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Vicerninisterio de Transportes Descentralizádó
PERÚ Ministet o de Transportes y Comunicaciones
"Año del Buen Servicio al Ciudadano"
CONVENIO ENTRE EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO - PROVEAS DESCENTRALIZADO Y LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
CONVENIO N°195-2017-MTC/21
Conste por el presente documento el convenio de gestión que celebran:
• EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO, con Registro Único de Contribuyente N° 20380419247, domiciliado en el Jr. Camaná N° 678 piso 11 del Cercado de Lima, en adelante PROVEAS DESCENTRALIZADO, representado por su Directora Ejecutiva (e) Ing. PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA, identificada con DNI N° 22506576, designada por Resolución Ministerial N° 1091-2016 MTC/01; y,
La Municipalidad Provincial de Ica, en adelante LA MUNICIPALIDAD, con RUC N° 20142167744, domicilio en Av. Municipalidad N° 182, distrito, provincia y departamento de lca, debidamente representada por su alcalde PEDRO CARLOS RAMOS LOAYZA, identificado con DNI N° 21482739, de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
1. Constitución Política del Perú. 2. Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC. 3. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. 4. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias. 5. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 6. Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 7. Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. 8. Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, que crea el Proyecto Especial de Infraestructura de
Transporte Descentralizado — PROVEAS DESCENTRALIZADO. 9. Decreto Supremo N° 008-2007-EF, que aprueba los lineamientos para la distribución y
ejecución de los Fondos Públicos de los gobiernos locales provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
10. Decreto Supremo N° 009-2017-EF, que aprueba un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.
11. Resolución Ministerial N° 115-2007-MTC/02, que aprueba el Manual de Operaciones de PROVEAS DESCENTRALIZADO, modificada por Resolución Ministerial N° 408-2014- MTC/02.
12. Resolución Viceministerial N° 006-2017-MTC/02, que faculta al Director Ejecutivo de PROVEAS DESCENTRALIZADO a suscribir convenios.
13. Resolución Directoral N° 032-2017-MTC/21, de fecha 30.01.2017, que aprueba el Instructivo N° 03-2017-MTC/21 — Instructivo Financiero de Transferencias Programáticas Condicionadas de Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales y Regionales con uso de la Extranet de Provías Descentralizado.
14. Resolución Directoral N° 061-2016-MTC/21, de fecha 03.02.16, que aprueba el Instructivo N° 02-2016-MTC/21 "Instructivo para el Seguimiento y Monitoreo de la Ejecución
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Descentralizada del Mantenimiento Rutinario en Caminos Vecinales a cargo de los Gobiernos Regionales Locales, Provinciales (GL — IVP) con Financiamiento de Recursos Ordinarios".
15. Acuerdo de Concejo Municipal N't0/. H/OS , que aprueba la suscripción del presente convenio.
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
2.1. PROVÍAS DESCENTRALIZADO, es la Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrita al Viceministerio de Transportes, resultante de la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental — Provías Departamental y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural — Provías Rural, dispuesta por Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, habiendo asumido las competencias y funciones de los proyectos fusionados.
2.2. LA MUNICIPALIDAD, según lo establecido en la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. En tal sentido, LA MUNICIPALIDAD es el órgano promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2.3. El Decreto Supremo N° 008-2007-EF "Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios", define por transferencias programáticas a los fondos públicos cuya ejecución en los ámbitos de los gobiernos locales verificados está condicionado al cumplimiento de las políticas nacionales para la superación de la pobreza, disponiéndose el monitoreo y evaluación de los resultados establecidos en el convenio de gestión que se suscriba. De este modo, para la transferencia de los fondos públicos correspondiente a los programas y proyectos sociales, PROVIAS DESCENTRALIZADO suscribirá convenios de gestión con los gobiernos locales verificados, en los cuales se establecerán los compromisos de las partes.
2.4. A través de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, se han aprobado recursos presupuestales destinados a actividades de mantenimiento rutinario, los cuales han sido asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA de LA MUNICIPALIDAD.
