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MEDIO AMBIENTE MARZO 2016

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Principales novedades legislativas

Legislación 1. Unión Europea 2. Estado 3. Comunidades autónomas

ÍNDICE

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1. Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía

El presente Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, vigente desde el 14 de febrero de 2016, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía (en adelante, RD 56/2016), tiene por objeto el establecimiento de un marco normativo que desarrolle e impulse actuaciones dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de una organización, a la promoción del ahorro energético y a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, que permitan contribuir a los objetivos de la Unión Europea en materia de eficiencia energética. Asimismo, de conformidad con su ámbito de aplicación, la presente norma será de aplicación a las grandes empresas en los términos indicados en su artículo 2.En relación con las principales novedades que la citada norma recoge, cabe citar, entre otras, las siguientes: • Las empresas obligadas se someterán a una

auditoría energética cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior, que cubra, al menos, el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos gestionan en el desarrollo de su actividad económica, siguiendo las directrices recogidas en el artículo 3 del RD 56/2016. Del mismo modo, una vez que el RD 56/2016 esté en vigor, aquellas empresas que, durante al menos dos ejercicios consecutivos cumplan con la condición de gran empresa , deberán someterse a la primera auditoría energética en el plazo de

nueve meses, siempre que no la hayan realizado previamente en un plazo inferior a cuatro años.

• La forma de cumplir con dicha obligación es mediante una de las siguientes alternativas: (i) realizar la auditoría energética mencionada, cumpliendo las directrices mínimas indicadas en el presente RD 56/2012; o bien, (ii) aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, cer tificado por un organismo independiente, siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas establecidas.

• Se aplicará un sistema de inspección por el órgano competente autonómico que tendrá como finalidad verificar si se ha realizado la auditoría energética y comprobar si ésta cumple con todos los requisitos exigibles.

• Se registrará en el Registro Administrativo de Auditorías Energéticas la información comunicada por las grandes empresas al órgano competente de la Comunidad Autónoma, mediante el modelo del anexo I del Real Decreto, en un plazo máximo de 3 meses desde que la citada auditoría fue realizada.

2. Orden de 1 de febrero de 2016, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de las autorizaciones ambientales integradas otorgadas a instalaciones comprendidas en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2016-2017

La presente Orden, que se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el pasado 16 de febrero de 2016, desarrolla las previsiones de inspección medioambiental de las instalaciones incluidas en el ar tículo 29 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación (en adelante, Ley 16/2002), así como en el ar tículo

01PRINCIPALES NOVEDADESLEGISLATIVAS

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23 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.A este respecto, la presente Orden aprueba el Plan de Inspección Ambiental para el periodo 2016-2017 de las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) otorgadas al amparo de la Ley 16/2002, en la Comunidad Autónoma de Canarias.Finalmente, el Plan de Inspección Ambiental se añade, como anexo a la presente Orden, con el siguiente contenido: (i) antecedentes, (ii) normativa aplicable; (iii) objetivos, y, finalmente, (iv) el contenido del propio Plan de Inspección Ambiental.

3. Decreto 197/2016, de 23 de febrero, sobre la comunicación previa en materia de residuos y sobre los registros generales de personas productoras y gestoras de residuos de Cataluña

El presente Decreto, que entró en vigor el 26 de febrero de 2016, tiene por objeto: (i) la comunicación

previa al inicio de la actividad de producción, de transpor te y de agente o negociante de residuos, prevista en el ar tículo 24.1.a) del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2009, de 21 de julio, y la prevista en el ar tículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de abril, de residuos y suelos contaminados; y (ii) los Registros generales de personas productoras y gestoras de residuos adscritos a la Agencia de Residuos de Cataluña, regular el funcionamiento de los registros de la Agencia de Residuos de Cataluña y, en concreto, del Registro general de personas productoras de residuos de dicha Comunidad, con el fin de alcanzar el objetivo común de simplificación administrativa.En concreto, este Decreto queda estructurado de la siguiente forma:

• Capítulo I: “Disposiciones generales”, que incluye, entre otras cuestiones, el objeto de este Decreto, así como la naturaleza de los registros y los efectos de la inscripción en los mismos.

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• Capítulo II: “Comunicaciones previas”, que regula, entre otras cuestiones, las actividades para las que es obligatorio la presentación de una comunicación previa y contempla los aspectos relativos a su formalización.

• Capítulo III: “Registro general de personas productoras de residuos en Cataluña”, que, en sentido análogo al anterior, prevé todos los aspectos relacionados con este registro (los supuestos en los que procede la inscripción, el procedimiento, el contenido de la inscripción, modificación de los datos y las causas de baja).

• Capítulo IV: “Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña”, que contiene las previsiones generales o las regulaciones para la inscripción de los gestores, los transportistas y agentes o negociantes de residuos.

Finalmente, debe tenerse en cuenta que el Decreto consta de un Anexo, que recoge el “Fichero de inscripción en el Registro general de personas productoras de residuos de Cataluña y en el Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña”.

1. Unión Europea

Emisiones

Decisión de Ejecución (UE) 2016/265, de 25 de febrero de 2016, de la Comisión, relativa a la aprobación del motogenerador MELCO como tecnología innovadora para la reducción de las emisiones de CO2 de los turismos de conformidad con el Reglamento (CE) nº 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (DOUE de 26 de febrero de 2016).

Límites máximos

Reglamento (UE) 2016/156, de 18 de enero de 2016, de la Comisión, por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos

de residuos de boscalida, clotianidina, tiametoxam, folpet y tolclofós-metilo en determinados productos (DOUE de 6 de febrero de 2016).

