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MUNICIPALIDAD DE ZARCERO DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA CARTEL LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000004-OPMZ “CONTRATACION DE LA RECOPILACION DE INFORMACION DE CAMPO DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL CANTON DE ZARCERO”. 1. CONDICIONES GENERALES a) La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Zarcero, recibirá ofertas hasta las 9 am horas del 18 septiembre del 2018 para la licitación abreviada 2018LA- 000004-OPMZ “contratación de la recopilación de información de campo de los predios ubicados en el cantón de zarcero”. b) La oficina que tramitará el presente procedimiento es el Departamento de Proveeduría Institucional, con la Sra. Vanessa Salazar Huertas, telefax 2463-3160 ext 112, correo electrónico [email protected], en la parte administrativa. En la parte técnica el funcionario a cargo es la Ing. Elena Gamboa, teléfono 2463-3160 ext 116, correo electrónico [email protected]. Las consultas legales deberán realizarse a la Asesoría Legal de la Municipalidad de Zarcero, teléfono 2463-3160 ext 121. c) d) En la fecha y hora indicada serán recibidas y abiertas las ofertas, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Zarcero; Ubicado en el edifico municipal, segunda planta, a 50 mts oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero. e) En esta contratación el Administrador del Contrato, será la Ing. Elena Gamboa o quien esté en su cargo. f) La Municipalidad de Zarcero promueve el siguiente concurso con fundamento en los artículos 91, 92, 93, 94, 95, 96 y 154 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. g) La presente contratación tiene un contenido económico de ¢ 35.631.000,00 (treinta y cinco millones seiscientos treinta y un mil colones netos).

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MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

CARTEL LICITACIÓN ABREVIADA

2018LA-000004-OPMZ

“CONTRATACION DE LA RECOPILACION DE INFORMACION DE CAMPO DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL CANTON DE ZARCERO”.

1. CONDICIONES GENERALES

a) La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Zarcero, recibirá ofertas hasta las 9 am horas del 18 septiembre del 2018 para la licitación abreviada 2018LA-000004-OPMZ “contratación de la recopilación de información de campo de los predios ubicados en el cantón de zarcero”.

b) La oficina que tramitará el presente procedimiento es el Departamento de

Proveeduría Institucional, con la Sra. Vanessa Salazar Huertas, telefax 2463-3160 ext 112, correo electrónico [email protected], en la parte administrativa. En la parte técnica el funcionario a cargo es la Ing. Elena Gamboa, teléfono 2463-3160 ext 116, correo electrónico [email protected]. Las consultas legales deberán realizarse a la Asesoría Legal de la Municipalidad de Zarcero, teléfono 2463-3160 ext 121.

c) d) En la fecha y hora indicada serán recibidas y abiertas las ofertas, en el Salón de

Sesiones de la Municipalidad de Zarcero; Ubicado en el edifico municipal, segunda planta, a 50 mts oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero.

e) En esta contratación el Administrador del Contrato, será la Ing. Elena Gamboa o

quien esté en su cargo.

f) La Municipalidad de Zarcero promueve el siguiente concurso con fundamento en los artículos 91, 92, 93, 94, 95, 96 y 154 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

g) La presente contratación tiene un contenido económico de ¢ 35.631.000,00 (treinta

y cinco millones seiscientos treinta y un mil colones netos).

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CARTEL LICITACIÓN ABREVIADA

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2. OBJETO DE LA LICITACIÓN:

3. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA a) La oferta se compone de un original y una copia idéntica al original firmado por

quien tenga capacidad legal para obligarse o para obligar a su representada Deberán presentarse impresas en papel común, sin borrones ni tachaduras, debidamente foliadas en su parte inferior y con el índice respectivo. En caso de error, la corrección correspondiente debe efectuarse por medio de nota al final de la oferta o mediante nota adicional por aparte, que deberá ser entregada antes de la hora de apertura. Además deberán aportar su oferta idéntica al original en CD (3 unidades).

b) La oferta deberá ser presentada de manera física EN LA PLATAFORMA DE LA

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO; dentro del plazo estipulado en éste cartel o sus prórrogas, en sobre cerrado y claramente identificado, tanto en el sobre como en el pliego, con la siguiente leyenda:

N° Línea Descripción del Objeto Cantidad

1 Recopilación de información de campo para los predios

ubicados en el Cantón de Zarcero

6660 predios

c) MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

d) PARA EL DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA e) LICITACIÓN ABREVIADA 2018LA-000004-OPMZ

f) “CONTRATACION DE LA RECOPILACION DE INFORMACION DE CAMPO

DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL CANTON DE ZARCERO”.

g) NOMBRE DEL OFERENTE: _______________________________________________

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h) El envío por medios no personales deberá ser oportuno, privando la fecha y hora de recepción en la Proveeduría Municipal y no la de remisión por parte del oferente, no se recibirán ofertas presentadas utilizando medios electrónicos ni por fax.

i) La oferta deberá ser presentada en idioma español.

j) Una vez recibida la oferta se considerará como promesa irrevocable de contrato, en

consecuencia, no podrá ser modificada ni retirada sin motivo y será considerada como propiedad de la Municipalidad. La oferta o documento que se presente después de vencido el plazo, se tendrá por extemporánea.

k) La oferta debe ser elaborada y presentada, de conformidad con lo establecido en el

Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa en adelante R.L.C.A., aunque no se haya especificado en este cartel. La oferta se deberá presentar con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en este cartel.

l) Se aceptará como máximo 1 oferta base y no se recibirán ofertas alternativas.

m) Dos o más participantes podrán ofertar bajo la forma consorciada, para lo cual

deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, con la documentación de respaldo pertinente de conformidad con los artículos del 72 al 77 del R. L. C. A. No se permite que una empresa participe en más de un consorcio para este proceso de contratación. No se aceptarán ofertas en conjunto.

n) Con la presentación de la oferta el oferente acepta plenamente todas las cláusulas,

condiciones e instrucciones indicadas en el cartel, así como de las normas que al efecto establece la Ley de la Contratación Administrativa en adelante L.C.A. y su Reglamento. No obstante en aquellos puntos en que se indica que el proveedor debe hacer manifestación expresa que indique que acepta la condición, deberá indicarse puntualmente.

o) Para las compras "libre de derechos" e importación, el precio se deberá cotizar y se

entenderá para todos los efectos, libre de los impuestos de venta, consumo y de derechos arancelarios.

p) En la oferta se debe indicar un correo electrónico para notificaciones.

