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Directorio

Dr. Gabriel Jaime O´Shea Cuevas

Comisionado Nacional de Protección Social en Salud

Dr. Javier Lozano Herrera

Director General de Gestión de Servicios de Salud

Lic. Guillermina Castañeda Peña

Directora de Gestión de Servicios de Salud

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Contenido

Introducción................................................................................................................................................. 3

Antecedentes .............................................................................................................................................. 5

Objetivo General ......................................................................................................................................... 6

Objetivos Específicos .................................................................................................................................. 6

Marco Jurídico ............................................................................................................................................ 7

Modelo de Tutela de Derechos ................................................................................................................... 8

Primer eje: Adquisición de derechos y obligaciones ................................................................................ 10

A. Derechos y Obligaciones .......................................................................................................... 11

B. Cartera de servicios en la Red Prestadora de Servicios .......................................................... 12

Segundo eje: Sincronización de voluntades con separación de funciones .............................................. 13

C. Acceso efectivo ......................................................................................................................... 14

D. Atención integral ....................................................................................................................... 18

E. Surtimiento de medicamentos .................................................................................................. 26

F. Garantía de no pago ................................................................................................................. 28

Tercer eje: Sistema de evaluación y Mejora continua .............................................................................. 30

G. Herramientas de evaluación ..................................................................................................... 31

H. Capacitación y Desarrollo humano ........................................................................................... 40

Subsistema de Información ............................................................................................................... 42

Conclusiones............................................................................................................................................. 45

Referencias ............................................................................................................................................... 46

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Introducción

En 2013, los Estados miembros de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial

de la Salud reafirman su compromiso con el concepto “Salud para Todos”, al reconocer que la promoción y

protección de la salud es esencial no sólo para el bienestar de los individuos, sino para asegurar un desarrollo

sustentable e inclusivo.

En México, el camino para dar cumplimiento a esta meta inicia con el reconocimiento de que el acceso

equitativo a los servicios de salud es un derecho humano, no un privilegio para los que trabajan en el sector

formal o que tienen mayores recursos económicos.

El Programa Sectorial de Salud 2013-2018 establece objetivos, estrategias y líneas de acción a los que deberán

apegarse las diferentes instituciones de la Administración Pública Federal para materializar el derecho a la

protección de la salud y los cuales deberán ser congruentes con las metas nacionales establecidas en el Plan

Nacional de Desarrollo 2013-2018 (Diario Oficial de la Federación, 2013).

Un México Incluyente propone enfocar la acción del Estado en garantizar el ejercicio de los derechos sociales y

cerrar las brechas de desigualdad social que aún nos dividen. El objetivo es que el país se integre por una sociedad

con equidad, cohesión social e igualdad sustantiva (Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018).

Esta directriz, enmarca la implementación de estrategias realizadas por la Comisión Nacional de Protección

Social en Salud a través de la Dirección General de Gestión de Servicios de Salud, para lo cual diseña el

“Modelo de Tutela de Derechos”, herramienta orientada a delimitar las acciones dirigidas de manera integral

y coordinada entre los diferentes actores responsables de la política de salud en el país.

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Este modelo está compuesto por 3 ejes:

El primer eje se enfoca en la adquisición de derechos y obligaciones al afiliarse al Sistema de Protección

Social en Salud, y en el acceso a la cobertura ofertada por las carteras de servicios en la Red Prestadora de

Servicios de Salud.

El segundo eje está dirigido a la sincronización de voluntades de las instancias involucradas, con la

separación de funciones, correspondiente de acuerdo al ámbito de su competencia, de tal manera que su

coordinación permita la mejora de la calidad en los servicios de salud.

El tercer eje se centra en las herramientas de evaluación con las que dispone el Sistema de Protección Social

en Salud para conocer la calidad de la atención en salud proporcionada a los beneficiarios; así como

estrategias de capacitación y desarrollo humano para la mejora continua en los servicios de salud.

El propósito de este modelo es servir de instrumento para lograr la satisfacción del beneficiario mediante el

fortalecimiento de la Tutela de Derechos con la participación informada de los afiliados al Sistema de

Protección Social en Salud.

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Antecedentes

“México ha emprendido innovadores avances con el propósito de alcanzar la Cobertura Universal, con hitos

fundamentales que de manera gradual han avanzado hacia la incorporación de la población a un esquema

de protección en salud, independientemente de su situación laboral” (OMS/OPS, 2013).

El 15 de mayo de 2003 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la

Reforma a la Ley General de Salud, la cual da origen al Sistema de Protección Social en Salud que fue

creado como una estrategia para favorecer a los más de 50 millones de mexicanos sin seguridad social,

otorgando la posibilidad de acceder a servicios de salud sin desembolso.

Esta meta fue superada de forma gradual, hasta llegar a más de 57 millones de afiliados al Sistema de

Protección Social en Salud al cierre del año 2014, con esta cifra se coloca como la institución a nivel nacional

con mayor número de beneficiarios; una vez cumplido el objetivo primario de afiliación, se ha transitado a

desarrollar acciones de Tutela de Derechos para dirigir esfuerzos que promuevan el acceso efectivo a

servicios integrales de salud y Cobertura Universal en Salud (sistema en el cual toda la población tiene

derecho a utilizar un conjunto de servicios de salud). “El Sistema de Protección Social en Salud es uno de

los programas sociales más progresivos del país” (Secretaría de Gobernación, 2013).

