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Ministerio de Educación DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZ TRAMITE DE DIPLOMAS Y LEGALIZACIONES

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Ministerio de Educación

DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZ

TRAMITE DE DIPLOMAS

Y LEGALIZACIONES

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGOS DE TRÁMITES 012-011-044-009-010

LEGALIZACIÓN DE LIBRETAS ESCOLARES – ELECTRÓNICAS Y CERTIFICADOS

DE CALIFICACIONES DE EDUCACIÓN REGULAR Y ALTERNATIVA

DEFINICIÓN.- La Legalización de libretas Escolares – electrónicas y/o certificados de

calificaciones es un trámite, donde el (la) Director(a) de la Dirección Departamental de

Educación La Paz refrenda las firmas y sellos de los Directores Distritales de Educación del

departamento de La Paz, Directores y Secretarios de las Unidades Educativas, previa

revisión por los (as) Responsables de Legalizaciones y Diploma de Bachiller.

Este trámite se aplica a los estudiantes que: concluyeron estudios del nivel secundario,

estudiantes con transferencia al interior y exterior del país en las modalidades de Educación

Regular y Alternativa, estudiantes que desean tramitar su Diploma de Bachiller Gratuito en

el interior del país, estudiantes que deseen continuar estudios superiores.

PRODUCTO.- Libretas Escolares - Electrónicas y/o certificados de calificaciones firmados y

sellados por el Director Departamental, Directores Distritales y Responsable de Legalización

y Diploma de Bachiller.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen tres días hábiles para la

devolución del trámite concluido, este se inicia a partir del ingreso del expediente por

sistema en la V.U.R.D. con todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla

cuando el usuario recoge el trámite. En el caso de los trámites observados se establece un día

hábil a partir del ingreso del expediente con todos los requisitos por sistema en V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO RESPONSABLE DE LEGALIZACIONES Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DISTRITAL Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un día (1) Hábil

PASOS A SEGUIR PARA EL PROCESO DE SU TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Para los estudiantes quienes realizaron todos los cursos en Educación Regular o

Alternativa en la Ciudad de La Paz, El Alto y Provincias.

USUARIOS DE TRÁMITES:

➢ Todos los estudiantes que realizaron sus estudios del nivel secundario.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

Todos los usuarios sin excepción deberán presentar de manera obligatoria los siguientes

requisitos:

➢ CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL, este documento es primordial para

la revisión de los datos personales en las libretas y/o certificados de notas, libros

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

centralizadores de notas y/o sistemas informáticos de notas. Identificando en el caso

que exista el error de nombres y apellidos.

➢ PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS deben presentar el certificado de

Nacimiento original o fotocopia legalizada en Cancillería del certificado de

nacimiento o pasaporte.

➢ PARA ESTUDIANTES QUE SE ENCUENTREN EN EL PAÍS, EN CALIDAD DE

REFUGIADOS POLÍTICOS, si no cuentan con el documento de identidad original o

legalizada, se les reemplazara el mismo con una carta de CONARE - ACNUR, donde

indique su calidad de refugiado y su nombre completo.

➢ LOS ESTUDIANTES QUE REALIZARON ESTUDIOS EN EL EXTERIOR DEL

PAÍS Y DESEAN CONTINUAR SUS ESTUDIOS EN NUESTRO PAÍS, deben

realizar las convalidaciones de los estudios realizados en el exterior para la valides

de sus grados cursados y aprobados.

➢ LOS ESTUDIANTES QUIENES CONTINUARON SUS ESTUDIOS EN OTROS

DEPARTAMENTOS DEL PAÍS O QUIENES DESEAN CONTINUAR, deben

realizar el trámite de la Legalización y la Ratificación de las libretas y/o certificados

de calificaciones en la Dirección Departamental de Educación de La Paz. Con

respecto a la Ratificación de las libretas y/o certificados de notas sólo hasta la gestión

2008.

➢ LOS ESTUDIANTES DE OTROS DEPARTAMENTOS DEL PAÍS QUIENES

CONTINUARON SUS ESTUDIOS EN EL DEPARTAMENTO DE LA PAZ O

QUIENES DESEAN CONTINUAR, deben realizar el trámite de legalización y

ratificación de las libretas y/o certificados de calificaciones en la Dirección

Departamental de los departamentos procedentes, para luego proseguir con el trámite

de Legalización de Libretas y/o Certificado de notas en la Dirección Departamental

de Educación de La Paz y posteriormente obtener su Diploma de Bachiller.

➢ TODOS LOS ESTUDIANTES DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ, deben

solicitar la legalización de las libretas y/o certificados de calificaciones en las

Direcciones Distritales correspondientes, y el mismo pasara a firma del Director

Departamental.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS

PARA LA LEGALIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIOS Y/O LIBRETAS

ESCOLARES EN LA DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ,

deben cumplir con lo siguiente:

➢ La libreta escolar y/o certificado de notas, no deben tener borrones, enmiendas o

sobrescritos.

➢ Los nombres y apellidos del estudiante de la libreta escolar y/o certificado de notas

deben coincidir con el Certificado de Nacimiento vigente, así mismo las notas deben

coincidir con el libro centralizador y sistemas SILEN, SIEWEB y SIGED.

➢ Las Libretas y/o certificados de notas debe contar con la firma y pie de firma del

Director de la Unidad Educativa, secretario, sello redondo sobre la fotografía y llevar

sello de APROBADO (con letras molde muy visible en el caso de ser manuscrito).

➢ Si el alumno realizó con carácter previo al trámite de Legalización, tramites de

Resoluciones Administrativas que les permitan corregir o subsanar problemas

derivados del registro de sus nombres y/o apellidos, o problemas derivados de sus

calificaciones o convalidaciones de estudios en el exterior u otros, estos deben ser

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

adjuntados al trámite para la legalización de las libretas y/o certificados de

calificaciones.

➢ La libreta, Libreta Electrónica y/o certificado de notas tiene el mismo valor para

optar el Diploma de Bachiller o Título de Bachiller.

➢ Para los estudiantes que deseen continuar sus estudios fuera del país, los estudiantes del

sistema de educación regular tienen la obligación de presentar Libretas y/o Certificados de Notas de los cuatro cursos completos de secundaria. Los estudiantes que estudiaron en el sistema de educación de Adultos (CEA) tienen la obligación de presentar Certificados de Notas de los dos grados de alternativa que equivale a los cuatro cursos completos de secundaria.

➢ Si mediante la verificación de libretas y/o certificados de notas emitidos por las Unidades

Educativas, “existiera cualquier anormalidad en las calificaciones presentadas por un estudiante y/o Unidad Educativa, esta se soluciona mediante la elaboración de una Resolución Administrativa previo análisis y evaluación del tipo de error, como ser:

TRAMITE DE PROCESOS TRÁMITE (Resoluciones Administrativas)

Error grave o cambio de nombre (s) y/o apellido (s).

Rectificación, inversión, inclusión o exclusión de nombre.

Involuntariamente por no haber cursado una asignatura.

Examen de Igualación.

No haber cursado o aprobado un grado o curso.

Examen de Regularización.

La calificación esta errada o no se encuentra en libros.

Reposición de notas o calificaciones.

Reemplazar una asignatura por otra. Homologación de notas

Haber estudiado un/os grado/s en el exterior.

Convalidación de Estudios realizados en el exterior.

Estudiar o repetir un grado después del bachillerato.

Estudios realizados con posterioridad al bachillerato

Adelantar exámenes finales antes de culminar la gestión.

Adelanto de Exámenes

Validar notas de exámenes de igualación Convalidación Acta de examen.

Fuente: elaboración propia (legalizaciones)

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 013

LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COLEGIOS CERRADOS –

EDUCACIÓN REGULAR O ALTERNATIVA

DEFINICIÓN.- Trámite que permite al estudiante que realizó estudios del nivel Secundario

o Educación Alternativa en una Unidad Educativa o Centro de Educación Alternativa que a

la fecha se encuentra legalmente cerrada, pueda obtener un certificado de notas debidamente

llenado y legalizado.

PRODUCTO.- Certificado de Calificaciones del nivel Secundario o Educación Alternativa

llenado y legalizado por, el Responsable de Legalizaciones, firmado por el Director Distrital

correspondiente y el Director Departamental de Educación La Paz, en el caso de existir solo

un técnico en el área de legalizaciones el podrá firmar como Secretario, Director y

responsable de legalizaciones.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega

del trámite concluido u observado al usuario, éste se inicia a partir de la entrega de los

requisitos en la V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO DE LEGALIZACIONES Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DISTRITAL Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un día (1) Hábil

PASO A SEGUIR PARA EL PROCESO DE SU TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Firma y Sello Dirección Distrital

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que el estudiante solicite la legalización de certificados de estudios de una Unidad

Educativa o Centros de Educación de Adultos que se encuentre cerrado.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS

USUARIOS DE TRÁMITES:

➢ Los estudiantes que realizaron sus estudios del nivel primario (7mo. y 8vo.), nivel

secundario (1ro. a 4to. sistema anterior) y del 1ro. a 6to. de secundaria comunitaria

productiva y ciclo de Aprendizajes Complementarios y Especializados (común y

superior) en Unidades Educativas o Centro de Educación Alternativa que se

encuentren legalmente cerrado.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

➢ Es indispensable el llenado del formulario de solicitud de notas, siendo un formulario

donde se consigna de manera clara: la gestión, curso, unidad educativa y dirección

distrital.

➢ El certificado de nacimiento es un requisito obligatorio para corroborar los datos

personales del estudiante.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

➢ Las fotografías deben ser pegadas en cada uno de los certificados de notas.

➢ En el caso de los usuarios extranjeros podrán presentar cualquier documento de identidad,

sea carnet de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento; si presentara fotocopias

deberán estar legalizadas en Cancillería.

➢ Para los usuarios quienes se encuentren en el país en calidad de refugiados políticos y que

por esta condición no tienen documento de identidad original o legalizada, se les

reemplazara el mismo con una carta de CONARE – ACNUR, donde indique su calidad de

refugiado y su nombre completo.

➢ En caso de que el usuario realizo Resoluciones Administrativas como ser: Rectificación,

inversión, inclusión de nombre y/o apellidos u otras resoluciones que amerite el trámite

debe ser adjuntada para proceder con la legalización de los certificados de notas.

➢ El certificado de notas tienen el mismo valor que las libretas de calificaciones y Libretas

Electrónicas.

➢ Solo cuando el usuario requiere también la ratificación de los certificados de estudios debe

presentar CARTA DE SOLICITUD que corresponde hasta la gestión 2008.

➢ No se acepta la legalización de certificados de estudios, de un grado secundario regular o

alternativa si no presenta certificados de estudios del grado inmediato inferior o fotocopia

del Título y/o Diploma de Bachiller.

➢ Informe de la Dirección Distrital correspondiente aclarando el cierre de la Unidad

Educativa y número de Resolución Administrativa.

➢ Los técnicos del área de legalizaciones firmaran como Director y Secretario(a) del Centro

de Educación Alternativa, excepcionalmente el técnico del área de legalizaciones podrá

firmar las tres firmas por ausencia de los mismos, a fin de no perjudicar el tiempo en el

proceso del trámite.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 112

CENTRALIZACIÓN DE NOTAS DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y LEGALIZACIÓN

DE CERTIFICADOS DE CALIFICACIONES

DEFINICIÓN.- Tramite que permite al participante centralizar las notas de estudios

realizados en dos Centros de Educación Alternativa, y obtener un certificado de notas

debidamente legalizado, con las cuatro asignaturas del Programa de Estudios de Educación

Alternativa.

PRODUCTO.- Certificado de Estudios de Educación Alternativa llenado y legalizado por el

Responsable de Legalizaciones, firmado por el Director Distrital correspondiente y por el

Director Departamental de Educación La Paz.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega

del trámite concluido u observado al usuario, éste se inicia a partir de la entrega de los

requisitos en la V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO DE LEGALIZACIONES Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DISTRITAL Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un día (1) Hábil

PASOS A SEGUIR PARA EL PROCESO DE SU TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que el estudiante solicite el llenado y la legalización de certificados de estudios de Centros

de Educación Alternativa, habiendo cursado en dos Centros diferentes en un mismo nivel

de aprendizaje.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

➢ Es indispensable el llenado del formulario de solicitud de notas, siendo un formulario

donde se consigna de manera clara: la gestión, curso, Centro Educación Alternativa y

dirección distrital.

➢ El certificado de nacimiento es un requisito obligatorio para corroborar los datos

personales del estudiante.

➢ Las fotografías deben ser pegadas en cada uno de los certificados de notas.

➢ En el caso de los usuarios extranjeros podrán presentar cualquier documento de identidad,

sea carnet de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento; si presentara fotocopias

deberán estar legalizadas en Cancillería.

➢ Para los usuarios quienes se encuentren en el país en calidad de refugiados políticos y que

por esta condición no tienen documento de identidad original o legalizada, se les

reemplazara el mismo con una carta de CONARE – ACNUR, donde indique su calidad de

refugiado y su nombre completo.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

➢ En caso de que el usuario realizo Resoluciones Administrativas como ser: Rectificación,

inversión, inclusión de nombre y/o apellidos u otras resoluciones que amerite el trámite

debe ser adjuntada para proceder con la legalización de los certificados de notas.

➢ El certificado de notas tienen el mismo valor que las libretas de calificaciones y Libretas

Electrónicas.

➢ Solo cuando el usuario requiere también la ratificación de los certificados de estudios debe

presentar CARTA DE SOLICITUD que corresponde hasta la gestión 2008.

➢ No se acepta la legalización de certificados de estudios, de un grado de educación

alternativa si no presenta certificados de estudios del grado inmediato inferior siempre que

este sea el último grado.

➢ Informe de ambos Centros de Educación Alternativa que especifique los datos de: notas

promovidas, fechas de examen (día/mes/año) y número de folio y partida.

➢ Los técnicos del área de legalizaciones firmaran como Director y Secretario(a) del Centro

de Educación Alternativa, excepcionalmente el técnico del área de legalizaciones podrá

firmar las tres firmas por ausencia de los mismos, a fin de no perjudicar el tiempo en el

proceso del trámite.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 053

LEGALIZACIÓN DE LIBRETAS ESCOLARES DEL NIVEL PRIMARIO (1ro a 6to.)

DEFINICIÓN.- La Legalización de Libretas y/o Certificados de Notas del nivel primario es

un trámite donde la Dirección Departamental de Educación de La Paz legaliza los estudios

del nivel primario para estudiantes que deseen continuar estudios en el interior o exterior del

país.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece dos días hábiles para la entrega

del trámite concluido u observado al usuario, este se inicia a partir de la entrega de los

requisitos del usuario en la V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Dos días (2) Hábiles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 5. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES

➢ Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones de los

cursos del nivel primario inferior.

➢ Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones para fines

que convenga al interesado.

➢ Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones para viajes

al Exterior.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

➢ El certificado de Nacimiento es requisito obligatorio. Sin embargo, en el caso de los

usuarios extranjeros que no tuvieran el certificado de nacimiento podrán presentar

cualquier documento de identidad como ser: carnet de identidad, pasaporte, certificado

de nacimiento o fotocopia de su certificado de nacimiento la misma que deberá estar

legalizada en Cancillería.

➢ Para los usuarios que se encuentren en el país, en calidad de refugiados políticos y que

por esta condición no tienen documentación de identidad original o legalizado, se les

reemplazará el mismo con un carta de CONARE - ACNUR donde indique su calidad de

refugiado y su nombre completo.

➢ Se debe considerar que los estudiantes del nivel primario no tienen certificados de

calificaciones. Sin embargo la legalización se realizara en la libreta electrónica y/o

certificado de notas.

➢ En algunos países no se aceptan evaluaciones cualitativas sino las cuantitativas que

comúnmente conocemos, por ello es importante que en la certificación indique los valores

ponderados de las calificaciones para que sirva como parámetro. En caso que la Unidad

Educativa no tenga libretas por encontrarse en proceso de transformación y que el

usuario requiere evaluación cuantitativa, puede la Dirección de la Unidad Educativa

certificar en hoja membretada de la Unidad las calificaciones obtenidas por el estudiante

utilizando el plan de estudio de las valoraciones cualitativas a cuantitativas.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 052

RATIFICACIÓN DE LIBRETAS Y/O CERTIFICADOS DE CALIFICACIONES DE

UNIDADES EDUCATIVAS REGULAR Y CENTRO DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA

DEFINICIÓN.- El trámite de Ratificación de Libretas y/o Certificados de Nota es un trámite

el cual la Dirección Departamental de Educación La Paz acredita la legalización de las

libretas, Libretas Electrónicas y/o certificados de calificaciones.

El trámite se aplica a aquellos casos en los que los estudiantes cursaron estudios en nuestro

departamento y posteriormente continúan sus estudios en otros departamentos del país.

PRODUCTO.- La certificación se efectúa en el reverso del Formulario de Solicitud de Notas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece dos días hábiles para la entrega

del trámite concluido u observado al usuario, este se inicia a partir de la entrega de los

requisitos del usuario en la V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

ÁREA DE LEGALIZACIONES Un día (1) Hábil

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un día (1) Hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 051

LEGALIZACIÓN DE BOLETINES Y CENTRALIZADORES - COLEGIOS

DEFINICIÓN.- La Legalización de Boletines y Centralizadores es un trámite el cual la

Dirección Departamental de Educación otorga al estudiante una fotocopia legalizada de los

Boletines Centralizadores de Calificaciones de las Unidades Educativas.

PRODUCTO.- Fotocopia legalizado de los Boletines Centralizadores de Calificaciones.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece un día hábil para la entrega del

trámite concluido u observado al usuario, este se inicia a partir de la entrega de los

requisitos del usuario por V.U.R.D. y concluye en la misma ventanilla.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO DE LEGALIZACIONES Un (1) día

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 074

LEGALIZACIÓN DE LAS FOTOCOPIAS DEL DIPLOMA DE BACHILLER

GRATUITO

DEFINICIÓN.- Este trámite está dirigido a estudiantes que obtuvieron su diploma de

bachiller gratuito aprobado por Ley No. 3991 de 18 de diciembre de 2008, por lo que la

Dirección Departamental de Educación La Paz acredita haber entregado el diploma de

bachiller gratuito.

PRODUCTO.- Certificación efectuada en el reverso de la fotocopia del diploma de

bachiller.

COSTO DEL TRÁMITE.- El costo de trámite por LEGALIZACIÓN DE LAS

FOTOCOPIAS DEL DIPLOMA DE BACHILLER GRATUITO es Bs. 30.- la cual se

encuentra determinado mediante R.M. 262/09.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Un (1) día hábil

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL (para el Exterior) Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Firma y sello Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos

Paso 6. Firma y Sello (exterior) Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Usuarios del trámite:

Estudiantes que cuentan con el Diploma de Bachiller Gratuito original.

REQUISITOS OBLIGATORIOS

Las fotocopias del Diploma de Bachiller deben ser del original, nítidas y del mismo

tamaño.

El único requisito que se requiere es presentar el original del Diploma de Bachiller, caso

contrario deben realizar el trámite correspondiente.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRAMITE 001

RECTIFICACIÓN, INVERSIÓN O INCLUSIÓN DE NOMBRES Y/O APELLIDOS –

COLEGIOS

DEFINICIÓN.- La rectificación, inversión o inclusión de nombres y/o apellidos es un

trámite por el cual la DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ

mediante resoluciones administrativas subsana errores de registro en Boletines de asignatura

o en Boletines Centralizadores (inversiones, inclusión u omisiones de nombres y/o apellidos

de los alumnos).

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que autoriza el cambio de datos como ser: error,

omisión e inclusión de datos en los nombres y/o apellidos. En los casos no justificados se

emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o definitivas

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es de

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que en los Boletines de Asignatura y/o Centralizadores tengan una omisión, exclusión,

abreviación, inversión u otros errores de nombres y/o apellidos.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Error en una letra o sílaba, no requiere resolución administrativa individual de acuerdo a R.A.

051/08.

Este trámite se realizará solamente bajo este código de trámite para los estudiantes de enseñanza

del sistema regular y alternativa.

En NINGÚN CASO para los usuarios bolivianos, se aceptará el trámite de rectificación,

inversión, exclusión o inclusión de nombre y/o apellidos, si NO presenta Certificado de

Nacimiento original, siendo este el documento BASE para proceder con el trámite y brinda la

información sobre la cual se trabajará.

La CARTA DE SOLICITUD debe reflejar la solicitud que hace el usuario, especificando cual es

el error a subsanar indicando la gestión y grado.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

En caso que el COLEGIO ESTÉ CERRADO, el usuario deberá presentar la carta de solicitud

haciendo notar esta situación, adjuntando los boletines obtenidos del área de legalizaciones,

además el informe de la Dirección Distrital que certifique que la Unidad Educativa este

legalmente cerrada.

Si el usuario presenta errores en nombres y/o apellidos en más de dos grados y en varias Unidades

Educativas, no necesita realizar varios trámites, simplemente presentar su trámite judicial y/o

administrativo y los informes de error de todas las Unidades Educativas que requiera.

Los Directores de las Unidades Educativas deben emitir los informes necesarios para este trámite,

a simple solicitud del usuario, según circular S.D.L.P. No. 027/01 de fecha 29 de mayo de 2001,

que les instruye no exigir Memoriales como tampoco los proveídos de las Direcciones Distritales a

los usuarios del trámite.

En el caso de los usuarios extranjeros que NO tuvieran el certificado de nacimiento podrán

presentar documentos de identidad como ser: carnet de identidad y/o pasaporte original .Si en

caso presentará fotocopia de su certificado de nacimiento, la misma deberá estar legalizada por la

Cancillería.

Para los usuarios que se encuentren en el país en calidad de refugiados políticos y que por esta

condición, no cuenten aún con documento de identidad original o legalizada se les remplazará el

mismo con una carta de CONARE y/o ACNUR, donde indique su calidad de refugiado y su nombre

completo.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 002

REPOSICIÓN, RECTIFICACION Y EXCLUSION DE NOTAS EN LIBROS

CENTRALIZADOR Y/O BOLETINES

DEFINICIÓN.- La Reposición de notas de los libros centralizadores y/o Boletines es un

trámite donde la DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ subsana

errores u omisiones de transcripción de calificaciones en Boletines de asignatura o en

Boletines Centralizadores de Notas de las Unidades Educativas y Centros de Educación

Alternativa.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que autoriza la corrección de datos como ser: el

error u omisión de notas en los libros centralizadores y sistemas informáticos (SIEWEB y

SIGED). En casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones

parciales o definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, éste se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo

es en la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL dos (1) días hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que en la Unidad Educativa se cometiera el error de transcripción, intercalar y omitir

las notas de un determinado estudiante(s), grado, paralelo o casillero de observación.

➢ Que estudiantes que cursaron el bachiller y obtuvieron el Diploma de Bachiller

gratuito, habiendo aprobado en gestiones anteriores el sexto de secundaria

comunitaria productiva o cuarto de secundaria.

➢ Que el estudiante curso grados en educación regular o educación alternativa ya

habiendo culminado sus estudios de bachillerato sin autorización alguna (anulación

de grado) a partir de la gestión 2009.

➢ Unidades Educativas que no cumplieron con el plan de estudio al omitir las

calificaciones de asignatura determinada.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Usuarios del trámite Área de Educación Regular

Los usuarios de este trámite son estudiantes del sistema de enseñanza regular y Directores de

Unidades Educativas que necesiten reponer notas de un estudiante o más, grado, paralelo o

casillero de observación previa sanción de acuerdo al arancel establecido.

Usuarios del trámite Área de Educación Alternativa

Solo los Directores del Centro de Educación Alternativa podrán realizar el trámite de reposición

de notas, error de registro en el SEMESTRE, ASIGNATURA, FECHA DE PROMOCIÓN o

NIVEL previa sanción de acuerdo al arancel establecido.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

La reposición de notas y datos del área alternativa solo se podrá dar curso por una sola

asignatura del Ciclo de Aprendizaje aprobado.

Por Instructivo IT/VER/DGEP/EGCP Nº 0003/2015 se sancionara a maestros(as),

Directores(as) de unidades educativas con cinco días de haber a partir de la gestión 2015.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

La reposición de notas y/o boletines es procedente tal como indica su nombre, si el usuario

demuestra que ha existido un error en la transcripción de sus calificaciones, presentando EL

REGISTRO PEDAGÓGICO ORIGINAL DEL DOCENTE (requisito obligatorio), instrumento

primordial que permite la transcripción de las notas obtenidas por el estudiante al libro

centralizador, sin éste requisito, no se declarará procedente el trámite.

Excepcionalmente se admitirán Boletines de Asignatura y/o Boletines Internos, siempre y cuando

sean los originales de la gestión afectada, con las firmas correspondientes con los docentes de

asignatura y Director de la Unidad Educativa.

La reposición múltiple es cuando por error se han afectado las notas de más de un estudiante. En

este último caso, procede la reposición de notas y/o boletines para ambos, siempre y cuando se

presenten los requisitos que se exigen.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 104

EXÁMENES DE REGULARIZACIÓN

DEFINICIÓN.- Los exámenes de Regularización son pruebas que rinden los estudiantes

ante un Tribunal Único nombrado por la DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE

EDUCACIÓN LA PAZ para regularizar las calificaciones de un curso NO APROBADO.

Estos exámenes también se aplican en los casos donde los estudiantes han sido promovidos a

un curso y fueron aprobados sin haberse inscrito, cursado y aprobado el inmediato inferior.

No corresponde de NINGUNA MANERA los exámenes de regularización a estudiantes del

último grado de secundaria.

