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Mecanismo Institucional para Transversalizar el Enfoque de Género en el Poder Judicial Fundamentos para un Debate Jeannette Llaja Villena

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Mecanismo Institucional para Transversalizar el Enfoque de Género en el Poder JudicialFundamentos para un DebateJeannette Llaja Villena

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Mecanismo Institucional para Transversalizar el Enfoque de Género en el Poder JudicialFundamentos para un Debate

Consultora: Jeannette Llaja Villena

Lima, junio de 2015

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4 5

I. El Problema 7

II. La Propuesta 9III. Marco Jurídico 10

IV. Antecedentes 11

4.1. La posición de articulaciones supranacionales de magis- trados y magistradas de las altas cortes 12

4.2. La posición del Sistema Interamericano de Derechos Hu-manos 14

V. Experiencia Comparada 15

5.1. Sobre la participación de magistradas/os de alta jerarquía 17

5.2. Sobre las instancias que conforman el mecanismo 18

5.3. Sobre el propósito del mecanismo y las Política de Igualdad de Género 20

5.4. Sobre las funciones del mecanismo 23

5.5. Sobre algunos productos relevantes 26

VI. Conclusión 28

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INDICE

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Las evaluaciones realizadas en el Perú y en la región dan cuenta de la existencia de obstáculos para que las mujeres, en su diver-sidad, accedan a justicia.

Un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Huma-nos evidencia “la influencia de un conjunto de valores sociocul-turales y nociones basadas en la inferioridad de las mujeres, por sus diferencias biológicas y capacidad reproductiva, que afectan negativamente el procesamiento de sus casos dentro de los sis-temas judiciales, e influyen en la percepción del problema como no prioritario y perteneciente al ámbito privado”1. La Comisión se-ñala que “estos patrones socioculturales discriminatorios afectan las actuaciones de los abogados, fiscales, jueces y funcionarios de la administración de la justicia en general, así como de la po-licía”2.

En el Perú, la sociedad civil y el Estado (a través de la Defensoría del Pueblo) han realizado estudios sobre la actuación del sistema de justicia en casos de violaciones a los derechos de las mujeres. En ellos se evidencia que el incumplimiento del deber de debida diligencia al prevenir, investigar y sancionar los casos está rela-cionado a la situación de discriminación por género que persiste en algunos operadores y operadoras de justicia. Algunas de las investigaciones de la Defensoría del Pueblo son:

1 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas. Párrafo 151.2 Ibidem.

I. EL PROBLEMA

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8 9

Las conclusiones y recomendaciones de estos informes dan cuenta de la necesidad de adoptar medidas específicas para que las mujeres puedan hacer efectivo su derecho al acceso a la jus-ticia, y su derecho a la igualdad y no discriminación por razones de género. Una de esas medidas está directamente relacionada con generar mecanismos institucionales para transversalizar el enfoque de género.

2013

2011

2010

2007

2006

2005

2001

2000

Cuadro 1

Informes de la Defensoría del Pueblo sobre la Actuación del Sistema de Justicia en casos de Violencia y Discriminación hacia las Mujeres

Informe Defensorial 158

Informe de Adjuntía 004-2011-DP/ADM

Informe de Adjuntía Nº 004-2010/DP-ADM

Informe Defensorial 126

Informe Defensorial 110

Informe Defensorial 95

Informe Defensorial 61

Informe Defensorial 52

La trata de personas en agravio de ni-ños, niñas y adolescentes

Violencia sexual en el Perú: Un análisis de casos judiciales

Feminicidio en el Perú: Estudio de expe-dientes judiciales.

La aplicación de la justicia penal ante casos de violencia sexual perpetrados contra niñas, niños y adolescentes

Violencia Familiar: Un análisis desde el derecho penal

La Protección Penal frente a la Violencia Familiar en el Perú

Violencia Familiar contra la Mujer en el Callao

Violencia Sexual contra menores de edad en Arequipa

3 Facio, Alda. La igualdad de género en la modernización de la Administración de Justicia. Página 32.

Entre las medidas dirigidas para garantizar el acceso a la justicia de las mujeres se propone la creación de un mecanismo insti-tucional dentro del Poder Judicial, específicamente en la Corte Suprema, que asegure el respeto y garantía del derecho a la igualdad y no discriminación. Esta instancia estaría encargada de la transversalización del enfoque de género en la gestión ins-titucional así como en la adopción de medidas para garantizar los derechos de las usuarias así como de las mujeres que trabajan en él. En términos orgánicos sería importante que el mecanismo cuente con un órgano político, un órgano técnico y contrapartes en cada Corte Superior del país.

Según, Alda Facio esta instancia debería ser permanente y de-bería definir “estrategias que permitan la creación de sistemas de gobierno del Poder Judicial que ayuden a los órganos de ma-yor jerarquía en el desarrollo de políticas y que al mismo tiempo ostente un rango de poder suficiente como para que tales linea-mientos puedan ser ejecutados”. Además señala esta instancia debería ejercer sus funciones al interior de un sistema integral con funciones de coordinación, monitoreo y evaluación; donde cada sección involucrada ejecute un plan coordinado y monito-reado por esta entidad3.

Por otro lado, y en concordancia con el mecanismo mencionado se propone la aprobación de una política institucional de igualdad de género dentro del Poder Judicial, la que debería introducir se

II. LA PROPUESTA

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en el Plan de Desarrollo Institucional del Poder Judicial 2009-20184 o ser parte de la formulación del Plan Especial 2016-2021 del Poder Judicial que viene elaborando el “Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial”5.

Alda Facio recomienda que esta política debería incluir “como eje transversal la perspectiva de género en el quehacer judicial, incluyendo la selección, formación y capacitación de personal, la infraestructura edilicia, los sistemas informáticos, los aspectos estadísticos, presupuestales y gerenciales, los sistemas de ren-dición de cuentas, etc. y que además incorpore políticas reales orientadas a mejorar y aumentar el acceso de las mujeres a la justicia, tanto como usuarias o funcionarias y articule los servi-cios existentes para la atención de violaciones a los derechos humanos que se desprenden de la condición de género de las personas”6.

La propuesta de crear un mecanismo para transversalizar el en-foque de género en el Poder Judicial responde a su obligación de adoptar medidas para garantizar el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (Ley

28983), la que en su artículo 7 establece que son lineamientos del Poder Judicial y del Sistema de Administración de Justicia.

a. Garantizar el acceso a la justicia en igualdad de oportu-nidades, impulsándose la modificación de concepciones, actitudes y valores discriminatorios de los operadores de justicia.

c. Desarrollar programas de formación y capacitación del personal de la administración de justicia y de los funciona-rios encargados de la aplicación de la ley, incorporando en dichos programas, contenido.

Asimismo constituye una medida acorde al Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017 (Decreto Supremo 004-2012-MIMP), el que establece que al año 2017 el 50% de las entidades públicas del nivel nacional y regional deben contar con instancias especializadas para implementar las políticas de igualdad de gé-nero7.

III. MARCO JURIDICOIV. ANTECEDENTES

4 Resolución Administrativa 128-2011-CE-PJ del 6 de julio de 20115 Reconocido por Resolución Administrativa 151-2015-CE-PJ publicado el 10 de mayo de 2015, y que se encuentra conformado por la Comisión de Planificación Estratégico del Poder Judicial y el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial.6 Facio, Alda. La igualdad de género en la modernización de la Administración de Justicia. Página 32.

La importancia de crear un mecanismo para transversalizar el enfoque de género en el Poder Judicial ha sido reconocida en encuentros internacionales de magistrados y magistradas de al-tas cortes así como por el mismo sistema interamericano de de-rechos humanos.

7 Meta del Resultado 1.1. del Objetivo Estratégico 1 del Plan de Igualdad de Género.

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4.1. La posición de articulaciones supranacionales de magistrados y magistradas de las altas cortes

Uno de los antecedentes más claros de la importancia de crear mecanismos institucionales para transversalizar el género en el Poder Judicial se dio en los Encuentros de Magistradas de las Américas, los que desde el año 2000 han agrupado a las máximas autoridades de las Cortes Supremas de justicia, Cortes Constitucionales y Consejos de la Judicatura de la Región.

El Primer Encuentro de Magistradas de las Cortes Supremas de Justicia y Cortes Constitucionales de América Latina y el Caribe “Por una Justicia de Género, se dio en el año 2000 (Costa Rica) y en él se acordó

“Promover la incorporación e institucionalización de la perspectiva de género en la administración de justicia, y en los programas curriculares de capacitación judicial, que desarrollan las Escuelas y Unidades de Capacitación de los Poderes Judiciales, así como hacer conciencia sobre la situación de la mujer como usuaria, víctima, delincuente, y como administradora y operadora del sistema de justicia mediante la puesta en ejecución de un Plan de Acción para América Latina y el Caribe “Por una Justicia de Género 2001-2005”8.

Desde el año 2000 hasta la actualidad se han dado quince en-cuentros, en todos los que se reiteró la importancia y necesidad de incorporar el enfoque de género en el quehacer institucional. En la XV Encuentro de Magistradas del año 2014, al que asistió la Dra. Marianella Ledezma del Tribunal Constitucional peruano, se reiteró el compromiso de:

“Incorporar en los programas de “modernización” y “refor-ma de los sistemas judiciales, la consideración de las ne-cesidades y situaciones que enfrentan las mujeres sujetas a discriminaciones entrecruzadas”9.

Por otro lado, la Cumbre de Presidentes de Tribunales y Cortes Supremas de Justicia de Iberoamérica10, en su VI versión cele-brada en Santa Cruz de Tenerife (2001) adoptó como resolución:

“Promover la incorporación e institucionalización de la pers-pectiva de género en la administración de justicia, y en los programas curriculares de capacitación judicial, que desa-rrollan las Escuelas y Unidades de Capacitación de los Po-deres Judiciales”11.

Asimismo, en la VII Edición de la Cumbre de Presidentes de Tri-bunales y Cortes Supremas de Justicia de Iberoamérica (2002), en la que partició el Juez Supremo Hugo Sivina, se subrayó la importancia de adoptar una “Política de Igualdad de Género por parte de las altas jerarquías del aparato judicial; política que de-bía ser transversal en todas las áreas y en todos los niveles tanto en su organización interna, como en lo externo, en el servicio brindado, permitiendo un mejoramiento en la calidad y el acceso a la justicia con igualdad real, para hombres y mujeres. En esa edición se estableció como acción:

“1. Propiciar la creación de una Unidad permanente, que apoye a los órganos de más alta jerarquía en la implanta

8 Declaración del Primer Encuentro de Magistradas de las Américas, Costa Rica, 2000, Nume-ral 4. En: http://www.observatoriojusticiaygenero.gob.do/documentos/PDF/topicos_interes/TPI_primer_encuentro.pdf (visitado el 10 de junio de 2015)

9 Declaración de Santiago de las Magistradas de los más altos órganos de justicia de Ibe-roamérica “Por una justicia de Género. Santiago de Chile, 2014. del XV Encuentro de Ma-gistradas Numeral 8. En http://www.observatoriojusticiaygenero.gob.do/documentos/PDF/topicos_interes/TPI_Encuentro_magistradas_altos_organos_ibero.pdf10 Actualmente denominada Cumbre Judicial Iberoamericana; luego de haber sido fusionada con el Encuentro Iberoamericano de Consejos de Judicatura.11 Declaración Final de la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes y Tribunales Supremos de Justicia. Declaración de Canarias. Año 2001. En: http://www.sitios.scjn.gob.mx/instituto/sites/default/files/documentos/6-declaracion-canarias.pdf

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ción de la política que actuará dentro de un sistema inte-gral; coordinándolo, impulsándolo, monitoreándolo y eva-luándolo”12.

