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www.derechoycambiosocial.com ISSN: 2224-4131 Depósito legal: 2005-5822 1 Derecho y Cambio Social MUJER Y PARLAMENTO EN EL SIGLO XXI: EL PRINCIPIO GENDER-SENSITIVE Ignacio Álvarez Rodríguez 1 Fecha de publicación: 02/01/2018 Sumario: Introducción. 1. El principio gender-sensitive en la teoría. 2. El principio gender-sensitive en la práctica. - Conclusiones. - Bibliografía. Resumen: El presente trabajo estudia el concepto y caracteres del principio gender-sensitive en España y su aplicación práctica en el marco de nuestros Parlamentos. Palabras clave: Mujer, Representación Política, Parlamento, Gender-Sensitive. WOMEN AND PARLIAMENT IN THE 21ST CENTURY: THE GENDER-SENSITIVE PRINCIPLE Abstract: This paper studies the notion and main characteristics of the gender-sensitive principle in Spain and the implementation of it in our Parliaments. Key words: Woman, Political Representation, Parliament, Gender-Sensitive. 1 Profesor Ayudante-Doctor de Derecho Constitucional. Universidad de Valladolid (Campus de Segovia) [email protected]

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Derecho y Cambio Social

MUJER Y PARLAMENTO EN EL SIGLO XXI:

EL PRINCIPIO GENDER-SENSITIVE

Ignacio Álvarez Rodríguez1

Fecha de publicación: 02/01/2018

Sumario: Introducción. 1. El principio gender-sensitive en la

teoría. 2. El principio gender-sensitive en la práctica. -

Conclusiones. - Bibliografía.

Resumen: El presente trabajo estudia el concepto y caracteres

del principio gender-sensitive en España y su aplicación práctica

en el marco de nuestros Parlamentos.

Palabras clave: Mujer, Representación Política, Parlamento,

Gender-Sensitive.

WOMEN AND PARLIAMENT IN THE 21ST CENTURY:

THE GENDER-SENSITIVE PRINCIPLE

Abstract: This paper studies the notion and main characteristics

of the gender-sensitive principle in Spain and the

implementation of it in our Parliaments.

Key words: Woman, Political Representation, Parliament,

Gender-Sensitive.

1 Profesor Ayudante-Doctor de Derecho Constitucional. Universidad de Valladolid (Campus de

Segovia)

[email protected]

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Introducción

En el presente texto se aborda el encaje del principio gender-sensitive en

los Parlamentos españoles. Para ello se realiza, en primer lugar, una

introducción al mismo, tanto en general como en el ámbito parlamentario.

Después, y en segundo término, se aplica sus exigencias a dichas

Asambleas representativas, para conocer hasta qué punto satisfacen o no

sus exigencias

1. El principio gender-sensitive en la teoría

Resulta conveniente distinguir entre los fundamentos teóricos del

postulado, así como sus pros y contras, de sus fundamentos aplicados

concretamente el ámbito parlamentario.

a) En general

Desde hace muchos años parece haberse llegado a la conclusión de

que la calidad democrática va unida, entre otros factores, a una mayor y

mejor participación femenina en las instituciones representativas; y,

también desde hace muchos años, se observan multitud de diferentes

herramientas y disposiciones adoptadas específicamente para conseguir

dicho objetivo2.

Estas herramientas, estas estrategias para la promoción femenina en

tal, ámbito descansan fundamentalmente en dos grandes pilares: las cuotas

electorales y todo lo que va más allá de las cuotas electorales3.

Tal y como han expuesto diversas voces4, las primeras se han

analizado desde los más variados prismas, se han implementado diversos

2 Un estudio reciente puede verse en ALDEGUER CERDÁ, B; Democracia paritaria y cuotas

electorales. El acceso de las mujeres a las instituciones públicas. Tirant lo blanch-Universidad

de Alicante, Valencia, 2016. 3 Un estudio reciente que relaciona el modelo de cuota política (puestos en listas electorales) y

cuota económica (puestos directivos en empresas) puede verse en VERGÉ, T; y LOMBARDO,

E; "Cuotas de género en política y economía Regulación y configuración institucional en

España", Política y Gobierno vol. XXIV-nº 2, 2017, pp. 301-331. 4 Vid. LENA KROOK, M; "Electoral Quotas and Beyond: Strategies to Promote Women in

Politics", en DOSEK, T (ed); Women, Politics and Democracy in Latin America, Palgrave-

McMillan, New York, 2017, pp. 15-27.

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modelos, y sus resultados han ido desde el éxito rotundo (los más, sobre

todo en términos cuantitativos) hasta algunos sonados fracasos (los

menos)5; en lo que aquí interesa diremos que son medidas que suelen ser el

primer indicador para saber si estamos ante un Parlamento gender-sensitive

o no. Volveremos luego sobre la cuestión.

Las estrategias que podríamos llamar postcuotas discurren por alguno

(o varios) de los siguientes caminos.

El primero es el de la financiación, que a su vez se concreta en dos

aspectos. Por un lado, se incentiva/penaliza la inclusión/no inclusión, de la

elección/no elección de mujeres en las candidaturas. Por otro, se otorga un

porcentaje de dinero determinado al partido político que apoye en su

programa político acciones en favor de la participación y la representación

política femenina.

El segundo es la lucha específica contra la violencia contra la mujer

que se dedica al ámbito político, lucha que exige medidas por un lado

similares a las que se toman para el resto de la sociedad y por otro

diferentes, dada la propia idiosincrasia de dicho ámbito6. Los datos que

arrojan algunos estudios son entre muy preocupantes y escalofriantes7.

El tercero es, precisamente, el ámbito de los Parlamentos sensibles al

género, que serían aquéllos que cumplan con una serie de requisitos de

funcionamiento interno: orden del día diferente (no a las sesiones por la

tarde-noche); guarderías y/o acuerdos que provean tal servicio; códigos

contra cualquier tipo de acoso sexual; empleo del lenguaje inclusivo (no

sexista) y, en suma, de cualesquiera otros símbolos que ayuden a la causa

(por ejemplo, las llamadas "bancadas femeninas")8.

Aunque la cuestión presenta una complejidad que desborda el objeto

de estas líneas, estamos en condiciones de afirmar que, en líneas generales,

no es erróneo afirmar que el principio gender-sensitive se cumple cuando

5 Vid. DAHLERUP, D (et. al); Atlas of Electoral Gender Quotas, IDEA-IPU-Stockholm

University, Sweden, 2013. 6 Vid. LENA KROOK, M; "Violence against women in politics", Journal of Democracy, vol.

28- nº 1, 2017, pp. 74-88. 7 Los mismos pueden consultarse en el número monográfico sobre "Género y violencia política"

de Politai: Revista de Ciencia Política, nº 12 2016. 8 Las bancadas femeninas son agrupaciones de mujeres, creadas bien dentro de una Cámara bien

aglutinando diputadas de dos Cámaras, para intentar canalizar los intereses de género. El

fenómeno tiene especial relevancia en Latinoamérica (concretamente en Bolivia, Uruguay,

Brasil, Colombia, y Perú). Vid. VVAA; "Las bancadas de mujeres y sus impactos en la cultura

política de los países latinoamericanos", iKnowpolitics-Red Internacional de Información sobre

Mujeres y Política, 2008 (documento consultado aquí: iknowpolitics.org/es/2008/05/bancadas-

femeninas, el 11 de noviembre de 2017).

