manual de usuario - · pdf filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales...

63
MANUAL DE USUARIO LIQUIDADOR DE CUOTAS PARTES PENSIONALES – FUTURAS Y VENCIDAS SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE HISTORIAS LABORALES Octubre de 2016 Bogotá D.C., Colombia

Upload: ngothu

Post on 06-Feb-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

MANUAL DE

USUARIO LIQUIDADOR DE CUOTAS PARTES

PENSIONALES – FUTURAS Y VENCIDAS

SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE

HISTORIAS LABORALES

Octubre de 2016

Bogotá D.C., Colombia

Page 2: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

2

Andrés Moreno

María Isabel Trujillo

Deiryn Reyes Medellin

Gherman Solano Zea

Page 3: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

3

Page 4: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

4

Contenido

1 INTRODUCCIÓN ................................................................................ 6

2. INGRESO .......................................................................................... 7

3. LIQUIDADOR DE CUOTAS PARTES FUTURAS ......................................... 9

3.1. El proceso de cálculo y supuestos ................................................... 9

3.2. Formulario de Cuotas Partes Futuras ............................................. 12

3.2.1. Formulario de pensión por vejez o invalidez ............................. 14

3.2.2. Formulario de sobrevivencia vitalicia ....................................... 17

3.2.3. Formulario de sobrevivencia temporal...................................... 20

3.3. Validación .................................................................................. 23

3.4. El resultado ............................................................................... 25

3.5. Consulta de cuotas partes Futuras ................................................ 29

4. CUOTAS PARTES VENCIDAS .............................................................. 31

4.1. Procedimiento para la actualización de los intereses por DTF ............ 32

4.2. Procedimiento para la actualización de los intereses por IPC ............ 34

4.3. Procedimiento para la actualización de la deuda por Interés Pactado . 36

Formulario Decreto 2191 de 2013 ......................................................... 38

4.4.1. Resultados ........................................................................... 44

4.5. Formulario Ley 550 de 1999 ........................................................ 46

4.5.1. Resultados ........................................................................... 52

4.6. Calculo Masivo de Cuotas Partes Vencidas ..................................... 54

4.6.1. Campos del archivo masivo .................................................... 56

4.7. Consultas y Consolidado .............................................................. 59

Page 5: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

5

Ilustración 1 – Ingreso al Liquidador .......................................................... 7

Ilustración 2 – Formulario 1, Datos de las entidades y de la pensión ............ 12

Ilustración 3 – Formulario 2A, Pensionados por vejez o invalidez ................. 14

Ilustración 4 - Formulario 2B, Sobreviviente Vitalicio .................................. 17

Ilustración 5 - Formulario 2C, Sobrevivencia Temporal ............................... 22

Ilustración 6 - Validación Previa a calcular – Vejez o Invalidez ..................... 23

Ilustración 7 - Validación Previa a calcular – Sobrevivencia Vitalicia ............. 24

Ilustración 8 Validación - Sobrevivencia Temporal ...................................... 24

Ilustración 9 - Resultados de la reserva de Pensión por vejez o invalidez ...... 26

Ilustración 10 - Resultados de la reserva de sobrevivencia vitalicia .............. 27

Ilustración 11 - Resultados de la reserva de Sobrevivencia Temporal ........... 28

Ilustración 12 Consulta de histórico.......................................................... 29

Ilustración 13 Consulta de consolidado ..................................................... 30

Ilustración 14 - Formulario Decreto 2191 de 2013 ..................................... 44

Ilustración 15 - Formulario para reajustes de la mesada ............................. 44

Ilustración 16 - Resultados de liquidación ................................................. 45

Ilustración 17 - Formulario para Ley 550 .................................................. 51

Ilustración 18 - Formulario de ajuste de reajuste de mesada ....................... 52

Ilustración 19 - Resultado ....................................................................... 53

Ilustración 20 - Formulario de carga masiva de registros ............................ 55

Ilustración 21 - Validación de registros cargados masivamente .................... 59

Ilustración 22 - Consulta de Cuotas partes vencidas hechas ........................ 60

Ilustración 23 - Consolidado de cuotas partes vencidas .............................. 60

Page 6: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

6

1 INTRODUCCIÓN Teniendo en cuenta la normatividad vigente y las necesidades de las entidades

territoriales dentro del procedimiento para el cruce, pago y/o compensación de cuotas

partes pensionales, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - MHCP a través de la

Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social - DGRESS puso a

disposición de las entidades, una herramienta facilitadora para el saneamiento del

pasivo pensional.

