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MEDIACIÓN PENITENCIARIA José Castilla María José González Jerez. Octubre 2011

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MEDIACIÓN PENITENCIARIA

 

José Castilla

María José González

Jerez. Octubre 2011

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BLOQUE1

• Ronda con la experiencia de cada uno en prisión y con la mediación (formación y/o práctica en la misma, expectativas)

• Experiencia y recorrido nuestro • Justicia Restaurativa, marco político y filosófico (todo tuyo) • Distintos actores participantes en prisión, rol de cada uno y forma de entender la

cárcel y posiblemente la mediación (Ministerio del Interior, SGIP, Dtor de la prisión, equipos técnicos, funcionarios de vigilancia, los propios internos, sus familias)

• Conflicto en prisión desde su punto de vista y experiencia: influencia a nivel personal, social, etc.

• Mecanismos institucionales y legales para RC en prisión.

BLOQUE2

• Mediación, principios básicos. • Objetivos MP: cuáles nos guían a nosotros y cuáles persiguen ellos (concretos y

generales) • MP: fases • Herramientas para la MP

BLOQUE3

• Trabajo práctico: microsituaciones y/o caso completo a través de role-playing

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Índice

1. Introducción.

2. ¿Quiénes son los principales implicados en el contexto penitenciario? ¿Cuál es su función? ¿Cómo entienden el sistema penitenciario?

3. El conflicto. ¿Cómo se origina, mantiene e intensifica un conflicto? ¿Qué dificultades existen para la gestión de los conflictos? ¿Qué requisitos son imprescindibles para gestionar el conflicto?

4. ¿Qué características tiene el conflicto interpersonal en el ámbito penitenciario? Consecuencias de la adaptación a la vida en prisión. Características de la vida en prisión. 3.3 Características de la prisión como sistema para el diálogo

5. ¿Qué mecanismos institucionales y legales de prevención y solución a los

conflictos interpersonales tiene la administración penitenciaria?

6. ¿Qué métodos se suelen utilizar para la resolución de los conflictos?

7. Dimensión política del Conflicto.

8. ¿Qué es la mediación? ¿Qué ventajas y límites tiene la mediación? ¿Cuál es el mapa conceptual de la mediación?¿Qué valores pedagógicos presenta la mediación? Modelos teóricos. ¿Qué diferencia la mediación penitenciaria de otras mediaciones?

9. ¿Qué objetivos se han conseguido con la mediación en el ámbito penitenciario en las experiencias desarrolladas?. 8.1 Objetivos encaminados al tratamiento penitenciario. 8.2 Objetivos encaminados a la convivencia penitenciaria. 8.3 Objetivos encaminados al beneficio de las personas privadas de libertad.

10. La incorporación de la mediación al ámbito penitenciario. Fases del proceso de

Mediación. 10.1.-Fase de derivación. 10.2.-Fase de acogida e información individual I. 10.3.-Fase de acogida II: aceptación y compromiso. 10.4.- Fase de encuentro dialogado. 10.5.-Fase de seguimiento.

11. Criterios de trabajo.

12. Inicio del proyecto. Aspectos para la reflexión.

13. ANEXO I de técnicas de mediación. Bloque I: elementos y habilidades básicas. Bloque II: afirmaciones. Bloque III: preguntas. Bloque IV: otras técnicas complementarias.

14. ANEXO II. Documentos.

15. ANEXO III: Trabajo práctico. Microsituaciones.

16. Bibliografía.

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1.- Introducción. El conflicto es una realidad latente en todos los países, sociedades e instituciones. Tiene un alcance internacional e interpersonal. En todos aquellos lugares donde conviven personas existen conflictos que pueden generar violencia, enfrentamientos, respuestas institucionales represivas. Ante su presencia, las personas e instituciones desarrollan diversos modos de resolución: evitación, denuncia ante el ámbito judicial o administrativo para que imponga una decisión final, opciones vindicativas -respuesta por medio de la violencia verbal o física-, arbitraje, conciliación o mediación. No obstante, existen personas enfrentadas que no encuentran una vía adecuada para poner fin a sus contiendas de forma que el conflicto quede resuelto favorablemente devolviendo la tranquilidad a sus vidas. Esto suele suceder en buena parte en los conflictos que se originan dentro de los centros penitenciarios. La convivencia en ellos está marcada por la concurrencia de una inevitable violencia institucional e interpersonal, tanto entre internos, como de éstos con quienes les custodian. Las reyertas y atentados contra la convivencia producidas en un espacio vital tan reducido, son prueba de ello. La resolución de los conflictos se suele llevar a cabo a través de métodos que tienen en común la utilización de la violencia; en último extremo, cuando son detectadas, encuentran casi como única respuesta institucional la aplicación del régimen disciplinario a través de un sistema reglado de instrucción, enjuiciamiento y, finalmente, de sanción. Ésta forma de afrontar los problemas es necesaria, pero genera consecuencias, con cierta frecuencia, nada favorables para una resolución eficaz del conflicto: privación o limitación de derechos, aislamiento, regresiones a primer grado, traslados, restricción o suspensión de los permisos o del acceso al régimen abierto. Se trata de soluciones institucionales que neutralizan temporalmente el conflicto, pero que mantienen e intensifican las causas que dieron lugar al mismo: incremento del miedo, de la violencia, de la rabia por las posibles “ganancias” del otro, la consiguiente tensión por la posible pérdida de los permisos o la eventual regresión en grado. Esta violencia, en último extremo, puede, eventualmente, descargarse contra otro interno, contra la institución o funcionarios que trabajen en ella. Para ello, y sin minusvalorar la importancia de los mecanismos institucionales existentes que tienden a conseguir el orden, la convivencia ordenada y la protección de la vida e integridad física de las personas, se hace necesario explorar otros métodos de resolución de conflictos que complementen a los ya existentes. Entre los posibles, existe uno que está adquiriendo en todos los ámbitos sociales especial protagonismo. Se trata de la mediación entre las personas enfrentadas. Así, en el ámbito escolar, en el civil para la articulación de los convenios reguladores en materia de separación y divorcio, y las actuales tendencias en el ámbito penal entre víctima e infractor que han encontrado acomodo en las legislaciones europeas desde la decisión marco de la Unión Europea1 de 15 de marzo (2001/220/JAI), relativa al estatuto de la

 1 La regulación normativa que fundamenta la posibilidad de la incorporación de la mediación al sistema de justicia penal es: Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (4 de Noviembre de 1950; Recomendación R (83) 7 de 23 de  junio de 1983 del Comité de Ministros del Consejo de Europa; Recomendación R  (85)  II de 28 de  junio de 1985, del Comité de Ministros del Consejo de Europa  sobre  la posición de  la víctima en el marco del Derecho Penal y del procedimiento penal; Recomendación R (87) 21 del 17 de septiembre de 1987, del Comité de Ministros del  Consejo  de  Europa  sobre  la  “asistencia  a  las  víctimas  y  la  prevención  de  la  victimización”;  

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víctima en el proceso penal, en la que se establece que: "Los Estados miembros procurarán impulsar la mediación en las causas penales […]. Velarán para que pueda tomarse en consideración todo acuerdo entre víctima e inculpado que se haya alcanzado con ocasión de la mediación […]. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales necesarias para dar cumplimiento a lo estipulado, a más tardar el 22 de marzo de 2006" (Art. 10 y 17).

La idea de un proyecto de mediación penitenciaria surge en 2005, tras una serie de reflexiones cuyo principal objetivo consistía en la posibilidad de adaptar el proceso de la mediación a un contexto enormemente conflictivo, punitivo y jerarquizado como es la prisión.

La idea nace de un grupo de profesionales que creen en las personas y su poder para responsabilizarse de las decisiones que toman, buscar soluciones que les ayuden a resolver sus conflictos de convivencia de forma activa y hacerse plenamente protagonistas de sus propias historias.

Así, el planteamiento inicial partió de utilizar la mediación como herramienta para devolver a las personas privadas de libertad parte de la percepción de control sobre sus vidas, a través de una forma alternativa de resolver sus conflictos de convivencia, y como fin último, pacificar las relaciones y disminuir parte de la tensión propia del espacio que obligadamente deben compartir.

En marzo del año 2005 se iniciaba en el Centro Penitenciario Madrid III, Valdemoro un programa que continúa en la actualidad y que se extendió a otras cárceles españolas: Málaga, Nanclares de Oca, Zuera, Daroca, Madrid IV.

El modelo de mediación penitenciaria ha ido evolucionando y dando lugar a otros programas paralelos que trabajan en grupo la gestión de los conflictos de convivencia y con objetivos más preventivos. Un ejemplo de estos programas son los desarrollados por la “Asociación ¿hablamos?” en las cárceles de Zaragoza (Zuera y Daroca).

A comienzos del año 2006 se puso en marcha el proyecto de Mediación Penitenciaria en el Centro Penitenciario de Zuera El proyecto de mediación penitenciaria en el Centro Penitenciario de Zuera se basaba en la mediación de personas que habían sido marcadas con una incompatibilidad por el propio Centro, de la misma manera que se hace en el Centro Penitenciario Madrid III, de Valdemoro.

Lo cierto es que en el primer año de experiencia en mediación penitenciaria advertieron que efectivamente las incompatibilidades se retiraban pero que no se ejercía la posibilidad de regresar al módulo de procedencia, principal consecuencia de

 Declaración de  las Naciones Unidas sobre  los principios fundamentales de Justicia para  las Víctimas de delitos y del Abuso de Poder de 1985; Decisión marco del Consejo de la Unión Europea de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal (2001/220/JAI) (Diario Oficial nº L 082 de 22 de marzo de 2001 p. 0001‐0004). 

 

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ser marcado por una incompatibilidad. Igualmente advertíamos que el hecho de estar colgados de la Subdirección de Seguridad evitaba que hubiera un conocimiento por parte de la Subdirección de Tratamiento de los avances de las personas presas por el sólo hecho de participar en mediación. Por eso en la primera memoria de evaluación de la experiencia los mediadores solicitaron que hubiera un refuerzo positivo de las conductas por parte del equipo de tratamiento (educador/a del módulo, trabajador/a social…) para cualquier persona que participara en el proceso de mediación, y no necesariamente porque llegaran a un acuerdo, sino por el simple hecho de haber dado un paso tan importante como haber decidido, en un entorno de tanta violencia, dar un paso voluntario hacia el diálogo con la otra persona con la que ha tenido un conflicto.

En el segundo año de experiencia las propuestas de modificar la dependencia del proyecto hacia la Subdirección de Tratamiento y de que hubiera este refuerzo positivo no fueron atendidas. El trato con la Subdirección de Seguridad seguía siendo excelente, pero se necesitaba algo más, que acercara el programa a la realidad y a los esfuerzos que las personas presas ya estaban haciendo al participar en las mediaciones. Así que los mediadores decidieron asumir ese plus de actividad en lo que al refuerzo positivo de conductas se refiere. Ese segundo año al final del curso reunieron de una sola vez a todas las personas que habían participado en los procesos de mediación de ese año en el Centro Penitenciario, bien con resultado de acuerdo o sin él, la clave era juntar a todos aquellos que al menos habían participado en la fase de encuentro dialogado.

El resultado fue tremendamente positivo: siempre en una clave de pedagogía activa se desarrollaron durante dos días actividades de rol en el que todos asumían un rol diferente (mediador, víctima o infractor) a aquel que habían desempeñado en la realidad con el objeto de vivenciar el esfuerzo del otro. De alguna manera el objetivo era conocer no sólo lo que yo he vivido sino también lo que la otra persona debió vivir desde el otro lado en mi proceso de mediación, aumentando así el valor tanto del proceso como del resultado en el caso de haber logrado un acuerdo.

A lo largo del resto de estos años pocas mejoras ha habido más en el ámbito de la mediación penitenciaria. Esta experiencia del Centro Penitenciario de Zuera nos llevó a reflexionar sobre las oportunidades de la mediación penitenciaria tal y como está establecida, pero también de sus limitaciones. Por eso cuando el Centro Penitenciario de Daroca propuso a la “Asociación ¿Hablamos?” trabajar algo similar en su centro, les hicieron una contraoferta que les permitiera avanzar y superar las limitaciones de la mediación penitenciaria.

Y así surgió el proyecto de Gestión de Convivencia en el Módulo de Respeto del Centro Penitenciario de Daroca, que se desarrolló en el año 2010. Este proyecto parte del modelo integrado de Juan Carlos Torrego para IES de la Comunidad de Madrid. En resumen nuestro proyecto parte de las siguientes premisas: por un lado la consideración del Módulo como una comunidad de vida en la que conviven funcionarios de seguridad, funcionarios de tratamiento, y personas presas. Evidentemente cada una desde su rol. Por otro lado la creencia firme en que como personas que desean una convivencia pacífica y agradable en el módulo, todas las

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personas se comprometen a la cogestión y a la corresponsabilidad en esa convivencia pacífica. En tercer lugar la creencia firme en que todo aquello que es cogenerado por todas las personas de la comunidad tiene un valor colectivo que protege el resultado de los quebrantamientos individuales en nombre de “como esto no es mío, o yo no he participado, lo puedo romper”, es decir evitar por la vía de la construcción colectiva las traiciones individuales, que en el fondo, en este caso, no serían sino traiciones a lo que yo mismo he construido. Y por último en la creencia igualmente firme de que las personas que están en prisión tienen capacidad suficiente para generar buenas prácticas que incluso superen las buenas prácticas de fuera de prisión.

En este sentido y de forma resumida el proyecto consiste en la creación de una carta de derechos y de obligaciones propia del módulo, realizada con dinámicas de participación colectiva de todas las personas de la comunidad, y el establecimiento de un sistema de resolución pacífica de conflictos propio del módulo que parta de instituciones formales como la mediación o las conferencias restaurativas, pero también de las informales (las maneras pacíficas propias que en el día a día ya funcionan en el interior del módulo y que responden a la diversidad de las personas que lo forman). Este proyecto es un proyecto a tres años vista y contempla, como arquitectura metodológica, un proceso de información, de permeabilización de todas las personas implicadas, de formación general a todas las personas de la comunidad (funcionarios y personas presas), de formación específica a los agentes clave del módulo, y de apoyo para la consolidación de las estructuras que se vayan generando como propias en el módulo.

Como resumen de toda la intervención de “¿hablamos?” en la progresión de fórmulas restaurativas el ámbito penitenciario destacaríamos: de mediación penitenciaria pasamos a un refuerzo de conductas positivas, y de ahí a un modelo de gestión de conflictos y de la convivencia propio que no precise de un refuerzo positivo puntual sino que el mismo sistema genere ese refuerzo positivo por su quehacer cotidiano. En el fondo es la consideración de la gestión de conflictos como un proceso educativo, pedagógico, de gestión de valores, y de visibilización de alternativas, válidas tanto para personas presas como para funcionarios. Sí, por encima mismo del valor de la gestión de conflictos, nuestra intervención en prisión es una intervención pedagógica, de creencia firme en las personas adultas para la gestión de sus conflictos, de aprendizaje del valor de las conductas positivas, y de enorme capacidad humana para recorrer un camino individual y colectivo que, más allá del tratamiento pueril de evitación del conflicto (cada uno a un rincón de la pared), permita a las personas descubrir posibilidades escondidas presentes en todos nosotros como son las vías más cooperativas o colaborativas orientadas al aprendizaje mutuo.

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2.- Principales implicados.

¿Cuál es su función? ¿Cómo entienden el sistema penitenciario?