Es preciso mencionar que la Cumbre de Presidentes de Tribu-nales y Cortes Supremas de Justicia de Iberoamérica se fusionó con el Encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura, generando la Cumbre Judicial Iberoamericana en el año 2006. Ésta última, en su XVII Edición (2014) acordó la constitución de una Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia13; instancia que tiene entre sus objetivos generales promover es-pacios que permitan el intercambio y la difusión de las buenas prácticas en materia de justicia de género, y desarrollar propues-tas de polit́icas para la equidad de género que se puedan im-plementar al interior de los Tribunales y Cortes Supremas, los Consejos de la Judicatura y Magistratura y demás altos órganos de justicia14. A esta última cumbre asistieron el Dr. Pablo Talave-ra Elguera y el Dr. Josué Pariona Pastrana, ambos jueces de la Corte Suprema del Perú.

4.2. La posición del Sistema Interamericano de Dere-chos Humanos.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con-sidera que una estrategia para mejorar el acceso a la justicia de las mujeres es la creación de unidades especializadas en las instancias judiciales; en ese marco recuerda que se han creado Comisiones de Género como instancias políticas conformadas por altas autoridades, y Unidades de Género, como divisiones

técnicas y orientadas a promover cambios desde la perspectiva de género al interior del sistema de administración de justicia.

La CIDH, además, reconoce que esta estrategia ha permitido la implementación de acciones de capacitación y la incorporación de la perspectiva de género en la carrera judicial y en la escuela judicial; ha facilitado la elaboración de diagnósticos sobre el ac-ceso a la justicia; y finalmente ha permitido que se introduzca la visión de género en los planes estratégicos y operativos de las instancias judiciales15.

12 Declaración de la VII Edición de la Cumbre de Presidentes de Tribunales y Cortes Su-premas de Justicia de Iberoamérica. Cumbre de Cancún. Acápite Acceso de las mujeres a la justicia. http://www.cumbrejudicial.org/c/document_library/get_file?folderId=24801&na-me=DLFE-1012.pdf13 Declaración Punto 13.14 Ver en http://www.cumbrejudicial.org/web/guest/comisiongenero

V. EXPERIENCIA COMPARADA

En América Latina, al menos 11 países cuentan con mecanismos para transversalizar el enfoque de género dentro del Poder Ju-dicial. El siguiente cuadro muestra su presencia (ver cuadro 2).

Una revisión de estas experiencias evidencia que no existe un formato único sobre las entidades judiciales responsables de transversalizar el enfoque de género; sin embargo podemos identificar algunos elementos que el Poder Judicial peruano no debería pasar por alto si decide crear un mecanismo con este objetivo.

15 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Acceso a la Justicia para Mujeres víctimas de violencia sexual en Mesoamérica. CIDH, Washington, 2011. Párrafo 319-320. Hace refe-rencia a la experiencia de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Nicaragua y Panamá.

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5.1. Sobre la participación de magistradas/os de alta je-rarquía.

Se logra identificar que los mecanismos judiciales de transversa-lización de género cuentan con la participación directa de magis-trados o magistradas de la más alta jerarquía del Poder Judicial.

Cuadro 2

Países de Latinoamérica que cuentan con una instancia de transversa-lizacion del género dentro del Poder Judicial

Argentina

Bolivia

Colombia

Costa Rica

El Salvador

Honduras

México

Nicaragua

Panamá

Paraguay

Venezuela

Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Comité de Género del Órgano Judicial

Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial

Comisión de Género de la Corte Suprema de Justicia Secretaría Técnica de Género

Unidad de Género de la Corte Suprema de Justicia Unidad de Género de la Corte Suprema de Justicia Programa de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Comisión de Género Secretaria Técnica de Genero de la Corte Suprema

Unidad de Acceso a la Justicia y Género del Órgano Ju-dicial de la República de Panamá (integrada por una Co-misión de Alto Nivel, la Secretaría Técnica y Comisiones Provinciales o Comités de Apoyo)

Secretaría de Género de la Corte Suprema de Justicia

Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Ju-dicial

País InstanciaCuadro 3

Argentina

Bolivia

Colombia

Costa Rica

Nicaragua

Panamá

Venezuela

La Oficina de la Mujer es liderada por una ministra de la Corte Supre-ma de Justicia

El Comité de Género del Órgano Judicial está integrado por magis-tradas del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y consejo de la Magistratura, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo Electoral

La Comisión Nacional de Género integrada por uno/a magistrado/a de la Corte Suprema, Corte Constitucional, Sala Jurisdiccional Disci-plinaria, entre otros

La Comisión de Género está integrada por tres magistradas y tres magistrados de la Corte Suprema, además de representantes de otras instituciones vinculadas con el sistema de justicia

La Comisión de Género integrada por magistradas o magistrados supremas que representan las salas de la Corte, dos magistrados o magistradas del Tribunal de Apelaciones y un Juez o jueza del distrito y local de Managua La Comisión de Alto Nivel integrada por tres magistrados(as) de la Corte Suprema La Comisión Nacional de Justicia de Género está integrada por un representante de cada sala de la Corte Suprema, el Director Ejecutivo de la Magistratura (asesor administrativo) y el Director General de la Escuela Nacional de la Magistratura (asesor académico)

País Participación De Magistradas Supremas

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Según la información recogida, en aquellos casos en los que no están directamente involucradas magistradas de las altas cortes, se evidencia un lazo directo con la Presidencia de la Corte. En el caso de El Salvador, la Unidad de Género es una instancia que depende directamente de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia; y en el caso de México, la Unidad de Igualdad de Gé-nero pertenece a la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos dependiente de la Presi-dencia de la Suprema Corte.

Según las recomendaciones realizadas por la Oficina de la Mujer de Argentina para la creación de este tipo de instancia, se requie-re de un fuerte compromiso de las autoridades del máximo tribu-nal con la igualdad de género, la mejora en el acceso a la justicia y la modernización del sistema judicial; así como contar con una dependencia jerárquica directa del Máximo Tribunal de Justicia16.

5.2. Sobre las instancias que conforman el mecanismo

La revisión de información disponible sobre los mecanismos de transversalización de género en la región da cuenta de la co-exis-

tencia de órganos políticos que articulan su accionar con instan-cias ejecutivas o técnicas.

Simplificando las diferencias existentes entre estos dos tipos de instancias, se podría señalar que los órganos políticos se en-cargan de diseñar, aprobar y evaluar la política de igualdad de género, mientras que la instancia técnica es la responsable de impulsar su cumplimiento en articulación con los demás órganos del poder judicial. En ese sentido es un requisito importante para su viabilidad de que esté integrada de funcionarios/as con legi-timidad y trayectoria en el sistema de justicia, además de tener un fuerte compromiso con la temática y un liderazgo proactivo e innovador17.

Asimismo se identificó la existencia de órganos descentralizados cuyo objetivo es implementar los lineamientos generados en los niveles sub nacional.

16 Oficina de la Mujer y Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sistematización experiencia OM (Modelización para la réplica de la experiencia). Buenos Aires. Página 24. En: http://www.csjn.gov.ar/om/sist_om/sistematizacion_om.pdf

Cuadro 4

Costa Rica

Nicaragua

Panamá

Comisión de Género

Comisión de Género

Comisión de Alto Nivel

La Secretaria Técnica de Género

Secretaría Técnica de Género

Secretaría Técnica

Países InstanciasPolítica Ejecutiva

Cuadro 5

Argentina

Colombia

Costa Rica

Panamá

Oficina de la Mujer

Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial

Comisión de Género de la Corte Suprema

Comisión de Alto Nivel

Oficina de la Mujer del Superior Tribu-nal de Justicia

Comités Seccionales de Género

Comités de Género

Comisiones Provinciales o Comités de Apoyo

Países InstanciasNacional Descentralizada

17 Oficina de la Mujer y Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sistematización experiencia OM (Modelización para la réplica de la experiencia). Buenos Aires. Página 24. En: http://www.csjn.gov.ar/om/sist_om/sistematizacion_om.pdf

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La pertinencia de crear órganos descentralizados dependerá de la estructura del Poder Judicial de cada país. En el caso del Perú, por el nivel de autonomía existente en cada Corte Superior, sería importante la generación de espacios locales que articulándose con la instancia nacional, logren materializar la implementación de una política de igualdad de género.

5.3. Sobre el Propósito del mecanismo y las Políticas de Igualdad de Género

La revisión de los propósitos de las instancias de transversaliza-ción del género en el Poder Judicial, es decir su misión, objetivo o meta, suelen tener dos dimensiones; la primera vinculada a lo-grar que la institución actúe adecuadamente frente a las usuarias del sistema, y una segunda relacionada a incorporar el principio de igualdad y no discriminación dentro de la institución, de cara a las mujeres que lo integran. Además se puede identificar una especial atención a transversalizar el enfoque de género en la política institucional (planes, programas, etc).

Cuadro 6

Argentina

Colombia

Tiene como misión “Impulsar, en la esfera del Poder Judicial, un pro-ceso de incorporación de la perspectiva de género en la planificación institucional y en los procesos internos a fin de alcanzar la equidad de género tanto para quienes utilizan el sistema de justicia como para las/los empleadas/os, funcionarias/os y magistradas/os que allí se desempeñan.

- Promover la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres y la no discriminación por género en las decisiones judi-ciales, en el servicio público de la administración de justicia y, claro

Países Propósitos (misión, objetivos, metas, etc.)

Costa Rica

El Salvador

México

está, en el funcionamiento interno de la Rama Jurisdiccional. - Busca integrar la perspectiva de género y el principio de la no discriminación por razones de género a la misión, la visión y los objetivos institucionales, a los procesos de planificación estraté-gica y a los planes anuales operativos. Lo anterior con el fin de dar respuesta a las exigencias internacionales y nacionales para la lucha de la discriminación de género y el adelanto de la mujer; y al compromiso adquirido con la firma del Acuerdo Nacional por la Equidad de Género (2003).

- Velar por el desarrollo de la Política de Igualdad de Género del Poder Judicial, de tal forma que se garantice la equidad en el trato y la igualdad de oportunidades entre hombre u mujeres, en la prestación del servicio público de la administración de justicia y su funcionamiento interno.- Contribuir a la consecución de la tarea de transversar el enfoque de género en el accionar de sus ámbitos mediante la promoción, orientación, fortalecimiento y control de los procesos de cambio de la cultura institucional, que requiere la prestación de los servi-cios con equidad y las relaciones laborales internas en igualdad de oportunidades y derechos.

- Incorporar perspectiva de género en procedimientos, manua-les e instructivos que regulan la presentación de servicios que proporcional el Órgano Judicial en todos sus departamentos, uni-dades y secciones; así como en los utilizados por los diferentes tribunales del país.- Integrar el enfoque de equidad de género en la estructura or-ganizacional del Órgano Judicial, tanto en el plano de la cultura como en el del clima organizacional, así como en las estrategias de recursos humanos en sus diferentes ámbitos.- Coordinar procesos de alianzas intra e interinstitucionales in-ternos e internacionales, con organismos que velan por los dere-chos humanos y equidad entre hombres y mujeres.

