menores infractores de los centros de reforma en las
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“MENORES INFRACTORES CON CONSUMO DE DROGAS EN
LOS CENTROS DE REFORMA” 2002/2003
SUBVENCIONADO POR LA DELEGACION DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGA
1
Informe realizado por:
BEGOÑA ESTEBAN, ANGELES DIAZ, ALICIA GAÑAN, JULIA
GARCIA,
BERTA GORDON Y CARMEN VARELA.
2
Este Estudio ha sido realizado por la ASOCIACIÓN SERVICIO INTERDISCIPLINAR DE ATENCIÓN A LAS DROGODEPENDENCIAS (SIAD) mediante una subvención de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas 2002/2003. EQUIPO DE TRABAJO: Coordinación, Gestión y Dirección: Alicia Gañan Barroso Dirección Técnica: Angeles Díaz Alonso y Begoña Esteban Pascual Colaboración: Berta Gordon Nuevo Análisis de datos: Alejandro Gañán Durán y Berta Gordon Nuevo Trabajo de Campo: Concepción Palencia, Esther Fernández,
Alejandro Gañán, Carmen Varela, Aranzazu Gutierrez, Elia González, Héctor Castro, Pilar Rodríguez
Traducciones: Héctor Castro Gordon Diseño y Maquetación: Víctor Gañán y Consuelo García.
3
AGRADECIMIENTOS:
• A los responsables y profesionales de los Centros de Menores de muestra.
• A los Directores Generales del Menor y la Familia y Drogodependencias
de las CCAA que figuran en el Estudio. • A la Inspección de la Fiscalía General del Estado.
• A los Fiscales de Menores.
• De manera especial a todos los Menores que amablemente han accedido
a mantener entrevistas con los profesionales y encuestadores de SIAD.
• Al Plan Nacional Sobre Drogas.
• A todas y cada una de las personas que han colaborado con SIAD para la realización de este Estudio.
4
INDICE Pag PRESENTACIÓN__________________________________________________
7
INTRODUCCIÓN__________________________________________________
8
DISEÑO DE INTERVENCIÓN_______________________________________
36
DATOS GENERALES_______________________________________________
38
• Comunidades Autónomas de la muestra________________________________________
39
• Número de Centros por Comunidades de la muestra______________________________
40
• Número de menores encuestados por ciudades___________________________________ 41
• Sexo______________________________________________________________________
45
• Estado Civil________________________________________________________________
47
• Hermanos_________________________________________________________________
48
• Número de hermanos________________________________________________________
49
• Edad______________________________________________________________________
50
• Convivencia del Menor_______________________________________________________
52
• Nivel de Estudios del Menor__________________________________________________
53
• Nivel de Estudios del padre y de la madre_______________________________________
54
• Actividad Laboral del Menor_________________________________________________
55
• Actividad Laboral del padre y de la madre______________________________________
56
• Consumo actual de drogas____________________________________________________
58
5
Pag. • Sustancia principal de abuso__________________________________________________
60
• Vía de utilización de la sustancia_______________________________________________ 61
• Antecedentes familiares de consumo___________________________________________ 62
• Historia de consumo de drogas del menor_______________________________________ 64
• Actividades que desarrollan en el centro________________________________________ 66
• Infracciones y medidas_______________________________________________________ 68
• Tipo de infracción del primer ingreso__________________________________________ 74
• Lugar de ingreso de la primera infracción_______________________________________ 76
• Infracción por la que están cumpliendo_________________________________________ 77
• Medida de cumplimiento acordada_____________________________________________ 78
• Duración de la medida_______________________________________________________ 79
• Tiempo de estancia__________________________________________________________ 80
• Alegación y reconocimiento de consumo de sustancias____________________________ 81
• Menores infractores con infracción por violación o intento de violación______________ 82
• Número de cuestionarios de profesionales de la muestra por ciudades ______________ 84
• Antecedentes penales del padre y de la madre del menor__________________________ 85
• Nivel socioeconómico familiar del menor_______________________________________ 86
• Tipo de vivienda, situación del menor previa al ingreso____________________________ 87
6
Pag
DATOS POR COMUNIDADES_______________________________________
88
• Asturias___________________________________________________________________
89
• Aragón____________________________________________________________________ 104
• Castilla La Mancha__________________________________________________________ 119
• Castilla y León _____________________________________________________________ 134
• Galicia____________________________________________________________________ 149
• Madrid____________________________________________________________________ 165
• País Vasco_________________________________________________________________ 182
• Comunidad Valenciana______________________________________________________ 198
CONCLUSIONES__________________________________________________
219
BIBLIOGRAFÍA___________________________________________________ 224
ANEXOS__________________________________________________________ 232
7
“ ¡Años de niñez en que e l t i e mpo no ex ist e! . Un día, unas horas son entonces c i f ra de l a et ernidad”
LUIS CERNUDA
PRESENTACION
El Servicio Interdisciplinar de Atención a las Drogodependencias
(S.I.A.D.) , con una trayectoria de 16 años en el ámbito de las
drogodependencias y 13 de gestión de Programas de Intervención
Jurídico-Penitenciaria, habiendo logrado un gran prestigio dentro del
ámbito judicial, avalado por un trabajo diario dentro de los Juzgados,
tanto a nivel de información y atención al drogodependiente como de
asesoramiento a jueces en temas de drogodependencias, con este
Estudio se plantea conocer la situación biopsicosocial de los menores
infractores, con problemas de consumo de sustancias psicoactivas, las
medidas adoptadas respecto a ellos, así como su carácter educativo y
terapéutico.
8
INTRODUCCIÓN
9
“Tal vez alg ún día dejen a l os jóvenes inventar su propia juventud”
QUINO
“Todo menor de quien se alegue, acuse o declare culpable de haber infringido las
leyes procesales, tiene derecho a que se tenga en cuenta su edad, situación y
circunstancia”. Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
Noviembre 1989 ratificada en España en 1990.
La Declaración de los Derechos del Niño de 20 de Noviembre de 1959 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas, refiere: “La humanidad debe al niño
lo que pueda darle”.
Concebimos al menor infractor como un adolescente que presenta una serie de
problemas que dificultan su desarrollo integral y que generan conflictos que dan
lugar a conflictos con la sociedad y, que presenta un grado variable de
desestructuración de su personalidad.
Las actividades ilegales que desarrollan los jóvenes, cuya conducta no discurre por
unos cauces sociales aceptados, ni sigue las mismas pautas de integración que la
mayoría, forman parte de un proceso gradual de socialización desviada que, poco a
poco se va agravando.
En la actualidad, apenas se han desarrollado programas y servicios para la atención
de los menores con problemas, situación que se agrava aún más ante el menor que
comete infracciones. Esto ha dado lugar a respuestas por parte de la comunidad
10
únicamente de control y represión por un lado y, falta de apoyo en muchas
ocasiones.
La sanción del menor no ha de perseguir fines retributivos, ni deben gravitar sobre
la misma, pretensiones expiacionistas ni puramente intimidatorias (prevención
general negativa). La sanción ha de considerarse, prioritariamente, como
instrumento imprescindible para orientar de forma positiva el proceso de
socialización del infractor hacia objetivos pacificadores y constructivos para el
proceso de maduración del infractor y, para las propias relaciones sociales.
11
RESEÑA HISTORICA
En la época griega, Aristóteles y Platón ya consideraban a los niños irresponsables
frente al derecho positivo griego que los sancionaba en caso de haber cometido
homicidio. En Derecho Romano se distingue entre púberes e impúberes considerando
que estos tenían un desarrollo intelectual incompleto de forma que, lo que procedía
era la imposición de una amonestación, en lugar de una medida.
En la época clásica, se diferencia entre las categorías: infans, impúberes y menores.
Los primeros son considerados irresponsables y, a los restantes, se les imponía una
pena atenuada si se consideraba que habían obrado con discernimiento, criterio por
la determinación de la responsabilidad del menor que tiene su origen en el Derecho
Romano y que pervivirá en el Derecho Canónico y Común e influirá en la redacción
de Las Partidas.
En el Derecho Germánico, únicamente existe la frontera de la mayoría de edad
penal que llegaba con la capacidad física y mental de desenvolverse
independientemente, de llevar las armas y que coincidía con su plena capacidad
civil (aproximadamente, a los doce años).
Aunque la comisión de delitos por jóvenes y menores es un fenómeno tan antiguo
como la humanidad, puede decirse que la delincuencia juvenil es un problema de
nuestro tiempo. Aparece con la Revolución Industrial del siglo XIX y su
crecimiento va unido al desarrollo rápido y desordenado de ciudades e industrias, a
la desintegración familiar, etc.
12
Con el periodo codificador abierto en el siglo XIX comienza la tendencia general,
en lo que concierne a responsabilidad criminal, a distinguir tres periodos de edad:
uno inicial, de plena irresponsabilidad (de 7 a 10); otro de responsabilidad
condicionada al examen de discernimiento (de 14 a 17 años); y un tercer periodo en
el que surge una responsabilidad penal atenuada.
El primer Código Penal español, de 1822, fija un periodo de irresponsabilidad
absoluta hasta los siete años y, un segundo periodo, desde esa edad hasta los 17
años, en el cual el Tribunal debía examinar si el menor había obrado o no con
discernimiento para determinar su responsabilidad. En caso negativo, no se imponía
pena y se le entregaba a su padre, abuelo o a una casa de corrección, según los
casos. De afirmarse la presencia de discernimiento y el desarrollo de las facultades
intelectuales, se imponía la pena si bien, muy atenuada.
El Código Penal de 1848 eleva el límite de la exención total a los nueve años y
reduce el de irresponsabilidad condicionada hasta los quince años. El Código Penal
de 1870 incorpora la indicación de que el menor declarado irresponsable será
entregado a su familia con el encargo de vigilarlo y educarlo y que, en caso de faltar
una persona apta para esta función, será internado en establecimientos de
beneficencia.
Para J. JUNGER-TAS, en relación a las diferentes concepciones de la infancia, es
importante distinguir tres paradigmas: el modelo de propiedad o patrimonial, el
modelo de protección y el modelo individualista o personalista. El modelo de
propiedad o patrimonial es propio de la sociedad preindustrial. A partir de los siglos
XVIII y, sobre todo, XIX, con el auge de la burguesía, el modelo anterior es
reemplazado por el modelo de protección.
13
Finalmente, el modelo personalista o individualista se implante por un proceso que
se inicia en el siglo XX, entre las dos guerras mundiales y que, culmina en los años
60 y 70.
Bajo el lema “reformar a los reformables” surgió un movimiento penitenciario en
América del Norte con el exclusivo fin de reformar y corregir a los delincuentes
jóvenes, bajo la iniciativa de la Asociación de la Prisión de Nueva York, en 1869.
Los Establecimientos Borstal surgieron en Inglaterra y también se orientaron hacia
el tratamiento de delincuentes jóvenes. Estos establecimientos resultaban
inadecuados para crear un ambiente psicológico apropiado que permitiera
desarrollar técnicas de corrección.
El Primer Congreso Internacional de Tribunales de Menores tuvo lugar en
París (del 29 de junio al 1 de julio de 1911). Resultó de gran importancia en la tarea
de reconstrucción histórica de la minoridad ya que, por primera vez, se expusieron
de forma sistemática todos aquellos temas que, con pequeñas variaciones, han
llegado hasta hoy sobre el menor delincuente.
