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Enviar comentarios u observaciones a las direcciones electrónicas siguientes: [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA FINES TERAPÉUTICOS Y CIENTÍFICOS MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR San Salvador, septiembre de 2013

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POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA FINES TERAPÉUTICOS Y

CIENTÍFICOS

MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR

San Salvador, septiembre de 2013

Ministerio de SaludViceministerio de Políticas de SaludViceministerio de Servicios de Salud

POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA FINES TERAPÉUTICOS Y CIENTÍFICOS

San Salvador, El Salvador2013

FICHA CATALOGRÁFICA.

2013 Ministerio de Salud.

Todos los derechos reservados. Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra, siempre que se cite la fuente y que no sea para la venta u otro fin de carácter comercial.Es responsabilidad de los autores técnicos de éste documento, tanto su contenido como los cuadros, diagramas e imágenes.

La documentación oficial del Ministerio de Salud, puede ser accesada a través de: http://asp.mspas.gob.sv/regulacion/default.asp

Tiraje: 1ª. Edición. 2013.Edición y DistribuciónMinisterio de SaludViceministerio de Políticas de SaludCalle Arce No. 827, San Salvador. Teléfono: 2205 7000Página oficial: http://www.salud.gob.svDiseño de proyecto gráfico:Diagramación:

Impreso en El Salvador por:

Ministerio de Salud. Viceministerio de Políticas de Salud. Viceministerio de Servicios de Salud. Dirección de Regulación y Legislación en Salud. Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos Humanos para Fines Terapéuticos y Científicos. San Salvador, El Salvador. C.A.

1. Ministerio de Salud.

INSTITUCIONES PARTICIPANTES EN LA ELABORACIÓN DE LA POLÍTICA

COMITÉ CONSULTIVO

Ministerio de Salud

Consejo Nacional de Trasplantes

Consejo Superior de Salud Pública

Instituto Salvadoreño del Seguro Social

Hospitales Privados

Contenido

Antecedentes 1

Marco Conceptual 5

Contexto referencial 9

Principios rectores 13

Objetivos 14

Estrategias y líneas de acción 15

Bibliografía 21

San Salvador, septiembre del año 2013.

Acuerdo No.____

1. Que de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 65 de la Constitución de la República, la

salud de los habitantes constituye un bien público, razón por la cual el Estado y las

personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento. La salud es

uno de los factores más determinantes en la consecución de los fines propuestos por

la Constitución, es por ello que la persona humana, constituye el principio y el fin de la

actividad estatal, tiene derecho a que se le asista, de forma preventiva y curativa.

2. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 128 del Código de Salud, el Ministerio de

Salud es el ente rector de la Política Nacional de trasplantes de órganos y tejidos

humanos con fines terapéuticos y científicos, por lo que debe elaborarla, en consulta

con el Consejo Nacional de Trasplantes.

3. Que de conformidad a la Política Nacional de Salud 2009-2014; en su estrategia 2

establece la capacidad del MINSAL para elaborar Políticas y Planes de salud,

garantizando la adecuada provisión y cobertura de servicios; dentro de los cuales se

debe considerar lo referido a los trasplantes de órganos y tejidos humanos, que

permitan la adecuada atención en salud de la población, que requiera de tales

trasplantes, y que permita el avance de la investigación científica en dicho tema.

4. Que de acuerdo a lo establecido en los considerandos anteriores y con el propósito de

garantizar este derecho, es necesario establecer estrategias y mecanismos que

permitan la provisión y cobertura sobre los trasplantes de órganos y tejidos humanos,

para la población que lo requiera.

POR TANTO:

En uso de las facultades legales conferidas ACUERDA emitir el siguiente:

POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS PARA

FINES TERAPÉUTICOS Y CIENTÍFICOS

I. Antecedentes.

En el año de 1954, en Estados Unidos se realizó el primer trasplante de órganos con éxito en

el mundo y consistió en un trasplante de riñón entre gemelos univitelinos. En 1967, se llevó a

cabo el primer trasplante de corazón al ser humano. La aparición de la ciclosporina, como

medicamento inmunosupresor en 1978, marcó un antes y un después en el control del

rechazo agudo. Hoy en día, los trasplantes de hígado, páncreas, pulmones, intestino y otros

órganos son rutinarios en muchos hospitales.

