minuta cesion derechos pencahue

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MINUTA COMPRAVENTA Comparecen: don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad tres millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos dieciséis guión cero, domiciliado en calle Alejandro Cruz Vergara sin número, comuna y ciudad de Pencahue, de paso por esta ciudad, en adelante “el vendedor”; y doña MARIA BEGOÑA GOMEZ ROBLES, chilena, soltera, administrativa bancaría, cédula nacional de identidad número siete millones ciento cincuenta y siete mil setecientos diez guión cuatro, domiciliada en calle treinta oriente número novecientos sesenta departamento trescientos dieciséis, Condominio San Agustín, ciudad de Talca, en adelante “la compradora”, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas citadas y exponen: PRIMERO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, es dueño de acciones y derechos en un predio agrícola denominado ¨Pencahue¨ 1

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Minuta

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Page 1: Minuta Cesion Derechos Pencahue

MINUTA

COMPRAVENTA

Comparecen: don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, chileno, casado y

separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad tres

millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos dieciséis guión cero,

domiciliado en calle Alejandro Cruz Vergara sin número, comuna y ciudad de

Pencahue, de paso por esta ciudad, en adelante “el vendedor”; y doña MARIA

BEGOÑA GOMEZ ROBLES, chilena, soltera, administrativa bancaría, cédula

nacional de identidad número siete millones ciento cincuenta y siete mil

setecientos diez guión cuatro, domiciliada en calle treinta oriente número

novecientos sesenta departamento trescientos dieciséis, Condominio San

Agustín, ciudad de Talca, en adelante “la compradora”, los comparecientes

mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas citadas y

exponen:

PRIMERO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, es dueño de acciones y

derechos en un predio agrícola denominado ¨Pencahue¨ ubicado en la comuna

de Pencahue, y deslinda: al NORTE y SUR, Oscar Rodríguez; al ORIENTE y

PONIENTE, Sucesión Leppe. Lo adquirió por compra a Orlando Leppe

Poblete, chileno, agricultor, casado con doña Blanca Corvalán Pinochet,

representados según se acreditó, por don Dionisio Leppe Corvalán, agricultor,

casado y separado de bienes; a doña Emilia Helvecia Gomez Leppe,

agricultora, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditó; a doña

Gabriela Evacia Gomez Leppe, técnico laborante, casada y autorizada por su

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Page 2: Minuta Cesion Derechos Pencahue

cónyuge, según se acreditó; a don Luis Alejandro Gomez Bravo, ingeniero

eléctrico, casado; a don Jaime Mauricio Gomez Bravo, empresario, casado; a

doña Carmen Gloria Gomez Bravo, corredora de seguros, casada y separada

totalmente de bienes, según se acreditó; a doña Claudia Marina Gomez Bravo,

labores de casa, casada y autorizada por su cónyuge, según se acreditó; y a

doña Carmen Bravo Toledo, labores de casa, viuda, todos con domicilio común

para estos efectos en la comuna de Pencahue, celebrado el 16 de junio de

1994, ante el notario de Talca, don Juan Bianchi Astaburuaga. La propiedad se

encuentra inscrita fojas seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro número cuatro

mil veinte, del Registro de Propiedades, del Conservador de Bienes Raíces de

Talca, año 1994. Rol número 103-12. Se exceptúa parte expropiada según

inscripción número dos mil seiscientos cuarenta y tres, del Registro de

Propiedades, del Conservador de Bienes Raíces de Talca, año 1998.

SEGUNDO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, viene en vender, ceder y

transferir , todas las acciones y derechos que les corresponden en la propiedad

singularizada en la cláusula primera del presente instrumento, a doña MARIA

BEGOÑA GOMEZ ROBLES, quien los acepta, compra y adquiere para sí.-

TERCERO: El precio de esta cesión es la suma única y total de ocho millones

quinientos mil pesos ($8.500.000.-), monto que la compradora paga, en este

acto, al contado en dinero en efectivo, declarando el vendedor, recibir dicha

suma a su entera satisfacción y total satisfacción, otorgando cancelación y

completo finiquito respecto del pago del precio.

CUARTO: La venta se hace como cuerpo cierto, en el estado en que se halla,

actualmente, la propiedad vendida, con todo lo plantado y edificado, con sus

derechos, usos y costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo

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Page 3: Minuta Cesion Derechos Pencahue

gravamen, litigio, prohibición, embargo y expropiación. Responderá, el

vendedor, del saneamiento de acuerdo a la ley, declarando la compradora

conocer el estado de la propiedad objeto del presente contrato.-

QUINTO: Todos los gastos e impuestos que se generen a causa y como

consecuencia del otorgamiento del presente instrumento, son de cargo de

ambas partes por mitades.-

SEXTO: Ambas partes renuncian a cualquier acción civil resolutoria y a

cualquier otra, de la naturaleza que sea, que directa o indirectamente tenga por

finalidad dejar sin efecto o anular el presente contrato.-

SEPTIMO: Las partes otorgan a las obligaciones presentes y futuras contraídas

por este contrato, el carácter de indivisible, entendiéndose por lo tanto, que la

muerte de cualquiera de los contratantes en este acto no suspende ni deja sin

efecto las obligaciones que les ha impuesto este contrato, autorizando en

consecuencia, que tales obligaciones las asuman sus herederos, conforme con

las disposiciones del artículo mil quinientos veintiocho del Código Civil.-

OCTAVO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura, para

requerir y firmas las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que

procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces

respectivo.

NOVENO: Para todos los efectos legales y judiciales de este contrato de

compraventa, las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca, prorrogando la

competencia para antes sus Tribunales.

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