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1 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU PROYECTO DE BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LIMA Lima, abril 2014

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU

PROYECTO DE BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

EN LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE

TRANSPORTE DE LIMA

Lima, abril 2014

2

CONTENIDO

1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA .................................................. 6

1.1 CONVOCATORIA ......................................................................................................................................6 1.2 DE LA LICITACIÓN ....................................................................................................................................7

1.2.1 Objeto de la Licitación .................................................................................................................7

1.2.2. Plazo de la Concesión .................................................................................................................7

1.2.3 Descripción de la Concesión ........................................................................................................7

1.2.3.1. Lineamientos ......................................................................................................................7

1.2.3.2. Corredores de Integración y Rutas de Aproximación .........................................................8

1.2.3.3. Relación entre la estructura del SIT y los Corredores de Integración y Rutas de

Aproximación .................................................................................................................................12

1.2.3.4. Contraprestación por el Servicio ......................................................................................13

1.2.3.5. Tecnología .........................................................................................................................14

1.2.3.6. Restricciones .....................................................................................................................14

1.3 DEFINICIONES .......................................................................................................................................15 1.4 LEYES APLICABLES A LA LICITACIÓN ...........................................................................................................23 1.5 FACULTADES DEL COMITÉ ESPECIAL ...........................................................................................................25 1.6 BASES Y CONTRATOS ..............................................................................................................................25 1.7 CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN ..............................................................................................................26 1.8 INTERPRETACIÓN Y REFERENCIAS ...............................................................................................................26

2. AGENTES AUTORIZADOS Y REPRESENTANTE LEGAL ........................................................ 27

2.1 AGENTES AUTORIZADOS .........................................................................................................................27 2.1.1. Designación ..............................................................................................................................27

2.1.2. Carta de Designación ...............................................................................................................27

2.1.3. Facultades Otorgadas ..............................................................................................................27

2.1.4. Información ..............................................................................................................................27

2.1.5. Notificaciones ...........................................................................................................................28

2.1.6. Sustitución ................................................................................................................................28

2.2 REPRESENTANTE LEGAL ...........................................................................................................................28 2.2.1 Designaciones y facultades .......................................................................................................28

2.2.2. Presentación del Poder .............................................................................................................29

2.2.3. Requisitos Formales para el otorgamiento de Poder ...............................................................29

2.2.4. Inscripciones en los Registros Públicos ....................................................................................30

2.2.5. Representación propia .............................................................................................................30

3. CONSULTAS E INFORMACIÓN ........................................................................................ 30

3.1 CONSULTAS SOBRE LAS BASES Y SUGERENCIAS A LOS PROYECTOS DE CONTRATOS ...............................................30 3.1.1 Plazo para efectuar consultas ...................................................................................................30

3.1.2. Formalidad de las Consultas ....................................................................................................30

3.1.3. Circulares ..................................................................................................................................30

3.1.4 Sugerencias a los Proyectos de Contratos ................................................................................31

3.2 ACCESO A INFORMACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN ...........................................................................................31 3.3 LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD .........................................................................................................32

3.3.1 Decisión Independiente de los Postores ...................................................................................32

3

3.3.2 Limitación de Responsabilidad .................................................................................................32

3.3.3 Alcances de la Limitación de Responsabilidad .........................................................................32

3.3.4 Aceptación por parte del Postor de lo dispuesto en el Numeral 3.3 ........................................32

4. REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO ................................................. 33

4.1 ETAPAS DEL PROCESO DE LICITACIÓN .................................................................................................33 4.1.1 Registro de participantes.........................................................................................................33

4.1.2 Registro de Vehículos ..............................................................................................................33

4.1.3 Sobre Nº 1: Entrega de documentación ..................................................................................33

4.1.4 Validación de la información por el Comité.............................................................................33

4.1.5 Asignación de vehículos y Registro de propuesta técnica por paquete ...................................34

4.1.6 Sobre Nº 2: Entrega de información vinculada a la asignación de vehículos y Registro de

propuestas técnicas por paquete .......................................................................................................34

4.1.7 Evaluación del Sobre Nº 2 .......................................................................................................34

4.1.8 Apertura del Sobre Nº 3 y adjudicación de buena pro ............................................................34

4.2 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ......................................................................................................34 4.3 IDIOMA ........................................................................................................................................35 4.4 DOCUMENTOS ORIGINALES ..............................................................................................................35 4.5 FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.........................................................................35 4.6 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS DE CARÁCTER VINCULANTE DE LAS BASES ...........................36 4.7 COSTO DE LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA...............................................................36 4.8 RESTRICCIONES ..............................................................................................................................36

5. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS (SOBRES N° 1, 2 Y 3) ............................................. 36

5.1 LUGAR Y FECHA ..............................................................................................................................36 5.2 CARÁTULAS ...................................................................................................................................37 5.3 DERECHO DE PARTICIPACIÓN ............................................................................................................37 5.4 REQUISITOS DEL REGISTRO DE PARTICIPACIÓN Y VEHÍCULOS (SOBRE N° 1) .................................................37

5.4.1 Requisitos Legales ...................................................................................................................37

5.4.2 Requisitos Técnicos ..................................................................................................................39

5.5 DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER EL SOBRE N° 1 .............................................................................40 5.6 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN POR PARTE DEL COMITÉ ESPECIAL ......................................................41 5.7 NOTIFICACIÓN Y SUBSANACIÓN ........................................................................................................41 5.8 PROCEDIMIENTO DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE LA PRECALIFICACIÓN ...........................................42

5.8.1 Solicitud de Reconsideración ...................................................................................................42

5.8.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración ..............................................................42

5.8.3 Apelación ..................................................................................................................................43

5.8.4 Gastos .......................................................................................................................................43

5.8.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación ............................................................................43

5.9 REQUISITOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA POR CADA PAQUETE (SOBRES N° 2) ..............................................43 5.9.1 Chatarreo de vehículos .............................................................................................................43

5.9.1.1 Cantidad de vehículos a ser chatarrizados con fondos propios ........................................44

5.9.2 Características de los vehículos que forman parte de la flota propuesta ................................44

5.9.2.1 Vehículos de la flota propuesta que correspondan a la longuitud del tipo de vehículo

requerido .......................................................................................................................................45

5.9.2.2 Antigüedad promedio de la flota propuesta ....................................................................46

5.9.3 Pertenencia al actual sistema de rutas ....................................................................................46

4

5.9.3.1 Nivel de superposición promedio de los vehículos de la flota propuesta con el paquete

de rutas ..........................................................................................................................................47

5.9.3.2 Vehículos presentados en el Sobre Nº 2 que correspondan a vehículos registrados en el

Padrón de GTU o GGTU .................................................................................................................47

5.9.4 Acceso a personas con movilidad restringida ..........................................................................48

5.9.5 Propiedad del espacio para patios y/o zonas de estacionamiento ..........................................48

5.9.6 Organización propuesta ...........................................................................................................49

5.9.6.1 Unidades de gestión .........................................................................................................49

5.9.6.2 Sistema de gestión y ayuda a la operación .......................................................................49

5.9.6.3 Capacitación ......................................................................................................................49

5.9.6.4 Intalaciones (Patios) ..........................................................................................................49

5.10 PRESENTACIÓN DEL SOBRE Nº 2 ............................................................................................................50 5.11 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 ................................................................................................................50 5.12 PROCEDIMIENTO DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SOBRE Nº 02 ............................51

5.12.1 Solicitud de Reconsideración ..................................................................................................51

5.12.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración .............................................................51

5.12.3 Apelación ................................................................................................................................51

5.12.4 Gastos.....................................................................................................................................51

5.12.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación ..........................................................................51

5.13 PRESENTACIÓN DEL SOBRE Nº 3 (PROPUESTA ECONÓMICA) ........................................................................52 5.14 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 3 ................................................................................................................52

5.14.1 Tarifa por pasajero .................................................................................................................53

5.14.2 Costo por kilómetro ................................................................................................................53

5.14.3 Tarifa por pasajero Transbordado .........................................................................................53

5.15 GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA .........................................................53

6. APERTURA DE PROPUESTAS .......................................................................................... 54

6.1 APERTURA DEL SOBRE Nº 2 ....................................................................................................................54

7. CALIFICACION DE PROPUESTAS TECNICAS (SOBRE N° 2) ................................................. 54

8. CALIFICACION DE PROPUESTAS ECONOMICAS (SOBRE N° 3) .......................................... 56

9. ADJUDICACIÓN ............................................................................................................. 58

9.1 PROCESO DE ADJUDICACIÓN ....................................................................................................................58 9.2 EMPATE DE PROPUESTAS ........................................................................................................................59 9.3 IMPUGNACIONES ...................................................................................................................................59

9.3.1 Reconsideración ........................................................................................................................59

9.3.2. Apelación ..................................................................................................................................60

9.3.3 Garantía de Impugnación .........................................................................................................60

9.4 LICITACIÓN DESIERTA ..............................................................................................................................60 9.5 SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN ..................................................................................................................61

10. PROCEDIMIENTO DE CIERRE ........................................................................................ 61

10.1 FECHA DE CIERRE .................................................................................................................................61 10.2 CONDICIONES PARA LA FECHA DE CIERRE: .................................................................................................61 10.3 GARANTÍAS DE FIEL CUMPLIMIENTO ........................................................................................................62

10.3.1 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión .....................................................62

10.3.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo ............................................................62

5

10.4 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA ..................................63 10.5 ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN .............................................................................64 10.6 INICIO DEL PLAZO DE CONCESIÓN ...........................................................................................................64

11. DISPOSICIONES FINALES .............................................................................................. 64

11.1 LEY PERUANA .....................................................................................................................................64

12. ANEXOS ...................................................................................................................... 64

6

1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1 Convocatoria

La GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO (en adelante, “GTU”) órgano de línea de la Municipalidad

Metropolitana de Lima (en adelante, “MML”), es la instancia que convoca, a través del Comité Especial

designado por Resolución de Gerencia N° 102-2014-MML/GTU de fecha 25.03.2014, al proceso de Licitación

Pública N° 001-2014-MML/GTU para otorgar la concesión de los servicios de transporte público de personas

en los componentes del Sistema Integrado de Transporte (SIT): los Corredores de Integración y Rutas de

Aproximación, de conformidad con las especificaciones que se encuentran contenidas en las presentes Bases

de Licitación.

Para tales efectos y mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 194, la GTU recibió el encargo de la

Alcaldía Metropolitana de llevar a cabo el proceso de licitación pública para la concesión de las rutas y

servicios de transporte público diseñados por la GTU para los Corredores de Integración y Rutas de

Aproximación.

En línea con este encargo, la GTU –mediante Resolución de Gerencia N° 100-2014-MML/GTU- aprobó la

conformación de los Corredores de Integración del SIT1 así como la creación de 85 rutas y 32 servicios entre

aquellos vinculados a los mencionados corredores y aquellos designados como Rutas de Aproximación.

Ambos grupos de rutas fueron distribuidos en 47 Paquetes de Rutas que, de acuerdo con la misma

disposición, conformarán dos grupos a ser otorgados en procesos de licitación independientes. El primer

grupo de Paquetes de Rutas –materia del presente proceso- son listados a continuación:

1 Según la referida disposición, la descripción de los Corredores de Integración corresponde a lo detallado en el siguiente cuadro:

Descripción de Corredores de Integración

C. DE INTEGRACIÓN DESCRIPCIÓN LONG (Km)

1.- ANGAMOS Inicia en el cruce de la Av. Angamos Este con la Av. Encalada, continua

por la Av. Angamos Oeste, Av. Santa Cruz, culminando en el Ovalo Centro América

7.93

2.- BENAVIDES Inicia en el cruce con la Panamericana Sur continuando por la Av.

Benavides, Av. Larco (en el otro sentido toma la Av. Diagonal), Av. José Pardo hasta llegar al Ovalo Centro América.

8.39

3.- EJERCITO Toma la Av. Del Ejercito (nominada como Av. Armendáriz) desde

Ovalo Centro América hasta la Av. Brasil. 4.07

4.- UNIVERSITARIA Toma la Av. Universitaria desde la Av. Metropolitana hasta la Av. La

Marina. 14.82

7

Distribución de Paquetes – Grupo Uno

Paqte Rutas Flota

Paqte Rutas Flota

Paqte Rutas Flota

P-1 3 139

P-18 3 59

P-38 3 130

P-2 2 87

P-19 2 72

P-40 2 78

P-3 2 103

P-24 3 82

P-42 1 94

P-7 3 64

P-28 2 114

P-43 1 112

P-10 2 83

P-29 2 123

P-44 1 89

P-11 2 63

P-33 2 102

P-45 2 187

P-13 2 89

P-34 1 95

P-46 5 136

P-14 2 91

P-35 2 238

P-47 5 92

P-17 1 53

P-37 2 89

26 58 2,664

Los Paquetes de Rutas incluidos en el presente proceso de Licitación están constituidos por las rutas

ubicados en la zona sur y la zona sur-centro de la ciudad. Fueron seleccionados como parte de este proceso

en tanto mantienen una relación de complementariedad con los diseños de rutas previstos para el primer

Corredor Complementario a ser implementado de acuerdo con lo indicado en las Bases del Proceso de

Licitación N° 001-2012-MML/IMPL –Corredor Tacna-Garcilaso-Arequipa-. Este grupo está conformado por un

total de 26 Paquetes de Rutas, compuestos a su vez por 47 rutas y 11 servicios que involucran un total de

2.664 vehículos requeridos.

La Licitación se regirá por lo establecido en las presentes Bases.

1.2 De la Licitación

1.2.1 Objeto de la Licitación

La licitación tiene por objeto otorgar la concesión de la prestación del servicio público de transporte de

pasajeros en los Paquetes de Rutas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, cuyos detalles

constan en el Anexo Nº 1.

A cada postor favorecido con la Adjudicación de la Buena Pro se le otorgará la concesión para la prestación

del servicio público de transporte de pasajeros en el paquete de rutas de Corredores de Integración y Rutas

de Aproximación en el que obtenga el mayor puntaje.

1.2.2. Plazo de la Concesión

El plazo de cada una de las concesiones será de diez (10) años contados a partir de la fecha de Inicio de la

Operación, de acuerdo a lo señalado en el Contrato de Concesión. Dicho plazo podrá extenderse en los casos

así previstos en las Bases y en el Contrato de Concesión.

1.2.3 Descripción de la Concesión

1.2.3.1 Lineamientos

El presente proceso de Licitación se enmarca en el proceso de implementación del Sistema Integrado de

Transporte Público de Lima (SIT), creado por la Ordenanza N° 1613. El SIT responde a la necesidad de contar

con una red de rutas eficiente y racionalizada con el fin de atender adecuadamente las necesidades de

8

movilización en Lima Metropolitana. La nueva red de rutas a implementar con el nuevo sistema permitirá a

los usuarios viajar a través de la ciudad en menores tiempos y mediante el pago de la tarifa -o precio del

pasaje- correspondiente. Esta nueva red plantea el rediseño de las rutas existentes, con el fin de disminuir la

superposición de recorridos, atendiendo a su vez, de manera eficiente, las necesidades de movilización de la

población y permitiendo que mediante la prestación del servicio de transporte autorizado los operadores

puedan obtener beneficios por las inversiones que realicen.

En esa línea, el SIT se constituye como un sistema jerárquico de sub sistemas, eslabonados entre sí, los que

garantizan la movilidad de las personas en Lima. Esta estructura considera la jerarquía presentada a

continuación:

Jerarquía del Sistema Integrado de Transporte

El BRT – Metropolitano y la Línea 1 del Metro de Lima

Corredores Complementarios

Corredores de Integración

Corredores de Interconexión

Rutas de Aproximación

Transporte No Motorizado

El Metropolitano y la Línea 1 del Metro de Lima constituyen los ejes del sistema, sobre los cuales se

construye los demás subsistemas, entre ellos Corredores de Interconexión (subsistema que contempla el

diseño de rutas entre Lima y Callao, el mismo que deberá ser implementado como parte del Régimen de

Gestión Común a suscribir por las autoridades de ambas jurisdicciones). Los modos no motorizados, por otra

parte, se constituyen en el soporte de acceso e integración de las personas hacia los sistemas públicos de

transporte. En ese sentido, el SIT contemplará la integración de los nuevos servicios en buses a los

desplazamientos de peatones así como a los viajes efectuados en bicicleta a través de inversiones que

garanticen la intermodalidad entre medios de transporte.

Dentro de la jerarquía de subsistemas presentada, los subsistemas de Corredores de Integración y de Rutas

de Aproximación así como el Transporte No Motorizado se encuentran bajo responsabilidad de la Gerencia

de Transporte Urbano.

1.2.3.2. Corredores de Integración y Rutas de Aproximación

Tomando como base el Estudio elaborado por la Consultora Taryet –denominado “Informe técnico emitido

por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración

y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de

licitación”2- se replantearon, entre otros aspectos, los diseños de las rutas previsto para los servicios a cargo

de la GTU, considerando un nuevo escenario en el cual esta instancia procediera a licitar dichos servicios y, a

través de este esquema de otorgamiento, generara mecanismos de regulación tarifaria que garantizaran el

funcionamiento del sistema en un contexto de integración tarifaria entre los diferentes servicios (incluyendo

los correspondientes a los demás componentes del SIT).

2 Dicha Consultora fue seleccionada por el Banco de Desarrollo de América Latina -CAF como parte de las actividades previstas en el Convenio de

cooperación técnica en materia de transporte urbano firmado con la Municipalidad Metropolitana de Lima.

9

Los parámetros que se tomaron como base para los diseños de las rutas y servicios que componen los

Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, tienen como premisa:

Eliminar las posibles distorsiones generadas por una reducción en la cantidad de oferentes en el sistema,

a través de mecanismos para la regulación del sistema, incluyendo el aspecto tarifario.

Como consecuencia de lo anterior, implementar un nuevo sistema de retribuciones para los operadores

de transporte, pasando de un ingreso derivado exclusivamente de los pasajeros a uno que depende de

los pasajeros y de la cantidad de kilómetros recorridos y, como resultado, transformar el sistema pasando

de la “competencia en el mercado” (la “guerra del centavo”) a la “competencia por el mercado”.

Garantizar una real integración entre todos los subsistemas del SIT (operacional, de medios de pago y

tarifaria), lo que –entre otros aspectos- simplificará las reglas para realizar los descuentos por transbordo

para los usuarios.

Ofrecer un mayor nivel de estabilidad jurídica a los operadores de transporte dado el nivel de inversiones

requerido para la puesta en operación del sistema.

Para efectuar el nuevo diseño de las rutas correspondientes a Corredores de Integración y Rutas de

Aproximación, se tomó como base un modelo de transporte3 que incorpora toda la información disponible y

adapta dichos datos a una estructura temporal que responde a la realidad local, permitiendo análisis

detallados por periodos y acumulaciones a totales diarios4.

Sobre la base de esta herramienta se plantearon los nuevos diseños de rutas considerando:

La cancelación del íntegro de las rutas que componen el actual sistema de rutas de la ciudad de Lima.

En el caso de los Corredores de Integración:

i) La intervención en infraestructura vial que permita priorizar la circulación del transporte

público, y que, por tanto, eleve la velocidad de circulación en las vías que lo componen.

ii) Los diseños de rutas extendidos más allá del ámbito de las vías que componen el corredor.

iii) En esa línea, diseños continuos que permitan la circulación de una ruta en más de un

corredor y, con ello, reducir –en lo posible- la cantidad de transbordos en el sistema.

En el caso de las Rutas de Aproximación, los diseños propuestos no deberán sobreponerse a los

recorridos de los ejes troncales de los Corredores Complementarios, ni de los Corredores de

Integración.

3 El modelo fue construido por la Consultora Taryet como parte del Convenio de cooperación técnica con el Banco de Desarrollo de América Latina –

CAF.

4 El modelo de transporte (de cuatro etapas) ha utilizado como punto de partida los datos de los siguientes estudios:

Estudio para la Consolidación del Sistema Integrado de Transporte Público de Lima (SIT), realizado en el año 2010.

Estudio de Racionalización de Rutas de Transporte Público de Pasajeros en el Área de Influencia de la Línea 1 del Proyecto Especial Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, realizado en el año 2011.

Servicio de encuestas origen/destino para la elaboración del estudio de demanda de la Línea 2 del Metro de Lima.

Servicio de Actualización del Viario para la Elaboración del Estudio de Demanda de la Línea 2 del Metro de Lima.

10

Las rutas de Corredores de Integración no tendrán rutas de alimentación exclusiva, siendo la función

de alimentación cubierta por las Rutas de Aproximación. Igualmente, las Rutas de Aproximación

cumplirán también la función de alimentar (directa o indirectamente) los subsistemas superiores:

Metropolitano, Línea 1 del Metro de Lima y CC.

Los recorridos propuestos tendrán como referencia de partida los recorridos actuales de las rutas,

tomando de ellas las partes que calcen dentro del concepto de integralidad y simplicidad de la red de

rutas y servicios.

Las rutas de los Corredores de Integración serán servidas exclusivamente por buses patrón de 12

metros como mínimo, a diferencia de las Rutas de Aproximación que tendrá como unidad mínima,

buses patrón de 9 metros.

Se diseña y modela un sistema básico de rutas de interconexión, los cuales conformarían en

perspectiva los Corredores de Interconexión (Colonial, Argentina, Tomás Valle, entre otras vías).

Las rutas y los servicios indicados en el punto anterior serán agrupados conformando “paquetes”, los

cuales serán las unidades mínimas para los procesos de licitación, entendiéndose por paquete a la

agrupación de una o más rutas y servicios, de acuerdo a los criterios siguientes:

i) Las rutas y servicios que conforman un paquete deberán mostrar una relación geográfica de

continuidad o complementariedad que facilite la interoperabilidad de vehículos entre las

rutas y servicios del paquete;

ii) los paquetes deberán estar conformados por una cantidad de vehículos tal que garantice la

presencia de economías de escala en la operación de los paquetes, siendo el número mínimo

de vehículos establecido el de 50 unidades;

iii) la combinación de rutas y servicios dentro de un paquete deberá minimizar en lo posible la

existencia de recorridos “muertos”, esto es, reducir los tramos entre el punto inicial-final de

la ruta y la zona de estacionamiento. Sobre esto es preciso indicar que por lo menos una de

las rutas del paquete debe tener su extremo inicial o final dentro de un radio de 1 kilómetro

respecto a zonas de estacionamiento actuales o existentes5.

Aproximadamente seis millones de pasajeros serán atendidos a través de los Corredores de

Integración y Rutas de Aproximación. Estos se distribuirán en un total de 85 rutas, las cuales poseen

un total de 32 servicios, considerando el siguiente orden:

i) Los Corredores de Integración se componen por un total de doce (12) rutas y doce (12)

servicios, divididos en:

- CI Angamos: cinco (05) rutas y un (01) servicio. - CI Benavides: cuatro (04) rutas y tres (03) servicios (de los cuales dos corresponden a una

ruta)

5 Para establecer la ubicación de zonas de estacionamiento, se consideró la información proporcionada por los actuales operadores a través de la

Auditoria Anual de Servicio del año 2011, efectuada entre el 31 de Enero al 13 de Febrero del 2012. Con base en esta información fueron ubicados 136 zonas de estacionamiento.

11

- CI Universitaria: tres (03) rutas y ocho (08) servicios (de los cuales dos rutas tienen tres servicios y una dos servicios).

Cabe indicar que el Corredor Ejercito es asumido como una vialidad de conexión y

continuidad de los Corredores Angamos, Benavides y Universitaria. Por otro lado, se ha

procurado la conexión del Corredor Universitaria con el Corredor Benavides, por lo que se

observan rutas que unen esos dos corredores.

Corresponde a Rutas de Aproximación un total de setenta y tres (73) rutas y veinte (20) servicios

(sólo dos servicios corresponden a una ruta),

La longitud promedio de las rutas (rutas de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, sin

incluir los servicios) es de 26.7 km, siendo para las longitudes promedio como sigue:

i) Corredores de Integración: 39.2 km (ida y vuelta)

ii) Rutas Aproximación: 23.0 km (ida y vuelta)

El tipo de vehículo requerido para cada ruta es el que corresponde al bus patrón de 9 y 12 metros. El total

de unidades requerida (sin incluir la flota reten), para todas sus rutas y servicios, de 4,983 buses,

calculados de acuerdo al diseño operacional de las rutas y servicios, y que son distribuidos de la manera

siguiente:

Flota Vehicular Requerida para Corredores de Integración y Rutas de Aproximación

CI y AP (Rutas y Servicios) Bus 12m Bus 9m Total

Corredor Integración 1331 - 1331

Rutas Aproximación (cortas) 2969 369 3338

Rutas Aproximación (Largas 219 95 314

Total 4519 464 4983

La prestación del servicio de transporte en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación la

realizarán operadores que cuenten con una concesión otorgada por GTU, obtenida como resultado del

presente proceso de licitación, según los términos establecidos en los respectivos contratos de concesión, la

programación general de los servicios y las normas aplicables al servicio.

Con la finalidad de instaurar una forma de prestación del servicio orientada a la satisfacción de las

necesidades de los usuarios, así como a incrementar los niveles de calidad y seguridad del servicio, sobre la

base de una operación económicamente rentable, se establece como una de las condiciones para la

prestación del servicio una organización empresarial mínima, así como parámetros técnicos de obligatorio

cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases.

12

1.2.3.3. Relación entre la estructura del SIT y los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación

Los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación corresponde a uno de los componentes del SIT y su

operación está directamente vinculada a la estructura prevista para este sistema en la Ordenanza N° 1613,

esto es, se eslabona con las funciones de los demás componentes de esta estructura para conformar una red

de rutas eficiente y racionalizada, que permita a los usuarios viajar a través de la ciudad en menores tiempos

y mediante el pago de la tarifa que facilite la integración entre modos de viaje.

Como parte de la estructura del SIT, se consideran los siguientes unidades de gestión:

Unidades de gestión del Sistema Integrado de Transporte

Empresas de Transporte de Pasajeros

Unidad de Recaudo del SIT

Centro de Control del SIT

Fideicomiso

Cada una cumpliendo funciones sobre la base de los conceptos presentados a continuación:

- El Centro de Control del SIT, contemplado en el artículo 7°, Numeral 7.1.1 de la Ordenanza N° 1613,

es responsable del planeamiento a nivel general, control y supervisión del funcionamiento del SIT.

Para tales efectos, el Concedente definirá e implementará directamente o a través de terceros, los

sistemas y/o soluciones informáticas necesarias y proveerá información a los Operadores, para el

cumplimiento de sus funciones de planeamiento detallado, gestión y administración de flota del o

los paquetes de rutas que operarán.

Dentro del ámbito del Centro de Control del SIT se incluirán progresivamente todos los componentes

del SIT, considerando lo señalado en los Contratos de Concesión vigentes. Se tiene previsto un único

Centro de Control para todo el SIT.6

- La Unidad de Recaudo del SIT, contemplada en el artículo 7°, Numeral 7.1.2 de la Ordenanza N°

1613, se encarga de la venta, recarga, distribución y validación de los medios de acceso del sistema,

así como del manejo y custodia de los ingresos respectivos hasta su entrega al fiduciario;

desarrollando además las funciones señaladas en el marco normativo aplicable. El Concesionario de

la Unidad de Recaudo será el responsable de la implementación del equipamiento a bordo, incluye

equipamiento de recaudo, información al usuario y gestión de flota, de los vehículos destinados a la

prestación del servicio en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación. Excepcionalmente,

los vehículos que no puedan ser implementados con los equipos correspondientes por el

Concesionario de la Unidad de Recaudo, serán equipados por cuenta y costo de los concesionario del

servicio de transporte, con equipos de las mismas especificaciones técnicas al implementado por el

Concesionario de la Unidad de Recaudo, previa verificación por parte de éste y con la aprobación y

supervisión del Concedente.

6 Artículo 7°, numeral 7.2 de la Ordenanza N° 1613.

13

- La(s) unidad(es) de fideicomiso se constituye a partir del patrimonio conformado por los ingresos

generados por la utilización del Servicio de Transporte de Pasajeros. La GTU podrá adscribirse a los

términos de referencia y condiciones que establezca PROTRANSPORTE para la contratación de las

unidades de gestión a su cargo.

- El Transporte de Pasajeros está a cargo de los Concesionarios que hayan obtenido la Adjudicación de

la Buena Pro para la prestación de los servicios que forman parte del SIT, entre ellos, los Corredores

de Integración y Rutas de Aproximación. Ello, de conformidad con lo establecido en las presentes

Bases, Contratos de Concesión y en la legislación vigente. De acuerdo a lo señalado en el artículo 7°,

Numeral 7.1.3 de la Ordenanza N° 1613, es la unidad a cargo de los operadores del servicio de

transporte, los cuales asumen responsabilidad por la adquisición y operación de los vehículos del

sistema.

Los Concesionarios de transporte de pasajeros del SIT –que incluye todos los servicios y rutas

administrados por GTU y PROTRANSPORTE- podrán formar parte de un único Consorcio

Coordinador, que se celebrará de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas sobre la

materia que aprueben GTU y Protransporte, el cual tendrá como uno de sus objetos funcionar como

centro de ingresos y costos en el/los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación.

Cabe indicar que, en tanto los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación son parte del SIT, su

implementación y funcionamiento considerarán el estado de todos los servicios de transporte público que

operen en Lima Metropolitana, conforme a Ley. En consecuencia, los servicios que se prestan en las rutas de

los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación podrán ser modificados, tanto en su recorrido como

en su diseño operacional -manteniendo una situación de equilibrio económico-, en respuesta a la

implementación cada uno de los componentes del SIT así como también en la medida que son ejecutados

proyectos referidos a nuevos sistemas de transporte masivo, tales como las líneas del Metro de Lima, que

cuenten con estudios y autorizaciones otorgadas conforme a Ley. Las modificaciones en las rutas no implica

la pérdida de la concesión, sino únicamente su eventual modificación en los términos señalados en los

respectivos Contratos de Concesión.

Excepcionalmente, con la finalidad de asegurar una adecuada transición en el proceso de reforma del

transporte público de Lima Metropolitana, los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación tendrán

una etapa de pre-operación, cuyo marco de funcionamiento, cronograma y reglas de operación se

establecen en el Anexo 1-G de las presentes bases, los mismos que caducan con el inicio de la etapa de

operación.

1.2.3.4. Contraprestación por el Servicio

Los Concesionarios tendrán derecho a la operación del Servicio de acuerdo con lo establecido en el Contrato

de Concesión y en las Leyes Aplicables.

El Concesionario tendrá derecho a recibir como contraprestación una remuneración en función a los

kilómetros recorridos y pasajeros efectivamente transportados. La distribución de los ingresos que genere el

14

Sistema se asignará de conformidad con lo establecido en los Contratos de Concesión y la programación

establecida por el Centro de Control del SIT.

La distribución de ingresos de los concesionarios se hará mediante formula definida en el Contrato de

Concesión, la misma que relaciona la cantidad de validaciones, kilómetros recorridos debidamente

validados, indicadores de calidad del servicio y de operación, entre otros, restando los descuentos por

penalidades,.

Los índices de Calidad del servicio y operación serán definidos en el Manual de Operación del Sistema,

distinguiéndose la etapa de pre-operación y operación a través de niveles calidad diferenciados.

1.2.3.5. Tecnología

Los vehículos nuevos que oferte el Concesionario deben cumplir con las Especificaciones Técnicas

establecidas en las presentes Bases y el Contrato de Concesión, pudiendo mejorarla sin perjuicio del

cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y de calidad mínimas del servicio que se especifiquen en el

Contrato de Concesión.

Los vehículos equivalentes que se oferten y que se emplearán para la prestación del servicio deberán

cumplir en general con las normas y regulaciones de carácter nacional y local, así como las indicaciones

contenidas en las presentes Bases de Licitación. Los vehículos equivalentes que cumplan o superen los

parámetros exigidos –de acuerdo con lo señalado en el Anexo X-5 de las presentes Bases- podrán continuar

prestando servicio durante el período de vigencia de la concesión.

1.2.3.6. Restricciones

a) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes

de consorcios no podrán pertenecer a ninguna entidad financiera, tampoco a los operadores de las

unidades de recaudo que se implementen para la prestación del servicio público de transporte de

personas en la provincia de Lima, ya sea como asociado, socio, accionista, integrante, o por

contrato laboral, prestación de servicios, brindado asesoría.

b) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes

de consorcios, no deben tener sentencia o laudo arbitral consentidos por proceso alguno

relacionado con el incumplimiento de alguna obligación con alguna Autoridad Gubernamental; o,

no deben tener impedimento o restricción alguna para contratar con el Estado Peruano.

c) El Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o integrantes

de consorcios, no deben encontrarse impedidos ni estar sujetos a restricciones por vía contractual,

judicial, legislativa u otras para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de estas Bases, de

la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el Artículo 1366 del Código Civil

Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que

aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada; y, los impedimentos contenidos

en los Numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14° de la Ordenanza N° 1599.

15

d) El Postor; sus socios, accionistas o miembros; apoderados; representantes legales y/o integrantes

de consorcios, no tengan litigio judicial, arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad

Metropolitana de Lima o alguna de sus dependencias, sobre temas relacionados al otorgamiento y

renovación de títulos habilitantes otorgados por la GTU para la prestación de servicios de

transporte urbano o contra las disposiciones dictadas por la MML para el reordenamiento y

reubicación de rutas.

1.3 Definiciones

Toda referencia efectuada en este documento a “Capítulo”, “punto“, “Numeral“, “inciso”, “Formulario”,

“Formato”, “Anexo“ y “Apéndices“ se deberá entender efectuada a capítulos, puntos, numerales, incisos,

formularios, formatos, anexos y apéndices de estas Bases, salvo indicación expresa en sentido contrario.

Los términos que figuren en mayúsculas en estas Bases y que no se encuentren expresamente definidos en

éstas, tendrán el significado que les atribuya las Leyes Aplicables. Las expresiones en singular comprenden,

en su caso, al plural y viceversa.

En estas Bases y en el Contrato de Concesión, los siguientes términos tendrán los significados que a

continuación se indica:

Acuerdo de Confidencialidad: Es el acuerdo que los Postores deberán celebrar con GTU, el cual se

les entregará en su calidad de participantes, directamente o a través de sus Agentes Autorizados. El

texto del Acuerdo de Confidencialidad figura como Anexo Nº 2 de las Bases.

Adjudicación de la Buena Pro: Es la declaración que efectúa el Comité Especial estableciendo cuál de las Propuestas presentadas por los Postores Calificados ha obtenido el puntaje más alto para hacerse acreedor a uno o más de los paquetes del Corredor de Integración o Ruta de Aproximación al que postula, en los términos y condiciones establecidos en las Bases de la Licitación. Las labores del Comité Especial culminarán una vez adjudicada la Buena Pro, sin perjuicio de la responsabilidad que se generen a partir de su actuación administrativa. En caso se impugne la decisión, la labor del Comité Especial culminará una vez que se resuelvan los medios impugnatorios que se hayan interpuesto.

Adjudicatario: Es el Postor Calificado favorecido con la adjudicación de la Buena Pro.

Agentes Autorizados: Son las personas naturales designadas como tales por el Postor conforme al

Numeral 2.1 de estas Bases.

Autoridad Gubernamental: Cualquier gobierno o autoridad nacional, regional o municipal, o

cualquiera de sus dependencias o agencias, regulatorias o administrativas, o cualquier entidad u

organismo del Estado de la República del Perú que conforme a ley ejerza poderes ejecutivos,

legislativos o judiciales, o que pertenezca a cualquiera de los gobiernos, autoridades o instituciones

anteriormente citadas.

Banco Extranjero de Primera Categoría: Es aquel banco extranjero así determinado por el Banco

Central de Reserva del Perú y que se encuentra incluido en la Circular Nº 0004-2012-BCRP de fecha

20-02-2012 o Circulares modificatorias.

16

Bases: Es el presente documento, incluidos sus Formularios, Anexos, Apéndices y las Circulares,

según sean modificados por el Comité Especial, el mismo que fija los términos bajo los cuales se

desarrollará la Licitación.

Bases Integradas: Es el documento denominado “Bases Integradas de Licitación: Concesión del

servicio público de Transporte de pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación

del Sistema Integrado de Transporte de Lima”, incluyendo cualquier Formulario, Anexo, Apéndice y

Circular emitido por el Comité Especial y que ha sido integrado por éste luego de haber efectuado la

última modificación, aclaración, y/o complementación a las Bases de acuerdo con sus facultades.

Buena Pro: Es el anuncio que efectuará el Comité Especial estableciendo cuáles son las mejores

Propuestas a las que se adjudicaran los Paquetes de Rutas o servicios de acuerdo a los términos y

condiciones establecidos en las Bases de la Licitación.

Capital Social: Es el importe monetario, o el valor de los bienes que los accionistas o socios del

Concesionario le aportan a ésta y están representadas mediante acciones o participaciones y que

queda contabilizado en una partida contable del mismo nombre.

Caducidad de la Concesión: Es la terminación del derecho de Concesión por las causales previstas en

el Contrato de Concesión.

Circular: Comunicaciones emitidas por escrito por el Comité Especial, sea de efectos específicos o

generales, con el fin de completar, aclarar, interpretar o modificar el contenido de estas Bases, de

otra Circular o absolver consultas formuladas por quienes estén autorizados para ello conforme a

estas Bases. Estas Circulares formarán parte integrante de las Bases.

Cuando las Circulares impliquen modificaciones a las Bases, requerirán aprobación de la Gerencia de

Transporte Urbano.

Centro de Control del SIT: Es la unidad orgánica de PROTRANSPORTE encargada de administrar los

Corredores de Integración y Rutas de Aproximación. Cuenta con las atribuciones señaladas en la

Ordenanza N° 873 y 1613. Tiene entre sus funciones: planificación, control, supervisión y

fiscalización de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación así como la integración y

coordinación con los otros Sistemas de Transporte en la ciudad.

Comité Especial: Es el comité designado por Resolución de Gerencia N° 102-2014-MML-GTU, de

fecha 25.03.2014, que tiene a su cargo la conducción de la Licitación desde su convocatoria hasta la

adjudicación de la buena pro o hasta que se produzca la cancelación del proceso o sea declarada

desierta la Licitación.

Concedente: La MML debidamente representada por la GTU.

Concesión: Es el título habilitante a otorgarse a través de este proceso de Licitación Pública, que

regulará el derecho a prestar el servicio público de transporte de personas en uno de los Paquetes

17

de Rutas del Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, conforme lo estipule el

Contrato de Concesión.

Concesionario: Es la persona jurídica constituida en el Perú, cuyo objeto social sea la prestación del

servicio de transporte urbano de pasajeros y/o actividades conexas, que ha suscrito el Contrato de

Concesión con el Concedente, luego de haber obtenido la Buena Pro para la prestación del Servicio

en el (los) Paquete(s) de Rutas a que se hubiere hecho acreedor y de haber cumplido los requisitos

establecidos para la Fecha de Cierre.

Contrato de Concesión: Es el conjunto de disposiciones cuyo modelo forma parte de las Bases, que representará el acuerdo de voluntades entre concedente y concesionario, por el cual se entrega en Concesión la operación del Servicio, definiendo los derechos y obligaciones de las Partes y regulando la Concesión otorgada al Concesionario.

Contrato de Consorcio o “consorcio”: Es el contrato por el cual dos o más personas naturales o jurídicas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía. Para los efectos de la presente Licitación Pública, el objeto del consorcio es su participación en los procedimientos de licitación para la obtención de la buena pro para la prestación del servicio público de transporte regular de pasajeros en las rutas diseñadas y aprobadas por la GTU.

Los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente proceso de Licitación Pública como bienes propios deberán ser transferidos a la persona jurídica que constituirán en caso obtengan la Concesión correspondiente.

