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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: MONTE ESCOBEDO, ZAC. 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

2011

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 9

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 21

BANCOS ............................................................................................................................................................... 23

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 24

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 26

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 29

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR ......................................................................................................... 30

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 31

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 33

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 38

FONDO DE PAVIMENTACIÓN MUNICIPAL Y ESPACIOS DEPORTIVOS ................................................................. 40

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 41

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 42

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 45

RAMO 20 FONDO DE PAVIMENTACIONES Y ESPACIOS DEPORTIVOS (FOPAM) ................................................. 49

RAMO 20 PROGRAMA DE APOYO A GASTO EDUCATIVO .................................................................................... 50

RAMO 20 PROGRAMA CONVENIO CON GOBIERNO DEL ESTADO POR MEDIO DE SECOP PESO POR PESO ..... 51

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 52

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 53

5. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 54

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 7

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

15

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

1

Solicitud de Aclaración 7

Subtotal 36

Acciones Preventivas

Recomendación2 20

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 20

TOTAL 56

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Revelación Suficiente: en virtud de que el ente auditado no registra los movimientos del Fondo Fijo ni de Caja General, dando como resultado que la información presentada en sus Estados Financieros no sea fidedigna.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Monte Escobedo Zacatecas, obtuvo ingresos durante el ejercicio 2011, por $51,139,753.20, los cuales se encuentran conformados por $25,304,580.41 de Ingresos Propios y Participaciones, cuyo alcance de revisión fue del 93.74%. Además de $1,544,625.03 de Agua Potable y Alcantarillado, $12,057,447.07 de Aportaciones Federales y $12,233,100.69 de Otros Programas. Los resultados de estos dos últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6- Obra Pública-Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión al rubro de Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 De la revisión al rubro de Ingreso, relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, se solicitó al municipio la relación de licencias para la operación de expendios de bebidas alcohólicas misma que al ser revisada y analizada se determinaron las siguientes observaciones:

1. El municipio no realizó la clausura temporal y/o definitiva por falta de renovación de una licencia en funcionamiento, a nombre de Gabriel Jara Treto, ya que según informes del Departamento de Alcoholes, realizó el pago por renovaciones correspondientes a los ejercicios del 2003 al 2011, así mismo el ente fiscalizador en el proceso de solventación de confronta presentó documentación en la que se puede verificar que el municipio realizó una condonación al entero del Derecho por renovación de la citada licencia, por un importe de $5,903.66 que representa el 35% del monto total causado, lo cual no se encuentra establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de Monte Escobedo ni en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, además dejo de percibir importe no relevante por concepto del Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas y no se efectuó el cobro de la sanción establecida en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, lo anterior con base en el recibo de ingresos número 15459 de fecha 28 de febrero de 2011. Es conveniente mencionar que en acta de Cabildo de fecha 23 de enero de 2011 se autoriza al inspector de alcoholes para que les proponga a los titulares de las licencia la opción de regularizar sus permisos, realizando pagos parciales o bien pagar en una sola exhibición con un descuento de un 35%.

Además no se exhibió el desglose y cálculo de las licencias emitidas a favor de la empresa denominada "Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma, S.A. de C.V.”, por lo que esta entidad de fiscalización no pudo corroborar el correcto cobro de conformidad a lo establecido en la normatividad de la materia.

AF-11/31-001 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los M.C.D. Raúl Ixta Serrano, L.C. Yuliana Márquez Escobedo, Juan Manuel Gamboa Ramírez, Profa. Ma. Elena Villa Pérez, J. Guadalupe Villareal Cabral, Olga Treto Báez, Armando Sánchez Hernández, Profe. David Bernal Rangel, M.C. Olga Leticia Soto Melero, Felipe de Jesús Arellano Álvarez, Rosalba Vargas Cabral y Servando López Monsiváis, quienes se desempeñaron durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

2011 como Presidente, Síndico, Regidores y Regidoras Municipales respectivamente, por un importe de $5,903.66, correspondiente a la autorización de la condonación al entero del Derecho por renovación de licencias de vinos y licores, lo cual no se encuentra establecido en la Ley de Ingresos del Municipio de Monte Escobedo ni en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, en la modalidad de Responsables Directos. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 13, 24, 63 y 82 del Código Fiscal Municipal, 93 fracciones I, II y IV, 96 fracciones I y III, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 47 de la Ley de Hacienda del Estado, 30 de la

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Ley de Ingresos del Municipio de Monte Escobedo del ejercicio fiscal 2011 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/31-002 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de los Derechos sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, observe lo establecido en la Ley de Hacienda del Estado, así mismo aplicar las sanciones por concepto de renovación de licencias de bebidas alcohólicas cuya solicitud de revalidación se realice durante los meses de enero, febrero y marzo del año que corresponda, en su caso, instruir el procedimiento

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de clausura temporal y/o definitiva, según corresponda. También se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de los Derechos sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, presentar el desglose de cada una de las licencias que sean renovadas para su operación. Todo lo anterior con fundamento en los artículos 47 de la Ley de Hacienda del Estado y Municipios de Zacatecas, así como los artículos 95 y 107 fracción I de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas y 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/31-003 No se solventa, y

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los recursos ejercidos por el Municipio de Monte Escobedo Zacatecas, durante el ejercicio fiscal 2011 fueron $47,685,058.23 integrados por $23,780,347.23 de Gasto Corriente con alcance de revisión del 45.69%. Además de $1,546,846.53 de Agua Potable y Alcantarillado, $2,412,118.16 de Obras Públicas, $9,061,146.13 de Otros Programas y $10,884,600.18 de Aportaciones Federales. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5 Programas Federales-Revisión Documental y 3.6- Obra Pública.- Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión al rubro de Egresos son los siguientes:

Resultado AF-02, Observación AF-02 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó erogación por concepto de subsidios otorgados a la Feria de Monte Escobedo 2011 por un importe de $185,706.20, registrado en póliza de egresos no. E00357 de fecha 29 de marzo de 2011 correspondiente a la expedición del cheque 930677 de la cuenta bancaria número 590-2 de la Institución BBVA Bancomer a favor de Eugenio Saenz Hernández, exhibiendo documentación comprobatoria por un importe de $89,996.20, faltando de respaldar y justificar el monto restante por el orden de $95,710.00.

AF-11/31-004 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los C.C. M.C.D. Raúl Ixta Serrano y L.C.P. Lilia Acosta Sánchez, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorera Municipales durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 por la cantidad de $95,710.00 derivado de erogación otorgada como subsidio al Patronato de la Feria del Municipio de Monte Escobedo 2011, de la cual no se presenta la totalidad del soporte documental que

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

justifique y comprueben la aplicación del gasto realizado mediante el cheque número 930677, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-03, Observación AF-03 De la muestra seleccionada de egresos, se detectaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto,

1. Se registra en póliza de egresos número 24 de fecha 14 de enero 2011 la compra de 1 base, 3 colchones y 2 camas para personas de escasos

AF-11/31-005 Solicitud de aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar la

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

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FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recursos económicos pagados mediante el cheque 912646 por un importe de $5,600.00 a favor de Ma. Elena Argüelles Acosta, exhibiendo como soporte documental las notas de venta número 5978, 600 y 611 emitidas por la beneficiaria, sin embargo no se presentó documentó alguno que avale la recepción de los bienes por parte de los beneficiarios ni evidencia fotográfica de la entrega.

2. Mediante póliza de egresos número E00066 de fecha 26 de enero de 2011, se registró una ayuda por la cantidad de $10,000.00 por la compra de 520 metros de festón para Gobierno del Estado, pagados mediante el cheque 912691 a favor de Tomás Reyes del Real, presentando como soporte documental recibo oficial de egresos número 5674 y credencial de elector del beneficiario, sin embargo se desconoce el destino final de dicho festón ya que, aún y cuando el municipio presentó como solventación de confronta documentación en la que señala que la erogación fue por la compra de festón artesanal para Gobierno del Estado, sin embargo anexa una fotografía de la fachada de la Presidencia Municipal de Monte Escobedo, Zacatecas; en donde se puede ver la colocación de festón, determinándose incongruencia en la información presentada, por lo que se requiere al ente auditado evidencia fehaciente y suficiente de la aplicación del recurso erogado.

documentación comprobatoria en original que justifique plenamente las erogaciones realizadas por el importe de $15,600.00, descrita en la observación que antecede. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 179, 185 y 186 Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Administrativas.