• Ministerio del Interior:

Se rige por criterios generales de búsqueda de seguridad ciudadana y orden. Dirige la política criminal de forma concreta en función del momento político y social, así como de la alarma social que exista en la población en una época determinada. Desde esta institución se desconoce la realidad de los centros penitenciarios, sus problemas y conflictos; se ignoran las cuestiones concretas que afectan a los ciudadanos presos y a los trabajadores. Trabajan claves políticas: p. ejemplo: en épocas de elecciones se ordena la restricción en la concesión de permisos o clasificaciones en régimen abierto que tengan riesgo de quebrantamiento. Ello unido a las campañas de inseguridad que desde los medios de comunicación se suelen iniciar. La cárcel es entendida como un espacio necesario para dar tranquilidad y seguridad a los ciudadanos. Normalmente se suele dar a entender a los ciudadanos que el incremento de las penas y del tiempo de encarcelamiento, disminuye el número de delitos.

• Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (SGIP):

Es la Institución encargada de velar por el cumplimiento de las directrices de política criminal dictadas por el Ministerio del Interior. Normalmente sus trabajadores conocen el medio penitenciario, pues han trabajado previamente en él y suelen buscar este destino como salida profesional más tranquila que el trabajo en las cárceles. Ejercen el control sobre la gestión de los centros penitenciarios a través del director de cada cárcel. El trabajo de gestión/control se desempeña a través de los informes emitidos por las Juntas de Tratamiento y los profesionales de los centros penitenciarios. Se tiene una visión global del sistema penitenciario. Se preocupa de la gestión, pero se despreocupa, salvo situaciones excepcionales, de los problemas concretos y cotidianos de los funcionarios y de los presos; los delega en la dirección del Centro Penitenciario. La SGIP no quiere que se conozcan públicamente situaciones conflictivas porque erosionan el ámbito político del gobierno. Ahora bien, los sindicatos, como saben que es un ámbito sensible políticamente utilizan informaciones reservadas en épocas de negociación de convenios colectivos: muertes, malos tratos, malas condiciones de infraestructura, permisos quebrantados, vinculación ETA terrorismo islámico a través de una fotografía en Puerto I, etc… Desde la percepción de la SGIP las cárceles son estructuras arquitectónicas que salvaguardan la vida y salud de los presos, bien equipadas: gimnasio, piscina, profesionales y con las actividades necesarias para la rehabilitación del ciudadano condenado a la pena de prisión. Viene a ser, en palabras de algunos de ellos como la convivencia en un Colegio Mayor o en un antiguo seminario. Es quien da el visto bueno para la implantación de programas novedosos, como el que nos ocupa.

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• Director:

Es un puesto de libre designación y, por tanto de confianza de la SGIP. Tiene que velar por cumplir las directrices de la SGIP, por que el orden y seguridad existan dentro del Centro Penitenciario y por las convivencia de los dos grandes colectivos de personas: trabajadores penitenciarios –unos 500 en las macrocárceles- y los presos –unos 1500 aprox. en las macrocárceles-. Su tarea es de gestión de los colectivos y de cumplimiento de la legalidad; los problemas concretos de los profesionales y de los internos se conocen pero se delegan en los subdirectores y demás profesionales. Para ellos las cárceles son estructuras arquitectónicas que salvaguardan la vida y salud de los presos, bien equipadas: gimnasio, piscina, profesionales y con las actividades necesarias para la rehabilitación del ciudadano condenado a la pena de prisión. Desde este puesto, las dificultades se incrementan porque se perciben claramente las fisuras del sistema: almacenamiento de seres humanos llenos de problemas, falta de profesionales necesarios para cumplir todas las tareas, dificultades de información y atención al colectivo de funcionarios, dificultad para poder preservar el necesario equilibrio entre la aplicación de la ley y la salvaguarda de la vida e integridad física de las personas.

Recibe órdenes de la SGIP pero es la Junta de Tratamiento la que se encarga de la marcha del programa, con los que se van resolviendo las dificultades que pudieran surgir.

• Funcionarios:

Son los que se encuentran diariamente con las personas y sus conflictos. Tienen que conseguir que se mantenga el orden y la convivencia, para asegurar la vida e integridad física de las personas encarceladas. Normalmente el trabajo se desempeña en los módulos. La interrelación es continua. Suelen ser dos o tres por turnos, para atender a ciento cincuenta presos. Saben de los dramas personales y angustias de las personas encarceladas, pero también sufren sus violencias verbales, y en ocasiones físicas. Dos formas de acercarse: viviendo a los presos como enemigos (“cacos”) o como personas (más adelante se desarrollará). La primera opción lleva al desgaste emocional. La segunda les permite sobrevivir aportando y recibiendo la dignidad que resulta de la escucha y la preocupación por la gente. Lo más frecuente es que sean personas honradas trabajando en un sistema/estructura que no deja espacio para solucionar los problemas. Todo debe resolverse en el patio, y, el principal instrumento de coerción son los partes disciplinarios. Suelen sentir el abandono de los directivos del CP y de la SGIP, por ello se afilian a los sindicatos. Perciben lo más negativo del sistema penitenciario. Pero, cambiando la mirada, podrían considerarse el eje del sistema de rehabilitación y tratamiento.

Los funcionarios resultaron ser en un principio el sector más receloso respecto a la mediación. La tarea con ellos ha sido lenta y del día a día. No siempre era comprendida la labor del mediador, ya que en ocasiones ha sido vista como una amenaza a su propio trabajo y su autoridad (sentían que los partes eran

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cuestionados o que se anulaba su efecto, etc). Actualmente esa desconfianza ha disminuido notablemente.

• Familias:

Perciben la impotencia de la situación en que se encuentra el familiar encarcelado. Supone dolor, enfado y sufrimiento. Llegan a la cárcel desde el desconocimiento de la realidad penitenciaria. Por empatía con el familiar preso perciben el sufrimiento y la impotencia, que luego transmiten. No son capaces de ponerse en otro lugar que no sea el de su familiar. Desde ahí, no se comprende la labor del funcionario. Son críticos y suelen pedir, decir, valorar, denunciar, desde el sufrimiento y la falta de horizonte.

3.- El conflicto.

El conflicto2 es un acontecimiento necesariamente unido al ser humano que piensa, siente, expresa, y que vive en un contexto social con coordenadas históricas, socioculturales y económicas concretas. Frente a percepciones que lo vinculan a la amenaza, el miedo, la crisis o a la pérdida, se hace posible vincularlo a otras que invocan más positividad. El conflicto no es correcto ni erróneo; tan sólo supone la oportunidad para un mayor conocimiento personal y social.

3.1.- ¿Cómo se origina, mantiene e intensifica un conflicto?

- El conflicto se origina:

o Ante la existencia de diferentes intereses sobre una realidad o cosa sobre la que cada parte se quiere atribuir la posesión o propiedad. Se trata conflicto en el que los adversarios persiguen el mismo fin aunque de manera competitiva

o Ante la existencia de diferentes formas de entender una misma situación. o Cuando varias personas tienen distintas metas que chocan entre sí, y en

el proceso por alcanzarla se hace determinante la influencia o el control total de la conducta de otro.

o Ante la presencia de distintas maneras de interpretar una realidad, o de la existencia de diferentes valores.

o Cuando una persona o institución niega la existencia de un derecho de otra sobre un bien que le pertenece.

 2  El  Diccionario  de  la  Real  Academia  de  la  Lengua  define  el  conflicto  como  “lo más  recio  de  un 

combate…  Punto  en  que  aparece  incierto  el  resultado  de  la  pelea…  Antagonismo,  pugna, oposición,  combate  y  angustia  de  ánimo...  Apuro,  situación  desgraciada  y  de  difícil salida…”. 

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o Ante dificultades de comunicación interpersonal en la solicitud de intereses y necesidades propias.

- El conflicto se mantiene siempre que el contexto en el que se desenvuelve la relación facilite que una parte sienta que pierde algo (amenaza) en beneficio exclusivo de otro al que no otorga legitimidad. Exige, por tanto, una interdependencia, voluntaria o forzada, bien por el contexto o por la emoción negativa generada por la situación conflictiva.

- El conflicto se intensifica como consecuencia de una activación emocional caracterizada por la hostilidad y la defensa a ultranza de la posición (cosa, idea, interés, punto de vista). Esta situación dificulta un tratamiento racional del conflicto en el que el pensamiento refuerza las posiciones propias frente a las de la otra parte. Aparecen sentimientos de inseguridad, confusión, incertidumbre, necesidad de defenderse, imposibilidad de empatizar, sobrevaloración personal negando la validez del otro, autojustificación de los errores propios. Se produce, de esta forma, el efecto de polarización, donde se reactivan e incrementan las posiciones a través de conductas verbales y no verbales, normalmente agresivas.

- El conflicto se agudiza ante la interacción de las partes (bien personas o instituciones). Las personas interactúan mediante la dinámica acción-reacción, donde la respuesta de uno sirve de estímulo al otro, reiniciándose el proceso de hostilidad en el que cada persona se reafirma en sus posiciones, generando acciones agresivas y de defensa basados en el enfrentamiento y en los deseos de venganza. Se incrementa, de esta forma, la hostilidad y la violencia interior dificultando una solución pacífica y dialogada al conflicto. Cuanto mayor es la intensidad de la posición personal inicial ante el conflicto, mayor es el incremento de la violencia emocional generada, puesto que la percepción se vuelve selectiva (visión de túnel), imposibilitando apreciar y valorar los aspectos positivos “del otro”. Las reacciones de la otra parte se perciben como consecuencia de su intencionalidad perversa (distorsión atribucional), viendo, sin embargo, como bien intencionadas las acciones propias. Al final, las partes van realizado tal inversión emocional que se les hace muy difícil retroceder y abandonar su posición, “atrincherándose” en ella, olvidando en realidad, el interés perseguido (efecto de polarización). La necesidad de ganar, de derrotar, de salir con el beneficio de la victoria, de reconocer que se encuentran en posesión de la verdad, se convierte en un fin en sí mismo, imposibilitándose la visualización de otras soluciones. No existen unos mínimos de objetividad para que las personas implicadas adopten criterios razonables que posibiliten el abandono de la posición personal en orden a una salida dialogada y pacífica.

3.2.- Dificultades para la gestión del conflicto

- Las partes enfrentadas conocen bien sus propios argumentos y desconocen los de la otra parte. Se tiende a imponer la versión unilateral del conflicto (visión de túnel + polarización). La realidad siempre es compleja y poliédrica, por lo que las partes siempre tienen parte de razón, pero ignoran la del adversario.

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- Normalmente se suele identificar la persona con el conflicto negando los aspectos humanos que configuran a la persona.

- En los procesos de solución se valoran más las pérdidas que las ganancias. Por ello, con independencia del método que se utilice en la gestión del conflicto, las partes tienen que sentir que ganan algo.

- La inundación emocional que se sufre. La intensidad en la emoción no permite a las partes ver más allá de su posición, lo que lleva a la paralización y enquistamiento del conflicto.

3.3.- Requisitos imprescindibles para la gestión efectiva del conflicto

- Voluntad de las personas implicadas (no es suficiente pero sí imprescindible) para su resolución. Con frecuencia, se llega a esta posibilidad después de la desactivación emocional y ante la valoración de lo que puede perder o dejar de ganar. Se trata de reenfocar la atención racional hacia el interés que se persigue.

- Existencia de un proceso dialogado que se desarrolle en un espacio de seguridad en el que las personas implicadas puedan sentirse comprendidas en sus posiciones como requisito previo a que éstas sean abandonadas y, posteriormente, que sean capaces de ceder parte de su interés, para obtener un beneficio final conjunto que les permita sentirse satisfechas. Se trata de comprender que se puede ganar algo frente a la posibilidad de perder todo. Esto permite que el conflicto sea vivido como una oportunidad en vez de una amenaza.

- Habilidades mínimas para la comunicación, basadas en la escucha y la empatía. Estos conceptos se explicarán con detenimiento más adelante.

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4.- Características del conflicto interpersonal en el ámbito penitenciario

4.1.- Consecuencias de la adaptación de las personas a la prisión

Para la consecución de un mínimo de orden en espacios cerrados, hacinados, la cárcel y las personas que se dedican a su organización, fomentan una régimen de vida en el que los reclusos pasan a ser una cifra, una unidad que se mueve en torno a un sistema automático de vida a fin de conformar estrictos esquemas de dominio y disciplina para la consecución de aquellos fines. El énfasis en la seguridad, en evitar la fuga, en el control de la vida del preso en cada momento y, por tanto, en su sumisión, convierte a la prisión, en sí misma anormalizadora en función de su consideración de "ambiente total", en un hábitat que transmite al recluso una gran violencia.

El ingreso en prisión comienza con una interrupción o, como ocurre con frecuencia, con una pérdida de la relación del preso con su medio familiar, social y laboral. Esta ruptura con el mundo exterior va a provocar el comienzo de procesos de distanciamiento y desarraigo. Además, implica el alejamiento de los valores, de las normas de comportamiento y de las leyes del mundo exterior, originándose, así, un sentimiento de desamparo, de vacío normativo y de rechazo social. A partir de este momento las personas reclusas comienzan a sufrir una indeterminable experiencia de convivencia que le conduce, a través de una adaptación anormalizadora a un medio social caracterizado por la omnipresencia de relaciones de dominación, disciplina, obediencia irracional, estancia obligada, sumisión permanente y tensión violenta en las relaciones, a una quiebra del yo y una pérdida definitiva de los roles y status sociales anteriores al ingreso. La adquisición de una nueva identidad, como consecuencia de la alteración de la identidad personal, y, de la forma de ser anterior, viene impulsada por el aislamiento de su entorno social y la imposición de los nuevos marcos de referencia psicológicos y relacionales de la prisión. Ello hace que la cárcel se convierta en un auténtico sistema social donde el preso no puede prever las situaciones, circunstancia, ésta, que motiva el origen de un permanente peligro y de un notable estado de ansiedad.

Las pautas de comportamiento cambian. La actitud permanente de desconfianza ante todos los que le rodean, frente a compañeros, a los funcionarios, e incluso hasta con la propia familia, se hace manifiesta. Esta actitud viene motivada por la necesidad de desarrollar mecanismos de defensa, de autoconservación en un ambiente hostil y agresivo. Esta actitud se generaliza y la desconfianza se convierte a veces en un sentimiento o deseo de venganza hacia categorías abstractas (policía, sociedad), y se dispara hacia las personas más cercanas ante la necesidad de descargar la tensión y angustia acumulada. Al ser la institución penitenciaria una estructura poderosa frente a la cual el recluso se vivencia a sí mismo como débil, se ve obligado a autoafirmarse frente a ese medio hostil para mantener unos niveles mínimos de autoestima. En este contexto, con frecuencia, el preso adopta una actitud violenta y agresiva. Ello origina la intervención de los mecanismos penitenciarios de disciplina que motivan, la pérdida de posibilidades de obtener permisos, regresiones de grado, imposibilidad de acceder a situaciones de

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contacto con el exterior, aislamiento, etc.... Estados o modos de vida que conllevan un agravamiento en la anormalización y en la desestructuración personal.

Por otra parte, el internamiento carcelario origina una deprivación sensorial (vista, oído, olfato) y una alteración de los ritmos vitales anteriores al ingreso. Esta alteración es provocada por la relación de dependencia absoluta a la institución debido a que la reglamentación de todas las actividades vitales (comida, sueño, ocio, relaciones personales) son dirigidas al control de todos los actos a fin de evitar la autonomía del preso y su capacidad de reacción. Esta situación conduce a un proceso de infantilización, de perdida de rol de adulto y crean un sentimiento íntimo de dependencia absoluta que altera su identidad personal y social, su autoimagen y la conciencia de sí mismo. El miedo al aislamiento, que implica un sentimiento profundo de soledad y angustia vital ante la pérdida de puntos habituales de referencia, la tensión permanente, la violación de la intimidad motivada por el hacinamiento físico y psíquico, las humillaciones y amenazas, la monotonía, el tiempo vacío, agravan esta situación.