El contrato de consorcio deberá establecer el régimen y los sistemas de participación en los resultados del consorcio que luego deberán reflejarse en la constitución de la persona jurídica, en caso obtenga la concesión para prestar el servicio público de transporte regular de personas.

Los consorciados deberán asumir todos los compromisos exigidos en las Bases y el Contrato de Concesión, a través del contrato de consorcio, con cargo a ratificar todos los actos realizados al momento de la constitución de la persona jurídica, en caso obtengan la bueno pro de la Licitación Pública.

Contrato de Fideicomiso de Administración: Es el contrato que se celebrará para la administración de los ingresos provenientes de la prestación del Servicio en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión. Contratos: Son el Contrato de Concesión y el Contrato de Fideicomiso de Administración.

Control Efectivo: Es el control que ejerce cualquier persona o conjunto de personas de una persona

jurídica, según lo dispuesto por el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupo

Económico, aprobado mediante la Resolución CONASEV Nº 005-2006-EF/94.10, incluyendo sus

modificatorias y las normas que la sustituyan.

18

Derecho de Participación: Derecho que debe abonar la persona jurídica o consorcio, que desee

participar como Postor en la Licitación, recibiendo un comprobante por parte de la MML como

acreditación de su pago. Puede ser pagado por el Postor o por alguno de sus socios o integrantes.

Días: Las referencias a “Días” deberán entenderse efectuadas a los días hábiles.

Entidad financiera: Se entiende como aquella empresa así definida conforme a los numerales 1, 2, 3,

4 y 5 del artículo 282° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de

Seguros y Orgánica de la Superintendencias de Banca y Seguros y de Administradoras de Fondos de

Pensiones, y que para los casos de emisión de garantías, se encuentra especificada en el Anexo Nº 3

de las Bases.

Estaciones: Puntos o lugares de ingreso, salida y/o conexión de pasajeros, ubicados en los

corredores o ejes viales troncales, con mecanismos de control, así como facilidades para la venta y

registro de medios de validación de acceso e infraestructura complementaria para los pasajeros y la

gestión del Sistema.

Fase de Pre-operación: Es el periodo que inicia en la Fecha de Cumplimiento de Condiciones de Pre-

Operación (FCCPO) y que culmina en la fecha de inicio de la Fase de Operación. Durante esta fase, el

Concesionario presta el Servicio conforme a lo indicado en el Anexo N° 1-G de estas Bases y en el

Manual de Operaciones del Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, y otras

disposiciones normativas o actuaciones administrativas complementarias. Durante esta Fase no se

computa el plazo de vigencia de la Concesión.

Fase de Operación: Es el período que se inicia en la fecha en que se cumplen las Condiciones de

Efectividad y culmina en la fecha en que se declara la Caducidad de la Concesión, conforme a lo

establecido en el Contrato de Concesión.

Fecha de Cierre: Es el día establecido en el Cronograma de la Licitación en el que se deben cumplir

con los requisitos para la firma del Contrato de Concesión, los que se detallan en el numeral

[……….]de la Cláusula [……….] del Contrato de Concesión.

Fecha de Cumplimiento de Condiciones de Pre-Operación (FCCPO): Es la fecha en la que se cumple

con las condiciones establecidas en el numeral [……….] de la Cláusula [……….] del Contrato de

Concesión y que son necesarias para el inicio de la Fase de Pre-Operación.

Fecha de Inicio de Pre-Operación (FIPO): Es la fecha en la que el Concesionario inicia la prestación

del servicio en las condiciones de Pre-Operación establecidas en el Anexo 1-G de estas Bases.

Fecha de Inicio de Operación: Es la fecha en la que, cumplidas las condiciones establecidas en el

numeral [……….] del Contrato de Concesión, se inicia el plazo de vigencia de la Concesión. Asimismo,

en esta fecha se inicia el cómputo del plazo obligatorio para el proceso de renovación de Flota

establecido en el Contrato de Concesión.

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Fiduciario: Es la persona debidamente autorizada por la SBS, que tiene por objeto administrar el

patrimonio fideicometido constituido por los ingresos del sistema, con el objeto de cumplir con el fin

específico del fideicomiso: administración de los ingresos provenientes de la recaudación de los

servicios de transporte de personas en los Corredores de integración y Rutas de Aproximación de

acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión y demás disposiciones aplicables.

Fideicomisario: Son las personas a favor de quien se realizan los fines del fideicomiso. Es el

beneficiario directo de la operación fiduciaria, que serán los operadores del servicio de transporte, el

operador de recaudo y los órganos y/u organismos de la MML, según corresponda.

Fideicomitente: Es la Gerencia de Transporte Urbano, titular del servicio y del derecho de cobro por

la prestación del servicio de transporte, el cual transferirá al Fiduciario dichos ingresos a fin de

constituir un patrimonio fideicometido para el cumplimiento del fin específico: administración de los

ingresos provenientes de la recaudación de los servicios de transporte de personas en los Corredores

de Integración y Rutas de Aproximación de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión.

Flota Acreditada: Es la flota de vehículos requeridos o equivalentes que el postor registró en el

SORSIT como parte de la presentación del Sobre N° 01, y fueron validados por el Comité Especial de

conformidad con lo establecido en el punto 4.1.4 de la presente Bases de Licitación.

Flota Asignada: Es la flota de vehículos favorecida con la buena pro para prestar el servicio de

transporte en el paquete de rutas licitadas. Dichas unidades pueden corresponder a vehículos

requeridos o equivalentes, comprometiéndose en este último caso a renovar dicha flota de acuerdo

a los compromisos asumidos en el Contrato de Concesión y/o en las presentes Bases.

Flota Operativa: Es la cantidad de vehículos que efectivamente prestan el servicio de transporte

público regular de personas de manera permanente e ininterrumpida en una ruta determinada.

Flota de Reserva: Es la flota que el Concesionario debe ofrecer como parte de la Flota Requerida,

con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio en situaciones excepcionales y que

representará el 5% de la flota operativa o su equivalente según sea el caso.

Flota Presentada: Es la flota de vehículos requeridos o equivalentes que el postor registrará en el

SORSIT como parte de la presentación del Sobre N° 01, la cual deberá ser acreditada con la remisión

de la documentación de acuerdo a lo establecido al punto 4.1.3 de las Bases.

Flota Propuesta: Es la parte de la Flota Acreditada que el postor propone utilizar para prestar el

servicio de transporte en la ruta o paquete de rutas licitadas. Dichas unidades pueden corresponder

a vehículos requeridos o equivalentes, comprometiéndose en este último caso a renovar dicha flota

de acuerdo a los compromisos asumidos en el Contrato de Concesión y/o en las presentes Bases.

Flota Requerida: Es la flota de vehículos con el tipo de unidad que técnicamente se requiere para

operar los servicios de transporte del Paquete de Servicios al cual se postula. Su composición está

especificada en cada Paquete de Servicios requeridos de conformidad con el Anexo N° 1 de las Bases

y el Anexo N° [……….] del Contrato de Concesión.

20

Fondo de Reserva: Fondo destinado al equilibrio económico-financiero del sistema u otros fines que

GTU estime en beneficio de la calidad y mantenimiento de los servicios públicos de transporte. Su

valor se establecerá en el Anexo N° [……….] del Contrato de Concesión.

Garantía de Fiel Cumplimiento: Es la fianza bancaria obtenida por el Concesionario, emitida por una

entidad financiera, conforme al numeral [……….] de la Cláusula [……….] del Contrato, para asegurar el

cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo las

clausulas penales; y con excepción de aquellos casos en los que se haya previsto la constitución de

garantías para obligaciones específicas de acuerdo a lo previsto en el Contrato.

Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo: Es la fianza bancaria obtenida por el

Concesionario, emitida por una entidad financiera, conforme al numeral [……….] de la Cláusula

[……….] del Contrato, conforme al modelo de Carta Fianza que se incluye en el Modelo 2 del Anexo

Nº 5 de las presentes Bases.

Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta: Es la fianza bancaria obtenida por el

Postor otorgada en los términos del Numeral 5.15 para asegurar la validez, vigencia y cumplimiento

de su Propuesta, conforme al modelo de Carta Fianza que se incluye en el Anexo Nº 6 de las

presentes Bases. Se presenta en el Sobre N° 2, de acuerdo al cronograma aprobado en las presentes

Bases y modificatorias dispuestas por el Comité Especial.

GTU: Es la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

GGTU: Es la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial de Callao.

Grupo Económico: Es todo aquel grupo económico conforme a la definición establecida por el

Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación y Grupo Económico, aprobado mediante la

Resolución CONASEV Nº 090-2005-EF/94.10, incluyendo sus modificatorias y las normas que la

sustituyan.

Índice Pasajero Kilómetro (IPK): Índice igual al número de pasajeros transportados entre el número de kilómetros recorridos en un determinado periodo.

Licitación: Es la Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU, que tiene por objeto otorgar la concesión

de la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en los paquetes de servicios del

Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación.

Leyes Aplicables: Son las que se indican en el Numeral 1.4 de las Bases.

Manual de Operación del Sistema: Es el documento emitido por el Concedente, en concordancia

con estas Bases, el Contrato de Concesión, y otras disposiciones normativas o actuaciones

administrativas complementarias, por medio del cual se establecen los parámetros y lineamientos de

operación del Servicio.

Medio de Validación de Acceso: Soporte o medio utilizado para el pago de la tarifa o pasaje del servicio de transporte público, como: tarjetas inteligentes, teléfonos, boletos o similares.

21

Municipalidad (MML): Es la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Nuevo Sol o S/.: Es la moneda o el signo monetario de curso legal en el Perú.

Operador: Se considera como tal al Concesionario, desde la FIPO hasta la culminación de la

Concesión a su cargo.

Operadores: Son, conjuntamente, todos los Concesionarios de los Corredores de Integración y Rutas

de Aproximación.

Ordenanza N° 1613: La que crea el Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana

(SIT), aprueba el Plan Regulador de Rutas y Modifica el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de

Lima en lo que corresponde a la Gerencia de Transporte Urbano.

Paquete de Rutas: es el conjunto de rutas y/o servicios en los Corredores de Integración y Rutas de

Aproximación que se licitan en forma integrada y cuya operación se encuentra definida en los

Contratos de Concesión.

Paraderos: Es el lugar de la vía pública autorizado por la GTU para cada ruta en su respectivo sentido

de circulación y que se encuentra provisto de señalización. El paradero de transporte es utilizado

para el embarque y desembarque de personas.

Pasaje(s): Monto que debe abonar el Usuario del servicio de transporte público de pasajeros que se

presta en el Sistema de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación a favor del Concedente,

aplicable en función a: tipo de servicio, esquema de descuento por integración, promociones y otros

que determine el Concedente. Se establece de conformidad con la Cláusula [……….] y el Anexo N°

[……….] del Contrato de Concesión.

Pasajero: Es la persona natural que utiliza el servicio de transporte público de pasajeros que se

presta a través de los servicios conformantes del SIT, previo pago de la tarifa establecida, salvo las

excepciones previstas en la normativa vigente.

Patio: Inmueble, de propiedad del Concesionario o de un tercero para el uso exclusivo del

estacionamiento, limpieza y mantenimiento básico de la flota de Vehículos destinada al Servicio.

Debe corresponder con las especificaciones establecidas en las presentes Bases.

Patrimonio Neto: Es el conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica que son

susceptibles a una estimación económica de acuerdo a lo establecido en el Numeral 5.4.3 acápite a)

de estas Bases.

Persona: Es cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que puede realizar actos

jurídicos y asumir obligaciones en el Perú.

Perú: Es la República del Perú, incluyendo cualquier división o subdivisión política de la misma.

22

Postor: Es una persona jurídica constituida en el Perú o consorcio que se encuentre registrado en el

SORSIT, previo pago del Derecho de Participación de la Licitación. El postor tendrá derecho a realizar

consultas a las Bases de Licitación, propuestas al Contrato de Concesión, en el marco de la etapa

correspondiente, así como interponer impugnaciones contra los actos administrativos que le

generen algún tipo de agravio, entre otros, según lo establecido en el presente documento. La

condición de postor se mantendrá hasta que culmine el proceso licitatorio, o su descalificación

quede firme en sede administrativa, lo que ocurra primero.

Postor Calificado: Es el Postor que se encuentra habilitado para la apertura del Sobre Nº 3, de

acuerdo a lo normado en la presente Base.

Postor Descalificado: Es el Postor que no cumplió con los Requisitos establecidos en algunas de las

etapas del presente proceso licitatorio, por tanto no será evaluado en las siguientes etapas.

Propuesta Económica: Es la oferta económica que presenta el Postor para obtener la Concesión de

la operación del Servicio, en el paquete de servicios al cual postula, que presentada en el Sobre Nº 3,

la cual deberá contener todos los requisitos exigidos para su evaluación, caso contrario el postor

será descalificado. Dichos requisitos están contenidos en el Numeral 8 de las Bases.

Propuesta Técnica: Es la oferta técnica realizada por el Postor para obtener la Concesión de la

operación del Servicio, en el paquete de servicios al cual postula que será presentada –a través del

SOSIT- en el Sobre Nº 2 y que contiene los requisitos que permitirán su evaluación. Dichos requisitos

están contenidos en el Numeral 7 de las Bases.

PROTRANSPORTE: Es el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima, ente gestor del Sistema de

Corredores Complementarios, que se encuentra a cargo de su implementación, administración y

control.

Reglamento del Sistema de Corredores Complementarios (también llamado “Reglamento”): Es la

norma que regula el funcionamiento del Sistema de Corredores Complementarios, definido en la

Ordenanza Nº 1613. Contiene disposiciones relacionadas con: prestación del servicio; derechos y

obligaciones de los usuarios; infracciones y sanciones; servicios complementarios, entre otros. Se

aprueba mediante Ordenanza.

Representante Legal: Es la persona natural designada como tal por el Postor conforme al Numeral

2.2 y a quien se le otorga las facultades, allí señaladas.

Servicio: Es el recorrido que forma parte de una ruta que operará de acuerdo a lo establecido por la

GTU respecto de horarios, tramos y frecuencia.

SIT: Es el Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana, creado mediante

Ordenanza Nº 1613, compuesto por las distintas modalidades de ámbito provincial. Cuenta con

integración física y operacional, de medios de pago y tarifaria.

23

Sobre N° 1: Es el sobre que contiene los documentos especificados en el Numeral 5.5

a ser presentados por un Postor. El objeto de este sobre es acreditar la identificación del postor y los

vehículos que serán propuestos para la operación según lo establezca el postor como parte del Sobre

N° 2.

Sobre N° 2: Es el sobre que contiene los documentos especificados en el Numeral 5.11, a ser

presentados por un Postor. El objeto de este sobre es asignar los vehículos acreditados en el Sobre

N° 1 a las rutas que forman parte del paquete(s) de ruta(s) a la(s) que el postor se presenta, así como

plantear una propuesta técnica de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, la cual también

será objeto de evaluación.

Sobre N° 3: Es el sobre que contiene la propuesta económica a ser presentados por un Postor

respecto del paquete(s) de ruta(s) a la(s) que el postor requiere, de acuerdo con el Formulario Nº 2

del Anexo Nº 4 de las presentes Bases. Este Sobre se entregará como parte de la documento a

presentarse en el Sobre N° 1.

Sistema de Otorgamiento de Rutas del Sistema Integrado de Transporte o “SORSIT”: Es un

aplicativo informático elaborado por la GTU que tiene por objeto brindar una plataforma al servicio

de los postores para la conducción del procedimiento de licitación. Tiene como principales funciones

el registro de los postores, vehículos, representantes legales, entre otros; así como la evaluación de

las propuestas de conformidad con la información registrada.

Usuario: Es el pasajero y/o sujeto de derecho que utiliza el servicio de transporte público.

Vehículo Requerido: Unidad vehicular destinada al servicio, correspondiente a la tipología vehicular

definida para cada Paquete de Rutas, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases.

Vehículo Equivalente: Es el vehículo que se encuentra registrado en la Gerencia de Transporte

Urbano de la MML o la Gerencia General de Transporte Urbano que cumple las condiciones

establecidas en el presente documento, el cual -a pesar de no corresponder al tipo de vehículo

requerido-, pueden presentarse en sustitución del vehículo requerido de acuerdo a lo establecido en

las equivalencias propuestas en el punto 5.4.2 de las Bases de Licitación y/o Contrato de Consorcio.

Los vehículos propuestos como flota equivalente necesariamente deberán ser objeto del proceso de

renovación de Flota, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.

Vehículo Nuevo: Es todo aquel Vehículo que cumple con las características establecidas en los

artículos 25° y 26° de la Ordenanza N° 1599, y con las especificaciones técnicas establecidas en las

presentes Bases.

1.4 Leyes Aplicables a la Licitación

La Licitación y todos los actos vinculados a la misma se regirán por:

• Constitución Política del Perú.

• Código Civil Peruano.

24

• Ley N° 26887 Ley General de Sociedades.

• Ley N° 27972, ampliatorias, modificatorias y/o complementarias: Ley Orgánica de Municipalidades.

• Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

• Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que

regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de

servicios públicos.

• Ordenanza N° 799 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que establece las funciones y

atribuciones del órgano encargo de velar por el cumplimiento de los contratos de participación de

la inversión privada local.

• Ordenanza N° 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Reglamento para la

Promoción de la Inversión Privada.

• Ordenanza N° 954 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que establece los lineamientos de

política municipal de transporte público urbano para el área de Lima Metropolitana

• Ordenanza N° 1595 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba las disposiciones

aplicables a los programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas para el área de

Lima Metropolitana

• Ordenanza N° 1599 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que regula la prestación del

Servicio Público de Transporte Regular de Personas en Lima Metropolitana.

Ordenanza N° 1613 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, crea el Sistema Integrado de

Transporte Público de Lima, aprueba el Plan Regulador de Rutas y modifica el TUPA de la

Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que corresponde a la Gerencia de Transporte Urbano.

• Decreto Supremo N° 060-96-PCM, Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango

de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de

infraestructura y de servicios públicos.

• Acuerdo de Concejo N° 194 que declara la red vial de Lima Metropolitana como vías saturadas y

que autoriza a la Gerencia de Transporte Urbano la entrega en concesión de los servicios de

transporte público regular de personas en las rutas que se encuentran bajo su competencia, de

acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Nº 1613.

• Decreto Legislativo N° 1012, que aprueba la ley marco de asociaciones público - privadas para la

generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción

de la inversión privada.

• Decreto Supremo N° 146-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012.

25

Así como cualquier otra norma aplicable a la Concesión, según sean modificadas, derogadas, sustituidas o

interpretadas en el futuro.

Se considera, sin admitirse prueba en contrario, que todo Postor, Adjudicatario, Concesionario o Persona

que, de manera directa o indirecta, participe en la Licitación, conoce las Leyes Aplicables.

1.5 Facultades del Comité Especial

1.5.1 El Comité Especial tiene como función conducir el proceso de Licitación para otorgar en Concesión la

prestación del Servicio. Está facultado, entre otros, para conducir, regular, modificar, supervisar, controlar y

dictar todas las disposiciones que resulten pertinentes o que estime necesarias para la ejecución de dicho

proceso, resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases o en las Leyes Aplicables y, en general,

para ejercer todas las demás atribuciones que le asignan las Leyes Aplicables. Cualquier modificación de las

Bases deberá ser previamente aprobada por la Gerencia de Transporte Urbano.

1.5.2 La Licitación podrá ser suspendida o cancelada si así lo estimare conveniente el Comité Especial, con

expresión de causa debidamente fundamentada y sin incurrir en responsabilidad de ninguna índole como

consecuencia de ello.

1.5.3 La sola presentación de la información prevista y/o solicitada por el Comité Especial no obliga al

Comité Especial a aceptar la referida propuesta.

1.5.4 La sola presentación de información y documentación por parte del Postor implica el pleno

conocimiento, de todos y cada uno de los procedimientos, obligaciones, condiciones y reglas, sin excepción,

establecidas en las Bases, las mismas que tienen jurídicamente carácter vinculante para aquellos, así como

su renuncia irrevocable e incondicional a plantear, ante cualquier fuero o autoridad, cualquier acción,

reclamo, demanda o solicitud de indemnización contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Comité

Especial, GTU, los Asesores por el ejercicio de las facultades previstas en estas Bases.

1.5.5 Salvo lo expresamente estipulado en sentido contrario en estas Bases, las decisiones del Comité

Especial con relación a esta Licitación son definitivas, no darán lugar a indemnización de ninguna clase y no

están sujetas a impugnación en el ámbito administrativo o judicial, salvo los casos expresamente previstos

en estas Bases. En consecuencia, por el solo pago del Derecho de Participación en la Licitación o su

participación en esta Licitación, las Personas que estén comprendidas bajo los alcances de estas Bases,

renuncian a interponer cualquier recurso de impugnación contra tales decisiones, salvo que las Bases

establezcan expresamente lo contrario.

1.5.6 El Concedente de la operación del Servicio es GTU, de acuerdo a lo dispuesto por las Ordenanzas N°

1613. En consecuencia, GTU se encuentra facultado para suscribir el Contrato de Concesión.

1.6 Bases y Contratos

1.6.1. Las Bases y Contratos serán publicados en la página web de GTU (www.gtu.munlima.gob.pe) en las

fechas previstas en el Numeral 1.7 de estas Bases.

26

1.6.2 El Contrato de Concesión contiene las Especificaciones Técnicas de la operación del Servicio, objeto de

la Concesión.

1.6.3 Los Postores podrán presentar consultas a las Bases y sugerencias al proyecto de Contrato de

Concesión dentro de los plazos indicados en el Numeral 1.7. El Comité Especial tiene la potestad o atribución

de aceptar las sugerencias y/o comentarios que los Postores formulen a los proyectos de Contratos, así

como las propuestas de modificación a las Bases que planteen a través de las consultas a las Bases.

1.7 Cronograma de la Licitación

El Cronograma de Licitación actualizado se dará a conocer mediante publicación en la página Web de GTU

(www.gtu.munlima.gob.pe).

El Comité Especial podrá modificar las fechas del Cronograma dando cuenta del hecho a la Gerencia de

Transporte Urbano, lo cual será comunicado a los Postores mediante Circular.

Salvo los casos en que se indique expresamente lo contrario, el plazo máximo del día para la entrega de

documentación, vencerá a las 17:00 horas de Lima – Perú, salvo disposición expresa del Comité Especial.

1.8 Interpretación y referencias

1.8.1 Los términos y expresiones utilizadas en estas Bases se interpretarán en su sentido natural y obvio,

salvo que específicamente se les haya asignado otro significado en este documento o sus anexos, o se infiera

del contexto del mismo; y en cualquier caso, de acuerdo a las normas vigentes en el Perú. Se considera, sin

admitirse prueba en contrario, que todo participante en este proceso conoce las leyes y regulaciones

vigentes en el Perú y aplicables a este caso.

1.8.2 Los títulos de los capítulos, numerales, incisos, formularios y anexos de las Bases son utilizados

exclusivamente a efectos indicativos y no afectarán la interpretación de su contenido.

1.8.3 En caso de contradicción entre lo previsto en estas Bases y lo estipulado en alguno de sus anexos,

primará lo previsto en las Bases, salvo que en los anexos se haya señalado expresamente, en forma clara e

inequívoca, que su contenido modifica lo previsto en las Bases. En todos los casos, los contenidos de las

Circulares a que se hace referencia en estas Bases, predominan sobre las disposiciones de las Bases aunque

no se manifieste expresamente, salvo el caso de las Bases Integradas que predominarán sobres las Circulares

emitidas antes de dicha integración. Asimismo, las Circulares prevalecen sobre los Anexos en cualquier caso.

27

2. AGENTES AUTORIZADOS Y REPRESENTANTE LEGAL

2.1 Agentes Autorizados

2.1.1. Designación

Cada Postor, antes de recibir información general o efectuar consultas al Comité Especial, deberá designar

dos personas naturales con domicilio común en la ciudad de Lima como sus Agentes Autorizados a efectos

de la Licitación.

La designación de un Agente Autorizado habilita al mismo a ejercer las facultades indicadas en el Numeral

2.1.3 de las presentes Bases.

2.1.2. Carta de Designación

La designación de los Agentes Autorizados deberá hacerse mediante una carta simple firmada por un

Representante Legal del postor señalando expresamente las facultades indicadas en el Numeral 2.1.3 y la

información exigida en el Numeral 2.1.4. Para el caso de personas jurídicas se deberá adjuntar Certificado de

Vigencia de Poder emitido por SUNARP con una antigüedad no mayor de un (01) mes, en el cual se indiquen

expresamente las facultades del representante legal. Para el caso de consorcio se debe presentar el Contrato

de Consorcio, en el cual se consigne el representante común del Consorcio y/o documento notarial en el que

conste la delegación de poderes expresa a un representante común, el cual deberá estar suscrito con firmas

legalizadas de cada uno de los representantes de los consorciados.

2.1.3. Facultades Otorgadas

Los Agentes Autorizados debidamente designados podrán actuar indistintamente el uno del otro y no

necesariamente en forma conjunta y serán las únicas personas facultadas por el Postor, según corresponda,

para: (i) Comunicarse formalmente con el Comité Especial y los Asesores, todos los asuntos, incluida la

facultad de formular consultas sobre las Bases de conformidad con el Numeral 3.1.1, con excepción de

aquellos que sean de competencia exclusiva del Representante Legal de acuerdo con el Numeral 2.2.1, que

pudieran presentarse en conexión con los Requisitos de Calificación, los documentos presentados en el

proceso, la Propuesta y, en general, todos los documentos y trámites relacionados con la Licitación y las

Bases; (ii) responder por escrito, en nombre del Postor y con efecto vinculante para su poderdante, todas las

preguntas que el Comité Especial formule con relación al Postor; (iii) recibir notificaciones administrativas,

judiciales o extrajudiciales, en nombre y representación del Postor respectivo; y (iv) suscribir con efecto

vinculante para el Postor, el Acuerdo de Confidencialidad a que se hace referencia en el Numeral 3.2.

2.1.4. Información

La información que deberá proporcionarse con relación a cada uno de los Agentes Autorizados será la

siguiente: nombre y documento de identidad. Asimismo se designará de manera común para ambos Agentes

Autorizados: (i) el domicilio en la ciudad de Lima; y, (ii) los números de teléfono.

28

2.1.5. Notificaciones

Todas las notificaciones dirigidas al Postor durante las etapas del proceso de licitación, se comunicarán vía

correo electrónico, sin perjuicio de consignar un domicilio legal para notificaciones excepcionales por escrito,

el cual deberá ser consignado de forma obligatoria: (i) como parte del registro que realizará en el SORSIT; y.

(ii) en el documento en el que se realicen las consultas a las Bases y propuestas al Contrato de Concesión. A

través de dicho correo electrónico se comunicará al postor la recepción de las actuaciones administrativas

generadas durante el proceso de licitación.

2.1.6. Sustitución

El Postor, previa comunicación escrita dirigida al Comité Especial por su Representante Legal, podrá sustituir

a cualquiera de los Agentes Autorizados en cualquier momento. La designación de los Agentes Autorizados,

la sustitución de uno o de ambos, o la designación de un nuevo Agente Autorizado, surte efecto en la fecha

que el Comité Especial reciba tal comunicación.

2.2 Representante Legal

2.2.1 Designaciones y facultades

Todos los documentos que un Postor, Adjudicatario o Concesionario presente con relación a esta Licitación,

deberán estar firmados por su Representante Legal, quien debe encontrarse debidamente facultado para tal

efecto, de conformidad con lo dispuesto en este Numeral. El Postor, el Adjudicatario o el Concesionario

deberá designar a un Representante Legal para que lo represente, sea en forma conjunta o individualmente.

Para el caso en concreto de este Proceso de Licitación, el representante será designado a través del SORSIT

una vez registrado el Postor, lo cual será validado con la documentación entregada con el Sobre N° 1. Sin

perjuicio de ello, para la etapa de consultas a las Bases y Sugerencias al Contrato de Concesión, todos los

postores deberán designar a su representante legal mediante escrito simple, en el cual se le deberá

identificar y acompañar un Certificado de Vigencia de Poder del representante con una antigüedad no mayor

de un (01) mes, y para el caso de consorcio el contrato elevado a escritura pública, en el cual se debe

identificar al representante común y/o documento notarial en el que conste la delegación de poderes

expresa a un representante común, el cual deberá estar suscrito con firmas legalizadas de cada uno de los

representantes de los consorciados. En ambos casos se deberá contar con poderes, vigentes y suficientes

según las actuaciones necesarias para el presente proceso de licitación.

El domicilio, número de teléfono y/o correo electrónico del Representante Legal, así como su sustitución,

está sometido a lo dispuesto en los Numerales 2.1.4, .2.1.5 y 2.1.6 de las presentes Bases.

Las facultades otorgadas al Representante Legal deberán ser lo suficientemente amplias como para que

pueda firmar, en nombre y representación de su poderdante, todos los documentos que así lo requieran las

Bases, incluyendo específicamente:

a) La facultad para formular consulta, recomendaciones, propuestas y sugerencias tanto al proyecto de

Bases como al proyecto de Contrato de Concesión.

29

b) Designar a los Agentes Autorizados.

c) Responder, con efecto vinculante para el Postor, todas las preguntas que el Comité Especial le pueda

formular en relación a su poderdante;

d) Interponer los medios impugnatorios previstos en las Bases;

e) Participar en los actos públicos de la Licitación, presentar y suscribir toda la información requerida,

incluyendo, la Propuesta;

f) Poder para suscribir el contrato de concesión y cualquier otro documento o contrato vinculado a la

Licitación, en representación del Adjudicatario.

La designación del Representante Legal habilita al mismo a ejercer sus facultades de representación en la

Licitación.

2.2.2. Presentación del Poder

El documento de poder en que se nombra al Representante Legal deberá contener las facultades de

representación correspondientes incluyendo aquellas que están señaladas en el Numeral 2.2.1 y deberán ser

presentados como parte de la documentación del Sobre N° 1.

El nombramiento de un nuevo Representante Legal, o la sustitución del inicialmente designado, sólo entrará

en vigor a partir de la fecha en que el Comité Especial reciba los documentos que acrediten debidamente

dicho nombramiento, aplicándose las reglas señaladas en el Numeral 2.1.6, previo registro de dicho cambio

en el SORSIT.

2.2.3. Requisitos Formales para el otorgamiento de Poder

Para el caso de personas naturales y personas jurídicas constituidas en el país se requiere el Certificado de

Vigencia de Poder emitido por SUNARP, con una antigüedad no mayor a un mes, en el que se detallen las

atribuciones y funciones otorgadas al representante legal.

Para el caso de consorcios, se requerirá la Escritura Pública del contrato de consorcio, en el que se detallen

las atribuciones y funciones otorgadas al representante común.

Para el caso de personas naturales o jurídicas constituidas en el extranjero se exigirá el instrumento de

poder otorgado fuera del Perú a los efectos de designar al Representante Legal deberá estar: (i)

debidamente extendido o legalizado ante el Consulado del Perú que resulte competente; (ii) refrendado

ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, y; (iii) traducido oficialmente al español por un

traductor público juramentado que se encuentre autorizado al efecto en el Perú, de ser el caso. Sin perjuicio

de ello, también podrá presentarse el instrumento de poder otorgado fuera del Perú debidamente

apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país, o quien haga sus veces7.

7 La Apostilla es la certificación mediante la cual el Gobierno peruano o país adscrito al Convenio de la Apostilla –a través del Ministerio de

Relaciones Exteriores o quien haga sus veces– legaliza la autenticidad de la firma y el título con que ha actuado el funcionario que corresponda. Se realiza sólo sobre documentos peruanos que serán presentados ante autoridades extranjeras de los países que forman parte del Convenio de la Apostilla.

30

2.2.4. Inscripciones en los Registros Públicos

Se exigirá que, al momento de su presentación, los poderes se encuentren inscritos en los Registros Públicos,

salvo para el caso de Consorcios en los cuales se aplicará lo dispuesto el numeral 2.2.3. En este último caso,

los poderes del Representante Legal del Postor que resulte Adjudicatario, deberán inscribirse en la

Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP antes de la Fecha de Cierre.

2.2.5. Representación propia

Cada Postor debe contar con su propio Agente Autorizado y Representante Legal. Se prohíbe la figura del

Representante Legal o Agente Autorizado común a más de un Postor del presente proceso de licitación.

3. CONSULTAS E INFORMACIÓN

3.1 Consultas sobre las Bases y Sugerencias a los Proyectos de Contratos

Para realizar cualquier consulta a las Bases y sugerencias a los proyectos de Contratos el postor deberá

registrarse, de conformidad con lo establecido en el punto 4 y presentar los documentos exigidos en la

punto 2.2.1 de las presentes Bases.

3.1.1 Plazo para efectuar consultas

Los Postores podrán hacer consultas sobre las Especificaciones Técnicas del Contrato de Concesión y sobre

las Bases en las fechas señaladas en él, dichas consultas deberán ser canalizadas a través de sus Agentes

Autorizados y/o Representantes Legales, de acuerdo al cronograma aprobado por el Comité Especial,

consignado en el punto 1.7 de la presente Bases de Licitación.

3.1.2. Formalidad de las Consultas

Las consultas se formularán por escrito y en idioma español, debiendo ser remitidas desde el correo

electrónico registrado en el SORSIT al siguiente correo electrónico: [email protected]. Específicamente

se debe detallar el asunto, el sustento técnico y legal de la consulta, y cumplir con las formalidades exigidas

por la Ley N° 27444 para la entrega de escritos que correspondan.

Las respuestas del Comité Especial a las consultas y observaciones formuladas por los Participantes serán

publicadas en la página web de GTU, sin indicar el nombre de quien hizo la consulta, con la publicación de las

Bases Integradas.

3.1.3. Circulares

3.1.3.1 Si el Comité Especial, en cualquier momento, considera necesario aclarar, modificar o complementar

las Bases emitirá una Circular a tal efecto. Dichas Circulares serán publicadas en la web institucional de GTU.

31

Todas las Circulares emitidas estarán disponibles en la página web de GTU.

3.1.3.2 Las Circulares emitidas por el Comité Especial formarán parte integrante de estas Bases, siendo, en

consecuencia, jurídicamente vinculantes para los Postores, Adjudicatarios y Concesionarios.

3.1.3.3 Cuando las Circulares implican modificaciones a las Bases, requerirán aprobación previa de la

Gerencia. En caso de discrepancia o incompatibilidad entre su contenido y el de las Bases, prevalecerá aquel

de la respectiva Circular y sobre las Circulares prevalecerá lo establecido en las Bases Integradas, salvo para

el caso de Circulares emitidas con posterioridad a las Bases Integradas siempre que cuenten con el refrendo

de la GTU.

3.1.3.4 El Comité Especial podrá aprobar un Texto Único Ordenado de las Bases, cuando lo estime

conveniente.

Las Bases Integradas formarán parte del Contrato de Concesión que suscribirán los respectivos

Adjudicatarios.

3.1.4 Sugerencias a los Proyectos de Contratos

En caso que los Participantes tengan sugerencias a los Proyectos de Contratos, éstas se entregarán al Comité

Especial bajo las mismas formalidades que en el numeral anterior. Todas las sugerencias a los Proyectos de

Contratos deberán ser remitidas de acuerdo a lo establecido en el Numeral 3.1.2 de estas Bases, a más

tardar en las fechas señaladas en el Cronograma del Proceso de Licitación aprobado por el Comité.

El Comité Especial se reserva el derecho de aceptar o rechazar tales sugerencias y/o comentarios, total o

parcialmente, así como incluirlas o no en las versiones definitivas de los Contratos. Las versiones definitivas

de los Contratos serán publicadas por Comité Especial en la fecha especificada en el Cronograma del Proceso

de Licitación aprobado mediante Circulares por el Comité.

3.2 Acceso a información sobre la Licitación

3.2.1 Los postores deberán firmar un Acuerdo de Confidencialidad que se incluye como Anexo N° 2, a fin de

tener acceso a toda la información vinculada al presente proceso licitatorio.

3.2.2 Los Participantes tendrán acceso al SORSIT previo pago del derecho de participación y el respectivo

registro en el SORSIT.

3.2.3 Todo Participante a través de sus Agentes Autorizados y/o Representante Legal, tendrá derecho a

entrevistarse con el Comité Especial o el miembro que se delegue para esos fines, hasta cinco (05) días

anteriores al día de presentación del Sobre N° 01, según lo indicado en el Cronograma del Proceso de

Licitación, para ello se deberá indicar previamente y por escrito los temas que se discutirán en la entrevista.

La programación de las reuniones se realizará dentro de los dos (02) días hábiles posteriores a la

presentación de la solicitud.

3.2.3. Todas las reuniones que se sostengan con los postores, su representante o sus agentes autorizadas

serán grabadas, y objeto de un Acta de reunión.

32

3.3 Limitaciones de Responsabilidad

3.3.1 Decisión Independiente de los Postores

Todos los Postores deberán basar su decisión de presentar o no su Propuesta en sus propias investigaciones,

exámenes, inspecciones, visitas, entrevistas, análisis y conclusiones sobre la información disponible y la que

de manera particular haya procurado, a su propio y entero riesgo.

3.3.2 Limitación de Responsabilidad

La Municipalidad Metropolitana de Lima ni cualquier de sus dependencias, GTU, el Comité Especial, ni los

Asesores, se hacen responsables ni garantizan – ni expresa ni implícitamente- la totalidad, integridad,

suficiencia, fiabilidad o veracidad de la información, verbal o escrita, que se suministre a los efectos del o

dentro del proceso de Licitación. En consecuencia, ninguna de las Personas que participe en la Licitación

podrá atribuir responsabilidad alguna a cualquiera de las partes antes mencionadas o a sus representantes,

agentes o dependientes por el uso que pueda darse a dicha información por cualquier inexactitud,

insuficiencia, defecto, falta de actualización o por cualquier otra causa no expresamente contemplado en

este Numeral. La Municipalidad Metropolitana de Lima y GTU garantizarán el derecho fundamental a la

protección de los datos personales de los Postores, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 29733 – Ley

de Protección de Datos Personales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS.

3.3.3 Alcances de la Limitación de Responsabilidad

La limitación enunciada en el Numeral 3.3.2 comprende, de la manera más amplia posible, a toda la

información relativa a la Licitación que fuera efectivamente conocida, a la información no conocida y a la

información que en algún momento debió ser conocida, incluyendo los posibles errores u omisiones en ella

contenidos, por la Municipalidad Metropolitana de Lima o cualquiera de sus dependencias, GTU, el Comité

Especial o los Asesores. Del mismo modo, dicha limitación de responsabilidad alcanza a toda información,

sea o no suministrada o preparada, directa o indirectamente, por cualquiera de las partes antes

mencionadas.

La limitación de responsabilidad enunciada en el Numeral 3.3.2, comprende también a toda la información

general que alcance el Comité Especial, así como la que se proporcione a través de Circulares o de cualquier

otra forma de comunicación y la que se menciona en estas Bases, incluyendo el programa Informático, todos

sus Formularios, Anexos y Apéndices.

3.3.4 Aceptación por parte del Postor de lo dispuesto en el Numeral 3.3

El solo pago del Derecho de Participación constituirá, sin necesidad de acto posterior alguno, la aceptación

por el Postor de todo lo dispuesto en el Numeral 3.3, así como su renuncia irrevocable e incondicional, de la

manera más amplia que permitan las Leyes Aplicables, a iniciar cualquier acción, reconvención, excepción,

reclamo, demanda o solicitud de indemnización contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, cualquiera

de sus dependencias, el Comité Especial, GTU o los Asesores.

