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MEMORIA VALORADA RECONSTRUCCIÓN DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PÉREZ. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR

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MEMORIA VALORADA

RECONSTRUCCIÓN DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PÉREZ.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO DEL PINATAR

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RECONSTRUCCIÓN DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PÉREZ.

1º Antecedentes: Como consecuencia de las inclemencias del tiempo el muro perimetral que cierra el área norte de las instalaciones del Campo de Fútbol José Antonio Pérez, concretamente en el lateral situado en la Avda. de las Palmeras, ha sufrido el derrumbamiento de aproximadamente unos 70 metros lineales de la totalidad del muro, ocasionando un grave peligro para la seguridad pública. Se han retirado los escombros producidos a consecuencia del fallo del muro y se han realizado las tareas básicas de acondicionamiento de la zona con el fin de aseverar la seguridad pública. De este modo las instalaciones del campo de fútbol ven ahora mermada su capacidad de servicio debido a la falta de ese muro, ya que la existencia de un cerramiento sólido que delimite todo el perímetro del campo es imprescindible para el desarrollo seguro y cómodo de las actividades deportivas que se desarrollan en su interior. Por tanto es obligación de este Ayuntamiento proceder a realizar las obras de mantenimiento y reconstrucción que se estimen oportunas para poder asegurar que estas instalaciones puedan continuar ofreciendo un servicio completo y seguro. 2º Objeto de la memoria: El objeto de la memoria es determinar las obras que se pretenden acometer para la reconstrucción del muro derrumbado, así como el coste de su ejecución con el fin de realizar el concurso de contratación para asignar la realización de dichas obras a la empresa que corresponda. 3º Descripción de las obras: Las obras que se pretenden realizar serán,

1) Demolición de los cimientos existentes del anterior muro

2) Excavaciones que sean necesarias para alojar los nuevos cimientos

3) Ejecución de los cimientos y pilares de hormigón armado, necesarios para la estabilización del nuevo muro.

4) Cerramiento de los espacios entre pilares mediante muro de fábrica de bloques

de hormigón, armados y macizados, enrasados a la cara exterior de los pilares.

5) Enfoscado y revocado de cemento a buena vista sobre los paramentos.

6) Colocación de zuncho de hormigón armado perimetral de coronación del muro.

7) Instalación de valla metálica electro-soldada sobre el zuncho perimetral de coronación.

8) Reposición de acera existente.

9) Transporte a vertedero de todos los escombros y materiales de desecho que

se hayan producido durante la ejecución de los trabajos.

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3.- MEDICIÓN Y PRESUPUESTO PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL M URO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOS E ANTONIO PÉREZ.

MEDICIÓN Y PRESUPUESTO

Nº UD. CONCEPTO UNIDS. PRECIO IMPORTE

1.- m3 Demolición de cimiento existente: Demolición de pavimento de losa de terrazo existente y cimientos de hormigón armado con martillo neumático y compresor, incluso corte de acera existente con radial.

122,50 24,00 € 2.940,00 €

2.- m3 Excavación para formación de cimientos: Excavación en zanja para formación de cimientos y carga sobre camión 122,50 6,75 € 826,88 €

3.- m3 Transporte a vertedero: Transporte de escombros a vertedero autorizado, incluso canon de vertido de productos. 122,50 7,50 € 918,75 €

4.- m3 Hormigón en cimientos: Cimentación para muro compuesta por zapata corrida de dimensiones 2,3 x 0,6 m realizada con hormigón HA-25/P/40/IIa, elaborado en central, vibrado transportado y puesto en obra, con armaduras de acero B-500-S en barras corrugadas.

96,60 197,35 € 19.064,11 €

5.- ml

Pilar de hormigón de 3 metros de altura: Formación de pilar de hormigón armado de dimensiones 0,20 x 0,4 m realizada con hormigón HA-25/P/40/IIa, elaborado en central, vibrado transportado y puesto en obra, con armaduras de acero B-500-S en barras corrugadas, hasta una altura máxima de 3 m, incluso juntas de dilatación cada 25 m.

60,00 78,39 € 4.703,40 €

6.- m2

Fabrica de muro de bloques: Muro de fábrica de bloques de hormigón gris para posterior revoco, de 40x20x20 cm recibidos con mortero de cemento hasta 3 m de altura y macizados con hormigón Hm-20/p cada 40 cm, enrasados a la cara exterior del pilar, incluso replanteo, aplomado y nivelado, incuso p.p. de roturas y limpieza con terminación de juntas con llagueado.

185,00 50,70 € 9.379,50 €

7.- Kg Acero corrugado tipo B-400-S/b-500-S: Acero corrugado elaborado tipo B-400-S y B-500-S, colocado para armado de muro bloques de hormigón.

1.480,00 1,32 € 1953,60 €

8.- m2 Enfoscado y revocado: Enfoscado y posterior revocado de cemento, a buena vista, aplicado sobre paramento vertical exterior de hasta 3 m de altura, acabado superficial liso, con mortero de cemento M-5, incluso parte proporcional de medios auxiliares (andamios, etc.)

370,00 17,00 € 6.290,00 €

9.- ml

Zuncho superior de hormigón: Formación de zuncho superior de hormigón armado de dimensiones 0,25 x 0,40 m realizada con hormigón HA-25/P/40/IIa, elaborado en central, vibrado transportado y puesto en obra, con armaduras de acero B-500-S en barras corrugadas, hasta una altura máxima de 3 m.

70,00 47,40 € 3.318,00 €

10.- ml Valla metálica electrosoldada: Suministro y colocación de valla metálica de 1,5 m sobre muro de hormigón, fabricada con pilastras y marco perimetral cuadrado de 60 x 60 mm, atornillado con placas metálicas de 15 x 15 mm y tacos metálicos.