'a° .• 2.5. Mediante Decreto Supremo N° 009-2017-EF se aprueba el "Crédito Suplementario en
`,•? el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, destinados a la continuidad de Proyectos de Inversión Pública y Acciones de Mantenimiento a favor de diversos
soEscalSFp Gobiernos Nacional, Regionales y Locales".
2.6. Con Memorando N° 325-2017-MTC/21.UGTR, de fecha 21.02.2017, la Unidad Gerencial de Transporte Rural de PROVIAS DESCENTRALIZADO solicitó la elaboración de los Convenios de Gestión para el Servicio del Mantenimiento Rutinario a nivel nacional, para un total de 88 gobiernos locales.
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CLÁUSULA TERCERA: OBJETO
Es objeto del presente convenio, establecer los compromisos y responsabilidades entre PROVÍAS DESCENTRALIZADO y LA MUNICIPALIDAD para la ejecución del mantenimiento rutinario de las vías vecinales que se especifican en el Anexo 1 que forma parte del presente convenio.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Mediante el presente convenio, LA MUNICIPALIDAD se compromete a:
■ Formular y registrar el presupuesto asignado al mantenimiento rutinario de los caminos vecinales de acuerdo a la estructura programática funcional correspondiente, según la normatividad vigente de Presupuesto Público.
Ejecutar eficaz y eficientemente el mantenimiento vial rutinario con participación del Instituto Vial Provincial — IVP como organismo técnico especializado de la gestión vial.
■ Cumplir con remitir a PROVÍAS DESCENTRALIZADO el informe de gestión sobre el mantenimiento rutinario realizado, tomando en cuenta los indicadores y metas establecidos por PROVÍAS DESCENTRALIZADO.
■ Comunicar a la Oficina de Coordinación Zonal de PROVÍAS DESCENTRALIZADO cualquier modificación que se suscitara en el clasificador de rutas de los caminos consignados en el Anexo I, con la finalidad de tomar las acciones correspondientes, bajo responsabilidad.
■ Presentar la liquidación del contrato, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario de concluido el mantenimiento, de acuerdo a las normas y directivas vigentes. Caso contrario, no se incluirá en el proceso de formulación y programación del presupuesto del siguiente periodo.
■ Destinar los recursos asignados única y exclusivamente en el mantenimiento rutinario de los tramos detallados en el Anexo I del presente convenio.
Por su lado, PROVÍAS DESCENTRALIZADO se compromete a:
Realizar el monitoreo y evaluación respecto al cumplimiento del presente convenio, a través de las Unidades Gerenciales de Transporte Rural, Administración y Desarrollo Institucional, según sus competencias.
■ Comunicar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, así como al Órgano de Control Institucional de LA MUNICIPALIDAD, el uso de los recursos asignados en otras intervenciones distintas a mantenimiento rutinario, o en tramos diferentes a los autorizados en el Anexo l del presente convenio.
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CLÁUSULA QUINTA: METAS E INDICADORES DE GESTIÓN
LA MUNICIPALIDAD, mediante la ejecución del servicio de mantenimiento rutinario, mantendrá en condiciones de transitabilidad permanente los tramos que se encuentran detallados en el Anexo I. PROWAS DESCENTRALIZADO realizará el monitoreo y evaluación del cumplimiento de este convenio, promoviendo la participación de LA MUNICIPALIDAD para alcanzar la meta de los indicadores siguientes:
ASPECTO INDICADORES UNIDAD
DE MEDIDA
META INSTRUMENTO
Ficha N° 3 (GEMA), presentado
• Estado de Tramo 100% de mensualmente por LA transitabilidad caminos MUNICIPALIDAD, según
Transitabilidad de las vías vecinales el Anexo II. de las vías transferidas comprendidos
en el Anexo I en buen estado de transitabilidad.1
Informes de Visitas de Campo e Inspecciones realizadas por PVD.
