morial de allanamiento en laboral

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memorial de allanamiento del juicio ordinario laboral guatemala

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SEOR JUEZ, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y ECONMICO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS

Ordinario Laboral No. 10-2011 Of. 3.3

SEOR JUEZ, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIN SOCIAL, NIEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL- JORGE AROLDO OCHOA RAMOS, de veintiocho aos de edad, casado, guatemalteco, de este domicilio departamental, zapatero, vecino del municipio de San Marcos de este departamento; comparezco con el auxilio, direccin y procuracin de la abogada YANIRA LILIANA GME GMEZ, sealando como lugar para recibir notificaciones la octava calle C ocho guin veinte de la zona dos de esta ciudad de San Marcos, a efecto de ALLANARME A LA DEMANDA ORDINARIA LABORAL instaurada en mi contra por parte del seor GREGORIO ALBERTO RAMOS MUOZ, en base a los siguientes:H E C H O S:

a) Con fecha uno de junio del ao en curso a las diez horas con diez minutos, fui legalmente notificado de la demanda Ordinaria Laboral instaurada en mi contra y planteada por el seor GREGORIO ALBERTO RAMOS MUOZ, as como de la resolucin de fecha veinticinco de mayo del ao en curso proferida por ese juzgado, mediante la cual se seala audiencia para Juicio Oral Laboral para el da doce de julio del ao en curso, con los apercibimientos respectivos; demanda en la cual consta la pretensin del actor de que le haga efectivo dos salarios que corresponden al perodo del uno de febrero al treinta y uno de marzo del ao dos mil ocho, a razn de un mil quinientos quetzales por cada mes, haciendo un total de tres mil quetzales; habiendo finalizado relacin laboral con fecha treinta y uno de marzo del ao dos mil once;b) Es el caso seor juez que no tengo la mas mnima intencin de oponerme a la demanda anteriormente mencionada, y siendo que en breve debo ausentarme del pas, es por lo tanto de mi conveniencia dejar arreglados cualesquier clase de litigios pendientes como en el presente caso, es por ello que desde ya solicito se me tenga por allanado de la demanda en cuestin y en vista de que ms adelante aparece autntica de mi firma por notario, se proceda a dictar la sentencia que en derecho corresponde, declarando la misma con lugar y con las dems declaraciones solicitadas por el actor en su demanda;FUNDAMENTO DE DERECHO:

Fundamento mi peticin en las siguientes disposiciones legales: Establece el Cdigo de Trabajo: En cuanto no contraren el texto y los principios procesales que contiene este Cdigo, se aplicarn supletoriamente las disposiciones del Cdigo de Enjuiciamiento Civil y Mercantil Por su parte reza el Cdigo Procesal Civil y Mercantil: Si el demandado se allanare a la demanda, el juez previa ratificacin, fallar sin ms trmite.PRUEBAS:

Ofrezco probar los hechos a que me refiero con los siguientes medios de prueba:

I) DOCUMENTOS: a) El expediente que contiene demanda Ordinaria Laboral identificado al inicio, el cual servir para el anlisis de la resolucin final;PETICIONES:

En vista de lo anteriormente expuesto al seor juez de manera respetuosa planteo las siguientes:

A) DE TRMITE:

a) Que se tenga por recibido el presente memorial y se le de el trmite legal correspondiente;

b) Se tome nota del abogado auxiliante, director y procurador al propuesto y como lugar para recibir notificaciones el sealado;

d) Se tenga por ofrecido el medio de prueba indicado en el apartado respectivo;

e) Se me tenga por ALLANADO de la demanda Ordinaria Laboral instaurada en mi contra por el actor del presente juicio; consecuentemente se deje sin efecto la audiencia sealada para la comparecencia de las partes a Juicio Oral Laboral dentro del presente juicio;B) DE FONDO: que en vista que el presente memorial es presentado con autntica de mi firma, el seor juez proceda a dictar la sentencia respectiva en la cual se declare:a) Con lugar la demanda Ordinaria Laboral instaurada por GREGORIO ALBERTO RAMOS MUOZ en contra de JORGE AROLDO OCHOA RAMOS;b) Consecuentemente se me condene al pago de dos salarios que corresponden al perodo del uno de febrero al treinta y uno de marzo del ao dos mil once, a razn de un mil quinientos quetzales por cada mes, haciendo un total de tres mil quetzales;

CITA DE LEYES: Fundo mi peticin en los artculos mencionados y en los siguientes: 115 del Cdigo Procesal Civil y Mercantil; 321, 326, 327, 328, 332, 358 del Cdigo de Trabajo;COPIAS: acompao duplicado y tres copias del presente memorial y del documento adjunto.San Marcos, diez de mayo de dos mil once.JORGE AROLDO OCHOA RAMOS En su Auxilio: YANIRA LILIANA GMEZ GMEZ

ABOGADA Y NOTARIA