Los estudiantes que requieran realizar el trámite de examen de regularización deben realizar

el pago de Bs. 11 por asignatura dependiendo del grado a rendir el examen.

Los estudiantes egresados de las unidades educativas y beneficiados por la Ley No. 3991 de

18 de diciembre de 2008 (diploma de bachiller gratuito) podrán rendir el examen de

regularización a partir del mes de septiembre de la gestión siguiente.

Las Unidades Educativas que hubieran inscrito a alumnos en un curso sin haber aprobado el

curso inmediato inferior, deben PAGAR UNA MULTA por negligencia en el trabajo

administrativo (arancel 23 Unidad Educativa fiscal o arancel 24 Unidad Educativa

particular), sin el respectivo pago el estudiante NO PODRÁ realizar el trámite de Exámenes

de Regularización.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que autorice al estudiante a rendir los exámenes

de regularización, asignándole un Tribunal Único y una vez rendido los exámenes, la Unidad

Educativa deberá transcribir las calificaciones obtenidas en un Certificado de Notas

(indicando el número de Resolución en la parte de observaciones además de la fecha).

En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o

definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CASOS USUALES

Estudiantes que realizaron grados en el exterior y por mala interpretación respecto a las

tablas de equivalencia, han sido inscritos a su retorno a un grado superior que no

corresponde.

Unidades Educativas que inscriban en la misma gestión a estudiantes en un grado y este, fue

reprobado en otra unidad educativa (doble promoción).

Estudiantes que en la misma gestión figuren en dos grados diferentes y en distintos turnos.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Estudiantes que deban regularizar el año que les falta cursar, siempre y cuando no sea el último

año de secundaria (4to o 6to de secundaria sistema anterior y sistema actual).

Los estudiantes que salieron bachilleres menores a 17 años y que no cuenten con tres

grados, por falta de documentación, centralizadores de notas o por encontrarse la Unidad

Educativa cerrada, siendo estos grados aprobados y justificados mediante informe de la

Dirección Distrital respectiva. Este trámite corresponde solo a los alumnos del nivel

Primario, el mismo que darán examen del SEXTO de primaria comunitaria productiva que

corresponderá a los grados faltantes del nivel primario.

De existir más grados faltantes, los estudiantes deben cursarlos con POSTERIORIDAD AL

BACHILLERATO.

En los casos de DOBLE PROMOCIÓN, la Resolución Administrativa anulará los grados en

conflicto debiendo adjuntar una copia de la misma, tanto en libros Centralizadores y Sistema

Informático como antecedente.

Si el estudiante no hubiese rendido los exámenes aprobado con Resolución Administrativa en el

plazo de 2 años, la misma no tendrá validez, debiendo reiniciar el trámite con los requisitos de la

presente guía.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 105

EXAMEN DE IGUALACIÓN (Nivelación Humanística)

DEFINICIÓN.- El Examen de Igualación es un examen que rinden el estudiante (no más de

tres asignaturas) ante un Tribunal Único nombrado por la DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ, en caso de cambio de sistema de

educación Técnica a Humanística podrán rendir examen de las materias faltantes de

acuerdo al plan de estudio.

Este examen se aplica en los casos donde los estudiantes han sido promovidos a un curso y

fueron aprobados sin haber cursado algunas asignaturas del curso inmediato inferior de

acuerdo al pensum de materias o por cambio de sistema de educación técnica a Humanística

de acuerdo al plan de estudio.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que autoriza a un Tribunal Único, para que rinda

exámenes el estudiante, habiendo justificado los motivos por los que no tiene calificaciones

en el año escolar en cuestión. En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado

con observaciones parciales o definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que el estudiante por razones de viaje o enfermedad bien justificadas, no se

hubiera presentado a dar exámenes de recuperación hasta el primer Bimestre de

la siguiente gestión.

➢ Que el estudiante no ha cursado la materia por falta de ítem o falta de docente..

➢ Que el estudiante no cuente con los boletines de habilitación por mala

administración de las unidades educativas solo de las gestiones 1989 hacia

atrás.

➢ Estudiantes que no cuenten con una calificación en algun grado y que la

unidad educativa se encuentre cerrada.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Las Resoluciones Administrativas tienen vigencia solo de dos años, en caso de que el

estudiante no haya rendido examen antes de su vencimiento debe reiniciar el tramite con los

mismo requisitos.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Se autorizará rendir exámenes de igualación de un número mayor de asignaturas en el caso

de estudiantes que provengan de Institutos de Educación Técnica por motivo de cambio de

Sistema Educativo (Técnico al Humanístico).

Se autoriza el trámite de examen de igualación a estudiantes del Subsistema de Educación

Regular.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 005

CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTERIOR

DEFINICIÓN.- La Convalidación de Estudios realizados en el Exterior es un trámite que la

Dirección Departamental de Educación La Paz convalida el grado completo, de estudios del

6to de primaria comunitaria productiva y de 1ro. a 6to. de secundaria comunitaria

productiva de estudiantes bolivianos o extranjeros realizados fuera del territorio nacional.

Los estudiantes que deseen convalidar sus estudios realizados en el exterior deben rendir

exámenes de las asignaturas nacionales del curso correspondiente si no cuentan con

convenios específicos, ante un Tribunal Único de acuerdo a la Resolución Administrativa

Específica de la Dirección Departamental de Educación La Paz.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa donde convalidara los grados correspondientes

del estudiante que habiendo presentado los requisitos en conformidad y autorizando a un

Tribunal Único para que tome exámenes al estudiante de materias nacionales. En los casos

no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o definitivas.

CUADRO DE MATERIAS NACIONALES POR CURSOS PARA ESTUDIANTES DE

NACIONALIDAD EXTRANJERA

Alumnos de

Curso

Materias que debe rendir

examen

Costo por

Gestión

Costo total

por año

7mo. Primaria Estudios Sociales 90.- 90.-

8vo. Primaria Estudios Sociales 90.- 90.-

1ro. secundaria Estudios Sociales 90.- 90.-

2do. secundaria Estudios Sociales 90.- 90.-

3ro. secundaria Historia, Geografía y Cívica 90.- 360.-

4to secundaria Historia, Geografía y Cívica 90.- 360.-

CUADRO DE MATERIAS NACIONALES POR CURSOS PARA ESTUDIANTES DE

NACIONALIDAD BOLIVIANA

Alumnos de

Curso

Materias que debe rendir

examen

Costo por

Materia

Costo total

por año

7mo. Primaria Estudios Sociales 50.- 50.-

8vo. Primaria Estudios Sociales 50.- 50.-

1ro. secundaria Estudios Sociales 50.- 50.-

2do. secundaria Estudios Sociales 50.- 50.-

3ro. secundaria Historia, Geografía y Cívica 50.- 150.-

4to secundaria Historia, Geografía y Cívica 50.- 150.-

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la

entrega del trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D.

y el recojo del trámite concluido en la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Estudiantes que habiendo realizado estudios en el exterior necesiten proseguir

estudios superiores en el país.

➢ Estudiantes bolivianos o extranjeros quienes han realizado estudios del nivel

primario o secundario fuera del territorio nacional para la obtención de su título o

diploma de bachiller en el país.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

En el caso de los ciudadanos bolivianos se les exigirá forzosamente el certificado de

nacimiento original. En el caso de los extranjeros que no tengan el certificado de nacimiento

o cualquier documento de identidad, sea este carnet de identidad y pasaporte original, la

fotocopia de su certificado de nacimiento, sí presentará la misma deberá estar legalizada en

la Cancillería.

ASPECTO A SER CONSIDERADOS:

Para los usuarios que se encuentren en el país en calidad de refugiados políticos y que por

esta condición no tiene documento de identidad original o legalización, se les reemplaza el

mismo con una carta de CONARE – ACNUR la cual indique su calidad de refugiado y su

nombre completo.

Se convalidan los certificados de notas o libretas de calificaciones de grados completos y

promovidos.

Como la convalidación se efectúa sobre la base de las tablas de equivalencias de estudios que

existen entre países, los usuarios deberán verificar si existen dichas tablas en la Institución,

caso contrario debe solicitarlas en la Embajada o Consulado del país respectivo y

adjuntarlas al expediente.

No se convalidan los títulos o diplomas de bachiller obtenidos fuera del país, únicamente se

convalidan los certificados de notas, certificados analíticos o las libretas de grados

aprobados.

Las resoluciones administrativas tienen vigencia solo de dos años, en caso de que el

estudiante no rindió sus exámenes antes de su vencimiento debe reiniciar el trámite.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 054

CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTERIOR – CONVENIOS

ANDRÉS BELLO- ARGENTINA - BRASIL

DEFINICIÓN.- La Convalidación de Estudios realizados en el exterior es un trámite el cual

la Dirección Departamental de Educación convalida los estudios del nivel primario y

secundario realizado fuera del territorio nacional de estudiantes bolivianos o extranjeros

para que prosigan estudios superiores u obtengan su Diploma de Bachiller.

Los estudiantes bolivianos dentro del Convenio Andrés Bello que deseen convalidar sus

estudios realizados en el extranjero deben rendir exámenes de igualación de las asignaturas

nacionales del curso correspondiente ante un Tribunal Único de acuerdo a la Resolución

Administrativa específica de la D.D.E.L.P. por alumno.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa donde convalidará los grados realizados en el

exterior del país de manera directa sin rendir exámenes de igualación e indirecta rindiendo

exámenes de igualación de asignaturas nacionales, señalados específicamente según el

Convenio Bilateral o Multilateral vigente. En los casos no procedentes se emitirá un Informe

pormenorizado con observaciones parciales o definitivas.

CUADRO DE MATERIAS NACIONALES POR CURSOS PARA ESTUDIANTES DE

NACIONALIDAD EXTRANJERA

Alumnos de

Curso

Materias que debe rendir

examen

Costo por

Gestión

Costo total

por año

7mo. Primaria Estudios Sociales 90.- 90.-

8vo. Primaria Estudios Sociales 90.- 90.-

1ro. secundaria Estudios Sociales 90.- 90.-

2do. secundaria Estudios Sociales 90.- 90.-

3ro. secundaria Historia, Geografía y Cívica 90.- 360.-

4to secundaria Historia, Geografía y Cívica 90.- 360.-

CUADRO DE MATERIAS NACIONALES POR CURSOS PARA ESTUDIANTES DE

NACIONALIDAD BOLIVIANA

Curso Materias que debe dar examen Costo por

materia Costo Total

7mo de Primaria Estudios Sociales 50.- 50.-

8vo de Primaria Estudios Sociales 50.- 50.-

1ro de Secundaria Estudios Sociales 50.- 50.-

2do de Secundaria Estudios Sociales 50.- 50.-

3ro de Secundaria Historia, Geografía y Cívica 50.- 150.-

4to de Secundaria Historia, Geografía y Cívica 50.- 150.-

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la

entrega del trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D.

y el recojo del trámite concluido en la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) días hábil

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Estudiantes que habiendo realizado estudios en el exterior y necesiten proseguir

estudios superiores en el país.

➢ Todos los(as) estudiantes bolivianos o extranjeros quienes han realizado estudios del

nivel primario o secundario fuera del territorio nacional para la obtención de su

título o diploma de bachiller en el país.

REQUISITO OBLIGATORIO:

En el caso de los ciudadanos bolivianos se les exigirá forzosamente el certificado de

nacimiento original.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

En el caso de que en el país donde han realizado sus estudios no exista representación

diplomática de nuestro país, traer certificación de Cancillería donde certifique que

efectivamente no existe representación de nuestro país.

Los certificados de notas o libretas de calificaciones deben estar debidamente sellados por el

consulado de Bolivia en el país de procedencia, así también por la Cancillería en Bolivia.

Los países miembros del Convenio Andrés Bello (Bolivia, España, Cuba, Chile, Venezuela,

Colombia, Perú, Ecuador, México, Panamá), además de Argentina y Brasil son considerados

para este trámite.

La convalidación se efectúa sobre la base de las tablas de equivalencias de estudios que

existen entre países. Los usuarios deberán verificar si existen dichas tablas vigentes sino

debe solicitarlas en la Embajada o Consulado del país que corresponde y adjuntarlas al

expediente.

Existen convenios que suprimen exámenes de igualación de asignaturas nacionales, pero en

el caso del Convenio Andrés Bello solo los estudiantes Bolivianos rendirán Exámenes de

Igualación de Asignaturas nacionales.

No es posible convalidar grados, gestiones incompletas ni los que tengan un calendario o

cronograma diferente al que rige en el Estado Plurinacional de Bolivia.

En el caso que los estudiantes no tengan vencido el ciclo completo realizado en el extranjero

y según tablas de equivalencias o le faltara algún(os) grados, estos se nivelaran mediante

exámenes de regularización o cursaran el o los grado(s) con posterioridad al bachillerato.

Las Resoluciones Administrativas que autorizan dar los exámenes de las materias nacionales

para convalidación de estudios primarios o secundarios tienen validez solamente de dos

años, si algún usuario presentara una Resolución de más de dos años y no hubiese dado los

exámenes aún, la misma no tiene validez y deberá reiniciar el trámite.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRAMTITE 106

CONVALIDACION E INSCRIPCIÓN DE ESTUDIOS NO SECUENCIALES O

REALIZADOS CON POSTERIORIDAD AL BACHILLERATO

DEFINICIÓN.- La convalidación e inscripción de estudios no secuenciales o realizados

con posterioridad al bachillerato es un trámite donde la Dirección Departamental de

Educación La Paz autoriza la convalidación e inscripción de estudios del grado faltante, de

preferencia posterior al último grado de secundaria. Se aplica a estudiantes de los niveles de

Educación Regular o alternativa que reprobaron un grado o no lo cursaron.

La convalidación e inscripción es un requisito esencial para realizar cursos con

posterioridad al bachillerato y se aplica a partir de la gestión 2009, acorde a la edad según

RAFUE (Reglamento de Administración y Funcionamiento de Unidades Educativas) y al

calendario escolar vigente.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa de inscripción o convalidación del grado faltante.

En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o

definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la

entrega del trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D.

y el recojo es en la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que el estudiante reprobó un grado que no sea el sexto de secundaria o por mala

interpretación de tablas de equivalencia y grados/ciclos del exterior no llego a

cursar un determinado grado.

➢ Que el estudiante habiendo sido reprobado tenga una libreta que indique que

aprobó y salió bachiller, realizara el trámite indicado.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Los estudiantes para cursar un grado con posterioridad al Bachillerato deben solicitar

obligatoriamente la inscripción con posterioridad al bachillerato y la Dirección

Departamental designara la Unidad Educativa o Centro de Educación Alternativa de

acuerdo al calendario escolar vigente a partir de la vigencia de la presente guía.

Los estudiantes que realizaron el trámite de Inscripción con posterioridad al Bachillerato,

una vez culminado el grado no realizaran el trámite de convalidación con Posterioridad

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

al Bachillerato siempre y cuando se encuentre en el rango de los dos años de vigencia de la

Resolución Administrativa.

Los estudiantes que se inscribieron a un centro sin la orden emitida por la Dirección

Departamental de Educación La Paz y haber cursado y aprobado el grado, se procederá a la

sanción correspondiente a la Unidad Educativa o Centro de Educación Alternativa y el

estudiante procederá a realizar el trámite de convalidación, considerando la normativa en

actual vigencia.

En los casos de DOBLE PROMOCIÓN la Resolución Administrativa anulará los grados en

conflicto debiendo adjuntar una copia de la misma, tanto en libros Centralizadores y Sistema

Informático como antecedente.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 107

ADELANTO DE EXÁMENES

DEFINICIÓN.- El trámite de adelanto de exámenes permite al estudiante de educación

formal (primaria o secundaria) interrumpir un curso regular y adelantar exámenes

correspondientes al último periodo del programa estudios.

Este trámite se aplica a los estudiantes que por motivos laborales, salud, beca de estudios en

el extranjero (justificados) o intercambios interculturales necesiten adelantar exámenes

finales a partir del mes de septiembre, si el estudiante no aprobara todos los exámenes

quedara reprobado automáticamente sin derecho a reclamo.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa de autorización para el adelanto de exámenes, sí

el estudiante cumple con los requisitos. En los casos no justificados se emitirá informe

pormenorizado con observaciones parciales o definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Cuando el estudiante realice viaje por motivos de estudios, beca o intercambios,

etc.

➢ Cuando el estudiante por motivos de salud deba ausentarse al interior o exterior

del país para someterse a un tratamiento médico que coincida con el periodo de

exámenes.

➢ Cuando los padres de familia del estudiante dejen el país por causas laborales,

salud y otros (cambios de destinos Policial o Militar, Diplomático, Docentes

etc.).

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Estudiantes quienes se encuentren inscritos en el sistema educativo regular y necesiten

adelantar sus exámenes finales.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

En este trámite es importante la carta de solicitud del apoderado y/o Tutor, donde

especifique las razones por las cuales solicita el adelanto de exámenes.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Presentar la documentación de respaldo por la razón que solicita el Adelanto de examen

En función del calendario escolar, este trámite debe ser ingresado recién a fines de agosto,

es decir una vez que el usuario tenga vencido la mayor parte del programa de estudios.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 049

HOMOLOGACIÓN DE NOTAS

DEFINICIÓN.- Trámite donde la Dirección Departamental de Educación La Paz,

reemplaza u homologa una asignatura del plan de estudio no cursada por el estudiante, por

otra asignatura cursada y aprobada en el mismo curso y gestión escolar.

Este trámite se aplica a las unidades educativas que por falta de docente no ha impartido

una materia técnica, por decisión particular de la unidad educativa o por convenio con el

Ministerio de Educación y en lugar de dicha materia se ha instruido otra equivalente.

PRODUCTO.- Resoluciones Administrativa homologando las calificaciones de un alumno o

de un curso de acuerdo a lo requerido por el usuario.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Que por falta de ítem, el estudiante no curso una asignatura técnica.

➢ Que por decisión de la Unidad Educativa solo se cursó la asignatura de inglés.

➢ Que por acuerdos establecidos con el Ministerio de Educación, los estudiantes

cursaron otras asignaturas técnicas o idiomas y no así las que establezca el

programa de estudios.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

Todo trámite tiene que ingresar de manera obligatoria con el pago de la sanción para ser

procesado, sobre la base de los aranceles fijados por la Dirección Departamental de

Educación la Paz.

El informe de la Unidad Educativa es muy importante debido a que se explica las razones

para solicitar la homologación de notas, adjunto la nómina de los estudiantes favorecidos

por la homologación de manera obligatoria

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Este trámite es muy común en la Unidad Educativa donde no se cursó FRANCÉS, por tanto

la homologación se hace del INGLES al FRANCÉS, sin embargo puede haber otro tipo de

homologación en asignaturas técnicas o idiomas.

Este trámite es realizado por los Directores de las Unidades Educativas.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 004

CONVALIDACIÓN ACTA DE EXAMEN

DEFINICIÓN.- La convalidación Acta de Examen es un trámite el cual la Dirección

Departamental de Educación La Paz da legalidad a los exámenes rendidos y aprobados por

un estudiante ante un Tribunal Único en cumplimiento a Resoluciones Administrativa

específica.

Se aplica a todos los estudiantes quienes fueron autorizados mediante una Resolución

Administrativa y rindieron exámenes de igualación o convalidaron estudios en el exterior.

PRODUCTO.- Acta de aprobación emitido por el Tribunal Único y firmada por el Director

Departamental.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS dos (1) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Informe Técnico Responsable del área de Legalizaciones

Paso 5. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 6. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

De manera obligatoria deberá el usuario presentar todos los requisitos en original.

El periodo de validez de la Resolución que autoriza rendir los exámenes es de dos años, por

analogía a lo expresado en la ley SAFCO con relación a la responsabilidad administrativa

de los servidores públicos.

No se aceptaran exámenes rendidos entre otra instancia que no sea la que indica la

Resolución Administrativa. Tampoco, se deben aceptar exámenes tomados en instancias

definidas por otras autoridades (Directores Distritales). Las actas de exámenes tomados ante

tribunales de provincia no son válidas, por tanto, el usuario deberá reiniciar su trámite, solo

en casos excepcionales definidos por la Dirección Departamental de Educación La Paz se

tomara los exámenes en tribunales de provincia.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITES 004

DIPLOMA DE BACHILLER GRATUITO

DEFINICIÓN.- La Ley No. 3991 de 18 de diciembre de 2008 permite otorgar a los

estudiantes de unidades educativas fiscales, privados y de convenio el diploma de bachiller

de forma gratuita y certifica la culminación de estudios realizados en educación formal,

Educación Alternativa y Técnica. El mismo habilita al estudiante a realizar estudios

superiores Universitarios o no universitarios, tanto dentro del país como en el exterior.

PRODUCTO.- Diploma de Bachiller Gratuito de tamaño oficio con los datos

correspondientes al estudiante y la unidad educativa.

DESGLOSE PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

Área de Diplomas y legalizaciones de la Dirección Departamental de Educación La Paz

Quince (15) días hábiles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Pasos Externos del Proceso de Trámite.

Recepción de documentos en la Unidad Educativa.

Recepción de documentos en la Dirección Distrital de Educación.

Verificación de notas y legalización por la Dirección Distrital de Educación.

Pasos Internos del Proceso de Trámite.

Paso 1. Recepción en V.U.R.D. Diplomas y Legalizaciones

Paso 2. Revisión exhaustiva del

Expediente e impresión de Diplomas Técnicos de Responsables del área

Paso 3. Firma y sello Director Departamental de Educación

Paso 4. Firma y sello Director Distrital de Educación

Paso 5. Entrega de Diploma de Bachiller Dirección Distrital

CASOS MÁS USUALES

➢ Estudiantes del Departamento de La Paz quienes alcanzan el Bachillerato de

Unidades Educativas Públicas, Privadas y de Convenio del Subsistema de Educación

Regular y del Subsistema de Educación Alternativa y Permanente.

➢ Estudiantes que han aprobado uno o varios cursos en otro departamento y que han

concluido sus estudios en la ciudad de La Paz, El Alto y/o Provincia. Por lo tanto,

deben adquirir el Diploma de Bachiller en el Departamento de La Paz.

➢ Estudiantes de nacionalidad Boliviana que culminaron sus estudios en el exterior

después que se aprobó la Ley No. 3991.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

Certificado de nacimiento original para la revisión de los certificados o libretas ya que se

detectan los errores en los nombres y/o apellidos de los centralizadores y los sistemas

informativos SILEN y SIGED.

Todos los requisitos establecidos de acuerdo a la R.M. 717/10 son de carácter obligatorio,

sujeto a modificación por las autoridades del Ministerio de Educacion.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Los alumnos que tuvieron problemas en el proceso de su trámite, no cumpliendo con los

requisitos o por obtener Resoluciones Administrativas por Convalidación de Estudios

realizados en el Exterior, Exámenes de Regularización, Igualación u otras situaciones

podrán obtener su Diploma de Bachiller como rezagados.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE ARANCEL 00000

HOMOLOGACIÓN DE TITULO A TITULO DE BACHILLER DEL EXTERIOR

DEFINICIÓN.- La Resolución Ministerial No. 610/2011complementa los alcances del

Reglamento para la emisión gratuita de Diploma de Bachiller del Sistema Educativo

Plurinacional, por lo tanto la Dirección Departamental de Educación La Paz emitirá a los

Estudiantes que realizaron sus estudios en el exterior y obtuvieron el Título de Bachiller o su

equivalente la Homologación de los Títulos y/o Diplomas de Bachiller.

Los estudiantes deben presentar el analítico o certificado de notas debidamente legalizada

por las autoridades respectivas adjunto al Título de Bachiller.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa de Homologación del Título, Diploma de Bachiller

o su equivalente.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece siete días hábiles para la entrega

del trámite concluido, éste se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la nueva

Unidad de Diplomas y Legalizaciones y concluye en la misma Unidad cuando el usuario

recoge el trámite concluido u observado.

Se muestra el desglose del tiempo operativo de cada una de las áreas que intervienen en el

proceso del trámite:

UNIDAD DE DIPLOMAS Y LEGALIZACIONES Siete (7) días hábiles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DEL TRÁMITE:

Paso 1: Recepción en V.U.R.D Diplomas y Legalizaciones

Paso 2: Revisión exhaustiva del expediente Responsables del área de Legalizaciones.

Paso Externo (Únicamente para el Departamento de La Paz)

Paso 3. Elaboración de R.A firma Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 4: Firma y sello Director Departamental de Educación

CASOS USUALES:

➢ Que el (la) estudiante hubiera realizado todos los cursos secundarios en el exterior y

cuenten con su título de bachiller.

REQUISITOS OBLIGATORIOS

➢ Certificado de nacimiento original para la revisión exhaustiva de los certificados o

libretas con relación a los datos personales del estudiante.

➢ Pasaporte o cedula de identidad de la persona interesada con su respectiva fotocopia.

➢ Título, Diploma de Bachiller o su equivalente debidamente original legalizado por el

país de origen y dos fotocopias.

➢ Formulario No.2 debidamente llenado para la obtención de su Diploma de Bachiller

de estudiantes del exterior.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS

Los estudiantes de nacionalidad Boliviana o Extrajera que realizaron y culminaron sus

estudios en otros países a partir de la aprobación del Decreto Supremo No 265/2009 podrán

obtener el Diploma de Bachiller Gratuito.

