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Medicina Legal Alumna: Yohanna Flores Santos CI: 18.735.282 Materia: Medicina Legal Docente: Dulce Mar Montero Enero, 2017

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Page 1: medicina legal

Medicina Legal

Alumna: Yohanna Flores Santos CI: 18.735.282

Materia: Medicina Legal Docente: Dulce Mar Montero Enero, 2017

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Armas Blancas

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Suelen estar constituidas por una lamina, comúnmente metálica con filo en uno de los bordes y la cual puede

terminar en un extremo agudo. En otros casos constituyen un extremo

puntiagudo.

Son los instrumentos lesivos manejados

manualmente que atacan la superficie corporal por

un filo, una punta o ambos a la vez.

Estas armas pueden ser cuchillo, machete,

espada, puñal, tijeras, látigo, navaja, lanza.

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Heridas Producidas Por Arma Blanca

Heridas por instrumentos punzantes.

Heridas por instrumentos cortantes

Heridas por instrumentos corto

punzantes

Heridas por instrumentos cortantes

y contundentes

Son instrumentos de forma alargada, de un diámetro variable, pero nunca muy

considerable, de sección circular o elíptica, que terminan en una punta más o menos

aguda.

Se definen por la existencia de una hoja

de poso espesor y sección triangular que

obra sólo por el filo

Está constituida por una lámina más o menos estrecha terminada en punta y recorrida por una,

dos o más aristas afiladas y cortantes Según el número de estas aristas, los instrumentos se

llaman monocortantes, bicortantes o pluricortantes.

Aquellos instrumentos provistos de una hoja afilada, pero que poseen un peso considerable, por lo que a su efecto cortante se añade el propio de una gran

fuerza viva.

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Clasificación

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Contusas

Son elementos sólidos de cualquier forma que golpea sobre la humanidad del individuo

produciendo una herida que deja las características del elemento o arma causante de la

lesión.

Causadas por armas naturales del hombre y por objetos diferentes.

Contundentes

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Heridas Incisas Y

Por Deslizamiento

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Son heridas superficiales y paralelas, producidas comúnmente por instrumentos cortantes. Se hallan frecuentemente en la cara anterior de las

muñecas, en el pliegue del codo, en la cara interna de los tobillos o en una de las caras anterolaterales del cuello.

Heridas De Vacilación

Heridas pequeñas, paralelas, horizontales, múltiples, sobre el cuello o pliegues de flexión causadas por deslizamiento de un borde cortante.

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Heridas De Defensa Son heridas que suelen encontrarse en el pliegue de la mano entre los dedos pulgares e índice, en la palma de la mano o dorso de la mano, o en el borde

cubital de los antebrazos. Indican reacciones defensivas en victimas de homicidio o intento homicida por arma blanca.

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Heridas De Eventracion Es una herida por instrumento punzocortante en la pared abdominal. Se realiza

en dos tiempos: el primero para seccionar la pared y el segundo asas intestinales y sus elementos vasculares.

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Deguello

Son heridas en la parte anterior del cuello que interesan los elementos vasculares situados a cada uno de sus lados, y en ocasiones, incluyen también la tráquea.

Pueden ser suicidas u homicidas.

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Heridas Pasionales Pueden verse en el rostro, en las mamas y en los genitales externos. Representan el

final de un psciotrauma y tienen una finalidad dolorosa.

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Punzantes

Son Las Heridas Causadas Por Un Elemento Metálico, Puntudo. Resultan Letales Por Compromiso De Órganos Internos Y Suelen Causar Hemorragia Interna.

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Descuartizamiento PostmortemPuede ser utilizado para deshacerse de un cuerpo ya muerto, disponiendo

con mayor facilidad de las partes.

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OverkillCuando se observa gran cantidad de lesiones, en número mucho mayor

que el necesario para causar la muerte.