En 2003, el Sistema de Protección Social en Salud otorgaba cobertura a través del Catálogo de Beneficios

Médicos (CABEME) a 78 intervenciones, actualmente a 285 intervenciones en el Catálogo Universal de

Servicios de Salud (CAUSES) 2014. En forma complementaria, el beneficiario tiene acceso al tratamiento de

59 patologías que por su complejidad y alto costo son financiadas por el Fondo de Protección contra Gastos

Catastróficos (FPGC), así como a 146 intervenciones por el Programa Seguro Médico Siglo XXI (SMSXXI).

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Objetivo General

Establecer estrategias de coordinación entre las instancias involucradas, para promover el acceso efectivo

a servicios de salud y la satisfacción del usuario a través de la Tutela de Derechos.

Objetivos Específicos

• Fomentar la participación de los afiliados al Sistema de Protección Social en Salud a través de la difusión

de la normatividad vigente para ejercer sus derechos y obligaciones.

• Promover que las instancias involucradas en la atención desarrollen Subsistemas de Información para

obtener datos estadísticos que faciliten la toma de decisiones.

• Contribuir a la mejora continua, mediante el análisis y seguimiento de la información obtenida por las

herramientas de evaluación de la calidad de los servicios de salud.

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Marco Jurídico

Marco Normativo de la Tutela de Derechos

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4°

Ley General de Salud

Artículos: 3 fracción II Bis, 13 fracción VII Bis 26, Bis 27, Bis 28, Bis 29, Bis 50, Bis 52, Bis 53, Bis 54, 77 Bis 1, Bis 2, Bis 3, Bis 5 A, fracciones I, II, VII, XIV, XV; Bis 9, Bis 29, Bis 35, Bis 36, Bis 37, Bis 38, Bis 40 y Bis 41

Ley Federal de Responsabilidad Administrativas de los Servidores Públicos

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud

Artículos: 3, 16, 18, 19, 23, 25, 28 fracción II, 30, 54, 55, 57, 60, 95, 96, 101, 104, 105 y 106

Reglamento Interno de la Comisión Nacional de la Protección Social en Salud

Artículos: 4 fracciones XXXI y XXXII, 10 fracción III Bis 1-3, V, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, y XVIII Bis 5

Reglas del Fideicomiso del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos

Reglas: 2, 3, 12, 42 y 58

Reglas de Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI

Apartados: 3.1, 3.2, 4.5, 4.6.1.1, 4.6.1.2, 4.6.2, 4.6.3

Presupuesto de Egresos de la Federación 2015

Artículo 36 Apartado A

Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en las Entidades Federativas

Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal

Lineamientos Generales que Establecen los Criterios para la Programación y Ejercicio de los Recursos para el Apoyo Administrativo y Gasto de Operación del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

Lineamientos para la afiliación, operación, integración del padrón nacional de beneficiarios y determinación de la cuota familiar del Sistema de Protección Social en Salud (Diario Oficial de la Federación , 19 de

diciembre de 2011)

Lineamiento para el Uso de la Herramienta Sistema Unificado de Gestión para la Atención y Orientación al Usuario de los Servicios de Salud

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Modelo de Tutela de Derechos

Para la Comisión Nacional de Protección Social en Salud Tutela de Derechos es:

La coordinación de estrategias entre las instancias involucradas, fomentando la corresponsabilidad y

participación informada de los afiliados acerca de sus derechos y obligaciones, para acceder a servicios

de salud integrales, de calidad, y sin desembolso, de acuerdo a las carteras de servicios vigentes del

Sistema de Protección Social en Salud, para la satisfacción de los beneficiarios.

El Modelo de Tutela de Derechos establece los siguientes ejes con sus respectivos componentes:

I.- Adquisición de derechos y obligaciones.

A. Derechos y Obligaciones.

B. Cartera de servicios en la Red Prestadora de Servicios.

II.- Sincronización de voluntades con separación de funciones.

C. Acceso efectivo.

D. Atención integral.

E. Surtimiento de medicamentos.

F. Garantía de no pago.

III.- Sistema de evaluación y Mejora continua.

G. Herramientas de evaluación.

H. Capacitación y Desarrollo Humano.

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Modelo de Tutela de Derechos

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Primer eje: Adquisición de derechos y obligaciones

De acuerdo al Artículo 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, que a

la letra dice: “Todos los mexicanos tienen derecho a ser

incorporados al Sistema de Protección Social en Salud de

conformidad con el Artículo 4° de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, sin importar su condición social”.

Gozarán de los beneficios del Sistema de Protección Social en

salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los

siguientes requisitos:

I. Ser residente en el territorio nacional.

II. No ser derechohabiente de algún tipo de seguridad social.

III. Contar con Clave Única de Registro de Población.

IV. Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos

establecidos de la LGS.

V. Cumplir con las obligaciones establecidas en… (Ley General de

Salud, 2015).