- Sensibilizar y formar a quienes imparten justicia en perspectiva de género para mejorar el acceso a la justicia de las personas y- Fomentar ambientes laborales libres de violencia y discrimina-ción al interior de la institución.

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En ese marco, resulta importante evidenciar que varias instan-cias judiciales han aprobado políticas de igualdad género, las que dependiendo del nivel de especificidad, traducen los objeti-vos, metas y acciones que la institución se propone para incor-porar el enfoque de género, y en algunos casos la estructura de la instancia de transversalización de género. Algunos ejemplos son (ver cuadro 7).

Resulta importante relevar que en otros casos, como el de Hon-duras, la transversalización del género en el Poder Judicial es reconocido en el Plan Estratégico del Poder Judicial 2011-201625.

5.4. Sobre las funciones del mecanismo.

Las funciones de las instancias de igualdad de género son diver-sas, algunas de ellas se vinculan con la creación de políticas y de lineamientos para el Poder Judicial, la elaboración de diagnósti-cos, la formación a magistrados, etc.

Por ejemplo, en el caso de Colombia, el Acuerdo 4552 del año 2008 señaló que las funciones de la Comisión Nacional de Géne-ro de la Rama Judicial son:

- Proponer políticas, planes y acciones encaminadas a ga-rantizar la igualdad y la no discriminación de las mujeres y las niñas en el acceso a la administración de justicia;

- Promover la sensibilización, la formación e información en materia de género, de manera continua y sistemática para todos los servidores judiciales;

- Mantener informadas a la Altas Corporaciones sobre las actividades de Género que se adelanten para la Rama Ju-dicial;

Cuadro 7

Colombia

Costa Rica

El Salvador

Nicaragua

Panamá

Paraguay

Acuerdo por el cual se dictan reglas para la aplicación de la equidad de género en la Rama Judicial (Acuerdo PSAA08-4552 de 2008)18 Acuerdo por el cual se aclara el Acuerdo No. PSAA12-9721 de 2012 sobre la política de igualdad y no discriminación con enfoque diferencial y de género en la Rama Judicial y en el Sistema Integrado de Gestión de Calidad (Acuerdo PSAA12-9743 de 2012)19

Política de Igualdad de Género del Poder Judicial de Costa Rica (Corte Plena en sesión 34-05 del año 2005 y modifica-da por Corte Plena en sesión 38-13 del año 2013)20

Política Institucional de Equidad de Género21, elaborado por la Unidad de Género.

Política de Género, aprobada por la Comisión de Género de la Corte Suprema (2010)22

Política Institucional de Acceso a la Justicia y Género del Órgano Judicial (Acuerdo 626 del año 2009)23

Política Institucional de Transversalidad de Género del Po-der Judicial de Paraguay (Acordada 657 del año 2010)24

Países Políticas de Igualdad de Género

18 En: http://www.ramajudicial.gov.co/documents/573203/0/ACUERDO_4552_DE_2008.pd-f/7e7875c4-1df6-409c-b7ba-ae0477dd2da519 En: http://www.ramajudicial.gov.co/documents/573203/0/PSAA12-9743-1.pdf/c8446ed6-dbed-48ff-9c3f-1153a6fc0c7c20 En: https://www.poder-judicial.go.cr/genero/documentos/Pol%C3%ADtica%20de%20Igual-dad%20de%20G%C3%A9nero%20del%20Poder%20Judicial.pdf21 En: http://www.csj.gob.sv/genero/images/PDF/Politica_Institucional_Equidad_Genero.pdf22 En: http://www.poderjudicial.gob.ni/genero/pdf/Politica_de_Genero_de_la_CSJ.pdf23 En: http://www.organojudicial.gob.pa/wp-content/uploads/2009/11/626completo.pdf24En:http://www.pj.gov.py/images/contenido/secretariadegenero/Politica-Transversali-dad-de-Genero.pdf

25 En: http://www.poderjudicial.gob.hn/transparencia/planeacion/Documents/PlanEstrat%-C3%A9gicoPoderJudicial20112016.pdf

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- Efectuar la evaluación y el seguimiento al cumplimiento de las políticas, planes y acciones que en materia de género se determinen por la Comisión;

- Establecer directrices para la introducción de la perspecti-va de género en la actuación y la formación judicial;

- Servir de órgano de coordinación de las Altas Cortes en materia de Género para la Rama Judicial;

- Coordinar con otros órganos nacionales o internacionales la ejecución de convenios en materia de género.

En el caso de Costa Rica, donde el mecanismo de transversali-zación de género cuenta con dos instancias, se ha determinado que la Comisión de Género de la Corte Suprema de Costa Rica tiene como fin diseñar una política integral que homogenice la perspectiva de género en el Poder Judicial y articule los servicios existentes para la atención de violaciones a derechos derivados de la condición de género de las personas; mientras que las fun-ciones de la Secretaría Técnica son:

- Identificar las áreas y acciones de carácter estratégico de la institución, con el fin de impulsar la plataforma de igual-dad de oportunidades y equidad de género para las perso-nas usuarias.

- Impulsar procesos de sensibilización y capacitación en equidad de género para el personal del Poder Judicial.

- Establecer alianzas con instancias claves de la institución, fomentando valores y prácticas institucionales de equidad entre los géneros.

- Impulsar procesos de formación del recurso humano insti-tucional, que permita generar las herramientas teóricas y metodológicas para la aplicación del enfoque de género en su quehacer diario.

- Promover, apoyar y canalizar iniciativas propias e institu-cionales con organismos nacionales e internacionales.

Finalmente debe relevarse el caso de México, en el que la Subdi-rección de Igualdad de Género tiene como estrategias:

• La investigación. Para conocer el estado actual de la im-partición de justicia con perspectiva de género en México; proveer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de bases empíricas de justificación para las políticas instru-mentadas, y promover la reflexión académica y jurídica en materia de género y justicia.

• La formación. Para aportar herramientas teóricas y prác-ticas para juzgar con perspectiva de género y fomentar el intercambio de ideas y experiencias en el juzgar.

• La vinculación. Con miras a establecer alianzas con el ám-bito gubernamental, social e internacional para robustecer los mecanismos para la institucionalización de la perspec-tiva de género.

• La difusión. Para socializar la información relacionada con la perspectiva de género y el acceso a la justicia y concien-tizar a las personas de la exigibilidad de sus derechos.

• La evaluación. Con el fin de supervisar y monitorear per-manentemente las actividades, obtener insumos para to-mar decisiones y rendir cuentas.

Cada uno de los once mecanismo de tranversalización mencio-nados anteriormente tiene funciones diferenciadas dependiendo de su propia estructura; sin embargo, resulta importante visibilizar que en general éstas se hacen cargo diseño de la política institu-cional, abordando la capacitación del personal, la modificación de la organización institucional, la sistematización de información, la generación de propuestas de modificación normativa, difusión de derechos hacia las beneficiarias, así como la generación de metas e indicadores de resultados anuales en esta materia.

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5.5. Sobre algunos productos relevantes

La revisión de la experiencia de los mecanismos de transversa-lización en la región evidencia algunos productos importantes, entre ellos tenemos.

La aprobación de protocolosEn el caso de la Subdirección de Igualdad de México ha sido re-levante la generación del “Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género. Haciendo realidad el derecho a la igualdad”26, ins-trumento que surge como respuesta a las sentencias de la Cor-te Interamericana de Derechos Humanos en los casos “Campo Algodonero”, Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú sobre violencia de género, y que sin duda se ha convertido en un referente a nivel de la región sobre la aplicación de la perspectiva de género en el sistema de justicia.

Los observatorios de géneroSe ha identificado que al menos en la experiencia de Costa Rica27, Nicaragua28 y Paraguay se han creado observatorios de género dependientes de los mecanismos de transversalización de género del Poder Judicial.

El Observatorio de Género de Paraguay29 se propone, entre otras cosas, apoyar procesos de discusión, análisis y toma de decisio-nes sobre la administración de justicia; desarrollar metodologías de trabajo e investigación que permitan la agregación de informa-ción a lo largo del tiempo; así como desarrollar un conjunto de

26 En: http://www.amij.org.mx/protocolos/Protocolo%20Para%20Juzgar%20con%20Perspec-tiva%20de%20Genero.pdf27 En: http://www.poder-judicial.go.cr/genero/index.php?option=com_content&view=article&i-d=33&Itemid=17228 En; http://www.poderjudicial.gob.ni/genero/ovgn.asp29 En http://www.pj.gov.py/contenido/537-observatorio-de-genero/539

indicadores con perspectiva de género sobre la administración de justicia que permita visibilizar la situación de ésta, facilitando la toma de decisiones para su mejoramiento. Dentro de este últi-mo objetivo, el Observatorio ha considerado como indicadores de igualdad a los que hace seguimiento los siguientes:

- Distribución de cargos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial

- Participación en espacios públicos de decisión

- Violencia contra las mujeres basada en asimetrías de gé-nero

- Participación económica y acceso a servicios básicos

- Situación de personas privadas de libertad

- Estudio de Opiniones y satisfacción de Usuarios de Servi-cios Judiciales y Magistrados: Acceso a la Justicia

- Violencia contra mujeres indígenas

En cambio el Observatorio de Género y Justicia de República Do-minicana30 es el encargado "de dar seguimiento a las sentencias y demás resoluciones judiciales dictadas en éste ámbito, a fin de plantear pautas de actuación en el seno del Poder Judicial y, a la vez sugerir aquellas modificaciones legislativas que se conside-ren necesarias para lograr una mayor eficacia y contundencia en la respuesta judicial".

30 En: http://www.observatoriojusticiaygenero.gob.do/

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El sistema de justicia peruano tiene el desafío de transversalizar el enfoque de género en su normatividad interna y en su actuar cotidiano, a fin de garantizar el principio/derecho de igualdad y no discriminación de las usuarias del servicio y de las mujeres que lo integran como magistradas o personal administrativo.

La propuesta que se esboza en este documento es la creación de un mecanismo del más alto nivel, el que debiera ir acompa-ñado de la aprobación de una política de igualdad de género que marque los principales objetivos y resultados del Poder Judicial en esta materia.

La creación del mecanismo, el que se sugiere estar integrado por un órgano político, un órgano técnico e instancias descentraliza-das, está fundamentado en la Ley de Igualdad de Oportunidades (Ley 28983) y el Plan de Igualdad de Género 2012-2017 (Decreto Supremo 004-2012-MIMP); y tiene como principales anteceden-tes los compromisos asumidos en encuentros internacionales de magistrados o magistradas supremas, y la evaluación realizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre su pertinencia e idoneidad.

Como se puede observar del documento, en Latinoamérica exis-ten por lo menos once experiencias similares, las que pueden servir de modelo para diseñar un mecanismo de transversaliza-ción del género que responda a las características del país.

ANEXOReseñas de experiencias comparadas31

VI. CONCLUSIÓN

31 Las reseñas de cada experiencia recogen información de las páginas web oficiales.

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1. Creación

Se creó el 23 de abril de 2009 mediante Acordada 13/2009.