Se han realizado otros esfuerzos internacionales, como la Declaración de los
Derechos del Niño (1959), la Convención de los Derechos del Niño (1989), Las
Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de
Menores o “Reglas de Beijing”, Reglas de las Naciones Unidad para la
prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de RIAD). Todas, sin duda, de
gran dimensión e importancia en cuanto al tratamiento del menor infractor de la ley
penal. De todos ellos, destaca la Convención de los Derechos del Niño de Naciones
Unidas, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990 y que marca el inicio de
14
una nueva filosofía en relación con el menor, basada en un mayor reconocimiento
del papel que éste desempeña en la sociedad y en la exigencia de un mayor
protagonismo para el mismo.
En nuestro país, la Ley de Tribunales Tutelares de Menores y el Reglamento de
1948, supuso un modelo paternalista. Por el bien del niño, se le podía recluir por ser
“vago” o de “conducta licenciosa”. El Tribunal atendía tanto a los niños que
delinquían (llamados “de reforma”) como, a los necesitados (“de protección”),
desde una concepción del niño como ser vulnerable y, por tanto, acreedor de la
función tutelar de los poderes públicos.
En 1987 se reforma el Código Civil y se priva de competencia en materia de
protección a los Juzgados de Menores, antes, Tribunales Tutelares.
En la resolución de 17/09/87, del Comité de Ministros de la Comunidad Europea se
señala textualmente “los jóvenes son seres en evolución y, por consiguiente, todas
las medidas adoptadas respecto de ellos, deberían tener un carácter educativo”.
Se recomienda la desjudialización y que se eviten las consecuencias de ser
absorbidos por la justicia penal.
En 1991, el Tribunal Constitucional declara inconstitucionales algunas normas de la
ley de 1948.
El Congreso de los Diputados, en la moción aprobada el 10 de mayo de 1994,
insta a regular las lagunas normativas existentes en materia de menores infractores.
15
En 1995, se aprueba en nuevo Código Penal que establece la mayoría de edad penal
a los 18 años.
El 13 de enero de 2001 entra en vigor la Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal del
Menor.
16
LOS MENORES Y LA JUSTICIA
Cuando la Ley de Responsabilidad del Menor se encontraba en trámite
parlamentario se hizo necesario proceder a estudios sobre la incidencia que se había
producido en la realidad social de aquellos menores de 18 años que habían sido
detenidos en los tres años anteriores:
1997……………….. 18.041
1998……………….. 20.096
1999……………….. 20.847
Fuente: Vicente Magro Server. Magistrado de la A.P. de Alicante: “La prevención
en la delincuencia juvenil”. Revista Aranzadi nº 481. 12 de abril de 2001.
El artículo 25 de la Constitución, establece la finalidad de rehabilitación y
reinserción social de las penas privativas de libertad. Se aprecia como la realidad es
muy diferente y existe una carencia de medios materiales y humanos adecuados, y,
en la mayor parte de los casos, la pena privativa de libertad impuesta a jóvenes
drogodependientes, lejos de aliviar la situación y conseguir la reinserción social del
joven, contribuye a acentuar la situación de marginación en que se encuentra y, a
agravar esa drogodependencia.
Para el caso de los menores infractores, entre 14 y 18 años, la propia LORPM,
tiene en cuenta la naturaleza y finalidad del tratamiento legal de menores que no
puede ser de carácter represivo, sino, especialmente, preventivo y orientado hacia la
efectiva reinserción y el superior interés del propio menor infractor.
17
La Exposición de Motivos de la Ley 5/2000 establece que, la respuesta legislativa
estará fundamentada en principios orientados hacia la reeducación de los menores
infractores sobre la base de las circunstancias personales, familiares y sociales, a
través de la flexibilidad en la adopción y ejecución de las medidas aconsejadas en
cada caso concreto y, de la evolución personal del sancionado durante la ejecución
de la medida.
18
BREVES CONSIDERACIONES SOBRE LA FIGURA DEL MENOR
INFRACTOR
El menor es objeto, desde el punto de vista jurídico-penal, de una valoración
bipartita, que dirige su atención a aspectos frontalmente diferentes y, sin embargo,
enormemente relaciones entre sí: el menor como sujeto activo del delito y, el
menor como sujeto pasivo del delito. Mientras este último aspecto despierta todo
tipo de sentimientos y manifestaciones en el sentido de incrementar la protección de
los menores, como sujeto activo del delito, ha sido destinatario de requerimientos
de un endurecimiento punitivo.
La delincuencia de menores agrupa, con carácter general, a aquellos
preadolescentes, adolescentes y jóvenes adultos que violan la ley penal de un país.
Barbero Santos distingue entre el menor delincuente y el delincuente juvenil,
atendiendo al régimen de responsabilidad a que estos sujetos se ven sometidos en el
caso de que vulnere el ordenamiento jurídico-penal.
La lucha contra la delincuencia juvenil como opción específica político-criminal, es
relativamente moderna. Hasta el siglo XIX, a los menores que hubieran cometido
una infracción, se les exigía, con carácter general, la misma responsabilidad que a
los mayores, con la posibilidad, en su caso, de que ésta fuera atenuada. A partir de
mediados del siglo XIX, fruto de las ideas del humanismo liberal, comienza a surgir
un movimiento protector del menor.
19
En estas circunstancias, se comienza a reconocer la necesidad de crear un derecho
específico para los delincuentes menores, basado en los principios de protección y
reeducación y, no en la existencia de una mera penalidad atenuada.
Las preguntas que subyacen a la discusión política-criminal acerca del derecho del
menor, son asimismo las grandes preguntas del Derecho Penal y tratan, en último
término, sobre los fines de la pena y su relación con los principios de
proporcionalidad y culpabilidad.
Las discusiones más importantes sobre la delincuencia juvenil y su tratamiento
legislativo, han versado sobre la edad penal, a partir de la cual se supone que el
menor tiene la suficiente madurez para dirigir sus propios actos y responder
penalmente por la comisión de los hechos prohibidos.
Las conductas infractoras de los menores, hacen cuestionarse una serie de
conflictos. En este sentido, la llamada delincuencia juvenil, es un problema social,
pedagógico, de la seguridad ciudadana y, por último, jurídico.
La gran mayoría de estos infractores provienen de entornos caracterizados por la
precariedad en la calidad de vida (carencias económicas, exclusión social, ausencia
de pautas normalizadas, etc.).
Además, la delincuencia tiene un sustrato pedagógico; es importante destacar la
influencia de los roles paterno y materno en el proceso de socialización, roles que,
en muchas ocasiones presentan, o bien un importante deterioro, o incluso una
ausencia total.
20
Nos encontramos con que el menor infractor cuenta con algunas particularidades
que no están presentes o que no tienen el mismo significado que en los adultos.
La personalidad del joven que comete estos actos criminales es distinta respecto a
los adultos, desde un punto de vista biológico, psicológico y social.
Se habla de “niño”, “joven”, “menor”, etc, para delimitar una franja de edades o
situaciones que se prolongan hasta la etapa adulta. Nos centraremos entonces en la
edad de la “adolescencia”. Desde el punto de vista evolutivo, la adolescencia se
define como etapa de transición entre la infancia y la edad adulta. Es una etapa que
se caracteriza por la crisis, cambios de conducta, los conflictos internos y externos,
el tumulto, la confusión, en correspondencia con un “estado desadaptativo
temporal”.
21
CONDUCTA ANTISOCIAL, MENORES Y CONSUMO DE DROGAS
La conducta antisocial es uno de los factores que ha mostrado mayor consistencia a
lo largo de las investigaciones realizadas.
Incluiremos aquí los factores de riesgo que están en estrecha relación con el inicio y
mantenimiento del consumo de drogas y con la delincuencia.
Esta conducta se presenta de forma muy precoz en el desarrollo evolutivo y presenta
tendencia a la cronificación.
Perfil de la conducta antisocial
Las características de esta conducta serían las siguientes:
Robos Vandalismos Piromanía Mentira Absentismo escolar Huidas de casa Agresión al entorno Agresión a personas, etc.
La conducta antisocial se presenta a edades muy tempranas y tiende a la estabilidad
a través del tiempo (desde la infancia hasta la adolescencia y la adultez).
Enlazando lo anteriormente expuesto con el objeto de nuestro estudio, hay que tener
en cuenta la estrecha relación entre violencia y consumo de drogas y otras
conductas delincuenciales, como la problemática que acompaña a nivel cognitivo,
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afectivo, conductual y social. Es importante determinar en profundidad en los
siguientes aspectos:
1. La escuela como lugar fundamental para la identificación precoz de la
conducta antisocial, a partir de distintas manifestaciones (absentismo
escolar, agresiones diversas, etc.), lo cual contribuye al mantenimiento
y/o cronificación de dicha conducta.
2. La relación entre distintas conductas de tipo antisocial, como la
ampliación de la misma a lo largo del desarrollo evolutivo, implica
que los esfuerzos que se dirigen, por ejemplo, a prevenir el consumo de
drogas, pueden tener también éxito en prevenir otras conductas
antisociales como la agresividad o las conductas delincuenciales.
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DELINCUENCIA JUVENIL Y CONSUMO DE DROGAS
La definición de droga, como primer término del binomio droga-delincuencia,
aparece claramente descrita por la Organización Mundial de la Salud que define
la toxicomanía como un estado de intoxicación periódico o crónico que, afecta al
individuo y a la sociedad, originado por el consumo de una droga natural o sintética
que se caracteriza por:
1. Una necesidad de continuar consumiendo la droga.
2. Una tendencia a aumentar la dosis.
3. Una dependencia de origen psíquico y, a veces, físico, a consecuencia
de los efectos de la droga.
Según fuentes del PNSD, los datos más significativos de la última “Encuesta sobre
drogas a la población escolar”, año 2000, sobre el consumo de sustancias entre los
14 y los 18 años son los siguientes:
EVOLUCION DE LOS CONSUMOS DE ALCOHOL ENTRE LOS ESTUDIANTES DE
SECUNDARIA. ESPAÑA, 1994-2000
78,583,7
65,7
83,6
65,8
84,2
58,0
76,0
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
1994 1996 1998 2000
Últimos 30 días Alguna vez
24
En cuanto a los psicoestimulantes, a lo largo de estos años, y referido al
consumo en el último mes, la cocaína se ha mantenido en una línea ascendente.
Se pasó del 1% de consumo habitual, al 2,4% en el 98. En el año 2000 hay una
cierta bajada en este consumo, parece que hubiese un acoplamiento de proceso
inverso entre el éxtasis y la cocaína, lo que nos lleva a pensar en un
comportamiento complementario de estas dos sustancias que dependerá de
factores como la propia oferta, modas coyunturales, etc., haciendo que estas
dos sustancias desempeñen funciones semejantes. También observamos que las
anfetaminas y los alucinógenos se comportan de un modo similar a la cocaína.
Evolución de los consumos habituales (últimos 30 días”) de
psicoestimulantes entre estudiantes de secundaria. España, 1998-2000.
En esta última gráfica, señalar que en el caso del cánnabis se dan dos claras
tendencias ascendentes, tanto en los consumos experimentales como en los
habituales. Así en el año 94 (en consumo de los últimos 30 días) se paso del
20,8% al 31,2%, lo que demuestra una progresión constante y regular. En caso
de los consumos habituales, se pasó del 12,2% en el año 94 al 19,4% en el año
2000.
1,0
1,5
2,42,2 2,1
2,42,3
1,8
2,42,6
2,21,9 2,0
2,2
1,6
2,5
0
0,5
1
1,5
2
2,5
3
Cocaína Anfetaminas Alucinógenos Éxtasis
1994 1996 1998 2000
25
Evolución de los consumos experimentales y habituales (“últimos 30 días”)
de cánnabis entre estudiantes de secundaria. España, 1998-2000.
El consumo de drogas que afecta a los adolescentes, que se han ido incorporando a
su uso/abuso a edades cada vez más tempranas, influyendo de manera clara en el
desarrollo integral del joven e incorporando a su estilo de vida hábitos de consumo
que pueden incidir en la comisión de infracciones, no siempre como desencadenante
de las mismas, pero sí como factor facilitador de conductas antisociales.