Actualmente, es posible trasplantar no solo los órganos vitales del cuerpo humano, sino

también, otros órganos no vitales, como la lengua, la mandíbula o la mano.

La donación y el trasplante de órganos se han convertido en una práctica médica frecuente

que ha transformado la vida de millones de personas a nivel mundial, a la vez que ha

repercutido en una serie de cambios ideológicos y sociales.

En El Salvador se han desarrollado con éxito iniciativas institucionales de trasplante renal de

donante vivo, desde el año 1985, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social,

posteriormente en los hospitales privados, el Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom y

recientemente en el Hospital Nacional Rosales. Actualmente, en nuestro país, la donación y

recepción de trasplantes de órganos y tejidos, se encuentran limitados únicamente a riñón de

donante vivo, cornea, hueso, piel, transfusiones sanguíneas y de fluidos; todos con escasa

legislación; por lo que el desarrollo del trasplante de otros órganos de donantes vivos y

cadavéricos, así como la regulación requerida, constituyen un reto para la garantía en el

acceso de la población que los necesita.

Cada año crece el número de trasplantes, pero también hay un crecimiento paralelo de las

personas en listas de espera para recibir un órgano. La escasez crónica de donantes y la

carencia de mecanismos para el desarrollo de trasplantes en El Salvador, puede paliarse a

través de la formulación de las legislaciones requeridas, el incremento de la tasa de donantes

y el fomento de la donación de personas vivas, siempre que sea posible; todo esto abre

nuevas posibilidades al trasplante de órganos, que han de ser acogidas con realismo,

esperanza y prudencia, no sólo desde el punto de vista científico, sino también por sus

repercusiones éticas.

La presente Política establece por primera vez en El Salvador, las bases legales y

administrativas para el desarrollo presente y futuro del trasplante de órganos y tejidos en el

País. Su implementación se debe desarrollar a través de la continuidad de acciones y

procesos dirigidos a preservar los esfuerzos que se realicen en materia de trasplante de

órganos y tejidos, incidiendo para que no sean vulnerados por factores políticos, culturales,

sociales, financieros, organizacionales o de otra naturaleza; considerando las limitaciones

propias en materia de recursos disponibles que las instituciones posean.

II. Marco Conceptual.

El humano es un ser que necesita convivir con otros para satisfacer las diversas necesidades

de tipo biológico, psicológico y emocional que pueden presentarse a lo largo de su vida. Para

aquellas necesidades que debido a su complejidad se trasforman en problemas,

históricamente se ha buscado mediante diversas estrategias dar solución a éstos. En este

sentido, uno de los aspectos críticos se presenta en la salud-enfermedad, dando cuenta de

los esfuerzos por idear diversas formas para atenuar o eliminar la causa de la necesidad-

problema que afecta la calidad y prolongación de la vida.

En el desarrollo de diversos intentos que den paso a la efectividad de los resultados y

superar los escenarios adversos, se han desarrollado avanzadas prácticas, las cuales han

sido un hito en salud. Es así como uno de los avances que destaca es la donación de

órganos y tejidos, que ha salvado y mejorado la calidad de vida de muchos pacientes.

Los trasplantes de órganos y tejidos humanos, consisten en transferir un tejido u órgano, de

su sitio original a otro diferente permaneciendo vivo; esto puede ser dentro de un mismo

individuo o bien de un individuo a otro. El propósito es restaurar las funciones perdidas de

ese órgano o tejido, substituyéndolo por uno sano; la clasificación de los trasplantes

dependiendo de la relación genética entre el donador y el receptor de un trasplante, puede

ser: auto trasplantes, cuando el donador y el receptor son la misma persona; isotrasplante:

cuando el donador y el receptor son genéticamente idénticos, como en el caso de los

gemelos univitelinos, (gemelos idénticos); alotrasplante: cuando el donador y el receptor, son

de la misma especie, pero genéticamente diferentes, por ejemplo dos humanos no

emparentados; xenotrasplante: cuando el donador y el receptor son de diferente especie, por

ejemplo de cerdo a humanos o de mono a humano.