2. Misión

Tiene como misión “Impulsar, en la esfera del Poder Judicial, un proceso de incorporación de la perspectiva de género en la plani-ficación institucional y en los procesos internos a fin de alcanzar la equidad de gé nero tanto para quienes utilizan el sistema de justicia como para las/los empleadas/os, funcionarias/os y ma-gistradas/os que allí se desempeñan”.

¿Para qué?

• Eliminar los sesgos sexistas y las barreras de género, re-moviendo aspectos que interfieran en el pleno aprovecha-miento de las competencias disponibles en el sistema de justicia.

• Mejorar las condiciones de acceso a la justicia y el ejerci-cio pleno de los derechos mediante un servicio de justicia eficaz y efectivo.

3. Líneas estratégicas

3.1. Elaboración de Diagnósticos

• Consiste en la elaboración de relevamientos para la iden-tificación del sesgo sexista y patriarcal enquistado en el Poder Judicial.

Argentina32

Oficina de la Mujer

32 Información tomada de http://www.csjn.gov.ar/om/sist_om/b.html

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• Mapa de Género de la Justicia Argentina: se trata de un relevamiento sobre la distribución ocupacional por sexo en el Poder Judicial de la Nación

• Relevamiento de condiciones estructurales que posibilitan la igualdad laboral de las mujeres judiciales: indaga acerca de las estructuras y herramientas requeridas para crear en el Poder Judicial condiciones laborales favorables que atiendan a necesidades específicas de las mujeres.

• Relevamiento y sistematización de sentencias y demás resoluciones judiciales vinculadas con los derechos de las mujeres: consiste en una base de datos que contiene decisiones vinculadas a temas de género que hayan sido dictadas por Tribunales federales, nacionales y provinciales.

• Investigación sobre revictimización: analiza el tratamiento dado a las víctimas en el fuero civil y penal tanto en el or-den nacional y federal como provincial.

3.2. Sensibilización y capacitación. Se orienta a la realización de talleres y actividades de sensibili-zación y capacitación en temáticas vinculadas con los derechos de las mujeres.

• Talleres sobre perspectiva de género, trata de personas y ex-plotación sexual. Capacitación y entrenamiento de replicado-ras/es de los distintos talleres. Ciclo de videoconferencias.

3.3. Elaboración de propuestas para la tranvesalización de la perspectiva de género.

Se trata de acciones tendientes a promover en forma directa o in-directa la igualdad de género a través del desarrollo de proyectos concretos que transformen la realidad.

- Proyecto para la creación y puesta en marcha de Lac-tarios. Vinculado a este proyecto se han desarrollado he-

rramientas como: a) el Mapa de Lactarios (relevamiento de todos los lactarios en funcionamiento dentro de los orga-nismos del sistema de justicia) y b) la sistematización de la experiencia (modelización para su difusión y réplica de la experiencia).

- Proyecto para la modificación del régimen de licencias (por maternidad y paternidad). En el marco de las accio-nes orientadas a la reforma del Reglamento Interno para la Justicia Nacional, se realizó una propuesta para modificar estos aspectos.

- Transversalización de la perspectiva de género en es-tadísticas judiciales. Posibilita la implementación de po-líticas públicas con perspectiva de género ya que dichos datos permiten conocer las particularidades de la cuestión. El objetivo es realizar propuestas tendientes a producir in-formación género-sensitiva confiable dentro del ámbito del Poder Judicial.

3.4 Comunicación y difusión. Se refiere a la comunicación y di-fusión de las políticas y acciones desarrolladas por la OM

- Herramientas para la comunicación y difusión. Identi-dad comunicacional de la OM. Soportes de difusión: Pági-na web institucional. Boletín trimestral de novedades. Spot de difusión.

4. Estructura organizativa de la Oficina de la Mujer (CSJN)

La OM depende en forma directa de la Ministra de la Corte Su-prema de Justicia de la Nación, Dra. Carmen Argibay, y se orga-niza a partir del siguiente esquema:

- Secretaría: representa a la Corte Suprema de Justicia en todo lo concerniente a la incorporación de la perspectiva de género para lograr la igualdad de género.

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- Unidad de Gestión: encargada de proyectar las políticas de género hacia el Poder Judicial (sometidas a la decisión de la Secretaría), reúne y coordina el trabajo de las otras unidades.

Además, de tres unidades de línea:

- Unidad de capacitación: responsable del diseño y la coordinación de las políticas institucionales que favorecen una cultura de equidad de género en el marco del Poder Judicial mediante programas y proyectos de capacitación.

Desarrolla su labor mediante programas de formación per-manente y programas de formación especial en la modali-dad de talleres de reflexión y sensibilización en el tema de género. El primero consiste en la capacitación coordinada, gradual y constante de todo el Poder Judicial, mientras que la capacitación especial se realiza según las necesidades puntuales de acuerdo con los informes que elabora la Uni-dad de Gestión.

Cuenta con un Protocolo de trabajo en talleres para incor-porar la perspectiva de género en la Justicia

- Unidad de compilación de datos: a cargo de recabar la información necesaria para plasmar estadísticamente aquellos datos que pueden resultar trascendentes para la construcción de una Justicia con perspectiva de género, tanto en su estructura como en su función.

- Unidad de investigación de género: se ocupa de identifi-car las necesidades y deficiencias del Poder Judicial para dar adecuado cumplimiento a los compromisos internacio-nales en materia de género. Para ello, realiza relevamien-tos de datos e investigaciones de la estructura y decisio-nes jurisdiccionales.

5. Equipo de trabajo de la OM (CSJN)

La OM cuenta con un equipo de trabajo altamente profesionali-zado e interdisciplinario. Entre su equipo de funcionarias se des-taca que, con excepción de una de las responsables de unidad, se trata de abogadas y en su mayoría con experiencia dentro del Poder Judicial. Este perfil profesional cambia fuertemente cuan-do se analiza la composición del equipo de trabajo puesto que el personal que se desempeña en las distintas unidades se en-cuentra formado en otras áreas de conocimiento, perteneciendo a la sociología, el diseño gráfico, la ciencia política y las letras.

6. Etapas en su proceso de consolidación

Desde su creación, la OM desarrolla distintas estrategias ten-dientes a promover el cambio institucional y cultural buscado. En función del rol preponderante que han tenido estas acciones es posible identificar tres etapas diferenciadas en su desarrollo ins-titucional

6.1. Punto de partida: Refiere a la creación de la OM y a la asignación de recursos para su puesta en marcha. Esta etapa contempla todo el conjun-to de acciones orientadas a generar las capacidades mínimas tendientes al cumplimiento de su misión. Esta etapa culmina con la convocatoria a referentes de las distintas jurisdicciones para la presentación de la OM.

6.2. Expansión/visibilización:Inicia con la publicación del primer Mapa de género de la Justi-cia Argentina y se caracteriza por la expansión de las acciones orientadas a la sensibilización y capacitación, así como por la firma de distintos convenios. Durante esta etapa, el organismo gana legitimidad y reconocimiento externo, al tiempo que co-mienza un proceso de diferenciación funcional y consolidación en un espacio físico propio.

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6.3. Consolidación: Etapa actual en la que comienzan a definirse más claramente la estructura organizativa y, fundamentalmente, el esquema de divi-sión de trabajo. Asimismo, se están delineando más claramente las relaciones de dependencia jerárquica.

7. Otras oficinas

Se ha identificado que en diferentes provincias de Argentina se han creado la “Oficina de la Mujer del Superior Tribunal de Justi-cia”.

Por ejemplo, la del Chubut tiene entre sus principales funciones:

• Coordinar con organismos similares que pertenezcan a los restantes poderes del Estado Provincial, la aplicación y el cumplimiento de la Ley 26.485, a la que se adhirió la Pro-vincia del Chubut por Ley III Nro 36.

• Acordar con la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y organismos que, con idéntica fina-lidad, funcionen en los Superiores Tribunales de Justicia de todo el país, programas de capacitación y gestión de información pública sobre violencia de género.

• Organizar la Escuela de Capacitación Judicial, cursos y ta-lleres para incorporar la perspectiva de género dentro del Poder Judicial y, fundamentalmente, para la prestación del servicio de justicia.

• Realizar un monitoreo de la actividad que desarrollan los organismos jurisdiccionales en todo el territorio de la Pro-vincia del Chubut, que permita la elaboración de informes sobre sus necesidades y deficiencias, a efectos de ajustar sus tareas a las exigencias normativas impuestas por los compromisos nacionales e internacionales asumidos por la República Argentina en la materia.

El Comité de Género del Órgano Judicial ha sido constituido como producto del XIV Encuentro Iberoamericano de Magistradas de Altos Tribunal es de Justicia de Latinoamérica y el Caribe. Está compuesto por magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Tri-bunal Agroambiental y consejo de la Magistratura, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo Electoral.

Bolivia33Comité de género

33 Información tomada de http://tsj.bo/comite-de-genero/

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1. Historia

Con el liderazgo de las magistradas y ex magistradas de las al-tas cortes se inició todo un trabajo en torno a incorporar la pers-pectiva de género en la rama judicial (24.000 personas aproxi-madamente entre magistradas(os), juezas(es), empleadas(os), además de las/os usuarias(os) de la administración de justicia) tanto en su quehacer judicial como lo que tiene que ver con las decisiones judiciales.

La SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JU-DICATURA DE COLOMBIA CREÓ LA COMISIÓN NACIONAL DE GÉNERO EN LA RAMA JUDICIAL, MEDIANTE ACUERDO PSAA08 4552 DE 20 de febrero de 2008, la cual fue instalada el 9 de junio de 2008, con el propósito de promover la incorporación e institu-cionalización de la perspectiva de género en el quehacer de la labor judicial.

Es de resaltar que en el año 2012 la SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, para desarrollar y ampliar la política de equidad de género modifica el Acuerdo No. PSAA08-4552 de 2008, por lo que el 30 de octubre de 2012 dicta el ACUERDO No. PSAA12-9743, mediante el cual se establecen los ámbitos de aplicación, líneas de acción, estrategias, activi-dades, competencias, indicadores, mecanismos de seguimien-to y evaluación, reglas de auditoría, para la introducción de la perspectiva de género y del cumplimiento de los objetivos de la

Colombia34

Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial

34 Información recogida de su página web http://www.ramajudicial.gov.co/web/comision-nacio nal-de-genero/presentacion

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política de igualdad y no discriminación con enfoque diferencial y de género en la Rama Judicial y en el Sistema Integrado de Ges-tión de Calidad, con lo cual la política de Equidad de Género fue ampliada y enriquecida por una política de igualdad y no discrimi-nación con enfoque diferencial y de género en la Rama Judicial y en el Sistema Integrado de Gestión de Calidad.

2. Integrantes

La Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial (CNGRJ) está integrada por una magistrada o magistrado de la Corte Suprema de Justicia, una magistrada o magistrado de la Corte Constitucional, una magistrada o magistrado del Consejo de Es-tado, una magistrada o magistrado de la Sala Jurisdiccional Dis-ciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y una magistrada o magistrado de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y el Director/a Ejecutivo de Administración Judicial que es el Secretario/a Técnico.

3. Comités Seccionales de Género

En cada uno de los distritos judiciales del país se constituyeron y existen Comités Seccionales de Género de la Rama Judicial, integrados por un magistrado o magistrada del Tribunal Supe-rior del correspondiente Distrito Judicial, un magistrado o magis-trada del Tribunal Administrativo y un magistrado o magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura y la secretaría técnica es desempeñada por el Director o Directora Seccional de la Direc-ción Ejecutiva de Administración.