En todos los debates en torno a la cuestión de la inseguridad y sus culpables,
tampoco es infrecuente dar por sentado una fuerte relación entre el consumo de
drogas por los jóvenes y el incremento de las tasas de delincuencia; una relación, sin
embargo, pocas veces estudiada empíricamente, pero dada por evidente con
demasiada frecuencia por muchos responsables políticos y gobernantes o directivos
de los cuerpos policiales.
20,8
2628,5
31,2
12,215,7
17,219,4
0
5
10
15
20
25
30
35
Consumos experimentales Consumos habituales
1994 1996 1998 2000
26
Sin embargo, según los propios datos estadísticos recogidos por el Cuerpo
Nacional de Policía y por la Guardia Civil, esa supuesta correlación positiva entre
droga y delincuencia, se ve desmentida por las referidas informaciones estadísticas.
Según los datos estadísticos recogidos por los Cuerpos de Seguridad del Estado,
en el año 1992 que, como se dijo, tuvo una tasa de criminalidad de 42,7 delitos por
cada 10.000 jóvenes, se declararon consumidores de drogas el 21,6% de los jóvenes
detenidos, cifra que ha venido bajando ininterrumpidamente, desde entonces para,
colocarse en 1998 en tan sólo un 8,5% de jóvenes que reconocen ser consumidores
de drogas, momento en el que la tasa de criminalidad juvenil alcanzó un valor de
60,2 delitos por cada 10.000 jóvenes.
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MEDIDAS APLICABLES A LOS MENORES INFRACTORES
La Ley Orgánica 5/2000, prevé la medida de internamiento terapéutico para los
menores, entre otros supuestos, en los de dependencia de bebidas alcohólicas,
drogas tóxicas o sustancias psicotrópicas y, también para los mismos casos, la
medida de tratamiento ambulatorio, debiendo el menor asistir al centro que se le
indique, con la periodicidad y pautas fijadas para el adecuado tratamiento de la
adicción al alcohol y otras drogas, pudiendo ambas medidas (internamiento y
tratamiento ambulatorio) imponerse solas o como complemento de otras y, en caso
de que el menor rechace dicho tratamiento de deshabituación, el Juez le impondrá
otra medida adecuada a las circunstancias.
Por otro lado, el artículo 56 g, establece que, todo menor tiene derecho a un
programa de tratamiento individualizado.
Por último, el artículo 54.2, admite que la medida se pueda efectuar en un centro
sociosanitario (lo que implicará la convivencia con otros mayores de edad),
requiriéndose entonces la previa autorización del juez de menores.
Para la elección de la medida, se debe atender no sólo a la prueba y valoración
jurídica de los hechos, sino, especialmente, a la edad, las circunstancias familiares y
sociales, la personalidad y el interés del menor puestos de manifiesto en el informe
del equipo técnico, debiendo el Juez motivar detenidamente la sentencia. Por otra
parte, el Juez de Menores no podrá imponer una medida que suponga una mayor
restricción de derechos ni por un tiempo superior a la medida solicitada por el
Ministerio Fiscal y éste, en su solicitud, deberá atenerse a diferentes reglas:
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1º. Si los hechos cometidos revistieren el carácter de falta, únicamente podrá
imponerse las medidas de amonestación, permanencia de fin de semana
hasta un máximo de cuatro fines de semana, prestaciones en beneficio de la
Comunidad hasta un máximo de 50 horas y privación del permiso de
conducir o de otras licencias administrativas.
2º. La medida de internamiento en régimen cerrado sólo es aplicable cuando los
hechos se hayan cometido utilizando violencia ó intimidación en las
personas o con grave riesgo para la vida o la integridad física de las
mismas. Excepcionalmente, en los casos de extrema gravedad (entendiendo
por tales los delitos de terrorismo, asesinato, homicidio ó agresiones
sexuales de los artículos 179 y 180 del Código Penal) se impondrá una
medida de internamiento en régimen cerrado de uno a cinco años de
duración, complementada sucesivamente por otra medida de libertad
vigilada con asistencia educativa hasta un máximo de cinco años.
3º. La duración de las mismas no podrá exceder de dos años, excepto en el caso
de hechos cometidos por personas mayores de dieciséis años utilizando
violencia o intimidación en las personas o con grave riesgo para la vida o la
integridad física de las mismas, en el que se podrá ampliar hasta cinco años
cuando así lo aconseje el equipo técnico en su informe. Se establecen,
asimismo, límites de duración para las medidas de prestaciones en beneficio
de la comunidad (cien horas) y la de permanencia de fines de semana (ocho
fines de semana).
29
4º. Las acciones u omisiones imprudentes no podrán sancionarse con medidas
de internamiento en régimen cerrado.
La modificación de la medida impuesta o su supresión exige la previa audiencia del
Ministerio Fiscal, el letrado del menor y el informe previo del equipo técnico.
30
“Educar a los niños y no será necesario castigar a los mayores
ANONIMO
PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO
Según la exposición de Motivos de la Ley de Protección Jurídica y del Menor, la
preocupación por dotar a los menores de un adecuado marco jurídico de protección
transciende también de diversos Tratados Internacionales y muy especialmente de
la Convención de Derechos del niño de Naciones Unidas (1989).
Es por ello que ante la entrada en vigor de la Ley del Menor en el año 2001 y las
nuevas fórmulas de adecuación de las sanciones a los menores que cometen
infracciones tipificadas como delitos y ante la evidencia de que dichos menores
infractores entre sus problemas conductuales se encuentran el consumo de drogas
ya sea como una conducta de abuso de sustancias o como una dependencia
instaurada.
Es desde esta perspectiva que S.I.A.D. dada su experiencia como peritos judiciales
en drogodependencias, atendiendo hasta la entrada en vigor de la Ley de Menor, a
usuarios menores de 18 años, mediante este Estudio, analizar la situación
biopsicosocial de los menores infractores con problemas de abuso de
sustancias/drogodependientes, las medidas adoptadas respecto a ellos, así como su
carácter educativo.
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Los objetivos son:
Conocer el historial toxicofílico de los menores infractores.
Conocer el número de menores infractores en tratamiento específico de
drogodependencias.
Conocer el porcentaje de menores infractores con antecedentes de
toxicomanía en su familia de origen.
Determinar cuantos menores drogodependientes objeto del estudio,
presentan patología dual.
Para logra restos objetivos se diseñaron las siguientes actividades:
ACTIVIDAD I
Elaboración de tres cuestionarios dirigidos a responsables, profesionales
y menores.
Recopilación documental. Revisión bibliográfica.
La revisión nacional e internacional sobre las medidas aplicadas a los menores,
permitió conocer de forma teórica la realidad actual.
Este repaso bibliográfico, llevó a consultar estudios y trabajos realizados por
profesionales expertos en la atención a menores.
La búsqueda se hizo a través de Internet, fondos documentales de: Defensor del
Menor, Fiscalía, Plan Nacional Sobre Drogas, Plan Municipal Contra las
Drogas y otros.
32
ACTIVIDAD II
Entrevistas con los Responsables de los Centros.
Se proyectó el estudio de los menores con problemas de consumo de sustancias
psicoactivas internados en centros de reforma con un ámbito de actuación
comprendido en las Comunidades Autónomas de Madrid, Andalucía, Valencia,
País Vasco, Castilla-La Mancha y Asturias.
Al contactar con las distintas Administraciones (Consejería de Asuntos Sociales,
Instituto del Menor y la Familia, Consejería de Bienestar Social, etc.), surgieron
serias dificultades para la realización del trabajo de campo en algunas de las
Comunidades Autónomas elegidas para el estudio.
Nos vimos en la necesidad de excluir a la Comunidad Autónoma de Andalucía por
causas ajenas a nuestra voluntad.
Iniciadas las coordinaciones con los Directores de los Centros de las CC.AA., se
establecieron citas telefónicas con varios de ellos.
Se acudió a los Centros de Almería a entrevistarse con los Directores.
En uno de los Centros informaron que había que hablar con el Responsable del
Menor y la Familia antes de acudir a realizar las entrevistas con los menores, en el
otro, días después, el Director informó que: “el Director de la Fundación Diagrama
no permitía el acceso al Centro sin previa autorización de la Dirección General”.
33
Enviamos una carta a dicha dirección (se adjunta como anexo) y la respuesta figura
igualmente como anexo.
Respecto a la Comunidad Valenciana, después de varias y extensas
comunicaciones con el Director General del Menor y la Familia y con el
Presidente de la Fundación Diagrama, no se permitió realizar entrevistas a los
menores de los Centros de Villena y Castellón.
Ante la primera negativa, se realizó una llamada al Fiscal de Menores de Alicante,
quien no vio impedimento alguno ya que se había solicitado colaboración desde la
Inspección de la Fiscalía del Tribunal Supremo. A pesar de todo, los cuestionarios
se cumplimentaron con los profesionales, sin entrevistas a ningún menor.
Desde S.I.A.D., con la intención de realizar el estudio lo más completo posible,
optamos por incluir otras Comunidades Autónomas, no contempladas en el
proyecto inicial.
Tamaño muestral: 26 Centros
Finalmente, el ámbito de intervención se ha desarrollado en las siguientes
Comunidades Autónomas:
COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON
• Centro “San Jorge” (Zaragoza) PRINCIPADO DE ASTURIAS
• Centro “Sograndio” (Oviedo)
34
COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA • Centro “Alcudia” (Ciudad Real) • Centro “Albaidel” (Albacete)
COMUNIDAD AUTONOMA CASTILLA-LEON • Centro “Zambrana” (Valladolid) • Centro Proyecto Hombre–Programa Identidad (Burgos)
COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA
• Centro “Concepción Arenal” (A Coruña) • Centro “Santo Anxo de Garda” Rábade (Lugo) • Centro “Avelino Montero” (Pontevedra) • Centro “Montealegre” (Ourense) • Centro “Monteledo” (Ourense) • Centro “Montefiz” (Ourense)
COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
• Centro “El Madroño” • Centro “El Pinar” • Centro “Los Rosales” • Centro “El Laurel” • Centro “Altamira” • Centro “Renasco” • Centro “Peñalara”
COMUNIDAD AUTONOMA DE VALENCIA
• Centro “Pi-Gros” (Castellón) • Centro “La Villa” (Alicante) • Centro “San Vicente Ferrer” Burjassot(Valencia)
COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO
• Centro “Mendisola” Aramaio (Alava) • Centro “Andoiu” (Alava) • Centro “Ortuella” (Vizcaya) • Piso de “Andoiu”
35
ACTIVIDAD III
• Análisis cuantitativo y cualitativo de los datos obtenidos.
• Informe provisional.
Esto permitió conocer el número de menores en Centros de Reforma, capacidad,
número de profesionales, menores con uso de sustancias, etc..
ACTIVIDAD IV
Realización del informe definitivo del Estudio en el que se ofrece los resultados
obtenidos.
36
37
DISEÑO DE INTERVENCION DEL ESTUDIO
S. I .A .D
Sol i c i tud de autor ización a l os org ani s mos co mpetentes en cada
CC.AA. para la intervención en los Centros de Refor ma.
Envío de: Carta de presentación del PNSD. Cuestionarios para cumplimentar por responsables, profesionales y menores
de cada Centro.
Entrevistas de coordinación con los responsables de los Centros para
organizar la intervención con profesionales y menores.
Cumplimentación de cuestionarios: Capacidad del Centro Ocupación actual Dependencia institucional etc.