El “liquidador de cuotas partes pensionales” es una herramienta virtual que permite a

las entidades realizar bajo resultados certificables, la liquidación de sus cuotas partes

pensionales sin intermediarios, de forma gratuita y en un proceso automatizado el cual

contiene una metodología estándar. Adicionalmente, este nuevo sistema de liquidación

le facilitará a las entidades (cobradoras y/o pagadoras) tener criterios unificados para

que al momento de crear mesas de trabajo se suscriban acuerdos de pago y de este

modo se puedan utilizar los recursos disponibles que tienen las entidades territoriales

en el Fonpet.

El presente Manual de Usuario, tiene como propósito explicar el modo de uso del

liquidador, teniendo en cuenta la información de cada pensionado y conforme a las

necesidades de cada Entidad. En la página de inicio encontrará un menú en donde

podrá elegir uno de las tres formas de liquidación:

Cuotas Partes Futuras (Decreto Ley 019 de 2012 y Decretos 2191 de 2013)

Cuotas Partes Vencidas (Decretos 2191 de 2013 y 1658 de 2015)

Cuotas Partes Vencidas (Decretos 2191 de 2013 y Ley 550 de 1999)

En caso de tener alguna inquietud con la forma en que deberá realizar la liquidación de

cuotas partes pensionales, lo invitamos a revisar la Carta Circular que contiene la

metodología para la actualización de la deuda por concepto de cuotas partes y en la

obtención del cálculo que realiza el “liquidador de cuotas partes pensionales”.

Adicionalmente, le sugerimos revisar las instrucciones operativas que han sido

expedidas por el MHCP y que se encuentran colgadas en la página del Ministerio para

su consulta.

Si tiene alguna inquietud con el liquidador de cuotas partes, se puede comunicar con el

agente regional asignado para su entidad territorial o con alguno de los asesores del

grupo de gestión del Fonpet quienes brindan asesoría permanente en las instalaciones

del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en jornada continua de lunes a viernes de

08:00AM a 5:00AM o también puede escribirnos al e-mail

[email protected].

Page 7: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

7

2. INGRESO El ingreso al Liquidador de Cuotas Partes se hace a través de

https://www.pasivocol.gov.co/liquidadores/, utilizando el usuario y la contraseña de

WEBPASIVOCOL.

Ilustración 1 – Ingreso al Liquidador

En la página de inicio encontrará un menú en donde podrá elegir uno de los tres

formularios de liquidación:

Cuotas Partes Futuras (Decreto Ley 019 de 2012 y Decretos 2191 de 2013)

Cuotas Partes Vencidas (Decretos 2191 de 2013 y 1658 de 2015)

Cuotas Partes Vencidas (Decretos 2191 de 2013 y Ley 550 de 1999)

Si es la primera vez que ingresa a la herramienta, esta le pedirá que seleccione la

entidad a la que usted pertenece. Este proceso solo se hará una vez.

Todos los cálculos realizados se almacenarán y estarán a disposición del usuario en

cualquier momento. Así mismo, el sistema le permite ver un listado de todos los

cálculos que han sido registrados por el usuario. A través de este módulo también

podrá consolidar los resultados en un informe que totaliza los registros seleccionados.

Page 8: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

8

Nota: En caso de no tener un usuario para ingresar al liquidador, la persona deberá

seleccionar la opción “Regístrese” el cual lo dirige a la interfaz de registro de

WEBPASIVOCOL https://www.pasivocol.gov.co/webpasivocol. Una vez terminado ese

proceso el Agente Regional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se comunicará

con usted para terminar el proceso de registro.