La implementación de medidas preventivas efectivas han permitido un incremento en la edad

promedio de vida, esto aunado al incremento demográfico, las modificaciones en los estilos

de vida, y a los cambios económicos, sociales y culturales, han repercutido en un

incremento de las enfermedades crónico-degenerativas, cuyas consecuencias entre otras

son: la insuficiencia cardiaca, la insuficiencia hepática, la insuficiencia renal, insuficiencia

respiratoria y enfermedades malignas como las leucemias; todos padecimientos que

actualmente carecen de tratamiento definitivo, teniendo como única alternativa el trasplante

del órgano o tejido respectivo.

En nuestro país, el número de trasplantes está por debajo de las necesidades, más aún, son

insuficientes para la cantidad de pacientes que se encuentran a la espera de recibir un

trasplante, lo cual refleja el bajo impacto de las iniciativas anteriormente impulsadas.

También, las investigaciones evidenciadas en este ámbito son escasas y la temática se

concentra principalmente en noticias difundidas por los medios de comunicación masivos,

donde se exhibe el dolor y sufrimiento de las personas que están a la espera de un donante

con la finalidad de sensibilizar a la población.

Lo trascendental de la temática de los trasplantes de órganos y tejidos para la vida de

numerosas personas que requieren ser trasplantadas, intervenidas y reinsertadas en los

espacios sociales, lleva a identificar la imperiosa necesidad de la formulación y adecuación

de la legislación relacionada, la creación de planes, programas, estrategias e intervenciones

de corto y mediano plazo, que contribuyan a la salud integral de las personas y al bienestar

de la sociedad.

III. Marco Legal.

La creación e implementación de la presente Política tiene su fundamento legal en los

siguientes cuerpos normativos:

- Constitución de la República, Art. 65: “La salud de los habitantes de la República

constituye un bien público. El estado y las personas están obligados a velar por su

conservación y restablecimiento. Estado determinará la política nacional de salud,

controlará y supervisará su aplicación.”

- Declaración Universal de Derechos Humanos, Art. 25.1: “Toda persona tiene derecho

a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el

bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y

los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de

desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus

medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.”

- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Art. 12.1: “Los

Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute

del más alto nivel posible de salud física y mental.”

- Convención Sobre los Derechos del Niño, Art. 24.1: “Los Estados Partes reconocen el

derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el

tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se

esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos

servicios sanitarios.”.

- Principios Rectores de la OMS sobre Trasplante de Células, Tejidos y Órganos

Humanos.

- Código de Salud, Art. 128: “El Ministerio de Salud es el ente rector de la política

nacional de trasplantes de órganos y tejidos humanos con fines terapéuticos y

científicos, la elaborará en consulta con el Consejo Nacional de Trasplantes (CNT)”.

- Código de Familia, Art. 3: “El Estado está obligado a proteger a la familia, procurando

su integración, bienestar, desarrollo social, cultural y económico.” Art. 351 Ordinal

15o).- “Todo menor tiene derecho… a disfrutar del más alto nivel posible de salud y de

servicios para el tratamiento de enfermedades y a su rehabilitación”, y Art. 397.- “El

Estado deberá propiciar por todos los medios la estabilidad de la familia y su bienestar

en materia de salud, trabajo, vivienda, educación y seguridad social, a fin de que

pueda asumir plenamente las responsabilidades que le competen en la formación y

protección del menor y de todo el grupo familiar.”

- Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, Art. 21: “La Salud es un bien

público y un derecho fundamental de las niñas, niños y adolescentes que debe

entenderse de manera integral como la resultante de la interacción dinámica de

distintos factores biopsicosociales, económicos, el medio ambiente, el agua en calidad

y cantidad suficiente. El Estado debe garantizar este derecho mediante el desarrollo

de las políticas públicas y programas que sean necesarios para asegurar la salud

integral de la niñez y adolescencia. En todo caso, la ausencia de políticas o programas

de salud no exime de la responsabilidad estatal de atención que sea requerida en

forma individualizada para cualquier niña, niño o adolescente.”