Entrevistas con profesionales Cumplimentación de cuestionarios:
♦ Hº judicial familiar del menor ♦ Nivel socioeconómico familiar ♦ Intervención con el menor
Opinión sobre los centros de reforma
Entrevistas con menores con uso de sustancias Cumplimentación de cuestionarios:
♦ Estudios ♦ Actividad laboral ♦ Historia consumo. Tratamientos ♦ Infracciones ♦ Medidas judiciales
INFORME PROVISIONAL
CONCLUSIONES
ANALISIS DE DATOS
I N F O R M E F I N A L
38
39
COMUNIDADES AUTONOMAS DE LA MUESTRA
GALICIA
ASTURIAS
C. VALENCIANA
P. VASCO
ARAGON
CASTILLA Y LEON
CASTILLA LA MANCHA
MADRID
40
NUMERO DE CENTROS POR COMUNIDADES DE LA MUESTRA
MADRID 7
GALICIA 6
ASTURIAS 1 P.VASCO
4
CASTILLA Y LEON 2
CASTILLA LA MANCHA 2
C. VALENCIANA 3
ARAGON 1
MADRID 7
41
NUMERO DE MENORES ENCUESTADOS POR CIUDADES
LUGO 9 CORUÑA 7
ORENSE
PONTEVEDRA 19 5
OVIEDO 16
BILBAO 4 VITORIA 16
BURGOS 4 VALLADOLID 20
CIUDAD REAL
4 ALBACETE 11
CASTELLON 16 VALENCIA 32 ALICANTE 26
ZARAGO ZA 15
MADRID 51
42
INTRODUCCIÓN
Los datos estadísticos del Estudio se presentan en 2 grupos separados:
1. DATOS GENERALES
Datos de todos los cuestionarios cumplimentados con los 251 menores que
se encontraban en los 26 Centros visitados que manifestaron uso de
sustancias.
Al final de este apartado se incluyen los datos aportados por los profesionales de
los Centros. Lo han hecho profesionales de referencia de 238 menores (en un
centro de Madrid se negaron a cumplimentarlos).
En los 251 cuestionarios no están incluidos los 4 menores del Centro
Proyecto Hombre-Programa Identidad, debido a que se ha dispuesto de sus
datos cuando se había realizado ya el análisis de los mismos.
No obstante, sí que figuran los datos aportados por el responsable y los
referentes a los profesionales.
Los de los menores sí están incluidos en su CCAA.
2. DATOS POR COMUNIDADES
Reflejan por separado los datos de cada Comunidad Autónoma de la
muestra recogiendo en cada una de ellas: al principio, las características del
Centro (según cuestionario de los responsables) y al final datos cualitativos
aportados por los profesionales.
43
3. DATOS POR COMUNIDADES
Reflejan por separado los datos de cada Comunidad Autónoma de la
muestra recogiendo en cada una de ellas: al principio, las características del
Centro (según cuestionario de los responsables) y al final datos cualitativos
aportados por los profesionales.
44
En el momento de la recogida de datos los 26 Centros de la muestra tenian una
ocupacion de 489 menores. De ellos, 255 manifestaron consumir drogas, lo que
supone el 52.14%. En estas cifras están incluidos los 4 menores de Burgos.
Comunidades Ocupación Actual Muestra Porcentaje
Asturias 37 16 43.24
Aragon 31 15 48.38
Castilla la Mancha 37 15 40.54
Castilla y León 46 24 52.17
Galicia 94 40 42.55
Madrid 97 51 52.57
País Vasco 27 20 74.07
Comunidad Valenciana 120 74 61.66
Total 489 255
45
SEXO
Se evidencia un número inferior de mujeres ingresadas en Centros de Reforma
con medidas judiciales.
La participación de la mujer en la conducta delictiva sigue siendo muy baja en
relación a la masculina.
Existen diversos estudios que tratan de explicar el por qué de esta diferencia.
La mayoría de las teorías hacen referencia a la importancia de los factores
biológicos y de los factores de personalidad. Entre éstos últimos, los que hacen
Mujeres6%
Hombres94%
46
referencia a los procesos de socialización explican mejor la escasa participación
femenina en el delito.
Dentro del proceso de socialización se situaría la Teoría de Control de Hirchi
(1969). Afirma que los sujetos contienen sus deseos de violar la ley debido a los
vínculos que les unen con la sociedad. Esto implica, respecto a la diferencia entres
sexos, que los hombres se sientes menos vinculados que las mujeres a las
costumbres y normas sociales lo cual implicaría mayor participación de aquellos en
la delincuencia.
La Teoría de la Contención Reckless y Dinits (1967) explica que los individuos se
alejan de las conductas antisociales en referencia a sus propios controles externos e
internos, que son favorecidos si la persona tiene un buen concepto de sí mismo o
una elevada autoestima.
A esto habría que añadir que el control social continúa siendo más fuerte en el sexo
femenino, quedando éste más sujeto a la disciplina y a la supervisión.
De cualquier modo en la explicación de la diferencia de conducta antisocial entre
sexos, el aprendizaje juega un papel decisivo.
47
ESTADO CIVIL
Evidentemente, dada la edad de la muestra, la mayoría son solteros. Los que
aparecen como casados, lo están por el rito gitano.
244= 97,2%
7= 2,8%
0
50
100
150
200
250
Soltero Casado
48
HERMANOS
Tienen hermanos el 88% de los menores.
SI88%
NO12%
49
NUMERO DE HERMANOS
Numero de hermanos Valor Absoluto Porcentaje
1 hermano 37 16.7 2 hermanos 51 23.1 3 hermanos 29 13.1 4 hermanos 36 16.3 5 hermanos 24 10.9 6 hermanos 22 10.0 7 hermanos 9 4.1 + de 7 hermanos 13 5.8 Total 221 Resaltar el hecho de que la mayoría tienen 3 ó más hermanos. Un número
considerable tiene más de 6.
La media de número de hermanos es de 3,69.
16,7%
23,1%
13,1%
16,3%
10,9%10%
4,1%5,8%
0
5
10
15
20
25
1 hnos 2 hnos 3 hnos 4 hnos 5 hnos 6 hnos 7 hnos + de 7 hnos
50
EDAD
EDAD Frecuencia Porcentaje Con 14 7 2,8 Con 15 39 15,5 Con 16 63 25,1 Con 17 80 31,9 Con 18 40 15,9 Con 19 17 6,8 Con 20 2 0,8 Con 21 2 0,8 Con 22 1 0,4 Total 251 X= 16.73 años
2,8%
15,5%
25,1%
31,9%
15,9%
6,8% 0,8% 0,8% 0,4%
0
5
10
15
20
25
30
35
Con 14 Con 15 Con 16 Con 17 Con 18 Con 19 Con 20 Con 21 Con 22
51
EDAD
Los porcentajes que aparecen con edades superiores a 18 años se debe a:
A) Porque la Ley 5/2000 contempla menor penalmente, el tramo de los 18 a
los 21 años, atendiendo a las circunstancias personales y al grado de
madurez del autor y a la naturaleza y gravedad de los hechos.
B) Los menores de 22 años alcanzan esa edad cumpliendo la medida.
52
CONVIVENCIA DEL MENOR Frecuencia Porcentaje
Padres 169 67,3 Abuelos 17 6,8 Acogimiento Familiar 3 1,2 Tutelado 25 10,0 Con pareja 6 2,4 Otros 30 12,0 Total 250 Otros: Albergues, amigos, calle etc. 1 menor no informa
El 10% de la muestra están tutelados.
La mayoría, más del 70%, viven con sus padres o abuelos.
Los que conviven con pareja (2,4%), no mantienen unidad familiar independiente,
conviven con padres y/o familiares.
67,3%
6,8%1,2%
10%2,4% 12%
0
10
20
30
40
50
60
70
Padres Abuelos Acogim. F Tutelado Con pareja Otros
53
NIVEL DE ESTUDIOS DEL MENOR
Frecuencia Porcentaje
Analfabeto 1 0,4 Sin estudios 14 5,6 Estudios primarios 170 67,7 Graduado escolar 61 24,3 Bup/Fp. 4 1,6 Cou 1 0,4 Total 251 El 67.7%, únicamente tiene estudios primarios
AnalfabetoSin
estudios
Estudiosprimarios
Graduadoescolar
Bup/Fp.Cou
0,4%1,6%
24,3%
67,7%
5,6%
0,4%
54
NIVEL ESTUDIOS PADRE /MADRE
Padre
Frecuencia Porcentaje Frecuencia Porcentaje
Analfabeto 1 0,4 2 0,8
Sin estudios 81 32,3 89 35,5 Estudios primarios 90 35,9 82 32,7 Graduado escolar 18 7,2 30 12,0 Bup/fp 10 4,0 8 3.1 Universitarios 8 3,2 8 3.2 No consta 33 13.1 23 9.2 No lo sabe 10 4,0 7 2.8 Total 251 251
Más del 30% de los padres de los menores no tiene estudios. Un porcentaje
similar tienen estudios primarios, que en muchos casos, solo saben leer y
escribir. Un 3.2% son universitarios (idéntico porcentaje en padre y madre).
0,4%
32,3%
35,9%
7,2%
4% 3,2%
13,1%
4% 0,8%
35,5%
32,7%
12%
3,1%3,2%
9,2%
2,8%0
5
10
15
20
25
30
35
40
Padre Madre
AnalfabetosSin EstudiosEstudios PrimariosGraduado EscolarBUP/FpUniversitariosNo constaNo conoce
55
ACTIVIDAD LABORAL MENOR Frecuencia Porcentaje
Sin actividad 147 58,6
Cuenta propia 3 1,2
Cuenta ajena 91 36,3
Actividades marginales 10 4,0
Total 251
Sin actividad figuran tanto los que no han trabajado nunca, como los que trabajan en casa sin remunerar (sus labores).
De los 104 menores que han desempeñado algún tipo de trabajo, el 9.34% han
sido actividades marginales. La media de edad de estos menores es de 16.6. El
85.04% que manifiesta haber trabajado por cuenta ajena, han realizado
trabajos principalmente de camareros, pintores y trabajos con sus familias.
Sin actividad59%
Actividades marginales
4%
Cuenta propia1%
Cuenta ajena36%
56
ACTIVIDAD LABORAL PADRE/MADRE
PADRE MADRE Frecuencia Porcentaje Frecuencia Porcentaje Sin actividad laboral 27 10.7 95 37.8 Cuenta propia 36 14,3 23 9,2 Cuenta ajena 120 47,8 101 40,2 Actividades marginales 20 8,0 6 2,4 Otros 5 2,0 2 0,8 No consta 22 8,8 12 4,8 No conoce la actividad 21 8.3 12 4,4 Total 251 251
El 8% de los padres y el 2.4% de las madres desarrollan actividades marginales.
10,7%
37,8%
14,3%
9,2%
47,8% 40,2%
8%2,4% 2% 0,8%
8,8%
4,8%
8,3%
4,4%
05
101520253035404550
Sinactividadlaboral
Cuentapropia
Cuentaajena
Actividadesmarginales
Otros No consta no lo sabe
PADREMADRE
57
El 62% de los padres se encuentran activos laboralmente bien por cuenta propia o
por cuenta ajena. Frente al 49,4% en el grupo de las madres.
Más del 37% de las madres no desempeñan actividad laboral remunerada.
Porcentaje claramente superior al del grupo de padres que se sitúa en algo más de un
10%.
El 17% de la muestra desconocen la actividad laboral de sus progenitores. Este
puede ser uno de los muchos indicadores, junto con el desconocimiento de los
estudios de los progenitores, etc., del tipo de vínculo familiar establecido entre los
menores y su familia, así como de los fallidos canales de comunicación mantenidos.
