ministerio de hacienda y crÉdito pÚblico c mar·2018 · que de acuerdo con la sentencia c-478 de...

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·. REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad y Orden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C DECRETO '. 412 r 2 MAR·2018 Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Régimen reglamentario del sector hacienda y crédito público, Parte 8 del Régimen Presupuestal, Parte 9 Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF NACiÓN y se establecen otras disposiciones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades Constitucionales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995. CONSIDERANDO Que las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del presupuesto compiladas en el Decreto 111 de 1996 establecen la clasificación que debe tener el Presupuesto General de la l\Jación; Que el Estatuto Orgánico de Presupuesto en su artículo 92 en forma expresa designa a la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para realizar la programac ión y ejecución presupuestal efectuando el seguimiento financiero del Presupuesto General de la Nación y como centro de información presupuestal facultándola para diseñar los métodos y procedimientos de información y sistematización necesarios para lo pertinente a la programación, ejecución y seguimiento del Presupuesto General de la Nación ; Que el Decreto 1068 de 2015 compila los Decretos reglamentarios del Sector Hacienda y Crédito Público; Que mediante sentencia C-629 de 1996 de la Honorable Corte Constitucional, Magistrado Ponente, doctor Carlos Gaviria Díaz se señaló que el Estatuto Orgánico del Presupuesto permite que por medio de reglamentos se realicen otras actividades relacionadas con el presupuesto, cuales son la clasificación y detalle de los gastos, determinando en forma pormenorizada los distintos ítems que conforman los gastos dentro de cada una de las divisiones hechas previamente por la ley orgánica; que la definición de cada uno de los rubros puede ser cumplida por el Gobierno en ejercicio de la potestad reglamentaria sin inf ri ngir por este aspecto canon constitucional alguno y que igual situación ocurre con los ingresos al estar el Gobierno encargado de administrar los recaudos y recursos;

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Page 1: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

middot

REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

libertad y Orden

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

CDECRETO 412

r 2MARmiddot2018 Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen

reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 del Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen

otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades Constitucionales en especial la que le confiere el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica y en desarrollo de las Leyes 38 de 1989 179

de 1994 y 225 de 1995

CONSIDERANDO

Que las Leyes 38 de 1989 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgaacutenicas del presupuesto compiladas en el Decreto 111 de 1996 establecen la clasificacioacuten que debe tener el Presupuesto General de la lJacioacuten

Que el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto en su artiacuteculo 92 en forma expresa designa a la

Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacutebl ico para realizar la programacioacuten y ejecucioacuten presupuestal efectuando el seguimiento financiero del Presupuesto General de la Nacioacuten y como centro de informacioacuten presupuestal facultaacutendola para disentildear los meacutetodos y procedimientos de informacioacuten y sistematizacioacuten necesarios para lo pertinente a la programacioacuten ejecucioacuten y seguimiento del Presupuesto General de la Nacioacuten

Que el Decreto 1068 de 2015 compila los Decretos reglamentarios del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

Que mediante sentencia C-629 de 1996 de la Honorable Corte Constitucional Magistrado Ponente doctor Carlos Gaviria Diacuteaz se sentildealoacute que el Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto permite que por medio de reglamentos se real icen otras actividades relacionadas con el presupuesto cuales son la clasificacioacuten y detalle de los gastos determinando en forma pormenorizada los distintos iacutetems que conforman los gastos dentro de cada una de las divisiones hechas previamente por la ley orgaacutenica que la definicioacuten de cada uno de los rubros puede ser cumplida por el Gobierno en ejercicio de la potestad reglamentaria sin infri ngir por este aspecto canon constitucional alguno y que igual situacioacuten ocurre con los ingresos al estar el Gobierno encargado de administrar los recaudos y recursos

I 412 DE Paacutegina 2 de 14DECRETO

Continuacioacuten del pecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarrentario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Que la actual ( lasificacioacuten presupuestal requiere una actualizacioacuten integral que la haga armoacutenica con Ips estaacutendares internacionales respetando las necesidades actuales de informacioacuten y mejorando la presentacioacuten del presupuesto

Que en la decl racioacuten de Pariacutes sobre la eficiencia de la ayuda para el desarrollo de 2005 se reconoce la vmportancia de reforzar las estrategias de desarrollo nacional de los paiacuteses y sus marcos operativos incluyendo el presupuesto Para el caso colombiano los programas las prioridades y las estrategias de desarrollo nacional estaacuten expuestas en el Plan Nacional ( e Desarrollo el Marco de Gasto de Mediano Plazo y en el presupuesto anual Los estaacutendares internacionales de presentacioacuten del gasto puacuteblico ex igen informes transparentes y fiables en tiempo oportuno sobre la ejecucioacuten del gasto puacutebl ico de manera que sean comparables con los demaacutes paiacuteses y armoacutenicos con otros sistemas de cuentas macroeconoacutemic as y fiscales

Que de acuerd con el Manual de Transparencia Fiscal del Fondo Monetario Internacional

promulgado er 2007 deben establecerse procedimfentos claros para la ejecucioacuten supervisioacuten y d ~claracioacuten del presupuesto Estos deben constituir una base fiable para el seguimiento de los ingresos y los pagos el anaacutelisis de las poliacuteticas puacuteblicas la rendicioacuten de cuentas y el as guramiento de la calidad de los datos

Que la clasificacioacuten del presupuesto es acorde con el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto (EOP) y facilita a homologacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten (PGN) con el Manual de Estadiacutestica~ de Finanzas Puacuteblicas (MEFP) del 2014 (como estaacutendar internacional aceptado para cumplir con lo establecido en los coacutedigos de buenas praacutecticas y

transparencia fi~cal) El clasificador adopta en lo posible los conceptos clasificaciones y

definiciones de MEFP sin perder de vista que el presupuesto como herram ienta de la gestioacuten financiera puacuteblica tiene objetivos propios que deben ser respetados

Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional Magistrado Por ente doctor Eduardo Cifuentes Muntildeoz la autonomiacutea consagrada como fin a las entidades territoriales en materia presupuestal encuentra su liacutemite en la unidad de la Repuacuteblica por o que estas deben aplicar principios analoacutegicos a los contenidos en las normas orgaacutenicas de presupuesto y que por definicioacuten de Repuacuteblica Unitaria le compete al nivel nacional E xpedir las normas en lo que resulta comuacuten a todos los demaacutes niveles de gobierno a las Rue deben acogerse subsidiariamente

Que el artiacuteculo 113 de la Constitucioacuten Poliacutetica establece que los diferentes oacuterganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armoacutenicamente para la realizacioacuten de sus fines

Que el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto establece que las entidades territoriales al expedir las norl1as orgaacutenicas de presupuesto deberaacuten seguir las disposiciones de la Ley Orgaacutenica del Fresupuesto adaptaacutendolas a la organizacioacuten normas constitucionales y condiciones de cada entidad territorial