CÓDIGO DE ARANCEL 00000

DIPLOMA DE BACHILLER POR CONVALIDACIÓN PARA LOS ESTUDIANTES DEL

EXTERIOR

DEFINICIÓN.-El Diploma de Bachiller por convalidación certifica la culminación de

estudios realizados en el Exterior. El Diploma de Bachiller habilita al estudiante a realizar

estudios superiores Universitarios o no universitarios, tanto dentro del país como en el

exterior, a partir de la aprobación del Decreto Supremo No 265/2009 el cual la Dirección

Departamental de Educación La Paz emite el Diploma de Bachiller Gratuito.

Los estudiantes deben presentar la Resolución Administrativa de convalidación de estudios y

la convalidación acta de examen o el certificado de notas del Tribunal Único, a partir de la

gestión 2009.

PRODUCTO.- Diploma de Bachiller Gratuito de tamaño oficio con los datos

correspondientes al estudiante y la unidad educativa.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece siete días hábiles para la entrega

del trámite concluido, éste se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la nueva

Unidad de Diplomas y Legalizaciones y concluye en la misma Unidad cuando el usuario

recoge el trámite concluido u observado.

Se muestra el desglose del tiempo operativo de cada una de las áreas que intervienen en el

proceso del trámite:

UNIDAD DE DIPLOMAS Y LEGALIZACIONES Siete (7) días hábiles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DEL TRÁMITE:

Paso 1: Recepción en V.U.R.D Diplomas y Legalizaciones

Paso 2: Revisión exhaustiva del expediente Responsables del área de Legalizaciones.

Paso Externo (Únicamente para el Departamento de La Paz)

Paso 3. Firma y sello Director Departamental de Educación

Paso 4: Firma y sello Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos.

CASOS USUALES:

➢ Que el (la) estudiante hubiera realizado todos los cursos secundarios en el exterior.

➢ Que el estudiante hubiera realizado algunos grados en Bolivia y solo haber cursado el

último grado en el Exterior.

➢ Todos los estudiantes que han concluido sus estudios en el exterior y que requieren

tramitar el Bachillerato en nuestro país.

REQUISITOS OBLIGATORIOS

Certificado de nacimiento original para la revisión exhaustiva de los certificados o libretas

con relación a los datos personales del estudiante.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Todos los requisitos exigidos para el trámite de forma obligatoria.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS

Los estudiantes de nacionalidad Boliviana o Extrajera que realizaron y culminaron sus

estudios en otros países a partir de la aprobación del Decreto Supremo No 265/2009 podrán

obtener el Diploma de Bachiller Gratuito.

CÓDIGO ARANCEL 0000000

CERTIFICADO SUPLETORIO DEL DIPLOMA DE BACHILLER GRATUITO

DEFINICIÓN.- Mediante la Resolución Ministerial No. 0530/2016 se otorga el documento

supletorio a estudiantes que por motivo de robo, extravió o deterioro de sus Diplomas de

Bachiller Gratuito, requieran de un documento sustituto que avale el haber obtenido y

cumplido los requisitos para ser bachiller.

PRODUCTO.- Certificado Supletorio de Diploma de Bachiller Gratuito.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega

del trámite concluido, éste se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D.. y

concluye en la misma Unidad cuando el usuario recoge el trámite concluido u observado.

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN DDE.LPZ

Paso 2. Depósito Bancario BANCO UNIÓN cuenta ME 10000004669343

Paso 3. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 4. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 5. Revisión e Impresión Técnicos responsables del área de Legalizaciones

Paso 6. Firma y sello Director Departamental

Paso 7. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS MÁS USUALES QUE PUEDEN PRESENTARSE

Robo o Extravió del Diploma de Bachiller gratuito original.

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS

➢ El estudiante podrá realizar su trámite después de una semana de la publicación

realizada en prensa escrita y en la FELCC.

➢ En el caso de deterioro el estudiante presentara el Diploma de Bachiller Gratuito

original (en el estado que se encuentre).

USUARIOS DE TRÁMITES

Todos los estudiantes que hubiesen extraviado o sufrido robo del Diploma de Bachiller por

causas ajenas a su voluntad.

Todos los estudiantes que hubiese, por deterioro del Diploma de Bachiller por causas ajenas

a su voluntad.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CÓDIGO DE TRÁMITE 00000000

TRAMITES BACHILLER MENOR A LOS 17 AÑOS

DEFINICIÓN.- El trámite de Bachilleres de Menor de Edad, permite a los estudiantes de

educación regular aprobar el bachillerato a los 16 años, por situaciones de salto de grados o

inscripciones directas sin haber cursado y aprobado el grado inferior.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa aprobando el Bachillerato menores a los 17 años,

siempre que el estudiante cumpla con todos los requisitos establecido.

En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o

definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Firma y sello Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Cuando el estudiante salió bachiller menor a 17 años, siendo que de acuerdo a la

R.M. 001/13 la edad para la inscripción es de 6 años

➢ Cuando el estudiante salió bachiller menor de 17 años habiendo saltado grados.

➢ Cuando el estudiante por trámite judicial realizo la reducción de

edad(obligatoriamente debe adjuntar el trámite judicial en original o fotocopia

legalizada) este caso solo corresponde a estudiantes que no cuenten con el

Titulo o Diploma de Bachiller

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

➢ Estudiantes quienes se encuentren inscritos en el sistema educativo regular y

necesiten la aprobación de los grados culminados con una edad menor a los 17 años.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

En este trámite es importante la carta de solicitud del apoderado y/o Tutor, donde

especifique las razones por las cuales solicita la Resolución Administrativa por menor a 17

años.

Todas las libretas a partir del Primero de Primaria al Sexto, de secundaria, adjunto las

fotocopias de los libros centralizadores o boletines debidamente legalizadas por la Dirección

Distrital de educación de todos los grados adjuntos en caso de no contar con alguna libreta

original.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Solo se aceptara las fotocopias de los libros de inscripción del nivel primario, siempre que se

encuentren legalizados por la Dirección Distrital.

CÓDIGO DE TRÁMITES 00000

LEGALIZACIÓN DE LAS FOTOCOPIAS DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVA

DEFINICIÓN.- Este trámite está dirigido a estudiantes que obtuvieron Resoluciones

Administrativas de los diferentes trámites existentes en la Dirección Departamental de

Educación en cuanto a Resolución Administrativa se refiera.

PRODUCTO.- La fotocopia legalizada por la Unidad de Asuntos Jurídicos el mismo que

acredita el valor legal a la fotocopia.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece dos días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Firma y sello Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 5. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Usuarios del trámite:

Estudiantes que requieren la legalización de fotocopia de la Resolución Administrativa

que obtuvieron en el proceso de su trámite.

REQUISITOS OBLIGATORIOS

Tres fotocopias de la Resolución Administrativa a legalizar

Carta de solicitud con todas las referencias para el trámite.

CÓDIGO DE TRÁMITE 00000000

TRAMITES BACHILLER MAYOR DE 18 AÑOS

DEFINICIÓN.- El trámite de Bachilleres de Mayor de Edad, permite a los estudiantes de

educación regular aprobar el bachillerato con la edad mayor a los 18 años de acuerdo al

RAFUE, por situaciones de reprobación de grados, ingreso al primer grado con la edad

mayor a lo establecido o en los casos de niños especiales.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa aprobando el Bachillerato mayor a los 18 años,

siempre que el estudiante cumpla con todos los requisitos establecido.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o

definitivas.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRAMITE.- Se establece cuatro días hábiles para la entrega del

trámite concluido, se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D. y el recojo es en

la misma V.U.R.D.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:

V.U.R.D. Un (1) día hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS Dos (2) días hábiles

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL Un (1) día hábil

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN

Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ

Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 4. Firma y sello Unidad de Asuntos Jurídicos

Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz

Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos

CASOS USUALES:

➢ Estudiantes que ingresaron al primer grado de primaria con la edad no

establecida de acuerdo a norma.

➢ Estudiantes que reprobaron grados y salieron bachiller con la edad mayor a los

18 años

➢ Estudiantes especiales o con algún tipo de discapacidad (adjuntar

obligatoriamente certificado médico)

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

Estudiantes quienes se encuentren inscritos en el sistema educativo regular y necesiten la

aprobación de los grados culminados con una edad mayor a los 18 años.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

En este trámite es importante la carta de solicitud del apoderado y/o Tutor, donde

especifique las razones por las cuales solicita la Resolución Administrativa por mayor de

edad y en el caso de salud certificado médico.

Todas las libretas a partir del Primero de Primaria al Sexto, de secundaria incluyendo los

grados reprobados, adjunto las fotocopias de los libros centralizadores o boletines

debidamente legalizadas por la Dirección Distrital de educación de todos los grados

adjuntos en el caso de no contar con alguna libreta original.

Solo se aceptara las fotocopias de los libros de inscripción del nivel primario, siempre que se

encuentren legalizados por la Dirección Distrital.

Ministerio de Educación

DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZ

TRAMITE DE

PLANILLAS

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CERTIFICADO DE HABERES

a) DEFINICION.- Este trámite permite al personal Docente y Administrativo del

Servicio de Educación Pública (SEP) obtener un certificado que desglose el

nombre completo del interesado, los números de servicio, ítem y los importes

percibidos, descontados y liquido pagado en caso de extravió de Boleta de

Haberes.

b) DISPOSICIONES LEGALES.- Resolución Administrativa N° 219/02

c) CÓDIGO DE TRAMITE EN SISTEMA PARA SU SEGUIMIENTO:

Por definir (según número de trámite correspondiente)

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

Carta de solicitud dirigida al Director Distrital y/o Director

Departamental y firmado por el interesado.

Obligatorio

Fotocopia de CEDULA DE IDENTIDAD. Mostrar original Obligatorio

Fotocopia nítida de boleta de haberes del mes anterior y

posterior al mes, cuya certificación solicita

Obligatorio

Fotocopia del depósito acreditado por Canje de valores,

solo para recoger el certificado.

Obligatorio

e) COSTO DEL TRAMITE:

DEPOSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117………………. Bs. 5 – DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN

DE LA LAZ.

f) TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE.

DIRECCION DISTRITAL 10 DIAS

DIRECCION DEPARTAMENTAL 5 DIAS

g) CONSIDERACIONES GENERALES:

Usuarios del trámite Personal Docente y Administrativo de Unidades Educativas

Fiscales del Departamento.

Con relación al Tramite: La solicitud de certificación de otros ingresos de boletas

de haberes es personal, el interesado a tiempo de recogerlos, deberá mostrar su

cedula de identidad vigente (original).

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REPOSICION DE BOLETA DE PAGOS

a) DEFINICION.- Este trámite permite al personal docente y administrativo del SEP

(Servicio de Educación Pública) recabar una nueva Boleta de Pago de Haberes,

Bonos, Aguinaldos y acreedores, para hacerla efectiva en el Banco. El tramite se

efectúa cuando la boleta de pago del personal docente o administrativo del SEP

no fue cobrada. Los casos que se presentan son: por vencimiento de vigencia, por

extravió y por error de impresión.

b) MARCO LEGAL.- Normas básicas de tesorería y Manual de proceso para la

elaboración de la Planilla de haberes del Servicio de Educación Pública (SEP).

c) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

1) Reposición por vencimiento de vigencia:

REQUISITOS CARÁCTER

Formulario de solicitud de reposición dirigida al Director

Distrital y /o Director Departamental y firmado por el

interesado (dos ejemplares).

Obligatorio

2 Fotocopia de la cedula de identidad vigente. Obligatorio

Boleta original y fotocopia. Obligatorio

Certificado de trabajo firmado por el director de la

Unidad Educativa en caso de pago de haberes y suplencia

(dos ejemplares).

Obligatorio

2) Reposición por extravió:

REQUISITOS CARÁCTER

Formulario de solicitud de reposición dirigida al Director

Distrital y /o Director Departamental y firmado por el

interesado (dos ejemplares).

Obligatorio

2 Fotocopia de la cedula de identidad vigente. Obligatorio

Carta notariada del bloqueo del cheque del Banco Unión

(dos ejemplares).

Obligatorio

Certificado de trabajo firmado por el director de la Unidad

Educativa en caso de pago de haberes y suplencia (dos

ejemplares).

Obligatorio

3) Reposición por error de impresión:

REQUISITOS CARÁCTER

Carta de solicitud dirigida al Director Distrital y /o

Director Departamental y firmado por el interesado (dos

ejemplares).

Obligatorio

2 Fotocopia de la cedula de identidad vigente. Obligatorio

Documentación que respalde la modificación (dos

ejemplares).

Obligatorio

Certificado de trabajo firmado por el director de la Unidad

Educativa en caso de pago de haberes y suplencia (dos

ejemplares).

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

d) COSTO DEL TRAMITE:

Sin costo

e) TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE.

DIRECCION DISTRITAL 15 DIAS

DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DIAS

f) CONSIDERACIONES GENERALES:

Se dará curso al trámite de reposición de pago después del periodo de vigencia y

este estará sujeto a la conciliación de reversión que efectúa el Ministerio de

Hacienda con el Banco pagador.

La solicitud de reposición de boleta de pago debe ser llenado y firmado con

bolígrafo azul.

El trámite de reposición de boleta de pago se lo solicita en la Dirección Distrital

de Educación del 20 al 30 de cada mes.

No procede ninguna reposición de boleta de haberes (Cheque), si no han incluido

todos los requisitos.

Si la boleta original ha sido revertida al Tesoro General de la Nación (TGN), por

no responder el pago, no hay posibilidad de reponerla no obstante se haya tratado

de un error, por lo tanto al servidor público que la haya revertido es responsable

ante el docente o personal administrativo.

La certificación de trabajo para reposición de cheque debe señalar que el personal

docente o administrativo ha trabajado regularmente durante dicho periodo.

Cuando el trámite de reposición de pago es efectuado por un apoderado, además

de los documentos señalados, el interesado debe presentar:

o Fotocopia del poder legalizado por la autoridad judicial competente.

o Fotocopia de la cedula de identidad del apoderado.

o Fotocopia de NIT solo en caso de instituciones.

Cuando el trámite de reposición de pago es de una persona fallecida, además de

los documentos señalados, el interesado debe presentar:

o Fotocopia legalizado de la Declaratoria de Herederos.

o Fotocopia de cedula de identidad de todos los herederos que menciona en la

declaratoria de herederos.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ASIGNACIONES FAMILIARES (SUBSIDIOS)

a) DEFINICION.- Es un régimen conformado por prestaciones en especie (prenatal

y lactancia) y en dinero (natalidad y sepelio), que es otorgado por el empleador a

los beneficiarios.

1) SUBSIDIO PRENATAL.- Es el pago en especie a la madre gestante

asegurada o beneficiaria, por el valor de un salario mínimo nacional. La

duración del subsidio prenatal comienza a partir del primer día del quinto mes

de embarazo y fenece al nacimiento de la(s) niñas o niño(s).

2) SUBSIDIO DE NATALIDAD.- Consiste en la otorgación a los beneficiarios

de una cancelación única en dinero, equivalente a un salario mínimo nacional

por el nacimiento de cada hijo (a).

3) SUBSIDIO DE LACTANCIA.- Es el pago en especie, equivalente a un salario

mínimo nacional por cada hijo (a) durante sus primeros doce meses de vida.

4) SUBSIDIO DE SEPELIO.- Es el pago en dinero a los beneficiarios

equivalentes a un salario mínimo nacional, por el fallecimiento de cada hijo

menor de 19 años.

b) MARCO LEGAL.- Manual de proceso para la elaboración de la Planilla de

haberes del Servicio de Educación Pública (SEP), Reglamento de Asignaciones

Familiares y Nota CITE: DTS-574/11 de fecha 11 de noviembre del 2011 del

Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES).

c) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

1) REQUISITOS SUBSIDIO PRENATAL (DOS EJEMPLARES)

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de subsidios (fotocopia) Obligatorio

Original y fotocopia legible del certificado de atención

prenatal expedido por la CNS, firmado por el médico

tratante y con el correspondiente sello de vigencia de

derechos.

Obligatorio

Original y fotocopia de la cedula de identidad. Obligatorio

Original y fotocopia de la última boleta de pago. Obligatorio

AVC-04 ó AVC-06 del asegurado y de la beneficiaria si

corresponde. Obligatorio

2) REQUISITOS SUBSIDIO DE NATALIDAD Y LACTANCIA (DOS

EJEMPLARES)

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de subsidios. Obligatorio

Certificado de nacimiento del niño (a) con sello seco de

registro civil. Obligatorio

AVC-06 del niño(a) expedido por la CNS (copia para la

empresa o fotocopia legalizada) Obligatorio

AVC-04 o AVC-06 del asegurado y de la beneficiaria. Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

C.I. del asegurado y de la beneficiaria. Obligatorio

Certificado de nacido vivo del niño (a) recién nacido. Obligatorio

Certificado de matrimonio o acta de reconocimiento. Obligatorio

Boleta de pago del último mes. Obligatorio

4) REQUISITOS PARA SUBSIDIOS DE DEFUNCION (DOS EJEMPLARES)

REQUISITOS CARACTER

AVC-04 o AVC-06 de baja del hijo (a) expedida por la CNS. Obligatorio

Boleta de pago del último mes. Obligatorio

C.I. del asegurado. Obligatorio

Certificado de defunción emitido por el Registro Civil del

hijo (a). Obligatorio

Certificado de nacimiento del hijo (a). Obligatorio

d) COSTO DEL TRAMITE:

Este trámite no tiene ningún costo.

e) TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE.

DIRECCION DISTRITAL 10 DIAS

DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DIAS

f) CONSIDERACIONES GENERALES:

El trámite de Asignaciones Familiares (subsidio) de prenatal, natalidad, lactancia

y sepelio se inicia en la Dirección Distrital de Educación del 20 al 30 de cada mes,

para el personal docente y administrativo del S.E.P.

El interesado debe mostrar el original de la cedula de identidad vigente.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

PRESENTACION DE FORMULARIO RC-IVA

a) DEFINICION.- El impuesto RC-IVA (Régimen Complementario al Impuesto del

Valor Agregado), corresponde al 13 % del total ganado menos descuentos de ley.

b) MARCO LEGAL.- Manual de proceso para la elaboración de la Planilla de

haberes del Servicio de Educación Pública (SEP)

c) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

1) REQUISITOS PARA PRESENTAR EN LAS DIRECCIONES

DISTRITALES (INGRESO IGUAL O MAYOR A Bs. 7.000):

REQUISITOS CARACTER

Formulario 110 V.3 del Servicio de Impuestos Nacionales

(SIN) en medio magnético (formato dec) e impreso,

utilizando el “Software RC-IVA (FACILITO)

Dependiente”.

Obligatorio

Facturas emitidas no más de 120 días antes de la fecha de

presentación del formulario. Obligatorio

Fotocopia de la última papeleta de pago. Obligatorio

d) COSTO DEL TRAMITE:

El trámite no tiene costo.

e) TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE.

DIRECCION DISTRITAL 10 DIAS

DIRECCION DEPARTAMENTAL 5 DIAS

f) CONSIDERACIONES GENERALES:

El interesado debe presentar el formulario 110 V.3 en la Dirección Distrital de

Educación del 20 al 30 de cada mes, para el personal docente y administrativo del

SEP.

El interesado debe mostrar el original de la cedula de identidad vigente.

Las facturas necesariamente deben llevar el apellido del titular, a excepción de las

facturas de electricidad, agua y gas domiciliario.

Las facturas, notas fiscales o documentos equivalente de compras por montos

iguales o mayores a Bs. 50.000 (cincuenta mil 00/100 Bolivianos), deben de

adjuntar a las mismas, copia o fotocopia de los documentos de pago bancario (de

acuerdo a la resolución normativa de directorio de 9 de septiembre de 2011 en Art.

11, I y II del Servicio de Impuestos Nacionales).

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ESCUENTOS DE LEY

a) DEFINICION.- Es un descuento de los Haberes del personal docente o

administrativo por orden judicial a requerimiento del juez competente.

REQUISITOS CARACTER

Original y dos fotocopias de la Orden Judicial. Obligatorio

Original y fotocopia de la cedula de identidad o del numero de

del Registro Único del Contribuyente (RUC), en caso de que el

acreedor sea una institución.

Obligatorio

Fotocopia cedula de identidad y última Boleta de pago de

Haberes del funcionario a quien se le efectúa el descuento. Obligatorio

b) TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE.

DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DIAS

c) CONSIDERACIONES GENERALES:

El proceso de planillas, cumple plazos de recepción y entrega de información en los

diferentes niveles de responsabilidad de las Direcciones Distritales, Dirección

Departamental y Ministerios de Educación y Hacienda. Por este motivo la documentación

presentada en un mes es procesada el mes subsiguiente.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

DESCUENTOS POR PLANILLAS DE HABER

PERSONAL DE LA CARRERA DOCENTE

a) Los descuentos por faltas, sanciones, paros y/o huelgas deben ser informado en

número de días según informe pormenorizado.

b) Cuando un profesor incurre en ausencia por seis (6) días hábiles continuos o diez

(10) días discontinuos. en el mismo mes (abandono de funciones según Reglamento

de Falta y Sanciones).

PERSONAL DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA

c) Los descuentos por faltas, sanciones, paros y/o huelgas deben ser informado en

número de días según informe pormenorizado.

d) La ausencia injustificada del personal de carrera Administrativa por tres (3) días

hábiles continuos, o seis (6) días hábiles discontinuos en el mismo mes, es causal

de retiro (según Reglamento de Falta y Sanciones).

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

SUPLENCIA POR INCAPACIDAD TEMPORAL

a) DEFINICIÓN.- según Resolución Ministerial N° 0146/2017 establece los

lineamientos técnicos para los procesamientos mensuales de la planilla de

pago de haberes del personal suplente originados por incapacidad temporal

(enfermedad, maternidad y riesgo profesionales).

b) MARCO LEGAL.- Articulo 16 del Decreto Ley Nº 13214 de 24 de diciembre de

1975, determina que cuando el médico tratante califique la incapacidad

temporal para el trabajo del asegurado, expedirá el "CERTIFICADO DE

INCAPACIDAD TEMPORAL", que servirá al asegurado para justificar su

ausencia en el trabajo y al empleador para que cancele el subsidio autorizado

y solicite el reembolso a la Entidad Gestora.).

c) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

Para el personal docente o administrativo titular

• Formulario AVC-09 Original y fotocopias simples

• Formulario AVC-04

• Formulario de función docente actualizado, excepto personal administrativo.

• Formulario de registro de baja temporal, impreso de la página web http:// ugpsep.

Minedu.gob.bo. (registrarse en 24 horas desde la baja emitido)

Para el personal suplente

• Duplicado de RDA según pertinencia

• Fotocopia de la Cédula de Identidad

• Formulario de designación

• Contrato de prestación de Servicios Eventuales

• Registro en la AFP (fotocopia de carnet de registro a la AFP, y/o estado de cuenta

individual de la AFP.

• Cumplir con lo establecido en los artículos 5 Y 6 DEL REGLAMENTO DEL

ESCALAFON NACIONAL DEL SERVICIO DE EDUCACION, en relación a la edad

permitida para ejercer la docencia.

d) COSTO DEL TRÁMITE.

El trámite no tiene costo.

e) TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

DIRECCIÓN DISTRITAL 5 DÍAS

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 5 DÍAS

f) CONSIDERACIONES GENERALES:

Se procesan suplencias por maternidad (incapacidad temporal) para el personal docente y

administrativo que presta servicios en las Unidades Educativas no autónomas.

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La suplencia debe ser cubierta por la misma persona durante el periodo de la incapacidad

temporal de la titular, se exceptúa de las suplencias al personal jubilado que percibe

renta y del personal docente administrativo que se encuentren con el rotulo observado de

medida cautelar o definitivo, en el registro Docente Administrativo (RDA)

La suplencia será efectiva desde el momento de la posesión por la autoridad competente

y su retribución se computara a partir del contrato establecido.

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DESIGNACIONES Y PLANILLAS

DESIGNACIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

A) DEFINICIÓN.- Es la acción en la cual los Directores Distritales en uso de sus

atribuciones, funciones y competencias en base a las normas, contratan personal

docente y administrativo para las Unidades Educativas y Núcleos Educativos de sus

distritos, de acuerdo a los techos presupuestarios que se les son asignados.

B) DISPOSICIONES LEGALES

- De acuerdo con el D. S. 813 de 09 de Marzo de 2011 Evo Morales Ayma

(Organización, atribución y funcionamiento de la Dirección Departamental de

Educación), Art. 14, es responsabilidad de la Dirección Distrital de Educación

la administración de recursos humanos del SEP en su distrito.

- De acuerdo al Art. 9) del D. S. 25255 (del 18 de diciembre de 1998), la

contratación del personal docente y administrativo que cumplen funciones en la

Dirección Distrital de Educación, personal docente y administrativo de

Unidades Educativas en todas las áreas (formal, superior y alternativa), niveles

y modalidades serán realizadas únicamente por el Director Distrital

correspondiente.

- De acuerdo con el Art. 1 del D. S. 25255 (Administración del Personal del SEP

del 18 de diciembre de 1998), la contratación del personal docente debe ser

realizada de acuerdo al nivel y pertinencia académica del profesor.

- De acuerdo al Art. 3 del D.S. 25255, el personal docente debe prestar sus

servicios durante toda la gestión en la Unidad Educativa donde fue

contratado(a).

- De acuerdo (al Art. 16 del D.S. 25255), la remuneración del personal docente y

administrativo es efectiva desde el mes de su contratación y en ningún caso se

reconocerá retroactividad mayor a 30 días.

- Las designaciones del personal docente deben ser efectivizadas el primer día

hábil del mes (R.A. 01/96 del 2 de febrero de 1996 Art. 2).

