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Asociaciones de colaboración Manuales Ramsar 4a. edición Manual 5

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Asociaciones de colaboración

Manuales Ramsar4a. edición

Manual 5

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Acerca de la Convención sobre los Humedales La Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán, 1971) es un tratado intergubernamental cuya misión es “la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”. En octubre de 2010 el total de naciones adheridas a la Convención como Partes Contratantes era de 160, y había más de 1.900 humedales de todo el mundo, con una superficie mayor de 186 millones de hectáreas, designados para su inclusión en la Lista de Humedales de Importancia Internacional de Ramsar. ¿Qué son los humedales? Tal como define la Convención, en los humedales se incluye una amplia variedad de hábitat tales como pantanos, turberas, llanuras de inundación, ríos y lagos, y áreas costeras tales como marismas, manglares y praderas de pastos marinos, pero también arrecifes de coral y otras áreas marinas cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros, así como humedales artificiales tales como estanques de tratamiento de aguas residuales y embalses. Acerca de esta serie de manuales La Secretaría de la Convención ha preparado esta serie después de las reuniones 7ª, 8ª, 9ª , y 10ª de la Conferencia de las Partes Contratantes (COP7, COP8, COP9, y COP10) celebradas, respectivamente, en San José (Costa Rica), en mayo de 1999, Valencia (España), en noviembre de 2002, Kampala (Uganda), en noviembre de 2005, y Changwon, Republica de Corea en octubre y noviembre 2008 . Las Partes en estas COP, y en sus precedentes, han adoptado lineamientos sobre varios temas que han servido de base para la preparación de una serie de manuales para asistir a quienes tengan interés o estén directamente implicados en la aplicación de la Convención en los planos internacional, regional, nacional, subnacional o local. Cada manual recoge, tema tras tema, las diversas orientaciones pertinentes adoptadas por las Partes, a las que se han añadido material adicional de las notas informativas de las COP, estudios de caso y otras publicaciones pertinentes, con objeto de ilustrar los aspectos esenciales de los lineamientos. Los manuales están disponibles en los tres idiomas de trabajo de la Convención (inglés, francés y español). En el cuadro del interior de la contraportada figura el alcance completo de todos los temas que se abordan en esta serie de manuales en la actualidad. A medida que la Conferencia de las Partes Contratantes vaya adoptando nuevas orientaciones en sus futuras reuniones, se prepararán nuevos manuales que las incluyan. La Convención de Ramsar promueve un conjunto integrado de medidas para velar por la conservación y el uso racional de los humedales. En consonancia con este enfoque integrado, el lector observará que dentro de cada manual hay numerosas referencias cruzadas a otros manuales de la serie.

Copyright © 2010, Secretaría de la Convención de Ramsar Esta publicación ha de ser citada como sigue: Secretaría de la Convención de Ramsar, 2010. Asociaciones de colaboración: Asociaciones de colaboración clave para la aplicación de la Convención de Ramsar. Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4ª edición, vol. 5. Secretaría de la Convención de Ramsar, Gland (Suiza). Queda autorizada la reproducción de los datos contenidos en esta publicación con fines educativos y otros fines no comerciales sin permiso previo de la Secretaría de Ramsar, siempre que se cite como es debido.

Editor de la serie: Dave PritchardSupervisor de la serie: Nick

DavidsonDiseño y formato: Dwight Peck

Foto de portada: El Día Mundial de los Humedales, Parque Nacional Huatulco Ramsar Site, Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, Mexico

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anua

l 5Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales

4a. edición, 2010

Asociaciones de colaboraciónAsociaciones de colaboración clave para la aplicación de la Convención de Ramsar

Esta 4a. edición de los manuales Ramsar sustituye a la serie publicada en 2007 e incluye las orientaciones pertinentes aprobadas por la Conferencia de las Partes en varias reuniones,

particularmente la COP7 (1999), la COP8 (2002), la COP9 (2005), y la COP10 (2008) así como algunos documentos de antecedentes presentados en dichas Conferencias.

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

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AgradecimientosMerecen una mención especial los dos colaboradores iniciales del sector privado de la Convención de Ramsar, el Grupo Danone y Star Alliance, que llevaron a cabo la labor precursora que tanto ha ayudado a preparar el terreno para el pensamiento más general que ahora se refleja en el presente Manual. Durante 10 años el Grupo Danone ha apoyado con generosidad las actividades de comunicaciones de la Secretaría, financiando incluso los materiales para el Día Mundial de los Humedales y el Premio Especial Evian asociado al Premio a la Conservación de los Humedales que se concede cada tres años; y Star Alliance, mediante su asociación “Biosphere Connections”, ha resultado sumamente valiosa como apoyo de los viajes de delegados que están patrocinados para asistir a las reuniones de Ramsar.

La Secretaría y el Comité Permanente de Ramsar colaboraron durante 2008 para elaborar las orientaciones sobre asociaciones con el sector empresarial que finalmente fueron aprobadas por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 10a. reunión y que aquí se presentan.

Asimismo se debe agradecer a las muchas organizaciones internacionales, acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente, órganos técnicos, organizaciones no gubernamentales y otras entidades con los que la Convención de Ramsar posee arreglos de colaboración por la función continua que desempeñan para hacer de la Convención un ámbito de actividad con una base más amplia de la que tendría sin ellos. Sus contribuciones, y la experiencia en este tipo de colaboración acumulada con el curso de los años, han sido el fundamento principal de otros aspectos de las orientaciones reflejados en el presente Manual. El sistema único de “Organizaciones Internacionales Asociadas” de la Convención es, por supuesto, una parte fundamental de ello, y las OIA siempre han gozado de gran estima por su largo historial de apoyo.

Todas las decisiones de las COP de Ramsar figuran en el sitio web de la Convención www.ramsar.org/resolutions. Los documentos de antecedentes mencionados en estos manuales

figuran en www.ramsar.org/cop7-docs, www.ramsar.org/cop8-docs, www.ramsar.org/cop9-docs, y www.ramsar.org/cop10-docs.

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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Índice

Agradecimientos

Cómo aprovechar al máximo el presente Manual

Prefacio

Asociaciones de colaboración clave para la aplicación de la Convención de Ramsar

1. Acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y otras instituciones

2. Las Organizaciones Internacionales Asociadas de la Convención de Ramsar

3. Otros interesados directos

4. El sector empresarial

Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial

Objetivos Principios generales Criterios para identificar un posible asociado privado a la Convención de Ramsar Principios específicos

Resoluciones pertinentes

Resolución VII.3: Asociaciones con organizaciones internacionalesResolución X.11: Asociaciones de colaboración y sinergias con Acuerdos Multilaterales sobre

Medio Ambiente y otras institucionesResolución X.12: Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector

empresarial

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Cómo aprovechar al máximo el presente Manual

Los Manuales en general

La finalidad de los Manuales de Ramsar es organizar el material de orientación a partir de las decisiones pertinentes adoptadas por las Partes Contratantes a lo largo de los años, con arreglo a determinados temas. De este modo se ayuda a los profesionales a aplicar la práctica idónea acordada internacionalmente en la forma que resulte más conveniente y que más naturalmente se adapte al propio entorno de trabajo cotidiano.

El público de los Manuales comprende el personal nacional y local de los departamentos, ministerios y organismos gubernamentales que actúan como Autoridades Administrativas para la Convención de Ramsar en los países. Son usuarios igualmente importantes de estos Manuales los administradores de determinadas zonas de humedal, con lo que algunos aspectos de las orientaciones están específicamente dedicados al manejo de sitios.

Las orientaciones han sido adoptadas por los Estados en su conjunto y, cada vez con mayor frecuencia, abordan las funciones esenciales de otros sectores distintos a los del “medio ambiente” o el “agua”. Por consiguiente, es muy importante que todos aquellos cuyas acciones puedan beneficiar o afectar al uso racional de los humedales utilicen estos Manuales.

Por consiguiente, un primer paso fundamental que se debería dar en cada país es difundir adecuadamente estos Manuales entre quienes los necesiten o puedan beneficiarse de ellos. Se pueden adquirir ejemplares de forma gratuita en formato PDF solicitándolos a la Secretaría de Ramsar, en los tres idiomas de la Convención, en CD-ROM, o descargándolos en el sitio web de la Convención (www.ramsar.org).

Hay otras medidas que convendría adoptar desde un principio, según el contexto particular; concretamente se deberían aclarar las líneas jerárquicas y comprobar activamente el modo en que se compatibilizan los términos utilizados y los enfoques descritos con la propia autoridad del lector, las circunstancias de operación y las estructuras organizativas.

Buena parte del texto se puede utilizar en sentido proactivo, como base para la elaboración de marcos de políticas, planes y actividades, a veces mediante una sencilla traslación de las secciones pertinentes a los materiales nacionales y locales.

También se puede utilizar en sentido reactivo como fuente de ayuda e ideas para responder a los problemas y oportunidades, dirigiendo los temas en función de la necesidad de los usuarios.

Se ofrecen abundantes referencias, fuentes originales y lecturas adicionales: el Manual a menudo no será la “última palabra”, pero ofrece una guía muy funcional hacia otras fuentes de información y apoyo.