12 del Capiacutetulo 1 Tiacutetulo 1 8 del

bull

DECRETO 412 DE 3 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Parte 9 Sistema de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

a la inversioacuten puacuteblica el Nacional para

de al Congreso de la

Orgaacutenico de Presupuesto le dio la a presentarse en el

Que es ajuste en algunos registro y reporte de de manera que sean maacutes ajustados en oportunidad y con las posibilidades que a a traveacutes de los sistemas de informacioacuten en del Integrado Informacioacuten Financiera SIIF

Artiacuteculo 1 Modificacioacuten del artiacuteculo Libro 2 del 1068 de 2015 el 2811 1 8 del Libro 2 del Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Y el cual quedaraacute

Plan Financiero es un de y gastos de caja y

El sus y usos de financiamiento plan define las

metas maacuteximas de pagos a durante el antildeo que para el Programa Anual de

Artiacuteculo 28112 Plan

proyecciones de las entidades orden de entidades

de caja del a actividades no ysus

ser incluidas en

consolidado tiene como

del cuentas su

El plan deberaacute ser aprobado antes la presentacioacuten del Intrrrn

Presupuesto de la Nacioacuten al y se revisaraacute con la cierre de la del mismo antildeo

Modificacioacuten del del Decreto 1068 de 2015 8 2 Decreto 1

lamenta riacuteo del Sector

1 del Capiacutetulo 2 lo 1 Parte 8 Libro 2

el artiacuteculo 28123 Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 28123 del 1 de 2015 Uacutenico

Artiacuteculo 28123 de Clasificacioacuten conjunto integral de ordenacioacuten la informacioacuten para planificar los esfuerzos de la sociedad en funcioacuten de la obtencioacuten los resultados acordados realizar la rendicioacuten de de los poderes puacuteblicos a comunidad nacional facilitar y estimular la vigilancia los ciudadanos a del gobierno y el Congreso

412 DE Paacutegina 4 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen regla iexclnentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Siacutestemeacute Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

MediantP el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuter General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en desarrollo de facultades del artiacuteculo 92 y 93 Y demaacutes disposic ones aplicables del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto - EOP en armoniacutea con el Jstaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas se identifica y ubican los concept )S de ingresos y los objetos de gasto dentro del presupuesto Los conceptos definiciones clasificaciones y convenciones presentadas en el mismo aplican para todos lo oacuterganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nacioacuten

El Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal es la base de todos los sistemas de codificae ioacuten de los diferentes clasificadores presupuestales que se utilizan para definir t~nto las transacciones de ingreso como de gasto en las etapas de programpcioacuten aprobacioacuten y ejecucioacuten del presupuesto No contraviene la nomenclatura de cuentas que de acuerdo con la Ley Orgaacutenica del Presupuesto establezba el oacutergano de control fiscal para los efectos de la contabilidad del

presupuPsto general del sector puacuteblico

Para efE ctos del ciclo presupuestal se podraacute utilizar los sistemas de clasificacioacuten funcionoacute y economlca sin perjuicio de lo dispuesto en el artiacuteculo 28 142 del presentE tiacutetulo

Artiacuteculo 3- Mo liticacioacuten del artiacuteculo 28124 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281 24 del Capiacutetulo 2 del Tiacutetulo 1

de la Parte 8 el Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector

Hacienda y Creacute ~ito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecup 28124 Clasificacioacuten econoacutemica La clasificacioacuten econoacutemica incluiraacute los siguipntes componentes

1 Ingre o 2 Gaste 3 Adqu sicioacuten de activos no financieros 4 Fuen es y aplicacioacuten del financiamiento y 5 Resu ados presupuestales

Artiacuteculo 4- Adicioacuten del artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del

Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el ~ iguiente artiacuteculo

ARTiacuteCciJLO 28125 Cataacutelogo Uacutenico de clasificacioacuten Presupuestal Territorial El Minis(9rio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico expediraacute y actualizaraacute el Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas shy

2

que trata el el efecto establezca el

de entidades territoriales y sus

en fa

de la Repuacuteblica una

de

DEC 412 Paacutegina 5 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Presupuestal

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

que detalle y los gastos en con estaacutendares internacionales y con el nivel

por parte de las ysus artiacuteculo entraraacute a regir en teacuterminos que

Hacienda y Creacutedito

2 El Ministerio de y Creacutedito Puacuteblico teacutecnica permanente

a de que las mismas cuenten con servicio de aclaracioacuten y aplicacioacuten del

Artiacuteculo 5shy2 del

4 Tiacutetulo 1 281 A2 del Capiacutetulo

8 del Libro 1 Parte

del Sector8 del Libro 2 Puacuteblico el quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 28142 Clasificacioacuten del Proyecto de presupuesto El de Gastos se

presupuestales distinguiendo servicio de la deuda

entre cada y gastos de

y subprogramas

Artiacuteculo del artiacuteculo

28152 del Capitulo 5

5 Tiacutetulo 1

2 del Decreto 1068 2015 Modifiacutequese el 8 del 2 1068 de 2015 Puacuteblico el cual asiacute

de Sector Hacienda y

Artiacuteculo 28152 Anexo del Decreto de Liquidacioacuten El anexo del decreto de liquidacioacuten presupuesto en lo a gastos incluiraacute ademaacutes clasificaciones contempladas en el artiacuteculo 28142 la desagregacioacuten para de inversioacuten identificando los proyectos a fas programas y para

Naciacuteonal del en e

de

el caso funcionamiento y servicio de

de Presupuesto y en con

de acuerdo a de gasto que Cataacutelogo de

que establezca la de Hacienda y con sujecioacuten a lo

estaacutendar

del Presupuesto

Iguamente a General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio Hacienda y Puacuteblico estableceraacute las Especiaes se identifiquen

Artiacuteculo 7- Mod 28153 del Capiacutetulo Tiacutetulo 1 Parte 8 del

2 del Decreto 1068 201 Modifiacutequese el artiacuteculo 1 5 1 Parte

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 2: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

I 412 DE Paacutegina 2 de 14DECRETO

Continuacioacuten del pecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarrentario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Que la actual ( lasificacioacuten presupuestal requiere una actualizacioacuten integral que la haga armoacutenica con Ips estaacutendares internacionales respetando las necesidades actuales de informacioacuten y mejorando la presentacioacuten del presupuesto

Que en la decl racioacuten de Pariacutes sobre la eficiencia de la ayuda para el desarrollo de 2005 se reconoce la vmportancia de reforzar las estrategias de desarrollo nacional de los paiacuteses y sus marcos operativos incluyendo el presupuesto Para el caso colombiano los programas las prioridades y las estrategias de desarrollo nacional estaacuten expuestas en el Plan Nacional ( e Desarrollo el Marco de Gasto de Mediano Plazo y en el presupuesto anual Los estaacutendares internacionales de presentacioacuten del gasto puacuteblico ex igen informes transparentes y fiables en tiempo oportuno sobre la ejecucioacuten del gasto puacutebl ico de manera que sean comparables con los demaacutes paiacuteses y armoacutenicos con otros sistemas de cuentas macroeconoacutemic as y fiscales