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El primer eje está conformado por dos componentes:

A. Derechos y Obligaciones

Al incorporarse al Sistema de Protección Social en Salud, el

beneficiario obtiene la póliza de afiliación y la Carta de Derechos y

Obligaciones, en la cual se especifica la cobertura de las carteras

de servicios en la Red Prestadora de Servicios, en donde podrán

recibir atención en caso de solicitarla.1

Se considera que toda persona con póliza vigente del Sistema de

Protección Social en Salud se hace de manera inmediata

corresponsable del ejercicio de sus derechos y del cumplimiento de

sus obligaciones descritas en la Ley General de Salud, en los

Artículos 77 Bis 36, 37 y 38.

1 Ley General de Salud. Capítulo IX. Derechos y Obligaciones de los Beneficiarios.

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B. Cartera de servicios en la Red Prestadora de

Servicios

La cobertura del Sistema de Protección Social en Salud consta de

3 carteras de servicios, que son complementarias:

Catálogo Universal de Servicios de Salud: 285

intervenciones con 1,620 claves CIE-10 (Clasificación

Internacional de Enfermedades, décima versión) y 533

claves CIE-9 MC (Clasificación Internacional de

Enfermedades, novena revisión, Modificación Clínica).

Programa Seguro Médico Siglo XXI: 146 intervenciones.

Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos: 59

intervenciones.

Estas intervenciones podrán ser atendidas en la Red Prestadora

de Servicios de Salud, la cual está conformada por

establecimientos públicos, privados y organizaciones sin fines de

lucro, promoviendo la atención integral. 2

2 Comisión Nacional de Protección Social en Salud. Beneficios. Conoce tus derechos y obligaciones. Rescatado de www.seguro-popular.gob.mx

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Segundo eje: Sincronización de voluntades con separación de

funciones

Este eje, en coincidencia con lo establecido en la Ley General de

Salud, referente a la separación de funciones que debe existir entre

las instancias: rectora, financiadora y proveedora.3

Desde la perspectiva del modelo de atención de la salud basado

en la separación de funciones, para el Sistema de Protección

Social en Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en

Salud tiene una función normativa-rectora, el Régimen Estatal de

Protección Social en Salud es la instancia financiadora o

compradora de servicios.

Los Servicios Estatales de Salud son los principales proveedores

de la Red Prestadora de Servicios de Salud, la cual se formaliza a

través de Convenios de Gestión que suscribe el Régimen Estatal

de Protección Social en Salud con establecimientos de salud

acreditados.

3 Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud. 2014

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Los componentes que integran el segundo eje son:

C. Acceso efectivo

El Instituto de Medicina de los Estados Unidos de Norte América

(IOM), lo ha definido como “…el grado en el cual los individuos y

los grupos de individuos tienen la capacidad de obtener los

cuidados que requieren por parte de los servicios de atención

médica…” (Fajardo-Dolci, Gutiérrez, & García-Saisó, 2015).

Accesibilidad

Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles

a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado.

La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas:

1. No discriminación: los establecimientos, bienes y servicios de salud

deben ser accesibles, de hecho y de derecho, a los sectores más

vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna.

2. Accesibilidad física: los establecimientos, bienes y servicios de salud

deberán estar al alcance geográfico de todos los sectores de la

población, en especial a los grupos vulnerables o marginados, como

minorías étnicas y poblaciones indígenas, mujeres embarazadas,

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niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidades y

personas con VIH/SIDA.

La accesibilidad también implica que los servicios médicos y los

factores determinantes básicos de la salud, como el agua limpia

potable y los servicios sanitarios, se encuentren a una distancia

geográfica razonable, incluso en las zonas rurales.

3. Accesibilidad económica (asequibilidad): los establecimientos,

bienes y servicios de salud deberán estar al alcance de todos. Los

pagos por servicios de atención de la salud y servicios relacionados

con los factores determinantes básicos de la salud deberán basarse en

el principio de la equidad, a fin de asegurar que esos servicios, sean

públicos o privados, estén al alcance de todos, incluidos los grupos

socialmente desfavorecidos. La equidad exige que sobre los hogares

más pobres no recaiga una carga desproporcionada, en lo que se

refiere a los gastos de salud, en comparación con los hogares más

ricos.

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4. Acceso a la información: ese acceso comprende el derecho de

solicitar, recibir y difundir información e ideas acerca de las cuestiones

relacionadas con la salud. Con todo, el acceso a la información no debe

menoscabar el derecho de que los datos personales relativos a la salud

sean tratados con confidencialidad (University of Minnesota, 2000).

Acercabilidad

Implica que la mayor resolutividad se encuentre disponible y al alcance

de todas las personas, sin que éstas tengan que realizar grandes

desplazamientos, trámites o pasar por múltiples filtros.

Es la combinación de estrategias de atención ambulatoria

especializada a nivel comunitario en nuevas unidades de atención de

la salud y conectividad efectiva con la atención hospitalaria. La idea

subyacente es que los servicios estén al alcance de la gente. (Dirección

General de Planeación y Desarrollo en Salud, 2014).

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Disponibilidad

Cada Estado deberá contar con un número suficiente de

establecimientos, bienes, servicios públicos, centros de atención de la

salud, así como programas generales y específicos para la población

a la cual van dirigidos.