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"se entienden y tienen en cuenta los factores en los que se basa la

discriminación y la exclusión de género, en las esferas público y privadas,

centrándose específicamente en la desventaja estructural en las posiciones y

roles de la mujer"9.

Dicho lo anterior, también hay que mencionar que estamos ante una

idea polémica. O lo que es lo mismo, ante una idea que admite argumentos

a favor y en contra.

Dentro de los primeros destacaría, en primer término, que el hecho de

adoptar la perspectiva de género indica que las reivindicaciones de género

no se han abandonado. Estas siguen más vivas que nunca; y ese seguir

vivas tiene mucho que ver con la lucha por las mismas. Nuestras

sociedades no sólo no se despreocupan por la cuestión sino que suma una

piedra más en el camino hacia la igualdad.

En segundo término, la sensibilización en cuestiones de género

ayudan a replantearnos escenarios y reformular prioridades. La

sensibilización sensibiliza, valga la redundancia, no sólo se queda dentro de

la institución objeto de análisis. La racionalización de horarios y agendas

parlamentarias, por poner un ejemplo, puede ayudar a plantear el tomar de

decisiones en esos aspectos en otros órdenes de la vida. Es decir, nos ayuda

a ser sensibles en otros ámbitos.

En tercer lugar, la idea gender-sensitive traduce el afán de reformar

progresiva y gradualmente lo que podría funcionar mejor. Nos referimos a

nuestras instituciones, en concreto las instituciones representativas. Por

cierto, que algo funcione mal no implica que no funcione. De esto sabemos

bastante en España, cuya Historia constitucional habla muchísimo de

ruptura pero casi nada de reforma.

En cuarto lugar, quizá quepa hacer algo más real y menos ficticio el

concepto de representación política. En ese sentido, en democracia se

representa al pueblo en su máxima institución: el Parlamento. Y ese pueblo

está atravesado por una diferencia palmaria: hombres y mujeres. No hay

otra forma de realidad humana. Es una buena base de la que partir. Que

nuestros Parlamentos sean representativos en este sentido es cosa para la

que ya existen mimbres. Este sería un mimbre más.

9 Vid. ŠRIBAR, R. (2015), "Glossary of common terms in gender equality and feminist theory",

in ULE, M; ŠRIBAR, R; y VENTURINI, A.U (eds.), Gendering Science: Slovenian Surveys

and Studies in the EU Paradigms, Vienna, Echoraum (consultado aquí:

http://eige.europa.eu/rdc/thesaurus/terms/1218. 17 de noviembre de 2017).

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Dentro de los segundos, se podría argüir, primero, que quizá estamos

ante la enésima medida estrella-estrellada. Porque no ataca las raíces que

dice combatir, dejando vivito y coleando el auténtico enemigo de la

igualdad de género: el patriarcado. Todo lo que no sea combatirlo y

destruirlo lo hace, a la larga, más fuerte10

.

En segundo lugar, la idea de los Parlamentos gender-sensitive es una

idea muy superficial y escasamente elaborada que, una vez traspasada su

superficie, se queda en muy poco.

En tercer lugar, parece que alimente esa sensación cada vez más

presente en la población, que es la existencia de una suerte de "policía del

pensamiento de género", señalando sin descanso a los hombres como la

causa de todos los males, de poco menos que de haber creado y mantenido

el infierno en la tierra. La lucha contra los micromachismos11

es uno de los

últimos ejemplos para los que defienden este argumento.

Si lo anterior es cierto, y en cuarto lugar, no querríamos ningún

Parlamento así estructurado. Porque al fin y al cabo los Parlamentos se

deben a sus ciudadanos, y estos merecen algo mejor que una medida

superficial, de puro trámite, cuya vida se extingue con el reflejo del dato en

alguna memoria que casi nadie leerá. Cuestiones tan importantes no

deberían tratarse así.

Y finalmente, y en quinto lugar, ni las instituciones representativas en

general, ni el Parlamento en particular están para reflejar las tendencias, por

lo demás caprichosas y volubles, de ciertos sectores sociales que propagan

las mismas a través de mucho ruido mediático.

b) En el ámbito parlamentario

Un primer criterio para conocer si un Parlamento es sensible al

género12

, es observar su composición. El papel protagonista en este sentido

10

Vid. MIYARES, A; "Las trampas conceptuales de la reacción neoliberal: "relativismo",

"elección", "diversidad" e "identidad"; Revista Europea de Derechos Fundamentales, nº 29,

2017, 117-132. 11

Sobre los mismos puede verse SOLNIT, R; Los hombres me explican cosas, Capitán Swing,

Madrid, 2016, p. 19 y ss; desde una perspectiva divulgativa, ver BARBIJAPUTA, Machismo. 8

pasos para quitártelo de encima. Rocaeditorial, Barcelona, 2017, 2ª edición. 12

Estudia la cuestión SALDAÑA DÍAZ, Mª.N; "La acción de la unión interparlamentaria en

defensa de la igual participación de las mujeres en los parlamentos alianza de géneros en la

esfera política, participación equilibrada y parlamentos sensibles al género". En Igualdad y

democracia: el género como categoría de análisis jurídico: estudios en homenaje a la profesora

Julia Sevilla, Cortes Valencianes, 2014, pp. 541-562; para el ámbito latinoamericano es de

utilidad el trabajo de BARDAJÍ BLASCO, G; et al; "Parlamentos sensibles al género en

América Latina", Revista de la Red de Expertos en Parlamentos, nº 11, 2015, pp. 9-16.

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lo han tenido indudablemente esas cuotas electorales a las que aludíamos

anteriormente, medidas que comienzan a tomarse en los ochenta del pasado

siglo y que han seguido, en líneas generales, una tendencia al alza. En

España la cuota adoptó la forma del denominado principio de composición

equilibrada (a nivel estatal) se introdujeron hace diez años, con un balance

que a día de hoy puede ser calificado de moderado éxito13

.

Un segundo criterio tiene que ver con lo cualitativo. Debe tenerse en

cuenta que un Parlamento gender-sensitive estará compuesto de grupos

parlamentarios (partidos políticos) gender-sensitive, que a su vez estarán

integrados por personas gender-sensitive. Existe una relación directa que,

lógicamente, se cumple a la inversa: si no existen individuos sensibles a las

cuestiones de género, tales cuestiones no formarán parte de las agendas y

programas de los partidos políticos en los que militan, por lo que los

Parlamentos resultantes tampoco lo serán14

. A partir de ahí, la doctrina

identifica tres grandes inputs para determinar si el Parlamento analizado es

o no sensible al género. Primero, si las mujeres tienen las mismas

oportunidades de influir en los procedimientos internos de trabajo de la

Cámara. Segundo, si existen espacios para plantear/desentrañar los

intereses femeninos y las preocupaciones aparejadas a los mismos. Tercero,

si el Parlamento aprueba legislación gender-sensitive.