Que de acuerd con el Manual de Transparencia Fiscal del Fondo Monetario Internacional

promulgado er 2007 deben establecerse procedimfentos claros para la ejecucioacuten supervisioacuten y d ~claracioacuten del presupuesto Estos deben constituir una base fiable para el seguimiento de los ingresos y los pagos el anaacutelisis de las poliacuteticas puacuteblicas la rendicioacuten de cuentas y el as guramiento de la calidad de los datos

Que la clasificacioacuten del presupuesto es acorde con el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto (EOP) y facilita a homologacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten (PGN) con el Manual de Estadiacutestica~ de Finanzas Puacuteblicas (MEFP) del 2014 (como estaacutendar internacional aceptado para cumplir con lo establecido en los coacutedigos de buenas praacutecticas y

transparencia fi~cal) El clasificador adopta en lo posible los conceptos clasificaciones y

definiciones de MEFP sin perder de vista que el presupuesto como herram ienta de la gestioacuten financiera puacuteblica tiene objetivos propios que deben ser respetados

Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional Magistrado Por ente doctor Eduardo Cifuentes Muntildeoz la autonomiacutea consagrada como fin a las entidades territoriales en materia presupuestal encuentra su liacutemite en la unidad de la Repuacuteblica por o que estas deben aplicar principios analoacutegicos a los contenidos en las normas orgaacutenicas de presupuesto y que por definicioacuten de Repuacuteblica Unitaria le compete al nivel nacional E xpedir las normas en lo que resulta comuacuten a todos los demaacutes niveles de gobierno a las Rue deben acogerse subsidiariamente

Que el artiacuteculo 113 de la Constitucioacuten Poliacutetica establece que los diferentes oacuterganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armoacutenicamente para la realizacioacuten de sus fines

Que el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto establece que las entidades territoriales al expedir las norl1as orgaacutenicas de presupuesto deberaacuten seguir las disposiciones de la Ley Orgaacutenica del Fresupuesto adaptaacutendolas a la organizacioacuten normas constitucionales y condiciones de cada entidad territorial

12 del Capiacutetulo 1 Tiacutetulo 1 8 del

bull

DECRETO 412 DE 3 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Parte 9 Sistema de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

a la inversioacuten puacuteblica el Nacional para

de al Congreso de la

Orgaacutenico de Presupuesto le dio la a presentarse en el

Que es ajuste en algunos registro y reporte de de manera que sean maacutes ajustados en oportunidad y con las posibilidades que a a traveacutes de los sistemas de informacioacuten en del Integrado Informacioacuten Financiera SIIF

Artiacuteculo 1 Modificacioacuten del artiacuteculo Libro 2 del 1068 de 2015 el 2811 1 8 del Libro 2 del Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Y el cual quedaraacute

Plan Financiero es un de y gastos de caja y

El sus y usos de financiamiento plan define las

metas maacuteximas de pagos a durante el antildeo que para el Programa Anual de

Artiacuteculo 28112 Plan

proyecciones de las entidades orden de entidades

de caja del a actividades no ysus

ser incluidas en

consolidado tiene como

del cuentas su

El plan deberaacute ser aprobado antes la presentacioacuten del Intrrrn

Presupuesto de la Nacioacuten al y se revisaraacute con la cierre de la del mismo antildeo

Modificacioacuten del del Decreto 1068 de 2015 8 2 Decreto 1

lamenta riacuteo del Sector

1 del Capiacutetulo 2 lo 1 Parte 8 Libro 2

el artiacuteculo 28123 Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 28123 del 1 de 2015 Uacutenico

Artiacuteculo 28123 de Clasificacioacuten conjunto integral de ordenacioacuten la informacioacuten para planificar los esfuerzos de la sociedad en funcioacuten de la obtencioacuten los resultados acordados realizar la rendicioacuten de de los poderes puacuteblicos a comunidad nacional facilitar y estimular la vigilancia los ciudadanos a del gobierno y el Congreso

412 DE Paacutegina 4 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen regla iexclnentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Siacutestemeacute Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

MediantP el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuter General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en desarrollo de facultades del artiacuteculo 92 y 93 Y demaacutes disposic ones aplicables del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto - EOP en armoniacutea con el Jstaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas se identifica y ubican los concept )S de ingresos y los objetos de gasto dentro del presupuesto Los conceptos definiciones clasificaciones y convenciones presentadas en el mismo aplican para todos lo oacuterganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nacioacuten

El Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal es la base de todos los sistemas de codificae ioacuten de los diferentes clasificadores presupuestales que se utilizan para definir t~nto las transacciones de ingreso como de gasto en las etapas de programpcioacuten aprobacioacuten y ejecucioacuten del presupuesto No contraviene la nomenclatura de cuentas que de acuerdo con la Ley Orgaacutenica del Presupuesto establezba el oacutergano de control fiscal para los efectos de la contabilidad del

presupuPsto general del sector puacuteblico

Para efE ctos del ciclo presupuestal se podraacute utilizar los sistemas de clasificacioacuten funcionoacute y economlca sin perjuicio de lo dispuesto en el artiacuteculo 28 142 del presentE tiacutetulo

Artiacuteculo 3- Mo liticacioacuten del artiacuteculo 28124 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281 24 del Capiacutetulo 2 del Tiacutetulo 1

de la Parte 8 el Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector

Hacienda y Creacute ~ito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecup 28124 Clasificacioacuten econoacutemica La clasificacioacuten econoacutemica incluiraacute los siguipntes componentes

1 Ingre o 2 Gaste 3 Adqu sicioacuten de activos no financieros 4 Fuen es y aplicacioacuten del financiamiento y 5 Resu ados presupuestales

Artiacuteculo 4- Adicioacuten del artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del

Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el ~ iguiente artiacuteculo

ARTiacuteCciJLO 28125 Cataacutelogo Uacutenico de clasificacioacuten Presupuestal Territorial El Minis(9rio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico expediraacute y actualizaraacute el Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas shy

2

que trata el el efecto establezca el

de entidades territoriales y sus

en fa

de la Repuacuteblica una

de

DEC 412 Paacutegina 5 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Presupuestal

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

que detalle y los gastos en con estaacutendares internacionales y con el nivel

por parte de las ysus artiacuteculo entraraacute a regir en teacuterminos que

Hacienda y Creacutedito

2 El Ministerio de y Creacutedito Puacuteblico teacutecnica permanente

a de que las mismas cuenten con servicio de aclaracioacuten y aplicacioacuten del