- Ley de Atención Integral para la Persona Adulto Mayor, Art. 5: “Son derechos

fundamentales de las personas adultas mayores, los siguientes: 5º) Recibir asistencia

médica, geriátrica y gerontológica, en forma oportuna y eficaz.”

- Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus de

Inmunodeficiencia Humana, Art. 16: “Se prohíbe la solicitud de pruebas para el

diagnóstico de infección por VIH de forma obligatoria, salvo en los casos siguientes:

b.- Cuando se trate de donación de leche materna, sangre, semen, órganos o tejidos”.

- Reglamento de la Ley de Prevención y Control de la Infección Provocada por el Virus

de Inmunodeficiencia Humana, Art. 58: “Como otras medidas de prevención para

evitar o reducir los riesgos de transmisión del VIH, se establecen las medidas

siguientes: 1) Los establecimientos de salud, bancos de sangre y demás centros de

recepción de órganos, tejidos, fluidos o derivados humanos, ya sean públicos,

autónomos o privados, podrán promover la donación altruista de los mismos, pero

estarán obligados a realizar previamente en el cien por ciento de las donaciones o

extracciones y con las técnicas y procedimientos aprobados por el Ministerio, los

análisis indispensables para detectar anticuerpos específicos y el VIH/SIDA, debiendo

abstenerse de practicar trasplantes o transfusiones en otras personas sin haber

comprobado antes que el resultado de los análisis es negativo.”

IV. Principios Rectores.

1) ÉTICA.

El hombre es un ser moral, responsable de sus actos y no puede vivir sin

fundamentos ni referencias morales; el objetivo de la ética es iluminar, esclarecer

reflexivamente el campo de lo moral, en la relación personal entre el médico y el

paciente. Es el conjunto de actos o acciones que los seres humanos realizan de

forma libre y consciente, estableciendo una distinción entre lo bueno y lo malo,

ejerciendo un control racional sobre esta. No se limita sólo a ver cómo se realizan

esos actos, sino que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un

acto ha sido éticamente bueno o éticamente malo.

2) BIOÉTICA.

Como una ciencia, se ocupa de los fundamentos éticos, de los valores y principios

que deben dirigir el juicio ético y de las fuentes documentales de la bioética de forma

general. Por otra parte, también se encarga de aquellos dilemas específicos, tanto del

terreno médico y biomédico como referentes al ámbito político y social: modelos de

asistencia de salud y distribución de recursos, la relación entre el profesional de la

salud y el enfermo, prácticas de medicina prenatal, el aborto, la ingeniería genética,

eugenesia, eutanasia, trasplantes, experimentos con seres humanos, entre otros.

3) EQUIDAD.

La equidad está estrechamente relacionada con la justicia, entendida ésta como la

virtud mediante la cual se da a los demás lo que es debido de acuerdo con sus

derechos; además, igualdad para participar en la toma de decisiones que nos

afecten, y también, igualdad de oportunidades que determina que los estado y las

sociedades deben de compensar nuestras desigualdades naturales, sociales y de

nacimiento para que todos podamos acceder a beneficios sociales y a posiciones de

interés.

4) JUSTICIA.

Se refiere a la justicia distributiva, a la obligación ética de tratar a cada persona de

acuerdo con lo que es moralmente correcto y apropiado; dar a cada persona lo que le

corresponda. En investigación y aplicación de procedimientos clínicos, este principio

de justicia distributiva se refiere a una distribución equitativa de los riesgos y

beneficios de participar en la investigación o procedimiento.

5) SOLIDARIDAD.

Es uno de los valores humano más importantes y esenciales de todos, esta es la

acción que realizan las personas cuando otra necesita ayuda. Es la colaboración que

alguien puede brindar para que se concluya una tarea especial; ese sentimiento que

impulsa a ayudar a los demás sin intención de recibir algo a cambio.

6) VOLUNTARIEDAD.

Considerada como un valor, que es ejercido por toda persona de forma libre, gratuita

y responsablemente, dedica parte de su tiempo a actividades en beneficio de la

comunidad. Estas personas ven y entiende de alguna forma la realidad, y estas no

conformes de cómo es ni de cómo les ha tocado vivir, creen posible un cambio

estructural por el cual trabajan y se comprometen con él.