Al salir de la prisión existen una serie de condiciones objetivas que influyen en el desarraigo social. En este sentido, los graves transtornos psíquicos originados por la cárcel, la dificultad para relacionarse y mantener relaciones empáticas hacia otros seres humanos, sin manipular ni engañar (actitudes necesarias aprendidas en la cárcel) la falta de posibilidades de trabajo, la carencia de habilidades socio-laborales; sin olvidar, la situación familiar y de su entorno social próximo y, en no pocas ocasiones, la necesidad de un tratamiento socio-sanitario ante graves problemas de salud, sobre todo creados por el consumo de drogas, hacen casi imposible la inserción social y la no reincidencia en las conductas delictivas. No le dejan otras posibilidades. La cárcel sumerge a muchos sumergidos; la sociedad o los factores de control se encargaran de ratificarlo. Esta actitud tan poco propicia del Estado y de la sociedad que sólo exige que el delincuente sea castigado echa por tierra toda política preventiva y resocializadora.

4.2.- Características de la vida en prisión

La vida dentro de una cárcel presenta unas características que influyen negativamente en la interrelación personal. El contexto social en el que se enmarcan las relaciones humanas dificulta la adopción de soluciones pacíficas a los conflictos violentos. Estas características son las siguientes:

- Convivencia obligada en un lugar cerrado, dentro de un espacio reducido y hacinado. Por tanto, la pérdida de libertad para ubicarse en un lugar que se considere seguro o para buscar personas de referencia que aporten seguridad, dificulta una posible solución pacífica. Las partes enfrentadas permanecerán conviviendo, en general, en el mismo espacio, salvo en casos de violencia muy grave. Aún en el caso de que una de las partes solicite el aislamiento como autoprotección, o la administración penitenciaria aísle o traslade a una de ellas, las posibilidades de que vuelvan a encontrarse en esa cárcel o en otra, son muy elevadas. También existe la posibilidad de venganza a través de una tercera persona, que puede actuar por lealtad o dinero. Por tanto, como el contexto físico y relacional en el que se genera el conflicto

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no sufre alteración, y las partes continúan expuestas a la repetición reiterada de actos violentos que son consecuencias de la dinámica acción-reacción, el conflicto tiene difícil solución por vías pacíficas y dialogadas. De este hecho se deduce claramente que cada conflicto viene precedido de otros previos sobre los que necesariamente se tiene que trabajar para que cada parte obtenga la satisfacción de su interés.

- Inexistencia de un espacio físico para la intimidad y para la elaboración de procesos de reflexión sobre sentimientos y conductas. Tampoco existen profesionales necesarios para ello, salvo situaciones excepcionales en las que personas pertenecientes a asociaciones de voluntarios puedan desarrollar esta tarea.

- Desconfianza generalizada al poner en conocimiento de la administración penitenciaria la existencia de hechos que generan conflictos interpersonales. Las personas suelen resolver sus diferencias de forma personal y clandestina –en el baño, o en lugares ocultos -. Cuando un conflicto aparece suele encubrir situaciones conflictivas previas no resueltas. Los mecanismos de solución institucionales agudizan el conflicto por dos motivos. Por un lado, la dinámica que se crea con su aplicación no está encaminada al descubrimiento “de la verdad” a través de la sinceridad/honestidad de las partes que posibiliten la solución dialogada de las situaciones conflictivas existentes –sin verdad no hay diálogo y sin él no hay posibilidades de reconocimiento del daño, y sin este reconocimiento no existe reparación ni, posteriormente, perdón-. Por otro lado, al añadir mayor aflictividad con la imposición del castigo, la reacción posterior frente a la parte contraria/denunciante será mayor. Reaparecerá la venganza, pero incrementada.

Por tanto, si el procedimiento disciplinario, como veremos posteriormente, sirve a los intereses de orden y seguridad, las posibles represalias entre las personas enfrentadas, debido a las dinámicas propias del contexto carcelario pueden, posteriormente, ser generadoras de nuevos conflictos. El procedimiento disciplinario es útil, sin duda, como instrumento de referencia sobre las conductas que no están permitidas; además, es necesario para la reafirmación de las conductas pacíficas, para prevenir mediante la disuasión ejercida por la eventual imposición de castigos y la posible pérdida de beneficios penitenciarios. También puede ser útil para que las partes puedan iniciar un proceso de mediación. Como norma general, la mediación tiene que ser voluntaria, pero el hecho de que se inicie un procedimiento por el interés individual de eludir determinadas sanciones, no es obstáculo para que en las fases previas de entrevistas individuales, así como en las posteriores, las personas enfrentadas puedan “caer en la cuenta” de los aspectos positivos de la dinámica mediadora.

4.3.- Características de la prisión como un sistema para el diálogo La vida en prisión está condicionada por tres elementos comunes a todo sistema:

la estructura en la que se convive, las personas que conviven en la estructura, y las relaciones que se generan en esa estructura. El estudio de cada uno de estos

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elementos es imprescindible para poder entender las condiciones del juego de diálogo que queremos establecer en prisión.

4.3.1.- Estructura:

Podemos definir a la cárcel como una institución total, en cuanto:”donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un período apreciable de tiempo, comparten su encierro en una rutina diaria, administrada formalmente”. Este tipo de instituciones totales se caracterizan por las siguientes características:

a) sometimiento inapelable y coercitivo a la autoridad jerárquica; b) separación efectiva del modo o contexto de procedencia; c) las diferentes necesidades están cubiertas, junto con una regulación

pormenorizada de los aspectos de la vida cotidiana; d) se pretende domesticar la personalidad del sujeto; e) se tiende a ir eliminando las distinciones entre ámbito de ocio y de

ocupación.

La prisión por lo tanto como institución total produce en la mayor parte de las ocasiones un proceso de despersonalización y de desocialización

Ruptura con el mundo exterior Procesos de desadaptación social y desidentificación personal Proceso de adaptación al medio carcelario Procesos de desvinculación familiar Intensificación del desarraigo social

4.3.2.- Personas:

Las personas que habitan la prisión pertenecen casi todas a un estrato social caracterizado por la marginación social y la desestructuración familiar y personal. No es extraño que el perfil de las personas presas se repita insistentemente en todas las cárceles del mundo en su mayor o menor medida en función de los grados de desarrollo. Pero en cualquier caso, y para lo que nos interesa de cara a un proceso pedagógico de resolución de conflictos basado en el diálogo, nos encontramos con personas con una escasa formación reglada, baja empleabilidad, con problemas de adicción a drogas, problemas de salud mental, y con una tipología delictiva muy vinculada a la captación de escasos recursos para la supervivencia personal (pequeño tráfico de drogas, delitos contra la propiedad, …).

4.3.3.- Relaciones:

Las relaciones en el entorno de prisión se podrían calificar en un doble sentido:

• Relaciones entre iguales: relaciones entre las personas presas entre sí. Normalmente estas relaciones están basadas en relaciones de poder, fundamentalmente físico o de violencia, estableciendo una jerarquía entre grupos e individuos. La desconfianza, la violencia, y el intercambio suelen

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dominar estas relaciones, pero al mismo tiempo valores como la amistad, la camaradería entre iguales de un grupo suele estar por encima de lo que se vive en libertad.

• Relaciones entre desiguales: relaciones entre funcionarios y personas presas. Estas relaciones están igualmente basadas en criterios de poder expresados en este momento por las normas y reglas que rigen la institución penitenciaria. Sólo en situaciones de abuso aparece la violencia como criterio que sostiene esas relaciones de poder. La desconfianza, las relaciones superficiales y de corrección así como la transgresión de la norma (ruptura de la vigilancia por el vigilado) se convierten en el núcleo de estas relaciones.

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5.- Mecanismos institucionales y legales de prevención y solución de conflictos interpersonales con que cuenta la administración penitenciaria

La legislación penitenciaria para reducir el número de conflictos interpersonales en la cárcel, interviene sancionando las conductas manifestadas (régimen disciplinario) y potenciado la prevención mediante un sistema de obtención de beneficios y de pérdida de los mismos. (Este capítulo está redactado conforme a la legislación española, se trata entonces de contrastar ahora su equiparación con el sistema argentino):

- Aplicación del régimen disciplinario. Está dirigido a garantizar la seguridad y el buen orden regimental y a conseguir una convivencia ordenada, de manera que se estimule el sentido de la responsabilidad y la capacidad de autocontrol dentro del CP (Art. 231 RP 1996). Previene algunas conductas violentas debido a la intimidación que supone el sometimiento a un proceso y la aplicación de una sanción que, además de sus efectos aflictivos, genera una serie de consecuencias negativas colaterales que posteriormente analizaremos (pérdida de permisos, dificultad para progresar de grado). Este método puede reducir algún conflicto, puede hacer que las partes lo oculten, pero al tener su fundamento en una reacción exclusivamente negativa, no genera aprendizajes positivos.

- Exigencia de “buena conducta” como requisito para obtener determinados regímenes de vida El efecto preventivo más importante del sistema se basa en métodos intimidatorios de pérdida de beneficios penitenciarios. Se concretan en la exigencia legal o reglamentaria de tener “buen comportamiento” para obtener determinados beneficios o poder gozar de determinadas situaciones regimentales cercanas o próximas a la libertad:

o Cumplimiento del requisito de “no observar mala conducta” para la obtención y disfrute de permisos (art. 47.2 LOGP).

o La progresión de grado se condiciona a la conducta favorable (art. 65.2 LOGP3).

o La aplicación de la libertad condicional tiene como requisito, entre otros, la buena conducta (Art. 90.3 CP).

- Motivación hacia el buen comportamiento con la concesión de beneficios penitenciarios (Art. 202.2 RP):

o Adelantamiento de la libertad condicional a las 2/3 partes (art. 205 RP y 91 CP)4.

 3 Art. 65.2 LOGP. “La progresión en el tratamiento dependerá de la modificación de aquellos sectores o rasgos  de  la  personalidad directamente  relacionados  con  la  actividad delictiva;  se manifestará  en  la conducta global del interno, …” 

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o Propuesta de un indulto particular (art. 206 RP)5. o La concesión de recompensas (art. 263 RP): concesión de

comunicaciones especiales y extraordinarias, adicionales, becas de estudio, donación de libros y otros instrumentos de participación en las actividades culturales y recreativas del centro penitenciario, prioridad en la participación en salidas programadas para realizar actividades culturales, reducción de sanciones impuestas, premios en metálico, notas meritorias.

o Reducción de los plazos de cancelación de las sanciones con notas meritorias.

o Atribución de destinos o puestos en actividades culturales, deportivas u ocupacionales.

Estos mecanismos preventivos tienen cierta eficacia porque pueden motivar a una persona a eludir determinados conflictos, presentan, no obstante, dos aspectos críticos. Una, la supeditación del tratamiento a la buena conducta. Otra, que no puede prevenir los comportamientos más violentos que sean fruto de la propia dinámica convivencial –ej. conflictos derivados de las normas y valores de la denominada cultura carcelaria: violencia ejercida contra personas que han cometido determinados delitos (contra la libertad sexual), contra quienes han denunciado a la autoridad determinadas conductas -los denominados “chivatos”-; los conflictos que se derivan de las adicciones ej- conflictos que surgen de los consumos de determinadas sustancias prohibidas, y las formas de adquirirlas: -robos, deudas no satisfechas-. Los derivados de interpretaciones sesgadas de la realidad generadas por la hipersugestibilidad que genera el internamiento carcelario –una mirada que se interpreta amenazante, un gesto de desconsideración-.

 4 Art. 205 RP. “Las Juntas de Tratamiento de los Centros penitenciarios, previa emisión de un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, podrán proponer al Juez de Vigilancia Penitenciaria el adelantamiento de  la  libertad  condicional para  los penados  clasificados en  tercer grado,  siempre que hayan extinguido las dos terceras partes de su condena o condenas y siempre que sean merecedores de dicho beneficio por observar buena conducta…” 

5 Art. 206 RP. “ La Junta de Tratamiento, previa propuesta del Equipo Técnico, podrá solicitar del Juez de Vigilancia  Penitenciaria,  la  tramitación  de  un  indulto  particular,  en  la  cuantía  que  aconsejen  las circunstancias, para los penados en los que concurran, de modo continuado durante un tiempo mínimo de dos años y en un grado que se pueda calificar de extraordinario, todas y cada una de  la siguientes circunstancias: a) Buena conducta…”. Resulta significativo que este requisito no se exija por el art. 91.1 del Código Penal que otorga cobertura  legal a este beneficio; de manera que  la buena conducta como requisito al  ser  introducido por el Reglamento y no por  la Ley Orgánica –de mayor  rango‐, podría no exigirse al conceder este beneficio. 

 

 

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6.- Métodos de resolución de conflictos

El conflicto, en cuanto acontecimiento natural en las relaciones personales e institucionales, necesita para su superación, ser gestionado. Existe una variada literatura que analiza y explica los diferentes métodos en los que las personas e instituciones nos basamos para la resolución de los conflictos. Desde una perspectiva básica y esquemática, los diferentes medios6 de abordaje de estas situaciones, en relación con el contexto penitenciario, son los siguientes:

- Evitación del conflicto. Este método requiere que al menos una de las partes no quede vinculada emocionalmente de forma negativa y pueda desapegarse de la contienda. Exige, además de ciertas cualidades personales de madurez, equilibrio, capacidad de escucha, tolerancia y comprensión, que la pérdida o frustración de expectativas que la acción u omisión causante del conflicto, no sean de tal entidad que impida el desapego emocional reseñado.

En los centros penitenciarios este método es de escasa utilización porque las personas enfrentadas continúan, salvo intervención de la administración, conviviendo en el mismo espacio, incluso en la misma celda. La evitación es tan difícil en este contexto que, incluso aún separados físicamente por traslado de módulo o de prisión, nada impide que se vuelvan a encontrar con el paso de los años en otra prisión o en una conducción, o que en último extremo, un tercero sirva de instrumento por amistad o por recompensa, para “saldar la deuda” violentamente.

Esta realidad descrita obliga a tener presente la necesidad de que la gestión del conflicto se aborde desde el primer momento, y si puede ser de forma dialogada a través de la mediación, las posibilidades de pacificación serán mayores, pues se posibilitará que ninguna de las partes se quede con la sensación de pérdida, al menos, al haber podido escuchar a la otra parte, en un espacio de seguridad, tal y como detallaremos en los apartados siguientes.

- Ejercicio de la violencia. Es la respuesta emocional más frecuente ante una agresión o ante la pérdida injustificada o incomprendida de derechos, objetos o privilegios. Este es uno de los métodos más empleados en el contexto penitenciario.

 6 Otras formas de resolución que la ONU establece son:  

- Derivación: ofrecimiento a  las personas de  información sobre  los  recursos existentes, propios o externos. En prisión si una de las partes en conflicto ve que tiene un problema de drogadicción o de otro tipo, y lo identifica como causa conflictual puede pedir información a algún miembro del equipo de tratamiento de cómo tratarlo. Cuestión distinta es si existen los medios para ello, y de existir en qué medida sirven para satisfacer las necesidades. 

- Asesoría:  ofrecimiento  de  información  sobre  derechos  y  responsabilidades  para  evitar  que  las partes  se  creen  falsas expectativas acerca de eventuales  soluciones del problema en positivo o negativo. Esto puede permitir a las personas cambiar de perspectiva. 

- Entrenamiento: cuando dos personas se apoyan mutuamente, pero también de forma grupal en talleres, sesiones de discusión, habilidades de escucha. 

- Facilitación: Un tercero ayuda a restablecer la comunicación entre las partes.  

