marsilio de padua - el defensor de la paz

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  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    1/80

    Coleccin

    Clsicos del Pensamiento

    Director

    ntonio Truyol y Serra

    Marsilio de Padua

    El defensor

    de la paz

    Estudio preliminar traduccin notas de

    LUIS M RTINEZ GOMEZ

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    2/80

    TITULO ORIGINAL:

    Defensor Pacis (1324)

    Reservados todos los derechos. Ni la tolalidad ni

    parte

    de este libro puede

    reproducirse o transmitirse por ningn procedimiento electrnico o me

    cnico, incluyendo fotocopia, grabacin magntica o cualquier almace

    namiento de informacin y sistema de recuperacin, sin permiso escrito

    de Editorial Tecnos,

    S.A.

    Diseo y realitacin de cubierta:

    Rafael Celda y Joaqun Gallego

    lmpre5in de cubierta:

    Grficas

    Malina

    Estudio preliminar y notas e) Lurs

    MAR

    ri;-,r l lml l / , 1

    ii''

    S

    EDITORIAL TECNOS, S. A., 19W)

    Josefa Valcrcel, 27 - 28027 Madrid

    ISBN o 84-309-1672-5

    Depsito Legal:

    M-44784-1988

    Printed in Spain. l m p r e ~ o en - . < ~ p a f i a por A7also. Tracia, 17 - r...tadrid.

    INDICE

    PRESENTACJON

    . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    Pg.

    XIII

    ESTUDIO PREI.JMINAR XV

    Bibliugraf"a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XL V

    EL

    DEFENSOR DE LA PAZ

    PARTE

    P R I ~ E R

    Cap. l. DEI PROPOSr O SUMARIO DF LO QUE SE

    VA

    A TRATAR, RA

    ZN DE iNl"ENTO Y

    DIVISION

    Dl:.L L BR O

    Cap. IJ. Dl:. LAS PR MFRAS CUESTIONES DF

    ES

    fl:. L BRO: DISTINCIN

    \ DEFir-.;I(' N

    DL

    S (i'\l FICADOS

    DE

    LA PAI >\BRA REI YO

    Cap. IJJ. DEL

    ORI(,f.N

    DE LA C0\1L'N DAD CIVIL

    Cap. IV.

    DE lA

    CAUSA

    FINAl

    DE

    LA CIUDAD. D STI 'JCIN DE SUS OB

    JEI" VOS Y DE SUS

    PARTES

    FN

    GENERAL

    Cap.

    V. DEL \

    DISTINCI'\l

    Y

    DEFINICIN DE LAS PARTES DE LA CIU

    JAD;

    Y

    DE LA

    NECESIDAD

    DE

    SL.: EXISTENCIA Y

    SU

    DISTINCIN POR

    FL "IN ASIC,NADO POR LA INVENC Ot-; HUMANA

    Cap.

    VI.

    DE

    LA

    CAUSA FINAL LH:

    UNA PARTF DE LA CIUDAD, 1

    ASA

    CF.RDOTAL, FUND>\DA EN LA TRADICION DI\'IN>\ O

    REVlLACION

    IN

    MEDIATA. PERO IMPOSIBLE DE SER PROBADA POR 1 A RAZN HU

    MANA

    Cap. VJI.

    DE

    LAS OTRAS CLASES DE CAUSAS DE

    LA

    EXISTENCIA YDI S

    TI N "IN

    DE

    LAS PARTES

    DE

    LA

    CILDAD

    Y DE LA

    DIVISIN

    DENTRO

    )E

    CADA UNA

    DE ESAS

    PARTES, SEGUN

    DOS MODOS

    QUE HACEN

    A

    NUFS fRO PROPOSITO

    Cap. VlJJ.

    DE LOS

    GNEROS

    DE GOBIERNO O RGIMEN POLTIUl:

    TEMPLADO Y VICIADO Y DIVISIOt-i DE SUS CLASES

    Cap. IX

    DE

    LOS MODOS DE INSTITL"JR 1 A

    M ~ R Q U

    REGIA Y

    DE

    FINICJC)N

    DE

    SU

    PERFECCIN. MODOS

    T

    A\HIIN DE INSTITUIR

    LOS

    OTROS REGMENES O HlR\1AS DE GOBIERNO. 1 AS TEMPLADAS Y LAS

    VICIADAS

    3

    9

    11

    14

    7

    25

    30

    32 '

    34

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    3/80

    VIII INDTCH

    Cap . X.

    0F

    LA D SJT"JUN Y DU lr-lCJN DF 1 OS

    SIGNitICADOS

    flr_

    LA

    PALABRA

    l EY Y SU

    PROPSIMA

    ACf.PCIO:--J cor-..FJRM.\DA

    POR

    NO

    SOTROS

    Cap.

    XI . DL LA N E C E ~ I D A D

    DE D ~ R LI::Yfc; TOMADAS EN

    S ::'NTII)O

    PROPiSI\10,

    Y

    QUE NINGUN

    GOBCRNA"''TL, POI\ VIRTL-0">0 Y

    JL

    5

    ro

    QL'E SEA, DEBE GOBERNAR SIN LEYES

    Cap .

    XII . DE

    LA

    C A U ~ A EFICIENTE

    DFMOSJ RABLE

    DEl

    AS LLYES HU

    MANAS Y

    DE

    AQUJ.LA QCE NO

    PUl

    DE F\ ' DLNC lAR

    SE POR D E M O ~ -

    TRACIN; LO

    QUE

    EQUIVALI: A INQL'JRIR :SOBRE EL LEGJ:.LADOR. lJE

    DONDE APARECE TAMBIN QUE POR

    1 A SOLA El ECCIO:-.J,

    511': OTRA

    CONFIRMACIN, SL

    DA

    LA AUTORIDAD

    A

    :\QCL QUE SE

    ESTABLE

    CE

    POR

    FLECCIN

    Cap.

    XI I I .

    DE

    ALGUNAS OBJECIONlS A LO DICHO E J I:L

    CAP1ULO

    PRECEDENTE

    Y SCS REFUTACIONES. UNA l\1S AMPI lA EXPOSlC

    I:-,

    rAN ro L:r J C05 \5 COMO

    PERSO

    NAS. Y A

    QLJr-.

    CORRL':>PO:-.JDA SL APLICAClOr-.-

    Cap.

    X

    DL Al GL NOS SIGNOS, TFST \toNIO"> Y U L : ~ l P L O S .

    TANTO

    DL

    LA CANNICA C O ~ O Dl LA H U ~ 1 - \ N A lSCRITlJIL\ , (01 \

    1

    OS Ql:F SF

    '-1UESI RAQUE ES\

    ~ J W D F R O

    1 O

    ONCl

    U IDO LN l :L CAP.

    IV

    DL l::,

    T

    PAR-lE

    Y

    EN

    LOS CAPS. V Y \111. IX Y X DE 1 A \t Sl\IA /\CERC 1\

    DEL

    ESTADO DE LOS

    OBISPOS,

    Y

    E: .J GLNLRAL

    Dl LOS ':>-\CEIWUJ

    FS.

    Y

    POR Q J CR S-10

    OISTING\JI SU ESTADO,

    S

    DECIR. DE

    POBRE

    Z.\, DEL ESTADO DE LOS PRINCIPLS \ GOHFRr-,.-\NTFS

    Cap.

    XII.

    DE 1

    A

    DISTII':C l'

    ESTUDIO PRELIMIN R XXI

    D.P.,

    1 1,6 *. La conducta y accin a la que le mueve

    quedar, en buena verdad, civil y eclesistica, justificada.

    La cuestin central es el poder, tanto el civil como el

    eclesistico. Marsili o quiere decir a Luis, al que no escati-

    ma alabanzas de rigor, que tiene derechos que

    usurpa

    el

    Papa y

    lo enciende

    para

    que pase a

    la

    accin, con lo que

    arrancar o

    cortar la

    raz

    de

    donde

    proceden

    los impedi-

    mentos

    de la

    paz en

    su reino e

    imperio.

    La duplicidad de

    poderes supremos desgarra las

    provincias

    y los hombres

    y provoca enfrentamientos blicos que

    constituyen un

    es-

    cndalo

    para

    la

    cristiandad.

    La Primera

    Parte trata

    de la

    sociedad civil. Pero en ella se ponen las bases para la Se-

    gunda

    Parte,

    que

    toda

    ella es una reflexin y doctrina

    sobre la realidad eclesistica. Ya en la

    Primera Parte,

    al

    final, hay una alusin y esbozo de doctrina en torno al t-

    tulo que se atribuye el Pontfice romano de la plenitud

    de potestad. Y en esta Primera Parte, civil, entra ya en

    consideracin la parte o estamento sacerdotal como inte-

    grante principal de la sociedad civil. En la concepcin de

    Marsilio opera la visin medieval de la cristiandad como

    un

    todo,

    que imbrica

    a los dos

    rdenes, el

    civil

    y el

    ecle-

    sistico.

    Por

    este

    lado es ~ l r s i l i o acentuadamente

    medie-

    val. Su fin es distinguir

    y

    sealar los lmites precisos a

    lo.s

    dos rdenes y poderes, no

    suprimir uno de

    ellos ni inde-

    pendizarlos, sino

    armonizados

    y hasta fundirlos en cier-

    to modo en

    una

    grande y

    superior

    unidad.

    LA SOCIEDAD CIVIL

    La Primera Parte se apoya en Aristteles, como era obli-

    gado en el tiempo Toms de Aquino, Gil de Roma, Dan-

    te , en los ocho libros de la Poltica, y siguiendo sus pa-

    sos desarrolla Marsilio el origen de la sociedad humana,

    su estructura y su culminacin en el prncipe, legislador

    Las referencias al texto deben entenderse as:

    D

    P., I, I,6 quiere

    der.:ir

    El

    Defensor de l paz,

    parte I, capitulo I,

    6.

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    10/80

    XXII LUIS M RTINEZ GOMEZ

    y la ley. Siguiendo a Aristteles distingue seis partes de

    la

    ciudad,

    tres principales, sacerdotal, militar y judicial,

    y tres inferiores, agricultura,

    artesana

    tesorera

    D. P.,

    l, V,l).

    El orden o mundo religioso entra

    con

    derecho y

    a la cabeza de todo; Marsilio considera

    que

    aun ms all

    del

    orbe

    cristiano, entr e los gentiles,

    imaginan

    las gentes

    dioses e infierno, con que apoyan la voluntad para el bien

    D.P.,

    1 V,ll

    ss.). Para el mundo cristiano, aun dentro

    de la sociedad civil, son de conside rar las dos esferas la

    natural y la sobrenatural D.P.,

    1

    1V,3).

    a r e c i d a m e ~ t e

    a los griegos,

    Platn,

    la sociedad

    humana

    se

    compara

    en

    Marsilio a la

    estructura

    y

    funcionalidad

    de

    un animal

    D. P., 1

    Il,3)._De

    ah

    va a sacar smiles iluminadore s pa-

    ra

    la comprens10n de la vida social. Los

    rganos

    estn en-

    tre s

    ordenados

    subordinados; el

    centro

    principio de

    la

    organizacin

    de las

    otras

    partes es el

    corazn

    D. P.,

    I,

    XV ,5).

    Organo

    principal, y del

    que

    derivan las dems

    partes vivas,

    como

    del

    corazn,

    es la

    parte

    principante,

    o

    gobernante,

    pero

    encima de ella,

    como

    la cspide est

    el

    legislador y la lev.

