materia de derecho penal para el ii parcial clase, dolo

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  • 8/15/2019 Materia de Derecho Penal Para El II Parcial Clase, Dolo

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     Materia de Derecho Penal para el II parcial.

     El Dolo (Clase del 30/09/2010)

    Tipo objetivo

    Tipo subjetivo Dolo

      Elementos subjetivos distintos del dolo.

    Uno de los aportes del finalismo fue considerar el dolo en la tipicidad.

    Si el tipo describía acciones y la acción, se tomaba en cuenta la finalidad, entonces el dolo,asociado hacia la voluntad (conocer y uerer!, ello sería ló"ico ubicarlo en la tipicidad.

    #escher decía ue el dolo hay ue estudiarlo y anali$ar la tipicidad de la conducta, pero ello noimplica ue se d% el concepto de acción

    En la tentativa, para el an&lisis de la tipicidad, es fundamental anali$ar el dolo. (Ej. Si el dolo es para matar o lesionar!.

    #a escuela clásica nos decía todo lo objetivo en la tipicidad y antijuricidad , y todo lo subjetivoen la culpabilidad.

    En la neoclásica se admiten los elementos subjetivos en el tipo, como e'cepción.

    omo un correctivo, aun manteniendo cierta continuidad es la neocl&sica (influenciada por elneo)antismo!. *hora el tipo penal va a estar compuesto ' elementos descriptivos, normativos ysubjetivos distintos del dolo. Ej. +omicidio calificado. (+omicidio criminis causa!.

    *levosía.

    Ensaamiento- no basta la victima sufra "raves dolores sino ue se interpreta tambi%n como unelemento subjetivo matar haciendo sufrir/.

    Torturar.

    Estos elementos se reconocen como parte del an&lisis inte"ral de la tipicidad. *hora es un tipopredominantemente objetivo, ya ue hay determinadas causas de e'cepción.

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    Delitos dolosos de acción y omisión y delitos culposos de acción y omisión.

    Elemento cognoscitivo y un elemento volitivo.

      Dolo0 conocer y querer  la reali$ación del tipo objetivo. #os elementos descritos en el tipo

    objetivo, el conocimiento ue en el momento de la acción se da e i"ualmente el uerer reali$ar ese tipo objetivo.

    Distinción entre el conocer y querer esos elementos subjetivos del tipo. 1o es propiamentesaber ue en el ordenamiento est& prohibida esta conducta o ue no hay una causa de justificación ue autorice el acto.

    Escuela clásica- dolus malus. Si la persona 1o sabía ue estaba cometiendo un delito, seeliminaba el dolo.

    El concepto del dolo se divide en dos, por lo ue el concepto de antijuricidad se mantiene

    formando parte de la culpabilidad.

     Error de tipo y error de prohibicin.

    Error de prohibición directo e indirecto (referente a la antijuridicidad!-

     Error de prohibicin directo- no es e'actamente cierto ue nadie puede alegar ignorancia dela ley/. El conocimiento de ue la conducta est% prohibida, de ue haya un delito, no siempre esun reuisito. +ay determinadas circunstancias en las cuales se justifica ue el sujeto descono$ca

    la ley, por lo cual no le es imputable el delito cometido o al menos se establece ue no teníaintención de2 por lo cual la pena se reduce.

     Error de prohibicin indirecto! creía ue había una causa de justificación ue lo autori$aba. Se pensaba ue era típico pero 13 antijurídico, el sujeto 4EE ue est& actuando en unacircunstancia ue le faculta para ejercer la acción.

     1o todo error sobre el conocimiento de la antijuricidad es motivo para eliminar la culpabilidad,sino solamente el error invencible. 4especto al error vencible, se elimina el dolo y se eliminala posibilidad de sanción a título doloso, se podría determinar ue el sujeto ha actuadoculposamente.

    Si se creía ue no e'istía un delito ue si e'iste, en la escuela cl&sica y neocl&sica, eliminaría eldolo, en cambio actualmente ello no sería así necesariamente. El concepto de dolo actualcomprende elementos como el dolo malo. En el error de tipo no hay dolo.

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    Clase "#10#10.

     Error de prohibicin- se habla de dos conceptos.