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La vida en la cárcel está marcada por la violencia, bien institucional –funcionario/preso, normativa reglamentaria/preso, bien interpersonal –preso/preso-. Esta violencia puede ser física, verbal o emocional. Suele mostrarse con mecanismo de defensa ante la hostilidad del sistema penitenciario. Las posibilidades del diálogo en las relaciones interpersonales son nulas debido a la desconfianza que se genera, o ante la necesidad de supervivencia física y emocional. La empatía, la capacidad de escucha y la comprensión del otro se ven mermadas por la exigencia continua que tienen las personas de mantenerse alerta ante cualquier peligro, ante cualquier eventual pérdida privilegios/derechos –ej. permisos-, o ante la necesidad de llegar a alcanzar unos niveles mínimos de bienestar que permitan tener una existencia más tranquila, o alcanzar las situaciones legales que les posibiliten conseguir cualquier régimen de semilibertad. Esta situación posibilita que muchas personas, como mecanismo de autodefensa, y a fin de exigir posiciones de respeto, ejerzan violencia contra quien realice cualquier acto desafiante que le suponga una pérdida en cualquier sentido. De ahí que la violencia interpersonal sea la forma de solución, o mejor dicho, de perpetuación de los conflictos.

- Intervención de la autoridad judicial o administrativa. Ante el desencuentro de las personas como reacción al conflicto, acompañando o no a la violencia, o al intento de evitación del conflicto de una de las partes, la autoridad judicial o administrativa puede intervenir a instancias de cualquiera de las partes, por su propia iniciativa, o porque un tercero active el mecanismo a través de la denuncia. Este instrumento tiene efectos positivos en cuanto sirve de coerción para que al menos una de las partes que no quiera negociar, o que quiera obtener todos los beneficios en detrimento de otro, quede obligado a limitar/modular su pretensión en función de una ley existente y a través de la decisión de un tercero investido de autoridad pública (Juez o funcionario público destinado a tales efectos).

En el contexto penitenciario, la actuación administrativa ante conflictos entre personas presas se suele iniciar porque los funcionarios tengan conocimiento de una situación violenta. Normalmente, ninguna de las partes enfrentadas denuncia ante la autoridad judicial o la administrativa, por dos motivos. Por un lado, porque no les aporta nada personal positivo a la resolución de conflicto y, muy posiblemente, genere consecuencias negativas: imposición de sanción y demás consecuencias colaterales (sanción, pérdida de permisos, regresión de grado, traslados), inicio de un procedimiento judicial y las consecuencias negativas que supone (traslados a juicio, enfrentamiento con la otra persona, posible imposición de una nueva pena). Por otro, que la otra parte reaccione violentamente por venganza. En el espacio penitenciario, entre las actitudes más repudiadas se encuentra la delación (“chivarse”).

- Sometimiento a la decisión de un tercero.

Es un sistema similar al anterior pero por voluntad de las partes se concede a un tercero ajeno a las instituciones, legitimidad para tomar la decisión. Este método exige que, al menos entre las partes, aún existiendo conflicto, no exista violencia. Necesita para su efectiva realización que al menos haya diálogo y acuerdo en un ámbito: someterse a una tercero de carácter privado. En la cárcel esta práctica es muy

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excepcional por la ausencia de un tercero que sea independiente, objetivo e imparcial. El desequilibrio de fuerzas existente en la interrelación social carcelaria, impide estos requisitos.

- Negociación.

Las partes pueden negociar, pero se necesita un contexto seguro y pacífico, además de una mínima relación interpersonal que posibilite el diálogo sobre los aspectos conflictivos que deban resolverse. Este método se utiliza por convencimiento de las partes, por estricta necesidad ante las eventuales pérdidas de ambas partes, o porque una autoridad pública intervenga. La negociación puede llevarse a cabo directamente entre las personas enfrentadas o por medio de representantes que al carecer de implicación emocional directa, pueden alcanzar los acuerdos de forma más razonable. En la cárcel este método es infrecuente.

- La mediación.

Es el método de solución pacífica de conflictos más eficaz en determinados contextos porque permite, entre otros aspectos, desde la expresión y la escucha, a través de un tercero que reconduce el diálogo, llegar a acuerdos conjuntos y favorables, responsabilizadores, en todo caso, al ser tomados desde el protagonismo personal.

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7.- Dimensión Política del conflicto.

Cuando hablamos de convivencia, nos referimos: “Al establecimiento de relaciones armónicas basadas en la aceptación del pluralismo y la diversidad social, cultivando el diálogo como forma de resolver los conflictos y como una construcción activa, intencionada, sistemática en la que todos y todas participen”, necesitamos el componente de transformación de las personas, sobre todo, porque estos programas se desarrollan dentro de lo que se conoce como una Cultura de la Violencia (hoy, una de las formas culturales más extendidas a lo largo del mundo) y debe ir estableciendo caminos que permitan transformarla en una Cultura de la Paz, o una Paz Positiva en la línea desarrollada por Johan Galtung (2003).

La construcción de una cultura de la paz pasa por ir modificando todas aquellas conductas sociales que glorifican, idealizan o naturalizan el uso de la fuerza o la violencia, o que ensalzan el desprecio y el desinterés por los demás. Por ello, es necesario trabajar con toda la sociedad, hacer programas integrales.

La Construcción de la Paz se entiende como un concepto global que abarca produce y sostiene toda serie de procesos, planteamientos y etapas necesarias para transformar los conflictos en relaciones pacíficas y sostenibles.

Desde esta perspectiva cualquier conflicto, por nimio que sea, nos sitúa en tres niveles de intervención: el político, el de la sociedad civil organizada, y la sociedad de base. En esta estructura que plantea Lederach en su matriz de calado de conflicto, nos advierte como en diferentes horizontes temporales, y con diversos objetivos de impacto, de acuerdo con lo establecido en su matriz, los niveles de intervención para la gestión de los conflictos y con ello la generación de una cultura de paz, no puede desconocer la necesaria intervención en cada uno de esos tres niveles y en cada uno según sus necesidades.

Esta matriz nos pone en la clave de que cualquier intervención sobre los conflictos o la convivencia en los centros penitenciarios, como sistemas sociales que son, requieren de una intervención en los tres niveles, aspecto este muy importante de recordar en un proceso de mediación penitenciaria por lo que normalmente tiene de olvidadizo en su dimensión política y de sociedad civil organizada. O acaso se puede pensar que la introducción de un sistema de resolución pacífica de conflictos en el seno de las prisiones no responde a una opción política, con consecuencias sociales y políticas importantes, y que su puesta en marcha requiere de una aceptación y participación de la sociedad civil organizada, más allá de la mera resolución del conflicto entre las partes involucradas en el conflicto (personas presas).

La matriz del calado del conflicto, o matriz de paz de Lederach, nos sitúa por lo tanto en la necesaria toma de consciencia de que la intervención en prisión en clave de mediación penitenciaria tiene repercusiones políticas, requiere de compromisos políticos y produce política, de la misma manera que requiere de la participación de la sociedad civil organizada y que si sólo fijamos la mirada en la resolución temporal de ese conflicto entre personas presas, podremos apreciar, tan sólo echando un vistazo a

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esta matriz, que hay muchas cuestiones no cerradas en la gestión del conflicto y por lo tanto flaco favor a una adecuada gestión de la convivencia en el seno de las prisiones.

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8.- Qué es la mediación

La mediación es un proceso en el que una tercera persona neutral, que carece de poder para imponer una resolución, facilita a través del diálogo, la comunicación entre dos personas enfrentadas para solucionar relaciones perturbadas, por medio de un acuerdo mutuamente aceptado a través de un proceso narrativo. Es a la vez una técnica y un arte. El propio proceso de resolución del conflicto tiene un potencial pedagógico específico de aprendizaje de actitudes tales como la escucha, el respeto y la empatía, entre otros, además de generar efectos fundamentales tales como la revalorización y el reconocimiento.

La persona que se encarga de gestionar la mediación y ayudar a las partes a solucionar el conflicto se denomina mediador. La intensidad en la intervención de esta tercera persona perfila la existencia de tres técnicas distintas: la conciliación, la mediación y el arbitraje. La primera exige al tercero una función menos activa, ya que se limita a juntar a las partes en un contexto propicio para una discusión serena en busca de acuerdo. Por su parte, la mediación exige del tercero, denominado mediador, una función que comprende a la precedente pero que le añade una parte más activa ya que puede intervenir en las discusiones, reconducir el diálogo, hacer sugerencias, incluso formular recomendaciones con vistas a un acuerdo. Por último, en el arbitraje, el tercero, denominado árbitro tiene autoridad para tomar decisiones destinadas a resolver el conflicto, y su decisión es vinculante para las partes.

8.1.- Ventajas y límites de la mediación

- La mediación promueve la equidad, estimula la reconciliación, invita a la cooperación, cohesión y la construcción de grupo, fomenta el ejercicio de libertades, así como la construcción y transferencia de aprendizajes.

- En relación al conflicto reduce hostilidades y busca soluciones que benefician a las dos partes, evitando determinar ganadores y vencidos.

- En relación a las personas, legitima la diversidad, pues parte de las aportaciones de cada parte. Se integra en un proceso humanizador y responsabilizador que ayuda a las personas a pensar por sí mismo, favoreciendo el protagonismo en la gestión de los propios conflictos.

- En relación con los procedimientos judiciales, la mediación favorece la descongestión institucional dirigida a la resolución de conflictos, ahorra tiempo y costes económicos, respeta la confidencialidad y permite obtener unos acuerdos o resultados finales más ligados a los intereses de los protagonistas.

- Las limitaciones que presenta la mediación devienen de las exigencias del propio proceso y de las posiciones emocionales que tengan las personas enfrentadas, pues el propio proceso implica y compromete personalmente al exigir una actitud que predispone a una transformación cognitiva y socioafectiva. Por su parte, el proceso exige una disposición para escuchar al otro, para querer comprenderlo y reconocer intereses y necesidades comunes; implica un esfuerzo en la búsqueda de soluciones a

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problemas compartidos; pide a los participantes una actuación honesta hacia la mediación considerando los referentes éticos y socioculturales del entorno e interpelando, simultáneamente los propios y los ajenos para alcanzar el “nosotros social”. Todo ello nos lleva a afirmar que no siempre resulta adecuada para todos los conflictos ni todas las confrontaciones.

8.2.- Mapa conceptual de la mediación

Es frecuente que a la hora de iniciar y desempeñar cualquier proceso sea de mediación o de cualquier otro tipo, invada la necesidad de conocer o más bien de tener todas las respuestas a todas las preguntas y todas las herramientas para todas las situaciones, a fin de poder garantizar la eficacia de nuestra intervención como profesionales. Es lícito pensar que teniendo en la cabeza o el papel cada fase, cada técnica, cada respuesta a cada intervención podremos garantizar el éxito del proceso del que por otro lado somos garantes como profesionales. Ocurre que en muchas ocasiones el propio método o preocupación por la técnica pueden hacer que perdamos el telón de fondo sobre el que estamos interviniendo y el fin último que perseguimos. Es por ello que antes de detallar de forma exhaustiva el proceso de mediación, ofrecemos en la siguiente tabla ese “telón de fondo” al que mirar para no ser engullidos por las fases y técnicas que después de todo, no son sino herramientas para el fin que perseguimos. Digamos que esta tabla representan la sota, caballo y rey de todo proceso de mediación y de alguna manera también puede constituir una ayuda para evaluar de forma sencilla cómo estamos actuando en ese proceso.

La pregunta fundamental a la que hay que dar respuesta durante todo el proceso de mediación es ¿qué tiene que ocurrir para que se produzca un encuentro entre las personas en conflicto? La respuesta a esta pregunta no puede ser cualquiera, sino que debe incluir elementos muy concretos que han de estar necesariamente presentes en cualquier proceso de mediación y que de algún modo nos pueden servir de indicadores de evaluación sobre la marcha del mismo.

El método da respuesta al cómo vamos a conseguir que ese encuentro con esos elementos se produzca. El método nos indicará qué pasos ir dando y en qué tiempos hacerlo. Por último las técnicas constituyen nuestra caja de herramientas para que ese encuentro y el resultado del mismo se produzca con las características propias de la mediación. De técnicas se hablará de forma muy detallada más adelante pero podríamos decir que casi todas esas técnicas se van a apoyar en dos que de algún modo estarán presentes durante todo el proceso de mediación, son la legitimación y el reconocimiento, sobre la forma de poner éstas y otras en práctica y con ejemplos concretos hablaremos más adelante en el anexos adjunto.

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MODELO MÉTODO TÉCNICAS

¿Qué es lo que tiene que pasar para llegar a un acuerdo y encuentro entre las partes?

Elementos:

-Voluntad.

-Comprensión del conflicto.

-Cambio en los puntos de vista.

-Comprensión mutua.

-Actitud hacia el compromiso.

-Cambio del “yo tengo razón” al

“yo necesito” y al “nosotros”

¿Qué pasos hay que dar para que se produzca un encuentro conciliador?

Momentos que han de darse:

-Espacios de cooperación.

-Definición del conflicto.

-Definiciones alternativas del conflicto.

-Nuevas opciones.

-Negociación o encuentro dialogado.

-Acuerdos.

¿Qué herramientas voy a utilizar para ir dando esos pasos?

Dos herramientas clave:

-Legitimación: tiene que ver con el lugar que cada uno ocupa en la historia del conflicto. Legitimar sería la capacidad de colocar a todas las partes en un lugar positivo.

-Reconocimiento: reconocer es identificar al otro como sujeto que tiene necesidades. Ver al otro, darme cuenta del otro, descentrarme.

Los aspectos principales que deben tener en cuenta los mediadores son:

o Considerar que la mediación es una oportunidad. o Flexibilidad. o Paciencia. o Conocimiento propio como mediador de lo que se es capaz para sacar

partido a los recursos propios. o No responsabilizar a las técnicas del proceso. No olvidar que las técnicas

sólo ayudan, no agotan el proceso ni las posibilidades del mismo. o No es terapia aunque el efecto que pueda tener sea en ocasiones

terapéutico (no olvidemos que escuchar y sentirse escuchado tiene un efecto sanador en sí mismo).

o Aprendizaje para dar solución a los conflictos de forma distinta, de ahí el valor pedagógico de este programa.

o Creer en la mediación y en la capacidad de las partes para llegar a acuerdos. Éste es sin duda un presupuesto fundamental.

o Devolver la responsabilidad y protagonismo a las partes (la responsabilidad de decidir, de optar favoreciendo su implicación activa).

o El punto de partida es y será siempre el presente, nunca el pasado. o El punto de referencia al que mirar será siempre el futuro. o Hablar del problema, de necesidades no de soluciones. o Centrarse en el mensaje más importante que las partes transmiten. o No obsesionarse con el acuerdo; esto, en ocasiones es más una necesidad

del mediador. o Trabajar la parte de la historia que sirva para resolver el problema. o Conseguir equilibrio de poder.

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Todos estos aspectos para ser puestos en práctica requiere de la utilización y previo conocimiento de una serie de técnicas que son explicadas con detalle en el Anexo a este trabajo.

8.3.- Valores pedagógicos de la mediación La mediación, a través del propio proceso, se convierte en una estructura de

cambio social y potencial educativo en diversos ámbitos:

-Aspecto intrapersonal. La mediación como proceso que favorece el aprendizaje. La mediación constituye un espacio para que las personas puedan reflexionar sobre sus ámbitos emocionales y cognitivos. El propio proceso puede movilizar ideas, prejuicios, valores. Para ello, la voluntad de participación se constituye en uno de los principios fundamentales de la mediación y se convierte en garante del valor pedagógico.

-Aspecto interpersonal. La mediación como proceso que favorece la convivencia. La mediación constituye una plataforma para trabajar sobre el convencimiento de que la aceptación del otro y de sus diferencias se encuentra en la base de todo proceso social, posibilitando la desaparición de los miedos y prejuicios hacia los extraños. La mediación actúa como constructor de puentes entre las personas a deferencia de las normas o las leyes que tan sólo se ocupan de describir conductas aceptables o no y de penalizarlas, en caso de incumplimiento.

-Aspecto intragrupal. La mediación como coeficiente de cohesión. Las personas forman grupos por motivos funcionales aunque los integrantes no se hayan elegido sino que hayan coincidido (grupos culturales). La mediación, constituye una aspecto fundamental para que el grupo avance y forme a individuos, de modo que para que ese grupo evolucione debe ser capaz de aprender de sí mismo y de sostenerse en un equilibrio inestable, en caso contrario puede tender a fosilizarse y dejar de ser efectivo.