4. TIMBRES FISCALES

Se debe agregar a la oferta un timbre de ¢200,00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105) y el timbre de ¢20,00 (Veinte colones

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exactos) de La Ciudad de Las Niñas (Ley 6496). O su equivalente en depósito bancario correspondiente. 5 VIGENCIA DE LAS OFERTAS Toda oferta deberá tener una vigencia mínima de ciento veinte (120) días naturales, contados a partir de la fecha de apertura de ofertas, por lo que en caso de omisión de esta información, las ofertas que se sometan a este concurso se entenderán vigentes por este plazo.

6 DECLARACIONES JURADAS U OTROS La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas:

De encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales.

De que el oferente no está afecto por ninguna causal de prohibición de acuerdo al

artículo 22 y 22 bis de La Ley de Contratación Administrativa.

Que no está inhabilitado para contratar con la administración pública y demás entes del Estado.

Todo oferente debe estar inscrito y al día, donde La Municipalidad de Zarcero lo verificara en los sistemas correspondientes:

CCSS (art.74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense Seguro Social). FODESAF (art. 22 de la Ley 5662). Impuesto a las personas jurídicas (Ley 9024, si corresponde). Tributación Directa, al artículo 18 bis del Código de Normas y

Procedimientos Tributarios. Registro de Proveedores de la Municipalidad de Zarcero.

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7 CERTIFICACIONES

En caso de que el oferente, sea una persona jurídica debe presentar certificación de personería. La certificación indicará además de las citas de inscripción de la sociedad y el número de cédula jurídica; la indicación sobre la naturaleza y propiedad de las acciones. Si éstas pertenecen a otra persona jurídica, deberá presentar personería jurídica de la(s) sociedad(es) accionista(s). 8. SEGURIDAD SOCIAL (Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social)

8.1 Será requisito para las ofertas, que en la fecha y hora establecidas para la apertura de ofertas, el oferente se encuentre al día en el pago de sus obligaciones obrero patronal ante la Caja Costarricense de Seguro Social, en adelante C.C.S.S. Para verificar esta condición, la Municipalidad de Zarcero como ente autorizado, a través del sistema de consultas de morosidad de la C.C.S.S. emitirá el día de apertura de ofertas los Documentos de Consulta de Morosidad de los oferentes que hayan presentado oferta dentro de los plazos de ley. Según sentencia 00023 Expediente: 15-008565-1027-CA, todo oferente para poder participar debe estar inscrito y al día como patrono o trabajador independiente ante la CCSS; de lo contrario queda excluido del proceso, 9. PLAZO PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL: Es de 8 días hábiles contados a partir de emitida la orden de inicio, por parte del

administrador del contrato.

10. ACLARACIONES AL CARTEL

a) Las aclaraciones al cartel deberán ser presentadas ante la Administración, dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas y serán resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación. Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas pero no impedirán ni serán motivo de modificación de la hora de apertura de ofertas señalada anteriormente. (Art. 60 R.L.C.A).

b) La Administración cuenta con el derecho de efectuar las modificaciones y/o

aclaraciones a las condiciones o especificaciones del cartel, cuando se estimen

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necesarias, las que se tramitarán y comunicarán de conformidad con el numeral legal citado en el párrafo anterior.

c) Si durante el período de formulación de ofertas, el participante llegara a advertir

incompletez del objeto o bien dificultades en el desempeño o funcionalidad del bien o servicio, deberá indicarlo por escrito a la Administración en el plazo dispuesto para recibir aclaraciones. Caso contrario, no podrá invocar esa circunstancia como eximente de responsabilidad en fase de ejecución contractual fiscalización. (Art. 62 R.L.C.A).

11. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN

a) La garantía de participación se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 37, 38, 39, 42 y 43 del R.L.C.A.

b) Previo a la apertura de ofertas y de conformidad con lo indicado en el artículo 33 de

la Ley de la Contratación Administrativa, el oferente deberá presentar una garantía de participación del 2% del monto total de la oferta, adjuntando en su oferta la copia del recibido de la garantía; o en su defecto presentar en el Departamento de Proveeduría y en el acto de la apertura de las ofertas el documento respectivo de la Garantía.

c) La garantía de participación tendrá una vigencia mínima de 30 días hábiles contados

a partir de la fecha de apertura de las ofertas y será devuelta a solicitud del interesado, una vez adjudicado en firme este proceso licitatorio, excepto la de aquel que resulte adjudicatario, la cual se retendrá hasta la rendición de la garantía de cumplimiento y que se satisfagan las demás formalidades conducentes a asegurar el cumplimiento del contrato. En caso de ser necesario, quienes deseen mantener su interés legítimo de participar en el presente proceso de contratación, deberán ampliar la vigencia de la garantía hasta que se cumplan los plazos y requisitos correspondientes.

d) La garantía de participación se regirá por las disposiciones establecidas en el

artículo 42 de R.L.C.A. Podrá rendirse mediante depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los Bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus Instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la cuenta de la Municipalidad de Zarcero en el Banco Nacional número 100-01-029-0036-1, presentando la boleta respectiva o mediante depósito en las Cajas de Tesorería de la Municipalidad de Zarcero. Las garantías también podrán ser extendidas por bancos internacionales de primer orden, según reconocimiento que haga el Banco Central de Costa Rica, cuando cuenten con un corresponsal autorizado

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en el país, siempre y cuando sean emitidas conforme la legislación costarricense y sean ejecutables en caso de ser necesario.

e) Toda garantía deberá ser presentada con su documento original en el departamento

de Tesorería de la Municipalidad de Zarcero, sita 50 mts oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero, segunda planta. En este caso en el departamento de Proveeduría se deberá presentar copia de la garantía con el respectivo comprobante de recepción de la tesorería municipal, dentro de los plazos de ley, o en su defecto presentar en el Departamento de Proveeduría y en el acto de la apertura de las ofertas el documento original de la Garantía.