Page 9: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

9

3. LIQUIDADOR DE

CUOTAS PARTES

FUTURAS El Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 2191 del 7 de octubre de 2013 establecen

que la compensación o pago anticipado de cuotas partes entre Entidades Territoriales y

con Entidades de Orden Nacional, puede realizarse con los recursos acumulados en el

FONPET. Lo anterior, teniendo en cuenta el procedimiento definido en la Carta Circular

del 23 de Junio de 2016 y sus correspondientes anexos.

Esta opción de la herramienta realiza los cálculos para pensionados y beneficiarios en

forma vitalicia o temporal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley

797 de 2003, el cual modifica al artículo 47 de la ley 100 de 1993.

3.1. El proceso de cálculo y

supuestos Se utiliza un crecimiento (k) proyectado del IPC:

𝑘 = 𝑖𝑝𝑐𝑃𝑟𝑜𝑦𝑒𝑐𝑡𝑎𝑑𝑜 =(𝑖𝑝𝑐𝑎ñ𝑜1

∗ 3) + (𝑖𝑝𝑐𝑎ñ𝑜2∗ 2) + (𝑖𝑝𝑐𝑎ñ𝑜3

)

6

Donde “año1” corresponde al año anterior a la fecha de corte, “año2” al anterior a éste

y así sucesivamente.

La tasa real (i) para cálculos es 4,8%. (Según artículo 1 del de Decreto 2783 de 2001

y artículo 1 del decreto 2984 de 2009 del Ministerio de Hacienda y Crédito

Público.)

Partiendo de las Tablas de Mortalidad de Rentistas dispuestas por la Superintendencia

Financiera en la Resolución 1555 del 30 de Julio de 2010 se calculan los factores

de conmutación y de las Tablas de Mortalidad Inválidos, resolución 0585 de

1994 de la Superintendencia Bancaria, hoy Financiera:

𝐷𝑥 = (1

1 + 𝑖)

𝑥

∗ 𝑙𝑥

Page 10: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

10

𝑁𝑥 = ∑ 𝐷𝑥+𝑡ɷ−𝑥𝑡=0

𝑎𝑥 =𝑁𝑥+1

𝐷𝑥

𝐶𝑥 = (1

1+𝑖)

(𝑥+1)

∗ (𝑙𝑥+1 − 𝑙𝑥)

𝑀𝑥 = ∑ 𝐶𝑥+𝑡ɷ−𝑥𝑡=0

𝐴𝑥 =𝑀𝑥

𝐷𝑥

𝐷𝑥𝑦 = (1

1+𝑖)

(𝑥+𝑦

2)

∗ 𝑙𝑥 ∗ 𝑙𝑦

𝑁𝑥;𝑦 = ∑ 𝐷𝑥+𝑡;𝑦+𝑡𝑡=1

𝑎𝑥𝑦 =𝑁𝑥+1;𝑦+1

𝐷𝑥∗𝐷𝑦

𝑑𝑜𝑛𝑑𝑒: 𝑥 = 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑐𝑡𝑢𝑎𝑟𝑖𝑎𝑙 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑜 𝑙𝑥 = 𝑛ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝑣𝑖𝑣𝑜𝑠 𝑑𝑒 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑥 𝑠𝑒𝑔ú𝑛 𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎 𝑑𝑒 𝑚𝑜𝑟𝑡𝑎𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑦 = 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑐𝑡𝑢𝑎𝑟𝑖𝑎𝑙 𝑑𝑒𝑙 𝑐ó𝑛𝑦𝑢𝑔𝑒 ɷ = ú𝑙𝑡𝑖𝑚𝑎 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎

Se calculan las reservas de jubilación (RJ), de las mesadas adicionales (RMA), de

supervivencia (RJS), de mesadas adicionales de supervivencia (RMAS) y de auxilio

funerario (RAF)

𝐹1 = 1 +11

24𝑘

𝐹2 =11

24(1 + 𝑘)