    Toda la concepcin de Marsilio

    gravita

    hacia la valora-

    cin

    prepotente

    del

    pueblo.

    Pueblo

    no

    es el vulgo, distin-

    guido de los jefes o de los letrados o nobles, sino la totali-

    dad,

    como en

    Isidoro

    que

    comprenda

    en

    el

    pueblo

    a los

    maiores natu

    y a las

    plebes).

    La funcin primera

    es

    la de-

    terminacin

    de la ley:

    La

    causa primera y

    propia

    de la

    ley es

    el pueblo,

    o sea, la

    totalidad universitas)

    de los ciu-

    dadanos, o su

    parte

    prevalen e,

    por

    su eleccin o volun-

    tad, mandando ..

    en congregacin .. hacer u omitir algo ...

    bajo pena

    o suplicio

    temporal D. P., 1 Xll,3).

    Esta

    va-

    len liar pars

    incluye dos limitaciones en la

    asentada

    totali-

    dad; primero,

    por

    razn

    de la condicin de

    ciudadanos,

    de los que estn excluidos los nios, los forasteros los sier-

    vos y las mujeres

    D.P.,

    1

    ll,4).

    Segundo, hay

    ~ t r a

    limi-

    tacin

    por razn

    de las ocupaciones y

    preparacin

    men-

    tal de los

    adultos,

    >

    D. P.,

    l,

    Xll,3).

    Juzgan algunos

    que

    e ~ t o imprime un

    criterio selectivo, cuasi aristocrtico, a

    las

    audacias

    populistas o democrticas de Marsilio. Cree-

    rnos

    que

    la intencin de Marsilio no

    es operar

    con

    un

    cri-

    terio aristocrtico, sino universal y,

    podremos

    decir, po-

    pulista

    en

    un

    cierto

    verdadero

    sentido.

    La

    idea

    es

    que

    lo

    que se legisla sea a gusto y con la

    voluntad,

    lo ms posi-

    ble, de todos; lo

    que

    quieran

    todos

    ir al bien comn, por -

    que

    D. P.,

    1

    Xll,3). Para

    el menester de establecer las leyes hay

    una

    interesante gra-

    dacin universalista. Por todos los ciudadanos convo-

    cados, el

    buscar,

    encontrar y

    examinar

    las leyes; eljanse

    todos los var ones expertos y prudentes>> D. P.,

    1 Xlli,S),

    bien 9ue

    todo

    ~ i u d d n o tiene facultad

    para

    hacerlo, pe-

    ro mas convementemente D. P., l,

    Xll,2)

    se

    har

    por la

    observacin de los

    que pueden

    vacar, mayores en

    edad

    experimentados en las cosas agibles, a los

    que

    llaman pru-

    dentes, ms

    que por

    la observacin de los de oficios me-

    cnicos,

    que han

    de

    ocuparse

    de lo necesario

    para

    la vi-

    da.

    Hecho

    el

    trabajo

    de lo

    que llamaramos

    comisin de

    expertos, procede la presentacin a

    toda

    la congregacin

    de

    ciudadanos,

    en la

    que

    pueden,

    todos,

    hacerse or en

    lo

    que les parezca razonablemente>} decir sobre las mis-

    mas leyes.

    Entonces deben

    elegirse de nuevo varones se-

    gn el modo dicho antes o confirmarse los mismos,

    que

    representen a la universalidad de los

    c udadanos,

    los cua-

    les

    aprobarn

    o reprobarn las predichas reglas en todo

    o

    en

    parte, o lo

    har

    la misma universalidad si quisiere, o

    toda

    o su

    parte

    prevalen e. Despus de

    esta

    aprobacin

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    11/80

    XXIV LUIS MARTINEZ GOM cZ

    las dichas reglas son ya leyes,

    y

    merecen llamarse as,

    no

    antes.

    Las

    que,

    previa

    publicacin

    y

    promulgacin, \ :OIIS-

    tituyen lo nico de preceptos

    humanos que

    obliga a los

    trasgresores a las culpas y penas civiles (D.P.,

    1

    Xlll,S .

    De una ley as elaborada

    y

    promulgada, afirma Marsilio,

    con

    una

    inevitable resonancia rousseauniana o

    moderna

    a cubierto de todo precipitado anacronismo: La ley

    d d ~

    as, con audiencia y consentimiento de

    toda

    la

    multitud

    todo ciudadano

    la observar y la

    impondr

    fcilmente po;

    el

    hecho de

    que

    cada

    uno

    pensar

    que

    se la ha dado a s

    mismo,

    y por

    ello

    no

    cabe reluctancia

    contra

    ella, sino ms

    bien la tolerar

    de

    buen

    nimo (D.P.,

    l, Xll,6 .

    A esta extensin a todo el pueblo de la capacidad de

    elaborar y dar las leyes, se oponen diversos amumentos

    que

    abogan,

    como ms conducente al fin, por

    la

    asigna

    cin a una persona

    competente

    o a unas pocas del come

    tido

    de

    dar

    las leyes. La respuesta de Marsilio es doble

    primero, que en la multitud estn tambin c o m p r e n d i d o ~

    los prudentes

    y

    buenos; segundo, que aun los menos ca

    paces

    pueden,

    desde su experiencia personal, alegar con

    sideraciones sabias

    que

    perfeccionan la

    obra

    de los ex

    pertos.

    EL

    GOBIERNO

    La segunda funcin

    importante

    del legislador (el pue

    blo) es el nombramiento del gobierno, o creacin de la

    parte principante. El

    punto

    abundante y hasta superabun

    dantemente desarrollado por Marsilio es la unidad y uni

    cidad

    de la cabeza

    gobernante,

    o reduccin a una nica

    cabeza responsable del gobierno. El tema tiene aplicacin

    en

    la

    concreta

    coyuntura de los

    mximos

    poderes del im

    perio. Precisamente

    trata

    Marsilio de

    asentar

    que

    no

    pue

    de

    haber

    dos cabezas supremas, lo

    que

    se traduce en una

    reprobacin

    indirecta del hecho histrico

    concreto

    de

    un

    Papa

    asumiendo atribuciones de emperador,

    o,

    ms en ge

    neral, de la per mistin de las potestades eclesisticas

    con

    las civiles. El caso agudo se

    presentaba

    cuando

    el Papa

    IcSTUD/0

    PREUM/lVAR

    XXV

    excomulgaba

    a algn prncipe y desligaba a sus sbditos

    del juramento de fidelidad y el principe

    no

    se someta.

    El prncipe o el gobernante,

    no

    es el legislador, sino eje

    cutor

    de lo legislado o decidido por el

    pueblo. Lo

    elige

    y

    nombra

    el

    legislador, la universalidad de los

    ciudada-

    nos. Estos, en su multitud, son incapaces de dirigir el go

    bierno

    directamente y

    el

    gobernante no

    puede salir de lo

    preceptuado por el legislador

    D. P., ,

    XV, 3-4).

    Para

    ha

    cer cumplir las leyes, dispondr de una fuerza armada,

    que ser mayor

    que

    la de

    cada uno

    de los

    ciudadanos

    y

    de un grupo

    de ellos,

    pero menor que

    la de

    todos juntos,

    a fin de evitar la

    tirania

    (D.P.,

    ,

    XIV,9).

    Trata

    Marsilio la cuestin de los gneros de gobierno;

    sigue literalmente la doctrina de Aristteles. Primero, di

    visin entre gobiernos templados y gobiernos viciados; tres

    en cada apartado; monarqua real, aristocracia y repbli

    ca en el

    primero,

    y tirana, oligarqua y

    democracia

    en el

    segundo (D.P.,

    l,

    Vlll,2 ss.). La

    raya que

    divide los unos

    de los

    otros

    es

    si

    se

    inauguran

    y

    se

    conducen con

    o sin

    asentimiento de los sbditos y

    si

    miran al

    provecho pro-

    pio o al de la

    comunidad. Mirando

    al origen

    se plantea

    con especial inters la conveniencia o disconveniencia de

    regmenes electivos o hereditarios. Para Marsilio, acen

    tuando

    de nuevo su sentido

    democrtico, es

    preferible el

    electivo sobre el hereditario, y aqu acumula

    argumentos

    en contra de

    su

    posicin y los rebate con una tcnica esco

    lstica (D.P., , IX,6).

    El prncipe ha de revestirse de la ley, que es como su

    < forma)> en toda su conducta pblica y la medida de la

    conducta para todos.

    Si

    delinque, si est informado por

    otra forma, dice Marsilio, utilizando concept os escolsti

    cos, quin Jo mide?

    Quin

    lo juzga?

    La

    respuesta es:

    l legislador o aquel o aquellos que hubiere designado

    el

    legislador. Esto cuando la falta es grave o

    muy

    repetida.

    En

    delincuencias leves o muy raras, vale ms tolerar

    para

    no quitar al

    gobernante autoridad

    ni acostumbrar a los

    sbditos a alzarse con facilidad

    contra

    su soberano. Y aun

    mientras se lleva a

    cabo el

    juicio,

    convendr

    suspender

    el

    oficio del prncipe, para evitar la sensacin de la plurali-

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    12/80

    XXVI

    l UTS M RTTNEZ GOMEZ

    dad de gobiernos porque,

    aade

    Marsilio, no es juzga-

    do como prncipe, sino como trasgresor de la ley

    D.

    P.,

    1 XVIII,3).

    Marsilio aplica al conjunto social la teora de las cau

    sas

    tomada

    de Aristteles y del uso de los escolsticos. Ma

    t e r i ~ l e s

    f ? ~ m a l e s son los

    hombres

    sus inclinaciones

    habttos; e f t ~ t e n t e es, para constituir el prncipe, la asam

    blea o e l l ~ g t s l a d o r ; para dirigir y supervisar las otras

    par-

    tes de la cmdad, es

    causa

    eficiente el legislador humano

    a excepcin del sacerdocio

    que

    viene directamente de

    D i o ~

    D.P., 1 _

    VII, 1-3).

    Causas

    finales son las

    obras que

    cada

    uno

    realiza segn su ofici o, lo

    que

    de ah resulta

    para

    la

    estructura

    del conjunto social

    D. P., l, Vl,

    10).

    El ltimo

    captulo

    de la Primera

    Parte

    el 19) parece

    a todas luces desplazado de su sitio,

    que

    sera la Segunda

    P a r ~ e o c ~ p a d a con el tema eclesistico. Puede incidir aqu

    la htpotests de dos redacciones, una ms breve, donde ira

    este.captulo 19, y otra ms larga. En todo caso est aqu

    JUstrficado,

    porque

    es en l

    donde

    se

    apunta

    y

    desarrolla

    la causa de la

    intranquilidad,

    anunciada en el comienzo

    de la obra, a saber, las pretensiones del Pontfice romano

    apoyado en su plenitud de

    potestad.

    Tema que ser ms

    ampliamente

    tratado al final de la

    Segunda Parte.

    LA

    SOCIEDAD ECLESIASTICA

    La _Se?unda

    Parte

    es, toda ella, un

    tratamiento

    religio

    so, cnst1ano;

    argumentos

    de razn

    no ocurren

    sino pocas

    veces

    apuntalando

    o

    completando

    mayores del silogismo

    tomadas

    de la Escritura y autores cristianos, Santos Pa-

    dres y glosadores de las fuentes sagradas.

