medicina legal

13
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS VICE RECTORADO ACÁDEMICO ESCUELA DE DERECHO Alumna: Mejia. B. Yinorkis. M C.I. 19.063.034 Catedra: Medicina Legal Sección: SAIA/A Barquisimeto, Enero 2015

Upload: yinorkis

Post on 04-Aug-2015

205 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MEDICINA LEGAL

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROFACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

VICE RECTORADO ACÁDEMICOESCUELA DE DERECHO

Alumna: Mejia. B. Yinorkis. MC.I. 19.063.034Catedra: Medicina LegalSección: SAIA/A

Barquisimeto, Enero 2015

Page 2: MEDICINA LEGAL

LESIONES, HERIDAS Y CONTUCIONESClasificación de las lesiones según el agente vulnerante:

Lesión Química Lesión Biológica Lesión Física Lesión Mecánica

Figura 1. Lesión química causada

por exposición a una solución de Hidróxido de

sodio.

Figura 2.

Lesión biológica por Impétigo, una infección

bacteriana en la superficie de la piel.

Figura 3.Lesión física en dedos de

la mano causada por agente físico (electricidad)

Figura 4. Lesión por la aplicación de fuerza mecánica con

arma blanca punzo penetrante

Page 3: MEDICINA LEGAL

LESIONES, HERIDAS Y CONTUCIONES Herida Cortante Herida Punzante Herida Contundente

Figura 1Herida producida por objeto afilado

como latas, vidrios, cuchillos, que pueden seccionar músculos,

tendones y nervios.

Figura 2.Herida producida clavo, la hemorragia escasa y el orificio de entrada es poco

notorio, El peligro de infección es mayor

Figura 3.Herida Producida por piedras, palos, golpes de puño o con objetos duros. estas heridas

se presentan por la resistencia que ofrece el hueso ante el golpe.

MODALIDADES SEGÚN EL TIPO DE ARMA O INSTRUMENTO USADO

Herida por Arma Blanca Herida por Arma de Fuego

Figura 4. Herida de arma blanca en parte

posterior del cuerpo

Figura 5. Herida de proyectil en la cabeza; con

orificio de entrada pequeño, redondeado limpio y el de salida de mayor tamaño.

Page 4: MEDICINA LEGAL

HERIDAS CAUSADAS POR ARMA DE FUEGOElementos Indicadores:

Figura 6. TATUAJE causado por proyectil

zona concéntrica de los granos de pólvora no quemados

que se incrustan en la piel.

Figura 7. QUEMADURA en orificio de entrada

causado por herida de proyectil.

Figura 8. HAZ DE DISPERSIÓN

Cubriendo el tatuaje, aparece el ahumamiento producido por el negro humo del disparo.

Figura 9. ANILLO DE ENJUGAMIENTO/ ZONA

FISCH producido por la limpieza que hace la

piel del polvo,lubricantes y residuos que trae el

proyectil.

Figura 10. ANILLO DE CONTUSIÓN/ ZONA DE

THOINOTel proyectil penetra teniendo una forma

circular y concéntrica.

Page 5: MEDICINA LEGAL

HERIDAS CAUSADAS POR ARMA DE FUEGOSignos Especiales en tejido Óseo:

Figura 11. SIGNO DE PUPPE Impresión de la

boca de fuego en la piel

Figura 12. SIGNO DE BENASSI El disparo se ha hecho sobresuperficies duras y consiste en el ahumamiento que se encuentra entre el hueso y la piel.

Figura 13. SIGNO DE WOLFFMAN se manifiesta cuando el disparo se hace sobre superficies duras, el orificio es irregular a manera de estrella

Figura 14. Disparo sobre las prendas de la víctima

calcado de los tejidos de la ropa sobre la piel, por acción del humo

que despide el arma al ser accionada,

Figura 15. SIGNO DE NEIRO ROJAS punto por el cual penetra el proyectil se deshilacha

en forma de cruz.

Figura 15. ORIFICIO DE ENTRADA Y SALIDA en

cuero cabelludo.

Page 6: MEDICINA LEGAL

LESIONES TERMICAS

Figura 16. Lesión por calor intenso

Figura17.Lesión por fuego directo

Criterios de Gravedad de las QuemadurasSEGÚN SUPERFICIE

CORPORALESPESOR DEL TEJIDO

COMPROMETIDO

Profundidad Extensión

Localización Riesgo de Infección

Edad Compromiso de la función respiratoria

Page 7: MEDICINA LEGAL

Figura 18.Lesión por FULGURACIÓN en brazo, esta marca se encuentra en alrededor de la tercera parte de los individuos que muere como consecuencia de una

fulguración.

Figura 19.Lesión por ELECTROCUCIÓN, cadáver

con signos de carbonización.