𝐹3 = 1 +1

4𝑘

𝐹4 =1

4(1 + 𝑘)

𝑅𝐽𝑥 = (12 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ (𝑎𝑥 ∗ 𝐹1 + 𝐹2))

𝑅𝑀𝐴𝑥2 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎𝑠 =∗ (2 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ (𝑎𝑥 ∗ 𝐹3 + 𝐹4))

𝑅𝑀𝐴𝑥1 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎𝑠 = (𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ (𝑎𝑥))

𝑅𝐽𝑆𝑥 = (12 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃) ∗ ((𝑎𝑦 − 𝑎𝑥𝑦) ∗ 𝐹1)

𝑅𝑀𝐴𝑆𝑥2 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎𝑠 = (2 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃) ∗ ((𝑎𝑦 − 𝑎𝑥𝑦) ∗ 𝐹3).

𝑅𝑀𝐴𝑆𝑥1 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎𝑠 = (2 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃) ∗ ((𝑎𝑦 − 𝑎𝑥𝑦))

𝑅𝐴𝐹𝑥 = 𝐵𝑒𝑛𝑒𝑓𝑖𝑐𝑖𝑜𝐴𝑢𝑥𝐹𝑢𝑛 ∗ 𝐴𝑥

BeneficioAuxFun=Si la pensión es menor a cinco veces el salario mínimo del año de

cálculo, se tomará como beneficio para calcular la reserva del auxilio funerario cinco

veces el salario mínimo de año de cálculo. Si la pensión es mayor a diez veces el

salario mínimo del año de cálculo, se tomará como beneficio para calcular la reserva

del auxilio funerario diez veces el salario mínimo del año de cálculo. Para los demás

Page 11: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

11

casos se tomará como beneficio, la pensión sin ninguna modificación. (Ley 100, art.

51)

Nota: Para el caso de una renta vitalicia de sustitución se calcula con las fórmulas

correspondientes a jubilación con la edad del sustituto(a).

Renta de Sustitución Temporal. Este grupo está compuesto por los hijos menores

de 18 años; los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para

trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al

momento de su muerte. También se incluyen En forma temporal, el cónyuge o la

compañera permanente supérstite, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del

fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad, y no haya procreado

hijos con este. La pensión temporal se pagará mientras el beneficiario viva y tendrá

una duración máxima de 20 años. En este caso, el beneficiario deberá cotizar al

sistema para obtener su propia pensión, con cargo a dicha pensión. Si tiene hijos con

el causante aplicará el literal a). (Literal b) y c) del artículo 13 de la ley 797 de 2003

por el cual se modifica el artículo 47 de la ley 100 de 1993).

𝐹1 = 1 +11

24𝑘

𝐹2 =11

24(1 + 𝑘)

𝐹3 = 1 +1

4𝑘

𝐹4 =1

4(1 + 𝑘)

𝑅𝐽𝑆𝑇𝑥 = (12 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ (((𝑁𝑥+1 − 𝑁𝑥+𝑚+1)

𝐷𝑥

∗ F1) + (1 −𝐷𝑥+𝑚

𝐷𝑥

) ∗ F2))

𝑅𝑀𝐴𝑆𝑇𝑥2 𝑀 = (2 ∗ 𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ ((

(𝑁𝑥+1−𝑁𝑥+𝑚+1)

𝐷𝑥∗ F3) + (1 −

𝐷𝑥+𝑚

𝐷𝑥) ∗ F4))

𝑅𝑀𝐴𝑆𝑇𝑥1𝑀 = (𝑃𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝐶𝑂𝑃 ∗ (

(𝑁𝑥+1−𝑁𝑥+𝑚+1)

𝐷𝑥))