Las características de éstos dependerán de diversos factores, en

particular del nivel de desarrollo de la entidad. Los servicios incluirán

factores determinantes básicos de la salud, hospitales, clínicas y otros

establecimientos relacionados con la salud, personal médico y

profesional capacitado, así como los medicamentos incluidos en las

carteras de servicios del Sistema de Protección Social en Salud

(University of Minnesota, 2000).

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Oportunidad

Acceso efectivo a un sistema de protección de la salud que brinde

igualdad de oportunidades a las personas, para el acceso

equitativo a la atención sanitaria de calidad.

La salud debe ser uno de los objetivos del desarrollo y condición

necesaria para lograr equidad en la población mexicana. El acceso

a los servicios de salud debe ser universal y las prioridades fijarse

exclusivamente en función de las necesidades de las personas.

D. Atención integral

El concepto de servicios de salud integrales se define como:

La gestión y entrega de servicios de salud de forma tal que las

personas reciban un continuo de servicios preventivos y curativos, de

acuerdo a sus necesidades a lo largo del tiempo y a través de los

diferentes niveles del sistema de salud (Organización Panamericana

de la Salud, Organización Mundial de la Salud, s.f).

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Continuidad

Es el grado de coherencia y unión de las experiencias en la atención

que percibe el paciente a lo largo del tiempo. Se distinguen tres tipos

interrelacionados entre sí:

1. De relación: es la percepción del paciente sobre la relación que

establece con uno o más proveedores.

2. De información: es la percepción del usuario sobre la disponibilidad,

utilización e interpretación de la información sobre acontecimientos

anteriores para proporcionar una atención apropiada a sus

circunstancias actuales.

3. De gestión: es la percepción del usuario de que recibe los diferentes

servicios de manera coordinada, complementaria y sin duplicaciones.

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Cada tipo se describe mediante una serie de dimensiones y atributos y

puede ser analizado a partir de un episodio clínico concreto o partir de

las percepciones generales de los usuarios.

La continuidad asistencial se asocia a una mayor satisfacción de los

usuarios, mejor calidad de vida percibida, mayor utilización de los

servicios preventivos, mayor tasa de adherencia a los tratamientos y

disminución del índice de hospitalizaciones (University of Minnesota,

2000).

Capacidad resolutiva

Es la capacidad que tiene un establecimiento de salud para responder

de manera integral y oportuna a una demanda de atención por un

problema de salud, es decir, contar con los recursos físicos y humanos

debidamente calificados, para diagnosticar y tratar adecuadamente un

determinado grado de complejidad del daño en la persona. La

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capacidad resolutiva se expresa en la cartera de servicios del

establecimiento (Servicios de Salud del Maule, s.f.).

Interculturalidad

Respuesta a reivindicaciones de pueblos indígenas y de su derecho a

la identidad cultural; pero también corresponde a una tendencia global

de incorporar el derecho a la diferencia, que distingue y propicia la

convivencia entre distintos grupos culturales en un mismo territorio

(Salaverry, 2010).

Se sustenta en cuatro principios básicos:

Reconocimiento de la diversidad cultural.

Relaciones equitativas.

Respeto a las diferencias.

Enriquecimiento mutuo.

A diferencia de la multiculturalidad, donde un grupo cultural mantiene

una hegemonía sobre las demás poblaciones, en las relaciones

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interculturales existe la disposición del reconocimiento a partir del

ejercicio de derechos.

En el ámbito de la salud, se promueva la atención con un enfoque

intercultural que influye en el apego a las indicaciones médicas, una

incidencia menor de abandono de los tratamientos y en una progresiva

aceptación al uso de los servicios (Almaguer Gonzales, Vargas Vite, &

García Ramírez , 2014).

Trato digno

Es el otorgar atención con oportunidad, respeto, cortesía y proveer

la información adecuada y pertinente para el usuario y familiares.

El derecho a trato digno hacia el usuario se refiere a una conducta

adecuada del profesional de la salud con el paciente.

Es la calidad de la atención médica y se define como el grado de

satisfacción, en la percepción (en cuanto a tiempo de espera,

amabilidad, respeto y proporcionar información adecuada) que el

usuario o familiar, tiene acerca de la atención proporcionada por el

profesional durante su estancia en los diferentes servicios de salud.

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Seguridad del paciente

La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce la necesidad de

promover la seguridad del paciente como un principio fundamental en

todos los sistemas de salud, por lo que desde 2002, en la 55ª Asamblea

Mundial de la Salud insta a los Estados Miembros a prestar la mayor

atención posible al problema y consolidar sistemas que mejoren la

seguridad del paciente y para dar resolución a dicha Asamblea, en

2004 se crea la Alianza Mundial para la Seguridad del Paciente para

coordinar, difundir y acelerar las mejoras en materia de seguridad del

paciente en todo el mundo.

La seguridad del paciente se define como la reducción del riesgo de

daños innecesarios relacionados con la atención sanitaria hasta un

mínimo aceptable, el cual se refiere a las nociones colectivas de los

conocimientos del momento, los recursos disponibles y el contexto en

el que se prestaba la atención, ponderadas frente al riesgo de no

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dispensar tratamiento o de dispensar otro (Dirección General de

Calidad y Educación en Salud, 2015).