Resultado AF-04, Observación AF-04 De conformidad con la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el Decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas al Presidente

AF-11/31-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidad

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FINANCIERA

EGRESOS

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal por un monto de $90,961.08, por el periodo de abril a diciembre de 2011, dicho importe se detalla a continuación:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

PUESTO PERCEPCIONES

AGUINALDO / PRIMA VAC. Y OTRAS PRESTACIONES

TOTAL PERCIBIDO

PERCEPCIÓN SEGÚN CPELSZ DEL PERIODO

DIFERENCIA

M.C.D. RAÚL IXTA SERRANO

PRESIDENTE MUNICIPAL

NOMINA 346,798.52

70,754.56 417,553.06 326,592.00 90,961.08

Pliego de Observaciones a los MDC. Raúl Ixta Serrano y L.C.P. Lilia Acosta Sánchez, en su carácter de Presidente y Tesorera Municipales, por un monto de $90,961.08 relativo a sueldos y prestaciones pagadas en exceso según lo señalado en el Decreto número 75 de las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en la modalidad de Responsables Directos. Lo anterior con fundamento en artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 160, Tercero, Sexto y Séptimo Transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

es Resarcitorias.

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FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/31-007 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, por un monto de $417,553.08, correspondiente a las percepciones recibidas en el periodo de abril a diciembre de 2011 del C. Presidente Municipal, lo anterior a efecto de comprobar el cumplimiento de la presentación de la declaración anual del Impuesto Sobre

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la Renta correspondiente al ejercicio 2011, de conformidad al artículo 117 fracción III inciso e) de la Ley de la materia.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Derivado del análisis efectuado a la subcuenta 1302.- Primas de Vacacional y Dominical, se verificó que el municipio entera a sus trabajadores la cantidad de $155,926.70 por concepto de prima vacacional correspondiente al primer periodo del ejercicio 2011, presentando como documentación comprobatoria póliza de registro, reporte de transferencias bancarias y listas de raya debidamente firmadas, sin embargo la entidad fiscalizada no señala la cantidad de días pagados, así como el porcentaje de prima y su respectiva autorización por parte del H. Ayuntamiento, lo que dificulta corroborar el adecuado pago de dicha prestación. Es conveniente señalar que los artículos 51 y 52 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, señalan el pago de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno y además de una prima adicional al salario, equivalente al 30.33% de los días correspondientes a cada periodo, observándose que el importe pagado supera a lo establecido en el ordenamiento legal antes citado. En solventación de confronta el municipio presentó aclaración mediante oficio no. 25 suscito por la L.C.P. Lilia Acosta Tesorera Municipal en el que en su apartado número 5 que a la letra dice: “…Respecto a dicha observación cabe señalar que la manera de pagar la prima vacacional ha sido basada en logros que han tenido los empleados en diversas administraciones, que han pasado. A los Sindicalizados se les otorga un 65% y 15.2 o 22.8 días según el tiempo laborado dentro de la misma y al personal de base se les otorga un 45% y un 15.2 ó 22.8 días según el tiempo laborado…”, sin embargo el ente auditado no exhibió evidencia que respalde su dicho y además este rubro presentó un desfase con referencia a lo presupuestado del ejercicio 2011, por la cantidad de $45,999.29.

AF-11/31-008 Solicitud de aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar la aclaración correspondiente, así como el respaldo documental de los cálculos realizados para el pago de la prima vacacional otorgada a los trabajadores, con el fin de poder identificar y verificar los pagos realizados y corroborar la observancia de la normatividad aplicable, así mismo aclarar la variación presupuestal por un importe de $45,999.29 informada en este rubro. También se le solicita exhibir el Pliego Petitorio

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN

FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Sindical y/o autorización del Cabildo que señalen los porcentajes y días de pago de horas extras que justifique y transparente las erogaciones por este concepto. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 51 y 52 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, 74 primer párrafo fracción V, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 170, 179, 185 y 186 Ley Orgánica del Municipio y 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Derivado de la revisión efectuada a la muestra seleccionada de la subcuenta 5000-01-2301.- Refacciones, accesorios y herramientas menores, se verificó que el municipio registró contablemente la compra de llantas, refacciones y accesorios diversos para los vehículos oficiales del municipio, observándose que no se cuenta con bitácoras para el control de estos rubros, lo anterior con el propósito de transparentar las erogaciones efectuadas e implementar medias de control en el suministro de refacciones y accesorios a dichas unidades.

AF-11/31-009 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar mecanismos de control referentes a la transparencia en

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

el suministro de refacciones y accesorios para los vehículos oficiales, estableciendo el uso de bitácoras por cada vehículo oficial en las que se muestren los gastos realizados por unidad vehicular. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 primer párrafo fracción V, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I y XV, 169, 170, 184, 185, 186 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

realizada.

AF-11/31-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-07, Observación AF-07 De la revisión practicada al rubro de egresos por concepto de Viáticos y Pasajes, se observó que el municipio elabora Pliegos de Comisión, sin embargo se requisitan de acuerdo a lo erogado en cada comisión y no con base a lo establecido en su tabulador de viáticos autorizado por Cabildo mediante acta número 29 de sesión extraordinaria de fecha 04 de agosto del 2011.

AF-11/31-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal apegarse estrictamente a lo establecido en su tabulador de viáticos, elaborando y requisitando el Pliego de Comisión con oportunidad y acorde a lo establecido al citado documento y a los lugares donde deberá realizarse la comisión. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 74 primer párrafo

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fracciones V y XIII, 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/31-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado AF-08, Observación AF-08 Derivado del análisis a los egresos del municipio se verificó que éste realizó erogaciones no relevantes con cargo al Presupuesto de Egresos que se comprueban con documentación comprobatoria que no cumple con los requisitos

AF-11/31-013 Recomendación Se recomienda a la Administración

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, asimismo, en lo referente a gastos por concepto de música para diversos eventos y elaboración de alimentos se realizaron operaciones con personas físicas no inscritas ante el Servicios de Administración Tributaria. En importante señalar que en solventación el municipio presentó aclaración en la que señala que “…Los músicos y personas que elaboran alimentos para diversos eventos oficiales no cuentan con registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esto es debido a que nos encontramos en un municipio muy pequeño y por parte de la Administración Municipal se contratan estos servicios para que las personas beneficiadas sean de nuestro mismo municipio…".

Municipal, realizar operaciones con personas físicas o morales inscritas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asimismo alentar, en su caso, a las entidades con quienes tenga relación comercial, a tramitar su inscripción al Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y que con ello la Administración Municipal cumpla con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del

presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

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EGRESOS

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LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipio

AF-11/31-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2011 un Superávit por el importe de $3,454,694.97, en virtud de que sus Ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-09, Sin Observación El saldo en Caja según el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 ascendió a $5,000.00, el cual corresponde al fondo fijo del Sistema de Agua Potable.

Resultado AF-10 Observación AF-09 De la revisión al rubro de Caja se observó que no se registran contablemente y de manera periódica los movimientos del Fondo Fijo, debido a que el saldo presentado en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 ascendió al importe de $5,000.00, sin embargo en visita de campo se detectó que el Fondo Fijo establecido para este municipio es por el orden de $15,000.00. Es conveniente mencionar que esta cuenta sólo reflejo un movimiento en el mes de diciembre del ejercicio en revisión, sin embargo para efectos de transparencia y cumplimiento al Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental de Revelación Suficiente, todos los movimientos, tanto de Caja General como de Fondo Fijo, deben registrarse con el fin de presentar la situación financiera real en su Estado de Posición Financiera.