-Aspecto intergrupal. La mediación como modo de intercomunicación. A parte de la cohesión grupal entre los miembros de un mismo grupo, es evidente que cada grupo entra en contacto con otros. De este modo, la mediación facilitaría el funcionamiento conjunto y efectivo estimulando el intercambio con vistas a democratizar la toma de decisiones y promoviendo, una verdadera participación que aglutina en lugar de dividir. Los conflictos pertenecen a las personas que integran un determinado contexto y no únicamente a las partes enfrentadas. De este modo la evolución que tome un determinado conflicto puede depender de cómo se posicione el resto del grupo. Esta idea no sólo da poder a las partes para tomar decisiones y responsabilizarse del conflicto sino que también incluye al resto como comunidad y dota de responsabilidad social respecto de la comunidad. Siendo esto así, un tejido intergrupal bien elaborado actúa de red protectora que presiona hacia el consenso, primando la cohesión a la imposición de identidades haciendo de este tercer lado una especie de sistema inmunitario social que impide la difusión del virus de la violencia.

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-Aspecto social. La mediación como cultura. La mediación desarrolla competencias culturales y promueve actitudes de apertura hacia otras maneras de entender el mundo de modo que capacita al individuo para empatizar con significaciones socioculturales. Es el reconocimiento y legitimación de las diferencias lo que apunta a la globalidad de modo esperanzador y ciertamente optimista.

8.4- Modelos teóricos

La mediación, en cuanto proceso, se puede abordar desde distintos enfoques algunos de los cuales podrían ser los siguientes:

- El Modelo Harvard (Fisher y Uy). Define básicamente la mediación como una negociación colaborativa asistida por un tercero y su enfoque teórico se dirige a la resolución de problemas. Este modelo es el que de alguna manera se hace más presente en el inconsciente colectivo cuando se habla de mediación. Desde esta concepción el conflicto es la manifestación de un problema que es necesario resolver, y que existe debido a una incompatibilidad real o aparente de necesidades o intereses que vinculan irremediablemente la solución a la existencia de un ganador y un perdedor. La mediación desde esta perspectiva tendría por objetivo poner solución a través de la negociación y la satisfacción de los intereses. El mediador controla la interacción. El proceso está estructurado y los terceros se presentan generalmente como expertos en dirigir la discusión, expertos en derecho y conocedores del sistema judicial. Este modelo focaliza poco en la comunicación entre las personas y representa una visión más individualista del conflicto.

- El Modelo Transformativo (Bush y Folger). Se orienta eminentemente a la comunicación y a la relación entre las partes. El objetivo de la mediación, según este modelo, no es el acuerdo sino el desarrollo del potencial de cambio de las personas al descubrir sus propias habilidades. Ponen el foco de atención en las relaciones humanas con la intención de fomentar el crecimiento personal favoreciendo el reconocimiento y la revalorización de cada persona. Desde este modelo el conflicto se presenta como una oportunidad para el crecimiento y la transformación personal y social. La mediación se considera un instrumento de desarrollo humano que no persigue el acuerdo como fin último del proceso de mediación.

- El Modelo Narrativo (Sara Cobb) pone su foco de interés en las narraciones de la gente en la mediación de modo que el objetivo es llegar a un acuerdo, pero con el énfasis puesto en la comunicación y en la interacción de las partes. Para que las personas puedan llegar a un acuerdo necesitan transformar las historias conflictivas con las que llegan a la mediación en otras donde queden mejor posicionadas. Por ello, es importante conocer los significados que las personas atribuyen a los hechos y a las actitudes de los otros, las relaciones entre las personas y al contexto cultural. Este modelo representa de alguna manera una alternativa que

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integra las ideas de los dos modelos anteriores, toda vez que el proceso de mediación ofrece a los implicados la oportunidad de transmitir sus historias de modo diferente, haciendo posible que se produzca interacción novedosa y orientada al acuerdo.

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9.- Objetivos de la mediación penitenciaria en las experiencias desarrolladas

9.1 Objetivos encaminados al tratamiento penitenciario:

- Asunción de la parte de responsabilidad de la conducta infractora y de su participación en el conflicto interpersonal.

En general, desde la experiencia de mediación desarrollada se ha advertido un pronto reconocimiento de la responsabilidad compartida. De manera tímida pero en prácticamente todos los conflictos, las personas han reconocido una cierta corresponsabilidad. Se ha observado cómo el estado interno de cada persona en cada momento es determinante para responder ante una provocación o un suceso de una determinada manera y no de otra. Y en este aspecto, se han observado los elementos de violencia estructural que lo provocan: la vida en celdas compartidas con un espacio vital ínfimo se convierte en muchas ocasiones en un elemento determinante de conflictos violentos que teniendo como detonantes cuestiones absurdas (ronca, cambia de programa de tv, es desordenado…) esconden en el fondo cuestiones de habitabilidad que generan tensión y ansiedad. En otras ocasiones el ruido, la falta de intimidad, los gritos en espacios cerrados, generan tensiones, estrés. Se advierte igualmente como en determinadas ocasiones se ha puesto de manifiesto una dificultad importante para la corresponsabilización en la participación en el conflicto simplemente porque los mediadores se han encontrado con personas que se encuentran en el límite de una situación mental normal. En estos casos no sólo el proceso sancionador, sino el mismo proceso mediador, resulta inadecuado para el tratamiento de las consecuencias derivadas de comportamientos mediatizados por una situación de debilidad mental.

-Aprendizaje de conductas destinadas al reconocimiento de la verdad.

En conflictos en los que las partes han mostrado desde el inicio una predisposición a la mediación, minimizando el conflicto, por trivial, aquellas confrontan sus verdades. Aparece un proceso de aprendizaje tendente a decir la verdad ante la imposibilidad, de mentir por la presencia de la otra parte y de los mediadores. En este sentido es gratificante llegar a una misma versión de los hechos, desde percepciones diferentes, una vez eliminada la subjetividad de la historia.

-Aprendizaje de conductas de diálogo en las relaciones interpersonales conflictivas y que pueden fomentar la preparación de la vida en libertad.

-Aprendizaje de escucha dirigida a comprender la posición del otro.

Se reconoce el diálogo como herramienta útil para resolver el conflicto. Una vez más, la inercia de la cárcel, el temor al qué dirán, las conductas aprendidas, hacen que sea difícil que se pase de las palabras a los hechos en lo que al diálogo se refiere.

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Pero en general no ha existido dificultad para llegar a la fase de encuentro salvo en aquellos conflictos en los que la violencia física ha estado muy presente, o en historias del pasado que enmarañan el conflicto, o más aún en algunos casos cuando se han tratado conflictos con ramificaciones en familias o pandillas. Pero, en general, en más de la mitad de las intervenciones, quitando aquellas en las que no se dan las condiciones para la mediación, no ha habido problemas para llegar a la fase de encuentro, y por lo tanto en la toma en consideración del diálogo como herramienta para la solución de conflictos.

-Aprendizaje de claves para la solución creativa y pacífica de las relaciones conflictivas.

En alguna mediación en la que se ha necesitado intérprete, las personas que han participado como tales, han mostrado su disponibilidad a contribuir en este proyecto. En especial personas de origen musulmán han mostrado su disponibilidad a ser mediadores internos cuando el conflicto se da entre personas de su misma religión.

-Aprendizaje de adopciones de decisiones personales y autónomas sobre el conflicto.

Este ha sido uno de los principales valores de la mediación penitenciaria: las personas se han sentido protagonistas de su historia, y han solucionado en sus propios términos el conflicto producido. Resulta paradójico cómo soluciones propias y dialogadas como devolver el dinero debido en diferentes pagos, el reconocimiento de la verdad, el reconocimiento del estado emocional tenso en el momento de la disputa, la explicación de un malentendido, pueden solucionar de manera pacífica y dialogada un conflicto que sin la intervención de la mediación hubiera quedado enquistado en la venganza mutua por las sanciones correspondientes a las conductas violentas en el interior de la cárcel, y abordado sólo de una manera superficial y sin entrar en las causas últimas del conflicto.

9.2 Objetivos encaminados hacia la convivencia penitenciaria:

-Pacificación de las relaciones internas dentro de los módulos a través de la difusión entre las personas presas de este sistema dialogado en la solución de conflictos; hecho que sin duda reduciría el número e intensidad de los mismos.

Las experiencias existentes señalan como gratificantes comprobar cómo en los ratos de espera de los mediadores en los módulos hasta que las personas implicadas en el conflicto llegaban, muchas personas presas les preguntaban quiénes eran y que hacían; así como con el paso del tiempo la gente se acercaba para felicitarles por su trabajo y por confiar en sus posibilidades para solucionar las cosas por sí mismos.

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De la misma manera no es baladí el hecho de que en el proyecto en la fase de acogida se distribuya el cómic explicando la mediación con el deseo de que circule por el módulo al menos entre los compañeros de las personas implicadas en el conflicto.

No podemos asegurar que se reduzcan los conflictos en todos los módulos en los que hemos estado, la educación en el aprendizaje de nuevas conductas es una labor lenta que precisa de otros múltiples apoyos, pero sin duda la presencia de la mediación penitenciaria es una nueva realidad que actúa como una cuña.

9.3 Objetivos encaminados al beneficio de las personas privadas de libertad.

- Reducción de los niveles de ansiedad y de tensión.

En este punto queremos destacar cómo en dos conflictos de los tratados, en los cuales una de las partes continuaba con cierta “extorsión” a la otra parte mediante los contactos que tenía en el módulo en el que ahora se encontraba esa persona, cesaron tras las fase de acogida en un caso y en la fase de encuentro en el otro. Sin duda es la mejor muestra de que ante la oportunidad de hablar y confrontar las cosas, la tensión se reduce porque la persona se da cuenta que no tiene ningún sentido seguir infringiendo violencia ciega que no lleva en ningún caso a la resolución del conflicto originario.

En general, incluso en los casos en los que aparentemente había un acuerdo tácito a mediar por minimización del conflicto, la tensión gestual y corporal del inicio de la sesión de encuentro, que ponía de manifiesto la permanencia de tensiones, ha derivado en abrazos finales, en manos estrechadas, y abandono de tensiones.

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10.- Fases del proceso de Mediación.

10.1.- Fase de derivación Es el punto de partida, el momento en que es recibida una solicitud de mediación.

Esta solicitud proviene de la Subdirección de Régimen del Centro a través de tres vías distintas:

La incompatibilidad: los internos son calificados de incompatibles una vez producido el conflicto, lo cual significa que serán separados de todos los espacios en los que previamente coincidiesen (módulo, escuela, patio…). La incompatibilidad “se arrastra” a lo largo de toda la estancia carcelaria, incluso con traslado a otro centro, lo que significa que no existe forma de eliminarla; actualmente es la mediación la única posibilidad para superar un incompatibilidad.

La sanción: nada más producirse el conflicto se da apertura a un procedimiento disciplinario por el que la Comisión Disciplinaria del Centro decide la sanción a imponer a cada uno de los implicados en el mismo. Una parte de esa sanción se cumple de forma inmediata (aislamiento), mientras que la otra queda en suspenso durante un plazo que varía en función del centro penitenciario.

El equipo de mediación recibe el parte en que se refieren los hechos acontecidos y la implicación de cada interno, siempre desde la óptica de los funcionarios de vigilancia, y sólo si Comisión Disciplinaria considera someter el procedimiento a mediación.

Es durante este lapso cuando la mediación tiene cabida y pueda quizá influir en la decisión última respecto a la sanción pendiente.

La instancia: se trata del procedimiento de acceso por el cual es el propio interno el que solicita entrevista con los mediadores para intentar poner fin a un conflicto con algún compañero

Una vez el equipo de mediación recibe la información acerca del caso, decide la mejor línea de actuación con los internos en cuestión.

10.2.- Fase de acogida I Esta es la primera fase del proceso. Consiste básicamente en el establecimiento

del primer contacto con cada uno de los implicados a través de una entrevista individual. Esta entrevista puede hacerse en un despacho del módulo donde resida el interno, o en uno específico destinado a la mediación, en función de la situación conflictiva y de la disponibilidad de infraestructuras del centro penitenciario. Una primera sesión individual puede durar aproximadamente entre 30 y 60 minutos. Si se pueden realizar las sesiones individuales con cada parte en una misma jornada, mucho mejor.

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En este primer encuentro, es necesario ofrecer una explicación clara de la mediación, sus principios y objetivos y también del papel del mediador desde los principios básicos que rigen su labor: neutralidad, imparcialidad, confidencialidad, independencia del centro penitenciario y carencia de potestad disciplinaria.

Una vez establecidos los preliminares, comienza la indagación cuidada acerca del conflicto, al menos de forma superficial. Es en este punto cuando la persona entrevistada se encuentra en posición de decidir si está interesada en la mediación o no. Si acepta la mediación, se continúa con la entrevista investigando acerca de:

su estado regimental (permisos, destino en prisión, estancia en otros centros penitenciarios, etc.)

su vida fuera de prisión los apoyos con los que cuenta su autoconcepto el conflicto (circunstancias en que ocurrió, emociones que le suscita, rol que se

autoatribuye, consecuencias disciplinarias…) su disposición ante la mediación (expectativas hacia el otro interno y hacia el

proceso, asunción de responsabilidad)

Tras la obtención de toda la información, una vez establecida la necesaria confianza con el mediador, trabajada la asunción de responsabilidad y conseguido el compromiso de respeto y diálogo a lo largo del proceso, es el momento de contactar con la otra parte, con la que se repite el proceso descrito.

En caso de que la persona no acepte el proceso, se respeta absolutamente su decisión, se le agradece su atención y se le informa de la manera de acceder al equipo nuevamente en caso de cambiar de idea (a través de la instancia al director). En este momento se cierra el expediente, puesto que ya no se considera oportuno contactar con el otro implicado.

10.3.- Fase de acogida II: Fase aceptación y compromiso Son los siguientes contactos con cada una de las partes enfrentadas antes de que

se produzca el encuentro entre las mismas. A lo largo de estos contactos se profundiza en el contenido del proceso de la mediación, confirmando la predisposición positiva para la misma, la asunción de responsabilidad y las expectativas hacia el proceso. Es el momento igualmente para poder aclarar las dudas relativas a cualquier aspecto del proceso que se inicia.

En ningún momento se da paso a la siguiente fase si no existe un compromiso claro de respeto y apertura al diálogo y la escucha. El mediador tiene la última palabra a la hora de permitir la continuidad del proceso. Antes de pasar al encuentro dialogado, es necesaria la obtención de la firma del documento de Compromiso y Aceptación del Programa, como forma de cerrar una etapa y abrir otra.

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10.4.- Fase de encuentro dialogado

Es la primera vez que las dos partes en conflicto se reúnen junto con los mediadores. Puede hacerse a continuación de las entrevistas si la situación lo permite, sin embargo, resulta mucho más conveniente dejar transcurrir un tiempo prudencial para el encuentro, con el objetivo de que los internos puedan reflexionar sobre la entrevista y su futura participación en el encuentro dialogado.

El encuentro dialogado permite la comunicación efectiva y respetuosa entre las partes y establece la plataforma para trabajar en la solución del problema desde los intereses comunes. Los implicados parten de la misma información acerca del proceso de mediación y lo que pueden esperar y el objetivo común de resolver el problema y por tanto, de un equilibrio de poder que les permite hablar de igual a igual. Si esto no se ha producido, surgirán recelos que boicotearán el proceso y posiblemente devenga de un deficiente establecimiento de rapport hacia el mediador: a pesar de los intentos del equipo de afianzar la confianza, es frecuente encontrar a personas con un alto nivel de suspicacia y recelo; es conveniente identificarlo y trabajarlo con anterioridad a la sesión conjunta, aunque no siempre es posible y provoca en el encuentro dialogado mayores dificultades para llegar a un resultado satisfactorio para ambos. En ocasiones, las personas instrumentalizan la mediación y únicamente participan en ella como forma de conseguir beneficios sin creer en absoluto en los principios que la sostienen; a pesar de la percepción de este hecho por parte de los mediadores, se mantiene el proceso, siempre y cuando se cumpla con las reglas del juego, aunque ya desde la prevención de esa actitud distanciada y recelosa que estas personas habitualmente presentan.