- Ningún docente podrá ser contratado en más de un Distrito, casos

excepcionales tramitar Resolución Ministerial en el Viceministerio de

Educación Inicial, Primaria y Secundaria.

C) OBJETIVO GENERAL

a. Dotar recursos humanos a las Unidades Educativas fiscales debido a que la

educación es Universal, Gratuita y la más alta función del Estado.

D) OBJETIVO ESPECÍFICOS

a. Sistematizar las designaciones del personal docente y administrativo del

Departamento.

E) COSTO DEL TRÁMITE

a. El costo se encuentra determinado por el Ministerio de Educación con la

Resolución Ministerial RM 91/02 desglosado de la siguiente manera:

Para el personal Docente:

Código de Arancel ME o´ 42, SEDUCA (actual DDE-LPZ) Nº 1403 –

Memorándum Bs. 5,00

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Para el personal Administrativo:

- Código de Arancel ME o´ 42, SEDUCA (actual DDE-LPZ) Nº 1404 –

Memorándum Bs. 6,00

(*) El duplicado de RDA debe ser impreso de la pagina web del ministerio de

Educación http://ugpsep.minedu.gob.bo:8084/ costo del tramite Gratuito.

DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ

F) TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE

El tiempo aplicado a la designación de personal docente o administrativo para

cubrir acefalias en las Unidades Educativas del Estado, depende del Distrito y del

mes, debido a que existen distritos grandes y en los primeros meses de cada año la

demanda de cargos y traslados es numerosa, salvo por esta situación las

designaciones no deberían tomar más de dos días.

G) PROCEDIMIENTOS

a. DECLARATORIAS EN ACEFALIAS.-

Se declara un ítem en acefalia cuando la persona deja de ejercer su cargo

por las siguientes razones: cambio de unidad, renuncia, abandono de

funciones, destitución, jubilación, fallecimiento u otras que sean causales de

remoción del cargo, la misma es informada por el Director de Unidad

Educativa a la Dirección Distrital, solicitando al mismo tiempo la

designación de un docente, especificando el nivel, curso, paralelo,

especialidad, carga horaria y turno.

b. DESIGNACIÓN DEL PERSONAL.-

El Director Distrital recibe la solicitud del Director de la Unidad Educativa

para la designación de un ítem en acefalia o un ítem de nueva creación y

determina si la solicitud es procedente o improcedente en función de la

disponibilidad de horas en el techo presupuestario de su distrito.

Si la solicitud de requerimiento procede, el Director Distrital selecciona al

personal de la carrera Docente y/o Administrativo considerando los

requisitos y condiciones establecidas

El personal docente y administrativo que desea ingresar al plantel de una

Unidad Educativa donde existen acefalia debe presentar sus documentos en

la Dirección Distrital correspondiente, postulándose al cargo ofertado, si

los datos de formación y especialidad presentados son compatibles con los

cargos ofertados procederá a la compulsa El Director Distrital procederá

con la selección y designación respectiva, emitiendo el Memorándum de

designación y remitiéndolo con antecedentes al Director de Unidad

Educativa correspondiente para que proceda con la posesión firmada en el

memorándum.

El tiempo operativo de cada área que intervienen en la designación son:

Requerimientos previos: 5 a 10 días hábiles

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Director de Unidad Educativa: Un (1) día

Director Distrital: 5 días

Designación: Un (1) día hábil

Director Distrital: Un (1) día hábil

Nota.- Para la designación del personal docente y administrativo es requisito

indispensable estar inscrito en el Registro Docente Administrativo.

Designaciones del personal del SEP

• El personal docente o administrativo que ingresa al Servicio de Educación Pública

debe cumplir de manera obligatoria con el Registro Docente Administrativo (RDA).

(R.S. No. 57 del 02-feb-96, art. 3 y D.S. No. 23968, art. 39).

• Las designaciones del personal docente debe ser realizada considerando el nivel y

la especialidad de formación académica del profesor. (D.S. No. 25255, art. 1 Art.

1).

• Las designaciones del personal docente deben ser efectuadas el primer día hábil

del mes. (Resolución Administrativa No. 01/96).

• La contratación del personal docente se procesará únicamente en los meses de

enero, febrero y marzo de cada año. Solo en caso de existir una acefalia se

contratara al reemplazante.

• El personal docente deberá prestar sus servicios durante toda la gestión

obligatoriamente en la Unidad Educativa donde fue contratado. (D.S. No. 25255

del 18-dic-98, Art. 3).

• El maestro que abandone funciones será dado de baja de la planilla de haberes

hasta la conclusión de la gestión escolar. (D.S. No. 25255, Art. 5).

• En caso de producirse una acefalia durante la gestión escolar, no podrá ser

cubierta con un maestro cuyo traslado produzca otra acefalia. (D.S. No. 25255, Art.

11).

Retroactivo de haberes

La remuneración del personal docente y administrativo será efectiva desde el mes

de su contratación y en ningún caso se reconocerá retroactividad mayor a 30 días.

(D.S. No. 25255, art. 16).

Se procesa solo si cumplen las siguiente condiciones:

El ítem debe estar en acefalia durante el mes anterior al mes de proceso.

El certificado de trabajo debe estar firmado por el Director de Unidad

Educativa y avalado por el Director Distrital.

Las fechas del memorándum y acta de posesión corresponden al mes

solicitado.

(Manual de elaboración de planillas del SEP aprobado por R.M. 503/04).

Declaratorias en comisión

Las declaratorias en comisión son autorizadas mediante las Resoluciones

Ministeriales emitidas por el Ministerio de Educación y se habilitan ítems de

suplencia por el periodo especificado en la R.M.

Los ítems de suplencia tienen vigencia, sólo mientras dura la comisión del titular.

A la conclusión del periodo de comisión, se debe proceder a la baja de la planilla

de haberes.

Los ítems (congelados), donde figuran los declarados en comisión mediante R.M.

no deben ser declarados en acefalía, dados de baja, incrementar o reducir horas

hasta la culminación de la comisión.

El número de ítems de suplencia, se asigna entre 99901 y 99910.

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De acuerdo a la Resolución Ministerial 285/2005 del 08/09/2005 el R.D.A.

(Registro Docente Administrativo) el docente o administrativo debe tener

actualizado todos los Documentos personales y profesionales.

REQUISITOS CARACTER

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES

Designaciones

1er. Juego M.E. (original)

Memorándum de Designación

Duplicado Original. ser impreso de la pagina web del

ministerio de Educación

Fotocopia de la Cédula de Identidad

Hoja de compulsa original debidamente acreditado

Docs. de respaldo si corresponde

2do. Juego DDE-LPZ (copia verde)

Copia de Memorándum de designación

Solicitud de Cargo si corresponde

Hoja de compulsa original debidamente acredita

Docs. de respaldo si corresponde

Obligatorio

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

Retroactivos

1er. Juego M.E.

Memorándum de Designación ser impreso de la pagina web

del ministerio de Educación

Duplicado Original Fotocopia de C.I.

Certificado de trabajo con Vº Bº del Director Distrital.

Docs. de respaldo si corresponde

2do. Juego DDE-LPZ

Copia de Memorándum de designación

Solicitud de cargo (si corresponde)

Hoja de Permuta u Hoja de Compulsa

Certificado de trabajo con Vº Bº del Director Distrital.

Docs. de respaldo si corresponde

Obligatorio

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

Permutas

1er. Juego M.E.

Memorándum de Designación (original).

Duplicado Original. ser impreso de la pagina web del

ministerio de Educación

Fotocopia de la Cédula de Identidad.

Docs. de respaldo si corresponde.

2do. Juego DDE-LPZ

Copia de Memorándum de designación (verde)

Obligatorio

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Hoja de Permuta

Docs. de respaldo si corresponde

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

traslado de Ítems

1er. Juego M.E.

Memorándum de Designación

Duplicado Original. ser impreso de la pagina web del

ministerio de Educación

Fotocopia de la Cédula de Identidad.

Resolución Administrativa.

Formulario C1 ó C2.(según corresponda)

2do. Juego DDE-LPZ

Copia de Memorándum de designación

Resolución Administrativa.

Formulario C1 ó C2.(según corresponda)

Obligatorio

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

Ítems de Nueva Creación

1er. Juego M.E.

Memorándum de designación (Digitalizado)

Duplicado Original de RDA. ser impreso de la pagina web del

ministerio de Educación

Fotocopia de Cédula de Identidad.

Formulario convocatoria publicada Original

Reporte de adjudicado Original

Formulario de asignación de horas (Acta)

Hoja de compulsa original debidamente acreditado,

2do. Juego DDE-LPZ

Memorándum de designación (Digitalizado)

Duplicado Original de RDA. ser impreso de la pagina web del

ministerio de Educación

Fotocopia de Cédula de Identidad.

Formulario convocatoria publicada Original

Reporte de adjudicado Original

Formulario de asignación de horas (Acta)

Hoja de compulsa original debidamente acreditado,

Obligatorio

REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

Acefalías

Ministerio de Educación:

Form DGP-PLA 016.

Documento de respaldo.

DDE-LPZ :

Copia Form DGP-PLA 016.

Documento de respaldo

Obligatorio

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REQUISITOS PARA EL PROCESO EN LA PLANILLA DE HABERES -

BONO FRONTERA

El bono de frontera es un beneficio para las Unidades Educativas que

trabajan cerca de las fronteras internacionales. Para optar por este bono,

el Director Distrital debe presentar su solicitud a la Dirección

Departamental adjuntando los siguientes documentos:

Certificación del instituto geográfico militar respecto a la

ubicación geográfica de la Unidad Educativa que certifique la

distancia lineal en kilómetros respecto a la frontera internacional.

Certificado de RUE de la Unidad Educativa que solicita el

beneficio.

Parte de asistencia del último mes de trabajo.

Las solicitudes deben ser enviadas juntamente con la información mensual de

abms (altas y bajas de memorándums) en los plazos establecidos para los niveles

distritales y Departamental.

Obligatorio

Codificador de Cargos

Carrera docente

Docente de

Unidades

Educativas

Directo

res

Hum

anistica

Educa

ción

Física

Educa

ción

Musica

l

Técn

ica

Voca

cional

Artes

Plá

sticas

Técn

ico

Industria

l

Agro

pecu

aria

Orien

tadores

Educa

ción

Cató

lica

(Relig

ión)

Hum

anística

Nivel In

icial

1er. y 2

do.

Ciclo

de P

rimaria

Prof.

Normalista

con TPN

20 24 28 32 36 40 44 48 53 57 64

Prof.

Titular por

Antigüedad

21 25 29 33 37 41 45 49 54 58 65

Prof.

Egreso 22 26 30 34 38 42 46 50 55 59 66

Prof.

Interino 823 827 831 835 839 843 847 851 856 860 867

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Codificador de Cargos

Personal Administrativo de U. E

ADMINISTRATIVOS DE

UNIDADES EDUCATIVAS CODIGO

SECRETARIA 80

REGENTE 81

NIÑERA 82

PORTERA 83

IMPLEMENTACION DEL CODIFICADOR EN EL PLAN DE ESTUDIOS

EDUCACION INICAL EN FAMILIA COMUNITARIA

CAMPOS AREAS Código 1ª SEC 2ª SEC

VIDA TIERRA

TERRITORIO

Ciencias Naturales (Desarrollo Bio-

Psicomotriz) MAEI

88 88

COMUNIDAD Y

SOCIEDAD Comunicación, Lenguas y artes MAEI

COSMOS Y

PENSAMIENTO

Desarrollo sociocultural afectivo y espiritual

(Música, Artes plásticas y visuales, ciencias

sociales, recreación)

MAEI

CIENCIA,

TECNOLOGÍA Y

PRODUCCIÓN

Desarrollo del conocimiento y de la

producción (Matemática - Técnica

Tecnológica)

MAEI

EDUCACION PRIMARIA COMUNITARIA VOCACIONAL

CAMPOS AREAS CÓDIGO 1º 2º 3º 4º 5º 6º TOTAL

VIDA TIERRA

TERRITORIO Ciencias Naturales MAEP 8 8 8 8 8 8 48

COMUNIDAD

Y SOCIEDAD

Comunicación y

Lenguas

Lengua

originaria

y

Extranjera

MAEP 44 44 36 36 36 36 232

Ciencias Sociales MAEP 8 8 8 8 8 8 48

Educación Física y Deportes EFD 8 8 8 8 8 8 48

Educación Musical EM 8 8 8 8 8 8 48

Artes Plásticas y Visuales MAEP 8 8 8 8 8 8 48

COSMOS Y

PENSAMIENTO

Valores, Espiritualidad Y

Religiones

VER

8 8 8 8 8 8 48

CIENCIA,

TECNOLOGÍA

Y

PRODUCCIÓN

Matemáticas MAEP 20 20 28 28 28 28 152

Técnica Tecnológica TT 8 8 8 8 8 8 48

TOTAL GENERAL 120 120 120 120 120 120 720

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

EDUCACION SECUNDARIA COMUNITARIA PRODUCTIVA

CAMPOS AREAS CÓDIG

O 1º 2º 3º 4º 5º 6º

TOTA

L

VIDA

TIERRA

Ciencias

Naturales

Biología CB 16 16 16 16 16 16 96

Física - CFQ 12 12 16 16 56

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ASPECTOS NORMATIVOS PARA SU CUMPLIMIENTO

SOBRE LAS DESIGNACIONES

• El personal docente o administrativo que ingresa al Servicio de Educación Pública

debe cumplir de manera obligatoria con el Registro Docente Administrativo (RDA).

(R.S. No. 57 del 02-feb-96, art. 3)

• Las designaciones del personal docente deben ser realizadas considerando el nivel

y la especialidad de formación académica del profesor. (D.S. No. 25255, art. 1 Art.

1)

• Las designaciones del personal docente deben ser efectuadas el primer día hábil

del mes. (Resolución Administrativa No. 01/96)

• La contratación del personal docente se procesará únicamente en los meses de

enero, febrero y marzo de cada año. Solo en caso de existir una acefalia se

contratara al reemplazante cuando esta se produzca.

• El personal docente deberá prestar sus servicios durante toda la gestión

obligatoriamente en la Unidad Educativa donde fue contratado. (D.S. No. 25255

del 18-dic-98, Art. 3)

• El maestro que abandone funciones será dado de baja de la planilla de haberes

hasta la conclusión de la gestión escolar. (D.S. No. 25255, Art. 5).

• Las Direcciones Distritales deben enviar la información para el proceso mensual

en medio impreso y magnético con la documentación de respaldo, hasta el 5 de

cada mes a la Unidad de Asuntos administrativos – Área Planillas de la DDELP.

De acuerdo a la R.M. 503/04 del 04/10/04.

SOBRE LOS DATOS EN EL (R.D.A.)

TERRITORI

O

Química

COMUNIDA

D Y

SOCIEDAD

Comunicaci

ón y

lenguajes

Lengua

Castellana y

Originaria

LCO 24 24 24 16 12 12 112

Lengua

Extranjera LEX 8 8 8 8 8 8 48

Ciencias Sociales CS 12 12 20 20 32 32 128

Educación Física y Deportes EFD 8 8 8 8 8 8 48

Educación Musical EM 8 8 8 8 8 8 48

Artes Plásticas y Visuales APV 8 8 8 8 8 8 48

COSMOS Y

PENSAMIEN

TO

Cosmovisiones, Filosofías y

Psicología CFS 8 8 8 8 8 8 48

Valores, Espiritualidad y

Religiones VER 8 8 8 8 8 8 48

CIENCIA,

TECNOLOGÍ

A Y

PRODUCCI

ÓN

Matemáticas MAT 20 20 20 20 20 20 120

Técnica Tecnológica General TTG 16 16 32 32 96

Técnica Tecnológica

Especializada * 48 48 96

TOTAL GENERAL 136 136 172 164 192 192 992

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• De acuerdo a la Resolución Ministerial 285/2005 del 08/09/2005 el R.D.A.

(Registro Docente Administrativo) el docente o administrativo debe tener

actualizado todos los Documentos personales y profesionales.

• SOBRE LA LEY DE PENIONES

• Ley Nro 065 LEY DE PENSIONES art. 107 (mora del empleador) el empleador

incurre en mora al día siguiente de vencido el plazo establecido para el pago de

contribuciones y deberá pagar el interés por mora y el interés incremental por las

contribuciones no pagadas de acuerdo a reglamento (Pago de retroactivos,

Devengados)

• Resolución Administrativa APS/DPC/NRO 492 en caso de no informar las

novedades de ingreso y/o retiro, se iniciara al empleador las gestiones de cobro de

los montos adeudados mas el interés por mora, interés incremental y recargos que

correspondan (Formulario de declaración de novedades)

• SOBRE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE CORTO PLAZO (AVISO DE BAJA)

LEY 890 de 26 de enero de 2017 , Art. 8. “Cuando concluya la relación laboral entre el

asegurado y su empleador, éste obligatoriamente en el TERMINO MÁXIMO DE TREINTA

(30) DÍAS CALENDARIO deberá comunicar el hecho a la Entidad Gestora, utilizando el

formulario “Aviso de Baja de Asegurado” y Decreto Supremo Nº 3008 del 7 de diciembre

del 2016 , articulo único III. “El incumplimiento o el retraso en la presentación del “Aviso

de Baja de Asegurado” se sancionara con una MULTA DEL CINCO POR CIENTO (5%)

del salario cotizable del trabajador del mes anterior a su desvinculación”, por lo que se

instruye:

• Dar de baja en el seguro social de corto plazo (Caja Nacional de Salud y otras) a

través del formulario de “AVISO DE BAJA DEL ASEGURADO” (Form. AVC –

07) al concluir la relación laboral con personal docente y administrativo de su

dependencia en un plazo máximo de 30 días calendario, remitiendo a los entes

gestores de seguro social de corto plazo, (Caja Nacional de Salud y otras cajas de

seguro social), el formulario de AVISO DE BAJA DEL ASEGURADO (Form. AVC

– 07)

• Remitir al Tec. de Planillas Salariales responsable el REPORTE DE BAJAS DE

LOS ENTES GESTORES DE SALUD del personal retirado de su dependencia

(personal jubilado, fallecido, renuncia temporal y/o definitiva y abandono) en

medio magnético y fotocopia legible del Formulario “Aviso de Baja del

Asegurado” AVC – 07, de acuerdo al cuadro adjunto indefectiblemente hasta el 20

de cada mes.

GUIA DE TRAMITES 2017 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Ministerio de Educación

DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZ

TRAMITE DE

ESCALAFÓN

Y

R.D.A

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

R.D.A. – REGISTRO DOCENTE ADMINISTRATIVO PARA PERSONAL DOCENTE

a) DEFINICIÓN.- El formulario de registro docente administrativo (RDA) es una

declaración jurada de información como: identificación, formación, categoría y

años de servicio. Por lo tanto debe ser llenado y firmado obligatoriamente por el

interesado. La presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- R.M. 285/05 de 8 de septiembre de 2005

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARÁCTER

Formulario de Registro para el personal de la carrera docente y

sobre manila.

Obligatorio

Mostrar el original de la cedula de identidad vigente y entregar

certificación original del SEGIP con la fotocopia simple del

carnet de identidad.

Obligatorio

Dos (2) fotografías a color, tamaño 4 cm. x 4 cm., con fondo

plomo claro sin borde (en el reverso de las fotos el interesado

debe anotar sus nombres y sus apellidos).

Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o con sello de seguridad determinado por el

Órgano Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO

ELECTORAL (SERECI).

Obligatorio

Fotocopia del título o diploma de bachiller legalizada por la

entidad emisora del título (la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Entregar fotocopia legalizada de la Libreta de Servicio Militar

en el cual debe figurar la identificación, la fecha de nacimiento del

interesado, el número de matrícula, fecha de licenciamiento, las

firmas y los sellos de las autoridades de la entidad emisora del

documento. (La legalización no debe tener una antigüedad mayor

a un (1) año).

En caso de extravió el interesado puede presentar la libreta de

servicio militar o el certificado especial que sustituye a la libreta

de servicio militar extraviada y entregar una copia legalizada de

este documento. (la legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año). Estos documentos deben llevar las firmas y

los sellos del Director General Territorial y del Responsable de

Archivo Central del Ministerio de Defensa Nacional.

Obligatorio

Sólo para profesores egresados de un Centro de formación

docente autorizado por el Ministerio de Educación: fotocopia

del certificado de egreso legalizada por el respectivo Centro de

formación. (La legalización no debe tener una antigüedad mayor

a un (1) año).

Obligatorio

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El certificado de egreso debe figurar en la lista de egresados

normalistas del Sistema de RDA- SIRDA.

Si el profesor se encuentra registrado en una Administradora de

Fondos de Pensiones (AFP), mostrar el original del carnet de

registro de AFP o del último estado de cuenta individual de AFP

y entregar una fotocopia de ese documento. Asimismo, en lugar del

carnet de registro de AFP puede entregar la copia original

(denominada segunda copia empleador) del formulario de

registro al seguro social obligatorio (SSO) de la AFP que tiene la

firma del afiliado.(**)

Obligatorio

Si el profesor tiene años de antigüedad, puede entregar: copia

original de los certificados de calificación de años de servicio o

fotocopia legalizada por la entidad emisora de esos documentos.

(la legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1)

año).

Obligatorio

Entregar fotocopias legalizadas por la entidad emisora de los

siguientes documentos, si el interesado los posee:

• Título de Técnico Medio.

• Título Académico y/o en Provisión Nacional de

Técnico Superior.

• Título en Provisión Nacional de maestro normalista

(sólo si se inscribe en el RDA con el certificado de

egreso del centro de formación docente autorizado por

el Ministerio de Educación).

• Título Académico y/o en Provisión Nacional de

Licenciatura.

• Certificado Académico de Diplomado.

• Diploma Académico de Especialidad.

• Diploma Académico de Maestría.

• Resolución ministerial de declaratoria de titular por

antigüedad.

(la legalización no debe tener una antigüedad mayor a un

(1) año)

Obligatorio

Los documentos de identificación que los ciudadanos nacidos en

el extranjero deben presentar son:

• Fotocopia de la cédula de identidad vigente, emitida por

el Ministerio de Migración y legalizada por esa entidad.

• Fotocopia legalizada por el consulado boliviano en el

exterior (o por consulado extranjero en Bolivia) y por la

Cancillería de la República de Bolivia del certificado de

nacimiento. Si el certificado de nacimiento está escrito en

otra lengua, se debe adjuntar la traducción oficial de ese

documento, legalizada por la Cancillería de la República

de Bolivia.

Obligatorio

Los documentos de formación obtenidos en el extranjero

deben tener las siguientes características:

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

El diploma de bachiller o los certificados de conclusión del nivel

secundario deben ser legalizados por las autoridades respectivas

del país de origen, por el consulado boliviano en el exterior (o

por el consulado extranjero en Bolivia) y por la Cancillería del

Estado Plurinacional de Bolivia . Asimismo, deben ser

convalidados por la Dirección Departamental de Educación

mediante Resolución Administrativa, de acuerdo con los requisitos

establecidos en la Resolución Secretarial 1024 del 25 de octubre

de 1994 y en los convenios educativos bilaterales o regionales. Si

esos documentos están escritos en otra lengua se debe adjuntar

la traducción de esos documentos y debe ser legalizada por la

Cancillería del Estado Plurinacional de Bolivia.

• El título docente obtenido en instituciones de

formación docente del extranjero debe ser revalidado

de acuerdo con los requisitos y el procedimiento

establecido en la Resolución Administrativa 109/03 de 5

de mayo de 2003.

• El título extranjero obtenido en instituciones que no

son de formación docente debe ser legalizado por el país de

origen, por el consulado boliviano en el exterior (o por el

consulado extranjero en Bolivia) y por la Cancillería de la

República de Bolivia. Si el documento está escrito en

otra lengua, se debe adjuntar la traducción de ese

documento y debe ser legalizada por la Cancillería del

Estado Plurinacional de Bolivia.

• El título extranjero obtenido en instituciones que no

son de formación docente debe ser legalizado por el país de

origen, por el consulado boliviano en el exterior (o por el

consulado extranjero en Bolivia) y por la Cancillería de la

República de Bolivia. Si el documento está escrito en

otra lengua, se debe adjuntar la traducción de ese

documento y debe ser legalizada por la Cancillería del

Estado Plurinacional de Bolivia.

Obligatorio

Los egresados del programa de formación pedagógica en

lengua originaria deben presentar fotocopia legalizada por

la entidad emisora (Dirección Distrital de Educación) del

certificado de promoción que les acredita para ejercer funciones

como maestros en el primer ciclo del nivel primario en calidad

de maestros titulares por antigüedad.

Obligatorio

Los egresados del programa de Bachillerato Humanístico con

mención en Pedagogía deben presentar fotocopia legalizada

por la entidad emisora (Dirección Distrital de Educación) del

diploma de bachiller en humanidades con mención en

Pedagogía, que les acredita para ejercer funciones como

maestros en el primer ciclo del nivel primario, en calidad de

maestros titulares por antigüedad.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.-

De acuerdo a Resolución Ministerial N° 86/2016 de fecha 8 de marzo de 2016, el tramite

no tiene costo

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

1) DIRECCION DISTRITAL 5 DÍAS

2) DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

3) MINISTERIO DE EDUCACION 18 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) (**) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original de cada

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con

bolígrafo azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo de la Dirección

Distrital de Educación (color rojo) y sello de verificación (color rojo) la cual

deben ubicarse en la parte superior o inferior derecha del anverso de la fotocopia.

b) El trámite de Registro del sobre de RDA se lo solicita en la Dirección Distrital de

Educación del 20 al 30 de cada mes.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RDA – REGISTRO DOCENTE ADMINISTRATIVO PARA PERSONAL

ADMINISTRATIVO

a) DEFINICIÓN.- El formulario de registro docente administrativo (RDA) es una

declaración jurada de información de identificación, formación, categoría y años

de servicio, por lo tanto debe ser llenado y firmado obligatoriamente por el

interesado. La presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- R.M. 285/05 de 8 de septiembre de 2005 y R.M. 269/06 de 4 de

agosto de 2006.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de Registro para el personal de la carrera

Administrativa y sobre manila.