La dirección estratégica de la Convención de Ramsar está facilitada por el Plan Estratégico (su última versión, el Plan Estratégico 2009-2015, fue adoptada en 2008 por la COP10 como Resolución X.1). Todos los marcos de aplicación temáticos, incluidos los Manuales, encajan en el contexto de los objetivos y estrategias del Plan, en el que también se subrayan las prioridades para el período abarcado.

En esta cuarta edición de los Manuales, las adiciones y supresiones en los lineamientos originales que se piden en los resultados de la COP8, la COP9 y la COP10, se muestran entre corchetes […]. La serie de Manuales se actualiza después de cada reunión de la Conferencia de las Partes, y, con miras a perfeccionar cada nueva edición, siempre se agradece recibir (en la Secretaría de Ramsar) informaciones sobre la experiencia de los usuarios.

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El presente Manual (Asociaciones de colaboración)

La Estrategia 1.10 del Plan Estratégico de Ramsar para 2009-2015, sobre el “Sector privado”, encarna el compromiso de:

“Promover la participación del sector privado en la conservación y el uso racional de los humedales”, e incluye las siguientes áreas de resultados clave, que se deberán lograr para 2015:

“1.10.i - El sector privado habrá avanzado considerablemente en la aplicación de los conceptos y enfoques relativos a la conservación y el uso racional de los humedales conforme a las orientaciones de Ramsar . . . y otras orientaciones pertinentes sobre las actividades e inversiones que afecten a los humedales.

1.10.ii - Mayor participación del sector privado en el uso racional de los humedales y en el manejo de los sitios Ramsar.

1.10.iii - Se habrá difundido material para concienciar al público con el fin de que los consumidores puedan adoptar decisiones inocuas para los humedales.”

La Estrategia 3.1, sobre Asociaciones de colaboración y sinergias con acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y otros organismos intergubernamentales, consiste en “trabajar en asociación con acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente (AMMA) internacionales y regionales y otros organismos intergubernamentales”. Asociadas a esta estrategia hay cinco áreas de resultados clave que se deberán lograr para 2015, sobre cuestiones que incluyen planes de trabajo conjunto, iniciación de nuevos enfoques de asociación, y armonización de los sistemas de gestión de la información y de presentación de informes.

La Estrategia 4.4, sobre “Colaboración con las OIA y otras entidades” consiste en “maximizar las ventajas que reporta colaborar con las Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) de la Convención y otras entidades”. Asociadas a esta estrategia hay tres áreas de resultados clave que abarcan memorandos de entendimiento; apoyo a la labor científica, técnica y normativa de la Convención; y contribución a movilizar asociaciones de colaboración en relación con cuestiones altamente prioritarias para la Convención.

En cada sección del presente Manual, además de las orientaciones adoptadas por las Partes como anexos a las Resoluciones de la COP, se exponen los compromisos de aplicación pertinentes suscritos por las Partes Contratantes en la Conferencia de las Partes.

El texto del presente Manual se ha elaborado principalmente a partir de la Resolución X.12 y su Anexo, junto con fragmentos de otras Resoluciones, y esencialmente refleja las decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes Contratantes. El Manual también recoge otra información referente al tema tratado. Las opiniones expresadas en esa información adicional no reflejan forzosamente las de la Secretaría de Ramsar ni las de las Partes Contratantes, y el Manual incluye materiales que no han sido suscritos por la Conferencia de las Partes.

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PrefacioDurante una buena parte de su historia reciente, la Convención de Ramsar existió en una forma que hoy en día sería impensable para ninguna organización parecida, sin disponer de Secretaría ni de un presupuesto básico oficial. Aunque los anteriores son desde hace tiempo elementos propios del funcionamiento de la Convención, la Secretaría sigue siendo desproporcionadamente pequeña, y esto, unido al modo inicial de funcionamiento, quizás explique la fuerte idiosincrasia de Ramsar de “trabajo en colaboración” que caracteriza gran parte del enfoque que aplica a la realización de sus actividades. La Convención posee un abultado historial en el logro de los apoyos y “efectos multiplicadores” que se necesitan para abordar su abrumadora misión, a través de toda una variedad de colaboraciones y asociaciones imaginativas.

Algunas de esas colaboraciones se relacionan con el número cada vez mayor de arreglos de trabajo conjunto concertados con otras organizaciones e iniciativas internacionales, incluidos otros acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente (AMMA) relacionados con la conservación del ecosistema, la biodiversidad y el manejo sostenible de recursos. La Convención de Ramsar tiene un rol principal y ofrece un buen liderazgo en distintos aspectos de los notables esfuerzos desplegados en los últimos años de cara a la armonización y el logro de sinergias en el desarrollo de políticas, establecimiento de prioridades, gestión del conocimiento y la información, y evaluación del desempeño entre los AMMA. Esto implica tanto la coordinación a nivel mundial como la coordinación entre los organismos de aplicación de las Partes Contratantes en los planos regional, nacional y local.

La Convención sobre los Humedales es única por su sistema de “Organizaciones Internacionales Asociadas” (OIA) oficialmente nombradas, que incluye cuatro organizaciones no gubernamentales que fueron decisivas para fundar la Convención a finales de los años 1960, y que hoy continúan desempeñando una serie de funciones esenciales, junto con el Instituto Internacional para el Manejo del Agua, que en 2005 se convirtió en la quinta OIA. Esos órganos forman parte integral del funcionamiento de muchos aspectos de la Convención a todos los niveles, y su inestimable contribución es un modelo muy particular de trabajo en colaboración del que Ramsar fue precursor.

El sector privado también supone un ámbito muy importante de las interacciones colaborativas, tanto para el apoyo material (incluido el apoyo financiero) de la labor de la Convención como para la consecución directa de sus objetivos, respecto del manejo empresarial de la tierra y los recursos, los comportamientos del mercado de consumo, la influencia en las políticas públicas y la participación de las comunidades. En este aspecto también existen ejemplos innovadores en la historia de Ramsar, especialmente en lo tocante a las asociaciones de colaboración con el Grupo Danone y Star Alliance. En 2008 las Partes Contratantes de la Convención abordaron esta cuestión de un modo más general y adoptaron los Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial en el Anexo a la Resolución X.12.

Cada una de estas dimensiones queda reflejada en el presente Manual, donde se capta una importante y positiva visión instantánea de esta esfera del desarrollo de la Convención en rápida evolución.

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Asociaciones de colaboración clave para la aplicación de la Convención de Ramsar

Nota: los párrafos del texto explicativo en las siguientes secciones 1 a 4 han sido preparados por la Secretaría y no comprenden textos adoptados por la Conferencia de las partes (COP).

1. Acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y otras instituciones

1. En el Objetivo 7.2 del Plan Estratégico 1997-2002 se especificó un espectro de acciones para fortalecer y formalizar vínculos con otras convenciones internacionales y/o regionales sobre el medio ambiente, y desde entonces no ha dejado de crecer la variedad de arreglos y actividades de colaboración con las convenciones y otras instituciones que desempeñan su labor en ámbitos que atañen a la conservación y el uso racional de los humedales. Tales arreglos han dado lugar no solo a contactos, sino también a una mejor coherencia y compatibilidad entre los diferentes regímenes. A raíz de ello se han logrado sinergias eficaces a nivel mundial, regional, nacional y local, especialmente cuando los objetivos son similares, y las capacidades y oportunidades, complementarias.

2. En las Resoluciones VII.4 (COP7, 1999), VIII.5 (COP8, 2002), IX.5 (COP9, 2005) y X.11 (COP10, 2008) se han definido progresivamente las actitudes positivas de Ramsar sobre estas cuestiones. (Véase la sección sobre las “Resoluciones pertinentes” al final del presente Manual para consultar el texto de la Resolución X.11.) En muchos casos los arreglos de asociación se conciertan en el marco de un memorando de cooperación o de entendimiento, y también a veces mediante un plan de trabajo conjunto (véase la sección 3 más adelante).

3. En el caso del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), por ejemplo, ya se han establecido cuatro Planes de Trabajo Conjunto sucesivos, el último de los cuales abarca el período 2007-2010. En la Decisión III/21 de la COP del CDB de 1996 se estableció que Ramsar era su “principal socio en la aplicación” en las cuestiones relativas a los humedales (función que es aplicable a todos los programas de trabajo, cuestiones transversales y otras actividades del CDB relacionadas con los humedales). En su Decisión VIII/15, la COP del CDB invitó a Ramsar a contribuir a la aplicación de las metas adoptadas para los programas de trabajo sobre diversidad biológica marina y costera y diversidad biológica de las aguas continentales, a supervisar el progreso hacia ellas y a elaborar las metas más a fondo. En la Decisión VIII/20 se invitó a Ramsar a explorar los medios de mejorar los mecanismos para evaluar los ecosistemas de aguas continentales, incluidos los impulsores del cambio, y a dirigir la elaboración de un marco de presentación armonizada de informes sobre la diversidad biológica de las aguas continentales destinado a ambas convenciones.