    Dolo- error de tipo. *usencia de dolo. Se elimina el dolo, el sujeto no tenía conciencia. Tiene ue

    ver con la tipicidad.onocimiento de la antijuricidad- Error de prohibición. Tiene ue ver con la culpabilidad (laculpabilidad es al"o "raduable!.

    Error en el objeto- se elimina el dolo.

    oncurso material e ideal (una sola acción!. Ejemplo del yerno

    Clase del 12/10/2010

    Varios tipos de dolo-

    •  Dolo directo-o  Primer Grado- se uiere matar y efectivamente se mata. Se persi"ue la conducta

    descrita en el tipo penal. Se persi"ue la finalidad subjetiva. #a intención del sujetoes la reali$ación del tipo

    o Segundo grado o de consecuencias necesarias- dolo de consecuencias necesarias.

    #a reali$ación no es la finalidad directa del sujeto. Se persi"uen otros finesdistintos, pero se considera como consecuencia necesaria de la consecución de la

    acción. Ej. uando al"uien in"resa a una vivienda para sustraer un televisor, haydolo directo respecto al robo del televisor y hay dolo indirecto con respecto aldelito de violación de domicilio. Ello no es lo persi"ue propiamente, porue loue se persi"ue es la sustracción. +ay un concurso de delitos. Ej. 5. Se sabe uetambi%n 6artín y 7os% van a morir a raí$ del intento de matar a 7uan, a8n así setiene un dolo directo, sólo ue de se"undo "rado.

    • Dolo eventual- #a "ran discusión es dónde tra$ar la línea para distin"uir entre dolo

    eventual y culpa consciente. #a diferencia con el dolo directo es ue no se plantea lareali$ación del tipo de forma certera. +ay varias teorías para distin"uir el dolo eventualde la culpa consciente. +ay dos "rupos fundamentales de teorías para distin"uir entredolo eventual y culpa consciente. 9&sicamente la diferencia es ue en la culpa conscientehay una previsión de posible resultado. En la culpa consiente No hay una previsión delresultado por parte del sujeto, sin embar"o el sujeto debió haber previsto el resultado ,el ordenamiento le e'i"ía velar por impedir la consecución del resultado. En la culpaconsiente hay un elemento subjetivo, cuando se hace referencia a los elementossubjetivos se hace referencia a las culpas conscientes.:Dónde se tra$a la línea entre el dolo eventual y culpa consciente;

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    • Teora de la probabilidad- elemento co"noscitivo del dolo. El sujeto se presenta

    como muy probable.

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    #os delitos en "eneral pueden ser cometidos con dolo directo o dolo eventual, sin embar"o eltipo penal puede e'cluir propiamente el dolo eventual.

    Error en el "olpe- elimina el dolo, pero no necesariamente la culpa.Un concurso eventualmente (5 tipos- tentativa y muerte por falta del debido cuidado.

    Error en el objeto- se le uería dar al objeto y efectivamente se consi"ue, pero no era el objetoue se creía. En este caso si tiene relevancia.

    aso de los delincuentes- Error en persona- se dice ue es irrelevante, si uería matar a una persona efectivamente lo hi$o.

    Doctor 4amos y enfermera 3l"a- homicidio. ?uería matar a una persona y efectivamente lo hi$o,independientemente de si esta persona era '/ o y/.

    *ndr%s y Sandra- 7os%- respecto a %l si hay un aumento del ries"o no permitido, pero no haydolo

    *lonso- le dispara a felipe y mueren luisa y felipe. )ay un concurso ideal de delitos. * trav%sde una acción se mata a dos personas. +ay un dolo eventual o dolo directo de 5do "rado respectoa la esposa;; Dolo de 5do "rado son consecuencias se"uras, mientras ue el dolo eventual son posibles consecuencias.

    7uan y 7aime- +ay dolo subsecuente; Tiene ue haber un dolo al momento de la acción, nocuenta ue el dolo sea posterior.

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    Discusión- es vencible o invencible- si es invencible se elimina la culpabilidad, si el error esvencible se responde a título de un delito culposo, no doloso.

    onducta dolosa, típica, antijurídica y culpable- error vencible (an&lisis del finalismo!