• Número de kilómetros con 100% caminos Contratos suscritos por contrato de mantenimiento/
contenidos en el Anexo I
LA MUNICIPALIDAD.2
Número de Porcentaje cuentan con kilómetros contratos de Reporte financiero
Gestión del contenidos en mantenimiento presentado por mantenimiento el Anexo I. vial. LA MUNICIPALIDAD.3
• Avance financiero en Ficha Técnica de relación al Porcentaje 100% recursos Seguimiento y control monto ejecutados en mensual, según el Anexo contratado. cada periodo III.
En los casos que LA MUNICIPALIDAD incumpliera con el envío mensual de la Ficha N° 03 (GEMA) y del informe financiero, PROVÍAS DESCENTRALIZADO suspenderá el trámite de autorización de las asignaciones financieras ante el Ministerio de Economía y Finanzas hasta que se regularice la presentación de los mismos. De persistir el incumplimiento, se aplicará lo establecido en la Cláusula Sétima del presente convenio, poniendo en conocimiento del MEF.
1 De acuerdo con la aplicación de la Ficha GEMA, que se adjunta en el Anexo II del presente convenio. 2 En el plazo que no exceda los 05 días hábiles de su suscripción. 3 Según Instructivo financiero N° 03-2017-MTC/21, emitido por PROVIAS DESCENTRALIZADO, la Municipalidad Provincial informa mensualmente los
avances financieros registrados vía extranet de los recursos transferidos para el mantenimiento rutinario.
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CLÁUSULA SEXTA: DEL SISTEMA DE MANTENIMIENTO
El mantenimiento rutinario de los caminos vecinales se ejecutará de manera tercerizada. LA MUNICIPALIDAD podrá solicitar la asistencia técnica a PROVÍAS DESCENTRALIZADO para optimizar el servicio de mantenimiento.
LA MUNICIPALIDAD aplicará el Sistema GEMA (Gestión del Mantenimiento Vial) o cualquier otro sistema que establezca PROVIAS DESCENTRALIZADO como un mecanismo técnico para determinar los costos y evaluación de la transitabilidad del camino vecinal.
CLÁUSULA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
El presente convenio se resolverá de pleno derecho, de producirse cualquiera de las siguientes causales:
Por mutuo acuerdo entre las partes, el mismo que deberá ser expresado por escrito. En este caso, una de las partes deberá comunicar a la otra su voluntad de resolver el convenio, en tanto la otra parte deberá responder en un plazo no mayor de quince (15) días de notificado.
Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento, o en el supuesto que se produzca algún impedimento de carácter legal, presupuestal, administrativo, u otra índole, para la implementación de este convenio. En este supuesto, se sigue el procedimiento establecido en el anterior acápite.
Por incumplimiento de cualquiera de las partes a las obligaciones establecidas o compromisos asumidos en el presente convenio. En este supuesto, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de obligaciones en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de resolver el convenio de mantenerse el incumplimiento. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada podrá resolver el convenio comunicando dicha decisión.
A solicitud de cualquiera de las partes, previa comunicación por escrito, con una anticipación de cinco (05) días hábiles a la fecha de resolución.
La comunicación de resolución del convenio no libera a las partes, bajo ninguna circunstancia, de los compromisos asumidos durante la vigencia del mismo.
CLÁUSULA OCTAVA: VIGENCIA
El presente convenio tendrá vigencia desde el día siguiente a su suscripción hasta el 31 de diciembre del año 2017.
CLÁUSULA NOVENA: MODIFICACIONES
Cualquier asunto no previsto en el presente convenio podrá ser contemplado de mutuo acuerdo mediante la suscripción de adendas, las que, debidamente suscritas por las partes, formarán parte integrante del presente convenio. Asimismo, respecto de los términos y condiciones pactados, se podrán efectuar los ajustes, mejoras y modificaciones que las partes consideren conveniente.
