo arbitral consentido por proceso alguno relacionado con el
incumplimiento de alguna obligación contractual con alguna Autoridad
Gubernamental o de no tener impedimento o restricción alguna para contratar
con el Estado Peruano.
145
7.2. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,
accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales no tienen
impedimento ni están sujetos a restricciones por vía contractual, judicial,
legislativa u otras, para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de
estas Bases, de la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el
Artículo 1366 del Código Civil Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Reglamento para
la Promoción de la Inversión Privada; y, Numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14°
de la Ordenanza N° 1599, de acuerdo al Formulario 5 del Anexo N°4.
7.3. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,
accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales renuncian a
invocar o ejercer cualquier privilegio o inmunidad diplomática u otra; o
reclamo por la vía diplomática o de otra naturaleza; contra el Estado o sus
dependencias, la Municipalidad Metropolitana de Lima, PROTRANSPORTE, la
GTU, el Comité Especial, sus integrantes y Asesores, bajo la ley peruana o bajo
cualquier otra legislación con respecto a sus obligaciones sobre estas Bases, la
Propuesta, y los Contratos que se suscribirán.
7.4. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,
accionistas o miembros, apoderados, representantes legales no tienen litigio
judicial, arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad
Metropolitana de Lima o alguna de sus dependencias, relacionados al
otorgamiento y renovación de títulos habilitantes otorgados por la GTU para la
prestación de servicios de transporte urbano o contra las disposiciones
dictadas por la MML para el reordenamiento y reubicación de rutas. Esta
restricción se mantendrá durante todo el proceso de licitación.
7.5. Declaración Jurada de que cada unidad vehicular que conforma la propuesta,
forma parte única y exclusivamente de la misma y su inclusión cuenta con la
conformidad de cada uno de sus propietarios.
7.6. Declaración Jurada de que cada vehículo propuesto solo podrá acreditarse a
un postor y a un solo Paquete de Rutas, bajo sanción de ser automáticamente
descalificado, de acuerdo a lo establecido en las Bases y el Contrato de
Concesión.
En caso se omita algún extremo de las cláusulas obligatorias descritas, el Comité Especial
deberá requerir su subsanación en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles. De no
subsanarse la omisión en el plazo antes indicado se descartará la propuesta.
146
Cualquier incumplimiento a lo establecido en el presente contrato será objeto de una
penalidad, sin perjuicio de la medida correctiva a exigirse, en el marco de la ejecución de las
prestaciones en el Contrato de Concesión, de ser el caso.
147
ANEXO X-2
MODELO DE CONTRATO DE CONSORCIO
SEÑOR NOTARIO:
SÍRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PUBLICAS UNA DE
CELEBRACIÓN DE CONTRATO ASOCIATIVO DE CONSORCIO, QUE SUSCRIBEN DE UNA
PARTE [PERSONA JURÍDICA 1], (EN ADELANTE [___________]) IDENTIFICADO CON RUC
Nº [_____________], INSCRITA EN LA PARTIDA Nº [_______] DEL REGISTRO DE
PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO, CON DOMICILIO
EN [_________________], REPRESENTADA POR SU APODERADO SEÑOR
[____________], DE NACIONALIDAD [____________], IDENTIFICADO CON DNI N°
[________]; Y DE LA OTRA PARTE [PERSONA JURÍDICA 2] (EN ADELANTE [________])
IDENTIFICADO CON RUC Nº [____________], INSCRITA EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº
[________] DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL DE
LIMA Y CALLAO, CON DOMICILIO EN [____________], REPRESENTADA POR SU
APODERADA [________], IDENTIFICADA CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Nº
[________]; EN LOS TÉRMINOS CONTENIDOS EN LAS SIGUIENTES CLAUSULAS:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
[PERSONA JURÍDICA 1] ES UNA SOCIEDAD DE DERECHO PRIVADO CONSTITUIDA EN
LA CIUDAD DE LIMA QUE TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LAS ACTIVIDADES DE
[_________________].
[PERSONA JURÍDICA 2] ES UNA SOCIEDAD DE DERECHO PRIVADO CONSTITUIDA EN
LA CIUDAD DE LIMA QUE TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LAS ACTIVIDADES DE
[_________________].
SEGUNDA.- OBJETO ESPECÍFICO Y ALCANCES DEL CONTRATO
2.1 DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN
PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU EL POSTOR PUEDE SER UNA PERSONA JURÍDICA
CONSTITUIDA EN EL PERÚ O CONSORCIO –ELEVADO A ESCRITURA PÚBLICA-
QUE SE ENCUENTRE REGISTRADO EN EL SORSIT, PREVIO PAGO DEL DERECHO
DE PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN.
2.2 POR EL PRESENTE, LAS PARTES ACUERDAN SUSCRIBIR UN CONTRATO
ASOCIATIVO BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO DE CONSORCIO, REGULADO
POR EL ARTICULO 445º Y SIGUIENTES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES CON
LA FINALIDAD DE COMPLEMENTAR EN FORMA MANCOMUNADA SUS RECURSOS,
CAPACIDADES Y APTITUDES PARA QUE EN FORMA CONJUNTA PARTICIPEN
DIRECTA Y ACTIVAMENTE EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, A FIN
OBTENER LA BUENA PRO Y POR ENDE SUSCRIBIR UN CONTRATO DE CONCESIÓN
PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO REGULAR EN EL
PAQUETE DE RUTAS IDENTIFICADO CON CÓDIGO [_________], APROBADO POR LA
GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°
100-2014-MML/GTU.
148
2.3 CONCRETAMENTE EL ALCANCE DEL CONTRATO DE CONSORCIO ES ESTABLECER
LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE CADA UNO DE LOS CONSORCIADOS
RESPECTO A LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, EN EL MARCO DE
LAS CONDICIONES, REQUISITOS Y OBLIGACIONES EXIGIDOS EN LAS BASES Y
CONTRATO DE CONCESIÓN. EN ESE SENTIDO, CUALQUIER CONDICIÓN,
REQUISITO Y OBLIGACIÓN EXIGIDA EN LAS BASES Y CONTRATO DE CONCESIÓN
QUE NO SE ENCUENTRE CONTEMPLADA EN EL PRESENTE CONTRATO DE
CONSORCIO SE ENCONTRARÁ INMEDIATAMENTE INCORPORADA.
TERCERO.- OBLIGACIONES DE LOS CONSORCIADOS
3.1 LOS CONSORCIADOS SE OBLIGAN A CUMPLIR LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:
3.1.1. CUMPLIR CON CONSTITUIR EL CONSORCIO CON APORTES REALES, QUE
DEBERÁN REPRESENTAR EL CAPITAL MÍNIMO EXIGIDO PARA LA
CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN, Y ESPECIFICAR LOS
APORTES DE CADA UNO DE LOS CONSORCIADOS.
3.1.2. SOMETIMIENTO A LAS CONDICIONES, OBLIGACIONES Y DEMÁS CARGAS
ESTABLECIDAS EN LAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN EL
CONTRATO DE CONCESIÓN.
3.2. EN CASO SE OBTENGA LA BUENA PRO DE LA RUTA O PAQUETE DE RUTAS AL
QUE POSTULÓ:
3.2.1. SE OBLIGA A CONSTITUIR UNA PERSONA JURÍDICA BAJO LAS MISMAS
CONDICIONES QUE LAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO DE
CONSORCIO, ENTRE OTRAS COSAS, OBLIGÁNDOSE A CONSTITUIR LA
PERSONA JURÍDICA CON UN DETERMINADO CAPITAL MÍNIMO Y REFLEJAR
UN ACCIONARIADO O PARTICIPACIONES EN LA MISMA PROPORCIÓN QUE
LA PROPUESTA, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL LAS BASES Y
CONTRATO DE CONSORCIO.
3.2.2. ADECUAR LOS VEHÍCULOS DE LA FLOTA ACREDITADA A LAS EXIGENCIAS
ESTABLECIDAS EN LAS BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA
PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA, CUANDO CORRESPONDA, SEGÚN LO
ESTABLECIDO POR EL CONCEDENTE.
3.2.3. PRESENTAR Y CUMPLIR CON EL CRONOGRAMA DE RETIRO DE
VEHÍCULOS, EL CUAL SERÁ APROBADO POR EL CONCEDENTE. EN ESE
CONTEXTO, SE OBLIGARÁ A RETIRAR INICIALMENTE A LOS VEHÍCULOS DE
CATEGORÍA M2 -CAMIONETAS RURALES- (COMBIS).
3.2.4. AL MOMENTO DEL INICIO DE LA PRE-OPERACIÓN EL CONCESIONARIO
DEBERÁ CONTAR, COMO MÍNIMO, CON LAS SIGUIENTES UNIDADES
ORGANIZATIVAS CON FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEFINIDAS EN
MANUALES EDITADOS ESPECÍFICAMENTE POR EL CONCESIONARIO: I)
GERENCIA DE OPERACIONES, Y II) GERENCIA O UNIDAD DE
149
MANTENIMIENTO; POR LO QUE DE SER FAVORECIDO CON LA BUENA PRO
SE COMPROMETE A IMPLEMENTAR LAS UNIDADES GERENCIALES
MENCIONADAS, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL CONCEDENTE.
PARA SU VERIFICACIÓN SE REQUERIRÁ EL REGLAMENTO INTERNO DE
TRABAJO, MANUAL DE OPERACIONES DE LA EMPRESA.
3.2.5. CONTRATAR AL PERSONAL OPERATIVO EN PLANILLA, DE CONFORMIDAD
CON LA NORMATIVA SOBRE LA MATERIA.
3.2.6. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS, MIEMBROS, SE
OBLIGAN A RENUNCIAR LA OPERACIÓN DE LAS RUTAS –EN LAS QUE
FUERAN TITULARES- QUE SE SUPERPONGAN A LA RUTA O PAQUETES DE
RUTAS DE ALGUNA DE LOS SERVICIO Y/O RUTAS DEL ACTUAL SISTEMA
INTEGRADO DE TRANSPORTE, COMO REQUISITO PREVIO A LA
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.
