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MANUAL PARA EL MANEJO, EJERCICIOY CONTROL DE LAS PARTIDASPRESUPUESTALES DE PASAJES,

VIATICOS y TRASLADO DE PERSONAL

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PODER EJECUTIVO

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1.15

Con fundamento en los artículos 46 y 49 d. e la Constitución Polltica. 10 3° 80f I , ,

go, 23'fracciones 1/, XI, Y XIV, 31 fracciones " IV, XXXII Y XXXVII, 38 fraccionesVIII, IX Y XV1I, y 39 fracción IV, XV Y XVIII de la Ley Orgánica del PoderEjecutivo; 1°, 4°, 5°, 9°, 53, 54, 58, 59 Y 60 de la Ley del Presupuesto,Contabilidad y Gasto Público; asi como 1° y 18 del Reglamento de la Ley delPresupuesto, Contabilidad y Gasto Público, todos los ordenamientos citadosdel Estado de Jalisco, y

ACUERDO DE LOS C.C. SECRETARIOS DE FINANZAS Y DEAOMlfJISTRACIÓt-J, y DEL CONTRALOR DEL ESTADO DE JALISCO.

Guadalajara, Jalisco, 06 de febrero del año dos mil ocho.

C O N S lOE R A N O O:

1. Que la Secretaría de Finanzas del Estado, es 'Ia Dependencia del PoderEjecutivo, a la que le corresponde la administración financiera y tributaria de la //Hacienda Pública Estatal; coadyuvar con la Contralorra del Estado, en lavigilancia de las dependencias del Gobierno del Estado, para que cumplan conlos programas y respeten los presupuestos autorizados; la aplicación de la Leydel Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de J~lisco, asr comodictar las normas para su aplicación e interpretación administrativa; y establecerla forma de comprobar los pagos a su cargo,

11. Que la Secretarfa de Administración es la dependencia responsable del manejode los recursos materiales, de la prestación de seNicios generales a laadministración pública y de la ejecución de una adecuada polltica de /administración y desarrollo de los recursos humanos, además de contar conatribuciones para implementar y actualizar sistemas de estudio y deorganización administrativa,

111. Que la Contralorra del Estado es la dependencia responsable de ejecutar la.auditoría de la administración pública central y paraestatal y de aplicar elderecho disciplinario a los seNidores públicos, contando con atribuciones paravigilar que el ejercicio del presupuesto de egresos se apegue a las normas, j

leyes y reglamentos; vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia deplaneación, presupuestación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda,patrimonio, fondos y valores de la propiedad o al cuidad de las secretarías ydependencias del Ejecutivo y de las empresas paraestatales.

IV. Que la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco,dispone el Clasificador por Objeto del Gasto es el instrumento que contiene ellistado que ordena e identifica en forma homogénea y coherente a nivel degrupos agregados en capítulos, conceptos, y partidas la demandagubernamental de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros.,con la finalidad de facilitar la operación del presupuesto y precisar lacomposición de los gastos necesarios para el cumplimiento de las actividadesprogramadas, previstas en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado.

CONTRALORiA OEl ESTADO

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GOBIERNODE JALISCOponER EJECUTIVO

CONTRALORiA DEL ESTADO

V. Que con la finalidad de contar con mecanismos de control que 2iutJen aeficientar y transparentar el gasto público en materia de pasajes, vi¿';tic02 ~'traslado de personal, de los servidores públicos de las de¡x;ndenc:as yentidades públicas del Poder Ejecutivo, así como de las personas quecoadyuven en el desempeño de las actividades de la Administración PúblicaEstatal que realicen comisiones o actividades oficiales fuera del lugar de su

! adscripción, es necesario expedir un manual que regule las facultades de laSecretaría de Finanzas, fijando las bases, lineamientos y requisitos en laobtención de la documentación comprobatoria por dichos conceptos.

VI. Que por lo antes expuesto, los suscritos Secretarios de Finanzas,Administración y el Contra lar del Estado, consideran necesario emitir el presenteManual, con la finalidad de controlar los gastos que se realicen por concepto de

/ pasajes, viáticos traslado de personal, y que los recursos financierosautorizados en el Presupuesto de Egresos para cada una de las Dependenciasy Entidades Públicas del Poder Ejecutivo del Estado sean adecuadamenteejercidos.

ACUERDO

ÚNICO.- Se expide el Manual de Pasajes, Viáticos y Traslado de Personal delGobierno del Estado de Jalisco, para quedar como sigue:

TITULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

Capitulo I

DEL OBJETO DEL MANUAL

1. El presente Manual tiene como objetivo regular las facultades de la Secretarfa deFinanzas, en lo relativo al ejercicio y control del' gasto por los conceptos dePasajes, Viáticos y Traslado de Personal, de las Dependencias y EntidadesPúblicas del Poder Ejecutivo, fijando las bases, lineamientos, requisitos a observary cubrir, en la obtención de la documentación comprobatoria por dichos conceptos.

Los gastos erogados por las Dependencias y Entidades Públicas del PoderEjecutivo por concepto de Pasajes, Viáticos y Traslado de personal son regulados,normados y asignados de conformidad a lo señalado en el presente Manual yobservando en todo caso lo previsto en el Clasificador por Objeto del Gasto~~~e.' .

2. Para los fines de este Manual se entiende por:

SECRETARiA: La Secretarra de Finanzas del Gobierno del Estado.

CONTRALORíA: La Contralorra del Estado.

PRESUPUESTO: El Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Jalisco yla plantilla de personal anexa para el perrada que se encuentre vigente, almomento de ejercer el gasto .

PARTIDA PRESUPUESTAL: La codificación tenninal que mediante los cuatroúltimos drgitos de la clave presupuestal, identifica de manera concreta el conceptodel que se trata y se define en el Clasificador por Objeto del Gasto.

DEPENDENCIAS: A las SecretarIas y Dependencias del Poder Ejecutivo delEstado y sus organismos desconcentrados. J.

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PODER [J[ClIT!\,O

/~n el caso de prestadores de servicios profesionales y personales, contratados porconcepto de asesorías, capacitación, estudios ylo similares, se pagarán losconceptos objeto de este Manual; siempre y cuando así se precise en el contratocelebrado con el Gobierno del Estado y los importes erogados no excedan lostabuladOíes correspondientes de acuerdo a la equivalencia de las funcionesrealizadas, consideréndose dichas erogaciones como honorarios, documentando elgasto con el comprobante expedido por el prestador de servicio, contando para talefecto, con la debida autorización de los titulares de las Dependencias y Entidadesrespectivas al que estén prestando sus servicios 6 por el Director GeneralAdministrativo a quien se delegue por escrito esta facultad.

3-15

-+- Los Titulares de las áreas administrativas de las Dependencias y EntidadesPúblicas, tienen la obligación de transparentar los informes elaborados por losservidores públicos de los viajes oficiales ylo comisiones derivadas del serviciopúblico respecto de la naturaleza' de las actividades encomendadas inherentes alpuesto que desempeñan en su Dependencia Ó Entidades Públicas; en la página deInternet que para tal efecto la Contraloría designe, dentro de un plazo de 5 díashábiles contados a partir del termino de la comisión del servidor público.

3. kUando los servidores públicos realicen comisiones fuera del lugar de suadscripción, los titulares de las áreas administrativas de las Dependencias y'Entidades les otorgarán los recursos económicos necesarios para el desempeñode sus actividades, dichos servidores públicos estarán obligados a comprobar losgastos de Pasajes, Viáticos y demás gastos contemplados en el presentedispositivo, dentro de un plazo de 3 dTas hábiles contados a partir del término de lacomisión; anexando invariablemente la documentación, debidamente requerida enlos términos de este Manual, y cuyas erogaciones se efectúen con cargo al FondoRevolvente; además de que obligadamente dicha documentación debe seráutorizada con la firma autógrafa de los titulares de las Dependencias y Entidadesrespectivas ó por el Director General Administrativo a quien delegue por escritoesta facultad, en cuyo caso deberá comunicarse de este hecho a la Secretaria.

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORfA DEL ESTADO

4.

5.

Capítulo H

[)E LA DOCUI'vlENTI{CI6r-J AUXiLIAR

A efectos. de unificar criterios y sirnpliíicar los trámites de la asignc:cién y,comprobación de los Pasajes y Viáticos, se utilizará el formato de recibo deViáticos y reporte de gastos que se incluye en el presente Manual como Anexo 1.

Las personas que mediante contrato presten servicios al Gobierno del Estado,comprobarán los gastos con la presentación del recibo o factura de honorarioscorrespondiente en el cual se especifique la comisión efectuada y el periodo de surealización, siempre y cuando en las cláusulas del contrato celebrado seestablezca la obligación del Gobierno del Estado de efectuar los pagos por losconceptos objeto del presente Manual.

En lo que respecta al traslado de personal se debe documentar invariablementeescrito oficial del concepto a utilizar, el cual deberá especificarse de conformidad alo dispuesto en el clasificador vigente, mencionando en el cuerpo de dichodocumento la persona o personas a trasladar, medio de transporte y fechas en lasque tendrá verificativo el evento o suceso que da origen a la utilización de estapartida, y en su caso la comprobación necesaria para justificar las erogacionesrealizadas por este concepto, observando en todo momento que Jos importes porconcepto de viáticos no excedan los tabuladores aplicables de acuerdo a laequivalencia con los niveles jerárquicos del Gobierno del Estado.