Ahondando en esta visión, para otros sectores doctrinales un

Parlamento gender-sensitive se compone de cuatro requisitos15

. Primero,

aceptar que la igualdad de género, vista como proceso vista como resultado

es una meta a alcanzar de la que son responsables el Parlamento como

institución, y las personas y organizaciones que las integran

(especialmente, los partidos políticos). Segundo, un Parlamento sensible al

género se guía por políticas dominantes y marcos legales que permiten

monitorizar sus logros en materia de igualdad de género, así como

continuar con ellas o revisarlas para adoptar otras mejores. Tercero, ese

Parlamento sensible al género institucionaliza el mainstreaming de género

13

Vid. BIGLINO CAMPOS, P; "Equal Representation in Spain: Lessons Learned from

Balanced Electoral Lists". En Improving Electoral Practices: Case Studies and Practical

Approaches, International Institute for Democracy and Electoral Assistance, Stockholm, 2015,

pp. 203-224; y ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, I; "El principio de composición equilibrada: una

década de éxitos moderados", Aequalitas, nº 40, 2017, pp. 33-37. 14

Vid. WÄGNERUD, L; The principles of gender-sensitive parliaments, Routledge, New York-

London, 2015, p. 2 y ss. 15

Este esquema es el que sigue PALMIERI, S; "Gender-Sensitive Parliaments", en la Oxford

Research Encyclopedia of Politics (politics.oxfordre.com). Oxford University Press, USA, 2016

(consultado aquí:

http://politics.oxfordre.com/view/10.1093/acrefore/9780190228637.001.0001/acrefore-

9780190228637-e-215, el 19 de noviembre de 2017).

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como principio vertebrador, para todo trabajo-reunión parlamentaria

(Pleno, Comisiones, sesiones de control al Gobierno, etc), velando por

asegurar que toda su actividad se someta al escrutinio de potenciales

discriminaciones por razón de género, sea contra hombres o mujeres. Por

último, un Parlamento sensible al género promueve una cultura de respeto a

la mujer en general y a la parlamentaria como tal, en particular.

Para la Unión Interparlamentaria, un Parlamento sensible al género es

“aquel que responde a las necesidades e intereses tanto de hombres como

de mujeres en lo que se refiere a sus estructuras, funcionamiento, métodos

y tareas. Un parlamento sensible al género elimina las barreras a la plena

participación de las mujeres, y ofrece un ejemplo o modelo positivo a la

sociedad en general”16

. La misma institución llegó a la conclusión, primero

en 2008 luego en 2011, de que las mujeres son, en una abrumadora

mayoría, los motores del cambio en términos de igualdad de género en los

Parlamentos17

. Tres años después desarrolló tal conclusión mediante el

postulado gender-sensitive. Para poder saber si estamos ante una institución

inclusiva en este aspecto, debemos indagar sobre los siguientes aspectos:

1. Promoción de la mujer a puestos parlamentarios clave

(Presidencia/Vicepresidencia de la Cámara; membresía y liderazgo

de los órganos de gobierno, etc).

2. Si se han aprobado Leyes de Igualdad de Género, así como si se

han establecido procesos para monitorizar el cumplimiento de sus

previsiones.

3. Conocer si existe una infraestructura dedicada a incorporar la

perspectiva de la igualdad de género (por ejemplo, si existen o no

Comisiones de Igualdad o Grupos Parlamentarios de Mujeres). En

este ámbito, el desglose de datos por sexo es capital.

4. Contribución de los parlamentarios a la igualdad de género (entre

otras medidas, se puede observar si apoyan/defienden dicho

principio, si existen modificaciones en los Reglamentos para que

toda Comisión sea paritaria).

5. Políticas y procedimientos vigentes (distribución de espacios, de

recursos, de despachos; saber si existen o no códigos de conducta

en la Cámara).

16

Vid. UNIÓN INTERPARLAMENTARIA, Parlamentos Sensibles al Género, 2011, p. 7 y 8. 17

Vid. LOVENDUSKI, J; "Feminising British Politics", The Political Quarterly, 83-4, 2012, p.

699 y ss.

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6. Partidos políticos e igualdad de género: dado que estamos ante la

principal forma de manifestación de la participación política,

habría que estudiar qué papel juegan las mujeres dentro de los

mismos (teniendo en cuenta que ellas participan sobre todo a

través de las “Secciones”/”Áreas” femeninas).

7. La cultura e infraestructura parlamentaria (desde los baños, hasta

los horarios de las sesiones, pasando por la posibilidad de delegar

el voto en supuestos de maternidad y lactancia, así como la

existencia o no de guarderías dentro del Hemiciclo).

8. Las condiciones laborales del personal parlamentario, que suelen

ser funcionarios pero que también deben quedarse a trabajar en

tanto en cuanto diputados y diputadas sigan desarrollando sus

quehaceres en la Cámara.

En el año 2012 la propia Unión Interparlamentaria puso en marcha un

Plan de Acción, como guía de ayuda para que los Parlamentos adoptaran

las medidas recomendadas en el mismo18

. Dicha guía se compone de una

serie de ámbitos de acción concretos, que son coincidentes con los

principios señalados arriba.

Tabla 1. Los ámbitos de acción del principio gender-sensitive Ámbito de acción 1 Incrementar el número de mujeres en el parlamento y lograr una

participación paritaria

Ámbito de acción 2 Reforzar la legislación y las políticas relativas a la igualdad de

género

Ámbito de acción 3 Integrar la igualdad de los sexos en la labor del parlamento.

Ámbito de acción 4 Instaurar una infraestructura y una cultura parlamentarias

sensibles al género o mejorarlas.

Ámbito de acción 5 Asegurar que todos los parlamentarios –hombres y mujeres–

compartan la responsabilidad de promover la igualdad de

género.

Ámbito de acción 6 Alentar a los partidos políticos a que defiendan la igualdad de

género

Ámbito de acción 7 Mejorar la sensibilidad y la igualdad de género entre el personal

parlamentario

Fuente: elaboración propia a partir de los datos suministrados por la Unión

Interparlamentaria

18

Vid. UNIÓN INTERPARLAMENTARIA, Plan de Acción para los Parlamentos Sensibles al

Género, Aprobado por unanimidad por la 127ª Asamblea de la Unión Interparlamentaria

(Quebec, 26 de octubre de 2012).

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Cabe hacerse, pues, la pregunta esencial: ¿son nuestros Parlamentos

sensibles al género? A intentar responder la pregunta dedicaremos las

siguientes líneas.

2. El principio gender-sensitive en la práctica

El análisis para el caso español debe hacerse diferenciando, por un lado,

entre Parlamento Nacional y los Parlamentos Autonómicos. Y, dentro del

primero, entre la Cámara Baja y la Cámara Alta. La idea que preside las

siguientes líneas es tratar de sintetizar los principales hallazgos, dado que el

estudio en profundidad de todas y cada una de nuestras Cámaras podría -y

quizá debería- ocupar un estudio monográfico exhaustivo.

a. Parlamento Nacional

Es procedente realizar aquí una distinción básica. Y es que en España

rige un modelo bicameral, donde tenemos una Cámara Baja, el Congreso

de los Diputados, y una Cámara Alta, que no es sino nuestro Senado.

a.1. Congreso de los Diputados

Para el caso del Congreso de los Diputados estamos ante una Cámara

que ha sido profundamente estudiada desde la perspectiva de género19

.

Hagamos un repaso por los inputs que antes se relacionaban para medir su

sensibilidad de género.

Ámbito de acción 1: Incrementar el número de mujeres en el

parlamento y lograr una participación paritaria.