12 PLAZO DE ENTREGA:

a) A partir de la orden de inicio la empresa adjudicada tendrá un plazo máximo

de 60 días naturales (Solo se contemplará como días naturales de lunes a

sábado) para realizar la entrega del producto finalizado.

b) La información podrá ser recibida por distrito terminado, para poder ser

revisada por los funcionarios del Departamento de Catastro, de faltar la

recopilación de la alguno de los predios u obtener datos incompletos será

indicado al encargado que la empresa designe para que sea corregida la

inconsistencia.

c) Se podrá realizar pagos parciales según la entrega por distritos terminados

siempre y cuando la información sea la aquí estipulada y se halla recopilado

de manera veraz y completa, para efectuar estos pagos se deberá contar con

la aprobación de la Dirección de Gestión Urbana.

d) Todos los distritos poseen diferente cantidad de predios equivalentes a la

extensión en metros cuadrados que poseen y a los movientes catastrales y

registrales que se generen por tanto no se establecerá un plazo determinado

por distrito, pero tómese en cuenta que de no hacer entregas parciales el

plazo máximo es el indicado en el apartado 12.a

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13 PRECIO

a) Los precios serán considerados firmes, definitivos y en plaza.

b) Los precios cotizados serán definitivos e invariables y sujetos a las condiciones establecidas en el cartel, libre de todo tipo de impuestos.

c) Se recibirán ofertas sin prejuicio de eventuales reajustes siempre que sean solicitados una vez iniciada la ejecución contractual y se cumpla con lo establecido en el R.L C. A.

d) Para efectos de cotización del precio y de facturación, el oferente y adjudicatario debe considerar que la Municipalidad está exento del pago de todo tipo de impuestos, de acuerdo a la Ley 7794, Artículo 8 del Código Municipal.

e) El servicio cotizado deberá incluir el suministro de todos los bienes y servicios, acorde con las especificaciones técnicas del presente cartel.

f) El oferente que resulte adjudicatario de esta contratación acepta que los pagos se realicen contra cada entrega del servicio a entera satisfacción del objeto y que en ningún caso la Municipalidad efectuará pagos adelantados.

g) El oferente que resulte adjudicatario de esta contratación, acepta que los precios adjudicados, se mantendrán invariables durante la ejecución del contrato y sólo se podrán modificar cuando la administración municipal haya aprobado un reajuste conforme a lo establecido en el presente cartel.

h) El oferente deberá cotizar, según el detalle establecido en el presente cartel.

i) El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con los elementos que lo componen.

14 FORMA DE PAGO

a) Se podrán realizar pagos parciales si la información se entrega por distrito

terminado, el pago será aprobado luego de que los funcionarios del

Departamento revisen la información recibida, véase también los apartados

3.2 y 3.3

b) De darse una sola entrega con la información de todo el cantón, el pago se

ejecutará hasta que se revise toda la información y no haga falta nada de lo

solicitado.

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15 DERECHOS Y PRERROGATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD

a) Queda a criterio de la Municipalidad de Zarcero durante el plazo de estudio de las ofertas, requerir de los participantes, explicaciones y aclaraciones que se consideren necesarias.

b) La Municipalidad se reserva el derecho de verificar que la información brindada por el oferente se ajusta a la realidad. En ese sentido con la presentación de la oferta, el oferente autoriza a la Municipalidad a visitar sus instalaciones con el fin de verificar dicha información.

c) En la aplicación del principio de eficiencia, la Municipalidad pedirá subsanar en cualquier momento los errores materiales o aritméticos que se detecten, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y concordantes.

16 EXONERACIÓN DE IMPUESTOS

La Municipalidad está exenta del pago de impuestos según el Artículo 8, del Código Municipal, Ley 7794 en relación con el Artículo 2, Inciso L, Ley 7293.

17 MULTAS (Artículos 47, 48 y 49 R.L.C.A.)

a) En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de las condiciones fijadas en el cartel, la ADMINISTRACIÓN queda facultada a rebajar, automáticamente del monto de la factura el saldo pendiente de pago por concepto de multas que se originen de esta contratación.

b) Se aplicará una multa de 5% del monto de la factura al cobro por cada incumplimiento de los indicados a continuación, no pudiendo acumular el contratista más de cinco (5) faltas dentro del período contractual, pues en tal caso se considerará una falta grave y la Municipalidad quedará facultada para iniciar el procedimiento de resolución contractual establecido en el presente cartel y previsto en el artículo 204 del RLCA y demás legislación aplicable.

c) Incumplimientos en plazos y forma :Cuando el adjudicatario no atienda dentro de

los plazos establecidos, las solicitudes hechas por el Administrador del Contrato para realizar las correcciones pertinentes de aquellas deficiencias que se hayan detectado. En este supuesto, una vez vencido el plazo establecido, se le concederá al adjudicatario un plazo impostergable de 3 días hábiles para que realice las correcciones solicitadas.

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d) Al adjudicatario se le cobrará la multa respectiva la primera vez y se considerará

falta grave la segunda vez, quedando facultada la Municipalidad al procedimiento de Resolución Contractual.

e) El cobro de las multas no impedirá que la Municipalidad pueda efectuar el cobro de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado, con motivo de los atrasos.

f) En caso de que ninguna de estas alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la

garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. (Art. 47, 48, 49 y 50 del R.L.C.A).

18 CLÁUSULA PENAL (Artículo 50 R.L.C.A.) a) Si existiera atraso en la fecha de entrega del bien contratado de acuerdo con los

términos de la oferta y el cartel y ese atraso no fuere formalmente justificado de manera satisfactoria ante la respectiva Unidad Administrativa correspondiente, se aplicará una multa del orden del 1% (uno por ciento) del monto total contratado por día natural de atraso. Dicha sanción se aplicará hasta un máximo de un 25% del total contratado, según lo dispuesto en el artículo 712 del Código Civil. Esa multa se deducirá del monto adeudado por la Municipalidad de Zarcero al contratista por el objeto contractual contratado.

b) Para los efectos de este aparte, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o hechos imputables de la Municipalidad de Zarcero debidamente demostradas por escrito ante la Unidad Administrativa responsable, dentro del impostergable plazo de un (01) día natural posterior a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto, estarán a cargo del Sr. Luis Miguel Araya Rodríguez, Municipalidad de Zarcero.

c) Las multas se aplicarán directamente a las facturas tramitadas para el pago de los respectivos bienes o del depósito de la Garantía de Cumplimiento, si no es aceptado el atraso, por la Unidad responsable.

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19 SANCIONES

a) Las establecidas en el artículo 212 y siguientes del capítulo XIV del R.L.C.A.

b) Los contratistas que durante el curso de los procedimientos de contratación, incurran en las causales previstas en los artículos 215 siguientes y concordantes del Capítulo XIV del R.L.C.A., serán sancionados con apercibimiento e inhabilitación respectivamente.

c) La Municipalidad de Zarcero sancionara a los proveedores que incumplan con algún

punto establecido en el presente cartel, el apercibimiento (artículo 99 LCA) y la

inhabilitación (100 LCA) establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su

Reglamento.

d) Se hará acreedora a la sanción de apercibimiento, por parte de la Administración o

la Contraloría General de la República, la persona física o jurídica que, durante el

curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas:

El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o

tardíamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecución de las

garantías de participación o cumplimiento.