33

4. REGLAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO

4.1. Etapas del Proceso de Licitación

4.1.1. Registro de participantes

El procedimiento de licitación pública comienza con el registro de los participantes a través del SORSIT. Para

dicho fin el postor deberá seguir los siguientes pasos:

(i) Cancelar el Derecho de Participación en la siguiente cuenta a nombre de la Municipalidad

Metropolitana de Lima:

Entidad: Banco [________]

Nombre: Municipalidad Metropolitana de Lima

Cta. Cte. En Nuevos Soles (S/.) Nº: [____________]

(ii) Registrarse en el SORSIT, usando el código consignado en el comprobante emitido por el Banco.

Este registro deberá efectuarse luego de 24 horas de efectuado el pago en la entidad financiera.

Una vez cumplidos los pasos indicados, se generará un código de usuario y una clave secreta, las cuales

permitirán a los Postores ingresar al buzón de notificaciones electrónico y registrar sus propuestas.

4.1.2. Registro de Vehículos

Los postores deberán registrar la información de los vehículos de la flota presentada en el SORSIT para cada

ruta o paquete de ruta al que postularán, la cual deberá ser remitida en la fecha y hora establecidas en el

Cronograma del proceso de licitación.

4.1.3. Sobre N° 1: Entrega de documentación

Una vez registrada la información vía SORSIT, se deberá entregar la documentación, exigida en las Bases, que

respalda lo registrado en el aplicativo. La documentación entregada no podrá modificar la información

registrada en el SORSIT.

La apertura del Sobre N° 01 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo al día hábil siguiente

después de culminada la recepción la documentación. El Acto Público podrá ser suspendido por el Comité

por causas debidamente justificadas.

En esta actuación se deberá entregar la propuesta económica representada por el Sobre N° 3.

4.1.4. Validación de la información por el Comité

Posterior a la entrega del Sobre N° 1, el Comité Especial evaluará los documentos y se remitirán las

observaciones, en caso existan. Los postores tendrán un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para su

levantamiento. El resultado de esta evaluación es la lista de vehículos aprobados, que se considerarán como

flota acreditada. El resultado será comunicado, a través del SORSIT, mediante correo electrónico.

34

4.1.5. Asignación de vehículos y Registro de propuestas técnica por paquete

Concluida la etapa anterior, los postores podrán emplear el SORSIT para asignar la flota acreditada a cada

uno de los paquetes de rutas a los que desee postular. El resultado de esta asignación deberá ser remitido,

vía SORSIT, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de licitación indicado en el punto 1.7 de las

presentes Bases. Asimismo, se registrará las propuestas técnicas de acuerdo a los criterios de calificación

establecidos en las presentes Bases.

4.1.6 Sobre N° 2: Entrega de información complementaria al Registro de propuestas técnica por paquete

de rutas

En la fecha establecida en el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases, en acto público,

los postores deberán presentar la documentación exigida en las presentes Bases, como complemento del

registro de propuesta técnica.

4.1.7. Apertura y Evaluación del Sobre N° 2

La apertura del Sobre N° 02 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo en la fecha indicada en

el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases. El Acto Público podrá ser suspendido por el

Comité por causas debidamente justificadas.

El Comité Especial evaluará la documentación presentada en el Sobre N° 02, estimará el puntaje

correspondiente, el mismo que será notificado a través del SORSIT. Los postores podrán solicitar la revisión

de dicho puntaje sobre la base de la documentación presentada en el Sobre N° 01. Los resultados obtenidos

luego de la referida revisión corresponderá al puntaje técnico asignado a cada propuesta. Los resultados de

esta evaluación serán comunicados a cada postor y publicados en la página web de GTU

(www.gtu.munlima.gob.pe).

4.1.8. Apertura del Sobre N° 3 y adjudicación de buena pro

La apertura del Sobre N° 03 se realizará mediante Acto Público que se llevará a cabo en la fecha indicada en

el cronograma indicado en el punto 1.7 de las presentes Bases. Solo se abrirán los sobres presentados de

aquellos postores que hayan alcanzado o superado la mínima puntuación exigida. El Acto Público podrá ser

suspendido por el Comité por causas debidamente justificadas. Se publican los resultados en la página web

de la GTU.

En caso el postor ganador sea un consorcio, se obliga a constituirse como una personas jurídica, de

conformidad con lo establecido en las presentes Bases y Contrato de Concesión.

4.2. Presentación de Documentos

Las propuestas, incluyendo los Sobres Nº 1, 2 y 3, sólo podrán ser presentados personalmente por el Agente

Autorizado o por el Representante Legal del Postor, para el caso de la entrega formal de la documentación.

El Comité Especial no aceptará ni recibirá documentos que le sean remitidos por vía postal, fax o cualquier

otro medio de comunicación.

35

4.3 Idioma

A menos que expresamente se estipule lo contrario en estas Bases, todos los documentos deberán ser

presentados en idioma castellano o acompañados de traducción oficial al idioma castellano efectuada por

Traductor Público Juramentado autorizado para ello conforme a las Leyes Aplicables. Sin perjuicio de ello, en

caso se advierta alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de cualquier documento,

prevalecerá el texto en español.

4.4 Documentos Originales

Los documentos incluidos en los Sobres Nº 1, 2 y 3 deberán ser presentados en original, debiendo estar

todas foliadas y firmadas por el Representante Legal.

4.5 Formalidades de Presentación de las Propuestas

4.5.1 El Sobre Nº 1 deberá ser presentado al Comité Especial en cajas8 y claramente marcados a los lados

con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del Servicio Público de Transporte de Personas en los

Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii) “Sobre Nº 1”, y (iii) el nombre del Postor que

presenta los documentos.

El Sobre N° 2 deberá ser presentado al Comité Especial en sobres cerrados por cada paquete de rutas al que

se postula, claramente marcados en su anverso con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del

Servicio Público de Transporte de Personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii)

“Sobre Nº 2”, y (iii) el nombre del Postor que presenta los documentos.

El Sobre N° 3 deberá ser presentado al Comité Especial en sobres cerrados por cada paquete de rutas al que

se postula, claramente marcados en su anverso con las indicaciones (i) Concesión para la prestación del

Servicio Público de Transporte de Personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación; (ii)

“Sobre Nº 3”, y (iii) el nombre del Postor que presenta los documentos. Este sobre deberá entregarse junto

con el Sobre N° 1.

En caso que al momento de la presentación de los documentos antes referidos el Comité advierta que no se

cumple con dicha formalidad, invitará al Agente Autorizado o Representante del Postor respectivo a que en

el acto proceda a efectuar la enmienda respectiva.

4.5.2 Toda la documentación presentada debe ser perfectamente legible y estar foliada en cada página

(cara), en forma clara y de manera correlativa y firmada por el Representante Legal en cada una de ellas.

Asimismo, se deberá incluir un índice numerado de todos los documentos para calificación y en cada Sobre.

El índice debe colocarse al inicio.

4.5.3 En caso que exista cualquier discrepancia entre una cifra expresada en números y en letras, el monto

expresado en letras prevalecerá.

8 De preferencia, serán cajas de plástico, transparente, con tapa y ruedas, además de contar con las siguientes dimensiones: largo de 55 cm, ancho

de 40 cm y altura de 30 cm.

36

4.6 Efectos de la presentación de documentos y carácter vinculante de las Bases

4.6.1 La presentación de los documentos que conforman la Propuesta, así como cualquier otro documento

o comunicación dirigida al Comité Especial, implican el pleno conocimiento, aceptación y sometimiento

incondicional por parte de los Postores, Adjudicatarios o Concesionarios, según corresponda, a todos y cada

uno de los procedimientos, obligaciones, condiciones y reglas, sin excepción, establecidas en las Bases,

específicamente a lo dispuesto en el Numeral 3.3, cuyo contenido tiene carácter vinculante para éstos.

4.6.2 La documentación presentada tiene carácter de Declaración Jurada, conforme a lo estipulado en la

Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General”. En caso se verifique que la información

presentada sea falsa o inexacta, se procederá en cumplimiento de la normativa vigente, quedando el postor

automáticamente descalificado del proceso de Licitación.

4.7 Costo de la preparación y presentación de la Propuesta

El Postor sufragará todos los costos o gastos, directos o indirectos, en que incurra relacionados con la

preparación y presentación de su Propuesta. La Municipalidad Metropolitana de Lima, GTU, el Comité

Especial o los Asesores, no serán responsables en ningún caso por dichos costos, ni de su reembolso,

cualquiera sea la forma en que se realice la Licitación o su resultado.

4.8 Restricciones

Queda prohibido que una persona natural o jurídica que sea miembro de un consorcio presente de manera

independiente o conjunta otra propuesta por el mismo paquete de rutas, aun si dicha solicitud se efectuara

con un grupo independiente de vehículos respecto de aquellos presentados por el consorcio.

Excepcionalmente, el postor, sus accionistas, sus socios o integrantes en el caso que el postor sea un

Consorcio, no podrán poseer participación directa o indirecta en otro postor que participe en la misma ruta

o paquete de rutas, salvo que su participación represente menos del 5% de la flota presentada.

Asimismo, ningún vehículo podrá estar incluido en más de una propuesta. De darse el caso, se procederá a

descalificar el Vehículo de aquella propuesta en la que no se acreditó documentariamente. En caso se

presente la documentación del vehículo duplicado en dos propuestas, se descalificará al vehículo para

ambas. De detectarse que en una propuesta, más del 20% de la flota total acreditada se encuentra incluida

en otra u otras propuestas de acuerdo a lo señalado líneas arriba, adicionalmente el postor quedará

automáticamente descalificado del proceso.

5. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS (Sobres N° 1, 2 y 3)

5.1 Lugar y fecha

Todas las presentaciones de propuestas (Sobres 1, 2 y 3) se realizarán en acto público, en el auditorio del

Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima, sito en Jr. Cusco N° 286, Cercado de Lima, Piso 9; en la

fecha establecida en el calendario del presente proceso de selección.

37

5.2 Carátulas

Las propuestas se presentarán en sobre cerrado. Cada sobre deberá tener la inscripción correspondiente:

POSTOR: ………………………………………………………………………………

SOBRE Nº (1,2 o 3) - (Registro de Participantes y Vehículos, Propuesta Técnica o

Propuesta Económica)

LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU

CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

EN LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN DEL

SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LIMA

5.3 Derecho de Participación

Para participar en la Licitación, el Postor deberá haber pagado el Derecho de Participación, el cual asciende a

S/. 5,000.00 (Cinco mil 00/100 Nuevos Soles), la cual deberá ser cancelada en la cuenta a nombre de la MML

indicada en el punto 4.1.1 de las presentes Bases.

El Derecho de Participación permitirá a cada Postor postular a uno o incluso todos los paquetes de ruta

objeto del presente proceso de Licitación Pública, así como realizar consultas a las presentes Bases, sugerir

modificaciones al Contrato de Concesión, interponer medios impugnatorios contra los actos que le generen

agravio de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, y otros.

5.4 Requisitos del Registro de Participación y vehículos (Sobre N° 1)

Para precalificar en este proceso el Postor debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos mínimos:

5.4.1 Requisitos Legales

a) Que el Postor sea:

a.1.- Persona jurídica debidamente constituida.

a.2.- Conjunto de personas naturales y/o jurídicas que celebren un contrato de consorcio con

compromiso de constitución de persona jurídica de naturaleza societaria en caso de resultar

favorecido con la buena pro de la licitación.

En todos los casos el objeto principal del Postor debe ser el servicio de transporte de personas.

38

b) Que haya pagado el Derecho de Participación.

c) Que cuente con Representante Legal conforme a lo señalado en las Bases. En el caso de consorcios,

el contrato deberá acreditar a un representante común.

d) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o

integrantes de consorcios, no tengan sentencia o laudo arbitral consentidos por proceso alguno

relacionado con el incumplimiento de alguna obligación con alguna Autoridad Gubernamental o no

tengan impedimento o restricción alguna para contratar con el Estado Peruano.

e) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o

integrantes de consorcios, no tengan impedimento ni estén sujetos a restricciones por vía

contractual, judicial, legislativa u otras para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de

estas Bases, de la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el Artículo 1366º del

Código Civil Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de

Lima, que aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada; y, los Numerales 14.3

y 14.4 del artículo 14° de la Ordenanza N° 1599.

f) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros; apoderados; representantes legales y/o

integrantes de consorcios, a la fecha de presentación del Sobre N° 1, no mantengan litigio judicial,

arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad Metropolitana de Lima o alguna de sus

dependencias, relacionadas al otorgamiento y renovación de títulos habilitantes otorgados por la

GTU para la prestación de servicios de transporte urbano o contra las disposiciones dictadas por la

MML para el reordenamiento y reubicación de rutas. Esta restricción se mantendrá durante todo el

proceso de licitación.

g) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros, apoderados, representantes legales y/o

integrantes de consorcios, hayan renunciado a invocar o ejercer cualquier privilegio o inmunidad

diplomática u otra; o reclamo por la vía diplomática o de otra naturaleza; contra el Estado o sus

dependencias, la MML, PROTRANSPORTE, la GTU, el Comité Especial, sus integrantes y Asesores,

bajo la ley peruana o bajo cualquier otra legislación con respecto a sus obligaciones sobre estas

Bases, la Propuesta, y los Contratos que se suscribirán.

h) Que el Postor se comprometa, en caso de resultar favorecido por la Buena Pro, y para la Fecha de

Cierre a garantizar la incorporación del personal operativo en la planilla del Concesionario,

entendiéndose por esto, el cumplimiento de todos los derechos socio-laborales establecidos por la

legislación.

i) Que, a la fecha de cierre, el Postor, sus socios, accionistas, miembros y propietarios y/o integrantes

de consorcios, según el caso, renuncian a operar las rutas que se sobrepongan con las rutas del SIT,

como requisito previo a la suscripción del Contrato de Concesión en caso de ser favorecido con la

Buena Pro. Dicho requisito se acreditará con la solicitud de renuncia debidamente presentada ante

la autoridad competente. Sin perjuicio de ello, el Concedente verificará dicha condición.

39

j) Que el Postor, sus socios, accionistas o miembros y/o integrantes de Consorcios no hayan sido

condenados por la comisión de lavado de activos, Tráfico Ilícito de Drogas, Pérdida de Dominio o

Delito Tributario.

k) Que el Postor, su socios, accionistas o miembros y/o integrantes de Consorcios (incluyendo

representantes, miembros, accionistas) no hayan sido declarados en quiebra, estar incursos en un

proceso concursal, o estar sometidos a medida judicial o administrativa que lo prive o restrinja de

la administración de sus bienes.

l) Acuerdo de Confidencialidad firmado por Representante Legal que se incluye como Anexo N° 2.

5.4.2 Requisitos Técnicos

El Postor, bien sea directamente o a través de sus accionistas o sus socios o sus integrantes

en el caso de que el Postor sea un Consorcio; o, indirectamente a través de los propietarios

de los Vehículos que –no siendo parte del postor o miembro del Consorcio- suscriban el

Formularios 1-A o 1-B del Anexo N° 4 de las presentes Bases, deberá acreditar que dispone

de la flota requerida o su equivalente. Para ello, se requerirán los respectivos Certificados de

Gravamen por cada vehículo presentado.

El Postor deberá acreditar que cuenta, como mínimo, con el 100% de la propiedad de los

vehículos de la flota presentada. Este requerimiento se dará por cumplido con los vehículos

de propiedad del postor o sus miembros (en el caso de Consorcios)9 o con las unidades de

propiedad de quienes suscriban los Formularios 1-A o 1-B del Anexo N° 4.

Para determinar la equivalencia de vehículos se aplicará los siguientes criterios:

a. Para rutas que requieran vehículos de doce (12) metros:

b. Para rutas que requieran vehículos de nueve (9) metros:

a) Los vehículos que conforman la flota presentada deberán cumplir cualquiera de las siguientes

condiciones:

a.1. Vehículos con habilitación vigente para prestar servicio de transporte urbano regular

(Tarjeta de Circulación vigente) otorgada por la GTU o la GGTU. Se considerará en este grupo

todo aquel vehículo que haya ingresado al padrón de vehículos de GTU o GGTU (como

vehículo habilitados) hasta 15 días previos a la fecha de presentación del Sobre N° 1.

9 En el caso que el postor sea un consorcio, los vehículos de propiedad sus miembros deberán formar parte del listado de activos que el Consorcio se

compromete a transferir a la persona jurídica que asumirá la concesión, de acuerdo con las obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión.

Esta información deberá formar parte del Contrato de Consorcio que suscriban y que deberá ser entregado como parte de la documentación del

Sobre N° 01.

40

a.2. Vehículos que no cuenten con habilitación vigente pero que se hayan encontrado

habilitados por la GTU o la GGTU en los 3 años anteriores contados desde la fecha de

presentación del Sobre N° 1. Los vehículos que tengan más de 3 años sin contar con una

habilitación vigente para prestar servicio de transporte no podrán ser presentados (y en caso

de hacerlo serán descontados a efectos de determinar la flota acreditada por el postor para

participar en el proceso).

a.3. Vehículos que nunca formaron parte de las bases de datos de vehículos habilitados de la

GTU o de la GGTU siempre que cumplan con las características de "bus patrón" definidas en

los artículos 25.2º y 26º de la Ordenanza Nº 1599.

b) Para el caso de los vehículos señalados en los puntos a.1 y a.2 que no se encuentren registrados en la

base de datos del SORSIT, el Postor deberá presentar hasta 10 días (calendarios) antes de la

presentación del Sobre N° 1, las solicitudes de incorporación de vehículos en la base de datos del

SORSIT. Para dichos efectos se deberá presentar una solicitud adjuntando copia simple del

Certificado de Gravamen, y copia fedateada de la Tarjeta Única de Circulación.

c) En ningún caso, los vehículos que forman parte de la flota presentada podrá corresponder a

unidades cuya antigüedad supere los límites máximos establecidos en la Ordenanza N° 1595.

d) El Comité Especial dispondrá de 05 (cinco) días para la verificación de la información, y de

corresponder procederá a considerar los vehículos correspondientes para la fase de calificación.

e) El Postor que presente su propuesta técnica (o Sobre N° 02) con vehículos adquiridos mediante

arrendamiento financiero (leasing financiero) o arrendamiento operativo (leasing operativo), en caso

que la propuesta presentada resulte ganadora de la Buena Pro, se comprometen, como mínimo, a

asumir la posición contractual del arrendatario en dicha relación contractual. Asimismo se

compromete a entregar al Concedente copia de la tarjeta de propiedad donde figure como

propietario el Concesionario. En ese sentido el Postor en caso se imposibilite la transferencia de

propiedad al patrimonio del Concesionario se compromete a sustituir este vehículo por otro de

iguales características o superior, a fin de no afectar la continuidad de la operación.

5.5 Documentos que debe contener el Sobre N° 1

A los efectos de documentar debidamente el cumplimiento de los requisitos mínimos de calificación exigidos

en el punto anterior, el Sobre N° 1 debe contener la siguiente documentación:

a) Índice, de acuerdo a lo establecido en el Anexo de la presentes Bases.

b) Constancia de Registro como Postor en el SORSIT (que incluirá listado de miembros de consorcio y

vehículos presentados).

c) Copia del DNI o Carne de Extranjería de Representante del Postor y miembros del Consorcio (en caso

se trate de personas naturales). En caso que los consorciados sean personas jurídicas se deberá

acompañar copia del DNI o Carné de Extranjería del representante de cada uno.

41

d) Certificado de Vigencia de Poder con una antigüedad no mayor a un (01) mes, emitida por SUNARP,

en la cual conste los poderes de representación del Representante Legal. Para el caso de Consorcios

se requiere que en el mismo acto de constitución de consorcio figuren el Representante común.

e) Escritura Pública Contrato de Consorcio incluyendo las cláusulas obligatorias establecidas, según lo

señalado los Anexos X-1 y X-2.

f) Certificado de Gravamen Vehicular con una antigüedad no mayor a un (01) mes.

g) Copia del contrato Leasing, en caso corresponda;

h) Para el caso de vehículos registrados en la GGTU, copia fedateada de la respectiva Tarjeta de

Circulación. En caso que se acrediten vehículos que no cuentan con Tarjeta de Circulación Vigente,

se deberá presentar copia fedateada del Certificado de Baja o documento correspondiente,

expedido por la GGTU.

i) Copia de los documentos que acrediten la propiedad de espacio destinado como zona de

estacionamiento. Este documento acredita un criterio de calificación, por lo cual es facultativo.

j) En el caso de vehículos propiedad de terceros, Declaración Jurada de Adhesión a la propuesta del

Postor y compromiso de poner a disposición el vehículo para operar en caso de obtener la Buena Pro

del proceso licitatorio, de acuerdo con los Formularios 1-A y 1-B del Anexo N° 4, con firma legalizada

de todos los propietarios del vehículo. En caso de copropiedad deberán firmarlo todos los

copropietarios.

k) Sobre N° 3 (Propuesta Económica) cerrada y sellada.

5.6 Verificación de la Información por parte del Comité Especial

El Comité Especial se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos e información presentada,

sin que ello suponga en modo alguno una limitación de la responsabilidad del Postor respectivo derivada de

la posible falta de veracidad de los datos o la información presentada. De igual manera, cada Postor se

compromete a poner a disposición del Comité Especial todos los documentos que le sean solicitados a tal

efecto.

El Comité Especial se reserva el derecho de efectuar la verificación posterior de aquella documentación

presentada por el Postor, cuyos defectos no hayan sido advertidos en la etapa de evaluación.

Sin perjuicio de la responsabilidad estipulada en este Numeral, la falta de veracidad o validez de los datos o

de la información presentada ocasionará que el Comité Especial descalifique en cualquier etapa de la

Licitación al Postor.

5.7 Notificación y Subsanación

5.7.1 El Comité Especial revisará los Requisitos y notificará a cada Postor sobre los defectos u omisiones que

consten en sus documentos. El Postor notificado deberá subsanar los documentos observados dentro del

plazo que para dicho efecto indique el Comité Especial.

42

Se podrán subsanar errores que incidan sobre aspectos accidentales, accesorios o formales, siendo

susceptible de rectificarse a partir de su constatación, dentro del plazo que otorgue el Comité Especial. No

son subsanables aspectos sustanciales que involucren una modificación de la propuesta técnica o

económica.

Concretamente, el punto de partida para la evaluación de los requisitos es lo declarado en el SORSIT. Es

decir, a partir de la información consignada en el aplicativo se recepcionará la documentación requerida, y el

Comité Especial constatará su cumplimiento. En ningún caso es posible la modificación de la información

consignada en el aplicativo web.

5.7.2 El Comité Especial, a través del SORSIT, comunicará a cada Postor si cumplió con presentar los

Requisitos exigidos en cada una de las fases del proceso, hasta dentro un plazo máximo de siete (7) días de

recibida la documentación completa. Dicho plazo podrá ser extendido por un período similar, a criterio del

Comité.

5.7.3 Adicionalmente, a fin de facilitar el examen, verificación y comparación de datos y requisitos, los

postores podrán solicitar una cita al Comité Especial, con la finalidad de poder revisar con al menos un (1)

miembro titular o suplente del Comité Especial, la información a ser presentada, y así poder constatar in situ

el adecuado cumplimiento de los requisitos formales, cumpliendo en el numeral 3.2.3 de las presentes

Bases.

5.7.4 El Comité Especial pondrá en conocimiento progresivamente los resultados del proceso de licitación,

para lo cual cursará una comunicación al Postor, a través del SORSIT.

5.8 Procedimiento de Reconsideración y Apelación de los resultados del Sobre Nº 01

5.8.1 Solicitud de Reconsideración

El Postor descalificado, o disconforme con las decisiones adoptadas por el Comité Especial, como

consecuencia de la evaluación de la información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N°

1, podrá presentar ante el Comité Especial una solicitud de reconsideración de la evaluación de los

resultados de la evaluación, cumpliendo los requisitos de procedibilidad exigidos por la Ley de

Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 para dicho recurso. Esta etapa precluye una vez

transcurrido el plazo para impugnar señalado en el punto 5.8.2. No podrá interponerse recurso de

reconsideración contra una decisión del Comité Especial como consecuencia de la evaluación de la

información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N° 1, en cualquier otra etapa posterior

a la presente.

5.8.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración

La solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante el Comité Especial, dentro de los tres (3) días

hábiles contados desde a la fecha de recepción de la notificación a través del SORSIT. Una vez recibida la

solicitud de reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de

los cinco (05) días contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración.

43

5.8.3 Apelación

La resolución del Comité Especial podrá ser apelada por el Postor dentro de los tres (03) días hábiles

contados desde la fecha de notificación de la resolución a través del SORSIT. La GTU resolverá la apelación

interpuesta dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha de recepción de la apelación. La decisión

que recaiga sobre la apelación es definitiva y no podrá ser objeto de impugnación.

5.8.4 Gastos

Cualquier gasto del Postor afectado que pudiera derivarse del proceso de reconsideración o de una eventual

apelación, será de cuenta exclusiva de aquél.

5.8.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación

5.8.5.1 Ninguna solicitud de reconsideración o apelación contemplada en el Numeral 5.8, será admitida a

menos que sea acompañada por una fianza bancaria que sea solidaria, irrevocable, incondicional, sin

beneficio de excusión, ni división y de realización automática, otorgada a favor de la GTU, con el plazo

mínimo de vigencia de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que se interponga el recurso. La

fianza bancaria, según sea el caso, deberá ser emitida por una Entidad financiera por un importe de Ciento

Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/. 130,000.00). La fianza bancaria deberá presentarse de acuerdo a los

términos del modelo incluido en el Anexo Nº 8.

5.8.5.2 En el caso que se declare infundado o improcedente el recurso o recursos interpuestos, GTU

ejecutará la garantía.

5.8.5.3 En caso se declare fundada la reconsideración y/o la apelación interpuesta por el Postor, el Comité

Especial deberá devolver a éste la garantía que le fuera entregada, dentro de un plazo de cinco (5) días de

notificado el acto correspondiente. El monto por el que se constituyó la garantía no generará intereses.

5.9 Requisitos de la propuesta técnica por cada paquete (Sobres N° 2)

El Postor elaborará una propuesta técnica de los servicios públicos de transporte de pasajeros en forma

conjunta para todas las rutas que conforman el paquete de rutas al que pretenda postular, de conformidad

con lo establecido en el punto 4 de las presentes Bases.

El Derecho de Participación permitirá al Postor postular desde uno (1) hasta la cantidad máxima de Paquetes

de Rutas incluidos en el presente proceso de licitación.

Los aspectos que deberá considerar cada propuesta técnica y que serán evaluados son:

5.9.1. Chatarreo de vehículos

A través de este criterio, se evaluará la capacidad del postor para contribuir con la mejora del parque

automotor actualmente en uso para el servicio de transporte público regular y, con ello, reducir el impacto

sobre el medio ambiente de la flota que presta servicio de transporte público. Esta contribución se basará en

44

compromisos de chatarreo futuros asumidos por el postor y que serán ejecutados empleando

exclusivamente recursos propios10.

Para la certificación del chatarreo de vehículos se seguirán los procedimientos establecidos en la Ordenanza

N° 1595.

El Postor deberá garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos para ser calificado por los

indicadores relacionados con este criterio, mediante Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento de

Chatarreo de vehículos, de acuerdo el Modelo 2 del Anexo N° 5 de estas Bases.

Para efectuar dicha evaluación será considerado el siguiente indicador:

5.9.1.1. Cantidad de vehículos a ser chatarrizados con fondos propios

Este indicador medirá la contribución del postor a la reducción de la flota actualmente en operación en el

sistema. Para ello considerará la cantidad de vehículos, que formen parte del padrón de vehículos de GTU o

de GGTU11, que el postor ofrezca chatarrear por encima de la cantidad mínima requerida –una cantidad

equivalente al 20% de la flota propuesta para el paquete de rutas-, de acuerdo con lo señalado en el

Contrato de Concesión. La cantidad de vehículos comprometida deberá ser chatarreada dentro de los tres

primeros años contados desde el inicio de pre-operación.

El ofrecimiento efectuado por cada postor en este punto será comparado con el de los demás postores que

compiten por el mismo paquete de rutas. El puntaje más alto será asignado al postor que ofrezca la mayor

cantidad de vehículos a ser chatarreados dentro de los dos primeros años contados desde la fecha de inicio

de operación. Los ofrecimientos iguales a este mínimo serán calificados con un puntaje igual a cero (0)12.

Cabe indicar que, de no efectuarse algún ofrecimiento en este punto, el postor –en caso de ser el

adjudicatario del paquete de rutas al que postula- asumirá la obligación establecida en el Contrato de

Concesión, esto es, se compromete a chatarrear la cantidad mínima requerida –el equivalente al 20% de la

flota propuesta para el paquete de rutas-. En ese caso, el puntaje obtenido para este indicador será de cero

(0) puntos.

5.9.2. Características de los vehículos que forman parte de la flota propuesta

El Postor deberá presentar la Flota Propuesta de vehículos que utilizará para operar las rutas que conforma

el paquete de rutas al que postule. Dicha flota deberá corresponder a la flota requerida o a la flota

10 Cabe indicar que no serán calificados propuestas que impliquen el uso de programas públicos de chatarreo (ya sea promovidos por el Gobierno

Central o por los Gobiernos Regionales, en sus diferentes instancias). Adicionalmente, debe indicarse que, en el caso que algún Concesionario

acreditara el cumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas en este punto con vehículos chatarreados a través de fondos públicos, el

Concedente ejecutará el íntegro de la Carta Fianza de de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones en

materia administrativa, civil o penal que correspondan. 11 Indistintamente si ellos corresponden a las unidades que forman parte de propuesta para el paquete de rutas adjudicado o no.

12 Cabe indicar que si no se hiciera ningún ofrecimiento en este punto, el postor en caso de ser adjudicado con el paquete de rutas al que postula, se

compromete a chatarrear el mínimo requerido, esto es, el 20% de la flota propuesta.

45

equivalente, de acuerdo con los parámetros establecidos en el punto 5.4.2 de las presentes Bases13. La Flota

Propuesta deberá proveer la oferta suficiente para cubrir la demanda estimada para cada uno de los

servicios que conformen el o los paquetes de rutas a los que postule el Postor.

En caso el postor presentara la flota equivalente, éste tendrá las siguientes obligaciones:

(i) Previa adquisición de propiedad, sustituir aquellos vehículos con una antigüedad mayor a cinco

(05) años y que no correspondan a requerimientos técnicos mínimos establecidos en el Anexo

[…….]. La referida sustitución podrá efectuarse progresivamente por un lapso máximo de cinco

(5) años contados desde la fecha de inicio de operación, como mínimo, a una tasa de 20% anual;

o de acuerdo a lo compromisos asumidos como parte de su propuesta técnica.

(ii) Acondicionar a los vehículos señalados en el literal anterior, como aquellos con una antigüedad

menor o igual a 5 años, de conformidad con las características técnicas y operacionales

establecidos en el Anexo […….] y […….], según corresponda, lo que se acreditará a través de

certificaciones a cargo de la MML.

En este sentido, este aspecto trata de incentivar que el Postor ofrezca la mejor composición de flota de

vehículos en cuanto a antigüedad y longitud a través de parámetros que serán calificados.

En caso no se configure la transferencia de propiedad –por causa documental justificada-, el titular de la

autorización deberá mantener las condiciones de remplazo de vehículos comprometida, para lo cual deberá

remplazar dicho vehículo por otra unidad del mismo tipo o, en su defecto, deberá presentar el certificado de

chatarreo de un vehículo del padrón de la GTU o de la GGTU, previa aprobación del Concedente.

Los vehículos obtenidos a través de arrendamiento financiero (leasing financiero) o arrendamiento operativo

(leasing operativo), serán aceptados como parte de la flota acreditada del Postor, en la medida que se

acredite debidamente el contrato correspondiente.

En ningún caso la Flota Propuesta podrá incluir vehículos cuya antigüedad supere los límites máximos

establecidos en la Ordenanza N° 1595.

Para efectuar dicha evaluación serán considerados los siguientes indicadores:

5.9.2.1. Vehículos de la flota propuesta (en el Sobre Nº 2) que correspondan a la longitud del tipo de

vehículo requerido

Este indicador será empleado para evaluar la idoneidad de la flota propuesta respecto de la flota requerida

considerando como variable de evaluación la longitud de los vehículos propuestos. En ese sentido, este

indicador servirá para dar preferencia a aquellas propuestas que incluyan la mayor cantidad de vehículos

que correspondan a la longitud requerida para las rutas que conforman el paquete al que se postula.

A través de este indicador se calculará el porcentaje de vehículos de la flota propuesta para el Paquete de

Rutas que cuentan con la longitud similar o superior al vehículo requerido considerando el rango de la

13 Cabe indicar que para algunas de las rutas incluidas en el presente proceso de licitación no se permitirá la incorporación de camionetas rurales

como parte de la flota presentada. La lista de dichas rutas puede ser visualizada en el Anexo Nº 1-E.

46

longitud permitido establecido en la Ordenanza N° 1599 y sus modificatorias14. El resultado deberá ser

comparado con los rangos establecidos en el punto 7.1 de las presentes Bases para identificar el puntaje

asignado.

Para determinar qué vehículos corresponden o no a la longitud requerida, se considerará la información

incluida en las bases de datos de GTU o GGTU15, para el caso de aquellos vehículos que formen parte de sus

respetivos padrones de vehículos, o los datos que consten en los respectivos certificados de gravamen, en el

caso de vehículos que no se encuentren registrados en las referidas bases de datos.

El porcentaje de vehículos que corresponden a la longitud requerida será calculado automáticamente por el

SORSIT sobre la base de la información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta.

Estos datos serán incorporados como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser

presentada por el postor a través de referido programa.

5.9.2.2. Antigüedad promedio de la flota propuesta (presentada en el Sobre N° 02)

Este indicador considerará la antigüedad promedio de la flota propuesta para el paquete de rutas al que postula con la finalidad de determinar si ésta –la flota propuesta- se aproxima a la flota requerida para la operación de dicho paquete de rutas. En ese sentido, este indicador –del mismo modo que el anterior- tiene como objetivo calificar, por encima de otras propuestas, aquellas que ofrezcan iniciar la pre-operación de los servicios con la mejor flota disponible, en este caso, con la flota más moderna disponible actualmente en el sistema.

Para calcular la antigüedad promedio se considerará el promedio simple de la antigüedad de todos los vehículos que componen la flota propuesta para el Paquete de Rutas al que postula. Para efectos de estos cálculos, la antigüedad de cada vehículo será medida en años contando el primer año a partir del 01 de Enero del siguiente año de fabricación del vehículo, según los datos disponibles en las bases de datos de GTU o GGTU16 o según lo que conste en los respectivos certificados de gravamen, en el caso de vehículos que no se encuentren registrados en las referidas bases de datos. La antigüedad promedio de la flota propuesta será calculada automáticamente por el SORSIT sobre la base

de la información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán

incorporados como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a

través de referido programa.

5.9.3. Pertenencia al actual sistema de rutas

En base a los Lineamientos de Política Municipal en materia de Transporte Público establecidos en la

Ordenanza N° 954-MML17, que priorizan la incorporación de los actuales operadores, el presente proceso de

licitación considerará como criterio de evaluación la pertenecía de los postores al actual sistema de rutas

14 De acuerdo con ello, la longitud mínima para que el vehículo se considere como de “longitud similar” a la del vehículo requerido es de 8.10 metros,

en el caso que el vehículo requerido sea un bus de 9 metros, y 10.80 metros, en el caso que el vehículo requerido sea un bus de 12 metros.

15 En este último caso, se tomará en cuenta esta información que la GGTU brinde para efectuar la presente licitación. En caso contrario, se

considerará la información disponible de estos vehículos registrada en los respectivos certificados de gravamen por vehículo. 16 Idem. 17 Artículo N° 2.

47

como operadores de servicios de transporte, entendiendo por “operadores” a los agentes que prestan

directamente el servicio de transporte, esto es, a los responsables directos de la gestión de los vehículos

empleados para prestar este servicio.

En esa línea, los indicadores considerados en la presente sección buscan promover la agrupación e

integración de los actuales operadores en unidades de gestión titulares de la propiedad de los vehículos y/o

responsables de la operación de dichas unidades bajo parámetros técnicos de gestión y asumiendo las

obligaciones previstas en el Contrato de Concesión, entre ellas, el correspondiente proceso de renovación de

vehículos.

La participación de dichos agentes –los operadores- en el proceso de licitación estará directamente

relacionada a su compromiso de poner a disposición del postor los vehículos presentados en la flota

propuesta y, en caso se recibiera la adjudicación del paquete al que postula, al compromiso de emplear

dichos vehículos para la prestación del servicio y, por ende, asumir la propiedad de los mismos, de acuerdo

con lo establecido en las presentes Bases y Contrato de Concesión.

Para este análisis, serán considerados los siguientes indicadores:

5.9.3.1. Nivel de superposición promedio de los vehículos de la flota propuesta (presentados en el Sobre

Nº 02) con el paquete de rutas

A través de este indicador se medirá el porcentaje promedio de superposición de recorridos de los vehículos

incluidos en la Flota Propuesta, en la ruta autorizada por la GTU o GGTU al 29 de Febrero del 2012, con

respecto a la longitud total de las rutas del paquete de rutas al que postule. Aquellos vehículos que no

formen parte del padrón de vehículos de la GTU o la GGTU y que el Postor incluya en su propuesta18 serán

considerados para estos efectos con cero por ciento (0%) de superposición.

Para los efectos de estos cálculos, la longitud de superposición de recorridos de las rutas autorizadas por la

GTU o la GGTU que deberá considerar el Postor, será la que se indica en las Matrices de Superposición de

Rutas en Corredores de Integración y Rutas de Aproximación contenidas en el Anexo Nº 9.

El nivel de superposición promedio será calculado automáticamente por el SORSIT sobre la base de la

información de los vehículos incorporados como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán incorporados

como parte de la información correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a través de

referido programa.

5.9.3.2. Vehículos presentados en el Sobre N° 2 que correspondan a vehículos registrados en el Padrón de

GTU o GGTU

Este indicador será empleado para evaluar la cantidad de vehículos presentados como parte de la flota

propuesta que correspondan a unidades registradas en el padrón de vehículos autorizados para prestar

servicio de transporte regular de GTU o de GGTU.

18 Debe entenderse que estos vehículos tendrán que corresponder con las características indicadas en los artículos 25.2° y 26° de la Ordenanza 1599.

48

El porcentaje de vehículos que correspondan a las unidades registradas en los padrones de GTU o de GGTU

será calculado automáticamente por el SORSIT sobre la base de la información de los vehículos incorporados

como parte de la Flota Propuesta. Estos datos serán incorporados como parte de la información

correspondiente al Sobre Nº 02 a ser presentada por el postor a través de referido programa.

5.9.4. Acceso a personas con movilidad restringida

Este criterio considera que, como parte del proceso de renovación de la flota que asume el postor

adjudicatario, éste –el postor- podrá ofrecer la incorporación de vehículos con acceso a personas con

movilidad restringida, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo X-6 del Contrato

de Concesión, en una cantidad superior al mínimo requerido -5% de los vehículos de la flota requerida-.

Para evaluar este criterio, se considerará el indicador “vehículos para personas con movilidad restringida”

para el cual se computará la cantidad de vehículos ofrecidos como parte de cada propuesta (Sobre N° 02)

que cumplirán con las especificaciones técnicas requeridas para este tipo de vehículos.

Cabe indicar que, independientemente de los ofrecimientos que el postor pueda hacer para ser calificado

por este indicador, éste deberá cumplir, como mínimo, con la incorporación del 5% de los vehículos de la

flota requerida como parte del proceso de renovación de la flota asignada para el paquete de rutas

adjudicado. El cumplimiento de esta obligación no genera calificación alguna por este indicador.