    EL

    PODER EN LA IGLESIA

    P r e v i a ~

    algunas definiciones,

    entra

    Marsilio en seguida

    en matena, y no para comentar o explicar sentencias co

    mtmes, sino

    poniendo

    todo el peso de su conviccin per _

    ESTUDTO PREUMJN R XXVII

    son al. Capital

    para

    l el

    tema

    del poder. Muchas veces y

    de

    muchas

    formas repetido

    despoja

    a los

    hombres

    de Igle

    sia de todo poder coactivo D.P., 11 IV,3 y 13); sacerdo

    tes, obispos Papa no tienen en este mundo poder alguno

    coactivo,

    con

    potestad

    o

    facultad

    de

    mandar,

    con

    obliga

    cin de sufrir pena o castigo el sbdito trasgresor. Con-

    trapone los

    mandos

    humanos a la intimacin de Cristo:

    Vos autem non sic; uno es vuestro maestro, voso

    tros

    hermanos,

    es decir, iguales. El mandato y la potes

    tad que les da

    Cristo

    es:

    Predicad,

    atad y

    desatad

    los

    pecados>> D. P., 11 VI,2); el sacerdote no ejerce los dere

    chos de

    potestad alguna en

    este siglo

    D.P., 11

    Vll,3);

    cualquier presbtero, obispo o ministro espiritual, en co

    mn o singularmente,

    en

    cuanto tales, o colegio de ellos,

    ninguna

    jurisdiccin tienen coactiva real o personal, so

    bre un presbtero, obispo o dicono, o sobre el colegio

    de ellos, y

    menos

    sobre ningn prncipe o

    principado,

    co

    munidad, colegio o

    persona

    singular entre los seglares

    D. P.,

    11

    1,4).

    La prueba

    convincente es

    que

    Cristo

    nos

    dio ejemplo y su ejemplo es que nunca l ejerci un poder

    coactivo sobre los hombres, ni quiso que

    lo

    ejercieran sus

    seguidores

    D. P.,

    11 IV,3). Esta prescripcin imitadora

    o excluyente de poderes tena un reverso en favor de la

    libertad. Nadie en la Iglesia est sometido a otro

    con

    ju-

    risdiccin coactiva. En trminos de

    vida

    social nadie de

    suyo es

    superior

    a otro

    con

    esa jurisdiccin de efectos ex

    ternos, a no ser concedido o estatuido por los

    hombres.

    La

    misma

    excomunin, con

    tantos

    efectos civiles o pbli

    cos,

    infamia

    phlica, disolucin del juramento de fideli

    dad y obediencia a sus superiores, no puede ningn obispo

    o Papa intimada.

    Para

    Marsilio todo el orden religioso

    eclesistico se mantiene

    dentro

    de unos lmites rigurosa

    mente espirituales. Sabe

    que

    ningn

    mandato

    de la ley di

    vina puede imponerse a la fuerza, que ninguna trasgresin

    de esa ley recibe en este mundo castigo de nadie contra

    su

    voluntad,

    si no implica al mismo tiempo un delito ci

    vil; ni forzar a nadie con

    pena

    o suplicio alguno a la

    ob-

    servancia de ningn precepto de la ley divina>> ID. P.,

    11

    1X,6);

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    13/80

    XXVIII LUIS

    M RTISEZ

    GOML7

    D.P., ll XXII,4). Puntualiza

    Marsilio que las infraccio

    nes de la ley divina tendrn su sancin bajo

    un

    juicio y

    jurisdiccin coactiva, pero eso ser slo

    en

    la

    otra

    vida

    por

    Cristo; all con

    l se

    sentarn

    como

    jueces los aps

    toles, no

    ahora.

    ESTRUCTURA

    La

    iglesia se dice 1 del templo, 2 de los que ministran

    en el

    templo,

    3 de los

    grados

    de la jerarqua, desde los

    diconos al Papa. Pero verissime c proprissime, segn

    la primitiva imposicin de este nombre por los

    que

    pri

    mero lo impusieron, aunque

    no

    tan corriente, o segn el

    uso de los modernos, es la universalidad de los fieles cre

    yentes y

    que

    invocan el nombre de Cristo D.P.,

    1,

    11,3).

    Por esta definicin

    y

    por el modo de

    entender y

    solucio

    nar las cuestiones eclesisticas ocurrentes, se evidencia la

    tendencia de Marsilio a

    apoyarse en

    la universalidad, en

    la multitud, en el pueblo. En la promocin de los nuevos

    ordenandos para

    los sagrados rdenes, tratndose de co

    munidades

    de fieles perfectas, pertenece al legislador

    hu

    mano, o a la multitud de fieles del lugar, elegir,

    determi

    nar

    y presentar las

    personas

    promovendas

    D.P.,

    II,

    XVII,9). Resuena

    con

    nuevo acento el dicho de Rabano

    Mauro: Eligat populus, ordinet episcopus D.P., 11,

    XVII,IO).

    No

    busquemos

    en Marsilio

    muchas

    disquisiciones so

    bre el origen, historia y

    estructura

    de la Iglesia. Slo

    en

    el ltimo

    captulo

    de la Primera Parte el XIX) recita un

    a manera de

    credo,

    ms teolgico

    que

    histrico. Su fin es

    el

    tema

    central, el

    poder.

    Lo

    primero

    y lo fundamental

    es asentar el

    hecho

    de que Cristo no tuvo ni quiso tener

    un poder coactivo. De esta

    proposicin

    negativa descien

    de a la

    concreta

    situacin de los obispos en la Iglesia,

    a la cabeza de ellos

    el

    obispo romano. El obispo

    roma-

    no

    o su iglesia, o cualquier

    otro

    obispo o iglesia, en

    cuan-

    to

    tales,

    ninguna potestad

    o

    autoridad

    tiene

    ..

    sobre los

    otros

    obispos o iglesias,

    por

    derecho divino o

    humano,

    STU[)JO

    PRELIMIN R XXIX

    sino la

    que

    le haya sido concedida por el concilio gene

    ral

    D. P., 11,

    XVIII,S). El concilio, la multitud, el pue

    blo incluido

    en

    l el

    estamento

    de los sabios y prudentes)

    ofrece a Marsilio ms

    garanta

    de acierto

    para

    la designa

    cin de los

    obispos

    pastores

    que

    la decisin de

    uno

    solo

    por muy competente que

    sea. Sabe recoge la circuns

    tancia de

    que Pablo otros

    pastores

    en

    la primitiva igle

    sia en tiempo de los apstoles elega uno l mismo, u

    otro apstol). Lo justifica as: Verosmilmente de la elec

    cin por aquella multitud, se habra producido ... el error

    la insuficiencia,

    por

    la falta de idoneidad de aquella

    mul

    titud

    en

    la cuantidad y

    en

    la cualidad; pues eran

    rudos

    al principio en muchas provincias>>

    D. P.,

    ll, XVII, 7).

    To-

    dava, dando un paso ms, en la marcha progresiva, igual

    que los

    soldados

    eligen a su

    capitn,

    los sacerdotes eligie

    ron a su obispo y los diconos a su

    archidicono D. P.,

    11, XVII,5).

    Despus de aquellos

    primeros

    tiempos de la

    Iglesia, muertos los apstoles o en su ausencia, el modo

    convenientsimo entre los posibles a la

    humana

    conviven

    cia de hacerlo fue

    por

    la universidad de los fieles

    en

    aquel

    lugar o provincia

    D. P., 11, XV l,5). En

    los tiempos ac

    . uales, tratndose de comunidades perfectas, la causa efi

    ciente inmediata de esta institucin secundaria ser, o de

    be ser, toda la multitud de fieles de aquel lugar, por su

    eleccin o voluntad expresa; podra ser uno o algunos, a

    los

    que

    la misma

    multitud

    hubiere concedido la

    autori-

    dad

    para esta institucin>> D. P., Il, XVII,S). Expresamen

    te anota Marsilio

    que esta

    funcin de elegir distribuir

    oficios y beneficios,

    no compete

    al Papa D.P.,

    11,

    XXI,

    14). Firme es su voz contra los

    abusos

    que en este

    asunto de la

    nominacin

    de obispos vea en Roma o Avi

    n. Como nombrar

    a dos obispos

    indoctos

    que

    no

    sa

    ban siquiera la lengua de las dicesis a las que eran en

    viados,

    uno

    a Lund de Dinamarca

    otro

    a Winchester

    de Inglaterra

    D.P., 11,

    XXIV,3).

    Dos potestades distingue Marsilio

    conferidas

    directa

    mente por Dios al sacerdote adheridas a su dignidad sa

    ccrdotal; la po/estas c/avium, para atar o

    desatar

    pecados

    en el sacr ament o de la penitencia la de consagr ar el cuer-

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    14/80

    XXX

    .U/S

    MAR71NEZ GOME7

    po

    y sangre de Cristo. Las dos

    con

    vistas a su funcin

    misin pastoral. Las denomina institucin primaria o esen-

    cial. En ellas todos los sacerdotes, obispos y Papa

    estn

    igualados. De Dios directamente

    no

    recibe ninguno una

    autoridad especial, mayor o

    menor que

    la de los dems

    sacerdotes. Comunicada a Pedro y a los apstoles, de ellos,

    mediante

    la imposicin de

    manos palabras consagran-

    tes,

    pasa

    indistintamente a

    todos

    los sacerdotes. Marsilio

    sigue la opinin del Maestr o de las Sentencias,

    Pedro Lom-

    bardo, y de Ricardo de

    San

    Vctor, segn la cual el peca-

    do

    slo lo perdona Dios o

    Cristo nte omnem s cerdotis

    ctionem

    D.P.,

    11

    Vl,6 . El rito de la confesin,

    quede-

    be seguir o

    acompaarse

    de una verdad era contriccin del

    corazn,

    consiste en declarar el sacerdote que el tal peca-

    dor ha sido absuelto, o que

    quedan

    retenidos sus pecados

    por Dios. Algo as como el clavario o el carcelero que no

    condena

    ni absuelve, pero

    abriendo

    o

    cerrando

    comunica

    o

    proclama

    la absolucin o la condena D. P., 11 VII,3 .

    Ocurre el caso de ver quin juzga al hereje, o de otro

    mo-

    do infiel o cismtico, dado

    que

    a los sacerdotes se les ha

    quitado todo juicio coactivo en este

    mundo.

    Marsilio dis-

    tingue de

    acuerdo

    con sus definiciones. Slo al tercer sig-

    nificado de

    juez

    y de juicios le

    toca

    castigar o corregir al

    culpable en

    el

    fuero externo. La

    primera

    significacin im-

    porta

    slo

    el

    diagnstico, si hay falta o culpa, este

    jui-

    cio le compete propiamente al sacerdote.

    Pero

    de suyo por

    eso

    no

    est en su mano castigar

    externamente

    al hereje.

    En las faltas contra la ley divina,

    si

    no son al mismo tiem-

    po trasgresiones de leyes civiles, no hay en la autoridad

    sacerdotal poder para ejecutar el castigo. Hay cosas que

    prohbe la ley divina y no

    prohbe

    la ley humana, como

    la fornicacin.

    Pero

    puede la ley humana y civil

    penar

    la

    hereja, el cisma u otra infidelidad como delito civil.