Desde hace muchos años, el Congreso de los Diputados viene

mostrando un incremento paulatino de sus diputadas. A partir de la entrada

en vigor de la cuota electoral en 2007 (principio de composición

equilibrada20

), las diputadas electas se han movido en un margen de entre

19

Entre los más recientes puede citarse el de DELGADO SOTILLOS, I: "Cuotas e instituciones.

Un análisis comparado de sus efectos sobre la representación política de las mujeres". En LA

BARBERA, C; y CRUELLS LÓPEZ, M: Igualdad de género y no discriminación en España:

evolución, problemas y perspectivas. CEPC, Madrid, 2016, pp. 131-156; el de BURGUERA

AMEAVE, L: "Representación política e igualdad: de los presupuestos teóricos a su efectiva

implementación en España: ¿una cuestión temporal?". En LA BARBERA, C; y CRUELLS

LÓPEZ, M: Igualdad de género y no discriminación en España: evolución, problemas y

perspectivas. CEPC, Madrid, 2016, pp. 183-207; y el de RAMÍREZ GONZÁLEZ, V; y LÓPEZ

CARMONA, A; "Mejora de la paridad de género en el Congreso de los Diputados". Revista

Española de Sociología, nº. 23, 2015, pp. 95-116. 20

La doctrina ha propuesto recientemente que este principio se aplique en todas las instituciones

(poder constituido), así como en una eventual reforma constitucional (poder constituyente). Por

todos, véase SALAZAR BENÍTEZ, O; "Género, poder y ciudadanía", Revista Cuadernos

Manuel Giménez Abad, nº extraordinario 5, 2017, pp. 58-74.

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el 35% y el 40%. Ello nos conduce a ocupar la posición 14ª de 19321

. En la

actualidad, el total de diputadas es del 39.1%.

Es sabido que la divisoria tradicional comprende los órganos de

gobierno y los órganos de trabajo.

Pues bien, la participación en los órganos de gobierno de la Cámara

muestra tendencias dispares. La Presidencia ha sido ejercida en dos

ocasiones por mujeres (Legislatura VII, 2000-2004, Dª Luisa Fernanda

Rudí; y Legislatura XII (2016-actualidad, Dª Ana Pastor). La Mesa, por su

parte, ha visto cómo participan cada vez más mujeres (actualmente se

observa la mayor presencia femenina: 6 mujeres y 3 hombres). La Junta de

Portavoces, por el contrario, adolece de lo contrario (la lidera la propia

Presidenta, pero sus titulares con 5 hombres por 2 mujeres; sus adjuntos, 13

hombres y 5 mujeres; y, ya en los portavoces sustitutos, 5 hombres y 5

mujeres).

Respecto a los órganos de trabajo, y siempre dentro de la actual

Legislatura XII, las Comisiones Parlamentarias Legislativas presentan dos

tendencias interesantes. Por un lado, apenas una está presidida por una

mujer (la de Igualdad, precisamente), mientras que, por otro lado, casi

todas ellas están compuestas por al menos un 40% de mujeres22

.

Ámbito de acción 2: Reforzar la legislación y las políticas relativas a

la igualdad de género.

El Congreso de los Diputados ha adoptado, en los últimos tiempos,

escasas modificaciones de las que en su momento fueron auténticas piedras

angulares de las cuestión de género (Ley contra la Violencia de Género de

2004; y Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, de 2007). Hubo un

intento legislativo que no fructificó (Proyecto de Ley integral para la

igualdad de trato y la no discriminación, el 10 de junio de 2011) y, más allá

de cierta puesta al día de la segunda, no existen novedades en la materia23

.

Ámbito de acción 3: Integrar la igualdad de los sexos en la labor del

parlamento.

21

Según la clasificación de la Unión Interparlamentaria. Vid. http://www.ipu.org/wmn-

e/classif.htm (consultado el 26 de noviembre de 2017). 22

Un análisis reciente de la cuestión puede verse en DELGADO SOTILLOS, I; "Cuotas e

instituciones. Un análisis comparado de sus efectos sobre la representación política de las

mujeres". En LA BARBERA, Mª. C; y CRUELLS LÓPEZ, M (coords); Igualdad de género y

no discriminación en España, CEPC, Madrid, 2016. 23

Lo que significa, dicho con otras palabras, suprimir algunas disposiciones transitorias y

modificar un único precepto (artículo 71.1), donde se regulan los factores actuariales en el

acceso igualitario a bienes y servicios.

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El trabajo parlamentario en los Parlamentos modernos se lleva a cabo

en Comisiones. Aquí debemos aludir, necesariamente, a dos aspectos.

El primero es que nuestra Cámara Baja cuenta con una Comisión de

Igualdad, donde se observa una participación masiva de diputadas (en torno

al 75%).

La segunda es que la participación de las mujeres en el resto de

Comisiones es muy dispar. Cada vez forman parte en mayor número de las

mismas, pero dependiendo de la Comisión en cuestión -dejando de lado la

de Igualdad- su presencia llega a ser puramente simbólica, inane. Siguiendo

una tendencia consolidad, la participación de las diputadas se da mucho

más en Comisiones relacionadas con ámbitos tradicionalmente relacionado

con el cuidado, asistencia, y procura (Comisiones de Sanidad y Servicios

Sociales, Empleo y Seguridad Social, y Cultura) que en Comisiones

relacionadas con el núcleo duro del poder (Comisiones de Justicia,

Defensa, Interior, Economía y Competitividad, y Presupuestos).

Finalmente, no hay que minusvalorar la importancia de desglosar los

datos en función del género, porque eso produce y reproduce una cultura

igualitaria. Nuestro Congreso lleva años comprometido con la tarea24

.

Ámbito de acción 4: Instaurar una infraestructura y una cultura

parlamentarias sensibles al género o mejorarlas.

Auténtico reto es este ámbito de acción, concretado en tres grandes

vértices: facilitar la conciliación entre trabajo y vida familiar, crear una

cultura de trabajo libre de discriminación y acoso, y disponer de

instalaciones y recursos equitativos. Lo cierto y verdad que, desde este

punto de vista, es complicado poder pronunciarse dado que el Congreso

apenas suministra información. En la presente Legislatura lo que parecía un

acuerdo cerrado para adelantar el horario de las sesiones plenarias no fue,

al final, llevado a cabo. Y aunque es competencia de la Presidencia fijar el

mismo, la búsqueda del consenso que no llegó ha frustrado los buenos

deseos25

. No cabe olvidar que, como Parlamento moderno que es, nuestro

Congreso se estructura en torno a los grupos parlamentarios, por lo que la

infraestructura y cultura de igualdad tendrá mucho que ver con la actitud y

medidas que estos adopten.

24

Vid.

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Diputados/Diputadas%20en%20

activo (consultado el 1 de diciembre de 2017). 25

Vid. http://blogs.elconfidencial.com/espana/el-confidente/2017-05-10/congreso-diputados-no-

adelanta-horario-plenos-12-manana_1380073/ (consultado el 1 de diciembre de 2017).

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Ámbito de acción 5: Asegurar que todos los parlamentarios –hombres

y mujeres– compartan la responsabilidad de promover la igualdad de

género.