𝑥 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑎𝑐𝑡𝑢𝑎𝑟𝑖𝑎𝑙 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑒𝑛𝑠𝑖𝑜𝑛𝑎𝑑𝑜 𝑠𝑢𝑠𝑡𝑖𝑡𝑢𝑡𝑜 𝑚 𝑒𝑠 𝑙𝑎 𝑒𝑑𝑎𝑑 𝑓𝑖𝑛𝑎𝑙 𝑎 𝑙𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑒𝑙 𝑠𝑢𝑠𝑡𝑖𝑡𝑢𝑡𝑜 𝑟𝑒𝑐𝑖𝑏𝑒 𝑒𝑙 𝑏𝑒𝑛𝑒𝑓𝑖𝑐𝑖𝑜

Page 12: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

12

3.2. Formulario de Cuotas Partes

Futuras El formulario debe ser diligenciado en su totalidad para realizar el cálculo de una cuota

parte futura. Diligencie en el formulario la información de la entidad territorial y los

datos de la pensión:

Ilustración 2 – Formulario 1, Datos de las entidades y de la pensión

Entidad Territorial que cobra la cuota parte, es la entidad que está

haciendo el cobro, en el campo se puede facilitar la búsqueda escribiendo el

nombre o NIT de la entidad.

Entidad Territorial que debe pagar la cuota parte, es la entidad que

debe realizar el pago, en el campo se puede facilitar la búsqueda escribiendo

el nombre o NIT de la entidad.

Fecha de Corte: año en el que se va a realizar el corte del cálculo, este

dato afecta los cálculos que se basan en el IPC y el Salario Mínimo Legal

Vigente del año consultado.

Page 13: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

13

Tipo de Pensión: La herramienta ejecuta funciones para cuatro tipos de

pensión: Vejez o invalidez, Sustitución (sobrevivencia) Temporal,

Sustitución (sobrevivencia) Vitalicia.

Clase de Pensión: Para la pensión de invalidez o de vejez la renta siempre

es vitalicia. La sustitución vitalicia se dará para todos los casos, excepto en

los casos en que todos los sustitutos son hijos menores de edad.

Número de Mesadas: Número de mesadas, de acuerdo a la Ley.; 13 si

solamente se tiene derecho a una mesada adicional en diciembre, 14 si se

tiene derecho a 2 mesadas adicionales: en junio y en diciembre.

Porcentaje de pensión a Cargo: Cuota parte que le corresponde a una

entidad de 0,01% hasta 99,9%. Este porcentaje se encuentra en la

resolución que reconoce el derecho a la pensión, y se obtiene al dividir los

días que la entidad deudora reconoció en la pensión, sobre los días totales

de la pensión.

Una vez el formulario se ha completado, se procede a validar la información, para

continuar diligenciando los datos de acuerdo al tipo de pensión que se va a calcular.

Page 14: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

14

3.2.1. Formulario de pensión por vejez o

invalidez

El formulario de la Ilustración 3 corresponde al formulario del pensionado por vejez o

invalidez, con renta vitalicia.

Ilustración 3 – Formulario 2A, Pensionados por vejez o invalidez

Page 15: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

15

El formulario solicita datos de identificación del pensionado, tales como:

Tipo de documento: Se selecciona entre tres opciones cédula de ciudadanía,

cédula de extranjería o tarjeta de identidad.

Número de documento: Es el número de identificación del pensionado.

Nombres y Apellidos: Son los nombres y los apellidos como aparecen en el

documento de identificación.

Registro del pensionado en PASIVOCOL? Se selecciona entre dos opciones:

SI o NO.

Recuerde: Para efectos de pago y/o compensación de cuotas partes futuras ante el

FONPET, es indispensable que la entidad haya registrado al pensionado en el programa

PASIVOCOL

Fecha de Nacimiento del Pensionado. Es una fecha con formato AAAA-MM-

DD, con esta fecha se calcula la edad actuarial del pensionado

Género del Pensionado. Se selecciona entre dos opciones masculino o

femenino

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones No Inválido/

Inválido

Mesada pensional: Monto de la mesada pensional que a la fecha de corte de

la liquidación está recibiendo el pensionado. La mesada no debe ser inferior a

Un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente y no debe estar multiplicada por

algún porcentaje de cuota parte. (COP) se refiere a pesos colombianos.