4. La cooperación entre los convenios y convenciones relacionados con la biodiversidad se resumió en el Documento de información DOC. 23 para la COP9 de Ramsar de 2005 sobre Opciones para mejorar la cooperación entre las convenciones relacionadas con la diversidad biológica, preparado conjuntamente por las secretarías de las convenciones que participaron en el Grupo de

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Enlace sobre la Diversidad Biológica. Este Grupo se creó mediante la Decisión VII/26 en la séptima COP del CDB en 2004: el Grupo se convoca por el Secretario Ejecutivo del CDB y en él participan los Directores Ejecutivos del CDB, la Convención sobre las Especies Migratorias, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas, la Convención de Ramsar y la Convención sobre el Patrimonio Mundial (véase http://www.cbd.int/cooperation/related-conventions/blg.shtml ). En su programa se consideran opciones para desarrollar procesos armonizados de presentación de informes en el marco de las convenciones (opciones que también se examinan en los Documentos de Información DOC. 29 y DOC. 32 para la COP9 de Ramsar, disponibles en www.ramsar.org/cop9-docs).

5. Los convenios y convenciones relacionados con la diversidad biológica también mantienen un sitio web conjunto en la dirección http://www.cbd.int/blg/ .

Compromisos de aplicación pertinentes suscritos por las Partes Contratantes en las Resoluciones de la COP

Resolución X.11: Asociaciones de colaboración y sinergias con Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente y otras instituciones

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

11. PIDE a la Secretaría que siga cooperando estrechamente con las convenciones y los convenios pertinentes en virtud de su condición de observadora en el Grupo mixto de enlace de los tres Convenio de Río . . . y mediante la labor del Grupo de Gestión Ambiental (GGA) del PNUMA . . .;

12. PIDE TAMBIÉN a la Secretaría que continúe participando plenamente en las actividades del Grupo de Enlace sobre la Diversidad Biológica, creado bajo la égida del CDB, y que informe regularmente al Comité Permanente sobre los progresos realizados por este Grupo;

14. INVITA a la Secretaría a seguir desarrollando relaciones de cooperación con organismos de las Naciones Unidas . . ., así como con otras organizaciones intergubernamentales pertinentes . . . ; y a procurar reducir las actividades duplicadas;

16. ALIENTA a la Secretaría a que establezca y fortalezca asociaciones para desarrollar relaciones de trabajo más estrechas con los grupos regionales intergubernamentales . . . con miras a reforzar el papel de la Convención en esas regiones;

17. SOLICITA TAMBIÉN a la Secretaría que entable relaciones laborales y consultivas más estrechas con las instituciones financieras . . ., con el fin de facilitar a las Partes en la Convención un mayor acceso a esos recursos;

20. PIDE al Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) que, en el marco del tiempo y los recursos disponibles, intercambie información y coordine sus actividades con los órganos subsidiarios equivalentes de otros AMMA y foros regionales pertinentes . . .;

25. INSTA a las Partes Contratantes a adoptar medidas activas en el plano nacional para intensificar la relación y la colaboración regulares entre las Autoridades Administrativas y los coordinadores de Ramsar, por un lado, y los coordinadores responsables de las convenciones y acuerdos conexos, por otro, incluso mediante su inclusión, si procede, en los Comités Nacionales Ramsar/de Humedales, con el fin de velar por que las respuestas nacionales a las cuestiones ambientales mundiales concuerden lo más posible con los objetivos y valores de la Convención de Ramsar;

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2. Las Organizaciones Internacionales Asociadas de la Convención de Ramsar

6. La Convención colabora muy estrechamente con cuatro organizaciones no gubernamentales (ONG) que han estado asociadas al tratado desde sus comienzos – BirdLife International, UICN-Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, Wetlands International, y WWF International. En la Resolución VII.3 (COP7, 1999) se confirmó que esas cuatro organizaciones gozaban de la condición oficial de Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) de la Convención. En la Resolución IX.16 (COP9, 2005), las Partes aprobaron la adición del Instituto Internacional para el Manejo del Agua como la quinta organización asociada oficial de la Convención, basándose en que cumplía los criterios adoptados en la Resolución VII.3.

7. Las OIA prestan un apoyo inestimable a la labor de la Convención a nivel mundial, regional, nacional y local, sobre todo ofreciendo asesoramiento técnico especializado, asistencia para la aplicación sobre el terreno y apoyo financiero, tanto por conducto de las dependencias de sus respectivas sedes como de sus oficinas y filiales nacionales y regionales y de sus redes de expertos. Además, ellas mismas encarnan la doctrina de la Convención de Ramsar y su concepto de uso racional y apoyan la aplicación de los lineamientos de Ramsar en la propia labor que realizan en todo el mundo. Las OIA participan también regularmente como observadoras en todas las reuniones de la Conferencia de las Partes y del Comité Permanente, y como miembros plenos del Grupo de Examen Científico y Técnico.

8. En el Anexo a la Resolución VII.3 sobre Asociaciones con organizaciones internacionales, las Partes adoptaron las Normas para la concesión de la condición de Organización Internacional Asociada a la Convención sobre los Humedales, mencionadas anteriormente, del modo siguiente:

i) Se espera que las organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, reconocidas formalmente como Asociadas a la Convención sobre los Humedales por la Conferencia de las Partes Contratantes contribuirán regularmente y con el máximo de sus posibilidades a fomentar el desarrollo de las políticas y los instrumentos técnicos y científicos de la Convención y su aplicación.

ii) Se invitará a las organizaciones asociadas a participar en calidad de observadoras y como asesoras en todas las actividades de la Convención, con inclusión de las reuniones de la Conferencia de las Partes Contratantes, el Comité Permanente y el Grupo de Examen Científico y Técnico, así como en las reuniones regionales y subregionales.

27. PIDE que la colaboración entre la Secretaría y otras convenciones contemple la armonización de sus necesidades en materia de presentación de informes con miras a aligerar el volumen de trabajo de las Partes Contratantes.

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iii) También se podrá invitar a las organizaciones asociadas, en caso necesario, a que contribuyan a la evaluación de propuestas de proyectos y la ejecución de proyectos y evaluación de sus resultados, así como a participar en la elaboración de los instrumentos normativos, técnicos y/o científicos para la aplicación de la Convención.

iv) En consecuencia, la condición de Organización Asociada se concederá a organizaciones internacionales intergubernamentales y no gubernamentales teniendo en cuenta las siguientes características:

• Tener un programa de actividades de alcance mundial o que al menos abarque numerosos países en una o más regiones del mundo.

• Tener una declaración de propósitos que de manera explícita o mediante una clara referencia incluya la conservación y el uso sostenible de los humedales.

• Tener un historial de experiencia en la prestación de apoyo y/o la ejecución de proyectos sobre el terreno que contribuyan a la conservación y al uso sostenible de los humedales.

• Haber demostrado experiencia en la ejecución de operaciones asociadas, tales como la capacitación y la educación, los conocimientos técnicos y/o científicos especializados, la elaboración de políticas y/o la evaluación y estudio, particularmente cuando esas operaciones aporten nuevos

Miembros de la Secretaría de Ramsar y representantes de las OIA se reúnen para establecer las futuras prioridades de colaboración, Gland, septiembre de 2010.

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beneficios adicionales al funcionamiento de la asociación con Ramsar.

• Tener una reputación positiva por su voluntad y capacidad de cooperar con órganos nacionales e internacionales, incluidos los gubernamentales y los no gubernamentales.

• Haber declarado su disposición a contribuir activamente y de manera regular al fomento de la elaboración de políticas e instrumentos de la Convención sobre los Humedales y a su aplicación sobre el terreno, particularmente prestando ayuda a las Partes Contratantes para cumplir sus obligaciones dimanantes de la Convención.

• Estar dispuestas a suscribir un Memorando de Cooperación con la Secretaría de la Convención, en el que se expresará plenamente el acuerdo de asociación.

9. En la Resolución IX.16 sobre Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) a la Convención, las Partes, a raíz de la aprobación del IWMI como la quinta OIA, “[alentaron] a otras organizaciones pertinentes que [estuvieran] interesadas [a que estudiaran] la posibilidad de solicitar la condición de OIA a la Convención”, y también “[pidió] al Comité Permanente que examin[ara] periódicamente la labor de apoyo de las OIA para aplicar la Convención, y que inform[ara] de esos exámenes a la Conferencia de las Partes Contratantes”.

10. En distintas áreas de resultados clave particulares del Plan Estratégico de la Convención (Resolución X.1) y en su Programa de comunicación, educación, concienciación y participación (CECoP) (Resolución X.8 y Manual 6, 4ª edición), las OIA son consideradas como agentes fundamentales responsables, junto con otros órganos de la Convención, de la aplicación de las áreas de resultados clave según proceda.

11. Para más información sobre las Organizaciones Internacionales Asociadas, sírvase consultar http://www.ramsar.org/cda/en/ramsar-about-ramsar-partners/main/ramsar/1-36-57_4000_0__.

3. Otros interesados directos

Compromisos de aplicación pertinentes suscritos por las Partes Contratantes en las Resoluciones de la COP

Resolución VII.3: Asociaciones con organizaciones internacionales

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

7. DECIDE que las organizaciones internacionales interesadas en ser reconocidas formalmente como Asociadas a la Convención deben presentar una solicitud a la [Secretaría] de la Convención para su inclusión en el orden del día de la próxima reunión del Comité Permanente, que a su vez formulará una recomendación a la Conferencia de las Partes para la adopción de una decisión definitiva.