Este ámbito se realizaría adoptando medidas tales como la promoción

del copatrocinio de leyes sobre igualdad de género por dos parlamentarios,

un hombre y una mujer; el nombramiento de un parlamentario y de una

parlamentaria como copresidentes y/o vicepresidentes de la Comisión de

Equidad (Igualdad) de Género; la creación de una comisión encargada de

investigar cuestiones de igualdad de género de interés para los hombres; la

inclusión de hombres en las celebraciones parlamentarias de eventos sobre

igualdad de género, como el Día Internacional de la Mujer y el Día

Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; el

equilibrio de género en los viajes de estudio y en las delegaciones

internacionales sobre igualdad de género o integración de la perspectiva de

género, y la organización de programas de formación sobre cuestiones

relativas al género destinadas a los parlamentarios.

En el Congreso de los Diputados se han ejecutado algunas de las

acciones reseñadas. En la actual Legislatura tenemos muestras de ellos. La

primera es que la Comisión de Igualdad está presidida por una mujer y

vice-presidida (en su vicepresidencia primera) por un hombre. La segunda

es que, aunque no existe una comisión específica para estudiar las

cuestiones de igualdad de género "de interés para los hombres", los

diputados pueden integrar todas las comisiones que deseen -previa

aprobación del grupo parlamentario de adscripción-, planteando las

cuestiones sobre igualdad que estimen. La tercera es la aprobación por

unanimidad, por parte de la Comisión de Asuntos Exteriores, de una

Declaración Institucional con motivo de la celebración del Día

Internacional de la Mujer (8 de marzo), donde se adhiere a los principales

compromisos internacionales, "considerando la igualdad de género y la

lucha contra la no discriminación por razón de género como una prioridad

transversal de nuestra política exterior y de cooperación, convirtiéndola en

una verdadera política pública sostenible que contribuya a acabar con la

violencia de género, la brecha salarial de género y la precarización del

empleo femenino". La cuarta es el viaje de dos delegaciones a Foros

Internacionales cuya temática estaba estrechamente relacionada con la

igualdad de género: la 61ª Sesión sobre la Comisión de la Condición

Jurídica y Social de la Mujer de Naciones Unidas; y la reunión, en el

marco del Foro Global Women in Parliament, sobre "Salud Materna y

Mujeres Refugiadas"; ambas celebradas en 2017, y ambas con una amplia

representación femenina. Hasta la fecha, no tenemos constancia de

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programas de formación desde la Cámara Baja en igualdad de género para

sus parlamentarios, aunque sí de (la promesa de) algunas formaciones que

la integran26

.

Ámbito de acción 6: Alentar a los partidos políticos a que defiendan

la igualdad de género

Aquí se debe destacar, en la presente legislatura, la Proposición no de

Ley relativa a promover un Pacto Social, Político e Institucional que

recupere el espíritu de consenso de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de

diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género

vinculando a todos los partidos políticos, poderes del Estado y sociedad

civil en un compromiso firme en pro de una política sostenida para la

erradicación de la violencia de género, presentada por el Grupo

Parlamentario Socialista y que ha concitado el apoyo mayoritario de todos

los grupos y formaciones políticas.

También proposiciones no de ley que, aunque no se dirigen

directamente a los partidos políticos, difícilmente podrían estos abstraerse

de su contenido. Destaca la Proposición no de Ley presentada por el Grupo

Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a la elaboración

de un Protocolo contra el acoso sexual y por razón de género que permita

adoptar las medidas imprescindibles ante una denuncia de acoso sexual; la

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular,

relativa a impulsar medidas de lucha contra la violencia de género y

actuaciones que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres en los

programas de responsabilidad social empresarial; la proposición no de

Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, relativa a establecer

medidas de conciliación en los planes de igualdad de las empresas; y la

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular,

relativa a establecer el Día de la Conciliación de la Vida Familiar,

Laboral y Personal y la Corresponsabilidad.

Además, no pueden obviarse las diferentes Declaraciones

Institucionales que el Congreso ha adoptado. A título de ejemplo podemos

citar la Declaración institucional con motivo de la celebración del Día

Internacional de la Mujer (2017), la Declaración institucional contra la

violencia de género (2015), o la Declaración Institucional con motivo del

26

El partido PODEMOS asumió tal compromiso públicamente. Vid.

http://www.elmundo.es/madrid/2017/04/17/58f35a09ca474173448b4613.html (consultado el 1

de diciembre de 2017).

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"Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres,

Niñas y Niños" (2014).

Ámbito de acción 7: Mejorar la sensibilidad y la igualdad de género

entre el personal parlamentario

Sobre este aspecto no se ha conseguido obtener información.

Revisadas sus principales normas reguladoras no se detecta formación

específica ni continuada sobre igualdad de género para el funcionariado y

el personal laboral de la institución. Conviene tener en cuenta, no obstante,

los ejemplos que suministran la OSCE, así como los materiales que a tales

efectos pone a disposición del público en general el Instituto de la Mujer27

.

a.2. Senado

Tal y como hemos analizado en líneas anteriores el Congreso de los

Diputados, es el momento de hacer lo propio con el Senado.

Ámbito de acción 1: Incrementar el número de mujeres en el

parlamento y lograr una participación paritaria.

El número de senadoras no ha hecho sino aumentar con el paso del

tiempo. En la práctica, y aunque la Ley de Igualdad no obligaba a

componer equilibradamente las candidaturas electorales presentadas a la

Cámara Alta (salvo en el supuesto de hacerlo mediante listas), en la

práctica las formaciones han actuado de esa forma. En 2004 las senadoras

constituían el 25.7% del conjunto de la Cámara Alta. Después de la entrada

en vigor del principio aludido, en 2008 fueron el 31.7%; y en 2011, el

35.6%. En el año 2015, la XI Legislatura ha observado un notable

incremento, hasta alcanzar el 40.9%. La actual XII Legislatura, iniciada

tras las elecciones generales de junio de 2016, muestra un ligero descenso,

hasta el 38%.

Su participación en los órganos de gobierno sigue siendo muy

parecida a la que se da en la Cámara Baja: participan menos que los

hombres y, cuando lo hacen, ocupan menos cargos dirigentes. En la

presente Legislatura la Presidencia la ejerce un hombre; la Mesa está

formada por 7 miembros, de los cuales 5 son hombres y 2 mujeres. La

27

Sobre lo primero véase la Decisión nº 638, que implementa el Plan de Acción 2004 para el

fomento de la igualdad entre género. Entre sus acciones establece el formar en esta materia "a

todo el personal que ocupe cargos en la OSCE" (párrafo 11, p. 5). El documento se ha

consultado aquí: http://www.osce.org/es/pc/14718?download=true, el 20 de noviembre de 2017.

Sobre la segunda, http://www.inmujer.gob.es/servRecursos/formacion/home.htm (consultado el

1 de diciembre de 2017).

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Junta de Portavoces presenta una composición más paritaria: en total son

42 miembros, de los cuales 24 son hombres y 18 mujeres.

Respecto a los órganos de trabajo, también aquí existe una Comisión

de Igualdad, donde la presencia femenina vuelve a ser importante. En la

actual Legislatura XII, del total de 27 miembros que la componen, 20 son

mujeres y 7 hombres.

Las 29 Comisiones restantes muestran algunas tendencias conocidas.