5.9.5. Propiedad del espacio para patios y/o zonas de estacionamiento

Este criterio considerará la propiedad, a la fecha de presentación de su postulación (Sobre N° 01), del

espacio para patios y/o zonas de estacionamiento por parte del postor, y para ello se empleará el indicador

“Área disponible para la flota presentada en el Sobre Nº 2”.

Así, se calificarán las propuestas que demuestren contar con la propiedad del íntegro o parte del espacio

requerido para patios y/o zonas de estacionamiento, de acuerdo con los requerimientos de área (en m2)

para la flota requerida para el paquete de rutas al que se postule19. En el caso de que el postor sea un

consorcio, la propiedad del inmueble empleado para acreditar el ofrecimiento por este indicador podrá ser

acreditada por alguno de sus miembros. Los requerimientos de espacio por vehículo se encuentran indicados

en el punto 5.9.6 de las presentes Bases.

Los postores que acrediten contar con la propiedad de la totalidad o parte del espacio requerido para patios

y/o zonas de estacionamiento, tendrán la obligación de habilitar dichos espacios, de acuerdo con las

especificaciones técnicas señaladas en el Anexo X-8 de las presentes Bases, para la fecha de cumplimiento de

condiciones de para el inicio de pre-operación. El espacio restante para completar el total del área para la

flota requerida será habilitado, como máximo, para la fecha de cumplimiento de las condiciones de

efectividad para el inicio de la operación.

19 No será considerado a efectos de la puntuación por este indicador la disponibilidad de espacio para patios y zonas de estacionamiento resultado de

alquileres, cesión en uso u otro que no sea la propiedad del inmueble acreditada a través de la respectiva escritura pública.

49

Es necesario indicar que los documentos para acreditar la disponibilidad de estos espacios deberán ser

presentados como parte de la documentación del Sobre N° 01, no obstante, esta información será registrada

en el SORSIT como parte de los datos registrados para la remisión del Sobre N° 02.

Cabe señalar también que el postor tiene libertad de presentar alguna propuesta por este punto, sin

embargo, aun en el caso que no efectuase ningún ofrecimiento al respecto, el postor adjudicatario tiene la

obligación de cumplir con la ejecución de lo dispuesto en el Contrato de Concesión.

5.9.6 Organización propuesta

Los siguientes aspectos no son considerados para los efectos de calificación de las propuestas; sin embargo,

el Postor deberá prever que, en caso de resultar ganador de la presente licitación y para la Fecha Inicio de

Pre-Operación, se requerirá que haya implementado la organización funcional, los sistemas e instalaciones

mínimas que se describen a continuación:

5.9.6.1 Unidades de gestión Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar, como mínimo, con las siguientes unidades organizativas con funciones y responsabilidades definidas en manuales editados específicamente por el Concesionario: i) gerencia de operaciones, y ii) gerencia o unidad de mantenimiento; por lo que de ser favorecido con la Buena Pro se compromete a implementar las unidades gerenciales mencionadas.

5.9.6.2 Sistemas de gestión y ayuda a la operación Para la fecha de Inicio de pre-operación el Concesionario deberá contar al menos, con sistemas administrativos computarizados para: i) Gestión del mantenimiento de los vehículos. ii) Gestión de cuentas de proveedores, contabilidad de ingresos y gastos, iii) Administración de personal. 5.9.6.3 Capacitación Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar al menos, con un plan de capacitación y/o entrenamiento del personal operativo, administrativo y gerencial de la empresa para ejecutarlo durante los dos primeros años de la Concesión, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Operaciones.

5.9.6.4 Instalaciones (Patios)

Al momento del inicio de la Fase de Pre-Operación, el Concesionario deberá contar con no menos del 50% de las áreas de estacionamiento, maniobra y circulación que garanticen las condiciones mínimas según lo señalado en la definición de Patios, para la operación de la flota de vehículos que se asignaría a las rutas y/o servicios de las rutas de Corredores de Integración y Rutas de Aproximación, de acuerdo a la siguiente tabla:

Requerimiento Mínimo para Estacionamiento y Maniobras

Bus Patrón Área

Tipo 1 (9 metros) 56 m2/bus

Bus 2 (12 metros) 79 m2/bus

50

Para el inicio de la Fase de Operación los Patios deberán estar implementados al 100%, de acuerdo con lo indicado en el Anexo […….]. 5.10 Presentación del Sobre N° 2

5.10.1 Los Postores calificados después de la evaluación del Sobre N° 1 podrán presentar el Sobre N° 2,

sobre la base de la flota acreditada.

5.10.2 Los documentos contenidos en el Sobre N° 2 deberán presentarse ante el Comité Especial en la fecha

indicada en el Cronograma de la Licitación o en la fecha y lugar que se indique mediante Circular en un acto

público.

5.10.3 El Presidente del Comité Especial recibirá los Sobres Nº 2. Una vez que los Postores calificados hagan

entrega de sus Sobres Nº 2, el Presidente del Comité procederá a abrirlos en el mismo orden que fueron

entregados ante el Notario Público quien dará fé del acto.

Seguidamente, el Notario Público rubricará la primera, última y algunas páginas intermedias de los

documentos contenidos en el Sobre N° 2 y entregará los mismos al Comité Especial.

5.10.4 El Comité Especial rechazará en el acto las propuestas que contengan documentos con

enmendaduras, borraduras y correcciones, así como aquellas que no contengan todos los documentos

requeridos en el Sobre N° 2.

5.10.5 No es subsanable el incumplimiento de presentación de la Carta fianza de garantía de validez,

vigencia y cumplimiento de la propuesta.

5.11 Contenido del Sobre N° 2

El Postor Precalificado deberá cumplir con presentar los siguientes documentos en el Sobre N° 2:

5.11.1 Un ejemplar del Contrato de Concesión firmado por el Representante Legal del Postor calificado del

Sobre N° 1. El Postor deberá tener especial cuidado de que los valores y demás datos que sea necesario

incorporar en los Contratos no deben ser incluidos en el texto del mismo. Estos serán incluidos entre la fecha

de adjudicación y la Fecha de Cierre en función a su respectiva Propuesta. El Contrato de Concesión

constituirá jurídicamente una oferta que de ser aceptada por el Comité Especial se entenderá celebrado sin

necesidad de efectuar o suscribir acto o documento adicional alguno para dicho efecto de ninguna de las

partes.

5.11.2 Carta Fianza de garantía de validez, vigencia y cumplimiento de la propuesta, según el Anexo N° 6.

5.11.3 Impresión del formato generado por el SORSIT con la información de la propuesta para el paquete al

que se postula.

51

5.12 Procedimiento de Reconsideración y Apelación de los resultados del Sobre Nº 02

5.12.1 Solicitud de Reconsideración

El Postor descalificado, o disconforme con las decisiones adoptadas por el Comité Especial, como

consecuencia de la evaluación de la información y documentación entregada hasta la recepción del Sobre N°

2, podrá presentar ante el Comité Especial una solicitud de reconsideración de la evaluación de los

resultados de la evaluación, cumpliendo los requisitos de procedibilidad exigidos por la Ley de

Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 para dicho recurso. Esta etapa precluye una vez

transcurrido el plazo establecido en el punto 5.12.2. No podrá interponerse recurso de reconsideración

contra una decisión del Comité Especial como consecuencia de la evaluación de la información y

documentación entregada hasta la recepción del Sobre N° 2, en cualquier otra etapa posterior a la presente.

5.12.2 Plazo para presentar la solicitud de reconsideración

La solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante el Comité Especial, dentro de los tres (3) días

hábiles contados desde a la fecha de recepción de la notificación a través del SORSIT. Una vez recibida la

solicitud de reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de

los cinco (05) días contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración.

5.12.3 Apelación

La resolución del Comité Especial podrá ser apelada por el Postor dentro de los tres (03) días hábiles

contados desde la fecha de notificación de la resolución a través del SORSIT. La GTU resolverá la apelación

interpuesta dentro de los cinco (5) días contados desde la fecha de recepción de la apelación. La decisión

que recaiga sobre la apelación es definitiva y no podrá ser objeto de impugnación.

5.12.4 Gastos

Cualquier gasto del Postor afectado que pudiera derivarse del proceso de reconsideración o de una eventual

apelación, será de cuenta exclusiva de aquél.

5.12.5 Garantía de la Reconsideración y Apelación

5.12.5.1 Ninguna solicitud de reconsideración o apelación contemplada en el Numeral 5.12, será admitida a

menos que sea acompañada por una fianza bancaria que sea solidaria, irrevocable, incondicional, sin

beneficio de excusión, ni división y de realización automática, otorgada a favor de la GTU, con el plazo

mínimo de vigencia de treinta (30) días contados a partir de la fecha en que se interponga el recurso. La

fianza bancaria, según sea el caso, deberá ser emitida por una Entidad financiera por un importe de Ciento

Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/. 130,000.00). La fianza bancaria deberá presentarse de acuerdo a los

términos del modelo incluido en el Anexo Nº 8.

5.12.5.2 En el caso que se declare infundado o improcedente el recurso o recursos interpuestos, GTU

ejecutará la garantía.

52

5.12.5.3 En caso se declare fundada la reconsideración y/o la apelación interpuesta por el Postor, el Comité

Especial deberá devolver a éste la garantía que le fuera entregada, dentro de un plazo de cinco (5) días de

notificado el acto correspondiente. El monto por el que se constituyó la garantía no generará intereses.

5.13 Presentación del Sobre Nº 3 (Propuesta Económica)

A los efectos de esta Licitación, la presentación de la Propuesta constituye una Propuesta irrevocable e

implica el sometimiento del Postor a todos los términos y condiciones sin excepción de los Contratos así

como de su propia propuesta económica durante la vigencia de la Concesión. Esta propuesta –incluida en el

Sobre Nº 03- deberá ser presentada de acuerdo al Formulario Nº 2 del Anexo 4 de las presentes Bases,

documento que deberá contener la firma legalizada del representante del postor.

No proponer los valores de las tarifas o costos por kilómetro requeridos, no identificarlos por cada una de las

rutas que componen el paquete, o proponer valores para estas variables fuera del rango de valores indicado

en el Anexo X-7, involucra un vicio que acarrea la descalificación del Postor. Del mismo modo, la propuesta

económica que no contenga la firma del representante del postor o que no haya sido debidamente

legalizada implicará también la descalificación del postor.

5.13.1 Este sobre deberá estar cerrado y ser entregado como parte de la documentación correspondiente

al Sobre Nº 1.

5.13.2 El Sobre N° 3 del Postor se abrirá únicamente si el Comité Especial declara que el Postor ha cumplido

con el mínimo puntaje establecido de acuerdo al punto 8, para el cumplimiento de los requisitos

establecidos en estas bases, y como consecuencia de ello será considerado Postor Calificado.

5.13.3 Todas las Propuestas deberán permanecer vigentes, a los efectos de su posible aceptación por el

Comité Especial hasta la Fecha de Cierre.

5.13.4 El Postor deberá presentar una (1) propuesta en sobre independiente por cada paquete de rutas al

que postule. Dicha propuesta estará compuesta por los ofrecimientos efectuados por cada una de las rutas

que componen el paquete en cuanto a tarifa al pasajero, costo por kilómetro y tarifa por pasajero

transbordado (conceptos a ser definidos en la siguiente sección). En el caso de los servicios que compongan

un paquete de rutas, los valores correspondientes a tarifa por pasajero, costo por kilómetro y tarifa por

pasajero transbordado deberán ser los mismos que los ofrecidos para la ruta a la que se encuentran

vinculada.

5.14 Contenido del Sobre Nº 3

El Sobre N° 3 corresponde a la propuesta económica que realiza el Postor para la prestación de los servicios

públicos de transporte de personas por cada una de las rutas del Paquete de Rutas al cual esté postulando y

deberá contener:

53

5.14.1 Tarifa por pasajero

Corresponde a la tarifa por pasajero transportado categoría Adulto que propone el Postor por cada una de

las rutas que compone el paquete de rutas, en base a sus propios cálculos para prestar el servicio público de

transporte durante las etapas de Pre Operación y Operación.

5.14.2 Costo por kilómetro

Corresponde al costo por Kilómetro en servicio comercial -por cada una de las rutas que compone el

paquete de rutas- que propone el Postor en base a sus propios cálculos para prestar el servicio público de

transporte durante las etapas de Pre-operación y Operación.

5.14.3 Tarifa por pasajero transbordado

Corresponderá a la tarifa especial por pasajero aplicada en el caso que el usuario integre su viaje con

cualquiera de los servicios que formen parte del SIT20. Dicha tarifa será propuesta por el Postor sobre la base

de sus propios cálculos para cada una de las rutas que componen el paquete al que postula y será aplicada

durante las etapas de Pre-operación y Operación.

5.15 Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta

5.15.1 El Postor calificado después de la evaluación del Sobre N° 1 deberá garantizar la seriedad de la

Propuesta que realice durante la Licitación.

5.15.2 Para tal efecto, el Postor calificado deberá incluir en el Sobre Nº 2, el original de una Carta Fianza de

Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta, solidaria, irrevocable, incondicional, sin

beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor de GTU. El monto de la fianza que el

Postor Precalificado debe presentar por cada Paquete de Servicios al que postula, será de Trescientos

Noventa Mil y 00/100 Nuevo Soles (S/. 390.000.00).

La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta deberá estar emitida de acuerdo a los

términos del modelo incluido en el Anexo Nº 6 por una Entidad financiera o por un Banco del Exterior y

confirmada por una Entidad financiera.

El plazo de vigencia de la garantía debe correr desde la fecha de presentación del Sobre Nº 2 hasta la Fecha

de Cierre. La referida garantía será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en este

inciso.

5.15.3 Si luego de otorgada y consentida la Buena Pro el Adjudicatario no cumple con todas y cada una de

las obligaciones que le corresponden en la Fecha de Cierre, en la fecha de cumplimiento de condiciones de

Pre-operación, o en la fecha de cumplimiento de las condiciones de efectividad para dar inicio a la Operación

según se estipula en las cláusulas correspondientes en el Contrato de Concesión, la Garantía de Validez,

Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada podrá ser ejecutada por GTU.

20 Esto incluye pasajeros transbordados que procedan de cualquiera de las rutas o servicios del SIT: Corredores Complementarios, Corredores de

Integración y Rutas de Aproximación.

54

La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada por un Postor Precalificado que

no resulte Adjudicatario le será devuelta luego de vencida la vigencia de las Propuestas, sin que se generen

intereses a su favor.

6. APERTURA DE PROPUESTAS

6.1 Apertura del Sobre Nº 2

El Sobre N° 2 tiene por objeto la presentación de la documentación que respalda la información registrada al

SORSIT vinculada a la propuesta técnica de cada una de las rutas del paquete o paquetes al cual postula el

administrado.

6.1.1 La apertura del Sobre Nº 2 se realizará en acto público que se llevará a cabo en la fecha señalada en el

Numeral 1.7 y en lugar y hora oportunamente comunicados por el Comité Especial o en su caso de acuerdo

a lo establecido en el Numeral 5.10. Será presidido por el Presidente del Comité Especial y contará con la

presencia de un representante del Oficina de Control Interno, un Notario Público y del Representante Legal

y/o un Agente Autorizado de los Postores que deseen hacerlo.

6.1.2 El Comité Especial, abrirá los Sobres Nº 2 de los Postores calificados en la etapa previa, cuyo contenido

será visado por el Notario Público.

6.1.3 Si alguna de las ofertas contenidas en el Sobre Nº 2 de los Postores calificados no cumpliese con los

requisitos establecidos por estas Bases, será descalificado.

6.1.4 De acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, El Presidente del Comité Especial, asistido por el

Notario Público, anunciará aquellas Propuestas válidas presentadas, identificando al titular de la respectiva

Propuesta.

7. CALIFICACION DE PROPUESTAS TECNICAS (Sobre N° 2)

7.1 Para efectos de la calificación de las propuestas técnicas de cada Postor, se considerará la siguiente tabla

de calificación:

55

(1) Este indicador será evaluado respecto de las propuestas de los demás postores compitiendo por el mismo paquete. El

postor que ofrezca más vehículos obtendrá el mayor puntaje, los demás obtendrán un puntaje proporcional en función de

lo ofrecido por el primero.

Rango Puntaje

1Cantidad de vehículos a ser chatarrizados

con fondos propios

Máximo puntaje a quien ofrezca chatarrear la mayor cantidad

de vehículos -por encima del 20% de la flota asignada- durante

los tres primeros años contados desde la fecha de inicio de pre-

operación . (1)

20

Mayor o igual al 20% de la flota propuesta en el Sobre N° 2 15

Mayor o igual al 15% y menor al 20% de la flota propuesta en el

Sobre N° 210

Mayor o igual al 10% y menor al 15% de la flota propuesta en el

Sobre N° 26

Mayor o igual al 5% y menor al 10% de la flota propuesta en el

Sobre N° 22

Menor al 5% de la flota propuesta en el Sobre N° 2 0

Menor a 10 años 15

Mayor o igual a 10 años y menor a 15 años 10

Mayor o igual a 15 años y menor a 20 años 6Mayor o igual a 20 años 1.5

Mayor o igual al 30% 10

Mayor o igual al 15% y menor al 30% 8

Mayor o igual al 10% y menor al 15% 6

Mayor o igual al 5% y menor al 10% 4Menor al 5% 2

Mayor o igual al 50% de la flota presentada en el Sobre N° 2 10

Mayor o igual al 20% y menor al 50% de la flota presentada en

el Sobre N° 26

Menor al 20% de la flota presentada en el Sobre N° 2 0

6Vehículos para personas con movilidad

restringida (2)

Máximo puntaje para el postor que ofrezca introducir -en

remplazo de los vehículos presentados en el Sobre Nº 2- la

mayor cantidad de vehículos para personas con movilidad

restringida. (1) (3) (4)

15

7Área disponible para la flota presentada en

el Sobre Nº 2

Máximo puntaje a quien demuestre que, a la fecha de la

presentación del Sobre Nº 1, cuenta con la propiedad de un

espacio para el estacionamiento del 100% de la flota

requerida.

Ofrecimientos que impliquen disponer de un espacio menor

al requerido para el 100% de la flota requerida serán

puntuados en forma proporcional sobre la base del area

ofrecida en su propuesta. (5)

15

Indicador

2

Vehículos de la flota propuesta (en el

Sobre Nº 2) que correspondan a la longitud

del tipo de vehículo requerido

3Antigüedad promedio de la flota propuesta

(presentada en el Sobre N° 02)

4

Nivel de superposición promedio de los

vehículos de la flota propuesta

(presentados en el Sobre Nº 02)

5

Vehículos presentados en el Sobre N° 2

que correspondan a vehículos registrados

en la base de datos de GTU o GGTU

56

(2) Cualquier ofrecimiento que implique una cantidad de vehículos para personas con movilidad restringida inferior al 5% de la

flota requerida para el paquete de rutas concursado será calificada con cero (0) puntos.

(3) El remplazo ofrecido en este punto se ejecutará durante los 5 primeros años de operación, como parte del proceso de

renovación asumido como obligación establecidas en las presentes Bases y el Contrato de Concesión.

(4) Los vehículos para el acceso a personas con movilidad restringida deben corresponder a las especificaciones técnicas para

este tipo de unidades definidas en el contrato.

(5) El espacio requerido para el 100% de los vehículos presentados en el Sobre Nº 2 se determinará sobre la base de lo

señalado en el punto 5.9.6.4 de las presentes Bases.

7.2 Calificaciones de propuestas técnicas menores a cuarenta y uno (41) puntos serán consideradas no

aceptables procediéndose a devolver el Sobre N° 03 cerrado, a sus Postores.

8. CALIFICACION DE PROPUESTAS ECONOMICAS (Sobre N° 3)

Solo se abrirán los Sobres N° 3 de aquellos Postores que hayan obtenido más de cuarenta y uno (41) puntos

en la calificación de sus propuestas técnicas.

La apertura del Sobre N° 3 se realizará en acto público que se llevará a cabo en la fecha, lugar y hora

oportunamente comunicados por el Comité Especial, y contará con la presencia de un representante del

Oficina de Control Interno de la MML, de Notario Público y de los Postores que deseen hacerlo.

8.1 El Comité Especial, abrirá los Sobres N° 03 de los Postores Calificados con igual ó más de 41 puntos en la

propuesta técnica, uno por uno y dará lectura a su contenido.

8.2 Si alguna de las ofertas contenidas en el Sobre N° 3 de los Postores Calificados no cumpliese con los

requisitos establecidos por estas Bases, será descalificada.

8.3 Los postores prepararán sus ofertas económicas tomando como referencia las franjas de costos por

kilómetro y tarifas base máximas y mínimas incluidas en el Anexo X-7 de las Bases. Las tablas con los valores

máximos y mínimos de costos-km y tarifas (por pasajero y por pasajero transbordado) que se encuentran en

el Anexo X-7 de las Bases, indican los valores referenciales para los servicios agrupados por paquetes y por

rutas. El Postor estimará sus propios costos por kilómetro y tarifas individualmente para cada ruta que

comprenda el paquete. Propuestas fuera de estos márgenes (superior o inferior) serán descalificadas.

8.4 El Presidente del Comité Especial, asistido por el Notario Público, anunciará aquellas Propuestas

calificadas presentadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, identificando al titular de la

respectiva Propuesta.

Para efectos de la calificación de la propuesta económica de cada Postor se asignará un puntaje por cada

aspecto a evaluar (Costo por kilómetro, Tarifa por pasajero y Tarifa por Pasajero Transbordado), la cual será

comparada con las demás propuestas efectuadas para un mismo paquete de rutas, de acuerdo con las

siguientes fórmulas:

57

- Puntaje Económico por ruta de un paquete:

Para estimar el Puntaje Económico para una de las rutas de un paquete debe considerarse la siguiente

fórmula:

A su vez, estos valores se obtienen considerando la siguiente fórmula:

- Puntaje Económico Total (por el paquete):

El puntaje económico para el paquete concursado se estimará sobre la base de los puntajes económicos

individuales ponderados de cada una de las rutas que conforman un paquete al cual se postula

(representada por “i”), considerando la longitud de cada ruta (en Km) respecto de la suma de los kilómetros

de todas las rutas del paquete, de acuerdo con la siguiente fórmula:

58

9. ADJUDICACIÓN

9.1 Proceso de Adjudicación

Una vez establecido los puntajes de las propuestas técnicas y económicas de cada Paquete de rutas, el

Comité Especial procederá a estimar el puntaje total de las propuestas de cada paquete de acuerdo a lo

siguiente fórmula:

Seguidamente se procederá a ordenar de mayor a menor las propuestas calificadas para cada uno de los

Paquetes de Rutas. Luego de ordenadas las Propuestas calificadas, el Comité Especial adjudicará los

Paquetes de Rutas a los Postores que hubieren obtenido el mayor puntaje en cada caso.

En caso queden paquetes de rutas sin adjudicar, el Comité Especial pondrá en conocimiento esta situación a

todos los postores que cuenten con parte o la totalidad de la flota acreditada sin ser asignada a alguno de los

paquetes de rutas en concurso. A dichos postores se les otorgará un plazo de quince (15) días calendario –

desde la fecha de notificación- para registrar su nueva propuesta en el SORSIT21 y presentar la

documentación requerida en el Sobre N° 02.

No estarán incluidos en este grupo de postores quienes en el proceso original hubiesen presentado el Sobre

N° 02 para el paquete de rutas en cuestión y hayan sido descalificados en dicho proceso.

Únicamente podrán participar en esta etapa aquellos postores que cumplan con las siguientes condiciones:

a) haber presentado el Sobre N° 03 para el paquete no adjudicado como parte de la documentación

entregada en el Sobre N° 01

b) haber obtenido un puntaje técnico superior a 50 puntos en cada uno de los paquetes en los que

haya postulado;

c) contar, como mínimo, con la flota requerida o equivalente para el paquete en cuestión.

En caso que se presentara más de una propuesta para el paquete de rutas sin adjudicar, el Comité Especial

empleará los mismos mecanismos establecidos en las presentes Bases para determinar la adjudicación de

paquetes.

21 Esto es, los vehículos que propone para la operación de este paquete de rutas así como los ofrecimientos técnicos respectivos.

59

En el caso que únicamente fuera presentada una propuesta para el referido paquete, se adjudicará el

paquete directamente a dicho postor. Los postores que se adjudiquen de este modo un paquete de rutas

deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

i) Chatarreo de vehículos: una cantidad equivalente al 30% de la flota propuesta para el paquete a

ser chatarreados durante los dos primeros años contados desde la fecha de inicio de operación.

ii) Vehículos con acceso para personas con movilidad restringida: una cantidad equivalente al 10%

de la flota requerida (introducidos como parte del proceso de renovación de vehículos que

asume)

Las demás obligaciones se ejecutarán tal cual fueran establecidas en las presentes Bases y el respectivo

Contrato de Concesión.

Concluida la Adjudicación, el Notario Público procederá a elaborar el acta respectiva, la cual será suscrita por

los miembros del Comité Especial y el Notario Público. Este acto será debidamente notificado a los Postores

Calificados.

9.2 Empate de Propuestas

9.2.1 De producirse un empate en los puntajes obtenidos entre dos o más Postores Calificados para un

mismo Paquete, la ruta será otorgada al postor que cuente con la mayor cantidad de vehículos ofrecidos

para chatarreo. Si aún persistiera el empate, la Buena Pro será otorgada al postor que demuestre contar -en

el flota propuesta- con la mayor cantidad de vehículos que correspondan a la longitud del tipo de vehículo

requerido para el paquete al que postula.

9.2.2 De persistir el empate, se otorgará la buena pro a aquel postor que demuestre contar la flota

propuesta con la mayor menor antigüedad promedio medida según lo ofrecido en el punto 5.9.2.2 de las

presentes Bases.

9.3 Impugnaciones

Los Postores Calificados que hayan presentado sus Propuestas podrán interponer medios impugnatorios en

los plazos señalados previstos en estas Bases.

9.3.1 Reconsideración

Los postores que hayan calificado para la presentación del Sobre N° 03 podrán presentar ante el Comité

Especial una solicitud de reconsideración contra la resolución de Adjudicación del Comité Especial dentro de

los tres (3) días de la fecha de notificación de la referida resolución. Una vez recibida la solicitud de

reconsideración, el Comité Especial considerará los méritos de la misma y resolverá dentro de un plazo

máximo de cinco (5) días. Contra la decisión del Comité Especial que desestima la reconsideración procede

apelación.

60

9.3.2. Apelación

9.3.2.1 Los postores que hayan calificado para la presentación del Sobre N° 03 interponer recurso de

apelación contra la resolución de Adjudicación del Comité Especial el mismo que deberá elevar

inmediatamente a la GTU dicha impugnación. El recurso de apelación deberá ser presentado por escrito, y

firmado por el Representante Legal y autorizado por abogado colegiado, dentro del plazo máximo de tres (3)

días a partir de la fecha de notificación de lo resuelto en primera instancia por el Comité Especial. La GTU

resolverá este recurso administrativo dentro del plazo máximo de cinco (5) días contados a partir del día de

interposición del recurso de apelación, notificando por escrito su resolución al domicilio señalado por el

Postor Calificado respectivo para efectos de la Licitación.

9.3.2.2 Contra lo resuelto por la GTU no procede solicitud ni impugnación alguna, finalizando la instancia

administrativa, salvo para el caso de aclaraciones.

9.3.3 Garantía de Impugnación

9.3.3.1 La Impugnación no será considerada válidamente interpuesta y carecerá de todo efecto a menos que

el Postor Calificado respectivo entregue al Comité Especial, conjuntamente con el mencionado recurso, una

fianza bancaria solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización

automática, a favor de GTU por un monto de Ciento Treinta Mil y 00/100 Nuevo Sol (S/.130.000.00). La

fianza bancaria deberá ser emitida por una Entidad financiera en los términos del Anexo N° 7.

9.3.3.2 La garantía de impugnación será ejecutada por la MML, en los siguientes casos:

(i) Cuando se declare infundado o improcedente el recurso de reconsideración presentado por el Postor

Calificado (en ausencia de apelación) y lo resuelto quede consentido.

(ii) Cuando se declare infundado o improcedente el recurso de apelación presentado por el Postor Calificado.

En caso el recurso de reconsideración o de apelación interpuesto se declare fundado, se devolverá la

garantía de apelación al Postor Calificado respectivo no generando intereses a su favor.

9.3.3.3 La vigencia de la garantía de impugnación, a que se refiere este inciso será de cuando menos sesenta

(60) días calendario contados a partir de la fecha de de interposición del medio impugnatorio.

9.4 Licitación desierta

9.4.1. El Comité Especial declarará desierta la Licitación de un paquete de rutas al no existir ningún postor

calificado en alguna de las etapas del proceso de licitación pública.

En dicho caso, el Comité Especial pondrá en conocimiento esta situación a todos los postores que cuenten

con parte o la totalidad de la flota acreditada sin ser asignada a alguno de los paquetes de rutas en concurso

y se seguirá el procedimiento establecido en el punto 9.1 de las presentes Bases.

61

9.5 Suspensión o Cancelación

El Comité Especial podrá suspender o cancelar la Licitación en cualquiera de sus etapas con expresión de

causa debidamente fundamentada y no necesariamente basada en argumentos de carácter legal, sin incurrir

en responsabilidad alguna del Comité Especial, GTU, ni de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

10. PROCEDIMIENTO DE CIERRE

10.1 Fecha de Cierre

La Fecha de Cierre tendrá lugar en el día señalado en el Cronograma del Proceso de Licitación, de acuerdo al

punto 1.7 de las presentes Bases, el cual podrá ser modificado mediante Circular y se llevará a cabo en

presencia de un Notario Público. El Comité Especial comunicará oportunamente el lugar y hora de este

evento.

10.2 Condiciones para la Fecha de Cierre:

En la Fecha de Cierre indicada en el Cronograma del Proceso de Licitación deberán cumplirse las siguientes

condiciones:

10.2.1 Entregar al Concedente el Testimonio de la Escritura Pública de constitución del Concesionario como

persona jurídica debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP,

así como cualquier modificación de los estatutos del Concesionario, en el cual se pueda verificar lo siguiente:

(i) que el objeto social principal del Concesionario permitirá la operación del Servicio del Sistema así como

sus actividades conexas; (ii) que su domicilio se fije en la ciudad de Lima; (iii) que se encuentren incluidos los

bienes y activos comprometidos en el Contrato de Consorcio y los vehículos incluidos en la respectiva flota

propuesta22; (iv) que el capital suscrito y pagado corresponda al capital social presentado como parte del

proceso de licitación y sea equivalente, como mínimo, a un millón ochocientos mil Nuevos Soles (S/.

1`800,000.00); y, (v) para el caso de consorcios, la ratificación de todos los actos realizados por el

representante legal y agentes autorizados, antes de la constitución de la persona jurídica, especialmente la

suscripción del Contrato de Concesión, el Contrato de Fideicomiso de Administración y cualquier otro

derecho u obligación que le corresponda conforme a estas Bases, el Contrato de Concesión, el Contrato de

Fideicomiso de Administración o las Leyes Aplicables.

10.2.2 Entregar los poderes debidamente inscritos en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

- SUNARP de los Representantes Legales del Concesionario que suscribirá, según sea el caso, el Contrato de

Concesión y el Contrato de Fideicomiso de Administración cuyo texto será alcanzado oportunamente. La

antigüedad y/o vigencia de los poderes no podrá ser mayor a 30 días de la fecha de presentación de los

mismos.

22 Los vehículos incluidos en la flota asignada comprenden tanto los vehículos de propiedad o titularidad de los consorciados o la persona jurídica,

como los vehículos de terceros adscritos a la flota propuesta adscritos a través del la declaraciones juradas correspondientes al Formulario 1-A o 1-

B del Anexo N° 4, que forman parte de su propuesta.

62

10.2.3 Efectuar el pago a la GTU de la suma a ser establecida por el Comité Especial correspondiente a los

gastos en los que éste incurriera durante el proceso de licitación.

10.2.4 Haber suscrito el Contrato de Concesión y el contrato de fideicomiso en administración celebrado por

los Representantes Legales del Concesionario y GTU

10.2.5 Presentar el cronograma de salida de vehículos a renovar y de ingreso de vehículos nuevos,

priorizando la salida de los vehículos de mayor antigüedad, menor capacidad y longitud.

10.2.6 En el caso de consorcio, entregar Certificado de Gravamen Vehicular de los vehículos propuestos

como flota asignada, en los que se indique que dichas unidades son de propiedad exclusiva del adjudicatario.

10.2.7 Entregar el Manual de Operaciones elaborado por el concedente, de conformidad con lo establecido

en las presentes Bases.

10.2.8 Ratificar el Plan de Implementación del Sistema

10.3 Garantías de Fiel Cumplimiento

10.3.1 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión

Con el objeto de garantizar todas y cada una de las obligaciones que le corresponden al Concesionario de

acuerdo al Contrato de Concesión, aquel deberá entregar en la fecha de cumplimiento de las condiciones de

efectividad para el inicio de la Operación a GTU, una Carta Fianza (la “Garantía de Fiel Cumplimiento del

Contrato”) por el monto de S/.2´600,000.00 (Dos Millones seiscientos mil y 00/100 nuevo Sol) que será

solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor

de GTU, por el monto establecido en el Contrato para cada uno de los Paquetes de Servicio que se

adjudiquen.

La fianza estará vigente desde la fecha de inicio de Pre-operación hasta dos (2) años después del término de

la Concesión y en los términos y condiciones del Modelo de Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento

del Contrato contenido en el Modelo 1 del Anexo Nº 5 de las presentes Bases.

La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión deberá ser emitida por una Entidad financiera o

por un Banco Extranjero y confirmada por una Entidad financiera.

Esta Garantía de Fiel Cumplimiento será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en

este Numeral.

10.3.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo

Con el objeto de garantizar que la obligación de cumplir con el Chatarreo de Vehículos no excederá los

plazos comprometidos en el presente proceso de licitación, el Concesionario deberá entregar en la fecha de

cumplimiento de condiciones para el inicio del período de Pre-operación a GTU, una Carta Fianza (la

“Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo”) que será solidaria, irrevocable, incondicional, sin

63

beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor de GTU , por el monto equivalente al

resultado de la multiplicación del Valor del vehículo Equivalente para Chatarreo que es S/. 12,800.00 (Doce

mil ochocientos y 00/100 Nuevo Sol) por el número de vehículos a ser chatarreados, comprometidos como

parte de su propuesta en función de los criterios de calificación establecidos en el punto 5.9.2 de las

presentes Bases.

La fianza estará vigente desde la fecha de inicio de pre-operación hasta el final del quinto (5) año de

operación o hasta el mes siguiente luego que la GTU –a pedido del Concesionario- haya constatado el

cumplimiento del chatarreo de la totalidad de las unidades a las que se haya comprometido a chatarrear y

en los términos y condiciones de la Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo

contenido en el Modelo 2 del Anexo Nº 5.

La Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo deberá estar emitida por una Entidad financiera o

por un Banco Extranjero y confirmada por una Entidad financiera.

Esta Garantía de Fiel Cumplimiento será renovada a fin de mantenerla vigente por el plazo establecido en

este Numeral.

Si el Concesionario incumple total o parcialmente con la Obligación de Chatarreo a que se refiere el Numeral

5.9.2 de las Bases, y el Contrato, GTU podrá ejecutar la Garantía de Chatarreo, en forma inmediata y sin

necesidad de aviso previo al Concesionario.

La ejecución de dicha garantía es excluyente de la Garantía de Fiel Cumplimiento.

10.4 Ejecución de la Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta

10.4.1 Si el Adjudicatario incumple cualquiera de sus obligaciones contraídas con relación a las obligaciones

señaladas en la Fecha de Cierre, la GTU podrá ejecutar la Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la

Propuesta, en forma inmediata y sin necesidad de aviso previo al Adjudicatario. La ejecución de dicha

garantía no limita ni restringe cualquiera otros derechos que pudiera tener GTU frente al Adjudicatario que

incumplió con sus obligaciones con relación a su Propuesta.

10.4.2 En caso de incumplimiento23 del Adjudicatario y sin perjuicio de lo mencionado en el Numeral 10.4.1,

GTU declarará sin efecto la adjudicación que señala el Numeral 9.1 De ser así, procederá la selección de una

persona jurídica para la prestación del servicio a través de un proceso de licitación pública para el

otorgamiento de una concesión en las rutas del respectivo paquete. Sin perjuicio de ello, GTU podrá

establecer las medidas necesarias para atender la demanda de viajes de forma provisional, en las rutas del

respectivo paquete, hasta el nombramiento de la nueva persona jurídica.

23 Nos referimos a un incumplimiento esencial, el cual debe ser entendido como aquel incumplimiento o cumplimiento parcial tardío o defectuoso de

cualquiera de las obligaciones imputables al Concesionario, que generen un perjuicio al Concedente tal que limite el objeto y fines de la Concesión,

a la luz de lo establecido en las Bases de la Licitación Pública, las propuestas y el Contrato de Concesión. Los incumplimientos esenciales y las

circunstancias que involucren que un incumplimiento devenga en esencial serán definidas en el Contrato de Concesión.

64

10.4.3 En el caso referido en el Numeral 10.4.2, GTU encargará la prestación del servicio de transporte en el

paquete de rutas a un Adjudicatario temporal informándole además las condiciones que deberá cumplir

para la prestación del servicio hasta el otorgamiento de la concesión al nuevo adjudicatario.

10.4.4 Para la selección del nuevo adjudicatario la GTU iniciará un nuevo proceso de promoción a la

inversión privada, de conformidad con la normativa vigente.

10.4.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en el Numeral 10.4.1, GTU podrá iniciar todas las acciones legales que le

permita las Leyes Aplicables y que se originen a raíz del incumplimiento del Adjudicatario original.

10.5 Entrada en Vigencia del Contrato de Concesión

El Contrato de Concesión entrará en vigencia y surtirá plenos efectos jurídicos en la Fecha de Cierre, luego de

ser suscrito por el Representante Legal del Concedente. La Fecha de Cierre se identificará para todos los

efectos como la fecha en la que se suscribe el Contrato de Concesión. A partir de esta fecha serán aplicables

los Reglamentos, Manuales, Tablas de Infracciones y demás disposiciones aplicables.

10.6 Inicio del Plazo de Concesión

El cómputo del plazo de vigencia de la concesión se inicia en la Fecha de Inicio de la Operación, conforme a

lo establecido en el Contrato de Concesión.

11. DISPOSICIONES FINALES

11.1 Ley Peruana

Estas Bases, los documentos que las integran y los Contratos se regirán e interpretarán de acuerdo a las

Leyes Aplicables, priorizando la aplicación de la normativa municipal en materia de transporte urbano.

12. ANEXOS

65

ANEXO Nº 1-A

RELACIÓN DE RUTAS Y SERVICIOS DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN

Paquete Ruta 1 Ruta 2 Ruta 3 Ruta 4 Ruta 5

P-1 601 601A 808

P-2 609 813

P-3 812 604

P-7 701 701A 704

P-10 605 805

P-11 723 730

P-13 815 816

P-14 801 814

P-17 724

P-18 804 809 809A

P-19 803 810

P-24 702 702A 703

P-28 729 725

P-29 607 607A

P-33 726 726A

P-34 727

P-35 728 728A

P-37 806 806A

P-38 608 608A 608B

P-40 802 811

P-42 602

P-43 603

P-44 606

P-45 826 826A

P-46 807 818 823 825 824

P-47 817 819 820 822 821

66

ANEXO Nº 1-B

RESUMEN DE RUTAS Y SERVICIOS DE CORREDORES DE INTEGRACIÓN Y RUTAS DE APROXIMACIÓN

Descripción Rutas/Servicios Paquetes Flota Requerida (5% reten)

Bus 12m Bus 9m Total de Flota

Asociados a Corredores de Integración

Rutas 13 09 960

960

Servicios 04

Rutas de Aproximación Rutas 34 17 1,434 270 1,704

Servicios 07

Total General 58 26 2,394 270 2,664

Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación. Elaboración propia.