En mayo de 2007 se publicaron por parte de la Organización Mundial

de la Salud, las 9 soluciones para la Seguridad del Paciente:

1. Medicamentos de aspecto o nombre parecidos.

2. Identificación de pacientes.

3. Comunicación durante el traspaso de pacientes.

4. Realización del procedimiento correcto en el lugar del

cuerpo correcto.

5. Control de las soluciones concentradas de electrólitos.

6. Asegurar la precisión de la medicación en las transiciones

asistenciales.

7. Evitar los errores de conexión de catéteres y tubos.

8. Usar una sola vez los dispositivos de inyección.

9. Mejorar la higiene de las manos para prevenir las

infecciones asociadas a la atención de salud.

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En ese mismo año, la iniciativa de México por la Seguridad del Paciente

comenzó a divulgar las denominadas “10 Acciones de Seguridad del

Paciente” con el objetivo de generar conciencia entre los profesionales

de la salud entorno a la gestión de riesgos:

I. Fomentar la cultura de seguridad del paciente.

II. Hacer corresponsable al paciente de su seguridad en

proceso de atención.

III. Promover la atención basada en evidencias.

IV. Identificar correctamente a los pacientes.

V. Contribuir al uso racional y seguridad de los medicamentos.

VI. Favorecer los cuidados seguros.

VII. Prevenir y reducir la infección asociada a la atención.

VIII. Mejorar la seguridad de la cirugía.

IX. Propiciar la comunicación efectiva con los pacientes y entre

los profesionales de la salud.

X. Promover la seguridad del equipo de salud (Dirección

General de Calidad y Educación en Salud, 2011).

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E. Surtimiento de medicamentos

En apego al Artículo 77 Bis 37 de la Ley General de Salud, el

Sistema de Protección Social en Salud desarrolla estrategias

encaminadas al fortalecimiento de la compra y distribución de

medicamentos para garantizar el surtimiento completo de la receta

médica.

En los términos previstos en el Acuerdo de Coordinación para la

Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud en las

Entidades Federativas, el Anexo IV establece que:

De los recursos federales que se transfieran al Estado por concepto

de cuota social y aportación solidaria federal, hasta el 30% del total

se destinarán al concepto de adquisición de medicamentos, material

de curación y otros insumos necesarios para la prestación de

servicios del CAUSES a los afiliados al Sistema de Protección Social

en Salud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36, apartado

A, fracción IV, inciso a), numeral (ii) del PEF 2015. (Anexo IV.

Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del Sistema de

Protección Social en Salud en las entidades federativas, 2015).

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Del monto en pesos que resulte del cálculo del porcentaje para

la adquisición de hasta el 30% de medicamentos, material de

curación y otros insumos necesarios para la prestación de

servicios a los afiliados al Sistema, establecido en el artículo

36, apartado A, fracción IV, inciso a), numeral (ii), “EL

ESTADO” podrá destinar hasta el 5% de dichos recursos para

la subrogación de medicamentos, con el objeto de asegurar a

los beneficiarios el total surtimiento de los mismos (Anexo IV.

Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del Sistema de

Protección Social en Salud en las entidades federativas, 2015).

El Anexo V del Acuerdo de Coordinación en mención, establece

que “…La Entidad entregará los medicamentos contemplados en

el Catálogo Universal de Servicios de Salud a los beneficiarios del

Sistema, así mismo implementará las acciones necesarias para

proporcionar al beneficiario en forma integral el medicamento

prescrito, por lo que se evitará el desabasto en las unidades

médicas” (Dirección General de Gestión de Servicios de Salud,

2015).

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F. Garantía de no pago

El Sistema de Protección Social en Salud, mejor conocido como

Seguro Popular, “mecanismo por el cual el Estado garantizará el

acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento

de su utilización y sin discriminación a los servicios médico-

quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de

manera integral las necesidades de salud…” (Ley General de

Salud, 2015).

El Artículo 77 Bis 37, de la Ley General de Salud en su numeral 14

establece: “no cubrir cuotas de recuperación específicas por cada

servicio que reciban”.

En relación a lo establecido en el Anexo V del Acuerdo de

Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social

en Salud:

En cumplimiento al Artículo 77 Bis 1 y 77 Bis 21 de la Ley

General de Salud, “La Entidad” adoptará las medidas

necesarias para que el beneficiario del Sistema no realice

pago por intervenciones, medicamentos o insumos contenidos

en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, el Fondo de

Protección contra Gastos Catastróficos y el Programa Seguro

Médico Siglo XXI.

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En caso que el prestador de servicios incumpla lo antes

mencionado, “La Entidad” deberá establecer los mecanismos

correspondientes para reintegrar al beneficiario el gasto de

bolsillo que haya realizado por las intervenciones, insumos o

medicamentos contemplados en el Catálogo Universal de

Servicios de Salud haciendo efectiva la garantía de no pago.

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Tercer eje: Sistema de evaluación y Mejora continua

La Organización Mundial de la Salud define la evaluación del

impacto en la salud como una combinación de procedimientos,

métodos y herramientas a través de las cuales se puede evaluar

una política, programa o proyecto en relación con sus efectos

potenciales sobre la salud de la población.4

Por lo anterior, es importante la implementación de estrategias de

evaluación del desempeño de los servicios de salud.