Primero, la participación de hombres sigue siendo mayor, pero la mujer va

ganando paulatinamente cotas de poder. Hasta en 7 Comisiones se observa

una participación al 50%. Segundo, 8 Comisiones son presididas por

mujeres. Tercero, donde más poder alcanzan es en esas Comisiones que se

ocupan de temas relacionados con el cuidado, la asistencia, y la procura a

otros (además de en la Comisión de Igualdad): así sucede con la Comisión

de Derechos de la Familia, la Infancia, y la Adolescencia; la Comisión de

Empleo y Seguridad Social; la de Políticas Integrales de la Discapacidad; y

la de Sanidad y Servicios Sociales. También sucede lo mismo con la

Comisión de Incompatibilidades (formada por 17 mujeres y 10 hombres).

Cuarto, lo que se ha llamado núcleo duro de poder, tradicionalmente

masculino, se rompe -o al menos se reequilibra- en la Comisión de

Economía, Industria, y Competitividad (con 13 hombres, 14 mujeres, una

de ellas presidiendo la misma).

Ámbito de acción 2: Reforzar la legislación y las políticas relativas a

la igualdad de género.

Aquí debemos volver a aludir a la legislación reseñada en el apartado

referido al Congreso de los Diputados, sin que desde el Senado se hayan

promovido modificaciones de la misma.

Ámbito de acción 3: Integrar la igualdad de los sexos en la labor del

parlamento.

Respecto a este punto, también podríamos aludir a lo que se ha dicho

anteriormente en cuanto a la composición de las Comisiones.

La tendencia general que se constata es que el trabajo parlamentario

va siendo, Legislatura a Legislatura, más femenino. La cuestión tiene que

someterse a un periodo más largo de prueba y evaluación, porque aunque

diez años son más que suficientes para observar indicios, los tiempos

venideros deben ser los que confirmen o desmientan tendencias.

Debemos destacar, también aquí, la labor de la Comisión de Igualdad,

donde se canalizan la mayor parte de los trabajos parlamentarios en pos de

la misma. En la presente Legislatura se han tramitado 19 iniciativas (11

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mociones y 8 comparecencias). Y se encuentran en tramitación pendientes

28 iniciativas (6 mociones, 6 comparecencias, y 16 preguntas). Entre ellas

se cuentan cuestiones relacionadas con modificaciones legislativas -por

ejemplo, proponiendo que la baja por maternidad/paternidad sea también

causa de suspensión del juicio oral- con comparecencias de las y los

titulares de Ministerios considerados clave o estratégicos para la igualdad -

también a titulo de ejemplo, la Ministra de Sanidad, Servicios e Igualdad ha

comparecido en diversas ocasiones ante la Comisión. Asimismo, se ha

creado una Ponencia de estudio para la elaboración de estrategias contra la

violencia de género, celebrando hasta 54 comparecencias donde

autoridades, funcionarios cualificados y otros expertos han intentando

contribuir con su experiencia y opinión a la causa.

Ámbito de acción 4: Instaurar una infraestructura y una cultura

parlamentarias sensibles al género o mejorarlas.

En esta materia no cabe decir cosa diferente a la que se dijo respecto

del Congreso, dado que el Senado no muestra especiales avances en los tres

componentes principales de este ámbito (recordemos: facilitar la

conciliación entre trabajo y vida familiar, crear una cultura de trabajo libre

de discriminación y acoso, y disponer de instalaciones y recursos

equitativos). Si acaso, podrían destacarse algunas mociones aprobadas por

la Comisión de Igualdad, en su reunión del 6 de junio de 2017, como por

ejemplo la Moción por la que se insta al Gobierno a la modificación de la

Ley de Enjuiciamiento Criminal para incorporar la maternidad y la

paternidad entre las causas de suspensión del juicio oral; la Moción por la

que se insta a todas las instancias del Senado a utilizar un lenguaje no

sexista en sus escritos y comunicaciones; o la Moción por la que se insta al

Gobierno a impulsar iniciativas encaminadas a concienciar sobre la

necesidad de adelantar el horario de los programas televisivos de máxima

audiencia.

Ámbito de acción 5: Asegurar que todos los parlamentarios –hombres

y mujeres– compartan la responsabilidad de promover la igualdad de

género.

Las diferentes medidas van calando, paulatinamente, en la

organización parlamentaria. Aunque los avances concretos en esta materia

también son escasos, el Senado tiene como uno de sus "Temas clave" la

"Presencia de mujeres en el Senado", con datos desglosado de todas y cada

una de las senadoras en cada Legislatura28

. También se han adoptado

28

Vid. http://www.senado.es/web/conocersenado/temasclave/presenciamujeres/index.html.

Consultado el 3 de diciembre de 2017.

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medidas adicionales, que sin duda implican un posicionamiento de las

diferentes formaciones, sea en el sentido que sea, aunque no vayan

directamente dirigidas a las mismas. Se alude a la Moción (ante el Pleno)

por la que se insta al Gobierno a promover un Pacto de Estado contra la

violencia de género y por la igualdad entre mujeres y hombres.

Ámbito de acción 6: Alentar a los partidos políticos a que defiendan

la igualdad de género

En este aspecto, la labor del Senado tampoco ha sido especialmente

reseñable. Aunque tampoco puede decirse que no haya hecho nada. Por

ejemplo, la adopción de la Declaración institucional por la que el Senado

se adhiere a la Declaración aprobada en la Conferencia Internacional de

Parlamentarias/os G7/20 de 2017 sobre "Los desafíos de un mundo en

movimiento: migración e igualdad de género, libertad de acción y decisión

de las mujeres, desarrollo sostenible y empoderamiento de las mujeres y

niñas para que puedan decidir y disfrutar de una vida sana y productiva.

Ámbito de acción 7: Mejorar la sensibilidad y la igualdad de género

entre el personal parlamentario

En la Cámara Alta tampoco existen planes de formación específica y/o

continuada sobre igualdad de género para el personal funcionarial y/o

laboral de la institución. Baste recordar aquí los ejemplos que podrían

servir de inspiración, comentados al hilo del Congreso.

b. Parlamentos Autonómicos

Para el caso de los 17 Parlamentos Autonómicos no se estudiarán, por

razones evidentes, los siete ámbitos de acción en cada uno de ellos.

Inspirándonos en tales criterios, destacaremos los principales hitos en

relación con aquéllas Asambleas que los han conseguido.

Ámbito de acción 1: Incrementar el número de mujeres en el

parlamento y lograr una participación paritaria.

Las mujeres parlamentarias cada vez son más, también en el ámbito

autonómico29

. Las razones son varias, pero una destaca por encima del

resto: la adopción de cuotas electorales, sea gracias a la legislación de cada

Autonomía sea en aplicación de principio estatal de composición

29

Aunque sus ritmos de incorporación, la evolución de su mandato, y el tiempo de duración

varían mucho en función de las características de cada sistema regional. Así lo demuestran

SANTANA LEITNER, A; AGUILAR FERNÁNDEZ, S; y COLLER PORTA, X; "Who leads

and who lags behind? Women MPs in the Spanish regional parliaments", Revista Internacional

de Sociología, vol 74-nº 2, 2016, pp. 1-14.

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equilibrada30

. Así que, desde 2007 al menos, la obligación de incluir como

mínimo un 40% de mujeres ha hecho de trampolín para la su llegada al

escaño autonómico31

.