Obligatorio

Adjuntar certificación original del SEGIP con la fotocopia simple

del carnet de identidad.

Obligatorio

Dos (2) fotografías a color, tamaño 4 cm. x 4 cm., con fondo

plomo claro sin borde (en el reverso de las fotos el interesado

debe anotar sus nombres y sus apellidos).

Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o con sello de seguridad determinado por Órgano

Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

(SERECI).

Obligatorio

Fotocopia del título o diploma de bachiller legalizada por la

entidad emisora del título (la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Solo para varones: entregar fotocopia legalizada de la Libreta de

Servicio Militar en el cual debe figurar la identificación, fecha de

nacimiento del interesado, número de matrícula, fecha de

licenciamiento, firmas y sellos de las autoridades de la entidad

emisora del documento. ( la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

En caso de extravió el interesado puede presentar la libreta de

servicio militar o el certificado especial que sustituye a la libreta

de servicio militar extraviada y entregar una copia legalizada de

este documento. (La legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año). Estos documentos deben llevar firmas y

sellos del Director General Territorial y del Responsable de

Archivo Central del Ministerio de Defensa Nacional.

Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 01, firmado por el Director Distrital

de Educación o por el Director Departamental de Educación según

corresponda. Para el personal administrativo de institutos normales

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

superiores, el formulario de solicitud debe ser firmado por el Director

General del INS.

Si el interesado se encuentra registrado en una Administradora

de Fondos de Pensiones (AFP): mostrar el original del carnet de

registro de AFP o del último estado de cuenta individual de AFP

y entregar una fotocopia de ese documento. Asimismo, en lugar del

carnet de registro de AFP puede entregar la copia original

(denominada segunda copia empleador) del formulario de

registro al seguro social obligatorio (SSO) de la AFP que tiene la

firma del afiliado. (**)

Obligatorio

Si el funcionario tiene años de antigüedad, puede entregar copia

original de los certificados de calificación de años de servicio o

fotocopia legalizada por la entidad emisora de esos documentos.

(La legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1)

año).

Obligatorio

Entregar fotocopias legalizadas por la entidad emisora de los

siguientes documentos, si el interesado los posee:

• Título de Técnico Medio.

• Título Académico y/o en Provisión Nacional de

Técnico Superior.

• Título Académico y/o en Provisión Nacional de

Licenciatura.

• Certificado Académico de Diplomado.

• Diploma Académico de Especialidad.

• Diploma Académico de Maestría.

(la legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1)

año)

Obligatorio

Los documentos de identificación que los ciudadanos nacidos en

el extranjero deben presentar son:

• Fotocopia de la cédula de identidad vigente, emitida por

el Ministerio de Migración y legalizada por esa entidad.

• Fotocopia legalizada por el consulado boliviano en el

exterior (o por consulado extranjero en Bolivia) y por la

Cancillería del Estado Plurinacional de Bolivia del

certificado de nacimiento. Si el certificado de nacimiento

está escrito en otra lengua, se debe adjuntar la traducción

de ese documento y debe ser legalizada por la Cancillería

de la República de Bolivia.

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Los documentos de formación obtenidos en el extranjero

deben tener las siguientes características:

• El diploma de bachiller o los certificados de conclusión del

nivel secundario deben ser legalizados por las autoridades

respectivas del país de origen, por el consulado boliviano

en el exterior (o por el consulado extranjero en Bolivia) y

por la Cancillería de la República de Bolivia. Asimismo,

deben ser convalidados por la Dirección Departamental

de Educación mediante resolución administrativa, de

acuerdo con los requisitos establecidos en la Resolución

Secretarial 1024 de 25 de octubre de 1994 y en los

convenios educativos bilaterales o regionales. Si esos

documentos están escritos en otra lengua, se debe

adjuntar la traducción oficial de esos documentos,

legalizada por la Cancillería del Estado Plurinacional de

Bolivia.

• E l t í t u l o e x t r a n j e ro d eb e s e r l eg a l i za d o p or

e l p a í s d e o r i g en , p o r e l co n s u l a do

b o l i v i a n o en e l e x t e r i o r (o p o r e l co n s u l a do

ex t r a n j e r o en B o l i v i a ) y p o r l a C a n c i l l e r ía

del Estado Plurinacional de Bolivia. S i e l d o c u m en t o

e s t á e s c r i t o en o t r a l en g u a , s e d eb e a d j u n t ar

l a t r a d u cc i ó n d e e s e d o cu m en t o , y d eb e s e r

l eg a l i z a d a p o r la C a n c i l l e r í a del Estado

Plurinacional de Bolivia.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.-

De acuerdo a Resolución Ministerial N° 86/2016 de fecha 8 de marzo de 2016, el tramite

no tiene costo

º

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

4) DIRECCIÓN DISTRITAL 5 DÍAS

5) DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

6) MINISTERIO DE EDUCACIÓN 18 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) (**) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original de cada

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con bolígrafo

azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo de la Dirección Distrital de

Educación (color rojo) y sello de verificación (color rojo) la cual debe ubicarse en la

parte superior o inferior derecha del anverso de la fotocopia.

b) El trámite de Registro del sobre de RDA se lo solicita en la Dirección Distrital de

Educación del 20 al 30 de cada mes.

c) Para el registro de RDA del personal de servicio (porteros) no es necesario contar con

documentación sobre instrucción educativa, siendo requisito indispensable leer y

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

d) escribir; participar o haber participado en el Programa Nacional de Alfabetización.

e) El requisito mínimo de instrucción educativa para la apertura de RDA de secretarios,

secretarias y regentes es el Título de Bachiller.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RDA – REGISTRO DOCENTE ADMINISTRATIVO PARA PERSONAL DEL

INSTITUTO PLURINACIONAL DE ESTUDIOS DE LENGUAS Y CULTURAS

(IPELC)

a) DEFINICIÓN.- El formulario de registro docente administrativo (RDA) es una

declaración jurada de información de identificación, formación, categoría y años

de servicio, por lo tanto debe ser llenado y firmado obligatoriamente por el

interesado. La presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- R.M. 285/05 de 8 de septiembre de 2005 y Procedimiento de

acuerdo a Instructivo IT/DGAA/UGPSEP/ERDA Nº. 0012/2017 de fecha 31 de

mayo de 2017.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de Registro para el personal de la carrera Docente y

sobre manila.

Obligatorio

Adjuntar certificación original del SEGIP con la fotocopia simple

del carnet de identidad actual.

Obligatorio

Dos (2) fotografías actuales a color, tamaño 3 cm. x 3 cm., con

fondo plomo claro sin borde (en el reverso de las fotos el

interesado debe anotar sus nombres y sus apellidos).

Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o con sello de seguridad determinado por Órgano

Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

(SERECI).

Obligatorio

Fotocopia del título o diploma de bachiller legalizada por la

entidad emisora del título (la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Solo para varones: entregar fotocopia legalizada de la Libreta de

Servicio Militar en el cual debe figurar la identificación, fecha de

nacimiento del interesado, número de matrícula, fecha de

licenciamiento, firmas y sellos de las autoridades de la entidad

emisora del documento. (la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

En caso de extravió el interesado puede presentar la libreta de

servicio militar o el certificado especial que sustituye a la libreta

de servicio militar extraviada y entregar una copia legalizada de

este documento. (La legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año). Estos documentos deben llevar firmas y

sellos del Director General Territorial y del Responsable de

Archivo Central del Ministerio de Defensa Nacional.

Obligatorio

Formulario gratuito y/o solicitud de inscripción al RDA, firmado por

el Director Ejecutivo del IPELC (Solo maestros interinos)

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Certificacion de designación original emitida por el Director

Ejecutivo del IPELC.

Obligatorio

Fotocopia del carnet, certificación de la inscripción a la AFP (Nº

CUA) acreditado por el Técnico (**).

Obligatorio

Fotocopia legalizada del certificado de egreso Normalista o

diploma académico (opcional según corresponda), la legalización

no debe tener una antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Fotocopia legalizada del Título Profesional de Maestro (opcional

según corresponda) la legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año)

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.-

De acuerdo a Resolución Ministerial N° 86/2016 de fecha 8 de marzo de 2016, el tramite

no tiene costo

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

1) DIRECCION DISTRITAL 5 DÍAS

2) DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

3) MINISTERIO DE EDUCACION 18 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

f) (**) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original del

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con bolígrafo

azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo de la Dirección Distrital de

Educación (color rojo) y sello de verificación (color rojo) la cual debe ubicarse en la

parte superior o inferior derecha del anverso de la fotocopia.

g) El trámite de Registro del sobre de RDA se lo solicita en la Dirección Distrital de

Educación del 20 al 30 de cada mes.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RP-DIDEP – REGISTRO DEL PERSONAL DE LA DIRECCION

DEPARTANMENTAL DE EDUCACION Y DIRECCIONES DISTRITALES DE

EDUCACION

a) DEFINICIÓN.- El formulario de registro (RP-DIDEP) es una declaración jurada

de información de identificación, formación, categoría y años de servicio, por lo

tanto debe ser llenado y firmado obligatoriamente por el interesado. La

presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

a) MARCO LEGAL.- R.M. Nº 086/2016 de 8 de marzo de 2016 y Procedimiento de

acuerdo a Instructivo IT/DGAA/UGPSEP/ERDA Nº. 0008/2017 de fecha 20 de

abril de 2017.

b) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

c) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

Carta de solicitud de Inscripción al Sistema RP-DIDEP dirigida al

Director Departamental de Educacion.( Debe mencionar que cargo

ocupara).

Obligatorio

Fotocopia de la Cedula de Identidad más certificacion original del

SEGIP.

Obligatorio

Fotocopia del carnet o certificación de la inscripción a la AFP

(Nº CUA) acreditado por el Técnico (**).

Obligatorio

Fotocopia Legalizada del Título o Diploma de Bachiller, con una

antigüedad no mayor a un (1año)

Obligatorio

Fotocopia legalizada de la Libreta de Servicio Militar (solo

varones), con una antigüedad no mayor a un (1 año.)

Obligatorio

Fotocopia legalizada del Título Profesional (opcional según el

cargo), la legalización con una antigüedad no mayor a un (1)

año)

Obligatorio

Fotocopia legalizada de Títulos de Postgrado (opcional), la

legalización debe tener una antigüedad no mayor a un (1 año).

Original o Fotocopia legalizada de los certificados del CAS

(opcional), la legalización no debe tener una antigüedad mayor a

un (1 año).

Dos Fotografías actuales tamaño 3 x 3 con fondo blanco Obligatorio

Sobre Manila nuevo tamaño oficio Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.-

De acuerdo a Resolución Ministerial N° 86/2016 de fecha 8 de marzo de 2016, el tramite

no tiene costo

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

1) DIRECCION DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

2) MINISTERIO DE EDUCACION 23 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

h) (**) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original del

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con bolígrafo

azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo y sello de verificación (color

rojo) la cual debe ubicarse en la parte superior o inferior derecha del anverso de la

fotocopia.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL RDA

a) DEFINICIÓN.- Este trámite permite al personal docente y administrativo del

SEP (Servicio de educación Pública) actualizar la información de identificación o

formación docente en el registro docente Administrativo (RDA). La presentación

de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- R.M. 285/05 de 8 de septiembre de 2005 y 099/2017 de 1 de

marzo de 2017.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

1) REQUISITOS PARA MODIFICAR EL NÚMERO DE CÉDULA DE

IDENTIDAD EN EL RDA:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado, debe ser impreso de la página

web del Ministerio de Educación.

Obligatorio

Adjuntar la certificación original del SEGIP y la fotocopia

simple anverso y reverso del carnet de identidad actual.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Fotocopia legalizada por la entidad emisora de la Resolución

Administrativa de cambio de número de cédula de identidad. (la

legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

2) PARA INCLUSIÓN, SUPRESIÓN O MODIFICACIÓN DE NOMBRES O

APELLIDOS:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos del RDA (AC-

01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Adjuntar la certificación original del SEGIP y la fotocopia

simple anverso y reverso del carnet de identidad actual.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

• Fotocopia legalizada por el juzgado respectivo del proceso

ordinario ejecutoriado seguido ante el juez de partido en lo

civil. (la legalización no debe tener una antigüedad mayor a

un (1) año).

• Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o el sello de seguridad determinado por Órgano

Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ELECTORAL (SERECI).

3) PARA INCLUSIÓN, SUPRESIÓN O MODIFICACIÓN DE NOMBRES O

APELLIDOS POR LLENADO INCORRECTO DEL FORMULARIO DEL

RDA O POR ERROR DE TRANSCRIPCIÓN:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Adjuntar la certificación original del SEGIP y la fotocopia

simple anverso y reverso del carnet de identidad vigente.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

• Solicitud del interesado. (Carta del interesado dirigido al

Director Distrital).

• Informe del técnico responsable de la Dirección Distrital de

Educación. (Dirigido al Jefe de la Unidad de Asuntos

Administrativos de la DDE-LPZ).

• Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o el sello de seguridad determinado por Órgano

Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO

ELECTORAL (SERECI).

Obligatorio

4) REQUISITOS PARA MODIFICAR LA FECHA DE NACIMIENTO (EN EL

RDA Y EN LA PLANILLA DE HABERES) (**):

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Mostrar el original de la cédula de identidad vigente, entregar

certificación original del SEGIP y la fotocopia simple anverso y

reverso del carnet de identidad.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

• Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o el sello de seguridad determinado por Órgano

Electoral Plurinacional – TRIBUNAL SUPREMO

ELECTORAL (SERECI).

• Fotocopia legalizada por el juzgado respectivo del proceso

ordinario ejecutoriado seguido ante el juez de partido en lo civil.

(la legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1)

año).

Obligatorio

5) REQUISITOS PARA MODIFICAR EL CARGO (EN EL RDA Y EN LA

PLANILLA DE HABERES):

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Mostrar el original de la cedula de identidad y presentar

fotocopia anverso y reverso de este documento

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Para modificar el cargo, entregar los siguientes documentos,

según corresponda:

• Para profesores egresados de un Centro de formación

docente autorizado por el Ministerio de Educación: presentar

fotocopia legalizada del certificado de egreso por el

respectivo Centro de formación.

El certificado de egreso debe figurar en la lista de egresados

normalistas del Sistema de RDA-SIRDA. Para profesores

titulados que actualizaron o que actualizan el RDA con el

certificado de egreso del Centro de formación docente

autorizado por el Ministerio de Educación presentar

fotocopia legalizada del título en provisión nacional de

maestro normalista por el Ministerio de Educación.

• Para titulares por antigüedad: fotocopia legalizada de la

Resolución Ministerial de declaratoria de titular por

antigüedad por el Ministerio de Educación.

NOTA: Para todos los casos (la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

6) REQUISITOS PARA MODIFICAR LA CATEGORÍA (RDA Y PLANILLA

DE HABERES):

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Presentar el original del certificado de categoría y entregar

fotocopia de ese documento. (***)

Obligatorio

7) PARA CÓMPUTO DE AÑOS DE ANTIGÜEDAD (DEL PERSONAL DE LA

CARRERA DOCENTE) O PARA EL BONO DE ANTIGÜEDAD (DEL

PERSONAL DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA):

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Ministerio de Educacion.

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Entregar: copia original de los certificados de calificación de

años de servicio o fotocopia legalizada por la entidad emisora de

esos documentos. (La legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año).

Obligatorio

8) ACTUALIZAR EN EL RDA LA LIBRETA DE SERVICIO MILITAR:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Mostrar el original de la cedula de identidad y presentar

fotocopia anverso y reverso de este documento.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Debe adjuntar Copia legalizada original de la libreta de servicio

militar donde figuran la identificación, la fecha de nacimiento del

interesado, el número de matrícula, la fecha de licenciamiento,

las firmas y los sellos de las autoridades de la entidad emisora del

documento. (***)

Obligatorio

9) ACTUALIZAR EN EL RDA EL NÚMERO ÚNICO ASIGNADO (NUA) O

LA AFP A LA QUE EL INTERESADO ESTÁ AFILIADO:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Adjuntar fotocopia del carnet de registro de AFP, certificacion

o del último estado de cuenta individual. Si la AFP de afiliación

es diferente de la AFP a la cual se asignan los aportes del

interesado, éste debe adjuntar el original de la carta de la AFP

de aceptación del traspaso de aportes. (***)

Obligatorio

10) REQUISITOS PARA ACTUALIZAR OTROS DOCUMENTOS EN EL RDA:

REQUISITOS CARACTER

Formulario de solicitud de actualización de datos en el RDA Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

(AC-01) correctamente llenado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Entregar fotocopia legalizada por la entidad emisora del

documento cuyos datos el interesado desea actualizar en el RDA.

(la legalización no debe tener una antigüedad mayor a un (1)

año).

Obligatorio

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DISTRITAL 5 DÍAS

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN 18 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) (**) La solicitud de cambio de fecha de nacimiento debe realizarse en la Dirección

Departamental de Educación presentando al Asesor Jurídico la documentación

correspondiente, a fin de que éste emita un informe dirigido al Director

Departamental de Educación.

b) (***) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original de cada

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con

bolígrafo azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo de la Dirección

Distrital de Educación (color rojo) y sello de verificación (color rojo) la cual debe

ubicarse en la parte superior o inferior derecha del anverso de la fotocopia.

c) El trámite de Actualización de RDA se inicia en la Dirección Distrital de

Educación de cada mes para el personal que trabaja. Los docentes y

administrativos que no están en función, el trámite puede realizarse del 1 al 5 de

cada mes en la ventanilla número 5de trámites del Área de Escalafón.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

ACTUALIZACIÓN DE DATOS CONSOLIDADOS EN EL RDA

(CORRECCIÓN DE DATOS EN EL RDA)

a) DEFINICIÓN.- A través de este trámite, el docente o el administrativo del SEP

pueden solicitar la corrección de algún dato de un documento presentado en el

RDA que figura con error de transcripción en el sistema del RDA. Para tal

propósito, se utiliza el formulario gratuito de solicitud de modificación de datos

consolidados en el RDA (Form. DGP-RDA 04).

b) MARCO LEGAL.- R.M. 285/05 de 8 de septiembre de 2005.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

11) REQUISITOS PARA MODIFICAR EL NÚMERO DE CÉDULA DE

IDENTIDAD EN EL RDA:

REQUISITOS CARACTER

Formulario gratuito de solicitud de modificación de datos

consolidados en el RDA en el FORMULARIO DGP-RDA 04

correctamente llenado.

Obligatorio

Adjuntar la Certificacion emitida por el SEGIP y presentar

fotocopia del Carnet de Identidad actual anverso y reverso.

Obligatorio

Duplicado de RDA original impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Adjuntar el documento original cuyos datos se desea modificar

en el RDA y entregar fotocopia de ese documento.(*)

Solo se aplica para los siguientes documentos:

• Carnet de Identidad

• Estado de Cuenta Individual

• Carnet del NUA

• Certificado de Nacimiento

Para el caso de corrección de datos de los siguientes documentos

deben presentarse necesariamente la COPIA LEGALIZADA de

estos documentos. (la legalización no debe tener una antigüedad

mayor a un (1) año):

• Título de Bachiller.

• Certificado de Egreso.

• Título en Provisión Nacional de Maestro.

• Declaratoria de Titular por Antigüedad.

• Certificado de Egreso de Técnico Medio, Técnico

Superior, Licenciatura, Maestría u otro similar.

• Título Académico de Técnico Medio, Técnico Superior,

Licenciatura, Maestría u otro similar.

• Título en Provisión Nacional de Técnico Medio, Técnico

Obligatorio

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Superior, Licenciatura, Maestría u otro similar.

COSTO DEL TRÁMITE.- El trámite no tiene costo.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DISTRITAL 5 DÍAS

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 7 DÍAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN 18 DÍAS

TOTAL 30 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) (*) Como constancia de la verificación de las fotocopias con el original de cada

documento presentado, el técnico anota la fecha de verificación, firma (con

bolígrafo azul), coloca su sello de pie de firma, sello redondo de la Dirección

Distrital de Educación (color rojo) y sello de verificación (color rojo) la cual debe

ubicarse en la parte superior o inferior derecha del anverso de la fotocopia.

b) El trámite de Actualización de RDA se inicia en la Dirección Distrital de

Educación cada mes para el personal que trabaja. Los docentes y administrativos

que no están en funciones el trámite puede realizarse del 1 al 5 de cada mes en la

ventanilla número 5 de trámites del Área de Escalafón.

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TÍTULOS EN PROVISIÓN NACIONAL

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se otorga el Título en Provisión Nacional a los

profesores egresados de los centros de formación docente autorizados por el

Ministerio de Educación, con los datos que contienen en el RDA y los formatos

(vista preliminar, título, informe técnico-jurídico) generados en el sistema FSIDE.

b) MARCO LEGAL.- Ley N° 070 Avelino Siñani–Elizardo Pérez del 20 de diciembre

de 2010, Resolución Ministerial N° 091/02 de 8 de abril de 2002, Resolución

Ministerial N° 285/05 de 8 de septiembre de 2005 y la Resolución Ministerial N°

129/06, de 18 de abril de 2006.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SITEMA DE SEGUIMIENTO: ………000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS.

REQUISITOS CARACTER

Folder de color blanco. Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado y firmado por el

interesado.

Obligatorio

Dos (2) fotografías actuales de frente con fondo plomo claro 4 x

4 sin borde.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original con documentos actualizados,

firmado por el interesado impreso de la página web del

Ministerio de Educacion.

Obligatorio

Fotocopia legalizada original del certificado de egreso con fecha

actual no mayor a un año.

Obligatorio

Fotocopia legalizada original de título de bachiller no mayor a

un año.

Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o sello de seguridad otorgado por el Órgano

Electoral Plurinacional-Tribunal Supremo Electoral (SERECI) y

fotocopia legible.

Obligatorio

Fotocopia legible de la cédula de identidad Obligatorio.

Hoja de Quinta Categoría original y fotocopia legible.

Obligatorio.

Fotocopia legible de los depósitos bancarios con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la

Dirección Departamental de Educación de La Paz.

Obligatorio.

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COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

1) 10000006080117 ………………. Bs. 20 – DIRECCIÓN DEPTAL. DE

EDUCACIÓN DE LA LAZ.

2) 10000004669343 ……………….. Bs. 220 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20 DÍAS HÁBILES

TOTAL 30 DÍAS HÁBILES

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TOMA DE RAZÓN DE TÍTULOS EN PROVISIÓN NACIONAL

DE GESTIONES PASADAS

a) DEFINICIÓN.- Este trámite les permite a los docentes que por error involuntario

de gestiones pasadas omitieron la Toma de Razón en el Título en Provisión

Nacional.

b) MARCO LEGAL: Resolución Secretarial N° 578 de 3 de diciembre de 1996.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: …….000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARACTER

Folder de color naranja.

Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado.

Certificado de nacimiento original emitido por el Órgano

Electoral Plurinacional-Tribunal Supremo Electoral (SERECI)

y fotocopia legible.

Obligatorio

Obligatorio

Fotocopia de la cédula de identidad legible.

Certificado de egreso original y fotocopia anverso y reverso

legibles.

Obligatorio

Obligatorio

Título de bachiller original y fotocopia legible.

Obligatorio

Fotocopia Legalizada original de la Libreta de Servicio Militar

(solo para varones) actual.

Obligatorio

Resolución Ministerial o Administrativa de Inscripción al

Escalafón original y fotocopia legible.

Obligatorio

Calificación de años de servicios docentes en provincia original y

fotocopia (dos años para maestros urbanos y cuatro años para

maestros rurales), con los cuales obtuvo el Título en Provisión

Nacional. Deben estar actualizados en el Sistema de Información

(SIRDA).

Obligatorio

Título en Provisión Nacional original y fotocopia más la

Resolución Ministerial o Secretarial.

Obligatorio

Debe figurar en listas de egresados en el sistema de información

(SIRDA).

Obligatorio

Fotocopia legible del Depósito Bancario con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio

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COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 ………………. Bs. 10 – DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA

PAZ.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

a) DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 7 DÍAS HÁBILES

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS CON SUS

RESPECTIVAS FOTOCOPIAS.

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HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EN PROVISIÓN NACIONAL ACTUALES

TITULOS PROFESIONALES DE IDIOMA INGLES, OTORGADOS POR LAS

UNIVERSIDADES PÚBLICAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA.

DEFINICIÓN: La homologación de Títulos en Provisión Nacional actuales, Título

Profesionales de Idioma Inglés, otorgados por la Universidades Públicas del Estado

Plurinacional de Bolivia, tiene por objeto reconocer la formación científica y pedagógica

de los profesionales con Título en Provisión Nacional actual Título Profesional a nivel de

Licenciatura en Idioma Inglés, que ejercen la función de Maestra o Maestro en el área de

su formación en los niveles de los subsistemas de Educación Regular, Alternativa o

Especial del Sistema Educativo Plurinacional para fortalecer el desarrollo de una

educación intracultural, intercultural y plurilingüe.