La Secretaria expedirá y actualizará, conforme a las necesidades y situaciónsocioeconómica particular de Jos lugares de comisión, los siguientes tabuladores:

a) De Viáticos para el interior del Estado;

b) De Viáticos para la República Mexicana;

e) De Viáticos para el Extranjero;

d) De Zonificación de las Ciudades y Poblaciones de la República Mexicana y delEstado, considerando el costo de vida cara y media ;

Del pago o suministro .Be efectiv.aI~S ylo vales de gasolina; yDe Distancias por Carretera, desde Guadalajara a las diferentes poblacionesdel interior del Estado.

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I P!2za Tapatia' _-~ GuadaiaJ,ara, Jaiisco. México

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TITULO SEGUNDO

DE LA APLICACiÓN DEL MANUAL

Capitulo IDE LAS FACULTADES DE LA SECRETARiA

Para la exacta observancia de este Manual, son facultades de la Secretaria:

a) Aplicar mensualmente los techos financieros autorizados en el Presupuesto deEgresos vigente para las Dependencias y Entidades Públicas, en materia degastos por Pasajes, Viáticos y Traslado de Personal.

b) Verificar, a través de sus Direcciones Generales de Programación yPresupuesto y de Egresos, la correcta aplicación y ejercicio de los recursosfinancieros destinados para las erogaciones materia de esta disposición;

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Pieza Taoatlóc.~uadalajara .. Jajisco. 1,/i(:xicc;

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e) Efectuar de acuE'ído a las polfticas de pagos, los depósitos de les impc:ies delos reembolsos de documentos tramitados por Ia.s D'::'¡'JC;ndenciasy [niieidciesPúblicas, previo cumplimiento de los requisitos sef"¡zlados E:n el preser!leManual y siempre y cuando cuenten con dispcmil:,ilid8cJ presiípUCS! ó.i 13Spartidas que afectan estos gastos;

d) Resolver o aclarar cualquier discrepancia que se presentara en cuanto a laaplicación e interpretación del presente Manual; y

e) Las demás que se deriven de las disposiciones legales aplicables en lamateria.

CE

5-15

7.

8.

9.

Capitulo 11

DE LOS PASAJES, VIÁTICOS y TRASLADO DE PERSONAL

Se entiende p,?r PASAJES, al medio de transporte terrestre, marítimo o aéreo queutilice el servidor público en el cumplimiento de c0l1!isiones oficiales fuera de sulugar de adscripción, en los términos señalados en este Manual.

Las erogaciones se sujetarán al texto descrito en el Clasificador vigente.

Se entiende por VIÁTICOS, a los gastos de hospedaje y alimentación que realice elservidor público, en el cumplimiento de comisiones oficiales fuera de su lugar deadscripción, las que se clasifican de la siguiente manera: al Interior del Estado,para la República Mexicana y al Extranjero.

Las erogaciones por este concepto se sujetarán al texto descrito en el Clasificadorvigente.

Se entiende por TRASLAOO DE PERSONAL, a los gastos de alimentación,hospedaje, combustible y demás señaladas en el Clasificador, que realicen laspersonas que no se consideran como servidores públicos en el cumplimiento decomisiones fuera de su lugar de adscripción, las que se clasifican de la siguientemanera: al Interior del Estado, para la República Mexicana y al Extranjero.

Dicho gasto se sujetará al texto descrito en el Clasificador vigente.

Capitulo 111DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL TRÁMITE DE RECURSOS

PARA PASAJES, VIÁTICOS y TRASLADO DE PERSONAL

10. A este respecto, los titulares administrativos de las Dependencias y EntidadesPúblicas, otorgarán los recursos que requieran los servidores públicos que seancomisionados para realizar actividades fuera de su área de adscripción; para talesefectos, será requisito indispensable que se presente la siguiente documentación:

a) Oficio de comisión debidamente firmado por el Director de Área y DirectorGeneral u homólogo, del área operativa de la adscripción del servidor públicocomisionado; cuya facultad deberá ser delegada por escrito por los titulares delas Dependencias o Entidades Públi~, de lo cual deben notifICar a laSecretarIa, ~biéndose entr:gg-ª.U?arasu trámite en el área administr~on 24horas dª- arrt!9!P~ióflªJaJe.c.1:LCL@-kQmisiÓn/sal~...Ai.tuacjODesimpreYistav-...-.-----. '.',<,.

b) El Oficio deberá contener: número, fecha de elaboración, nombre de la personacomisionada, descripción especIfica de la comisión, lugar, perIodo de la comisióny medio de transporte a utilizar,@1 como la hora de salida y hora de regres9~stimadas,.--para-efectQ!::teotQJ9J=!Lªdecuadamente el [ecurso correspo~nfe al.el rubro de alimentos (desayuno, comida y cena).

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11.

Cj CUi3ricio sean comisionados dos o ¡TiÉis servijOícs pGb;i'~:IJS a I.:n ¡ni;::¡¡j E\\.los Vi¿,Jicos se pagEJlán con la tarifa del supc¡-io¡ je¡3rquj::;o; ~rnp •.e y C:U2il,_

e,jsta Visio Bue(¡()t;:Xpresodt:=1 Tliular ele !a D~,Qt))c;(;ncia o Entida:::.Púp¡r---:;a-.. ---"'--.-'--"--._-. ~.-... . •• - .• -". - •. - _'._e_ '. __ ""._ .•.•• " "' .. _ . • •.•• , ..... _._. __ ••.•.• " .• ..,'. .•. _ .• _.-. •.• > .•. ~_ '-' •••• ~ ••••••••• ~."' •••• ...".-.¡

--!> En ningún caso se, podrá, adguiCir VUeluS f::i"I pri¡-nem clase, a excep-ci0n dec:queHosen los que 60 hubiera lugar en clase comercial debido a la premura dela comisión encomendada y con el Visto Bueno del Secreta río Particular del C.Gobernador del Estado de Jalisco.

d) El Área Administrativa otorgará anticipadamente el 100% del monto de losViáticos, Pasajes o Combustibles, según sea el medio de transporte autorizado alservidor público comisionado, tomando como referencia el lugar, los días decomisión y medio de transporte a utilizar; calculándose éste, de conformidad conlos importes señalados en los fabuládores y la clasificación de las ciudades olocalidades anexas al presente Manual; expidiendo en cada caso el recibo por elimporte otorgado.

e) Los recursos otorgados se realizarán con cargo al Fondo Revolvente para gastosurgentes que tienen asignados las Dependencias y Entidades Públicas.

1) En caso de que la persona comisionada preste servicios al Gobierno del Estadomediante contrato y se establezca en el mismo la obligación de cubrir los gastosobjeto de este Manual, será requisito indispensable que se elabore Oficio deComisión y se apliquen indistintamente los preceptos de los incisos anteriores,observando que se apliquen los tabuladores que de acuerdo a los serviciosprestados sean equivalentes a los niveles jerárquicos establecidos en los anexosdel presente Manual.

g) En el caso de traslado de personal, se observará lo establecido en el clasificadorvigente, debiendo documentar para el respectivo pago escrito oficial delconcepto a utilizar, la persona o personas a trasladar, mecliode transporte yfechas en las que tendrá verificativo el evento o suceso que de origen a lautilización de esta partida, observando en todo momento que los importes noexcedan los tabuladores aplicables a los niveles jerárquicos que porequivalencia correspondan y se documente la autorización correspondientepor parte de los funcionarios mencionados en el inciso a).

Toda petición de viaje al extranjero deberá ser autorizada previamente por elC. Gobernador del Estado de Jalisco; y en el caso de Organismos PúblicosDescentralizados también por su órgano máximo de gobierno.

Sólo podrán viajar al extranjero Directores Generales o Equivalentes, osuperiores en la escala organizacional. En caso de que se requiera asista alevento o comisión servidores públicos de menor nivel jerárquico, deberá sercon la autorización por escrito del titular de la Dependencia o Entidad Públicay del C. Gobernador a través de su Secretario Particular

Para considerar la procedencia o no del viaje, únicamente se tomará enconsideración:

a) Que la Dependencia o Entidad Pública cuente con suficiencia presupuesta!.

b) Que exista oficio de solicitud del Titular, al C. Gobernador según formatovigente (Anexo 7), del cual deberá turnarse copia a la Secretarfa deAdministración y a la Contralarfa del Estado

c) Qué se especifique el objetivo de trabajo

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CapItulo IV

REQUISITOS ESPECíFICOS PARA EL PAGO DE LOS PASAJES, VIÁTICOS YTRASLADOS DE PERSONAL

d) Que acompañe al oficio de soiícitud, el itinerario al que se sujetará el viaje, elprograma del evento al que asistirá y/o la información que acredite lapClrticipación del servidor público en el evento que motiva la comisión.

e) Que acompañe oficio firmado por el Secretario Particular del C. Gobernadordonde conste fa autorización otorgada por el Titular del Ejecutivo Estatal.

f) Que acompañe propuesta de gasto de viáticos sujeto al tabulador descrito enel anexo 2 del presente manual.

g) Las propuestas de comisión al extranjero deberán de ser entregadas cuandomenos 10 dias hábiles antes del inicio del viaje, salvo casos excepcionales.

Toda esta documentación deberá ser presentada a la Secretaría de Administraciónpara su validación.

En ningún caso serán permitidas las extensiones de los viajes para propósitospersonales, aún a cuenta de vacaciones.

Los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos, que debanrealizar alguna comisión al extranjero deberán observar estas políticas.