58
CONSUMO ACTUAL DE DROGAS
El 50.2% de los menores ha consumido algún tipo de sustancias en los últimos 30
días.
125 menores no consumen.
La sustancia más consumida es el Cánnabis en el 43.7% de los casos. Destacar
que el 21.4% han consumido esta sustancia junto con la Cocaína.
En el 40.6% de la muestra está presente el consumo de algún tipo de
estimulante.
SUSTANCIA PRINCIPAL DE ABUSO
Sustancia Frecuencia Porcentaje
Heroina 1 0,8 Cocaina 7 5,6 Hachis 55 43,7 Benzodiacepinas 2 1,6 MDMA 4 3,2 Alcohol 2 1,6 Otras (pegamentos, ketamina, anfetaminas) 6 4,8 Heroína+ Cocaína 7 5,6 Otras mezclas 14 11,1 Heroína + Hachis 1 0,8 Cocaína + Hachis 27 21,4 Total 126 El 84,3% del total de la muestra se reparte entre consumo único de hachís y el de
algún tipo de sustancias estimulantes.
59
La utilización de estimulantes se asocia fundamentalmente a los momentos de ocio y
ambientes de fiesta.
Atendiendo a la edad de inicio en el consumo de sustancias y tipo de sustancias
consumidas, podríamos hablar de una posible iniciación en la escalada en el
consumo de drogas, sin que por el momento podamos hablar de una
drogodependencia instaurada, sino de un consumo experimental y en algunos casos
abusivo.
Por otro lado se aprecia el consumo de hachís, tanto de forma aislada o añadida al
consumo de otras sustancias, está presente en el 65.9% de la muestra, siendo el
mismo aceptado, perfectamente integrado y normalizado entre los menores al igual
que el consumo de tabaco.
60
SUSTANCIA PRINCIPAL DE ABUSO
Alcohol1,6%
Hachis43,7%
Cocaina5,6%
C+Hachis21,4%
H+Hachis0,8%
Otras mezclas11,1%
H+C5,6%
Otras4,8%MDMA
3,2%BZ
1,6%Heroína
0,8%
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
61
VIA DE UTILIZACION DE LAS SUSTANCIAS Frecuencia Porcentaje
Oral 11 8.8 Fumada 68 53.9 Esnifada/inhalada 17 13.6 Más de una via 21 16.8
Otras mezclas de vías 9 7.2
Total 126
La vía de consumo de sustancias en los últimos 30 días más utilizada es la fumada
en el 53.9%
8,8%
53,9%
13,6% 16,8%
7,2%
0
10
20
30
40
50
60
Oral Fumada Snifada/inhalada Más de una via Otras mezclas devÍas
62
ANTECEDENTES FAMILIARES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
Padre
Madre
Hermanos
Frecuencia % Frecuencia % Frecuencia % Heroína 20 35.0 7 31.8 8 11.4 Cocaína 3 5.2 2 9 8 11.4 Alcohol 18 31.5 3 13.6 1 1.4 Hachis 4 7 5 22.7 32 45.7 Otras 2 3.5 1 4.5 1 1.4
Mezclas 10 17.5 4 18.2 20 28.5 Total 57 22 70
En cuanto a los antecedentes familiares de consumo, el 22.62% en el caso del
padre de los menores (57), consume; Heroína 35%, el 31.2% Alcohol y el 17.5%
consume varias sustancias.
17,5%
3,5%7%
31,2%35%
5,2%
18,2%
4,5%
22,7%
13,6%
9%
31,8%28,5%
1,4%
45,7%
1,1%
11,4%11,4%
Heroína Cocaína Alcohol Hachis Otras Mezclas
PadreMadreHermanos
63
El consumo en el caso de las madres 8.7% (22) consume; 18.9% Heroína, el 13.5
Cannabis el 10.8% diversas sustancias.
110 menores de la muestra tienen hermanos. De ellos, 70 son consumidores lo que
supone el 63.6%.
Las sustancias consumidas son:
Cánnabis 29.0%
Varias sustancias 18.2%
Heroína 7.3%
Cocaína 7.3%
64
HISTORIA DE CONSUMO DE DROGAS DEL MENOR
X
edad de inicio
X edad de consumo habitual
Vía de inicio
Fumada 78.8
Snif/Inh 7.7 Heroína
Total
58
%
23.1 14 14.4
Inyect. 13.5
Fumada 23.7
Snif/Inh. 75.1 Cocaína
181
72.1 14.3 14.8
Inyect. 1.2
Benzodiacep.na 84 33.5 14.4 14.6
Alcohol 145 57.7 12.9 13.6
Cánnabis 245 97.6 12.5 13
MDMA 72 28.6 14.6 14.6
Los menores de la muestra se inician en el consumo de sustancias con el Alcohol
y el Cánnabis, el resto de las sustancias las comienzan a consumir en torno a los
14 años.
Prácticamente la totalidad de los menores consume Cánnabis, un 72.1% han
experimentado y/o experimentan con Cocaína.
65
HISTORIA DE CONSUMO, ENFERMEDADES, TRATAMIENTOS, ETC.
Atendiendo a la sustancia consumida y a la edad de inicio y de consumo
habitual de la misma, podemos observar:
Que la práctica de la totalidad de la muestra es o ha sido consumidor de
hachís, de forma aislada o añadido al consumo de otras sustancias; con una
edad de inicio, coincidente con la edad de comisión de la primera infracción y
una edad de consumo habitual que se aproxima bastante a la edad del primer
ingreso del menor en algún tipo de centro (de menores, educativo, etc.).
Un elevadísimo porcentaje consume estimulantes. Esto puede responder al
concepto social que el consumo de este tipo de drogas trae consigo, pues con
él, las personas son valoradas por el grupo de iguales, ofreciendo una
imagen aceptada e integrada entre los jóvenes, al contrario de la heroína,
que transmite una visión de marginalidad. Su consumo traería consigo la
pérdida de prestigio y no se obtendría el tipo de valoración que con el
consumo de cocaína se obtiene. Bien es cierto que un 23% de la muestra, ya
ha pasado ese umbral, apreciándose consumo de heroína de forma aislada a
medida añadida al consumo de otras sustancias.
Podemos decir que el consumo de sustancias no ha traído consigo la percepción
por parte de los menores de consecuencias negativas a nivel personal; la
mayoría no presenta ninguna enfermedad asociada al consumo (97,6%) y en el
88% de los casos no habían estado sometidos a ningún tratamiento antes de su
ingreso. El 94% de los menores no recibían ningún tipo de tratamiento en el
momento del ingreso.
66
Se trata de una población en situación de riesgo que podría llegar a desarrollar
una dependencia a sustancias.
La vía de inicio en el consumo más frecuente es la fumada, seguida de la
esnifada. La vía parenteral, como vía de inicio, es mayor con respecto a la heroína
(13,5%) que con respecto a la cocaína (1,2%).
67
ACTIVIDADES QUE DESARROLLAN EN EL CENTRO
Frecuencia Porcentaje
Enseñanza 3 1,2
Trabajo remunerado 2 0,8
Talleres ocupacionales 11 4,4
Actividades culturales 2 0,8
Mas de 1 actividad 224 89,2
Trabajo piso residencial 1 0.4
No actividades 1 0.4
Trabajo fuera centro 1 0,4
No consta 6 2,4
Total 251
68
69
INFRACCIONES Y MEDIDAS
A continuación se reseñan los datos que corresponden a las infracciones cometidas
por los menores y las medidas impuestas por los Tribunales.
Se comienza con la Ley Orgánica 5/2000 para comprensión de este apartado.
70
LEY ORGANICA 5/2000 DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR
Destinatarios
• Destinatarios de la Ley: “La ley será aplicable a las personas de 14 años y menores de
18 responsables de hechos tipificados en el Código Penal o leyes penales especiales como
delitos o faltas”. El límite mínimo de los 13 años es consecuencia de una transacción entre
los partidarios de situarlo en los 12 años (entre ellos, los Jueces de Menores) y los
partidarios de los 14 años (postura del Ministerio de Justicia, de conformidad con
determinadas tendencias actuales del Derecho comparado y con la opinión predominante
entre los profesionales del sector).
• Por debajo de los 13 años, no hay responsabilidad sancionadora, sino mera aplicación
de las normas civiles sobre protección de menores (art. 3).
• Por encima de los 18 años, de conformidad con el artículo 69 del Código Penal, la Ley
podrá ser aplicada a los delincuentes comprendidos entre los 18 y los 21 años, si el Juez
de Instrucción lo considera adecuado, atendiendo, más que a la naturaleza y gravedad del
hecho, a las circunstancias personales del autor, sobre todo a su grado de madurez, pero
tal aplicación no será posible si el sujeto ha cometido hechos caracterizados por la
violencia, intimidación o grave peligro para las personas (art. 4).
• Entre los límites anteriores indicados de 13 y 18 años, la Ley establece dos tramos:
13/15 años, de un lado, y 16/17 años, de otro, con consecuencias diversas en el orden de la
responsabilidad y de las medidas aplicables. Tratándose de menores de 16 años, el fiscal
podrá desistir de la incoación del expediente, cuando considere suficiente la corrección en
el ámbito educativo y familiar (art. 18.1) y, en otro caso, las medidas aplicables no podrán
exceder de dos años de duración (art. 9.3). En cambio, para los mayores de 16 años, aquel
desistimiento no será posible y las medidas podrán llegar hasta los cinco años de duración
(art. 9.4).
71
• La edad se habrá de apreciar siempre en el momento de la comisión de los hechos, sin
que el haberla retrasado tenga ninguna trascendencia ni para la tramitación del
procedimiento regulado por esta Ley (art. 5.3) ni, posteriormente, para el cumplimiento
de la medida impuesta (art. 15).
• En todo caso, el menor será responsable cuando no concurran en él ninguna de las
causas de exención o de extinción de la responsabilidad criminal previstas en el Código
Penal (art. 5.1).
• Como casos especiales, pueden considerarse los menores autores de delitos violentos
contra las personas (en la medida en que este tipo de comportamientos revela una
personalidad más peligrosa) y los menores que sufran trastornos mentales. La presencia
de violencia, intimidación o grave riesgo para las personas en los delitos cometidos puede
producir los siguientes efectos restrictivos:
- Sólo en estos casos se podrá aplicar una medida de internamiento en régimen
cerrado (art. 9.2).
- A los menores de 18 años responsables de estos hechos no podrá serles nunca
aplicable la Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores (art.
4.3).
- El responsable no podrá beneficiarse del sobreseimiento de las actuaciones por
conciliación con la víctima a que se refiere el artículo 19.
• A los menores infractores en situación de enajenación mental,
anomalía o alteración psíquica, intoxicación por drogas o bebidas alcohólicas, o que
tengan alterada gravemente la conciencia de la realidad por alteraciones en su percepción
(art. 20CP), se les pueden explicar exclusivamente las medidas cautelares y protectoras,
incluida la constitución de los correspondientes organismos tutelares, reguladas en las
leyes civiles (art. 29), y las medidas especiales de internamiento terapéutico o tratamiento
ambulatorio (arts. 5.2 y 7.1, apartados d y e).
72
Medidas aplicables
• La Ley establece en su artículo 7º una larga lista de catorce medidas aplicables a los
menores infractores, la mayoría no privativas de libertad: amonestación, privación del
permiso de conducir o licencia de armas, realización de tareas socioeducativas,
prestaciones en beneficio de la comunidad, convivencia con una familia o grupo
educativo, libertad vigilada (simple o con supervisión intensiva), permanencia de fin de
semana, asistencia a un centro de día o tratamiento ambulatorio. Las medidas privativas
de libertad son el internamiento terapéutico y el internamiento en régimen abierto,
semiabierto o cerrado, que podrán tener carácter progresivo, utilizando al efecto las
facultades sustitutivas del Juez durante la ejecución a que aludiré inmediatamente.