4. Propósito

La CNGRJ, busca:

- promover la igualdad efectiva de oportunidades entre hom-bres y mujeres y la no discriminación por género en las de-cisiones judiciales, en el servicio público de la administra-ción de justicia y, claro está, en el funcionamiento interno de la Rama Jurisdiccional.

- busca integrar la perspectiva de género y el principio de la no discriminación por razones de género a la misión, la visión y los objetivos institucionales, a los procesos de planificación estratégica y a los planes anuales operativos. Lo anterior con el fin de dar respuesta a las exigencias internacionales y nacionales para la lucha de la discrimina-ción de género y el adelanto de la mujer; y al compromiso adquirido con la firma del Acuerdo Nacional por la Equidad de Género (2003).

La Comisión Nacional de Género, los Comités Seccionales y la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, esta última acompañada de sus Unidades Técnicas, desarrollan los objetivos, las funciones y las estrategias trazadas en el Acuerdo que fijó la política de género para la Rama Judicial.

5. Funciones

El Art. 4 del ACUERDO 4552 DE 2008 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura estableció que la Comisión tendría las siguientes funciones:

- Proponer políticas, planes y acciones encaminadas a ga-rantizar la igualdad y la no discriminación de las mujeres y las niñas en el acceso a la administración de justicia;

- Promover la sensibilización, la formación e información en materia de género, de manera continua y sistemática para todos los servidores judiciales;

- Mantener informadas a la Altas Corporaciones sobre las ac-tividades de Género que se adelanten para la Rama Judicial;

- Efectuar la evaluación y el seguimiento al cumplimiento de las políticas, planes y acciones que en materia de gé-nero se determinen por la Comisión;

- Establecer directrices para la introducción de la perspecti-va de género en la actuación y la formación judicial;

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- Servir de órgano de coordinación de las Altas Cortes en materia de Género para la Rama Judicial;

- Coordinar con otros órganos nacionales o internacionales la ejecución de convenios en materia de género.

6. Estrategias 1. Planeación, a través de la formulación y estructuración de pro-yectos orientados al desarrollo y protección con enfoque diferen-cial y de género en la administración de justicia.

2. Formación, sensibilización e investigación en materia del principio de igualdad y no discriminación con enfoque diferencial y de género, de manera continua, sistemática y transversalizada a todos los servidores y las servidoras de la Rama Judicial, sin excepción.

3. Información y divulgación, dirigida a todos los servidores y las servidoras judiciales, así como a los usuarios y las usuarias de la administración de justicia, con enfoque diferencial y de género, con uso de las herramientas telemáticas y de comunicación.

4. Coordinación tanto en el ámbito intra como interinstitucional (territorial, nacional e internacional), para movilizar acciones que permitan avanzar en el proceso de apropiación y aplicación del enfoque diferencial y de género en la administración de justicia.

5. Sistematización de estadísticas, indicadores, aplicación de encuestas, atención de quejas, reclamos y sugerencias, segui-miento y evaluación, con enfoque diferencial y de género, como mecanismos de mejora y de verificación de logros de la política y de identificación de obstáculos que impiden su implementación, de control interno y correctivos pedagógicos para casos identifi-cados y documentados de discriminación”.

1. Comisión de Género

Como resultado del primer Encuentro de Magistradas de Améri-ca Latina y el Caribe Por una Justicia de Género, celebrado en Costa Rica en el 2001, se acordó: “Promover la incorporación e institucionalización de la perspectiva de género en la administra-ción de la justicia” y solicitar que se incorpore en los programas de modernización y reforma de los poderes judiciales como ele-mento indispensable de su ejecución.

En seguimiento a las recomendaciones de este encuentro, por acuerdo de la Corte Plena del 2 de abril del 2001, se creó la Co-misión de Género de la Corte Suprema de Justicia, integrada por tres magistradas y tres magistrados, con el fin de “... dise-ñar una política integral que homogenice la perspectiva de géne-ro en el Poder Judicial y articule los servicios existentes para la atención de violaciones a derechos derivados de la condición de género de las personas...”. Este proceso fue incorporado en la segunda etapa del Programa Modernización de la Administración de Justicia (Contrato Préstamo 1377 OC-CR), Poder Judicial – BID.

Según su página web la Comisión de Género está integrada por las siguientes personas:

Costa RicaComisión de Género35

35 Información tomada de la página web de la Comisión de Género -> http://www.poder-judi-cial.go.cr/genero/

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2. Secretaría Técnica de Género

La Secretaría Técnica de Género es la instancia que promueve, orienta, fortalece y monitorea los procesos de cambio tendientes

Cuadro 8

Sra. Zarela Villnueva Monge

Sr. Fernando Cruz CastroSra. Doris Arias MadrigalSra. Carmen María Escoto Fer-nándezSr. Román Solís ZelayaSra. María Alexandra Bogantes RodríguezSr. Rodrigo Arroyo GuzmánSra. Olga Fallas UlloaSra. Eugenia Salazar ElizondoSra. Damaris Vargas VásquezSra. Sara Castillo VargasSra. Adriana Orocú Chavarría

Sra. Jeannette Arias MezaYorleny Ferreto Solano

Diana Delgado NavarroYadira Fonseca Jiménez

Presidenta de la Corte Suprema de JusticiaCoordinadora Comisión de GéneroMagistrada representante de la Sala IIMagistrado representante de la Sala ConstitucionalMagistrada representante de la Sala IIIMagistrada representante de la Sala I

Magistrado representante de la Sala I Magistrada Suplente representante de la Sala II

Representante de la Dirección EjecutivaRepresentante de la Defensa Pública.Representante del Ministerio PúblicoRepresentante de la Asociación de JuezasRepresentante de la CONAMAJRepresentante de la Asociación Costarricense de la JudicaturaRepresentante de la Secretaría Técnica de GéneroConsejo Consultivo de GéneroOrganismo de Investigación JudicialANICAsociación Nacional de Empleados Judiciales (ANE-JUD)

Integrantes de la Comisión de Género

a implementar la Política de Igualdad de Género del Poder Ju-dicial, aprobada por Corte Plena en el año 2005, modificado el término equidad por igualdad, por Corte Plena, sesión Nº38-13 del 2013. Pretende que el personal del Poder Judicial ofrezca un trato no discriminatorio, que asegure a las mujeres y los hombres el respeto y acceso a sus derechos, tomando en cuenta sus dife-rencias culturales económicas y sociales.

¿Cuál es su meta? Velar por el desarrollo de la Política de Igualdad de Género del Poder Judicial, de tal forma que se garantice la equidad en el trato y la igualdad de oportunidades entre hombre u mujeres, en la prestación del servicio público de la administración de justicia y su funcionamiento interno.

Contribuir a la consecución de la tarea de transversar el enfoque de género en el accionar de sus ámbitos mediante la promoción, orientación, fortalecimiento y control de los procesos de cambio de la cultura institucional, que requiere la prestación de los servi-cios con equidad y las relaciones laborales internas en igualdad de oportunidades y derechos.

¿Cuáles con sus funciones?

- Identificar las áreas y acciones de carácter estratégico de la institución, con el fin de impulsar la plataforma de igual-dad de oportunidades y equidad de género para las perso-nas usuarias.

- Impulsar procesos de sensibilización y capacitación en equidad de género para el personal del Poder Judicial.

- Establecer alianzas con instancias claves de la institución, fomentando valores y prácticas institucionales de equidad entre los géneros.

- Impulsar procesos de formación del recurso humano insti-tucional, que permita generar las herramientas teóricas y

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metodológicas para la aplicación del enfoque de género en su quehacer diario.

- Promover, apoyar y canalizar iniciativas propias e institu-cionales con organismos nacionales e internacionales.

3. Comités de Género

Los Comités de Género del Poder Judicial, conformados en los diferentes circuitos judiciales del país, son también responsables de la implementación seguimiento y evaluación de la Política de Equidad de Género del Poder Judicial.

Tiene como finalidades realizar acciones, vigilar y contribuir a que la política de equidad de género sea una realidad en el cir-cuito judicial en que existan. Trabajarán de manera coordinada con la Secretaría Técnica de Género para que el quehacer insti-tucional, en lo interno y en lo externo, contribuya a la eliminación de las brechas de género entre mujeres y hombres y además se elimine cualquier discriminación por motivos de género, etnia, edad, discapacidad, opción sexual, diferencias culturales, eco-nómicas.

El Ámbito de Acción de cada Comité será la totalidad de las oficinas que conformen el correspondiente circuito judicial en el cual fue creado. Se contará con Comités en todos los circuitos judiciales.

La Secretaría Técnica de Género velará por la creación de Comi-tés donde no existan. Todos ellos trabajarán en coordinación con la Secretaría Técnica de Género, que es la encargada de dictar directrices y velar por la ejecución de las políticas institucionales en materia de género.

La Organización y Estructura de los Comités de Género.

a. Estarán integrados de manera voluntaria por personal de las diferentes oficinas del Poder Judicial sin exclusión al-guna.

b. Quienes integren el comité designarán una persona coor-dinadora tomando en cuenta características como conoci-miento y sensibilización en el tema, así como otros aspec-tos que sean relevantes para el desempeño del cargo.

c. Se nombrará además, una persona suplente para la coor-dinación quien ejercerá esas funciones en ausencia del o la titular.

d. Se recomienda que los Comités estén integrados por al menos tres o cinco personas designándose entre ellas quien ejerza las funciones de coordinación y su suplente.

e. Las personas integrantes ocuparán su cargo durante dos años consecutivos, nombramiento que podrá prorrogarse, con el propósito de brindar una adecuada continuidad a las actividades establecidas. En caso de renuncia de cual-quiera de ellas deberá realizarse el procedimiento de no-minación para su sustitución tratando de que pertenezca al mismo sector que representaba.

f. En caso de que no se lograra tener al menos tres personas para conformar el comité la Secretaría Técnica de Género realizará una labor de coordinación en forma directa.

g. La Secretaría Técnica de Género será responsable de coordinar, apoyar y asesorar a todos los Comités que se conformen.

El coordinador o coordinadora del Comité debe formular, en con-junto con el resto de integrantes planes de trabajo y/o las activi-dades requeridas para lograr los objetivos propuestos por el Co-mité; y remitirá a la Secretaría Técnica de Género, al menos un informe anual que contemple las actividades realizadas, logros y obstáculos enfrentados. Los Comités se reúnen una vez al mes y sus acuerdos se toman por consenso (aunque de no lograrse por votación simple).

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1. Descripción General

La Unidad de Género fue creada el 15 de junio de 2006 por Acuerdo de Corte Plena, como una Unidad Asesora especializa-da en el área de los derechos humanos de las mujeres. A la vez se instituyó la Comisión de Género como ente rector del queha-cer técnico organizacional de la unidad para la incorporación del enfoque de género en el Órgano Judicial. La unidad es un me-canismo institucional para contribuir desde la tarea fundamental de Administrar Justicia del Órgano Judicial con el adelanto de la condición de la mujer salvadoreña.