El tercer eje incluye las herramientas de evaluación con las que

dispone el Sistema de Protección Social en Salud para conocer la

calidad de la atención proporcionada mediante la medición de la

capacidad instalada de las unidades médicas y la satisfacción del

usuario.

Los resultados obtenidos permitirán definir estrategias y acciones

de mejora continua, promoviendo las buenas prácticas de los

profesionistas en los establecimientos de salud.

4 OMS. (s.f.) Evaluación del impacto de salud. Recuperado de http://www.who.int/water_sanitation_health/resources/hia/es/

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La optimización de los procesos de verificación de la atención en

salud, mediante la ejecución de acciones preventivas y correctivas,

deberá atender aquellas áreas o actividades de oportunidad que se

detectaron mediante la evaluación integral.

G. Herramientas de evaluación

El objetivo es dar seguimiento a los procesos de atención que

reciban los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud

para sustentar la toma de decisiones encaminadas a la mejora

continua.

Como mecanismos de evaluación la Comisión Nacional de

Protección Social en Salud ha diseñado cinco herramientas:

1. Modelo de Supervisión y Seguimiento Estatal de Servicios de

Salud (MOSSESS)

Con el objetivo de verificar el acceso a servicios de salud de calidad

y contribuir con la Tutela de Derechos, se crea el Modelo de

Supervisión y Seguimiento Estatal de Servicios de Salud cuya

aplicación está a cargo de los Regímenes Estatales de Protección

Social en Salud, el cual evalúa el desempeño de los servicios

prestados a los afiliados al Sistema de Protección Social en Salud.

A continuación se resumen los procedimientos más importantes

para cada uno de los involucrados:

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La Dirección General de Gestión de Servicios de Salud a través de

la Dirección de Supervisión y Verificación:

Coordinará las acciones relacionadas con la implementación

del Modelo de Supervisión y Seguimiento Estatal de Servicios

de Salud en las entidades federativas.

Integrará, analizará y generará la información de los

resultados obtenidos a través de dicho modelo a nivel

nacional.

Realizará la verificación de los resultados obtenidos y

generados a nivel estatal por el Régimen Estatal de Protección

Social en Salud, así como acciones de supervisión

complementarias para evaluar el desempeño de los

Regímenes Estatales de Protección Social en Salud y de los

prestadores de servicios.

El Régimen Estatal de Protección Social en Salud, a través del área

de Gestión de Servicios de Salud:

Implementará el Modelo de Supervisión y Seguimiento Estatal

de Servicios de Salud en su entidad.

Proveerá y gestionará anualmente los recursos necesarios

para la operación permanente de dicho Modelo.

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Recopilará, integrará, generará y proporcionará información

documentada relacionada con el Modelo y los elementos que

solicite la Comisión.

Los Servicios Estatales de Salud y prestadores de servicio:

Participarán en el proceso de supervisión, permitirán el acceso

a las instalaciones y proporcionarán la información requerida

por la Comisión y el Régimen, relacionada con los servicios

que otorgan a los afiliados.

Atenderán los resultados y/o recomendaciones realizadas por

la Comisión y/o Régimen, derivadas de las actividades de

supervisión, seguimiento operativo, evaluación y control de las

acciones de protección social en salud, para proveer los

servicios de salud en los términos de la Ley General de Salud

y normatividad aplicable.

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2. Sistema Unificado de Gestión (SUG)

Un mecanismo para conocer la calidad percibida de los servicios

de salud se logra mediante la atención y seguimiento de las quejas,

sugerencias, felicitaciones o solicitudes de gestión que expresan

los beneficiarios a través de diversas fuentes como el buzón de

atención, módulo de atención, centro de atención telefónica, entre

otros.

Las solicitudes de atención constituyen un elemento fundamental

de la percepción del servicio otorgado en los establecimientos de

salud, por lo cual, la Dirección General de Calidad y Educación en

Salud (DGCES) y la Comisión Nacional de Protección Social en

Salud, unieron esfuerzos para crear el Sistema Unificado de

Gestión.

El Sistema pretende incrementar con transparencia la capacidad

resolutiva de los establecimientos de salud en lo referente a las

solicitudes de atención de los usuarios, establecerá canales de

comunicación eficaces y eficientes entre los prestadores de

servicios de salud y la ciudadanía, unificará criterios para la gestión

y seguimiento de dichas solicitudes, fortaleciendo la comunicación

entre los usuarios, los prestadores de servicios de salud, el

Representante Estatal de Calidad y el Régimen Estatal de

Protección Social en Salud.

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3. Gestor del Seguro Popular

En el proceso de mejora continua de los servicios de salud, el

Gestor es el profesionista de áreas afines a la salud, cuya función

principal está enfocada a la Tutela de Derechos de los afiliados al

Sistema de Protección Social en Salud, mediante acciones de

gestión y enlace entre el prestador de servicios de salud, el

Régimen Estatal de Protección Social en Salud y el beneficiario, en

apego a la normatividad aplicable vigente.

Las ocho funciones sustantivas establecidas en el Manual del

Gestor del Seguro Popular, que debe realizar para dar

cumplimiento a la Tutela de los Derechos son:5

Asesorar:

Al beneficiario respecto a las generalidades del Sistema de

Protección Social en Salud, así como sus derechos y

obligaciones.