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En caso el Ministerio de Economía y Finanzas apruebe nuevas transferencias para mantenimiento rutinario de los caminos vecinales, PROVIAS DESCENTRALIZADO evaluará la suscripción de otro convenio o, en su defecto, la proyección de adendas a este convenio, siempre que se trate de las mismas partes, los mismos tramos, el mismo tipo de transferencia, entre otros aspectos sustanciales.
CLÁUSULA DÉCIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Ante cualquier controversia resultante de la ejecución del presente convenio, las partes tratarán de darle solución conforme a las reglas de la buena fe y común intención, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del momento en que se comunica a la otra parte de la controversia o discrepancia suscitada.
Las partes declaran conocer el contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas del presente convenio, y se comprometen a respetarlas, señalando que no media vicio o error que pudiera invalidarlas.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LOS DOMICILIOS
Para los efectos que se deriven del presente convenio, las partes fijan como sus domicilios los señalados en la parte introductoria, donde se cursarán las comunicaciones que correspondan.
Cualquier variación domiciliaria, durante la vigencia del presente convenio, producirá sus efectos después de los cinco (05) días hábiles de notificada a la otra parte, caso contrario, toda comunicación o notificación realizada a los domicilios indicados en la introducción del presente documento se entenderá válidamente efectuada.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Queda establecido que LA MUNICIPALIDAD asume plena y exclusiva responsabilidad por la legalidad de su procedimiento de selección y de la ejecución contractual referida al proyecto de inversión pública objeto del presente convenio.
Estando ambas partes de acuerdo, firman el presente convenio en dos (02) ejemplares, en la ciudad de Lima a los
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Anexo III
FICHA TÉCNICA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
Periodo : del al
I.- DATOS DEL PROYECTO:
Nombre del Camino vecinal: Código SNIP : Número de Ruta : Longitud : Km. Departamento Provincia Distrito
II.- CARACTERISTICAS TECNICAS GENERALES DEL PROYECTO:
Longitud del camino en mantenimiento Tipo de superficie de rodadura Alcantarillas TMC Alcantarillas de concreto Alcantarillas con maderamen Muros secos Badenes Cunetas Pontones y Puentes Señalización
III.- DATOS GENERALES N° de Proceso de selección
2. Valor Referencia! Km Costo km-mes Plazo (Tiempo, mes y/o días) •
3. Contrato del Servicio de Mantenimiento: N° Fecha de Suscripción
4. Contratista • 5. Monto del Contrato del Servicio :S/. (con IGV ó sin IGV)
Jefe de Mantenimiento :S/. (mensual) N° de trabajadores Jornal diario o horario (especificar) :S/. Póliza de responsabilidad civil (prima-anual) :S/. Plan de protección vital (ESSALUD) :s/. (mensual) Uniformes :S/ (especificar)
6. Plazo de ejecución (mes y/o días naturales)
7. Fecha de entrega de terreno 8. Fecha de inicio del mantenimiento 9. Fecha de término de plazo contractual
IV. SITUACIÓN DEL SERVICIO
A. ASPECTO TÉCNICO Síntesis de lo ejecutado en el mes
B. ASPECTO ECONÓMICO 1. N° Valorizaciones Tramitadas : 2. N° Valorizaciones Pagadas : 3. Monto valorizado en el mes : S/. 4. Observaciones:
con IGV ó sin IGV
V. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA:
1. Fotografías de la obra. 2. Otra que se considere necesaria.
Firma/sello
Responsable Fecha Nombre
GERENCIA DE PRESUPUESTÓ, PLANIFICACIÓN Y
RACIONALIZACIÓN
SUB— GERENCIA DE PRESUPUESTO
PROVINCIAL DE
I CA
.4110111WW1 .
"AÑO DEL BUEN SERVICIO. Á.I. CIUDADANO"
INFORME N°Z53 -2017-SGP-GPPR-MPI.
neleALIOAD PROVeICIA1.. oenseopi eVi4111.141: DYL ,101;
SEÑORA
ASUNTO
Econ. DORIS ANGELA CASTILLO HUARANGA. Gerente de Presupuesto, Planificación y Racionalización.