Su creación responde al cumplimiento de compromisos interna-cionales adquiridos desde la Conferencia de Beijing en 1995, en los diversos congresos de mujeres magistradas de Iberoamérica así como en las diversas cumbres de Presidentes de Cortes Su-premas y Tribunales Supremos de Justicia de Iberoamérica, espe-cialmente en la VII cumbre donde surgió la propuesta de declara-ción del compromiso de promover la igualdad de género como una política institucional transversal, tanto en su organización interna como externa que permita un mejoramiento en su calidad y un ac-ceso a la justicia con igualdad real para mujeres y hombres.

MisiónInstitucionalizar la perspectiva de género en el quehacer judicial garantizando con ello la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

El SalvadorUnidad de Género de la

Corte Suprema de Justicia36

36 Información recogida de su página web. http://www.csj.gob.sv/genero/genero_02.html. Se han incorporado párrafos de un ppt identificado entre los documentos que la página web contiene.

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Visión Crear y sostener una cultura jurídico social con perspectiva de género en el Órgano Judicial apoyando los valores de “justicia, equidad y respeto” a fin de lograr la efectividad del orden Consti-tucional de Derecho.

Objetivo EstratégicoInstitucionalizar la visión de la justicia con perspectiva de géne-ro en la estructura y el funcionamiento del Órgano Judicial, ga-rantizando la igualdad y equidad en la relación entre hombres y mujeres, como una expresión del fortalecimiento del Estado de Derecho siendo este pilar fundamental de la Democracia.

Objetivo GeneralVelar por el cumplimiento efectivo de la Política Institucional de Equidad de Género, garantizando la incorporación e institucio-nalización de la perspectiva de género en la administración de justicia.

Objetivos Específicos

• Incorporar perspectiva de género en procedimientos, ma-nuales e instructivos que regulan la presentación de ser-vicios que proporcional el Órgano Judicial en todos sus departamentos, unidades y secciones; así como en los uti-lizados por los diferentes tribunales del país.

• Integrar el enfoque de equidad de género en la estructura organizacional del Órgano Judicial, tanto en el plano de la cultura como en el del clima organizacional, así como en las estrategias de recursos humanos en sus diferentes ámbitos.

• Coordinar procesos de alianzas intra e interinstitucionales interno s e internacionales, con organismos que velan por los derechos humanos y equidad entre hombres y muje-res.

Funciones Generales.

- Construcción, ejecución, evaluación y monitoreo de la po-lítica institucional de género.

- Asesoría a la Comisión de Género y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, sobre perspectiva de género, Derechos Humanos de la Mujer y Equidad de género.

- Coordinación estrategia que viabilice la incorporación del enfoque de Género en la Administración de Justicia.

- Desarrollar análisis, estudio e investigaciones sobre el quehacer judicial los y del Marco Normativo vigente bajo una perspectiva de género.

- Sensibilizar y formar a los y las Operadores de Justicia con perspectiva de género en la Administración de Justicia

2. Organización Funcional Interna

2.2. Ubicación Dentro de la estructura de organización administrativa de la Cor-te Suprema de Justicia, la Unidad de Género se ubica dentro del área de la asesoría y en la actualidad depende jerárquicamente de la Presidencia de la Corte Suprema.

2.3. EstructuraLa Unidad de Género está compuesta por la Coordinación de la Unidad y tres Áreas de trabajo, las cuales sistematiza las accio-nes estratégicas, encaminadas a la institucionalización del enfo-que de equidad de género en la Administración de Justicia.

Las acciones estratégicas son:

- Asesorar a la Dirección Superior, sobre la conveniencia y pertinencia de la toma de decisiones estratégicas y operati-vas en materia de equidad de género en el Órgano Judicial.

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- Dar el seguimiento y monitoreo respectivo a la política de equidad de género, creando los mecanismos que sean necesarios para lograr la coordinación entre los diferentes ámbitos de la administración judicial responsables de su aplicación.

- Llevar a cabo la implementación, seguimiento y evaluación de la política de equidad de género.

- Coordinar de manera continua y sistemática la capacita-ción y sensibilización en materia de equidad de género, a todos los y las servidores del Órgano Judicial, sin excep-ción.

- Coordinar la Información y divulgación, dirigida a todo el personal, así como a los/as usuarias, considerando los medios internos y locales con los que se cuentan.

- Brindar Asistencia técnica, a la Comisión de Género, a las Dependencias Administrativas a nivel nacional, y a los/as servidores que lo soliciten.

2.4. Áreas de Trabajo

2.4.1. Coordinación de la Unidad

Tiene el objetivo de garantizar la integración y aplicación de la política de equidad de género en los diferentes ámbitos del Órga-no Judicial a través de las labores de planificación, coordinación, asistencia técnica, investigación, seguimiento y evaluación de las acciones que se implementen en todas las Áreas de Trabajo del Órgano Judicial.

Sus funciones son:

- Coordinar conjuntamente con la Comisión de Género la formulación, aplicación, seguimiento y evaluación del Plan de Acción de la Política de Equidad de Género.

- Coordinar con los ámbitos responsables de incluir la pers-pectiva de género dentro de las acciones institucionales, considerando las relaciones laborales dentro del Órgano Judicial.

- Diseñar, coordinar y operar estrategias institucionales a favor de una nueva cultura de equidad de género que fo-mente una clara conciencia institucional en esta materia, mediante programas de capacitación permanente a nivel del Órgano Judicial.

- Coordinar con Organismos Internacionales la ejecución de convenios en materia de género.

- Establecer normas, procedimientos y metodologías para la integración del enfoque de equidad de género en procesos del trabajo institucional, a través de la estrategia de infor-mación, investigación, educación y comunicación.

- Establecer y conducir proyectos de leyes sobre equidad de género al ordenamiento jurídico vigente.

Se relaciona internamente:

- Con la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, para recibir lineamientos e informar sobre las labores realizadas por la Unidad.

- Con la Comisión de Género, para evaluar las acciones y el avance de la implementación de la política de equidad de género en la institución.

- Con el Comité de Seguimiento, para emitir y evaluar infor-mes de seguimiento del Plan de Acción de la Política, cada seis meses.

- Con la Secretaría Técnica, para monitorear el grado de cumplimiento de las metas fijadas, como un sistema de

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alerta que actuará como semáforo del cumplimiento gene-ral el Plan de Acción de la Política Institucional.

2.4.2. Área de Asistencia Técnica en Género.

Tiene el objetivo de brindar asesoría y asistencia técnica espe-cializada en la toma de decisiones en materia de equidad de gé-nero a la Dirección Superior, así como implementar la Política de Equidad de Género en todas las Dependencias y Tribunales del Órgano Judicial.

Sus funciones son:

- Identificar áreas y temas que requieren ser investigados o profundizados para contribuir a la actualización, concep-tualización e instrumentalización del enfoque de equidad de género en la institución y apoyar la toma de decisiones oportunamente a todos los niveles de la institución.

- Brindar asistencia técnica y metodológica para la aplica-ción del enfoque de equidad de género a las Unidades organizativas de la Corte Suprema de Justicia y del Órga-no Judicial para incorporar dicho enfoque de género en el desempeño de sus funciones.

- Revisar y ajustar métodos para el registro y consolida-ción de información estadística desagregada por sexo, para desarrollar un sistema de indicadores e instrumen-tos de monitoreo y evaluación, que permitan medir el avance de la implementación de la política de equidad de género.

- Elaborar y aplicar un plan de monitoreo, dando el segui-miento y evaluación de los indicadores sensibles a género.

- Desarrollar metodologías y herramientas concretas para contribuir en la elaboración de Planes Operativos de las Unidades Organizativas con enfoque de género.

- Promover conjuntamente con la Dirección de Planificación Institucional la incorporación de las acciones derivadas del cumplimiento de la Política de Equidad de Género en el Plan Estratégico Institucional y en los Planes Anuales Ope-rativos de las Unidades Organizativas y los Tribunales.

- Realizar estudios para la elaboración de instrumentos ju-rídicos para la incorporación del enfoque de género en las resoluciones judiciales.

Se relaciona:

- Con la Dirección de Planificación Institucional para coor-dinar la incorporación de las acciones derivadas del cum-plimiento de la Política de Equidad de Género en el Plan Estratégico Institucional, en los Planes Anuales Operativos de las Unidades Organizativas y Dependencias del Órga-no Judicial.

Con las Dependencias Administrativas, Técnicas, Jurídi-cas y Tribunales de la Corte Suprema de Justicia, para brindar asesoría y asistencia técnica en materia de género.

2.4.3. Área de Análisis y Seguimiento. Tiene como función brindar los mecanismos e instrumentos de trabajo necesario para mejorar las condiciones de género en la institución; desarrollando estudios, diagnósticos y análisis, entre las áreas de trabajo de la administración de justicia responsables de su implementación.

Sus funciones son:

- Realizar y promover el desarrollo de diagnósticos y estu-dios comparativos en materia de equidad de género y no discriminación, para fundamentar y fortalecer la implemen-tación de la política de equidad de género en todas las Áreas de trabajo del quehacer judicial, con el fin de propo-ner aquellas acciones correctivas pertinentes.

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- Desarrollar investigaciones sobre temas de interés para mejorar las condiciones de la Administración de Justicia, desde la perspectiva de género.

- Supervisar, monitorear y evaluar la generación y análisis de estadísticas, los sistemas de información, la elabora-ción y seguimiento de los indicadores sensibles al género.

- Realizar acciones de Seguimiento y evaluación, como me-canismos de mejora de verificación de logros de la política y de identificación de obstáculos que impidan su imple-mentación.

- Adoptar los mecanismos institucionales pertinentes, así como el seguimiento continuo, respaldando los procesos de investigación y documentación que generen informa-ción sobre las relaciones de género, como insumo para la toma de decisiones fortaleciendo el proceso de transversa-lidad de género de la institución.

Se relaciona con Dependencias Administrativas, Técnicas y Ju-rídicas de la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales, para supervisar, monitorear y evaluar el grado de avance de la imple-mentación de la política de equidad de género en la institución.

2.4.4. Área de Formación y SensibilizaciónSu objetivo es obtener un cambio de actitud en la cultura institu-cional, promoviendo la creación y/o elevación de los niveles de sensibilización y capacitación del personal de la institución; de manera gradual y sistemática sobre la importancia de la aplica-ción de la equidad de género.

Sus funciones son:

- Desarrollar las estrategias de sensibilización y capacita-ción en género para el personal de las áreas técnicas, ju-rídicas, Administrativas y los Tribunales de la institución de manera gradual, continúa y sistemática sobre la necesidad

e importancia de la aplicación del enfoque de equidad de género en el quehacer judicial.

- Participar en el diseño y ejecución de planes, materiales de capacitación y en la transversalización de perspectiva de género.

- Diseñar y promover campañas de sensibilización interna en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y la Unidad Técnica Central; uniendo esfuerzos con otras instituciones y organizaciones interesadas en el avance de la equidad de género en el país.

- Elaborar planes y proyectos de capacitación permanente en género para todo el personal, en todos las Áreas de Trabajo y niveles organizativos del Órgano Judicial.

Internamente se relaciona:

- Con la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Publi-cas, para coordinar la divulgación de los logros alcanzados en materia de equidad de género así como artículos y re-soluciones de interés.

- Con la Dirección de Recursos Humanos; para coordinar la elaboración de los planes de capacitación permanente en género para todo el personal Técnico, de Oficina y de Servicios de la Corte Suprema de Justicia.