Al operador del Módulo de Afiliación y Operación, personal de

Sistema Nominal en Salud (SINOS), personal de seguridad y

limpieza del establecimiento de salud y al público usuario de los

servicios de salud, sobre las carteras de servicios vigentes para

los afiliados, generalidades del Sistema de Protección Social en

Salud y la figura del Gestor del Seguro Popular.

5 Manual del Gestor del Seguro Popular del Sistema de Protección Social en Salud, México D.F., 2014

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Capacitar:

Al prestador de servicios sobre la importancia de informar al

beneficiario respecto a la atención médica que recibe, el

correcto manejo del Catálogo Universal de Servicios de Salud,

la Red de Prestadores de Servicios de Salud, y los

medicamentos e insumos asociados a las carteras de servicios

del Sistema de Protección Social en Salud.

Verificar:

Que los servicios otorgados a los afiliados sean de calidad, el

surtimiento de la receta médica y la consecución de la garantía

de no pago.

Reportar:

Quejas no resueltas relacionadas con el cumplimiento de los

derechos de los afiliados.

Participar:

En el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente, para dar

seguimiento a las inconformidades por la atención médica

recibida, en la aplicación de la cédula del Modelo de Supervisión

y Seguimiento Estatal de Servicios de Salud.

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Validar:

Expedientes del Programa Seguro Médico Siglo XXI, Catálogo

Universal de Servicios de Salud, Fondo de Protección contra

Gastos Catastróficos, Compensación Económica (Portabilidad)

y servicios subrogados.

Promover:

Con el beneficiario sus derechos y obligaciones adquiridos al

afiliarse al sistema, así como el rol que desempeña el Gestor

del Seguro Popular como enlace entre el beneficiario y el

Prestador de Servicios.

Realizar:

Censo nominal de pacientes beneficiarios del Sistema de

Protección Social en Salud que reciban atención en la unidad

médica.

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4. Evaluación de la Satisfacción del Usuario del Sistema de

Protección Social en Salud

Es un instrumento estandarizado elaborado por la Secretaría de

Salud que es aplicado por los Regímenes Estatales de Protección

Social en Salud para evaluar a nivel nacional la satisfacción de los

beneficiarios, en relación a la atención recibida por la cobertura de

las carteras de servicios del Sistema.

Para la utilización del instrumento, cada una de las entidades

federativas seleccionará una muestra representativa de usuarios y

aplicará la “Cédula de Satisfacción del Usuario del Sistema” que

establezca la Comisión.6 Estos cuestionarios se conformaran de

ítems abiertos y cerrados.

La Comisión Nacional de Protección Social en Salud a través de la

Dirección General de Gestión de Servicios de Salud determinará,

en coordinación con las entidades federativas, los periodos en que

se llevarán a cabo dichas evaluaciones y supervisará su aplicación

de forma congruente y dará seguimiento a las observaciones

detectadas proporcionará respuesta a la brevedad posible.

Los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud en

coordinación con los responsables de redes de operación del

Sistema, deberán aplicar la encuesta. Se evaluará la satisfacción

6 Lineamientos para evaluar la satisfacción del usuario del Sistema de Protección Social en Salud. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2007.

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del beneficiario en las 32 entidades federativas, integrando el

análisis a nivel local, municipal, jurisdiccional y estatal.

5. Estándar de competencia para la Tutela de Derechos de los

Beneficiarios

El Sistema Nacional de Competencias, promovido por el Consejo

Nacional de Normalización y Certificación de Competencias

Laborales, es un Instrumento del Gobierno Federal que contribuye

a la competitividad económica, al desarrollo educativo y al progreso

social de México, con base en el fortalecimiento de las

competencias de las personas.

De acuerdo al Índice de Competitividad del Foro Económico

Mundial 2013-2014, México ocupa el lugar 55 de una lista de 148

países y es superado por varios países de la región, tales como

Puerto Rico (30), Chile (34), Panamá (40) y Costa Rica (54)

(Secretaría de Educación Pública, 2014) .

El Sistema de Protección Social en Salud al impulsar la

competencia en Tutela de Derechos contribuye a mejorar el

desarrollo personal y profesional del trabajador con experiencias,

habilidades y destrezas, capaces de gestionar el cumplimiento de

los derechos del afiliado, conforme a lo establecido en la Ley

General de Salud en Materia de Protección Social en Salud; al

cumplir con las funciones que se les encomienda, desde que

atiende al afiliado identificando su requerimiento, validando la

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cobertura, y evaluando las acciones realizadas para la conclusión

de la atención.

H. Capacitación y Desarrollo Humano

El Departamento de Recursos Humanos para la Salud de la

Organización Mundial de la Salud considera importante el acceso

equitativo a un personal sanitario, formado, competente y que

cuente con apoyo, con el fin de contribuir a alcanzar el grado más

alto posible de salud (Organización Mundial de la Salud, s.f.).

Capacitación

Es una actividad sistemática cuyo propósito es preparar,

desarrollar e integrar a los recursos humanos del Sistema de

Protección Social en Salud, mediante la adquisición y

consolidación de conocimientos, habilidades y aptitudes para

mejorar su desempeño y dirigir a las personas para su

profesionalización; así mismo facilita su adaptación a las

exigencias del entorno.