Esta fase parte de la confirmación de los implicados de su disposición a mediar y la asunción de su parte de responsabilidad en el conflicto. A partir de ahí el proceso es enteramente suyo; son ellos quienes van marcando el intercambio acerca del conflicto y los intercambios a que quieren llegar, el mediador reconduce, reformula, legitima, reconoce y, en definitiva, realiza sus participaciones para aumentar la efectividad del encuentro, sólo si lo considera estrictamente necesario, puesto que si ellos mismos son capaces de dirigir su propio intercambio, con mayor probabilidad les servirá como prevención de nuevos conflictos en futuras desavenencias que puedan surgir.

Algo que sí pertenece al equipo de mediación es la redacción informal de los acuerdos que se vayan alcanzando a la vez que los internos van avanzando, de forma que se procederá a su lectura y corrección junto con las partes hasta que se haya creado un documento que recoja el espíritu del intercambio producido, sin desvelar detalles acerca del mismo, en aras de asegurar la necesaria confidencialidad de cara a la Administración Penitenciaria.

Esta fase se desarrollará en una o varias sesiones (flexibilidad es el criterio, dependerá de cada caso) espaciadas en el tiempo (permitir el espacio para la reflexión). La duración de cada sesión será flexible en función de cómo se desarrolle y

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atendiendo a la evolución de la misma: desencuentros, dificultades para mantener la atención, cansancio, actitud participativa… no es recomendable más de hora y media.

La mediación finalizará con la redacción de un Acta de Acuerdos firmado por las partes y por el mediador. Inmediatamente, se realiza un intercambio de impresiones acerca de lo que les ha supuesto la mediación y la forma en que les puede influir. Se procede a la despedida de los internos y entre ellos, momento que suele ir acompañado de una tímida emotividad y de la satisfacción contenida por el paso que acaban de dar. Se les informa de los siguientes contactos que el equipo establecerá con ellos y se les desea buena suerte, reconociendo y felicitándoles por su esfuerzo. El acta se entregará a la oficina de Régimen a fin de ser tenida en cuenta en la siguiente reunión de la Comisión Disciplinaria.

10.5.- Fase de seguimiento Trascurrido un plazo de tiempo, entre una y dos semanas, es conveniente la

realización de un seguimiento para comprobar el grado de cumplimiento de los acuerdos la relación con el compañero y los posibles cambios en su situación regimental como consecuencia de la mediación. Se puede realizar a través de una entrevista no estructurada y bastante informal para obtener dicha información, tras lo cual se hace entrega de un Certificado de Participación en la Mediación y de una copia del Acta de Reconciliación que recoge los acuerdos y que ambos firmaron, documentos que en algún momento les puede ser de ayuda, a continuación se procede a cerrar definitivamente el proceso. Siempre se ofrece la oportunidad de poder recurrir al servicio en cualquier otro momento en que pudieran considerarlo oportuno, explicando el procedimiento adecuado para ello (instancia a Dirección).

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11.- Criterios de trabajo.

Son los principios desde los que se parte y que dirigen todo el proceso. Es necesario tenerlos presentes en todo momento, puesto que ayudan al mediador a calibrar sus intervenciones y a prestar su ayuda de la manera más efectiva y menos inc¡vasiva posible:

o Separar a las personas del conflicto.

Las distintas percepciones de lo que nos sucede, así como las respuestas emocionales y las dificultades de comunicación desembocan en emociones entremezcladas con las cuestiones objetivas del problema, y por ello, las soluciones son realmente difíciles de conseguir. Para trabajar las situaciones conflictivas es fundamental el previo desahogo emocional de las partes para que puedan centrarse en las cuestiones concretas.

En el contexto penitenciario muchas de las reacciones personales se basan en la adopción de roles violentos que conllevan a la desconfianza, y generan actitudes manipulativas y de engaño, como mecanismos de adaptación a la convivencia. Por ello, es importante caer en la cuenta de que las personas son más importantes y complejas que las conductas. Esta clave es importante para no reproducir el esquema estigmatizador del sistema penal cuando le otorga el calificativo negativo y reductivo de delincuente.

o Centrarse en los intereses y no en las posiciones.

La posición es una postura que la persona decide por sí misma y tiene un fundamento emocional. Tras cada posicionamiento hay necesidades básicas (no quedar mal, no perder imagen al ceder); hay que tener en cuenta que la imagen de poder y de ganador en el espacio penitenciario es básica para la supervivencia. Son estas necesidades las que el mediador ayudará a descubrir y sobre la que se trabajará. Por otro lado, las posiciones encubren las necesidades reales de las personas en conflicto. Estas necesidades se denominan intereses y se encuentran en el ámbito racional. Trabajar desde la búsqueda de los intereses es una manera útil de poder encontrar soluciones que satisfagan a las dos partes. Se exige que, previamente, las emociones queden bien “arropadas”. Nunca se deben inventar intereses, ni tampoco hacer hipótesis. Lo importante en este punto es conocer bien los intereses personales (cuantitativos y cualitativos) y los de “la parte contraria”, y eso se puede hacer por medio de la escucha activa, la observación, la técnica de preguntas y la confirmación.

o Utilización de criterios objetivos.

Consiste en el uso de criterios que no influyan en la imagen subjetiva de cada una de las partes ni se enfrente a la imagen personal, ni a la ideología, condición cultural o religiosa. Hay que recordar que en la mediación no se intenta cambiar las formas de pensamiento o ideas, sino a buscar soluciones al conflicto. Ej: en un enfrentamiento entre un interno musulmán y uno cristiano, se exige que el mediador

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utilice en la negociación parámetros objetivos de respeto a cada una de las posiciones: si quiere rezar cinco veces al día, hay que respetarle y exigirle, quizás que lo haga en silencio. No se puede valorar ni juzgar como malo o abusivo que rece tantas veces, pues este es su criterio.

Hay que tener cuidado por la respuesta que exprese la parte enfrentada ante una posición subjetiva que es abiertamente injusta o desproporcionada; normalmente intentará sacar partido de la posición manifestada por la otra parte y, además, buscará encontrar en el mediador cierta complicidad. Nunca puede el mediador utilizar algún gesto facial que exprese repudio o complicidad a las versiones expresadas. Este hecho limita la neutralidad y la imparcialidad. Si se cierra el dialogo, y comienza la contienda, hay que cambiar de tema lo antes posible.

o Orientación al futuro.

Las partes tienen que generar ideas que aporten solución final al conflicto siempre que respeten intereses comunes; se deben expresar sin hacer valoraciones ni juicios, y el objetivo último consiste en la búsqueda de aquellas en las que ambas partes puedan resultar beneficiadas. Todas ellas pueden ser válidas. Deberán concretarse, al menos, en tres. A este método se le conoce comúnmente con el nombre de lluvia de ideas.

Las técnicas para aplicar estos criterios de trabajo se encuentran en el Anexo I de este documento.

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12.- Inicio del proyecto.

12.1.- Aspectos para reflexión:

• Comienzo del programa (formación previa adicional, ampliación del equipo, espacio donde se inicia, etc.)

• Ubicación dentro del funcionamiento del sistema penitenciario • Dependencia orgánica y funcional del servicio • Objetivos generales y específicos • Protocolos de funcionamiento • Recepción de los casos: formas de derivación • Coordinaciones con el propio centro:¿ de qué subdirección dependerá?¿Qué

consecuencias conllevarán la mediación? • Creación de listados de expedientes • Preparación del expediente (carpeta…) • Creación de una base de datos • Contacto con los interesados • Desarrollo de las fases del proceso • Reparto de funciones y/o expedientes en el equipo • Turnos de trabajo • Horarios • Flujo de la información en el equipo • Reuniones periódicas • Ubicación física • Dificultades asociadas al funcionamiento específico del Centro Penitenciario • Dificultades con el idioma • Difusión del servicio de mediación • Redacción memoria

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ANEXO I. TÉCNICAS DE MEDIACIÓN

Bloque I: TÉCNICAS DE MEDIACIÓN

- Legitimaciones. - Reconocimiento - Empowerment. - Parafraseo. - Resumen estratégico. - Normalización. - Reciprocidad. - Reformulación. - Reconducción. - Enfoque al futuro.

Bloque II: USO DE LAS PREGUNTAS

- Exploradoras: o Abiertas. o Cerradas. o Aclaratorias. o Justificativas.

- Transformadoras: o Circulares. o Estratégicas. o Creativas. o Reconductoras.

- De cierre.

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TÉCNICAS DE MEDIACIÓN

1.- Legitimación.

Concepto: legitimar significa crear las condiciones para que la gente pueda acceder a la participación. Para ello debe sentirse cómoda en sentido técnico: localizada positivamente. Sólo cuando las personas encuentran ese lugar positivo es posible que se pueda pasar de la dinámica de interacción negativa (confrontación) a una dinámica de interacción positiva que pueda construir un contexto de colaboración.

Legitimar no significa pintar la vida de color de rosa. Legitimar es colocar a todas las partes en un lugar positivo ya que sólo si las partes están colocadas en un lugar positivo pueden avanzar. Se trata de recolocar a los participantes en lugares distintos a los que tienen en un primer momento. Alguien quedará legitimado cuando haya logrado justificar o al menos explicar de algún modo más positivo sus actitudes, atributos, pretensiones, procedimientos frente a su contraparte.

Ejemplos:

- “… ya que para ti la oración es muy importante y no quieres renunciar a ella, dices que rezar en voz baja en la celda puede ser una solución para que Francisco no se despierte todas las noches…”

- “¿crees que hubo algún motivo de tu situación personal por el que actuaste de forma impulsiva cuando Juan bromeó sobre tu madre y por eso le pegaste?”

Momentos de la legitimación:

- Primer momento: estaría centrado en nosotros como mediadores. Se trata de aplicar la técnica de escucha activa. En este momento yo como mediador legitimo, doy valor a lo que dice cada parte.

- Segundo momento: estaría centrado en enseñar a las partes a que se escuchen, a que comprendan lo que dice el otro. Ejemplo: “¿Has entendido lo que ha dicho?, ¿Podrías decirme lo que ha dicho?”

- Tercer momento: estaría centrado en que cada uno pueda ponerse en el lugar del otro. Comprender lo que dice el otro no es ponerse en su lugar. Este tercer momento va más allá. En este momento se puede trabajar con técnicas como el cambio de roles que se explicará más adelante.

Legitimar sentimientos y emociones: Consiste en valorar el esfuerzo, valor y sentimientos del que habla, reconociendo la importancia de sus experiencias. Parte del principio de que todas las emociones son válidas, ya que van ligadas a vivencias con un alto contenido emocional. En este momento es importante escuchar la necesidad que la persona está expresando de manera velada (necesidad económica, de reconocimiento, estado anímico en el momento, sensación de presión para hacerse respetar quizá contraria a los propios principio…).

Ejemplos: “por lo que dices parece que en ese momento sentiste… y por eso…”, quieres decir que para ti fue doloroso…”“parece que para ti es muy importante…” (a veces usamos las mismas fórmulas con objetivos diferentes)

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Sin embargo, se hace aconsejable acompañarla de la reconducción al momento actual y a los intereses que persigue en la negociación.

Cuándo se utiliza: durante todo el proceso de mediación. En cualquier situación en que uno de los dos está necesitando de ese reconocimiento por el hecho de expresar malestar por aquello que está sintiendo o pensando.

Situaciones en las que “legitimar” resulta especialmente difícil.

“…eres un sinvergüenza, un mentiroso, un interesado…..” ¿Cómo buscar el camino que nos lleve a lograr connotar positivamente algo muy negativo? Se trataría en un primer momento de neutralizar la carga negativa que tienen esas palabras (“…debes de sentirte muy mal para decir esto…”) para en un momento posterior orientar nuestra intervención a rescatar los hechos que han podido quedar relegados u olvidados por la situación de conflicto vivida entre las partes, es decir, buscar lo positivo de la relación entre las partes, ir más allá del conflicto “…qué fue lo que te hizo elegir a esta persona para esta actividad… o para …., cómo era él, qué ha cambiado…qué crees que pasó para que cambiara…”. En este momento nos ayuda a legitimar el rescatar información obtenida en algún momento y que pudiera haber provocado la actuación tal y como ésta se dio. Éste sería un momento idóneo para emplear el recurso del cambio de roles.

“Antes hablabas de que conoces a Pepe desde que entraste aquí, ¿qué sabes de su situación personal?... ¿cómo era en el momento en que se dio vuestra discusión?...¿crees que le pudo haber influido?... ¿de qué manera?”

2.- Reconocimiento.

Concepto: reconocer es identificar al otro como sujeto que tiene necesidades. Es un movimiento de descentramiento para poder ver al otro, “darme cuenta” del otro. Reconocimiento y Legitimación van absolutamente unidos durante todo el proceso de la mediación.

Ejemplos: se podría trabajar con ayuda de preguntas circulares descritas a continuación “¿qué crees que necesita el otro?.. ¿qué crees que siente…?...

Momentos de reconocimiento: de igual modo que ocurría con la técnica de legitimación, el movimiento para aplicar esta técnica partirá de nosotros como mediadores quienes somos los primeros capaces de reconocer e identificar a cada parte como personas con necesidades con el objetivo de que sean ellas quienes finalmente sean capaces de reconocer en el otro esas necesidades que les permitirán salir de la confrontación.

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Cuándo se utiliza: durante todo el proceso de la mediación. En cualquier intercambio en que consideremos oportuno recurrir a la legitimación, ya que el reconocimiento sería la consecuencia más esperable. El ejemplo anterior busca el reconocimiento en la parte de contraria, y lo hace a través de la legitimación.

3.- Empowerment. (“Empoderamiento”, Valorización)

Concepto: es una herramienta de la mediación que se utiliza para que las partes fortalezcan su propia conciencia de todo lo que pueden y son capaces, se trata de devolver a las personas implicadas el poder y responsabilidad en el problema o conflicto. Se trata en última instancia de reconocer el potencial y efecto renovador que puede tener para ellos mismos y en el propio entorno (compañeros, funcionarios, dirección…) el hecho de que demuestren su capacidad de autocontrol, respeto y diálogo a través de la oportunidad que se les está ofreciendo, frente a los valores impositivos de fuerza, dominio y sumisión empleados usualmente para resolver disputas en prisión.

Podemos decir que hay “empowerment” cuando las partes:

- Comprenden más claramente qué es lo que les importa y por qué. - Comprenden sus intereses, el porqué los persiguen y el porqué merecen

ser considerados. - Comprenden que hay muchas opciones para proteger sus intereses y que

además pueden tener control sobre ellas. - Comprenden que pueden elegir qué hacer en la situación concreta. - Comprenden que pueden quedarse o no en la mediación. - Sienten que sus habilidades para afrontar y solucionar conflictos han

aumentado. - Sienten que pueden escuchar mejor, comunicarse, ordenar, analizar y

evaluar las opciones ante un conflicto. - Toman conciencia de que tienen recursos para el afrontamiento y solución

de problemas. - Entienden que cada uno tiene algo valioso para el otro y que ellos mismos

son suficientes para inventar opciones nuevas. - Son capaces de reflexionar, deliberar y tomar decisiones acerca de sí

mismas y de las distintas situaciones conflictivas que surjan de la interacción con otras personas.