    $eor%a de los ele&entos ne'atios del tipo- hay un error de tipo en la conducta y sobre lascircunstancias ue harían justificadas la acción. +ay un error en el tipo y se responde por culpa yno por dolo. *specto positivo- tipicidad. *specto ne"ativo- el dolo debió abarcar los elementosdescritos en el tipo, no hay causas de justificación.

     1uestro códi"o se toma de las discusiones del códi"o tipo para @beroam%rica, el cual provenía deun proyecto *lem&n ue no se aceptó.

    Error de tipo-

    Error de prohibición-

    Error de tipo permisivo- el pap& ue mata al hijo, creyendo ue este era un ladrón ue venía arobar la casa. Tambi%n el simulacro de asalto en un supermercado en

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    Ejemplo del ca$ador- se le dispara a un animal/, creyendo de verdad ue %ste lo era, pero enrealidad era una persona. Si esta persona era mi enemi"o y me ale"ro de haberlo hecho, i"ual nohay dolo.

    5F- 3et4ger, autor de la escuela neocl&sica, escribe un artículo donde habla de ciertasistemati$ación y justificación a estos elementos distintos del dolo.

    Sólo algunos delitos tienen elementos subjetivos distintos del dolo.

    !numerus clausus! Delitos culposos

    En principio los delitos son dolosos. En principio se sanciona la comisión dolosa de estos delitos, pero no la culposa.

    Sin embar"o Si hay delitos de comisión tanto dolosa como culposa.

    +ay otras le"islaciones ue no tomaban en cuenta una teoría de numerus clausus de los delitosculposos.

    5rincipio ultima ratio- en muchos de estos delitos culposos bastaría solamente laresponsabilidad civil contractual.

    #a mayoría de los delitos culposos se relacionan con el tr&nsito automotor.

  • 8/15/2019 Materia de Derecho Penal Para El II Parcial Clase, Dolo

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     PE*+ 19/10/2010.

    Teoría

    Error en persona es un caso de error en el objeto (este es el  género! y el error en persona es la

    especie.6ientras ue el error en el "olpe es un problema de mala puntería. En el error en persona S@ hay buena puntería. Error en el "olpe puede ser ue al"uien se atraviese en el medio.

    Teora del asentimiento/ el resultado no es uerido, pero da i"ual si se produce o no se produce.

    Clase 21/10/2010! Cap%t-lo 1 de aaroni.

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    5osición de garante- profesional, sujeto u obli"ado a evitar el resultado. 6a posición degarante se puede atribuir por medio de un contrato o de una conducta precedente.

    Lauffman- discípulo de Mel$en.

    El finalismo tuvo dificultad para e'plicar los delitos de omisión (de la no reali4ación de unaacción esperada debida. El finalismo trata de usar el concepto de acción naturalístico, pero noel de omisión por ser una no acción. Lauffman desarrolló m&s ue Mel$en el tema de la omisión.se le llama la teora de las #unciones/. Se hace una distinción entre dos sujetos. Uno el sujetodice ue tiene una fuente de ries"os indeterminados. 3 el ue tiene una determinadaresponsabilidad. Dos- el sujeto ue tiene a su cuido un bien jurídico tutelado. Deber de los padres, deber de solidaridades.

    aso de los ataues del cora$ón, no tomarse la pastilla, llamar al >> y dar aviso. +ay un deber del cónyu"e de actuar conforme a esto.

    ?uienes asumen determinadas obli"aciones voluntariamente. Ejemplo la niera o el"uardaespaldas.

    Clase 2/10/2010! Co&isin por o&isin

     Posicin de 'arante.

    +rmin 7au##man- no basta la cuestión formal, sino ue faltan dos supuestos. El c-idado de -na -entede peli'ro y el c-idado de -n bien -r%dico espec%ico. (TE34N* DE #*S IU1@31ES, se debe vigilar

    ue no se realicen los resultados li"ados a la fuente de peli"ro. . 5osición de garante (cuidado de una fuente de peli"ro! caso de la f&brica de licores, el "erenteuiere dejar de contaminar una fuente de a"ua. Deber evitar2/

    5. 1uidado de un bien jurdico #rente a los peligros que puedan amena4ar. uando al"uien debetomarse una pastilla en caso de un ataue, si no se le da o no se llama al >>. Si al"uien se cae y

    se "olpea, incluso si al"uien m&s hirió a otro y uno, sin estar en una situación de peli"ro, no llamaa la ambulancia. Deber de socorro entre los cónyu"es. El salvavidas no puede decir el a"ua est&muy fría hoy/ o decir hoy estoy resfriado/, la niera no puede ver al chiuito subirse a la baranda y no hacer nada.

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    #os homicidios si se pueden cometer por omisión pero 06  puede ser cometido por uienes est%n enposición de garantes. De otra manera, si es cualuier tercero, entonces se le puede inculpar por omisiónde au'ilio u otros, pero no por homicidio.

    El t%rmino "arante es un t%rmino t%cnico, ue es el ue hay ue utili$ar. #os delitos de homicidio poromisión no pueden ser cometidos por cualuiera.

    asos con "randes fuentes de peli"ro- venta de medicamentos. Ej. aso de la tiamina en *lemania, ueconcluyó en pa"os de daos y perjuicios.

    Se ha tratado de buscar un concepto ue comprenda tanto la acción como la omisión, pero esto se hadificultado.

    misión de auilio- deber de solidaridad. Tenemos un deber de ayudar a los dem&s, especialmente sisomos los 8nicos capaces para llevar a cabo la acción.

    Sin embar"o para ue haya un deber de actuar (una posición de "arante! es una obli"ación mucho m&s

    directa, la comisión por omisión sólo puede ser atribuida en casos e'cepcionales.

    Clase 2/10/2010. *ctos preparatorios y *ctos de eec-cin.

    Se habla de un interOcriminis o proceso ejecutivo del delito, en donde se establece ue el delitotiene una serie de fases-

    • 8ase interna- Es cuando sur"e la idea de cometer un hecho delictivo, se plantea y toma

    una decisión respecto a esta. +ay ue recordar ue el mero pensamiento es impune, sereuiere una acción para poder sancionarlo.

    • 8ase eterna- En la fase e'terna se debe distin"uir entre actos preparatorios, actos de

    eec-cin y actos de cons-&acin. #os actos preparatorios es cuando la idea se empie$aa llevar a cabo a trav%s de actos e'ternos. 1o son punibles. #os actos de ejecución sí son punibles. El jue$ ha lle"ado a considerar ue ciertos actos preparatorios pasan a ser deejecución y se considera delito aunue no se haya consumado (

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    Teora Neoclásica- introduce aspectos relacionados con el bien jurídico. Una de sus posicioneses hay actos de ejecución cuando se lle"a a poner en peli"ro el bien jurídico tutelado.onforme a los criterios valorativos de esta teoría, se va a decir tambi%n son actos d ejecución,no solo auellos en se empiece a reali$ar el verbo típico, sino los por vinculación naturalempie$an a reali$arlo. +ay actos de ejecución cuando se llega a poner en peligro el bien jurdico tutelado. onforme a los criterios valorativos propios de la teora neoclásica, se va adecir tambi%n son actos de ejecución, auellos actos por al"una vinculación natural seempie$a a reali$ar el verbo típico, por lo cual deben ser consideradas como parte inte"ral delverbo. Se dice ue es la concepción de la Teora #ormal9objetiva m&s la unión material a lareali$ación del verbo típico, por lo cual son una parte coOsubstancial de la misma. #a vinculaciónse trata de hacer desde un punto de vista objetivo.

    8inalismo- le da una "ran importancia al disvalor de la acción. Se le da "ran importancia a lavoluntad manifestada contraria a derecho en lo relativo a la fase e'terna, trabajando en el aspectosubjetivo. Seala actos de ejecución son auellos seala la teoría formal objetiva, pero con

    la variante de ue actos de ejecución ser&n auellos actos por medio de los cuales de acuerdo conel plan del actor el mismo se encuentra de una forma inmediata a la reali$ación del tipo penal .