AF-11/31-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo registrar los movimientos contables del Fondo Fijo y Caja General generados durante el ejercicio fiscal correspondiente, según su naturaleza, con el fin de que sus Estados Financieros reflejen la situación financiera real. Lo anterior con base a lo establecido el artículo 17primer párrafo fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental de Revelación Suficiente.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/31-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

La cuenta de Bancos presentó un saldo de $4,534,936.04 en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, integrado en 17 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose verificado que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, expide los cheques mediante el uso de firmas mancomunadas y de manera cronológica, se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco, no obstante, derivado del análisis efectuado a este rubro se determinaron las observaciones que a continuación se detallan:

Resultado AF-11, Observación AF-10 Al realizar el inventario de chequeras que maneja el municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, se detectaron cuentas bancarias con saldos sin movimiento por un importe de $151,461.20, señalando de igual manera que tales cuentas mantienen el monto citado a la fecha de la visita de campo realizada al ente auditado, mismas que se detallan a continuación:

Cuenta Bancaria BBVA Bancomer

Nombre de la Cuenta

Saldo al 31/12/2011 según SACG

Monto según reporte de saldos y movimientos al 26/06/2012

140503002 Municipio de Monte Escobedo Ramo XX

$ 7,737.91

157,737.91

140726869 Municipio de Monte Escobedo Fondo IV

84,478.45 84,478.45

1711166905 Fondo III 2010 32,729.06 32,729.06

160993824 Programa 3XI 2008

26,515.78 26,515.78

Total $151,461.20

AF-11/31-017 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la depuración de aquellas cuentas bancarias sin uso, disponiendo de los recursos existentes de conformidad a los fines programados o de conformidad a su naturaleza, asimismo realizar la destrucción de las chequeras de las cuentas que sean canceladas en su caso, realizando para tal efecto la respectiva acta circunstanciada de hechos firmada por el Síndico, Tesorero y Contralor Municipales, así como dos testigos. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracciones III y IV y 96 primer párrafo fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5 primer párrafo fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/31-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12 Observación AF-11 De conformidad a la revisión efectuada al rubro de Deudores Diversos se verificó que el municipio exhibe en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 un saldo de $1,127,064.95 integrados de la siguiente manera:

La cantidad de $1,109,999.95 corresponde a adeudos a cargo del SIMAPAME que representan un 98%, derivado de subsidios otorgados al Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Monte Escobedo, Zacatecas, contabilizados erróneamente en el rubro de Deudores Diversos. El municipio presentó en el proceso de solventación de confronta póliza de diario no. D00045 de fecha 30 de marzo de 2012, misma que avala la cancelación del deudor del SIMAPAME, sin embargo el ente auditado no presentó autorización del H. Ayuntamiento que la respalde y justifique.

El monto por $17,065.00 corresponde a un pago indebido realizado a favor del SAT durante el ejercicio 2008 lo que equivale a un 2% del total de la partida, señalando de igual manera que dicho registro se efectuó hasta el ejercicio fiscal 2010, mismo que se observó en su momento por parte de ésta Auditoría Superior del Estado emitiéndose la recomendación número AF-10/31-008 la cual no fue atendida.

Es importante señalar que en el proceso de solventación de confronta el ente auditado presentó oficio no. 19 suscrito por la L.C. Yuliana Márquez Escobedo Síndico Municipal, en el que se señala que: "......para hacer una solicitud de dicha devolución actualmente nos piden los pagos provisionales en original, sin ellos no se puede hacer el trámite. Y como es de su conocimiento dichos pagos no se han recuperado ya que la anterior administración no dejo ningún documento

AF-11/31-019 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar la aclaración correspondiente, así como la documentación comprobatoria de la autorización del H. Ayuntamiento para la cancelación del deudor SIMAPAME por el importe de $1,109,999.95, realizada mediante póliza de diario no. D00045 de fecha 30 de marzo de 2012. Así mismo respecto al pago indebido del SAT realizar las gestiones necesarias para la recuperación del saldo a favor del municipio, remitiendo a esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental de las acciones realizadas. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 170, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 7 y 17 primer párrafo fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

AF-11/31-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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referente al pago.....".

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

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El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $13,715,611.91, el cual incluye $193,992.64 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2010. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $874,125.24, de las cuales $75,160.25 (8.60%) se realizaron con Recursos Propios y $798,964.99 (91.40%) con Recursos Federales. Cabe mencionar que en el saldo del Activo Fijo al cierre del ejercicio 2011 no se considera la cantidad de $147,410.00 correspondiente a la aportación del Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP) para la adquisición de una patrulla, así mismo por lo que corresponde a las adquisiciones con Recursos Federales, no fue incorporado al activo fijo del municipio un importe de $764,864.99.

Resultado PF-01, Observación PF- 01 En el ejercicio 2011, el municipio realizó adquisiciones de bienes muebles e inmuebles con Recursos Federales por un monto total de $798,964.99, provenientes de la aplicación de recursos de Fondo III por la cantidad de $9,400.00 que corresponden a la adquisición de una copiadora multifuncional y de recursos de Fondo IV por la cantidad de $789,564.99 que corresponde a la adquisición de mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo, vehículos, herramientas y un bien inmueble verificados físicamente en el Municipio. Ahora bien, cabe señalar que los bienes adquiridos y señalados con antelación no fueron incorporados al Activo Fijo y de igual forma incrementados en el Patrimonio del Municipio, salvo la adquisición de un tractor podador y una podadora adquiridos con recursos de Fondo IV por un monto de $34,100.00.

PF-11/31-001 Recomendación Por lo anteriormente expuesto, se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación de la adquisición de bienes como parte de su Activo Fijo así como el incremento al Patrimonio del Municipio por la cantidad de $764,864.99, misma cantidad que se compone por la adquisición de 1 copiadora multifuncional adquirida con recursos del Fondo III por la cantidad de $9,400.00; 5 nobreak, 1 calculadora, 1 trituradora de papel, 1 teléfono inalámbrico, 9 sillas giratorias, 1 mueble para impresora, 1 GPS, 1 máquina de escribir electrónica, 1 fax, 1 escritorio, 1 fotocopiadora, 4 sillas de recepción, 1 cámara, 2 impresoras, 1 multifuncional, 3 computadoras lap top, 4 equipos de cómputo, 1 CPU, 2 motocicletas, 1 camioneta, 2 automóviles y 1 terreno adquiridos con recursos del Fondo IV por $755,464.99, mismos activos fijos que deben de ser considerados como parte integrante del inventario del municipio, incluyendo los vales de resguardo respectivos, a efecto de salvaguardar los bienes propiedad del municipio

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-13 Observación AF-12 Al realizar la revisión física del parque vehicular se observó que existen varios vehículos que se encuentran inservibles y en mal estado, además no se ha realizado la baja respectiva del inventario,

AF-11/31-020 Recomendación Se recomienda la Administración Municipal que realice la baja correspondiente de los vehículos inservibles observando para tal

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

asimismo se verificó que el pago de las tenencias correspondientes al ejercicio 2011 no se ha realizado en su totalidad a la fecha de visita de campo.

efecto la normatividad aplicable de la materia, además de cumplir con el pago de tenencia correspondiente. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 49 primer párrafo fracción XXVIII, 50 primer párrafo fracción VIII, 78 primer párrafo fracción V, 92 primer párrafo fracción XVII y 155 Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios y Capítulo V de la Ley de Hacienda del Estado.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/31-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-14 Observación AF-13 Derivado de la revisión de los expedientes los bienes inmuebles propiedad del municipio se observó que este cuenta con 24 bienes inmuebles mismos que no están inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y tampoco cuentan con escrituras, situación similar se observó durante la Revisión a la Cuenta Pública Municipal 2010 emitiéndose la recomendación número AF-10/31-011, misma que no fue atendida. La relación de bienes se detalla a continuación:

o. CLAVE CATASTRAL DEL PREDIO

DESCRIPCIÓN Y/O UTILIZACIÓN

UBICACIÓN SUPERFICIE

1 N/A PREDIO URBANO. ESCUELA TELESECUNDARIA

FRACCIONAMIENTO SOLIDARIDAD

2,338.11 M2

2 N/A

PREDIO RUSTICO DENOMINADO "LA PISTA DE ATERRIZAJE

LADO NORTE DE LA UNIDAD DEPORTIVA

6-69-60 HAS

3 N/A PREDIO URBANO. LAS PILITAS

CALLE LAS PILITAS 35.00 M2

4 N/A PREDIO URBANO DENOMINADO

CALLE JARDIN ZARAGOZA

68.00 M2

AF-11/31-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, a través de la Sindicatura Municipal, realizar las acciones tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que los inmuebles sean inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Lo anterior con fundamento en artículos 78 primer párrafo fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/31-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