3.3. ESPECÍFICAMENTE [PERSONA JURÍDICA 1] TIENE LA OBLIGACIÓN DE APORTAR
AL PAQUETE DE RUTAS [________________] LO SIGUIENTE: [DETALLE DE LOS
BIENES APORTADOS, ASÍ COMO SU CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA].
3.4. POR SU PARTE, [PERSONA JURÍDICA 2] TIENE LA OBLIGACIÓN DE APORTAR AL
PAQUETE DE RUTAS [________________] LO SIGUIENTE: [DETALLE DE LOS
BIENES APORTADOS, ASÍ COMO SU CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA].
3.5. CORRESPONDE A CADA UNA DE LAS PARTES, DENTRO DE LOS LÍMITES
NECESARIOS PARA LOGRAR LA EFICIENCIA BUSCADA, REALIZAR LAS
ACTIVIDADES PROPIAS QUE SE LE ENCARGAN, COORDINANDO AL EFECTO
CON EL OTRO MIEMBRO DEL CONSORCIO, CONFORME A LOS
PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PREVISTOS EN ESTE DOCUMENTO. EN
CUALQUIER CASO, LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO PODRÁN PRECISAR,
AMPLIAR O RESTRINGIR EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LO CUAL
DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO.
CUARTO.- DENOMINACIÓN Y DOMICILIO
LAS PARTES ACUERDAN QUE EL CONSORCIO TENDRÁ LA DENOMINACIÓN DE
“CONSORCIO [________________]” (EN ADELANTE EL CONSORCIO); Y FIJA SU
DOMICILIO LEGAL EN [________________________________].
CUALQUIER COMUNICACIÓN QUE LA AUTORIDAD, O CUALQUIER OTRO TERCERO
AJENO A LAS PARTES DEBA CURSAR A EL CONSORCIO COMO CONSECUENCIA DE LA
EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁ EFECTUARSE EN EL DOMICILIO
ANTES SEÑALADO.
QUINTO.- PARTICIPACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE RESULTADOS
5.1 LAS PARTES CONSORCIADAS PARTICIPARAN EN EL CONSORCIO DE TODOS LOS
DERECHOS, OBLIGACIONES, APORTES, RIESGOS, COSTOS, GASTOS, GANANCIAS
150
Y PÉRDIDAS NETAS GENERADOS POR LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE
CONSORCIO EN LAS SIGUIENTES PROPORCIONES:
[PERSONA JURÍDICA 1]: [__] %
[PERSONA JURÍDICA 2]: [__] %
5.2 NO OBSTANTE LO CONSIGNADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, AMBAS PARTES
RESPONDERÁN SOLIDARIAMENTE ANTE LA AUTORIDAD POR LOS
INCUMPLIMIENTOS Y/O INFRACCIONES COMETIDAS EN EL MARCO DEL
PRESENTE PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA.
5.3 DE SER EL CASO, DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 (QUINCE) DÍAS SIGUIENTES AL
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-
MML/GTU EL REPRESENTANTE LEGAL DE EL CONSORCIO, DEBERÁ INICIAR LAS
GESTIONES PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA QUE SERÁ LA
TITULAR DE LA CONCESIÓN, DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL
PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS
PRESENTES BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.
5.4 LOS CONSORCIADOS TENDRÁN FACULTAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE
LOS ALCANCES DEL PRESENTE CONTRATO.
SEXTA.- DURACIÓN DE EL CONSORCIO
6.1 El PLAZO DE DURACIÓN DE EL CONSORCIO CULMINARÁ EN LA FECHA DE
CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE PRE-OPERACIÓN DE CADA UNA DE LA RUTA
O PAQUETES DE RUTAS AL QUE POSTULA, DE CONFORMIDAD CON LO
ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.
6.2 SIN PERJUICIO DE LO EXPUESTO, EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ SER
RENOVADO Y/O MODIFICADO, SI LAS PARTES ASÍ LO ACORDARAN LOS
CONSORCIADOS, EN FUNCIÓN A FUTURAS LICITACIONES PÚBLICAS.
SÉTIMA.- RÉGIMEN DE EL CONSORCIO
7.1 PARA EFECTOS DEL MANEJO ECONÓMICO Y TRIBUTARIO, EL CONSORCIO NO SE
ENCUENTRA OBLIGADO A TRAMITAR SU REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE
(R.U.C.).
7.2 EL CONSORCIO LLEVARÁ [O NO] UNA CONTABILIDAD INDEPENDIENTE DE LAS
EMPRESAS QUE LO CONFORMAN.
7.3 SIN PERJUICIO DE LO ANTES EXPUESTO, Y DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL
ARTÍCULO 445º DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, EL PRESENTE CONTRATO
NO IMPLICA LA CREACIÓN DE UNA PERSONA JURÍDICA DE HECHO NI DE
DERECHO, POR LO QUE AMBAS PARTES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL
PRESENTE CONTRATO MANTENDRÁN SU AUTONOMÍA ECONÓMICA Y
ADMINISTRATIVA, REALIZANDO CADA UNA DE ELLAS LAS ACTIVIDADES QUE SE
COMPROMETAN A REALIZAR SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA
SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, U OTRAS QUE LAS PARTES POR ACUERDO
EXPRESO POSTERIOR DECIDAN INCLUIR.
151
7.4 EL CONSORCIO SERÁ ADMINISTRADO POR UN REPRESENTANTE, CONFORME SE
DESCRIBE EN EL PRESENTE CONTRATO DE CONSORCIO.
OCTAVA.- RESPONSABILIDAD CON TERCEROS 8.1 CADA MIEMBRO DE EL CONSORCIO PODRÁ VINCULARSE INDIVIDUALMENTE CON
TERCEROS EN EL DESEMPEÑO DE LA ACTIVIDAD QUE LE ASIGNE EL
CONSORCIO, ADQUIRIENDO DERECHOS Y ASUMIENDO OBLIGACIONES Y
RESPONSABILIDADES A TÍTULO PARTICULAR POR LO QUE NO EXISTIRÁ, ENTRE
LAS PARTES CONTRATANTES, RESPONSABILIDAD SOLIDARIA FRENTE A
TERCEROS.
8.2 SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA
CLÁUSULA 5.2, LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE QUE SE
RESPONSABILIZAN SOLIDARIAMENTE ANTE LA AUTORIDAD RESPECTO DE
TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DE LA
PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU.
NOVENA.- AFECTACIÓN DE BIENES
9.1 LOS MIEMBROS DE EL CONSORCIO AFECTARÁN AL NEGOCIO LOS BIENES
DESCRITOS EN LA CLÁUSULA TERCERA DEL PRESENTE CONTRATO PARA LA
PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU.
9.2 EN CASO QUE LA PROPUESTA DEL CONSORCIO OBTENGA LA BUENA PRO DE
LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, SE DEBERÁ CONSTITUIR UNA
PERSONA JURÍDICA CONFORMADA POR LOS CONSORCIADOS BAJO LAS
MISMAS ALÍCUOTAS DE PARTICIPACIÓN DESCRITAS EN LA CLÁUSULA QUINTA,
A LA CUAL SE LE DEBERÁ TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE LAS UNIDADES
VEHICULARES Y DEMÁS BIENES CALIFICADOS COMO BIENES PROPIOS DE SU
PROPUESTA.
9.3 EN CASO SE REQUIERA ADQUIRIR OTROS BIENES PARA LA EJECUCIÓN DEL
SERVICIO A CONCESIONARSE ANTES DE LA ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO,
LOS MIEMBROS DE EL CONSORCIO DEBERÁN DETERMINAR SI ÉSTOS SERÁN
ADQUIRIDOS POR CADA UNO DE LOS MIEMBROS O EN FORMA CONJUNTA, ASÍ
COMO EL REAJUSTE DE SUS PARTICIPACIONES EN EL NEGOCIO. EN EL CASO
DE ADQUISICIÓN CONJUNTA SERÁN DE APLICACIÓN LAS REGLAS DE LA
COPROPIEDAD.