12. La integración de los pagos de los gastos de Pasajes y Viáticos, a que se sujetarán./Íos servidores públicos adscritos a las Dependencias y Entidades Públicas, que

realicen comisiones oficiales en el Interior del Estado, República Mexicana y en elExtranjero, estará compuesta por tres aspectos, que son: alimentación, hospedajey transportación; los cuales se apegarán a los siguientes lineamientos especIficas:

a) Cuando se confiera a los servidores públicos una comisión oficial, en todos los/ casos con excepción de los titulares de las Dependencias y Entidades Públicas,

se deberá recabar el Oficio de comisión de conformidad con lo dispuesto en elnumeral 10 inciso a) de este Manual, debiendo contener invariablemente:número y fecha del OfICio,el nombre de la persona, lugar, descripción especificade la comisión, penado de la comisión y medio de transporte a utilizar. Para lascomisiones de Directores Generales y niveles superiores, los oficios deberán serfirmados por los titulares de las Dependencias y Entidades Públicas, o por lapersona en quien deleguen esta facultad, debiendo en este caso notificar de estehecho a la Secretaría.

~/ En las comisiones ofICiales asignadas a los servidores públicos, cuya estanciasea mayor a un período de 30 dlas continuos, los importes de Viáticos seránliquidados de conformidad con los tabuladores de costo de vida según

/corresponda que se incluyen en el presente Manual como anexos 3 y 4.

// En comisiones mayores a 8 dras, se cubrirán gastos de lavanclerra y serviciotelefónico, siempre y cuando se presenten las facturas que sustenten los gastosrespectivos. Por lo que se refiere al servicio telefónico, se autorizarán los gastospor llamadas realizadas en el. desempeno de las actividades objeto de lacomisión.

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8-15

~) Pera obtener el importe de los recursos económicos y poder dar cu;r¡)iirnie:llo aldesernperlo de la comisión, además de observar los requisitos SGi"12lacJos en elnumeral 10 del presente Manual, se elaborará el recibo de Viáticoscorrespondiente, en base a los tabuladores anexos a este Manual, para lo cualse establece la forma única de recibo, con la finalidad de unificar criterios (ver"anexo 1"), e implementación de lo siguiente:

v/ff En el llenado del apartado de los "Datos Generales" del recibo, se deberáobservar el instructivo del "anexo 1" agregado al presente Manual.

Ai En el apartado del recibo indicado como "Gastos de Pasajes, Viáticos ydemás", se harán las anotaciones de acuerdo al instructivo del "anexo 1!1 delManual, aplicando los tabuladores respectivos conforme a la hora de salidapara el cumplimiento de la comisión, computando diariamente al final, losimportes devengados y demás gastos efectuados según proceda, sumandode igual manera los importes al término de la misma y utilizando las formasque sean necesarias, con apego a los días comisionados; para las comisionesen el Interior del Estado, en la República Mexicana, asl como para lascomisiones al extranjero deberá ajustarse a lo señalado en los anexos 2, 3 Y 4del presente r,,1anual.

iii) En el renglón destinado a " Gastos de Transportación", de igual fonTla que en/ el punto anterior, se harán las anotaciones de acuerdo al instructivo

mencionado y aplicando además el tabulador, para' el pago de gasolinaseñalado en el "anexo 5" agregado al presente Manual, computando elimporte de los kilómetros recorrides, ya sea cuando se utilice vehfculo oficialaparticular; en el caso de que el servidor público utilice su propio vehfculo, sedeberá justificar plenamente su uso, quedando bajo su responsabilidad lareparación de cualquier desperfecto mecánico que sufra el automotor durantela comisión, debiendo en su caso autorizar este medio de transporte su jefeinmediato, con visto bueno del titular de la unidad administrativa, y se lepagará exclusivamente el costo del combustible; los peajes se cubriránsiempre y cuando se presenten los comprobantes respectivos.

iv) Cuando en el cumplimiento de la comisión, se sef"lale como medio detransporte público aéreo o terrestre, se cubrirá el importe de los boletos delpasaje del transporte que se haya autorizado, debiendo presentar los boletoscorrespondientes.

v) Los gastos de alimentación no son sujetos de comprobación, por lo tanto, esrequisito primordial que estos se describan detalladamente en el recibo únicode Viáticos,

vi) En el caso de que el Gobierno del Estado tenga la obligación por contratocelebrado con prestadores de servicios, de cubrir los gastos objeto delpresente Manual, se deberá contar con oficio de comisión de conformidad conlo dispuesto en el numeral 10 inciso a) de este Manual y con el recibo ofactura que especifique claramente el periodo y lugar de la comisiónefectuada.

vii) Los gastos que se generen por concepto de. Traslado de Personal, deberáncontar con escrito oficial del concepto a utilizar, la persona o personas atrasladar, medio de transporte y fechas en las que tendrá verificativo elevento o suceso que de origen a la utilización de' esta partida y deberán ensu caso obtenerse y presentarse para su pago las facturas ylo comprobantesde los gastos que se generen y que están contemplados en el Clasificadorvigente.

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i3. Se excluye al titular del Poder Ejecutivo, ele la ot';)l:fvdncia eje:'los L;¡:..u¡~~,jO¡C¿;deViáticos.

-1- 14. En caso ey:cepcionai y cuando la comisión dE:; trabajo lo réquiem, Ic~:tilu!:.,rc.3 de lasDependencias y Entidades ¡:")úblicas, con la comprobación de kJs gastosrealizados, podrán exceder los montos estipulados en los tabuladores de Viáticosanexos al presente Manual; I previa autorización de la Comisión Interna deAdministración. '-;~._-----

(ONH,AlORIA DEl ESTADO.

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soje de los Fe,¿e¡eroS:Num. 70:dificio Progreso, Plaza:TapatiaGuadalajara. Jalisco, México

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Capítulo V

REQUISITOS FUNDAMENTALES PARA LA COMPROBACiÓN DE PASAJES,VIÁ TICOS y TRASLADO DE PERSONAL

15., Para la comprobación de los gastos de Pasajes, Viáticos y Traslado de Personal/' sea cual fuere el lugar de comisión, los seNidores públicos, deberán presentar

ante el área administrativa, la siguiente documentación: Copia del oficio decomisión; el original del recibo de Viáticos debidamente requisitado y firmado; lasfacturas y comprobantes originales de los gastos realizados por concepto delavanderra, servicio telefónico, hospedaje y demás gastos realizados en el trasladode personas, boletos de pasajes y peajes según proceda.

Cuando por alguna razón justificada no sea posible comprobar el importe por-"concepto de hospedaje, por parte del servidor público comisionado, como es el caso

/" de la estadra en comunidades rurales o municipios en las que no existainfraestructura de servicios de esta rndale que permita la comprobación fiscal, elDirector del Área de adscripción del servidor público comisionado, deberá aclarar yaprobar este hecho, contando con la autorización del Director Generalcorrespondiente.

....----I::h el caso de prestadores de servicios, se deberá contar con oficio de comisión y elrecibo o factura que especifique claramente el periodo y lugar de la comisiónefectuada, debiendo contar estos documentos con la evidencia de autorización porparte de los funcionarios que se mencionan en el numeral 10 inciso a) de esteManual

~os gastos que se generen por concepto de Traslado de Personal, deberán contarcon escrito ofIcial del concepto a utilizar, la persona o personas a trasladar, mediode transporte y fechas en las que tendrá veríficativo el evento o suceso que deorigen a la utilización de esta partida y deberán en su caso obtenerse y presentarsepara su pago las facturas y/o comprobantes de los gastos que se generen y queestán contemplados en el Clasificador vigente, debiendo contar con la evidencia deautorización por parte de los funcionarios que se mencionan en el numeral 10 incisoa) de este Manual.

16. /Ca comprobación de los Pasajes y Viáticos de los titulares de las Dependencias yEntidades Públicas, se realizará mediante la presentación del formato de ViátICOSdebidamente requisitado, adjuntando los comprobantes originales de los gastosseñalados en el numeral 12; excluyéndose la copia del oficio de comisión.

17. Las poblaciones del Interior del Estado, se clasifican en dos categor/as; según lo/señalado en el "anexo 4" que se agrega al presente Manual, en las cuales se

considera, el costo en zona de vida cara y media, a excepción de Puerto Vallarta,El Tuito (Cabo Corrientes), Tomatlán, Barra de Navidad, Cihuatlán, San Sebastiándel Oeste y Melaque, a las cuales exclusivamente se aplicará el tabulador deviáticos para el interior de la República Mexicana. En zona de vida cara se clasificala primera de las ciudades mencionadas, el resto se considerarán en zona de vida

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRAlORIA DEL ESTADO

+- 18. L~s .titulor~s d~ las. á-reas adrninistrativ~s de las Depentj~n~ias y Er:tidac1esPublicas, aeberanexlglr en un lazo máximo de tres dlas hablles postenores altérrnino de cada c.c .' a comprobación ylo reintegro de los importes otorgados

~ervidores públicos; no debiendo dar trámrre a aquella comprobación que nocumpla en tiempo y forma con los requisitos y disposiciones contenidas en elpresente Manual. Inclusive deberán de abstenerse de proporcionar nuevamenterecursos para estos conceptos de gastos a los servidores públicos que nocomprueben ylo reintegren oportunamente los suministrados con anterioridad.

Lo dispuesto en el párrafo anterior deberá aplicarse en el caso de prestadores deservicios y lo que en su momento corresponda por los conceptos establecidos en elClasificador vigente a la partida "Traslado de Personal".

19. Los titulares de las áreas administrativas dePúblicas, no deberán pagar viáticos a loscomprobación no incluyan los comprobantestransporte utilizado en la comisión realizada.

las Dependencias y Entidadesservidores públicos, en cuyaylo justificación del medio de

CapftuloVI

REQUISITO ESPECíFICO PARA QUE LA SECRETARíA REALICE ELREEMBOLSO DE GASTOS POR PASAJES, VIÁTICOS Y TRASLADO DE

PERSONAL

20. Con la finalidad de que las Dependencias y Entidades Públicas mantengan unaliquidez financiera adecuada de sus Fondos Revolventes, es importante queintegren con toda oportunidad los reembolsos de gastos por Pasajes, Viáticos yTraslado de Personal, tramitándolos ante la SecretarIa con toda la documentacióncomprobatoria, que debe reunir los requisitos señalados en el presente Manual, aefectos de evitar su devolución o rechazo.