''OFICINA DE CORREOS''

5 N/A PREDIO RUSTICO SIN NOMBRE

CALLE CORREGIDORA

3,298.00 M2

6 N/A PREDIO URBANO DENOMINADO ''LA HERMITA''

CALLE BENITO JUAREZ

720.00 M2

7 N/A PREDIO URBANO DENOMINADO ''DEPOSITOS''

CALLE DEPOSITOS, COL. LAS MESITAS

218.50 M2

8 N/A

PREDIO URBANO JARDIN DE NINOS ''JOSE MARIA LUIS MORA

LAGUNA GRANDE 22,969.16 M2

9 N/A

PREDIO URBANO. AREA DE RECREACION INFANTIL

SALIDA A HUEJUCAR, JAL. CALLE HEROICO COLEGIO MILITAR

389.60 M2

10 N/A PREDIO URBANO FRACCIONAMIENTO EL PASO

2,155.00 M2

11 N/A PREDIO URBANO POZO LA PROVIDENCIA

C. VICENTE GUERRERO

227.60 M2

12 N/A PREDIO URBANO LOS POCITOS

LOS POCITOS 60.00 M2

13 N/A EDIFIO Y AUDITORIO MUNICIPAL

N/A 1,363.88 M2

14 N/A

PREDIO URBANO SUPERVISION FEDERAL DE EDUCACION DE ZONA ESCOLAR

EN EL CRUCERO DE LA CALLE PERLA,ZAFIRO Y RUBI DEL FRACCIONAMIENTO ESMERALDA

1,132.50 M2

15 N/A

PREDIO URBANO JARDIN DE NINOS ''ROSARIO CASTELLANOS''

N/A 2,888.00 M2

16 N/A

PREDIO URBANO BIBLIOTECA PUBLICA MUNICIPAL ''GRAL. J. FELIX BANUELOS''

C. VICENTE GUERRERO

187.10 M2

17 N/A PREDIO URBANO FRACCIONAMIENTO EL CRISTAL

214.20 M2

18 N/A PREDIO URBANO CASA DE LA CULTURA

CALLE PARROQUIA 902.84 M2

19 N/A PREDIO RUSTICO DENOMINADO DIF LAGUNA GRANDE

LAGUNA GRANDE 1,996.00 M2

20 31-001-12-006-004-00

PREDIO URBANO RASTRO MUNICIPAL

LOMAS DEL PASO 1,020.14 M2

21 N/A

PREDIO URBANO LIENZO CHARRO ''LIC. ANTONIO ACOSTA GARCIA''

N/A 13,244.00 M2

22 N/A PREDIO URBANO PANTEON DEL REFUGIO

CARRETERA MEZQUITIC, JAL.

10,000 M2

23 N/A PREDIO URBANO ANTIGUO PANTEON MUNICIPAL

CARRETERA LAGUNA GRANDE

6,805.42 M2

24 31-001-01-007-009-00

FINCA URBANA, OFICINA DE SIMAPAME

CALLE MARIANO MATAMOROS

222.52 M2

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 29 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de Pasivos del municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2011, ascendió a $1,461,110.35 el cual representa un incremento del 2.34% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, mismo que se integra por $879,959.00 (60.23%), Acreedores Diversos y $581,151.35 (39.77%) a Impuestos y Retenciones por Pagar. Derivado del análisis efectuado se determinaron las observaciones que a continuación se detallan:

Resultado AF-15 Observación AF-14 El municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, muestra un saldo al 31 de diciembre de 2011 en su Estado de Posición Financiera en la cuenta de Acreedores Diversos de $879,959.00, del cual se verificó que el importe de $79,959.00 corresponde a adeudos de ejercicios anteriores con el SIMAPAME, adeudo que no presentó amortización alguna durante el ejercicio en revisión. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio fiscal 2010 se efectuaron la acción a promover con número AF-10/31-013 consistente en una recomendación, misma que no fue atendida.

AF-11/31-024 Recomendación Por lo que se recomienda a la Administración Municipal efectúe dentro de sus posibilidades el pago correspondiente, o en su caso, la cancelación procedente previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo a este Ente Superior de Fiscalización la evidencia documental de las acciones realizadas. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/31-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 30 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16 Observación AF-15 Derivado de la revisión al rubro de Impuestos y Retenciones por Pagar, se observa un saldo al 31 de diciembre 2011 por el importe de $581,151.35, correspondiente a Impuestos sobre productos del trabajo, e impuesto del 5% para la UAZ, los cuales no fueron enterados por el ente auditado a las instituciones correspondientes, cabe señalar que dicho importe se incrementó en un 56.20% con respecto al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior.

AF-11/31-026 Recomendación Por lo que se recomienda a la Administración Municipal, programar y enterar oportunamente los Impuestos y Retenciones que se deriven de sus actividades, ya que son recursos que no le corresponden, a fin de evitar posibles daños al erario municipal en caso de revisiones por parte del Servicio de Administración Tributaria u otras Dependencias. Lo anterior con fundamento a lo establecido en los artículos 93 primer párrafo fracción IV, 96 primer párrafo fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/31-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 31 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, con excepción a la observación realizadas en el rubro de Derechos, lo cual se encuentra detallado en el apartado de Ingresos de este Informe de Resultados. El municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, no realizó modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2011. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011 el Municipio recaudó y recibió 7.31% menos de lo presupuestado observándose decrementos en la mayoría de sus cuentas e incrementos relevantes en Productos y Aprovechamientos, observándose además que la cuenta de Deuda Pública fue presupuestada y no tuvo movimientos; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 13.57%, registrándose desfases presupuestales de orden relevante en las cuentas de Bienes Muebles e Inmuebles y Agua Potable y Alcantarillado. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, cabe mencionar que el decremento en los Ingresos fue menor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-17 Observación AF-16 El H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, presentó en fecha 01 de marzo de 2012 ante la H. LX Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2011, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo tal y como lo establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en su artículo 121 segundo párrafo, que señala los siguiente: “... A más tardar el 15 de febrero del año siguiente a la conclusión del año fiscal, el Ayuntamiento enviará a la Legislatura la cuenta pública, junto con los informes y documentos que justifiquen la aplicación de los ingresos y egresos, en el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan Municipal y en los programas operativos anuales, así como el manejo del crédito y la situación de la deuda pública; lo anterior, sin perjuicio del informe trimestral que rendirá a la Legislatura...”.

AF-11/31-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo efectuar la integración de su Cuenta Pública anual en tiempo y forma para su entrega oportuna a la H. Legislatura del Estado. Lo anterior con fundamento en artículo 121, segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículo 5° primer párrafo fracción I de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/31-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 32 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-18 Observación AF-17 De la revisión efectuada al expediente del Presupuesto de Egresos presentado por el municipio del municipio de Monte Escobedo, Zacatecas, se detectó que no cuenta con el Tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos de dicho municipio, de conformidad a los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en Periódico Oficial el 11 de diciembre de 2010, que contiene las reformas y Adiciones a Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