Artiacuteculo 5shy2 del

4 Tiacutetulo 1 281 A2 del Capiacutetulo

8 del Libro 1 Parte

del Sector8 del Libro 2 Puacuteblico el quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 28142 Clasificacioacuten del Proyecto de presupuesto El de Gastos se

presupuestales distinguiendo servicio de la deuda

entre cada y gastos de

y subprogramas

Artiacuteculo del artiacuteculo

28152 del Capitulo 5

5 Tiacutetulo 1

2 del Decreto 1068 2015 Modifiacutequese el 8 del 2 1068 de 2015 Puacuteblico el cual asiacute

de Sector Hacienda y

Artiacuteculo 28152 Anexo del Decreto de Liquidacioacuten El anexo del decreto de liquidacioacuten presupuesto en lo a gastos incluiraacute ademaacutes clasificaciones contempladas en el artiacuteculo 28142 la desagregacioacuten para de inversioacuten identificando los proyectos a fas programas y para

Naciacuteonal del en e

de

el caso funcionamiento y servicio de

de Presupuesto y en con

de acuerdo a de gasto que Cataacutelogo de

que establezca la de Hacienda y con sujecioacuten a lo

estaacutendar

del Presupuesto

Iguamente a General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio Hacienda y Puacuteblico estableceraacute las Especiaes se identifiquen

Artiacuteculo 7- Mod 28153 del Capiacutetulo Tiacutetulo 1 Parte 8 del

2 del Decreto 1068 201 Modifiacutequese el artiacuteculo 1 5 1 Parte

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 3: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

12 del Capiacutetulo 1 Tiacutetulo 1 8 del

bull

DECRETO 412 DE 3 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Parte 9 Sistema de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

a la inversioacuten puacuteblica el Nacional para

de al Congreso de la

Orgaacutenico de Presupuesto le dio la a presentarse en el

Que es ajuste en algunos registro y reporte de de manera que sean maacutes ajustados en oportunidad y con las posibilidades que a a traveacutes de los sistemas de informacioacuten en del Integrado Informacioacuten Financiera SIIF

Artiacuteculo 1 Modificacioacuten del artiacuteculo Libro 2 del 1068 de 2015 el 2811 1 8 del Libro 2 del Decreto 1068 2015 Uacutenico Reglamentario Y el cual quedaraacute

Plan Financiero es un de y gastos de caja y

El sus y usos de financiamiento plan define las

metas maacuteximas de pagos a durante el antildeo que para el Programa Anual de

Artiacuteculo 28112 Plan

proyecciones de las entidades orden de entidades

de caja del a actividades no ysus

ser incluidas en

consolidado tiene como

del cuentas su

El plan deberaacute ser aprobado antes la presentacioacuten del Intrrrn

Presupuesto de la Nacioacuten al y se revisaraacute con la cierre de la del mismo antildeo

Modificacioacuten del del Decreto 1068 de 2015 8 2 Decreto 1

lamenta riacuteo del Sector

1 del Capiacutetulo 2 lo 1 Parte 8 Libro 2

el artiacuteculo 28123 Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 28123 del 1 de 2015 Uacutenico

Artiacuteculo 28123 de Clasificacioacuten conjunto integral de ordenacioacuten la informacioacuten para planificar los esfuerzos de la sociedad en funcioacuten de la obtencioacuten los resultados acordados realizar la rendicioacuten de de los poderes puacuteblicos a comunidad nacional facilitar y estimular la vigilancia los ciudadanos a del gobierno y el Congreso

412 DE Paacutegina 4 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen regla iexclnentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Siacutestemeacute Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

MediantP el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuter General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en desarrollo de facultades del artiacuteculo 92 y 93 Y demaacutes disposic ones aplicables del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto - EOP en armoniacutea con el Jstaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas se identifica y ubican los concept )S de ingresos y los objetos de gasto dentro del presupuesto Los conceptos definiciones clasificaciones y convenciones presentadas en el mismo aplican para todos lo oacuterganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nacioacuten

El Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal es la base de todos los sistemas de codificae ioacuten de los diferentes clasificadores presupuestales que se utilizan para definir t~nto las transacciones de ingreso como de gasto en las etapas de programpcioacuten aprobacioacuten y ejecucioacuten del presupuesto No contraviene la nomenclatura de cuentas que de acuerdo con la Ley Orgaacutenica del Presupuesto establezba el oacutergano de control fiscal para los efectos de la contabilidad del

presupuPsto general del sector puacuteblico

Para efE ctos del ciclo presupuestal se podraacute utilizar los sistemas de clasificacioacuten funcionoacute y economlca sin perjuicio de lo dispuesto en el artiacuteculo 28 142 del presentE tiacutetulo

Artiacuteculo 3- Mo liticacioacuten del artiacuteculo 28124 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281 24 del Capiacutetulo 2 del Tiacutetulo 1

de la Parte 8 el Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector

Hacienda y Creacute ~ito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecup 28124 Clasificacioacuten econoacutemica La clasificacioacuten econoacutemica incluiraacute los siguipntes componentes

1 Ingre o 2 Gaste 3 Adqu sicioacuten de activos no financieros 4 Fuen es y aplicacioacuten del financiamiento y 5 Resu ados presupuestales

Artiacuteculo 4- Adicioacuten del artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del

Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el ~ iguiente artiacuteculo

ARTiacuteCciJLO 28125 Cataacutelogo Uacutenico de clasificacioacuten Presupuestal Territorial El Minis(9rio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico expediraacute y actualizaraacute el Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas shy

2

que trata el el efecto establezca el

de entidades territoriales y sus

en fa

de la Repuacuteblica una

de

DEC 412 Paacutegina 5 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Presupuestal

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

que detalle y los gastos en con estaacutendares internacionales y con el nivel

por parte de las ysus artiacuteculo entraraacute a regir en teacuterminos que

Hacienda y Creacutedito

2 El Ministerio de y Creacutedito Puacuteblico teacutecnica permanente

a de que las mismas cuenten con servicio de aclaracioacuten y aplicacioacuten del

Artiacuteculo 5shy2 del

4 Tiacutetulo 1 281 A2 del Capiacutetulo

8 del Libro 1 Parte

del Sector8 del Libro 2 Puacuteblico el quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 28142 Clasificacioacuten del Proyecto de presupuesto El de Gastos se

presupuestales distinguiendo servicio de la deuda

entre cada y gastos de

y subprogramas

Artiacuteculo del artiacuteculo

28152 del Capitulo 5

5 Tiacutetulo 1

2 del Decreto 1068 2015 Modifiacutequese el 8 del 2 1068 de 2015 Puacuteblico el cual asiacute

de Sector Hacienda y

Artiacuteculo 28152 Anexo del Decreto de Liquidacioacuten El anexo del decreto de liquidacioacuten presupuesto en lo a gastos incluiraacute ademaacutes clasificaciones contempladas en el artiacuteculo 28142 la desagregacioacuten para de inversioacuten identificando los proyectos a fas programas y para