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

12. Anteriormente ya se ha hecho mención de los Memorandos de Entendimiento y de Cooperación que se han concertado entre la Convención de Ramsar y otras convenciones y organizaciones internacionales. Entre aquellos cabe destacar los siguientes (cuando también existe un plan de trabajo conjunto, se indica con un asterisco):

Acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente (AMMA)

• Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) *• Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de

Animales Silvestres (Convención de Bonn) * (el Plan de Trabajo Conjunto incluye el Acuerdo sobre la conservación de las aves acuáticas migratorias de África y Eurasia, AEWA)

• Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África

• Convención sobre la protección del patrimonio mundial cultural y natural (UNESCO, Convención sobre el Patrimonio Mundial)

• Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe (Convenio de Cartagena)

• Oficina de Coordinación del Plan de Acción para el Mediterráneo de la Secretaría del Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona)

• Convenio Marco sobre la protección y el desarrollo sostenible de los Cárpatos (“Convenio de los Cárpatos”)

Organismos y programas de las Naciones Unidas

• Programa sobre el Hombre y la Biosfera de la UNESCO *• Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo

(UNCTAD)• Secretaría del Programa Regional del Pacífico Sur para el Medio

Ambiente (SPREP)1

• Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio Ambiente Marino contra Actividades basadas en Tierra (GPA)

• Dependencia Conjunta de Medio Ambiente PNUMA/OCAH de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCAH) de las Naciones Unidas

• Organización Mundial del Turismo de las Naciones Unidas• Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación del PNUMA

Comisiones y autoridades de cuencas hidrográficas

• Comisión Internacional para la Protección del Río Danubio• Comisión de la Cuenca del Lago Chad• Autoridad de la Cuenca del Níger• Comisión Internacional de la Cuenca del Congo-Oubangui-Sangha

(CICOS)

1 Se concertó un Plan de Trabajo Conjunto para 2002-2003, pero no se renovó posteriormente, aunque desde entonces continúa la relación fructífera.

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Organizaciones Internacionales Asociadas

• BirdLife International• Instituto Internacional para el Manejo del Agua, IWMI• UICN – Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza• Wetlands International• WWF International

Organizaciones científicas, técnicas y de otra índole

• Agencia Europea de Medio Ambiente• Sistema Mundial de Observación Terrestre• Wetland Link International (Wildfowl and Wetlands Trust)• Asociación Mundial de Zoológicos y Acuarios (WAZA)• Sociedad de Científicos especializados en Humedales• Instituto Oceánico Internacional• The Nature Conservancy• Eurosite• Center for International Earth Science Information Network,

Universidad de Columbia (Estados Unidos de América) y Wetlands International (acuerdo tripartito)

• Asociación Internacional para la Evaluación del Impacto• Ducks Unlimited (Estados Unidos de América, Canadá y México)• Fundación Global Nature• Facultad de Derecho de la Universidad de Stetson• Banco Mundial (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento)

Sector empresarial

• Grupo Danone, para el Proyecto Evian de Ramsar

• Red de Aerolíneas Star Alliance

Se pueden consultar los textos de esos documentos en www.ramsar.org/mous.

13. El Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) de Ramsar se beneficia no solo de su conjunto básico de expertos temáticos designados, miembros de redes regionales y OIA de Ramsar, sino también de la participación como observadores de un nutrido grupo de otros órganos y organizaciones a los que se invita a colaborar en la labor del GECT en los asuntos de interés común. La lista de observadores invitados del GECT para el período 2009-2012 fue establecida por las Partes en la Resolución X.9 de la COP10 (2008), según figura a continuación:

• el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)

• el Consejo Científico de la Convención sobre las Especies Migratorias (CMS)

• el Comité de Ciencia y Tecnología de la Convención de Lucha contra la Desertificación (CLD)

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

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• el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Técnico de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)

• las Secretarías del CDB, la CMS, la CITES, la Convención de Lucha contra la Desertificación, la CMNUCC, el Convenio para la protección del patrimonio mundial cultural y natural, el Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la UNESCO, el “Convenio del Agua” de la CEPE y el Tratado Antártico

• la Secretaría del Grupo intergubernamental de expertos sobre el cambio climático (IPCC)

• la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

• el Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (CMMC) del PNUMA (CMMC-PNUMA)

• la Organización Mundial de la Salud (OMS)• la Society of Wetland Scientists (SWS)• el Comité de Coordinación para los Lineamientos para la acción mundial

sobre las turberas• la Asociación Internacional de Evaluación del Impacto (IAIA)• la Red Internacional de Organismos de Cuenca (RIOC)• The Nature Conservancy (TNC)• Ducks Unlimited (DU)

El Secretario General de Ramsar, Anada Tiega, y el Director del Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación del PNUMA, Jon Hutton, firman un Memorando de Cooperación entre sus organizaciones,

junio de 2010.

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

15

• la Asociación Mundial para el Agua• Wildfowl and Wetlands Trust (WWT)• la Society for Ecological Restoration (SER)• la International Society for Ecological Economics (ISEE)• la Agencia Espacial Europea – ESRIN (ESA-ESRIN)• la Agencia Espacial Japonesa (JAXA)• el Instituto para la educación sobre el agua UNESCO-IHE

14. Otro aspecto de las asociaciones que es fundamental para la labor de la Convención tiene que ver con los grupos comunitarios, los pueblos indígenas y otros interesados a nivel local, y se desarrolla en otro Manual de Ramsar.

4. El sector empresarial15. A partir de la pionera relación de colaboración que comenzó en 1998 entre la

Convención de Ramsar y el Grupo Danone y su compañía de agua Evian, la Convención ha gozado de oportunidades para ampliar su base de recursos y sus actividades al desarrollar relaciones con el sector empresarial que han resultado mutuamente beneficiosas.

16. El Grupo Danone, a través de la “Iniciativa Evian” y, más recientemente, de otros programas, ha prestado un generoso apoyo financiero a los esfuerzos desplegados por la Convención para concienciar acerca de la importancia de los recursos hídricos entre los encargados de adoptar decisiones y el público, cuya manifestación más visible ha sido la producción anual de materiales para el Día Mundial de los Humedales y el Premio Especial Evian que acompaña a los Premios Ramsar a la Conservación de los Humedales. En 2008 el Grupo Danone, la UICN y Ramsar establecieron otra asociación de colaboración, el Fondo Danone para la Naturaleza, con objeto de colaborar en la creación y puesta en práctica de mecanismos de almacenamiento y compensaciones de carbono en los humedales, especialmente en los manglares.

17. Otro ejemplo de estas relaciones es la Red de Aerolíneas Star Alliance, la cual ha establecido un acuerdo de asociación con un grupo de organizaciones internacionales que promueven la sostenibilidad ambiental, entre las que se incluye la Convención de Ramsar, el Programa sobre el Hombre y la Biosfera de la UNESCO, y la UICN – Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. La iniciativa tiene como objetivo promover la conservación de la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos naturales, y gracias a ella la Convención se beneficia de viajes subvencionados para que los delegados de las Partes, especialmente los de países en desarrollo, puedan asistir a las reuniones y conferencias. Para más información sobre ambos ejemplos, sírvase consultar

Consulte el Manual 7, Aptitudes de participación

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

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http://www.ramsar.org/cda/en/ramsar-about-ramsar-private-sector/main/ramsar/1-36-50_4000_0__.

18. En los Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial, adoptados como Anexo a la Resolución X.12 (COP10, 2008), figura una relación completa de los objetivos perseguidos con esas relaciones desde el punto de vista de la Convención. Esos principios rigen el presente y futuro de ese tipo de acuerdos. En los párrafos 19 a 44 que siguen a continuación se reproduce el texto del Anexo a la Resolución.2

2 Nota: la numeración de esos párrafos continúa directamente de los párrafos precedentes del presente Manual y, por consiguiente, difiere de la numeración adoptada en el Anexo original de la Resolución X.12.

Materiales del Día Mundial de los Humedales de 2010 preparados con el generoso apoyo del Grupo Danone.

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial

(adoptados como Anexo a la Resolución X.12 por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 10a. reunión, Changwon, República de Corea, 2008)

19. Las Partes Contratantes de Ramsar alientan a la Secretaría a que pongan en práctica los principios orientadores que figuran a continuación y sigan estableciendo asociaciones con el sector empresarial, conforme al espíritu de la Estrategia 1.10 del Plan Estratégico para 2009-2015, a fin de fomentar la cooperación con vistas al mantenimiento de los valores ecológicos de los humedales, como condiciones favorables para el desarrollo sostenible.

Objetivos

20. [Los objetivos son los siguientes]:

• Mejorar las prácticas empresariales ambientalmente sostenibles, intensificando el diálogo y la comprensión de los beneficios socioeconómicos y las oportunidades empresariales que ofrecen los servicios de ecosistemas de los sistemas de humedales plenamente funcionales.

• Ampliar la base de recursos de la Convención y sus actividades estableciendo relaciones mutuamente beneficiosas con el sector empresarial.

• Promover el compromiso directo del sector empresarial con la conservación y el uso racional de los humedales.