7) NO DISCRIMINACIÓN.

La no distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de género, raza,

color, origen nacional o étnico, religión, opinión política u otra, edad, o cualquier otra

condición que tenga el propósito de afectar o deteriorar el goce completo de los

derechos y libertades fundamentales.

8) SUSTENTABILIDAD.

Es un concepto estrechamente ligado al ser humano y a su medio ambiente, la

sustentabilidad apunta al bienestar de la población actual sin comprometer el de las

futuras generaciones, sin perjudicar nuestro ecosistema y sus recursos, dada su

dependencia en ellos.

9) INTEGRALIDAD Y CONTINUIDAD.

Estos dos conceptos forman el conjunto de acciones que promueven y facilitan la

atención eficiente, eficaz y oportuna, que se dirige –más que al paciente o a la

enfermedad como hechos aislados –a las personas, consideradas en su integridad

física y mental y como seres sociales pertenecientes a diferentes tipos de familia, que

están en un permanente proceso de integración y adaptación a su medio ambiente

físico, social y cultural.

10)INTERSECTORIALIDAD.

Trabajo coordinado y complementario de instituciones representativas de distintos

sectores sociales, mediante interacciones conjuntas destinadas a transformar la

situación de salud y aportar al bienestar y calidad de vida de la población.

11)RESPONSABILIDAD ÓNTICA.

Este tipo de responsabilidad indica que un ser humano, moral, debe ser responsable

por las consecuencias de sus actos ante la sociedad y de acuerdo con normas

validadas por una instancia evaluadora.

12)ACCESIBILIDAD.

La forma en que los servicios de salud se acercarían a la población, a cualquier

grado o nivel en el que el ser humano, más allá de su condición física o de sus

facultades cognitivas, puede utilizar estos servicios o hacer uso de una

infraestructura.

13)CONFIDENCIALIDAD.

Principio ético asociado que garantiza la accesibilidad de la información únicamente

a personal autorizado. Esta información puede llamarse “privilegiada”, ya que su

comunicación no puede ser difundida o divulgada a terceros.

14)CONSENTIMIENTO INFORMADO.

Proceso mediante el cual un sujeto confirma voluntariamente su deseo de participar

en un estudio o procedimiento en particular, después de haber sido informado sobre

todos los aspectos relevantes para que su decisión respecto a su participación sea

libre y responsable.

V. OBJETIVOS.

GENERAL.

Contribuir a la garantía del Derecho a la salud de la población salvadoreña, a través de la

universalización en el acceso a los trasplantes de órganos y tejidos, realizados en los

establecimientos públicos y privados de salud de El Salvador, para la recuperación parcial o

total de la capacidad funcional perdida y mejorar su calidad y expectativa de vida.

ESPECÍFICOS.

1. Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de órganos y

tejidos en El Salvador.

2. Impulsar la integración de las iniciativas y programas de trasplante de órganos y tejidos

desarrollados a nivel nacional.

3. Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación en salud

para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.

4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la información

en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.

5. Adoptar los parámetros de la bioética en la realización de todos los procesos y

procedimientos relacionados con la donación, almacenamiento y trasplante de órganos y

tejidos, garantizando los derechos humanos y el consentimiento informado.

VI. MARCO INSTITUCIONAL DE IMPLEMENTACIÓN.

1) NIVEL RECTOR: El Ministerio de Salud como ente rector en la salud de la población

salvadoreña, es el encargado de la aprobación, implementación, compromiso y

asignación de recursos para la ejecución de la Política Nacional de Trasplantes.

2) NIVEL ASESOR: El Consejo Nacional de Trasplantes, en adelante CNT, quien se

encargará de proponer la Política Nacional de Trasplantes y sus modificaciones,

además la asesoría para su ejecución. Igualmente le corresponde la formulación de

propuestas de reglamentos y normas técnicas aplicables. Así como el monitoreo y

evaluación de la Política Nacional de Trasplantes.