Naciacuteonal del en e

de

el caso funcionamiento y servicio de

de Presupuesto y en con

de acuerdo a de gasto que Cataacutelogo de

que establezca la de Hacienda y con sujecioacuten a lo

estaacutendar

del Presupuesto

Iguamente a General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio Hacienda y Puacuteblico estableceraacute las Especiaes se identifiquen

Artiacuteculo 7- Mod 28153 del Capiacutetulo Tiacutetulo 1 Parte 8 del

2 del Decreto 1068 201 Modifiacutequese el artiacuteculo 1 5 1 Parte

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 4: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

412 DE Paacutegina 4 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen regla iexclnentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Siacutestemeacute Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

MediantP el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuter General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico en desarrollo de facultades del artiacuteculo 92 y 93 Y demaacutes disposic ones aplicables del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto - EOP en armoniacutea con el Jstaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas se identifica y ubican los concept )S de ingresos y los objetos de gasto dentro del presupuesto Los conceptos definiciones clasificaciones y convenciones presentadas en el mismo aplican para todos lo oacuterganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nacioacuten

El Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal es la base de todos los sistemas de codificae ioacuten de los diferentes clasificadores presupuestales que se utilizan para definir t~nto las transacciones de ingreso como de gasto en las etapas de programpcioacuten aprobacioacuten y ejecucioacuten del presupuesto No contraviene la nomenclatura de cuentas que de acuerdo con la Ley Orgaacutenica del Presupuesto establezba el oacutergano de control fiscal para los efectos de la contabilidad del

presupuPsto general del sector puacuteblico

Para efE ctos del ciclo presupuestal se podraacute utilizar los sistemas de clasificacioacuten funcionoacute y economlca sin perjuicio de lo dispuesto en el artiacuteculo 28 142 del presentE tiacutetulo

Artiacuteculo 3- Mo liticacioacuten del artiacuteculo 28124 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281 24 del Capiacutetulo 2 del Tiacutetulo 1

de la Parte 8 el Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector

Hacienda y Creacute ~ito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecup 28124 Clasificacioacuten econoacutemica La clasificacioacuten econoacutemica incluiraacute los siguipntes componentes

1 Ingre o 2 Gaste 3 Adqu sicioacuten de activos no financieros 4 Fuen es y aplicacioacuten del financiamiento y 5 Resu ados presupuestales

Artiacuteculo 4- Adicioacuten del artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28125 al Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 8 del

Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el ~ iguiente artiacuteculo

ARTiacuteCciJLO 28125 Cataacutelogo Uacutenico de clasificacioacuten Presupuestal Territorial El Minis(9rio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico expediraacute y actualizaraacute el Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas shy

2

que trata el el efecto establezca el

de entidades territoriales y sus

en fa

de la Repuacuteblica una

de

DEC 412 Paacutegina 5 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Presupuestal

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

que detalle y los gastos en con estaacutendares internacionales y con el nivel

por parte de las ysus artiacuteculo entraraacute a regir en teacuterminos que

Hacienda y Creacutedito

2 El Ministerio de y Creacutedito Puacuteblico teacutecnica permanente

a de que las mismas cuenten con servicio de aclaracioacuten y aplicacioacuten del

Artiacuteculo 5shy2 del

4 Tiacutetulo 1 281 A2 del Capiacutetulo

8 del Libro 1 Parte

del Sector8 del Libro 2 Puacuteblico el quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 28142 Clasificacioacuten del Proyecto de presupuesto El de Gastos se

presupuestales distinguiendo servicio de la deuda

entre cada y gastos de

y subprogramas

Artiacuteculo del artiacuteculo

28152 del Capitulo 5

5 Tiacutetulo 1

2 del Decreto 1068 2015 Modifiacutequese el 8 del 2 1068 de 2015 Puacuteblico el cual asiacute

de Sector Hacienda y

Artiacuteculo 28152 Anexo del Decreto de Liquidacioacuten El anexo del decreto de liquidacioacuten presupuesto en lo a gastos incluiraacute ademaacutes clasificaciones contempladas en el artiacuteculo 28142 la desagregacioacuten para de inversioacuten identificando los proyectos a fas programas y para

Naciacuteonal del en e

de

el caso funcionamiento y servicio de

de Presupuesto y en con

de acuerdo a de gasto que Cataacutelogo de

que establezca la de Hacienda y con sujecioacuten a lo

estaacutendar

del Presupuesto

Iguamente a General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio Hacienda y Puacuteblico estableceraacute las Especiaes se identifiquen

Artiacuteculo 7- Mod 28153 del Capiacutetulo Tiacutetulo 1 Parte 8 del

2 del Decreto 1068 201 Modifiacutequese el artiacuteculo 1 5 1 Parte

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 5: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

2

que trata el el efecto establezca el

de entidades territoriales y sus

en fa

de la Repuacuteblica una

de

DEC 412 Paacutegina 5 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Presupuestal

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras

que detalle y los gastos en con estaacutendares internacionales y con el nivel

por parte de las ysus artiacuteculo entraraacute a regir en teacuterminos que

Hacienda y Creacutedito

2 El Ministerio de y Creacutedito Puacuteblico teacutecnica permanente

a de que las mismas cuenten con servicio de aclaracioacuten y aplicacioacuten del

Artiacuteculo 5shy2 del

4 Tiacutetulo 1 281 A2 del Capiacutetulo

8 del Libro 1 Parte

del Sector8 del Libro 2 Puacuteblico el quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 28142 Clasificacioacuten del Proyecto de presupuesto El de Gastos se

presupuestales distinguiendo servicio de la deuda

entre cada y gastos de

y subprogramas

Artiacuteculo del artiacuteculo

28152 del Capitulo 5

5 Tiacutetulo 1

2 del Decreto 1068 2015 Modifiacutequese el 8 del 2 1068 de 2015 Puacuteblico el cual asiacute

de Sector Hacienda y

Artiacuteculo 28152 Anexo del Decreto de Liquidacioacuten El anexo del decreto de liquidacioacuten presupuesto en lo a gastos incluiraacute ademaacutes clasificaciones contempladas en el artiacuteculo 28142 la desagregacioacuten para de inversioacuten identificando los proyectos a fas programas y para

Naciacuteonal del en e

de

el caso funcionamiento y servicio de

de Presupuesto y en con

de acuerdo a de gasto que Cataacutelogo de

que establezca la de Hacienda y con sujecioacuten a lo

estaacutendar

del Presupuesto

Iguamente a General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio Hacienda y Puacuteblico estableceraacute las Especiaes se identifiquen

Artiacuteculo 7- Mod 28153 del Capiacutetulo Tiacutetulo 1 Parte 8 del

2 del Decreto 1068 201 Modifiacutequese el artiacuteculo 1 5 1 Parte

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 6: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

DE Paacutegina 6 de 14 DECRETO

Continuacioacuten del [ ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se estab lecen otras disposiciones