AF-11/31-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, elaborar e implementar un Tabulador de Sueldos y Salarios en donde se señalen las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, así mismo someterlo ante el H. Ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Zacatecas, el cual deberá adjuntarse al presupuesto de egresos del ejercicio fiscal que corresponda. Lo anterior con base a lo establecido en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 147 primer párrafo fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 65 primer párrafo fracción XII, 119 primer párrafo fracción III y 160, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, así como 17 primer párrafo fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/31-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 33 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 asciende a la cantidad de $7´880,492.00 y fue distribuido de la siguiente manera: la cantidad de $7´486,467.00 para Infraestructura Básica de Obras misma que representa el 95.00% del total del presupuesto, la cantidad de $236,415.00 para Gastos Indirectos que representa el 3.00% y la cantidad de $157,610.00 para Desarrollo Institucional que representa el 2.00% del total del presupuesto. Cabe señalar que al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 99.56% y fueron revisados documentalmente al 100.00%. Es importante señalar que además de los recursos ya mencionados, en el ejercicio 2011 se recibió un importe de $3,434.00 que corresponde a los Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales no han sido aplicados a la fecha de la revisión. Ahora bien, la revisión documental al ejercicio en la aplicación de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 Con recursos de Fondo III dentro del rubro de Gastos Indirectos, se aprobó la obra denominada “Cepillado de desincrustación, química y aforo a pozo profundo en la Comunidad de Laguna Grande”, por un importe de $38,000.00 realizando por lo tanto erogaciones por la misma cantidad de la cuenta bancaria número 180794783 abierta a nombre del municipio de Monte Escobedo ante la Institución Financiera BBVA Bancomer S.A., para lo cual el municipio exhibió un expediente unitario soportado con documentación financiera; sin embargo, como soporte documental se presenta una copia fotostática de la factura número 1213-Z expedida con fecha 29/09/2011 por el contratista Jesús Salvador Hernández Aguilar por la cantidad de $38,000.00, señalando como concepto en la factura que el aforo se llevó a cabo en la Comunidad de Santa Bárbara y no en la Comunidad de Laguna Grande como lo cita en el expediente unitario sin aclarar esta situación, de igual forma no exhibe ni proporciona el reporte fotográfico y el acta de entrega recepción que demuestren documentalmente la ejecución y término de los trabajos realizados. Cabe destacar que la obra antes citada se encuentra terminada, según Informe de Avance Físico Financiero de Fondo III al 31 de diciembre de 2011.

PF-11/31-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. MCD. Raúl Ixta Serrano, L.C. Lilia Acosta Sánchez y Antonio Sánchez del Real quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal, Tesorera Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por presentar como soporte documental una copia fotostática de la factura que ampara la erogación realizada, además de no exhibir el reporte fotográfico y el acta de entrega recepción que demuestren documentalmente que se realizaron dichos trabajos, incumpliendo por lo tanto con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en el Artículo 7 en su segundo párrafo de la Ley Orgánica del Municipio, en los Artículos 36, 38, 39 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, Artículo 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, Artículo 49 de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 34 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la Ley de Coordinación Fiscal, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

PF-11/31-003 Solicitud de Aclaración De igual forma se solicita al Ente Fiscalizado para que aclare documentalmente el motivo por el cual la factura número 1213-Z expedida con fecha 29/09/2011 por el contratista Jesús Salvador Hernández Aguilar por la cantidad de $38,000.00 que presenta como soporte documental de dicha erogación, señala como concepto que el aforo de pozo profundo se realiza en la Comunidad de Santa Bárbara y no en la Comunidad de Laguna Grande como lo cita en el expediente unitario.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-03, Observación PF-03 De la aplicación de los recursos del Fondo III obtenidos en el ejercicio 2011, se realizaron erogaciones para la ejecución de varias obras y/o acciones, con la expedición de cheques de la cuenta bancaria número 180794783 abierta a nombre del Municipio de Monte Escobedo ante la Institución Financiera denominada BBVA Bancomer, S.A. por el orden total de $104,050.00, mismas erogaciones que no se encuentran soportadas con su documentación comprobatoria respectiva, cuyo importe se integra de la siguiente manera:

NOMBRE DE LA OBRA

COMUNIDAD FECHA N° DE

CHEQUE BENEFICIARIO

IMPORTE CHEQUE

FABRICACIÓN DE LAVADERO EN ENTRADA PRINCIPAL (VADO).

ESTANCIA DE GARCÍA.

30/12/2011 145

MUNICIPIO DE MONTE ESCOBEDO, ZAC.

$ 9,870.00

PAGO DE ESTUDIO TÉCNICO Y ELABORACIÓN DE PROYECTO PARA RELLENO SANITARIO.

MONTE ESCOBEDO.

16/12/2011 111

JOSÉ LUIS ACUÑA ÁLVAREZ (PRESTADOR DE SERVICIOS)

31,900.00

COMPRA DE GRAVA ARENA PARA PAVIMENTACIÓN DE CALLES.

MONTE ESCOBEDO.

22/12/2011 122 MUNICIPIO DE MONTE ESCOBEDO, ZAC.

11,600.00

22/12/2011 124 31,840.00

PF-11/31-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un importe de $104,050.00, integrado por el importe de los cheques expedidos y detallados en el cuadro anterior de la cuenta bancaria número 180794783 del banco BBVA Bancomer, S.A. señalada con antelación que corresponde a Fondo III, toda vez que no se presenta el soporte documental por el importe observado, que respalde y justifique la aplicación de la totalidad de los recursos erogados para las obras y/o acciones mencionadas. Dicho pliego emitido a los CC. M.C.D. Raúl Ixta Serrano, L.C. Lilia Acosta Sánchez y Antonio Sánchez del Real, quienes se desempeñaron durante el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Tesorera Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero y Directos los demás funcionarios, con fundamento

No Solventa

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 35 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

22/12/2011 125 7,960.00

COMPRA DE REFACCIONES PARA CARGADOR FRONTAL.

MONTE ESCOBEDO.

29/06/2011 40 JUAN RAMÓN RUIZ ACOSTA (PROVEEDOR)

10,880.00

TOTAL $104,050.00

en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal y artículo 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización del Estado de Zacatecas.

Resultado PF-04, Observación PF-04 El Consejo de Desarrollo Municipal autorizó la aplicación de recursos del Fondo III destinándose a diversas obras y/o acciones por un importe de $62,797.00 las cuales son consideradas como improcedentes debido a que no corresponden a Infraestructura Básica de Servicios que beneficien directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 49 segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, mismas que se detallan a continuación:

NOMBRE DE LA OBRA COMUNIDAD IMPORTE

APROBADO Y EJERCIDO

ARREGLO, LIMPIEZA Y PINTURA EN PISO DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL.

MONTE ESCOBEDO.

$ 16,413.00

VIAJE AL FORO INTERNACIONAL DE AGENDA DESDE LO LOCAL A HERMOSILLO SONORA.

MONTE ESCOBEDO.

28,200.00

REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PORTALES DE LA PRESIDENCIA.

MONTE ESCOBEDO.

18,184.00

TOTAL $ 62,797.00

Cabe señalar que las obras y/o acciones fueron concluidas y realizadas, según el Informe Físico Financiero del Fondo III al 31 de diciembre de 2011.

PF-11/31-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. M.C.D. Raúl Ixta Serrano y Antonio Sánchez del Real, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber ejercido recursos en obras improcedentes por un monto de $62,797.00, las cuales no corresponden a Infraestructura Básica de Servicios que beneficien directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo con ello lo establecido en los artículos 33 y 49 segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado PF-05, Observación PF-05 Derivado del análisis al flujo de efectivo realizado a la cuenta bancaria número 180794783 abierta a nombre del Municipio de Monte Escobedo ante la

PF-11/31-006 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por

No Solventa

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 36 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Institución Financiera denominada BBVA Bancomer, S.A. de Fondo III por el ejercicio 2011 y con base en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se conoció que el Municipio expidió el cheque número 79 de fecha 13/10/2011 por la cantidad de $25,984.00, mismo que aparece como cobrado con fecha 13/10/2011 según los estados de cuenta bancarios del municipio de la cuenta número 180794783 señalada con antelación, sin presentar dentro de la cuenta pública el expediente unitario que contenga la póliza cheque y el soporte documental correspondiente que permita corroborar el destino y aplicación de los recursos erogados en obras y/o acciones autorizadas del Fondo III.

un importe de $25,984.00, que ampara la expedición del cheque número 79 de fecha 13/10/2011, de la cuenta bancaria número 180794783 del banco BBVA Bancomer, S.A. señalada con antelación correspondiente al Fondo III, en virtud de que el municipio no exhibió el expediente unitario que debería de estar integrado por la póliza cheque y la documentación comprobatoria respectiva que justifique su destino y la aplicación en obras y/o acciones autorizadas del Fondo III. Dicho pliego emitido a los CC. M.C.D. Raúl Ixta Serrano, L.C. Lilia Acosta Sánchez y Antonio Sánchez del Real, quienes se desempeñaron durante el período del 1º de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente Municipal, Tesorera Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los demás funcionarios, con fundamento en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-06, Observación PF-06

Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III correspondientes al ejercicio fiscal 2011, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los diferentes rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-11/31-007 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida,

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

para efecto de la toma de decisiones.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $4´074,054.00, se destinó conforme a lo siguiente: la cantidad de $2´095,972.00 para Obligaciones Financieras que representa el 51.45% de los recursos asignados, la cantidad de $553,066.00 para Seguridad Pública que representa 13.57%, la cantidad de $366,680.00 para Infraestructura Básica de Obras constituyendo el 9.00%, la cantidad de $696,160.00 para Infraestructura Básica de acciones que representa el 17.09% y el 8.89% restante para Adquisiciones por la cantidad de $362,176.00. Cabe señalar que al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 98.15% y fueron revisados documentalmente al 100.00%. Es importante señalar que además de los recursos ya mencionados, en el ejercicio 2011 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $1,616.00, los cuales a la fecha de revisión no han sido aplicados. Ahora bien de la revisión documental al ejercicio en la aplicación de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-07, Observación PF-07 Con recursos del Fondo IV el municipio aprobó mediante

sesión de Cabildo número 23, el apoyo económico a

ganaderos de la región por la cantidad de $48,300.00 para

la adquisición de seguros de sementales bovinos, siendo

esta una acción que debió realizarse y/o gestionarse en

otro Programa coordinado con Instituciones y/o

Dependencias propias del giro para la ganadería, no

debiendo afectar la aprobación de recursos federales de

este Fondo para dicha aplicación ya que la Ley de

Coordinación Fiscal menciona en su artículo 37 que

“….se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos,

dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones

financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por

concepto de agua y a la atención de las necesidades

directamente vinculadas con la Seguridad Pública de sus

habitantes….”.

PF-11/31-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que la aprobación de los Recursos Federales del Fondo IV sean aplicados en los rubros y acciones contempladas dentro de la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 37, apegándose a las reglas de operación de la citada Ley, procurando que las acciones distintas a las señaladas se realicen y gestionen con otros Programas coordinados con Instituciones y/o Dependencias referentes a su ramo.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

PF-11/31-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-08, Observación PF-08 De los recursos de Fondo IV se realizó erogación por el orden de $1´050,596.50 para pago de aguinaldos del personal de la Presidencia Municipal,

PF-11/31-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

autorizada según acta de Cabildo número 41 de fecha 09/12/2011, considerándose como una acción improcedente de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, considerando que por su naturaleza no corresponde a una Obligación Financiera propia del citado Fondo, no apegándose a las Reglas de Operación de la mencionada Ley, debiendo cubrir estos compromisos laborales por el municipio en tiempo y forma con su Fondo Unico.

La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. M.C.D. Raúl Ixta Serrano y Antonio Sánchez del Real, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber ejercido recursos en una acción improcedente por un monto de $1´050,596.50, considerando que por su naturaleza no pueden corresponder a un pasivo por pertenecer a compromisos laborales que deben ser cumplidos por el municipio en tiempo y forma, incumpliendo lo establecido en los artículos 37 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: OTROS PROGRAMAS

FONDO DE PAVIMENTACIÓN MUNICIPAL Y ESPACIOS DEPORTIVOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa de Pavimentación Municipal y Espacios Deportivos se aprobaron recursos por el orden de $4´044,449.45 correspondiente a la muestra de 10 obras del rubro de Urbanización Municipal, aplicándose recursos por un monto total de $3´619,756.42 que representa el 89.50% y revisándose el 100.00% de los mismos al 31 de diciembre de 2011. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-09, Observación PF-09 De los recursos aprobados del Fondo de Pavimentación Municipal y Espacios Deportivos, se realizaron erogaciones para la ejecución de la obra denominada “Fabricación con concreto hidráulico en Calle Portuguesa, en la Cabecera Municipal”, expidiéndose de la cuenta bancaria número 183444260 abierta a nombre del Municipio de Monte Escobedo ante la Institución Financiera denominada BBVA Bancomer S.A., los cheques números 06, 10, 13 y 14 de fechas 01/07, 08/07, 20/07 y 21/07/2011 a nombre de Rodrigo Madera López, Yuridia Yeranea Rivera Campos y los dos últimos a nombre de Esmeralda de Casas Ruiz, por las cantidades de $44,544.00, $20,299.00, $6,560.00 y $5,490.00 respectivamente, totalizando un importe de $76,893.00 de los cuales no se exhibe el soporte documental que ampare las erogaciones realizadas. Cabe señalar que la obra se encuentra con un avance físico del 60% según informe físico al 31 de diciembre de 2011 del Programa citado con antelación.

PF-11/31-011 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $76,893.00, integrado por el importe de los cheques expedidos de la cuenta bancaria número 183444260 del banco BBVA Bancomer S.A. señalados con antelación en el presente informe mismos que no están amparados con su documentación comprobatoria respectiva que respalde y justifique la aplicación de la totalidad de los recursos erogados para la obra “Fabricación con concreto hidráulico en Calle Portuguesa, en la Cabecera Municipal”. Dicho pliego emitido a los CC. M.C.D. Raúl Ixta Serrano, L.C. Lilia Acosta Sánchez y Antonio Sánchez del Real, quienes se desempeñaron durante el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Tesorera Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directos los demás funcionarios, con fundamento en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96 fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal y artículo 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización del Estado de Zacatecas.

No Solventa

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2011, se asignó un monto de $3,509,739.49, al cierre del 31 de diciembre de 2011 el Municipio ejerció un monto de $2,416,732.83, presentando un subejercicio del 31.14%, asimismo según informe del mes de diciembre presentado por el municipio, de las 20 obras programadas se terminaron 18 y 2 no se realizaron debido a que no se tuvo la disposición de recursos por lo que se observó cumplimiento en su programación y ejecución. El Municipio envió copias de las actas de Cabildo donde se aprueban los informes mensuales correspondientes al incremento y/o disminución a los montos y número de obras del Programa Municipal de Obras, del mes de enero al mes de diciembre de 2011.

Resultado OP-02, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 13 (trece) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-03, Observación OP-01 Para la obra "Construcción de puente peatonal en la comunidad de Paso del Río", se aprobó del Fondo III, un monto de $206,162.00; fue asignada por medio de invitación a cuando menos tres contratistas, al C. José Luis Ruiz Cabral; se suscribió el contrato número DES-FIII-14/2011 de fecha 5 de agosto de 2011, para la construcción de un puente peatonal. Durante la revisión física realizada el día 26 de abril de 2012, en compañía del representante de la Entidad Fiscalizada, la obra se encontró terminada y en operación, sin embargo presenta deficiencias constructivas, ya que al recibir carga presenta movimiento flambeo horizontal, presentando el riesgo de colapsar, por lo que se deberá reforzarse en la parte inferior del mismo para evitar movimientos de cualquier clase; lo anterior representa un monto estimado de $20,162.00, para la construcción de una pila de mampostería para soportar la parte inferior del puente. Derivado de la revisión documental, se constató que el importe aprobado se libero en su totalidad según consta en la póliza número 50 de fecha 5 de agosto de 2011 por un monto de $103,081.00, presentando la factura número 19 de fecha 5 de agosto de 2011, por un monto de $103,081.00; la póliza número 64 de fecha 14 de septiembre de 2011, por un monto de $103,081.00, factura número 21 de fecha 14 de septiembre de 2011, por un monto de $103,081.00, a nombre del C. José Luis Ruiz Cabral.

OP-11/31-002 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realice las gestiones que sean necesarias ante el contratista José Luis Ruiz Cabral, para que en la obra "Construcción de Puente peatonal en la Comunidad de Paso del Rió", realizada mediante el Fondo III, reforzar la parte inferior del mismo para evitar movimientos de cualquier clase, sugiriendo la construcción de una pila de mampostería; asimismo se recomienda para que en lo sucesivo en la planeación de las obras solicite apoyo técnico a las Dependencias Normativas en lo que respecta a proyectos similares para considerar su viabilidad, lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; tanto del ámbito Estatal como Federal, según sea el caso, tomando como referencia el origen de los recursos así como para dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado OP-04, Observación OP-02 Para la obra "Rehabilitación del sistema de agua potable consistente en equipamiento de caseta de operación línea de alimentación en convenio con la Comisión Estatal de Agua Potable (CEAPA), aportación del Municipio, en Laguna Grande", se aprobó del Fondo III, un monto de $574,256.00; la CEAPA fue quién llevo a cabo el proceso de licitación, para la construcción de una caseta de operación y construcción de línea de Alimentación.