Sustento aclaratorio sobre la Incorporación de . Recursos. Ordinarios para la Continuidad de las Acciones de Mantenimiento, Autorizados por el D. S. N° 009-2017- EF.
REF. D. 5. N° 009-2017-EF.
Informe N° 137-2017-SGP-GPPR-MPI.
FECHA 15 de Marzo del 2017.
Es grato dirigirme a usted, para saludarla cordialmente. y comunicarle que el día de ayer (14.03.2017), en horas de la tarde, se ha tenido una Reunión de CoOrdinación con los señores Edwin Tuesta — Coordinador Zonal lea de PROVIAS Descentralizado, Luisa Tordoya Risco — Especialista en Gestión Vial de la Oficina dé Coordinación Zonal de lea de PROVIAS Descentralizado y los señores del Instituto Vial Provincial (IVP) Ing. Ronald Núñez y Srta. Maribel Rubi Jurado, sobre la Incorporación de los Recursos Ordinarios (Rubro 00) por el monto de SI. 141.152.00 Soles, autorizados por el Decreto Supremo N° 0092017-EF, publicado el 24 de Enero del ario 2017 en el diario -El Peruano"; en dicha reunión se concluyó que esta Sub — Gerencia a mi cargo presentará una aclaración sobre dicha incorporación. como complemento al Informe N' 137-2017-SGP-GPPR-MEI. lo que sustento a continuación:
D De acuerdo a la Décima Octava Disposición Complementaria Pinal de la Ley N° 30518 — Ley de Presupuesto PR" De e- N 1.2. del Sector Público para el Año 2017, autorizase al Poder Ejecutivo para incorporar en: dichas entidades
(Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales), los créditos presupuestarios de la fuente de 15; financiamiento Recursos Ordinarios, no devengados al 31 de diciembre del 2016, para ejecutar dichos Q
y° cy
proyectos o las acciones de mantenimiento, según corresponda. La incorporación solo comprende los recursos para proyectos de inversión y para laS acciones de mantenimiento a que se refiere la presente disposición, que. se encuentren certificados al 31 de diciembre de 2016 La determinación del monto a ser incorporado considera como base de alelliQ el presupuesto institucional modificado al 31. de diciembre del 2016.
El Decreto Supremo N° 009-2017-EF, garantiza en dicho año la continuidad, entre otros, de las acciones .de mantenimiento Correspondientes a las partidas de gasto 2.3.1.6 (repuestos y accesorios), 2.3.1.11 (suministros para mantenimiento y reparación) y 2:12,21 (servicios de mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones), a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, corno se aprecia considera partidas de gastos, más no meta o actividad presupuestaria.
En ese sentido, la incorporación por parte del Pliego 300960 Municipalidad Provincial de lea. se realiza en base a las cadenas presupuestarias en que quedaron estos saldos al 31 de diciembre 2016, tal como se muestra en el siguiente reporte:
Av. Municipalidad N° 182 -1C.;
MUNICIPALIDAD .114-711 PROVINCIAL DE 110.4e icA.
GERENCIA DE PRESUPUESTO, PLANIFICACIÓN Y
RACIONALIZACIÓN
SUB- GERENCIA DE PRESUPUESTO
"AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO"
INFORME N°
Pág. N 0002
-2017-SGP-GPPR-IVIP1
CatPpial. ActiAllObr Mett A Rubro Esp det PIA PIM
Elac, tiiln 0even*,
Saldo .Presupuesbl
2016
0138 REDUCCION DEL COSTO, TIEMPO E INSEGURIDAD EN EL VSTEVA DE TRANSPORTE 5.001452 MANTENIMIENTO RUTINARIO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS , 0027 ' MANTEN IMIENT9 RUT INARIO DECAMINOS VECINALES NOPAVIMENTADO1
•
— ....,..,,..