    Ha-

    bra

    aqu, no

    un encuentro,

    sino una

    composicin

    de

    po-

    deres; al sacer dote le

    toca determinar si

    la tal

    persona

    es

    hereje, a la autoridad civil aplicarle la sancin. En otro

    caso,

    si no

    fuera delito civil,

    quedara

    el juicio coactivo

    reservado para Cristo en la

    otra

    vida D.P.,

    11

    X,2 . El

    mdico

    juzga

    de la

    primera

    manera si la tal

    persona

    est

    ESTUDIO PREliMINAR XXXI

    enferma

    y de

    qu,

    y

    con qu

    remedios

    recobrar

    la

    salud,

    pero

    no

    est

    en

    su

    poder obligar

    coactivamente al enfer-

    mo a buscar su curacin. Tambin

    aclara

    el caso Marsi-

    lio, refirindose a los leprosos curados en el evangelio por

    Cristo.

    Cristo

    los

    cur,

    los sacerdotes

    declararon con jui-

    cio pblico

    que estaban curados

    D.P.,

    11

    X,9 .

    LA POBREZA

    Cuatro captulos de la

    Segunda Parte,

    del XI al

    XIV,

    dedica Marsilio enteramente a la pobreza. Podra parecer

    un tratado de la pobreza eclesistica desligado de los te-

    mas principales de la obra, concretamente del poder. Sin

    embargo, van los dos

    ntimamente

    enlazados. La riqueza

    lleva al

    poder,

    el rico no es humilde.

    Si

    la codicia es la

    madre

    de todos los vicios, la pobreza abre las puertas a

    la humildad y a la sencillez. Cristo y sus apstoles en es-

    te mundo

    ensearon

    y guardaron el

    estado

    de

    pobreza

    humildad>>

    D. P., 11 XII,

    1 . Cristo dio el ejemplo, lo

    dio

    como consejo, no precepto,

    pero, as lo entiende Marsi-

    lio, fue esa doctrina y ejemplo una obligacin para los que

    suceden en el oficio del

    apostolado

    o del sacerdocio.

    Los

    que les suceden

    en el

    oficio del apostolado o del sacerdo-

    cio deben guardar la

    suma pobreza

    humildad>> D.P.,

    11 XXV

    ,10 . Marsilio se

    pone declaradamente

    del lado

    de los movimientos de la pobreza que alteraron la paz de

    la iglesia y enfrentaron con el mismo Papa a muchos sec-

    tores de rdenes religiosas, franciscanos, y otras agrupa-

    ciones devotas. La c ontienda versaba sobre la misma prc-

    tica de la

    pobreza

    y sobre el hecho histrico de

    si

    Cristo

    guard

    la

    pobreza

    en su

    grado sumo.

    A las actitudes ex-

    ternas violentas se

    junt

    la sutileza del discurso escolstico.

    La suma

    pobreza

    se defina como la negacin

    absoluta

    de

    propiedad,

    ni individual ni en

    comn, ningn dominio.

    El

    pobre

    as vive al

    da

    y de la limosna. D.P.,

    11 XIII,28 .

    Este

    cotidiano

    vivir de li-

    mosna,

    cumpliendo

    literalmente lo de el pan nuestro de

    cada da lo tiene suficientemente asegurado el apstol, el

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    15/80

    XXXII LUIS M RTINEZ

    GOMEL

    sacerdote,

    porque,

    a

    tenor

    de las norm3> D. P .. 11. XIV,6). La

    hiptesis

    no

    es

    qu hace

    cuando

    la cuestacin

    diaria

    no

    llega, sino qu hace con el sobrante.

    No

    tirarlo, sino dar-

    lo en la primera

    oportunidad

    a los pobres, a los ms

    pobres

    que

    l.

    Si guarda

    algo, es con intencin de distri

    buirlo en los ms necesitados.

    Por

    eso ms difcilmente

    compatible

    con la pobreza

    suma

    el retener bienes inmue

    bles, ni siquiera para deducir de

    ah

    las rentas

    que

    pue

    dan

    aplicarse a las necesidades comunes.

    Contrastaba

    bien

    este ideal de

    pobreza

    evanglica

    con

    la realidad de igle

    sias, monasterios, edificios, acaso originariamente pobres,

    enriquecidos despus superabundantemente por los devo

    tos fieles. Una duda salt a la palestra; si Cristo y los aps

    toles verdaderamente guardaron esa pobreza suma. Se

    opona el hecho de

    que

    posey lo

    que

    vesta y

    coma

    y los

    apstoles llevaban

    una

    bolsa

    para

    las

    l i m o s n a ~

    En

    esta

    cuestin se enzarzaron los unos y los otros hasta decla

    rar, los hereje a Juan XXI , porque

    defenda

    que Cristo haba tenido propiedad de algo.

    Como

    ejem

    plo de argucia a

    que

    desciende .Marsilio,

    se objeta

    a s c

    mo

    puede vender l

    pobre

    algo si

    no

    tiene dominio de lo

    que

    vende o del precio que recibe.

    La

    dificultad se urge

    por

    razn de que el

    dominio es

    inseparable del uso,

    cosa

    que se concede al

    pobre

    sin

    romper

    su pobreza, sobre to

    do

    en bienes consuntibles. La respuesta,

    buena

    expresin

    de la intencin y agudeza de Marsilio, es

    que efectivamente

    el uso

    puede

    separarse del dominio. Cuando vendo lo que

    no

    es

    mo

    hago

    que

    lo

    que

    antes estaba en mi

    poder,

    en

    los bienes mOS)) usados,

    no

    posedos),

    pasen

    al

    dominio

    de

    otro.

    El

    dueo, hasta

    tanto

    que

    ha pasado

    as al

    otro,

    sigue siendo el donante primero de quien

    yo

    lo recib

    D. P., Il, XIV,20). Uso sin

    dominio.

    Si me roban,

    no

    ro

    ban a nadie que lo pueda reivindicar

    en

    juicio coactivo.

    Entre el

    dominio

    del

    donante

    y

    l dominio

    del ladrn o

    del

    comprador

    hay

    un

    espacio neutro, en que la cosa no

    es

    propiedad) de nadie

    y

    slo

    est en

    uso no reivindica-

    ESTUDIO PRELIMIN R XXXIII

    ble

    jurdicamente)

    del pobre D.P., Il, XIV, 18). Cr isto ,

    los apstoles y las primitivas iglesias observaron esta

    po-

    breza. Urbano Papa 222-230) es el primero

    que

    reivin

    dic coram iudice derecho sobre fincas y terrenos

    que

    se

    retenan

    por

    razn de los pobres. Luego

    Constantino

    otor-

    g a la iglesia

    romana

    autoridad y potestad coactiva so

    bre tierras, fincas y muchas posesiones D. P., Il XVIII,7).

    EL PRIMADO

    Asienta primeramente Marsilio

    que

    ningn

    apstol

    es

    t

    sobre los

    otros; cuando se

    dice de

    Pedro

    prncipe de

    los apstoles)>, lo

    admite

    slo

    large et improprie

    Se im

    pone la palabra de Cristo cuando opuso los dominadores

    de la

    tierra

    a sus discpulos, vos autem non sic D. P., Il,

    XVI,4). Marsilio tiene sus reservas ante el obispado roma

    no

    de Pedro, y aun ante su estancia en Roma; ya es raro

    que

    no

    se mencione en los Hechos a

    Pedro

    en

    Roma

    du-

    rante la permanencia de Pablo all D. P., ll XVI,l6). Des

    de luego Pablo

    no

    es menor que Pedro, y la congregacin

    jerosolimitana es ms

    que

    Pedro D. P., Il, XVI,6). Im-

    propio decir

    que

    Pedro es cabeza de la Iglesia>). Cabeza

    de la Iglesia absolutamente y

    fundamento

    de la fe

    es

    slo

    Cristo,

    no

    algn apstol, obispo o sacerdote. En ninguna

    parte leemos

    que

    llame Cristo a Cefas cabeza de la Igle

    sia, ni

    que

    la Iglesia

    deba

    estar sujeta a

    l como

    a su cabe-

    za

    D.P.,

    II,

    XXII,5).

    .

    En la Iglesia hay desigualdades y hay

    jerarquas,

    y hay

    una organizac in que distribuye a las personas en cargos,

    en sitios y funciones cualificadas. Todo esto lo encierra

    Marsilio en la expresin institucin secundaria o acciden

    tal>

    por

    oposicin a la

    primaria

    o esencial

    que

    cubra

    to

    dos los instituidos como sacerdotes

    hasta

    el mismo

    Papa.

    Si

    en esta dignidad esencial no haba grados, en la acci

    dental los hay. Pero

    habr que

    admitir

    que

    Cristo

    no

    determin estos grados, ni encomend en particular a nin

    gn

    apstol

    una parcela de la Iglesia o

    un

    Jugar determi

    nado; simplemente les dijo en general: Id y

    h a c e d

    disc-

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    16/80

    XXXIV lUIS ,\4ARTINEZ

    GOMEZ

    pulas

    de

    todas las naciones. El reparto y

    la

    diversidad

    de oficios y lugares fue cosa de los hombres, institucin

    humana.

    Debieron elegir a Pedro los otros apstoles co

    mo primero por su edad, o por su mayor fervor en seguir

    a Cristo, o ser el primero que lo confes, o porque reci

    bi

    el

    primero el encargo de pastorear ID. P.,

    ll,

    XVI,6).

    Largamente discute y analiza Marsilio la condicin de

    igualdad en la dignidad de todos los apstoles. si Pe

    dro, por voluntad directa de Cristo, no fue mayor, tam-

    poco lo los romanos pontfices sus sucesores. A ms

    que se ha de decir que cualquier obispo sucede a cualquier

    apstol, no habiendo Cristo ni los apstoles determinado

    quin a quin sucede ni a qu parte del mundo es enviado

    D.

    P., 11 XVI, 13). En el pasaje de Mateo, 16, super han e

    petram

    Marsilio, apoyado en Pablo, Efesios, 4

    y

    1

    Corin-

    tios, 10, lo aplica a

    Cristo expresado

    en la fe

    de

    Pedro

    D.P.,

    11 XVI,2). En

    las comunidades

    de

    fieles ya per

    fectas no en las primitivas) la causa eficiente inmediata

    de esta institucin y determinacin del presidente o del ma

    yor, que llaman obispo o de los menores, que llaman cura-

    los

    sacerdotales

    y de los otros menores, es y debe ser la

    universal multitud de fieles de aquel lugar, por su elec

    cin o voluntad expresada, o aqul o aqullos a los que

    la dicha multitud hubiese concedido la autoridad de tales

    instituciones ... y a la misma autoridad pertenece remo

    ver lcitamente y privar al tal oficial de aquellos oficios

    (D.P., ll, XVII,S).

    Si no por

    derecho divino, s por derecho

    humano

    viene

    Marsilio

    a

    reconocer en

    Roma

    y

    su

    obispo

    una

    primaca

    dentro de la Iglesia. No lo conecta con el evangelio, ni

    con los apstoles, pues

    no

    se pliega a reconocer en el

    Pa-

    pa

    romano un

    sucesor de Pedro.

    Tampoco se

    apoya en

    los privilegios

    y

    primacas

    concedidas por

    los emperado-

    res, en particular

    Constantino

    D.P., 11 XVIII,7). El ar

    gumento es ms bien histrico e interno. Por de pronto

    es conveniente que haya una iglesia principal, que sea, den

    tro de la Iglesia, como una ltima instancia de resolucin

    y de consejo. De hecho la iglesia

    romana

    se ha acreditado

    por la veneracin de los santos Pedro y Pablo, por su ejem-

    FSlVD 0 PRE .IMINAR XXXV

    p l a ~ i d a d

    por su fe

    y

    caridad, por los egregios varones,

    sabiOs Y

    buenos,

    que la han

    ilustrado,

    por su solicitud so

    bre

    o ~ r a s

    iglesias que han acudido a la iglesia

    romana

    pa

    ra gUiarse. Al modo como la universidad de Pars sirvi

    de modelo a otras universidades y copiaron de ella

    l o ~

    es

    tatutos y

    privilegios.