67

ANEXO N° 1-C RESUMEN DE LA FLOTA POR PAQUETE DE RUTAS Y SERVICIOS ASOCIADOS A LOS CORREDORES DE INTEGRACIÓN

Paquete Código Flota Requerida (5% Reten) Demanda Día

(Referencial) Kilómetros Día (Referencial) Bus12m Bus9m Total

P-1

601

139 0 139

84,871 13,990

808 69,902 12,742

601A 4,173 558

P-2 609

87 0 87 61,157 9,514

813 48,729 3,982

P-3 812

103 0 103 136,815 16,623

604 47,866 6,885

P-10 605

83 0 83 60,269 7,552

805 48,888 3,789

P-29 607

123 0 123 66,612 11,828

607A 6,724 634

P-38

608

130 0 130

91,960 18,674

608A 3,291 492

608B 9,274 1,470

P-42 602 94 0 94 71,487 8,886

P-43 603 112 0 112 86,833 15,061

P-44 606 89 0 89 83,206 13,135

Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación, Elaboración propia.

68

ANEXO N° 1-D

RESUMEN DE LA FLOTA POR PAQUETE DE LAS RUTAS DE APROXIMACIÓN

Paquete Código Flota Requerida (5% Reten) Demanda Día

(Referencial) Kilómetros Día (Referencial) Bus12m Bus9m Total

P-7

701

55 9 64

110,454 6,856

704 2,646 1,130

701A 53,216 3,021

P-11 723

45 18 63 57,132 4,459

730 14,167 1,841

P-13 815

0 89 89 1,017 2,594

816 21,172 7,496

P-14 801

66 25 91 31,165 5,062

814 16,225 3,237

P-17 724 53 0 53 61,827 5,699

P-18

804

59 0 59

25,924 3,510

809 47,302 3,681

809A 1,852 85

P-19 803 72 0 72

53,150 5,618

810 24,841 1,995

P-24

702

82 0 82

107,469 7,183

703 35,100 2,734

702A 48,066 2,222

P-28 729

114 0 114 61,964 2,799

725 78,626 8,484

P-33 726

102 0 102 78,302 7,440

726A 4,931 562

P-34 727 95 0 95 79,445 8,852

P-35 728

238 0 238 103,620 17,195

728A 87,777 13,591

P-37 806

89 0 89 71,442 7,695

806A 4,805 246

P-40 802

78 0 78 86,105 8,957

811 27,805 1,902

P-45 826

187 0 187 40,140 20,333

826A 7,754 3,926

P-46

807

99 37 136

96,330 15,984

818 4,216 802

823 8,180 646

825 16,012 993

69

824 8,717 1,164

P-47

817

0 92 92

22,490 4,300

819 17,310 2,856

820 36,412 3,695

822 13,673 1,078

821 11,239 1,664

Fuente: TARYET, Informe técnico emitido por la Consultora TARYET el cual determina el diseño de rutas

y servicios de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de

Transporte de Lima Metropolitana – marco de licitación. Elaboración propia.

70

ANEXO N° 1-E

TIPOLOGÍA PERMITIDA PARA RUTAS Y SERVICIOS POR EQUIVALENCIA DE BUS PATRÓN24

Paquete Ruta/Servicio Tipología permitida

Paquete Ruta/Servicio Tipología permitida

P-1

601 Camioneta Rural

P-24

702 Microbús

601A Camioneta Rural

702A Microbús

808 Camioneta Rural

703 Camioneta Rural

P-2 609 Microbús

P-25

752 Camioneta Rural

813 Camioneta Rural

752A Camioneta Rural

P-3 812 Camioneta Rural

754 Camioneta Rural

604 Microbús

751 Camioneta Rural

P-4 715 Camioneta Rural

753 Camioneta Rural

714 Camioneta Rural

P-26

719 Camioneta Rural

P-5

758 Camioneta Rural

717 Camioneta Rural

759 Camioneta Rural

717A Camioneta Rural

764 Camioneta Rural

P-27

610 Camioneta Rural

P-6

710 Camioneta Rural

610A Camioneta Rural

706 Camioneta Rural

610B Camioneta Rural

709 Microbús

610C Camioneta Rural

P-7

701 Microbús

P-28

729 Microbús

701A Microbús

725 Microbús

704 Camioneta Rural

P-29

607 Microbús

P-8 761 Camioneta Rural

607A Microbús

756 Camioneta Rural

P-30

707 Microbús

P-9

712 Camioneta Rural

707A Microbús

712A Camioneta Rural

707B Microbús

718 Camioneta Rural

P-31

713 Camioneta Rural

718A Camioneta Rural

713A Camioneta Rural

P-10 605 Microbús

P-32

711 Camioneta Rural

805 Camioneta Rural

711A Camioneta Rural

P-11 723 Camioneta Rural

P-33

726 Microbús

730 Camioneta Rural

726A Microbús

P-12

765 Camioneta Rural

P-34 727 Microbús

763 Camioneta Rural

P-35

728 Camioneta Rural

766 Camioneta Rural

728A Camioneta Rural

P-13 815 Camioneta Rural

P-36

851 Camioneta Rural

816 Camioneta Rural

851A Camioneta Rural

P-14 801 Camioneta Rural

P-37

806 Camioneta Rural

814 Camioneta Rural

806A Camioneta Rural

P-15 721 Camioneta Rural

P-38

608 Microbús

721A Camioneta Rural

608A Microbús

24 Entiéndase ……

71

P-16 760 Camioneta Rural

608B Microbús

762 Camioneta Rural

P-39

708 Microbús

P-17 724 Camioneta Rural

708A Microbús

P-18

804 Camioneta Rural

P-40

802 Camioneta Rural

809 Camioneta Rural

811 Camioneta Rural

809A Camioneta Rural

P-41

722 Camioneta Rural

P-19 803 Camioneta Rural

722A Camioneta Rural

810 Camioneta Rural

720 Camioneta Rural

P-20 716 Camioneta Rural

P-42 602 Camioneta Rural

705 Camioneta Rural

P-43 603 Camioneta Rural

P-21

611 Camioneta Rural

P-44 606 Microbús

611A Camioneta Rural

P-45

826 Camioneta Rural

611B Camioneta Rural

826A Camioneta Rural

P-22

755 Camioneta Rural

P-46

807 Camioneta Rural

757 Camioneta Rural

818 Camioneta Rural

757A Camioneta Rural

823 Camioneta Rural

P-23

612 Microbús

825 Camioneta Rural

612A Microbús

824 Camioneta Rural

612B Microbús

P-47

817 Camioneta Rural

612C Microbús

819 Camioneta Rural

820 Camioneta Rural

822 Camioneta Rural

821 Camioneta Rural

72

ANEXO N° 1-F ITINERARIOS Y DATOS TÉCNICOS DE RUTAS Y SERVICIOS

Paquete : P-1

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Santa Cruz Mateo Pumacahua

Angamos (Oeste) By Pass Villa El Salvador

Angamos (Este) Panamericana Sur

Tomas Marsano Puente Atocongo

Santiago De Surco Rampa Acceso Santiago De Surco

Tomas Marsano Puente Atocongo

Santiago De Surco Santiago De Surco

Acceso Panamericana Sur Tomas Marsano

Panamericana Sur Angamos (Este)

By Pass Villa El Salvador Angamos (Oeste)

Mateo Pumacahua Santa Cruz

Ruta 601Longitud (Km) : 30.65

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1

Intervalo Hora Valle : 2.2

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.5

Paradero Inicial : Santa Cruz - Plaza Centro America

Paradero Final : Mateo Pumacahua - Mariano Pastor Sevilla

Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth

Ruta 601

73

Paquete : P-1

Distrito de Origen : Surquillo

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Angamos (Este) Mateo Pumacahua

Tomas Marsano By Pass Villa El Salvador

Santiago De Surco Panamericana Sur

Tomas Marsano Puente Atocongo

Santiago De Surco Rampa Acceso Santiago De Surco

Acceso Panamericana Sur Puente Atocongo

Panamericana Sur Santiago De Surco

By Pass Villa El Salvador Tomas Marsano

Mateo Pumacahua Angamos (Este)

Servicio 601ALongitud (Km) : 25.63

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : -

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.5

Paradero Inicial : Angamos Este- Dante

Paradero Final : Mateo Pumacahua - Mariano Pastor Sevilla

Nota: Información referencial, para mas detalle verificar las rutas en Google Earth

Servicio 601A

74

Paquete : P-1

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Pachacamac

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Alameda Sur Victor Malasquez

s/n s/n

Alameda Sur s/n

Villa Marina s/n

s/n s/n

Guardia Civil s/n

Alipio Ponce Vasquez Las Palmas

El Triunfo Zarumilla

Panamericana Sur Lima

By Pass Villa El Salvador Pachacutec

Mateo Pumacahua El Sol

Avenida 2 Mariano Pastor Sevilla

s/n 1 De Mayo

1 De Mayo s/n

Mariano Pastor Sevilla Avenida 2

El Sol Mateo Pumacahua

Pachacutec By Pass Villa El Salvador

Lima Panamericana Sur

Zarumilla Acceso De Pna. Sur A Alipio Ponce

Las Palmas Alipio Ponce Vasquez

s/n Constelacion Austral

s/n 14

s/n Alipio Ponce Vasquez

s/n Guardia Civil

s/n Ovalo De Villa

Victor Malasquez Villa Marina

Alameda Sur

s/n

Alameda Sur

Ruta 808Longitud (Km) : 58.51

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9

Intervalo Hora Valle : 5.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6

Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas

Paradero Final : Victor Malasquez - s/n

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Ruta 808

75

Paquete : P-2

Distrito de Origen : San Isidro

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Camino Real Cesar Canevaro

Emilio Cavenecia Ramon Vargas Machuca

Plaza Gutierrez (Ovalo) San Juan

Comandante Espinar Los Heroes

Jose Pardo Puente Atocongo

Ovalo Miraflores Santiago De Surco

Mariscal Oscar R. Benavides Tomas Marsano

Alfredo Benavides Caminos Del Inca

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Alfredo Benavides

Alfredo Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Caminos Del Inca Alfredo Benavides

Santiago De Surco Jose Larco

Tomas Marsano Ovalo Miraflores

Santiago De Surco Jose Pardo

Puente Atocongo Comandante Espinar

Los Heroes Plaza Gutierrez (Ovalo)

San Juan Los Conquistadores

Ramon Vargas Machuca

Cesar Canevaro

Ruta 609Longitud (Km) : 31.84

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7

Intervalo Hora Valle : 4.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.3

Paradero Inicial : Camino Real - Paz Soldan

Paradero Final : Cesar Canevaro - Juan Velasco Alvarado

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Ruta 609

76

Paquete : P-2

Distrito de Origen : San Juan de Miraflores

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

San Juan Juan Velasco Alvarado

Guillermo Billinghurst Revolución

Miguel Iglesias 1 De Mayo

Guillermo Billinghurst (Prl) Micaela Bastidas

Perimetrica Jose Maria Arguedas

Principal Manuel Scorza

1 De Enero Andres Avelino Caceres

Heroes Del Pacifico(Prol) Cesar Vallejo

Heroes Del Pacifico (Prl) Heroes Del Pacifico (Prl)

Cesar Vallejo Heroes Del Pacifico(Prol)

Andres Avelino Caceres 1 De Enero

Manuel Scorza Principal

Jose Maria Arguedas Perimetrica

Micaela Bastidas Guillermo Billinghurst (Prl)

El Sol Miguel Iglesias

Jose Maria Arguedas Guillermo Billinghurst

San Juan

Ruta 813Longitud (Km) : 18.08

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.3

Intervalo Hora Valle : 5.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.2

Paradero Inicial : San Juan - Los Heroes

Paradero Final : Juan Velasco Alvarado - Los Alamos

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Ruta 813

77

Paquete : P-3

Distrito de Origen : San Juan de Miraflores

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Iquitos Lima

12 De Noviembre El Parque (Lima)

Solidaridad Maria Reiche

s/n Mariano Pastor Sevilla

Solidaridad Pastor Sevilla

Salvador Allende Mariano Pastor Sevilla

San Juan Mariano Pastor Sevilla (Prl)

Ramon Vargas Machuca Santa Rita

Cesar Canevaro Santa Rosa

Santa Rosa Cesar Canevaro

Santa Rita Ramon Vargas Machuca

Mariano Pastor Sevilla (Prl) San Juan

Mariano Pastor Sevilla Salvador Allende

Pastor Sevilla s/n

Mariano Pastor Sevilla Solidaridad

Maria Reiche 12 De Noviembre

El Parque (Lima) Iquitos

Lima

Ruta 812Longitud (Km) : 41.32

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.6

Intervalo Hora Valle : 2.7

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.2

Paradero Inicial : Iquitos - Central

Paradero Final : Lima - Oroya

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Ruta 812

78

Paquete : P-3

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : Villa María del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Comandante Espinar Salvador Allende

Angamos (Oeste) Ca. 2

Angamos (Este) Puente Benavides

s/n Alfredo Benavides

Caminos Del Inca Caminos Del Inca

Alfredo Benavides Angamos (Este)

Puente Benavides Angamos (Oeste)

Ca. 2 Comandante Espinar

Salvador Allende

Ruta 604Longitud (Km) : 26.86

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.0

Intervalo Hora Valle : 4.2

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.6

Paradero Inicial : Comandante Espinar - Ovalo Gutierrez

Paradero Final : Salvador Allende - El Triunfo

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Ruta 604

79

Paquete : P-7

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Lima

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Argentina Miguel Grau

Plaza Ramon Castilla Nicolas De Pierola

Alfonso Ugarte Carabaya

Plaza Dos De Mayo Ocoña

Nicolas De Pierola s/n

Plaza San Martin Nicolas De Pierola

Nicolas De Pierola Plaza San Martin

s/n Nicolas De Pierola

s/n Plaza Dos De Mayo

Carabaya Alfonso Ugarte

Nicolas De Pierola Plaza Ramon Castilla

Miguel Grau (Aux.) Argentina

Julio Mendoza Merino

Jaime Bausate Y Meza

Huanuco (Prol)

Huanuco

Miguel Grau

Ruta 701Longitud (Km) : 17.69

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5

Intervalo Hora Valle : 2.8

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.1

Paradero Inicial : Argentina - Universitaria

Paradero Final : Miguel Grau - Junin

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Ruta 701

80

Paquete : P-7

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Lima

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Argentina Miguel Grau

Plaza Ramon Castilla Nicolas De Pierola

Alfonso Ugarte Carabaya

Plaza Dos De Mayo Ocoña

Nicolas De Pierola s/n

Plaza San Martin Nicolas De Pierola

Nicolas De Pierola Plaza San Martin

Unión Nicolas De Pierola

s/n Plaza Dos De Mayo

Carabaya Alfonso Ugarte

Nicolas De Pierola Plaza Ramon Castilla

Miguel Grau (Aux.) Argentina

Julio Mendoza Merino

Jaime Bausate Y Meza

Huanuco (Prol)

Huanuco

Miguel Grau

Servicio 701ALongitud (Km) : 12.06

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1

Intervalo Hora Valle : 4.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.5

Paradero Inicial : Argentina - Carcamo

Paradero Final : Miguel Grau - Junin

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Servicio 701A

81

Paquete : P-7

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Lima

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Argentina

Enrique Meiggs Ecuador

Ecuador Enrique Meiggs

Argentina s/n

Ruta 704Longitud (Km) : 10.68

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : s/n - Tupac Amaru

Paradero Final : Argentina - Plaza Castilla

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Ruta 704

82

Paquete : P-10

Distrito de Origen : San Isidro

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Camino Real Cesar Canevaro

Emilio Cavenecia Ramon Vargas Machuca

Plaza Gutierrez (Ovalo) San Juan

Comandante Espinar Los Heroes

Angamos (Oeste) Puente Atocongo

Angamos (Este) Santiago De Surco

s/n Tomas Marsano

Caminos Del Inca Caminos Del Inca

Santiago De Surco Angamos (Este)

Puente Atocongo Angamos (Oeste)

Los Heroes Comandante Espinar

San Juan Plaza Gutierrez (Ovalo)

Ramon Vargas Machuca Los Conquistadores

Cesar Canevaro

Ruta 605Longitud (Km) : 31.28

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.2

Intervalo Hora Valle : 4.4

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.8

Paradero Inicial : Camino Real - Victor Belaunde

Paradero Final : Cesar Canevaro - Juan Velasco Alvarado

Ruta 605

83

Paquete : P-10

Distrito de Origen : San Juan de Miraflores

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

A s/n

El Triunfo s/n

Alipio Ponce Vasquez Edilberto Ramos

Ramon Vargas Machuca S/N

San Juan Central

Salvador Allende Salvador Allende

Central San Juan

S/N Ramon Vargas Machuca

Edilberto Ramos Alipio Ponce Vasquez

s/n El Triunfo

s/n A

Ruta 805Longitud (Km) : 17.67

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0

Intervalo Hora Valle : 5.9

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : A - Coronel Inclan

Paradero Final : s/n

Ruta 805

84

Paquete : P-11

Distrito de Origen : Santiago de Surco

Distrito de Destino : San Isidro

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Aviación Cadiz

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Cesar Vallejo

Tomas Marsano Jose De La Torre Ugarte

Republica De Panama Ignacio Merino

Enrique Canaval Moreyra Soledad

Ricardo Rivera Navarrete Jazmines

Coronel Andres Reyes Las Magnolias

San Martin De Porres Ricardo Rivera Navarrete

Petit Thouars Coronel Andres Reyes

s/n Miguel J. Seminario

Cesar Vallejo Republica De Panama

Cadiz Tomas Marsano

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Aviación

Ruta 723Longitud (Km) : 16.71

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2

Intervalo Hora Valle : 4.8

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.1

Paradero Inicial : Aviación - Antana

Paradero Final : Cadiz - Salaverry

Ruta 723

85

Paquete : P-11

Distrito de Origen : Santiago de Surco

Distrito de Destino : Santiago de Surco

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Aviación Guardia Civil (Norte)

Paseo De La Castellana Policia De Investigaciones

Los Tallanes Los Proceres

Ayacucho Batalla De Arica

Doða Esther Jorge Chavez

Surco Quiðones

Doða Esther Martinez

Juan Soto Bermejo El Sol

Alfredo Icaza Alfredo Icaza

Quiðones Juan Soto Bermejo

Jorge Chavez Doða Esther

Calle 4 Surco

Los Proceres Doða Rosa

Policia De Investigaciones Ayacucho

Guardia Civil (Norte) Los Tallanes

Paseo De La Castellana

Aviación

Ruta 730Longitud (Km) : 11.12

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.8

Intervalo Hora Valle : 8.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 6.5

Paradero Inicial : Aviación - Antana

Paradero Final : Guardia Civil (Norte) - Vista Alegre

Ruta 730

86

Paquete : P-13

Distrito de Origen : Cieneguilla

Distrito de Destino : Pachacamac

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

La Molina s/n

Cieneguilla s/n

Via Acceso Huertos De Manchay s/n

Victor Malasquez Victor Malasquez

s/n Via Acceso Huertos De Manchay

s/n Cieneguilla

s/n La Molina

Ruta 815Longitud (Km) : 36.29

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 10.0

Intervalo Hora Valle : 20.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 10.0

Paradero Inicial : La Molina - Nuevo Toledo

Paradero Final : s/n

Ruta 815

87

Paquete : P-13

Distrito de Origen : Lurin

Distrito de Destino : Pachacamac

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Antigua Panamericana (Sur) Miguel Grau

Paul Poblet Victor Malasquez

Manuel Del Valle Manuel Del Valle

Victor Malasquez Paul Poblet

Miguel Grau Antigua Panamericana (Sur)

Ruta 816Longitud (Km) : 44.12

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.4

Intervalo Hora Valle : 8.2

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : Antigua Panamericana (Sur) - Tarapaca

Paradero Final : Miguel Grau - s/n

Ruta 816

88

Paquete : P-14

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Alameda Sur Villa Maria

s/n Salvador Allende

Alameda Sur Tupac Amaru

Villa Marina Los Heroes

s/n San Juan

Ovalo De Villa Ramon Vargas Machuca

Huaylas Alipio Ponce Vasquez

Ariosto Matellini (Prl) Constelacion Austral

Ariosto Matellini 14

El Sol Alipio Ponce Vasquez

Guardia Civil Guardia Civil

Alipio Ponce Vasquez El Sol

Ramon Vargas Machuca Ariosto Matellini

San Juan Ariosto Matellini (Prl)

Los Heroes Huaylas

Francisco Bolognesi Ovalo De Villa

Salvador Allende Villa Marina

El Triunfo Alameda Sur

s/n

Alameda Sur

Ruta 801Longitud (Km) : 30.98

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7

Intervalo Hora Valle : 8.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas

Paradero Final : Villa Maria - Independencia

Ruta 801

89

Paquete : P-14

Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Salvador Allende Los Rosales

26 De Noviembre Fe Y Alegria

Pachacutec Los Cedros

27 De Diciembre Union

Los Incas General Vidal

Flora Tristan Cuzco

s/n s/n

s/n s/n

s/n s/n

Cuzco Flora Tristan

General Vidal Los Incas

Union 27 De Diciembre

Los Cedros Pachacutec

Fe Y Alegria 26 De Noviembre

Los Rosales Salvador Allende

Ruta 814Longitud (Km) : 17.53

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 6.3

Intervalo Hora Valle : 6.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.3

Paradero Inicial : Salvador Allende - Villa Maria

Paradero Final : Los Rosales - Los Eucaliptos

Ruta 814

90

Paquete : P-17

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Ricardo Palma Universo

Puente Ricardo Palma Las Pleyades

Ricardo Palma Los Asteroides

Parque Las Tradiciones Las Gaviotas

Monseðor Roca Y Boloða Vista Alegre

Grl Ernesto Montagne A (Vista Alegre)

Manuel Villaran Guardia Civil (Sur)

Pedro Venturo Policia De Investigaciones

Higuereta Los Proceres

Caminos Del Inca Caminos Del Inca

Los Proceres Higuereta

Policia De Investigaciones Pedro Venturo

Guardia Civil (Norte) Manuel Villaran

Vista Alegre Grl Ernesto Montagne

Las Gaviotas Monseðor Roca Y Boloða

Los Asteroides Parque Las Tradiciones

Las Pleyades Ricardo Palma

Universo Puente Ricardo Palma

Ricardo Palma

Ruta 724Longitud (Km) : 27.40

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.0

Intervalo Hora Valle : 5.7

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.1

Paradero Inicial : Ricardo Palma - Ovalo de Miraflores

Paradero Final : Universo - Los Faisanes

Ruta 724

91

Paquete : P-18

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Camino Real

Huaylas Calle 11

Ariosto Matellini (Prl) Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua

Ariosto Matellini Rinconada

El Sol Edilberto Ramos

Guardia Civil Principal

Alipio Ponce Vasquez Abancay

Ramon Vargas Machuca Solidaridad

San Juan s/n

Salvador Allende Solidaridad

s/n Salvador Allende

Solidaridad San Juan

Abancay Ramon Vargas Machuca

Principal Alipio Ponce Vasquez

Edilberto Ramos Constelacion Austral

Rinconada 14

Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua Alipio Ponce Vasquez

Calle 11 Guardia Civil

Camino Real El Sol

Ariosto Matellini

Ariosto Matellini (Prl)

Huaylas

Jose Olaya

Mariscal Ramon Castilla

Ruta 804Longitud (Km) : 27.25

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 6.1

Paradero Inicial : s/n - Mariscal Ramon Castilla

Paradero Final : Mariscal Ramon Castilla - s/n

Ruta 804

92

Paquete : P-18

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Jose Olaya Paseo De La Republica (Prl)

San Martin Las Gaviotas

Volcan Coropuna Ovalo De Villa

Cordillera Central Villa Marina

Nevado Sarasara Camino Del Inca

12 De Octubre 12 De Octubre

Camino Del Inca Nevado Sarasara

Villa Marina Cordillera Central

s/n Volcan Coropuna

Ovalo De Villa San Martin

Las Gaviotas Jose Olaya

Paseo De La Republica (Prl)

Ruta 809Longitud (Km) : 12.50

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2

Intervalo Hora Valle : 4.1

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.3

Paradero Inicial : Jose Olaya - El triunfo

Paradero Final : Paseo De La Republica (Prl) - Matellini

Ruta 809

93

Paquete : P-18

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Defensores del Morro

Nevado Sarasara Camino Del Inca

12 De Octubre 12 De Octubre

Camino Del Inca Nevado Sarasara

Defensores del Morro s/n

Servicio 809ALongitud (Km) : 5.07

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : -

Paradero Inicial : s/n - Coordillera Central

Paradero Final : Defensores del Morro - Santa Anita

Servicio 809A

94

Paquete : P-19

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

28 De Julio El Paraiso

Tupac Amaru Los Caminos Del Inca

Santa Rosa Los Proceres

Mateo Pumacahua Ollantay

Inclan Progreso

America Las Magnolias

Panamericana Sur (Auxiliar) Arequipa

El Triunfo Jose Maria Arguedas

Alipio Ponce Vasquez Latinoamerica

Ramon Vargas Machuca Jose Carlos Mariategui

San Juan Salvador Allende

Los Heroes Tupac Amaru

Francisco Bolognesi Los Heroes

Salvador Allende San Juan

Jose Carlos Mariategui Ramon Vargas Machuca

Latinoamerica Alipio Ponce Vasquez

Jose Maria Arguedas El Triunfo

Arequipa Panamericana Sur (Auxiliar)

Los Laureles America

Progreso Inclan

Ollantay Mateo Pumacahua

Los Proceres Santa Rosa

Los Caminos Del Inca Tupac Amaru

El Paraiso 28 De Julio

Ruta 803Longitud (Km) : 27.27

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7

Intervalo Hora Valle : 6.2

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.9

Paradero Inicial : 28 De Julio - Salcantay

Paradero Final : El Paraiso - s/n

Ruta 803

95

Paquete : P-19

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Jose Olaya

s/n Vista Alegre

s/n San Juan

Ariosto Matellini (Prl) San Martin

Ariosto Matellini Avenida 4

Guardia Peruana El Sol

El Sol Guardia Peruana

Avenida 12 Ariosto Matellini

Juan Velasco Alvarado Ariosto Matellini (Prl)

San Juan s/n

Vista Alegre s/n

Jose Olaya s/n

Ruta 810Longitud (Km) : 14.76

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.9

Paradero Inicial : s/n - Principal

Paradero Final : Jose Olaya - s/n

Ruta 810

96

Paquete : P-24

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Lima

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Miguel Grau Oscar R. Benavides

Nicolas De Pierola Plaza Dos De Mayo

Carabaya Nicolas De Pierola

Ocoña Plaza San Martin

Unión Nicolas De Pierola

Nicolas De Pierola Unión

Plaza San Martin s/n

Nicolas De Pierola Carabaya

Plaza Dos De Mayo Nicolas De Pierola

Oscar R. Benavides Miguel Grau (Aux.)

Miguel Grau

Ruta 702Longitud (Km) : 15.67

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1

Intervalo Hora Valle : 2.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.1

Paradero Inicial : Miguel Grau - Junin

Paradero Final : Oscar R. Benavides - Universitaria

Ruta 702

97

Paquete : P-24

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Lima

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Miguel Grau Oscar R. Benavides

Nicolas De Pierola Plaza Dos De Mayo

Carabaya Nicolas De Pierola

Ocoña Plaza San Martin

Unión Nicolas De Pierola

Nicolas De Pierola Unión

Plaza San Martin s/n

Nicolas De Pierola Carabaya

Plaza Dos De Mayo Nicolas De Pierola

Oscar R. Benavides Miguel Grau (Aux.)

Miguel Grau

Servicio 702ALongitud (Km) : 9.66

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.4

Intervalo Hora Valle : 4.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4

Paradero Inicial : Miguel Grau - Sebastian Lorerte

Paradero Final : Oscar R. Benavides - Carcamo

Servicio 702A

98

Paquete : P-24

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : San Martin de Porres

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Nicolas De Pierola Peru

Plaza Dos De Mayo Canada

Oscar R. Benavides Puente Dueðas

Pacasmayo Vicente Morales Duarez

Vicente Morales Duarez Pacasmayo

Puente Dueðas Oscar R. Benavides

Canada Plaza Dos De Mayo

Peru Moquegua

Chancay

Ruta 703Longitud (Km) : 14.84

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1

Intervalo Hora Valle : 7.7

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.8

Paradero Inicial : Nicolas De Pierola - Chancay

Paradero Final : Peru - Chiclayo

Ruta 703

99

Paquete : P-28

Distrito de Origen : Santiago de Surco

Distrito de Destino : Barranco

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Ayacucho Nicolas De Pierola

Doña Edelmira Ovalo Progreso

Miguel Grau Jose Balta

Mariscal Caceres Plaza Butters

Daniel Cornejo Jorge Chavez

Jorge Chavez Fernando Faustor

Plaza Butters Ayacucho

Lima

s/n

Pedro Heraud

El Sol

Grau

Ruta 729Longitud (Km) : 10.80

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2

Intervalo Hora Valle : 4.7

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4

Paradero Inicial : Ayacucho - Alfredo Benavides

Paradero Final : Miguel Grau - Nicolas De Pierola

Ruta 729

100

Paquete : P-28

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : La Victoria

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Huancavelica Nicolas Arriola

Principal Principal

Principal (Triunfadores) Jose Galvez Barrenechea

Santa Rosa Ovalo Quiðones

Santa Anita Guardia Civil

Villa Marina Del Parque (Sur)

s/n Andres Aramburu

Ovalo De Villa Republica De Panama

Huaylas El Sol

Alejandro Iglesias Jose De San Martin

Chorrillos Pedro De Osma

Pedro De Osma Chorrillos

28 De Julio Jose Olaya

Corpancho Huaylas

Lima Ovalo De Villa

Plaza Butters Villa Marina

Lima Santa Anita

Catalino Miranda Santa Rosa

Republica De Panama Principal (Triunfadores)

Andres Aramburu Principal

Del Parque (Sur) Huancavelica

Guardia Civil

Ovalo Quiðones

Jose Galvez Barrenechea

Principal

Nicolas Arriola

Ruta 725Longitud (Km) : 35.68

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5

Intervalo Hora Valle : 4.9

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0

Paradero Inicial : Huancavelica - s/n

Paradero Final : Nicolas Arriola - Ovalo Arriola

Ruta 725

101

Paquete : P-29

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : Santa Anita

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Jose Pardo Separadora Industrial

Plaza Morales Barros La Molina

Jose Pardo Ovalo La Fontana

Ovalo Miraflores La Fontana

Mariscal Oscar R. Benavides Circunvalacion Del Golf

Alfredo Benavides Golf De Los Incas

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) El Polo

Alfredo Benavides La Encalada

Velazco Astete (Reynaldo De Viva Primavera

Angamos (Este) Angamos (Este)

Primavera Velazco Astete (Reynaldo De Viva

La Encalada Alfredo Benavides

El Polo Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Golf De Los Incas Alfredo Benavides

Circunvalacion Del Golf Jose Larco

La Fontana Ovalo Miraflores

Ovalo La Fontana Jose Pardo

La Molina Plaza Morales Barros

Separadora Industrial Jose Pardo

Ruta 607Longitud (Km) : 36.82

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3

Intervalo Hora Valle : 3.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6

Paradero Inicial : Jose Pardo - Ovalo Centro America

Paradero Final : Separadora Industrial - Huarochiri

Ruta 607

102

Paquete : P-29

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : La Molina

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Alfredo Benavides La Fontana

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Circunvalacion Del Golf

Alfredo Benavides Golf De Los Incas

Velazco Astete (Reynaldo De Viva El Polo

Angamos (Este) La Encalada

Primavera Primavera

La Encalada Angamos (Este)

El Polo Velazco Astete (Reynaldo De Viva

Golf De Los Incas Alfredo Benavides

Circunvalacion Del Golf Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

La Fontana Alfredo Benavides

Servicio 607ALongitud (Km) : 24.34

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.5

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : -

Paradero Inicial : Alfredo Benavides - Paseo la República

Paradero Final : La Fontana - Ovalo la Fontana

Servicio 607A

103

Paquete : P-33

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : La Victoria

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

El Sol Nicolas Arriola

Ariosto Matellini Principal

Ariosto Matellini (Prl) Jose Galvez Barrenechea

Huaylas Ovalo Quiðones

Alejandro Iglesias Guardia Civil

Chorrillos Del Parque (Sur)

Pedro De Osma Andres Aramburu

28 De Julio Republica De Panama

Corpancho El Sol

Lima Jose De San Martin

Plaza Butters Pedro De Osma

Lima Chorrillos

Catalino Miranda Jose Olaya

Republica De Panama Huaylas

Andres Aramburu Ariosto Matellini (Prl)

Del Parque (Sur) Ariosto Matellini

Guardia Civil El Sol

Ovalo Quiðones

Jose Galvez Barrenechea

Principal

Nicolas Arriola

Ruta 726Longitud (Km) : 34.57

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9

Intervalo Hora Valle : 5.5

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0

Paradero Inicial : El Sol - Los Niranjos

Paradero Final : Nicolas Arriola - Aviación

Ruta 726

104

Paquete : P-33

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

El Sol Republica De Panama

Ariosto Matellini El Sol

Ariosto Matellini (Prl) Jose De San Martin

Huaylas Pedro De Osma

Alejandro Iglesias Chorrillos

Chorrillos Jose Olaya

Pedro De Osma Huaylas

28 De Julio Ariosto Matellini (Prl)

Corpancho Ariosto Matellini

Lima El Sol

Plaza Butters

Lima

Catalino Miranda

Republica De Panama

Servicio 726ALongitud (Km) : 21.75

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : -

Paradero Inicial : El Sol - Los Niranjos

Paradero Final : Republica de Panamá - Benavides

Servicio 726A

105

Paquete : P-34

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : San Isidro

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Alameda Sur Paseo Parodi

s/n Coronel Andres Reyes

Alameda Sur Ricardo Rivera Navarrete

Villa Marina Enrique Canaval Moreyra

s/n Republica De Panama

Ovalo De Villa El Sol

Huaylas Jose De San Martin

Alejandro Iglesias Pedro De Osma

Chorrillos Chorrillos

Pedro De Osma Jose Olaya

28 De Julio Huaylas

Corpancho Ovalo De Villa

Lima Villa Marina

Plaza Butters Alameda Sur

Lima s/n

s/n Alameda Sur

Pedro Heraud

Republica De Panama

Enrique Canaval Moreyra

Las Begonias

Dean Valdivia

Francisco Masias

Amador Merino Reyna (Los Rosales)

Ruta 727Longitud (Km) : 32.01

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1

Intervalo Hora Valle : 4.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.8

Paradero Inicial : Alameda Sur - Ballestas

Paradero Final : Paseo Parodi -Amador Merino Reyna

Ruta 727

106

Paquete : P-35

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Manuel Ascencio Segura Defensores del Morro

Manuel Castaðeda Ovalo De Villa

Pte Mexico Villa Marina

Mexico Confraternidad

San Luis Villa Marina

s/n s/n

Caminos Del Inca Guardia Civil

Los Proceres s/n

Policia De Investigaciones s/n

Guardia Civil (Sur) Guardia Civil (Sur)

s/n Policia De Investigaciones

s/n Los Proceres

Guardia Civil Caminos Del Inca

Ovalo De Villa San Luis

Defensores del Morro Mexico

Teodoro Cardenas

s/n

Teodoro Cardenas

Arenales

Ruta 728Longitud (Km) : 43.82

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 1.8

Intervalo Hora Valle : 2.9

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.5

Paradero Inicial : Manuel Ascencio Segura - Arenales

Paradero Final : Defensores del Morro - Olaya

Ruta 728

107

Paquete : P-35

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Chorrillos

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Manuel Ascencio Segura Defensores del Morro

Manuel Castaðeda Villa Marina

Pte Mexico Confraternidad

Mexico Villa Marina

San Luis s/n

s/n Guardia Civil

Caminos Del Inca s/n

Los Proceres s/n

Policia De Investigaciones Guardia Civil (Sur)

Guardia Civil (Sur) Policia De Investigaciones

s/n Los Proceres

s/n Caminos Del Inca

Guardia Civil San Luis

Defensores del Morro Mexico

Teodoro Cardenas

s/n

Teodoro Cardenas

Arenales

Servicio 728ALongitud (Km) : 38.40

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2

Intervalo Hora Valle : 3.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.8

Paradero Inicial : Manuel Ascencio Segura - Arenales

Paradero Final : Defensores del Morro - Paseo de la Republica

Servicio 728A

108

Paquete : P-37

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Principal Jose Carlos Mariategui (Prl)

Principal (Triunfadores) Isidro Suarez

Santa Rosa Tupac Amaru

Santa Anita Jose Carlos Mariategui

Villa Marina Jose La Mar

s/n Jose Carlos Mariategui

Guardia Civil Salvador Allende

Alipio Ponce Vasquez Tupac Amaru

Ramon Vargas Machuca Los Heroes

San Juan San Juan

Los Heroes Ramon Vargas Machuca

Francisco Bolognesi Alipio Ponce Vasquez

Salvador Allende Constelacion Austral

Jose Carlos Mariategui 14

Jose La Mar Alipio Ponce Vasquez

Jose Carlos Mariategui Guardia Civil

Tupac Amaru Ovalo De Villa

Isidro Suarez Villa Marina

Jose Carlos Mariategui (Prl) Santa Anita

Santa Rosa

Principal (Triunfadores)

Principal

Ruta 806Longitud (Km) : 28.94

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.1

Intervalo Hora Valle : 4.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.5

Paradero Inicial : Jose Carlos Mariategui (Prl) - s/n

Paradero Final : Principal - 22

Ruta 806

109

Paquete : P-37

Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Jose Carlos Mariategui (Prl) Los Heroes

Isidro Suarez Francisco Bolognesi

Tupac Amaru Salvador Allende

Jose Carlos Mariategui Jose Carlos Mariategui

Jose La Mar Jose La Mar

Jose Carlos Mariategui Jose Carlos Mariategui

Salvador Allende Tupac Amaru

Tupac Amaru Isidro Suarez

Jose Carlos Mariategui (Prl)

Servicio 806ALongitud (Km) : 8.03

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.9

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : -

Paradero Inicial : Jose Carlos Mariategui (Prl) - s/n

Paradero Final : Tupac Amaru - Pachacutec

Servicio 806A

110

Paquete : P-38

Distrito de Origen : San Miguel

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

La Libertad Salvador Allende

s/n Ca. 2

La Libertad Puente Benavides

Calle 16 Alfredo Benavides

La Paz Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Universitaria Alfredo Benavides

Bertoloto Jose Larco

Lopez de Solis Ovalo Miraflores

Antonio Jose De Sucre Jose Pardo

Diego Ferre Plaza Morales Barros

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Jose Pardo

s/n Plaza Centro America

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Plaza Centro America s/n

Jose Pardo Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Plaza Morales Barros Diego Ferre

Jose Pardo Antonio Jose De Sucre

Ovalo Miraflores Salaverry (Clement Markham)

Mariscal Oscar R. Benavides San Miguel (Federico Gallesi)

Alfredo Benavides La Paz

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Aviación

Alfredo Benavides La Libertad

Puente Benavides s/n

Ca. 2 La Libertad

Salvador Allende

Ruta 608Longitud (Km) : 44.48

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.3

Intervalo Hora Valle : 2.4

Intervalo Hora Punta Tarde : 2.4

Paradero Inicial : La Libertad - Los Insurgentes

Paradero Final : Salvador Allende - El Triunfo

Ruta 608

111

Paquete : P-38

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

28 de Julio Salvador Allende

Alfredo Benavides Ca. 2

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Puente Benavides

Alfredo Benavides Alfredo Benavides

Puente Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Ca. 2 Alfredo Benavides