8 del Libro 2 del pecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacuteblico el cual e uedaraacute asiacute

Artiacutecule 28153 Desagregacioacuten de Gastos Las entidades podraacuten realizar asignacidnes internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidacioacuten

en sus d~pendenCias seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestioacuten sin que las mismas impliquen cambios en su destinacioacuten Estas desagre aciones deberaacuten realizarse conforme a lo establecido en el cataacutelogo de clasificacoacuten Presupuestal establecido por la Direccioacuten General de Presupuesto Puacuteblico rmiddot acional

La easifi acioacuten del gasto y su respectiva desagregacioacuten se realiza exclusivamente para efec tos presupuestales

Asimism( los recursos y sus correspondientes coacutedigos de identificacioacuten que

aparecer en el decreto de liquidacioacuten y sus anexos son de caraacutecter informativo por lo tanto a Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico deberaacute corregirlos siempre que no se afecte el presupuE sto de ingresos

Artiacuteculo 8- Moe iacutefiacutecacioacuten del artiacuteculo28156 del Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28156 del Capiacutetulo 5 Titulo 1

Parte 8 del Libre 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecul 28156 Modificaciones al Detalle del Gasto Las modificaciones al anexo d~ l decreto de liquidacioacuten que no modifiquen en cada seccioacuten presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda o los program s y subprogramas de inversioacuten aprobados por el Congreso de la

Repuacuteblicf3 se realizaraacuten mediante resolucioacuten expedida por el jefe del oacutergano respectivO En el caso de los establecimientos puacuteblicos del orden nacional estas modifica iones se haraacuten por resolucioacuten o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivo~ o por resolucioacuten del representante legal en caso de no existir aquelas

El Ministfrio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional aprobaraacute las operaciones presupuestales contenidas en las resolucie nes o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema ntegrado de Informacioacuten Financiera SlF Nacioacuten

Si se trala de gastos de inversioacuten la aprobacioacuten requeriraacute previo concepto favorable del Depi rtamento Nacional de Planeacioacuten- Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resolucie nes o acuerdos y verificacioacuten del registro de las solicitudes en el Sistema Unificad de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas SUIFF

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 7: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

DECRETO 412 DE Paacutegina 7 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACIOacuteIJ y se establecen otras disposiciones

La Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores realizaraacute los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC consultando la informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Los oacuterganos puacuteblicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liqUidacioacuten deberaacuten acceder a las mismas a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Paraacutegrafo 1- La Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional podraacute solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente Tambieacuten podraacute solicitar dichos ajustes la Direccioacuten de Inversiones y Finanzas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten cuando se trate de gastos de inversioacuten

Paraacutegrafo 2- Cuando las solicitudes de modificaciones y demaacutes afectaciones al detalle de la composicioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten requieran apertura de objetos ordinales y subordinales estas deben incluir la indicacioacuten de la clasificacioacuten correspondiente al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal asiacute como su equivalencia en los demaacutes clasificadores que se indique por la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 9- Adicioacuten del artiacuteculo 28157 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 2815 7 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 28157 Clasificacioacuten de los Ingresos Los conceptos de ingreso del presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nacioacuten Ingresos de la Nacioacuten contribuciones parafiscales de que trata el artiacuteculo 29 del Estatuto Orgaacutenico del Presupuesto - EOP fondos especiales de que trata el artiacuteculo 30 del EOP y los ingresos de los establecimientos puacuteblicos nacionales de que trata el artiacuteculo 34 del EOP se clasificaraacuten y desagregaraacuten de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establezca la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con sujecioacuten a lo establecido en el EOP en armoniacutea con el estaacutendar internacional de finanzas puacuteblicas siempre y cuando cumplan con las autorizaciones normativas para obtener recursos de las respectivas fuentes sentildealadas en el presente artiacuteculo por lo que su utilizacioacuten se sujeta a la aprobacioacuten de la solicitud de autorizacioacuten de la entidad ante la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional

Artiacuteculo 10- Adicioacuten el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28158 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico con el siguiente artiacuteculo

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 8: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

bull

r J 412 DE Paacutegina 8 de 14DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

UArtiacuteCUI 28158 Administracioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP on el propoacutesito de asegurar la consistencia conceptual del Cataacutelogo de Clasifica ioacuten Presupuestal - CCP y la integridad del cataacutelogo la Direccioacuten General del PresL puesto Puacuteblico Nacional como centro de informacioacuten presupuestal de que trata el rtiacuteculo 93 del Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto estaraacute a cargo de la administtacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deberaacute

1 Aclareacute r conceptos y objetos de gasto de las clasificaciones

2 AjUstac el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP (creacioacuten modificacioacuten

habilitr Cioacuten y eliminacioacuten de rubros o conceptos) 3 Ajustar y actualizar los instrumentos requeridos para la aplicacioacuten del Cataacutelogo

de Cieacute sificacioacuten Presupuestal - CCP y su relacioacuten con los demaacutes clasificadores de ac erdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto

4 Atend9r las solicitudes de las entidades de creacioacuten habilitacioacuten aclaracioacuten asisteriexclcia en su aplicacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal- cce

5 Coorcinar con la administracioacuten del Sistema de Integrado de Informacioacuten Finan iera SIIF Nacioacuten para su aplicacioacuten funcionamiento y generacioacuten de reportf9s de informacioacuten requeridos

Las solic tudes de administracioacuten del cataacutelogo hechas por las entidades a la DGPPN deberaacuten ~er atendidas dentro de los 15 diacuteas haacutebiles siguientes a su radicacioacuten

Artiacuteculo 11- Ac~icioacuten del artiacuteculo 28159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1018 de 2015 Adicioacutenese el artiacuteculo 28 159 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8

del Libro 2 del [ecreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito

Puacutebl ico con el ~ iguiente artiacuteculo

Artiacutecuf 28159 Servicios Compartidos Cuando las entidades que conforman el presuf uesto General de la Nacioacuten realicen convenios interadministrativos que comprendan la realizacioacuten de setvicios compartidos para el desarrollo y

administacioacuten de actividades de gestioacuten de programacioacuten o ejecucioacuten del presupuE sto deberaacuten garantizar el cumplimiento de la normativa y de las metodol giacuteas establecidas por el Estatuto Orgaacutenico de Presupuesto las normas que lo reglan entan y las instrucciones de la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Naciona del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y la Direccioacuten de Inversiones y Finanziexclas Puacuteblicas del Departamento Nacional de Planeacioacuten para cada una de

las entidpdes y las que de manera expresa se sentildealen para el efecto de manera que en iexclel convenio debe indicarse por lo menos los procedimientos traacutemites clasifica iones cronogramas y capacidad institucional de las partes sus respons tlbilidades y garantiacutea de informacioacuten en calidad y oportunidad dentro de los tiempos (9stablecidos