CapfbJlo VII

PARA EL PAGO DE LOS GASTOS CUANDO SE UTILICE TRANSPORTACiÓNAÉREA O TERRESTRE

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11-15

Los titulares de 13S Dependencias V Entidé;,jes F\lblicas, ser¿n Quienesexclusivé<mente autoricen el medio de transporte aéreo a los sC'rv;c:"x2S p0brico::;COlriÍs;::mados en la República Me;.dcana. . .

De igual manera, los titulares de las Dependencias }' Entidades Públicas seránquienes exclusivamente autoricen aquellos casos, en que se asignen comisionesoficiales a servidores públicos al extranjero, debiendo contar previamente con laautorización del C. Gobernador y la validación de la Comisión Interna' deAdministración.

Cuando los servidores públicos utilicen vehfculo oficiala particular, se pagará lacantidad señalada por kilómetro recorrido "ver anexo no. 5", con base a lasdistancias que existan de acuerdo a la relación adjunta, entre las poblaciones delinterior del Estado y la ciudad de Guadalajara "ver anexo no. 6", en el entendido,de que se deberán de señalar las caracterfsticas del vehículo oficiala particularque se utilice, como son: marca, tipo, modelo, número de placas y cilindraje.Cuando un servidor público se comisione conjuntamente con personal de otradependencia o entidad pública deberá llenar en el recibo de Viáticos el apartadocorrespondiente a gastos de transportación, asl como la justificación del motivo delpor qué no se cobra combustible. El pago se efectuará siempre y cuando fasdistancias recorridas correspondan a los lugares consignados en el oficio decomisión. En lo que respecta a brechas, terracerlas o caminos adyacentes al lugarde la comisión, que sea necesario recorrer para el cumplimiento de faencomendado; su pago se efectuará, bajo la estricta responsabilidad de losfuncionarios que se mencionan en el numeral 10 inciso a) de este Manual.

En lo referente a futuros incrementos en' el precio del combustible, éste secompensará en la fecha que se autorice y el pago se efectuará por kilómetrorecorrido, de acuerdo al cilindraje del vehlculo utilizado, conforme a lo establecidoen el "anexo5" que se agrega al presente Manual

~ismo, los titulares de las áreas administrativasde las Dependenciasy EntidadesPúblicasque suministranvalesde gasolina a los servidores públicospara la ejecuciónde comisionesoficiales,deberánde hacer constar en el recibode viáticos, la cantidadotorgadaequivalentepor kilómetro recorrido"ver anexo no. 6".

23.

24.

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TITULO TERCERO

DE LOS PAGOS DE PASAJES, VIÁTICOS Y TRASLADO DE PERSONAL Y SUCOMPROBACiÓN

Capitulo I

DE LOS PAGOS DE PASAJES, VIÁTICOS Y TRASLADO DE PERSONAL

25./ Los titulares administrativos de las Dependencias y Entidades Públicas efectuarán.../ los pagos de Pasajes, Viáticos y Traslado de Personal a los servidores públicos

comisionados, mediante los recursos del Fondo Revolvente asignado, apegándosea los importes autorizados en los tabuladores respectivos (ver anexos del 2 al 6) yde a({(lerdoa los techos financieros asignados en las partidas correspondienÍes desus presupuestos autorizados.

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Capitulo 111TRÁMITE PARA EL PAGO DE LOS GASTOS DE TRASLADO DE PERSONAL

27. ~ara el pago de los gastos de Traslado de Personal, estos se calcularán conforme/á lo que estipulan los tabuladores correspondientes de los anexos 3 y 4 del

presente Manual, ya sea costo en zona de vida cara o media. Los gastosadicionales que se realicen, se sujetarán a lo selialado en la descripción literal delClasificador vigente.

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Capítulo 11

TRÁMITE PARA EL PAGO DE LOS GASTOS DE:JLliV¡¡:NTACIÓN

26. Para el pago de los gastos de alimentación, estos se calcularán conforme a lo queestipulan los tabuladores correspondientes de los anexos 3 y 4 del preseníeManual, ya sea costo en zona de vida, cara o medía.

El pago de la alimentación, se sujetará al siguiente procedimiento:

a) Si la salida es antes de las 9:00 horas, se pagará desayuno.

b) Si la salida es entre las 14:00 y las 16:00 horas, se pagará la comida.

e) Si la salida es después de las 19:00 horas, se pagará la cena.

Para el regreso se aplicaran los procedimientos anteriormente descritos, a criterio delDirector de Área u homólogo, en donde esté adscrito el servidor público comisionadoy con autorización del Director General correspondiente, se pagará la cena en loscasos que proceda.

Los horarios descritos en este punto, se establecen con el propósito de transparentary eficientar el uso de los recursos asignados a los conceptos objeto del presenteManual, quedando bajo la estricta responsabilidad de los titulares de lasdependencias y entidades o en quien deleguen esta facultad, el autorizar recursospor concepto de alimentos en horarios diferentes a los ser/alados, debiendo justificarplenamente este hecho.

Capitulo NTRAMITE PARA EL PAGO DE LOS GASTOS DE HOSPEDAJE

28. Para el pago de estos gastos, se liquidarán sin exceder lo establecido en lostabuladores correspondientes de los anexos 3 y 4 del presente Manual, los cualesse dividen en dos categorlas:hospedaje en zona de vida cara y zona de vidamedia.'

Los gastos generados por este concepto deberán ser comprobados mediante lapresentación del recibo o factura expedida por el establecimiento en el cual elservidor público pemoctó, y en el caso que el importe comprobado sea menor que elimport~ otorgado de conformidad con el tabulador correspondiente, la difer.enciadeberá / ser reintegrada a los titulares administrativos de las DependencIas yEntidades Públicas .

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El pago de los gastos de hospedaje, será únicamente para la estancia por noclle,bajo las siguientes consideraciones:

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d) En aquellas comisiones que duren varios dias y que se lleven. a cabo enpoblaciones que se encuentren comprendidas dentro. de una distanciatabulada menor de 50 kilómetros y que cuente con servicio de transporteadecuado no se pagará hospedaje, debiendo el comisionado ir y volverdurante el tiempo que dure la comisión, por lo que en caso contrario. elDirectot del Área de adscripción del servidor público comisionado, deberáhacer constar el motivo que. dio órigen de este hecho, contando con laautorización del Director General.

e) Para el pago de los gastos de Pasajes y Viáticos a los servidores públicoscomiSíonad~1 extranjero, se estará sujeto a la observancia del contenidodel numer 22, y se cubrirán de conformidad con los montos y caracteristicasestablecida el tabulador de Viáticos. correspondiente. según el "anexo 2n

agregado al presente Manual./)

/f)/ Para efectos de cubrir gastos de Pasajes y Viáticos, a aquellos servidores

/ " públicos que prestan sus servicios el interior del Estado y que seanl.j/1/J,' . ,. b,lI""Ww.¡ad5co.go .mx

a) Para aquellas comisiones que se lleven a cabo en poblaciones del interior delEstado que concluyan en el mismo dia, y cuya distancia tabulada sea menorde 150 kilómetros, no se pagará hospedaje.

En el caso d~ que lo dispuesto en el párrafo anterior no sea observado,elDirector del Area de adscripción. del servidor público comisionado, deberáhacer constar el motivo que dio origen de este hecho, contando con la .autorización del Director General correspondiente.

e) Por otra parte, no se pagará hospedaje, en aquellas comisiones destinadas alas poblaciones comprendidas dentro de la distancia indicada de 150kilómetros, los dias sábados y domingos, asf como los días festivos, salvo queel oficio de comisión asl lo especifique y se cuente con la autorización delDirector de Área correspondiente con el visto bueno del Director Generalcorrespondiente.

b) Cuando por razones de las actividades encomendadas de la propia comisión,los servidores públicos y demás personal requieran permanecer en laspoblaciones después del horario normal de trabajo, y/o el servicio detransporte se suspenda antes de la culminación de ésta, se les pagaráhospedaje, siempre y cuando no se les haya proporcionado vehículo oficial outilicen el vehículo de su propiedad para el cumplimiento de la misma.

A este respecto, el Director del Área de adscripción del servidor públicocomisionado, deberá hacer constar este hecho, contando con la autorizacióndel Director General correspondiente.

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Capítulo V

DE LA COf\ilPROBACIÓN DE LOS PASAJES, ViÁ riCOS y TRJ\SU\DO DEPERSONAL

29. Una vez concluida la comisión, el seNidor púbIíco integrará la comprobación eJe losgastos efectuados de la siguiente manera: .

a) Recibo de Viáticos;

b) Facturas originales que amparen los gastos de lavandería, servicio telefónicoy demás gastos, según proceda;

e) Copia del oficio de comisión;

d} Boleto de transportación utilizado, según proceda;

e) Comprobantes de peajes, según proceda;

f) Comprobante de hospedaje, según proceda;

g) Según proceda, presentar comprobante de pago de taxis ylo recibo en papelmembretado de la Dependencia o Entidad Pública;

h) En el caso de prestadores de seNicios, se deberá presentar Oficio deComisión y el recibo o factura original que especifique claramente el periodoy lugar de la Comisión efectuada, debiendo contar estos documentos COIl laevidencia de autorización por parte de los funcionarios que se mencionan enel numeral 10 inciso a) de este Manual; y

i) En su caso, facturas origfnales ylo comprobantes de los gastos efectuadosinherentes a Traslados de Personal, anexando para este efecto el escritooficial debidamente autorizado que contenga la información correspondientedel concepto utilizado, la persona o personas trasladadas, medio detransporte y fechas en las que tuvo verificativo el evento o suceso que dioorigen a la utilización de esta partida.+ j) Deberá de entregar informe personal del viaje ylo comisión encomendada,especificando de manera clara y separada los gastos de hospedaje,alimentos, transporte foráneo y/o intemo, peajes, etcétera (anexo 8).+ k) En los viajes al extranjero formará parte de la comprobación del gasto quepresente la Dependencia el oficio de autorización del C. Gobernadorexpedido por el Secretario Particular, dicha comprobación debei él contarcon la validación de la Comisión Interna de Administración.