Salvador Allende Jose Larco

Servicio 608ALongitud (Km) : 21.06

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : -

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.1

Paradero Inicial : 28 de Julio - Ovalo de Miraflores

Paradero Final : Salvador Allende - s/n

Servicio 608A

112

Paquete : P-38

Distrito de Origen : Miraflores

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Jose Pardo Salvador Allende

Plaza Morales Barros Ca. 2

Jose Pardo Puente Benavides

Ovalo Miraflores Alfredo Benavides

Mariscal Oscar R. Benavides Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Alfredo Benavides Alfredo Benavides

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Jose Larco

Alfredo Benavides Ovalo Miraflores

Puente Benavides Jose Pardo

Ca. 2 Plaza Morales Barros

Salvador Allende Jose Pardo

Servicio 608BLongitud (Km) : 26.79

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.7

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.0

Paradero Inicial : Jose Pardo - Santa Cruz

Paradero Final : Salvador Allende - s/n

Servicio 608B

113

Paquete : P-40

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

San Marcos Paruro

Santa Anita San Pedro

Villa Marina 26 De Noviembre

s/n Salvador Allende

Ovalo De Villa Tupac Amaru

Las Gaviotas Los Heroes

Paseo De La Republica (Prl) Puente Atocongo

Ariosto Matellini Santiago De Surco

El Sol Tomas Marsano

Las Gaviotas Los Proceres

Calle 10 Policia De Investigaciones

Guardia Civil (Norte) Guardia Civil (Norte)

Policia De Investigaciones Calle 10

Los Proceres Las Gaviotas

Santiago De Surco El Sol

Tomas Marsano Ariosto Matellini

Santiago De Surco Paseo De La Republica (Prl)

Puente Atocongo Las Gaviotas

Los Heroes Ovalo De Villa

Francisco Bolognesi Villa Marina

Salvador Allende Santa Anita

26 De Noviembre San Marcos

San Pedro

Paruro

Ruta 802Longitud (Km) : 37.01

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1

Intervalo Hora Valle : 4.9

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.1

Paradero Inicial : San Marcos - Los Horizontes

Paradero Final : Paruro - s/n

Ruta 802

114

Paquete : P-40

Distrito de Origen : San Juan de Miraflores

Distrito de Destino : San Juan de Miraflores

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Los Heroes

Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua San Juan

Marcelino Castro Gamboa (Prl.San Jua San Juan (Prl)

Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua La Reforma Agraria (Prl San Juan)

La Reforma Agraria (Prl San Juan) Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua

San Juan (Prl) Marcelino Castro Gamboa (Prl.San Jua

San Juan Marcelino Castro Gamboa (Prl San Jua

Los Heroes s/n

Ruta 811Longitud (Km) : 9.56

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9

Intervalo Hora Valle : 6.2

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.1

Paradero Inicial : s/n - Ciro Alegria

Paradero Final : Los Heroes - Miguel Iglesias

Ruta 811

115

Paquete : P-42

Distrito de Origen : Jesus María

Distrito de Destino : Santiago de Surco

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

28 De Julio Manuel Olguin

Plaza Jorge Chavez El Derby

Salaverry Lima Polo

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Jose Nicolas Rodrigo

Plaza Centro America Primavera

Santa Cruz Angamos (Este)

Angamos (Oeste) Angamos (Oeste)

Angamos (Este) Santa Cruz

Primavera Plaza Centro America

Jose Nicolas Rodrigo Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Lima Polo Salaverry

El Derby 28 De Julio

Manuel Olguin Petit Thouars

28 De Julio

Ruta 602Longitud (Km) : 40.04

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.4

Intervalo Hora Valle : 5.5

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.8

Paradero Inicial : 28 De Julio - Garcilazo de la Vega

Paradero Final : Manuel Olguin - Javier Prado Este

Ruta 602

116

Paquete : P-43

Distrito de Origen : La Molina

Distrito de Destino : San Miguel

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

La Molina La Paz

Ovalo La Fontana San Luis

La Fontana Costanera

Circunvalacion Del Golf Juan Bertolotto

Golf De Los Incas Espinar

El Polo Brasil

La Encalada Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Primavera s/n

Angamos (Este) Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Angamos (Oeste) Plaza Centro America

Santa Cruz Santa Cruz

Plaza Centro America Angamos (Oeste)

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Angamos (Este)

s/n Primavera

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar La Encalada

Diego Ferre El Polo

Tacna Golf De Los Incas

Salaverry (Clement Markham) Circunvalacion Del Golf

San Miguel (Federico Gallesi) La Fontana

La Paz Ovalo La Fontana

La Molina

Ruta 603Longitud (Km) : 46.05

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.2

Intervalo Hora Valle : 3.4

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2

Paradero Inicial : La Molina - Separadora Industrial

Paradero Final : La Paz - Los Insurgentes

Ruta 603

117

Paquete : P-44

Distrito de Origen : Lima

Distrito de Destino : Santiago de Surco

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Guzman Blanco Guardia Civil (Sur)

Plaza Jorge Chavez Policia De Investigaciones

Salaverry Los Proceres

Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar Caminos Del Inca

Plaza Centro America Alfredo Benavides

Jose Pardo Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta)

Plaza Morales Barros Alfredo Benavides

Jose Pardo Jose Larco

Ovalo Miraflores Ovalo Miraflores

Mariscal Oscar R. Benavides Jose Pardo

Alfredo Benavides Plaza Morales Barros

Ovalo Los Cabitos (Ov. Higuereta) Jose Pardo

Alfredo Benavides Plaza Centro America

Caminos Del Inca Del Ejercito (Augusto Perez Aranibar

Los Proceres Salaverry

Policia De Investigaciones Plaza Jorge Chavez

Guardia Civil (Norte) 28 De Julio

A (Vista Alegre) Guzman Blanco

Ruta 606Longitud (Km) : 40.57

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.5

Intervalo Hora Valle : 3.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4

Paradero Inicial : Guzman Blanco - Plaza Bolognesi

Paradero Final : Guardia Civil (Sur) - Vista Alegre

Ruta 606

118

Paquete : P-45

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Pucusana

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Separador Industrial Panamericana Sur

Separadora Industrial Antigua Panamericana (Sur)

Maria Reiche Lima

Lima Maria Reiche

Antigua Panamericana (Sur) Separadora Industrial

Panamericana Sur Separador Industrial

Ruta 826Longitud (Km) : 73.67

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3

Intervalo Hora Valle : 4.1

Intervalo Hora Punta Tarde : 4.8

Paradero Inicial : Separador Industrial - s/n

Paradero Final : Panamericana Sur

Ruta 826

119

Paquete : P-45

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Pucusana

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Separador Industrial Panamericana Sur

Separadora Industrial Antigua Panamericana (Sur)

Maria Reiche Lima

Lima Maria Reiche

Antigua Panamericana (Sur) Separadora Industrial

Panamericana Sur Separador Industrial

Servicio 826ALongitud (Km) : 73.67

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3

Intervalo Hora Valle : -

Intervalo Hora Punta Tarde : -

Paradero Inicial : Separador Industrial - s/n

Paradero Final : Panamericana Sur

Servicio 826A

120

Paquete : P-46

Distrito de Origen : Chorrillos

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Julio Calero Arica

Mariscal Ramon Castilla Lima

Alejandro Iglesias Pachacutec

Huaylas Los Heroes

Ovalo De Villa San Juan

Villa Marina Ramon Vargas Machuca

Confraternidad Alipio Ponce Vasquez

Villa Marina Constelacion Austral

s/n 14

Guardia Civil Alipio Ponce Vasquez

Alipio Ponce Vasquez Guardia Civil

Ramon Vargas Machuca Ovalo De Villa

San Juan Huaylas

Los Heroes Alejandro Iglesias

Pachacutec Jose Barrionuevo

Lima Jose Olaya

Arica Mariscal Ramon Castilla

Julio Calero

Ruta 807Longitud (Km) : 50.55

Tipología Requerida : Bus12

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0

Intervalo Hora Valle : 3.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2

Paradero Inicial : Julio Calero - s/n

Paradero Final : Arica - Tupac Amaru

Ruta 807

121

Paquete : P-46

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n Los Incas

Pedro Huillca s/n

El Sol 27 De Diciembre

Pachacutec Pachacutec

27 De Diciembre El Sol

s/n Separadora Industrial

Los Incas

Ruta 818Longitud (Km) : 6.13

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : s/n - Separadora Industrial

Paradero Final : Los Incas - Chan Chan

Ruta 818

122

Paquete : P-46

Distrito de Origen : San Juan de Miraflores

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Manuel Scorza s/n

Andres Avelino Caceres Violetas

5 Villa María (Prl)

Heroes Del Pacifico (Prl) Heroes Del Pacifico (Prl)

Heroes Del Pacifico(Prol) Heroes Del Pacifico(Prol)

Villa María (Prl) Andres Avelino Caceres

Pachacutec Manuel Scorza

Ruta 823Longitud (Km) : 4.88

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 7.0

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : Manuel Scorza - s/n

Paradero Final : s/n - Pachacutec

Ruta 823

123

Paquete : P-46

Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

s/n El Triunfo

Defensores de Lima Defensores de Lima

Villa Maria Villa Maria

Pachacutec

Ruta 825Longitud (Km) : 5.08

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 3.1

Intervalo Hora Valle : 6.8

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.1

Paradero Inicial : s/n - Defensores de Lima

Paradero Final : El Triunfo - s/n

Ruta 825

124

Paquete : P-46

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

1 De Mayo Separadora Industrial

Central Los Angeles

El Sol Central

1 De Mayo

Ruta 824Longitud (Km) : 7.29

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.3

Intervalo Hora Valle : 9.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : 1 De Mayo - Los Algarrobos

Paradero Final : Separadora Industrial - El Sol

Ruta 824

125

Paquete : P-47

Distrito de Origen : Lurin

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Los Ficus 5

Jacaranda 7

Julio C. Tello Juan Velasco Alvarado

Antigua Panamericana (Sur) Pachacutec

Lima El Parque (Lima)

El Parque (Lima) Lima

Pachacutec Antigua Panamericana (Sur)

Juan Velasco Alvarado Julio C. Tello

Separadora Industrial Jacaranda

Los Ficus

Ruta 817Longitud (Km) : 18.64

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.7

Intervalo Hora Valle : 5.6

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.6

Paradero Inicial : Los Ficus - Los Sauces

Paradero Final : Separadora Industrial - 5

Ruta 817

126

Paquete : P-47

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Jorge Chavez s/n

Central 200 Millas

Juan Velasco Alvarado Mariano Pastor Sevilla

Mariano Pastor Sevilla Juan Velasco Alvarado

200 Millas Separadora Industrial

s/n

Ruta 819Longitud (Km) : 11.72

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.9

Intervalo Hora Valle : 5.3

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.2

Paradero Inicial : Jorge Chavez - Separadora Industrial

Paradero Final : s/n - Universitaria

Ruta 819

127

Paquete : P-47

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Talara Separadora Industrial

Revolución Juan Velasco Alvarado

200 Millas Central

Central 200 Millas

Jorge Chavez Revolución

Talara

Ruta 820Longitud (Km) : 10.89

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 2.0

Intervalo Hora Valle : 3.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 3.4

Paradero Inicial : Talara - María Elena Moyano

Paradero Final : Jorge Chavez - Separadora Industrial

Ruta 820

128

Paquete : P-47

Distrito de Origen : Villa Maria del Triunfo

Distrito de Destino : Villa el Salvador

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Melgar Separadora Industrial

Apurimac Juan Velasco Alvarado

Flora Tristan Pachacutec

Ayacucho Paseo Atahualpa

Santa Rosa General Vidal

Cuzco Cuzco

General Vidal Santa Rosa

Pachacutec Ayacucho

Juan Velasco Alvarado Flora Tristan

Separadora Industrial Apurimac

Raymondi

Ruta 822Longitud (Km) : 7.26

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 4.0

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 5.7

Paradero Inicial : Melgar - Miguel Grau

Paradero Final : Separadora Industrial - 5

Ruta 822

129

Paquete : P-47

Distrito de Origen : Villa el Salvador

Distrito de Destino : Villa Maria del Triunfo

Itinerario Ida Itinerario Vuelta

Separadora Industrial Arica

200 Millas Lima

Pachacutec Pachacutec

Lima 200 Millas

Arica Separadora Industrial

Ruta 821Longitud (Km) : 14.09

Tipología Requerida : Bus9

Intervalo Hora Punta Mañana : 7.1

Intervalo Hora Valle : 10.0

Intervalo Hora Punta Tarde : 7.0

Paradero Inicial : Separadora Industrial - s/n

Paradero Final : Arica - Tupac Amaru

Ruta 821

130

131

ANEXO 1-G

PLAN DE IMPLEMENTACIÓN

[EN REVISIÓN]

132

ANEXO Nº 2

Acuerdo de Confidencialidad

(Referencia: Numeral 3.2 .1 de las Bases de la Licitación)

[Nombre del Postor] debidamente representado por su [cargo del que suscribe], [Nombre de quien suscribe], identificado con [documento y numero], con domicilio en [domicilio actual], por medio del presente, manifestamos nuestro interés en obtener información general del Comité Especial sobre el proceso de licitación del servicio público de transporte

de personas en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema

Integrado de Transporte de Lima, de acuerdo con las Bases de la Licitación del referido proceso.

Al respecto, por la suscripción de este acuerdo nos comprometemos a mantener confidencial toda información proporcionada por el Comité Especial o por los funcionarios o empleados o Asesores (conjuntamente, la “Información”), a no divulgar ningún material a terceras personas sin la previa autorización escrita del Comité Especial, a no utilizar la Información obtenida para cualquier propósito que no esté relacionado directamente con la Licitación y a no utilizar la Información de cualquier manera que pudiera generar conflictos, directa o indirectamente, con los intereses de, o perjudicar a, la Municipalidad Metropolitana de Lima o cualquier de sus dependencias, GTU, el Comité Especial o los Asesores.

Los documentos o soportes en los que conste la información que sean proporcionados por el Comité Especial o GTU serán únicamente puestos a disposición de nuestro personal, ejecutivos y consultores por motivos exclusivamente relacionados con la Licitación, obligándonos a que todas las indicadas personas conozcan todos los términos de este acuerdo y que se encuentran igualmente obligados a mantener reserva y confidencialidad sobre la i nformación. De otro lado, nos obligamos a tomar todas las medidas que resulten razonables para impedir la divulgación de cualquier i nformación a cualquier persona, excepto aquellas referidas en este documento, sin el previo consentimiento escrito del Comité Especial.

Entendemos que ninguna licencia o derecho ha sido o será otorgado a nosotros o a nuestros asesores para el uso o la disposición de cualquier i nformación comprendida en el presente acuerdo para fines que no estén directamente vinculados a nuestra participación en la Licitación, salvo indicación contraria expresa contenida en este acuerdo.

Nosotros aceptamos que ni la Municipalidad Metropolitana de Lima, GTU, el Comité Especial ni los Asesores están declarando o garantizando, expresa o implícitamente, la exactitud, confiabilidad o totalidad de la Información que sea puesta a nuestra disposición y que ninguna de dichas partes ni sus respectivos directores, funcionarios, empleados o asesores será responsable frente a nosotros o a cualquier otra persona como consecuencia del uso que le demos nosotros o tales personas a la información y/o los materiales o soportes en que ésta se encuentre contenida. Nosotros declaramos que adoptaremos nuestras propias decisiones y realizaremos nuestro propio análisis respecto de la información que sea puesta a nuestra disposición y reconocemos que no dependeremos o seremos inducidos por la información para decidir cualquier aspecto de nuestra participación en la referida Licitación. Nosotros aceptamos que ninguna parte de la información, así como ningún material, soporte, discusión, negociación u otros asuntos relacionados constituyen o podrán constituir una oferta, o una obligación de ofrecer, por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima,

133

GTU, el Comité Especial o los Asesores -en nombre de cualquiera de aquéllas- ni tendrán carácter vinculante alguno, salvo indicación expresa por escrito en sentido contrario.

A petición del Comité Especial aceptamos: (i) no usar o divulgar a persona alguna, la totalidad o parte de la información o material obtenido; y (ii) comprometer nuestros mejores esfuerzos para evitar la divulgación de cualquier Información.

Igualmente, aceptamos que, a fin de suministrar o poner a nuestra disposición la información y/o los materiales en que ésta se encuentra contenida, ni Municipalidad Metropolitana de Lima ni GTU ni el Comité Especial ni los Asesores, asumen obligación alguna de proporcionarnos acceso a cualquier información adicional a la facilitada por el Comité Especial, así como tampoco a actualizar la información o los materiales proporcionados por el Comité Especial, o a corregir cualquier inexactitud que pudiera aparecer en la información o los materiales proporcionados por el Comité Especial.

Este acuerdo no se aplicará a la información que: (i) a la fecha en la que fue divulgada a nosotros o a nuestros asesores era de conocimiento público o en cualquier momento a partir de esa oportunidad sea del conocimiento público (exceptuando aquella que fuera objeto del incumplimiento de este acuerdo por nosotros o nuestros asesores); o (ii) a la fecha de suscripción de este documento, ya se encuentre legalmente en nuestro poder y, por lo tanto, no está sujeta al compromiso de confidencialidad aquí estipulado.

Todos los derechos y obligaciones, establecidos en este documento se regirán e interpretarán de acuerdo a lo dispuesto por las leyes peruanas que sean aplicables y las partes acuerdan someterse irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del Distrito Judicial de Lima, República del Perú.

En señal de aceptación y conformidad con todos los términos y condiciones de este Acuerdo de Confidencialidad, firmamos y entregamos un ejemplar al Comité Especial. [Ciudad], [Día], de [Mes], de [Año] Postor: … … … … … … … . Nombre y cargo del Representante Legal: … … … … … … … . Firma: … … … … … … … . (La firma del Representante Legal deberá ser legalizada notarialmente. S i el documento fuera otorgado fuera del Perú se procederá conforme a lo establecido en el Numeral 2.2.3 de las Bases)

134

ANEXO Nº 3

(Informativo)

Información sobre Entidades Financieras Autorizadas

para emitir las garantías establecidas en las Bases

Las Entidades Financieras autorizadas a emitir las cartas fianza establecidas en las Bases, serán aquellas que al momento de la presentación de las cartas fianza a nombre de

GTU ostenten la calificación mínima de: CP-2 para las obligaciones de corto plazo; C para Fortaleza Financiera Global; y BBB para Obligaciones de largo plazo.

La referida calificación deberá ser otorgada por cualquiera de las clasificadoras de

riesgo existentes en nuestro país, que se encuentran debidamente autorizadas por la

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, para tal fin.

Para el caso de los Bancos Extranjeros, las Cartas Fianza deberán ser confirmadas por una entidad financiera local de la misma categoría precitada.

En caso, que con posterioridad a la presentación de las cartas fianza, la entidad financiera que las emitió haya disminuido su calificación de riesgo a que se refiere

el primer párrafo del presente Anexo, el Postor se encuentra obligado a sustituir las cartas fianza respectivas, por la de otra entidad financiera que sí cumpla con la

calificación requerida en estas Bases. El plazo para la referida sustitución no

deberá exceder de cinco (5) días hábiles contados a partir del conocimiento del hecho

por sí mismo o por comunicación de la GTU o el Comité Especial, lo que ocurra

primero.

La no sustitución oportuna será causal de descalificación de la propuesta.

135

ANEXO Nº 4 Formulario 1-A

Declaración Jurada del Propietario POSTOR: Por medio de la presente, yo (nombre del propietario) propietario del vehículo cuyas características se describen líneas abajo, adscrito a la propuesta presentada por el Postor (nombre del postor) durante el proceso de Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU, para la concesión de la prestación del servicio público de transporte de personas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema Integrado de Transporte de Lima, declaro bajo juramento lo siguiente:

- Que conozco y entiendo el contenido de las Bases y Contrato del presente proceso de licitación. - Que la información que se describe líneas abajo es fidedigna y cuenta con mi total conformidad. - Que en caso que la propuesta para el paquete de rutas en la cual se incluye este vehículo resulte

ganadora de la buena pro, me comprometo a transferir, en la fecha de cierre, esta unidad vehicular al Concesionario correspondiente, respetando lo establecido en las Bases de Licitación y Contrato de Concesión.

- Que me someto de forma incondicional a lo indicado en las Bases, en caso los datos de la unidad vehicular que declaro en el presente Formulario no se ajusten a la verdad.

- Que la adquisición del vehículo se ha realizado de manera lícita. - Que sobre el vehículo declarado no existe orden de captura.

Adicionalmente, el Postor que firma el presente Formulario se compromete a sustituir este vehículo por

otro de iguales características o superior, en caso se imposibilite la transferencia de la propiedad al

patrimonio del Concesionario.

Placa: Año de Fabricación: Longitud: Tipo de Emisión: Asientos: Tipo Combustible: Ruta: Empresa en la que opera actualmente:

Nombre y Firma del Representante Legal del Postor (**)

(*) Propietario del vehículo: DNI: (*) Propietario del vehículo: DNI: (*) Propietario del vehículo: DNI:

Lugar y fecha: (La firma(s) del Propietario(s) de la unidad vehicular –así como del representante del Postor- deberá(n) ser legalizada(s) notarialmente.) *Las firmas deben corresponder a quien(es) figure(n) en el Certificado de Gravamen Vehicular. ** La presente declaración jurada es suscrita también por el representante legal del postor en señal de conformidad y compromiso para la adquisición del vehículo y el cumplimiento de las demás condiciones de acceso y permanencia relacionadas a dicha unidad, establecidas en las bases contrato de concesión y demás actuaciones administrativas o normas aplicables.

136

ANEXO Nº 4

Formulario 1-B Declaración Jurada del Arrendatario Financiero u Operativo

(en caso que el vehículo haya sido adquirido mediante Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing Financiero) o Contrato de Arrendamiento Operativo (Leasing Operativo))

Información válida para el proceso de Selección de la Concesión del Servicio de Transporte de Lima Metropolitana

POSTOR: Por medio de la presente, yo (nombre del Arrendatario Financiero/Operativo) Arrendatario del vehículo

cuyas características se describen líneas abajo, adscrito a la propuesta presentada presentada por el Postor

(nombre del postor) durante el proceso de Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU, para la concesión de la prestación

del servicio público de transporte de personas de los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema

Integrado de Transporte de Lima, declaro bajo juramento lo siguiente:

- Que conozco y entiendo el contenido de las Bases y Contrato del presente proceso de licitación. - Que la información que se describe líneas abajo es fidedigna y cuenta con mi total conformidad.

- Que tengo el uso y explotación del vehículo que declaro como arrendatario.

- Que me encuentro al día en el pago de las cuotas del Contrato de Arrendamiento del vehículo que declaro.

- Que en caso que la propuesta para el paquete de rutas en la cual se incluye este vehículo resulte ganadora de

la buena pro, me comprometo, en la fecha de cierre, a gestionar y obtener la cesión de posición contractual o

la transferencia de propiedad a favor de la persona jurídica adjudicataria de la Buena Pro, respetando lo

establecido en las Bases de Licitación y Contrato de Concesión.

- Que me someto de forma incondicional a lo indicado en las Bases, en caso los datos de la unidad vehicular que

declaro en el presente Formulario no se ajusten a la verdad.

Adicionalmente, el Postor que firma el presente Formulario se compromete a sustituir este vehículo por otro de iguales

características o superior, en caso se imposibilite la transferencia de la propiedad al patrimonio del Concesionario.

Placa: Tipo de Certificación: Longitud: Tipo de Emisión: Asientos: Tipo Combustible: Ruta: Empresa en la que opera actualmente: Año de Fabricación: Arrendador: Tiempo de Operación en la ruta : Arrendatario: Fecha de baja del vehículo: Fecha de Autorización de la Ruta:

Nombre y Firma del Representante Legal del Postor (**)

(*) Arrendatario: DNI: (*) Arrendatario: DNI: (*) Arrendatario: DNI:

Lugar y fecha:

(La firma(s) del(os) Arrendatario(s) de la unidad vehicular deberá(n) ser legalizada(s) notarialmente. Si el documento fuera otorgado fuera del Perú, se procederá conforme a lo establecido en el Numeral 2.2.3) *Las firmas deben corresponder a quien(es) figure(n) como Arrendatarios en el Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing Financiero) o Contrato de Arrendamiento Operativo (Leasing Operativo)

** La presente declaración jurada es suscrita también por el representante legal del postor en señal de conformidad y compromiso para la adquisición del vehículo y el cumplimiento de las demás condiciones de acceso y permanencia relacionadas a dicha unidad, establecidas en las bases contrato de concesión y demás actuaciones administrativas o normas aplicables.

137

ANEXO Nº 4 Formulario 2 :

PROPUESTA ECONÓMICA DECLARACIÓN JURADA

PAQUETE: (Código del Paquete al que postula)

Por medio de la presente, (nombre del Postor), declaramos bajo juramento que la información

que forma parte de este formulario, Propuesta Económica, corresponde íntegramente a nuestra oferta. Asimismo, declaramos bajo juramento que los montos y porcentajes propuestos cuentan con el consentimiento de cada una de las accionistas de nuestra Empresa y/o personas naturales y/o jurídicas que conforman nuestro Consorcio, según corresponda.

PROPUESTA ECONOMICA RUTA PARAMETROS VALOR

Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo

Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado

Costo por kilómetro Por ruta

Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo

Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado

Costo por kilómetro Por la ruta

Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo

Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado

Costo por kilómetro Por la ruta

Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo

Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado

Costo por kilómetro Por la ruta

Tarifa por pasajero 1 Por pasajero directo

Tarifa por pasajero 2 Por pasajero transbordado

Costo por kilómetro Por la ruta

Lugar y fecha: Postor Nombre del Representante Legal del Postor / Persona designada por el Consorcio. Firma

(La firma del Representante Legal / Persona designada por el Consorcio en esta declaración jurada deberá ser legalizada notarialmente.)

138

Anexo Nº 5 Modelo 1

Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

[ ] de [ ] de

Señores

Comité Especial

Gerencia de Transporte Urbano

Lima - Perú

Postor: …………………………

Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico

de Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del

Sistema Integrado de Transporte de Lima de los Paquetes de Ruta N°……………….

De nuestra consideración: Por cuenta y orden de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Concesionario], constituimos

esta garantía solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de

realización automática, hasta por la suma de S/. ……………… (……………. Y 00/100 N U E V O S

S O L E S ), a favor de GTU, para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato de Concesión por

parte de [indicar nombre del Concesionario], de conformidad con el Numeral […………..] de la

Cláusula […………..] del Contrato de Concesión.

El pago de esta garantía se hará efectivo a simple requerimiento y sin necesidad de acto posterior

por parte de GTU, al recibir nosotros, en nuestras oficinas sitas en la dirección indicada líneas abajo,

una solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente

autorizada de GTU, manifestando que nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario] no ha

cumplido con cualquiera de las obligaciones que están garantizadas por este documento.

GTU podrá requerir el pago total o parcial de esta garantía.

Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se

verán afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y

nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario].

El plazo de vigencia de esta garantía será desde la Fecha de In ic io de pre-operación hasta

dos (2) años después del término de la Concesión.

Nos comprometemos a pagarles el monto reclamado de la garantía en un plazo máximo de 24

horas, contado a partir de la recepción de la carta de requerimiento de pago. Toda demora de

nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios en favor de GTU que se

calcularán a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente garantía, sobre

la base de la tasa máxima LIBOR a un año, más un spread de 3.0%. La tasa LIBOR aplicable

será la establecida por el Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo

devengarse los intereses hasta la fecha efectiva de pago

Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el

mismo significado que se les atribuye en el Contrato de Concesión.

Atentamente, Firma y Sello: Nombre y Cargo

Entidad: [Banco que emite la fianza] Dirección:

139

Anexo Nº 5 Modelo 2

Carta Fianza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Plan de Chatarreo

[ ] de [ ] de

Señores

Comité Especial

Gerencia de Transporte Urbano

Lima - Perú

Postor: …………………………

Referencia: Licitación Pública N°001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico de

Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema

Integrado de Transporte de Lima de los Paquetes de Rutas N°……………….

De nuestra consideración: Por cuenta y orden de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Concesionario], constituimos esta

garantía solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización

automática, hasta por la suma de S/. ……………… (……………. Y 00/100 N U E V O S S O L E S ), a favor de

GTU, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones d e C h a t a r r e o d e v e h í c u l o s d e

a c u e r d o c o n l o p r o p u e s t o por parte de [indicar nombre del Concesionario], de conformidad

con el Numeral […………..] de la Cláusula […………..] del Contrato de Concesión.

El pago de esta garantía se hará efectivo a simple requerimiento y sin necesidad de acto posterior por

parte de GTU, al recibir nosotros, en nuestras oficinas sitas en la dirección indicada líneas abajo, una

solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada

de GTU, manifestando que nuestro cliente [indicar nombre del Concesionario] no ha cumplido con

cualquiera de las obligaciones que están garantizadas por este documento. GTU podrá requerir el

pago total o parcial de esta garantía.

Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán

afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y nuestro cliente

[indicar nombre del Concesionario].

El plazo de vigencia de esta garantía será desde la fecha de inicio de pre-operación hasta el final del quinto

(5) año de operación o hasta el mes siguiente luego que la GTU –a pedido del Concesionario- haya constatado

el cumplimiento del chatarreo de la totalidad de las unidades a las que se haya comprometido a chatarrear. .

Nos comprometemos a pagarles el monto reclamado de la garantía en un plazo máximo de 24 horas,

contado a partir de la recepción de la carta de requerimiento de pago. Toda demora de nuestra

parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios en favor de GTU que se calcularán a

partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente garantía, sobre la base de la tasa

máxima LIBOR a un año, más un spread de 3.0%. La tasa LIBOR aplicable será la establecida por el

Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo devengarse los intereses hasta la

fecha efectiva de pago

Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el

mismo significado que se les atribuye en el Contrato de Concesión.

Atentamente,

Firma y Sello: Nombre y Cargo

Entidad: [Banco que emite la fianza] Dirección:

140

Anexo Nº 6

Carta Fianza de Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta

[ ] de [ ] de Señores

Comité Especial

Gerencia de Transporte Urbano

Lima - Perú

Postor: …………………………

Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la Concesión del Servicio Púbico de

Transporte de Pasajeros en los Corredores de Integración y Rutas de Aproximación del Sistema

Integrado de Transporte de Lima de los Paquete de Rutas N°……………….

Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores [indicar nombre del Postor o integrante del

Postor] constituimos esta fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni

división y de realización automática, por la suma de trescientos Noventa Mil y 00/100 Nuevos Soles

(S/.390 000.00 ) a favor de GTU, para garantizar la validez, vigencia y cumplimiento de la Propuesta

presentada por [indicar nombre del Postor], de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en

las Bases de la Licitación de la referencia (las “Bases”).

Asimismo, dejamos establecido que la presente fianza se hará efectiva en el caso que dicho Postor

resulte Adjudicatario de la Buena Pro en la Licitación de la referencia y no cumpla con todas y cada

una de las obligaciones que le corresponden en la Fecha de Cierre, según lo estipulado en el

Numeral 10 de las Bases.

El pago de esta fianza se hará efectivo de manera automática dentro de las 24 horas de su

requerimiento de pago y sin necesidad de acto posterior por parte de ustedes, al recibir nosotros una

solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada

de GTU, manifestando que [indicar nombre del Postor] no han cumplido con cualquiera de las

obligaciones que están garantizadas por este documento. Dicha solicitud deberá ser cursada por

vía notarial a nuestras oficinas sitas en la dirección líneas abajo.

Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán

afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial, sus Asesores o GTU y nuestros clientes.

El plazo de vigencia de esta fianza será desde la fecha de presentación del Sobre Nº 2, hasta la Fecha de cierre del Paquete de Rutas adjudicado.

Cualquier demora de nuestra parte para pagar el monto de esta fianza, a partir de la fecha en que

sea requerida por ustedes conforme a los términos que aquí se indican, devengará, de manera

automática, un interés equivalente a la tasa LIBOR a un año más un margen (Spread) de 3%. La tasa

LIBOR aplicable será la establecida por el Cable Reuter diario que se reciba en Lima a horas 11:00 a.m.

debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que se ha exigido su cumplimiento y

hasta la fecha efectiva del pago.

Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el

mismo significado que se les atribuye en las Bases.

Atentamente,

Firma y Sello:

Nombre y Cargo

Entidad:

[Banco que emite la Fianza]

141

Anexo Nº 7

Modelo de Carta Fianza Bancaria de Reconsideración y Apelación de calificación

Lima,

Señores

Comité Especial

Gerencia de Transporte Urbano

Perú

Postor: …………………………

Referencia: Licitación Pública N° 001-2014-MML/GTU para la concesión de la

prestación del servicio público de transporte regular de pasajeros de los Paquetes de

Rutas N°….

De nuestra consideración:

Por la presente y a la solicitud de nuestros clientes, señores [indicar nombre del postor o

integrante del Postor], constituimos fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio

de excusión, ni división y de realización automática, hasta por la suma de Ciento Treinta Mil y

00/100 Nuevos Soles (s/.130 000.00), a favor de GTU para garantizar a nuestros afianzados

en el pago de esa suma en cualquiera de los supuestos que se indican en esta carta fianza.

Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de s e s e n t a (60) días calendario contados a

partir de [fecha de presentación de la reconsideración o apelación], y se hará efectiva en

caso que la reconsideración o apelación fuera declarada infundada o improcedente en

definitiva por el Comité Especial o GTU.

Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podrá ser ejecutada por GTU, de

conformidad con lo dispuesto por el artículo 1898º del Código Civil Peruano.

Se conviene expresamente que para que procedamos a honrar esta fianza, bastará un

simple requerimiento realizado por conducto notarial en nuestras oficinas sitas en la

dirección indicada líneas abajo, y en el cual se exprese que la reconsideración o apelación

presentada por [indicar nombre del postor] ha sido declarada infundada o improcedente por

el Comité Especial o por la GTU; o, habiendo obtenido resolución en ese sentido de parte del

Comité Especial, ésta no fuera apelada.

Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo máximo de 24

horas, contado a partir de la fecha de recepción de la carta notarial de requerimiento. Toda

demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses moratorios a favor de

ustedes que se calcularán sobre la tasa LIBOR, más un margen (spread) de 3.0%. La tasa LIBOR

será la máxima establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m.

Tales intereses se devengarán a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de esta

fianza.

Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía

tienen el mismo significado que se les atribuye en las Bases.

Atentamente,

Firma y Sello:

Nombre:

Cargo:

Entidad: (Banco que emite la fianza)

Dirección:

142

Anexo Nº 8

Matriz de Superposición de Rutas

VER PUBLICACION

EN LA PAGINA WEB DE LA GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO

(www.gtu.munlima.gob.pe)

143

ANEXO X-1

CLAÚSULAS OBLIGATORIAS PARA LOS CONTRATOS DE CONSORCIO

El presente Anexo contempla el contenido obligatorio de las cláusulas que formarán parte de

los contratos de consorcios, instrumento necesario (salvo para el caso de personas jurídicas)

para la participación de los postores en las Licitaciones Públicas para la obtención de la buena

pro de las concesiones para prestar el servicio de transporte público regular de pasajeros en

los paquetes de rutas que forman parte de los Corredores de Integración y Rutas

Aproximación.

Específicamente a continuación se detalla el contenido de las cláusulas obligatorias del

contrato de consorcio:

1. Identificación de los consorciados. Para el caso de personas naturales se deberá

especificar el nombre, el documento de identidad (DNI, Pasaporte, Carné de

extranjería), y el domicilio legal para efectos del presente procedimiento. Para el caso

de personas jurídicas deberá especificarse la denominación social, el número de RUC,

el representante legal (nombre y documento de identidad) con poderes vigentes y

suficientes, y el domicilio legal para efectos del presente procedimiento.

2. Designación de un representante común con facultades de representación específicas

en el presente procedimiento, que le permita representar al consorcio ante cualquier

suceso o incidente, tales como presentación de las propuestas, interposición de medio

impugnatorio, solicitud de lectura de las propuestas, representación del consorcio en

actos públicos, solicitud de información, solicitud de entrevista a los miembros del

Comité Especial, etc.

3. En caso se obtenga el otorgamiento de la buena pro de la ruta o paquete de rutas al

que postuló:

3.1. Se obliga a constituir una persona jurídica bajo las mismas condiciones que las

establecidas en el Contrato de Consorcio, entre otras cosas, obligándose a

constituir la persona jurídica con un determinado capital mínimo y reflejar un

accionariado o participaciones en la misma proporción que la propuesta, de

acuerdo a lo estipulado en el las Bases y Contrato de Consorcio.

3.2. Adecuar los vehículos de la flota acreditada a las exigencias establecidas en las

Bases y el Contrato de Concesión de la presente Licitación Pública, cuando

corresponda, según lo establecido por la GTU.

144

3.3. Presentar y cumplir con el cronograma de retiro de vehículos, el cual será

aprobado por el Concedente. En ese contexto, se obligará a retirar

inicialmente a los vehículos de categoría M2 -camionetas rurales- (combis).

3.4. Al momento del Inicio de la pre-operación el Concesionario deberá contar,

como mínimo, con las siguientes unidades organizativas con funciones y

responsabilidades definidas en manuales editados específicamente por el

Concesionario: i) gerencia de operaciones, y ii) gerencia o unidad de

mantenimiento; por lo que de ser favorecido con la Buena Pro se compromete

a implementar las unidades gerenciales mencionadas. Para su verificación se

requerirá el Reglamento Interno de Trabajo así como el Manual de

Operaciones de la empresa.

3.5. Contratar al personal operativo en planilla, de conformidad con la normativa

sobre la materia.

3.6. Los consorciados, sus socios, accionistas, miembros, se obligan a renunciar la

operación de las rutas que se sobrepongan a la ruta o paquetes de rutas que

se superponga con alguna de las rutas del actual Sistema Integrado de

Transporte, como requisito previo a la suscripción del Contrato de Concesión.

4. Determinar el porcentaje de participación de cada consorciado, los cuales se deberán

reflejar en el porcentaje de participación y/o accionariado de la persona jurídica que se

constituirá en caso se obtenga la buena pro de la licitación pública, por ruta. En ese

sentido, se deberá determinar el monto dinerario y/o los bienes aportados y su

respectivo valor, lo cual deberá concordar con el capital mínimo propuesto.

5. Cumplir con constituir el consorcio con aportes reales, que deberán representar el

capital mínimo exigido para la celebración del Contrato de Concesión, y especificar los

aportes de cada uno de los consorciados.

6. Sometimiento a las condiciones, obligaciones y demás cargas establecidas en las Bases

de Licitación Pública, así como en el Contrato de Concesión.

7. Se deberán consignar las siguiente declaraciones:

7.1. Declaración Jurada suscrita señalando que los consorciados, sus socios,

accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales, no tienen

sentencia o laudo arbitral consentido por proceso alguno relacionado con el

incumplimiento de alguna obligación contractual con alguna Autoridad

Gubernamental o de no tener impedimento o restricción alguna para contratar

con el Estado Peruano.

145

7.2. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,

accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales no tienen

impedimento ni están sujetos a restricciones por vía contractual, judicial,

legislativa u otras, para asumir y cumplir con las obligaciones emanadas de

estas Bases, de la Propuesta y de los Contratos, incluyendo lo normado por el

Artículo 1366 del Código Civil Peruano; el artículo 47° de la Ordenanza Nº 867

de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Reglamento para

la Promoción de la Inversión Privada; y, Numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14°

de la Ordenanza N° 1599, de acuerdo al Formulario 5 del Anexo N°4.