- Son capaces de evaluar la consistencia o debilidad de sus argumentos así como las ventajas y desventajas de llegar o no a acuerdos.

Esta técnica responde al objetivo último de la mediación penitenciaria, esto es, validar y sustituir los valores impositivos por los basados en el respeto en un entorno altamente hostil y jerarquizado formal e informalmente como es la prisión.

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Ejemplos:

“Antes decías que aquí nadie te escucha ni te pregunta lo que quieres, parece que tienes la sensación de que no puedes elegir, sin embargo, ahora hablamos de tú tienes aquí la posibilidad de cambiar el procedimiento normal, puedes decidir si lo haces o no, porque al final sólo depende de lo que tú quieras”

“A pesar de no querer encontrarte con él, me dices que os habéis cruzado y os habéis saludado, algo que no habíais hecho desde antes de pelearos ¿crees que sólo ha dependido de él o que tú también has tenido algo que ver?”

“Dices que crees que los funcionarios piensan que vosotros no sois capaces de hablar, que sólo sabéis de peleas y violencia, ¿qué crees que les demostraríais si os sentarais a solucionar el conflicto de manera respetuosa y dialogada?...¿te gustaría hacerlo?

Cuándo se utiliza:

• Cuando alguna de las partes pudiera dudar de lo que la mediación le aportaría. • Cuando está muy presente en la vida de la persona la sensación de incontrolabilidad, de haberse sentido siempre arrastrado y no haber tenido elección, especialmente en el contexto penitenciario. • Cuando se percibe un alto rechazo a los procedimientos sancionadores del centro. • Cuando parece que esa persona se halla en un proceso de “reconstrucción o reencuentro”, de forma que se muestra abierto a nuevos comportamientos y actitudes relacionados con los valores que conforman la filosofía de la mediación.

4.- Parafraseo

Concepto: parafrasear es repetir casi con las mismas palabras lo que el otro acaba de decir, eliminando las connotaciones negativas. A veces, al hilo del discurso de una de las partes, se hace necesaria la intervención del mediador para volver a expresar una idea, bien para reforzar lo que acaba de ser formulado, bien para traducir al otro el significado que es relevante para la negociación, obviando otros componentes perjudiciales. Ejemplos: Implicado: “… me parece que fue él el que se chivó al funcionario…” Mediador: “… le pegaste porque pensaste que había sido él quien te había delatado…” Cuándo se utiliza: en cualquier momento en que reflejar lo que acabamos de escuchar ayuda a la persona a reflexionar y a continuar expresándose.

5.- Resumen estratégico

Concepto: Consiste en sintetizar las aportaciones y los intereses de las partes. Ayuda a corregir los aspectos que se han entendido mal y especialmente, a

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presentar lo que es importante para cada una de las partes sin la carga emocional que en muchas ocasiones dificulta el proceso de negociación. Ejemplos: “estabais hablando de lo que hacíais los dos justo antes de la pelea, los dos estáis de acuerdo en que no fuisteis los únicos implicados, pero que sólo os abrieron el parte a los dos…¿ por qué creéis que fue?” Cuándo se utiliza: Se suele utilizar a modo de cierre al final de las sesiones y así sintetizar las diferentes aportaciones, permitiendo que las dos partes se despidan con una idea clara de los avances en la negociación a lo largo de ese encuentro. Igualmente, es una buena manera de iniciar una nueva sesión dando continuidad al proceso de negociación. También a modo de reconducción hacia los objetivos de la mediación cuando las partes abren otros temas que no relacionados con el conflicto.

6.- Normalización

Concepto: consiste en conceder a la situación de conflicto y negociación así como a los sentimientos y pensamientos asociados a esa situación, un carácter no dramático ni definitivo. Se trataría de transmitir que estamos ante una situación concreta, no de algo unido a cada una de las partes de forma indisoluble y determinante para sus vidas.

Ejemplos:

“como dices, has intentado solucionar el conflicto de la forma que aquí se soluciona normalmente, con el puño o el pincho…”

“parece que estabas enfadado después de la pelea por teléfono con tu hermano y que lo pagaste con Juan… a veces pasan esas cosas ¿no?... ¿qué podrías hacer ahora?”

Cuándo se utiliza: Esta técnica va a ser de gran utilidad dentro del contexto hostil y cerrado en el que los implicados se hayan y en el que la violencia ha podido cumplir en muchas ocasiones un papel muy funcional y adaptativo a la hora de lograr el respeto y mantener la posición, es recomendable reconducir a los objetivos de mediación tras la normalización.

7.- Reciprocidad

Concepto: se trata de que el mediador señale a las partes que ambos (si es que son dos) se influyen mutuamente y que la mediación no es posible si uno de ellos no está interesado o dispuesto a aceptar “las reglas del juego” basadas en la escucha, el respeto y el diálogo como forma alternativa de solución al conflicto.

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Ejemplos:

“los dos habéis aceptado estar aquí entendiendo lo que la mediación supone y que podéis paralizarla en el momento en que cualquiera de los dos decida, con lo que para los dos es importantísima la actitud propia y del otro para que seáis capaces de entenderos y solucionar el conflicto”

“quieres decir que te molestó lo que Raúl te dijo, aunque reconoces que tú también le quisiste hacer daño…”

Cuándo se utiliza: durante las fases de aceptación y compromiso del proceso y encuentro dialogado o negociación. Es especialmente útil en los momentos en que una de las partes está bloqueando el avance ya que únicamente tiene presente las consecuencias que el conflicto ha podido tener para él, sin reparar en el hecho de que al otro también le ha influido negativamente.

8.- Reformulación

Concepto: Consiste en resaltar las características o cualidades positivas de las partes, ver lo positivo. Implica decir de otro modo algo que fue expresado con anterioridad. Consiste en exponer desde otra perspectiva algo que se ha expresado, generalmente conlleva un re-encuadre de lo ocurrido o una re-contextualización. Ejemplos: El mediador intenta volver a expresar lo dicho de forma que elimine la parte de ataque o, rescatando la motivación de fondo y el interés expresado de forma velada: “Quieres decir que para ti es muy importante.../ que en ese momento te influyó…” Implicado: “este tío me engañó y me timó, me dijo que me devolvería el tabaco que le presté y todavía estoy esperando, así que le vi fumando el otro día, me cabreé y le di el puñetazo que tenía merecido” Mediador: “tú esperabas que te devolviese el tabaco y como veías que no lo hacía quisiste hacérselo pagar” Cuándo se utiliza: fundamentalmente durante la fase de encuentro dialogado o negociación, aunque tiene cabida en cualquier momento en que repetir lo que estamos oyendo puede ayudar a la persona a ver lo que ha expresado desde otra perspectiva.

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9.- Reconducción

Concepto: es aquella técnica que completa la función de las preguntas reconductoras (descritas más adelante) permitiendo que cuando el discurso se desvía del objeto de negociación, abriendo paso a ataques y estilos de comunicación poco efectivos, permita redirigirlo nuevamente al tema tratado previamente. Ésta técnica añade a la de las preguntas reconductoras la validación o legitimación de lo expresado.

Ejemplos: “evidentemente, los dos tenéis puntos de vista diferentes respecto al conflicto, por eso pasó lo que pasó; sin embargo, ahora estáis los dos aquí esperando e intentando llegar a un punto común y resolver la situación que a los dos os ha perjudicado…(pregunta reconductora)”

Cuándo se utiliza: principalmente durante la fase de encuentro dialogado o negociación.

10.- Enfoque hacia el futuro

Concepto: los conflictos se resuelven en el futuro no en el pasado, por eso no es tan importante el ¿qué pasó? Sino el ¿qué quieres que pase? En el proceso de mediación sólo acudiremos al pasado cuando haya algo en él que de algún modo esté bloqueando el proceso y nos impida avanzar. Responder a cuestiones sobre el pasado nos proporciona información a nosotros como mediadores no a ellos. Las personas implicadas en un conflicto necesitan información nueva para trabajar y es el futuro el que va a proporcionar esa información, esa historia nueva sobre la que sí es posible pactar. Esta técnica por tanto, consistiría en redirigir la atención de las personas a lo que quieren conseguir y lo que pueden hacer para lograrlo, entendiendo que ha habido situaciones duras y difíciles por las que están aquí, pero que el hecho de estar aquí es señal de la voluntad de ambos de encontrar una solución de una forma diferente a como lo han hecho hasta ahora.

Ejemplos: “¿qué necesitarías tú para dejar de sentirte de esta manera…para pensar que el problema que tenéis estaría resuelto…? ¿qué creéis que os aportaría a vuestra vida aquí ser capaces de encontrar una solución y aclarar las cosas cara a cara?”

Cuándo se utiliza: durante el encuentro dialogado o negociación, siempre y cuando se perciba algún tipo de bloqueo en el flujo creativo presente en alguna de las partes o parezca conveniente romper los posicionamientos y facilitar la orientación hacia los intereses.

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USO DE LAS PREGUNTAS

1.- Introducción.

Resulta un recurso indispensable para manejar todo el proceso de negociación. Potencian la reflexión y el pensamiento creativo a la hora de generar alternativas útiles. Además, ayudan a disminuir las resistencias puesto que las personas respondemos menos a la defensiva cuando somos nosotros quienes damos la respuesta que cuando son otros quienes nos imponen lo que debemos hacer.

También facilitan al mediador el cumplimiento de su rol de participante imparcial y neutral ya que permiten reflejar posiciones, estrategias, etc. que las partes están empleando sin necesidad de expresarlo abiertamente. Tipos de preguntas:

2.-Preguntas exploradoras.

Preguntas informativas/abiertas

Concepto: son aquellas que no pueden ser contestadas por sí o por no. Se formulan desde la curiosidad.

Cómo se hacen: utilizando las palabras iniciales qué, quién, cómo…o utilizando cualquier otra formulación que no permita dar una respuesta afirmativa o negativa. “¿Crees que la mediación puede ayudarte a resolver esta situación?”

“¿Qué es lo que más te preocupa de la situación?”

Cuándo se utilizan: Se suelen emplear al inicio de la sesión. Permiten abrir el tema que más interese a las partes y siempre y cuando se desee abrir nuevas alternativas de comunicación.

Preguntas cerradas.

Concepto: son aquellas que se contestan por sí o por no. Son útiles para confirmar alguna información obtenida con anterioridad. “¿Te parece bien entonces que el próximo jueves trabajemos estos aspectos…?

Cómo se hacen: de forma que la respuesta sólo pueda ser un sí o un no.

Cuando se utilizan: en las primeras fases del proceso.

Peligros: hay que utilizar estas preguntas con cuidado ya que y especialmente en el contexto penitenciario pueden resultar indagatorias y coercitivas y por tanto pueden generar resistencias en las personas.

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Preguntas clarificadoras

Concepto: son aquellas que ayudan a la persona a concretar un tema que puede resultar demasiado vago o difuso. Convierte en específicas ideas más generales. Ejemplos: “¿A qué te refieres con…?”, “¿Qué quieres decir cuando hablas de…?” Cuándo se utilizan: en cualquier momento del proceso.

Preguntas estratégicas.

Concepto: son aquellas que sirven para establecer líneas de trabajo y por tanto parten de la idea de que quien las formula tiene una hipótesis de trabajo. Buscan un resultado determinado. Nos ayudan a evaluar si podemos avanzar en la hipótesis que tenemos o si hay que desecharla y pensar en otras. Como mediadores siempre vamos a tener alguna hipótesis, no trabajamos desde el vacío, la técnica de confirmar o desconformar es un modo de organizar la conversación para encuadrar el proceso.

Ejemplos: “¿Has estado en esta situación otras veces?”

Cuándo se utilizan: en la fase de encuentro dialogado/negociación.

Preguntas justificativas

Concepto: son aquellas que buscan el motivo por el que las partes deciden y actúan. Muchas veces sólo indagamos en función de motivos simples que pueden ser abiertamente expresados. En otras ocasiones tratan de encontrar la “agenda oculta” que suele estar presente y boicotear la negociación en muchas ocasiones. En estas ocasiones es de gran utilidad acompañar las preguntas de otras técnicas que se describen a continuación como la legitimación o validación (únicamente cuando existe una hipótesis que consideramos con fuerza suficiente para arriesgarnos). Estas técnicas ayudan a disipar resistencias y desbloquear la negociación.

Ejemplos: “¿En qué te basas al decir que…?”, “¿Por qué es tan importante para ti firmar cuanto antes?”

Cuando se utilizan: en la fase de encuentro dialogado/negociación.

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3.-Preguntas transformadoras.

Preguntas circulares

Nacen de la concepción de la comunicación como un proceso circular y no lineal. Las personas llegan a la mediación con una historia lineal, causa-efecto. Las preguntas circulares ayudan a romper esa linealidad.

Las preguntas circulares NO tienen como objetivo:

- la obtención de una respuesta objetiva. - El descubrimiento de la verdad.

Las preguntas circulares SÍ tienen como objetivo:

- Intentar que las personas piensen en significados que hasta el momento no tuvieron presentes en sus propias opiniones para compararlos con los de otros.

Construcción de preguntas circulares.

PENSAR SENTIR

DECIR HACER

Vamos construyendo preguntas con estas variables:

PENSAR:

¿Qué piensa usted que él pensaría si…?

¿Qué piensa usted que él sentiría si…?

¿Qué piensa usted que él diría si…?

¿Qué piensa usted que él haría si…?

SENTIR:

¿Qué sentiría usted si él pensara…?

¿Qué sentiría usted si él sintiese…?

¿Qué sentiría usted si él dijese…?

¿Qué sentiría usted si él hiciese…?, ¿Cómo te has sentido al saber que…?

Se haría de igual modo con las demás variables.

Se utilizaría en la fase de encuentro dialogado o negociación.

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Preguntas creativas/alternativas

Concepto: son aquellas que ayudan a generar ideas y alternativas que satisfagan a ambas partes.

Exploran las consecuencias de una situación hipotética.

Ejemplos: “¿Cómo se os ocurre que podéis hacer para…?”

Cuándo se utilizan: en la fase de encuentro dialogado/negociación.

Preguntas reconductoras

Concepto: son aquellas que interrumpen el discurso de una o ambas partes cuando éste se desvía del objeto de negociación y ayudan a reconducirlo nuevamente hacia la tarea. Resulta de ayuda retomar la última parte del discurso y enlazarlo con el tema a tratar.

Ejemplo: “…Estabais comentando que los dos sentisteis que se os iba de las manos ¿de qué forma creéis que os pudo influir? Cuándo se utiliza: en la fase de encuentro dialogado/negociación se harán necesarias en más de una ocasión, pero también en la fase previa de acogida en que la persona puede salir del tema para ofrecer una información de escasa relevancia (tener presente siempre en esta fase el objetivo de empalizar como prioritario, pero intentando que esa “ventilación emocional” no sea el único objetivo de la sesión). 4.-Preguntas de cierre

Concepto: son aquellas que permiten cerrar la sesión dejando pendiente algún asunto, de forma que se haga necesario un nuevo encuentro para solucionar algo que no puede ser tratado en el momento presente. Ejemplos: “…Los dos habéis planteado distintas alternativas muy interesantes, ¿qué os parece si lo pensáis y seguimos discutiéndolo el próximo día?” Cuándo se utiliza: en la fase de encuentro dialogado/negociación.

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OTRAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS

1.- Tormenta de ideas.

Concepto: se trataría de una herramienta para promover en las personas implicadas en un conflicto el pensamiento de alternativas de solución distintas a las ya conocidas y utilizadas por ellos. La dificultad de esta técnica en este contexto radica en las limitaciones físicas (espacio) y disciplinarias que nosotros como mediadores vamos a tener que conocer y manejar para evitar que las propuestas que las partes plantean no puedan llevarse a cabo por este motivo. Más que el desarrollo de esta técnica en su forma más pura se trata de utilizar la creatividad como herramienta en el proceso de mediación. El Brainstorming es útil para atacar problemas específicos (más que los generalistas) y allí donde hace falta una colección de ideas buenas, nuevas y frescas (más que no donde hace falta juicio o análisis para decidir).