DÉCIMA.- REPRESENTACIÓN LEGAL DE EL CONSORCIO
EL REPRESENTANTE LEGAL DE EL CONSORCIO CUENTA CON LAS FACULTADES DE
REPRESENTACIÓN EN LOS SIGUIENTES ÁMBITOS, RAZÓN POR LA CUAL ES TITULAR A
SOLA FIRMA, DE LAS SIGUIENTES FACULTADES:
10.1 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES JUDICIALES, ARBITRALES, POLÍTICAS, ADMINISTRATIVAS, TRIBUTARIAS, CONSULARES, MUNICIPALES, LABORALES, POLICIALES Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE EN TODA CLASE DE PROCEDIMIENTO, PROCESOS Y ACTUACIONES, SEAN ESTOS JUDICIALES, ADMINISTRATIVOS U OTROS Y SEA CUAL FUERE LA NORMA QUE LOS REGULE. PARA TAL EFECTO GOZARÁ DE LAS ATRIBUCIONES
152
Y POTESTADES GENERALES QUE CORRESPONDAN EN LOS PROCESOS Y ACTUACIONES A EL CONSORCIO, PARA SU TRAMITACIÓN EN SU INTEGRIDAD, INCLUSO PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA Y OTRAS RESOLUCIONES Y EL COBRO DE COSTAS Y COSTOS, LEGITIMANDO SU INTERVENCIÓN EN EL
PROCESO Y TODOS LOS ACTOS DEL MISMO CONFORME AL ARTÍCULO 74 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 115 DE LA LEY 27444 Y DEMÁS NORMAS QUE PUEDAN RESULTAR APLICABLES, SEGÚN FUERE EL CASO. ASIMISMO, GOZARÁ DE LAS FACULTADES ESPECIALES PARA REALIZAR EN LOS PROCESOS TODOS LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS; DEMANDAR, INTERPONER DENUNCIAS PENALES Y DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, PRESENTAR SOLICITUDES, RECURSOS Y MEDIOS IMPUGNATORIOS; PRESENTAR DEMANDAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS; RATIFICARSE EN DENUNCIAS PENALES; SUBSANAR ERRORES U OMISIONES EN LA DEMANDA Y EN EL PLANTEAMIENTO DE LA PRETENSIÓN; RECONVENIR; CONTESTAR DEMANDAS, RECONVENCIONES, OPOSICIONES Y CONTRADICCIONES; DESISTIRSE DE LAS DEMANDAS, DE LOS PROCESOS, DE LAS PRETENSIONES, DE LAS DENUNCIAS PENALES U OTRAS DENUNCIAS, DE LAS SOLICITUDES, DE LOS RECURSOS Y MEDIOS IMPUGNATORIOS Y DE CUALQUIER OTRO ACTO; FORMULAR TODO TIPO DE OPOSICIONES Y CONTRADICCIONES; ALLANARSE A LA PRETENSIÓN; INTERVENIR EN LAS AUDIENCIAS DE SANEAMIENTO, CONCILIATORIA, DE FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS, DE PRUEBAS, DE SENTENCIAS, DE ACTUACIÓN DE DECLARACIÓN JUDICIAL Y CUALQUIER OTRA AUDIENCIA; PRESTAR CONFESIÓN Y JURAMENTO DECISORIO Y DEFERIR AL DEL CONTRARIO; PRESTAR DECLARACIONES DE PARTE; ABSOLVER POSICIONES; RECONOCER DOCUMENTOS; CONCILIAR, TANTO JUDICIAL COMO EXTRAJUDICIALMENTE TENIENDO PARA TAL EFECTO FACULTAD DE DISPONER DE LOS DERECHOS MATERIA DE CONCILIACIÓN; TRANSIGIR; SOMETER A ARBITRAJE LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO Y FUERA DE ÉSTE; CELEBRAR CONVENIOS ARBITRALES; DESIGNAR ÁRBITROS, ACORDAR EL PROCEDIMIENTO ARBITRAL Y TODO LO VINCULADO A ÉSTE; SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES Y OFRECER CONTRACAUTELAS PARA MEDIDAS CAUTELARES, EFECTUAR PAGOS DIRECTAMENTE O MEDIANTE CONSIGNACIÓN U OFRECIMIENTOS DE PAGO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL; RETIRAR CONSIGNACIONES Y EFECTUAR COBROS.
10.2 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS,
JUDICIALES Y DE TRABAJO Y ANTE LOS TRABAJADORES DE EL CONSORCIO,
CON OCASIÓN DE LOS PROCESOS QUE PUDIERA INICIAR EL CONSORCIO O
CONTRA ELLA INICIEN SUS TRABAJADORES, ASÍ COMO EN NEGOCIACIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO, GOZANDO DE LAS FACULTADES MENCIONADAS EN
EL NUMERAL ANTERIOR, ASÍ COMO LAS DE RECIBIR Y NEGOCIAR PLIEGOS DE
RECLAMOS, CELEBRAR CONVENIOS COLECTIVOS; MODIFICAR LOS
CONVENIOS COLECTIVOS EXISTENTES; Y, EN GENERAL, REALIZAR TODOS
LOS ACTOS A QUE ALUDEN LOS ARTÍCULOS 46, 48 Y 61 DEL DECRETO LEY
25593, EL ARTÍCULO 37 DEL DECRETO SUPREMO N 011-92-TR, LOS
ARTÍCULOS 8° Y 21° DE LA LEY 26636, Y EL ARTÍCULO 76° DEL DECRETO
SUPREMO NO. 020-2001-TR, O LOS DISPOSITIVOS QUE EN SU OPORTUNIDAD
PUDIERAN SUSTITUIRLOS, SIN RESERVA NI LIMITACIÓN ALGUNA.
10.3 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES TRIBUTARIAS, CON
LAS FACULTADES DE FORMULAR Y SUSCRIBIR DECLARACIONES JURADAS,
EFECTUAR PAGOS Y CANCELACIONES Y OTORGAR RECIBOS Y CONSTANCIAS,
153
ASÍ COMO PARA PRESENTAR FORMULARIOS Y OTROS DOCUMENTOS POR
CUALQUIER MEDIO, INCLUSIVE MEDIOS ELECTRÓNICOS O INFORMÁTICOS.
ASIMISMO, REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES DE
ADUANAS, CON LAS FACULTADES DE FORMULAR Y SUSCRIBIR
DECLARACIONES JURADAS, EFECTUAR PAGOS Y CANCELACIONES Y
OTORGAR RECIBOS Y CONSTANCIAS, ASÍ COMO PARA PRESENTAR
FORMULARIOS Y OTROS DOCUMENTOS POR CUALQUIER MEDIO, INCLUSIVE
MEDIOS ELECTRÓNICOS O INFORMÁTICOS.
10.4 NOMBRAR Y REMOVER A LOS EMPLEADOS Y OPERARIOS QUE SEAN NECESARIOS Y FIJAR SUS ATRIBUCIONES, FUNCIONES, MAS NO SU REMUNERACIÓN, PUDIENDO PARA ELLO AMONESTAR Y CESAR TRABAJADORES, OTORGAR CERTIFICADOS DE TRABAJO, CONSTANCIAS DE FORMACIÓN LABORAL Y PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES.
10.5 SUSCRIBIR TODOS LOS DOCUMENTOS, ESCRITOS Y SOLICITUDES QUE
FUESEN NECESARIOS ANTE LA AUTORIDAD DE TRABAJO Y ANTE LA AUTORIDAD MIGRATORIA, INCLUYENDO EL OTORGAMIENTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE REQUIERAN CONFORME A LEY PARA EL INGRESO, PERMANENCIA O SALIDA DEL PAÍS DE LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS DE EL CONSORCIO O SUS FAMILIARES.
UNDÉCIMA.- REPRESENTANTE LEGAL DEL CONSORCIO
LAS PARTES ACUERDAN NOMBRAR COMO REPRESENTANTES LEGALES DE EL
CONSORCIO A [______________], IDENTIFICADA CON DNI Nº [__________] Y AL SEÑOR
[__________], IDENTIFICADO CON DNI Nº [__________]; QUIENES EJERCERÁN
CUALESQUIERA DE ELLOS, A SOLA FIRMA, LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN
ESTABLECIDAS EN LA CLAUSULA DÉCIMA PRECEDENTE.
DUODÉCIMA.- DECLARACIONES
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LICITACIÓN Y EL
CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA, SE DECLARA QUE:
12.1. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,
APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES, NO TIENEN SENTENCIA O
LAUDO ARBITRAL CONSENTIDO POR PROCESO ALGUNO RELACIONADO CON
EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL CON ALGUNA
AUTORIDAD GUBERNAMENTAL O DE NO TENER IMPEDIMENTO O RESTRICCIÓN
ALGUNA PARA CONTRATAR CON EL ESTADO PERUANO.
12.2. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,
APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES NO TIENEN IMPEDIMENTO NI
ESTÁN SUJETOS A RESTRICCIONES POR VÍA CONTRACTUAL, JUDICIAL,
LEGISLATIVA U OTRAS, PARA ASUMIR Y CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES
EMANADAS DE ESTAS BASES, DE LA PROPUESTA Y DE LOS CONTRATOS,
INCLUYENDO LO NORMADO POR EL ARTÍCULO 1366 DEL CÓDIGO CIVIL
PERUANO; EL ARTÍCULO 47° DE LA ORDENANZA Nº 867 DE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA
PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA; Y, NUMERALES 14.3 Y 14.4 DEL
ARTÍCULO 14° DE LA ORDENANZA N° 1599, DE ACUERDO AL FORMULARIO 5
DEL ANEXO N°4.
154
12.3. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,
APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES RENUNCIAN A INVOCAR O
EJERCER CUALQUIER PRIVILEGIO O INMUNIDAD DIPLOMÁTICA U OTRA; O
RECLAMO POR LA VÍA DIPLOMÁTICA O DE OTRA NATURALEZA; CONTRA EL
ESTADO O SUS DEPENDENCIAS, LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA,
PROTRANSPORTE, LA GTU, EL COMITÉ ESPECIAL, SUS INTEGRANTES Y
ASESORES, BAJO LA LEY PERUANA O BAJO CUALQUIER OTRA LEGISLACIÓN
CON RESPECTO A SUS OBLIGACIONES SOBRE ESTAS BASES, LA PROPUESTA,
Y LOS CONTRATOS QUE SE SUSCRIBIRÁN.
12.4. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,
APODERADOS, REPRESENTANTES LEGALES NO TIENEN LITIGIO JUDICIAL,
ARBITRAL O ADMINISTRATIVO PENDIENTE CON LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA O ALGUNA DE SUS DEPENDENCIAS, RELACIONADOS
AL OTORGAMIENTO Y RENOVACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES OTORGADOS
POR LA GTU PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE URBANO
O CONTRA LAS DISPOSICIONES DICTADAS POR LA MML PARA EL
REORDENAMIENTO Y REUBICACIÓN DE RUTAS. ESTA RESTRICCIÓN SE
MANTENDRÁ DURANTE TODO EL PROCESO DE LICITACIÓN.
12.5. LOS CONSORCIADOS CONOCEN QUE CADA UNIDAD VEHICULAR QUE
CONFORMA LA PROPUESTA FORMA PARTE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DE LA
MISMA Y SU INCLUSIÓN CUENTA CON LA CONFORMIDAD DE CADA UNO DE
SUS PROPIETARIOS.
12.6. LOS CONSORCIADOS CONOCEN QUE CADA VEHÍCULO PROPUESTO SOLO
PODRÁ ACREDITARSE A UN POSTOR Y A UN SOLO PAQUETE DE SERVICIOS O
RUTAS, BAJO SANCIÓN DE SER AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO, DE
ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.