• La duración de las medidas, como ya se indicó, no podrá exceder de los dos años
cuando el infractor tenga de 13 a 15, ni de cinco años cuando el infractor haya cumplido
los 16 (art. 9, reglas 3ª y 4ª).
• La elección (motivada) de la medida procedente en cada caso concreto se hará por el
Juez con la flexibilidad propia de su naturaleza educativa y, por lo tanto,
fundamentalmente dependiente de la edad, circunstancias, personalidad e interés del
infractor (art. 7.3), antes que de las características objetivas del hecho y de sus resultados
sin perjuicio de que, cuando los hechos sean de simple falta (penal), se haya de escoger
exclusivamente entre la amonestación, la permanencia de fin de semana, las prestaciones
en beneficio de la comunidad o la privación del permiso de conducir u otras licencias
administrativas (art. 9.1ª), y de que el internamiento en régimen cerrado únicamente se
pueda (o se deba) imponer en los casos que se mencionan a continuación.
La exposición de motivos (y, seguramente, más tarde, el Reglamento que se dicte en
desarrollo de la Ley) establece con precisión los criterios científicos que han de guiar la
elección y la ejecución de cada una de las medidas, lo que no es muy frecuente en una
exposición de motivos pero que me parece especialmente destacable desde la perspectiva
del método interdisciplinario característico en nuestros días de los sistemas
sancionatorios.
73
• El internamiento en régimen cerrado, por ser la más grave de las medidas (y la más
parecida a una pena represiva) requiere una especial reconsideración. Tal como ya se ha
dicho, sólo se podrá imponer (hasta un máximo de dos o cinco años, según la edad del
menor) si los hechos constituyen un delito acompañado de violencia, intimidación o riesgo
grave para las personas (art. 9,2ª), y se deberá imponer (y además irá seguido de una
medida de libertad vigilada con asistencia educativa hasta un máximo de otros cinco
años) cuando el supuesto, además de ser violento, revista una extrema gravedad,
reputándose casos de extrema gravedad, por razones de política criminal, la reincidencia
y la comisión de delitos de terrorismo o relacionados con la actividad de bandas,
organizaciones o grupos terroristas (art. 9.5ª).
El internamiento puede ser una medida cautelar durante la instrucción del
procedimiento, atendiendo a las circunstancias del menor y a la alarma social producida
por hechos graves, hasta un máximo de tres meses prorrogables por otros tres (art.
28,apartados 2 y 3).
• La flexibilidad de la norma, la orientación educativa de las medidas y el principio de
intervención mínima dan lugar a la posibilidad de la sustitución en cualquier momento de
la o las medidas impuestas por otras, atendiendo al interés del menor (arts. 13, 14 y 51.1),
con prohibición por lo tanto de la reformatio in peius, o a la suspensión de la ejecución del
fallo hasta dos años con la condición de no ser condenado a otra pena o medida por delito
cometido durante el tiempo que dure la suspensión (art. 40).
74
TIPO DE INFRACCION DEL PRIMER INGRESO
Frecuencia Porcentaje
Robo 77 47.8
Robo intimidación 53 39.9
Hurto 3 1,9
Intento homicidio 1 0,6
Tráfico drogas 2 1.2
Otros 25 15.5
Total 161
90 MENORES NO INFORMAN DEL TIPO DE INFRACCIÓN. El 39,9% de los menores habían cometido robo con intimidación como infracción que dio lugar a su primer ingreso en algún Centro.
47,8%
39,9%
1,9% 0,6% 1,2%
15,5%
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
50
Robo Robo intimidación Hurto Intento homicidio Trafico drogas Otros
75
Coincide la media de edad en el inicio en el consumo de sustancias (excepto alcohol
y cánnabis, que es inferior) con la media de edad en la comisión de la 1º infracción.
El consumo de sustancias influye en el desarrollo integral del joven, pues van
incorporando a su estilo de vida hábitos de consumo, que pueden incidir en la
comisión de infracciones, no siempre como desencadenante de los mismos, pero sí
como facilitador de conductas antisociales.
TIPO DE RÉGIMEN DE LA MEDIDA ACORDADA EN LA 1ª
INFRACCIÓN
Frecuencia Porcentaje válido
Cerrado 50 32,9
Semiabierto 65 42,8
Abierto 12 7,9
Fines semana 2 1,3
Más de 1 medida 1 0,7
Cautelar 22 14,5
Total 152
76
El régimen acordado para el cumplimiento de la medida por la primera infracción,
ha sido semiabierto el en 42,8% y cerrado en el 32,9%
77
LUGAR DE INGRESO DE LA PRIMERA INFRACCIÓN
Frecuencia Porcentaje
Centro menores 140 92,1
Centro terapéutico 1 0,7
Centro educativo 7 4,6
Más de 1 1 0,7
Centro emigrantes 1 0,7
Prisión 2 1,3
Total 152
99 MENORES NO INFORMAN
Como se aprecia en el gráfico, el 92,1% de los menores encuestados ingresaron por
primera vez en el centro de menores tras la comisión de la primera infracción,
frente al 4,6% que ingresan en un centro educativo. Los tantos por ciento más bajos
reflejan el ingreso en centros penitenciarios, de emigrantes o en más de un centro.
92,1%
0,7%4,6% 0,7% 0,7%
1,3%
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Centro menores Centro terapéutico Centro educativo Más de 1 Centro emigrantes Prisión
78
INFRACCIÓN POR LA QUE ESTAN CUMPLIENDO
Frecuencia Porcentaje
Robo 80 31,9
Robo intimidacion 112 44,6
Hurto 3 1,2
Homicidio 2 ,8
Intento homicidio 4 1,6
Trafico drogas 6 2,4
Otros 36 14,3
Diversos delitos 5 2,0
No informan 3 98,8
Total 251
Otros: Violación∗∗∗∗, Agresiones, Intento de violación∗∗∗∗, lesiones etc.
2,4%
1,2%
44,6% 1,6% 31,9%
0,8%
14,3%
2%
0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100
Trafico drogas Hurto Robo intimidacion Intento homicidio Robo Homicidio Otros Diversos delitos
79
MEDIDA DE CUMPLIMIENTO ACORDADA
Frecuencia Porcentaje válido
Cerrado 65 27,1
Semiabierto 96 40,0
Abierto 4 1,7
Mas de 1 5 2,1
Cautelar 70 29,2
Total 240
Hay 11 menores que desconocen el tipo de medida que están cumpliendo.
Medida cautelar significa que los menores están ingresados durante la
instrucción del procedimiento (pendiente de juicio).
1,7% 2,1%
40%
29,2%27,1%
Cerrado Semiabierto Abierto Mas de 1 Cautelar
80
DURACIÓN DE LA MEDIDA
Meses Frecuencia Porcentaje - de 1 3 1,2
1 5 2,0 2 5 2,0 3 58 23,1 4 7 2,8 5 3 1,2 6 50 19,9 7 2 0,8 8 7 2,8 9 11 4,4
10 5 2,0 11 6 2,4 12 21 8,4 14 3 1,2 15 3 1,2 16 6 2,4 18 8 3,2 21 3 1,2 22 1 0,4 24 13 5,2 30 4 1,6 33 1 0,4 36 2 0,8 38 1 0,4 48 3 1,2 60 2 0,8 84 1 0,4 96 3 1,2
No lo saben 14 5,6 Total 251
La Media de la medida acordada es de 11 meses.
81
TIEMPO DE ESTANCIA EN EL CENTRO DE MENORES
Meses Frecuencia Porcentaje
- de 1 28 11,2 1 45 17,9 2 27 10,8 3 30 12,0 4 20 8,0 5 12 4,8 6 9 3,6 7 2 0,8 8 9 3,6 9 8 3,2
10 5 2,0 11 2 0,8 12 7 2,8 13 1 0,4 14 2 0,8 15 3 1,2 16 1 0,4 17 2 0,8 18 7 2,8 19 2 0,8 20 1 0,4 22 1 0,4 24 1 0,4 25 1 0,4 27 1 0,4 36 2 0,8 48 1 0,4
No lo saben 21 8,4 Total 251
82
ALEGACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CONSUMO DE SUSTANCIAS
Alegación consumo Frecuencia Porcentaje Reconocimiento Porcentaje
Si 78 31,1 45 57.7
Tan solo 78 menores saben que se ha alegado que el consumo de drogas ha tenido
influencia en su comportamiento, el resto o lo desconocen o no lo han alegado. A 45
de ellos se les ha reconocido dicho consumo como una variable a tener en cuenta en
la adopción de medidas.
78
45
01020304050607080
Alegacion consumo Reconocimiento consumo
83
A continuación, hemos creído interesante resaltar en un cuadro, los menores que
están cumpliendo una medida por violación o intento de violación, incluidos todos
los datos generales.
MENORES INFRACTORES POR VIOLACIÓN O INTENTO DE
VIOLACIÓN
Edad Nº Hnos.
Estudios Padre M d
Ant.Fam. Consumo
Consumo Menor
Alegación consumo
Tratamiento
14 4 No Prim. No lo sabe Cocaína y Heroína
Si Psicológico
18 2 Prim. Prim. Hno. Alcohol Si
19 2 c.o.u c.o.u Padre Varias sustancias
Si
14 2 Prim. Prim. No THC No Régimen Terapéutico
17 0 Prim. Prim. No Cocaína y Alcohol
Si
17 1 Prim. Prim. Padre
Pareja Cocaína y
extasis Si
17 5 Prim. No Padre Cocaína, speed y alcohol
No
6 menores son de nacionalidad española y 1 rumana.
84
A continuación se completan los datos aportados por los menores, con los
antecedentes penales de los padres, nivel socioeconómico, situación anterior del
menor previa a la medida actual.
Estos datos han sido cumplimentados por los profesionales de los Centros de la
muestra.
Corresponden a 238 menores. De resto no se disponía de datos.
85
Nº DE CUESTIONARIOS POR CIUDADES DE LA MUESTRA ENVIADOS
POR LOS PROFESIONALES
OVIEDO 16
LUGO CORUÑA 9 7
PONTEVEDRA
5 ORENSE 19
BURGOS
3 VALLADOLID 20
ZARAGOZA 15
CASTELLON 16
VALENCIA 32
ALICANTE 26
CIUDAD REAL 4
ALBACETE
11
BILBAO 4 VITORIA 15
MADRID
36
86
ANTECEDENTES PENALES DEL PADRE Y DE LA MADRE
113 padres no tienen antecedentes penales, 88 si, 34 no se sabe y 3 han fallecido.
30 Madres tienen antecedentes penales, 155 No, 4 han fallecido y de 49 se
desconocen los datos.
Padre
SI37%
NO 48%
FALLECIDO1%
NO SABEN14%
Madre
NO64%
SI13%NO SABE
21%
FALLECIDA2%
87
NIVEL SOCIOECONOMICO FAMILIAR
NIVEL FRECUENCIAS PORCENTAJES
ALTO 26 10.9
MEDIO 53 22.3
BAJO 144 60.5
NO SE SABE 15 6.3
TOTAL 238
10,9%22,3%
60,5%
6,3%
0
10
20
30
40
50
60
70
ALTO MEDIO BAJO NO SE SABE
88
TIPO DE VIVIENDA
FRECUENCIA PORCENTAJE
ALQUILER 93 39.1
PROPIEDAD 89 37.4
OTROS 24 10.1
NO SABEN 32 13.4
TOTAL 238
Es similar el porcentaje entre vivienda alquilada y en propiedad.