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Descripción De Las Heridas Por Arma Blanca

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Herida X cm (incisa, penetrante, de bordes lineales o equimóticos, en pececito, redondeada. Describir

la ubicación del extremo agudo si es reconocible o del borde romo) en (región) , a X cm del vértice y X cm de la línea media anterior o posterior.

Profundidad. Aproximadamente X cm.

Sólo se describe aproximadamente, ya que la profundidad varía según la elasticidad de los tejidos y la fuerza con que se ha manejado

el arma

Lesiones Descritas en orden topográfico, precisando los elementos anatómicos lesionados dentro de

cada órgano.

Trayectoria anatómica. En tres planos:

Sagital – Coronal – Transverso.

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Heridas Causadas Por

Proyectil

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Las heridas por arma de fuego se caracterizan por las lesiones que ocasiona el proyectil a su paso a

través de los tejidos del cuerpo humano. Las lesiones varían según la distancia del disparo y

según la zona del cuerpo donde penetra el proyectil.

Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su paso a través de los

tejidos del cuerpo humano.

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Elementos Indicadores

Cono de Dispersión Es la separación en abanico del conjunto de municiones o perdigones que originalmente salen juntos proyectando un cono

cuya base va en aumento progresivamente en razón directa a la distancia del disparo.

Anillo de EnjugamientoConocido como zona de Fisch, es un anillo que se produce por la limpieza que hace la piel del polvo, lubricantes y

residuos que trae el proyectil

QuemaduraEs el chamuscamiento de la piel el cual se destaca como una mancha ocre o amarillo negruzco que caracteriza el

orificio de entrada.

El TatuajeFormado por una zona concéntrica de los granos de pólvora no quemados que se incrustan en la piel.

Haz Cubriendo el tatuaje, aparece el ahumamiento producido por el negro humo del disparo.

Anillo de ContusiónTambién conocida como zona de Thoinot, collar de apergaminado de Lacassagne o anillo collarete

erosivo de Vibert, es una zona de contusión equimótico excoriada que se debe a la distensión y contusión que presenta la piel por efecto del proyectil.

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Signo de BonnetSe manifiesta cuando el disparo es a contacto, pero no sobre la piel, sino sobre las prendas de la víctima y es el calcado de

los tejidos de la ropa sobre la piel, por acción del humo que despide el arma al ser accionada

Orificios De Entrada

Signo de Puppe Es la impresión de la boca de fuego en la piel, producida por la acción termomecánica del arma al momento de

efectuarse el disparo sobre superficies blandas (abdomen, muslos,etc.)

Signo de Wolffman Al igual que el anterior, se manifiesta cuando el disparo se hace sobre superficies duras, el orificio es irregular a

manera de estrella, por lo que también se le conoce como boca de mina.

Signo de Benassi Es cuando el disparo se ha hecho sobre superficies duras y consiste en el ahumamiento que se

encuentra entre el hueso y la piel

Signo de Neiro Rojas Al producir el disparo al contacto sobre las prendas, el punto por el cual penetra el proyectil se

deshilacha en forma de cruz.

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Orificio de Entrada Es el punto del cuerpo humano en el cual

se produce el impacto del proyectil. Por regla general es pequeño de diámetro, de

bordes netos e invertidos.

Orificio de SalidaComo su nombre lo indica, es el punto por el

cual el proyectil abandona el cuerpo

Trayectoria.Es el recorrido que hace la bala desde

el cañón del arma hasta el blanco o cuerpo, describiendo una curva

parabólica que traza el proyectil bajo la influencia de la fuerza expansiva de los

gases de la pólvora y la fuerza de la gravedad.

Trayecto IntraorgánicoEs el recorrido que hace el proyectil dentro del blanco, es decir cuando

penetra en el cuerpo de la víctima del disparo.