7.3. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,

accionistas o miembros, apoderados, y/o representantes legales renuncian a

invocar o ejercer cualquier privilegio o inmunidad diplomática u otra; o

reclamo por la vía diplomática o de otra naturaleza; contra el Estado o sus

dependencias, la Municipalidad Metropolitana de Lima, PROTRANSPORTE, la

GTU, el Comité Especial, sus integrantes y Asesores, bajo la ley peruana o bajo

cualquier otra legislación con respecto a sus obligaciones sobre estas Bases, la

Propuesta, y los Contratos que se suscribirán.

7.4. Declaración Jurada señalando que tanto los consorciados como sus socios,

accionistas o miembros, apoderados, representantes legales no tienen litigio

judicial, arbitral o administrativo pendiente con la Municipalidad

Metropolitana de Lima o alguna de sus dependencias, relacionados al

otorgamiento y renovación de títulos habilitantes otorgados por la GTU para la

prestación de servicios de transporte urbano o contra las disposiciones

dictadas por la MML para el reordenamiento y reubicación de rutas. Esta

restricción se mantendrá durante todo el proceso de licitación.

7.5. Declaración Jurada de que cada unidad vehicular que conforma la propuesta,

forma parte única y exclusivamente de la misma y su inclusión cuenta con la

conformidad de cada uno de sus propietarios.

7.6. Declaración Jurada de que cada vehículo propuesto solo podrá acreditarse a

un postor y a un solo Paquete de Rutas, bajo sanción de ser automáticamente

descalificado, de acuerdo a lo establecido en las Bases y el Contrato de

Concesión.

En caso se omita algún extremo de las cláusulas obligatorias descritas, el Comité Especial

deberá requerir su subsanación en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles. De no

subsanarse la omisión en el plazo antes indicado se descartará la propuesta.

146

Cualquier incumplimiento a lo establecido en el presente contrato será objeto de una

penalidad, sin perjuicio de la medida correctiva a exigirse, en el marco de la ejecución de las

prestaciones en el Contrato de Concesión, de ser el caso.

147

ANEXO X-2

MODELO DE CONTRATO DE CONSORCIO

SEÑOR NOTARIO:

SÍRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PUBLICAS UNA DE

CELEBRACIÓN DE CONTRATO ASOCIATIVO DE CONSORCIO, QUE SUSCRIBEN DE UNA

PARTE [PERSONA JURÍDICA 1], (EN ADELANTE [___________]) IDENTIFICADO CON RUC

Nº [_____________], INSCRITA EN LA PARTIDA Nº [_______] DEL REGISTRO DE

PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO, CON DOMICILIO

EN [_________________], REPRESENTADA POR SU APODERADO SEÑOR

[____________], DE NACIONALIDAD [____________], IDENTIFICADO CON DNI N°

[________]; Y DE LA OTRA PARTE [PERSONA JURÍDICA 2] (EN ADELANTE [________])

IDENTIFICADO CON RUC Nº [____________], INSCRITA EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº

[________] DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL DE

LIMA Y CALLAO, CON DOMICILIO EN [____________], REPRESENTADA POR SU

APODERADA [________], IDENTIFICADA CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Nº

[________]; EN LOS TÉRMINOS CONTENIDOS EN LAS SIGUIENTES CLAUSULAS:

PRIMERA.- ANTECEDENTES

[PERSONA JURÍDICA 1] ES UNA SOCIEDAD DE DERECHO PRIVADO CONSTITUIDA EN

LA CIUDAD DE LIMA QUE TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LAS ACTIVIDADES DE

[_________________].

[PERSONA JURÍDICA 2] ES UNA SOCIEDAD DE DERECHO PRIVADO CONSTITUIDA EN

LA CIUDAD DE LIMA QUE TIENE POR OBJETO DEDICARSE A LAS ACTIVIDADES DE

[_________________].

SEGUNDA.- OBJETO ESPECÍFICO Y ALCANCES DEL CONTRATO

2.1 DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN

PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU EL POSTOR PUEDE SER UNA PERSONA JURÍDICA

CONSTITUIDA EN EL PERÚ O CONSORCIO –ELEVADO A ESCRITURA PÚBLICA-

QUE SE ENCUENTRE REGISTRADO EN EL SORSIT, PREVIO PAGO DEL DERECHO

DE PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN.

2.2 POR EL PRESENTE, LAS PARTES ACUERDAN SUSCRIBIR UN CONTRATO

ASOCIATIVO BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO DE CONSORCIO, REGULADO

POR EL ARTICULO 445º Y SIGUIENTES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES CON

LA FINALIDAD DE COMPLEMENTAR EN FORMA MANCOMUNADA SUS RECURSOS,

CAPACIDADES Y APTITUDES PARA QUE EN FORMA CONJUNTA PARTICIPEN

DIRECTA Y ACTIVAMENTE EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, A FIN

OBTENER LA BUENA PRO Y POR ENDE SUSCRIBIR UN CONTRATO DE CONCESIÓN

PARA PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO REGULAR EN EL

PAQUETE DE RUTAS IDENTIFICADO CON CÓDIGO [_________], APROBADO POR LA

GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°

100-2014-MML/GTU.

148

2.3 CONCRETAMENTE EL ALCANCE DEL CONTRATO DE CONSORCIO ES ESTABLECER

LAS OBLIGACIONES Y DERECHOS DE CADA UNO DE LOS CONSORCIADOS

RESPECTO A LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, EN EL MARCO DE

LAS CONDICIONES, REQUISITOS Y OBLIGACIONES EXIGIDOS EN LAS BASES Y

CONTRATO DE CONCESIÓN. EN ESE SENTIDO, CUALQUIER CONDICIÓN,

REQUISITO Y OBLIGACIÓN EXIGIDA EN LAS BASES Y CONTRATO DE CONCESIÓN

QUE NO SE ENCUENTRE CONTEMPLADA EN EL PRESENTE CONTRATO DE

CONSORCIO SE ENCONTRARÁ INMEDIATAMENTE INCORPORADA.

TERCERO.- OBLIGACIONES DE LOS CONSORCIADOS

3.1 LOS CONSORCIADOS SE OBLIGAN A CUMPLIR LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:

3.1.1. CUMPLIR CON CONSTITUIR EL CONSORCIO CON APORTES REALES, QUE

DEBERÁN REPRESENTAR EL CAPITAL MÍNIMO EXIGIDO PARA LA

CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN, Y ESPECIFICAR LOS

APORTES DE CADA UNO DE LOS CONSORCIADOS.

3.1.2. SOMETIMIENTO A LAS CONDICIONES, OBLIGACIONES Y DEMÁS CARGAS

ESTABLECIDAS EN LAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO EN EL

CONTRATO DE CONCESIÓN.

3.2. EN CASO SE OBTENGA LA BUENA PRO DE LA RUTA O PAQUETE DE RUTAS AL

QUE POSTULÓ:

3.2.1. SE OBLIGA A CONSTITUIR UNA PERSONA JURÍDICA BAJO LAS MISMAS

CONDICIONES QUE LAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO DE

CONSORCIO, ENTRE OTRAS COSAS, OBLIGÁNDOSE A CONSTITUIR LA

PERSONA JURÍDICA CON UN DETERMINADO CAPITAL MÍNIMO Y REFLEJAR

UN ACCIONARIADO O PARTICIPACIONES EN LA MISMA PROPORCIÓN QUE

LA PROPUESTA, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL LAS BASES Y

CONTRATO DE CONSORCIO.

3.2.2. ADECUAR LOS VEHÍCULOS DE LA FLOTA ACREDITADA A LAS EXIGENCIAS

ESTABLECIDAS EN LAS BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA

PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA, CUANDO CORRESPONDA, SEGÚN LO

ESTABLECIDO POR EL CONCEDENTE.

3.2.3. PRESENTAR Y CUMPLIR CON EL CRONOGRAMA DE RETIRO DE

VEHÍCULOS, EL CUAL SERÁ APROBADO POR EL CONCEDENTE. EN ESE

CONTEXTO, SE OBLIGARÁ A RETIRAR INICIALMENTE A LOS VEHÍCULOS DE

CATEGORÍA M2 -CAMIONETAS RURALES- (COMBIS).

3.2.4. AL MOMENTO DEL INICIO DE LA PRE-OPERACIÓN EL CONCESIONARIO

DEBERÁ CONTAR, COMO MÍNIMO, CON LAS SIGUIENTES UNIDADES

ORGANIZATIVAS CON FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEFINIDAS EN

MANUALES EDITADOS ESPECÍFICAMENTE POR EL CONCESIONARIO: I)

GERENCIA DE OPERACIONES, Y II) GERENCIA O UNIDAD DE

149

MANTENIMIENTO; POR LO QUE DE SER FAVORECIDO CON LA BUENA PRO

SE COMPROMETE A IMPLEMENTAR LAS UNIDADES GERENCIALES

MENCIONADAS, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR EL CONCEDENTE.

PARA SU VERIFICACIÓN SE REQUERIRÁ EL REGLAMENTO INTERNO DE

TRABAJO, MANUAL DE OPERACIONES DE LA EMPRESA.

3.2.5. CONTRATAR AL PERSONAL OPERATIVO EN PLANILLA, DE CONFORMIDAD

CON LA NORMATIVA SOBRE LA MATERIA.

3.2.6. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS, MIEMBROS, SE

OBLIGAN A RENUNCIAR LA OPERACIÓN DE LAS RUTAS –EN LAS QUE

FUERAN TITULARES- QUE SE SUPERPONGAN A LA RUTA O PAQUETES DE

RUTAS DE ALGUNA DE LOS SERVICIO Y/O RUTAS DEL ACTUAL SISTEMA

INTEGRADO DE TRANSPORTE, COMO REQUISITO PREVIO A LA

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.

3.3. ESPECÍFICAMENTE [PERSONA JURÍDICA 1] TIENE LA OBLIGACIÓN DE APORTAR

AL PAQUETE DE RUTAS [________________] LO SIGUIENTE: [DETALLE DE LOS

BIENES APORTADOS, ASÍ COMO SU CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA].

3.4. POR SU PARTE, [PERSONA JURÍDICA 2] TIENE LA OBLIGACIÓN DE APORTAR AL

PAQUETE DE RUTAS [________________] LO SIGUIENTE: [DETALLE DE LOS

BIENES APORTADOS, ASÍ COMO SU CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA].

3.5. CORRESPONDE A CADA UNA DE LAS PARTES, DENTRO DE LOS LÍMITES

NECESARIOS PARA LOGRAR LA EFICIENCIA BUSCADA, REALIZAR LAS

ACTIVIDADES PROPIAS QUE SE LE ENCARGAN, COORDINANDO AL EFECTO

CON EL OTRO MIEMBRO DEL CONSORCIO, CONFORME A LOS

PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS PREVISTOS EN ESTE DOCUMENTO. EN

CUALQUIER CASO, LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO PODRÁN PRECISAR,

AMPLIAR O RESTRINGIR EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LO CUAL

DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO.

CUARTO.- DENOMINACIÓN Y DOMICILIO

LAS PARTES ACUERDAN QUE EL CONSORCIO TENDRÁ LA DENOMINACIÓN DE

“CONSORCIO [________________]” (EN ADELANTE EL CONSORCIO); Y FIJA SU

DOMICILIO LEGAL EN [________________________________].

CUALQUIER COMUNICACIÓN QUE LA AUTORIDAD, O CUALQUIER OTRO TERCERO

AJENO A LAS PARTES DEBA CURSAR A EL CONSORCIO COMO CONSECUENCIA DE LA

EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, DEBERÁ EFECTUARSE EN EL DOMICILIO

ANTES SEÑALADO.

QUINTO.- PARTICIPACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE RESULTADOS

5.1 LAS PARTES CONSORCIADAS PARTICIPARAN EN EL CONSORCIO DE TODOS LOS

DERECHOS, OBLIGACIONES, APORTES, RIESGOS, COSTOS, GASTOS, GANANCIAS

150

Y PÉRDIDAS NETAS GENERADOS POR LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE

CONSORCIO EN LAS SIGUIENTES PROPORCIONES:

[PERSONA JURÍDICA 1]: [__] %

[PERSONA JURÍDICA 2]: [__] %

5.2 NO OBSTANTE LO CONSIGNADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, AMBAS PARTES

RESPONDERÁN SOLIDARIAMENTE ANTE LA AUTORIDAD POR LOS

INCUMPLIMIENTOS Y/O INFRACCIONES COMETIDAS EN EL MARCO DEL

PRESENTE PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA.

5.3 DE SER EL CASO, DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 (QUINCE) DÍAS SIGUIENTES AL

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-

MML/GTU EL REPRESENTANTE LEGAL DE EL CONSORCIO, DEBERÁ INICIAR LAS

GESTIONES PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA QUE SERÁ LA

TITULAR DE LA CONCESIÓN, DE ACUERDO A LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL

PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS

PRESENTES BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.

5.4 LOS CONSORCIADOS TENDRÁN FACULTAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE

LOS ALCANCES DEL PRESENTE CONTRATO.

SEXTA.- DURACIÓN DE EL CONSORCIO

6.1 El PLAZO DE DURACIÓN DE EL CONSORCIO CULMINARÁ EN LA FECHA DE

CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE PRE-OPERACIÓN DE CADA UNA DE LA RUTA

O PAQUETES DE RUTAS AL QUE POSTULA, DE CONFORMIDAD CON LO

ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.

6.2 SIN PERJUICIO DE LO EXPUESTO, EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ SER

RENOVADO Y/O MODIFICADO, SI LAS PARTES ASÍ LO ACORDARAN LOS

CONSORCIADOS, EN FUNCIÓN A FUTURAS LICITACIONES PÚBLICAS.

SÉTIMA.- RÉGIMEN DE EL CONSORCIO

7.1 PARA EFECTOS DEL MANEJO ECONÓMICO Y TRIBUTARIO, EL CONSORCIO NO SE

ENCUENTRA OBLIGADO A TRAMITAR SU REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE

(R.U.C.).

7.2 EL CONSORCIO LLEVARÁ [O NO] UNA CONTABILIDAD INDEPENDIENTE DE LAS

EMPRESAS QUE LO CONFORMAN.

7.3 SIN PERJUICIO DE LO ANTES EXPUESTO, Y DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL

ARTÍCULO 445º DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, EL PRESENTE CONTRATO

NO IMPLICA LA CREACIÓN DE UNA PERSONA JURÍDICA DE HECHO NI DE

DERECHO, POR LO QUE AMBAS PARTES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL

PRESENTE CONTRATO MANTENDRÁN SU AUTONOMÍA ECONÓMICA Y

ADMINISTRATIVA, REALIZANDO CADA UNA DE ELLAS LAS ACTIVIDADES QUE SE

COMPROMETAN A REALIZAR SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA

SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO, U OTRAS QUE LAS PARTES POR ACUERDO

EXPRESO POSTERIOR DECIDAN INCLUIR.

151

7.4 EL CONSORCIO SERÁ ADMINISTRADO POR UN REPRESENTANTE, CONFORME SE

DESCRIBE EN EL PRESENTE CONTRATO DE CONSORCIO.

OCTAVA.- RESPONSABILIDAD CON TERCEROS 8.1 CADA MIEMBRO DE EL CONSORCIO PODRÁ VINCULARSE INDIVIDUALMENTE CON

TERCEROS EN EL DESEMPEÑO DE LA ACTIVIDAD QUE LE ASIGNE EL

CONSORCIO, ADQUIRIENDO DERECHOS Y ASUMIENDO OBLIGACIONES Y

RESPONSABILIDADES A TÍTULO PARTICULAR POR LO QUE NO EXISTIRÁ, ENTRE

LAS PARTES CONTRATANTES, RESPONSABILIDAD SOLIDARIA FRENTE A

TERCEROS.

8.2 SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA

CLÁUSULA 5.2, LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE QUE SE

RESPONSABILIZAN SOLIDARIAMENTE ANTE LA AUTORIDAD RESPECTO DE

TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DE LA

PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU.

NOVENA.- AFECTACIÓN DE BIENES

9.1 LOS MIEMBROS DE EL CONSORCIO AFECTARÁN AL NEGOCIO LOS BIENES

DESCRITOS EN LA CLÁUSULA TERCERA DEL PRESENTE CONTRATO PARA LA

PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU.

9.2 EN CASO QUE LA PROPUESTA DEL CONSORCIO OBTENGA LA BUENA PRO DE

LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2014-MML/GTU, SE DEBERÁ CONSTITUIR UNA

PERSONA JURÍDICA CONFORMADA POR LOS CONSORCIADOS BAJO LAS

MISMAS ALÍCUOTAS DE PARTICIPACIÓN DESCRITAS EN LA CLÁUSULA QUINTA,

A LA CUAL SE LE DEBERÁ TRANSFERIR LA PROPIEDAD DE LAS UNIDADES

VEHICULARES Y DEMÁS BIENES CALIFICADOS COMO BIENES PROPIOS DE SU

PROPUESTA.

9.3 EN CASO SE REQUIERA ADQUIRIR OTROS BIENES PARA LA EJECUCIÓN DEL

SERVICIO A CONCESIONARSE ANTES DE LA ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO,

LOS MIEMBROS DE EL CONSORCIO DEBERÁN DETERMINAR SI ÉSTOS SERÁN

ADQUIRIDOS POR CADA UNO DE LOS MIEMBROS O EN FORMA CONJUNTA, ASÍ

COMO EL REAJUSTE DE SUS PARTICIPACIONES EN EL NEGOCIO. EN EL CASO

DE ADQUISICIÓN CONJUNTA SERÁN DE APLICACIÓN LAS REGLAS DE LA

COPROPIEDAD.

DÉCIMA.- REPRESENTACIÓN LEGAL DE EL CONSORCIO

EL REPRESENTANTE LEGAL DE EL CONSORCIO CUENTA CON LAS FACULTADES DE

REPRESENTACIÓN EN LOS SIGUIENTES ÁMBITOS, RAZÓN POR LA CUAL ES TITULAR A

SOLA FIRMA, DE LAS SIGUIENTES FACULTADES:

10.1 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES JUDICIALES, ARBITRALES, POLÍTICAS, ADMINISTRATIVAS, TRIBUTARIAS, CONSULARES, MUNICIPALES, LABORALES, POLICIALES Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE EN TODA CLASE DE PROCEDIMIENTO, PROCESOS Y ACTUACIONES, SEAN ESTOS JUDICIALES, ADMINISTRATIVOS U OTROS Y SEA CUAL FUERE LA NORMA QUE LOS REGULE. PARA TAL EFECTO GOZARÁ DE LAS ATRIBUCIONES

152

Y POTESTADES GENERALES QUE CORRESPONDAN EN LOS PROCESOS Y ACTUACIONES A EL CONSORCIO, PARA SU TRAMITACIÓN EN SU INTEGRIDAD, INCLUSO PARA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA Y OTRAS RESOLUCIONES Y EL COBRO DE COSTAS Y COSTOS, LEGITIMANDO SU INTERVENCIÓN EN EL

PROCESO Y TODOS LOS ACTOS DEL MISMO CONFORME AL ARTÍCULO 74 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, LAS FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 115 DE LA LEY 27444 Y DEMÁS NORMAS QUE PUEDAN RESULTAR APLICABLES, SEGÚN FUERE EL CASO. ASIMISMO, GOZARÁ DE LAS FACULTADES ESPECIALES PARA REALIZAR EN LOS PROCESOS TODOS LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS; DEMANDAR, INTERPONER DENUNCIAS PENALES Y DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, PRESENTAR SOLICITUDES, RECURSOS Y MEDIOS IMPUGNATORIOS; PRESENTAR DEMANDAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS; RATIFICARSE EN DENUNCIAS PENALES; SUBSANAR ERRORES U OMISIONES EN LA DEMANDA Y EN EL PLANTEAMIENTO DE LA PRETENSIÓN; RECONVENIR; CONTESTAR DEMANDAS, RECONVENCIONES, OPOSICIONES Y CONTRADICCIONES; DESISTIRSE DE LAS DEMANDAS, DE LOS PROCESOS, DE LAS PRETENSIONES, DE LAS DENUNCIAS PENALES U OTRAS DENUNCIAS, DE LAS SOLICITUDES, DE LOS RECURSOS Y MEDIOS IMPUGNATORIOS Y DE CUALQUIER OTRO ACTO; FORMULAR TODO TIPO DE OPOSICIONES Y CONTRADICCIONES; ALLANARSE A LA PRETENSIÓN; INTERVENIR EN LAS AUDIENCIAS DE SANEAMIENTO, CONCILIATORIA, DE FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS, DE PRUEBAS, DE SENTENCIAS, DE ACTUACIÓN DE DECLARACIÓN JUDICIAL Y CUALQUIER OTRA AUDIENCIA; PRESTAR CONFESIÓN Y JURAMENTO DECISORIO Y DEFERIR AL DEL CONTRARIO; PRESTAR DECLARACIONES DE PARTE; ABSOLVER POSICIONES; RECONOCER DOCUMENTOS; CONCILIAR, TANTO JUDICIAL COMO EXTRAJUDICIALMENTE TENIENDO PARA TAL EFECTO FACULTAD DE DISPONER DE LOS DERECHOS MATERIA DE CONCILIACIÓN; TRANSIGIR; SOMETER A ARBITRAJE LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO Y FUERA DE ÉSTE; CELEBRAR CONVENIOS ARBITRALES; DESIGNAR ÁRBITROS, ACORDAR EL PROCEDIMIENTO ARBITRAL Y TODO LO VINCULADO A ÉSTE; SOLICITAR MEDIDAS CAUTELARES Y OFRECER CONTRACAUTELAS PARA MEDIDAS CAUTELARES, EFECTUAR PAGOS DIRECTAMENTE O MEDIANTE CONSIGNACIÓN U OFRECIMIENTOS DE PAGO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL; RETIRAR CONSIGNACIONES Y EFECTUAR COBROS.

10.2 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS,

JUDICIALES Y DE TRABAJO Y ANTE LOS TRABAJADORES DE EL CONSORCIO,

CON OCASIÓN DE LOS PROCESOS QUE PUDIERA INICIAR EL CONSORCIO O

CONTRA ELLA INICIEN SUS TRABAJADORES, ASÍ COMO EN NEGOCIACIONES

COLECTIVAS DE TRABAJO, GOZANDO DE LAS FACULTADES MENCIONADAS EN

EL NUMERAL ANTERIOR, ASÍ COMO LAS DE RECIBIR Y NEGOCIAR PLIEGOS DE

RECLAMOS, CELEBRAR CONVENIOS COLECTIVOS; MODIFICAR LOS

CONVENIOS COLECTIVOS EXISTENTES; Y, EN GENERAL, REALIZAR TODOS

LOS ACTOS A QUE ALUDEN LOS ARTÍCULOS 46, 48 Y 61 DEL DECRETO LEY

25593, EL ARTÍCULO 37 DEL DECRETO SUPREMO N 011-92-TR, LOS

ARTÍCULOS 8° Y 21° DE LA LEY 26636, Y EL ARTÍCULO 76° DEL DECRETO

SUPREMO NO. 020-2001-TR, O LOS DISPOSITIVOS QUE EN SU OPORTUNIDAD

PUDIERAN SUSTITUIRLOS, SIN RESERVA NI LIMITACIÓN ALGUNA.

10.3 REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES TRIBUTARIAS, CON

LAS FACULTADES DE FORMULAR Y SUSCRIBIR DECLARACIONES JURADAS,

EFECTUAR PAGOS Y CANCELACIONES Y OTORGAR RECIBOS Y CONSTANCIAS,

153

ASÍ COMO PARA PRESENTAR FORMULARIOS Y OTROS DOCUMENTOS POR

CUALQUIER MEDIO, INCLUSIVE MEDIOS ELECTRÓNICOS O INFORMÁTICOS.

ASIMISMO, REPRESENTAR A EL CONSORCIO ANTE LAS AUTORIDADES DE

ADUANAS, CON LAS FACULTADES DE FORMULAR Y SUSCRIBIR

DECLARACIONES JURADAS, EFECTUAR PAGOS Y CANCELACIONES Y

OTORGAR RECIBOS Y CONSTANCIAS, ASÍ COMO PARA PRESENTAR

FORMULARIOS Y OTROS DOCUMENTOS POR CUALQUIER MEDIO, INCLUSIVE

MEDIOS ELECTRÓNICOS O INFORMÁTICOS.

10.4 NOMBRAR Y REMOVER A LOS EMPLEADOS Y OPERARIOS QUE SEAN NECESARIOS Y FIJAR SUS ATRIBUCIONES, FUNCIONES, MAS NO SU REMUNERACIÓN, PUDIENDO PARA ELLO AMONESTAR Y CESAR TRABAJADORES, OTORGAR CERTIFICADOS DE TRABAJO, CONSTANCIAS DE FORMACIÓN LABORAL Y PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES.

10.5 SUSCRIBIR TODOS LOS DOCUMENTOS, ESCRITOS Y SOLICITUDES QUE

FUESEN NECESARIOS ANTE LA AUTORIDAD DE TRABAJO Y ANTE LA AUTORIDAD MIGRATORIA, INCLUYENDO EL OTORGAMIENTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE REQUIERAN CONFORME A LEY PARA EL INGRESO, PERMANENCIA O SALIDA DEL PAÍS DE LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS DE EL CONSORCIO O SUS FAMILIARES.

UNDÉCIMA.- REPRESENTANTE LEGAL DEL CONSORCIO

LAS PARTES ACUERDAN NOMBRAR COMO REPRESENTANTES LEGALES DE EL

CONSORCIO A [______________], IDENTIFICADA CON DNI Nº [__________] Y AL SEÑOR

[__________], IDENTIFICADO CON DNI Nº [__________]; QUIENES EJERCERÁN

CUALESQUIERA DE ELLOS, A SOLA FIRMA, LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN

ESTABLECIDAS EN LA CLAUSULA DÉCIMA PRECEDENTE.

DUODÉCIMA.- DECLARACIONES

DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LICITACIÓN Y EL

CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA, SE DECLARA QUE:

12.1. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,

APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES, NO TIENEN SENTENCIA O

LAUDO ARBITRAL CONSENTIDO POR PROCESO ALGUNO RELACIONADO CON

EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA OBLIGACIÓN CONTRACTUAL CON ALGUNA

AUTORIDAD GUBERNAMENTAL O DE NO TENER IMPEDIMENTO O RESTRICCIÓN

ALGUNA PARA CONTRATAR CON EL ESTADO PERUANO.

12.2. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,

APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES NO TIENEN IMPEDIMENTO NI

ESTÁN SUJETOS A RESTRICCIONES POR VÍA CONTRACTUAL, JUDICIAL,

LEGISLATIVA U OTRAS, PARA ASUMIR Y CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES

EMANADAS DE ESTAS BASES, DE LA PROPUESTA Y DE LOS CONTRATOS,

INCLUYENDO LO NORMADO POR EL ARTÍCULO 1366 DEL CÓDIGO CIVIL

PERUANO; EL ARTÍCULO 47° DE LA ORDENANZA Nº 867 DE LA MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA

PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA; Y, NUMERALES 14.3 Y 14.4 DEL

ARTÍCULO 14° DE LA ORDENANZA N° 1599, DE ACUERDO AL FORMULARIO 5

DEL ANEXO N°4.

154

12.3. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,

APODERADOS, Y/O REPRESENTANTES LEGALES RENUNCIAN A INVOCAR O

EJERCER CUALQUIER PRIVILEGIO O INMUNIDAD DIPLOMÁTICA U OTRA; O

RECLAMO POR LA VÍA DIPLOMÁTICA O DE OTRA NATURALEZA; CONTRA EL

ESTADO O SUS DEPENDENCIAS, LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA,

PROTRANSPORTE, LA GTU, EL COMITÉ ESPECIAL, SUS INTEGRANTES Y

ASESORES, BAJO LA LEY PERUANA O BAJO CUALQUIER OTRA LEGISLACIÓN

CON RESPECTO A SUS OBLIGACIONES SOBRE ESTAS BASES, LA PROPUESTA,

Y LOS CONTRATOS QUE SE SUSCRIBIRÁN.

12.4. LOS CONSORCIADOS, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O MIEMBROS,

APODERADOS, REPRESENTANTES LEGALES NO TIENEN LITIGIO JUDICIAL,

ARBITRAL O ADMINISTRATIVO PENDIENTE CON LA MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA O ALGUNA DE SUS DEPENDENCIAS, RELACIONADOS

AL OTORGAMIENTO Y RENOVACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES OTORGADOS

POR LA GTU PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE URBANO

O CONTRA LAS DISPOSICIONES DICTADAS POR LA MML PARA EL

REORDENAMIENTO Y REUBICACIÓN DE RUTAS. ESTA RESTRICCIÓN SE

MANTENDRÁ DURANTE TODO EL PROCESO DE LICITACIÓN.

12.5. LOS CONSORCIADOS CONOCEN QUE CADA UNIDAD VEHICULAR QUE

CONFORMA LA PROPUESTA FORMA PARTE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DE LA

MISMA Y SU INCLUSIÓN CUENTA CON LA CONFORMIDAD DE CADA UNO DE

SUS PROPIETARIOS.

12.6. LOS CONSORCIADOS CONOCEN QUE CADA VEHÍCULO PROPUESTO SOLO

PODRÁ ACREDITARSE A UN POSTOR Y A UN SOLO PAQUETE DE SERVICIOS O

RUTAS, BAJO SANCIÓN DE SER AUTOMÁTICAMENTE DESCALIFICADO, DE

ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS BASES Y EL CONTRATO DE CONCESIÓN.

DÉCIMO TERCERA.- RESOLUCIÓN

13.1 EL INCUMPLIMIENTO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES RESPECTO DE LAS

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE

CONTRATO, EN APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1430º DEL

CÓDIGO CIVIL, CONSTITUYE CAUSAL DE RESOLUCIÓN DEL PRESENTE

CONTRATO. EN CONSECUENCIA, LA RESOLUCIÓN SE PRODUCIRÁ DE PLENO

DERECHO CUANDO LA PARTE PERJUDICADA COMUNIQUE A LA OTRA,

MEDIANTE CARTA NOTARIAL, SU INTENCIÓN DE QUERER HACER VALER ESTA

CLÁUSULA.

13.2 EN EL CASO DE RESOLUCIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE TERMINACIÓN

DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES ACUERDAN QUE SE EFECTUARÁ UNA

LIQUIDACIÓN FINAL.

13.3 ASIMISMO, LAS PARTES ACUERDAN QUE UNA VEZ EFECTUADA LA

LIQUIDACIÓN FINAL CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ SOLICITAR QUE SE LLEVE

A CABO UNA AUDITORÍA, A LOS EFECTOS DE CORROBORAR LA VERACIDAD DE

LA LIQUIDACIÓN PRACTICADA. LA AUDITORÍA SE PRACTICARÁ DE

155

CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE

ACEPTADOS EN EL PERÚ POR UNA FIRMA AUDITORA DE PRESTIGIO

INTERNACIONAL QUE TENGA OFICINAS EN EL PERÚ Y QUE NO SEA AUDITORA

DE CUALQUIERA DE LAS PARTES.

DÉCIMO CUARTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

14.1 EL PRESENTE CONTRATO SE REGIRÁ Y SERÁ INTERPRETADO DE

CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, LEY Nº 26887, EL

CÓDIGO CIVIL, Y LAS DEMÁS LEYES DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ QUE

RESULTEN APLICABLES.

14.2 TODAS LAS CONTROVERSIAS RESULTANTES, RELACIONADAS O DERIVADAS

DEL PRESENTE CONTRATO INCLUIDAS LAS RELATIVAS A SU CELEBRACIÓN,

EFICACIA, VALIDEZ O TERMINACIÓN, INCLUSO LAS DEL CONVENIO ARBITRAL,

SERÁN RESUELTAS MEDIANTE ARBITRAJE DE DERECHO, CUYO LAUDO SERÁ

DEFINITIVO E INAPELABLE, DE CONFORMIDAD CON LOS REGLAMENTOS

ARBITRALES DEL CENTRO DE ARBITRAJE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE

LIMA A CUYAS NORMAS, ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN SE SOMETEN LAS

PARTES EN FORMA INCONDICIONAL, DECLARANDO CONOCERLAS Y

ACEPTARLAS EN SU INTEGRIDAD.

14.3 EL TRIBUNAL ARBITRAL ESTARÁ COMPUESTO POR TRES ÁRBITROS.

DECIMO QUINTA.- VARIOS

15.1 ESTE CONTRATO CONSTITUYE EL COMPLETO ENTENDIMIENTO ENTRE LAS

PARTES RESPECTO DE LAS MATERIAS CONTENIDA EN EL PRESENTE Y DEJA

SIN EFECTO A TODOS Y CADA UNO DE LOS ACUERDOS ENTRE LAS PARTES,

SEAN ÉSTOS PREVIOS O CONTEMPORÁNEOS AL PRESENTE.

15.2 LOS ENCABEZAMIENTOS CONTENIDOS EN ESTE CONTRATO ESTABLECEN

PARA LA CONVENIENCIA Y COMO REFERENCIA ÚNICAMENTE Y NO AFECTAN

EN MODO ALGUNO LA INTERPRETACIÓN O SIGNIFICADO DE LAS CLÁUSULAS

DE ESE CONTRATO.

15.3 PARA SER VINCULANTE CUALQUIER MODIFICACIÓN A ESTE CONTRATO

DEBERÁ SER REALIZADA POR ESCRITO SUSCRITO POR TODAS LAS PARTES

DEL PRESENTE.

15.4 LA RENUNCIA A EXIGIR EL CUMPLIMIENTO POR UNA DE LAS PARTES ANTE UN

INCUMPLIMIENTO DE LA OTRA NO SE INTERPRETARÁ COMO LA RENUNCIA

ANTE OTROS INCUMPLIMIENTOS O SUBSIGUIENTES INCUMPLIMIENTOS DE

LAS MISMAS DISPOSICIONES.

15.5 SI ALGUNA DISPOSICIÓN DE ESTE CONTRATO FUERA CONSIDERADA COMO

INVÁLIDA O NO EXIGIBLE, SERÁ SEPARADA DE ESTE CONTRATO Y LAS

DISPOSICIONES RESTANTES CONSERVARÁN SUS EFECTOS Y CONTINUARÁN

EN TOTAL VIGENCIA Y EL RESTO DEL CONTRATO QUE NO FUESE LA PARTE

CONSIDERADA COMO NO VÁLIDA O NO EXIGIBLE NO SERÁ AFECTADA POR

156

ÉSTA, Y CADA DISPOSICIÓN VÁLIDA DEL PRESENTE SERÁ EXIGIBLE CON TODO

EL ALCANCE PERMITIDO POR LA LEY.

DÉCIMO SEXTA.- NOTIFICACIONES

LAS NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES, SALVO LAS REALIZADAS POR LA VÍA

NOTARIAL QUE SE EFECTUARÁN SEGÚN LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS POR

LOS NOTARIOS O LAS LEYES APLICABLES A ESTE CONTRATO, SERÁN ENVIADAS POR

FAX, CORREO CONVENCIONAL O ELECTRÓNICO, O ENTREGA PERSONAL A LOS

RESPECTIVOS DOMICILIOS LEGALES DE LAS PARTES, LOS MISMOS QUE CONSTAN EN

LA PARTE INTRODUCTORIA DEL PRESENTE CONTRATO, O POR CUALQUIER OTRO

MEDIO DE COMUNICACIÓN RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE QUE PERMITA

OBTENER CONSTANCIA DEL RECIBO DE LA NOTIFICACIÓN POR LA PARTE

INTERESADA. TALES NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES SE CONSIDERARÁN

EFECTIVAS EN LA FECHA DE ENTREGA, SI SE ENTREGAN PERSONALMENTE; EN LA

FECHA DE RECEPCIÓN, SI SE ENVÍAN POR CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE

RECIBO; O, EN EL MOMENTO DE RECIBO DE LA CONFIRMACIÓN DE RECEPCIÓN DE

FACSÍMIL, SI SE ENVÍAN POR FACSÍMIL.

AGRÉGUESE UD. SEÑOR NOTARIO, LAS DEMÁS CLÁUSULAS DE LEY.

LIMA, […….] DE [………….] DE 2014

157

ANEXO X-5

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LAS ADECUACIONES OBLIGATORIAS A LOS

VEHÍCULOS DE LA FLOTA ASIGNADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

[EN REVISIÓN]

158

ANEXO X-6

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS BUSES NUEVOS CERO KILÓMETROS APLICABLE PARA BUSES PATRON TIPO 1 Y 2

A. OBJETIVO: Definir las condiciones mínimas de capacidad, confort y seguridad que los vehículos de transporte público deben brindar a los usuarios.

B. CONDICIONES GENERALES: De acuerdo a lo establecido por la normativa nacional, los vehículos destinados al servicio de transporte público de personas deben cumplir con las siguientes condiciones técnicas básicas:

a) Encontrarse en buen estado de funcionamiento. b) Haber sido diseñados originalmente de fábrica para el transporte de personas. c) Contar con chasis y formula rodante original de fábrica. El chasis no debe haber sido

objeto de modificaciones destinadas a incrementar el número de ejes, alargarlo o cambiar su estructura. El chasis tampoco puede presentar fractura o debilitamiento.

d) La carrocería no debe haber sido objeto de alteraciones o modificaciones destinadas a incrementar el número de usuarios que pueden ser transportados, de acuerdo a lo indicado por el fabricante.

Asimismo, conforme lo establecido por la Ordenanza 1599 modificada por la Ordenanza 1769, los vehículos de 9 m y 12 m deben corresponder a la tipología correspondiente a los ómnibus patrón tipo 1 y tipo 2 C. CONDICIONES ESPECÍFICAS: 1. ASIENTO DEL CONDUCTOR:

El asiento para el conductor deberá ser: 1.1. Ergonómico regulable (6) 1.2. Acolchado y tener ventilación (1) 1.3. Amortiguación hidráulica o neumática (1) 1.4. El respaldo deberá ser del tipo trapezoidal, permitir el ajuste continuo al menos en

cinco etapas de inclinación de 95º y 115º con la horizontal y tener las siguientes dimensiones: Base inferior: De 400 mm a 500 mm; Base superior: De 340 mm a 460 mm; Altura : De 480 mm a 550 mm. (6)

1.5. Contar con apoya-cabezas (1) 1.6. Debe permitir la regulación horizontal, vertical y del respaldo (1) 1.7. El asiento debe estar equipado con cinturón de seguridad de tres puntos “Conjunto que

comprende una correa sub-abdominal y una correa diagonal anclados en tres puntos”(2) (*)

1.8. Características indicadas según la NTP 383.071-2008:

Asiento del conductor

Características Medidas Figura

Altura vertical A= 480 mm -700 mm

Altura (variaciones) B = 400 mm - 500mm

Distancia entre el

respaldo y el centro

del volante

C = 540mm – 700 mm

159

Ancho del Cojín D = 400mm – 450mm

Profundidad del Cojín E = 380 mm – 450mm

Respaldo del asiento

deberá ser tipo

trapezoidal

Permitir el ajuste continuo o al menos en

cinco etapas de inclinación de 95º y 115º

con la horizontal y tener las siguientes

dimensiones: Base inferior: 400 mm a 500

mm; Base superior: 340 mm a 460 mm.