    Se recomienda

    Roma

    por

    la

    costum-

    bre de su iglesia y para manifestar mejor la unidad de la

    fe D. P., 11 XVIII,6; 11

    XXII,

    ss.). Pero esta principa

    lidad no se traduce en autoridad coactiva sobre las otras.

    Marsilio

    acota

    el campo e atribuciones que van anejas

    a esa principalidad. No es para definir los pasos dudosos

    de la Sagrada Escritura o dudas de la fe. No para someter

    a s a los otros obispos e iglesias. No para distribuir ofi

    cios y beneficios. No para excomulgar a otro obispo o de

    cretar. e.nt:ecticho a pueblos o provincias. Sino slo pa

    ra rectbtr mtormes y ver de convocar

    por

    la autoridad reci-

    bida para ello el concilio, ocupar en l el primer puesto,

    vigilar obispos e iglesias, pero sin subordinacin. Una prin

    cipalidad

    y

    primado de respeto, de orden y

    de

    compe

    t e n ~ t a

    no

    de

    dominio o mando. Roma estar as por

    enCima de las otras cuatro gran des iglesias del orient e An

    tioqua, Alejandra, Constantinopla y Jerusalem

    D.

    P.,

    II

    XXII, 10). De infalibilidad ninguna palabra. El

    Papa

    de

    Roma

    no tiene mayor carisma de la verdad que cual

    quie: o b i ~ p o Incluso recoge el caso hist rico de un Papa

    hereJe? L1beno, de nacimiento romano

    D.

    P., 11 XX,6).

    La ltnna y definitiva instancia para las cuestiones de la

    fe es

    el

    concilio.

    EL

    CONCILIO

    Slo

    el

    concilio general

    t i t ~ n e

    la

    atribucin

    de decidir en

    cuestiones dudosas tocante a la fe, sentidos

    dudosos

    de

    Escritu:a y

    junto

    con ello lo disciplinar o lo pertene

    Ciente al

    nto

    y otros estatutos u organizacin del mundo

    eclesistico

    D.

    P., 11 XVIII,8). Puntos principales trata-

    dos I??r Marsilio son

    la

    convocacin Y la composicin del

    conCilio. L o conv oca

    el

    legislador humano fiel, no una per-

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    17/80

    XXXVI LUfS

    MARTfNEZ

    GOMEZ

    sana particular ni colegio singular D. P., 11 XVIII,S), o

    el prncipe con su autoridad D. P., 11 XXI,7). Expresa-

    mente se excluye

    el

    Papa,

    dado

    que, caso de

    estar l

    en

    falta,

    no lo convocara y

    hara

    lo

    posible por

    impedirlo

    D.P.,

    11 XXI,l).

    En una

    situacin extrema en que falla

    el

    convocante, por no

    ser fiel o

    cristiano

    el legislador o el

    prncipe, se recurre al mismo remedio que en la comuni-

    dad

    civil; unos pocos prudentes y elocuentes se reunieron

    al principio y, sin

    autoridad

    que se les impusiera a ellos,

    ni autoridad suya

    para

    imponer nada a otros, por

    medio

    de la persuasin

    de esos hombres

    ms inclinados

    a ello

    por naturaleza .. D. P., 11 XXII,l5). En la historia fue

    ron convocantes durante mucho

    tiempo,

    a partir de Cons

    tantino,

    Jos

    emperadores romanos. Al concilio irn los

    presbteros y los no presbteros que sean idneos para el

    fin pretendido. Marsilio insiste repetidas veces en la inca

    pacidad doctrinal de muchos o casi todos los obispos, al

    gunos de los cuales l vio que no saban ni expresarse con

    arreglo a la gramtica. Por ello, no slo por la represen

    tacin que

    llevaban de la

    multitud

    de fieles,

    abra

    el

    con-

    cilio a los no presbteros, ms instruidos que los clrigos,

    obispos,

    sacerdotes

    y abades

    D.P.,

    11 XX,I4).

    Natural-

    mente no es la multitud

    misma

    la que

    ha

    de ir al concilio.

    Marsilio establece tres

    grados

    de participacin; esa multi

    tud,

    o su

    parte

    prevalen e parecidamente a la

    comunidad

    civil), O aqullos a los que por la

    universalidad de

    los

    fieles tal

    autoridad

    les

    hubiere sido

    concedida .. de modo

    que todas las provincias o

    comunidade5

    notables, segn

    la determinacin del legislador

    humano

    .. y segn la pro-

    porcin en la cuantidad y en la cualidad de las personas,

    elijan

    varones fieles presbteros y no presbteros ... pero

    idneos .. representando las veces de la universalidad de

    los fieles D. P., 11 XX,2). La multitud se hace repre

    sentar,

    pero

    no participa,

    sera ocioso e intil venir a esa

    congregacin la multitud de fieles inexperta .. y se vera

    impedida en sus

    trabajos

    necesarios para la sustentacin

    de la vida

    corporal.

    El concilio puede, y slo l, estable

    cer cosas referentes al rito eclesistico que obliguen bajo

    pena del presente siglo o del otro, bien que

    la

    aplicacin

    ESTUDfO PRLfMfNAR

    XXXVII

    de esas penas no es incumbencia de los clrigos, sino del

    legislador fiel. A e5te toca, en circunstancias normales,

    convocar el concilio y hacerlo cumplir. En ocasiones el

    legislador humano fiel es, en la pluma de Marsilio, sim

    plemente

    el emperador

    o gobernante, pero siempre con

    la

    autoridad

    tcita

    o

    expresamente concedida por

    el

    pro-

    pio legislador. El concilio, por

    el

    modo como es

    convocado

    y compuesto, puede bien decirse que equivale a aquella

    valentior pars de la

    comunidad

    poltica.

    Caso

    de la per-

    mistin

    de rdenes, civil y religioso lo ofrece palmaria-

    mente el

    hecho

    del concilio, convocado

    y presidido por

    el

    emperador

    Constantino en Nicea, con

    la

    emperatriz

    y

    oficiales), que sigue las deliberaciones y

    toma

    a su

    cargo

    la ejecucin de los

    decretos.

    Los

    pontfices

    no lo llevaban

    a mal,

    esta

    ingerencia de la suprema potestad civil en

    asuntos

    de la Iglesia; ms bien acudan a ellos y les pe

    dan normas de conducta D.P., 11 XXI,6). El empera-

    dor cristiano) s la suprema instancia sobre una realidad

    que abarca a ciudadanos y cristianos, a cristianos que lo

    son

    en

    su

    mayora

    en

    el

    imperio, porque

    se

    admite

    y

    se

    respeta la existencia de judos fieles a su religin. El em-

    perador no slo es la

    suprema

    y ltima instancia

    poltica,

    social, sino la nica en todo lo qu

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    18/80

    XXXV

    LUIS

    .HARTISE/

    GO.\IL/.

    tas donaciones o privilegios recibidos de los emperadores;

    es la idea falsa de la plenitud de potestad que a s se atri-

    buyen los

    romanos

    pontfices. La raz de e5a idea falsa

    que

    se

    habita

    la gente a or y a creer. la va a

    poner

    en

    claro demostrando su sofisma, mxime para los

    no

    ver

    sados en filosofa

    (D. P.,

    I1, I I, 1

    .

    En

    esos

    ltimos captu-

    los

    gradualmente el

    estilo de ~ l a r s i l i o

    asume

    el tono de

    dilogo

    parentico

    que

    culmina

    en

    palabras

    de requisito

    ria,

    para

    que otros,

    sobre

    todo el emperador electo, ha

    gan,

    como

    l, lo posible

    para desarraigar aquella

    causa.

    Hay alusin

    y reproduccin

    de las

    palabras

    de

    Bonifacio

    VIII

    en

    la bula

    Unam Sancwm,

    en

    la

    que, en virtud

    de

    la plenitud de potestad poseda por Cristo, conferida a Pe-

    dro

    y a sus sucesores,

    declaramos,

    decimos, definirnos

    y

    pronunciamos que

    tener

    que

    someterse

    toda humana

    criatura al romano pontfice es de necesidad para la sal

    vacin>> (D. P., 11, XX,8). Esto implicaba que todos Jos

    prncipes y pueblos

    le

    estaban sometidos al Papa con ju

    risdiccin coactiva, como proclamaban

    otras

    d e c r c t ~ l e l

    oligrquicas

    ID.P.,

    JI,

    XXV,l5).

    No

    le

    toca

    al

    Papa

    romano ... dar leyes o decretales que obliguen a nadie a

    la pena. Pero de hecho atentaron alguno>,

    obispos roma-

    n_os darlas

    y

    promulgadas,

    aunque indebidamente,

    tanto

    en la

    m i ~ m promulgacin,

    corno en las leyes misma-,,

    usurpando

    la jurisdiccin de los puehlos y de los prnci

    pes,

    sobre

    todo

    durame

    la vacante de la sede imperial

    (D. P., 11, XXV,9).

    El interregno,

    como

    en el ca. >o

    de

    Luis

    de Ha

    viera, . .e

    prolong

    durante ao;;,.

    Podra

    parecer x-

    traflo

    que

    el pontfice romano se hiciera

    cargo

    del imrc

    rio en ese

    tiempo intermedio. Parecer

    meno :i ii

    se

    piensa

    en

    la idea

    de

    la

    unidad

    de la cri-,tian dad medieval; falta

    del emperador, sobre todo en Occidente,

    era

    el

    Papa

    ia

    cabcn-t visible del imperio. As s

    haban atribuido

    la su-

    cesin del emp(._ rador

    durante

    c:..a

    \ < : ~ c a c i n ,

    con todos

    sw

    derechos, el derecho de in itituir, destit uir y

    deponer

    del

    principado

    ... El que tiene la

    autoridad

    primera

    de

    revo

    car

    la 'cntcncia

    de cualquier

    prncipe o juez, tiene

    sohrc

    t:l jurisdiccin

    y

    prin..:i rado

    COJ.CI i\ ()1)

    (D. P. II'

    XX V. 18).

    ]\;o hasta decirlo, l vlar iilio

    recurre

    al di;logo exhortatoritl.

    FSTUDW PRELIMINAR XXXIX

    como una voz de alarma: Como pregonero de la verdad,

    clamo valientemente y os digo a vosotros, reyes, prnci

    pes, pueblos, tribus y a

    todas

    las lenguas, que

    con

    esta

    escritura

    Pastora/is cura

    de Clemente V contra Enri

    que VII) se os hace un gravsimo perjuicio D.P., ll,

    XXV,l7),

    En ese

    tiempo intermedio

    de

    la

    sede imperial

    vacante,

    que

    por

    voluntad

    del

    pontfice

    romano,

    dura-

    ra

    perpetuamente, rinden

    a l como a emperador el ju-

    ramento de

    fidelidad

    y

    percibe

    todos

    los

    tributos y dems

    servicios.

    Solapadamente

    se

    atribuyeron la autoridad

    de

    interpretar la

    ley evanglica,

    de disponer,

    tanto lo refe

    rente al

    rito

    eclesistico, al culto divino, como a los mi

    nistros, en lo

    tocante

    a

    la

    institucin

    inseparable

    esencial,

    como a la

    separable

    y accidental D.P.,

    ll,

    XXIJ,20).