MECANISMOS DE LA MUERTE EN ELECTROCUCIÓNLA CORRIENTE ESTÁ EN MILIAMPERIOS (mA)

1 mA (…) Es el límite inferior de percepción. La sensación, si existe, es de un ligero hormigueo. No obstante, la cantidad de corriente aumenta rápidamente en condiciones de humedad. ¡Mucho cuidado!

5 mA (…) Se siente un ligero calambre, no es doloroso pero sí desagradable. No llega a producir contracciones musculares bruscas y podemos librarnos con facilidad.

Entre 6 y 30 mA Se produce un calambrazo doloroso con pérdida del control de los músculos.

Entre 50 y 250 mA Dolor fuerte, parada respiratoria, contracciones musculares severas, si estamos tocando un cable con la mano, los músculos contraerán los dedos involuntariamente y podemos quedar “pegados”. En casos extremos se puede producir la muerte.

Entre 1000 y 4300 mA

Fibrilación ventricular del corazón. Contracción muscular y daño de sistema nervioso. Muerte Muy Probable.

CORRIENTES MÁSALTAS

Paro cardiaco, quemaduras graves y muerte casi segura.

Page 8: MEDICINA LEGAL

HIPOTERMIA LESIONES POR HIPOTERMIA

Figura 20.HIPOTERMIA la temperatura corporal baja a 35ºC.

tras los escalofríos iniciales, las manos se entumecen, los vasos sanguíneos se hielan, en una hora,

las extremidades estarán congeladas y el dolor será atroz.

Figura 21.Ampollas producidas por congelamiento

Figura 22.Lesión de tejidos y

daño vascular importante

MECANISMOS DE LA MUERTE POR HUIPOTERMIA

ETAPAS DE LA HIPOTERMIA

Etapa 1: Tiriteo

Etapa 2: Apatía y disminución de la función muscular.

Etapa 3: Disminución del nivel de respuesta

Etapa 4: Disminución de los signos vitales

Etapa 5: La muerte.

Page 9: MEDICINA LEGAL

TRAUMAS Y AFECCIONES LABORALES

Figura 23.Lesión Funcional en la rodilla

causada durante jornada laboral

Figura 24.Lesión Corporal en espalda

causada durante jornada laboral

Figura 25.Discapacidad Temporal parcial en brazo

causada durante jornada laboral

Figura 26.Discapacidad total permanente

causada durante jornada laboral

Figura 27.Discapacidad Absoluta

Causada por accidente laboral

Figura 28.Gran Discapacidad, ausencia de

Extremidades superiores e inferiores

Page 10: MEDICINA LEGAL

Enfermedad Ocupacional y Accidente LaboralSe entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de salud.

ARTÍCULO 70 LOPCMAT

Enfermedad Ocupacional

 Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. 

Artículo 69LOPCMAT

Accidente de Trabajo

Page 11: MEDICINA LEGAL

Clasificación de las Lesiones según el Código Penal Venezolano

Lesiones Menos Graves

Lesiones Gravísimas

Lesiones Graves

Lesione Leves Lesiones Levísimas

Artículo 413. El que sin intención de matar, pero si de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con prisión de tres a doce meses.

Artículo 414. Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, o la pérdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a seis años.

Artículo 415. Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual queda la dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro años.

Artículo 416. Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia medica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses.

Artículo 417. Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia medica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días,

Page 12: MEDICINA LEGAL

Clasificación de las Lesiones según el Código Penal Venezolano

Lesiones Preterintensionales Lesiones Culposas

Artículo 419. Cuando en los casos previstos en los artículos que preceden excede el hecho en sus consecuencias al fin que se propuso el culpable la pena en ellos establecida se disminuirá de una tercera parte a la mitad.

Artículo 420. El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, ordenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado:1. Con arresto de cinco a cuarenta y cinco días o multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.), en los casos especificados en los artículos 413 y 416, no pudiendo procederse sino a instancia de parte.2. Con prisión de uno a doce meses o multa de ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) a un mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.), en los casos de los artículos 414 y 415.3. Con arresto de uno a cinco días o con multa de veinticinco unidades tributarias (25 U.T.), en los casos del artículo 399, no debiendo procederse entonces sino a instancia de parte.

El Código Penal establece otras consideraciones con respecto a las lesiones:

Page 13: MEDICINA LEGAL

¿CÓMO PODREMOS SABER A QUÉ DISTANCIA SE HIZO EL DISPARO?SEGÚN LA DISTANCIA DEL DISPARO

Disparo de contacto : De 0 a 2 cm

Disparo de próximo contacto: De 2 a 60 cm

Disparo a distancia A más de 60 cm

Figura 29.Disparo de contacto de 0 a 2 cm de distancia con presencia de golpe de mina de Hoffman.

Figura 30.

Figura 31.