Artiacuteculo 12- A ~icioacuten del artiacuteculo 281510 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2

del Decreto 1 O ~8 de 2015 Adicioacutenese el art iacuteculo 28 1510 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 Parte

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 9: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

2

Artiacuteculo 28 Clasificacioacuten

11 Normas -

vigencias futuras y las del 2019 La en

Presupuesto Puacuteblico Nacional con la las

soporten los actos

2018 que se

DEC 412 9 de 14

ContinuaCioacuten del Decreto Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015 en el Libro imen reg lamentariacutea del sector hacienda y creacutedito Parte 8 de Reacutegimen

Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposIciones

8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacute Reglamentario del Sector Hacienda y C con el siguiente artiacuteculo

Artiacuteculo 281510

Clasificacioacuten Presupuestal -maacutes tardar a partir de la Nacioacuten de la

transicioacuten La aplicacioacuten del que trata el presente decreto

Liquidacioacuten y ejecucioacuten del Presupuesto se

2019 de acuerdo con el procedimiento el efecto del Presupuesto Puacuteblico Ministerio

efectuarse con por la Direccioacuten Puacuteblico Nacional la implementacioacuten del Cataacutelogo de Clasificacioacuten - CCP que trata el

Artiacuteculo 13- Adicioacuten del 11 al Capiacutetulo 5 Titulo 1 8 del 2 del Decreto 1068 de 2015 el artiacuteculo 281511 al Capiacutetulo 5 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del 1068 de 5 Uacutenico Reglamentario del y

Puacuteblico con el Siguiente artiacuteculo transitorio

transitorias relacionadas con

a partir 28152

de CCP Las solicitudes de estudio de

con anterioridad al 2018 para su de acuerdo con lo establecido en

de Inversiones y a los teacuterminos del nuevo

mecanismos para la

clasificacioacuten

asociados a los rubros

y se autorice el cumplan las condiciones para atender

que se

Las reservas presupuestales y las cuentas por constituyan su ejecucioacuten en 2019 se haraacuten con el durante la 2019 se realizaraacute mediante la

nuevo clasiacutefiacutecador

Artiacuteculo 14- Modificacioacuten del artiacuteculo 28175 del Capiacutetulo Titulo 1 Parte 8 del libro 2 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28175 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 2 Decreto 1068 de 2015 Uacute del Sector Hacienda

el quedaraacute asiacute y

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 10: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

(

412 DE Paacutegina 10 deDECRETO

14

Continuacioacuten del ~ecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglan entario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

ArliacuteCU) 28175 Registro de a ejecucioacuten presupuesta en e sistema integrado de informacioacuten financiera El registro de la ejecucioacuten del presupuesto de renta~ y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nac ioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten deberaacute hacerse -le conformidad con el Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP que establez a la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Ministerio de Haciendi y Creacutedito Puacuteblico y en los tiempos que permitan conocer la situacioacuten de las finan as con mayor cercaniacutea al momento de generarse el hecho econoacutemico

Paraacutegra o El Departamento Nacional de Planeacioacuten para lo de su competencia tomaraacute I informacioacuten financiera de la ejecucioacuten de la inversioacuten por proyecto y su respectiva relacioacuten con los rubros del cataacutelogo de clasificacioacuten presupuestal a traveacutes dE I Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten

Artiacuteculo 15- Mpdificacioacuten del artiacuteculo 28176 del Capitulo 7 Titulo 1 Parte 8 del

libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28 176 del Capiacutetulo 7 Tiacutetulo

1 Parte 8 del lit ro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda

y Creacutedito Puacuteblic p el cual quedaraacute asiacute

Arliacutecu P 28176 Ejecucioacuten compromisos presupuestaes Los compromisos presupw stales legalmente adquiridos se cumplen o ejecutan trataacutendose de contrato o convenios con la recepcioacuten de los bienes y servicios y en los demaacutes eventos con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago

El cumPrmiento de la obligacioacuten se da cuando se cuente con las exigibilidades correspondientes para su pago

Para pa tar la recepcioacuten de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebrac middotoacuten del compromiso se debe contar previamente con una autorizacioacuten por parte de Consejo Nacional de Poliacutetica Fiscal - Confis o quien este delegue de acuerdo con lo establecido en la ley para asumir obligaciones con cargo a presupu stos de vigencias futuras Para tal efecto previo a la expedicioacuten de los actos ae ministrativos de apertura del proceso de seleccioacuten de contratistas en los que se 6 videncie la provisioacuten de bienes o servicios que superen el 31 de diciembre de la re5lpectiva vigencia fiscal deberaacute contarse con dicha autorizacioacuten

Paraacutegra o 1- La disponibilidad presupuestal sobre la cual se amparen procesos de seleccioacute r de contratacioacuten podraacute ajustarse previo a la adjudicacioacuten yo celebracioacuten del resl ectivo contrato Para tal efecto los oacuterganos que hacen parte del Presupu(Jsto General de la Nacioacuten podraacuten previo a la adjudicacioacuten o celebracioacuten del respecti o contrato modificar la disponibilidad presupuestal esto es la sustitucioacuten

DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

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DECRETO 412 DE Paacutegina 11 de 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

del Certificado de Disponibilidad Presupuestal por la autorizacioacuten de vigencias futuras

Paraacutegrafo 2- Las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nacioacuten deben garantizar que al momento de cumplir con los requisitos que hacen exigible el pago de la obligacioacuten esta se realice al maacuteximo nivel de desagregacioacuten aplicado del Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP para lo cual deben realizar las gestiones necesarias con los prestadores y proveedores para que en la documentacioacuten soporte de cumplimiento se describa el maacuteximo nivel de detalle del gasto contratado de acuerdo al Cataacutelogo de Clasificacioacuten Presupuestal - CCP

Artiacuteculo 16 Modificacioacuten del artiacuteculo 2817110 de la Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 2817110 de la

Seccioacuten 1 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico

Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2817110 Caducidad de las vigencias futuras y los avales fiscales Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no utilizados a 31 de diciembre de cada antildeo caducan sin excepcioacuten En consecuencia los oacuterganos deberaacuten registrar en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten a maacutes tardar el 31 de diciembre de cada antildeo la utilizacioacuten de los cupos autorizados operacioacuten que refleja la utilizacioacuten de los cupos autorizados dentro de la vigencia

Las entidades con avales fiscales otorgados deberaacuten tramitar solicitud de autorizacioacuten de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento en caso contrario deberaacuten iniciar nuevamente traacutemite de solicitud de otorgamiento del aval fiscal

Artiacuteculo 17 Modificacioacuten del artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1

Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 281732 de la Seccioacuten 3 Capiacutetulo 7 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 281732 Constitucioacuten de reservas presupuestaes y cuentas por

pagar A maacutes tardar el 20 de enero de cada antildeo los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten constituiraacuten las reservas presupuestales y cuentas por pagar de la respectiva seccioacuten presupuestal correspondientes a la vigencia fiscal anterior de conformidad con los saldos registrados a 31 de diciembre a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten En dicho plazo solo se podraacuten efectuar los ajustes a que haya lugar para la constitucioacuten de