3) NIVEL EJECUTOR:

a.i. Público:

a.i.1. Hospitales del MINSAL.

a.i.2. Hospitales del ISSS.

a.i.3. Consejo Superior de Salud Pública.

a.i.4. Hospital Militar.

a.i.5. Instituto Nacional de Bienestar Magisterial.

a.i.6. Registro Nacional de las Personas Naturales.

a.ii. Privado:

a.ii.1. Hospitales privados.

a.ii.2. Cruz Roja.

a.ii.3. Organizaciones no gubernamentales relacionadas con la salud.

4) DESTINATARIOS DE LA POLÍTICA:

a.i. Donantes

a.ii. Receptores.

VII. ESTRATEGIAS.

1) Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes de

órganos y tejidos.

2) Asegurar la implementación y desarrollo de la Política, planes y programas sobre

trasplantes de órganos y tejidos.

3) Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros, tecnológicos y de

infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la ejecución de las

acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos.

4) Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación

en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de

órganos y tejidos.

5) Crear los formularios para el registro de información y la vigilancia de los

establecimientos de salud, públicos y privados, que realizan procedimientos

relacionados con el trasplante garantizando el cumplimiento de los procesos legales,

la confidencialidad y ética para las personas donantes y receptoras.

6) Impulsar el desarrollo del módulo de información sobre trasplantes en el país, dentro

del Sistema Único de Información en Salud (SUIS).

VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN.

Objetivo 1. Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de

órganos y tejidos en El Salvador.

Estrategia 1.1 Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes

de órganos y tejidos.

Líneas de acción.

1.1.1 Elaboración de la propuesta de Reglamento Interno del Consejo Nacional de

Trasplantes.

1.2.2 Elaboración y gestión para la aprobación de la propuesta de Reglamento General de

Trasplantes.

1.3.3 Elaboración y oficialización de los instrumentos técnico – jurídicos requeridos para la

temática de trasplantes de órganos y tejidos.

Objetivo 2: Impulsar el desarrollo y la integración de las iniciativas y programas de

trasplante de órganos y tejidos a nivel nacional.

Estrategia 2.1 Asegurar la implementación y desarrollo de La Política, planes y programas

sobre trasplantes de órganos y tejidos.

2.1.1 Gestión de presupuesto para la creación y sostenimiento económico de los diferentes

programas de trasplantes.

2.1.2 Elaboración del Plan de Implementación de la Política.

2.1.3 Identificación, integración y fortalecimiento de los programas de trasplantes de órganos

y tejidos existentes, en la red de hospitales públicos y privados.

2.1.4 Creación de los Comités Técnicos Institucionales de Trasplante de Órganos y Tejidos.

2.1.5 Realizar estudios de factibilidad sobre nuevos programas de trasplantes otros órganos

(cornea, cardíacos, hepáticos, pulmonar, pancreático, medula ósea, entre otros.)

2.1.6 Elaboración del plan de seguimiento y evaluación, para el monitoreo de la ejecución de

la Política, planes y programas.

Estrategia 2.2 Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros,

tecnológicos y de infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la

ejecución de las acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de

Órganos y Tejidos.

2.2.1 Creación de convenios interinstitucionales para la sostenibilidad económica,

tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, de los programas de trasplante.

2.2.2 Creación de proyectos de cooperación internacional para la sostenibilidad económica,

tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, para impulsar los procesos de

trasplantes a nivel nacional y regional.

Objetivo 3: Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación

en salud para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.

Estrategia 3.1: Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de órganos y tejidos.

3.1.1 Fomentar estilos de vida saludables, a través de la prevención y educación.

3.1.2 Fomentar la cultura de donación de órganos, eliminando temores y prejuicios sobre

estas prácticas.

3.1.3 Incorporar en los programas de educación formal, contenidos sobre los beneficios de

los trasplantes.

Objetivo 4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la

información en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.

Estrategia 4.1 Crear el registro y sistema de vigilancia de los establecimientos de salud,

públicos y privados, que realizan acciones relacionadas con el trasplante.

4.1.1 Aprobar los Requerimientos Técnicos y Administrativos por parte del Consejo Superior

de Salud Pública.