Dicho lo anterior, lo primero que merece la pena destacar es que casi

todas las Asambleas Autonómicas presentan una composición equilibrada.

En el mes de octubre de 2016, y tras la celebración de elecciones

autonómicas en Galicia y País Vasco, el porcentaje medio de mujeres en el

conjunto de parlamentos autonómicos fue del 45,08%. Tan sólo tres

Comunidades Autónomas (Cantabria, Cataluña y Murcia) tienen un

porcentaje de parlamentarias por debajo. En el resto de Comunidades, los

porcentajes varían desde el 40,00% de Ceuta y Melilla, al 53,33% de

Canarias y País Vasco"32

.

Ámbito de acción 2: Reforzar la legislación y las políticas relativas a

la igualdad de género.

La denominada "segunda oleada de Estatutos de Autonomía" (de 2007

en adelante) incorporó la vertiente de género en el ámbito de la igualdad y

la no discriminación. Aunque no todos lo hicieron, ni los que lo hicieron lo

plasmaron de la misma forma, lo cierto y verdad es que se inició un camino

que, a día de hoy, buena parte de las Autonomías desarrollan con cierta

decisión.

El siguiente nivel es, siempre dentro del autonómico, el nivel

legislativo. Aquí sucede cosa parecida, en tanto en cuanto las CCAA que

decidieron plasmar la igualdad de género adoptaron Leyes específicas

sobre la materia.

En los últimos tiempos destacan dos vertientes; por un lado, la

modificación puntual de la legislación sobre igualdad de género en vigor.

En este sentido podemos hacer referencia a la Ley 11/2016, de 15 de junio,

30

Es sabido que el origen a nivel legislativo vino precisamente del ámbito autonómico, con

sendas disposiciones de Castilla-La Mancha e Islas Baleares en el año 2002. Vid. ÁLVAREZ

RODRÍGUEZ, I; Democracia equilibrada versus Democracia representativa, Congreso de los

Diputados, 2012, p. 115 y ss. 31

Las regulaciones autonómicas deberán respetar en todo caso el marco legal estatal, esto es, los

porcentajes del 40%-60% como mínimo y máximo para cada sexo. Vid. BIGLINO CAMPOS,

P; “La legislación electoral estatal y el margen del legislador autonómico”, en GÁLVEZ

MUÑOZ, L. A (dir.); El Derecho Electoral de las Comunidades Autónomas. Revisión y mejora,

CEPC, Madrid, 2009, p. 36 y ss; y GARCÍA MAHAMUT, R; “Principio de igualdad y derecho

de participación en los asuntos públicos en las reformas de la LOREG operadas en la VIII

legislatura y en las propuestas de reformas pendientes”, Corts. Anuario de Derecho

Parlamentario; nº 24, 2010, p. 120 y ss. 32

Vid. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA; Mujeres y hombres en España,

Publicaciones Oficiales de la Administración General de Estado, 2017, p. 415.

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por la que se modifica la Ley 7/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre

Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la

Región de Murcia; por otro, se han adoptado leyes de igualdad allá donde

no existían, caso de Islas Baleares con su Ley 11/2016, de 28 de julio, de

igualdad de mujeres y hombres. El volumen de las disposiciones de género

ha conducido a que algunas Autonomías recurran a refundir los textos en

un compendio, tal y como sucede mediante el Decreto Legislativo 2/2015,

de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las

disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de

igualdad.

Ámbito de acción 3: Integrar la igualdad de los sexos en la labor del

parlamento

Algunas Asambleas autonómicas están intentando mejorar el

empoderamiento femenino dentro de la Cámara. Por ejemplo, las Cortes

Valencianas, cuyo Reglamento establece que todos los órganos de la

Cámara deberán ser paritarios33

. Otras han elegido diferente mecanismo

para el mismo fin, como ejemplifican la normativa parlamentaria andaluza

y la extremeña34

. Respecto a esta última debe destacarse la modificación

más o menos reciente para adoptar un lenguaje inclusivo35

.

Otras, aunque no hayan tomado medidas específicamente referidas al

ámbito parlamentario, tienen la cobertura para adoptar acciones en este

33

Artículo 3 del Reglamento de las Cortes Valencianas: "Les Corts aplicarán en todas sus

actuaciones y actividades una política de igualdad de hombres y mujeres de forma transversal.

Los órganos de la cámara deberán contar con una composición paritaria de hombres y mujeres

mediante los mecanismos que prevé el presente reglamento". 34

Respecto a Andalucía, el artículo 107 del Estatuto de Autonomía establece que "En los

nombramientos y designaciones de instituciones y órganos que corresponda efectuar al

Parlamento de Andalucía regirá el principio de presencia equilibrada entre hombres y mujeres";

disposición que se ha completado con la Resolución de la Presidencia, de 28 de marzo de 2007,

sobre adecuación de los nombramientos y designaciones que efectúe el Parlamento de

Andalucía al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, cuya disposición

adicional puntualiza que: "será de aplicación a la Mesa del Parlamento de Andalucía. En las

Comisiones y en sus respectivas Mesas el cómputo de presencia de cada uno de los sexos se

realizará tomando en cuenta su representación respectiva en el conjunto de Comisiones y Mesas

de la Cámara". Respecto a Extremadura, la Resolución de la Presidencia, de 15 de marzo de

2016, sobre adecuación de los nombramientos y designaciones que efectúe la Asamblea de

Extremadura al principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres establece, en su

apartado cuarto que: "Lo dispuesto en la presente resolución en relación con el principio de

presencia o composición equilibrada de hombres y mujeres será de aplicación a la Mesa de la

Asamblea de Extremadura y al resto de órganos de la Cámara". 35

Artículo Primero del Reglamento del Parlamento de Extremadura: El término “presidente” se

sustituirá por “la presidencia” en todos los artículos del Reglamento en los que se mencione.

Reforma de 30 de julio de 2015. En el mismo sentido, el Reglamento del Parlamento Vasco,

distinguiendo entre "parlamentarias y parlamentarios".

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sentido que otorga la normativa de igualdad autonómica. Un buen ejemplo

es el de la Ley de Igualdad del País Vasco de 2005 y modificada en 2011,

cuyo artículo 3 establece que: "Los poderes públicos vascos han de adoptar

las medidas oportunas para lograr una presencia equilibrada de mujeres y

hombres en los distintos ámbitos de toma de decisiones. A los efectos de

esta ley, se considera que existe una representación equilibrada en los

órganos administrativos pluripersonales cuando los dos sexos están

representados al menos al 40%".

Ámbito de acción 4: Instaurar una infraestructura y una cultura

parlamentarias sensibles al género o mejorarlas.

Recordemos que aquí seguimos estando ante el triple objetivo referido

arriba, esto es, facilitar la conciliación; crear espacios laborales libres de

discriminación y/o acoso; y la previsión de instalaciones y recursos

equitativos. Es cierto que la normativa estatal exige la adopción de

protocolos contra el acoso y el acoso sexual en el ámbito de las

Administraciones Públicas, pero creo que cabe entender estas, en este

ámbito, en sentido amplio. Desde el punto de vista teleológico no tiene

mucho sentido exigir que nuestro Poder Ejecutivo y quien soporta su

acción cotidiana -la Administración General del Estado- cumplan con la

exigencia y no nuestro Parlamento estatal o nuestros Parlamentos

Autonómicos36

.