OP-11/31-004 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efectos de aclaración, explicar porque no se ejecuto la obra respecto al proyecto de la misma, la obra "Rehabilitación del sistema de agua potable consistente en equipamiento de caseta de operación línea de alimentación en convenio con la Comisión Estatal de

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Durante la revisión física realizada el día 27 de junio de 2012, en compañía del representante de la Entidad Fiscalizada, la obra se encontró terminada, sin embargo presenta deficiencias constructivas consistentes en la existencia de un tramo de 12.00 metros de longitud de la Línea de Conducción, la cual está colocada sobre el lecho del río, sin ninguna protección contra la corriente de agua, lo anterior representa un monto estimado de $3,572.32. Durante la revisión documental, se constató que el importe aprobado se liberó en su totalidad, según consta en la póliza número 6 de fecha 7 de abril de 2011 por un monto de $172,276.00 y factura número B5901366 de fecha 14 de abril de 2011 por un monto de $172,276.00, la póliza número 80 de fecha 17 de octubre de 2011 por un monto de $401,980.00 y factura número B6388206 de fecha 18 de octubre de 2011 por un monto de $401,980.00, a nombre de Secretaría de Finanzas.

Agua Potable (CEAPA), aportación del Municipio, en Laguna Grande", realizada mediante el Fondo III, por un monto de $3,572.32. ya que se dejo un tramo de tubería la cual va sobre el río descubierta, asimismo presente el acta de entrega-recepción, exhibiendo acta de sitio en la cual participe la Contralora Municipal y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

OP-11/31-005 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realice las gestiones que sean necesarias ante quien corresponda para que en lo sucesivo sean supervisadas las obras como lo marca la normatividad vigente en la obra "Rehabilitación del sistema de agua potable consistente en equipamiento de caseta de operación línea de alimentación en convenio con la Comisión Estatal de Agua Potable (CEAPA), aportación del Municipio, en Laguna Grande", realizada mediante el Fondo III, lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; tanto del ámbito Estatal como Federal, según sea el caso, tomando como referencia el origen de los recursos así como para dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

No Solventa y se le dará seguimiento.

OP-11/31-006 Solicitud de intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-05, Observación OP-03 Para la obra "Compra de Terreno para Basurero Municipal, Cabecera Municipal", se aprobó del Fondo IV, un monto de $200,000.00, para la compra de un terreno de 3.49 hectáreas ubicadas en el rancho de Caballerías, para construir el Basurero Municipal. Durante la revisión física efectuada el día 27 de junio de 2012, en compañía del representante de la Entidad Fiscalizada se encontró el terreno en cuestión en el rancho de Caballerías ubicado a una distancia de 12 kilómetros aproximadamente de la cabecera municipal y a 700 metros de la carretera que va a la comunidad de San Luis (El Gato). Derivado de la revisión documental, se constató que el importe programado se liberó totalmente según consta en la póliza número 40 de fecha 14 de octubre de 2011 y recibo sin número de fecha 14 de octubre de 2011 por un monto de $200,000.00, ambos documentos a nombre de Jesús Delgado Delgado y firmados por el mismo de haber recibido el pago por la cantidad referida. Como parte de la revisión documental, se constató que el terreno de referencia fue adquirido al C. Jesús Delgado Delgado, para lo cual el día 18 de agosto de 2011 se suscribió contrato de compra-venta dando fe el notario Lic. Eliobardo Romero Salas de la Ciudad de Jerez cabe hacer mención que al hacer el análisis correspondiente en cuanto al costo del mismo se deriva que el precio pagado por hectárea es de $57,306.59, sin embargo al realizar la revisión de la documentación comprobatoria nos percatamos de la existencia de un avaluó catastral rústico emitido por la Dirección de Catastro del Registro Público de la Secretaría de Finanzas, en el cual se señala que el costo por hectárea es de $4,500.00 y tomando como referencia este precio, las 3.49 hectáreas da un monto por el total de la superficie de $15,743.70, existiendo una diferencia de $184,256.30, entre lo pagado y el costo reflejado en el avalúo; cabe señalar de la existencia también de un contrato de compra-venta notariado donde se estipula que el precio convenido es el ya mencionado, cabe hacer mención que falta la escritura pública que acredite la posesión legal del terreno.

OP-11/31-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Monte Escobedo, Zac., a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre como Presidente Municipal M. C. D. Raúl Ixta Serrano como responsable subsidiario, como Sindica Municipal la C. Yuliana Márquez Escobedo como responsable directo, Director de Desarrollo Económico y Social C. Antonio Sánchez del Real como responsable directo, Ing. Juan Luis Barragán González Director de Obras y Servicios Públicos como responsable directo; por la cantidad de $184,256.30, por pago que no se justifica en la obra "Compra de Terreno para Basurero Municipal, Cabecera Municipal", realizada mediante el Fondo IV, dentro de la compra de 3.49 hectáreas de terreno por las que se realizó un pago de $200,000.00, siendo que de acuerdo a lo especificado en el avalúo catastral rústico emitido por la Dirección de Catastro del Registro Público de la Secretaría de Finanzas y a lo establecido en el

No Solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

contrato de compra-venta notariado del cual dio fe el Lic. Eliobardo Romero Salas, de la Ciudad de Jerez, por la superficie referida se estipuló que se debió pagar un precio total de $15,743.70, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que esta situación ya fue regularizada, exhibiendo acta de sitio en la cual participe la Contralora Municipal, evidencia fotográfica y demás documentación necesaria para hacer constar que ha dado cumplimiento, asimismo la escritura pública que acredite la posesión legal del terreno. Para dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 27 párrafo primero fracción IX, 30 párrafo primero fracción III y VIII y 41 párrafo primero fracción III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas.

OP-11/31-008 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal M. C. D. Raúl Ixta Serrano, Síndica Municipal C. Yuliana Márquez Escobedo, Director de Desarrollo Económico y Social C. Antonio Sánchez del Real y Director de Obras y Servicios Públicos Ing. Juan Luis Barragán González, por haber pagado la cantidad de $200,000.00 por la adquisición de 3.49 hectáreas de terreno para destinarlo como basurero Municipal como parte de la obra "Compra de Terreno para Basurero Municipal, Cabecera Municipal", realizada mediante el Fondo IV, siendo que en el avaluó catastral rústico emitido por la Dirección de Catastro del Registro Público de la Secretaría de Finanzas y en el contrato de compra-venta notariado del cual dio fe el Lic. Eliobardo Romero Salas, de la Ciudad de Jerez, se estipuló que debió pagar la cantidad de $15,743.70, asimismo por no haber solicitado cotizaciones de venta de otros particulares para contar con más opciones y asegurar las mejores condiciones de compra para el Municipio en cuanto a precio, superficie, características, ubicación, oportunidad, entre otras, debido a que el pago total realizado es caro, utilizando como referencia el precio

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 48 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

estipulado en los documentos citados, lo anterior no cumpliendo con lo establecido en los artículos 27 párrafo primero fracción y 29 Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 17 y 88 párrafo primero fracciones III, VI y XVI de su Reglamento y por no haber cumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 62, 74 párrafo primero fracción XXVI y 78 párrafo primero fracciones III y V de la Ley Orgánica del Municipio y 5 párrafo primero fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas .

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

MONTE ESCOBEDO, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 49 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO 20 FONDO DE PAVIMENTACIONES Y ESPACIOS DEPORTIVOS (FOPAM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 10 (diez) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-06, Observación OP-04 Para la obra "Pavimentación con concreto hidráulico en calle Portuguesa, en la Cabecera Municipal", se aprobó del Programa FOPAM un monto de $180,820.00, fue ejecutada por adjudicación directa, para la construcción de 915.0 m2 de piso de concreto hidráulico. Durante la revisión física efectuada el día 27 de junio de 2012, en compañía del representante de la Entidad Fiscalizada, la obra se encontró terminada. Derivado de la revisión documental, se constató que el importe aprobado se liberó parcialmente la cantidad de $76,893.00, según consta en la póliza número 6 de fecha 1 de julio de 2011, por un monto de $44,544.00, a nombre de Rodrigo Madera López, la póliza número 10 de fecha 8 de julio de 2011, por un monto de 20,299.00, a nombre de Yuridia Yeranei Rivera Campos, factura número 384 de fecha 7 de julio de 2011, por un monto de $20,299.84 a nombre de Yuridia Yeranei Rivera Campos, la póliza número 13 de fecha 20 de julio de 2011, por un monto de $6,560.00 a nombre de Esmeralda de Casas Ruíz, póliza-cheque número 14 de fecha 21 de julio de 2011, por un monto de $5,490.00, a nombre de Esmeralda de Casas Ruíz, factura número 398, de fecha 29 de agosto de 2011, por un monto de $54,518.84, a nombre de Yuridia Yeranei Rivera Campos. Para dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 127 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 74 párrafo primero fracción XXVI y 167 de la Ley Orgánica del Municipio.

OP-11/31-009 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efectos de aclaración, en base a que se realizo con el recurso que no se ejerció y presente la documentación comprobatoria solicitada de la obra "Pavimentación con concreto hidráulico en calle Portuguesa, en la Cabecera Municipal", realizada mediante el Programa FOPAM, por un monto de $130,927.00 en póliza-cheque y $106,001.32 en facturas, asimismo presente el acta de entrega-recepción, exhibiendo acta de sitio en la cual participe la Contralora Municipal y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento.

No Solventa y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 50 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO 20 PROGRAMA DE APOYO A GASTO EDUCATIVO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-07, Observación OP-05 Para la obra "Domo en Escuela Secundaria J. Félix Bañuelos, en Laguna Grande", se aprobó del Programa de Apoyo a Gasto Educativo, un monto de $240,000.00, para la construcción de un Domo; fue adjudicada por asignación directa al C. Martín de la Cruz Robles. Durante la revisión física realizada el día 28 de junio de 2012, en compañía del representante de la Entidad Fiscalizada la obra se encontró terminada. Derivado de la revisión documental, se constató que el importe programado se liberó parcialmente según consta en cheque-póliza número 19 de fecha 07 de febrero de 2011, por un monto de $120,000.00, a nombre de Martín de la Cruz Robles, faltando la factura correspondiente y el pago del saldo total, así como su documentación comprobatoria.

OP-11/31-010 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efectos de aclaración presente la documentación comprobatoria solicitada de la obra “Domo en Escuela Secundaria J. Félix Bañuelos, en Laguna Grande", realizada mediante el Programa FOPAM, por un monto de $120,000.00 en póliza-cheque y facturas, asimismo presente el acta de entrega-recepción ya que no fue entregada. Para dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 127 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 74 fracción XXVI y 167 de la Ley Orgánica del Municipio.

No Solventa y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 51 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO 20 PROGRAMA CONVENIO CON GOBIERNO DEL ESTADO POR MEDIO DE SECOP PESO POR PESO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

Resultado OP-08, Observación OP-06 Derivado de la revisión documental de 33 (treinta y tres) obras que integraron la muestra de auditoría, se detectó en todas ellas la falta de documentación técnica y social en los expedientes unitarios de obra, de las cuales corresponden 13 (trece) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 10 (diez) al FOPAM, 5 (cinco) a gasto Educativo y 4 (cuatro) al Programa Convenido Peso por Peso, mismas que se debe de generar en todas las fases de la ejecución de las obras, tales como: proyecto, factibilidad, estudios, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, catalogo de conceptos contratado, programa de ejecución de obra, convenio de ampliación de contrato, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, pruebas de laboratorio, ajuste de costos, acta de entrega-recepción, finiquito, y documentos de recisión administrativa de contrato. No dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 30 párrafo primero fracciones I, II, III, IV, VII, y VIII, 41 párrafo primero fracciones II y III, 85, 91, 97, 110 y 114 de Ley de Obra Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 17, 18 párrafo primero fracciones I incisos a), d), e), f) y g) y II, 71, 86 párrafo primero fracciones V, IX, XI, XIII, XV y XVIII, 88 párrafo primero fracciones II, IV, VIII, X, XIII y XIX, 94, 132 y 134 de su Reglamento y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 74 párrafo primero fracción XXVI, 102 párrafo primero fracción V, de la Ley Orgánica del Municipio y 5 párrafo primero fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos .

OP-11/31-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal en lo sucesivo tome las medidas que sean pertinentes para llevar a cabo la integración de los expedientes unitarios de las obras con toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, factibilidad, estudios, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, catalogo de conceptos contratado, programa de ejecución de obra, convenio de ampliación de contrato, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, generadores, bitácora, reportes de supervisión, pruebas de laboratorio, ajuste de costos, acta de entrega-recepción, finiquito, y documentos de recisión administrativa de contrato, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; tanto del ámbito Estatal como Federal, según sea el caso, tomando como referencia el origen de los recursos así como para dar cumplimiento a las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

OP-11/31-012 Solicitud de intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 52 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-09, Observación OP-07 Se observa que el Relleno Sanitario del municipio cumple en un 57.9% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, la verificación física de nuestro examen revela que no existe un Relleno Sanitario como tal, solo cuentan con un tiradero (basurero), ubicado a una distancia de 1.5 km al oriente del área urbana ocupando un área de 1.0 hectárea aproximadamente, no cuenta con los estudios topográficos y geotecnicos que garanticen la protección del medio ambiente y dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con estudios topográficos y geotécnicos, manual de operación y control, franja de amortiguamiento, controles de dispersión de materiales ligeros, separación previa de residuos aprovechables, área de emergencia para recepción de Residuos Sólidos Municipales, drenaje pluvial, agua potable, electricidad y control de fauna nociva, asimismo un drenaje pluvial para el desvió de escurrimiento y desalojo de aguas de lluvia.

OP-11/31-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal establezca las acciones que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas aplicables a esta materia e implementar y programar a la brevedad la construcción de la cerca perimetral, franja de amortiguamiento, controles de dispersión de materiales ligeros, drenaje pluvial, área de emergencia, manuales de operación, bascula, agua potable, electricidad y drenaje, control de fauna nociva, la construcción de una caseta de vigilancia e implementar controles de acceso del personal vehículos y materiales para que al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura se de cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y cumplir con las disposiciones técnicas dispuestas por las dependencias reguladoras.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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Páginas : 53 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-010, Observación OP-08 Con relación al Rastro Municipal se verificó el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen determinó que se cumple con el 80.8% de las normas antes descritas. En la evaluación practicada al establecimiento se verificó que cumple parcialmente con la documentación reglamentaria requerida para este tipo de establecimientos, puesto que no se cuenta con lo siguiente: certificado de control de fauna nociva, respecto a la infraestructura básica (acopio, reposo y sacrificio de ganado) no se cuenta con corral de cuarentena para animales enfermos, corrales antimortem, drenaje de red independiente para desechos organicos propios del rastro, cajón de insensibilización, ni cámara frigorífica donde se almacenen los productos Existe daño ecológico a las recargas acuíferas superficiales y subterráneas ya que no se tiene conectado el drenaje independiente para desechos orgánicos, además respecto a la higiene personal, los operarios si se encuentran limpios en su ropa de trabajo, utilizan bata u overol, se lavan y desinfectan las manos, se evita comer y beber, los operarios presentan manos limpias, y no tienen enfermedades de la piel.

OP-11/31-014 Recomendación Es necesario que la Administración Municipal actual tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios para incrementar las condiciones de sanidad e higiene, para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 54 de 55

Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2011 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

7 1 8 FRR 6

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6 - - - 6

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

15 0 15 FRA 15

Solicitud De Aclaración.

7 0 9 SEG 7

Preventivas

Recomendación 20 1 23 REC 19

TOTAL 55 2 55 53