• Facilitar el diálogo entre las empresas y los principales interesados directos de los humedales, en particular los gobiernos y las comunidades pertinentes, con miras a generar confianza, y estimular y desarrollar determinadas actividades de asociación.

• Aumentar las inversiones locales, nacionales y regionales en la promoción de la conservación, uso racional, restauración y rehabilitación de humedales.

• Fomentar una mejor comprensión de los valores de los humedales y de la misión de la Convención.

• Fortalecer e intensificar las sinergias entre las necesidades ecológicas para el desarrollo sostenible y los beneficios socioeconómicos derivados del manejo racional de los humedales.

• Examinar nuevas esferas de cooperación y elaborar medidas de sostenibilidad adecuadas a fin de mejorar la cooperación entre el gobierno y el sector privado en el plano nacional.

• Identificar y aplicar métodos para compensar de forma innovadora la pérdida de humedales, en la medida de lo posible en las mismas áreas que desempeñen las mismas funciones ecológicas, en conformidad con la Convención.

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21. Las principales expectativas del establecimiento de asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector privado son las siguientes:

• elaborar una estrategia convenida para las mejores prácticas; • realizar actividades positivas de forma conjunta; • beneficiarse mutuamente de los resultados de las actividades conjuntas.

Principios generales

22. Cada vez existe un mayor reconocimiento de que el sector empresarial no forma parte únicamente de los problemas ambientales, sino que también puede formar parte de las soluciones, y de que el desarrollo sostenible puede lograrse más fácilmente mediante compromisos e interacciones entre los gobiernos y la sociedad civil, incluyendo a comunidades locales, individuos influyentes y empresas privadas.

23. Las Partes Contratantes reconocen que las actividades empresariales no sostenibles y la creciente pobreza en varias partes del planeta son algunas de las causas profundas de la degradación ambiental, pero igualmente reconocen que el papel cada vez más primordial de la globalización y el crecimiento económico también supone a veces una fuente de grandes oportunidades.

Criterios para identificar un posible asociado privado a la Convención de Ramsar

24. El criterio fundamental es el compromiso de la empresa, con inclusión de sus filiales, de fortalecer, y en ningún caso debilitar, la integridad y reputación de la Convención de Ramsar y su capacidad para llevar a cabo su misión en conformidad con las decisiones de la Conferencia de las Partes Contratantes.

25. El segundo criterio es el apoyo a la misión de la Convención por la empresa que se asocia a Ramsar y el reconocimiento de que la sostenibilidad ambiental es una de las condiciones esenciales para el sustento de la vida y la salud humana.

26. El tercer criterio es el compromiso de incorporar el concepto de sostenibilidad ambiental en sus prácticas empresariales existentes así como de elaborar y adoptar nuevas estrategias que incorporen la conservación y el uso racional de los humedales entre las principales preocupaciones de la empresa.

Principios específicos

27. Es imprescindible que la Secretaría adquiera una comprensión completa de la empresa, evalúe la adecuación de los posibles esfuerzos de colaboración, y comprenda las posibilidades que existen de beneficio mutuo así como los posibles aspectos perjudiciales. Debe prestarse atención a evaluar las actividades del asociado potencial en todo el mundo y el talante de sus estrategias empresariales, y no sólo en la esfera más inmediata de la relación propuesta, con objeto de evitar toda posible situación embarazosa para la Convención.

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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28. La evaluación del posible establecimiento de una iniciativa de asociación debería tener presentes los beneficios mutuos inmediatos y a corto y largo plazo, así como todos los posibles aspectos perjudiciales.

29. Se debe evaluar detenidamente todo posible aspecto perjudicial de una iniciativa de asociación, teniendo en cuenta las posibles causas inmediatas, subyacentes y profundas de malentendidos que pudieran dañar la integridad de la Convención. En caso de que se identifiquen aspectos negativos, debería reconsiderarse la asociación o bien cancelarse.

30. Debería prestarse atención a evitar asociaciones que exijan exclusividad e impedir otras asociaciones de carácter similar.

31. Toda sugerencia acerca de una posible asociación de Ramsar con el sector empresarial se debe examinar y evaluar, en primer lugar, en la Secretaría y, posteriormente, en el Grupo de Trabajo Administrativo del Comité Permanente. Tras una evaluación preliminar de toda iniciativa que se proponga con el sector empresarial, la Secretaría se encargará de entablar las consultas necesarias para conseguir la aprobación del Comité Permanente con miras a seguir fortaleciendo la nueva relación de asociación. Además, debería enviarse una notificación a todas las Partes Contratantes. En caso de que un Parte contratante interpusiera una objeción, la cuestión debería remitirse a la siguiente Conferencia de las Partes.

32. En toda iniciativa con el sector empresarial, la Secretaría también debería consultar a todas las Partes Contratantes que proceda para garantizar que se mantiene plenamente informadas a las Autoridades Administrativas pertinentes y que se cuenta con su acuerdo sobre la iniciativa.

33. Se debería prestar la debida consideración a los programas de cooperación técnica y de fortalecimiento de capacidades en cualquier actividad de colaboración planificada con el sector empresarial.

34. Los acuerdos firmados deberían incluir un marco de monitoreo y evaluación para facilitar la evaluación periódica de la efectividad de la asociación así como recomendaciones puntuales para mejorar los resultados, y se debería concebir algún mecanismo al efecto – todos los acuerdos de asociación deberían incluir una línea presupuestaria con el fin de proporcionar los recursos necesarios para llevar a cabo ese proceso.

35. Las empresas privadas que se asocian con la Convención de Ramsar deberían armonizar sus esfuerzos con las políticas de la Convención de Ramsar y asistir a las Partes Contratantes para lograr la aplicación de la Convención, en la medida en que los recursos lo permitan.

36. Cuando se establezca una asociación con una empresa comercial, se debería prestar atención a que los oficiales superiores de la empresa y las dependencias operacionales de ésta sean plenamente conscientes de lo que supone la relación y la apoyen. Los representantes de Ramsar deben llegar a comprender claramente las culturas de las organizaciones y lo que les motiva a comprometerse a apoyar la conservación y el uso racional de los humedales.

37. Debe prestarse atención desde un principio a que en las asociaciones se llegue a un pleno acuerdo respecto de los objetivos, los posibles beneficios

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

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para ambas partes, y los ámbitos de posible fricción y conflicto que se deben evitar.

38. Las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial podrían adoptar alguna de las formas que siguen a continuación; por ejemplo:

a) suministro de información oficiosa acerca de cuestiones relativas a los humedales para mejorar la comprensión de las tendencias de los humedales en un área geográfica o profesional determinada;

b) suministro de información oficial acerca de los impactos positivos y negativos en los humedales en un área geográfica determinada;

c) compromiso respectivo a largo plazo mediante arreglos contractuales para lograr los objetivos previamente definidos.

39. Es importante mantener una actitud positiva de colaboración franca y transparente que permita que la Convención y sus asociados sean más eficaces y se pongan de acuerdo respecto de convicciones, perspectivas, ideas y acciones. El enfoque fundamental consiste en generar confianza y adquirir seguridad en el trabajo en colaboración a fin de determinar y adoptar las medidas que satisfacen las necesidades compartidas.

40. Sin embargo, cuando no se pueda evitar el conflicto o la fricción, es necesario atribuir la máxima prioridad a los intereses de la Convención, aunque con ello se puedan perder beneficios inmediatos o a corto plazo.

41. Habida cuenta de que las empresas interesadas en colaborar con la Convención de Ramsar tal vez sean empresas muy grandes, con intereses y actividades en una zona extensa o en todo el mundo, debe prestarse atención a monitorear y evaluar, no sólo la relación de asociación en vigor con ciertos elementos dentro la empresa, sino también las actividades no directamente relacionadas con la propia empresa en cualquier parte del mundo, a fin de evitar que la asociación pueda acarrear situaciones embarazosas para la Convención.

42. En cada reunión de la Conferencia de las Partes deberían suministrarse informes sobre las actividades y la marcha de los progresos de las asociaciones entre la Convención y el sector empresarial, con arreglo a un formato resumido normalizado. Se deberían contabilizar todos los recursos recibidos de los asociados para su empleo por la Convención.

43. Sólo las empresas comerciales con las que se hayan formalizado asociaciones que se ajusten a los principios precitados podrán hacer referencia directa a la Convención de Ramsar y utilizar su logotipo. Las demás asociaciones con empresas comerciales no deben hacerlo, y la Secretaría se deberá mantener vigilante para que se cumpla esa condición. Y a la inversa, los asociados que realicen sus actividades en calidad de asociación oficial de Ramsar deberían dejarlo patente en todas sus actividades de comunicación y promoción correspondientes e incluir el logotipo de Ramsar en sus publicaciones y otras actividades, siempre que sea posible.

44. Por otro lado, la Secretaría alienta los usos no comerciales del nombre y/o logotipo de Ramsar por los administradores de sitios de humedales,

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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autoridades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, la prensa y otros medios de comunicación, sin solicitar permiso previo, porque se entiende que obra en interés de la Convención que se cobre conciencia de su nombre y sus objetivos al máximo posible, y facilitárselo al máximo posible al público. La única restricción que se impone al uso del nombre y el logotipo de Ramsar en los productos de entidades no comerciales es que el nombre y/o el logotipo no deben estar en una posición tal que se infiera que la Convención o la Secretaría han participado o aprobado dicho producto. (Por ejemplo, se puede utilizar libremente el logotipo de Ramsar en publicaciones sobre sitios Ramsar siempre que quede claro que no se trata de publicaciones de Ramsar.)