MARCO LEGAL.- Resolución Ministerial N° 443/2012 de 18 de julio de 2012 y la

Resolución Ministerial N° 417/2013 de 27 de junio de 2013.

CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO:….0000

REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARÁCTER

Folder de color blanco.

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado y firmado por

el interesado.

Cuatro (4) fotografías recientes, tamaño 4 x 4 con fondo

plomo claro sin borde.

Fotocopias legalizadas de los certificados de notas, otorgados

por la universidad de origen ( no mayor a un año).

Fotocopia legalizada del diploma académico (no mayor a un

año).

Fotocopia legalizada del título en provisión nacional actual

Título Profesional de Licenciatura de Idioma Extranjero

(INGLÉS)( no mayor a un año).

Certificado de nacimiento original emitido por el Órgano

Electoral Plurinacional – Tribunal Electoral (SERECI).

Fotocopia legible simple de la Cédula de Identidad.

Fotocopia legalizada del diploma de bachiller no mayor a un

año.

Duplicado de formulario del RDA. Actualizado, firmado por

el interesado impreso de la página web del Ministerio de

Educacion.

Original del Depósito Bancario, por concepto de pago de

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

Obligatorio

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acuerdo al arancel establecido por el Ministerio de

Educación.

Certificación de la especialidad que regenta, emitida por la

Directora o Director con VoBo de la Dirección Distrital

Educativa correspondiente.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 ………………. Bs. 40 – DIRECCIÓN DEPTAL. DE

EDUCACIÓN DE LA PAZ.

10000004669343 ……………… .Bs. 400 – MINISTERIO DE

EDUCACIÓN.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN 20 DÍAS HÁBILES

TOTAL 30 DÍAS HÁBILES

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS CON SUS

RESPECTIVAS FOTOCOPIAS.

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DUPLICADO DE CERTIFICADO DE CATEGORIA

(PARA ASCENSOS DE CATEGORÍA ANTERIORES A LA GESTIÓN 2002)

a) DEFINICIÓN: Duplicado del Certificado de Ascenso de Categoría que se emite

con la autorización del Ministerio de Educación en casos de extravío del original

por parte del docente o administrativo.

b) MARCO LEGAL: Resolución Ministerial N° 285/05 de 8 de septiembre de 2005.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: …000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS.

REQUISITOS CARÁCTER

Folder de color rojo. Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado.

Obligatorio

Certificado de aprobación del examen de ascenso de la

categoría que solicita.

Obligatorio

Duplicado del formulario RDA. actualizado con los

siguientes documentos impreso de la página web del Ministerio de Educacion:

▪ Certificado de nacimiento.

▪ Certificado de egreso

▪ Título en provisión nacional o declaratoria de

titular por antigüedad.

▪ Título de bachiller.

▪ Fotocopia del último certificado de categoría con la firma y

sello de pie de firma del responsable del registro.

Obligatorio

Obligatorio

En el sistema de información de registro docente

administrativo (SI-RDA), debe estar actualizado todos los

años de servicio de docente o administrativo.

Obligatorio

Fotocopia simple de la Cédula de Identidad. Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o sello de seguridad otorgado por el Órgano

Electoral Plurinacional-Tribunal Supremo Electoral

(SERECI) y fotocopia legible.

Obligatorio

Fotocopia legalizada del Título de bachiller con fecha actual

no mayor a un año.

Obligatorio

Título en Provisión Nacional o Declaratoria de Titular por

Antigüedad originales y fotocopias.

Obligatorio

Certificado de egreso original y fotocopia legalizada con

fecha actual no mayor a un año.

Obligatorio

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Resolución Administrativa o Ministerial de Inscripción al

Escalafón original y fotocopia legible.

Obligatorio

Copia original de los certificados de calificación de años de

servicios o fotocopia legalizada con fecha actual no mayor a

un año por la entidad emisora de esos documentos, donde

consta la prestación de los años de servicios requeridos para

el ascenso de categoría solicitada.

Obligatorio

Todos los certificados de las categorías anteriores a la que

solicita deben ser originales y fotocopias legibles. (para el

Duplicado de Quinta Categoría no se presenta este requisito)

Obligatorio

Fotocopia legible del depósito bancario con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117………………….Bs. 10.00 (DIRECCIÓN DEPTAL. DE EDUCACIÓN LA

PAZ)

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 7 DIAS HÁBILES

NOTA: TODOS ESTOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS CON SUS

RESPECTIVAS FOTOCOPIAS.

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DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE CATEGORIA

(PARA ASCENSOS DE CATEGORÍA A PARTIR DE LA GESTIÓN 2002)

a) DEFINICIÓN: Duplicado de Certificados de Categoría que se emite con autorización

del Ministerio de Educación en caso de extravío del original por parte del docente o

administrativo.

b) MARCO LEGAL: Resolución Ministerial N° 285/05 de 8 de septiembre de 2005.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO:………..000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS.

REQUISITOS CARACTER

Folder de color rojo. Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado.

Obligatorio

Duplicado del formulario RDA actualizado con los siguientes documentos impreso de la página web del Ministerio de Educacion:

a) Certificado de nacimiento.

b) Certificado de egreso.

c) Título en Provisión Nacional o

Declaratoria de Titular por Antigüedad.

d) Título de bachiller.

Obligatorio

Fotocopia legible del depósito bancario con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117………………….Bs. 10.00 (DIRECCIÓN DEPTAL. DE EDUCACIÓN LA

PAZ)

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 7 DIAS HÁBILES

NOTA: TODOS ESTOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS CON SUS

RESPECTIVAS FOTOCOPIAS.

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COPIA LEGALIZADA DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE VISACIÓN

DEL TÍTULO EN PROVISIÓN NACIONAL A PARTIR DE LA GESTIÓN 2002

a) DEFINICIÓN.- Este trámite puede ser realizado por el interesado para obtener

una copia legalizada de la Resolución Ministerial que hubiera extraviado.

b) MARCO LEGAL: Resolución Ministerial N° 285/05 de 8 de septiembre de 2005.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ...000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARÁCTER

Folder color naranja.

Obligatorio

Formulario gratuito de trámites de escalafón (FORM. DEGP-RDA

O5) correctamente llenado.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original y fotocopia legible, firmado por el

interesado impreso de la página web del Ministerio de Educacion:

Obligatorio

El certificado de egreso de maestros normalistas debe figurar en listas

de egresados de la normal, verificar en la página

http://sifm.minedu.gob.bo/

Obligatorio

Fotocopia de la Resolución Ministerial de Visación del Título en

Provisión Nacional.

Obligatorio

Fotocopia legible del depósito bancario con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la Dirección

Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 10.00 (DIRECCIÓNDEPARTAMENTAL DE

EDUCACIÓN LA PAZ)

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 7 DIAS HÁBILES

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COPIA LEGALIZADA DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE LA

DECLARATORIA DE TITULAR POR ANTIGÜEDAD

A PARTIR DE LA GESTIÓN 2002.

a) DEFINICIÓN.- Este trámite puede ser realizado por el interesado para obtener

una copia legalizada de la Resolución Ministerial que hubiera extraviado.

b) MARCO LEGAL: Resolución Ministerial N° 285/05 de 8 de septiembre de 2005.

TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ……..0000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARACTER

Folder color naranja.

Obligatorio

Formulario gratuito de trámites de escalafón (FORM.

DEGP-RDA O5) correctamente llenado.

Obligatorio

Fotocopia de la Resolución Ministerial de la Declaratoria de Titular

por Antigüedad.

Obligatorio

Fotocopia legible del depósito bancario con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la Dirección

Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 10.00

(DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ)

DURACIÓN DEL TRÁMITE: 7 DIAS HÁBILES

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VISACIÓN DE CERTIFICADOS DE EGRESO UNIVERSITARIO

a) DEFINICIÓN: Mediante este trámite se otorga a los egresados de las escuelas de

idiomas de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca y a los egresados

de las facultades o escuelas de Filosofía y Letras, Ciencias de la Educación y de la

especialidad de psicología de las universidades bolivianas, cuyo egreso se hubiera

producido hasta el año 1994 de acuerdo con los certificados de notas, un

documento legal que autoriza el ejercicio de la función docente con los derechos de

los profesores titulados normalistas.

b) MARCO LEGAL: Resoluciones Ministeriales 076/02, de 27 de marzo de 2002 y

Resolución Ministerial N° 203/02 de 5 de julio de 2002.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ……..000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARACTER

Folder de color blanco. Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón

(FORM.DGP-RDA 05) correctamente llenado y firmado por el

interesado.

Obligatorio

Cinco (5) fotografías actuales de frente con fondo plomo claro 4

x 4 sin borde.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original, firmado por el interesado,

actualizado con los siguientes documentos impreso de la pagina

web del Ministerio de Educacion:

a) Certificado de nacimiento.

b) Título de bachiller.

c) Libreta Militar (solo para varones)

Obligatorio

Fotocopia legalizada original con fecha actual no mayor a un

año del certificado egreso por la universidad u origen.

Obligatorio

Fotocopia legalizada original con fecha actual no mayor a un

año por la universidad de origen de los certificados de notas en

los que consta el vencimiento de materias hasta el año 1994.

Obligatorio

Fotocopia legalizada original de título de bachiller no mayor a

un año.

Obligatorio

Certificado de nacimiento original con sello seco, sello

autoadhesivo o sello de seguridad otorgado por el Órgano

Electoral Plurinacional-Tribunal Supremo Electoral (SERECI) y

fotocopia legible.

Obligatorio

Fotocopia legible de la cédula de identidad Obligatorio.

Hoja de quinta categoría original y fotocopia legible. Obligatorio.

Fotocopia legible de los depósitos bancarios con sello y firma de

verificación del responsable de ventanilla de valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz.

Obligatorio.

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COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 20

DIRECCIÓN DEPTAL. DE EDUCACIÓN LA PAZ.

10000004669343 Bs. 200

MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL ----------10 DÍAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN ------------20 DÍAS HÁBILES

TOTAL 30 DÍAS HÁBILES

NOTA: TODOS ESTOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS CON SUS

RESPECTIVAS FOTOCOPIAS.

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RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PRESTADOS COMO DIRECTIVOS Y

TUTORES EN EL PROGRAMA DE PROFESIONALIZACION DE MAESTROS

INTERINOS (PPMI) DE EDUCACION ESCOLARIZADA DE LOS INSTITUTOS

NORMALES SUPERIORES

a) DEFINICIÓN.- Este trámite permite al personal docente realizar la Resolución

Administrativa de Reconocimiento de tiempo de servicio prestados como Directivos

y Tutores en el Programa de Profesionalización de Maestros Interinos, los cuales

sirven para el Ascenso de Categoría.

b) MARCO LEGAL.- R.M. 268/09 del 28 de mayo de 2009.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

Folder color Rojo. Obligatorio

Formulario gratuito de solicitud de trámites de escalafón,

FORM. DGP-RDA 05 correctamente llenado.

Obligatorio

Fotocopia de los depósitos bancarios con sello y firma de

verificación del Responsable de Ventanilla de Valores de la

Dirección Departamental de Educación.(*)

Obligatorio

Mostrar el original de la cédula de identidad y presentar

fotocopia anverso y reverso de este documento.

Obligatorio

Duplicado de RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la pagina web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento.

• Titulo o Diploma de Bachiller.

• Certificado de Egreso del INS o de la Escuela Normal o

R.M. de declaratoria de titular por antigüedad.

• Quinta categoría.

NOTA: El certificado de egreso debe figurar en la lista de

egresados normalistas del Sistema de RDA. Para este efecto se

debe ingresar a la siguiente dirección en la web:

http://sifm.minedu.gob.bo.

Obligatorio

Fotocopia legalizada del contrato. Obligatorio

Certificado de trabajo (original) por el tiempo de servicios

prestados como Directivo o Tutor.

Obligatorio

COSTO DEL TRAMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

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N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 30

DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA PAZ.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS

TOTAL 10 DÍAS

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) (*) Una vez hecho los depósitos, el docente debe dirigirse a Ventanilla de Valores

de la Dirección Departamental de Educación para acreditar las fotocopias de los

depósitos.

b) Todos los requisitos deben venir acompañados con sus respectivas fotocopias.

c) El trámite debe realizarse en la Dirección Departamental de Educación en la

Ventanilla del Área de Escalafón.

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RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS EN FRONTERAS

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz, que permite a los maestros

normalistas e interinos, no oriundos del lugar que presten años de servicios docentes

en zonas declaradas fronterizas que tienen derecho al reconocimiento de dos años de

servicios adicionales de servicio docente; a los profesores normalistas que prestaron

dos años de servicios docentes en fronteras y a los profesores interinos que prestaron

cuatro años de servicios docentes en frontera, para efectos de ascenso de categoría y

de jubilación. La presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Decreto Supremo 04688, Artículos 29 y 30, Decreto Supremo

20030 y Resolución Ministerial Nº 285/05.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO DE AÑOS POR SERVICIOS

PRESTADOS EN FRONTERA:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROJO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de la Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación.

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la página web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Certificado de Egreso del Centro de Formación Docente

(solo profesores Normalistas), debe figura en listas de

egresados en el Sistema.

• Quinta Categoría

Obligatorio

Copia Original o fotocopia legalizada por la entidad emisora del

Certificado de Calificación de 2 años de servicios docentes en

frontera (para profesores normalistas), la legalización no debe

tener una antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Copia Original o fotocopia legalizada por la entidad emisora del

Certificado de Calificación de 4 años de servicios docentes en

frontera (para profesores interinos), la legalización no debe

tener una antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Informe del Director Distrital de Educación especificando la

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CO

STO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 30

DIRECCION DPTAL. DE EDUCACION DE LA PAZ.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla de

Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) Cada uno de estos documentos debe estar acompañada con sus respectivas

FOTOCOPIAS NITIDAS.

c) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

d) Los periodos que indica en el Informe de la Dirección Distrital, Ejemplo: de

ENERO DE 2001 A DICIEMBRE DE 2002, debe coincidir con los periodos que

indica el Certificado del Instituto Geográfico Militar y el Certificado de

Calificación de Años de Servicio, que presenta el interesado.

provincia, el municipio, el cantón y la localidad donde está

ubicada la Unidad Educativa, el servicio, programa e ítem que

figura en la Calificación de años de servicio, periodo de trabajo

en función de docente desempeñado en frontera (desde que mes y

año hasta que mes y año presentados por el interesado).

Obligatorio

Certificado original extendido por el Instituto Geográfico Militar

especificando la distancia hasta un máximo de 50 Km. Lineales

de las fronteras internacionales.

Obligatorio

Certificado de Nacimiento Original con sello seco, sello

autoadhesivo el sello de seguridad determinado por el Órgano

Electoral Plurinacional (SERECI).

Obligatorio

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RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO DOCENTE PRESTADOS EN

UNIDADES EDUCATIVAS PARTICULARES Y EN LA EX COMIBOL

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz. La presentación de datos

fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Resolución Ministerial Nº 285/05.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO

DOCENTE PRESTADOS EN UNIDADES EDUCATIVAS PARTICULARES Y EN

LA EX COMIBOL

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROJO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la página web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Quinta Categoría

Obligatorio

Fotocopia de la Resolución Ministerial de funcionamiento de

cada Unidad Educativa particular donde ha prestado sus

servicios docentes acreditada por el Director de cada una de

ellas.

Obligatorio

Certificación en papel con membrete de cada Unidad Educativa

particular, institución o empresa donde el interesado ha

trabajado, firmada por el director o la máxima autoridad de la

entidad, que especifique el periodo de trabajo en función docente

desempeñado por el interesado (desde que mes y año hasta que

mes y año), la carga horaria, la signatura y los haberes

percibidos. (ver inciso d).

Obligatorio

Fotocopias legalizadas por la Unidad Educativa particular, por

la Institución o por la Empresa, de las Planillas de haberes

donde figuran los descuentos de Ley.

Obligatorio

Informe del Director Distrital de Educación dirigido al Jefe de la

Unidad de Asuntos Administrativos de la Dirección

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

Departamental de Educación, validando la certificación de la

Unidad Educativa particular respecto a los servicios prestados

por el profesor ( debe especificar los mismos periodos que indica

la certificación de la unidad educativa particular, institución o

por la empresa).

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 30

DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA PAZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla

de Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) Cada uno de estos documentos debe estar acompañada con sus respectivas

FOTOCOPIAS NITIDAS.

c) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

d) Los periodos que indica en la Certificación de cada unidad educativa particular,

institución o empresa debe ser de acuerdo al siguiente modelo:

TABLA MODELO PARA INFORME DE LA UNIDAD EDUCATIVA

AÑO MES A MES AÑO MES DIA CARGA

HORARIA ASIGNATURA NIVEL HABERES

1975 ENERO A DICIEMBRE 1 - - 72 PROFESOR DE

MATEMATICAS SECUNDARIO 1700.-

1976 ENERO A JUNIO - 6 - 72 PROFESOR DE

MATEMATICAS SECUNDARIO 2500.-

1977 ENERO A JULIO - 6 22 48 PROFESOR DE

MATEMATICAS SECUNDARIO 2000.-

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO DOCENTE PRESTADOS EN “INS”

ADMINISTRADOS POR LAS UNIVERSIDADES

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz. La presentación de datos

fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Resolución Ministerial Nº 285/05, Resolución Ministerial Nº

206/03.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO

DOCENTE PRESTADOS EN “INS” ADMINISTRADOS POR LAS

UNIVERSIDADES:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROJO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la página web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Certificado de Egreso del Centro de Formación Docente

(solo profesores Normalistas), debe figura en listas de

egresados en el Sistema.

• Quinta Categoría

Obligatorio

Certificación en papel con membrete emitida por la respectiva

universidad especificando el periodo de trabajo en función

docente desempeñado por el interesado (desde que mes y año

hasta que mes y año), la carga horaria, la signatura, los haberes

percibidos y los descuentos de Ley. (ver inciso d).

Obligatorio

Boletas de pago original o planilla de haberes legalizada por el

Instituto Normal Superior respectivo.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 30

DIRECCION DPTAL. DE EDUCACION DE LA PAZ.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla

de Valores de la Dirección Departamental de Educación con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) Cada uno de estos documentos debe estar acompañada con sus respectivas

FOTOCOPIAS NITIDAS.

c) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

d) Los periodos que indica en la Certificación emitida por la respectiva universidad

debe ser de acuerdo al siguiente modelo:

TABLA MODELO PARA INFORME

AÑO MES A MES AÑ

O MES DIA

CARGA

HORARIA ASIGNATURA NIVEL HABERES

DESCUENTOS

DE LEY

1975 ENERO A DICIEMBR

E 1 - - 72

PROFESOR DE

MATEMATICAS

SECUNDARI

O 1700.00 200.00

1976 ENERO A JUNIO - 6 - 72 PROFESOR DE

MATEMATICAS

SECUNDARI

O 2500.00 205.00

1977 ENERO A JULIO - 6 22 48 PROFESOR DE MATEMATICAS

SECUNDARIO

2000.00 160.00

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO PARA EL PERSONAL DE LA

CARRERA ADMINISTRATIVA PRESTADOS EN “INS” ADMINISTRADOS POR

LAS UNIVERSIDADES

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz. La presentación de datos

fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Resolución Ministerial Nº 285/05, Resolución Ministerial Nº

206/03 y 464/07.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO

DOCENTE PRESTADOS EN “INS” ADMINISTRADOS POR LAS

UNIVERSIDADES:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROJO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

Obligatorio

Certificación en papel con membrete emitida por la respectiva

universidad especificando el periodo de trabajo en función

administrativa desempeñado por el interesado (desde que mes a

que año hasta que mes y que año), la carga horaria, cargo,

haberes percibidos y los descuentos de Ley. (ver inciso d).

Obligatorio

Boletas de pago originales o planilla de haberes legalizado por

el Instituto Normal Superior respectivo.

Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 60

DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA LAZ.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACION DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla

de Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) Cada uno de estos documentos debe estar acompañada con sus respectivas

FOTOCOPIAS NITIDAS.

c) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

d) Los periodos que indica en la Certificación emitida por la respectiva universidad

debe ser de acuerdo al siguiente modelo:

TABLA MODELO PARA INFORME

O MES A MES AÑO MES DIA

CARGA

HORARIA CARGO HABERES

DESCUENTOS

DE LEY

197

5

ENER

O A

DICIEMBR

E 1 - - 72

SEC RETARIA

1700.00 200.00

197

6

ENER

O A JUNIO - 6 - 72

SECRETARIA

2500.00 205.00

1977

ENERO

A JULIO - 6 22 48 SECRETARIA 2000.00 160.00

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RECONOCIMIENTO DE HORAS DE TRABAJO PARALELAS

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz, permite a los maestros

normalistas e interinos que trabajan por horas en diferentes Unidades Educativas,

realizar su trámite para el cómputo general de Calificación de años de Servicios.

La presentación de datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Decreto Supremo 127660 y 156630.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA RECONOCIMIENTO DE HORAS DE TRABAJO

PARALELAS:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROJO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso en la página web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Certificado de Egreso del Centro de Formación Docente

(solo profesores Normalistas).

Obligatorio

Original o fotocopia legalizada por la entidad emisora del

Certificado de Calificación de Años de Servicio donde

especifique las horas, la legalización no debe tener una

antigüedad mayor a un (1) año).

Obligatorio

Fotocopia del Carnet de Identidad (vigente). Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 30

DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA LAZ.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 10 DÍAS HÁBILES

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla de

Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) Cada uno de estos documentos deben estar acompañadas con sus respectivas

FOTOCOPIAS NITIDAS.

c) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CERTIFICACION DE ASCENSO DE CATEGORIA DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO DE UNIDADES EDUCATIVAS DEL SEP

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz, permite a los maestros

normalistas, interinos y personal administrativo de Unidades Educativas que tiene

el R.D.A. actualizado y ha cumplido con los Instructivos y la Convocatoria emitida

por el Ministerio de Educación para el Ascenso de Categoría. La presentación de

datos fraudulentos está sujeta a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Decreto Supremo 04688 y Resolución Ministerial Nº 285/05.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA LA CERTIFICACION DE ASCENSO DE CATEGORIA

DEL PERSONAL DE LA CARRERA DOCENTE Y DEL PERSONAL

ADMINISTRATIVO DE UNIDADES EDUCATIVAS DEL SEP:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROSADO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la página web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Certificado de Egreso del Centro de Formación Docente

(solo profesores Normalistas).

• Título en Provisión Nacional (solo Profesores

Normalistas)

• Ultima Categoría solicitada

• NUA

Obligatorio

Fotocopia del carnet de Identidad vigente. Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 20

DIRECCION DPTAL. DE EDUCACION DE LA PAZ

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 6 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla de

Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

INSCRIPCIÓN AL ESCALAFON Y ASCENSO A QUINTA CATEGORIA PARA

PROFESORES EGRESADOS NORMALISTAS

a) DEFINICIÓN.- Este trámite se realiza en la Unidad de Asuntos Administrativos

de la Dirección Departamental de Educación La Paz, permite a los profesores

egresados normalistas obtener la Resolución Administrativa con la asignación

automática a Quinta Categoría. La presentación de datos fraudulentos está sujeta

a jurisdicción penal.

b) MARCO LEGAL.- Decreto Supremo 04688 y Resolución Ministerial Nº 285/05.

c) CÓDIGO DEL TRAMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: por

definir

d) REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL ESCALAFON Y ASCENSO A

QUINTA CATEGORIA PARA PROFESORES EGRESADOS NORMALISTAS:

REQUISITOS CARACTER

Folder color ROSADO. Obligatorio

Formulario gratuito DGP-RDA 05 correctamente llenado –

Recabar en la ventanilla de Informaciones.

Obligatorio

Fotocopia del depósito bancario con sello y firma de verificación

del Responsable de Ventanilla de Valores de la Dirección

Departamental de Educación. (ver inciso a)

Obligatorio

Duplicado del RDA original actualizado con los siguientes

documentos impreso de la pagina web del Ministerio de

Educacion:

• Certificado de Nacimiento

• Libreta de Servicio Militar (solo varones)

• Título o diploma de bachiller

• Certificado de Egreso del Centro de Formación Docente

(solo profesores Normalistas).

• Quinta Categoría

• NUA

Obligatorio

Fotocopia del carnet de Identidad vigente. Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION).

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 20

DIRECCIÓN DPTAL. DE EDUCACIÓN DE LA LAZ.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.

DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL 6 DÍAS HÁBILES.

CONSIDERACIONES GENERALES:

a) Una vez realizado el depósito bancario el docente debe dirigirse a la Ventanilla de

Valores de la Dirección Departamental de Educación, con el original y una

fotocopia para la firma y el sello respectivo.

b) El duplicado del R.D.A. debe estar firmado por el interesado.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

CERTIFICADO SUPLETORIO DE TITULO EN PROVISION NACIONAL

(TPN) ACTUAL TITULO PROFESIONAL DE MAESTRAS Y MAESTROS

(TPM).

a) DEFINICIÓN.- Este trámite puede ser realizado por el interesado para obtener un

Certificado Supletorio de Titulo en Provisión Nacional por Perdida, robo o deterioro.

b) MARCO LEGAL: Párrafo I del Artículo 18 y Artículo 25 de la Ley Nº 2341 de 23

de abril de 2012 y Resolución Ministerial N° 906/2013 de 26 de noviembre de 2013.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ...000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARÁCTER

Folder color azul.

Obligatorio

Formulario de solicitud de trámite de Certificado Supletorio de Título

en Provisión actual Título Profesional de Maestras y Maestros

(FORM. DEGP-RDA O5) correctamente llenado.