    Se parte tambi%n de la teoría formalOobjetiva. Se le da importancia a la voluntad manifestadacontraria a derecho. :ntroduce aspectos de carácter subjetivo en la distinción entre actospreparatorios y actos de ejecución. Se dice ue los de ejecución ser&n tambi%n auellos actos 'medio de los cuales, ' medio del plan del autor, el mismo se coloca a la reali$ación inmediata delacto delictivo. +abía ue ver :cu&l era su plan; :?u% era lo ue iba a reali$ar; Se me$clanaspectos objetivos y subjetivos. :u&ndo es ue se empie$a a matar; Se hace a trav%s de juiciosde valor. Se mencionan los actos inmediatamente anteriores a la reali$ación del verbo típico, de

    acuerdo con el plan del autor. (este plan del autor hace referencia a un aspecto subjetivo!. Teora%$ET:V9:ND:V:D;+6. Es una teoría dominante en *lemania y ue se asocia o relacionacon la teora de la impresión.

    :?u% pasa con la tentativa inidónea; :Debe ser sancionado o no como tentativa;

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    $entatia. (clase del 2 de noie&bre con s-plente)

    Ubicarnos en el interOcriminis, el cual tiene tres fases-

    •  +a ase interna- es no punible, no se pueden penar los pensamiento. En esta hay C

    momentos- la ideación (sur"e la idea criminal! la resolución y planeación (se esco"en losmedio y la oportunidad para ase"urarse el resultado!.

    •  Inter&edia! se caracteri$a porue el sujeto lo ue reali$a son actos preparatorios. 1o es

    un inicio de ejecución. Sino ue tienen ue ver con la selección de los medios parareali$ar el delito. Aa no a nivel mental, sino a nivel físico (se compra el veneno, elcuchillo2!. Se distin"ue en lo si"uiente, ue tambi%n se consideran actos preparatorios-proposición (consiste en invitar o proponer a otro para ue lo acompae, al sujeto activoa reali$ar el delito!, provocación (incitar a otro para ue cometa el delito! y conspiración(concierto o reunión de voluntades de dos o m&s personas para cometer el delito.*UE4D3 DE P3#U1T*DES!. En sí mismos los actos preparatorios no son punibles.Solo en la medida en ue constituyan un delito independiente. #a "ran discusión escuando se terminan los actos preparatorios y cuando se inicia la E7EU@Q1. #o ueempie$a a ser punible es la tentativa (sólo los delitos de peli"ro abstracto no admiten latentativa, como los delitos relacionados con el tr&fico de dro"as, porue ellos son unadelanto de la punibilidad ya ue no se reuiere la afectación directa al bien jurídico, sinoue la conducta es tan posiblemente daina ue se admite un ries"o de afectación al bien jurídico, tampoco se admite la tentativa en delitos U#

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    dinero yyy2. El le"islador trata de cerrar el círculo, para ue los actos preparatorios seantambi%n punibles, pues se eleva a una cate"oría de delito, por describir un verbo. #avado dedinero el ue facilite2/, no se es cómplice, sino autor directo.

    == Esuema-

    O 5articipación- insti"ación y complicidadO Tentativa- parte "eneral del códi"o (*rtículo 5F ód.

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    todos los actos que de acuerdo con su plan eran necesarios para la consumación .Tiene relación con el DE0E0T:3:ENT, en la inacabada el sujeto puede beneficiarsedentro del desistimiento simplemente con dejar de hacer, pero en la acabada el sujetotiene ue reali$ar actos positivos  para evitar el resultado. El códi"o penal de 4 nore"ula e'presamente el desistimiento pero se ha interpretado a raí$ del art. 5F del ód.

     penal. +ay tentativa cuando no se produce el resultado por causas ajenas a la intencióndel a"ente, hay desistimiento cuando no se produce el resultado ' causas propias delsujeto. Poto KFJOK. ausa de atipicidad de la conducta, voto GCOIOC;. uando haydesistimiento no se casti"a ni al autor ni a los partícipes. TE34N* DE #**ES34@ED*D #@6@T*D*. El fundamento para no casti"ar el desistimiento devoluntad, hay varias posiciones- 5uente de 5lata- debe estimularse a la persona nocometió el delito para ue en el futuro no lo vuelva a cometer, la otra es la del

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    desestimiento voluntario, ya ue lo ue hay es un temor a ser descubierto. Se responde por losdelitos consumados, si al"uien in"resa a una vivienda para robar y desiste de su acción, pero yahabía in"resado a la vivienda pues no ser& sancionado por robo, pero la violación de domicilio yaest& hecha. Si se dan forcejeos tendientes a una violación y se desiste de continuar con la acción,a8n así es responsable por los actos ue constituyan tocamientos y otros.