• 357,431
351.:061
351.061
10.748 —...,... 10.748
10:748
216.27180 , '141.152.40 21286160
212.618,60
138.192,40
138192,40
11748,00
10.74113
11748.00
40A 16,00
40 A 16;00
40.416 00
10.80100
t0 811:00
10.895,00
76,132,40
76,1'4,40
76.13'2;40
z960.61
2.080,00
, 2080.00
2980i%
1,4%00 . 1.500,00
•00 RECT-30,S OROINAIIIQS 2.31 .6.1.99 OTROS ACCESORIOS Y REPUESTOS
I.
69:832.00
69532,00
69.632,00 00 . , .
1827390
', 71,00
18.773,00
124,46160
124:463:60
124.453;80
0172 "MANTENIMIENTO RUTINARIO DE:RED VIAL VECINAL NOPAVII1ENTADA TRAMO EMPALME R530- PACAYNIYOC- SAN JOSE DE CURIS- MARCCHANOA, DISTRITO '(AUCA DEL ROSARIO-
-__ 00 RECURSOS ORDINARIOS
2.a2.4.1.2 DE CARRETERA,1:PAMIN OS Y PUENTES
0.173 "MANTEN IMIENTO RUT INARIO DE RED VIAL, VECINAL N Q PAVIMENTADA TRAMO EMPALME IC 107- SAN ISIDRO DE CURIS, DISTRITO DE YAUCA DEL ROSARIO- ICA. ICA", . 00 RECUR:30S ORDINARIOS
2.3.2.4.1.2 DE cARRL1 ERAS, CAMINOS Y PUENTES ----- 0174 "rvIANTENIMIENTWITIMIIIWAL VECTI11.16-1VIMENTADA
TRAMO EMPALMEIC -106 (CASABLANCA)1...D HUANCAVEUQA, DISTRITO DE CO RECURSOS ORDINARIOS
2.3.2.4 1.2 DE CARRETERAS, CAMINOS Y PUENTES
110148
110.048
110.048
29.669
21669
.29,669
200.596
200.596
- 200.595
9002 ASIGNAC1ONES:PRESUPUESTARIAS OUE NORESULTAN EN PRODUCTOS
5.001062 PROGRAMAS DE COMPLEF,4ENTACION ALIMENTARIA
0063 "ORIN.DAR ASISTENCIA ALIMENTARLA A calomel' —
6:370
1.370
8.370.
6.370
4.870
1.500
3.410,00
3.410,00
3.410;00
3 .110.01
3.410,00 .
96 RECURSOS ORDINARIOS
2.3.1.11.1,6 MATERIALES DE ACONDICIONAMIENTO 2.3.2.4 1.5 DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS ---.- ---
TOTAL usicrsznotarirtd ni titty/inn17 ttb...,.-., Alá
367.431 216.278,80 141:15240 . nL i,j,uoj,.0 It tQ,
14/03/2017 1017
Como se puede observar, de los recursos autorizadós por el Decreto Supremo N° 009-2017-U, es por la suma de SI. 141,152.00 Soles, para la Actividad Presupuestaria 5001452 MANTENIMIENTO RUTINARIO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS le corresponde el monto de SI. 131;1,92.00 Soles y para. la, Actividad Presupuestaria 5001062 PROGRAMAS DE COMPLEMENTAC1ÓN ALIMENTARIA la ton-ad-ad de SI. 2;960.00 Soles.
Es cuánto itiforrnb a. Usted para los fitiel consig,ulentes.
Atentamente,
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL BE ICA .5ERJiCIAOE PP 1410EsT0 PLAI1110,0011
• cloNAuz 61.1
Mb" ........ ...... OSCAR RTIN ACRE MEZA
atItl,:,•,4' e n: PReF,I PvIsto Acii.:6500 folios. C. C.: Instituto Vial Provincial.
Archivo.