4.1.2 Elaborar y desarrollar programas de capacitación para el personal que llevará a cabo la

función de inspectoría.

Estrategia 4.2 Impulsar el desarrollo del módulo de información sobre trasplantes en el

país, dentro del Sistema Único de Información en Salud (SUIS).

4.2.1 Elaboración del Plan para el desarrollo e implementación del Sistema de Vigilancia e

información sobre trasplantes de órganos.

4.2.2 Identificación, integración y fortalecimiento de la red de unidades notificadoras para la

vigilancia e información de trasplantes de órganos y tejidos existentes, en la red de

hospitales públicos y privados.

4.2.3 Elaboración y oficialización de los eventos a ser incorporados en la vigilancia y

sistemas de información relacionados con los trasplantes de órganos.

4.2.4 Establecer los lineamientos y normativas para la vigilancia e información de trasplantes

de órganos.

4.2.5 Elaboración del plan de seguimiento y evaluación, para el monitoreo en la aplicación

de los lineamientos y normativas.

El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNÍQUESE.

María Isabel RodríguezMinistra de Salud

PLAN DE IMPLEMENTACION DE LAPOLÍTICA DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS

MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR

San Salvador, septiembre de 2013

Ministerio de SaludViceministerio de Políticas de SaludViceministerio de Servicios de Salud

Unidad de Atención Integral e Integrada a la Salud BucalDirección de Regulación y Legislación en Salud

PLAN DE IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS

San Salvador, El Salvador2013.

AUTORIDADES

Dra. María Isabel RodríguezMinistra de Salud

Dr. Eduardo Espinoza FiallosViceministro de Políticas de Salud

Dra. Elvia Violeta MenjívarViceministra de Servicios

FICHA CATALOGRÁFICA.

2013 Ministerio de Salud.

Todos los derechos reservados. Está permitida la reproducción parcial o total de esta obra,

siempre que se cite la fuente y que no sea para la venta u otro fin de carácter comercial.

Es responsabilidad de los autores técnicos de éste documento, tanto su contenido como los

cuadros, diagramas e imágenes.

La documentación oficial del Ministerio de Salud, puede ser consultada a través de: http://www.salud.gob.sv/regulacion/default.asp

Edición y Distribución.

Ministerio de SaludCalle Arce No. 827, San Salvador. Teléfono: 2205 7000Página oficial: http://www.salud.gob.sv

Diseño de proyecto gráfico:

Diagramación:Impreso en El Salvador por:

Ministerio de Salud. Viceministerio de Políticas de Salud, Dirección de Regulación y Legislación en Salud. Viceministerio de Servicios de Salud, Unidad de Atención Integral e Integrada a la Salud Bucal en el ciclo de vida.“Plan de implementación de la Política de Traspante de Órganos y Tejidos”. San Salvador, El Salvador. C.A.

MINISTERIO DE SALUD

HOY SE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. QUE DICE:

“Ministerio de Salud, San Salvador, a los siete días de mes de septiembre del año dos mil

doce. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo prescrito en el Artículo 42 Numeral 2 del

Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Secretaría de Estado, con el propósito de

operativizar las estrategias y líneas de acción definidas en la Política Nacional de Trasplante

de Órganos y Tejidos. POR TANTO: En uso de sus facultades legales, RESUELVE: emitir el

siguiente: “PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE TRASPLANTE

DE ÓRGANOS Y TEJIDOS”; en consecuencia a partir de la presente fecha es de obligatorio

cumplimiento por parte de todo el personal involucrado, de las Redes Integradas e Integrales

de Servicios de Salud. HAGASE SABER. La Titular del Ramo de Salud. (f) M. I. Rodríguez”.

Lo que se transcribe para el conocimiento y efectos consiguientes.

DIOS UNIÓN LIBERTAD

María Isabel RodríguezMINISTRA DE SALUD

PLAN DE IMPLEMENTACION DE LA POLÍTICA NACIONAL DE TRSAPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS

Objetivo 1: Fortalecer el marco legal y normativo para el desarrollo de los trasplantes de órganos y tejidos en El Salvador.

Estrategia 1.1: Fortalecimiento del marco legal y normativo para la realización de trasplantes de órganos y tejidos.