Compromisos de aplicación pertinentes suscritos por las Partes Contratantes en Resoluciones de la COP

Resolución X.12: Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial

5. CONSIDERANDO las posibilidades que puede ofrecer el uso racional de los humedales para sustentar las actividades económicas y sociales de un amplio abanico de interesados directos públicos y privados;

6. RECONOCIENDO la función decisiva que desempeña una comunicación eficaz entre gobiernos y otros interesados, decisores, administradores y diversos grupos de intereses, incluidos dirigentes empresariales y comunidades, para la aplicación de la Convención de Ramsar;

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

11. EXHORTA a las Partes Contratantes, la Secretaría y los asociados de Ramsar a que hagan un buen uso de [los “Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial”], según proceda, incluido en el marco de las iniciativas y los compromisos nacionales, regionales y mundiales existentes;

13. ALIENTA al sector empresarial a que trate de encontrar, en colaboración con la Secretaría de Ramsar y en la medida en que los recursos lo permitan, formas prácticas de comprender los vínculos existentes entre sus actividades y los ecosistemas de humedales, a fin de evitar los impactos adversos y mitigar los efectos inevitables en toda la cadena de suministro y producción; a que evalúen el estado y las tendencias de la conservación de los humedales, incluidas las amenazas y oportunidades en relación con el mantenimiento de la estructura y las funciones de los ecosistemas de humedales en las diversas etapas de las actividades comerciales; y a que comprendan y aprecien los valores de los servicios y productos de los ecosistemas de los que dependen y los tipos de humedales que producen esos beneficios;

14. ALIENTA las empresas de los sectores público y privado a que calculen su “huella” en el agua, expresada tanto en el contexto local como global, y a que reduzcan los impactos en las áreas donde escasea o es probable que escasee el agua (…);

15. ALIENTA a los decisores, especialmente a los dirigentes empresariales, a que elaboren y adopten políticas, estrategias y enfoques operacionales acordes con las directrices y pautas nacionales e internacionales existentes para el manejo de los ecosistemas, incluidos los humedales, de modo que se guíen por el deseo de evitar, remediar o como última opción, compensar los impactos adversos en los ecosistemas de humedales (…);

17. ALIENTA a los gobiernos, donantes, organizaciones internacionales y la sociedad civil en general, incluidas las empresas comerciales, las ONG y las comunidades locales a que unan sus esfuerzos para detener e invertir la degradación de los humedales a fin de mantener los servicios que prestan como requisito previo para las futuras oportunidades de crecimiento;

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Resoluciones pertinentes

Resolución VII.3

(adoptada por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 7a. reunión, San José, Costa Rica, 1999)

Asociaciones con organizaciones internacionales

1. CONSIDERANDO que varias organizaciones no gubernamentales internacionales (ONGI) han desempeñado un papel significativo en el lanzamiento de la Convención y han contribuido al desarrollo y a la aplicación del tratado a lo largo de los años;

2. RECONOCIENDO PLENAMENTE la importante contribución que BirdLife International, UICN – Unión Mundial para la Naturaleza, Wetlands International y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) siguen haciendo en favor de la aplicación de la Convención, en su calidad de ONG Internacionales Asociadas a la Convención;

3. CONSCIENTE de que la condición de “ONG Internacional Asociada” apareció como consecuencia de la relación histórica existente entre las ONG internacionales antes mencionadas y la Convención, aunque nunca se formalizó mediante una decisión de la Conferencia de las Partes Contratantes; y

4. CONSCIENTE ASIMISMO de que otras organizaciones internacionales, tanto intergubernamentales como no gubernamentales, tienen la posibilidad de contribuir a la Misión de la Convención, expuesta en el Plan Estratégico 1997-2002 con el siguiente texto: “La Misión de la Convención es la conservación y el uso racional de los humedales, a través de la acción a nivel nacional y mediante la cooperación internacional, a fin de contribuir al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”;

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

5. ADOPTA las normas adjuntas para conceder la condición de Organización Internacional Asociada de la Convención a las organizaciones que cumplan los criterios establecidos en esas normas;

6. CONFIRMA FORMALMENTE esta condición a las siguientes organizaciones: BirdLife International; UICN – Unión Mundial para la Naturaleza; Wetlands International, y el Fondo Mundial para la Naturaleza;

7. DECIDE que las organizaciones internacionales interesadas en ser reconocidas formalmente como Asociadas a la Convención deben presentar una solicitud a la Oficina de la Convención para su inclusión en el orden del día de la próxima reunión del Comité Permanente, que a su vez formulará una recomendación a la Conferencia de las Partes para la adopción de una decisión definitiva; y

8. DECIDE ASIMISMO que la actuación de las Organizaciones Internacionales Asociadas en relación con la Convención podrá ser examinada periódicamente por la Conferencia de las Partes Contratantes sobre la base de un informe presentado por el Comité Permanente cuando se considere necesario.

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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Resolución X.11

(adoptada por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 10a. reunión, Changwon, República de Corea, 2008)

Asociaciones de colaboración y sinergias con Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente y otras instituciones

1. TOMANDO NOTA de los beneficios que pueden derivarse, cuando proceda, de la sinergia entre las convenciones relacionadas con el medio ambiente y de su aplicación integrada en todos los niveles (mundial, regional, nacional y local), así como de la colaboración de apoyo mutuo entre todos los actores pertinentes, tal como se reconoce de forma creciente en las Resoluciones VII.4 (1999), VIII.5 (2002) y IX.5 (2005), y RESPETANDO asimismo la independencia de los mandatos plasmados en cada convención;

2. CELEBRANDO los progresos realizados por la Convención de Ramsar en el último trienio respecto de la consolidación y ampliación de su cooperación con otros Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente (AMMA) y otras instituciones que desarrollan su labor en esferas pertinentes para la conservación y el uso racional de los humedales;

3. RECONOCIENDO el generoso apoyo brindado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) al proyecto “Strengthening the Implementation of the Biodiversity-related Conventions through the Strategic Use of Information” (“Fortalecimiento de la aplicación de las convenciones relativas a la biodiversidad mediante el uso estratégico de la información”) liderado por el Centro Mundial de Monitoreo de la Conservación (PNUMA- CMMC), proyecto en el que participa Ramsar y que tiene como objetivo racionalizar y armonizar las herramientas en línea relativas a las convenciones y sus secretarías;

4. TOMANDO NOTA de que la 8ª reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) en su decisión VIII/20 invitó a la Convención de Ramsar a liderar el proceso de desarrollo de un marco de presentación armonizada de informes sobre las aguas continentales, y de que el PNUMA y el CMMC del PNUMA han iniciado esta labor, como se reconoció en la decisión IX/19 de la 9ª reunión de la COP del CDB;

5. TOMANDO NOTA TAMBIÉN de que la 9ª reunión de la Conferencia de las Partes en el CDB, en su decisión IX/27, invitó a los órganos científicos de las convenciones relacionadas con la diversidad biológica y al Grupo de Enlace sobre la Diversidad Biológica a que, en sus futuras reuniones, estudiaran opciones para intensificar la cooperación respecto de las actividades relacionadas con cuestiones transversales, como el cambio climático y las especies exóticas invasoras;

6. CELEBRANDO el respaldo dado por la 9ª reunión de la Conferencia de las Partes en el CDB en su decisión IX/19 al Cuarto Plan de Trabajo Conjunto (2007-2010) entre la Convención de Ramsar y el CDB;

7. CONSCIENTE de que 2010 fue declarado Año Internacional de la Diversidad Biológica por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sexagésimo primer período de sesiones (decisión 61/203 de 20 de diciembre de 2006) y de que existen vínculos estrechos entre los humedales y la biodiversidad;

8. CONSCIENTE ASIMISMO de que 2011 fue declarado Año Internacional de los Bosques por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sexagésimo primer período de sesiones (decisión 61/193) y de que algunos humedales son arbolados;

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9. RECONOCIENDO que en el marco del proyecto TEMATEA de PNUMA-UICN se han desarrollado, entre otras cosas, “módulos temáticos para la coherente aplicación de convenciones relacionadas con la biodiversidad” (incluida la Convención de Ramsar), los cuales consisten en módulos organizados por temas (aguas continentales, áreas protegidas, diversidad biológica y cambio climático, especies invasoras, y uso sostenible) que están diseñados para incrementar la colaboración en la planificación nacional y la aplicación de las convenciones; y

10. EXPRESANDO DE NUEVO SU AGRADECIMIENTO a las cinco Organizaciones Internacionales Asociadas (BirdLife International, UICN, Instituto Internacional para el Manejo del Agua, Wetlands International y WWF International) por los inestimables esfuerzos que realizaron durante el pasado trienio para apoyar la Convención de Ramsar a nivel mundial, nacional y local;