    Mirando

    al espacio

    interior

    de la Iglesia, las voces

    de

    Marsilio

    no son

    menos crticas

    y

    encendidas; su base,

    el

    abuso en la atribucin y uso de la plenitud de potestad.

    Confunde

    y devora a las ovejas, a las que tena que ali

    mentar. Se

    queda

    con las

    mandas

    y limosnas

    dadas

    para

    la

    cruzada; bloquea

    los bienes

    de

    los intestados; no

    obra

    apostlica, sino diablica,

    porque

    este

    obispo (romano)

    con los suyos, con su pal abra, con su escrito y con su

    obra,

    son guas, para los

    que

    los creen, para la

    gehenna

    del fue

    go y

    la hoya

    de los

    condenados

    para siempre.

    Roma,

    o

    la curia pontificia,

    es una

    plaza

    de

    mercado

    de

    b e n e f i c i o ~

    e

    investiduras, casa

    de

    negociacin y

    Jos que pasaron

    los

    dinteles de esta

    horripilante

    cueva

    e ladrones

    .. vieron

    que

    era

    un

    receptculo de malvados

    y

    n e g o c i n t e ~

    (D. P.,

    11, XXIV,

    16),

    donde

    los

    bueno\,

    que

    no

    compraban las

    prebendas,

    se consuman de

    esperar

    y marchaban con

    las

    manos vacas. Se

    amparan

    con la excusa de

    que

    defien

    den los derechos de

    la

    esposa de

    Cristo, cuando

    lo

    que

    le

    hacen es injuria; la verdadera esposa est en defender

    la fe

    con

    fidelidad, la

    doctrina

    y

    las

    costumbres

    (D. P.,

    ll,

    XXIX, 1), Abuso tpico de

    parte

    de los pontfices

    romanos es el eximir on leyes oligrquicas a fieles cris

    tianos de las leyes de los prncipe i, con lo

    que derivaban

    para

    s todor.; sus

    emolumentos.

    Esta exencin se alarga

    b

    fcilmente a grupos o asociacionc-; piadosa:.;; de hecho

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    19/80

    se hizo

    con

    los

    alegresn

    gaudentes),

    beguinos, templa-

    rios,

    hospitalarios

    los del Alto Pa"'

    D. P.,

    11, VJIJ,9).

    Incluso

    hacan

    clrigos de

    tonsura aseglare" que

    se c s ~

    ban

    con la intencin

    de no

    tomar una segunda mujer. To-

    do

    para

    restar

    sbditos

    al prncipe.

    Hecho

    triste

    es

    que

    los

    Papas

    romanor.;,

    dueos

    de esta

    dos convertidos

    en

    seores

    que haban

    de

    competir

    con

    otros seores

    civiles

    con el mismo emperador,

    necesita

    ban destinaban aquellos bienes temporales a sostener sus

    ejrcitos. A sus guerreros los trataban como cruzados, ab

    solucin

    de culpa pena

    en un determinado tiempo. A los

    adversarios

    se los consideraba como enemigo-s de la ruz

    de Cristo,

    como herejes;

    despojarlos

    )

    exterminarlo'>,

    un

    bien. Se recoga tambin el donativo que

    un

    impedi-

    do

    de

    ir a la guerra daba a otro que le

    sustitua

    (D.P .

    11, XXVI,l6). Marsilio echa mano de la invectiva del evan

    gelio, ciegos guas de ciegoS>> D. P., 11,

    XXVI,

    13). Apli

    ca

    al Papa

    el

    smil

    de

    la e':ltatua de Nabucodonosor.

    l\1

    recorrer

    sus miembros

    van describindose

    los

    pecados

    e

    iniquidades de la curia

    romana;

    la

    piedra que

    cae del

    mon-

    te da

    en los pies derribando la

    estatua

    es el rey de roma-

    nos, Luis de

    Baviera,

    al que

    le insta

    de

    nuevo

    a no

    plegar-

    se a las exigencias de

    Juan XXII.

    El

    tono sube de punto

    y ya no son argumentos, sino gritos los que profiere

    Mar-

    silio en estos finale5 de su obra, lo que pone,

    una

    vez mr.;,

    en claro que su intencin desde

    un

    principio era tanto o

    ms

    prctica)'

    poltica que

    doctrinal

    especulativa.

    Qu

    hijo,

    \'iendo a esta

    patria

    o madre

    tan

    deforme y lacera

    da,

    podr callar y

    contener

    el grito contra los que

    injusta-

    mente

    la arrastran v

    laceran?

    D. P., JI, XXVI,J9). \ lar-

    silio protesta que no quiere tratar como vnemigos, sino

    como hermano-, y padr,;-, a los que combate. slo

    quiere

    ayudarlos

    a volver al

    buen

    camino. A los cualc-, se di i-

    gen estas palabras, no como a enemipo-;, imoco a Dio :l

    como testigo sobre mi

    alma

    mi

    cuerpo,

    "ino ms hicn co

    mo a

    padres

    hermano> D.P., ll ,

    XXV ,7).

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    20/80

    XLII l.UIS MAR71NloZ

    GOME7

    La

    excusa era

    evitar

    la eleccin

    de

    un hereje. Ms garan-

    ta para ello, objeta Marsiiio, los siete electores, de los que

    tres son arzobispos, tan cristianos como l, cuatro dig

    natari os selectos, ms fcil se engaa uno que siete (D.P.,

    11, XXVI,9).

    Por el

    momento

    es el

    rey de

    romanos,

    emperador,

    el

    blanco de los

    ataques

    del

    obispo

    romano. Pero prevalin

    dose de la

    supuesta

    plenitud de

    potestad, amenaza

    a to

    dos

    los dems prncipes cristianos; aquella

    potestad,

    en

    el sentido de Bonifacio VIII,

    no

    conoca lmites. Va len

    tamente hacindose dueo de todos los principados

    D. P.,

    11, XXVI,

    15). La tctica es bien

    conocida.

    De

    inmediato

    retrasando

    e

    impidiendo

    la

    aprobacin coronacin

    del

    emperador,

    con miedo de perder los privilegios conce

    siones usurpada s D.P., 11, XXV, 16). Luego, aprovechan

    do la sede vacante para urdir contiendas de los sbditos

    contra sus prncip es de los prncip es entr e s, para que,

    recurriendo a l la parte ms dbil, al final

    todos

    vengan

    a someterse a l (D.P.,

    11,

    XXVI, ; XXVI,S,

    13

    14).

    No slo contra los prncipes van los

    ataques

    del obispo

    romano.

    Tambin

    son alcanzados los electores. Si al fin

    interviene, y conclusivamente, el Papa, estn de ms los

    electores. Igual autoridad le podran

    dar

    al electo siete bar

    beros o siete legaosos

    D. P.,

    11, XXVI,5). Y todava pro

    testa que

    no

    quiere

    causar

    ningn perjui cio a dichos elec

    tores,

    como

    el que le est

    sacando

    a

    otro un ojo

    y le dice

    que no quiere hacerle ningn

    dao

    D. P., 11, XXVI,6).

    Muestran los pontfices poca memoria. Porque en realidad

    de verdad cuando los pontfices confieren la investidura

    y la coronacin al prncipe, ello implica una renuncia

    por

    parte de los tales prncipes, del

    emperador

    en cuestin.

    Fueron ellos, Constantino y otros, los que dieron a los

    Papas

    aquellos privilegios y poderes, luego

    eran

    suyos.

    Marsilio no quiere seguramente decidir

    aqu

    la cuestin

    de iure

    si

    la

    tenan,

    esa potestad, al darla; aparte de la

    historia, para Marsilio es claro que esta prerrogativa, que

    toca

    al fuero externo maneja

    poder

    coactivo,

    no puede

    ser atributo de la autoridad espiritual, sino de la tempo

    ral y civil. Fue una renuncia

    D.P.,

    JI, XXV,9). Y esa

    LSTUDW PREUM/ ;AR XLIII

    potestad exte rior civil de los prncipe s con la conducta

    de los Papas

    queda

    por necesidad anulada (D.P., 11,

    Vlll,9). Pecan de ingratitud a ms de su injusticia. Les

    aplica Marsilio la fbula de la culebra calentada en el se

    no D. P., 11, XXVI, 12 la parbola de la mota en el ojo

    la viga D.P.,

    11,

    XXVI,l2).

    Parece

    poner

    el comienzo

    de estos abusos en Simplicio 1 468-483), que prohibi reci

    bir la investidura de un laico. Lo dems lo hizo la codicia,

    la avaricia, la

    soberbia

    la ambicin D. P., 11,

    XXV,

    7).

    Y para

    adelante

    previene Nlarsilio contra la

    desmesura

    de los pontfices que ir a ms.

    Forzar

    a llevar a l

    todos

    los contenciosos de los prncipes. A los

    que

    se resisten los

    perseguir con anatema s, blasfemias, excomuniones sen

    tencias de privacin de las temporalidades, y absolver del

    crimen de homicidio a los que los

    maten,

    con un

    perdn,

    dice Marsilio, falaz, y los perseguir con empeo malig

    no protervo D. P. 11, XXVI,S). Pero stos, los que gue

    rrean del lado del Papa, no son militantes de Cristo, sino

    pgiles del diablo, mientras l se dice vicario de Cristm,,

    que no lo es (D.P.,

    11,

    XXVI,l6). Desligar del juramento

    de fidelidad a los prncipes, obedecer a este obispo, es cor

    tar la raz de

    todos

    los principados ruina de todo (D. P.,

    11, XXVI,

    13).

    Abogando por la

    causa

    del emperador, nota Marsilio

    el comienzo de los supuestos derechos del

    Papa en

    lo re

    ferente a la institucin del emperador. Tiene una raz pia

    dosa, a saber, el ruego de los emperadores electos para

    obtener del Papa una bendicin y oraciones

    para

    bien de

    sempear su cargo. Esta gracia fue concedida a Cario

    Magno a Odn l con asentimiento de

    todo

    el clero de

    todo el pueblo romano D. P., 11, XXV,9). La aprobacin,

    bendicin coronacin se conservaron como costumbre

    que los pontfices romanos erigieron en ley. Marsilio no

    se cansa de repetir en diversos

    momentos

    de su obra que

    basta

    la eleccin

    rectamente

    hecha, sin otra aprobacin,

    bendicin o ceremonias cualesquiera,

    que

    dan solemnidad

    al acto. para entrar el elegido en el disfrute y justificacin

    de sus derechos.

    El

    capitulo XXVII

    de la Segunda Parte contiene

    hasta

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    21/80

    XLIV

    LUIS MARTINEZ GOMEZ

    42 objeciones contra la doctrina expuesta

    anteriormente

    y se suman a ellas las que se propusieron ya en el tercero

    de la misma Segunda Parte que consideraba, para recha

    zarlo, el poder coactivo de los obispos, sacerdotes y, en

    cima

    de ellos, el

    Papa.

    Argumentos

    teolgicos,

    Escritura

    y

    Padres

    o autores notables, y

    argumentos

    de

    razn con

    una premisa o supuesto teolgico. El

    XXVlll,

    XXIX y

    XXX, los ltimos captulos de la

    Segunda

    Parte, se dedi

    can

    muy

    por

    menudo

    y

    con arte

    lgico-escolstico a refu

    tar todas esas objeciones.