Acto Administrativo de Reconocimiento Pensión: Es la resolución por

medio del cual se reconoció el derecho a la pensión

Los datos del Beneficiario (potencial) solo se diligencian si el tipo de pensión es de

vejez o invalidez, en caso de no tener un beneficiario el programa asumirá que:

a) El beneficiario es un hombre, cinco (5) años mayor, si la pensionada es una

mujer

b) La beneficiaria es una mujer, cinco (5) años menor, si el pensionado es

Hombre.

Tipo de Beneficiario

o Cónyuge Beneficiario Vitalicio: Es el cónyuge y/o compañero(a)

permanente que a la fecha del fallecimiento del causante, tenga 30 años

o más de edad.

Page 16: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

16

o Cónyuge Beneficiario Temporal: Es el cónyuge o el compañero(a)

permanente, siempre y cuando dicho beneficiario, a la fecha del

fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad, y no haya

procreado hijos con este. Si el beneficiario temporal tiene hijos con el

causante, aplicará el párrafo anterior (Cónyuge Beneficiario Vitalicio).

o Hijos: Los hijos menores de 18 años hasta los 25 años, incapacitados

para trabajar por razón de sus estudios y que dependían

económicamente del causante al momento de su muerte, siempre y

cuando acrediten debidamente su condición de estudiantes.

o Hijos inválidos Los hijos que dependían económicamente del causante,

esto es, que no tienen ingresos adicionales, mientras subsistan las

condiciones de invalidez (Artículo 38 de la Ley 100 de 1993).

o Padres: A falta de cónyuge, compañero o compañera permanente e

hijos con derecho, serán beneficiarios los padres del causante si

dependían económicamente de forma total y absoluta de este, al

momento del fallecimiento del causante.

o Hermanos inválidos: A falta de cónyuge, compañero o compañera

permanente, padres e hijos con derecho, serán beneficiarios los

hermanos inválidos del causante si dependían económicamente de éste,

al momento del fallecimiento del causante.

o Sin Información: en caso de desconocer o no tener un beneficiario.

Fecha de Nacimiento del Beneficiario: Es una fecha con formato AAAA-MM-

DD, con esta fecha se calcula la edad actuarial del pensionado

Nombres y Apellidos: son los nombres y los apellidos como aparecen en el

documento de identificación del potencial beneficiario.

Tipo de documento: Se selecciona entre tres opciones cédula de ciudadanía,

cédula de extranjería, y tarjeta de identidad.

Número de documento: es el número de identificación del beneficiario.

Género del Beneficiario. Se selecciona entre dos opciones masculino o

femenino

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones; No Inválido/

Inválido.

Page 17: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

17

3.2.2. Formulario de sobrevivencia vitalicia

Los sobrevivientes vitalicios son los beneficiarios o sustitutos de un pensionado que ha

fallecido y entre los cuales se hace la repartición de la pensión. Para efectos del

liquidador se debe ingresar aquella persona que tenga mayor expectativa de disfrute

de la pensión.

Ilustración 4 - Formulario 2B, Sobreviviente Vitalicio

Page 18: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

18

Por tratarse de un sustituto se debe identificar al pensionado que fallece y deja el

derecho de disfrute de pensión al sustituto.

Fecha fallecimiento pensionado: El formato de la fecha es AAAA-MM-DD (La

que se encuentre en el registro civil de defunción).

Tipo de documento del pensionado: Se selecciona una de las tres opciones;

cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, o tarjeta de identidad.

Número de documento del pensionado: es el número de identificación del

pensionado fallecido

Datos para identificar al sustituto, quien va a disfrutar la pensión.

Tipo de documento del sustituto: Se selecciona una de las tres opciones;

Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o tarjeta de identidad.

Número documento del sustituto: es el número de identificación del

beneficiario de la sustitución

Nombres y apellidos del sustituto: son los nombres y los apellidos como

aparecen en el documento de identificación.

El Sustituto está Registrado en PASIVOCOL?: Se selecciona una de las dos

opciones; SI o NO.