Quien afecte, reiteradamente, el normal desarrollo de los procedimientos de

contratación.

Quien deje sin efecto su propuesta, sin mediar una causa justa, en los casos en que se haya requerido garantía de participación.

20 CONTENIDO JURÍDICO

a) Para efectos de esta contratación y para darle contenido jurídico a cualquier vacío cartelario, se aplicará supletoriamente la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 y su Reglamento Nº 33411-H, la Ley General de Administración Pública.

b) Cualquier condición no prevista en el presente cartel, regirá conforme a lo dispuesto

por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como cualquier

normativa aplicable a la materia.

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21. ELEGIBILIDAD

a) La elegibilidad de las ofertas está condicionada, a su ajuste a las condiciones y

especificaciones del cartel a lo estipulado en la Ley de la Contratación

Administrativa y su respectivo Reglamento, de manera que cualquier incumpli-

miento relativo a condiciones invariables o a especificaciones significativas del

pliego, constituyen motivo de exclusión de la oferta.

b) Una vez que se haya constatado que las ofertas cumplen con los aspectos generales,

legales, y las condiciones técnicas específicas y que se determine cuáles son

admisibles para una eventual adjudicación, se procederá con su calificación según el

sistema de valoración y comparación de las mismas y de acuerdo con el método

establecido en el presente cartel.

c) La Municipalidad de Zarcero se reserva el derecho de adjudicar el objeto de esta

contratación de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y ofertas recibidas, así

como declarar desierto el proceso o parte de él si se considera que ninguna oferta

conviene a sus intereses o se incumple con las disposiciones legales, las

reglamentarias o las del pliego de condiciones.

22. ACLARACIONES Y SUBSANACIONES

a) La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar aclaraciones o información

adicional relevante con respecto a las ofertas; a fin de subsanar, aclarar o incluir

información siempre y cuando no se derive alteración del contenido de la

contratación, sobre precios, plazos, garantías o características esenciales del

servicio ofrecido.

b) En caso de no atenderse la prevención, la oferta resultará excluida del proceso o no

se le asignará puntaje sobre el rubro a calificar.

c) Si el oferente no contempla algún elemento descrito en planos constructivos y

especificaciones técnicas del proyecto, podría considerarse una oferta PARCIAL O

INSUSTANCIAL pues omite elementos esenciales del proyecto, por lo cual la oferta

no podría ser objeto de calificación pues se desigualan las condiciones de

participación en el concurso con respecto a los demás oferentes. Según art. 5 de la

L.C.A. y art.66 del RLCA.

d) La Administración se reserva el derecho según el art. 26 del R.L.C.A; la posibilidad

para la solicitar información adicional atinente al cálculo de los precios

contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario donde se detecte error

material en el cálculo de sus ofertas que pueda marcar una ventaja indebida para

algún oferente con respecto a los demás oferentes.

e) El oferente NO podrá modificar los precios ni unitarios ni totales de las líneas ya

declaradas en su oferta, los puntos a subsanar en ningún caso podrán reducir los

precios ofertados inicialmente ni variar las condiciones establecidas en el cartel o

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las solicitadas por la Administración, siempre en procura del principio de igualdad y

libre competencia, y en busca de competer la INTEGRIDAD de las ofertas. Según art.

5 de la L.C.A. y art.66, art. 28 del RLCA.

f) El proceso de subsanación se dará de acuerdo a lo establecido en el R.L.C.A; art80,

art 81, art 82.

23. LUGAR DE ENTREGA

La información deberá ser entregada en el Departamento de Catastro de la Municipalidad

de Zarcero, la fecha de la(s) entrega(s) se coordinará previamente con el encargado del

Departamento de Catastro, teléfono 24633160 ext 116.

24. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

a) La garantía de cumplimiento se regirá por las disposiciones contenidas en los artículos 40 y siguientes del R.L.C.A. La garantía de cumplimiento se rendirá de la siguiente forma:

b) Dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, a partir de la notificación en cada contratación, el adjudicatario deberá rendir la garantía de cumplimiento respectiva. El monto de dicha garantía será por un 5% (cinco por ciento) sobre el valor total de lo adjudicado

c) La garantía debe ser depositada en el Departamento de Tesorería Municipal de

Zarcero, con la señora Martha Valenciano Solís.

25. Vigencia de la Garantía de Cumplimiento

a) La vigencia de la Garantía de cumplimiento misma será de 25 días hábiles adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto de contrato.

b) Esta garantía tiene como propósito asegurar la correcta ejecución del contrato

según las cláusulas de la presente licitación y de lo ofrecido expresamente por el adjudicatario en su propuesta.

c) Podrá constituirse mediante cualquiera de las modalidades establecidas en el

artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa vigente.

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d) En caso de que se den atrasos en la entrega por cualquier motivo, el contratista deberá prorrogar la garantía de cumplimiento por un período igual al del atraso total ocurrido.

e) La garantía de Cumplimiento se regirá por las disposiciones establecidas en el

artículo 42 de R.L.C.A. Podrá rendirse mediante depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los Bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal; certificados de depósito a plazo, bonos del Estado o de sus Instituciones, cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional; dinero en efectivo mediante depósito a la cuenta de la Municipalidad de Zarcero en el Banco Nacional número 100-01-029-0036-1, presentando la boleta respectiva o mediante depósito en las Cajas de Tesorería de la Municipalidad de Zarcero. Las garantías también podrán ser extendidas por bancos internacionales de primer orden, según reconocimiento que haga el Banco Central de Costa Rica, cuando cuenten con un corresponsal autorizado en el país, siempre y cuando sean emitidas conforme la legislación costarricense y sean ejecutables en caso de ser necesario.

f) La Garantía de cumplimiento se devolverá a solicitud del interesado, dentro de los

diez días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual.

26. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD

El contratista, los empleados bajo su cargo y el contratante, deberán apegarse a las normas de ética profesional y técnica, por lo tanto no podrán revelar información de naturaleza confidencial o de propiedad de la Administración, en relación con la prestación de los servicios incorporados en el CONTRATO, sin el previo consentimiento por escrito por parte de la autoridad competente.