¡,/'lnvariablemente los comprobantes de gastos exhibidos deben reunir los requisitosque señalan las disposiciones fiscales vigentes.

~En el caso de viajes al extranjero en los que se requiera la comprobación de losconceptos objeto del presente Manual, se tomará en cuenta el tipo de cambio vigentea la fecha de la entrega de los recursos y de la comprobación a efectos de ajustar,reintegrar o recuperar los importes convertidos a moneda nacional.

/--Cuando el servidor público por necesidades del seNicio tenga que utilizar taxis paratrasladarse intemamente en el lugar de la comisión y no obtenga comprobante de lospagos, se le cubrirán los gastos, siempre y cuando presente en papel membretado dela dependencia o entidad pública, los recorridos efectuados y su justificación; en cuyocaso, estos gastos deberán ser autorizados por el Director del Área de adscripción delseNidor público comisionado y con visto bueno del Director General respectivo.

14.15

COi¡dsicnados a lug21es ciistintos al de su oij;.:;cri¡x;iÓ;l, ;:;:;::dely..:'rjn e:¡::<'9:::ra ioE'.:sl:piJlado en el presente ¡.J1ó:nual.

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s~~.~.J-L~j~GOBIERNODE JALISCOpODeR (J£.CUTiVO

(OUrHAlOp.íA OH ESTArlO

J",2je dE: los Ferrovejeros Núm. 70,.-iifíCiO Progreso, Plaza Tapatía

. Guada:ajara, Jalisco, Méxicol'; 36681533 Fax 3668 1621

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ATENTAMENTE

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T R A N SITO R lOSPRIMERO.- El presente Manual entrará en vigor a partir del día 15 de febrero del año2008.

SEGUNDO.- Se derogan. todas las disposiciones reglamentarias que se opongan aeste dispositivo jurídico.

Capítuío Único

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA CONTRli,tORíft~ DEL EE,TADO y LASECRETARiA DE FINANZAS

30, ~a Contralorla del Estado, en la esfera de su respectiva competencia, podr¿/" efectuar revisiones sobre el ejercicio del gasto público que afectan las erogaciones

que se realizan con cargo a las partidas presupuéstales reguladas por lasdisposiciones contenidas en el presente Manual, con el propósito de veíificar que'las Dependencias y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo del Gobierno delEstado. se apeguen a la correcta observancia, aplicación y comprobación del gastoobjeto de la presente reglamentación, asl como señalar la inobservancia de estasdisposiciones, y aplicar las sanciones que establece fa Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.

31/La Secretaria, de conformidad con las atribuciones que le confieren la Ley¡/ Orgánica del Poder Ejecutivo en su artículo 31 fracción XV y la Ley de

Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Gobierno del Estado en susarticulas 52, 53, 54 Y 55, Y el Reglamento de esta última Ley en sus articulas 18 y19, se reserva la facultad de autorizar y tramitar documentación comprobatoria degastos que no satisfagan los lineamientos y disposiciones contenidas en elpresente Manual.

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ANEXO 1.

ANEXO 2.

ANEXO 3.

ANEXO 4.

ANEXOS.

ANEXO 6.

ANEXO 7.

ANEXO 8.

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Corresponde al recibo de viáticos

Corresponde a los tabuladores de viáticos para las comisiones enel extranjero.

Corresponde a los tabuladores aplicables a comiSiones a lasciudades de la República Mexicana, que se dividen en zonas, queson de vida cara y media.

Corresponde a los tabuladores aplicables a comisiones enciudades y poblaciones del Estado de Jalisco, que se divide enzonas de vida cara y media. .

Corresponde al tabulador para el pago de la gasolina, por loskilómetros recorridos en vehículos oficiales o particulares encomisiones asignadas.

Corresponde a las distancias por carretera, desde Guadalajara alas diferentes ciudades y poblaciones del interior del Estado.

Corresponde al oficio de solicitud de autorización del C.GobernadorConstitucional del Estado de Jalisco.

Corresponde al formato para reportar los viajes oficialesrealizados

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¡\NEXO 1GOE;IERHO OEL ESTADO DE J'~USCO

SECRETARIA DE FINANZASRECIBO DE VJATiCOS

BUENO POR

DATOS GENERALES[lEPENDErJ':L"DIREcelONDEP.'lRTl'MENTO

t.jOiV:l3REy CATEGORíA DEL SERVIDOR PUBLICO COMiS!OW.[lO:

DESCR!PCION DE LA COMISION EFE CiliADA

C-U/lDI'\LAJARA, ,IAL., A DE DEL 2007

RECIBI DE LA CAJA DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTIlDO LA CM.JTID./lD DE :CON LETRA

POR CONCEPTO DE PASAJES. VIATICOS y DEMAS GASTOS DEVENGftDOS DURAt.JTE LOS DIAS DEAL DE DEL 2007, EN LIl, P08LACION (ES) DE

No. PLACAS

GASTOS DE PASAJES VJATlCOS y DEMAS

MA.RCA

CONCEPTO LLNE-S M.C..!;'TES M!Ef,'COLES _VEVE~. VIERNES S.A.8:c.r:.a DOMIi'J:30 TOfP-LDeSAYUNOCOMIDAcalA. .

HOSPED.A,JE.PAS'-"IESTRPNSP.INT.SERV. TELEF.LP,v,ANDERIA

SUMAS

VEHICu..O

I

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POBLACIONES DE LA COMISION

POBLACION D1STANC'.l4 CANTIDAD PRECIO IMPORTE PEAJESKJlOMt:IROS LITROS UNfTARIO

II RECIBIO ALfTORIZO Vo60

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COIvl1SIOWIDOL:.~I~.~TORDEAA~~~~~~IV~~~!J

VO.80.

DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIV,O

DIRECTOR GENERA.!.. (O EQUiVALENTE)

l"saJé de losFerroveiero; Nurr. 70E.dlf. Progre,o '3~~:'piSO

Plaza TapatlñGuacalajara, Jahsco, M('xicc~

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GASTOS DE TRANSPORTACIÓN

POBLACIONES DE LA COMISiÓN

(16). -Describir las caracterlsticas del vehfculo ya sea oficial y/o particular utilizado como.medio de transporte en la comisión realizada.

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ViÁTiCOS

(1).- En el apaltado de Bueno Por $ , se debe consigr¡ar la cCintidCid tota: de (;U.:1uS¿rogados en la cornísi6n Efectu-ada.

/' PATOS GENERALES

(2).- Describir la Secretarfa y/o Dependencia de Adscripción del Servidor Público.(3).- Anotar la Dirección General y Dirección de área de Adscripción del Servidor Público(4).- Describir la Unidad Departamental de Adscripción del ServidOí Público(5).- Anotar Nombre y Categoría del Servidor Público Comisionado(6).- Anotar de manera breve las actividades efectuadas durante el desempeño de laComisión(7). - Describir la fecha de la elaboración de la liquidación de la Comisión(8).- Anotar con Número y Letra el monto total de los gastos efectuados y pagados alServidor Público(9).- Anotar los días y lugares de la Comisión.(10).-De conformidad con los tabuladores y cuotas diarias, describir los importes erogadospor cada día del periodo de la Comisión y Totalizar en la última columna(11 ).-Anotar los gastos efectuados por pasajes según proceda y finalmente sumarizar losgastos en la última columna. .(12).-Oe acuerdo a los tabuladores autorizados, consignar los importes erogados en

transportación interna diariamente y finalmente en la última columna totalizar esteconcepto de gasto debe ampararse con la comprobación respectiva.

(13).-Consignar los importes diarios pagados por servicio telefónico y finalmente totalizaren la ú~jma columna; a este respecto cabe señalar que estos gastos se pagaranexclusivamente en comisiones mayores de ocho días debiéndose presentar lacomprobación correspondiente.(14). -Anotar el iimprte de las erogaciones por concepto de lavanderla ,de conformidad conla fecha de los comprobantes del gasto y totalizar en la columna respectiva.(15).-Efectuar la suma de las erogaciones efectuadas diariamente incluyendo la columnade total

(17).-Anotar las poblaciones en que se efectuó la comisión(18).-Senalar los kilómetros recorridos en cada población de conformidad con el anexo No.6(19).-Determinar la cantidad de litros de combustible útilizados de acuerdo al cilindraje delvehículo y su rendimiento por kilómetro, d~ conformidad con el anexo No. 5(20).-EI precio por litro de combustible será el vigente durante el periodo de comisión.(21).-8e anotará el importe de la conversión de los litros de gasolina por el precio unitariopor litro de combustible utiliZado.