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

11. PIDE a la Secretaría que siga cooperando estrechamente con las convenciones y los convenios pertinentes en virtud de su condición de observadora en el Grupo mixto de enlace de los tres Convenio de Río –la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación (CLD)– y mediante la labor del Grupo de Gestión Ambiental (GGA) del PNUMA, del que la Secretaría de Ramsar es miembro;

12. PIDE TAMBIÉN a la Secretaría que continúe participando plenamente en las actividades del Grupo de Enlace sobre la Diversidad Biológica, creado bajo la égida del CDB, y que informe regularmente al Comité Permanente sobre los progresos realizados por este Grupo;

13. ALIENTA a la Secretaría a seguir colaborando estrechamente con la Secretaría del CDB en el marco del Cuarto Plan de Trabajo Conjunto establecido entre ambos instrumentos y vigente en la actualidad; INSTA a la Secretaría a llevar a cabo de la forma más activa posible, en el marco del tiempo y los recursos disponibles, el examen y la racionalización del programa de trabajo emprendido conjuntamente con la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres y el Acuerdo sobre las Aves Acuáticas Migratorias de África y Eurasia (AEWA), así como a contemplar la posibilidad de elaborar un programa conjunto con la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación de conformidad con el Memorando de Cooperación vigente; e INSTA a la Secretaría a examinar los planes de trabajo que desarrolla conjuntamente con el Programa sobre el Hombre y la Biosfera y el Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO, con miras a dar un nuevo ímpetu a esos mecanismos de colaboración.

14. INVITA a la Secretaría a seguir desarrollando relaciones de cooperación con organismos de las Naciones Unidas como el PNUMA, la UNESCO, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), ONU-Agua, la Organización Mundial del Turismo y la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como con otras organizaciones intergubernamentales pertinentes como Global Biodiversity Information Facility (GBIF), el PNUMA-CMMC y las redes del Grupo Consultivo sobre Investigaciones Agrícolas Internacionales (CGIAR); a intentar convertirse en miembro de la Asociación de colaboración en materia de bosques; y a procurar reducir las actividades duplicadas;

15. SOLICITA a la Secretaría que realice, en el marco de los recursos disponibles, una revisión de sus memorandos de cooperación con otros acuerdos mundiales y regionales sobre medio ambiente y otras organizaciones, con el fin de renovar y dar un nuevo ímpetu a aquellos que tengan más posibilidades de resultar beneficiosos para la labor de la Convención en el marco del tiempo y los recursos disponibles;

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16. ALIENTA a la Secretaría a que establezca y fortalezca asociaciones para desarrollar relaciones de trabajo más estrechas con los grupos regionales intergubernamentales (como, en el caso de África, la SADC, la EC, la CEDEAO, la IGAD, etc.) con miras a reforzar el papel de la Convención en esas regiones;}

17. SOLICITA TAMBIÉN a la Secretaría que entable relaciones laborales y consultivas más estrechas con las instituciones financieras, como el Fondo para el Medio Ambiente Mundial, los bancos regionales de desarrollo, otras organizaciones de financiación para el medio ambiente y otras instituciones como la Comisión Europea y sus divisiones pertinentes de financiación para el medio ambiente y la biodiversidad, con el fin de facilitar a las Partes en la Convención un mayor acceso a esos recursos;

18. INSTA a la Secretaría a proseguir su extremadamente valiosa colaboración con las cinco Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA), y ALIENTA a los representantes de las OIA a adoptar medidas para sensibilizar a sus organizaciones, en la mayor medida posible, acerca de los objetivos de Ramsar y de la relación de colaboración con la Convención, incluida la coordinación con las oficinas nacionales y regionales de las OIA, cuando proceda, en el contexto de los planes de trabajo conjunto preparados con la Secretaría de Ramsar;

19. INSTA ADEMÁS a la Secretaría a permanecer alerta ante las oportunidades de desarrollar relaciones igualmente fructíferas con otras organizaciones no gubernamentales que puedan ir surgiendo, así como a fomentar, tras el examen de los memorandos de entendimiento que ya están establecidos con otras ONG, una mayor cooperación con las ONG que más puedan aportar a la labor de la Convención;

20. PIDE al Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) que, en el marco del tiempo y los recursos disponibles, intercambie información y coordine sus actividades con los órganos subsidiarios equivalentes de otros AMMA y foros regionales pertinentes, incluso mediante su participación activa y continuada en las reuniones de los presidentes de los órganos científicos y técnicos subsidiarios convocadas por la Secretaría del CDB, así como que, a través del Comité Permanente, informe a la Conferencia de las Partes sobre estas actividades;

21. PIDE a la Secretaría que siga participando en el proyecto del PNUMA-CMMC de desarrollo de herramientas para el uso en línea de las convenciones relacionadas con la diversidad biológica, incluidas aquellas que posibiliten la presentación armonizada de informes en línea por las partes respectivas;

22. PIDE TAMBIÉN a la Secretaría y al GECT que continúen cooperando con la Secretaría del CDB, el PNUMA y el CMMC del PNUMA en el desarrollo de un marco de presentación armonizada de informes sobre las aguas continentales para el CDB y la Convención de Ramsar;

23. EXHORTA a las Partes Contratantes, a otros gobiernos, a las Organizaciones Internacionales Asociadas y a otras organizaciones competentes a que hagan un esfuerzo especial para contribuir al Año Internacional de la Diversidad Biológica (2010) por todos los medios apropiados, incluso, entre otras cosas, llamando la atención sobre: la función fundamental desempeñada por los humedales de apoyo a muchos componentes de la biodiversidad de biomas terrestres, de agua dulce y marinos; la concienciación sobre los vínculos entre los humedales, la biodiversidad y la consecución de las metas de desarrollo humano; la función de los humedales en la respuesta al cambio climático; y la contribución del uso racional de los humedales a la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad;}

24. ALIENTA a las Partes Contratantes y a otros gobiernos y organizaciones a que utilicen el recurso “TEMATEA” de módulos temáticos basados en Internet elaborado por PNUMA-UICN (http://www.tematea.org) cuando desarrollen y pongan en marcha actividades de

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apoyo mutuo entre las distintas convenciones relacionadas con la biodiversidad, con el fin de lograr una aplicación más coherente de esas convenciones;

25. INSTA a las Partes Contratantes a adoptar medidas activas en el plano nacional para intensificar la relación y la colaboración regulares entre las Autoridades Administrativas y los coordinadores de Ramsar, por un lado, y los coordinadores responsables de las convenciones y acuerdos conexos, por otro, incluso mediante su inclusión, si procede, en los Comités Nacionales Ramsar/de Humedales, con el fin de velar por que las respuestas nacionales a las cuestiones ambientales mundiales concuerden lo más posible con los objetivos y valores de la Convención de Ramsar;

26. INSTA a la Secretaría a que apoye la labor del GECT de aplicación de la Resolución VIII.26, relativa a la elaboración de indicadores biológicos sobre los resultados de las actividades de la Convención, de forma que la eficacia de la Convención se evalúe por lo menos una vez en cada ciclo de presentación de informes, y PIDE a la Secretaría y al GECT que presten asesoramiento sobre el modo en que se podrían incorporar los informes sobre esos indicadores en los Informes Nacionales de las Partes; y

27. PIDE que la colaboración entre la Secretaría y otras convenciones contemple la armonización de sus necesidades en materia de presentación de informes con miras a aligerar el volumen de trabajo de las Partes Contratantes.

Resolución X.12

(adoptada por la Conferencia de las Partes Contratantes en su 10a. reunión, Changwon, República de Corea, 2008)

Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial

1. RECONOCIENDO la importancia de los valores ecológicos y socioeconómicos de los humedales y las funciones decisivas que desempeñan los ecosistemas de humedales para proporcionar una amplia gama de beneficios y servicios fundamentales a todos los seres humanos;

2. RECORDANDO que en las Resoluciones VIII.31 (1999) y X.8 (2008) sobre el programa de CECoP de la Convención, las Partes reconocieron que las cuestiones concernientes a los humedales pueden pasar a formar parte en grado cada vez mayor de las actividades de otros sectores y no sólo del sector del medio ambiente, incorporando de esta manera la conservación y uso racional de los humedales en la sociedad y el gobierno;

3. CONSCIENTE del hecho de que diversas organizaciones y redes empresariales han elaborado y adoptado sus propias directrices para tratar de compartir buenas prácticas en relación con el manejo de los ecosistemas;

4. ACOGIENDO con satisfacción la iniciativa sobre empresas y diversidad biológica emanada de la Novena Reunión de las Partes Contratantes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), y RECORDANDO la Decisión IX/26 titulada Promoción de la interacción del sector empresarial;

5. CONSIDERANDO las posibilidades que puede ofrecer el uso racional de los humedales para sustentar las actividades económicas y sociales de un amplio abanico de interesados directos públicos y privados;

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Manual 5: Asociaciones de colaboración

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6. RECONOCIENDO la función decisiva que desempeña una comunicación eficaz entre gobiernos y otros interesados, decisores, administradores y diversos grupos de intereses, incluidos dirigentes empresariales y comunidades, para la aplicación de la Convención de Ramsar;

7. OBSERVANDO que en la Estrategia 1.10 del Plan Estratégico para 2009-2015 se hace hincapié en la promoción de una mayor participación y de la adopción de compromisos por parte del sector privado respecto de la conservación y el uso racional de los humedales; pero