SITUACION DEL MENOR PREVIA AL INGRESO
FRECUENCIA PORCENTAJE
TUTELADO 79 33.2
ACOGIMIENTO FAMILIAR 9 3.8
OTROS 99 41.6
NO CONSTA 51 21.4
TOTAL 238
Un 33.2% de los menores estaban tutelados por las diversas Comunidades
Autonómas
89
90
ASTURIAS
CARACTERISTICAS DEL CENTRO: SOGRANDIO
Régimen Semiabierto/abierto/cerrado
Capacidad 68
Ocupación actual 37
Menores con patología dual 6
Nº de menores en el 2001 36
Nacionalidad española 36
Varones 30
Mujeres 6
Media de edad 17
Nº de profesionales 106
OVIEDO
16
91
EDAD DEL MENOR
La media de edad es de 17 años.
CONVIVENCIA DEL MENOR
La mayoría de los menores viven con sus padres
1
3
9
1 11
0123456789
10
15 16 17 18 19 21
73,33%
13,33%
6,6% 6,6%
0
10
20
30
40
50
60
70
80 PadresAbuelosTuteladoOtros
92
NIVEL DE ESTUDIOS Y ACTIVIDAD LABORAL DEL MENOR Y DE SUS
PADRES
MENORES
PADRE MADRE Nivel Estudios
Valor Absoluto
Porcent. Valor Absoluto
Porcent. Valor Absoluto
Porcent
Sin estudios 1
6 .2%
1
6 .2%
Primarios
11
68.7%
10
62.5%
10
62.5%
Graduado Escolar
5
31.2%
5
31.2%
No consta/no sabe
5
31.2%
Actividad Laboral Menor Padre Madre
Valor Absoluto
Porcent. Valor Absoluto
Porcen Valor Absoluto
Porcent
Sin actividad 12 75% 4 25% 8 50%
Cuenta propia 1 6.2%
Cuenta ajena 4 25% 7 43.7% 5 31.2%
Actividades marginales
Otros 1 6.2%
No consta 2 12.5%
No conocen actividad padres
2 12.5% 2 12.5%
93
CONSUMO ACTUAL DEL MENOR
7 menores manifestaron estar consumiendo en el momento de la recogida de datos.
SUSTANCIA Y VIA ACTUAL DE CONSUMO DEL MENOR
Si44%
No56%
28,5 28,5
42,8
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
Sustancia
hachis Otras mezclas Cocaina+ hachis
42,8
14,2
42,8
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
Vía de consumo
Fumada Snif/Inhal. + de 1 vía
94
CONSUMO DE SUSTANCIAS DE PADRES Y HERMANOS
Hay una mayoría de menores que desconocen sí tienen consumo sus familiares.
Se reflejan, exclusivamente, los datos de los familiares de los menores que conocen
el consumo.
Padre: 2 son consumidores de cocaína y 1 de alcohol
Hermanos: 1 hachís.
95
PORCENTAJE DE USO DE SUSTANCIAS EN LOS MENORES
SUSTANCIA PORCENTAJ
EHEROINA 12.5
COCAINA 62.5
BENZODIACEPINAS 25
ALCOHOL 56.2
MDMA 7.1
HACHIS 93.7
ANFETAMINAS 12.5
96
ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL MENOR EN EL CENTRO
11 de los menores realizan más de una actividad (enseñanza, actividades deportivas,
talleres etc).
3 están incorporados sólo a talleres ocupacionales y 1 participa tan sólo en
actividades de tipo cultural.
Actividades culturales
7%
Talleres Ocupacionales
20%
Más de 1 actividad73%
97
98
TIPO DE DELITO, MEDIDA Y LUGAR DE INGRESO DE LA 1ª INFRACCIÓN
TIPO DE
31,2
56,2
12,5
0
10
2030
40
50
60
Tipo de delito
Robo Robo Intimidacion Otros
14,2
35,7 35,7
14,20
10
20
30
40
50
60
Tipo de medida
Cerrado Semiabierto Abierto Cautelar
53,8
38,5
7,6
0
10
2030
40
50
60
Lugar de ingreso
C. Menores C. Educativo Varios centros
99
DELITO, MEDIDA Y LUGAR DE INGRESO DE LA 1ª INFRACCIÓN
Es de resaltar, que teniendo una media de edad de 17 años, 9 menores cometieron
Robo con intimidación.
En el tipo de medida, hay 2 menores que desconocen cual es la medida
correspondiente a su infracción.
De igual manera 3 menores desconocen el tipo centro en el cual cumplieron su
medida.
INFRACCION Y MEDIDA POR LA QUE ESTAN INGRESADOS
ACTUALMENTE
100
El tipo de infracción por el que están cumpliendo es robo con intimidación en el
caso de 9 menores, robo en 6 y 1 no quiere informar.
La medida impuesta por los Juzgados de menores ha sido para 14 en centros de
régimen semiabierto y 2 menores lo desconocen.
ALEGACIÓN Y VALORACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS
37,5%
56,2%
6,25%
0
10
20
30
40
50
60
TIPO DE INFRACCION
ROBO ROBO INTIMIDACION NO CONTESTA
ALEGACION
NO SABE6%
101
102
DATOS APORTADOS POR LOS PROFESIONALES RELACIONADOS
CON LOS MENORES
NIVEL SOCIOECONOMICO TIPO DE VIVIENDA
ALTO
MEDIO
BAJO
NO SABE
ALQUILER
PROPIEDAD
OTRO
NO SABE
31 .2 % 68 .7 % 62 .5 % 6 .2 % 6 .2 % 25 %
ANTECEDENTES PENALES
PADRE MADRE
SI NO NO SABE SI NO NO SABE
43.7% 43.7% 12.5% 12.5% 81.2% 6.2%
SITUACION PREVIA DEL MENOR
TUTELADO ACOGIMIENTO
FAMILIAR
OTROS NO CONSTA
31 .2 % 6 .2 % 62 .5 %
103
VALORACIÓN POR LOS PROFESIONALES DEL CENTRO
1. Intervención con el menor.
El diseño de intervención está basado en proyectos educativos
individualizados, donde se trabajan las áreas académicas y las prelaborales.
También hay actividades específicas dirigidas al desarrollo personal como de
habilidades sociales, prevención de drogas, ocio y tiempo libre, competencia
social… Muchas de éstas actividades se continúan en recursos externos al
Centro.
2. Abordaje del uso/consumo de sustancias.
En cuanto a la opinión sobre la situación de los menores consumidores,
entienden que la inexistencia de centros específicos de internamientos
terapéuticos, reducen la posibilidad de conseguir la abstinencia en estos
menores al no poder trabajar específicamente los factores asociados al
consumo.
3. Valoración de la evolución del menor en el Centro.
En relación a las valoraciones de los chicos/as realizadas por los
profesionales, predominan las evoluciones positivas. Dentro de éstas, se
informa de la adherencia y la motivación que genera en los chicos/as los
programas y las actividades relacionadas con la futura inserción laboral. Así,
tanto la formación profesional como los propios trabajos remunerados en el
Centro, son muy bien acogidos por los internos. Otros factores que los
profesionales reseñan como signos de evolución positiva son la disminución
en el consumo (que luego, sin embargo, no generalizan a su entorno natural),
104
la participación adecuada en las actividades exhibiendo unas actitudes
equilibradas y adquiriendo unas habilidades sociales.
Los casos con valoración negativa o irregular se debe al bajo autocontrol, las
fugas, la desmotivación por su historial judicial, anterior y pendiente, y los
rasgos de carácter irascibles e influenciables.
105
ARAGON
CARACTERISTICAS DEL CENTRO: SAN JORGE
Régimen Cerrado / Semiabierto
Capacidad 40
Ocupación actual 31
Menores con patología dual 10
Nº de menores en el 2001 63
Nacionalidad española 59 y 4 africanos
Varones 54
Mujeres 9
Media de edad 16,4
Nº de profesionales 65
ZARAGOZA
15
106
EDAD DEL MENOR
La media de edad es de 17.5 años.
CONVIVENCIA DEL MENOR
La mayoría de los menores viven con sus padres.
Bup/Fp 1 6 .6%
PADRE MADRE
Nivel Estudios
Valor Absolut Porcent Valor
Absolut Porcent Valor Absolut Porcent
Sin estudios 5
33.3%
4
26.6%
Primarios
5
33.3%
6
40%
6
40%
Graduado Escolar
10
66.6%
1
6 .6%
4
26.6%
No consta/no sabe 2
13.3%
1
6 .6%
1
5
1
2
1 1
4
0
1
2
3
4
5
6
14 15 16 17 18 19 20
73,33%
26,6%
0
10
20
30
40
50
60
70
80 PadresAbuelos
107
NIVEL DE ESTUDIOS Y ACTIVIDAD LABORAL DEL MENOR Y DE SUS
PADRES
Actividad Laboral Menor Padre Madre
Valor Absolut
o Porcent. Valor
Absoluto
Porcen Valor Absolut
o Porcent
Sin actividad 4 26.6% 7 46.6%
Cuenta propia 3 20% 3 20%
Cuenta ajena 7 46.6% 9 60% 4 26.6%
Actividades
marginales4 26.6%
No consta 2 13.3%
No conocen actividad padres
1 6.6% 1 6.6%
CONSUMO ACTUAL DEL MENOR
Si20%
No80%
108
3 menores manifestaron estar consumiendo en el momento de la recogida de datos.
SUSTANCIA Y VIA ACTUAL DE CONSUMO DEL MENOR
CONSUMO DE SUSTANCIAS DE PADRES Y HERMANOS Hay una mayoría de menores que desconocen sí tienen consumo sus familiares.
Se reflejan exclusivamente los datos de los familiares de los menores que conocen
el consumo.
Padre: 2 son consumidores de heroína y 1 de alcohol.
33,3% 33,3% 33,3%
0
10
20
30
40
50
60
70
Sustancia
Heroína+cocaina Otras mezclas heroína +hachis
33,3%
66,6%
0
10
20
30
40
50
60
70
Vía de consumo
Fumada Snif/Inhal.
109
Hermanos: 1 hachís, 1 heroína, 2 cocaína y 1 mezcla de varias sustancias.
110
PORCENTAJE DE USO DE SUSTANCIAS EN LOS MENORES
SUSTANCIA PORCENTAJE
HEROINA 33.3
COCAINA 80.1
BENZODIACEPINAS 46.6
ALCOHOL 60
MDMA 53.3
HACHIS 100
ANFETAMINAS
PEGAMENTOS
46.6
6.6
111
ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL MENOR EN EL CENTRO
13 de los menores realizan más de una actividad (enseñanza, actividades
deportivas, talleres etc).
2 están incorporados sólo a talleres ocupacionales.
Más de 1 actividad87%
Talleres Ocupacionales
13%
112
113
TIPO DE DELITO, MEDIDA Y LUGAR DE INGRESO DE LA 1ª INFRACCIÓN
20% 20% 6,6%
53,3%
0
10
20
30
40
50
60
Tipo de delito
Robo Robo Intimidacion Otros no saben
33,6%
6,6% 6,6%
53,3%
0
10
20
30
40
50
60
Tipo de medida
Cerrado Semiabierto Cautelar No saben
53,3%
38,5%
0
10
20
30
40
50
60
Lugar de ingreso
C. Menores no saben
114
TIPO DE DELITO, MEDIDA Y LUGAR DE INGRESO DE LA 1ª
INFRACCIÓN
El robo y el robo con intimidación son los delitos cometidos en el 20% en ambos
casos. El 53.3% no lo saben.
En el tipo de medida, hay 8 menores que desconocen cual es la medida
correspondiente a su infracción.
De igual manera 7 menores desconocen el tipo centro en el cual cumplieron su
medida.
