mesa sectorial de educación 24/01/2019 · 1.- el contenido monográfico de esta mesa sectorial ha...
TRANSCRIPT
C/ Arquitecto Mora, 7-3º. 46010 VALENCIA 963884072 [email protected] www.fespugtpv.org
Mesa Sectorial de Educación 24/01/2019
Propuestas de UGT Enseñanza PV
1.- El contenido monográfico de esta Mesa Sectorial ha sido el análisis del borrador de Orden de la Convocatoria de
Oposiciones Docentes previstas para 2019: Profesorado de Enseñanza Secundaria, Profesorado técnico de FP,
Profesorado de EOI, Profesorado de Música y Artes Escénicas y Profesorado de Artes Plásticas y Diseño.
Esta Mesa es continuación de las anteriores de 20 de diciembre de 2018 y de 17 de enero de 2019 y en ella se ha
utilizado el texto que como borrador de Orden se nos envió para la primera Mesa y tres borradores de los anexos I,
II y III, que han sufrido diferentes modificaciones y que os ofrecemos en este ENSENYAMENT INFORMA, los últimos
documentos que nos han enviado, aunque estamos pendientes de su actualización definitiva por parte de la
Consellería de Educación, con respuesta a las propuestas que les hemos formulado.
En esta Mesa Sectorial UGT Enseñanza PV ha presentado sus propuestas, enmiendas y sugerencias para mejorar el
texto definitivo de la Orden de convocatoria y sus anexos correspondientes. Puedes consultarlas en este enlace.
C/ Arquitecto Mora, 7-3º. 46010 VALENCIA 963884072 [email protected] www.fespugtpv.org
Nuestras peticiones principales van dirigidas a conseguir la realización de un procedimiento selectivo justo y con
garantías que permita convertir el trabajo docente interino y en precario en trabajo docente con estabilidad y
derechos. Por eso hemos pedido que se retrase la fecha de inicio de las pruebas al 29 de junio, que se amplíe el
número de tribunales en la medida necesaria para que exista una ratio no superior a 50 opositores por tribunal, que
exista una separación entre las funciones que realicen los tribunales (evaluar y examinar a los opositores) y las que
realicen las comisiones de selección, que queremos que sean también las que realicen la baremación de la fase de
concurso, con el establecimiento de una comisión de selección y baremación por cada 5 tribunales, que no exista el
reparto de plazas por tribunal, que se valore la posibilidad de invertir el orden de realización de las pruebas, como
permite la convocatoria de Catalunya, y empezar el proceso selectivo por la defensa de la programación y la unidad
didáctica y finalizarlo con el examen teórico del tema, y que los aspectos formales exigibles a las programaciones
didácticas vuelvan a ser los exigidos en anteriores convocatorias con una reducción a una exigencia en todas las
especialidades y cuerpos docentes a 10 unidades didácticas o de trabajo mínimas. Todas estas reivindicaciones y el
conjunto de todas ellas, con suficiente detalle, las puedes consultar en el documento de propuestas y enmiendas que
hemos presentado a la Mesa Sectorial.
2.- También se nos ha entregado en mano una última modificación del texto de la Orden de la convocatoria con dos
modificaciones, la primera cambia el valor y ponderación de cada una de las partes de la primera prueba, pasando de
una relación de 50/50, a una de 60/40, en favor de la prueba práctica y la segunda introduciendo la necesidad de
pasar una prueba de aptitud en las especialidades y cuerpos que así lo exige la normativa para entrar en bolsa de
trabajo, si se ha suspendido la primera prueba:
La modificación de la base 8.1 calificación de la fase de oposición, dice: “La calificación correspondiente a la fase de
oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, cuando
todas ellas hayan sido superadas, y del modo que a continuación se indica:
“Primera prueba: Los tribunales valorarán esta prueba de la fase de oposición de cero a diez puntos. La parte A
supondrá cuatro puntos y la parte B supondrá 6 puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta
prueba.
Para la superación de esta prueba, se deberán conseguir una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos,
siendo esta el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes. A estos efectos la puntuación
obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25% de la puntuación asignada a las mismas.
La puntuación de cada aspirante en cada parte de la prueba será la media aritmética de las calificaciones de todos los
miembros presentes del tribunal. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del tribunal haya una
diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas las calificaciones máximas y mínima, hallándose la
puntuación media entre las calificaciones restantes.
Finalizada la prueba, los tribunales harán públicas en los tablones de anuncios de los lugares donde actúan, las
puntuaciones parciales y totales obtenidas por todas las personas participantes, y deberá figurar separadamente la de
aquellas que la hayan superado y que, por tanto, podrán realizar la siguiente prueba.
Los que no hayan realizado todas las partes de que consta la primera prueba, serán calificado como no presentados”.
C/ Arquitecto Mora, 7-3º. 46010 VALENCIA 963884072 [email protected] www.fespugtpv.org
Y la segunda modificación de última hora, es la referida a la base 14 Desempeño de puestos en régimen de
interinidad, consiste en sustituir la redacción del final de su penúltimo párrafo, por este otro: “Las personas
aspirantes que no hayan superado al menos la primera prueba (partes A y B) de la fase de oposición deberán
acreditar su idoneidad para poder acceder a formar parte de los citados listados mediante el procedimiento de
convocatoria de bolsa extraordinaria, para lo cual deberán estar en posesión de los requisitos específicos que se
detallarían en la convocatoria correspondiente y superar la correspondiente prueba de aptitud. El procedimiento se
convocaría si fuese necesario, tras finalizar el proceso selectivo de ingreso”.
3.- También se nos ha enviado el que parece ser que va a ser el borrador definitivo de la Orden de convocatoria de
oposiciones para el ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, especialidad 5B4 Repertorio para
piano con instrumentos, que podéis consultar en este enlace, con dos nuevas modificaciones, igual que las previstas
para la Orden del resto de cuerpo, en las bases 8 (valoración partes A y B de la primera prueba) y base 14 (exigencia
de prueba de aptitud para integrase en las bolsas de trabajo). Sigue la indefinición de las titulaciones que acreditan la
formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las Enseñanzas Artísticas y el diseño de las
pruebas prácticas, con la incorporación de una nueva prueba práctica para demostrar esa capacidad de tutela, que
también se ha incorporado a la convocatoria del profesorado de Artes Plásticas y Diseño, con dudosa legalidad, ya que
puede vulnerar el artículo 21 del RD de ingreso a la función pública docente (RD 276/2007, de 23 de febrero).
Requisitos y pruebas que se han modificado respecto a la convocatoria de 2016.
4.- El modelo y base que hemos seguido para realizar nuestras propuestas de mejora han sido las anteriores
convocatorias de 2016 y 2017, que podréis consultar en estos enlaces: 2016 (profesorado de diversos cuerpos
docentes) y dos de 2017 (profesorado técnico de FP, especialidades con titulaciones equivalentes a efectos de
docencia, con exigencia específica de formación didáctica y pedagógica y profesorado de artes plásticas y diseño). Si
tenéis propuestas o sugerencias que hacernos, podéis enviarlas al correo electrónico:
C/ Arquitecto Mora, 7-3º. 46010 VALENCIA 963884072 [email protected] www.fespugtpv.org