27. NOTIFICACIONES El oferente deberá indicar expresamente en su oferta una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones de la documentación que se genere en cada etapa procesal de la contratación. Adicionalmente el oferente podrá indicar una dirección física y un número de fax en los que subsidiariamente se le pueda notificar dicha documentación.

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DEL OBJETO CONTRACTUAL. 1 OBJETO DE LA LICITACIÓN N° Línea Descripción del Objeto Cantidad

1 Recopilación de información de campo para los predios

ubicados en el Cantón de Zarcero

6660 predios

2. CONDICIONES ESPECÍFICAS:

2.1. El Departamento de Catastro entregará:

Un shp de cada uno de los distritos, en conjunto conforman el mapa catastral del

cantón.

Una carpeta de cada uno de los siete distritos que conforman el Cantón:

01 Zarcero

02 Laguna

03 Tapezco

04 Guadalupe

05 Palmira

06 Zapote

07 Brisas

En cada distrito se encontrarán las carpetas de los predios ahí ubicados la cual

contiene un estudio literal y el plano catastrado.

Las carpetas están nombradas con el número de identificación de cada finca.

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En la carpeta de cada distrito se incluye un archivo de Excel donde se encuentran

todas las fincas y algunos datos literales de estas.

Los polígonos y predios se han clasificado con un código según el tipo y el uso:

o Fincas inscritas: se identifican con el número asignado en el titulo de

propiedad por el Registro Nacional.

o IP: fincas en Información Posesoria.

o SN: fincas sin inscribir que han sido declaradas en algún momento por el

poseedor o han sido identificadas por algún antecedente catastral. Las

mismas están incluidas en el SIGRAMU que es el actual sistema municipal.

o P: predios o polígonos donde pueden ubicarse dos o mas fincas, pero que

por carencia de planos catastrados no se han delimitado, se han

aproximado por colindantes se puede decir que abarcan parte de ese

polígono. Existen algunos de estos polígonos en los cuales no hay prueba

ni antecedentes de fincas ni poseedores, sin embargo, se espera en que en

la recopilación de datos se logre dar con el propietario(s) o poseedor

según sea el caso.

o CAP: caminos en análisis de publicidad.

o SVP: terrenos destinados a servidumbres, pero no poseen el respectivo

título de propiedad.

o V: red vial cantonal o nacional.

o H: Hidrografía.

Los predios por censar son los correspondientes a Fincas, IP, SN y P.

2.2. Los datos que se deberán recopilar son los siguientes:

2.2.1. Propietario(s) o Poseedor(es):

Nombre(s) del titular o titulares, ya sean personas físicas o jurídicas:

En caso de personas físicas indíquese el nombre de manera tal como el documento

de identificación: nombre completo y dos apellidos.

Número Cédula(s):

o Nacional: indíquese de 10 dígitos. Ejemplo 0101110111.

o Extranjero

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o Persona jurídica: indíquese de 10 dígitos sin guiones ni espacios. Ejemplo

3101000046.

Dirección Domiciliar: indíquese lo más clara posible y un punto de referencia

permanente y conocido, téngase particular cuidado con los puntos cardinales.

Número de Teléfono: indíquese los 8 dígitos de manera seguida, sin espacios ni

guiones.

Domiciliar-Celular, de no tener alguno omita.

Correo Electrónico: esta información es de suma importancia para la base de datos

municipal, por lo que, en la medida de lo posible, siempre y cuando el propietario

tenga una dirección de correo electrónico, se deberá anotar.

Téngase especial cuidado de la anotación que se realiza de esta información, ya que

cualquier falla genera error.

**Representante Legal**solo para personas jurídicas.

Indíquese nombre completo y número de cédula (formato anteriormente

mencionado) del representante legal.

Este dato es muy importante sino existe seguridad de la información brindada

indíquelo en observaciones.

2.2.2. Información literal del inmueble:

Esta información no es de llenado, por el contrario, es de verificación y constatación con lo

que esta Municipalidad entregará, para el único caso en que se deberá completar es para

aquellas fincas nuevas que no han sido incluidas ni detectadas dentro del mapa catastral y

la base de datos de las fincas del cantón, o fincas que han sufrido variación registral y con lo

indicado en sitio se hará la respectiva inclusión o modificación.

Provincia:1 digito, sin cero adelante.

Cantón:2 dígitos, sin cero adelante.

Distrito:1 digito, sin cero adelante.

Duplicado:1 digito, sin cero adelante.

Horizontal:1 digito, sin cero adelante.

Número de Finca: indíquese con los dígitos que muestra el estudio literal (4-5-6

dígitos) sin ceros adelante.

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Número de Identificación (14 dígitos): provincia (1 dígito) +cantón (2 dígitos)

+Distrito (2 dígitos-agregue cero adelante)+ Numero de Finca (7 dígitos-las que

sean de menos dígitos complete con los ceros necesarios adelante) +Duplicado(1

digito)+Horizontal(1digito).

Todo el número se escribe de manera seguida, sin guiones ni espacios

Número de Plano (12 dígitos): Provincia (1 digito) +número de inscripción (7

dígitos-de ser necesario agregue los ceros delante hasta completar) +año de

inscripción (4 dígitos)

Área Registral: indíquese tal como lo muestra el estudio literal de la finca.

Categoría:

o Finca Inscrita: posee un título de propiedad mediante el cual se le asigna un

numero de finca, posee un plano catastrado.

o Finca Aproximada: fincas inscritas que no poseen plano o el que existe fue

modificado.

o Fincas sin Inscribir: son aquellas fincas que no poseen información registral

de ningún tipo, para su ubicación se utilizó la existencia de planos

colindantes, las cuales remiten a un propietario común aparente.

o Fincas Exentas: son fincas inscritas o aparentes que pertenecen a una

institución del gobierno, incluyendo propiedades municipales y similares

(INDER, INVU, MEP, MOPT, AYA,ICE y similares)

o Fincas en Información Posesoria: Son aquellas fincas que poseen algún plano

catastrado, pero no tienen título de propiedad, por tanto, no tienen número

de finca asignado.

2.2.3. Información física del inmueble:

Vía de acceso

o Ancho derecho de vía: medida en metros del ancho de la carretera de línea de

propiedad a línea de propiedad, cada predio debe indicar el ancho de

derecho de vía, de tener cambios significativos anótese los diferentes anchos

existentes.

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Si se tiene un lote con dos o más frentes a vía pública, indíquese los anchos de

todas esas vías.

