modulo 1 reporteo y transparencia

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  • 7/29/2019 Modulo 1 Reporteo y Transparencia

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    MODULO I: SOBRE REPORTEO Y LEY DE TRANSPARENCIAUn mtodo eficiente para investigar la reconstruccin y producir noticias conmayor impacto

    INTRODUCCIN

    La experiencia nos dice que los comunicados de prensa y las declaraciones pblicas

    que hacen las organizaciones sociales, tienen menos impacto si solo contienen

    argumentaciones, juicios de valor, denuncias, demandas y declaraciones de principios.

    Si slo nos quedamos en este nivel, podemos avanzar en fidelizar y mantener atentos

    a nuestroS adherentes o simpatizantes, pero no vamos a sumar ms gente a nuestra

    causa.

    Para conseguir lo anterior, una opcin es transformar nuestras declaraciones y

    comunicados, en noticias, sumando datos concretos, como cifras, estadsticas, o

    documentos a nuestras denuncias y demandas.

    Hay muchas formas de reportear y obtener estos datos concretos, pero en este mdulo

    vamos explicar cmo lograrlo usando la ley 20.285, ms conocida como ley de acceso

    a la informacin pblica o ley de transparencia.

    LEY DE TRANSPARENCIA

    Si quieres profundizar en el conocimiento de la ley, puedes leer su texto completo en

    este link de la Biblioteca del Congreso:http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363 .

    Tambin te aconsejamos ingresar a la pgina del Consejo para la transparencia: el

    organismo que debe garantizar el cumplimiento de la ley 20.285 y al cual podemos

    recurrir, en caso de que no podamos ejercer nuestro derecho a obtener informacin

    pblica. Una buena forma de empezar a estudiar esta ley es leyendo el siguiente link:

    http://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-

    08/130814.html.

    Sin embargo, en la mayora de los casos no es mucho lo que debemos saber, entrminos jurdicos o administrativos, para obtener informacin. Lo principal es saber

    qu pedir, a quin pedrselo y aprender a enviar formularios de solicitud de informacin

    via electrnica, a travs de la pgina del MINVU, por ejemplo.

    http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363http://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-08/130814.htmlhttp://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-08/130814.htmlhttp://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-08/130814.htmlhttp://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-08/130814.htmlhttp://www.consejotransparencia.cl/preguntas-frecuentes/consejo/2009-04-08/130814.htmlhttp://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363
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    Tambin es muy importante entender que solicitar informacin a las autoridades es un

    DERECHO y que la inmensa mayora de los documentos que manejan las autoridades

    son pblicos.

    Sobre la informacin que podemos solicitar

    Antes de profundizar en los mecanismos para obtener informacin va ley 20.285,

    debes saber que a travs de esta ley, podemos obtener informacin y documentos muy

    necesarios para las comunidades damnificadas.

    Respecto de subsidios y proyectos de construccin del Programa de reconstruccin, es

    posible solicitar los siguientes documentos, entre otros:

    - Nmina de Beneficiados por los subsidios

    - Montos y tipos de subsidios asignados

    - Copias de Resoluciones que asignan subsidios

    - Copias de Resoluciones que financian proyectos de construccin

    - Copias de Contratos entre Serviu, Municipalidades y constructoras, que regulan la

    ejecucin de los proyectos de reconstruccin.

    - Copia ntegra de proyectos de construccin

    - Copia de Planos de arquitectura y especialidades

    - Copia de Carta Gantt o Cronograma de Proyectos de construccin

    - Copia de Especificaciones Tcnicas de Proyectos de construccin

    - Planos, presupuestos detallados, estados de pago, estudios de daos, permisos y

    certificados de la Direccin de Obras de las Municipalidades, etc.

    Sobre los organismos a quienes les podemos solicitar informacin

    La Ley de Transparencia aplica para todos los rganos de administracin del Estado,

    es decir, Presidencia, Ministerios, Organismos Pblicos, Intendencia, Gobernaciones,

    Municipalidades, Fuerzas Armadas y de Orden, Organismos Autnomos del Estado,

    Parlamento y Poder Judicial.

    Y se puede solicitar a estos organismos, todo tipo de documentos -con algunas pocas

    excepciones-, pero tambin informacin sobre actos administrativos, procedimiento yfundamentos asociados a la toma de una decisin, por ejemplo.

    Sobre esta materia ley nos dice que es informacin pblica y solicitable la definida en el

    Artculo 5 de la ley 20.285 que dice:

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    En virtud del principio de transparencia de la funcin pblica, los

    actos y resoluciones de los rganos de la Administracin del

    Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de

    sustento o complemento directo y esencial, y los procedimientos

    que se utilicen para su dictacin, son pblicos, salvo las

    excepciones que establece esta ley...

    Sobre solicitudes por internet

    Si tienes acceso a internet, aunque sea limitado o temporal, lo mejor que puedes hacer

    es solicitar informacin a travs de la web del MINVU, por ejemplo. En caso de no tener

    internet, puedes llenar formularios impresos y entregarlos por oficina de partes al

    organismo correspondiente.

    Para solicitar informacin al MINVU o SERVIU, puedes ingresar a la pgina del MINVU

    y hacer clic en el cono Gobierno Transparente, lo que te conducir a un formulario de

    solicitud electrnico que se llena con tus datos personales y con la informacin que

    quieres solicitar.

    Antes de enviar el formulario electrnico debes completar todos los campos de

    informacin que all se piden, salvo el correspondiente a Identificacin del Apoderado.

    Esta informacin no es necesaria. Luego de llenar la solicitud, es muy importante

    seleccionar el organismo a quien se le solicita informacin, y marcar las siguientes

    opciones que aparecen al final del formulario:

    - S deseo ser notificado por correo electrnico

    - Deseo recibir la informacin por e-mail

    - Formato de Entrega: Digital. (y Excel, si corresponde).

    Una buena solicitud debe ser redactada de manera precisa y correcta, para que no

    queden dudas sobre la informacin que se est pidiendo. Por eso, se recomienda

    enumerar lo solicitado punto por punto. Despus de enviar el formulario, te aparecer

    un comprobante en PDF que puedes imprimir o guardar en algn computador.

    Guardar este documento es muy importante porque en el aparecer un cdigo de

    seguimiento de tu solicitud. Con este comprobante y este cdigo podrs buscar

    fcilmente la respuesta en la misma web del MINVU y de ser necesario, podrs

    presentar un reclamo o amparo al Consejo para la transparencia, para exigir que la

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    autoridad te responda de manera adecuada. Pero esto ser explicado ms adelante en

    otro mdulo de aprendizaje.

    Plazos para recibir respuesta y presentar reclamos

    Una vez enviado el formulario, la autoridad tiene un plazo de 20 das hbiles para

    responder. Si al da 21 no has recibido respuesta, puedes presentar reclamo o amparo

    ante el Consejo de la Transparencia. Sin embargo, la autoridad tiene el derecho de

    solicitar una prrroga de 10 das hbiles ms, lo que se debe notificar por escrito para

    que tenga validez. Si esto ocurre, entonces el plazo para presentar un amparo corre

    una vez vencidos los 30 das hbiles desde que se solicit la informacin.

    Ten presente que si no recibe respuesta alguna o recibe una respuesta incompleta o

    que no corresponde a la solicitada, cuentas con un plazo de 15 das hbiles para

    presentar un amparo o reclamo, desde el momento en que vence el plazo estipuladopor la ley (20 o 30 das hbiles), o desde el momento en que recibes respuesta.