Av, Municipalidad N' 182 - 1CA WWW:iinun 1 iCa.go b.p e
SIAF - Módulo de Proceso Presupuestario ' •Versión 16.04.00
MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL NOTA N° 0000000016
DEPARTAMENTO . 11 1CA (EN NUEVOS SOLES)
PROVINCIA : 01 1CA
PLIEGO 01 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA 1300960]
MES :ENERO
FECHA DE SOLICITUD : 2610112017
TIPO DE MODIFICACION :002 CREDITOS SUPLEMENTARIOS
JUSTIFICACIÓN :Incorp.TranstRubro00-D.S.009.201T-EEpara.Mantenim,RuLCam.Vecin,segün Int, •2017•SGP•GPPR-MPI TIPO RECURSO : 0 RECURSOS ORDINARIOS
PRES_UPUESTO Ijkl. GASTO
Fé Hora
Pag.:
ESTADO : APROBADO
DATOS DEL PLIEGO
FECHA : 2710112617 DOCUMENTO : 2201 R.A.N• 063.2017-AMPI
PRO P OD/PRY ACTIACOBR FUN DIVP GRPF META RB TR CG TT G SG SGD ESP ESPD ANULACIÓN CREDITO
0138 30000133
006 0059309
00 0
9002 3999999
9110 0008825
00 0
5001452 15 033 0066 VIAS VECINALES
MANTENIMIENTO RUTINARIO DE CAMINOS VECINALES NO PAVIMENTADOS
RECURSOS ORDINARIOS
5 2.3 BIENES Y SERVICIOS
2.3. 1 COMPRA DE. BIENES
2.3 1 6 REPUESTOS Y ACCESORIOS
2.3. I 6. 1 REPUESTOS Y ACCESORIOS
2.3.1 6. 1 99 OTROS ACCESORIOS Y REPUESTOS
2.3, 2 CONTRATACION DE SERVICIOS
2.3.2 4 SERVICIO DE MANTENIMIENTO, ACONDICIONAMIENTO Y REPARACIONES
2.3.2 4. 1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO, ACONDICIONAMIENTO Y REPARACIONES
2,3.2 4. 1 2 DE CARRETERAS, CAMINOS Y PUENTES
5001062 23 051 0115 PROTECCION DE POBLACIONES EN RIESGO
BRINDAR ASISTENCIA ALIMENTARIA A COMEDORES
RECURSOS ORDINAROS
5 2.3 BIENES Y SERVICIOS
2.3. 1 COMPRA DE BIENES
2.3. 1 11 SUMINISTROS PARA MANTENIMIENTO Y REPARACION
2.3, 1 11. 1 SUMINISTROS PARA MANTENIMIENTO Y REPARACION
2.3.1 11. 1 6 MATERIALES DE ACONDICIONAMIENTO
2.3.2 CONTRATACION DE SERVICIOS
2.3.2 4 SERVICIO DE MANTENIMIENTO, ACONDICIONAMIENTO Y REPARACIONES 2.3.2 4 1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO, ACONDICIONAMIENTO Y REPARACIONES
2.3. 2 • 1 5 DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS
o
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138,192
138,192
135.192 138:9^
10.744 10,748
10,748
10,745
127.444
127,444
127,444
127,444
2,950
2.930
2,960
2,960
1.460
1.450
1,460
1.460
1.500
1 51) 15
1 5:23
TOTAL
141,152
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA GERENCIA DE jIFlESUPUESTOPLANIFICACION
AcIONALI CAN
Econ. OSCA MARTIN LACHE MEZA SUB DERE. E DE PRES, UES (O
t
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
ACUERDO DE CONCEJO N° yr i -2017-MPI
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EL CONCEJO MUNICIPAL DE ICA
VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 09 de marzo del 2017, el Oficio N°044-2016-MTC/21.ICA de fecha 29 de Diciembre del 2016, el Informe Legal N°017-
2017-GAJ-MPI-ECHH de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen de la Comisión de Transporte
y Circulación Vial de la Municipalidad Provincial de Ica, respecto a la propuesta de solicitud de autorización del Pleno del Concejo Municipal para: "Aprobar la celebración de convenios con PROVIAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el
-):,/ presente Ejercicio Fiscal 2017, autorizando al Alcalde Provincial para que en representación de la Municipalidad Provincial de Ica, suscriba los Convenios, en el marco de sus competencias, atribuciones, funciones", y;
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N° 27680 de Reforma Constitucional, concordante con el articulo II de la Ley N° 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades distritales y provinciales son órganos
locales que gozan de autonomía, economía, política y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción a Ley,
Que, la Ley N° 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, en su Art. IV numeral 1.1 referido al Principio de Legalidad, señala que las autoridades administrativas deben
actuar con respecto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas, concordante con lo previsto en
el Art. 5° numeral 3); que taxativamente señala que no se puede contravenir, ni infringir normas administrativas de carácter general.