\'. (22). -Se consignara el importe de las cuotas de casetas pagadas según proceda, en cuyo\\, caso deberán presentarse los comprobantes respectivos.\,\

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CONTRALORiA DEL ESTADO

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(23}.-Anotar el nombre del Servidor Público comisionado(24}.-Describir el nombre del Director?e Área u Homologo, Jefe Inmediato de la personaque autorizó la comisión (Director de Area, Sul:x:lirector y/o Jefe de unidad departamental,según sea el caso)(25).-Anotar el nombre del Director General u Homologo que firmo el oficio de comisión(26).-Anotar el nombre del Director Administrativo

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DE lAS FIRMAS DEL RECIBO

Copia del Oficio de ComisiónBoletos del medio de transporte utilizado. (Transporte Público y.Aéreo)Comprobantes del pago de peajes .Facturas ylo comprobantes del pago de servicio telefónico ylavanderra.Comprobantes de pago de taxis y/o recibO en papel membretado detraslados internos en los lugares de la comisión debidamenteautorizados por los Servidores Públicos respectivos, de conformidadcon la presente reglamentación

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Los tabuladores que indican las cuotas diarias de viáticos incluyen el pago depropinasEn virtud de que los gastos por concepto de viáticos (consumos y hospedaje) no secomprueban, será de la absoluta responsabilidad del titular de la Dependencia oEntidad Pública o del servidor Público en quine delegue esta facultad el autorizarcon su firma autógrafa toda la documentación soporte de los gastos efectuados convisto bueno del titular Administrativo correspondiente.El servicio telefónico y de lavanderfa, se autorizara exclusivamente al servidorPúblico que realice comisiones continuas mayores a 8 dfas, siempre y cuando sepresenten las facturas ylo comprobantes de los gastos respectivos.Invariablemente en la comprobación de las comisiones realizadas, se deberáacompa(jar al presente recibo de viáticos según proceda, la siguientedocumentación soporte:

CONSIDERACIONES ESPECIFICAS SOBRE LOS GASTOS EFECTUADOS

\ww\'V.jalisGO.gob.mx

CONTRAlORIA DEL ESTADO

~dSaji' de los FerrovE'jeros Num. 70EdiL Progreso 3' piso-j pLna Tapalia

Guadalajara, Jalisco, ~..,1éxi(c

. Tf'1 3658 1633... Fa}.:3ó6R 1623

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42.0062,00105.00422.00

.3:tOO::

36.0059.0072.00

355.00

DESAYUNOCOMIDACENA'HOSPEDAJE

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCOSECRETARIA DE FINANZAS

SECRETARIA DE ADM/N/STRACIONCONTRALORIA DEL ESTADO

TABULADOR DE VIATICOS POR NIVELES JERARQUICOSPARA COMISIONES Ot=IC/ALES EN EL EXTRANJERO

~£í~~. wm»:r

'Elitl,r~'~\.lt~f

SECRETARIOS Y HOMOLOGOS

SUBSECRETARIO, DIRECTORESGENERALESO EQUIVALENTES

GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRAlORIA DEl ESTADO

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~d,a¡e de los Ferrovejero> Núm. 70Edil. Progreso 3{'¡ piso

--¡ P!azd Tapalí"! Guadaiajaóa. Jafrsco, "'"I~éx¡co

""'" Tel. 3668 1633fa)' 36681623

DIRECTORES, JEFES DE DEPTO.Y RESTO DE CATEGORIAS'

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

20.0042.0053.00

264.00

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~d,"j~ de los Ferrovejero, Nun,. 70Ecid. Progreso 3" P;~()

, Piaza Tapa!",J Guadalajara, JalISco, Me,;,,,T"I 3668 1633

_. ;-0,3668 i623

ZONA DE VIDA CARA1-

CIUDADES ESTADOS

México Distrito Federal ,-

Ensenada. Mexicali y Tijuana Baja California NorteCabo San Lucas y La Paz Baja California SurCampeche y Ciudad del Carmen Campeche ,-Manzanillo Colima ,-

Piedras Negras y Saltillo CoahuilaTapachula y Tuxtla Gutiérrez Chiapas

I Ciudad Juárez y Chihuahua ChihuahuaGuanajuato y León GuanajuatoAcapulco, Ixtapa y Zihuatanejo GuerreroPuerto Va11arta JaliscoToluca MéxicoMonterrey Nuevo LeónHualulco OaxacaPuebla PueblaCancón, Cozumel y Chetumal Quintana RooCuliacán y Mazatlán SinaloaHermisillo y Nogales SonoraVillahermosa TabascoMatamoros, Nuevo Laredo y Tampico Tamaulipas .

Coatzacoalcos y Veracruz Veracruz

El resto de las ciudades, se clasifican en zona de VIDA MEDIA; seconsiderarán además en éste tipo (VIDA MEDIA) a la población de El Tuito(Cabo Corrientes), Tomatlán, Barra de Navidad, Cihuatlán, Sªn.S~.bastiánf\' Oeste y Melaque.

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V,www.ja~sco.gob.mx

//Ciudades de la República Mexicana, que se dividen en dos zonas que son:VIDA CARA Y VIDA MEDIA.

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

COrnRALORíA DEL ESTADO

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12B.00202.00128.0080TOíf )

220.00270.00220.0

, 1,515.00 ':t.""'-"-"'''''''_''T'''', __" _

166.00238.00166.00.

,/~r211.00'\.. __ .~.. -" ..." ~..".'- ..... -~'~. - -

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

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m11.iII~f~\lit*4f{(ANEXo NUMERO 3)

GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO. SECRETARIA DE FINANZAS

SECRETARIA DE ADMINISTRACiONCONTRALORIA DEL ESTADO

TABULADOR DE VIATICOS POR NIVELES JERARQUICOSPARA COMISIONES OFICIALES EN LA REPUeUCA MEXICANA

wllllIIIIC«4III111Ii" ••• 1f¡1'11fi_ll!lliSECRETARIOS Y HOMOLOGOS

SUBSECRETARIO, DIRECTORESGENERALESO EQUIVALENTES

DIRECTORES, JEFES DE DEPTO.y RESTO DE CATEGORlAS

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORIA DEl ESTADO

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Nota: Las cuotas diarias planteadas incluyen el pago de propinas

Itaje de lo, FerrOVeJe'05 Num. 70

[rl.!. PlOgreso 3"'. prsoPlaza lapati?

Güadala;iua, ia}¡sco MéxicoTeL 3666 1633Fax 366f 1623 wW"N.jaliscO.gob.mx

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128.00183.00128,00

, 867.00):'-----_ ... ,....-

9200-147.00Q?nn

C'579.00 - ')/'--,_ ...~-----

137.00220.00137.00

1-;1-18~OO),/...._-----_.~

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCOSECRETARIA DE FINANZAS

SECRETAR~ DE ADMINISTRACIONCONTRALORIA DEL ESTADO

TABULADOR DEVIATICOS POR NIVELES JERARQUICOSPARA COMISIONES OFICIALES EN LA REPUBUCA MEXICANA

SECRETARIOS Y HOMOLOGOS

SUBSECRETARIO, DIRECTORESGENERALESO EQUIVALENTES

DIRECTORES, JEFES DE DEPTOy RESTO DE CATEGORIAS

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRAtORIA DEL ESTADO

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J Guadald)o ..ra. Jalisco. M'.''>.':c'Teí 3668 1633

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_._-~------ -_ ..._._--i 9 .• Chapal~ 35.- Zona metropolitana deI Gua~alaj~rat10.- *Cihuatlán

- -- --'.-._._--'---

-- -----_._-----_.-. 11.- Colotlán-

.._----_12.- •.El Tuito (Cabo Corrientes)-----13.- Jocotepec

14.- La Barca.15.- La Huerta

- --16.- Lagos de Moreno17.- Mascota

--18.- Mazamitla19.-" Melaque

20.- Ocotlán21 .- Poncitlá n

...._-----22.- ** Puerto Vallarta23.- San Juan de los Lagos24.- .San Sebastián del Oeste I---'----------------- ...__ .._-.---

Ciudades del Estado de Jalisco, que se dividen l:!l dos zonas que son: ViDACARA Y VIDA MEDIA..

¡--------------------- -- -----------------------'----,

.i------pOBLACIO~~~AJJ-~'fID~~A~Bl.ACIONES----~L=--==:----------------I-- -~-====~===_==_=1'l~_.-_AhL!.alL!_/co_~e!~~_rc_-~_do -i_12r~Ia_m_a_z_u_~~~eg_o_r~~~~_~ Ji:~:~-~~~~:s--------------+~~:~~:~-:~~~nde-Mo-relos------- --------114_~:-A~_-m-~1-~c-_~-_~-_ªi~_l!~1?-_-__~- -__==-==go---.--f~g-~ui_la~-_~==~_~~~=~~=_~:::=~~-_~=__==_---~-i,\ 5.- Atotonilco el Alto ' I 31.- * Tomatlán ¡

~t ~~~:~r_!'lav~r!"------===-=------+ !;~;~-;~;~~~~aef~~~%~{~f~~~~O=----J-lJa-..--*--B--a-r-ra--d-e-N-avldad--------#i.. Zap--o-tla-n-e-jo------------- -----1

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::¡ 125.- Tala +-' \126.- Talpa de Allende J

", Nota:\ •.A estas poblaciones se les aplicará el tabulador de viáticos descrito en

\. - eLanSI presente manual, comisiones en la República Mexicana\~~rJf -\, . \~;} A est ° laciones se les aplicará el tabulador de viáticos descrito! -en el aneXo3-de~presente manual, comisiones en la República\ Mexicana Y'DA CA~\~ ---

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CONTRAloníA DEL ESTADO

IIIIIIIIIIIIIIIII

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GOBIERNO DEL ESTADO DE JAU seoSECRETARIA DE FINANZAS