Obligatorio

Carta de Solicitud del interesado dirigido al Jefe de la Unidad de

Asuntos Administrativos de la Dirección Departamental de

Educación.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original IMPRESO DE LA PAGINA WEB DEL

Ministerio de Educación actualizado con los datos: Personales

completos, categorías completas y Formación completos, Diploma de

Bachiller, Formación Normalista (Egreso), Título en Provisión

Nacional actual Título Profesional de Maestras y Maestros.

Obligatorio

Certificación de emisión de título en Provisión Nacional actual Título

Profesional de Maestras y Maestros, emitida por la Dirección

Departamental de Educación para títulos emitidos a partir de la

gestión 2002 o certificación de emisión de Título emitida por el

Archivo de la UGP-SEP del Ministerio de Educación para Títulos

emitidos antes de la gestión 2002 según corresponda

Obligatorio

Fotocopia Legalizada del Certificado de egreso Normalistas o

Supletorio (en caso de extravió certificación de egresado, expedida

por la Escuela de Formación de Maestros o sus denominaciones

anteriores). El certificado de egreso de maestros normalistas debe

figurar en listas de egresados de la normal, verificar en el Sistema

SIRDA.

Obligatorio

Fotocopia de la cedula de identidad vigente con firma y sello de

verificación del Técnico de Títulos de la DDE.

Obligatorio

Cuatro Fotografías (de frente) recientes a color, tamaño 4x4 cm., con

fondo plomo claro sin borde.

Obligatorio

En caso de pérdida del título, presentar copia sellada de la denuncia

por perdida del título ante la División Reconvencional de la Fuerza

Especial de Lucha Contra el Crimen y en caso de robo deberán

presentar copia sellada de la denuncia ante el Ministerio Publico.

Obligatorio

En caso de pérdida o robo del título presentar tres publicaciones en

medios de prensa de alcance nacional.

Obligatorio

En caso de deterioro del título original, adjuntar el documento.

El original y fotocopia legible del depósito bancario en la cuenta

habilitada del Ministerio de Educación y de la Dirección

Departamental por el monto establecido en la Resolución Ministerial

de aranceles aprobados.

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 5.00

(DIRECCIÓNDEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ)

10000004669343 Bs. 50.00

(MINISTERIO DE EDUCACION)

DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCION DEPARTAMENTAL 10 DIAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCAION 50 DIAS HABILES

TOTAL 60 DIAS HABILES

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REPOSICION DE OBRADOS DE RESOLUCION MINISTERIAL DE

VISACION DE TITULO EN PROVISION NACIONAL DE MAESTRAS Y

MAESTROS (TPM).

a) DEFINICIÓN.- Este trámite puede ser realizado por el interesado para la

reposición de obrados de Resolución Ministerial de Visacion de Título en Provisión

Nacional de Maestras y Maestros por extravío y que la documentación no se encuentra en

Archivos.

b) MARCO LEGAL: Párrafo I del Artículo 18 y Artículo 25 de la Ley Nº 2341 de 23

de abril de 2012, Resolución Ministerial Nº 484 de 30 de julio de 2013 y Resolución

Ministerial 266/2015 de 4 de mayo de 2015.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ...000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARÁCTER

Folder color azul.

Obligatorio

Formulario de solicitud de trámite de Reposición de obrados de

Resolución Ministerial de Visacion de Título Profesional de Maestras

y Maestros (TPM) (FORM. DEGP-RDA O5) correctamente

llenado.

Obligatorio

Carta de Solicitud del interesado dirigido al Jefe de la Unidad de

Asuntos Administrativos de la Dirección Departamental de

Educación.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original impreso de la página web del Ministerio

de Educación actualizado con los datos: Personales completos,

categoría completas y de Formación completos.

Obligatorio

Certificación de conclusión de trámite de Título en Provisión Nacional

actual Título Profesional de Maestras y Maestros emitida por la

Dirección Departamental de Educación o Ministerio de Educación.

Obligatorio

Fotocopia simple de la Resolución de Visacion de TPM y/o Fotocopia

de informe técnico jurídico de Título en Provisión Nacional que fue

emitido por la Dirección Departamental de Educación.

Obligatorio

Fotocopia Legalizada del Certificado de egreso Normalistas o

Supletorio (en caso de extravió certificación de egresado, expedida

por la Escuela de Formación de Maestros o sus denominaciones

anteriores). El certificado de egreso de maestros normalistas debe

figurar en listas de egresados de la normal, verificar en el Sistema

SIRDA

Obligatorio

Fotocopia de la cedula de identidad vigente con firma del interesado y

certificado gratuito de la cedula de identidad emitido por el SEGIP.

Obligatorio

En caso de pérdida o robo del título, presentar copia sellada de la

denuncia por pérdida o robo del título ante la División

Reconvencional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen.

Obligatorio

En caso de pérdida o robo del título presentar la publicación en un

medio de prensa de alcance nacional.

Obligatorio

El original y fotocopia legible del depósito bancario en la cuenta

habilitada del Ministerio de Educación y de la Dirección

Departamental por el monto establecido en la Resolución Ministerial

de aranceles aprobados.

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 10.00

(DIRECCIÓNDEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ)

10000004669343 Bs. 50.00

(MINISTERIO DE EDUCACION)

DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCION DEPARTAMENTAL 10 DIAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCAION 50 DIAS HABILES

TOTAL 60 DIAS HABILES

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REPOSICION DE OBRADOS DE RESOLUCION MINISTERIAL DE

DECLARATORIA DE TITULAR POR ANTIGÜEDAD (DTA).

a) DEFINICIÓN.- Este trámite puede ser realizado por el interesado para la

reposición de obrados de Resolución Ministerial de Declaratoria de Titular por

Antigüedad (DTA) por extravío y que la documentación no se encuentra en Archivos.

b) MARCO LEGAL: Párrafo I del Artículo 18 y Artículo 25 de la Ley Nº 2341 de 23

de abril de 2012 y Resolución Ministerial Nº 484 de 30 de julio de 2013.

c) CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO: ...000

d) REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS

REQUISITOS CARÁCTER

Folder color azul.

Obligatorio

Formulario de solicitud de trámite de Reposición de obrados de

Resolución Ministerial de Declaratoria de Titular por Antigüedad

(DTA). (FORM. DEGP-RDA O5) correctamente llenado.

Obligatorio

Carta de Solicitud del interesado dirigido al Jefe de la Unidad de

Asuntos Administrativos de la Dirección Departamental de

Educación.

Obligatorio

Duplicado de R.D.A. original impreso de la página web del Ministerio

de Educación actualizado con los datos: Personales completos,

categorías completas y de Formación completos.

Obligatorio

Fotocopia Legalizada del Diploma de Bachiller actual.

Obligatorio

Certificación de conclusión de trámite de Resolución de Declaratoria

de Titular por Antigüedad (DTA) emitida por la Dirección

Departamental de Educación o Ministerio de Educación.

Obligatorio

Fotocopia simple de la Resolución Ministerial de DTA y/o Fotocopia

de informe técnico jurídico para emisión de R.M. DTA que fue emitido

por la Dirección Departamental de Educación.

Obligatorio

Certificados de Calificación de ocho años de servicios docentes (CAS)

original o fotocopia legalizada actual anteriores a la emisión de la

R.M. DTA (que incluye dos años en provincia).

Obligatorio

Certificado de aprobación original del examen de ascenso a cuarta

categoría para DTA emitido por archivo de la UGP-SEP del

Ministerio de Educación (solo para R.M. DTAs. emitidos antes de la

gestión 1997).

Obligatorio

En caso de pérdida o robo de la R.M. DTA, presentar copia sellada de

la denuncia por pérdida o robo del título ante la División

Reconvencional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen.

Obligatorio

En caso de pérdida o robo de la R.M. DTA presentar la publicación en

un medio de prensa de alcance nacional.

Obligatorio

El original y fotocopia legible del depósito bancario en la cuenta

habilitada del Ministerio de Educación y de la Dirección

Departamental por el monto establecido en la Resolución Ministerial

de aranceles aprobados.

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

COSTO DEL TRÁMITE.- DEPÓSITO BANCARIO (BANCO UNION)

N° DE CUENTA:

10000006080117 Bs. 10.00

(DIRECCIÓNDEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ)

10000004669343 Bs. 50.00

(MINISTERIO DE EDUCACION)

DURACIÓN DEL TRÁMITE:

DIRECCION DEPARTAMENTAL 10 DIAS HÁBILES

MINISTERIO DE EDUCAION 50 DIAS HABILES

TOTAL 60 DIAS HABILES

Ministerio de Educación

DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION LA PAZ

TRAMITE DE EDUCACIÓN

SUPERIOR

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE

CALIFICACIONES INSTITUTOS TÉCNICOS TECNOLÓGICOS Y ARTÍSTICOS

DEFINICIÓN.- La legalización de certificados de calificaciones de Institutos Técnicos

Tecnológicos y Artísticos es un trámite el cual el (la) Subdirector(a) de Educación Superior

de Formación Profesional y el (la) Técnico de Educación Técnica, Tecnológica,

Lingüística y Artística legaliza las firmas y sellos de las autoridades en los certificados de

calificaciones como ser: Rectores, Directores Académicos y Directores Generales de los

respectivos institutos legalmente constituidos previa verificación de la autenticidad de

asignaturas de acuerdo al Plan de Estudios y las calificaciones conforme a los libros de

Centralizadores de Calificaciones existentes en la Subdirección.

Este trámite se aplica a los estudiantes quienes concluyeron sus estudios en Institutos

Técnicos Tecnológicos Fiscales, de Convenio y Privados, legalmente establecidos en nivel

Técnico Medio y/o Superior de aquellos que desean tramitar su legalización de estudios.

PRODUCTO.- Certificados de calificaciones firmados y sellados por el (la) Subdirector

(a) de Educación Superior de Formación Profesional y el (la) Técnico encargado de

Institutos Técnicos Tecnológicos y Artísticos.

CÓDIGO EN EL SISTEMA DE TRÁMITES:

Define la Unidad de Asuntos Administrativos según correlativo de la Guía de Trámites y el

Sistema de Trámites.

COSTO DEL TRÁMITE: Según Resolución Ministerial Nº 350/2015 del 10 de junio de

2015, el costo del trámite se encuentra determinado mediante la Resolución

Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código Arancel No. 1154 Certificados de Calificaciones Bs. 10

Código Arancel No. (*) Leg. por cada certificado de calificaciones Bs. 15

Código Arancel No. 1302 Fólder de Tramitación Bs. 10

Código Arancel No. 1302 Solicitud de Notas Bs. 10

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 5 días hábiles hasta la

conclusión del trámite, este se inicia a partir del ingreso del expediente a V.U.R.D. con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de las observaciones.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

FIRMAS TÉCNICO DE LEGALIZADOR (3) días hábiles

FIRMAS SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR (1) días hábiles

VERIFICACIÓN Y PROCESAMIENTO EN SISTEMA (1) días hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITO CARACTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de

la Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en ventanilla de Canje

de Valores de la Dirección Departamental de Educación La

Paz, previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado).

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD VIGENTE

Obligatorio

6. CERTIFICADO DE CALIFICACIONES DE INSTITUTOS

debidamente llenado por los responsables del Instituto de la

carrera concluida.

Obligatorio

7. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO/DIPLOMA DE

BACHILLER Obligatorio

8. FOTOCOPIAS DE LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES

(de creación y vigente en caso de los Institutos Privados) Obligatorio

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LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE

EGRESO Y/O GRADO

DEFINICIÓN.- La legalización de certificado de Egreso y/o Grado de Institutos es un

trámite el cual el (la) Subdirector(a) de Educación Superior y el (la) Director (a)

Departamental legaliza las firmas y sellos de las autoridades como ser: Rectores,

Directores Académicos y Directores Generales de los respectivos institutos en los

certificados de egreso y/o grado, previa verificación de la autenticidad de asignaturas de

acuerdo al Plan de Estudios

Este trámite se aplica a los estudiantes que cuentan con Certificados de Calificaciones

legalizados y culminaron el Plan de Estudios en Institutos Técnicos Tecnológicos y

Artísticos, Fiscales, de Convenio y privados legalmente establecidos en nivel Técnico

Medio o Superior.

PRODUCTO.- Certificado de Egreso y/o Grado firmados y sellados por el (la) Subdirector

(a) de Educación Superior y Director (a) Departamental de Educación.

COSTO DEL TRÁMITE: El costo del trámite se encuentra determinado mediante la

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código Arancel (*) Certificados de Egreso o Grado Bs. 50

Código Arancel (*) Certificados de Grado Bs. 30

Código Arancel No. 115 Legalización por certificado Bs. 15

Código Arancel No. 1302 Fólder Bs. 10

Código Arancel No. 1302 Solicitud de Notas Bs. 10

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 6 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de las observaciones y se establece 4 días para remitir

a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO LEGALIZADOR (2) días hábiles

SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR (2) días hábiles

DIRECTOR DEPARTAMENTAL (2) días hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en ventanilla de Canje de

Valores de la Dirección Departamental de Educación La Paz,

previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado).

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD (vigente)

Obligatorio

6. CERTIFICADO DE CALIFICACIONES DE INSTITUTOS

debidamente llenado por los responsables del Instituto.

Obligatorio

7. CERTIFICADO DE EGRESO Y/O GRADO debidamente

llenado y firmado por las autoridades del Instituto.

Obligatorio

8. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO DE BACHILLER

Obligatorio

9. FOTOCOPIAS DE LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES

(de creación y vigente) Obligatorio

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LEGALIZACIÓN DE ACTA

GRADO (o modalidad de graduación)

DEFINICIÓN.- La legalización de acta de Grado de Institutos es un trámite el cual el (la)

Subdirector(a) de Educación Superior y el (la) Director (a) Departamental legaliza las

firmas y sellos de las autoridades como ser: Rectores, Directores Académicos y el tribunal

examinador de los respectivos institutos en el acta de examen de grado o modalidad de

graduación, previa verificación de la autenticidad de asignaturas de acuerdo al Plan de

Estudios

Este trámite se aplica a los estudiantes que cuentan con Certificados de conclusión de

estudios y culminaron el Plan de Estudios en Institutos Técnicos Tecnológicos y Artísticos,

Fiscales, de Convenio y privados legalmente establecidos en nivel Técnico Medio o

Superior.

PRODUCTO.- Acta de Grado o modalidad de graduación firmados y sellados por el (la)

Subdirector (a) de Educación Superior y Director (a) Departamental de Educación.

COSTO DEL TRÁMITE: El costo del trámite se encuentra determinado mediante la

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código Arancel (*) Legalización Acta de Grado Bs. 15

Código Arancel No. 1302 Fólder Bs. 10

Código Arancel No. 1302 Solicitud de Notas Bs. 10

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 6 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de las observaciones y se establece 4 días para remitir

a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO LEGALIZADOR (2) días hábiles

SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR (2) días hábiles

DIRECTOR DEPARTAMENTAL (2) días hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en ventanilla de Canje de

Valores de la Dirección Departamental de Educación La Paz,

previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado).

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD (vigente)

Obligatorio

6. ACTA DE EXAMEN DE GRADO O MODALIDAD DE

GRADUACIÓN debidamente elaborado y firmado por las

autoridades y Tribunal examinador del Instituto.

Obligatorio

7. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO DE BACHILLER

Obligatorio

8. FOTOCOPIAS DE LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES

(de creación y vigente) Obligatorio

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LEGALIZACIÓN GRADUADOS INSTITUTOS

RM Nº 0100/2017

DEFINICIÓN.- La legalización de documentos de graduados de los Institutos Técnicos y

Tecnológicos en el marco de la RM Nº 100/2017 del Ministerio de Educación (que aprueba

la Guía de Procedimientos y requisitos para acceder a la Modalidad de Graduación y

certificado de Egreso anexo Nº 5) es un trámite mediante el cual la subdirección de

Educación Superior y la Dirección Departamental legaliza las firmas y sellos de las

autoridades como ser: Rectores, Directores Académicos y el tribunal examinador en los

certificados de calificaciones, certificado de egreso y el acta de examen de grado o

modalidad de graduación de forma conjunta y colectiva, a requerimiento del Instituto

técnico Tecnológico, previa verificación del listado de aprobados y Resolución Rectoral

del Instituto para modalidades de graduación.

Este trámite se aplica a los estudiantes que cuentan con Certificados de conclusión de

estudios y culminaron el Plan de Estudios en Institutos Técnicos Tecnológicos y Artísticos,

Fiscales, de Convenio y privados legalmente establecidos en nivel Técnico Medio o

Superior.

PRODUCTO.- Folder de tramite con toda la documentación presentada y legalizada de

manera conjunta y colectiva de acuerdo a solicitud del Instituto (Acta de Grado o

modalidad de graduación, certificado de Egreso y certificados de calificaciones) firmados

y sellados por el (la) Subdirector (a) de Educación Superior y Director (a) Departamental

de Educación.

COSTO DEL TRÁMITE: El costo del trámite se encuentra determinado mediante la

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código Arancel Folder y solicitud de notas Bs. 20

Código Arancel Certificado de calificaciones Bs. 10 c/u

Código Arancel Certificado de Egreso Bs. 50

Servicios de legalización:

Código Arancel Certificado de calificaciones Bs. 15 c/u

Código Arancel Certificado de Egreso Bs. 15

Código Arancel Acta de modalidad de graduación Bs. 15

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 7 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

folder con todos los documentos legalizados u observado. En el caso de los trámites

observados se emite un Informe Técnico de Observación con detalle de las observaciones y

se establece 4 días para remitir a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

Valores:

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO LEGALIZADOR ED. SUPERIOR (3) días hábiles

SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR (2) días hábiles

DIRECTOR DEPARTAMENTAL (2) días hábiles

REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

1. FOLDER Y SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en

ventanilla de Canje de Valores de la Dirección

Departamental de Educación La Paz, previo depósito

respectivo).

Obligatorio

2. ACTA DE MODALIDAD DE GRADUACIÓN ORIGINAL

CERTIFICADO DE EGRESO

CERTIFICADO DE CALIFICACIONES

(todos otorgados por el Instituto técnico – tecnológico)

Obligatorio

3. NOMINA DE APROBADOS DE LA MODALIDAD DE

GRADUACIÓN (según Resolución rectoral) Obligatorio

4. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES Obligatorio

5. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado).

Obligatorio

6. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD (vigente)

Obligatorio

7. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO DE

BACHILLER

Obligatorio

8. FOTOCOPIAS DE LAS RESOLUCIONES

MINISTERIALES (de creación y vigente) Obligatorio

Este trámite colectivo requiere la Autorización de la Subdirección de Educación Superior

de Formación Profesional para la compra colectiva de valores, y la aceptación o visto

bueno de la jefatura de la Unidad de Asuntos Administrativos, previa verificación del

listado de alumnos aprobados en las modalidades de graduación.

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LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE

CALIFICACIONES INSTITUTOS CERRADOS

DEFINICIÓN.- consiste en el llenado de los certificados de calificaciones por la DDE-

LPZ y su legalización correspondiente del trámite para el estudiante quien realizó sus

estudios en un Instituto Técnico Tecnológico o Artístico, Fiscal, de Convenio o privado que

haya sido autorizado por el Ministerio de Educación, que a la fecha se encuentre

legalmente cerrado de este modo reconocer los estudios del estudiante.

PRODUCTO.- Certificado de Calificaciones llenado, firmado y legalizado por los

Técnicos encargados y el (la) Subdirector(a) de Educación Superior, previa revisión.

COSTO DEL TRÁMITE. Actualmente se está utilizando el:

Código de Arancel No. 117 Derecho al Trámite Bs. 50

Código de Arancel No. 1302 Folder Bs 10

Código de Arancel No. 1302 Solicitud de Notas Bs 10

Código de Arancel No. 1154 Certificado de Notas Bs. 10

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.-Se establecen 6 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de la (los) observaciones y se establece 4 días para

remitir a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

Técnico de Legalizador Tres días (3) hábiles

Subdirección de Educación Superior Tres días (3) hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz, previo depósito

respectivo).

Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (adquirir en ventanilla Canje de

Valores de la Dirección Departamental de Educación La Paz,

previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES (Previa verificación de la existencia de

libros y boletines del Instituo cerrado, en el Archivo de la DDE-

LP)

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado)

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD (Vigente)

Obligatorio

6. CERTIFICADO DE CALIFICACIONES DE INSTITUTOS (en

blanco)

Obligatorio

7. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO DE BACHILLER

Obligatorio

8. CARTA SIMPLE DEL INTERESADO DIRIGIDO AL

DIRECTOR DEPARTAMENTAL, CON DATOS DE LOS

ESTUDIOS REALIZADOS POR EL ESTUDIANTE. (gestión,

grado, modalidad, etc.)

Obligatorio

9. FOTOGRAFIAS POR CADA CERTIFICADO DE

CALIFICACIONES A LLENAR (tamaño 4 x 4 fondo plomo, azul

o rojo).

Obligatorio

10. FOTOCOPIA DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE

CIERRE DEL INSTITUTO. Obligatorio

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

En este caso, es requisito indispensable el formulario de Solicitud de Notas y la

carta de solicitud, en él se consignará de manera clara la gestión, folio, carrera

para que el técnico realizar el llenado correcto de datos.

Adjuntar la Resolución Ministerial de cierre requisito primordial para dar curso al

trámite.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE

EGRESO Y/O GRADO INSTITUTOS CERRADOS

DEFINICIÓN.- Este trámite permite al estudiante quien realizó sus estudios en los

Institutos Fiscales, Privados y de Convenio que a la fecha se encuentren cerrados pueda

obtener un certificado de Egreso y/o Grado debidamente aprobado y legalizado.

PRODUCTO: Certificados legalizados de Egreso y/o Grado firmados y sellados por el

Director Departamental, Subdirector de Educación Superior, verificados por Técnico de

Institutos Técnicos Tecnológicos, Técnico de Formación Docente o Técnico de Formación

Universitaria.

COSTO DEL TRÁMITE:

Se tiene establecido el siguiente arancel:

Código de Arancel No. 117 Derecho al Trámite Bs. 50

Código de Arancel No. 1302 Folder Bs 10

Código de Arancel No. 1302 Solicitud de Notas Bs 10

Código de Arancel No. 1302 Certificado de Notas Bs. 10

Código de Arancel (*) Certificado de Egreso Bs. 50

Código de Arancel (*) Certificado de Grado Bs. 30

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 6 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de la (los) observaciones y se establece 5 días para

remitir a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

Técnico Legalizador Dos días (2) hábiles

Subdirección de Educación Superior Dos días (2) hábiles

Dirección Departamental Dos días (2) hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARACTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz, previo depósito

respectivo)

Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en ventanilla Canje de

Valores de la Dirección Departamental de Educación La Paz,

previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL CARNET DE IDENTIDAD (vigente)

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE EGRESO Y/O GRADO (en blanco).

Obligatorio

5. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TITULO DE BACHILLER

Obligatorio

6. CARTA SIMPLE DEL INTERESADO DIRIGIDO AL

DIRECTOR DEPARTAMENTAL, SOLICITANDO EL

LLENADO DEL CERTIFICADO DE EGRESO COMO

INSTITUTO CERRADO.

Obligatorio

7. UNA FOTOGRAFIA PARA SU CERTIFICADO DE EGRESO

(4x4 fondo plomo, azul o rojo)

Obligatorio

8. FOTOCOPIA DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE

CIERRE DEL INSTITUTO.

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RECTIFICACIÓN, INVERSIÓN O INCLUSIÓN DE NOMBRES Y/O APELLIDOS –

INSTITUTOS

DEFINICIÓN.- La rectificación, inclusión, exclusión e inversión de nombre(s) y/o

apellido(s) es un trámite por el cual la Dirección Departamental de Educación La Paz

subsana errores de registro en los nombres y/o apellidos y numero de cedula de Identidad

de un estudiante en los centralizadores de calificaciones y libros de actas de grado.

PRODUCTO.- Resolución Administrativas en la que se autoriza la modificación, inclusión,

exclusión e inversión de datos en los nombre(s) y/o apellido(s). En caso de no ser

justificado se emitirá informe pormenorizado con observaciones parciales o definitivas.

REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARÁCTER

1. FOLDER (Adquirir de la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz). Obligatorio

2. FOTOCOPIA DEL RECIBO BANCARIO CON SELLO ORIGINAL

DE CANJE DE VALORES Obligatorio

3. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL (computarizado) Obligatorio

4. FOTOCOPIA DEL CARNET DE IDENTIDAD (vigente) Obligatorio

5. INFORME ORIGINAL DEL INSTITUTO especificando el dato

erróneo del estudiante registrado en Libros de Calificaciones,

gestión, carrera, nivel, folio al que corresponde y el dato correcto

de acuerdo al certificado de nacimiento.

Obligatorio

6. CARTA SIMPLE DE SOLICITUD DEL USUARIO basada en el

informe del Instituto, requiriendo la corrección. Obligatorio

7. DOCUMENTOS RESPALDATORIOS: Fotocopia del trámite

judicial, SERECI o SEGIP de modificación de nombres o apellidos,

fotocopia de los libros de inscripción (en caso de no haber

realizado ningún trámite judicial y si el error se identifica en más

de 2 años).

Obligatorio

si el caso

corresponde.