Que, se conoce como Corivenio, al acuerdo de voluntades, al contrato, a la convención, que se desarrolla en función de un asunto general (Convenio Marco) o un asunto
específico (Convenio Especifico), Cabe resaltar que los convenios establecen normativas que se deben
cumplir, en los mismos que se plasman derechos y obligaciones: Pudiendo celebrarse los mismos entre personas naturales o jurídicas, públicas o privadas y de manera mixta, sin distinción alguna.
Que, mediante el Oficio N° 044-2016-MTC/21.ICA, de fecha 29 de diciembre del 2016, el Director Ejecutivo de PROVIAS DESCENTRALIZADO, economista Edwin Tuesta Vásquez,
solicita la autorización del Pleno del Concejo Municipal, para "Aprobar la celebración de Convenios con PROVIAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el presente
Ejercicio Fiscal 2017, autorizando al Alcalde Provincial para que en representación de la Municipalidad suscriba los Convenios, en el marco de sus competencias, atribuciones y funciones".
Que, dicha propuesta está debidamente respaldada en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades que establece con potestad del Concejo Municipal, aprobar la celebración
Avenida -Municipalidad N" 182 - ICA Teléfono: 056-229824 www.munilea.gob.pe
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
de Convenios de Cooperación Nacional e Internacional, a través de Acuerdos de Concejos, según lo
señala el artículo 9° inciso 26) y el artículo 20° inciso 23), donde se establece que son los Alcaldes,
quienes celebran actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones en su gestión.
Que, en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 09 de marzo del
2017, a propuesta del Señor Alcalde, Lic. Adm. Pedro Carlos Ramos Loayza, se puso a consideración del Pleno del Concejo Municipal, la aprobación de la celebración de Convenios con PROVIAS DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, durante el presente Ejercicio Fiscal 2017, autorizando al Alcaide Provincial para que en representación de la municipalidad, suscriba
los Convenios, en el marco de sus competencias, atribuciones y funciones, por lo que se sometió a votación dicha propuesta.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD el siguiente
ACUERDO:
PRIMERO.- APROBAR la Celebración de Convenios con PROVIAS , DESCENTRALIZADO del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, durante el presente Ejercicio
Fiscal 2017; en consecuencia AUTORÍCESE al Señor Alcalde Provincial. Lic. Adm. Pedro Carlos Ramos Loayza, para que en representación de la municipalidad, suscriba los Convenios, en el marco de sus competencias, atribuciones y funciones.
SEGUNDO.- DISPONER que por Secretaría General se proceda a publicar y notificar el presente Acuerdo de Concejo de conformidad a las normas contenidas en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
TERCERO.- ENCARGAR, a la Secretaría General, notificar el presente Acuerdo de Concejo a PROVIAS DESCENTRALIZADO, y a las Gerencias y Sub Gerencias pertinentes con las formalidades previstas de acuerdo a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Avenida Municipalidad N" 182 - 1CA "Ibléfono: 056-229824 WWW. nmniica.gob.pc