SECRETARIA DE ADMINISTRACIONCONTRALORIADEL ESTADO

TABULADOR DE VIATICOS POR NIVELES JERARQUICOSPARA COMISIONES OFICIALES EN EL INTERIOR DEL ESTADO

Nota: Las cuotas diarias planteadas incluyen el pago de propinas

i-!!i-!;i¡:;:-l:l¡!~;i!-i¡il:~;-l¡¡¡;i:-¡~!~I>~.fflll¡i!¡:-¡¡¡¡:¡lli¡¡¡-:i¡il-¡:¡¡¡.¡:¡¡¡!¡¡-¡-!¡f¡¡~¡¡¡:1:.j!:¡;~.8~~'~I-;¡:-i¡¡¡:;:¡¡¡!¡. .:ii¡-¡:!-¡[¡;¡:i:¡:líl1~~:¡¡i¡i-¡¡¡ii:-¡:ii

DESAYU NO 147_00SECRETARIOS y HOMOLOGOS COM IDA 220.00

CENA ..!4I,~~HOSPEDAJ E (909.00

TQT.At::P:QR:P.'A.?}::::}}:(::::::::::::~:}:}?::::::::::::::::::::r:::::::?;::::::{: :~{{:~f~{{:~:~:~:~:~:~:~:~:~:~:~t:~{~~:~:~:}~~~:~:~~~:~:~:~:~:~:\;::::::}?:{:?:(:?::::::]~",?z.~'O(r:

DESAYUNO 128.00SUBSECRETARIO, DI RECTORES COMI DA 202.00GENERALESO EQUIVALEN TES CENA 128.00'- ..0HOSPEDAJE _5..05_?~

:r:QrAt{PQRJ)fA~::::rt:::::~::::::::::::r:::::::Itt~::::::::::::::=::::t:::::r:::::~:::t~~~~~~~~~~t~~~t??\t~~~f??f}}}}~jIr~~~::}:?t:{:;::::::::::?:::\tJ~~;'Qtt:

DESAYUNO 92_ 00DI RECTORES, JEFES DE DEPTO. COM IDA 166.00Y RESTO DE CATEGORIAS CENA ..92.0Q,

HOSPEDAJE 404.00l.-.. -_/

T;ºrAkPºRtM;:;:~:::;:;:;r::::::::{::;:::::ttt::t::tt::::::::::::t::t/{\{:: ~:~::~r:~~~~i~~~:~r}~;~:r~;~~f~~:~:t~~~~:~~~:~.........• ::::::{:::/::r::::r:;\::=:{::::::1.'~;:()l):::.' ::.- :

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~jGOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORIA DEI ESTADO

-JPa~njede los FerrovejerQ

Edif Progreso 3"

J' P,aza Tapa!la.: GliadaiaJara, Jaiiscó, t e); ca

~ _ Te! 3668 1633Fax 3668 í623

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.1•.1 ili li~_~~~~~4_Dj;';;~;t~~l~~~;_~~~~-~. GOBIERNO W8 - AmaGueca .85.- Quttupan

DE JALISCO 39.- Amatitán 86.- San Cristóbal de la 8arranca----.--PODER EJECUTIVO 40.- Arenal -- 8~7._San DiegD-de-Afe~ndrT¡3------'----I ro,m"o",,,,, ""00 141.- Atenáo 86- SanGab¡:¡eí[VenustiañoCarronzar--

Lf2. -_Atenguillo ~~~ San Ignacio Ce-rro-Gordo--q

----------

q

-

l. 43.- Atoyac 90.- San José de Gracia- r,44.- Ayuffii- 91.- San Juanito de Escobedo-(Antoniü----

. Escobedo)

I 145.- Bolaños 92.- San Julián---i-946. - Cajititlán (Tlajomulco de ZuñiQa) 93.- San Luis Soyatl¡fn l

4/.- Cañadas de Obreqón (Villa Obregón) 94.- San Marcos ------.----------ll.. --s 48.- Capilla de Guadalupe 95.- San Martín de Bolaños -------~

-F 49.- Casimiro Castillo 96.- San Martín HiQ.?J9-º- .J

~O.- Chimaltitán 9/.- San Miguel el Alto )L?1.- cr~I~I!Jstlan 98.- Santa Anita '------1I .!'2.- Cocula 99.-Santa.M.aríad"Jos !'ogele"- __._:.......-153.- Concepción de Buenos Aires 100.- Santa María del Oro (Manuel M i

g Dleaue'7' '1ta 54.- Cuautitlán 101.- ~vula [55.- Cuautla 102.- Tecalitlán --1

I ~:~g~~I~do I~g~.~i:~~~¡~ -i58.- Ejutla 105.- Tenamaxt/án I59.- El Grullo 106.- Teocaltiche ~I 60.- El Limón 101. -Teocuitatlánde corona---161.- El Salto 108.- Teuchitlán I

62.- Encarnación de Díaz 109.- Tizaoan el Alto ¡I 63.- Etzatlán 110.- Tlajomulcode Zuñiga ~I64.- Gómez Farias 111.- Tolimán _65.- Guachinanqo 112.- Tonaya ¡,n 66.- Huejuouilla el Alto 113.- Tonila -11

'. 67.- Hostotipaquillo 114.- Totatiche 168.- Huejucar 115.-Tototlán . ----.---¡

11 ~.. 69.- I>.ilahuacánde los Membrillos 116.- Tuxcacuesco ~fI ~1>d:1~lJyacán del.Río 117.- Tuxtueca . . ]l

71.- Jalostotitlán. 118.- Tuxpan --l~. I 773''">'._-JJaesmu,aslYuar¡'a 119.- Unión de San AntOniO ,11 IVI 120.- Unión de Tula I

J;1 0\ : ;~: ~~:'~~t~á~s Dolores ;~: 0::::~:~~:r:IU~ !\'

iJ. í6.- Juchitlán 123.- Villa Corona--¡. \. JI- La Manzanilla 124.- Villa Guerrero !l....• [r8.- Maodalena 125.- Villa Hidalgo 1

_79- Mexticacán 126.- Zacoalco de Torres --~:~~_-.-__-.__~~_-.~~j80.- Mezguític 127.- Zapotiltic ._1

- '\:~ ,.81.- Mixtlál1.::i 128.- Zapotitlán de V~dil~ JIiLaj~dEo.los Ferro"eje'05 Núfr.. 7l' . \ 82.- Ojuelos de Jqdsco _ :129. - Zapotlán del ReL_ ~

Eti'! Prog!e~" 3' p,so J \ 1)• GCd":f(¡~ifr¡1j""c 'CWWj''''c ob ~

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORfA DEL ES TADO

GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCOSECRETARIA DE FINANZAS

SECRETARIA DE ADMINISTRACIONCONTRALORIA DEL ESTADO

TABULADOR DE VIATICOS POR NIVELES JERARQUICOSPARA COMISIONES OFICIALES EN EL INTERIOR DEL ESTADO

SECRETARIOS Y HOMOLOGOSDESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

110.00166.00110.00

<?19.0.0~---~.--

SUBSECRETARIO, DIRECTORESGENERALESO EQUIVALENTES

DESAYUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

92.00147.0092.00

385.0Cf,

DIRECTORES, JEFES DE DEPTO.Y RESTO DE CATEGORIAS

DESAyUNOCOMIDACENAHOSPEDAJE

73.00128.0073.00-

289.00 )

asa;f' d~,fIO~ ferrovejerOS Nún~l. 7ÓEal!. Progrese 3¡.-.. pIS.O

?iazo TapaticGuadaiójara, la/íscr:, r.11éxicü

Téi. 3668 1633FilX 35681623

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Nota: Las ~s diarias planteadas incluyen el pago de propinas

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORiA DEL ESTADO

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ANEXO 6

DISTANCIAS POR CARRETERA, DESDE GUADALAJARA P. LAS DiFERENTESPOBLACiONES DEL INTERiOR DEL ESTADO, COi~S¡DERANDO '10KILOMETROS

PARA TRASLADO INTERNO, DENTHO DE LAS SIGUIENTES POBLACIOf~ES:

I:1IIIIIIIII

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!. ,:,ajE de los Ferro""jeros Nono 70Edlf PfOg.E'~C'3'" p~so

.i., . P;dZC:; 1¿Datir.

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- Fax 36GR 16)3

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5'1 IJUPJ\jACJl.T.lAtL=-_:--:_-:~=_ .-- ....':"-_~~~~-:'.::~::'- - ....'.... "'-'--40 M55 .JUCHi.TU~N_._.._...._...._.... ...._'___ .. __ 135 r.156 LA BARCA 120 e57 l~i;-'HUER"fA -~--.----._-_.---.----_.- ---- -----'"--- -- --.--.._-_'-..0 •• - -' •• -_ ••• '--.- •• " •• - • __ •• - •• ----.275 e:

- -_.- ....'_.'-'--"---".-._-- ......•.. "--'"- -.. ...... -... ---- .. __ ....58 LA M,LJ-.JZNJILL.A, 1:('0 M

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59 LAGOS DE MORENO ?.P5.___ C60 rw'tAGbACE1~A-'-"--"----'--'-' "'- -- -------.--..-------.--- --_ __ ._..-.----- ----- --, - 80 --'"'.._-_~:f-..--------.J?J ~~~"tA:~~~~~ºE:19~~ºJ~1~t~1l~Q_1_=J5J~G9I~%f:.==.::_=~~-_=:.~=--__.?:~~.::==~._-.-~--M---------.~£M~$ººJ8.-'- ----- ..__.._. .. .. ._... .. .__25._5_ .. -~- .. :=:.""t-~-_ ...'_".