Fecha de Nacimiento del Sustituto: Es una fecha con formato AAAA-MM-DD,

(con esta fecha se calcula la edad actuarial del sustituto).

Género del Sustituto: Se selecciona una de las dos opciones; masculino o

femenino.

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones; No Inválido/

Inválido.

Mesada pensional: Monto de la mesada pensional en la fecha de corte que

está recibiendo el pensionado, esta no debe ser inferior al Salario Mínimo y no

debe estar multiplicada por algún porcentaje de cuota parte. (COP) se refiere a

pesos colombianos.

Acto Administrativo de Reconocimiento Pensión: Es la resolución mediante

la cual se reconoció el derecho a la pensión.

Fecha de Inicio de la Sustitución: Fecha en que la sustitución se hace

efectiva.

Fecha de Pago: Fecha de inicio del pago de las mesadas.

Proporción correspondiente al beneficiario de la prestación: En el caso

en que la pensión se encuentre compartida con más beneficiarios (Por ejemplo,

Page 19: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

19

el 50% cónyuge y el 50% hijos) Para efectos de procedimiento de liquidación a

través de esta herramienta, el sustituto que se debe tener en cuenta deberá ser

aquel que tenga mayor expectativa de disfrute de la pensión.

Page 20: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

20

3.2.3. Formulario de sobrevivencia

temporal

Los sobrevivientes temporales son los beneficiarios de la pensión en forma temporal,

de conformidad a lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 797 de 2003.

El cónyuge o la compañera permanente, siempre y cuando a la fecha del

fallecimiento del causante, tenga menos de 30 años de edad, y no haya

procreado hijos con este. La pensión temporal se pagará mientras el

beneficiario viva y tendrá una duración máxima de 20 años.

Hijos menores de 18 años

Hijos entre los 18 y los 25 años que dependan exclusivamente del pensionado y

que se encontraran estudiando al momento del fallecimiento.

Hijos inválidos, mientras subsistan las condiciones de invalidez.

Nota: en caso de encontrarse más de un sustituto la pensión se repartirá entre los

beneficiarios; para efectos del liquidador se debe ingresar aquella persona que tenga

mayor expectativa de disfrute de la pensión.

Por tratarse de un sustituto se debe identificar al pensionado que fallece y al sustituto

de la pensión.

Fecha fallecimiento pensionado: El formato de la fecha es AAAA-MM-DD

Tipo de documento del pensionado: Se selecciona entre tres opciones

cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o tarjeta de identidad.

Número de documento del pensionado: es el número de identificación del

pensionado fallecido.

Datos para identificar al sustituto, quien va a disfrutar la pensión.

Tipo de documento del sustituto: Se selecciona entre tres opciones cédula

de ciudadanía, cédula de extranjería o tarjeta de identidad.

Número de documento del sustituto: es el número de identificación del

beneficiario de la sustitución

Nombres y apellidos del sustituto: son los nombres y los apellidos como

aparecen en el documento de identificación.

El Sustituto está Registrado en PASIVOCOL?: Se selecciona entre dos opciones

SI o NO.

Fecha de Nacimiento del Sustituto: Es una fecha con formato AAAA-MM-DD,

con esta fecha se calcula la edad actuarial del sustituto

Género del Sustituto: Se selecciona entre dos opciones masculino o femenino

Page 21: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

21

Estado de Invalidez: Se selecciona entre dos opciones; No Inválido/Inválido

Mesada pensional: Monto de la mesada pensional en la fecha de corte que

está recibiendo el pensionado, esta no debe ser inferior al Salario Mínimo y no

debe estar multiplicada por algún porcentaje de cuota parte. (COP) se refiere a

pesos colombianos.

Acto Administrativo de Reconocimiento Pensión: Es la resolución mediante

la cual se reconoció el derecho a la pensión

Fecha de Inicio de la Sustitución: Fecha en que la sustitución se hace

efectiva.

Fecha de Pago: Fecha de inicio del pago de las mesadas.