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano (2) Ordenanza N° 1599, articulo 52, numeral 52.6 y RNAT, articulo 20, punto 20.1.13 (6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano (*) NTP 293.002:1982-Cinturón de Seguridad para uso automotriz

2. ASIENTOS DE LOS PASAJEROS:

Para el diseño de los asientos de pasajeros se deben cumplir las siguientes especificaciones: 2.1. Los asientos deberán tener posición de sentado individual, diseño ergonómico con

soporte lumbar y deberán presentarse cerrados en la parte trasera del espaldar (1) 2.2. Los asientos deberán ser instalados en el sentido de marcha del ómnibus, a excepción

de los asientos sobre los pasos de ruedas, los que podrán ser instalados espalda con espalda o de forma longitudinal con capacidad máxima para tres pasajeros, en este último caso deberán estar provistos de apoyabrazos en sus lados.

2.3. Los asientos de la última fila no podrán ser continuos, sino que serán asientos sencillos (1)

2.4. Los asientos y los respaldares deberán ser anatómicos y lavables. Todos los asientos deberán contar con agarraderas en la parte superior del respaldar, los mismos que deben cumplir la función de elemento protector contra golpes.

2.5. Los asientos pueden ser fabricados enteramente de polipropileno o una combinación de polipropileno con almohadas acolchadas en material sintético o cuero en el asiento y respaldo (1)

2.6. Los asientos inmediatamente posteriores a las puertas y aquellos que no tengan un elemento delantero de protección, deben contar con una barrera de protección tipo mampara de estructura tubular para prevenir lesiones a los pasajeros en caso de frenadas bruscas (1)

2.7. Los asientos ubicados detrás del conductor, deben estar separados de éste con una mampara de estructura tubular con cristal en la parte superior y material sintético o similar en la parte inferior.

2.8. La distribución de los asientos para estos buses podrán ser 2-2, 2-1 ó 1-1, frente a frente y perimetralmente a lo largo de la carrocería del bus. (1)

2.9. Los asientos deberán fijarse sobre los perfiles de la estructura del piso. La estructura del asiento deberá estar diseñada de tal forma que permita amortiguar los efectos de choque, evitando con esto daño a los pasajeros.

2.10. El ángulo del asiento con la horizontal deberá estar comprendido entre 5° y 15°y el ángulo del respaldo con la horizontal deberá estar comprendido entre 105° y los 115° (6)

2.11. El espacio entre asientos enfrentados4 (distancia mínima entre los respaldos de los

asientos instalados frente a frente) debe ser de 1300mm. 2.12. Los asientos para público en general deben ser de color azul. 2.13. Los asientos reservados para discapacitados, mujeres gestantes, madres con niños y

personas de la tercera edad deberán ser de color rojo. 2.14. Los asientos deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:

160

Asientos

F Altura del

asiento4

Ancho del

asiento1

Altura del

respaldo4

Separación de

asientos

(respaldo a

respaldo)1

Profundidad

del asiento4

Ancho del

pasillo

(mínimo)4

Figura

Medida 400mm-

450 mm* 450 mm

450 mm -

600 mm 720 mm

380 mm –

430 mm* 650 mm

Fuente:

(1) Base de Licitación del Metropolitano (1)

Reglamento de Administración de Transporte y modificatoria D.S. 010-2012-MTC (Título II, artículo 20)

(4) Base de licitación del Metropolitano (Anexo 13)

3. LAS PUERTAS:

3.1. Los ómnibus deben contar con al menos dos puertas de servicio de doble hoja en el lado derecho del vehículo.

3.2. Las puertas deben accionarse de modo que al abrirse, el lado interno quede orientado hacia la zona de acceso de pasajeros. Los bordes de las secciones de la puerta llevarán protección de jebe o goma flexible que asegure un cierre hermético y será construido de tal forma que en el caso de presionar un miembro del pasajero no le cause daño.

3.3. El sistema de apertura y cierre de las puertas de servicio deberán ser de accionamiento neumático o electro-neumático y estará a cargo del conductor. Este sistema deberá impedir además la apertura de las puertas mientras el vehículo se encuentre en movimiento y el arranque del mismo mientras alguna de las puertas esté abierta.

3.4. La mitad superior de todas las puertas de servicio deberán tener vidrios de seguridad, la puerta delantera debe tener la mitad inferior también con vidrio para permitir al conductor la mejor visibilidad posible cuando ejecute las maniobras de parada.

3.5. Las puertas de servicio deben contar con un mecanismo interno y otro externo de apertura de emergencia debidamente señalizado y protegido con tapas traslúcidas.

3.6. Los ómnibus contarán con un sistema auditivo (de 50 ± 5 dB(A)) y luminoso en cada una de las puertas de servicio, que permita a los pasajeros identificar que las puertas se van a abrir o a cerrar. Las puertas deberán abrirse completamente de 3 a 3,5 segundos después de la activación del control. Los mecanismos de la puerta no deberán estar al alcance de los pasajeros.

3.7. El sistema de apertura de las puertas de servicio debe impedir que los pasajeros puedan ser heridos o atrapados cuando sean accionadas.

3.8. Los vidrios de las puertas y ventanas deberán ser de seguridad y cumplir con las especificaciones establecidas en la NTP 332.001.

3.9. El habitáculo del conductor deberá tener una puerta de acceso ubicado al lado izquierdo.

3.10. Las puertas de servicio en posición abierta debe proporcionar una abertura de por lo menos 1,90 m de altura por 1,10 m de ancho.

161

4. PASAMANOS, POSTES Y BARRAS DE SUJECIÓN: 4.1. Los pasamanos y postes deberán ser de tubo redondo con diámetro externo de 30

mm a 40 mm, que resistan a una fuerza de 1500 N aplicada en el punto equidistante de los extremos de fijación, y en el caso del pasamanos superior, una fuerza de 400 N a cada 200 mm de largo.

4.2. La superficie de los pasamanos debe estar libre de aristas y filos punzo-cortantes y sus extremos deben terminar en curva, de manera que no exista el peligro de que los usuarios se lesionen.

4.3. La superficie de todas las barras y asideros de sujeción debe ofrecer un agarre fácil, no deslizante. El material empleado en estos elementos deberá ser de fácil limpieza, revestidos en epóxi o bien totalmente recubiertos en material sintético

4.4. Los pasamanos superiores deberán ser dos como mínimo y estar instalados en forma paralela a lo largo del pasillo, de modo tal que la proyección de cada uno de ellos coincida con el extremo lateral de los asientos de cada fila.

4.5. Los pasamanos superiores deberán estar a una altura entre 1,75 m y 1,85 m. y deberán contar con postes de soporte vertical como mínimo cada 2.00 m.

4.6. Adicionalmente, los pasamanos superiores deberán contar con asideros de sujeción (agarraderas colgantes individuales).

4.7. En el caso de la existencia de otros pasamanos superiores centrales en el pasadizo, su altura deberá estar comprendida entre 1,80 m y 1,90 m.

4.8. Un poste debe ser instalado junto a las puertas (delantera y posterior), al final de las gradas del estribo. La puerta de salida contará además con un poste divisor de flujo en el centro de la superficie de la grada intermedia.

4.9. Las puertas deberán contar con pasamanos en cada uno de los lados colocados a una altura de 850 mm, medidos desde el estribo y con un espacio máximo entre los pasamanos y la puerta de 50 mm.

4.10. Los pasamanos, postes y barras de sujeción deben de ser de color amarillo y el interior del ómnibus debe ser de color blanco humo.

4.11. Los pasamanos, poste y barra de sujeción deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:

Pasamanos, Poste y Barra de Sujeción

Características Descripción Aspecto

Deberán ser tubo redondo (6) A = Diámetro externo de

30mm a 40 mm

Altura con respecto a la línea

imaginaria tangente que toca la

nariz de las escaleras (7)

B = 850 mm

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano

(7) La operación de los Transportes-Ángel Alceda Hernández 1997

5. VENTILACIÓN: El bus deberá tener:

162

5.1. Dos escotillas (claraboyas) centrales en el techo del corredor para el Bus 9m (Tipo1) y tres para el Bus 12m (Tipo2)

5.2. Deber tener una medida mínima de 600 mm x 600 mm (6) 5.3. Estas escotillas (claraboyas) deben poder ser abiertas desde el interior y con el bus en

movimiento, de tal modo que permitan una ventilación forzada del habitáculo de pasajeros.

5.4. La escotilla (claraboyas) abierta debe permitir un área de ingreso de aire mínimo de 0.10 m2

5.5. Los buses deben poseer un sistema de ventilación mecánica forzada que asegure la renovación del aire al menos veinte (20) veces por hora, utilizando ventiladores y extractores distribuidos uniformemente a lo largo de la carrocería. No se tendrá en cuenta la renovación del aire producto de la apertura de puerta y/o ventanas y/o escotillas del bus. El sistema de ventilación debe disminuir en lo posible el paso de polvo, humo o agua al interior del bus.(1)

5.6. El puesto de conducción deberá tener un sistema de ventilación mecánica de tres velocidades y con las rejillas orientables para cara, cuerpo y pies. (1)

5.7. El parabrisas frontal deberá tener un sistema desempañante, con capacidad para retirar la condensación del aire en la totalidad del vidrio, bajo cualquier condición de operación del bus. (1)

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano (6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano

163

6. VENTANAS: 6.1. Las ventanas, incluyendo canales, manijas, sellos, etc, deben ser diseñadas para

durar la vida útil del bus (1) 6.2. Los vidrios deben ser transparentes y libres de toda propaganda, publicidad o

adhesivos que obstaculicen la visibilidad, salvo las calcomanías que indiquen salidas de emergencia u otros que defina expresamente el concedente (1)

6.3. Las ventanas posteriores y las ventanas laterales deben ser de vidrio templado de seguridad(2)

6.4. Los vehículos deben tener vidrios con un sello que indique el tipo de vidrio y la norma técnica a la que corresponde (2)

6.5. Los marcos de las ventanas deberán ser de material resistente a la corrosión. En caso de utilizar marcos de aluminio, estos deberán estar protegidos en la superficie por un proceso de anodizado, pintado electrostático u otro similar (6)

6.6. Todas las ventanas deberán tener vidrio de seguridad como se especifica en la NTP 332.001, exigencia extensiva a los parabrisas y a los vidrios de la parte posterior del vehículo (6)

6.7. Las ventanas deben cumplir con las siguientes características y dimensiones:

Ventana Lateral

Características Medidas Figura

Altura de la ventana (6) B = 800 mm a 900 mm

Largo de la ventana (6)

E = 1200 mm a 1600 mm

Altura del piso hacia la

ventana (6) A = 950 mm (máximo)

Modulo inferior fijo (6) D = No debe exceder del 50%

de la altura de la ventana

Modulo superior movible

(6)

C= La abertura de los vidrios

deberán ser equivalente por lo

menos 20% del área del vidrio

Las ventanas de emergencia deben ser de estilo para

empujar hacia afuera en caso de emergencia o romper con

martillo para su fragmentación

Ventana Posterior

Características Medidas Figura

Ancho de la ventana (1)

B = 800 mm (mínimo)

Largo de la ventana (1)

A = 1600 mm (mínimo)

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano

(2) Reglamento Nacional de Vehículos D.S. 058-2003-MTC (Articulo 13)

164

(6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano

7. PARABRISAS FRONTAL: 7.1. Debe ser del tipo panorámico y cumplir con las siguientes características:

Aspectos Características Medidas

Parabrisas Frontal

Angulo de visión superior Situado a 1.5 m delante y a 4.5m del suelo.

Angulo de visión inferior Situado a 0.6 m delante y a 1.4 m de altura.

Seguir recomendación establecidas por el SAE J673 y SAE J674 o norma

equivalente a nivel internacional.

El parabrisas debe ser de vidrio laminado de seguridad u otro tipo que brinde

iguales o mayores condiciones de seguridad.

Toda la zona de la vía por delante del extremo frontal del bus que no sea visible

directamente por el conductor, debe ser visible por medio de espejos.

8. PISO Y ACABADOS:

8.1. El material del piso o plataforma y los peldaños del vehículo deben ser antideslizante,

de alto tránsito, resistente, de fácil mantenimiento para la limpieza y autoextinguible. 8.2. Los acabados interiores de la carrocería, la tapicería, los asientos y las demás partes

fabricadas con material plástico, tanto en el interior como en el exterior del vehículo, deben ser no absorbentes, resistentes al desgaste, de fácil mantenimiento, limpieza y lavado, no tóxicos y retardante al fuego con un índice de llama máximo de 250 mm/min según la norma ISO 3795 (o menor de 150 bajo la norma ASTM E-162).

9. SALIDAS DE EMERGENCIA:

9.1. Las salidas de emergencia están conformado por las ventanas de emergencia y las

escotillas (claraboyas) centrales en el techo del corredor 9.2. Las instrucciones para caso de emergencia serán colocadas a plena vista de los

pasajeros en todos los buses (1) 9.3. Las ventanas de emergencia no deberán ser contiguas (6) 9.4. El número de salidas de emergencia deberá ser de acuerdo al siguiente cuadro:

Bus 9m (Tipo1) Bus 12m (Tipo2)

Ventanas de emergencia en el lado de las puertas

servicio 2 2

Ventanas de emergencia en el lado opuesto a las

puertas servicio 2 3

Escotillas (claraboyas) centrales en el techo del

corredor 2 3

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano

(6) NTP 383.071:2008-Carroceria de Ómnibus de Transporte Urbano

165

10. INDICADORES DE DESTINO Y DETENCION:

10.1. Deberán poseer indicadores electrónicos de destino visibles desde el exterior e interior(1)

10.2. Los vehículos deberán tener el acondicionamiento adecuado para dichos indicadores (1), debiendo garantizar la visualización total del panel indicador de destino.

10.3. El dispositivo de soporte de los indicadores deberá tener un sistema de apertura de abajo hacia arriba, para permitir los trabajos de instalación y mantenimiento.

10.4. Los indicadores deben estar visible tanto de noche como de día (1) 10.5. Los indicadores exteriores deberán indicar el origen y destino del recorrido de la

unidad, además del código de la ruta o servicio que está operando. 10.6. Los indicadores laterales serán ubicados en la parte adyacente a las puertas de

acceso(1) 10.7. Los indicadores de destino interior deberá estar fijado en el techo y en una

ubicación de fácil visualización e información para el usuario(1) 10.8. Los vehículos deberán tener como mínimo tres botones de solicitud de parada

distribuidos en el habitáculo de pasajeros próximos a la puerta de servicio de salida. Alternativamente pueden tener cuerdas de solicitud de parada.

10.9. La distribución y la medida será de acuerdo a lo siguiente(1):

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano

10.10. Los vehículos deberán de estar preparados para la instalación de los paneles indicadores de destino, debiendo ajustarse a los detalles técnicos adicionales que defina el Recaudador del Sistema, mismo que tendrá a cargo su implementación e instalación, además de su integración con el SAE.

11. ILUMINACION INTERNA:

El objetivo principal de la iluminación interna es mantener un nivel de seguridad adecuado durante la noche, permitiendo que los pasajeros se muevan en el interior y en las puertas de acceso y salida con la misma facilidad que durante el día. Para ello:

11.1. El habitáculo de pasajeros debe estar adecuadamente iluminado mediante luz

blanca para asegurar un ambiente cómodo y seguro para los pasajeros sentados y parados.

11.2. Es necesario conseguir un nivel medio de iluminación a una altura de 1 metro sobre el piso del orden de los 80 a 100 lux (5)*

11.3. En la zona de asientos se debe tener una iluminación con un índice de luminosidad no inferior a 140 lux.

11.4. Las luces internas deben ser del tipo LED o fluorescentes y deben estar ubicados en el techo, en los paneles curvos, sobre la parte superior de las ventanas o en los lugares que el diseño del vehículo lo permita, a todo lo largo del habitáculo de pasajeros.

Bus

Indicador exterior (Parte

frontal) Indicadores laterales (mínimo)

Indicadores internos

(mínimo)

Total de

indicadores

Medida

(mínima)

Total de

indicadores

Medida

(mínima)

Total de

indicadores

Medida

(mínima)

9 m 1 20 cm x 145

cm

1 25 cm x 60

cm

1 10 cm x 60 cm

12 m 1 1 2

166

11.5. El área de las puertas y los escalones debe estar adecuadamente iluminado para permitir un proceso de entrada y salida segura para los pasajeros

Fuente:(5) Estudio de Corredores Complementarios (*) NTP 383.071:2008; en la zona de los asientos debe tener una iluminación con

un índice de luminosidad no inferior a 140 lux

12. ILUMINACION EXTERNA:

12.1. De acuerdo a lo establecido por la norma nacional, como mínimo el vehículo deberá cumplir los siguientes requisitos técnicos:

Tipo de Luz Cantidad

mínima Color Ubicación Obligatoriedad

Potencia

Mínima

(W)(7)

Luz baja

2 Blanco o

Amarillo Delantera Obligatorio

40

Luz alta

2 Blanco o

Amarillo Delantera Obligatorio

45

Luz alta adicional

2 Blanco o

Amarillo Delantera

Opcional

(Su accionamiento debe

ser posible únicamente

luego que las luces altas

sean activadas)

55

Luz de retroceso 2 Blanco Posterior

Obligatorio

(Debe ser accionado por la

palanca de cambios en

posición de marcha atrás)

21

Luz direccional

delantera 2

Amarillo o

Naranja Delantera Obligatorio

21

Luz direccional

posterior 2

Amarillo,

Naranja o

Rojo

Posterior Obligatorio 21

Luz direccional

lateral 2

Amarillo o

Naranja Lateral Opcional

5

Señal de

emergencia 2

Amarillo o

Naranja Delantera Obligatorio

21

Luz de freno 2 Rojo Posterior Obligatorio 21

Luz de posición

delantera 2

Blanco,

Amarillo o

Naranja

Delantera

cerca de

los

extremos

Obligatorio 5

Luz de posición

posterior 2 Rojo Posterior Obligatorio

5

Luz de posición

lateral

4 (2 por

lado)

Amarillo o

Naranja

(adelante),

Amarillo

Naranja o

Rojo (atrás)

Laterales

Obligatorio

(en vehículos de más de

6m. Por cada 3m

adicionales se debe

colocar una luz adicional

por lado)

5

167

Luz de placa

posterior 1 Blanco

Que

ilumine la

Placa

Obligatorio 5

Luz perimétrica 4

Blanco o

Amarillo

(adelante),

rojo (atrás)

2 adelante

y 2

atrás(parte

superior)

Obligatorio

( en vehículos de más de

2.10m de ancho y/o 3m de

alto)

5

Reflectores

posteriores 2 Rojo Posterior Obligatorio

--

Reflectores

laterales 2

Amarillo o

Naranja

Delantera,

Amarillo,

Naranja o

Rojo

posterior

En el

lateral,

uniformem

ente

distribuida

s

Opcional --

12.2. Se aceptaran el uso de luces con tecnología superior a las especificadas.

168

13. RADIO DE GIRO:

El radio de giro es una medición que describe la capacidad de un determinado vehículo

para girar. Cuanto más corto es el radio de giro de un vehículo se dice que este ofrece

más maniobrabilidad.

13.1. El radio de giro máximo (TRO) de un bus TIPO 1 ( 9 metros) debe ser 8,5 metros 13.2. El radio de giro máximo (TRO) de un bus Tipo 2 (12 metros) debe ser de 13,5

metros

14. El EQUIPO ELÉCTRICO Y EL CABLEADO: 14.1. Todos los cables deben estar bien aislados. (7) 14.2. Todos los cables y equipos eléctricos deberá ser capaz de soportar las condiciones

de temperatura y humedad a las que están expuestos. 14.3. Ninguno de los cables utilizados en los circuitos eléctricos deberá transmitir una

corriente superior a la admisible para el cable en función de su modo de instalación y la temperatura ambiente máxima. (7)

14.4. En el compartimento del motor, se prestará especial atención a su resistencia a la temperatura ambiente ya los efectos de todos los posibles productos contaminantes. (7)

14.5. Todos los cables eléctricos deberán ser ubicados de modo que ninguna parte pueda hacer contacto con cualquier línea de combustible o cualquier parte del sistema de escape, o se someta a un calor excesivo. (7)

14.6. Los sistemas eléctricos deben estar instalados de acuerdo a SAE J 1292 o normas equivalentes a nivel internacional.

14.7. Todos los sistemas eléctricos deben contar con fusibles que protejan al pasajero y el bus en caso de corto circuito.

14.8. Todo cable que pase por un orificio deberá tener fijación que impida su movimiento y el orificio deberá tener la protección adecuada para impedir el daño del cable por corte o fricción.

Fuente: (1) Base de Licitación del Metropolitano

(7) Directiva Europea 2001/85/CE

169

15. BATERÍAS: 15.1. Las baterías deben ser de 24 voltios, además de cubrir el requerimiento de

amperaje de los equipos de recaudo y SAE embarcados, de acuerdo a las especificaciones que establezca el Recaudador del Sistema.

15.2. El compartimiento de baterías debe estar separado del habitáculo de pasajeros y del compartimiento del conductor, ser de fácil acceso para el conductor y contar con ventilación natural por aire exterior.

15.3. Los bornes de las baterías deberán estar protegidas contra el riesgo de cortocircuito y se debe disponer de una llave que permita el corte de la energía proveniente de la batería en caso de emergencia.

16. SISTEMA DE FRENOS:

Los vehículos deberán contar con los siguientes sistemas de frenos:

16.1. Freno de servicio (debe actuar en cada uno de los extremos de los ejes) 16.2. Freno de estacionamiento 16.3. Freno de Emergencia 16.4. Freno auxiliar (freno de escape, motor o retardador) 16.5. Freno automático en caso de falla 16.6. Sistema antibloqueo de ruedas (Anti-lock braking system –ABS)

El conductor, desde su posición, debe tener acceso a los accionamientos de los diferentes sistemas de frenos, a excepción del freno automático en caso de falla.

17. NEUMÁTICOS Y RUEDAS:

17.1. Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y

características previstas por el fabricante del vehículo. En ningún caso se permitirán neumáticos que sobresalgan del borde lateral del vehículo, que hagan contacto con el guardafango o algún elemento de la suspensión, o que afecten el radio de giro.

17.2. Los neumáticos deben ser del tipo radial, aptos para las condiciones de servicio de transporte público y uso en horarios prolongados de manera continua.

17.3. Los neumáticos deben presentar, durante toda su uso en el servicio, una profundidad mínima de 2.0 mm en las ranuras principales situadas en la zona central de la banda de rodamiento

17.4. Los neumáticos deben estar grabados por moldeo, en forma legible e indeleble y como mínimo en uno de los lados de la carcasa, con las inscripciones que se consignan a continuación: 17.4.1. Marca o nombre del fabricante 17.4.2. País de fabricación 17.4.3. Medida del neumático 17.4.4. Capacidad de carga del neumático 17.4.5. Letra R, si es de fabricación radial 17.4.6. Índice para la velocidad máxima admisible

17.5. Los pesos máximo soportados por los neumáticos, no deben exceder los límites fijados por el fabricante cuando el vehículo se encuentre a plena carga

17.6. Todas las ruedas de una misma clase de vehículo deben ser intercambiables entre sí sin el uso de herramientas especiales.

170

18. INSTRUMENTOS E INDICADORES PARA EL CONTROL DE OPERACIÓN DEL VEHÍCULO

18.1. Los indicadores de luces e instrumentos deben estar colocados frente al

conductor y ser de fácil visualización, pueden estar de modo conjunto en el tablero del vehículo o distribuidos en él.

18.2. Como mínimo el vehículo deberá contar con los indicadores: 18.2.1. Testigo de Luz baja y alta 18.2.2. Testigo de Direccionales 18.2.3. Velocímetro (velocidad en km/h) 18.2.4. Odómetro (recorrido en km.) 18.2.5. Indicador de Nivel de combustible 18.2.6. Tacógrafo 18.2.7. Indicador de presión de aire del sistema neumático 18.2.8. Medidor de temperatura 18.2.9. Testigo de líquido de freno 18.2.10. Testigo de freno de estacionamiento 18.2.11. Testigo de presión de aceite

19. RETROVISORES Y VISOR DE PUNTO CIEGO

Todos los Ómnibus deberán contar con los siguientes retrovisores: 19.1. Dos espejos retrovisores externos de tipo regulable, situados uno a cada lado

de la carrocería. La ubicación de los espejos retrovisores debe ser tal que permita al conductor, desde su puesto de conducción, distinguir hacia atrás de la vía desde una sola posición, hasta que ésta se pierda en el horizonte. Los retrovisores deberán poseer un área mínima de 400 cm2 cada uno, siendo del tipo plano en el lado izquierdo y convexo o plano convexo en el lado derecho.

19.2. Dos espejos retrovisores interiores, en la parte delantera superior, uno al centro y otro al lado derecho de la misma, con un área mínima de 375 cm2 cada uno. Además pueden ser colocados espejos convexos, conforme a las necesidades del servicio, sobre el marco de cada puerta delantera, central o posterior.

19.3. Un visor de punto ciego al lado derecho.

20. DEPÓSITO DE COMBUSTIBLE Y EL SISTEMA DE ESCAPE DE GASES DE MOTOR-TUBO DE ESCAPE

20.1. El depósito de combustible debe ser diseñado específicamente para uso en

vehículos automotores, estar adecuadamente protegido y su ubicación y fijación debe impedir todo movimiento del mismo ante una colisión o volcamiento.

20.2. Adicionalmente, la boca y la tapa deben ser diseñadas y fabricadas para su uso en depósitos de combustible y ubicarse en la parte externa de la cabina

20.3. El silenciador del sistema de escape debe amortiguar los ruidos producidos por la combustión en el motor, reduciéndolas a fin de cumplir con la normativa vigente en Límites Máximos Permisibles para ruidos.

20.4. El extremo del tubo de escape no debe sobresalir del vehículo y debe descargar las emisiones del motor por la parte posterior o lateral izquierda del vehículo.

20.5. El tubo de escape podrá ubicarse en forma vertical, externamente con relación a la carrocería, de modo tal que la descarga de gases se efectúe sobre el nivel del techo del habitáculo. El tramo del tubo vertical debe contar con una adecuada protección térmica o pantalla para evitar posibles quemaduras y debe estar instalado de tal forma que no caiga sobre él, combustibles o lubricantes ni que se encuentre material inflamable a menos de 100 mm de distancia.

20.6. En el compartimiento del motor se deben utilizar materiales retardantes al fuego.

171

20.7. En el compartimiento del motor no se utilizará ningún material de insonorización inflamable o susceptible de impregnarse de combustible o lubricante, salvo que dicho material esté recubierto de un revestimiento impermeable.

21. TIPO DE COMBUSTIBLE Y NIVEL DE EMISIONES DE LOS VEHICULOS:

21.1. No hay limitaciones referente al tipo de combustible, siempre cuando se cumpla las normas de emisiones vigentes. En el caso de motores a diesel, el combustible usado debe ser de bajo contenido de azufre para garantizar el cumplimiento de las citadas normas.

21.2. Conforme lo establecido por la Ordenanza 1599, a partir del 1 de enero del 2013 las emisiones de los vehículos deben cumplir con los estándares EURO IV.

21.3. El uso de Gas Natural pone a los vehículos en niveles de emisiones por debajo del indicado por el Euro IV.

22. CARACTERISTICAS DE LA ESTRUCTURA DEL VEHÍCULO:

22.1. Los ómnibus deben estar diseñados y fabricados para realizar el servicio de

transporte público urbano de personas bajo un ciclo de operación de 17 horas diarias y garantizándose las condiciones mecánicas de operación, seguridad y y confort, por todo el tiempo de concesión.

22.2. El chasis debe ser de acero de alta resistencia con una protección contra corrosión y fatiga por mínimo todo el tiempo de concesión.

22.3. Los ómnibus deben cumplir con las siguientes características estructurales y técnicas:

Bus 9m (Tipo1) Bus 12m (Tipo 2)

Características Medidas Medidas

Largo2

9.00 m +/- 10% 12.00 m +/-10%

Ancho4

2.00m – 2.50m

2.50m - 2.6m

Ancho de la Puerta4

1.1m (mínimo)6 1.1m (mínimo)

6

Altura interior de las Puertas6

1.9m (mínimo) 1.9m (mínimo)

N° de Puertas de servicio6 2 2 (mínimo)

Altura del bus4

3.55m (máximo) 3.80m (máximo)

Altura interior5

1.9m (mínimo) 1.9m (mínimo)

Altura del primer escalón de las

puertas de servicio sobre el nivel

40.0 cm (máximo)#

40.0 cm (máximo)#

172

de la calle4

Total de asientos4 22 asientos (mínimo)# 32 asientos (mínimo)

Asiento preferencial para

discapacitados, mujeres

gestantes, madres con niños y

tercera edad.

6 asientos mínimo (reservar y

señalizar)

8 asientos mínimo

(reservar y señalizar)

Espacio para personas con

movilidad reducida,

discapacitados en sillas de

ruedas y/o para coches de bebes

(Solo para el 5% de la flota)

Ubicado lo más cerca posible de

la puerta de acceso. El espacio

mínimo debe ser de 1.3m

x0.90m

Ubicado lo más cerca posible

de la puerta de acceso. El

espacio mínimo debe ser de

1.3 mx 0.90m

Motor5

Delantero o Posterior Delantero, Central o Posterior

Relación Potencia/Motor3

Mayor a 12.2 HP/t

Peso Bruto Vehicular minimo3 7 Ton 16 Tn

Frenos3 ABS en todas las ruedas

Sistema de Control y Monitoreo y

limitador de velocidad.

Si el sistema de monitoreo permite registrar este tipo de eventos,

entonces el dispositivo registrador no es exigible.

Alarma sonora de retroceso Que se accione con el acoplamiento de la marcha atrás.

Mecanismo de dirección Debe estar provisto de un sistema servoasistido para facilitar su

maniobrabilidad

Vehículos con plataforma alta

(ángulo de aproximación, ángulo

de ataque y ángulo de salida)

8.0 ° (mínimo) 8.0 ° (mínimo)

Fuente: Estudio de Corredores Complementarios (Capitulo 23) (1)

Reglamento Nacional de Vehículos D.S. 058-2003-MTC (Anexo IV) (2)

Ordenanza N°1599-MML (Articulo 26, Decima Sexta) (3)

Reglamento Nacional de Administración de Transporte (Artículo 20) (4)

Base de licitación del Metropolitano (Anexo 13) (5)

Estudio de Corredores Complementarios (Capitulo 23)

(6) NTP 383.071:2008 (Carrozado de Ómnibus destinados al servicio urbano de pasajeros)

(*) Ordenanza Nº 1599, artículo 26 indica motor delantero, central o posterior.

173

(#) NTP 383.071:2008; se considera un ómnibus tipo alimentadores si tiene como capacidad mínima

22 asientos y la medida en la zona de las puertas a partir del nivel del suelo deberá ser de 1.05m para ómnibus tipo alimentadores y 0.92m para ómnibus tipo troncal.

23. SISTEMA DE CONTROL Y COMUNICACIÓNES 23.1. Los operadores deberán de contratar los servicios de comunicación bidireccional

con cada uno de los vehículos de la flota, el que deberá de incluir como mínimo: comunicación uno a uno, uno a muchos y de manera grupal, grabación de llamadas, llamada de emergencia, sistema de alerta silenciosa y otras características que el Concedente establezca en el Manual de Operaciones. Adicionalmente deberá de contar con transferencia de Datos.

23.2. Los buses deberán de estar habilitados para la instalación (incluyendo el cableado) de los equipos validadores, los equipos de localización de vehículos, control, comunicación bidireccional, data video y sistema de conteo automático de pasajeros, entre otras que serán habilitadas por el operador y el Concesionario de Recaudo según corresponda.

24. MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN

24.1. El operador deberá contar con los manuales y estándares mínimos de

mantenimiento recomendados por los fabricantes del bus, los cuales podrán ser requeridos por la GTU en cualquier momento. Los manuales mostrarán en detalle los procedimientos de inspección, su frecuencia y tipo de chequeo para todas y cada una de las condiciones técnicas especificadas para el bus.

24.2. Estos estándares y procedimientos deben contemplar como mínimo la programación del mantenimiento preventivo, los servicios y las reparaciones mayores de acuerdo con el kilometraje recorrido. El Concedente o quien designes, fiscalizará el cumplimiento de los programas de mantenimiento realizados por el Concesionario.

24.3. Todos los sistemas o componentes sujetos a mantenimiento periódico, deben ser fácilmente accesibles para inspección, servicio o reparación. En lo posible, para cumplir el mantenimiento o reparación, no debe ser necesario remover componentes no relacionados a la falla o el servicio en cuestión.

24.4. Como guía general, la accesibilidad y el tiempo necesario para lograr acceso a un componente, será inversamente proporcional a la frecuencia con la que se prevé el mantenimiento o la falla del componente.

24.5. El Concesionario deberá garantizar el servicio de mantenimiento y reparación de segundo, tercer y cuarto nivel, en talleres autorizados por el fabricante de los buses y equipos principales, con capacidad de atender la flota ofertada.

24.6. El fabricante debe proveer capacitación para la operación y el mantenimiento de los buses. La capacitación debe ser suficiente para habilitar al personal técnico de los operadores para realizar el mantenimiento, reemplazar piezas y reparar las unidades.

24.7. Toda la capacitación al personal técnico debe ser realizado en Lima-Perú.

25. CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD

Un mínimo del 10% de los buses asignados, deberán estar diseñados y fabricados para cumplir con los requerimientos de accesibilidad a personas en sillas de ruedas y coches con bebes, debiendo para tal efecto cumplir con los siguientes requisitos: 25.1. Se deberá ubicar en el primer cuerpo del bus y lo más cercano a la puerta de

acceso, un espacio destinado y debidamente marcado para personas con discapacidad en sillas de ruedas y coches con bebes.

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25.2. El piso o superficie del bus, debe distribuirse de tal forma que permita el fácil acceso tanto a los pasajeros sin discapacidad como aquellos que tengan algún tipo de movilidad reducida, incluyendo a los que lo hagan en su propia silla de ruedas.

25.3. El espacio para personas con discapacidad deberá contar con un cinturón de seguridad de tres puntos, estar fijado a la carrocería del bus y colocado a una altura de 680 mm aproximadamente. Alternativamente, se puede emplear una barra de protección tipo jaula. Este espacio puede tener asientos rebatibles o apoyo isquiáticos.

25.4. Se debe contar con un sensor en el cinturón de seguridad o en el sistema de anclaje de la silla de ruedas el cual indique al conductor, con una señal audible y luminosa, hasta que la silla de ruedas no esté debidamente anclada y su ocupante no esté sujeto a la misma con su respectivo cinturón de seguridad.

25.5. El recorrido desde la puerta de ingreso al interior del bus hasta el espacio de alojamiento de las sillas de ruedas, debe tener un espacio mínimo de 800 mm libre de obstáculos.

25.6. Los mecanismos e instrumentos de accionamiento estarán instalados en lugares accesibles del compartimiento del autobús, comprendidos entre los 1250 y 1500 mm de altura del suelo al piso.

25.7. Los autobuses deben instalar en el dintel de las puertas de salida un indicador luminoso y acústico, visibles de próximas paradas y de arranque para las personas con discapacidad visual y auditiva; igualmente, en el dintel exterior del autobús dos (2) señales luminosas y otra acústica (verde y roja), que indiquen que el autobús está parado o que va arrancar (la señal sonora es imprescindible solo ante el arranque).

25.8. El bus deberá contar con una rampa electro mecánico o con elevadores para sillas de ruedas para facilitar el acceso de personas con discapacidad.

26. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA RAMPA ELECTRO-MECÁNICA Y DEL ELEVADOR

26.1. Las rampas o elevadores solamente podrán poder funcionar cuando el vehículo está

detenido. 26.2. La rampa tendrá una ancho mínima de 800 mm. La pendiente de la rampa

extendida o desplegada sobre una vereda de 150 mm de altura no será mayor del 12 %.

26.3. Las rampas que, listas para el uso, tengan una longitud mayor de 1,200 mm estarán equipadas con un dispositivo que evite que la silla de ruedas ruede hacia los lados.

26.4. Las rampas deberán funcionar con seguridad con una carga de 300 kg. 26.5. La extensión y retracción de la rampa podrá ejecutarse manualmente o con

servomecanismo. 26.6. Los elevadores solamente deberán poder funcionar cuando el vehículo esté

parado. Al elevarse la plataforma y antes de iniciarse su descenso, deberá ponerse en marcha automáticamente un dispositivo que impida que la silla de ruedas pueda salirse rodando de la plataforma.

26.7. La plataforma del elevador tendrá una ancho mínima de 800 mm, y una longitud mínima de 1,200 mm y deberá funcionar con un peso mínimo de 300 kg.

26.8. Cuando la rampa o el elevador esté colocado junto a una puerta de servicio situada en el campo visual directo del conductor del vehículo, podrá ser accionado por el conductor desde su asiento.

26.9. En los demás casos, los mandos deberán estar colocados junto a la rampa o elevador y sólo deberán poder ser activados y desactivados por el conductor desde su asiento.

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27. EQUIPAMIENTO ADICIONAL: Los vehículos deben contar con el siguiente equipamiento adicional: 27.1. Rueda de repuesto y herramientas para cambiar la rueda (gata completa que

soporte al menos el 30% del peso bruto del vehículo y llave de ruedas). 27.2. Dos triángulos o conos de seguridad 27.3. Un extintor de 6 kg de capacidad de carga y capacidad de extinción mínima de

2A:20B:C de acuerdo a lo establecido por la NTP 383.032:2006 (Extintores portátiles para vehículos automotores)

27.4. .Un botiquín de primeros auxilios, que deberá contener como mínimo lo establecido en el artículo 53, numeral 53.3 de la Ordenanza 1599-MML.

27.5. Laminas retroreflectivas.

28. REQUISITOS ADICIONALES 28.1. La GTU establecerá un procedimiento de verificación técnica a cargo de una entidad

de reconocido prestigio nacional o Internacional, para certificar que los vehículos cumplen con las especificaciones técnicas previstas en el presente documento.

28.2. Los buses deben estar a disposición de la GTU, con una anticipación no menor de treinta (30) días calendario de la fecha de inicio de puesta en operación del vehículo (sea en la etapa de operación o pre-operación), para la verificación técnica que permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas especificaciones, así como, para facilitar la instalación y pruebas por parte del Concesionario del Recaudo de los equipos SAE (para efectos de Gestión y Control), así como de Recaudo que corresponda.

28.3. El concedente de manera directa o por terceros verificará la incorporación y funcionalidad de la unidad lógica, el funcionamiento de sus interfaces y de los sistemas de comunicación de voz, data, video, conteo automático de pasajeros, u otros definidos en el manual de operaciones.

28.4. La GTU emitirá un “Certificado de Autorización” a aquellos vehículos que cumplan con las características y especificaciones técnicas estipuladas en el presente anexo.

28.5. La Gerencia de Transporte Urbano, podrá excluir del servicio los buses que presenten una o varias de las siguientes situaciones: a) Cuando el bus presente riesgos para la seguridad de los pasajeros. b) Cuando el bus presente deficiencia que resultan en una contaminación sonora

o del aire, superior a los limites previstos en estas especificaciones o en la ley. c) Cuando el bus presente modificaciones técnicas o mecánicas respecto de la

tipología inicial del mismo. d) Cuando el bus haya sufrido accidentes que afecten gravemente su estructura

y/o se encuentre en riesgo la seguridad de los pasajeros. 28.6. La Gerencia de Transporte Urbano, podrá adicionar, eliminar y/o modificar

elementos a la tipología de los buses, que por su condición y/o por circunstancias tecnológicas y/o infraestructura, mejoren la operación del sistema.

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ANEXO X-7

TABLA REFERENCIAL DE COSTO POR KILÓMETRO, TARIFA POR PASAJERO Y TARIFA

POR PASAJERO TRANSBORDADO (MÁXIMOS Y MÍNIMOS)

[EN REVISIÓN]

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ANEXO X-8

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA PATIOS Y/O ZONAS DE ESTACIONAMIENTO

[EN REVISIÓN]