63 MAZAMITLA 140 C~-~~:.~JlE~º-º~~(ºIt:IQ~fº'Tlr~~-====_::~.::==:_=-..=_~::==~==:.--:=-=-~:~={Q=.--=:---_.ME!\A. .._ ..

65 MEXTICACAN 170 . M-66 f'v1 EZoOlt-ic ..-..--.---------.------.-.----.---.-- ..---.--....---- ..--.-----.--- -_. _.._...----340---- ..---_.-."--_. .._..M'o"---.--,..--'-._-- •• -----.--- •••••• ---- •• ---.--.-- •• ---.--.-.----------. --_.- --- •• -------- ••• -. .-- •• _-.----------.-.-_. • •••••• _ ••. _ •••• 0 ••••

67 MIXTLAN 160 M'--"- .,~_._--.._----"-_ .._---_.-._._._-----------_._ ..- ---_.- ..._- -----------_.- .._--- ." .._--_ .. '-'-'--"-'.'--.'--'- -----._ ..._----_. __ ._--68 OCOTLAN 85 C

-69 ojuELos-DE"JA:llsc6.--------.------------ ..---.-..---------.. ----.-.-27~:~::~-...-=:~~~:M.~.~-:..-:--':)ºpJB1J~r~.Q-...__~_-~:~~.~:=.-:=_~__.__~=_:__:==: : =~_-=.:__~-=.__~=__=:::==-. =.:.:.~1Q...:._..__ .. .._1\1_. __._...]1 e_ºNc:;LTh~N .... . .. ._.__ ...._ .._...._..__. ..__ __.__....?g._.__... C_.1?p_UE~Iº_YA~~~BI6__. .. . .. ._ . .__ . 1~~._.._.__: ~_~_:.j::)~~'--

73 PURIFICACION 265 M-_..'_.. - ---------- -----.----- ..----- ..---.---- --.--- _--._----- ..-_-0__ - .__ .._.._. .. .._' __ _ _..__.._."__.74 QU1TUPAN 160 M

_-:75~Nº~,ªf.9~A..cQLL6.BAR-~Nº~ =_~==:=:~=_==:=~=:::=~~-_==:~:=.------¡vi-- ...- ..76 SAN DIEGO DEALEJANDRIA 205 -----tX--------

=zt$~~IGf.I.6;glº_=G:~:[R9<iQFiQQi.t:~~_&º~$J_==-=~::=~.-:==.:=]j[-~-~=:.=-'_=:--:::':M:~~::=...7~ SAN..JQ$E.P'I;GRAQlA (TI:P~JJlkAN_.P.1: MºR_E:_~Q~L._______ _ .129.__. .._ ._._. __ M

79 SAN JUAN DE LOS LAGOS 160 C'--Be) SAN""JÜÜAN - ---..- .---.----- -----.-------- ..-------.--.--.---. "--185-- -.-.--- .. -----.M.-- ---....-~3$6tLlQ[$.]º~j1~H1I~~º:tI~Al~_=_====:~~._-.::.~-:.~~=:'.:-=-.=~_=:-__~5~~_~:-.:=.....-----~M:~:-..::==:

82 SAN tv1ARCOS11 o M83 SANtAARTiNOE80CAÑC5s------- ..- .....------- ... - ...----.-- ------280------.--.-- ...- M'-- ..---.-B4SAÑ-MARTINHiOALGO'- ------------.--.-- ..--.---- ..-- ....-----.--- .--.TOO----.--M ------

_.-.~l;.[~r~ÜvÜgll_¡;C¡;lACI.º=~-_~~_~=:==:..:==:::_.-.::-.._.:==_':.:_=~:_~_=.=~.:=-.=:=.I~~=.=~._.=_=-._-.-M-:: ...=:=:=::_:86 SAN SEBASTIAN DEL OESTE 300 MRM-::~!.ª-~~lAA~lflüfQ:91fl:.-PA9ILr=;}._:_-==~:=_==_===..=.=:::_=_:~=:=-_-.~.=-:.:~=-~~::~.:::=:-:..=_=-'-::1111 . _88 SANTA MARIA DE LOS ANGELES 240 M=g~~~-º"==--=--==:::==...-::====.=--=.=:-~=~::==-=====-=-=:---Wt-:== ..:~-:::~-.=--=~•.::.:..:::-.=-

_:~fjArp_~:_ºg_~iJJNº~.========_=:=:~==:_:.~=:=.:=-_=_==_=::=:==: ~ª~_==:_=_=:_=.:.'e;¿===.~-92 TAMAZULA DE GORDJANO 180 C

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

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Te; 3668 1633Fax36681623

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ABREVIATURAS TIPO DE VIDA:M: MEDIAC: CARAMRM: MEDIA DE LA REPUBLlCA MEXICANACRM: CARA DE LA REPUBlICA MEXICANA

¡15 ur~ior\l DE rULA__._.__ __ .. _._116 VALLE DE GUADt.LUPE 115117 VALLE DE JLJAREZ ....._ ...- ..-.- ..-- ..---.-----.------ ...--- ..- - 190

118 SAf.j GA8F\IEI..(Y~I'JV$:ry~!~_ºº.A~t\N~ZF,C.:~...-~ •---'::.-' 160119 \!I~LA C;QR()NA .. .__._._._. .__._. . 55120 VILLA GUERRERO 230'1 :2'1 VILLA HrbA:LGO-- .-.--.----.--- -.- ..--.-------.--.. ----.- ..-. - "'. - ..' 215

j.~iy!~~-.º-ªRtGºN.I~~t~A"QA~Q~:Q$I~f;º_ºÑL=~_-..-:-:~..__.:---.-.---T3t'; '-123 YAHUALlCA DE GONZALEZ GP.LLO 150'-i~A~tº6~CQP~JPí3R.R~ª~~~.-.:.-_-=:~_:..=::_-_ .---~:.-:- 75125 ZAPOTIL TIC . 160126 zAPof"iTlA"N--OE"VAt5fLCO--._. --.---- ..-----------.--- ....--..---'-'-....._.> '--".'- ._-_. _. ""'220 - --'127 zAPoTAN 6En~EY- -.- .---.--_. -.. -.--.-- ... - - --.-..... -.--- .--. --95 .-'128 iAp-Ot-tJl~.NEj6-.---- --- ..--.------- __._._-_._-_.__.~------_.__.-._---.-- ,.~. 40

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRAlORfA DEL ESTADO

IIIIIIIII

. a:;aje de los ~erroveleros Núrn. 70

iEdil. Progreso y' pise

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.....•.....'. Plaza Tapatia. Gu(¡daiajara, JaliSCO, rvk'xicoTe! 3668 , 633Fa>:3668 1623

~,w\tN".jali~co.gob.mx CE

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GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALORIA DEL ESTADO

Af\lEXO 5

EL TABULADOR PARA EL PAGO DE LA GASOLINA, POR LOS-k KILÓMETROS RECORRIDOS EN VEHíCULOS OFICIALES O

PARTICULARES, EN COMISiÓN AL INTERIOR DEL ESTADO YENLA REPÚBLICA MEXICANA, SERÁ DE ACUERDO A LOS--------

-7:::~~=~::~= SiG-DTENTES-LINEAMlENTOS.

1. En base al precio vigente por el litro de gasolina, en el interior del Estado

2. El equivalente en kilómetros recorridos, de acuerdo al cilindraje de cada unode los distintos tipos de vehlculos que se usen.

3. Considerando los vehículos, de cuatro, seis y ocho cilindros, los cuales,pueden recorrer los siguientes kilómetros por litro de combustible:

I1 ~

IIIIIIIPasaje óe los FerroveiPro~:Núm. 70

Edd. Progreso '3'"; pISO

I Plaza Tapa!,"Guada!ajara, Jafi~co, fv1éxico

_ TeL 3668 1633Fa, 366,: 16~'3

DE CUAlRO CILINDROS

DE SEISCILIl'<1lROS

DE OCHO CILINDROS

@ KILOl\1ElROS POR LIlRO

; 6~5KILOMElROS POR LIlRO, ./

""_'?) KILOl\1ElROS POR LITRO

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+ ANEXO 7

NUMERO:DIRECCION:

Sin otro particular de momento, me es muy grato enviarle un cordial yafectuoso saludo.

Con fundamento en lo dispuesto en las Polfticas Administrativas y en elManual para el Manejo, Ejercicio y Control de las Partidas Presupuestalesde pasajes, Viáticos y Traslado de Personal, solicito tenga a bien autorizarla realización del viaje que se detalla a continuación:

CE

Guadalajara, Jal. _ de de 20o_.

Lic. Emilio González MarquezGobernador Constitucional delEstado de JaliscoP r e s e n te ..

A ten t a m e n t e:"Sufragio Efectivo. No Reelección"

d ""200_. Año e _

Nombre del Funcionario:Cargo:Lugar de la Comisión:Periodo de la Comisión:Eventos a los que asistirá:Agenda:Objetivo del viaje: .

Resultado Esperado:

wINvv.jalisco.gob.mx

(Nombre del Titular)

(Ca:~"~~// ~ .~P. José Luis de Alba González .- secretario de AdminlstraC16

~-;:¿;/ Mtra. Ma, del Gannen Meoooza Flores.- Contralor del Estado

GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRAtORIA DEL ESTADO

IIl•. 'I"~j'd, '"< "'''""e,,,", "OO. ". . Ed:L Progreso 3" p~~ú

1', Piaza Tapatia

"'" Guaáa!a~ara. Jalisco,M~x¡(c. Tei. 3668 1633

Fax 3668 1623

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\. .",. '\14.., ~:>GOBIERNODE JALISCOPODER EJECUTIVO

CONTRALOlÚA OEL ESTADO

Pasaje de los Ferrovejefos Num. 70Edif. Progreso Ji". P!SO

Plaza Tt1P3t.iJGuadalaiara, ;al1;;(o, f.J1,2X!C'J

Te!' 3663 !633f3X 3568 1523

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III

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