DÉCIMO TERCERA.- RESOLUCIÓN
13.1 EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES RESPECTO DE LAS
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE
CONTRATO, EN APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1430º DEL
CÓDIGO CIVIL, CONSTITUYE CAUSAL DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE
CONTRATO. EN CONSECUENCIA, LA RESOLUCIÓN SE PRODUCIRÁ DE PLENO
DERECHO CUANDO LA PARTE PERJUDICADA COMUNIQUE A LA OTRA,
MEDIANTE CARTA NOTARIAL, SU INTENCIÓN DE QUERER HACER VALER ESTA
CLÁUSULA.
13.2 EN EL CASO DE RESOLUCIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE TERMINACIÓN
DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES ACUERDAN QUE SE EFECTUARÁ UNA
LIQUIDACIÓN FINAL.
13.3 ASIMISMO, LAS PARTES ACUERDAN QUE UNA VEZ EFECTUADA LA
LIQUIDACIÓN FINAL CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ SOLICITAR QUE SE LLEVE
A CABO UNA AUDITORÍA, A LOS EFECTOS DE CORROBORAR LA VERACIDAD DE
LA LIQUIDACIÓN PRACTICADA. LA AUDITORÍA SE PRACTICARÁ DE
155
CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE
ACEPTADOS EN EL PERÚ POR UNA FIRMA AUDITORA DE PRESTIGIO
INTERNACIONAL QUE TENGA OFICINAS EN EL PERÚ Y QUE NO SEA AUDITORA
DE CUALQUIERA DE LAS PARTES.
DÉCIMO CUARTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1 EL PRESENTE CONTRATO SE REGIRÁ Y SERÁ INTERPRETADO DE
CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, LEY Nº 26887, EL
CÓDIGO CIVIL, Y LAS DEMÁS LEYES DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ QUE
RESULTEN APLICABLES.
14.2 TODAS LAS CONTROVERSIAS RESULTANTES, RELACIONADAS O DERIVADAS
DEL PRESENTE CONTRATO INCLUIDAS LAS RELATIVAS A SU CELEBRACIÓN,
EFICACIA, VALIDEZ O TERMINACIÓN, INCLUSO LAS DEL CONVENIO ARBITRAL,
SERÁN RESUELTAS MEDIANTE ARBITRAJE DE DERECHO, CUYO LAUDO SERÁ
DEFINITIVO E INAPELABLE, DE CONFORMIDAD CON LOS REGLAMENTOS
ARBITRALES DEL CENTRO DE ARBITRAJE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE
LIMA A CUYAS NORMAS, ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN SE SOMETEN LAS
PARTES EN FORMA INCONDICIONAL, DECLARANDO CONOCERLAS Y
ACEPTARLAS EN SU INTEGRIDAD.
14.3 EL TRIBUNAL ARBITRAL ESTARÁ COMPUESTO POR TRES ÁRBITROS.
DECIMO QUINTA.- VARIOS
15.1 ESTE CONTRATO CONSTITUYE EL COMPLETO ENTENDIMIENTO ENTRE LAS
PARTES RESPECTO DE LAS MATERIAS CONTENIDA EN EL PRESENTE Y DEJA
SIN EFECTO A TODOS Y CADA UNO DE LOS ACUERDOS ENTRE LAS PARTES,
SEAN ÉSTOS PREVIOS O CONTEMPORÁNEOS AL PRESENTE.
15.2 LOS ENCABEZAMIENTOS CONTENIDOS EN ESTE CONTRATO ESTABLECEN
PARA LA CONVENIENCIA Y COMO REFERENCIA ÚNICAMENTE Y NO AFECTAN
EN MODO ALGUNO LA INTERPRETACIÓN O SIGNIFICADO DE LAS CLÁUSULAS
DE ESE CONTRATO.
15.3 PARA SER VINCULANTE CUALQUIER MODIFICACIÓN A ESTE CONTRATO
DEBERÁ SER REALIZADA POR ESCRITO SUSCRITO POR TODAS LAS PARTES
DEL PRESENTE.
15.4 LA RENUNCIA A EXIGIR EL CUMPLIMIENTO POR UNA DE LAS PARTES ANTE UN
INCUMPLIMIENTO DE LA OTRA NO SE INTERPRETARÁ COMO LA RENUNCIA
ANTE OTROS INCUMPLIMIENTOS O SUBSIGUIENTES INCUMPLIMIENTOS DE
LAS MISMAS DISPOSICIONES.
15.5 SI ALGUNA DISPOSICIÓN DE ESTE CONTRATO FUERA CONSIDERADA COMO
INVÁLIDA O NO EXIGIBLE, SERÁ SEPARADA DE ESTE CONTRATO Y LAS
DISPOSICIONES RESTANTES CONSERVARÁN SUS EFECTOS Y CONTINUARÁN
EN TOTAL VIGENCIA Y EL RESTO DEL CONTRATO QUE NO FUESE LA PARTE
CONSIDERADA COMO NO VÁLIDA O NO EXIGIBLE NO SERÁ AFECTADA POR
156
ÉSTA, Y CADA DISPOSICIÓN VÁLIDA DEL PRESENTE SERÁ EXIGIBLE CON TODO
EL ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY.
DÉCIMO SEXTA.- NOTIFICACIONES
LAS NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES, SALVO LAS REALIZADAS POR LA VÍA
NOTARIAL QUE SE EFECTUARÁN SEGÚN LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS POR
LOS NOTARIOS O LAS LEYES APLICABLES A ESTE CONTRATO, SERÁN ENVIADAS POR
FAX, CORREO CONVENCIONAL O ELECTRÓNICO, O ENTREGA PERSONAL A LOS
RESPECTIVOS DOMICILIOS LEGALES DE LAS PARTES, LOS MISMOS QUE CONSTAN EN
LA PARTE INTRODUCTORIA DEL PRESENTE CONTRATO, O POR CUALQUIER OTRO
MEDIO DE COMUNICACIÓN RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE QUE PERMITA
OBTENER CONSTANCIA DEL RECIBO DE LA NOTIFICACIÓN POR LA PARTE
INTERESADA. TALES NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES SE CONSIDERARÁN
EFECTIVAS EN LA FECHA DE ENTREGA, SI SE ENTREGAN PERSONALMENTE; EN LA
FECHA DE RECEPCIÓN, SI SE ENVÍAN POR CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE
RECIBO; O, EN EL MOMENTO DE RECIBO DE LA CONFIRMACIÓN DE RECEPCIÓN DE
FACSÍMIL, SI SE ENVÍAN POR FACSÍMIL.
AGRÉGUESE UD. SEÑOR NOTARIO, LAS DEMÁS CLÁUSULAS DE LEY.
LIMA, […….] DE [………….] DE 2014
157
ANEXO X-5
DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LAS ADECUACIONES OBLIGATORIAS A LOS
VEHÍCULOS DE LA FLOTA ASIGNADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
[EN REVISIÓN]
158
ANEXO X-6
DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS BUSES NUEVOS CERO KILÓMETROS APLICABLE PARA BUSES PATRON TIPO 1 Y 2
A. OBJETIVO: Definir las condiciones mínimas de capacidad, confort y seguridad que los vehículos de transporte público deben brindar a los usuarios.
B. CONDICIONES GENERALES: De acuerdo a lo establecido por la normativa nacional, los vehículos destinados al servicio de transporte público de personas deben cumplir con las siguientes condiciones técnicas básicas:
a) Encontrarse en buen estado de funcionamiento. b) Haber sido diseñados originalmente de fábrica para el transporte de personas. c) Contar con chasis y formula rodante original de fábrica. El chasis no debe haber sido
objeto de modificaciones destinadas a incrementar el número de ejes, alargarlo o cambiar su estructura. El chasis tampoco puede presentar fractura o debilitamiento.
d) La carrocería no debe haber sido objeto de alteraciones o modificaciones destinadas a incrementar el número de usuarios que pueden ser transportados, de acuerdo a lo indicado por el fabricante.
Asimismo, conforme lo establecido por la Ordenanza 1599 modificada por la Ordenanza 1769, los vehículos de 9 m y 12 m deben corresponder a la tipología correspondiente a los ómnibus patrón tipo 1 y tipo 2 C. CONDICIONES ESPECÍFICAS: 1. ASIENTO DEL CONDUCTOR:
El asiento para el conductor deberá ser: 1.1. Ergonómico regulable (6) 1.2. Acolchado y tener ventilación (1) 1.3. Amortiguación hidráulica o neumática (1) 1.4. El respaldo deberá ser del tipo trapezoidal, permitir el ajuste continuo al menos en
cinco etapas de inclinación de 95º y 115º con la horizontal y tener las siguientes dimensiones: Base inferior: De 400 mm a 500 mm; Base superior: De 340 mm a 460 mm; Altura : De 480 mm a 550 mm. (6)
1.5. Contar con apoya-cabezas (1) 1.6. Debe permitir la regulación horizontal, vertical y del respaldo (1) 1.7. El asiento debe estar equipado con cinturón de seguridad de tres puntos “Conjunto que
comprende una correa sub-abdominal y una correa diagonal anclados en tres puntos”(2) (*)
1.8. Características indicadas según la NTP 383.071-2008:
Asiento del conductor
Características Medidas Figura
Altura vertical A= 480 mm -700 mm
Altura (variaciones) B = 400 mm - 500mm
Distancia entre el
respaldo y el centro
del volante
C = 540mm – 700 mm
159
Ancho del Cojín D = 400mm – 450mm
Profundidad del Cojín E = 380 mm – 450mm
Respaldo del asiento
deberá ser tipo
trapezoidal
Permitir el ajuste continuo o al menos en
cinco etapas de inclinación de 95º y 115º
con la horizontal y tener las siguientes
dimensiones: Base inferior: 400 mm a 500
mm; Base superior: 340 mm a 460 mm.
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano (2) Ordenanza N° 1599, articulo 52, numeral 52.6 y RNAT, articulo 20, punto 20.1.13 (6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano (*) NTP 293.002:1982-Cinturón de Seguridad para uso automotriz
2. ASIENTOS DE LOS PASAJEROS:
Para el diseño de los asientos de pasajeros se deben cumplir las siguientes especificaciones: 2.1. Los asientos deberán tener posición de sentado individual, diseño ergonómico con
soporte lumbar y deberán presentarse cerrados en la parte trasera del espaldar (1) 2.2. Los asientos deberán ser instalados en el sentido de marcha del ómnibus, a excepción
de los asientos sobre los pasos de ruedas, los que podrán ser instalados espalda con espalda o de forma longitudinal con capacidad máxima para tres pasajeros, en este último caso deberán estar provistos de apoyabrazos en sus lados.