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Determinación De La Distancia De

Disparo

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Disparo A QuemarropaEl orificio de entrada de la bala está

rodeado por un tatuaje denso, ennegrecido y por una cinta de

confusión. En este plano se encuentran los siguientes signos característicos:

Signo de deshilachamiento crucial

Signo de la escarpela de Simonin

Signo de Calcado

Disparo A Boca De Jarro

Es aquel que en el momento del disparo existe un contacto directo de la boca del arma con la piel. En este tipo de disparo se encuentra el signo de "boca de mina" de Hofmann y el signo de

Benassi, el anillo de Fish. En este tipo de disparos pueden realizarse análisis complementarios para mayor confirmación:

Demostración de presencia de carboxihemoglobina en la sangre circundante a la herida, producto de la reacción de la

hemoglobina con el monóxido de carbono de la combustión de la pólvora.

Investigación de azufre que permitirá realizar la distinción de las distintas clases de pólvora.

Investigación de nitratos provenientes de la pólvora no combustionada por medio del método de la difenilamina

sulfúrica.

Investigación de nitritos provenientes de la pólvora semicombustionada por medio del ensayo de Peter-Griess.

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Disparo A Corta Distancia

en este tipo de disparo encontramos alrededor del orificio de entrada los

componentes del tatuaje(partículas de pólvora semiquemada o no quemada que

se incrustan en la piel).

Disparo a larga distancia

Se presenta la ausencia de elementos constitutivos del tatuaje.

Signo de "boca de mina" de Hofmman

Signo de Benassi

Anillo de Fish

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Lesiones Térmicas

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Son las lesiones producidas por la acción de las temperaturas, tanto por el frío como por el calor.

El daño y la muerte celular se producen cuando los tejidos son mantenidos a temperaturas inferiores

a 22 grados Cº, pues se presenta colapso circulatorio.

La acción local del frío se denomina heladura y la del

calor quemadura.

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Quemaduras

Quemaduras de primer gradoafectan sólo la capa exterior de

la piel y causan dolor enrojecimiento e inflamación.

Quemaduras de tercer grado (espesor completo)

se extienden hasta tejidos más profundos, produciendo una piel

de coloración blanquecina, oscura o carbonizada que puede estar

entumecida.

Quemaduras de segundo grado (espesor parcial)

afectan tanto la capa externa como la capa subyacente de la

piel, produciendo dolor, enrojecimiento, inflamación y

ampollas.

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Profundidad

Primer Grado • Eritema• Dolor

• Ausencia de Ampollas

Tercer Grado• Oscuras

• Apariencia de Cuero • Piel traslucida o blanca

• No duele • No palidece a la presión.

Segundo Grado• Edema• Ampollas • Exudativa e Hipersensible

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Consideraciones Importantes

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Al administrar los primeros auxilios antes de recibir ayuda médica profesional, se puede ayudar a

disminuir la gravedad de la quemadura.

Los niños menores de 4 años y los adultos de más de 60 años tienen

una mayor probabilidad de complicaciones y muerte a causa

de quemaduras graves.

Antes de administrar los primeros auxilios, evalúe la

extensión de las quemaduras de la persona y trate de

determinar la profundidad de la parte más seria de la

quemadura; luego, trate toda la quemadura como

corresponde.

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Revisión Y Reanimación Del Paciente

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Vía Respiratoria

Se debe tomar en consideración que

Puede• haber edema marcadoManifestaciones clínicas aparecen en 24 horas.• Puede haber necesidad de intubación quirúrgica.

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Respiración Y Ventilación

• Lesión térmica en vía aérea superior

• Inhalación de productos combustibles y vapores tóxicos• Envenenamiento por monóxido

de carbono.

Trae los siguientes síntomas

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Ámbito Legal

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Las armas de fuego son dispositivos de autodefensa que únicamente deben ser utilizados por personas autorizadas y con fines netamente de seguridad y no de violencia.

Un arma es tan sólo un elemento mecánico que debe ser utilizado con la seriedad y los conocimientos mínimos en los aspectos de manejo y seguridad, para hacer de ella un sistema operativo (hombre/arma) que

no genere la posibilidad de un accidente humano.