8. RECONOCIENDO la función que el sector empresarial desempeña en la mejora de los recursos hídricos y en la reducción del riesgo de manejo ambiental insostenible, así como la necesidad de que éste haga un uso eficiente del agua, y OBSERVANDO la posibilidad de abordar la gestión sostenible de los recursos hídricos en toda la cadena de suministro; y

9. EXPRESANDO SU AGRADECIMIENTO al Grupo Danone por el generoso apoyo que ha prestado continuamente a la Convención y, en particular, por las actividades de comunicación de la Secretaría de Ramsar en los últimos diez años, sus materiales relativos al Día Mundial de los Humedales (DMH) y el Premio Especial Evian, que se otorga de forma asociada al Premio Ramsar a la Conservación de Humedales, y CELEBRANDO el acuerdo de colaboración “Biosphere Connections” recientemente establecido con Star Alliance, que ha resultado ser muy útil para sufragar parte de los gastos de viaje de los delegados patrocinados que asisten a las reuniones regionales de Ramsar;

LA CONFERENCIA DE LAS PARTES CONTRATANTES

10. ACOGE COMPLACIDA los “Principios para las asociaciones entre la Convención de Ramsar y el sector empresarial” que figuran en el anexo a esta Resolución;

11. EXHORTA a las Partes Contratantes, la Secretaría y los asociados de Ramsar a que hagan un buen uso de esos principios, según proceda, incluido en el marco de las iniciativas y los compromisos nacionales, regionales y mundiales existentes;

12. ALIENTA a las Autoridades Administrativas de las Partes a que señalen esos principios a la atención de los interesados directos pertinentes, incluyendo entre otros las empresas privadas, los ministerios, departamentos y organismos gubernamentales, las autoridades encargadas del manejo de los recursos hídricos y de las cuencas hidrográficas, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil en general;

13. ALIENTA al sector empresarial a que trate de encontrar, en colaboración con la Secretaría de Ramsar y en la medida en que los recursos lo permitan, formas prácticas de comprender los vínculos existentes entre sus actividades y los ecosistemas de humedales, a fin de evitar los impactos adversos y mitigar los efectos inevitables en toda la cadena de suministro y producción; a que evalúen el estado y las tendencias de la conservación de los humedales, incluidas las amenazas y oportunidades en relación con el mantenimiento de la estructura y las funciones de los ecosistemas de humedales en las diversas etapas de las actividades comerciales; y a que comprendan y aprecien los valores de los servicios y productos de los ecosistemas de los que dependen y los tipos de humedales que producen esos beneficios;

14. ALIENTA las empresas de los sectores público y privado a que calculen su “huella” en el agua, expresada tanto en el contexto local como global, y a que reduzcan los impactos en las áreas donde escasea o es probable que escasee el agua, utilizando la información de antecedentes de la evaluación del Grupo de Examen Científico y Técnico (GECT) mencionada en el párrafo 21 más adelante;

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición

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15. ALIENTA a los decisores, especialmente a los dirigentes empresariales, a que elaboren y adopten políticas, estrategias y enfoques operacionales acordes con las directrices y pautas nacionales e internacionales existentes para el manejo de los ecosistemas, incluidos los humedales, de modo que se guíen por el deseo de evitar, remediar o como última opción, compensar los impactos adversos en los ecosistemas de humedales, en particular tomando en consideración las ventajas que podrían obtenerse del Programa de compensaciones entre negocios y biodiversidad (Business and Biodiversity Offsets Programme-BBOP) y los resultados de la iniciativa relativa a la economía de los ecosistemas y la biodiversidad (The Economics of Ecosystems and Biodiversity-TEEB);

16. APOYA los esfuerzos conjuntos de las estructuras y los asociados de Ramsar y del sector empresarial para crear alianzas con organizaciones científicas y de investigación, con miras a mejorar la comprensión de los servicios de los ecosistemas de humedales, encontrar soluciones y ampliarlas a mayores escalas, y compartir sus herramientas y experiencia;

17. ALIENTA a los gobiernos, donantes, organizaciones internacionales y la sociedad civil en general, incluidas las empresas comerciales, las ONG y las comunidades locales a que unan sus esfuerzos para detener e invertir la degradación de los humedales a fin de mantener los servicios que prestan como requisito previo para las futuras oportunidades de crecimiento;

18. ALIENTA a las empresas públicas y privadas que establezcan alianzas con los interesados pertinentes para aplicar acuerdos colectivos e iniciativas económicas, como el pago por los servicios ambientales que contribuyan a la conservación de los humedales y de los recursos hídricos;

19. INVITA a las empresas comerciales interesadas a que estudien, en colaboración con la Secretaría de Ramsar, posibles modos de establecer asociaciones mutuamente beneficiosas, en conformidad con los principios anexos, e INVITA a las empresas comerciales interesadas a que consideren la posibilidad de adherirse a la iniciativa sobre empresas y diversidad biológica;

20. ALIENTA a la Secretaría a que continúe colaborando estrechamente con el Grupo Danone y Star Alliance de forma mutuamente beneficiosa y a que se prepare para desarrollar relaciones similares con el sector privado cuando éstas puedan resultar beneficiosas para la Convención y sean conformes con la misión y los objetivos de ésta;

21. PIDE al GECT que evalúe algunas directrices, por ejemplo, las de Water Footprint Network, que se han elaborado para ayudar a las empresas a evaluar su “huella” del agua como parte de los programas de responsabilidad ambiental y social de las empresas;

22. PIDE a la Secretaría de Ramsar que, en todos los casos de proyectos o actividades de desarrollo con el sector privado en el territorio de una o varias Partes Contratantes, informe y consulte por adelantado con las Autoridades Administrativas que corresponda para buscar su acuerdo; y

23. ENCARGA a la Secretaría de Ramsar que aplique los principios anexos cuando explore nuevas oportunidades y emprenda nuevas iniciativas conjuntas con empresas públicas o privadas.

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Manuales Ramsar para el uso racional de los humedales, 4a. edición (2010)

Pilar 1 de la Convención: El uso racionalManual 1 Uso racional de los humedales

Conceptos y enfoques para el uso racional de los humedales

Manual 2 Políticas nacionales de humedalesElaboración y aplicación de políticas nacionales de humedales

Manual 3 Leyes e institucionesExamen de leyes e instituciones para promover la conservación y el uso racional de los humedales

Manual 4 Gripe aviar y humedalesOrientaciones sobre control de la gripe aviar hiperpatogénica y cómo hacerle frente

Manual 5 Asociaciones de colaboraciónAsociaciones de colaboración clave para la aplicación de la Convención de Ramsar

Manual 6 CECoP sobre los humedalesEl Programa de comunicación, educación, concienciación y participación (CECoP) para 2009-2015 de la Convención

Manual 7 Aptitudes de participaciónEstablecimiento y fortalecimiento de la participación de las comunidades locales y de los pueblos indígenas en el manejo de los humedales

Manual 8 Lineamientos acerca del aguaMarco integrado para los lineamientos de la Convención en relación con el agua

Manual 9 Manejo de cuencas hidrográficasIntegración de la conservación y del uso racional de los humedales en el manejo de las cuencas hidrográficas

Manual 10 Asignación y manejo de los recursos hídricosLineamientos para la asignación y el manejo de los recursos hídricos a fin de mantener las funciones ecológicas de los humedales

Manual 11 El manejo de las aguas subterráneasManejo de las aguas subterráneas a fin de mantener las características ecológicas

Manual 12 Manejo de las zonas costerasCuestiones concernientes a los humedales y manejo integrado de las zonas costeras

Manual 13 Inventario, evaluación y monitoreoMarco integrado para el inventario, la evaluación y el monitoreo de humedales

Manual 14 Necesidades de datos e informaciónMarco para las necesidades de datos e información de Ramsar

Manual 15 Inventario de humedalesUn marco de Ramsar para el inventario de humedales

Manual 16 Evaluación del impactoDirectrices para incorporar los aspectos de la diversidad biológica a la legislación y/o los procesos de evaluación del impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica

Pilar 2 de la Convención: Designación y manejo de sitios RamsarManual 17 Designación de sitios Ramsar

Marco estratégico y lineamientos para el desarrollo futuro de la Lista de Humedales de Importancia Internacional

Manual 18 Manejo de humedalesMarcos para manejar sitios Ramsar y otros humedales

Manual 19 Cómo abordar la modificación de las características ecológicas

Pilar 3 de la Convención: Cooperación internacionalManual 20 Cooperación internacional

Lineamientos para la cooperación internacional con arreglo a la Convención de Ramsar sobre los Humedales

Documento adjuntoManual 21 El Plan Estratégico de Ramsar para 2009-2015

Objetivos, estrategias y expectativas para la aplicación de la Convención de Ramsar durante el período comprendido entre 2009 y 2015

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Asociaciones de colaboración

Manuales Ramsar4a. edición

Manual 5

Secretaría de la Convención de RamsarRue Mauverney 28CH-1196 Gland, SuizaTel.: +41 22 999 0170Correo electrónico: [email protected]ágina Web: http://www.ramsar.org