Lo cierto y verdad es que tampoco aquí se han adoptadas muchas

iniciativas. Y la realidad ha suministrado algunos ejemplos de que las

diputadas han sufrido episodios vejatorios, llegando al acoso y al

hostigamiento físicos37

. En suma, no sabemos mucho de lo que pasa dentro

de los Parlamentos en este aspecto.

36

Destacan el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el

ámbito de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos vinculados a

ella, aprobado por Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función

Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General

de Negociación de la Administración General del Estado; y el Protocolo de actuación frente al

acoso laboral en la Administración General del Estado, aprobado por Resolución de 5 de mayo

de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el

Acuerdo de 6 de abril de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General

del Estado. 37

...Y tampoco se produjo en la Cámara, ni a manos de ningún diputado. Se hace alusión al

incidente en el que se vio inmersa la diputada autonómica Dª Teresa Rodríguez (PODEMOS),

cuando un representante de la Cámara de Comercio andaluza, visiblemente bebido, la acorraló

en público y simuló besarla en la boca. Posteriormente pidió disculpas y abandonó el cargo (él,

no ella, si es que hacía falta el matiz). Vid.

https://politica.elpais.com/politica/2016/12/23/actualidad/1482492307_640562.html. En el

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Ámbito de acción 5: Asegurar que todos los parlamentarios –hombres

y mujeres–compartan la responsabilidad de promover la igualdad de

género.

Aquí tenemos ejemplos de todo tipo. El del Parlamento de Cantabria,

que no tiene Comisión de Igualdad pero observa cómo algunos de sus

órganos están compuestos, en la actualidad, siguiendo los parámetros

equilibrados (por ejemplo, la Mesa la integran 3 mujeres, entres quienes se

cuenta la Presidenta, que también preside aquélla; o la Junta de Portavoces,

que invierte esa composición, siendo 3 los hombres y 2 las mujeres,

también aquí siendo la Presidenta su líder); el del Parlamento de Andalucía,

con un Grupo de Trabajo específico para la Promoción de la Igualdad de

Género y Contra la Violencia de Genero, que funciona desde 2015; el

modelo del Parlamento de La Rioja, preocupado por un lenguaje inclusivo,

cuyo Parlamento preside una mujer, cuya Mesa está integrada por 3

hombres y 2 mujeres, pero donde no existe una Comisión de Igualdad

autónoma; lo que sí existe es la Comisión de Políticas Sociales, Familia,

Igualdad y Justicia, compuesta por 8 mujeres (donde está la Presidenta de

la misma), y 1 hombre; el de la Asamblea Regional de Murcia, que no

observa un lenguaje inclusivo pero tiene una mujer como Presidenta; y que

tampoco tiene una Comisión de Igualdad, pero sí goza desde 2015 de una

Comisión Especial contra la Discriminación y Violencia de Género,

integrada por 7 mujeres (Presidenta, Vicepresidenta, y Secretaria), y 2

hombres; Asamblea esta que tiene una Mesa y una Diputación Permanente

compuestas por 3 mujeres y 2 hombres; y con una Junta de Portavoces que,

en cambio, tiene 4 hombres y 1 mujer (que la preside).

Ámbito de acción 6: Alentar a los partidos políticos a que defiendan

la igualdad de género

En este ámbito destacan los Días, Actos y Declaraciones

Institucionales en materia de violencia de género, que concitan la adhesión

unánime de todos los partidos políticos y grupos parlamentarios. A título de

ejemplo, valga el de la Asamblea de Extremadura, donde se celebró el Día

para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el 24 de noviembre de

2015, con sus correspondientes actos de conmemoración y tributo, amén de

una Declaración que fue firmada por todos los grupos de la Cámara. Más

allá de medidas así, no se ha encontrado otras iniciativas en este sentido.

Ámbito de acción 7: Mejorar la sensibilidad y la igualdad de género

entre el personal parlamentario

plano doctrinal estudia el fenómeno LENA KROOK, M; "Violence against women in politics",

Journal of Democracy, vol 28, nº 1, 2017, pp. 74-88.

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Tampoco aquí se ha encontrado formación específica dedicada al

personal parlamentario. Podemos volver a recordar el ejemplo de la OSCE,

aludido arriba, así como los recursos que suministra el Instituto de la

Mujer, y algunos Autonómicos como el Vasco o el Andaluz, para la

formación igualitaria del colectivo de trabajadores y trabajadoras

parlamentarias.

Conclusiones

La idea del Parlamento gender-sensitive parece que va calando, muy poco a

poco, en el organigrama de nuestras Asambleas; ese tránsito lento da una

idea de lo ardua que es la tarea de trasladar a normas -sean más o menos

exigentes- las declaraciones y/o principios sobre la cuestión. Y de lo

complicado que es cambiar las pautas arraigadas en nuestra cultura

organizativa. Que la igualdad en el ámbito representativo ha gozado y goza

de un impulso decidido es cosa difícilmente cuestionable. Que los

Parlamentos sean realmente gender-sensitive- es algo que, en la actualidad,

no puede afirmarse; y no puede afirmarse por las siguientes razones.

La primera es que tanto el Parlamento Nacional como los

Autonómicos tienen que familiarizarse con las exigencias de la Unión

Interparlamentaria, con la adaptación que exijan las necesidades y

circunstancias concretas de cada uno de ellos; tienen que comenzar a

elaborar políticas públicas dentro de la Cámara y para la Cámara, no sólo -

como por otro lado es una de sus principales funciones- regulando lo que

sucede fuera de ella.

La segunda es que, sin perjuicio del estudio exhaustivo que merecería

cada Asamblea, se aprecian disparidades elocuentes entre ellas. Aun así, el

Parlamento nacional es de los más avanzados, y dentro del mismo el

Congreso de los Diputados marca la pauta. Desde el ámbito autonómico,

los Parlamentos de Andalucía, País Vasco, y Cataluña, han adoptado

diversas estrategias gender-sensitive; con todo y con eso, no cubren apenas

la mitad de los ámbitos de acción explicitados. Se antojan necesarios

esfuerzos adicionales.

La tercera hace alusión a la cronología del proceso. Las reformas son

graduales, como gradual es el impacto que van teniendo. La idea gender-

sensitive es relativamente nueva, por lo que hay que poner en perspectiva

los éxitos que se van logrando. Dicho de otro modo, se está haciendo

camino al andar, por lo que no conviene ni celebrar éxitos que pueden ser

fracasos ni lamentar fracasos que con voluntad y decisión pueden ser

transformados en éxitos.

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Se finaliza estas líneas con una última reflexión; y es que la inclusión

igualitaria de la mujer y hombre en los Parlamentos también podría ayudar

a reconectar a dicha institución con la sociedad en la que se inserta,

relación que no se ve libre de los tiempos que corren38

; la falta de

representatividad, la falta de legitimidad -ambas políticas, ambas

íntimamente relacionadas con los afectos y desafectos provocados por los

aciertos o desmanes de la clase política que encarna las instituciones-

suponen auténticos rejonazos a la democracia parlamentaria. En estos

tiempos que corren, decíamos, donde se impugna la legitimidad de casi

todo, los Parlamentos gender-sensitive serían un buen ejemplo de que

hemos decidido dar algunos pasos más por la senda igualitaria.

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