- Con la Unidad Técnica Central, para coordinar la elabora-ción de los planes de capacitación permanente en género para Magistrados, Jueces y demás servidores judiciales.

2.4.5. Área de ComunicacionesSus funciones son

- Informar y difundir sobre las actividades de la Unidad a tra-vés de los diferentes medios con que cuenta la Institución;

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- Diseñar, elaborar y aplicar materiales de información en los diferentes medios a fin de mejorar las comunicaciones internas y externas;

- Ejecutar las actividades de intercambio con otras depen-dencias de la Institución;

- Elaboración y diagramación de: revistas, boletines, perió-dicos, afiches, banners, logos;

- Promoción y posicionamiento de la Unidad en los diferen-tes medios de comunicación internos y externos;

- Coordinación y organización de eventos;

- Diseño y retroalimentación de la Página Web;

1. Antecedentes

El 27 de enero de 2011 el Magistrado Presidente Jorge Rive-ra Avilés del Poder Judicial, inauguró oficialmente la Unidad de Género, como parte de un compromiso adquirido mediante un convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, suscrito el 21 de julio de 2008 con el Instituto Nacional de la Mujer (INAM). En su cláusula tercera, literal A, este Poder del Estado de Honduras se comprometió a crear a lo interno esta Unidad para la promoción e implementación de una política de género dentro de esta entidad del Estado.

La Magistrada Silvia Santos es el enlace entre el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y la Unidad de Género, y es quien brinda rectora la misma, dictando los lineamientos estratégicos a seguir en aras de la implementación de políticas Institucionales de género, de conformidad a lo establecido en el Plan Estratégi-co del Poder Judicial, mismo que ha sido incorporado al Plan de Nación del Gobierno de la República.

Fue creada mediante Acuerdo Nro. 4 de la Corte Suprema de Justicia38.

2. Visión

Ser la Unidad que impulsa y promueve los cambios tendentes a la consolidación de la política de género del Poder Judicial de Honduras a lo interno y externo de la institución.

Presidencia de laCorte Suprema

de Justicia

Coordinación de la Unidad de Género

Área de Asis-tencia Técnica

en Género

Área de Comu-nicaciones

Área de For-mación y Sen-

sibilización

Área de Análisis y Seguimiento

HondurasUnidad de Género de la

Corte Suprema de Justicia37

37 Información recogida de su página web http://www.poderjudicial.gob.hn/institucional/organi-zacion/dependencias/unidad_genero/Paginas/default.aspx38 http://www.tsc.gob.hn/leyes/Crear%20la%20Unid%20de%20G%C3%A9nero%20del%20 PJ,%20adscrita%20temporalmente%20al%20Centro%20(CEDIJ).pdf

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3. Misión

Promover, orientar, fortalecer y monitorear los procesos de cam-bio tendentes a ejecutar un política de género, con el fin de ga-rantizar su aplicación en la cultura institucional y los servicios brindados por el Poder Judicial de Honduras; asegurando el ac-ceso equitativo y sin discriminación a la justicia para mujeres y hombres.

4. Valores

- IGUALDAD: Es el Derecho a las mismas condiciones so-ciales, de seguridad, remuneraciones y condiciones de tra-bajo, tanto para mujeres como para hombres.

- PROACTIVIDAD: Es la toma de iniciativa en el desarrollo de acciones creativas y audaces para generar mejoras.

- EQUIDAD: Atribuir a cada ciudadano (a) aquello a lo que tiene derecho, reconociendo las condiciones o caracterís-ticas de cada ser

- RESPETO: Es la consideración de que alguien tiene un va-lor por sí mismo y se establece con reciprocidad y recono-cimiento mutuo.

5. Acciones

Actualmente se está realizando un diagnóstico de la situación del Poder Judicial en la temática de género dentro de tres juzga-dos pilotos: - Juzgado Unificado de Familia

- Juzgado Especializado contra la Violencia Doméstica

- Juzgados de la Niñez y Adolescencia

El cual nos dará una línea base para implementar políticas con enfoque de género dentro del Poder Judicial. Dicho diagnostico se extenderá a todas las demás dependencias de Tegucigalpa y Comayagüela dentro de este año 2011.

Se inició la instalación de los Buzones de Género, los cuales abrirán espacios para que los funcionarios (as) y empleados (as) del Poder Judicial planteen sus dudas y necesidades de capaci-tación en la temática de género, tengan un espacio para denun-ciar si existe o no discriminación en sus ambientes de trabajo

En un esfuerzo conjunto entre la Unidad de Género, el Centro Electrónico de Información Judicial (CEDIJ), y la Dirección de In-fotecnología, se unificaron los formatos de recolección de es-tadísticas con el fin de diseñar un módulo estadístico con indi-cadores de género y dotar al CEDIJ con un sistema estadístico ágil, eficaz y eficiente en este tema. Entre estos indicadores se encuentran datos desagregados por edad, género, tipos de de-mandas, resoluciones emitidas, entre otras. También podremos determinar el número de usuarias (os) beneficiadas (os) con re-soluciones favorables y determinar la eficiencia de la respuesta judicial a las necesidades de la ciudadanía en general.

Se implementará inicialmente el próximo año en un juzgado pilo-to y luego se extenderá a las demás materias con el fin de tener información más detallada y en menor tiempo.

La Unidad forma parte de la Red de Unidades de Género del Sector Público donde se planifican Estrategias de incorporación de la temática de Género en nuestras instituciones de acuerdo al II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras, a la vez que participamos en la Mesa Sectorial de Género, donde se ana-lizan los proyectos presentados por las mesas temáticas de país.

Se han brindado varias capacitaciones en el marco del II Plan de Igualdad y Equidad de Género, en temas de gestión de proyectos con enfoque de Género y Gerenciamiento Estratégico, con el fin de potenciar las capacidades de las mujeres en esta temática.

Se creó un Portal de la Unidad de Género, que contiene informa-ción sobre la creación de la Unidad, sus objetivos, y las activida-des que se realizan, a la vez que tiene publicaciones de boletines y convenios. El portal se encuentra en la página web del Poder.

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1. Creación y Objetivos

El Programa de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se crea en el año 2008 con el fin de cumplir los siguientes objetivos:

- Sensibilizar y formar a quienes imparten justicia en pers-pectiva de género para mejorar el acceso a la justicia de las personas y

- Fomentar ambientes laborales libres de violencia y discri-minación al interior de la institución.

2. Estrategias

2.1. Investigación Para conocer el estado actual de la impartición de justicia con perspectiva de género en México; proveer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de bases empíricas de justificación para las políticas instrumentadas, y promover la reflexión académica y jurídica en materia de género y justicia.

2.2. Formación Para aportar herramientas teóricas y prácticas para juzgar con perspectiva de género y fomentar el intercambio de ideas y ex-periencias en el juzgar.

MéxicoSubdirección de

Igualdad de Género39

39 Información recogida de su página web http://equidad.scjn.gob.mx/progama-igualdad/

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2.3. Vinculación

Con miras a establecer alianzas con el ámbito gubernamental, social e internacional para robustecer los mecanismos para la institucionalización de la perspectiva de género.

2.4. Difusión.

Para socializar la información relacionada con la perspectiva de género y el acceso a la justicia y concientizar a las personas de la exigibilidad de sus derechos.

2.5. Evaluación

Con el fin de supervisar y monitorear permanentemente las activi-dades, obtener insumos para tomar decisiones y rendir cuentas.

3. Estructura

En el año 2015, atendiendo la reestructuración administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Unidad de Igual-dad de Género cambio a Subdirección General de Igualdad de Género, adscrita a la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El programa es dirigido por la Subdirectora General de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La sub dirección tiene los siguientes programas:

a. Programa de Vinculación y Difusión

b. Programa de Evaluación

c. Programa de Formación

d. Programa de Difusión

e. Programa de Investigación

4. Protocolos

Algunos de los protocolos aprobados son:

- En casos que involucren a niñas, niños y adolescentes.

- En casos que involucren personas, comunidades y pue-blos indígenas

- Con perspectiva de género. Haciendo realidad el derecho a la igualdad

- Judicial Decision-Making with a Gender Perspective: A Protocol. Making Equal Rights Real

- En caso que afecten a personas migrantes y sujetas de protección internacional

- En casos que involucren derechos de personas con disca-pacidad

- En casos que involucren la orientación sexual o la identi-dad de género

- En asuntos que involucren hechos constitutivos de tortura y malos tratos

- En casos relacionados con proyectos de desarrollo e in-fraestructura

5. Libros publicados

- Arte, Justicia y Género

- Debates Constitucionales sobre Derechos Humanos de las Mujeres.

- Democracia y Ciudadanía: Perspectivas Críticas Feminis-tas.

- Derechos de las mujeres en el derecho internacional

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- Género y bioética

- Género y Educación: Aportes para la discusión Jurídica

- Género, cultura y sociedad

- La garantía de acceso a la justicia: aportes empíricos y conceptuales

- Las Mujeres a través del Derecho Penal

- Las mujeres en los conflictos armados: El papel del dere-cho internacional humanitario

- Mujeres, familia y trabajo

- Reflexiones Jurídicas desde la Perspectiva de Género

6. Video. Relato de lo que hacen (https://vimeo.com/98954978)

Se realizó un diagnóstico entre el personal de la corte para co-nocer cómo se vive y se percibe la igualdad de género en el alto tribunal. Con la información recibida se adoptaron acciones.

o Sensibilizar a quienes imparten justicia para juzgar con perspectiva de género

o Establecer mecanismos internos para erradicar el acoso laboral y sexual

o Adoptar licencia licencias de paternidad para que los hom-bres participen en la crianza de los y las hijos.

o Utilizar lenguaje incluyente para nombrar los cargos tanto en masculino como en femenino.

1. Secretaria Técnica de Género

Es la instancia técnica responsable de proponer, recomendar, asesorar y planificar las acciones que pongan en marcha las políticas de género del Poder Judicial aprobada por Consejo de Administración y Carrera Judicial, tanto en el ámbito admi-nistrativo como jurisdiccional, en cumplimiento de la Política de Género.

2. Misión

La Secretaría Técnica de Género contribuye con la misión ins-titucional y su particularidad radica que integra los principios de igualdad y no discriminación: "Promover y fortalecer un servicio de justicia accesible, eficiente, transparente y oportuno, para hombres y mujeres en igualdad de oportunidades, y sin discrimi-nación

3. Objetivo General de la Secretaria Técnica de Género

Incorporar la perspectiva de género en el quehacer institucional, garantizando la igualdad y no discriminación por razones de gé-nero en el acceso, participación y toma de decisiones tanto en el servicio de justicia como en el desarrollo de los recursos huma-nos judiciales.

4. Objetivos Específicos.

o Formular la política de género del Poder Judicial que ase-gure enfoques, acciones y medidas para que hombres y

NicaraguaComisión de Género

Secretaría Técnica de Género40

40 Información recogida de su página web http://www.poderjudicial.gob.ni/genero/default.asp

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humanos, tanto en el ámbito jurisdiccional como adminis-trativo.

o Desarrollar medidas administrativas, normativas y procedi-mentales que faciliten la aplicación de la política de género tanto en lo administrativo como en lo jurisdiccional.

o Apoyar a las áreas administrativas y jurisdiccionales que brindan el servicio de justicia, la aplicación de la perspecti-va de género, en la impartición de justicia pronta y cumpli-da las mujeres.

o Promover alternativas que mejoren el acceso, calidad y oportunidad en el servicio de justicia en igualdad y sin dis-criminación por razones de género, tanto en área jurisdic-cional como en los procesos administrativos internos.