2.3. Los asientos de la última fila no podrán ser continuos, sino que serán asientos sencillos (1)
2.4. Los asientos y los respaldares deberán ser anatómicos y lavables. Todos los asientos deberán contar con agarraderas en la parte superior del respaldar, los mismos que deben cumplir la función de elemento protector contra golpes.
2.5. Los asientos pueden ser fabricados enteramente de polipropileno o una combinación de polipropileno con almohadas acolchadas en material sintético o cuero en el asiento y respaldo (1)
2.6. Los asientos inmediatamente posteriores a las puertas y aquellos que no tengan un elemento delantero de protección, deben contar con una barrera de protección tipo mampara de estructura tubular para prevenir lesiones a los pasajeros en caso de frenadas bruscas (1)
2.7. Los asientos ubicados detrás del conductor, deben estar separados de éste con una mampara de estructura tubular con cristal en la parte superior y material sintético o similar en la parte inferior.
2.8. La distribución de los asientos para estos buses podrán ser 2-2, 2-1 ó 1-1, frente a frente y perimetralmente a lo largo de la carrocería del bus. (1)
2.9. Los asientos deberán fijarse sobre los perfiles de la estructura del piso. La estructura del asiento deberá estar diseñada de tal forma que permita amortiguar los efectos de choque, evitando con esto daño a los pasajeros.
2.10. El ángulo del asiento con la horizontal deberá estar comprendido entre 5° y 15°y el ángulo del respaldo con la horizontal deberá estar comprendido entre 105° y los 115° (6)
2.11. El espacio entre asientos enfrentados4 (distancia mínima entre los respaldos de los
asientos instalados frente a frente) debe ser de 1300mm. 2.12. Los asientos para público en general deben ser de color azul. 2.13. Los asientos reservados para discapacitados, mujeres gestantes, madres con niños y
personas de la tercera edad deberán ser de color rojo. 2.14. Los asientos deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:
160
Asientos
F Altura del
asiento4
Ancho del
asiento1
Altura del
respaldo4
Separación de
asientos
(respaldo a
respaldo)1
Profundidad
del asiento4
Ancho del
pasillo
(mínimo)4
Figura
Medida 400mm-
450 mm* 450 mm
450 mm -
600 mm 720 mm
380 mm –
430 mm* 650 mm
Fuente:
(1) Base de Licitación del Metropolitano (1)
Reglamento de Administración de Transporte y modificatoria D.S. 010-2012-MTC (Título II, artículo 20)
(4) Base de licitación del Metropolitano (Anexo 13)
3. LAS PUERTAS:
3.1. Los ómnibus deben contar con al menos dos puertas de servicio de doble hoja en el lado derecho del vehículo.
3.2. Las puertas deben accionarse de modo que al abrirse, el lado interno quede orientado hacia la zona de acceso de pasajeros. Los bordes de las secciones de la puerta llevarán protección de jebe o goma flexible que asegure un cierre hermético y será construido de tal forma que en el caso de presionar un miembro del pasajero no le cause daño.
3.3. El sistema de apertura y cierre de las puertas de servicio deberán ser de accionamiento neumático o electro-neumático y estará a cargo del conductor. Este sistema deberá impedir además la apertura de las puertas mientras el vehículo se encuentre en movimiento y el arranque del mismo mientras alguna de las puertas esté abierta.
3.4. La mitad superior de todas las puertas de servicio deberán tener vidrios de seguridad, la puerta delantera debe tener la mitad inferior también con vidrio para permitir al conductor la mejor visibilidad posible cuando ejecute las maniobras de parada.
3.5. Las puertas de servicio deben contar con un mecanismo interno y otro externo de apertura de emergencia debidamente señalizado y protegido con tapas traslúcidas.
3.6. Los ómnibus contarán con un sistema auditivo (de 50 ± 5 dB(A)) y luminoso en cada una de las puertas de servicio, que permita a los pasajeros identificar que las puertas se van a abrir o a cerrar. Las puertas deberán abrirse completamente de 3 a 3,5 segundos después de la activación del control. Los mecanismos de la puerta no deberán estar al alcance de los pasajeros.
3.7. El sistema de apertura de las puertas de servicio debe impedir que los pasajeros puedan ser heridos o atrapados cuando sean accionadas.
3.8. Los vidrios de las puertas y ventanas deberán ser de seguridad y cumplir con las especificaciones establecidas en la NTP 332.001.
3.9. El habitáculo del conductor deberá tener una puerta de acceso ubicado al lado izquierdo.
3.10. Las puertas de servicio en posición abierta debe proporcionar una abertura de por lo menos 1,90 m de altura por 1,10 m de ancho.
161
4. PASAMANOS, POSTES Y BARRAS DE SUJECIÓN: 4.1. Los pasamanos y postes deberán ser de tubo redondo con diámetro externo de 30
mm a 40 mm, que resistan a una fuerza de 1500 N aplicada en el punto equidistante de los extremos de fijación, y en el caso del pasamanos superior, una fuerza de 400 N a cada 200 mm de largo.
4.2. La superficie de los pasamanos debe estar libre de aristas y filos punzo-cortantes y sus extremos deben terminar en curva, de manera que no exista el peligro de que los usuarios se lesionen.
4.3. La superficie de todas las barras y asideros de sujeción debe ofrecer un agarre fácil, no deslizante. El material empleado en estos elementos deberá ser de fácil limpieza, revestidos en epóxi o bien totalmente recubiertos en material sintético
4.4. Los pasamanos superiores deberán ser dos como mínimo y estar instalados en forma paralela a lo largo del pasillo, de modo tal que la proyección de cada uno de ellos coincida con el extremo lateral de los asientos de cada fila.
4.5. Los pasamanos superiores deberán estar a una altura entre 1,75 m y 1,85 m. y deberán contar con postes de soporte vertical como mínimo cada 2.00 m.
4.6. Adicionalmente, los pasamanos superiores deberán contar con asideros de sujeción (agarraderas colgantes individuales).
4.7. En el caso de la existencia de otros pasamanos superiores centrales en el pasadizo, su altura deberá estar comprendida entre 1,80 m y 1,90 m.
4.8. Un poste debe ser instalado junto a las puertas (delantera y posterior), al final de las gradas del estribo. La puerta de salida contará además con un poste divisor de flujo en el centro de la superficie de la grada intermedia.
4.9. Las puertas deberán contar con pasamanos en cada uno de los lados colocados a una altura de 850 mm, medidos desde el estribo y con un espacio máximo entre los pasamanos y la puerta de 50 mm.
4.10. Los pasamanos, postes y barras de sujeción deben de ser de color amarillo y el interior del ómnibus debe ser de color blanco humo.
4.11. Los pasamanos, poste y barra de sujeción deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:
Pasamanos, Poste y Barra de Sujeción
Características Descripción Aspecto
Deberán ser tubo redondo (6) A = Diámetro externo de
30mm a 40 mm
Altura con respecto a la línea
imaginaria tangente que toca la
nariz de las escaleras (7)
B = 850 mm
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano
(7) La operación de los Transportes-Ángel Alceda Hernández 1997
5. VENTILACIÓN: El bus deberá tener:
162
5.1. Dos escotillas (claraboyas) centrales en el techo del corredor para el Bus 9m (Tipo1) y tres para el Bus 12m (Tipo2)
5.2. Deber tener una medida mínima de 600 mm x 600 mm (6) 5.3. Estas escotillas (claraboyas) deben poder ser abiertas desde el interior y con el bus en
movimiento, de tal modo que permitan una ventilación forzada del habitáculo de pasajeros.
5.4. La escotilla (claraboyas) abierta debe permitir un área de ingreso de aire mínimo de 0.10 m2
5.5. Los buses deben poseer un sistema de ventilación mecánica forzada que asegure la renovación del aire al menos veinte (20) veces por hora, utilizando ventiladores y extractores distribuidos uniformemente a lo largo de la carrocería. No se tendrá en cuenta la renovación del aire producto de la apertura de puerta y/o ventanas y/o escotillas del bus. El sistema de ventilación debe disminuir en lo posible el paso de polvo, humo o agua al interior del bus.(1)
5.6. El puesto de conducción deberá tener un sistema de ventilación mecánica de tres velocidades y con las rejillas orientables para cara, cuerpo y pies. (1)
5.7. El parabrisas frontal deberá tener un sistema desempañante, con capacidad para retirar la condensación del aire en la totalidad del vidrio, bajo cualquier condición de operación del bus. (1)
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano (6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano
163
6. VENTANAS: 6.1. Las ventanas, incluyendo canales, manijas, sellos, etc, deben ser diseñadas para
durar la vida útil del bus (1) 6.2. Los vidrios deben ser transparentes y libres de toda propaganda, publicidad o
adhesivos que obstaculicen la visibilidad, salvo las calcomanías que indiquen salidas de emergencia u otros que defina expresamente el concedente (1)
6.3. Las ventanas posteriores y las ventanas laterales deben ser de vidrio templado de seguridad(2)
6.4. Los vehículos deben tener vidrios con un sello que indique el tipo de vidrio y la norma técnica a la que corresponde (2)
6.5. Los marcos de las ventanas deberán ser de material resistente a la corrosión. En caso de utilizar marcos de aluminio, estos deberán estar protegidos en la superficie por un proceso de anodizado, pintado electrostático u otro similar (6)
6.6. Todas las ventanas deberán tener vidrio de seguridad como se especifica en la NTP 332.001, exigencia extensiva a los parabrisas y a los vidrios de la parte posterior del vehículo (6)
6.7. Las ventanas deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:
Ventana Lateral
Características Medidas Figura
Altura de la ventana (6) B = 800 mm a 900 mm
Largo de la ventana (6)
E = 1200 mm a 1600 mm
Altura del piso hacia la
ventana (6) A = 950 mm (máximo)
Modulo inferior fijo (6) D = No debe exceder del 50%
de la altura de la ventana
Modulo superior movible
(6)
C= La abertura de los vidrios
deberán ser equivalente por lo
menos 20% del área del vidrio
Las ventanas de emergencia deben ser de estilo para
empujar hacia afuera en caso de emergencia o romper con
martillo para su fragmentación
Ventana Posterior
Características Medidas Figura
Ancho de la ventana (1)
B = 800 mm (mínimo)
Largo de la ventana (1)
A = 1600 mm (mínimo)
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano
(2) Reglamento Nacional de Vehículos D.S. 058-2003-MTC (Articulo 13)
164
(6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano
7. PARABRISAS FRONTAL: 7.1. Debe ser del tipo panorámico y cumplir con las siguientes características:
Aspectos Características Medidas
Parabrisas Frontal
Angulo de visión superior Situado a 1.5 m delante y a 4.5m del suelo.