Este dato es requerido solo de las calles públicas de la red vial nacional y

cantonal, no aplica para servidumbres de paso o agrícolas.

o Ancho superficie de ruedo: Ancho promedio de la superficie de ruedo.

o Tipo de Superficie de ruedo: se refiere al material del cual está hecho el

camino frente a cada uno de los predios. (Asfalto-Tratamiento Superficial-

Concreto-Lastre-Tierra)

o Estado del Camino: úsese las siguientes categorías bueno,regular,malo.

Topografía del terreno:

o Plana: pendiente nula.

o Ondulada: zona con ondulaciones poco pronunciadas, llana de manera suave.

o Quebrada: presencia de ondulaciones con quiebres espaciados y mediamente

pronunciados.

o Muy quebrada: presencia de ondulaciones con quiebres altamente

pronunciados.

Nivel del Terreno: diferencia de altura del predio en relación con la vía de acceso.

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Indíquese la medida en metros de la diferencia, anótese un signo de menos (-) para

bajo nivel y un más (+) para sobre nivel. El signo se antepone a la medida.

Uso: si hay varios indicar todos los existentes.

o Vacante: no hay construcciones ni tiene ningún uso establecido, lotes baldíos.

o Residencial: cuenta con construcción(es) destinadas para vivir.

o Comercial: construcciones utilizadas para uso comercial.

o Industrial: construcciones grandes con maquinaria pesada que se utiliza para la

creación de uno o más productos para venta.

o Turismo: inmueble donde se desarrollan actividades turísticas.

o Educacional: inmueble donde se desarrollan actividades educativas, públicas o

privadas.

o Recreativo: inmueble donde se desarrollan actividades recreativas o deportivas.

o Repastos: inmuebles sembrados de zacate.

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o Agricultura: inmueble cuya actividad principal es la siembra

Indíquese frutales: para la siembra de frutas.

Café: para la siembra de café.

Hortalizas: para cultivos varios.

o Lechería: inmueble donde se da la crianza y cuidado de ganado para la

producción de leche y sus derivados.

o Bosque: inmueble con cobertura boscosa.

o Otro: especifique.

Cantidad de Construcciones existentes en el predio: indíquese en número.

Tipo de Construcción:

o Residencial:

Nombre de la persona que habita la vivienda.

o Apartamentos:

Cantidad de apartamentos.

o Locales Comercial:

Cantidad

Nombre del Comercio.

Persona que desarrolla la actividad.

Número de Empleados.

Numero de Patente. **

Tipo de Patente.

o Industrial:

Nombre de la Industria.

Numero de Patente.

Tipo de Patente.

Número de Empleados.

Año que se otorgó la patente.

o Galerones.

o Bodegas:

Tipo de material que se almacena.

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o Edificio Educativo:

Nombre.

o Edificio Religioso.

o Edificio de Oficinas:

Cantidad de Oficinas.

o Cabinas:

Cantidad de Cabinas.

o Gimnasio.

o Piscina.

o Cancha Deportiva.

o Centros de Salud.

o Otro: especifique.

Cantidad de pisos por construcción: cantidad de pisos que posee cada construcción.

Materiales predominantes: indique el material predominante de las paredes de cada

construcción.

o Mampostería: block o ladrillo.

o Prefabricado.

o Madera.

o Muro seco:

Gypsum.

Fibrolit.

Fibrocemento.

o Contenedor.

o Hierro:

Lámina de hierro galvanizado.

Lámina de hierro esmaltado.

o Otro: especifique.

Edad de construcción: indíquese año en que se realizó la construcción.

Remodelación: en caso de que la o las construcciones existentes tengan alguna

remodelación indíquese el año en que se realizó.

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Servicios Públicos:

o Acera: acera construida frente al predio.

o Cordón: cordón de caño frente al predio.

o Caño: caño o alcantarilla frente al predio.

o Alumbrado Público: servicio de alumbrado público frente al predio.

o Teléfono: acceso a telefonía fija.

o Electricidad: servicio de electricidad.

o Agua potable=Cañería: servicio de agua por medio de tubería de Acueducto

Rural.

2.2.4. Datos Adicionales:

Disposición de residuos sólidos producidos en el predio:

o Camión recolector

o Lo entierran

o Lo queman

o Otro: especifique.

Posee el o los propietarios físicos o jurídicos algún derecho en el cementerio

municipal. ¿A nombre de quien se cancela?

2.2.5. Fotografías:

Fotografías del frente o frentes del predio: si la finca posee dos frentes o frentes muy

extensos, foto de ambos frentes donde se pueda apreciar de la manera más amplia.

De ser posible que se vean los servicios públicos a los que el predio tiene acceso y el

material de la vía frente al lote.

Fotografía de las construcciones existentes: que se aprecie de manera clara los

materiales predominantes y el estado.

**Si la propiedad es de uso agrícola o de lechería, se deben tomar las fotografías

necesarias que demuestren dicho uso, cultivos, lechería, invernadero, bodega, casa

de peón, entre otras instalaciones que sirvan para el desarrollo de dicha actividad.

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El número de fotografías para cada predio va a depender de la extensión, uso y la

cantidad de construcciones existentes, siendo lo más representativas posibles y

capturando los detalles importantes existentes.

2.2.6 Observaciones: indíquese todo detalle importante o situaciones particulares que

se presenten u observen en la toma de datos.

2.3. La información recopilada deberá entregarse al Departamento de Catastro en

formato digital siendo esta la manera en que se tomen los datos, para evitar el uso de

papel.

Los datos recopilados deberán entregarse en un archivo PDF(para cada finca)

guardado en cada uno de los expedientes entregados, guárdese el archivo con el

siguiente nombre: Número de identificación + IC. (Sin espacios ni guiones)

Número de Identificación (14 dígitos): provincia (1 dígito) +cantón (2 dígitos)

+Distrito (2 dígitos-agregue cero adelante) + Número de Finca (7 dígitos-las que

sean de menos dígitos complete con los ceros necesarios adelante) +Duplicado(1

digito)+Horizontal(1digito).

Todo el número se escribe de manera seguida, sin guiones ni espacios

IC: Información Censo.

Ejemplo: 2110715854400IC

Los datos recopilados aparte de ser guardados en el documento de PDF

mencionado anteriormente, también se debe completar esa información en la

tabla de Excel entregada de cada distrito, en la fila correspondiente a la finca.

Las fotografías en formato JPG, almacenadas de manera correspondiente en cada

uno de los expedientes de los predios guardado con el nombre equivalente al

número de identificación y una F con un número según la cantidad de fotos.