5. Comisión de Género.

Es la instancia que dirige la Política de Género en el Poder Judi-cial.

La comisión está integrada por: Magistradas o Magistrados de la Corte Suprema de Justicia que representa a las Salas de la Corte. Dos magistradas con mayor antigüedad en el Poder Judi-cial que integren Tribunales de Apelaciones. Un juez o jueza de Distrito y local de Managua

6. Organigrama

7. Observatorio Judicial de Violencia de Género en Ni-caragua.

El Observatorio Judicial de la Violencia de Género de Nicaragua es un organismo colegiado interinstitucional creado mediante Convenio suscrito el 29 de Enero del año dos mil catorce, por las Instituciones que forma parte del Sistema de Justicia: Cor-te Suprema de Justicia (Consejo Nacional de Administración y

Carrera Judicial –CNACJ–), Policía Nacional (Dirección Nacional de Auxilio Judicial, Dirección Nacional de Comisaría de la Mujer y la Niñez) Ministerio Público, Instituto de Medicina Legal todas integrantes de la Comisión Interinstitucional de Lucha Contra la Violencia.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIAORGANIGRAMA 2012 - 2013

Corte Suprema de Justicia

Secretaría General Administrativa

Oficialía Mayor

Registro Público de la Propiedad

Dirección Superior

Relac. Públi-cas Divulg. y Prensa

Acceso a la Información

Auditoría Interna

Relaciones Interna-cionales Coop.

Externa

Órganos de Dirección Superior

Órganos Auxiliar de CNACJ

Unidades STAFF

Unidades de Apoyo Sustantivo

Unidades Sustancias Operativas

Unidades Apoyo Administrativo

Secretaría Técnica

Fondo Social

Seguridad Interna

Secretaría de Género

Facilitadores Judiciales

Biblioteca Jurídica

Imprenta

Consejo Nacional de Admi-nistración y Carrera Judicial

Comisión Nacio-nal de Registros

Dirección Nacio-nal de Registros

Secretaría de la Corte Suprema

de Justicia

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PanamáUnidad de Acceso a la

Justicia de Género41

41 Información tomada del Manual de Organización y Funciones del Órgano Judicial. En http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_pan_manual_jud.pdf

1. Organización

Está compuesta por una Comisión de Alto Nivel, una Secretaría Técnica y Comisiones Provinciales o Comités de Apoyo.

2. Objetivo

Diseñar, aplicar y promover políticas institucionales de accesibi-lidad a la justicia de los grupos en situación de vulnerabilidad de sus derechos y contar en el Órgano Judicial con un organismo permanente que garantice la igualdad, equidad y equiparación de oportunidades, entre otros de la niñez, las mujeres, personas con discapacidad pueblos indígenas, en la prestación del servicio judicial.

3. Funciones:

- Promover, orientar, fortalecer, monitorear los procesos de cambio tendientes a impulsar la perspectiva de género, in-clusión y equiparación de oportunidades, de forma trans-versal en la organización interna del Poder Judicial y en el servicio brindado, como garantía de un acceso efectivo a la justicia sin ningún tipo de discriminación para todos los grupos en situación de vulnerabilidad de sus derechos.

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4. Estructura.

4.1. La Comisión de Alto Nivel es encargada de elaborar y promover políticas dentro del sector justicia que faciliten el acceso efectivo la justicia de las personalidades en situa-ción de vulnerabilidad de sus derechos, mediante medi-das, facilidades y apoyos como garantía del pleno goce de los servicios del sistema judicial.

Estaría integrada por tres magistrados de la Corte Supre-ma de Justicia y presidida por un coordinador elegido entre ellos.

4.2. La Secretaría Técnica encargada de impulsar procesos de asesoría y capacitación supervisada sobre la aplicación práctica de la visión de la Unidad en la planificación estra-tégica de los procesos y sistemas administrativos internos y de coordinar con las instancias, organismos y agrupa-ciones de mujeres, de discapacidad, niñez y etnia, la pro-moción y aplicación de políticas públicas que aseguren el acceso a la justicia para estos grupos en situación de vul-nerabilidad de sus derechos.

4.3. Comisiones Provinciales o Comités De Apoyo, encar-gada de integrar servidores judiciales del Órgano Judicial comprometidos con los temas de perspectiva de género, derechos humanos, derechos de niñez y adolescencia, pueblos indígenas, discapacidad y/o inclusión. El apoyo es ad honorem.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA(PLENO)

Sala Primera

de lo Civil

Sala Segunda

de lo Penal

Sala Tercera

de lo Con-tencioso

Sala Cuarta

de Negocios Generales

Secretaría Administrativa

Secretaría de Comunicación

Dirección de Informática

Dirección de Registro Judicial

Dirección de Editorial y

Publicaciones

Centro de Estadísticas Judiciales

Unidad de Acce-so a la Justicia

y Género

Dirección de Asuntos

Penitenciarios

Dirección de Bibliotecas Jurídicas

Dirección de Seguridad

Dirección de Escuela

Judicial

Dirección Ejecutiva Nacional de Ser-vicios Comunes

Secretaría Técnica de Moderniza-

ción y Desarrollo Institucional

Unidad de Estudio Investigación y Análisis de la

Legislación Judicial

Departamento de Asistencia Legal Gratuita para las

Víctimas de Delito

Dirección Nacional de Métodos Alter-nos de Resolución

de Conflictos

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1. Creación.

La Corte Suprema de Justicia en su sesión del 6 de abril de 2010, por Acordada Nº 609/2010, resolvió aprobar la creación de una oficina especializada, con la denominación de “Secretaría de Gé-nero del Poder Judicial”, dependiente de la Corte Suprema de Justicia.

2. Objetivos.

- Promover la incorporación e institucionalización del dere-cho internacional de los DD.HH. de las mujeres en la admi-nistración de justicia.

- Identificar las áreas y acciones estratégicas para impulsar la igualdad de género e igualdad de oportunidades a las/os usuarias/os del servicio de justicia, y a todos los opera-dores/as del sistema, colaborando en la creación de una política integral de género para el Poder Judicial.

- Impulsar procesos de implementación de la política de gé-nero, proporcionando una plataforma técnica de la misma y asesorando en su definición y logrando la transversaliza-ción efectiva en todas las áreas de la actividad institucional.

- Impulsar la formación del recurso humano institucional idó-neo, de modo a proveerles herramientas conceptuales y metodológicas para insertar el enfoque de género en sus funciones y competencias ordinarias.

ParaguaySecretaría de Género de

la Corte Suprema42

42 Información recogida de su página web http://www.pj.gov.py/contenido/136-secreta-ria-de-genero/136

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- Promover, apoyar y canalizar iniciativas propias y ajenas con organismos nacionales e internacionales sirviendo de nexo institucional con otros órganos y poderes.

- Brindar asistencia técnica para la coordinación y gestión de proyectos de cooperación internacional o nacional, re-lacionados con la temática de género.

- Obtener el apoyo para propiciar la realización de estudios e investigaciones para identificar y erradicar las desigual-dades de género que se producen en la administración de justicia.

- Elaborar propuestas, orientar y asesorar a las autoridades del organismo judicial sobre las acciones a realizar, que surjan de los resultados obtenidos de los estudios e inves-tigaciones.

3. Qué hace?

- Promover la incorporación e institucionalización de dere-cho internacional de los derechos humanos de las mujeres en la administración de justicia.

- Coordinar y gestionar programas de capacitación, en concierto con los restantes poderes del Estado y los or-ganismos internacionales pertinentes, en especial para fo-mentar el conocimiento y aplicación de los instrumentos internacionales de los derechos humanos de las mujeres, y el enfoque de género como etología para el análisis le-gal.

- Impulsar las acciones para el conocimiento de doctrina y jurisprudencia con perspectiva de género y especialmente sentencias que incorporen el derecho internacional de los derechos humanos de las mujeres, entre los/as operado-res/as de justicia para su conocimiento y posible aplica-ción.

4. Política de Transversalidad de Género.

Por acordada 657 aprobaron la Política de Transversalidad de Género del Poder Judicial, en la que se encuentran cinco impe-rativos estratégicos, con objetivos generales, específicos y linea-mientos.

5. Observatorio de Género

Cuenta con un Observatorio de Género, el que tiene como obje-tivo general Comprender la dinámica y evolución del sistema de administración de justicia en el sistema democrático paraguayo, para el fortalecimiento de capacidades institucionales y la ge-neración de aprendizaje entre los actores involucrados, bajo los principios de los derechos humanos de las mujeres y la perspec-tiva de género; y considera como indicadores de igualdad:

- Distribución de cargos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial

- Participación en espacios públicos de decisión

- Violencia contra las mujeres basada en asimetrías de gé-nero

- Participación económica y acceso a servicios básicos

- Situación de personas privadas de libertad

- Estudio de Opiniones y satisfacción de Usuarios de Servi-cios Judiciales y Magistrados: Acceso a la Justicia

- Violencia contra mujeres indígenas

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1. Creación

El 28 de abril de 2010, la Sala Plena de este Máximo Tribunal creó la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Ju-dicial.

2. Propósito

Garantizar la igualdad y la no discriminación de la mujer, utili-zando como herramientas fundamentales la "Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia" y los Tratados Internacionales suscritos por la República en materia de género: Convención Sobre la Eliminación de Todas las For-mas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención de BELEM DO PARÁ), para ampliar y hacer efectivas las políticas públicas que permitan el acceso de las mujeres a un sistema de justicia de género adaptado a las necesidades y a la realidad social del país.

Esta Comisión estará integrada por un representante de cada Sala, es decir estará conformada por seis (6) Magistrados o Ma-gistradas del Tribunal Supremo de Justicia, el Director Ejecuti-vo de la Magistratura como Asesor Administrativo y el Director General de la Escuela Nacional de la Magistratura como Asesor Académico. La Coordinación de esta Comisión será ejercida por uno de los seis (6) Magistrados o Magistradas que la integran.

43 Información tomada de http://justiciamujer.tsj.gob.ve/historia.html

VenezuelaComisión Nacional de Justicia de

Género del Poder Judicial de la República Bolivariana de Venezuela43

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3. Atribuciones

- Desarrollar y diseñar políticas judiciales tendientes a opti-mizar el sistema de justicia de género.

- Diseñar una política judicial que enlace los Tribunales de Violencia contra la Mujer con los Consejos Comunales (Comités de familia e igualdad de género).

- Recopilar criterios judiciales en materia de Violencia contra la Mujer.

- Establecer contacto con Magistrados y Magistradas, Jue-ces y Juezas, Fiscales y Fiscalas, Defensores y Defenso-ras Públicos de otros países y del nuestro, para comparar y compartir criterios y avances doctrinales en materia de género.

- Colaborar con el Poder Ejecutivo en la planificación y eje-cución de las políticas públicas orientadas a la atención de las mujeres víctimas de violencia de género.

- Coordinar los tribunales competentes para el conocimiento y el juzgamiento sobre Violencia Contra la Mujer.

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