La capacitación perfecciona los conocimientos técnicos,

proporciona las herramientas para el desempeño eficiente de sus

funciones asignadas y de esta manera lograr resultados en

términos de calidad; además, permite contar con las habilidades

para la resolución de problemas y proponer estrategias para la

mejora continua.

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Desarrollo Humano

Se refiere a la educación que recibe una persona para el

crecimiento profesional a fin de estimular la efectividad en el cargo.

Tiene objetivos a largo plazo y desarrollar actitudes relacionadas

con una determinada filosofía que la institución requiere.

El desarrollo humano transmite transformación y una nueva visión,

es de carácter intelectual, se imparte en la institución y se identifica

con el saber, el saber hacer y el ser.

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Subsistema de Información

El objetivo del trabajo de la Organización Panamericana de la Salud

de la Organización Mundial de la Salud en el área de los sistemas

de información es mejorar la información en salud en la cual se

basan entre otros la toma de decisiones y el planeamiento de

programas. Se ha tomado en los últimos años la iniciativa de

desarrollar y sostener un plan regional de fortalecimiento de los

sistemas de información en salud y se ha aliado con otras iniciativas

con el objetivo de acompañar a los países en la producción de

mejores estadísticas (Organización Panamericana de la Salud.

Organización Mundial de la Salud, s.f.).

De conformidad con los términos previstos en el Acuerdo de

Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social

en Salud en las Entidades Federativas, el Anexo IV establece:

De conformidad con lo establecido en el artículo 77 bis 15

fracción I de la Ley General de Salud y en el lineamiento cuarto

del Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la

transferencia de los recursos federales correspondientes al

Sistema de Protección Social en Salud, "EL ESTADO" podrá

destinar recursos transferidos por la federación por concepto

de cuota social y aportación solidaria federal, para el

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desarrollo de sistemas de información que permitan dar

seguimiento a los pacientes, a sus familias, a las acciones

dirigidas a la persona de las intervenciones contenidas en el

Catálogo Universal de Servicios de Salud y a contenidos

relacionados con la infraestructura física y recursos humanos

que favorezcan a los beneficiarios del Sistema; así como para

adquisición de bienes informáticos, licencias de usos de

sistemas de información y la incorporación de servicios y

equipo telemático, instalaciones, conectividad (radio,

telefonía, VPN y/o Internet), para las unidades médicas que

presten servicios de salud a los beneficiarios en zonas de

cobertura del Sistema.

El Anexo V establece:

Es responsabilidad de “La Entidad”, desarrollar un sistema de

información que permita dar seguimiento a los pacientes, a su

familia, a las acciones dirigidas a la persona, de las

intervenciones contenidas en el Catálogo Universal de

Servicios de Salud, en los términos previstos por el Anexo IV

del Acuerdo de Coordinación, el cual deberá contener al

menos los siguientes rubros:

a) Prestador de servicios (nombre de la unidad, clave

CLUES).

b) Número de póliza de afiliación.

c) Nombre del beneficiario.

d) Padecimiento del CAUSES que es atendido.

e) Fecha de Atención.

f) Clave Única de Registro de Población.

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Así mismo, deberá reportar de forma mensual mediante el

mecanismo que establezca la Comisión Nacional de

Protección Social en Salud, la atención que reciban los

afiliados en las unidades médicas de primero, segundo y

tercer nivel de atención, de acuerdo con las intervenciones

contenidas en Catálogo Universal de Servicios de Salud

vigente.

Será responsabilidad de “La Entidad”, la conservación y

custodia de la documentación comprobatoria de los registros

generados por la atención proporcionada, que avale el informe

remitido, misma que deberá mantener a disposición de la

Comisión Nacional de Protección Social en Salud, así como

de los entes fiscalizadores competentes.

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Conclusiones

De acuerdo a diversos organismos de evaluación nacionales e internacionales, para promover la Cobertura

Universal en Salud, el Sistema de Protección Social en Salud constituye un elemento clave en hacer

accesibles servicios integrales que hagan efectiva la garantía constitucional a la salud.

En México, a través del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se han establecido líneas de acción que

fortalecerán el acceso efectivo a servicios de salud, sin discriminación, por lo anterior, la Comisión Nacional

de Protección Social en Salud a través de la Dirección General de Gestión de Servicios de Salud, emite este

Modelo de Tutela de Derechos como un esquema de orientación para establecer estrategias de coordinación

que incidan en la calidad de los servicios.

Se han realizado esfuerzos para garantizar la Cobertura Universal en Salud de los mexicanos, mediante la

integración de las instituciones implicadas que favorezca el cumplimiento de objetivos y metas con

trascendencia a nivel nacional para promover la satisfacción de los usuarios de los servicios de salud.

(Instituto de Investigación Científica - Universidad de Lima, 2014)

“Cuando te comprometes profundamente con lo que estás haciendo,

cuando tus acciones son gratas para ti y, al mismo tiempo, útiles para

otros, cuando no te cansas de buscar la dulce satisfacción de tu vida

y de tu trabajo, estás haciendo aquello para lo que naciste”.

Gary Zukav

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SEGURO POPULAR GUSTAVO E. CAMPA NO. 54, COL. GUADALUPE INN, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN,

MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, C.P. 01020 www.seguro-popular.salud.gob.mx