Objetivos: romper las limitaciones habituales del pensamiento y producir un conjunto de ideas entre las que poder escoger (nadie quiere tener una única opción dónde escoger cuando va a comprar un coche o un detergente, por lo tanto, ¿porqué tener sólo una opción cuando se intenta resolver un problema?).

Reglas básicas:

No juzgar. Eliminar toda crítica. Cuando brotan las ideas no se permite ningún comentario crítico. Se anotan todas las ideas.

Pensar libremente. Es muy importante la libertad de emisión. Los pensamientos salvajes están bien. Las ideas imposibles o inimaginables están bien.

La cantidad es importante. Hace falta concentrarse en generar un gran número de ideas que posteriormente se puedan revisar. Cuanto más grande sea el número de ideas, más fácil es escoger entre ellas.

El efecto multiplicador. Se busca la combinación de ideaciones y sus mejoras. Además de contribuir con las propias ideas, los participantes pueden sugerir mejoras de las ideas de los demás o conseguir una idea mejor a partir de otras dos.

Ejemplos: “vamos a intentar proponer todas las soluciones que se nos ocurran, aunque pudieran parecer locas, después ya veremos cuáles nos pueden valer y cuáles no, cuantas más mejor, yo las iré escribiendo y después las leemos, de acuerdo?”

Cuándo se utiliza: durante la fase de encuentro dialogado o negociación.

2.- Pregunta del Milagro.

Concepto: se trata de una herramienta que de algún modo estaría relacionada con el enfoque hacia el futuro que se describió anteriormente. Aunque el origen de dicha técnica se remonta más al ámbito de la terapia familiar podríamos rescatar esta herramienta para el proceso de mediación ya que las ideas fundamentales con las que

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trabaja son la orientación positiva de la situación, el protagonismo de las partes implicadas y la cooperación como elemento necesario de avance.

Cómo se utiliza:

- Se anticipa a las personas que se les va a hacer una pregunta extraña. - Se comienza: “imagina que una noche mientras duermes ocurre un milagro, al

despertar al día siguiente, ¿qué sería diferente?, ¿qué harías tú?, ¿qué observarían los demás en ti?, ¿qué harían los otros?

- Realizar una valoración: ¿en qué momento estás ahora?, ¿dónde estabas antes de iniciar el proceso de mediación?, ¿qué te gustaría cambiar?, ¿qué pasos tendrías que dar para cambiar?

Cuándo se utiliza: durante el encuentro dialogado o negociación, siempre y cuando se perciba algún tipo de bloqueo en el flujo creativo por parte de alguno de los implicados o parezca conveniente romper los posicionamientos y facilitar la orientación hacia los intereses.

3.- Simulaciones y juego de roles.

Concepto: consiste en poner en escena una situación determinada para mostrar la función que tiene el modo que las personas utilizan para comunicarse. Sería como “hacer del otro”. Técnicas como esta, pueden ser muy eficaces cuando las personas que participan en ellas están suficientemente motivadas y el mediador está suficientemente preparado y experimentado en su puesta en práctica porque de lo contrario esta herramienta puede resultar arriesgada e incluso contraproducente. Tal vez en una situación concreta una de las partes no sea capaz de comprender el significado de una pregunta circular pero sí pueda ver, protagonizando la escena qué es lo que sucedería si él actuara de otro modo o de mirarla desde un rol de observador. Sólo si hemos generado suficiente confianza en nosotros como mediadores y en el proceso en sí podemos poner en práctica esta técnica. Puede haber variantes a esta herramienta como pedir a una de las partes que “haga de sí mismo” mientras nosotros como mediadores hacemos del otro.

Cuándo se utiliza: sólo durante la fase de encuentro dialogado o negociación, cuando se hace recomendable hacer presente la influencia de la reciprocidad en el proceso y alguna de las partes está exclusivamente centrada en su propia posición.

A pesar de que en algún momento se han señalado momentos idóneos para el uso de las técnicas, es necesario hacer presentes algunas de las máximas de la mediación: la creatividad y la flexibilidad, de forma que en cualquier momento es posible casi todas las herramientas de que disponemos, a fin de facilitar la comunicación y el entendimiento entre las partes.

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ANEXO II: DOCUMENTOS

INFORMACION EN LA FASE DE ACOGIDA (documento 1).

- ¿Cómo conoció el servicio de mediación?

- Otro interno/Un funcionario/Miembro de la Comisión Disciplinaria

-Datos personales

1.- Nombre y apellidos.

2.- Apoyo en el exterior, ¿dónde vivías antes de entrar en prisión?

3.- Hijos y edades. (Ejemplo: si se atasca la negociación y hay que acudir a sesiones individuales, se puede decir: que te puedes quedar sin permiso y tus hijos pueden tener unos beneficio).

4.- Oficio. Nivel de estudios. (Sobre todo para ver el código en el que se habla).

-Datos relativos al conflicto

(Centrarse en las cuestiones del conflicto. Son preguntas abiertas pero se pueden reconducir hacia unas respuestas concretas. Se hace a través de un diálogo y conversación):

- Causas que lo iniciaron. - Momento temporal de inicio. - Conflictos derivados del anterior, o que se pueden derivar de éste.

Concatenación de conflictos. - Fase en que se encuentra el proceso disciplinario. Si ha finalizado y con

qué sanción. - Relación personal con la otra parte, anterior, posterior. - Tiempo de condena ¿Cuánto le queda? - Si esta saliendo o ha salido de permiso. - Grado de clasificación - Problemas de adicción. - La expectativa que tiene con la mediación. - Saber si es el primer conflicto. - Tipos de conflictos anteriores y sanciones. - Interés en negociar: permisos, por miedo, por traslado, por regresión, por

evitar sanción, -intuyo que ninguno viene por aprender comportamientos alternativos de soluciones de conflictos-.

- Preocupaciones de no resolver este conflicto. - Urgencia en resolver el conflicto.

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HOJA DE CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA LA ACEPTACION DEL PROGRAMA (documento 2).

La mediación consiste en:

-Un proceso en el que las partes acuden de forma libre y voluntaria. De manera que las personas pueden en cualquier momento paralizar el proceso. También puede detener el procedimiento el mediador cuando una parte de aprovecha de la otra y no tiene interés en seguir el proceso.

-Un procedimiento basado en el diálogo y en tu participación para que aumenten las posibilidades de solución del conflicto.

-Un método de solucionar conflictos en la que ambas partes ganan. Para ello hay que estar dispuesto a comprender la verdad, intereses y necesidades de la otra parte.

- Un proceso dirigido por dos mediadores que serán imparciales, neutrales y objetivos; escucharán por igual a las dos partes. Mantendrán absoluta confidencialidad –no dirán ni comentarán con nadie- sobre todo lo que ocurra en el procedimiento. Dará cuenta de los acuerdos a la Comisión Disciplinaria para que suspenda o reduzca la sanción y a la Junta de tratamiento para que acuerde anotarlo en el expediente penitenciario.

La mediación te ofrece:

1.- Aprender a asumir parte de responsabilidad de la conducta infractora y de tu participación en el conflicto interpersonal.

2.- Aprender conductas destinadas al reconocimiento de la verdad.

3.- Aprender conductas de diálogo en las relaciones interpersonales conflictivas y que puedan fomentar la preparación de la vida en libertad.

4.- Aprender a escuchar para comprender la posición del “otro”.

5.- Aprender claves para la solución creativa y pacífica de las relaciones conflictivas.

6.- Aprender la posibilidad de decisión personal y autónoma sobre el conflicto.

7.- Ayuda a reducir los niveles de ansiedad y de tensión interna que suponen las conductas y pensamiento violentos.

8.- Ayuda a reducir la sanción.

9.- Ayuda a que el hecho conflictivo no suponga la pérdida de permisos o reduzca las posibilidades de progresar en grado.

10.- Evitar los problemas que conlleva la sanciones disciplinarias y que repercuten indirectamente en tu familia –para las visitas y traslados-.

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11.- Si este hecho se tuviera que enjuiciar por la vía penal ordinaria, la mediación, al quedar documentada, puede suponer la disminución de la pena en uno o dos grados por la aplicación de la atenuante de reparación del daño (art. 21.5 CP).

12.- Tu participación puede suponer una valoración positiva por parte de las instancias administrativas y judiciales en cuanto aporta claves de aprendizaje de responsabilización personal. En este sentido el art. 91.2 CP valora positivamente a los efectos de reducción del tiempo para la concesión de la libertad condicional la “participación efectiva y favorable en programas de reparación a las víctimas”.

13.- Te ayuda a aumentar la percepción de control sobre tu vida y sobre lo que ocurre dentro de prisión.

La mediación exige:

1.- Estar dispuesto al diálogo y mantener una actitud activa y creativa durante el proceso de mediación.

2.- Escuchar con respeto y en silencio al otro (entrega del documento de la escucha activa).

3.- Estar abierto a la posibilidad de reconocer la verdad de lo ocurrido y de situaciones previas conflictivas, así como de tu participación y responsabilidad en lo ocurrido. Es la única forma de que pueda existir entendimiento

4.- Cumplir los acuerdos a los que llegues con la otra parte.

La mediación impide:

1.- Presionar a la otra persona para que acuda a la mediación o para que tome determinados acuerdos. Si el mediador cae en la cuenta de ello dará por finalizado el proceso y la mediación no se considerará efectuada.

2.- Ejercer cualquier forma de violencia frente a la otra parte y al mediador.

Una vez leído y reflexionado sobre estos aspectos, firmo el presente escrito como COMPROMISO DE INICIO del procedimiento de mediación.

Fecha y firma.

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ACTA DE ACUERDOS (documento 3)

D. y D ,

reunidos con los mediadores y ,

informamos a la Administración Penitenciaria que damos por concluido

satisfactoriamente el proceso de mediación para resolver las diferencias

existentes entre nosotros, tras haber llegado a los siguientes acuerdos de

forma libre y dialogada, los cuales nos comprometemos a cumplir:

Por ello, solicitamos que se informe al Centro Penitenciario de la mencionada

mediación para que conste a los efectos oportunos, firmando el presente

documento en , a de 20 .

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ANEXO III. TRABAJO PRÁCTICO. Microsituaciones.

a. Análisis de la situación (¿qué está ocurriendo?, la idea es intentar situar la viñeta presentada dentro de un contexto más amplio y, a partir de ahí, representarla empleando la técnica que parezca más eficaz y adecuada)

b. Manejo de la situación ¿(qué técnica/s es posible emplear?) c. Role-playing (¿cómo ponerlo en práctica? uso de las preguntas según los

objetivos) d. Posibles peligros de no manejar la situación.

En todas las situaciones se proponen líneas de trabajo, no son excluyentes ni exclusivas, lo importante es decidir el objetivo que se va a perseguir y cuál sería la mejor manera de lograrlo.

Ejemplos:

1. Fase de encuentro dialogado:

Se encuentran los dos implicados discutiendo cómo sucedieron las cosas, uno de ellos monopoliza la conversación, intentando convencer a los mediadores de que él tiene la razón y no permite al compañero presentar su propio punto de vista…

“…¿Se da cuenta? ¿Cree usted que así se puede hablar, que así se puede llegar a algo?”

2. Fase de encuentro dialogado:

Uno de los implicados es muy desorganizado y poco metódico. El otro implicado plantea en la sesión que no cree que el otro vaya a cumplir lo que se pueda acordar (está enfadado, da muestras de estar realmente dolido).

3. Fase de acogida:

Uno de los implicados pone como condición para sentarse a hablar que el otro haga algo (¿Qué reconozca algo delante de los funcionarios?) y además hay por parte de este implicado un intento de aliarse con el mediador muy fuerte. (“…dígale la verdad, dígale que así no se pueden hacer las cosas, que yo tengo razón…”).

4. Cualquier momento del proceso:

Uno de los implicados o los dos en algún momento plantean dudas o recelo sobre el proceso de mediación, “…quiero rapidez, terminar con esto ya mismo, cada día que tenga que venir aquí lo estoy perdiendo de un curso que estoy haciendo (o destino….) y además no tengo ganas de ver a esta persona…”

5. Fase de acogida:

Uno de los implicados manifiesta que su intención o su situación penal es provisional y que está pendiente de traslado de centro penitenciario, que no le compensa la mediación, que espera no encontrarse con esa persona nunca más...

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6. Fase de encuentro dialogado:

Los dos implicados llegan enfadados y tensos, contenidos. Por tanto no hablan, lo delegan todo en el otro. La sesión anterior se habían comprometido a mediar y éste es el primer encuentro entre ellos después del conflicto. Ambos lograron aceptar algo de responsabilidad en los hechos en la fase de acogida, pero sobre todo culpan al otro de lo que ha pasado (parece que un asunto de móviles, ninguno de los 2 da una información muy clara al respecto ¿entrar ahí o centrar la mediación en los sentimientos y los intereses, posiciones…?)

7. Fase de encuentro dialogado:

Los implicados dicen que todo está bien entre ellos, que no es necesario todo esto, que hay buen rollo entre ellos… el caso es que están como incompatibles y nosotros no tenemos más información que esa y seguirán como incompatibles indefinidamente si no actúan.

8. Fase de acogida:

Alguno de los implicados o los dos quieren que un tercero (testigo, compañero…) acuda a la sesión para que pueda “aportar” alguna prueba sobre lo que pasó. Para él es fundamental que el mediador crea su versión y no a “ese capullo que por su culpa me han quitado el trabajo y mis hijos están esperando que les llegue el dinero que gano aquí para poder comer (…)”

9. Fase de acogida

Los implicados se atacan verbalmente o descalifican: “…este tipo está loco….es que es muy corto el pobre….”. El bueno y el que tiene la razón es sólo él

10. Fin de la fase de acogida (antes de pasar al encuentro dialogado): situación abierta

Situación en la que se observa un desequilibrio importante respecto a las intenciones o intereses de alguno de los implicados.

11. Fase de acogida

1ª entrevista de acogida con uno de los implicados, éste está exponiendo los motivos por los que participó en la pelea “… estaba pasando un mal momento porque era el aniversario de la muerte de mi hijo(…) Arturo me tocó las narices con el tema del tabaco y es que me calentó tanto que le di su merecido(…)”

12. Fase de encuentro dialogado

Se encuentran reunidos los 2 implicados, después de exponer cada uno su versión de los hechos.

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Implicado1: “se piensan los funcionarios que somos como animales, que sólo sabemos usar la violencia para solucionar las cosas… pues no me han dicho que no se me ocurriese montarla, que me iba a preparar…? “

Implicado2: “pues a mi igual, se piensan que nos vamos a matar tú y yo aquí…”

13. Fase de encuentro dialogado

Uno de los internos reprocha al otro que después de ayudarle tanto desde que entró en el módulo y lo pasó mal, al final siente que el otro le ha fallado porque se ha chivado y encima contando su versión.

Implicado1: “porque tú me quisiste perjudicar cuando le dijiste al funcionario tu versión, te merecías lo que pasó…”

Implicado2: “oye tío, me parece que se te está yendo la pinza, yo ni me imaginé que iba a pasar esto…”

14. Fase de acogida:

El interno se presenta llorando, viene de enfermería destrozado, cuenta que se ha intentado suicidar por segunda vez “mi vida siempre ha sido difícil, dura (…), nadie me ha ayudado nunca (…)”

15. Fase de acogida:

El interno habla de que la vida en prisión es dura, que uno se ve obligado a pelearse para subsistir, no ve otra opción que el conflicto “aquí no hay muchas opciones, no te puedes dejar comer la merienda, o te haces respetar o estás perdido”.

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Bibliografía.

- ALZATE, R. (1998) Análisis y resolución de conflictos. Una perspectiva psicológica.

Bilbao: Universidad del País Vasco.

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