115
INFRACCION Y MEDIDA POR LA QUE ESTAN INGRESADOS
ACTUALMENTE
El tipo de infracción por el que están cumpliendo es robo con intimidación en el
caso de 5 menores, robo en 4, 1 homicidio, 2 contra la salud pública.
La medida impuesta por los Juzgados de menores ha sido para 3 en centros de
régimen semiabierto, 9 menores en régimen cerrado, 1 en régimen abierto y 2
cautelares.
26,6%
33,3%
6,6%13,3% 13,3%
6,6%
0
5
10
15
20
25
30
35
TIPO DE INFRACCION
Robo Robo intimidacion Homicidio C.S.P. Otros No contesta
116
ALEGACIÓN Y VALORACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS
ALEGACION
NO47% SI
53%
VALORACION
No53%
Si27%
No sabe20%
117
DATOS APORTADOS POR LOS PROFESIONALES RELACIONADOS CON LOS MENORES
NIVEL SOCIOECONOMICO TIPO DE VIVIENDA
ALTO MEDIO BAJO NO SABE ALQUILER PROPIEDAD OTROS NO SABE
40 % 60 % 6 .6 % 60 % 33 .%
ANTECEDENTES PENALES
PADRE MADRE
SI NO NO FALLE SI NO NO FALLE
20% 53.3% 20% 6.6% 13.3% 66.6% 13.3% 6.6%
SITUACION PREVIA DEL MENOR
TUTELADO OTROS NO CONSTA
6.6% 80% 13.3%
118
VALORACIÓN POR LOS PROFESIONALES DEL CENTRO.
1. Intervención con el menor.
El diseño de intervención se basa en una primera entrevista de ingreso y
valoración, en la que se llega a un acuerdo sobre el tipo de tratamiento más
adecuado. En cuanto al consumo de drogas, se produce una coordinación entre
distintos recursos externos (centros de atención a drogodependiente, equipo de
medio abierto, educadores de calle), para concluir el tipo de intervención, que
suele ser una derivación a la Unidad de Tratamiento de Drogodependientes
(externa al Centro). Este proceso, es compatible con las demás actividades.
2. Abordaje del uso/consumo de sustancias .
Las actividades mencionadas por los profesionales que se refieren a la
intervención en drogodependencias, se llevan a cabo en sesiones terapéuticas (2
dias/semana) donde se aborda la problemática de consumo de forma integral
(biopsicosocial). Estos chicos suelen complementar sus terapias con talleres
específicos de salud (semanales) dentro del propio Centro.
3. Valoración de la evolución del menor en el Centro .
En éstas valoraciones se hace referencia a la baja motivación mostrada en el
ámbito académico (en bastantes casos se nombra la desescolarización temprana
y la baja formación académica), en contraposición con la buena adherencia e
interés que muestran por programas de inserción laboral o de capacitación
profesional.
En la valoración sobre el comportamiento y el funcionamiento de los chicos/as,
predominan los aspectos negativos, comentando como principales dificultades la
119
normalización de largas trayectorias delictivas, los hábitos antisociales, la
conflictividad, el riesgo de fugas, el abuso de sustancias, los trastornos mentales,
la ausencia de aceptación de normas, la inmadurez y la falta de anticipación de
las consecuencias de sus actos. Las valoraciones positivas sobre el
comportamiento son más generales (colaborador, buena conducta...) sin
concretar sobre los objetivos alcanzados.
En cuanto a las familias, existe una gran parte de menores con núcleos
familiares desestructurados que giran en torno a las drogas y que repercute en
unas carencias afectivas en los internos. Se hace mención de menores con
ambos padres fallecidos, o de relaciones muy deficitarias, así como dificultades
para la asunción de límites impuestos por los progenitores.
120
CASTILLA LA MANCHA
CARACTERISTICAS DEL CENTRO ALCUDIA ALBAIDEL Régimen Cerrado Semiabierto/abierto/cer
rado Capacidad 12 32 Ocupación actual 11 16 Menores con patología dual 2 0 Nº de menores en el 2001 36 60 Nacionalidad 32 española y 4 africana 40 española y 20
africana Varones 34 52 Mujeres 2 8 Media de edad 17 16.5 Nº de profesionales 15 26
ALBACETE “ALBAIDEL” 11
CIUDAD REAL “ALCUDIA” 4
121
EDAD DEL MENOR
CONVIVENCIA DEL MENOR
La mayoría de los menores viven con sus padres.
4
5
4
2
0
1
2
3
4
5
6
16 17 18 19
60%
6,6%
20%
6,6% 6,6%
0
10
20
30
40
50
60 PadresAbuelosTuteladoCon parejaOtros
122
NIVEL DE ESTUDIOS Y ACTIVIDAD LABORAL DEL MENOR Y DE SUS
PADRES MENOR
PADRE MADRE Nivel Estudios
Valor Absoluto
Porcent Valor Absoluto
Porcent. Valor Absoluto
Porcent
Analfabeto 1 6 .6%
Sin estudios 5 33.3% 6 40%
Primarios
12
80%
2 13.3% 3 20%
Graduado Escolar
2
13.3%
3 20% 2 13.3%
BUP/Fp/COU 1 6.6% 1 6.6% 1 6.6%
Universitarios 1 6 .6% 1 6.6%
No consta/no sabe 2 13.3%
Actividad Laboral Menor Padre Madre
Valor Absoluto
Porcent. Valor Absoluto
Porcen Valor Absoluto
Porcent
Sin actividad 10 66.6% 3 20% 7 46.6%
Cuenta propia 2 13.3% 1 6.6%
Cuenta ajena 5 33.3% 6 40% 6 40%
Otros 1 6.6%
No consta 1 6.6% 1 6.6%
No conocen actividad padres
2 13.3%
123
CONSUMO ACTUAL DEL MENOR
12 menores manifestaron estar consumiendo en el momento de la recogida de
datos.
SUSTANCIA Y VIA ACTUAL DE CONSUMO DEL MENOR
Si80%
No20%
16,6% 16,6%
58,3%
8,3%0
10
20
30
40
50
60
70
Sustancia
Heroína+cocaina Otras mezclas Hachis cocaina
91,6%
8,3%
0102030405060708090
100
Vía de consumo
Fumada Snif/Inhal.
124
CONSUMO DE SUSTANCIAS DE PADRES Y HERMANOS
Hay una mayoría de menores que desconocen sí tienen consumo de drogas sus
familiares.
Se reflejan exclusivamente los datos de los familiares de los menores que conocen
el consumo.
Padre: 2 son consumidores de 1 heroína y 1 de alcohol.
Madre: 2 heroína y 1 cocaína.
Hermanos: 3 hachis, 1 heroína, 1 alcohol y 1 mezcla de varias sustancias.
125
PORCENTAJE DE USO DE SUSTANCIAS EN LOS MENORES
SUSTANCIA PORCENTAJ
EHEROINA 40
COCAINA 80
BENZODIACEPINAS 20
ALCOHOL 86.6
MDMA 21.4
HACHIS 100
No hay menores que utilicen anfetaminas, pegamentos o ketamina.
126
ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL MENOR EN EL CENTRO
13 de los menores realizan más de una actividad (enseñanza, actividades
deportivas, talleres etc).
2 están incorporados solo a enseñanza.
Más de 1 actividad87%
Enseñanza13%
127
128
1ª INFRACCIÓN
46,6%
20%
33,3%
0
10
20
30
40
50
Tipo de delito
Robo Otros no lo dicen
6,6%
46,6%
13,3%
33,3%
0
10
20
30
40
50
60
Tipo de medida
Cerrado Semiabierto Cautelar No saben
66,6%
33,3%
0
20
40
60
80
Lugar de ingreso
C. Menores no saben
129
TIPO DE DELITO, MEDIDA Y LUGAR DE INGRESO DE LA 1ª
INFRACCIÓN
El robo es el delito más cometido en el 46.6% de los casos.
El tipo la medida correspondiente a su infracción, es en el 46.6% (7) en régimen
semiabierto.
10 menores cumplieron su medida en un centro de menores.
130
INFRACCION Y MEDIDA POR LA QUE ESTAN INGRESADOS
ACTUALMENTE
El tipo de infracción por el que están cumpliendo es robo en el caso de 8 menores,
3 robo con intimidación, 1 intento de homicidio, 3 otros.
La medida impuesta por los Juzgados de menores ha sido para 4 en centros de
Régimen cerrado, 6 menores en Régimen semiabierto, 1 Cautelar y 1 acordada más
de 1 medida.
53,3%
20%6,6%
20%
0
10
20
30
40
50
60
TIPO DE INFRACCION
Robo Robo intimidacion Intento homicidio Otros
131
ALEGACIÓN Y VALORACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS
ALEGACION
No consta 13%
NO47%
SI40%
VALORACION si13%
no40%
No sabe47%
132
DATOS APORTADOS POR LOS PROFESIONALES RELACIONADOS
CON LOS MENORES
NIVEL SOCIOECONOMICO TIPO DE VIVIENDA
ALTO MEDIO BAJO NO SABE ALQUILER PROPIEDAD OTROS NO SABE
20 % 20 % 40 % 20 % 13 .3 % 46 .6 % 20 % 20 %
ANTECEDENTES PENALES
PADRE MADRE
SI NO NO SABE SI NO NO SABE
46.6% 33.3% 20% 13.3% 40% 46.6%
SITUACION PREVIA DEL MENOR
TUTELADO ACOGIMIENTO FAMILIAR
OTROS NO CONSTA
33.3% 6.6% 26.6% 33.3%
133
VALORACIÓN POR LOS PROFESIONALES DEL CENTRO
1. Intervención con el menor.
El diseño de intervención en la Comunidad de Castilla la Mancha se divide en
tres ámbitos. El primero de ellos, el socio-familiar, se centra en la evaluación de
los contactos y relaciones familiares y en la posibilidad de intervención.
Dentro del área social-interpersonal se evalúa y se trabaja sobre el
comportamiento general, la adaptación a las normas, la relación con sus iguales y
con los profesionales del Centro, el aseo e higiene personal, las actividades
manipulativas y deportivas, las de ocio y tiempo libre, y las escolares y
prelaborales.
Dentro del área de desarrollo individual se trabaja sobre la personalidad del
menor, sobre sus intereses, necesidades detectadas, objetivos y se hacen
valoraciones y propuestas tutoriales.
Las actividades concretas, además de las formativas (realizadas a diario),
llevadas a cabo son talleres de habilidades sociales, de mecánica, manuales,
talleres de pensamiento, de encuadernación, de dibujo, granja… que varían en la
frecuencia, aunque por lo general se realizan un par de horas a la semana.
2. Valoración del menor.
Las valoraciones que los profesionales realizan sobre la evolución de los
menores, hacen referencia a los ámbitos familiares (familias desestructuradas,
desvinculación afectiva, comportamientos imitativos de los hermanos mayores,
134
inexistencia de adecuados referentes adultos, alto nivel económico), a sus
relaciones sociales (menores con riesgo social, menores inadaptados, buenas
relaciones entre ellos), al ámbito académico (inadaptación escolar,
desmotivación, absentismo) y al laboral (buena motivación hacia la inserción
laboral, preferencia de contenidos relativos a la formación profesional o carencia
de hábitos de trabajo). Asimismo, los profesionales valoran las evoluciones de
los chicos/as en términos generales, haciendo mención a los objetivos logrados y
a las dificultades para conseguir cambios ante periodos tan cortos, que luego no
se generalizan a sus entornos naturales.
Las referencias realizadas a constructos internos de los menores mencionan
conceptos como impulsividad, dificultad para respetar normas, conductas
agresivas, hiperactividad, impaciencia, manipulador, inteligencia e inestabilidad
emocional.