    El

    poder

    (coactivo) de

    obispos,

    Papa y sacerdotes, la

    plenitud de potestad del Papa, era el tema y el motivo ca

    pital de Marsilio al redactar esta obra. El poder y la ri

    queza como conglutinada

    con

    el poder (rechazo de toda

    propiedad), son los polos o el eje de

    todo

    el pensamiento

    de Marsilio. Una idea, para muchos, ex agerada de la con

    dicin espiritual de la Iglesia, en sus ministros. A la re

    pulsa de los abusos que experiment l en la curia

    papal

    y

    de los

    que no

    sali

    personalmente

    indemne, se

    junt

    la

    atraccin del poder civil, Luis de Baviera, por el que opt

    con

    las consecuencias polticas y eclesisticas de su com

    promiso. Sin duda no

    tuvo

    ocasin o

    voluntad

    para ver

    los lados

    oscuros

    de la parte

    abrazada.

    Su raz, la con

    cepcin regalista de la funcin del

    poder

    civil

    en

    la socie

    dad cristiana. De una posibilidad de sociedad

    no

    cristiana,

    despus del perodo

    romano

    de persecucin, o no gober

    nada

    por un prncipe cristiano o en

    una

    sociedad pluralis

    ta

    tolerante o con libertad civil religiosa, no tiene apenas

    nudn. Es

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    22/80

    XL

    VIII

    LUTS MARTTNEZ GOMLZ

    -;

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    23/80

    PARTE PRIMERA

    CAPITULO 1

    DLl

    PROPOSITO SUMARIO

    DE LO QUL

    \ A/ \

    1 R ~ T A R

    RAZO'I DEL ll"TEI"TO Y DIVIS O:-.

    DEL

    LIBRO

    As(, a

    todo

    reino ha de ser deseable la Jranquilidad, en

    fa {u.allos

    pueblos

    progresan y se

    aser.:ura

    ia utilidad de

    fas

    naciones.

    P le.5

    sta

    es

    la

    madre

    hermosa

    de las

    bueJWs

    arres. Esta, multiplicando, con una sucesin renovada, el

    gnero de los mortales, ensancha sus dominios y apura

    sus

    cosrumbres. Y c e mUestra ignorante

    de

    lan altas cosas

    quien

    no

    se

    ocup

    nada en buscartas

    1

    Casiodoro en la

    primera de

    su-;

    carta>, en el p a ~ a j e citado, expuso las ven

    tajas y frutos de la tranquilidad o

    pat

    de los regmenes

    civiles, queriendo, al poner en stos, como los ms pre

    ciadm

    bienc i o d J1rm Grrn. 1/ism r - - u n u ~ .

    , 1 Aurl. Anl Xll U.

    =

    .Jo/J.

    22 21.

    l

    Le

    2,

    14.

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    24/80

    4 l RSlLJO

    Uf:..

    P DU

    paso la paz a ~ u ~ d i ~ d p u l o s Vino Jess y se pusn en me-

    dio de os discipu/oy y dijo: La paz a o.oso/fos.

    En

    Mar

    cos

    J cs

    dice, e x h o r t n d o l o ~ a rener paz entre ellos m i ~ m o s :

    Ha}"a paz emrl? vosolros i\i slo que la tu vi.::ran entre

    ello>, ~ i n

    o

    les

    enseaba que la desearan para los otros.

    De

    donde

    en

    \1ateo:

    Y

    emrando

    l?n

    la casa, .w udadfa dicien-

    do: Lapa::.

    a esw o s a ~ Este es el legado que, echndo

    se

    encima

    el

    tiempo de pasin y muerte, les dej en tes

    tamento a

    sm

    discpulos, dicie-ndo por Juan:

    La paz

    os

    dejo,

    mi

    paz os

    doy .

    Y a su ejemplo, como

    c u m p l i d o ~

    herederos e imitadores suyos,

    lor;

    apstoles la desearon pa

    ra aqullos a los que,

    por

    medio de sus canas dirigan

    enseanzas y amone'ilaciones, sabiendo que son excele-n

    tes 'rutm l o ~

    de

    la paz, tal como, trado de

    Job

    explin':>

    m . ~

    largamente Casiodoro.

    2. Pero

    c-omo

    los contraras originan los contra-

    rios

    8

    ,

    de la

    dic

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    25/80

    6 \fARSJL/0 DE P4DL-' 1

    ler.ableememc

    peca,

    ingrato, sabiendo

    y

    pudiendo

    esto, lo omite, se

    gn

    testifica

    Santiago

    en su epstola cannica, 4.

    o, cuan-

    do

    dice: En

    e

    que

    sab-e

    hucer esre ben y no lo hace, es

    pecado

    11

    Pues

    de

    otra manera

    no se

    quebrantar

    com

    pletamente

    esta malicia comn

    enemiga del gnero huma-

    no, ni ~ e c a r n lo>

    frutos perniciosos

    que hasta ahora

    ha producido,

    .i

    antes

    no

    se la

    pone

    al descubierto

    y

    se

    im)lllgna la

    maldad de

    su causa

    o raz.

    Porque por

    este

    eami 10 r

    no por

    o: ro puede abrirse

    paso franco

    al poder

    coa.:::tivo de

    l o ~

    prncipes

    para derribar

    finalmente

    a

    loTJ

    y remedio de

    lm oprimidm,

    ra

    dbuadir

    a los o p r e ~ o r e s

    con

    enmienda de su error,

    para

    inquietar

    a l o ~ que lo

    permiten

    debi-endo

    ponerle

    r.;me

    dio.

    y

    mirndote

    a

    ti

    como

    singular

    minhtro Jc Dim que

    ha

    de llevar esta

    obra

    al

    trmino quc dla

    espera o b 1 ~ n c r

    de fuera,

    para

    ti,

    inditsimo Luh, emperador de roma-

    nos, a quien

    por

    la

    antigedad

    de la sangre y herencia y

    no

    mellO'>

    por

    la singular y

    heroica

    condicin y preclara

    11

    S

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    26/80

    S .-HARSJUO

    Dl:

    }';1/JU,-

    viltud .5e ha impreso y comolidaJo un e:do de: extirpar

    las herejas, de defender la catlka ve-nlud y fomentar y

    guardar

    toda

    otra >ana doctrina, cortar los vkio,,, propa

    gar d cult1vo de

    la virtud,

    extinguir las

    contiendas, difun

    dir )' promover

    la

    pa y la

    tranquilidad p(Jr

    doquiera,

    p u ~ e por escrito la suma

    Je l a ~

    reflexiones que ~ i g L J e n d e ~ -

    p u ~

    de un

    tiempo de

    diligenle y

    mema

    investigaciim, pen

    sando que de ellas se seguira alguna ayuda a tu vigilallte

    majestad,

    OCLLpado Cll proveer a Im

    fallos

    dcscri1os y a

    lm que puedan

    ocurrir

    y a las de

    mi. humanas.

    R. As

    qu :

    dividir en tres Parte> d a ~ u n t o propues

    to por

    mi.

    En la

    prim..:ra dcrnosrrar

    el

    intento por

    la.. ,.as

    encontradas por el

    ingenio humano,

    con

    proposiciones fir

    me-;, ck por s evidentes a toda mente de naturakza

    no

    t.:urrompida por la costumbre o por

    La

    p a ~ i n

    descarria

    da. ~ 1 1 la

    \egunda,

    lo que cre

    haber

    demostrado, lo con

    firmare

    con

    t c q i m o n i o ~

    de la verdad de validez eterna,

    con l a ~

    a morid a des

    de: l o ~ > . a n t o . ~

    i1arprctes de

    elLas.

    y

    tam

    bin de

    o t r o ~ probadm

    docwrc:s dentro de

    la

    fe cristiana:

    ele modo que el libw e

    m i ~ -

    mu, ~ i n n c c ~ i d a d de

    apoym

    pmhatorios forncm. k

    aqu

    tambin impugnare las tal sed a

    o p u e ~ t a ~

    a mis a

    -;er

    lOS y deshar l o ~ ~ , f i > I I l a > que J o ~ ..:untraUicen ;011 sus

    lucubraciones

    .En

    IJ :er;crd int'enr a l g u n a ~ ; : : o n c l u ~ i l l l l : :

    o scntencas

    p r o i ~ t a s

    de

    certeza

    evidente,

    deducidas

    de

    lo antes declarado

    y

    mximamente

    tiles para ser obser

    vadas, tanto

    por

    los gobernante,,

    como por

    los

    sbditos,

    cada una de

    estas partes

    la dividir en

    captulos

    cada

    captulo en dertos prrafos, mas o menos numerows se

    gn la_ e x t c 1 1 ~ i n del

    captulo, y seni

    su e ~ p c c i a l u t i l i d a d

    a

    ele

    estas diYisioncs.

    el

    que

    ~ c a

    fcil

    encontrar

    las cues

    tiones a las c u a l e ~ ~ c r n remitidos lm lectores de este li

    bro, de los ase-rto> posteriores a los precedentes. De-lo que

    : -

    cribir

    la tranquilidad de

    la

    ciudad o del

    reino, 110

    ~ e a que

    por

    la muhipllciclad nombres se origine en e ~ t c

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    27/80

    1

    ID ;\4ARSfr

    lO

    DE

    PADUct

    alguna ambigedad, -conveniente no ohidar que

    lapa

    labra esta, reino, en

    una

    de

    >us

    significaLiones 1mpo1ta

    pluralidad de ciudades o provincias c o m p r e n d i d a ~ bajo

    un rgimen; segn esta acepcin no difiere reino de ciuLlad

    en la especie de la poltica, shw

    m ~ bi.::n

    en la canti

    dad. Pero en otra acepcion este nombr de las cues

    tiones.

    3. Habiendo, pues,

    Je

    e ~ c r i b i r

    la

    tranquilidad y

    opuesto, asentemos con

    A r i s t t e l e ~ . l.

    o y 5. o de su

    PoU-

    nca, caps. 2. a y 3. e que la ciudad es como una nmurak

    za animada o animal

    1

    Porque como el animal bien

    constituido 'iegn naturale-:a se compone de

    cierta

    par

    tes o r d e n a d a ~ entre si con

    propordn,

    y con sus funcio

    n e ~ combinadas entre y en ordcn al todo, a5i la ciudad

    se forma de determinadas

    p a r t e ~

    cuando

    c t

    bien consti

    tuida

    segn ra;-:n. Cual

    es. p u e ~ .

    la relacin del animal

    y sus partes a la salud, lal parece ser la relacin del reino

    o de la c.iudad a la tranquilidad. Y el apoyo para esta ila

    cin lo podemos. tomar de lo que todos entienden

    por

    una

    y otra. Pues enti-enden que la salud la mejor d i ~ p o s i -

    cin del animal

    ~ e g n

    su naturaleza, y del mismo modo

    que la tranquilidad es la disposicin ptima de

    la

    ciudad

    in >tituida segn razn. Y la salud, como dicen los ms

    p-e-

    1

    Polir. l 1 . ~ . 5. 1254 >l-3\l.l 5 c . ~ 1 02 b 33; l

    4

    17W

    bJ.l..

    t.L DEF :.-'vSOR Di: LA

    I AZ

    ritos entre los mdicos al describirla, es

    la dispmidn

    bue

    na

    del

    anim

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    28/80

    12 ;\1,-IRS'/l

    O DF

    PADL'A

    fecto a

    lo

    ms perfecto. Ni los hombres saben de alguna

    co5a sino cuando conocen sus primaas causas .,prir;;eros

    principios hasta flegar a los elemen10s

    1

    S 3.