1

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

Responsable Plazo de ejecución

Elaboración de la propuesta de

Reglamento Interno del Consejo

Nacional de Trasplantes.

1) 1) 2)

Elaboración y gestión para la

aprobación de la propuesta de

Reglamento General de

Trasplantes.

3) 4)

Elaboración y oficialización de los

instrumentos técnco – jurídicos

requeridos para la temática de

trasplantes de órganos y tejidos.

5) 6) 7)

Objetivo 2: Impulsar el desarrollo y la integración de las iniciativas y programas de trasplante de órganos y tejidos a nivel nacional.Estrategia 2.1: Asegurar la implementación y desarrollo de la Política, planes y programas sobre trasplantes de órganos y tejidos.

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

Responsable Plazo de ejecución

2.1.1 Gestión de presupuesto para

la creación y sostenimiento

económico de los diferentes

programas de trasplantes.

-

2.1.2 Elaboración del Plan de

Implementación de la Política.

15) 16) 17)

2.1.3 Identificación, integración y

fortalecimiento de los programas

de trasplantes de órganos y

tejidos existentes, en la red de

hospitales públicos y privados.

18) 19) 20)

2.1.4 Creación de los Comités

Técnicos Institucionales de

Trasplante de Órganos y Tejidos.

21) 22) 23)

2.1.5 Realizar estudios de 24) 25) 26)

2

factibilidad sobre nuevos

programas de trasplantes otros

órganos (cornea, cardíacos,

hepáticos, pulmonar, pancreático,

medula ósea, entre otros.)

2.1.6 Elaboración del plan de

seguimiento y evaluación, para el

monitoreo de la ejecución de la

Política, planes y programas.

27) 28) 29)

Estrategia 2.2: Definir mecanismos de gestión de recursos humanos, financieros, tecnológicos y de infraestructura, nacionales y de cooperación internacional para la ejecución de las acciones específicas de la Política Nacional de Trasplantes de Órganos y Tejidos.

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

ResponsablePeriodo de ejecución

2.2.1 Creación de convenios interinstitucionales para la sostenibilidad económica, tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, de los programas de trasplante.

30) 31)

2.2.2 Creación de proyectos de cooperación internacional para la

32) 33)

3

sostenibilidad económica, tecnológica, logística y de medicamentos e insumos, para impulsar los procesos de trasplantes a nivel nacional y regional.

Objetivo estratégico 3: Impulsar el desarrollo de estrategias de información, educación y comunicación en salud para la sensibilización sobre la donación de órganos y tejidos.Estrategia 3.1: Diseño e implementación de la estrategia de información, educación y comunicación en salud dirigida a la población, para sensibilizar sobre el proceso de donación de órganos y tejidos.

4

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

Responsables* Periodo de ejecución

Fomentar estilos de vida

saludables, a través de la

prevención y educación en salud.

8) 9) 10)

Fomentar la cultura de donación de

órganos, eliminando temores y

prejuicios sobre estas prácticas.

11) 12) 13)

Incorporar en los programas de

educación formal, contenidos

sobre los beneficios de los

trasplantes.

14) 15) 16)

Objetivo 4. Desarrollar la capacidad del Sistema Nacional de Salud para la gestión de la información en salud relacionada a trasplantes de órganos y tejidos.

Estrategia 4.1: Crear el registro y sistema de vigilancia de los establecimientos de salud, públicos y privados, que realizan acciones relacionadas con el trasplante.

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

Responsables* Periodo de ejecución

4.1.1 Aprobar los Requerimientos

Técnicos y Administrativos por

parte del Consejo Superior de

Salud Pública.

34) 35) 36)

4.1.2 Elaborar y desarrollar

programas de capacitación para el

personal que llevará a cabo la

función de inspectoría.

7) 37) 38)

5

Estrategia 4.2: Impulsar el desarrollo del módulo de información sobre trasplantes en el país, dentro del Sistema Único de Información en Salud (SUIS).

Líneas/ Acciones Indicadores Fuentes de verificación

Responsable Periodo de ejecución

39) 40) 41)

42) 43) 44)

6