Angulo de visión inferior Situado a 0.6 m delante y a 1.4 m de altura.
Seguir recomendación establecidas por el SAE J673 y SAE J674 o norma
equivalente a nivel internacional.
El parabrisas debe ser de vidrio laminado de seguridad u otro tipo que brinde
iguales o mayores condiciones de seguridad.
Toda la zona de la vía por delante del extremo frontal del bus que no sea visible
directamente por el conductor, debe ser visible por medio de espejos.
8. PISO Y ACABADOS:
8.1. El material del piso o plataforma y los peldaños del vehículo deben ser antideslizante,
de alto tránsito, resistente, de fácil mantenimiento para la limpieza y autoextinguible. 8.2. Los acabados interiores de la carrocería, la tapicería, los asientos y las demás partes
fabricadas con material plástico, tanto en el interior como en el exterior del vehículo, deben ser no absorbentes, resistentes al desgaste, de fácil mantenimiento, limpieza y lavado, no tóxicos y retardante al fuego con un índice de llama máximo de 250 mm/min según la norma ISO 3795 (o menor de 150 bajo la norma ASTM E-162).
9. SALIDAS DE EMERGENCIA:
9.1. Las salidas de emergencia están conformado por las ventanas de emergencia y las
escotillas (claraboyas) centrales en el techo del corredor 9.2. Las instrucciones para caso de emergencia serán colocadas a plena vista de los
pasajeros en todos los buses (1) 9.3. Las ventanas de emergencia no deberán ser contiguas (6) 9.4. El número de salidas de emergencia deberá ser de acuerdo al siguiente cuadro:
Bus 9m (Tipo1) Bus 12m (Tipo2)
Ventanas de emergencia en el lado de las puertas
servicio 2 2
Ventanas de emergencia en el lado opuesto a las
puertas servicio 2 3
Escotillas (claraboyas) centrales en el techo del
corredor 2 3
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano
(6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano
165
10. INDICADORES DE DESTINO Y DETENCION:
10.1. Deberán poseer indicadores electrónicos de destino visibles desde el exterior e interior(1)
10.2. Los vehículos deberán tener el acondicionamiento adecuado para dichos indicadores (1), debiendo garantizar la visualización total del panel indicador de destino.
10.3. El dispositivo de soporte de los indicadores deberá tener un sistema de apertura de abajo hacia arriba, para permitir los trabajos de instalación y mantenimiento.
10.4. Los indicadores deben estar visible tanto de noche como de día (1) 10.5. Los indicadores exteriores deberán indicar el origen y destino del recorrido de la
unidad, además del código de la ruta o servicio que está operando. 10.6. Los indicadores laterales serán ubicados en la parte adyacente a las puertas de
acceso(1) 10.7. Los indicadores de destino interior deberá estar fijado en el techo y en una
ubicación de fácil visualización e información para el usuario(1) 10.8. Los vehículos deberán tener como mínimo tres botones de solicitud de parada
distribuidos en el habitáculo de pasajeros próximos a la puerta de servicio de salida. Alternativamente pueden tener cuerdas de solicitud de parada.
10.9. La distribución y la medida será de acuerdo a lo siguiente(1):
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano
10.10. Los vehículos deberán de estar preparados para la instalación de los paneles indicadores de destino, debiendo ajustarse a los detalles técnicos adicionales que defina el Recaudador del Sistema, mismo que tendrá a cargo su implementación e instalación, además de su integración con el SAE.
11. ILUMINACION INTERNA:
El objetivo principal de la iluminación interna es mantener un nivel de seguridad adecuado durante la noche, permitiendo que los pasajeros se muevan en el interior y en las puertas de acceso y salida con la misma facilidad que durante el día. Para ello:
11.1. El habitáculo de pasajeros debe estar adecuadamente iluminado mediante luz
blanca para asegurar un ambiente cómodo y seguro para los pasajeros sentados y parados.
11.2. Es necesario conseguir un nivel medio de iluminación a una altura de 1 metro sobre el piso del orden de los 80 a 100 lux (5)*
11.3. En la zona de asientos se debe tener una iluminación con un índice de luminosidad no inferior a 140 lux.
11.4. Las luces internas deben ser del tipo LED o fluorescentes y deben estar ubicados en el techo, en los paneles curvos, sobre la parte superior de las ventanas o en los lugares que el diseño del vehículo lo permita, a todo lo largo del habitáculo de pasajeros.
Bus
Indicador exterior (Parte
frontal) Indicadores laterales (mínimo)
Indicadores internos
(mínimo)
Total de
indicadores
Medida
(mínima)
Total de
indicadores
Medida
(mínima)
Total de
indicadores
Medida
(mínima)
9 m 1 20 cm x 145
cm
1 25 cm x 60
cm
1 10 cm x 60 cm
12 m 1 1 2
166
11.5. El área de las puertas y los escalones debe estar adecuadamente iluminado para permitir un proceso de entrada y salida segura para los pasajeros
Fuente:(5) Estudio de Corredores Complementarios (*) NTP 383.071:2008; en la zona de los asientos debe tener una iluminación con
un índice de luminosidad no inferior a 140 lux
12. ILUMINACION EXTERNA:
12.1. De acuerdo a lo establecido por la norma nacional, como mínimo el vehículo deberá cumplir los siguientes requisitos técnicos:
Tipo de Luz Cantidad
mínima Color Ubicación Obligatoriedad
Potencia
Mínima
(W)(7)
Luz baja
2 Blanco o
Amarillo Delantera Obligatorio
40
Luz alta
2 Blanco o
Amarillo Delantera Obligatorio
45
Luz alta adicional
2 Blanco o
Amarillo Delantera
Opcional
(Su accionamiento debe
ser posible únicamente
luego que las luces altas
sean activadas)
55
Luz de retroceso 2 Blanco Posterior
Obligatorio
(Debe ser accionado por la
palanca de cambios en
posición de marcha atrás)
21
Luz direccional
delantera 2
Amarillo o
Naranja Delantera Obligatorio
21
Luz direccional
posterior 2
Amarillo,
Naranja o
Rojo
Posterior Obligatorio 21
Luz direccional
lateral 2
Amarillo o
Naranja Lateral Opcional
5
Señal de
emergencia 2
Amarillo o
Naranja Delantera Obligatorio
21
Luz de freno 2 Rojo Posterior Obligatorio 21
Luz de posición
delantera 2
Blanco,
Amarillo o
Naranja
Delantera
cerca de
los
extremos
Obligatorio 5
Luz de posición
posterior 2 Rojo Posterior Obligatorio
5
Luz de posición
lateral
4 (2 por
lado)
Amarillo o
Naranja
(adelante),
Amarillo
Naranja o
Rojo (atrás)
Laterales
Obligatorio
(en vehículos de más de
6m. Por cada 3m
adicionales se debe
colocar una luz adicional
por lado)
5
167
Luz de placa
posterior 1 Blanco
Que
ilumine la
Placa
Obligatorio 5
Luz perimétrica 4
Blanco o
Amarillo
(adelante),
rojo (atrás)
2 adelante
y 2
atrás(parte
superior)
Obligatorio
( en vehículos de más de
2.10m de ancho y/o 3m de
alto)
5
Reflectores
posteriores 2 Rojo Posterior Obligatorio
--
Reflectores
laterales 2
Amarillo o
Naranja
Delantera,
Amarillo,
Naranja o
Rojo
posterior
En el
lateral,
uniformem
ente
distribuida
s
Opcional --
12.2. Se aceptaran el uso de luces con tecnología superior a las especificadas.
168
13. RADIO DE GIRO:
El radio de giro es una medición que describe la capacidad de un determinado vehículo
para girar. Cuanto más corto es el radio de giro de un vehículo se dice que este ofrece
más maniobrabilidad.
13.1. El radio de giro máximo (TRO) de un bus TIPO 1 ( 9 metros) debe ser 8,5 metros 13.2. El radio de giro máximo (TRO) de un bus Tipo 2 (12 metros) debe ser de 13,5
metros
14. El EQUIPO ELÉCTRICO Y EL CABLEADO: 14.1. Todos los cables deben estar bien aislados. (7) 14.2. Todos los cables y equipos eléctricos deberá ser capaz de soportar las condiciones
de temperatura y humedad a las que están expuestos. 14.3. Ninguno de los cables utilizados en los circuitos eléctricos deberá transmitir una
corriente superior a la admisible para el cable en función de su modo de instalación y la temperatura ambiente máxima. (7)
14.4. En el compartimento del motor, se prestará especial atención a su resistencia a la temperatura ambiente ya los efectos de todos los posibles productos contaminantes. (7)
14.5. Todos los cables eléctricos deberán ser ubicados de modo que ninguna parte pueda hacer contacto con cualquier línea de combustible o cualquier parte del sistema de escape, o se someta a un calor excesivo. (7)
14.6. Los sistemas eléctricos deben estar instalados de acuerdo a SAE J 1292 o normas equivalentes a nivel internacional.