70,00 81,00 € 5.670,00 €

11.- m2 Reposición de acera: Reposición de acera existente mediante solera de hormigón HM-20/P de 15 cm de espesor y pavimento de terrazo de 40 x 40 cm tipo Ayuntamiento color gris, colocado sobre base de mortero de 3 cm de espesor.

140,00 32,20 € 4.508,00 €

12.- Ud. Seguridad y Salud 1.191,44.-€

P.E.M. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 60.763,68.- €

Gastos Generales 14% 8.506,92.-€

Beneficio Industrial 6% 3.645,82.-€

Total base imponible 72.916,42.-€

I.V.A. 16% 11.666,63.-€

P.E.C. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA 84.583,05.- €

Asciende el Presupuesto de Ejecución por Contrata a la expresada cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES EURO S CON CINCO CÉNTIMOS.

San Pedro del Pinatar, a 14 de Mayo de 2008. El Arquitecto Técnico Municipal,

Fdo. : Antonio Escarbajal Pérez

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4º Conclusión. Por todo lo anteriormente expuesto se valoran las obras de reconstrucción del muro perimetral norte del campo municipal de fútbol Jose Antonio Pérez en la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES EURO S CON CINCO CÉNTIMOS (84.583,05€). Con los datos aportados el Técnico Municipal que suscribe da por terminada la presente memoria valorada, estado a disposición de la superioridad para aclarar o ampliar cuanto se considere oportuno.

San Pedro del Pinatar, a 14 de Mayo de 2008.

EL ARQUITECTO TECNICO MUNICIPAL

Fdo: Antonio Escarbajal Pérez

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ANEXO 1

PLANOS Y DETALLES

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ANEXO 2

ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD

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ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD

JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SAL UD

El Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, establece en el apartado 2 del Artículo 4 que en los proyectos de obra no incluidos en los supuestos previstos en el apartado 1 del mismo Artículo, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio Básico de Seguridad y Salud.

• La identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las

medidas técnicas necesarias. • Relación de los riesgos laborales que no pueden eliminarse conforme a lo señalado

anteriormente especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir riesgos valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas (en su caso, se tendrá en cuenta cualquier tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del Anexo II del Real Decreto.)

• Previsiones e informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

NORMAS DE SEGURIDAD APLICABLES EN LA OBRA • Ley 31/ 1.995 de 8 de Octubre, de Prevención de Riesgos Laborales. • Real Decreto 485/1.997 de 14 de abril, sobre Señalización de seguridad en el

trabajo. • Real Decreto 486/1.997 de 14 de abril, sobre Seguridad y Salud en los lugares de

trabajo. • Real Decreto 487/1.997 de 14 de abril, sobre Manipulación de cargas. • Real Decreto 773/1.997 de 30 de mayo, sobre Utilización de Equipos de Protección

Individual. • Real Decreto 39/1.997 de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención. • Real Decreto 1215/1.997 de 18 de julio, sobre Utilización de Equipos de Trabajo. • Real Decreto 1627/1.997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones

mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. • Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/1.980, Ley 32/1.984, Ley 11/1.994). • Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28-08-70, O.M.

28-07-77, O.M. 4-07-83, en los títulos no derogados).

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TRABAJOS PREVIOS A LA REALIZACIÓN DE LA OBRA. Puesto que se trata de una obra nueva en terreno urbanizado y dispone ya de suministro de energía eléctrica y agua potable no es necesario realizar casetas destinadas a contadores de auxiliares de obras. • Deberá realizarse el vallado perimetral de la parcela

• Las condiciones del vallado deberán ser:

- Tendrá 2 m de altura.

- Portón para acceso de vehículos y puerta independiente de acceso de peatones.

Señalización mínima:

• Prohibido el paso a toda persona ajena a la obra.

• Obligado el uso de casco dentro del recinto de obra. • Cartel que advierta obras. • Prohibido aparcar en zona de entrada de vehículos.

SERVICIOS HIGIÉNICOS. VESTUARIOS. COMEDOR Y OFICINA. La obra en cuestión dispone de servicios higiénicos los cuales deberán ser demolidos en cuyo momento se deberá disponer de: • lavabos: 1 ud. / 10 trabajadores. • inodoros: 1 ud. / 25 trabajadores masculinos. • taquillas: 1 ud. / trabajador. • duchas: 1 ud. / 10 trabajadores. • espejos: 1 ud. / 10 trabajadores. Se completan con los elementos auxiliares necesarios: toallas o secadores, jabón, etc. Deberá disponerse de agua caliente y fría en duchas y lavabos. No se instalarán comedores por tratarse de un número de trabajadores reducido.

Se instalará un botiquín de primeros auxilios con el contenido mínimo indicado por la legislación vigente, un extintor de polvo seco polivalente de eficacia 13 A. Además en el exterior en lugar visible y en un cuadro la dirección del centro asistencial de urgencias más cercanos y su teléfono.

- Normas de conservación y limpieza:

Los suelos, paredes y techos, de los aseos, vestuarios y duchas, serán continuos, lisos e impermeables; con materiales que permitan el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la frecuencia necesaria. Todos los accesorios como grifería, desagües, estarán en perfecto estado de funcionamiento. Todas las instalaciones estarán dotadas de luz.

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IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE LOS MISMOS.

Movimientos de Tierra.

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales • Caídas de operarios al

mismo nivel • Caídas de operarios al

interior de la excavación • Caídas de objetos sobre

operarios • Caídas de materiales

transportados • Choques o golpes contra

objetos • Atrapamientos y

aplastamientos por partes móviles de maquinaria

• Lesiones y/o cortes en manos y pies

• Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación

acústica • Vibraciones • Ambiente polvorulento • Cuerpos extraños en los

ojos • Contactos eléctricos

directos e indirectos • Ambientes pobres en

oxigeno • Inhalación de sustancias

tóxicas • Ruinas, hundimientos,

desplomes en edificios colindantes.

• Condiciones meteorológicas adversas

• Trabajos en zonas húmedas o mojadas

• Problemas de circulación interna de vehículos y maquinaria.

• Desplomes, desprendimientos, hundimientos del terreno.

• Contagios por lugares insalubres

• Explosiones e incendios • Derivados acceso al lugar

de trabajo

• Talud natural del terreno • Entibaciones • Limpieza de bolos y viseras • Apuntalamientos, apeos. • Achique de aguas. • Barandillas en borde de

excavación. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Separación tránsito de

vehículos y operarios. • No permanecer en radio de

acción máquinas. • Avisadores ópticos y

acústicos en maquinaria. • Protección partes móviles

maquinaria • Cabinas o pórticos de

seguridad. • No acopiar materiales junto

borde excavación. • Conservación adecuada

vías de circulación • Vigilancia edificios

colindantes. • No permanecer bajo frente

excavación • Distancia de seguridad

líneas eléctricas

• Botas o calzado de seguridad

• Botas de seguridad impermeables

• Guantes de lona y piel • Guantes impermeables • Gafas de seguridad • Protectores auditivos • Cinturón de seguridad • Cinturón antivibratorio • Ropa de Trabajo • Traje de agua

(impermeable).

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Cimentación y Estructuras

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales • Caídas de operarios al

mismo nivel • Caídas de operarios a

distinto nivel. • Caída de operarios al

vacío. • Caída de objetos sobre

operarios. • Caídas de materiales

transportados. • Choques o golpes contra

objetos. • Atrapamientos y

aplastamientos. • Atropellos, colisiones,

alcances y vuelcos de camiones.

• Lesiones y/o cortes en manos y pies

• Sobreesfuerzos • Ruidos, contaminación

acústica • Vibraciones • Ambiente polvorulento • Cuerpos extraños en los

ojos • Dermatosis por contacto

de hormigón. • Contactos eléctricos

directos e indirectos. • Inhalación de vapores. • Rotura, hundimiento,

caídas de encofrados y de entibaciones.

• Condiciones meteorológicas adversas.

• Trabajos en zonas húmedas o mojadas.

• Desplomes, desprendimientos, hundimientos del terreno.

• Contagios por lugares insalubres.

• Explosiones e incendios. • Derivados de medios

auxiliares usados. • Radiaciones y derivados

de la soldadura • Quemaduras en

soldadura oxicorte. • Derivados acceso al lugar

de trabajo

• Marquesinas rígidas. • Barandillas. • Pasos o pasarelas. • Redes verticales. • Redes horizontales. • Andamios de seguridad. • Mallazos. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Escaleras auxiliares

adecuadas. • Escalera de acceso

peldañeada y protegida. • Carcasas resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

• Mantenimiento adecuado de la maquinaria.

• Cabinas o pórticos de seguridad.

• Iluminación natural o artificial adecuada.

• Limpieza de las zonas de trabajo y de tránsito.

• Distancia de seguridad a las líneas eléctricas.

• Casco de seguridad . • Botas o calzado de

seguridad. • Guantes de lona y piel. • Guantes impermeables. • Gafas de seguridad. • Protectores auditivos. • Cinturón de seguridad. • Cinturón antivibratorio. • Ropa de trabajo. • Traje de agua

(impermeable).

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Cubiertas planas, inclinadas, materiales ligeros.

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales • Caídas de operarios al

mismo nivel • Caídas de operarios a

distinto nivel. • Caída de operarios al

vacío. • Caída de objetos sobre

operarios. • Caídas de materiales

transportados. • Choques o golpes contra

objetos. • Atrapamientos y

aplastamientos. • Lesiones y/o cortes en

manos y pies • Sobreesfuerzos • Ruidos, contaminación

acústica • Vibraciones • Ambiente polvorulento • Cuerpos extraños en los

ojos • Dermatosis por contacto

de cemento y cal.. • Contactos eléctricos

directos e indirectos. • Condiciones

meteorológicas adversas. • Trabajos en zonas

húmedas o mojadas • Derivados de medios

auxiliares usados • Quemaduras en

impermeabilizaciones. • Derivados del acceso al

lugar de trabajo. • Derivados de

almacenamiento inadecuado de productos combustibles.

• Marquesinas rígidas. • Barandillas. • Pasos o pasarelas. • Redes verticales. • Redes horizontales. • Andamios de seguridad. • Mallazos. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Escaleras auxiliares

adecuadas. • Escalera de acceso

peldañeada y protegida. • Carcasas resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

• Plataformas de descarga de material.

• Evacuación de escombros. • Limpieza de las zonas de

trabajo y de tránsito. • Habilitar caminos de

circulación. • Andamios adecuados.

• Casco de seguridad. • Botas o calzado de seguridad. • Guantes de lona y piel. • Guantes impermeables. • Gafas de seguridad. • Mascarillas con filtro

mecánico • Protectores auditivos. • Cinturón de seguridad. • Botas, polainas, mandiles y

guantes de cuero para impermeabilización.

• Ropa de trabajo.

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Albañilería y Cerramientos.

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales • Caídas de operarios al

mismo nivel • Caídas de operarios a

distinto nivel. • Caída de operarios al

vacío. • Caída de objetos sobre

operarios. • Caídas de materiales

transportados. • Choques o golpes contra

objetos. • Atrapamientos,

aplastamientos en medios de elevación y transporte.

• Lesiones y/o cortes en manos.

• Lesiones y/o cortes en pies.

• Sobreesfuerzos • Ruidos, contaminación

acústica • Vibraciones • Ambiente polvorulento • Cuerpos extraños en los

ojos • Dermatosis por contacto

de cemento y cal.. • Contactos eléctricos

directos. • Contactos eléctricos

indirectos. • Derivados medios

auxiliares usados • Derivados del acceso al

lugar de trabajo.

• Marquesinas rígidas. • Barandillas. • Pasos o pasarelas. • Redes verticales. • Redes horizontales. • Andamios de seguridad. • Mallazos. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Escaleras auxiliares

adecuadas. • Escalera de acceso

peldañeada y protegida. • Carcasas resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

• Mantenimiento adecuado de la maquinaria

• Plataformas de descarga de material.

• Evacuación de escombros. • Iluminación natural o

artificial adecuada • Limpieza de las zonas de

trabajo y de tránsito. • Andamios adecuados.

• Casco de seguridad. • Botas o calzado de seguridad. • Guantes de lona y piel. • Guantes impermeables. • Gafas de seguridad. • Mascarillas con filtro

mecánico • Protectores auditivos. • Cinturón de seguridad. • Ropa de trabajo.

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Terminaciones (alicatados, enfoscados, enlucidos, f alsos techos, pinturas, carpintería, cerrajería, vidriería).

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales • Caídas de operarios al

mismo nivel • Caídas de operarios a

distinto nivel. • Caída de operarios al

vacío. • Caídas de objetos sobre

operarios • Caídas de materiales

transportados • Choques o golpes contra

objetos • Atrapamientos y

aplastamientos • Atropellos, colisiones,

alcances, vuelcos de camiones.

• Lesiones y/o cortes en manos

• Lesiones y/o cortes en pies

• Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación

acústica • Vibraciones • Ambiente polvorulento • Cuerpos extraños en los

ojos • Dermatosis por contacto

cemento y cal. • Contactos eléctricos

directos • Contactos eléctricos

indirectos • Ambientes pobres en

oxigeno • Inhalación de vapores y

gases • Trabajos en zonas

húmedas o mojadas • Explosiones e incendios • Derivados de medios

auxiliares usados • Radiaciones y derivados

de soldadura • Quemaduras • Derivados del acceso al

lugar de trabajo • Derivados del

almacenamiento inadecuado de productos combustibles

• Marquesinas rígidas. • Barandillas. • Pasos o pasarelas. • Redes verticales. • Redes horizontales. • Andamios de seguridad. • Mallazos. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Escaleras auxiliares

adecuadas. • Escalera de acceso

peldañeada y protegida. • Carcasas o resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

• Mantenimiento adecuado de la maquinaria

• Plataformas de descarga de material.

• Evacuación de escombros. • Limpieza de las zonas de

trabajo y de tránsito. • Andamios adecuados.

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Botas de seguridad

impermeables • Guantes de lona y piel • Guantes impermeables • Gafas de seguridad • Protectores auditivos • Cinturón de seguridad • Ropa de trabajo • Pantalla de soldador

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Instalaciones (electricidad, fontanería, gas, aire acondicionado, calefacción, ascensores, antenas, pararrayos).

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales

• Caídas de operarios al mismo nivel

• Caídas de operarios a distinto nivel.

• Caída de operarios al vacío.

• Caídas de objetos sobre operarios

• Choques o golpes contra objetos

• Atrapamientos y aplastamientos

• Lesiones y/o cortes en manos

• Lesiones y/o cortes en pies

• Sobreesfuerzos • Ruido, contaminación

acústica • Cuerpos extraños en los

ojos • Afecciones en la piel • Contactos eléctricos

directos • Contactos eléctricos

indirectos • Ambientes pobres en

oxigeno • Inhalación de vapores y

gases • Trabajos en zonas

húmedas o mojadas • Explosiones e incendios • Derivados de medios

auxiliares usados • Radiaciones y derivados

de soldadura • Quemaduras • Derivados del acceso al

lugar de trabajo • Derivados del

almacenamiento inadecuado de productos combustibles

• Marquesinas rígidas. • Barandillas. • Pasos o pasarelas. • Redes verticales. • Redes horizontales. • Andamios de seguridad. • Mallazos. • Tableros o planchas en

huecos horizontales. • Escaleras auxiliares

adecuadas. • Escalera de acceso

peldañeada y protegida. • Carcasas o resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

• Mantenimiento adecuado de la maquinaria

• Plataformas de descarga de material.

• Evacuación de escombros. • Limpieza de las zonas de

trabajo y de tránsito. • Andamios adecuados.

• Casco de seguridad • Botas o calzado de seguridad • Botas de seguridad

impermeables • Guantes de lona y piel • Guantes impermeables • Gafas de seguridad • Protectores auditivos • Cinturón de seguridad • Ropa de trabajo • Pantalla de soldador

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BOTIQUÍN

En el centro de trabajo se dispondrá de un botiquín con los medios necesarios para efectuar las curas de urgencia en caso de accidente y estará a cargo de él una persona capacitada designada por la empresa constructora.

PRESUPUESTO DE SEGURIDAD Y SALUD

En el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) del proyecto se ha reservado un Capítulo con una partida alzada de MIL CIENTO NOVENTA Y UN EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTMOS (1.191,44 €) para Seguridad y Salud .

TRABAJOS POSTERIORES

El apartado 3 del Artículo 6 del Real Decreto 1627/1.997 establece que en el Estudio Básico se contemplarán también las previsiones y las informaciones para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y salud, los previsibles trabajos posteriores.

Reparación, conservación y mantenimiento. Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales

• Caídas al mismo nivel en suelos

• Caídas de altura por huecos horizontales

• Caídas por huecos en cerramientos

• Caídas por resbalones • Reacciones químicas por

productos de limpieza y líquidos de maquinaria

• Contactos eléctricos por accionamiento inadvertido y modificación o deterioro de sistemas eléctricos.

• Explosión de combustibles mal almacenados

• Fuego por combustibles, modificación de elementos de instalación eléctrica o por acumulación de desechos peligrosos

• Impacto de elementos de la maquinaria, por desprendimientos de elementos constructivos, por deslizamiento de objetos, por roturas debidas a la presión del viento, por roturas por exceso de carga

• Contactos eléctricos directos e indirectos

• Toxicidad de productos empleados en la reparación o almacenados en el edificio.

• Vibraciones de origen interno y externo

• Contaminación por ruido

• Andamiajes, escalerillas y demás dispositivos provisionales adecuados y seguros.

• Anclajes de cinturones fijados a la pared para la limpieza de ventanas no accesibles.

• Anclajes de cinturones para reparación de tejados y cubiertas.

• Anclajes para poleas para izado de muebles en mudanzas.

• Casco de seguridad • Ropa de trabajo • Cinturones de seguridad y

cables de longitud y resistencia adecuada para limpiadores de ventanas.

• Cinturones de seguridad y resistencia adecuada para reparar tejados y cubiertas inclinadas.

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OBLIGACIONES DEL PROMOTOR

Antes del inicio de los trabajos, el promotor designará un Coordinador en materia de Seguridad y Salud, cuando en la ejecución de las obras intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.

La designación del Coordinador en materia de Seguridad y Salud no eximirá al promotor de las responsabilidades.

El promotor deberá efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de las obras, que se redactará con arreglo a lo dispuesto en el Anexo III del Real Decreto 1627/1.997 debiendo exponerse en la obra de forma visible y actualizándose si fuera necesario.

La designación del Coordinador en la elaboración del proyecto y en la ejecución de la obra podrá recaer en la misma persona.

El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, deberá desarrollar las siguientes funciones: • Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad. • Coordinar las actividades de la obra para garantizar que las empresas y personal

actuante apliquen de manera coherente y responsable los principios de acción preventiva que se recogen en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra, y en particular, en las actividades a que se refiere el Artículo 10 del Real Decreto 1627/1.997.

• Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.

• Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

• Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

• Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.

La Dirección Facultativa asumirá estas funciones cuando no fuera necesario la designación del Coordinador.

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PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

En aplicación del Estudio Básico de Seguridad y Salud, el contratista, antes del inicio de la obra, elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en este Estudio Básico y en función de su propio sistema de ejecución de obra. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, y que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en este Estudio Básico.

El Plan de Seguridad y Salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra. Este podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la misma, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero que siempre con la aprobación expresa del Coordinador. Cuando no fuera necesaria la designación del Coordinador, las funciones que se le atribuyen serán asumidas por la Dirección Facultativa.

Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar por escrito y de manera razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. El Plan estará en la obra a disposición de la Dirección Facultativa.

OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

El contratista y subcontratistas estarán obligados a:

Aplicar los principios de acción preventiva que se recogen en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales y en particular:

El mantenimiento de la obra en buen estado de limpieza. La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. La manipulación de distintos materiales y la utilización de medios auxiliares. El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de las obras, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. La delimitación y acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de materiales, en particular si se trata de materias peligrosas. El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. La recogida de materiales peligrosos utilizados. La adaptación del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. La cooperación entre todos los intervinientes en la obra. Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta las obligaciones sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiera a seguridad y salud.

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Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. Serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan y en lo relativo a las obligaciones que le correspondan directamente o, en su caso, a los trabajos autónomos por ellos contratados. Además responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el Plan. Las responsabilidades del Coordinador, Dirección Facultativa y el Promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Los trabajadores autónomos están obligados a: Aplicar los principios de la acción preventiva que se recoge en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y en particular: El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. La recogida de materiales peligrosos utilizados. La adaptación del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. La cooperación entre todos los intervinientes en la obra. Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad. Cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997. Ajustar su actuación conforme a los deberes sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, participando en particular en cualquier medida de su actuación coordinada que se hubiera establecido. Cumplir con las obligaciones establecidas para los trabajadores en el Artículo 29, apartados 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/ 1.997. Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1.997. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud. Los trabajadores autónomos deberán cumplir lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud.

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LIBRO DE INCIDENCIAS En cada centro de trabajo existirá, con fines de control y seguimiento del Plan de

Seguridad y Salud, un Libro de Incidencias que constará de hojas por duplicado y que será facilitado por el Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud.

Deberá mantenerse siempre en obra y en poder del Coordinador. Tendrán acceso al Libro, la Dirección Facultativa, los contratistas y subcontratistas, los trabajadores autónomos, las personas con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, los representantes de los trabajadores, y los técnicos especializados de las Administraciones públicas competentes en esta materia, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo.

Efectuada una anotación en el Libro de Incidencias, el Coordinador estará obligado a remitir en el plazo de veinticuatro horas una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará dichas anotaciones al contratista y a los representantes de los trabajadores.

PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Cuando el Coordinador y durante la ejecución de las obras, observase

incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista y dejará constancia de tal incumplimiento en el Libro de Incidencias, quedando facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, disponer la paralización de tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra.

Dará cuenta de este hecho a los efectos oportunos, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará al contratista, y en su caso a los subcontratistas y/o autónomos afectados de la paralización y a los representantes de los trabajadores.

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores

reciban una información adecuada y comprensible de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.

Una copia del Plan de Seguridad y Salud y de sus posibles modificaciones, a los efectos de su conocimiento y seguimiento, será facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo.

DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE DEBE N APLICARSE EN LAS OBRAS

Las obligaciones previstas en las tres partes del Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo.

San Pedro del Pinatar, a 14 de Mayo de 2008.

EL ARQUITECTO TECNICO MUNICIPAL

Fdo: Antonio Escarbajal Pérez

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PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS

QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO

NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DE LAS OBRAS DE RECONSTRUCCION

DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL

JOSE ANTONIO PEREZ.

1. PODER ADJUDICADOR.-

Excelentísimo Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar (Murcia) Plaza Luis Molina, 1 30740 San Pedro del Pinatar (Murcia) Punto de Contacto: Negociado de Contratación Rafael Sáez Tárraga Telf: 968 18 06 00 Ext. 246 Dirección de Internet del poder adjudicador: www.sanpedrodelpinatar.es 2. OBJETO.- 2.1 Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar y posterior ejecución de las obras relativas a RECONSTRUCCION DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PEREZ , con arreglo al proyecto redactado por el Técnico Municipal D. Antonio Escarbajal Pérez. 2.2 Las obras e instalaciones objeto de este Pliego habrán de ejecutarse con arreglo a las características técnicas determinadas en el citado proyecto técnico y Pliego de Condiciones Facultativas del mismo, considerándose tanto uno como otro parte integrante del presente Pliego de Condiciones, y a su vez ambos, del contrato mediante el que se formalice en su día la adjudicación definitiva de las obras. 2.3 La codificación de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades CNPA-1996, dado el objeto del presente Pliego de Condiciones, es 45.2 “Trabajos de Construcción General de Inmuebles y Obras de Ingeniería Civil” 3. REGULACION JURIDICA.-

3.1 La contratación de las obras objeto del presente pliego se regirá por las prescripciones contenidas en el mismo, la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones

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Públicas, en lo que no se oponga a la Ley antes citada, y supletoriamente, las normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado que le sean de aplicación.

3.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, en base al art. 155.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

3.3 Para ajustarse a los principios de libertad de acceso a las

licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos y la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económica más ventajosa, recogidos en el art. 1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, y conforme a los establecido en el art. 153 de la citada norma, se solicitarán ofertas y consultas al menos a tres candidatos. 4. PRECIO.

4.1 El precio se fija en la cantidad de 72.916,42 € más el 16% de I.V.A. lo que hace un total de 84.583,05 €, que es el presupuesto del proyecto objeto del presente Pliego de Condiciones.

En la proposición económica, se especificará necesariamente por

separado los conceptos anteriores, no admitiéndose las ofertas que no lo indiquen así.

Sobre el precedente tipo de licitación las empresas realizarán su

propuesta a la BAJA , no admitiéndose proposición alguna que exceda del referido tipo base fijado.

4.2 En el correspondiente documento del proyecto técnico se consigna el cuadro de precios que descomponen al detalle los que integran el presupuesto de las obras objeto del presente Pliego.

En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y

demás impuestos que graven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.

4.3 Con respecto a la existencia del crédito necesario para atender las

obligaciones derivadas de la contratación del objeto del presente Pliego, se remite al Informe de Intervención que acompaña al expediente. 5. REVISION DE PRECIOS. Dada la duración del contrato objeto del presente Pliego, no es aplicable al mismo la revisión de precios conforme a lo establecido en el art. 77 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. 6. APTITUD PARA CONTRATAR. 6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y se encuentren debidamente clasificadas.

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Los empresarios deberán contar, así mismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.

6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuy ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

Estos últimos, además deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o con representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.

6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados temporalmente para la realización del objeto de esta contratación. En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.

7. SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL 7.1 Las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:

a. Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos CINCO AÑOS, avalada por certificados de buena ejecución, indicativos de su importe, fechas y lugar de su ejecución y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron a buen término.

b. La empresa acreditará que cuenta con responsable de la obra con titulación oficial de Arquitecto Técnico, jefe de obra, mediante la aportación de los TC1 y TC2 o, en su caso, con el contrato de asesoría externa.

c. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, y la importancia de su personal directivo durante los últimos TRES AÑOS acompañada de la documentación justificativa correspondiente.

d. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá el empresario para la ejecución de las obras, aportando documentación referente a sus características técnicas y descripción.

7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:

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a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda.

7.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas establecido en este Pliego, de toda la documentación necesaria establecida en esta cláusula y justificativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automáticamente de exclusión de la oferta por no considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida expresamente en el presente Pliego y que acredite la solvencia que se requiere.

8. ASPECTOS ECONOMICOS Y TECNICOS OBJETO DE NEGOCIACION. Los aspectos económicos y técnicos que, de conformidad con el art. 160 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, serán objeto de negociación son los siguientes:

a) CRITERIO ECONOMICO: se valorará la baja en la oferta económica de 0 a 5 puntos.

Se asignará la puntación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional. De conformidad con el art. 136 de la Ley de Contratos del Sector Público, se considerará que las ofertas no podrán ser cumplidas como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, si el precio ofertado es inferior en un 10% al tipo de licitación, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el mencionado artículo.

b) PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución de la obra se establece en 60 días naturales, se valorará la reducción en el plazo de ejecución, entre 5 y 15 días naturales sobre lo previsto en el Pliego de Condiciones, acompañando a tal fin Plan de Obra de reducción de los tiempos propuestos, de 0 a 3 puntos. Se asignará una puntuación de 3 puntos a las ofertas que propongan una reducción de 15 días naturales, valorando el resto de las ofertas de forma proporcional. Aquéllas proposiciones que ofrezcan reducir el plazo de ejecución y no presenten el correspondiente plan de obra se valorarán con 0 puntos.

c) MEJORAS: Otras mejoras evaluables económicamente a efectuar en la obra de Reconstrucción del Muro, de 0 a 2 puntos.

Las mejoras no podrán superar el importe de la baja ofertada.

Se asignarán 2 puntos a la mejora más ventajosa y al resto de forma inversamente proporcional.

Las ofertas presentadas se valorarán atribuyendo un total máximo de

10 puntos.

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9. PROPOSICIONES

9.1 Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en los que figurará la siguiente inscripción:

“Proposición presentada por D…………..(en nombre propio o en

representación de …………, con C.I.F.:…………) para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar, para contratar la ejecución de las obras de “RECONSTRUCCION DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PEREZ”

9.2 La proposición económica se incluirá en el SOBRE A, y se redactará

conforme al siguiente modelo: “D…………., vecino de …….., con domicilio en ………., nº ……, D.N.I. nº

……….., expedido en …………, el ….., de…………….., de ………, en nombre propio (o en representación de ……., con C.I.F.: ……………) conforme acredito con poder notarial, declarado bastante, otorgado ante Notario del Ilustre Colegio de …….., D…………, con fecha ………… y nº de protocolo ……..; enterado del anuncio publicado, y del Pliego de Condiciones Jurídicas, Facultativas y Económico-Administrativas, con destino a la contratación, mediante PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, de las obras de “RECONSTRUCCION DEL MURO PERIMETRAL NORTE DEL CAMPO MUNICIPAL DE FUTBOL JOSE ANTONIO PEREZ”, cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a su realización, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas del mencionado Pliego de Condiciones, proponiendo como precio de ejecución la cantidad de ………….€ más el ……..% de I.V.A., lo que hace un total de ……….€.

Se acompaña en el SOBRE B la documentación exigida en la cláusula

9.4 del Pliego de Condiciones. Fecha y firma del proponente”.

9.3 Los licitadores deberán indicar, en su caso, los aspectos confidenciales de sus ofertas, a los efectos del art. 124 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 9.4 Los licitadores presentarán en el SOBRE B la siguiente DOCUMENTACION:

A) IDENTIDAD DEL CONCURSANTE: Cuando el licitador sea persona individual, fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). Si el licitador actúa en representación de otra persona física, deberá presentar además de la fotocopia compulsada del DNI, la escritura original de apoderamiento legal o su copia compulsada, bastante y suficiente, que será bastanteada por los Servicios Jurídicos Municipales.

Cuando se trate de personas jurídicas, será imprescindible fotocopia compulsada del DNI del representante legal, y fotocopia compulsada de la

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escritura de constitución o modificación de la persona jurídica, inscrita en el Registro Mercantil, y fotocopia compulsada de la escritura de apoderamiento del representante legal, que será bastanteada por los Servicios Jurídicos Municipales.

B) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN

PROHIBICIÓN O INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, esta declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito la realizará el que vaya a resultar adjudicatario del contrato, en el plazo máximo de cinco día hábiles, contados a partir del siguiente al de recibir la notificación.

C) SOLVENCIA ECONÓMICA, TÉCNICA Y FINANCIERA: Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, en su caso, de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.

D) ÚLTIMO RECIBO DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS, por la actividad correspondiente. En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.

E) PROPUESTA de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de 600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.

9.5 En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.

9.6 Las empresas inscritas en el registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia estarán exentas de presentar la documentación que haya sido confiada al Registro, debiendo para ello aportar el certificado de inscripción en el mencionado Registro y una declaración responsable de la persona con capacidad para ello por la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.

No obstante, si se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación rectificadora de la anteriormente depositada en el registro de contratistas, sin perjuicio de su obligación de comunicar dichas modificaciones a la unidad encargada del registro.

10. APERTURA DE PLICAS

10.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial el día hábil siguiente a las 10.00 horas, una vez transcurridos quince días naturales desde la invitación a las empresas a participar en el proceso, ante la Mesa que estará constituida por los siguientes miembros: Presidente: El Alcalde o persona en quien delegue. Vocales: El concejal Delegado de Deportes La concejal Delegada de Hacienda El Secretario de la Corporación El Interventor de la Corporación

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El Técnico autor del proyecto Secretario: El Técnico de Recursos 10.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DIAS HABILES presenten y acredite la subsanación, directamente en el Negociado de Contratación del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección. 10.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones económicas que tendrá lugar a las 12,00 horas del día citado en punto expositivo 10.1 11. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACION PROVISIONAL 11.1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente atendiendo al precio, y elevará al órgano de contratación, que adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presenta la que resulte económicamente más ventajosa. 11.2 La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada, dentro de la semana siguiente a la apertura de las ofertas, y se notificará a los licitadores, publicándose en la página Web del ayuntamiento de San Pedro del Pinatar, siendo el plazo para su remisión de CINCO DIAS HABILES. La notificación a los participantes en la licitación se realizará mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, de conformidad con el art 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero. 12. GARANTIA DEFINITIVA Y DOCUMENTACION JUSTIFICATI VA.

12.1 La garantía definitiva se habrá de constituir por el adjudicatario dentro del plazo de los QUINCE DIAS HABILES desde el siguiente a aquel en que se publique la adjudicación provisional, y se fija en la cantidad equivalente al 5 por ciento del importe de la adjudicación, exclui do el I.V.A.

La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas

previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación.

12.2 Así mismo, en el plazo indicado en el apartado anterior el

adjudicatario deberá apartar la siguiente documentación:

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• Certificación justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

• Certificación justificante de hallarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social

• Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre

• Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo.

13. ADJUDICACION DEFINITIVA DEL CONTRATO Y NOTIFICACIONES

13.1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley de Contratos del Sector Público, la adjudicación provisional se elevará a definitiva dentro de los DIEZ DIAS HABILES siguientes a aquel en que espire el plazo señalado en la cláusula 11, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación que se relaciona en la cláusula 12 y constituido la garantía definitiva.

13.2 Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador

que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, se efectuará una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuere posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a este un plazo de DIEZ DIAS HABILES para cumplimentar lo señalado en la cláusula 12.

13.3 A tenor de lo previsto en el art. 137 de la Ley 30/2007, la

adjudicación del contrato, una vez acordada por el Órgano de Contratación será notificada a los participantes en la licitación y publicada en el portal del Ayuntamiento conforme a lo establecido en el art. 138 de la mencionada Ley.

14. FORMALIZACION DEL CONTRATO.

El contrato derivado de la adjudicación de las obras objeto del presente pliego de condiciones se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de DIEZ DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva. Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración Municipal podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional conforme a lo previsto en el art. 195 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

15. EJECUCION Y MODIFICACION DEL CONTRATO. 15.1 Plazo de ejecución El plazo total para la ejecución del proyecto a que hace referencia el presente Pliego será de DOS MESES.

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15.2 Plan de Seguridad y Salud El contratista elaborará el Plan de Seguridad y Salud que desarrolle el Estudio de Seguridad y Salud contenido en el proyecto, y lo presentará ante el Director de las obras junto con la propuesta renombramiento de coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, en el plazo máximo de CINCO DIAS HABILES, desde la fecha de formalización del contrato. 15.3 Comprobación del replanteo. La ejecución del contrato de obras comenzará con el ACTA DE COMPROBACION DEL REPLANTEO. A tales efectos, dentro del plazo no superior a CINCO DIAS desde la fecha de formalización del contrato, la Dirección Técnica Municipal encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose Acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar al Negociado de Contratación del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar. La comprobación del replanteo se sujetará a lo establecido en el art. 212 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y los arts. 139 y 140 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 15.4 Certificaciones de obra Se expedirá una única certificación al finalizar la obra por el Técnico Municipal, a la que se acompañara la factura expedida por el adjudicatario . 15.5 Modificación del contrato. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a cusas imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en los arts. 202 y 217 de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público 16. RECEPCION DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTIA Una vez finalizadas las obras, si se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el Técnico Director de las mismas las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando el plazo de garantía, que se fija en UN AÑO y de conformidad con lo establecido en el art. 218 de la Ley 30/2007. Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación del aval, previo informe favorable del Técnico Director de las obras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90 de la mencionada Ley. Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos en la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años desde la recepción.

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17. EJECUCION DEFECTUOSA Y DEMORA. Sin perjuicio de la resolución o rescisión del contrato por incumplimiento de las obligaciones que procedan por los daños y perjuicios causados, la Administración a propuesta del Director de las obras, podrá imponer a la contrata, previa la tramitación del correspondiente expediente contradictorio, multas con arreglo a lo previsto en el art. 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En particular, en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario del contrato, será de aplicación el siguiente régimen de faltas y sanciones:

a) Por el incumplimiento de los plazos totales fijados en el proyecto, se impondrá una sanción porcentual sobre el importe total del proyecto, en función de los días naturales de retraso imputable al contratista, según se indica a continuación:

- De 1 a 5 días de retraso, el 0,25% - De 6 a 10 días de retraso, el 0,5% - De 11 a 15 días de retraso, el 0,75% - De 16 a 20 días de retraso, el 1% - Más de 20 días de retraso, el 2% b) Por el incumplimiento de los plazos totales propuestos por los propios

licitadores en su oferta, se impondrá una sanción porcentual sobre el importe total del proyecto, en función de los días naturales de retraso imputable al contratista, según se indica a continuación:

- De 1 a 5 días de retraso, el 0,5% - De 6 a 10 días de retraso, el 1% - De 11 a 15 días de retraso, el 2% c) Por los daños causados en los inmuebles, equipamientos o materiales

del centro escolar por negligencia del contratista en la ejecución del proyecto se impondrá una sanción del 10% del valor de los daños causados.

Todo ello con independencia de la obligación de reponer o reparar los elementos o unidades dañadas, o efectuar compensación económica por el 100% del importe de los desperfectos producidos. 18. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato según establece la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enumeradas en los arts. 206 y 220 de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 222. 19. CESION DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO. 19.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 209 de la Ley 30/2007. de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

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19.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los arts. 210 y 211 de la mencionada Ley. 20. CONFIDENCIALIDAD De conformidad con lo establecido en el art. 124 de la Ley 30/2007, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conocimiento de la información. 21. GASTOS El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato. 22. INCIDENCIAS Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del contrato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra cusa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia al contratista, que será resuelto por la Junta de Gobierno Local 23. INTERPRETACION El contrato dimanante de la presente licitación es por su objeto fundamental y esencialmente administrativo y sus términos serán interpretados por la Corporación, la cual asimismo, resolverá las dudas que ofrezca su cumplimiento, siendo los acuerdos de la misma inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del derecho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 194 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público. 24.- FUERO Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse, como resultado de la contratación objeto del presente Pliego, serán resueltas por los Tribunales competentes con jurisdicción en el municipio de San Pedro del Pinatar. 25. TRIBUNALES COMPETENTES La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.

En San Pedro del Pinatar, a 12 de junio de 2008.

EL TECNICO DE RECURSOS,

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Vº Bº EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACION Examinado el presente Pliego, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación. San Pedro del Pinatar, 12 de Junio de 2.008 EL SECRETARIO,