Productos energéticos

Reglamento Delegado (UE) 2016/172, de 24 de noviembre de 2015, de la Comisión, por el que se complementa el Reglamento (CE) nº 691/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la especificación de los productos energéticos (DOUE de 10 de febrero de 2016).

Sustancias activas

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/183, de 11 de febrero de 2016, de la Comisión, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 686/2012 por el que se asigna a los Estados miembros, a efectos del procedimiento de renovación, la evaluación de sustancias activas cuya aprobación expira como muy tarde el 31 de diciembre de 2018 (DOUE de 12 de febrero de 2016).

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 1141/2010, de 7 de diciembre de 2010, de la Comisión, por el que se establece el procedimiento para renovar la inclusión de un segundo grupo de sustancias activas en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y la lista de dichas sustancias (DOUE de 26 de febrero de 2016).

2. Estado

Datos de carácter personal

Orden AAA/212/2016, de 12 de febrero de 2016, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden AAA/1463/2012, de 26 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por la Confederación Hidrográfica del Júcar (BOE de 23 de febrero de 2016).

Eficiencia energética

Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero de 2016, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a

LEGISLACIÓN02

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auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía (BOE de 13 de febrero de 2016).

Trasvases

Orden AAA/145/2016, de 9 de febrero de 2016, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se autoriza un trasvase de 10 hm³ desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, para el mes de febrero de 2016 (BOE de 12 de febrero de 2016).

3. Comunidades Autónomas

3.1 Comunidad Autónoma de Andalucía

Canon de mejora aguasOrden de 14 de diciembre de 2015, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establece un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Chipiona (Cádiz). (PP. 3176/2015) (BOJA de 5 de febrero de 2016).

Estrategia ambientalAcuerdo de 23 de febrero de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza para la eficiencia ambiental de las actividades pesqueras, Puertos Sostenibles 2016-2020 (BOJA de 26 de febrero de 2016).

3.2 Comunidad Autónoma de Aragón

Incendios forestales

Orden DRS/103/2016, de 18 de febrero de 2016, del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, por la que se prorroga transitoriamente la Orden de 20 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio

Ambiente, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2015/2016 (BOA de 25 de febrero de 2016).

3.3 Comunidad Autónoma de Canarias

Inspección ambiental

Orden de 1 de febrero de 2016, de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad de Canarias, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de las autorizaciones ambientales integradas otorgadas a instalaciones comprendidas en el ámbito de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en la Comunidad Autónoma de Canarias para el periodo 2016-2017 (BOC de 16 de febrero de 2016).

3.4 Comunidad Autónoma de Cantabria

Recursos naturalesOrden MED/6/2016, de 5 de febrero de 2016, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se acuerda la iniciación del proceso de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Monte Hijedo y Bigüenzo (BOC de 17 de febrero de 2016).

Helicicultura ecológica

Orden MED/8/2016, de 17 de febrero de 2016, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las normas de producción específicas aplicables a las explotaciones de helicicultura

ecológica en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC de 29 de febrero de 2016).

3.5 Comunidad Autónoma de Cataluña

Residuos

Decreto 197/2016, de 23 de febrero de 2016, del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, sobre la comunicación previa en materia de residuos y sobre los registros

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generales de personas productoras y gestoras de residuos de Cataluña (DOGC de 25 de febrero de 2016).

3.6 Comunidad Autónoma de Extremadura

Red Natura

Corrección de errores del Decreto 110/2015, de 19 de mayo de 2015, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura (DOE de 22 de febrero de 2016).

3.7 Comunidad Autónoma de Galicia

Paisajes

Orden de 4 de febrero de 2016, de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se somete a información pública el Catálogo de los paisajes de Galicia (DOG de 12 de febrero de 2016).

Plan Hidrológico

Orden de 29 de enero de 2016, de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se dispone la publicación de la normativa del Plan hidrológico de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa, aprobado por el Real decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las cuencas mediterráneas andaluzas, del Guadalete-Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras (DOG de 18 de febrero de 2016).

Más información:

Alfredo Fernández RancañoSocio responsable del departamento Administrativo, Urbanismo y Medio [email protected] +34 91 514 52 00

Luis González GarcíaCounsel del departamento de Administrativo, Urbanismo y Medio [email protected] +34 91 514 52 00

3.8 Comunidad Autónoma de País Vasco

Zonas de especial protección y conservación

Decreto 10/2016, de 26 de enero de 2016, del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, por el que se designa Sierras meridionales de Álava (ES2110018) Zona Especial de Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) con sus medidas de conservación (BOPV de 18 de febrero de 2016).

3.9 Comunidad Valenciana

Confederaciones hidrográficas

Decreto 14/2016, de 19 de febrero de 2016, del Consell, por el que se determina la participación de la Generalitat en los órganos de gobierno y administración de las confederaciones hidrográficas del Júcar, Segura y Ebro (DOCV de 22 de febrero de 2016).

Parajes naturales

Decreto 15/2016, de 19 de febrero de 2016, del Consell, de regulación de los parajes naturales municipales de la Comunitat Valenciana (DOCV de 22 de febrero de 2016).

Decreto 16/2016, de 19 de febrero de 2016, del Consell, por el que se declara paraje natural municipal el enclave denominado Serra del Puig, en el término municipal de Vinaròs (DOCV de 23 de febrero de 2016).

Decreto 19/2016, de 19 de febrero de 2016, del Consell, por el que se declara Paraje Natural Municipal el enclave denominado Matamón, en el término municipal de Catadau (DOCV de 24 de febrero de 2016).

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