COSTO DEL TRÁMITE.- El costo del trámite se encuentra determinado mediante

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz según:

Código de Arancel Nº 101 Por gestión a corregir Bs. 5

Código de Arancel Nº 1302 Derecho a folder Bs. 10

Código de Arancel No. 524 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Bs. 100

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 7 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite realizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de las observaciones y se establece 6 días para remitir

a V.U.R.D. para la devolución al usuario. (Observación en la Subdirección de Educación

Superior y Formación Profesional 3 días, observación en la Unidad de Asuntos Jurídicos 3

días).

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DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO DE INSTITUTOS TÉCNICOS TECNOLÓGICOS dos (2) días hábil

UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS tres (3) días hábiles

DIRECCION DEPARTAMENTAL dos (2) días hábiles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:

CASOS USUALES:

1.- Que en los libros de calificaciones tenga una omisión de nombre y/o apellido.

2.- Que en los libros de calificaciones tenga cambiado su nombre o apellidos.

3.- Que en los libros de calificaciones tenga suprimido su nombre o apellidos.

4.- Que en los libros de calificaciones tenga abreviado su nombre o apellidos.

5.- Que en los libros de calificaciones tenga invertido su nombre o apellidos

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

En NINGÚN CASO se aceptara el trámite de rectificación, inversión, exclusión o

inclusión de nombre(s) y/o apellido(s), si NO presenta certificado de nacimiento

original vigente. Debido a que es un documento BASE para verificar el error cometido.

Por estar la Cedula de identidad relacionada al nombre de una persona, este trámite

también considera el registro correcto de la misma en libros centralizadores.

LA CARTA SIMPLE DE SOLICITUD, que elabora el usuario de manera detallada

en la que identifique el error a subsanar, gestión, grado, carrera y nivel de formación.

En caso que el Institutose encuentre CERRADO, en la carta de solicitud deberá constar

ésta situación o adjuntar la boleta de observación (emitida por el área de Educación

Superior) del trámite de Resolución de cierre de Instituto .

Si el estudiante curso en distintos institutos y si existe el error en un nombre y/o

apellidos en más de 2 carreras de institutos distintos, no necesita realizar varios

trámites, simplemente presentar su trámite adjuntando informes de ambos institutos en

los que estudio.

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REFRENDADO DE CERTIFICADOS DE EGRESO Y/O GRADO

(fotocopia legalizada de Certificado de Egreso y/o Grado)

DEFINICIÓN.- La legalización de las fotocopias de los certificados de Egreso y/o Grado

es un trámite el cual el (la) Subdirector (a) de Educación Superior legaliza las fotocopias

de los certificados de Egreso y/o Grado, previa verificación de los originales.

Este trámite es para los estudiantes quienes concluyeron estudios a nivel Técnico Medio o

Superior y/o aquellos que desean tramitar su Título Profesional.

PRODUCTO: Fotocopias de los Certificados de Egreso y/o Grado legalizadas, firmadas y

selladas por el (la) Subdirector(a) de Educación Superior de Formación Profesional.

COSTO DEL TRÁMITE. El costo del trámite se encuentra determinado mediante la

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código de arancel No.10 Derecho a legalización por cada fotocopia Bs. 15

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 5 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de la (los) observaciones y se establece 5 días para

remitir a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR Cinco días (5) hábiles

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

REQUISITOS Y CARATER DE LOS MISMOS:

REQUISITO CARACTER

1. FOLDER (Adquirir de la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz). Obligatorio

2. SOLICITUD DE NOTAS (Adquirir en ventanilla de Canje de

Valores de la Dirección Departamental de Educación La Paz,

previo depósito respectivo).

Obligatorio

3. FOTOCOPIA DEL COMPROBANTE BANCARIO CON SELLO

ORIGINAL DE CAJA

Obligatorio

4. CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL

(Computarizado).

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DEL CARNET DE IDENTIDAD (Vigente)

Obligatorio

6. CERTIFICADO DE CALIFICACIONES DE INSTITUTOS

debidamente legalizado por los responsables del Instituto.

Obligatorio

7. FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL TÍTULO DE BACHILLER

Obligatorio

8. ORIGINAL DEL EGRESO Y/O GRADO DEBIDAMENTE

LEGALIZADO.

Obligatorio

9. FOTOCOPIA(s) DEL CERTIFICADO DE EGRESO Y/O

GRADO (la cantidad solicitada depende del monto asignado y

depositado por el usuario).

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

RECTIFICACIÓN DE DATOS EN LIBROS CENTRALIZADORES

INSTITUTOS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y ARTÍSTICOS FISCALES,

PRIVADOS Y CONVENIO

DEFINICIÓN.- La rectificación de datos en Libros Centralizadores es un trámite por el

cual la Dirección Departamental de Educación La Paz autoriza la rectificación de:

calificaciones, nombre de asignaturas, modalidad y niveles, subsanando errores u

omisiones de transcripción en libros de calificaciones de acuerdo a la Resolución

Ministerial de funcionamiento de los Institutos y planes de estudio vigentes.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que subsana el error u omisión que sera

incorporada al libro centralizador junto con los antecedentes necesarios. En los casos no

justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones definitivas.

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITO CARÁCTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de

la Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. FOTOCOPIA DEL(os) COMPROBANTE(s) BANCARIO(s)

CON SELLO ORIGINAL DE CAJA. (Previa verificación de

los libros centralizadores en la Sub Dirección de Educación

Superior)

Obligatorio

3. BOLETA DE OBSERVACIÓN DE LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ del trámite

donde se identificó el error en Libros.

Obligatorio

4. INFORME DETALLADO DEL INSTITUTO TÉCNICO

TECNOLÓGICO FISCAL, DE CONVENIO O PRIVADO

SOBRE EL ERROR COMETIDO.(Incorporando la

Declaración Jurada DJ-001, creada para este efecto)

Obligatorio

5. DOCUMENTOS DE IDENTIDAD Certificado de

Nacimiento y fotocopia del Carnet de identidad (para casos

individuales) Obligatorio

6. FOTOCOPIA DE LA(S) RESOLUCIÓN (ES) MINISTERIAL

(es) de funcionamiento del Instituto. Obligatorio

7. REGISTRO ORIGINAL INTERNO DEL INSTITUTO con las

firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

8. REGISTRO ORIGINAL INTERNO DE CALIFICACIONES

DEL DOCENTE con las firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

9. FOTOCOPIA DEL BOLETIN CENTRALIZADOR

ERRADOFIRMADO Y SELLADO POR LA DIRECCION

DE LA INSTITUCION Obligatorio

10. DOBLE EJEMPLAR DEL BOLETIN CENTRALIZADOR

DE CALIFICACIONES CORRECTAMENTE LLENADO Y

CON LA FECHA ACTUAL (en un formato similar al

vigente).

Obligatorio

GUIA DE TRAMITES 2015 UNIDAD DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS D.D.E - LPZ

11. PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA Obligatorio

12. UN DOCUMENTO RESPALDATORIO (ficha de evaluación

interna del estudiante, pago de mensualidades y otros) Obligatorio

COSTO DEL TRÁMITE:

Se tiene establecido el siguiente arancel:

Código de Arancel No. 524 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Bs. 100

Por Negligencia Administrativa, los Institutos Técnicos Tecnológicos Fiscales,

Convenio y Privados deben pagar por cada gestión o periodo académico y grado:

Código de Arancel No 23.Institutos Fiscales Bs. 200

Código de Arancel No 23.Institutos Convenio Bs. 200

Código de Arancel No 24.Institutos Privados Bs. 500

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

El estudiante podrá realizar el trámite una vez que el Instituto haya presentado los

libros de calificaciones.

Los casos de adecuación de documentación académica, autorizadas con

Resoluciones Administrativas, Ministeriales o Biministeriales, solo cancelaran el

costo de la Resolución Administrativa de la DDELP, sin multas por Negligencia

Administrativa.

Para los Institutos que incurran en errores de este tipo, el arancel por negligencia

administrativa, será calculado considerando el grado de reincidencia, que se

hubiera presentado (Infracciones leves y graves Art. 103 del Reglamento General

de Institutos Técnicos y Tecnológicos de Carácter Fiscal, de Convenio y Privado.) y

serán reportados a la Dirección General de Educación Superior Técnica

Tecnológica Lingüística y Artística del Ministerio de Educación, para considerar la

Renovación de su Resolución de Legal Funcionamiento en el caso de privados y las

sanciones según Reglamento para Estatales y Convenio.

Conforme a Informe Legal DGAJ-UAJ Nº 1043/2013 del 26 de Agosto de 2013, éste

trámite surge por irregularidades o errores suscitadas al interior de la Institución

Educativa, por lo cual los afectados no deben asumir las sanciones (siendo

imputable la máxima autoridad administrativa del Instituto Educativo).

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REPOSICIÓN DE BOLETINES EN LIBRO CENTRALIZADOR INSTITUTOS

TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y ARTÍSTICOS FISCALES, DE CONVENIO Y

PRIVADOS

DEFINICIÓN.- La reposición de boletines en Libros Centralizadores es un trámite el cual

la Dirección Departamental de Educación La Paz autoriza reponer información faltante en

los Libros Centralizadores, subsanando asi omisiones de transcripción o compaginación

de folios de boletines en Libros Centralizadores.

PRODUCTO.- Resolución Administrativa que autoriza completar la información en los

Libros Centralizadores de acuerdo al plan de estudios y Resolucion de funcionamiento del

Instituto. En los casos no justificados se emitirá informe pormenorizado con observaciones

definitivas.

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITO CARÁCTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de

la Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. FOTOCOPIA DEL COMPROBANTE BANCARIO CON

SELLO ORIGINAL DE CAJA. (Previa verificación de los

libros centralizadores en la Sub Dirección de Educación

Superior)

Obligatorio

3. BOLETA DE OBSERVACIÓN DE LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ del trámite

donde se identificó el error en Libros.

Obligatorio

4. INFORME DETALLADO DEL INSTITUTO TÉCNICO

TECNOLÓGICO FISCAL, DE CONVENIO O PRIVADO

SOBRE EL ERROR COMETIDO. (Incorporando la

Declaracion Jurada DJ-001, creada para este efecto)

Obligatorio

5. DOCUMENTOS DE IDENTIDAD Certificado de

Nacimiento y fotocopia del Carnet de identidad (para casos

individuales) Obligatorio

6. FOTOCOPIA DE LA(S) RESOLUCIÓN (ES) MINISTERIAL

(es) de funcionamiento del Instituto. Obligatorio

7. REGISTRO ORIGINAL INTERNO DEL INSTITUTO con las

firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

8. REGISTRO ORIGINAL INTERNO DE CALIFICACIONES

DEL DOCENTE con las firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

9. DOBLE EJEMPLAR DEL CENTRALIZADOR DE

CALIFICACIONES CORRECTAMENTE LLENADO Y CON

LA FECHA ACTUAL

(en un formato similar al vigente).

Obligatorio

10. PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA Obligatorio

11. UN DOCUMENTO RESPALDATORIO (ficha de evaluación

interna del estudiante, pago de mensualidades y otros) Obligatorio

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COSTO DEL TRÁMITE:

Se tiene establecido el siguiente arancel:

Código de Arancel No. 524 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Bs. 100

Por Negligencia Administrativa, los Institutos Técnicos Tecnológicos o Artísticos

Fiscales, de Convenio y Privados deben pagar por cada gestión o periodo académico y

grado:

Código de Arancel No. Institutos Fiscales Bs. 200

Código de Arancel No. Institutos Convenio Bs. 200

Código de Arancel No. Institutos Privados Bs. 500

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

El estudiante podrá realizar el trámite una vez que el Instituto haya presentado los

libros de calificaciones.

Para los Institutos que incurran en errores de este tipo, el arancel por negligencia

administrativa, será calculado considerando el grado de reincidencia, que se

hubiera presentado (Infracciones leves y graves Art. 103 del Reglamento General

de Institutos Técnicos y Tecnológicos de Carácter Fiscal, de Convenio y Privado.) y

serán reportados a la Dirección General de Educación Superior Técnica

Tecnológica Lingüística y Artística del Ministerio de Educación, para considerar la

Renovación de su Resolución de Legal Funcionamiento en el caso de privados y las

sanciones según Reglamento para Estatales y Convenio.

Conforme a Informe Legal DGAJ-UAJ Nº 1043/2013 del 26 de Agosto de 2013, éste

trámite surge por irregularidades o errores suscitadas al interior de la Institución

Educativa, por lo cual los afectados no deben asumir las sanciones (siendo

imputable la máxima autoridad administrativa del Instituto Educativo).

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ENTREGA REZAGADA DE LIBROS CENTRALIZADORES

INSTITUTOS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y ARTÍSTICOS - FISCALES, DE

CONVENIO Y PRIVADOS

DEFINICIÓN.- La entrega de Libros Centralizadores es un trámite el cual la Dirección

Departamental de Educación La Paz autoriza entregar y recepcionar fuera del plazo

establecido los Libros Centralizadores y/o libros de actas de grado de gestiones pasadas.

PRODUCTO.-Es la recepción de libros centralizadores de gestiones pasadas, cuya

presentación oportuna, fue omitida por la Institución directa o indirectamente y por tanto

esta documentación no está completa en el archivo de Institutos Técnicos, Tecnológicos

Artísticos, Fiscales, Privados y de Convenio.

REQUISITOS Y CARACTER DE LOS MISMOS:

REQUISITO CARÁCTER

1. FOTOCOPIA DEL COMPROBANTE BANCARIO CON

SELLO ORIGINAL DE CAJA. (Previa verificación de los

libros centralizadores en la Sub Dirección de Educación

Superior)

Obligatorio

2. BOLETA DE OBSERVACIÓN DE LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN LA PAZ del trámite

donde se identificó la ausencia de Libros Centralizadores.

Obligatorio

3. INFORME DETALLADO DEL INSTITUTO TÉCNICO

TECNOLÓGICO FISCAL, DE CONVENIO O PRIVADO,

DE LAS RAZONES DEL RETRAZO. (Incorporando la

Declaración Jurada DJ-001, creada para este efecto)

Obligatorio

4. FOTOCOPIA DE LA(S) RESOLUCIÓN (ES) MINISTERIAL

(es) de funcionamiento del Instituto. Para verificar si las

gestiones, grados y modalidad corresponden. Obligatorio

5. REGISTROS ORIGINALES INTERNOS DEL INSTITUTO

con las firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

6. REGISTRO ORIGINAL INTERNO DE CALIFICACIONES

DEL DOCENTE con las firmas y sellos correspondientes. Obligatorio

7. DOBLE EJEMPLAR DEL CENTRALIZADOR DE

CALIFICACIONES CORRECTAMENTE LLENADO Y CON

LA FECHA ACTUAL. EMPASTADO EN EL FORMATO

ACTUAL DE PRESENTACION.

Obligatorio

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COSTO DEL TRÁMITE:

Se tiene establecido el siguiente arancel:

Por Negligencia Administrativa, los Institutos Técnicos Tecnológicos Fiscales,

Convenio y Privados deben pagar por cada gestión o periodo académico:

Código de Arancel No 23. Institutos Fiscales Bs. 200

Código de Arancel No 23. Institutos Convenio Bs. 200

Código de Arancel No 24. Institutos Privados Bs. 500

ASPECTOS A SER CONSIDERADOS:

El estudiante podrá realizar los trámites de legalizaciones, una vez que el Instituto

haya presentado los libros de calificaciones.

Los Institutos que incurran más de una vez en retrasos de este tipo, para el arancel

por negligencia administrativa, será considerado el grado de reincidencia, que se

hubiera presentado (Infracciones leves y graves Art. 103 del Reglamento General

de Institutos Técnicos y Tecnológicos de Carácter Fiscal, de Convenio y Privado.) y

serán reportados a la Dirección General de Educación Superior Técnica

Tecnológica Lingüística y Artística del Ministerio de Educación, para considerar la

Renovación de su Resolución de Legal Funcionamiento en el caso de privados y las

sanciones según Reglamento para Estatales y Convenio.

La regularización o entrega de libros centralizadores de gestiones pasadas

obligatoriamente deben realizarse a través del Sistema de cargado de calificaciones

de la Subdirección de Educación Superior de Formación Profesional y de existir la

ausencia de firmas de directivos y/o docentes de estas gestiones, el libro debe ser

validado a través de notario de Fe Publica.

Conforme a Informe Legal DGAJ-UAJ Nº 1043/2013 del 26 de Agosto de 2013, éste

trámite surge por irregularidades o errores suscitadas al interior de la Institución

Educativa, por lo cual los afectados no deben asumir las sanciones (siendo

imputable la máxima autoridad administrativa del Instituto Educativo).

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REFRENDADO DE FOTOCOPIAS DE RESOLUCIONES MINISTERIALES O

ADMINISTRATIVAS DE FUNCIONAMIENTO Y/O PLANES DE ESTUDIO DE

INSTITUTOS CERRADOS Y OTROS.

DEFINICIÓN: El refrendado de Resoluciones de funcionamiento, planes de estudio y

boletines de los Centralizadores, es un trámite mediante el cual la Dirección

Departamental de Educación, otorga al estudiante una fotocopia legalizada de los de estos

documentos, siempre y cuando exista dentro de los libros centralizadores de los Institutos

cerrados, que se encuentran en el archivo

PRODUCTO: Fotocopias refrendadas de las Resoluciones de funcionamiento, planes de

estudio y boletines de los libros Centralizadores de Calificaciones solicitadas de Institutos

cerrados.

CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO (a definirse)

REQUISITO CARÁCTER

FOLDER ADQUIRIDO EN CAJA DE LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL

OBLIGATORIO

CARTA SIMPLE DE SOLICITUD DEL USUARIO con información

del Instituto. (nombre, carreras, dirección, etc) OBLIGATORIO

DEPOSITO OFICIAL DE CAJA (Acreditada por canje de valores) OBLIGATORIO

FOTOCOPIAS DE LOS LIBROS CENTRALIZADORES

SOLICITADAS, revisadas previamente y cotejadas en el Archivo de

Educación Superior

OBLIGATORIO

COSTO DEL TRAMITE: El costo del trámite es de Bs. 20.- se encuentra determinado

mediante el Resolución Administrativa

CÓDIGO DE ARANCEL N° 115 Derecho a legalización por documento Bs. 10.-

CÓDIGO DE ARANCEL N° 1302 Folder Bs. 10.-

TIEMPO DE DURACIÓN DE TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega

al usuario del trámite concluido, este se inicia a partir de la entrega de los requisitos del

usuario por V.U.R.D. y concluye en la misma ventanilla.

SE MUESTRA EL DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO DE CADA UNA DE LAS

ÁREAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DEL TRAMITE.

TÉCNICO DE LEGALIZADOR DE INSTITUTOS 3 DÍAS

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DEL TRÁMITE:

Pasos Externos del Proceso de Tramites. Área

Paso externo: Canje de valores Caja D.D.E.L.P.

Pasos Internos del Procesos del Trámite. Área

Paso 1: Recepción en V.U.R.D. Ventanilla Única de Recepción de Documentos

Paso 2: Obtener fotocopias de los Boletines Árchivo de Educación Superior

Paso 3: Entrega del expediente al usuario Ventanilla Única Recepción de Documentos

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AUTORIZACIÓN DE TRASPASO DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS

DEFINICIÓN: La autorización de traspaso de Institutos es un trámite mediante el cual un

estudiante es autorizado a continuar estudios en un Instituto del Departamento de La Paz,

distinto al instituto donde inicio estudios.

La Dirección Departamental de Educación, otorga al estudiante un formulario único de

traspasa donde el Instituto origen comunica que el estudiante está habilitado a continuar

estudios de la misma carrera y modalidad en otra institución, la cual a su vez comunica

que existe la vacancia para aceptar a este nuevo estudiante. (de acuerdo al Reglamento

General de Institutos Técnicos y Tecnológicos de carácter Fiscal de Convenio y Privado

Artículos 31 y 32).

PRODUCTO: Formulario de traspaso revisado por la Subdirección de Educación

Superior y Formación Profesional con la aceptación del traspaso.

CÓDIGO DEL TRÁMITE EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO (a definirse)

REQUISITO CARÁCTER

FOLDER ADQUIRIDO EN CAJA DE LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL

OBLIGATORIO

CARTA SIMPLE DE SOLICITUD DEL USUARIO con información

del Instituto. (nombre, carreras, dirección, etc) OBLIGATORIO

FORMULARIO DE TRASPASO DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS (2 ejemplares) OBLIGATORIO

FOTOCOPIA DEL CARNET DE IDENTIDAD (VIGENTE) OBLIGATORIO

DEPOSITO OFICIAL DE CAJA (Acreditada por canje de valores)

OBLIGATORIO

ORIGINAL Y FOTOCOPIA DEL DIPLOMA DE BACHILLER

OBLIGATORIO

EL ORIGINAL

EN

VENTANILLA

DE

RECEPCIÓN

CERTIFICADO DE CALIFICACIONES DEBIDAMENTE

LEGALIZADOS POR EL INSTITUTO Y LA DIRECCIÓN

DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN.

OBLIGATORIO

FOTOCOPIAS DE LOS LIBROS CENTRALIZADORES (para

estudiantes del interior del País) OBLIGATORIO

COSTO DEL TRAMITE: El costo del trámite es de Bs. 20.- se encuentra determinado

mediante el Resolución Administrativa

CÓDIGO DE ARANCEL N° 115 Derecho a refrendado por traspaso Bs. 10.-

CÓDIGO DE ARANCEL N° 1302 Folder Bs. 10.-

TIEMPO DE DURACIÓN DE TRÁMITE.- Se establece tres días hábiles para la entrega

al usuario del trámite concluido, este se inicia a partir de la entrega de los requisitos del

usuario por V.U.R.D. y concluye en la misma ventanilla.

SE MUESTRA EL DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO DE CADA UNA DE LAS

ÁREAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DEL TRAMITE.

TÉCNICO DE LEGALIZADOR DE INSTITUTOS 2 DÍAS

SUBDIRECTOR DE EDUCACIÓN SUPERIOR 2 DÍAS

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DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DEL TRÁMITE:

Pasos Externos del Proceso de Tramites. Área

Paso externo: Canje de valores Caja D.D.E.L.P.

Pasos Internos del Procesos del Trámite. Área

Paso 1: Recepción en V.U.R.D. Ventanilla Única de Recepción de

Documentos

Paso 2: Verificación de calificaciones Archivo de Educación Superior

Paso 3: Firma y Autorización Subdirector de Educación Superior

Paso 4: Entrega del expediente al usuario Ventanilla Única Recepción de

Documentos

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LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE

CAPACITACIÓN

DEFINICIÓN.- La legalización de certificado de Capacitación de Institutos es un trámite

de carácter colectivo por el cual el (la) Subdirector(a) de Educación Superior legaliza las

firmas y sellos de las autoridades como ser: Rectores, Directores Académicos y Directores

Generales de los respectivos institutos en los certificados de cursos de capacitación, previa

verificación en libros centralizadores y Plan de Estudios

Este trámite se aplica a los estudiantes que se encuentran en proceso de formación o

culminaron el Plan de Estudios en Institutos Técnicos Tecnológicos y Artísticos, Fiscales,

de Convenio y privados legalmente establecidos en los niveles, carreras o cursos

autorizados con Resoluciones Ministeriales y/o Administrativas.

PRODUCTO.- Certificado de curso de capacitación firmado y sellado por el (la)

Subdirector (a) de Educación Superior.

COSTO DEL TRÁMITE: El costo del trámite se encuentra determinado mediante la

Resolución Administrativa del Departamento de La Paz, según:

Código Arancel (*) Certificado de Capacitación Bs. 10

Código Arancel (*) Legalización por certificado Bs. 15

*ARANCELES SEGÚN REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS TÉCNICOS Y

TECNOLÓGICOS DE CARÁCTER FISCAL, DE CONVENIO Y PRIVADO aprobado por

Res. Min. 350/2015. Titulo XI., modificado con Res. Min. 787/2015 y Res. Min 100/2017.

Reglamento de cursos de capacitación para ITTs.

TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.- Se establecen 6 días hábiles hasta la

devolución del trámite, este se inicia a partir del ingreso a V.U.R.D. del expediente con

todos los requisitos exigidos y concluye en la misma ventanilla cuando el usuario recoge su

trámite legalizado u observado. En el caso de los trámites observados se emite un Informe

Técnico de Observación con detalle de las observaciones y se establece 4 días para remitir

a V.U.R.D. para la devolución al usuario.

DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO EN EL PROCESO DEL TRÁMITE:

TÉCNICO REVISOR (2) días hábiles

SUBDIRECTOR (A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR (2) días hábiles

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REQUISITOS Y CARÁCTER DE LOS MISMOS:

REQUISITOS CARÁCTER

1. FOLDER (Adquirir en la ventanilla de Canje de Valores de la

Dirección Departamental de Educación La Paz, previo

depósito respectivo).

Obligatorio

2. FOTOCOPIA DEL RECIBO CON SELLO ORIGINAL DE

CANJE DE VALORES (por el servicio de legalización) Obligatorio

3. FOTOCOPIA DE CARNET DE IDENTIDAD (vigente)

Obligatorio

4. CERTIFICADOS DE CAPACITACIÓN OFICIALES

debidamente llenados y firmado por las autoridades del

Instituto.

Obligatorio

5. FOTOCOPIA DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL O

ADMINISTRATIVA DE AUTORIZACIÓN DE CURSOS DE

CAPACITACIÓN

Obligatorio

6. FOTOCOPIAS DE LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES

(de creación, autorización de apertura y vigente) Obligatorio

7. NOMINA DE ESTUDIANTES APROBADOS DEL CURSO DE

CAPACITACIÓN, (para su verificación de acuerdo a libros

centralizadores

Obligatorio

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