412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

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EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

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412 DE Paacutegina 12 de DECRETO 14

Continuacioacuten del [Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarr entario del sector hacienda y creacuted ito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

las resen as presupuestales y de las cuentas por pagar sin que en ninguacuten caso se puedan r9gistrar nuevos compromisos ni obligaciones

Cumplidc el plazo para adelantar los ajustes a que hace mencioacuten el inciso primero del presente artiacuteculo y constituidas en forma definitiva las reservas presupuestales y cuenta por pagar a traveacutes del Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten IJs dineros sobrantes de la Nacioacuten seraacuten reintegrados por el ordenador del gasto y ~ I funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito f uacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico dentro d~ I mismo plazo

Las cuedas por pagar y las reservas presupuestales que no se hayan ejecutado a 31 de die iembre de la vigencia en la cual se constituyeron expiran sin excepcioacuten En caso -le que la entidad mantenga recursos de la Nacioacuten por este concepto deben reintegra se por el ordenador del gasto y el funcionario de manejo del respectivo oacutergano a la Direccioacuten General de Creacutedito Puacuteblico y Tesoro Nacional del Ministerio de HaciE nda y Creacutedito Puacuteblico dentro de los primeros cinco (5) diacuteas del mes siguiente a la expiracioacuten de estas ))

Artiacuteculo 18- M pdificacioacuten del artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo 1 Parte 8 del Libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 28181 del Capiacutetulo 8 Tiacutetulo

1 Parte 8 del Li pro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblic D el cual quedaraacute asiacute

Artiacutecu( 28181 Seguimiento y Evauacioacuten Presupuestao El Ministerio de Haciendeacute y Creacutedito Puacuteblico - Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional realizaraacute el seguimiento y evaluacioacuten del Presupuesto General de la Nacioacuten con base en lf informacioacuten registrada en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten Lo anterior sin perjuicio de la informacioacuten adicional que la Direccioacuten solicite y que no se encuentre disponible en el sistema

El oepaf amento Nacional de Planeacioacuten realizaraacute el seguimiento y evaluaraacute la gestioacuten los proyectos de inversioacuten en los teacuterminos previstos por las disposiciones legales reglamentarias aplicables y mantendraacute disponible la informacioacuten en el Sistema de Seguimiento de Proyectos Inversioacuten Puacuteblica -SPI para consulta de todas la entidades puacuteblicas que puedan requerirla para la elaboracioacuten de los informes a que se refiere el presente tiacutetulo o para el cumplimiento de sus funciones La inforn acioacuten estaraacute ademaacutes disponible para la ciudadaniacutea en general

Cuando los oacuterganos que conforman el Presupuesto General de la Nacioacuten no registren la informacioacuten en el Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera SIIF Nacioacuten ) en el Sistema Unificado de Inversioacuten y Finanzas Puacuteblicas o no reporten la informacioacuten que requiera la Direccioacuten General del Presupuesto Puacuteblico Nacional del Minis erio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico yo la Direccioacuten de Inversiones y

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

1 P

EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

Page 13: MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO C MAR·2018 · Que de acuerdo con la sentencia C-478 de 1992 de la Honorable Corte Constitucional , Magistrado Por ente,

del

DECRETO DE Paacutegina 13 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglamentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se establecen otras disposiciones

Finanzas Puacuteblicas del a lo establecido en podraacuten abstenerse de

Planeacioacuten para dar cumplimiento Orgaacutenico del Presupuesto estos

I -iexclI- que dichos oacuterganos

Artiacuteculo 19- Modificacioacuten del artiacuteculo 29127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del li bro 2 Decreto 1068 de 2015 el 127 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 Parte 9 del Libro 2 Decreto 1068 de 2015 del Sector Hacienda y

Creacutedito Puacuteblico el cual

UArtiacuteculo del SIF Nacioacuten los gastos a la desagregar el presupuesto al maacuteximo nivel de Presupuestal CCP establecido la

a traveacutes de los ingresos y de

Nacioacuten deberaacuten de Clasificacioacuten

Presupuesto Puacuteblico Nacional

Cuando una entidad usuaria requiera para su Ult7HIJI

al Cataacutelogo de Clasificacioacuten deberaacute realizar la solicitud de acuerdo con lo sobre Administracioacuten del Cataacutelogo de procedimientos que se establezcan para el

un mayor detalle dicha Direccioacuten

artiacuteculo 281 5 9 - CCP Y los

Artiacuteculo 20- Modificacioacuten del artiacuteculo 291215 del Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1 li bro 2 del Decreto 1068 de 2015 Modifiacutequese el artiacuteculo 291215 1 Parte 9 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario y Puacuteblico el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 291215 Del periacuteodo de ajustes previacuteas sistema El Sistema Integrado de Informacioacuten nnnnrtn de transicioacuten al inicio de cada antildeo con

a los compromisos y obligaciones a que haya reservas presupuestales y de las cuentas por

89 del Estatuto Orgaacutenico delen el

sistema diacutea anterior al de la constitucioacuten legal de

la informacioacuten requerida para tal fin caso en con los artiacuteculos 14 y 71 de dicho estatuto en este periacuteodo no se

compromisos ni obligaciones con cargo a apropiaciones antildeo que se Como maacuteximo las reservas presupuestales corresponderaacuten a la

los compromisos y las obligaciones y las cuentas por pagar por entre las obligaciones y los pagos

(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

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EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

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(

~~ 412 DE Paacutegina 14 de

14 DECRETO

Continuacioacuten del Jecreto Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1068 de 2015 en el Libro 2 Reacutegimen reglarlentario del sector hacienda y creacutedito puacuteblico Parte 8 de Reacutegimen Presupuestal Parte 9 Sistema Integrado de Informacioacuten Financiera - SIIF NACiOacuteN y se estab lecen otras disposiciones

Igualme te el sistema tendraacute un periacuteodo de transicioacuten contable con el fin de que

las entid des efectuacuteen los ajustes respectivos a la contabilidad del antildeo que se cierra el cual curaraacute hasta la fecha en que las entidades deban reportar la informacioacuten solicitadeacute por la Contaduriacutea General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 21- Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su

publicacioacuten y modifica dentro del Libro 2 Parte 8 Tiacutetulo 1 los Capiacutetulos 1 4 7 Y 8 Y

modifica y adicipna los Capiacutetulos 2 y 5 Adicionalmente modifica el Capiacutetulo 2 Tiacutetulo 1

Parte 9 del Libre 2 y deroga el artiacuteculo 28154 del capiacutetulo 5 del tiacutetulo 1 de la parte 8 del libro 2 del Dec eto 1068 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

PUBLiacuteQUESE CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los 2 MAR 2018

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EL MINISTRO [ E HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA