manual salud ocupacional_contratistas (1)

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1 Elaborado por: Dr. Jaime Alberto Manjarres Palacio Médico – Especialista en Salud Ocupacional

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Manual salud ocupacional_contratistas (1)

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Page 1: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

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Elaborado por:

Dr. Jaime Alberto Manjarres Palacio

Médico – Especialista en Salud Ocupacional

Page 2: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

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Tabla de Contenido

Página

INTRODUCCIÓN 3

1. MARCO LEGAL 3

2. NORMAS TÉCNICAS 5

3. OBJETIVOS 6

4. ALCANCE 7

5. ROLES Y RESPONSABILIDADES 7

6. REQUERIMIENTOS ADMINISTATIVOS 8

6.1. Para Personas Naturales 8

6.2. Para Personas Jurídicas 9

7. REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCPACIONAL PARA

CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS 10

7.1. Elementos de Protección Personal 10

7.2. Accidentes de Trabajo 10

7.3. Emergencias 10

7.4. Charlas de Seguridad 10

7.5. Inspecciones de Seguridad 11

8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES 11

9. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y

RESTAURANTES 9

10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO 13

11.

REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA

CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE

REALICEN ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V.

13

Page 3: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

3

INTRODUCCION:

El presente documento se constituye en una herramienta para el control y

seguimiento del obligatorio cumplimiento de las normas de salud ocupacional

vigentes en el País, de parte de las personas naturales o jurídicas con las

cuales la Universidad de la Guajira, realice contratos para la prestación de

servicios en general y específicamente para la construcción de Obras Civiles y

prestación de servicios de cafetería restaurante y aseo, y para la realización de

actividades de la clase de riesgo III, IV y V.

Su propósito es asegurar el cumplimiento de la legislación vigente y de esta

manera preservar la salud e integridad de las personas y evitar pérdidas para

la Institución.

Debe ser aceptado por toda persona Natural o Jurídica interesada en contratar

con la Universidad de la Guajira, como instrumento de obligatorio

cumplimiento para que la realización de sus actividades en el marco de su

contrato se haga de manera segura.

1. MARCO LEGAL:

Ley 9 Título III, de enero 2 de 1979 del Congreso de la República:

“Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en

sus ocupaciones”.

Resolución No 2400 de mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y

Seguridad Social: “Estatuto de Seguridad”.

Resolución No 2413 de Mayo 22 de 1979 del Ministerio del Trabajo y

Seguridad Social: “Por el cual se dicta el Reglamento de Higiene y

Seguridad para la Industria de la construcción”.

Decreto No 614 de marzo 14 de 1984, de Presidencia de la República: “Por

el cual se determinan las bases para la Organización y Administración de

Salud Ocupacional en el País”.

Page 4: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

4

Resolución No 2013 de junio 6 de 1986, de los Ministerios de Trabajo de

Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización y

Funcionamiento de los Comités de Medicina Higiene y Seguridad Industrial

en los lugares de Trabajo”.

Resolución No 1016 de marzo de 1989, de los Ministerios de Trabajo de

Seguridad Social y Salud: “Por el cual se reglamenta la Organización,

funcionamiento y forma de la Programas de Salud Ocupacional que deben

desarrollar los Patronos o Empleadores en el País”.

Resolución No 1792 1990, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:

“Valores Límites Permisibles para la exposición Ocupacional al Ruido”.

Ley 100 de 1993 Del Congreso de la República: “Crea e implementa el

Nuevo Sistema de Seguridad Social Integral”.

Decreto Ley 1295 de junio 22 de 1994, de Presidencia de la

República:“Determina la Organización y Administración del Sistema General

de Riesgos Profesionales”.

Resolución No 0541 de 1994 del Ministerio del Medio Ambiente: “Manejo de

Desecho de la Construcción”.

Decreto 1772 de 1994, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: “Afiliación

al Sistema General de Riesgos Profesionales”.

Decreto No 0948 de 1995, del Ministerio del Medio Ambiente: “Prevención

y Control de la Contaminación Atmosférica y Protección de la Calidad del

Aire”.

Decreto 0357 de 1997, del Ministerio del Medio Ambiente: “Por el Cual se

Regula el Manejo, transporte y disposición final de escombros y materiales

de construcción”.

Ley 776 de 2002, del Congreso de la República: “Por la cual se dictan

Normas Sobre la Organización, Administración y Prestaciones del Sistema

General de Riesgos Profesionales”.

Page 5: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

5

Decreto No 1607 de 2002, Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social:

“Por el cual Modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas

para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras

disposiciones”.

Decreto No 2800 de 2003, del Ministerio de Protección Social: “Afiliación a

Riesgos Profesionales de Contratistas y Trabajadores Independientes”.

Resolución No 0627 de 2006, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial:“Por la cual se establece la norma Nacional de emisión

de Ruido y Ruido ambiental”.

Resolución 1401 de 2007, del Ministerio de Protección Social: “Por la cual se

reglamenta la Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo”.

Resolución No. 003673 de 2008 del Ministerio de Protección Social por el

cual se establece el reglamento técnico de trabajo seguro en altura.

Es importante señalar que los contratistas deben conocer y aplicar

todas las normas legales y técnicas vigentes en el país, y que sean de

aplicación especifica en el tipo de labor contratada, aunque no estén

registradas en este manual.

2. NORMAS TECNICAS:

TIPODE NORMA

TECNICA

No NOMBRE DESCRIPCION

GTC

34

Guía estructura básica

del Programa de Salud Ocupacional

Suministra los lineamientos

para estructurar y desarrollar un Programa de

Salud Ocupacional para las empresas establecidas en Colombia. Contiene

definición y requisitos

GTC

45

Guía para el

diagnóstico de condiciones de

trabajo o panorama de factores de riesgo, identificación y

Contiene definiciones,

requisitos, escala para la valoración de riesgos que

generan enfermedades profesionales.

Page 6: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

6

valoración.

NTC

1461

Higiene y Seguridad.

Colores y señales de seguridad.

Establece definiciones,

colores de contraste, diseños, de símbolos

gráficos y clasificación de señales.

NTC

2095

Higiene y Seguridad. Código de practica Para el uso de redes

De seguridad en trabajos de

construcción.

Establece guías para el uso De redes de seguridad, las cuales tienen por objeto dar

protección contra lesiones en el caso de que las

personas caigan cuando están trabajando en labores

de construcción. Demolición, mantenimiento y de proteger a las

personas de objetos que caigan.

NTC

2771

Higiene y seguridad.

Mallas para seguridad Industrial.

Esta norma específica los

requisitos para mallas de seguridad industrial. Construidas con fibras

sintéticas o naturales y diseñadas para atrapar

personal y escombros que caigan mientras se trabaja en edificios altos, en

constructoras o en construcciones navales.

3. OBJETIVOS.

Garantizar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional de las

personas naturales o jurídicas con las cuales realice contratos la

Universidad de la Guajira.

Minimizar la ocurrencia de eventos epidemiológicos ocupacionales dentro de

las instalaciones de la Universidad de la Guajira del personal vinculado de

las personas naturales o jurídicas, con las cuales haya realizado contratos la

Universidad.

Page 7: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

7

Servir a la Universidad como instrumento de evaluación, seguimiento y

control del cumplimiento obligatorio de las normas de salud ocupacional por

los contratistas, ya sean personas naturales o jurídicas.

Incluir como requisito en el proceso de selección de proponentes, el

cumplimiento de las normas de salud ocupacional.

4. ALCANCE:

Este Manual es aplicable a todas las personas Jurídicas o Naturales con las que

la Universidad de la Guajira realice contratos, ya sea en su sede principal en

Riohacha, o en sus extensiones: Maicao, Fonseca, Villanueva y Montería.

Las disposiciones contenidas en este Manual son de obligatorio cumplimiento

para los contratistas.

Este Manual se dará a conocer a todo contratista durante el proceso de

selección, y en el momento en el que se le apruebe el contrato y autorice la

realización de trabajos en la Universidad.

5. ROLES Y RESPONSABILIDADES:

Contratista. Persona Natural o Jurídica legalmente constituida con quienes

la Universidad de la Guajira, contrata la prestación de un servicio o la

ejecución de una labor.

El contratista tiene como responsabilidad cumplir con la normatividad

vigente en salud ocupacional y seguridad social y conocer, acatar y cumplir

lo establecido en el presente manual.

Personal contratista. Es toda persona contratada directa o indirectamente

(Subcontratista), por la empresa o persona contratista para trabajar dentro

de las instalaciones de la Universidad de la Guajira, pero sin tener ningún

vinculo laboral con ella. Todas estas personas tienen la responsabilidad de

cumplir con las normas vigentes en salud ocupacional y conocer, acatar y

cumplir lo establecido en el presente manual.

Interventor asignado por la Universidad de la Guajira. Profesional

designado para vigilar el cumplimiento del objeto del contrato y verificar el

Page 8: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

8

cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente manual y

obrar en consecuencia, en coordinación con el Jefe de salud ocupacional de

la Universidad, en el control y solución en las desviaciones halladas en lo

pertinente a la salud ocupacional.

Jefe de salud Ocupacional de la Universidad de la Guajira. Realiza visita de

inspección a las obras o instalaciones en donde se presten los servicios, a

fin de verificar el cumplimiento de las normas de salud ocupacional y de los

requerimientos establecidos en el presente manual, y brindar apoyo técnico

al interventor cuando lo considere pertinente o le sea solicitado por él.

6. REQUERIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

6.1 Para personas Naturales.

Los proponentes Personas Naturales, ya seleccionados por la Universidad,

deben entregar junto con los documentos exigidos por la oficina de

Contratación, los siguientes documentos referentes a Salud Ocupacional y

Seguridad Social.

Certificado de Afiliación vigente a Salud y Pensiones, según la normatividad

vigente sobre seguridad social en Salud y Pensiones.

El Contratista debe afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales

(ARP).

Si la persona Natural va a realizar actividades que implique la generación

de ruido, material Particulado, gases y/o vapores, deben presentar un plan

de mitigación para el control de dichas emisiones.

NOTA: El contratista Persona Natural que requiera tener a su cargo personal,

debe exigirle los mismos requerimientos exigidos a él.

Durante la ejecución de las actividades, el contratista debe cumplir los

requerimientos presentados a continuación y entregar periódicamente

los siguientes documentos:

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El Contratista debe presentar al Interventor constancia de pago actualizado

a “EPS, ARP y AFP”, según la normatividad de Seguridad Social en Salud y

Pensiones.

Cuando el contratista deba desarrollar su trabajo en zonas endémicas, diez

(10) días antes de iniciar labores, debe presentar los certificados de

vacunación aplicables para las enfermedades identificadas en las zonas en

que se encuentra el frente de trabajo.

Portar el Carnet de afiliación a EPS, ARP y cédula de ciudadanía.

6.2 PARA PERSONAS JURIDICAS

Documentos que el proponente debe entregar con la propuesta.

Todas las personas jurídicas invitadas a concursar, deben entregar junto

con los documentos exigidos en la invitación, una certificación suscrita por

el representante legal de la misma, en la cual conste que cuenta con

políticas escritas de Salud Ocupacional y Seguridad Social.

Durante la ejecución del contrato, el contratista debe cumplir con

los siguientes requerimientos:

Antes de iniciar las actividades en las instalaciones de la Universidad de la

Guajira, sede principal o extensiones, el contratista debe presentar una

lista con los nombres y números de cédulas de ciudadanía de sus

trabajadores y subcontratistas. Cada vez que se presenten novedades

deben ser notificadas al interventor del contrato.

El contratista pagará a sus trabajadores los pagos correspondientes de

seguridad social como lo exige la Ley, y exigirá a sus subcontratistas lo

mismo.

Todos los trabajadores o subcontratistas de la empresa contratista deben

portar el carnet de afiliados a EPS, ARP, cédula de ciudadanía y carnet de

identificación de la empresa contratista.

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7. REQUERIMIENTOS GENERALES DE SALUD OCUPACIONAL PARA

CONTRATISTAS, PERSONAS NATURALES O JURIDICAS.

7.1 Elementos de protección personal.

El contratista persona natural debe usar ropa apropiada y los elementos de

protección personal requeridos y específicos para la actividad que realice

en las instalaciones de la Universidad.

El contratista persona jurídica garantizará el uso de ropa adecuada y

elementos de protección personal, de acuerdo a los factores de riesgos a

que estarán expuestos sus trabajadores o subcontratistas.

Los elementos de protección personal utilizados deben cumplir con las

especificaciones técnicas exigidas por la Legislación Colombiana.

7.2 Accidentes de Trabajo

Cada vez que se presente un accidente de trabajo, el contratista persona

natural, con personas a cargo y el contratista persona jurídica, están

obligados a garantizar el traslado y atención inmediata del accidentado.

El contratista persona natural, si está afiliado a ARP y el contratista

persona jurídica, en caso de accidente de trabajo deben reportarlo a su

ARP, y seguir el procedimiento establecido para tal fin.

El contratista deberá realizar la investigación del accidente de trabajo y

hacer los correctivos de los riesgos involucrados en el accidente de trabajo,

y presentar el Plan de Acción para el control de los mismos.

7.3 Emergencias

Si en el ejercicio de los trabajos de los contratistas se presentará una

emergencia, deben acogerse al Plan de emergencia de la Universidad y

Acatar las orientaciones dadas por quienes lo dirigen.

7.4 Charlas de Seguridad

Al iniciar las actividades de cada día los contratistas realizaran charlas de

seguridad de acuerdo con los trabajos a realizar.

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7.5 Inspecciones de Seguridad

Previo a la iniciación de los trabajos, el contratista o quien lo represente, el

interventor asignado y el Jefe de Salud Ocupacional de la Universidad

acordarán el Plan de Inspecciones de Seguridad, que se realizaran durante

la ejecución de la obra en cumplimiento del objeto del contrato.

El jefe de Salud Ocupacional y el Interventor de la Universidad, podrán

realizar inspecciones de seguridad en el momento en que lo consideren

necesario.

8. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA OBRAS CIVILES.

Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las

personas jurídicas que contraten con la universidad obras civiles o de

mantenimiento deberán cumplir lo siguiente:

Antes de iniciar las actividades el contratista debe presentar un plan de

control de los riesgos, generados por las obras a realizar, que garantice la

seguridad de sus trabajadores, subcontratistas, personal de la universidad,

visitantes y el ambiente, el cual debe quedar incluido en el acta de inicio de

la obra; además del cumplimiento de todas las normas de salud ocupacional

vigentes en el país, debe contener lo siguiente:

o Control de la emisión de material particulado.

o Correcto almacenamiento, transporte y uso de productos químicos.

o Medidas para el control de ruidos.

o Demarcación y control de área donde ejecute la obra.

o Cumplimiento del Decreto 0317 de 1997 y Resolución 06541 de

1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de residuos

solidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra.

o El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben

determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia

Page 12: Manual salud ocupacional_contratistas (1)

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de retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe

quedar consignado en un acta.

o El contratista debe garantizar, que al termino de la obra, todos los

espacios de la universidad utilizados para el almacenamiento de

escombros deben quedar libre de ellos.

9. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA CAFETERIAS Y RESTAURANTES.

Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, las

personas jurídicas que presten el servicio de cafetería y restaurante en la

universidad deberán cumplir lo siguiente:

Previo a la prestación de los servicios el contratista debe presentar al jefe

de salud ocupacional de la universidad, el registro sanitario de

funcionamiento.

Además del cumplimiento de las normas de salud ocupacional vigentes en

el país, se hará énfasis en los siguientes aspectos.

o Proceso de almacenamiento, conservación y manipulación de

alimentos.

o Botiquín de primeros auxilios.

o Ubicar, revisar y mantener el número de extinguidores requeridos de

acuerdo a la carga combustible.

o Todos los empleados que lo ameriten deben tramitar el carnet de

manipuladores de alimentos, para la realización de sus actividades.

o Todos los empleados deben estar vacunados, contra tétanos y

hepatitis B.

Cumplir con lo establecido en el Decreto 0357 de 1997 y la Resolución 0541

de 1994. Para ello debe tener escrito el procedimiento para:

o Almacenamiento de desechos, para evitar contaminación.

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o Retiro de desechos.

o Frecuencia de retiro de los desechos.

o Tratamiento y/o disposición final.

El lugar de almacenamiento de desechos, debe estar aparte de la zona de

alimentos, debidamente señalizado, en buen estado de limpieza y orden.

10. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA ASEO.

Además de los requerimientos establecidos en los numerales 6.2 y 7, Los

contratistas, personas jurídicas que presten el servicio de aseo en la

universidad deberán cumplir lo siguiente:

Tener actualizado el carnet de vacunación de todos sus trabajadores y sub-

contratistas, especialmente, las inmunizaciones contra tétanos y hepatitis

B.

Desarrollar un plan de capacitación que contenga entre otros temas:

o Normas básica de bioseguridad.

o Ergonomía: Higiene Postural, Almacenamiento y Transporte de

pesos.

11. REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS DE SALUD OCUPACIONAL PARA

CONTRATISTAS, PERSONAS JURIDICAS Y NATURALES, QUE REALICEN

ACTIVIDADES DE CLASE DE RIESGO III, IV y V.

Además de cumplir con los requisitos establecidos en los numerales 6 y 7, los

contratistas, personas jurídicas o naturales, que realicen actividades de clase

de riesgo III, IV y V, deben cumplir con los siguientes requerimientos:

a) Antes de legalizar el contrato. El contratista persona natural debe entregar

un documento que contenga:

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o Nombre y cédula del contratista.

o Nombre, celular y teléfono fijo de la persona contacto en caso de

emergencia.

o Clínicas adscritas a su EPS, con los correspondientes números

telefónicos.

El contratista persona jurídica debe entregar los procedimientos de

emergencia necesarios, según los riesgos y las actividades que realizará en

la ejecución del contrato. En cada uno se debe especificar la cadena de

atención y el sistema de comunicaciones previsto para cada situación,

incluido diagrama de flujo. Como mínimo debe contar los siguientes

procedimientos:

o Lesionados: procedimiento para la atención, transporte y traslado

de lesionados.

o Incendios: procedimientos que aplicaran para controlar conatos de

incendio.

El contratista persona jurídica debe suministrar el nombre, dirección y

teléfono de la persona encargada de salud ocupacional de su empresa.

b) Antes de iniciar las actividades del contrato.

El contratista persona jurídica debe entregar al interventor de la obra, copia

de los formularios de pago de EPS, AFP y ARP del personal del personal que

trabajar en la universidad.

El contratista persona jurídica o natural debe presentar el panorama de

factores de riesgos de acuerdo a las actividades a desarrollar y las medidas

de control que implementaran, para evitar el impacto en sus trabajadores,

sub-contratistas, personal de la universidad, visitantes y medio ambiente.

Todos los contratistas, sus trabajadores y sub-contratistas, deben conocer

las políticas y las medidas de salud ocupacional de su empresa.

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c) Requerimientos que debe cumplir el contratista durante la ejecución de las

actividades del contrato.

El contratista, personas jurídica o natural, debe mantener actualizadas las

actas de entrega y reposición de elementos de protección personal,

firmadas por sus trabajadores y/o sub-contratistas.

El contratista, persona natural o jurídica debe tener una lista de chequeo,

que garantice que cumple con las normas de seguridad para realizar

actividades de alto riesgo.

El contratista, persona natural o jurídica deberá suministrar o exigir los

elementos de protección personal, para el ingreso de visitantes de acuerdo

a los factores de riesgos existentes.

El contratista dará cumplimiento al Decreto 0317 de 1997 y a la Resolución

06541 de 1994, referidos al manejo de escombros y disposiciones de

residuos sólidos y líquidos, que genere la ejecución de la obra.

El contratista de común acuerdo con el interventor de la obra, deben

determinar el lugar, la cantidad máxima de escombros y la frecuencia de

retiro de los mismos de la universidad, compromiso que debe quedar

consignado en un acta.

El contratista debe garantizar, que al término de la obra, todos los espacios

de la universidad utilizados para el almacenamiento de escombros deben

quedar libre de ellos.

LEDYS MARIA VARGAS MUÑOZ JAIME MANJARREZ PALACIO

Jefe Oficina Salud Ocupacional Medico--Laboral