    Enlrando,

    pues, de este modo en el tema, con

    vi-ene

    que

    no

    nos

    ootlte

    que las

    c o m u n i d a d e ~ c i v i l e ~ ,

    segn l a ~

    d i \ e r ~ a ~

    r e g i o n e . ~ )-'tiempos., comenzaron de lo

    pequeo

    y

    po-co

    a

    poco,

    tomando

    incremento, finalmen

    te llegarmt a

    la

    consumacin, como dijimos que acaece

    en toda accin de la naturaleza o del arte. Porqm::

    la

    pri

    mera r ms reducida de las uniones

    humana,,

    de

    la

    que

    las

    o t r a ~ a

    su vez provinieron, fue la del varn

    y

    la hem

    bra, como dice d eximio

    ..::ntrc

    los filsofos en d primero

    de la

    PoWicll,

    cap.

    1.

    0

    ~ y

    aparece

    c.sw mr;

    claramente

    en

    la Econmica

    Llcl mi,m o. Porque de sra se propa

    garon los hombre'> que primeJO llenaron una casa; a par

    tir de ella >e ilie-

    g,n

    su

    parecer y om11mmla

    \'Oiuntarl,

    no le hubiera sido

    esto permitido, sin embargo, presidiendo la primera co

    munidad llamada aldea. Porque Cll sta com-ino que el

    Phvs.,

    l.

    1

    ,-

    1:

    IM

    a

    l l

    S>

    Poiil,

    1 1

    .; 2:

    252

    26

    Scutl()-..\ri, O,crm menos imperfectas que aqu

    llas

    coillas

    que se ordenaban

    l a ~

    cosas en la

    >imple

    a l d ~ a

    o vcci11dario.

    -Ji

    tuvieron lu5 comunidades aquellas pri

    mitivas tal distincin y organiza.::

    In

    de las

    p a r L e ~

    com po

    nente-s,

    ni d conjunto de l a ~ art

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    29/80

    14

    .\JARSIL/0 DE

    P ~ 1

    DUA

    sarios para vivir, cuantos despus

    se

    fueron

    encontrando

    progre'iivamc-nte en las

    c o m u n i d a J e ~

    perfectas. Pues a l ~

    guna ve1 fue el mismo hombre prncipe y agri-cultor o ras-

    tor

    de ovejas, como Abraham y otros muchos despus de

    l, lo cual en las comunidades perfectas ni conviene

    ni

    se

    ra permitido.

    5.

    Cre_:das

    stas con

    el

    tiempo,

    creci la experien

    cia de los hombn:s, >e inventaron las artes y las reglamen

    t a c i o n e ~

    y fueron ms perfectos los morlos de vivir y ms

    distinguidas

    entre

    si las parles componentes de las comu-

    nidaJe.'i. Finalmente, lo necesario

    para

    vivir y bien

    ,ivir

    descubierto por la razn y la experiencia de los hombres,

    lleg a plenitud y w constiruy la comunidad perfecta lla

    mada ciudad, con distincin de sus partes, cuya naturale

    za y peculiaridades vamos a declarar.

    Haste lo dicho

    ~ o r e el origen

    de la comunidad civiL

    CAPlTL.:LO IV

    DF LA C\IIS.A Fl'">AI

    DEL \

    C l:DAD. DISTlNCIO'J

    OF. SLs OB.TFliVOS Y DL 5U5 PARTES p.. GFT\ERAL

    Es, pues, la

    ciudad,

    segn

    Ariqteles,

    1." de la

    Pohri

    cu,

    cap.

    l o: una c-omunidad perfecra, que llena por s/ to

    dos tos

    reruisiros

    de

    su_ficiencia, .:i.r,.celeste.

    Y porQue

    e>;te ~ e g u n d o

    modo de vivir, a ,_aber,

    el

    eterno.

    no lo pudieron persuadir por demostracin la u n i v c r ~ a l i -

    dad de los filsofos, ni

    es

    de las

    c o s a ~

    manifiestas por i

    mismas;

    por

    eso no

    se

    cuidaron de legamos aquellas

    .::o

    sas que se hacen en ruer1a de ese modo.

    Pero

    del vivir y

    del bien vivir o de la vida

    buena

    segn

    el

    primer

    modo,

    el terrestre, y de las cosas que son n e c e ~ a r i a ~ para l, los

    filsofos ilustres tuvieron

    cono_:\miento

    por demo.stracin

    de modo casi perfe,:lo.

    Para

    conseguirlo llegaron a ia con

    clusin de la

    n e c e ~ i d a d

    de la comuniJ;.d civil, sin la cual

    esa

    ~ u f i c i e n c i a

    de vida no puede

    k a n z a r ~ c . De

    lo cual el

    eximio A r i s t t e l e ~ 1." de Po t"tica, cap. l." dijo: To

    dos

    {tos hombre'J) son llevados u ella u impu{sos de la na

    turaleza

    con

    vistas a ese [In l

    De lo cual, aunque

    13

    ex-

    Cic_. Di' offiolr.

    1. -1

    Poln

    .

    l. 1,

    2: 1253 a 29.

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    30/80

    1

    '

    '

    1

    16

    AfARS LJO DE PADCA

    periem:ia razonable

    lo

    ensciia, quercmm con

    Qdo

    aducir

    la causa que dijimos, cxponil1dolo ms en detalle.

    Por

    nacer el hombre

    compuesto de elementos contrarios,

    por

    n1yas c o n t r a r i a ~ acciones y pasiones

    como

    que se corrom

    pe

    -continuameme algo de su substancia; y, adems,

    por

    r ~ a c e r de, nudo e inerme,

    p a ~ i b l e

    y corruptible

    por

    el exce

    so

    del

    aire y de

    lm

    o t r o ~

    elementos. como dijo en la

    ciencia de

    l a ~ c o s a ~ n a t u r a l e ~ . n e c e ~ i t de a r t e ~

    de

    div(;:"r

    sos gncrus y especies

    para

    defenderse de los dafto\.

    dicho'.

    Las cuales artes, no pudiendo ser ejercitadas sino

    por

    mu

    cha

    gente, ni mantenerse silO por su recproca comunica

    cin, convino que l o ~ hombres se agruparan para tener

    la ventaja de

    e'as

    cosas y apartar lm inconveniente>.

    - . ,\las como entre los hombres a5 congregados mr

    gen contiendas y reyertas que, de no ser reguladas por las

    110rmils de la justicia,

    vendran

    a

    generar luchas

    y

    disen

    siones emre

    los hombres

    y, timtlmente, sera la ruina

    de

    la

    -.::iudad, convino establecer crl

    C'ia

    comunidad llrl8 nor

    ma de lo jmtu y

    un

    guardin o ejecutor.

    Y

    como este guar

    din

    tiene l oficio de castigar a los delincuentes que se

    extralimitan y a los

    otros

    particulares que,

    dentro o

    fue

    ra, intentan perturbar u oprimir

    a

    la comunidad, convino

    que la dudad tuviese algo con qu resistir a stos. Y tam

    bin, como la comunidad necesita algunos fondos do: emer

    gencia, rep11estos y depsitos guardados de algunas cosas

    comLmcs, u n a ~ para

    el

    tiempo de paz. mras para

    el

    Licm

    po

    de guerra, fue

    n e c e ~ a r i o

    que

    hubiera en ella proveedo

    res para poder acudir a la necesidad cuando fuere opor

    tuno o necesario.

    Y fucra

    de lo dicho que mira a la sola

    1 1 e c e ~ i d a J Je e ~ t . a vida prc.r;entc. hay otra cosa de la que

    necesitan los que c-omiven en su \ida ci\il para el es

    taJo

    del siglo venidero,

    prometido

    al gnero

    humano

    por rc

    Hlacin sobrenatural de Dios y til tambin para

    el

    c ~ t < t -

    do de la vida pre.1ente, a saber,

    el

    culto y honor y a.::dOn

    de gracias rendidas a Dios, tamo por os beneficim reci

    hidm cn este mundo, como

    por

    los que se recibirn en

    l

    futuro;

    pam

    enseilar

    e . ~ t o

    y dirigir a

    \m

    hombre.\

    com

    i

    no que la cmdad d e ~ i g n a r . a algunos doctores. De: todo es

    10 y de lo dem'i

    apunlado

    a n t e ~ , qu y cule> ~ e a n ~ ' '

    .L DI lE'\- SOR

    JJ: L. 1 PAL 17

    cosas,

    puntualmente

    se

    did

    en los s i g u i e n L e ~

    apartados.

    5.

    Hubo, ptiCS,

    hombres

    a s o c i a d o ~

    para

    tener una

    suficiencia de \"ida, cn

    poder

    para p r o c u r a r ~ e las cosas

    necesarias antes r c ~ c f i a d a s , c o m u n i c a n d o s e l a ~ entre

    s1.

    Es

    ta agrupacin

    as perfecta y con una extemin suficiente

    se llam ciudad, cuya causa final y plural diversidad

    de

    partes

    ya ha

    declarado de algn

    modo

    y

    en lo siguiente

    se

    declarar ms. por menudo. Porque siendo necesarias

    a los que quieren vivir Sllfidentemcntc diversa,; cm., que

    no pueden procurarse por homhres

    de

    un solo orden u ofi

    cio convino

    que

    hubiese di\"crsos r d e n e ~ y oficios de

    hombres en csa comunidad, ej c-rcitando

    y

    procurando

    esaitan para

    \ida

    suficiente. Y estm d i v e r ~ o s rdene.1 u oficios no ~ o n otra

    cosa que la

    pluralidad

    y

    d i v ~ i n

    de

    la o r e r o ~ , sa-

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    31/80

    ccrdotes y jueces J c o n s e j e r o ~

    1

    .

    De

    l a ~

    cuale'i

    c l a ~ e s

    tres,

    a .1aber,

    -la

    sacerdotal. la militar y la judicial, ~ o n por

    ex-celenCia partes de la ciudad, la> que

    tambin.

    en l a ~

    comunidades

    c.ivilcs, se dicen

    partes honorables. Las

    res

    t a n t e ~ e

    d.i-cen panes c11

    sentido

    lato,

    porque

    vienen a ser

    oicios

    necbarios en

    la ciudad,

    segn Aristteles en

    el

    7

    >

    lk

    la

    Pollfzca

    cap.

    7.

    o

    Y a su conj11nto suele denomin.r

    ~ d c vulgo. Son ~ t a : -

    l a ~

    partes

    ms

    c o n o d d a ~ de la ciu

    dad

    o del reino y a ellas todas

    l a ~ otras

    pueden convemen

    temente

    reducirse.

    2. La necesidaJ de ella ant-e

  • 7/25/2019 Marsilio de Padua - El Defensor de La Paz

    32/80

    1

    1

    20 -HARS L/0

    DE P

    todas las espe

    CieS de la

    ~ o . m t r u c c i n y, tlniversalmente,

    wdas

    aquella..,

    a r t e ~ me-canteas

    que sinen a

    lm

    oficios de la ciudad me

    diata o inmediatamente; ni slo las que afectan al tacto

    Y g u ~ t o , . ~ i n o

    ~ m b i n

    las de l o ~ otro sentido1.,

    q u ~

    \an

    r n a ~ p ~ r a el deleite

    y el

    bien ~ i v i r que

    para

    la necesidad

    de

    _ en que era preciso imtit11ir

    e ~ a ciase por

    el

    culto honor

    de

    Dim por

    el

    provecho

    que ah se

    igm