14.7. Todos los sistemas eléctricos deben contar con fusibles que protejan al pasajero y el bus en caso de corto circuito.
14.8. Todo cable que pase por un orificio deberá tener fijación que impida su movimiento y el orificio deberá tener la protección adecuada para impedir el daño del cable por corte o fricción.
Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano
(7) Directiva Europea 2001/85/CE
169
15. BATERÍAS: 15.1. Las baterías deben ser de 24 voltios, además de cubrir el requerimiento de
amperaje de los equipos de recaudo y SAE embarcados, de acuerdo a las especificaciones que establezca el Recaudador del Sistema.
15.2. El compartimiento de baterías debe estar separado del habitáculo de pasajeros y del compartimiento del conductor, ser de fácil acceso para el conductor y contar con ventilación natural por aire exterior.
15.3. Los bornes de las baterías deberán estar protegidas contra el riesgo de cortocircuito y se debe disponer de una llave que permita el corte de la energía proveniente de la batería en caso de emergencia.
16. SISTEMA DE FRENOS:
Los vehículos deberán contar con los siguientes sistemas de frenos:
16.1. Freno de servicio (debe actuar en cada uno de los extremos de los ejes) 16.2. Freno de estacionamiento 16.3. Freno de Emergencia 16.4. Freno auxiliar (freno de escape, motor o retardador) 16.5. Freno automático en caso de falla 16.6. Sistema antibloqueo de ruedas (Anti-lock braking system –ABS)
El conductor, desde su posición, debe tener acceso a los accionamientos de los diferentes sistemas de frenos, a excepción del freno automático en caso de falla.
17. NEUMÁTICOS Y RUEDAS:
17.1. Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y
características previstas por el fabricante del vehículo. En ningún caso se permitirán neumáticos que sobresalgan del borde lateral del vehículo, que hagan contacto con el guardafango o algún elemento de la suspensión, o que afecten el radio de giro.
17.2. Los neumáticos deben ser del tipo radial, aptos para las condiciones de servicio de transporte público y uso en horarios prolongados de manera continua.
17.3. Los neumáticos deben presentar, durante toda su uso en el servicio, una profundidad mínima de 2.0 mm en las ranuras principales situadas en la zona central de la banda de rodamiento
17.4. Los neumáticos deben estar grabados por moldeo, en forma legible e indeleble y como mínimo en uno de los lados de la carcasa, con las inscripciones que se consignan a continuación: 17.4.1. Marca o nombre del fabricante 17.4.2. País de fabricación 17.4.3. Medida del neumático 17.4.4. Capacidad de carga del neumático 17.4.5. Letra R, si es de fabricación radial 17.4.6. Índice para la velocidad máxima admisible
17.5. Los pesos máximo soportados por los neumáticos, no deben exceder los límites fijados por el fabricante cuando el vehículo se encuentre a plena carga
17.6. Todas las ruedas de una misma clase de vehículo deben ser intercambiables entre sí sin el uso de herramientas especiales.
170
18. INSTRUMENTOS E INDICADORES PARA EL CONTROL DE OPERACIÓN DEL VEHÍCULO
18.1. Los indicadores de luces e instrumentos deben estar colocados frente al
conductor y ser de fácil visualización, pueden estar de modo conjunto en el tablero del vehículo o distribuidos en él.
18.2. Como mínimo el vehículo deberá contar con los indicadores: 18.2.1. Testigo de Luz baja y alta 18.2.2. Testigo de Direccionales 18.2.3. Velocímetro (velocidad en km/h) 18.2.4. Odómetro (recorrido en km.) 18.2.5. Indicador de Nivel de combustible 18.2.6. Tacógrafo 18.2.7. Indicador de presión de aire del sistema neumático 18.2.8. Medidor de temperatura 18.2.9. Testigo de líquido de freno 18.2.10. Testigo de freno de estacionamiento 18.2.11. Testigo de presión de aceite
19. RETROVISORES Y VISOR DE PUNTO CIEGO
Todos los Ómnibus deberán contar con los siguientes retrovisores: 19.1. Dos espejos retrovisores externos de tipo regulable, situados uno a cada lado
de la carrocería. La ubicación de los espejos retrovisores debe ser tal que permita al conductor, desde su puesto de conducción, distinguir hacia atrás de la vía desde una sola posición, hasta que ésta se pierda en el horizonte. Los retrovisores deberán poseer un área mínima de 400 cm2 cada uno, siendo del tipo plano en el lado izquierdo y convexo o plano convexo en el lado derecho.
19.2. Dos espejos retrovisores interiores, en la parte delantera superior, uno al centro y otro al lado derecho de la misma, con un área mínima de 375 cm2 cada uno. Además pueden ser colocados espejos convexos, conforme a las necesidades del servicio, sobre el marco de cada puerta delantera, central o posterior.
19.3. Un visor de punto ciego al lado derecho.
20. DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE Y EL SISTEMA DE ESCAPE DE GASES DE MOTOR-TUBO DE ESCAPE
20.1. El depósito de combustible debe ser diseñado específicamente para uso en
vehículos automotores, estar adecuadamente protegido y su ubicación y fijación debe impedir todo movimiento del mismo ante una colisión o volcamiento.
20.2. Adicionalmente, la boca y la tapa deben ser diseñadas y fabricadas para su uso en depósitos de combustible y ubicarse en la parte externa de la cabina
20.3. El silenciador del sistema de escape debe amortiguar los ruidos producidos por la combustión en el motor, reduciéndolas a fin de cumplir con la normativa vigente en Límites Máximos Permisibles para ruidos.
20.4. El extremo del tubo de escape no debe sobresalir del vehículo y debe descargar las emisiones del motor por la parte posterior o lateral izquierda del vehículo.
20.5. El tubo de escape podrá ubicarse en forma vertical, externamente con relación a la carrocería, de modo tal que la descarga de gases se efectúe sobre el nivel del techo del habitáculo. El tramo del tubo vertical debe contar con una adecuada protección térmica o pantalla para evitar posibles quemaduras y debe estar instalado de tal forma que no caiga sobre él, combustibles o lubricantes ni que se encuentre material inflamable a menos de 100 mm de distancia.
20.6. En el compartimiento del motor se deben utilizar materiales retardantes al fuego.
171
20.7. En el compartimiento del motor no se utilizará ningún material de insonorización inflamable o susceptible de impregnarse de combustible o lubricante, salvo que dicho material esté recubierto de un revestimiento impermeable.
21. TIPO DE COMBUSTIBLE Y NIVEL DE EMISIONES DE LOS VEHICULOS:
21.1. No hay limitaciones referente al tipo de combustible, siempre cuando se cumpla las normas de emisiones vigentes. En el caso de motores a diesel, el combustible usado debe ser de bajo contenido de azufre para garantizar el cumplimiento de las citadas normas.
21.2. Conforme lo establecido por la Ordenanza 1599, a partir del 1 de enero del 2013 las emisiones de los vehículos deben cumplir con los estándares EURO IV.
21.3. El uso de Gas Natural pone a los vehículos en niveles de emisiones por debajo del indicado por el Euro IV.
22. CARACTERISTICAS DE LA ESTRUCTURA DEL VEHÍCULO:
22.1. Los ómnibus deben estar diseñados y fabricados para realizar el servicio de
transporte público urbano de personas bajo un ciclo de operación de 17 horas diarias y garantizándose las condiciones mecánicas de operación, seguridad y y confort, por todo el tiempo de concesión.
22.2. El chasis debe ser de acero de alta resistencia con una protección contra corrosión y fatiga por mínimo todo el tiempo de concesión.
22.3. Los ómnibus deben cumplir con las siguientes características estructurales y técnicas:
Bus 9m (Tipo1) Bus 12m (Tipo 2)
Características Medidas Medidas
Largo2
9.00 m +/- 10% 12.00 m +/-10%
Ancho4
2.00m – 2.50m
2.50m - 2.6m
Ancho de la Puerta4
1.1m (mínimo)6 1.1m (mínimo)
6
Altura interior de las Puertas6
1.9m (mínimo) 1.9m (mínimo)
N° de Puertas de servicio6 2 2 (mínimo)
Altura del bus4
3.55m (máximo) 3.80m (máximo)
Altura interior5
1.9m (mínimo) 1.9m (mínimo)
Altura del primer escalón de las
puertas de servicio sobre el nivel
40.0 cm (máximo)#
40.0 cm (máximo)#
172
de la calle4
Total de asientos4 22 asientos (mínimo)# 32 asientos (mínimo)
Asiento preferencial para
discapacitados, mujeres
gestantes, madres con niños y
tercera edad.
6 asientos mínimo (reservar y
señalizar)
8 asientos mínimo
(reservar y señalizar)
Espacio para personas con
movilidad reducida,
discapacitados en sillas de
ruedas y/o para coches de bebes
(Solo para el 5% de la flota)
Ubicado lo más cerca posible de
la puerta de acceso. El espacio
mínimo debe ser de 1.3m
x0.90m
Ubicado lo más cerca posible
de la puerta de acceso. El
espacio mínimo debe ser de
1.3 mx 0.90m
Motor5
Delantero o Posterior Delantero, Central o Posterior
Relación Potencia/Motor3
Mayor a 12.2 HP/t
Peso Bruto Vehicular minimo3 7 Ton 16 Tn
Frenos3 ABS en todas las ruedas
Sistema de Control y Monitoreo y
limitador de velocidad.
Si el sistema de monitoreo permite registrar este tipo de eventos,
entonces el dispositivo registrador no es exigible.
Alarma sonora de retroceso Que se accione con el acoplamiento de la marcha atrás.