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Ejemplo: 2110715854400F1 (Para la primera foto)-2110715854400F2 (Para la

segunda foto) y así consecutivamente.

2.4 CONDICIONES GENERALES

La metodología y los procedimientos de trabajo propias de las actividades de

censo serán provistas por la empresa contratada en coordinación y anuencia con

el encargado del proyecto por parte de la Municipalidad de Zarcero.

La empresa deberá coordinar con el encargado del proyecto por parte de la

Municipalidad de Zarcero una fecha antes del inicio del censo para exponer

sobre los resultados esperados, será una reunión tipo capacitación, donde se les

haga saber la importancia de los datos a recopilar en campo.

La Municipalidad de Zarcero no tendrá ninguna responsabilidad patronal con los

funcionarios de la empresa.

La empresa deberá responder a su personal toda responsabilidad de seguro de

riesgos laborales y asignaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

La empresa deberá hacerse responsable de los gastos por concepto de viáticos y

todo lo asociado a las tareas operacionales del personal durante todo el tiempo

que dure el censo.

El transporte del personal a cargo de la recopilación de la información será

responsabilidad de la empresa encargada del censo.

La empresa contratada es la responsable única de proveer a los censadores las

herramientas necesarias para la toma de datos.

El personal que la empresa designe para la toma de datos deberá estar

debidamente identificados (Carné con datos personales y nombre de la empresa

que realiza el trabajo) y poder responder y explicar a los habitantes del cantón el

propósito y la importancia del trabajo que se está realizando.

Es obligación del oferente que la toma de datos se realice en cada predio en caso

de que la Municipalidad constate que la información de algún o algunos predios

no es la indicada siendo la misma errónea, los mismos no se pagarán.

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Los funcionarios del Departamento de Catastro podrán realizar vistas periódicas

a los sitios donde se estén recopilando los datos y realizar diferentes controles,

de la presentación y desempeño de los censadores.

Se solicita tomar el siguiente orden de los distritos para la toma de datos:

Zarcero

Laguna

Brisas

Tapezco

Guadalupe

Palmira

Zapote

La empresa deberá de contar con un mínimo de 5 años de experiencia o haber

ejecutado una cantidad no menor a 4 trabajos similares al objeto de esta

contratación, para lo cual deberá presentar cartas de los trabajos elaborados o

documentos que certifiquen la experiencia mínima de 5 años, las cartas deberán

contar con los siguientes requisitos:

Nombre de la persona física o jurídica que requirió el servicio.

Descripción del servicio contratado.

Año y fechas del trabajo.

Grado de satisfacción del producto recibido.

Firmado por quien tenga poder para ello.

Datos para localizar a los representantes o contactos que puedan brindar

información sobre los trabajos recibidos, domicilio de la persona física o

jurídica.

Se definen como trabajos similares al requerido en el presente cartel, en los cuales las

empresas hayan realizado recopilación de datos personales, sobre la propiedad, datos

estadísticos, censos, con una consulta mínima a 2 mil habitantes.

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SISTEMA DE EVALUACIÓN

Con el propósito de salvaguardar el interés municipal y en aras de que el proceso sea

expedito se utilizará los siguientes parámetros de calificación, a las ofertas admisibles para

una eventual adjudicación, procediéndose de la siguiente manera:

Cuadro 2. Evaluación

Factores de evaluación

Monto de la oferta (precio) 100%

TOTAL 100%

Monto de la oferta (precio) 100%

Para determinar el puntaje correspondiente al factor precio se aplicará la

siguiente formula:

𝑃𝑃 =Monto de la oferta base

Monto oferta a evaluar 𝑥 100

Los montos se utilizan en colones.

PP: puntos asignados por precio.

La oferta que cotice el precio menor se denominará oferta base y recibirá la

cantidad máxima de puntos asignada. La asignación de puntos a las ofertas

restantes se hará dividiendo el monto de la oferta entre la oferta a evaluar y

el resultado se multiplicará por 100.

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DEL ADJUDICATARIO Y/O CONTRATISTA

Previo al acto de adjudicación el contratista deberá considerar lo siguiente: 1. ADJUDICACIÓN Las ofertas serán evaluadas en las siguientes etapas, las cuales deben satisfacer para optar por la adjudicación: 1.1 Primera etapa: 1.1.1 Elegibilidad legal: El oferente y su respectiva oferta deberá cumplir los requisitos legales exigidos en el cartel de licitación, la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento y en la Legislación vigente para optar por la adjudicación, de manera que cualquier incumplimiento relativo a condiciones o especificaciones significativas del pliego constituyen motivo de descalificación de la oferta. 1.1.2 Elegibilidad técnica: La oferta deberá cumplir con los requisitos mínimos y especificaciones técnicas básicas exigidas en el cartel de licitación para optar por la adjudicación. Es requisito indispensable para superar la etapa de elegibilidad técnica, que la empresa oferente el objeto contractual requerido en el presente cartel. 1.2 Segunda etapa: 1. 2.1 EVALUACIÓN DE OFERTAS: Una vez que se determine cuáles ofertas cumplen con los requisitos de elegibilidad descritos en los dos puntos anteriores, éstas serán evaluadas aplicando los “Criterios de evaluación” contenidos en el presente cartel. 1.2.2 En caso de existir empate en el puntaje final, luego de la evaluación de las ofertas, la selección de la oferta adjudicataria se realizará mediante el procedimiento indicado en cartel. 1.2.4 Cuando de la evaluación de las ofertas resulte que ninguna conviene a los intereses de la Administración, la Municipalidad podrá mediante acto razonado no adjudicar la presente contratación. 1.2.5 La Municipalidad adjudicará la presente licitación en forma total. 1.2.6 El adjudicatario de esta contratación no podrá traspasar o ceder los derechos derivados de la adjudicación en firme a terceros, sin previo consentimiento y por escrito de la Municipalidad de Zarcero

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1.2.7 El acto de adjudicación de esta licitación se tendrá por firme en vía administrativa una vez que venzan los plazos para recurrir que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.

EJECUCIÓN CONTRACTUAL 1. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

a. Una vez rendida la garantía de cumplimiento, el adjudicatario deberá formalizar el documento contractual con la Administración dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, previa notificación por parte de la Administración de este requerimiento.

b. Para cumplir con la formalización del contrato, La empresa adjudicada debe

aportar las especies fiscales correspondientes, según se establece en el

inciso 2) del artículo 272 del Código Fiscal. El cálculo del monto de esos

timbres corresponde al producto de multiplicar el monto principal

adjudicado por 0.0025.