Actualmente se encuentra en vigencia la Ley de Armas y Explosivos, según Gaceta Oficial Nº 19.900 de fecha 12 de junio de 1939 e igualmente; así como también la Ley para el Desarme promulgada en el año

2002.

Aunque esta no contempla la protección de las personas que entregan las armas ni la confidencialidad del acto, no define las armas de guerra y tampoco presenta un programa político-institucional para su implementación; razones que han llevado a

la Asamblea Nacional a presentar un proyecto que intenta fusionar ambos instrumentos legales.

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Armas de prohibida importación, fabricación, comercio, porte y detención.

• Las escopetas de uno o más cañones rayados para usar balas rasas.• Revólveres y pistolas de toda clase y calibre. A excepción del caso en el que los

organismos competentes, previa presentación de una fianza por parte del interesado, otorgue autorización para importar un arma de fuego, de conformidad con los

reglamentos y las condiciones legales que existan.• Los rifles de cacería de cañón rayado, de largo alcance y bala blindada de calibre 22 o

5 milímetros en adelante.• . Los bastones pistolas, puñales, dagas y estoques.

• Los cartuchos correspondientes a las mencionadas armas de fuego.• Las pólvoras piróxiladas para las cargas de los cartuchos de pistolas, revólveres y rifles

de cañón rayado.• Los cuchillos y machetes que no sean de uso doméstico, industrial o agrícola.

“Artículo 277. El porte, la detentación o el ocultamiento de las armas a que se refiere el artículo anterior se castigará con pena

de tres a cinco años”.

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CAPÍTULO II De Las Lesiones Personales

Código Penal

Artículo 413. El que sin intención de matar, pero si de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con prisión

de tres a doce meses. Artículo 414

. Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, o la pérdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a

seis años. Artículo 415.

Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona ofendida o

producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual queda la dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a

cuatro años. Artículo 416.

Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia medica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para

dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses.

Artículo 417. Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia medica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u

ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días.

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Artículo 418. Cuando el hecho especificado en los artículos precedentes estuviere acompañado de alguna de las

circunstancias indicadas en el artículo 406, o cuando el hecho fuere cometido con armas insidiosas o con cualquiera otra arma propiamente dicha, o por medio de sustancias corrosivas, la pena se

aumentará en la proporción de una sexta a una tercera parte. Si el hecho esta acompañado de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 407, la pena se aumentará con un tercio, sin perjuicio de la

pena del hecho punible concurrente que no pueda considerarse como circunstancia agravante sino como delito separado.

Artículo 419. Cuando en los casos previstos en los artículos que preceden excede el hecho en sus consecuencias al

fin que se propuso el culpable la pena en ellos establecida se disminuirá de una tercera parte a la mitad.

Artículo 420. El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o

industria, o por inobservancia de los reglamentos, ordenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado: 1. Con

arresto de cinco a cuarenta y cinco días o multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.), en los casos especificados en los artículos 413 y 416, no pudiendo

procederse sino a instancia de parte. 2. Con prisión de uno a doce meses o multa de ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) a un mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.), en los casos de los artículos 414 y 415. 3. Con arresto de uno a cinco días o con multa de veinticinco unidades tributarias

(25 U.T.), en los casos del artículo 399, no debiendo procederse entonces sino a instancia de parte.

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El artículo 563 del actual Código Penal, establece en su inciso primero que la tenencia de armas prohibidas será castigada con la pena de prisión de uno a tres años. Sin

embargo en dicho Código no se establece qué armas se consideran prohibidas a los efectos del citado artículo.

Según Jurisprudencia y Doctrina, y en términos generales, el delito de tenencia ilícita de armas se configura como un delito de simple actividad o peligro abstracto,

que no requiere de la producción de un resultado, siendo suficiente esa mera tenencia para la consumación delictiva.

“Según la RAE arma es instrumento, medio o máquina destinados a atacar o a defenderse”