Mecanismo de dirección Debe estar provisto de un sistema servoasistido para facilitar su
maniobrabilidad
Vehículos con plataforma alta
(ángulo de aproximación, ángulo
de ataque y ángulo de salida)
8.0 ° (mínimo) 8.0 ° (mínimo)
Fuente: Estudio de Corredores Complementarios (Capitulo 23) (1)
Reglamento Nacional de Vehículos D.S. 058-2003-MTC (Anexo IV) (2)
Ordenanza N°1599-MML (Articulo 26, Decima Sexta) (3)
Reglamento Nacional de Administración de Transporte (Artículo 20) (4)
Base de licitación del Metropolitano (Anexo 13) (5)
Estudio de Corredores Complementarios (Capitulo 23)
(6) NTP 383.071:2008 (Carrozado de Ómnibus destinados al servicio urbano de pasajeros)
(*) Ordenanza Nº 1599, artículo 26 indica motor delantero, central o posterior.
173
(#) NTP 383.071:2008; se considera un ómnibus tipo alimentadores si tiene como capacidad mínima
22 asientos y la medida en la zona de las puertas a partir del nivel del suelo deberá ser de 1.05m para ómnibus tipo alimentadores y 0.92m para ómnibus tipo troncal.
23. SISTEMA DE CONTROL Y COMUNICACIÓNES 23.1. Los operadores deberán de contratar los servicios de comunicación bidireccional
con cada uno de los vehículos de la flota, el que deberá de incluir como mínimo: comunicación uno a uno, uno a muchos y de manera grupal, grabación de llamadas, llamada de emergencia, sistema de alerta silenciosa y otras características que el Concedente establezca en el Manual de Operaciones. Adicionalmente deberá de contar con transferencia de Datos.
23.2. Los buses deberán de estar habilitados para la instalación (incluyendo el cableado) de los equipos validadores, los equipos de localización de vehículos, control, comunicación bidireccional, data video y sistema de conteo automático de pasajeros, entre otras que serán habilitadas por el operador y el Concesionario de Recaudo según corresponda.
24. MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN
24.1. El operador deberá contar con los manuales y estándares mínimos de
mantenimiento recomendados por los fabricantes del bus, los cuales podrán ser requeridos por la GTU en cualquier momento. Los manuales mostrarán en detalle los procedimientos de inspección, su frecuencia y tipo de chequeo para todas y cada una de las condiciones técnicas especificadas para el bus.
24.2. Estos estándares y procedimientos deben contemplar como mínimo la programación del mantenimiento preventivo, los servicios y las reparaciones mayores de acuerdo con el kilometraje recorrido. El Concedente o quien designes, fiscalizará el cumplimiento de los programas de mantenimiento realizados por el Concesionario.
24.3. Todos los sistemas o componentes sujetos a mantenimiento periódico, deben ser fácilmente accesibles para inspección, servicio o reparación. En lo posible, para cumplir el mantenimiento o reparación, no debe ser necesario remover componentes no relacionados a la falla o el servicio en cuestión.
24.4. Como guía general, la accesibilidad y el tiempo necesario para lograr acceso a un componente, será inversamente proporcional a la frecuencia con la que se prevé el mantenimiento o la falla del componente.
24.5. El Concesionario deberá garantizar el servicio de mantenimiento y reparación de segundo, tercer y cuarto nivel, en talleres autorizados por el fabricante de los buses y equipos principales, con capacidad de atender la flota ofertada.
24.6. El fabricante debe proveer capacitación para la operación y el mantenimiento de los buses. La capacitación debe ser suficiente para habilitar al personal técnico de los operadores para realizar el mantenimiento, reemplazar piezas y reparar las unidades.
24.7. Toda la capacitación al personal técnico debe ser realizado en Lima-Perú.
25. CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD
Un mínimo del 10% de los buses asignados, deberán estar diseñados y fabricados para cumplir con los requerimientos de accesibilidad a personas en sillas de ruedas y coches con bebes, debiendo para tal efecto cumplir con los siguientes requisitos: 25.1. Se deberá ubicar en el primer cuerpo del bus y lo más cercano a la puerta de
acceso, un espacio destinado y debidamente marcado para personas con discapacidad en sillas de ruedas y coches con bebes.
174
25.2. El piso o superficie del bus, debe distribuirse de tal forma que permita el fácil acceso tanto a los pasajeros sin discapacidad como aquellos que tengan algún tipo de movilidad reducida, incluyendo a los que lo hagan en su propia silla de ruedas.
25.3. El espacio para personas con discapacidad deberá contar con un cinturón de seguridad de tres puntos, estar fijado a la carrocería del bus y colocado a una altura de 680 mm aproximadamente. Alternativamente, se puede emplear una barra de protección tipo jaula. Este espacio puede tener asientos rebatibles o apoyo isquiáticos.
25.4. Se debe contar con un sensor en el cinturón de seguridad o en el sistema de anclaje de la silla de ruedas el cual indique al conductor, con una señal audible y luminosa, hasta que la silla de ruedas no esté debidamente anclada y su ocupante no esté sujeto a la misma con su respectivo cinturón de seguridad.
25.5. El recorrido desde la puerta de ingreso al interior del bus hasta el espacio de alojamiento de las sillas de ruedas, debe tener un espacio mínimo de 800 mm libre de obstáculos.
25.6. Los mecanismos e instrumentos de accionamiento estarán instalados en lugares accesibles del compartimiento del autobús, comprendidos entre los 1250 y 1500 mm de altura del suelo al piso.
25.7. Los autobuses deben instalar en el dintel de las puertas de salida un indicador luminoso y acústico, visibles de próximas paradas y de arranque para las personas con discapacidad visual y auditiva; igualmente, en el dintel exterior del autobús dos (2) señales luminosas y otra acústica (verde y roja), que indiquen que el autobús está parado o que va arrancar (la señal sonora es imprescindible solo ante el arranque).
25.8. El bus deberá contar con una rampa electro mecánico o con elevadores para sillas de ruedas para facilitar el acceso de personas con discapacidad.
26. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA RAMPA ELECTRO-MECÁNICA Y DEL ELEVADOR
26.1. Las rampas o elevadores solamente podrán poder funcionar cuando el vehículo está
detenido. 26.2. La rampa tendrá una ancho mínima de 800 mm. La pendiente de la rampa
extendida o desplegada sobre una vereda de 150 mm de altura no será mayor del 12 %.
26.3. Las rampas que, listas para el uso, tengan una longitud mayor de 1,200 mm estarán equipadas con un dispositivo que evite que la silla de ruedas ruede hacia los lados.
26.4. Las rampas deberán funcionar con seguridad con una carga de 300 kg. 26.5. La extensión y retracción de la rampa podrá ejecutarse manualmente o con
servomecanismo. 26.6. Los elevadores solamente deberán poder funcionar cuando el vehículo esté
parado. Al elevarse la plataforma y antes de iniciarse su descenso, deberá ponerse en marcha automáticamente un dispositivo que impida que la silla de ruedas pueda salirse rodando de la plataforma.
26.7. La plataforma del elevador tendrá una ancho mínima de 800 mm, y una longitud mínima de 1,200 mm y deberá funcionar con un peso mínimo de 300 kg.
26.8. Cuando la rampa o el elevador esté colocado junto a una puerta de servicio situada en el campo visual directo del conductor del vehículo, podrá ser accionado por el conductor desde su asiento.
26.9. En los demás casos, los mandos deberán estar colocados junto a la rampa o elevador y sólo deberán poder ser activados y desactivados por el conductor desde su asiento.
175
27. EQUIPAMIENTO ADICIONAL: Los vehículos deben contar con el siguiente equipamiento adicional: 27.1. Rueda de repuesto y herramientas para cambiar la rueda (gata completa que
soporte al menos el 30% del peso bruto del vehículo y llave de ruedas). 27.2. Dos triángulos o conos de seguridad 27.3. Un extintor de 6 kg de capacidad de carga y capacidad de extinción mínima de
2A:20B:C de acuerdo a lo establecido por la NTP 383.032:2006 (Extintores portátiles para vehículos automotores)
27.4. .Un botiquín de primeros auxilios, que deberá contener como mínimo lo establecido en el artículo 53, numeral 53.3 de la Ordenanza 1599-MML.
27.5. Laminas retroreflectivas.
28. REQUISITOS ADICIONALES 28.1. La GTU establecerá un procedimiento de verificación técnica a cargo de una entidad
de reconocido prestigio nacional o Internacional, para certificar que los vehículos cumplen con las especificaciones técnicas previstas en el presente documento.
28.2. Los buses deben estar a disposición de la GTU, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendario de la fecha de inicio de puesta en operación del vehículo (sea en la etapa de operación o pre-operación), para la verificación técnica que permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas especificaciones, así como, para facilitar la instalación y pruebas por parte del Concesionario del Recaudo de los equipos SAE (para efectos de Gestión y Control), así como de Recaudo que corresponda.
28.3. El concedente de manera directa o por terceros verificará la incorporación y funcionalidad de la unidad lógica, el funcionamiento de sus interfaces y de los sistemas de comunicación de voz, data, video, conteo automático de pasajeros, u otros definidos en el manual de operaciones.
28.4. La GTU emitirá un “Certificado de Autorización” a aquellos vehículos que cumplan con las características y especificaciones técnicas estipuladas en el presente anexo.
28.5. La Gerencia de Transporte Urbano, podrá excluir del servicio los buses que presenten una o varias de las siguientes situaciones: a) Cuando el bus presente riesgos para la seguridad de los pasajeros. b) Cuando el bus presente deficiencia que resultan en una contaminación sonora
o del aire, superior a los limites previstos en estas especificaciones o en la ley. c) Cuando el bus presente modificaciones técnicas o mecánicas respecto de la
tipología inicial del mismo. d) Cuando el bus haya sufrido accidentes que afecten gravemente su estructura
y/o se encuentre en riesgo la seguridad de los pasajeros. 28.6. La Gerencia de Transporte Urbano, podrá adicionar, eliminar y/o modificar
elementos a la tipología de los buses, que por su condición y/o por circunstancias tecnológicas y/o infraestructura, mejoren la operación del sistema.
176
ANEXO X-7
TABLA REFERENCIAL DE COSTO POR KILÓMETRO, TARIFA POR PASAJERO Y TARIFA
POR PASAJERO TRANSBORDADO (MÁXIMOS Y MÍNIMOS)
[EN REVISIÓN]