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c. En caso de que el adjudicatario no cumpla con la presentación de los

requisitos antes señalados, la Administración podrá declarar el contrato como insubsistente y procederá de acuerdo con lo señalado en el artículo 191 RLCA, lo que implica la posibilidad de re adjudicar el negocio a la oferta que siendo admisible, haya resultado segunda en la metodología de evaluación.

2. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

a) El Contratista deberá comprometerse a firmar un contrato donde se consignarán condiciones que ambas partes cumplirán, documento el cual deberá contar para su eficacia con la Aprobación Interna por parte del Departamento Legal de la Municipalidad de Zarcero.

b) El contrato iniciará su ejecución a partir de la fecha consignada en la orden de inicio

emitida por el Administrador del Contrato.

c) Lo anterior, además de otros aspectos como: recepción provisional, recepción definitiva y rechazo del objeto contratado, se ejecutarán de acuerdo con las regulaciones contempladas en el artículo 192 siguiente y concordante del R.L.C.A.

d) La orden de inicio se realizara mediante notificación vía correo electrónico al

oferente adjudicado y se empezara a contar el plazo de entrega un día después de comunicada dicha orden.

e) Es responsabilidad del oferente retirar la orden de compra una vez haya sido

notificado para iniciar el bien o servicio adjudicado 3. RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL

El adjudicatario acepta toda la responsabilidad civil y penal en forma exclusiva y exime a la Municipalidad de toda responsabilidad que se derive de la prestación del servicio. Además el adjudicatario será el único y exclusivo responsable en la relación laboral que se derive en la ejecución del contrato. 4. RESCISIÓN DEL CONTRATO La Administración de oficio por razones justificadas o por mutuo acuerdo con la adjudicataria, podrá rescindir el contrato en los términos de los artículos 206, 207 y 208 RLCA.

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5. RESOLUCIÓN CONTRACTUAL

a) La Municipalidad podrá disponer del procedimiento de resolución contractual cuando se presenten en un mismo período presupuestario los siguientes casos:

b) Cuando en la ejecución del contrato, el adjudicatario acumule más de 5 faltas de las

contempladas en la lista contenida en el presente cartel de licitación.

c) Cuando una vez vencido el plazo impostergable de 3 días hábiles, concedido para la corrección de deficiencias, el adjudicatario no atienda las solicitudes hechas por el Administrador del Contrato para realizar las correcciones pertinentes de aquellos errores que se hayan detectado. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el presente cartel de licitación.

d) Cuando por segunda vez, el adjudicatario no atienda dentro de los plazos

establecidos, las solicitudes hechas por el Administrador del Contrato para realizar las correcciones pertinentes de aquellas deficiencias que se hayan detectado. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el presente cartel de licitación.

e) Cuando en caso de rechazo de la mezcla asfáltica colocada, el adjudicatario no

reemplace la misma dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles, conforme a lo establecido en el presente cartel de licitación.

f) Cuando el adjudicatario realice cesión total o parcial del presente contrato, sin la

correspondiente autorización por parte de la Municipalidad y demás entidades exigidas por la ley.

g) Cuando el adjudicatario se encuentre en quiebra, insolvencia, convocatoria de

acreedores, concurso civil o cualquier circunstancia de incapacidad.

h) Cuando el adjudicatario incurra en deficiencias graves y faltas reiteradas que afecten fundamentalmente la prestación del servicio contratado, según se estipula el presente cartel.

i) Cuando el adjudicatario incumpla con alguna de las especificaciones técnicas

mínimas aceptadas en su oferta.

j) Cuando se de ausencia o carencia de los seguros exigidos en el cartel al adjudicatario y de aquellos exigidos por la legislación nacional.

k) Cuando una vez solicitado, el adjudicatario no reajuste la garantía de cumplimiento

como se establece en el presente cartel.

l) Cuando una vez solicitada la presentación de los comprobantes de pago, emitidos por la municipalidad correspondiente, se determine que el adjudicatario se

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MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CARTEL LICITACIÓN ABREVIADA

2018LA-000004-OPMZ

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encuentra moroso en el pago de sus impuestos, tributos y servicios municipales. En este supuesto, la administración prevendrá por una única vez al adjudicatario para que en un plazo no mayor de 5 días hábiles se ponga al día en sus pagos.

m) Cuando una vez solicitada la respectiva constancia emitida por la Dirección General

de Tributación, la misma no se presente en un plazo de diez días, o bien, si presentada la misma se determina que existe morosidad por parte del adjudicatario en el pago del impuesto sobre la Renta.

n) En cualquier momento la Municipalidad podrá resolver unilateralmente los

contratos administrativos que surjan de este proceso de licitación, todo lo anterior de acuerdo con lo que al efecto establecen la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, y la Ley General de Administración Pública.

o) Una vez que se haya dado alguno de los anteriores supuestos, se procederá a

realizar el respectivo procedimiento de ejecución de garantía de cumplimiento, resolución contractual (si la falta lo amerita), cobro de daños y perjuicios (si el costo de la falta supera lo redimido por la garantía) y proceso de sanción administrativa según los artículos 99 y 100 de la Ley de Contratación Administrativa.

6. SUPERVISIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN DEL CONTRATO

La Municipalidad se reserva el derecho de supervisar, controlar y evaluar por los medios que estime convenientes, la calidad del servicio que preste el adjudicatario.

7. OTRAS CONDICIONES DEL CONTRATO

a) 9.1 El contratista deberá nombrar un responsable del servicio que tenga la suficiente autoridad para discutir y resolver todos los problemas que se presenten en la ejecución del contrato; y éste será quien se relacione con el Administrador del Contrato y los Inspectores nombrados por la Municipalidad.

b) 9.2 Al inicio de la contratación, el contratista deberá entregar a la Municipalidad el

nombre del responsable del servicio, su número telefónico, número de fax y dirección de correo electrónico.

c) 9.3 En todo lo que no esté previsto aquí, rigen la Ley y el Reglamento de

Contratación Administrativa, los planteamientos concordantes con el Código de Comercio Costarricense; asimismo cualquier disposición al efecto emitida por la Contraloría General de la República y en lo que corresponda a la Constitución Política de Costa Rica y demás leyes y reglamentos que al efecto prevalezcan dentro de la legislación costarricense.

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CARTEL LICITACIÓN ABREVIADA

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d) 9.4 En caso de que el contrato termine por responsabilidad del contratista, la Municipalidad se reserva el derecho de reclamar indemnización por daños y perjuicios.