Proporción correspondiente al beneficiario de la prestación: En el caso

en que la pensión se encuentre compartida con más beneficiarios (Por ejemplo,

el 50% cónyuge y el 50% hijos) Para efectos de procedimiento de liquidación a

través de esta herramienta, el sustituto que se debe tener en cuenta deberá ser

aquel que tenga mayor expectativa de disfrute de la pensión.

Page 22: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

22

Ilustración 5 - Formulario 2C, Sobrevivencia Temporal

Page 23: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

23

3.3. Validación Una vez se ha terminado de diligenciar el formulario se procede a validar. La

Ilustración 4 muestra los datos ingresados al programa. El botón “Calcular” llevara al

resultado del cálculo de la reserva, y el botón “Revisar” nuevamente al formulario

para hacer cambio o ajustes en la información.

Ilustración 6 - Validación Previa a calcular – Vejez o Invalidez

Page 24: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

24

Ilustración 7 - Validación Previa a calcular – Sobrevivencia Vitalicia

Ilustración 8 Validación - Sobrevivencia Temporal

Page 25: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

25

3.4. El resultado Los datos que el usuario ingresó se muestran en la herramienta, adicionalmente se

escriben otros como:

a) Crecimiento Anual Proyectado: que es la proyección del ipc a partir de los

índices de los tres (3) años anteriores

b) Tasa de Interés Real: es el 4,8 % según artículo 1 de Decreto 2783 de 2001

c) Edad Actuarial del Pensionado: es la edad en años completos del

pensionado, corresponde a la diferencia entre la fecha de nacimiento y la fecha

de corte, aproximado al entero más cercano.

d) Reserva de Jubilación;

e) Reserva Mesadas Adicionales;

f) Reserva de Supervivencia;

g) Reserva Auxilio Funerario;

h) Pasivo Pensional: Reserva de Jubilación + Reserva Mesadas Adicionales +

Reserva de Auxilio Funerario + Reserva de Sobrevivencia

i) Valor del Margen de Seguridad;

j) Total a Pagar por Cuota Parte;

k) El botón “Imprimir” crea una versión en formato PDF de los resultados

l) El botón “Limpiar” borra los formularios para hacer una nueva liquidación

m) El botón “Atrás” lleva al usuario al formulario anterior, para que realice

correcciones.

Nota: todos los cálculos se guardan en una base de datos y pueden ser vistos

nuevamente por el usuario que los creó haciendo clic en el botón “Consultar

Histórico”. También en el formulario de registro se encuentra la opción “Buscar

Persona” trae los datos anteriormente registrados para hacer nuevamente la

liquidación.

Page 26: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

26

Ilustración 9 - Resultados de la reserva de Pensión por vejez o invalidez

Page 27: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

27

Ilustración 10 - Resultados de la reserva de sobrevivencia vitalicia

Page 28: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

28

Ilustración 11 - Resultados de la reserva de Sobrevivencia Temporal

Page 29: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

29

3.5. Consulta de cuotas partes

Futuras El usuario puede hacer clic en el botón “Consultar Histórico” que le dirigirá al listado

de las liquidaciones que ha realizado, puede seleccionar varias liquidaciones para

consolidar haciendo clic en el botón “Consolidar” la información, desde donde se

puede descargar en Excel o en PDF.

Ilustración 12 Consulta de histórico

Page 30: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

30

Ilustración 13 Consulta de consolidado

Page 31: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

31

4. CUOTAS PARTES

VENCIDAS Los Decretos 2191 de 2013 y 1658 de 2015 establecen los mecanismos necesarios

para efectuar el pago de las cuotas partes pensionales vencidas.

La opción del liquidador “CUOTAS PARTES VENCIDAS EN LOS TERMINOS DEL

DECRETO 2191 DE 2013” le ofrece a las entidades territoriales la posibilidad de

determinar el valor exigible de las cuotas partes pensionales y la liquidación del interés

del DTF. Así mismo, la herramienta le permite a las entidades identificar las

obligaciones generadas por conceptos de cuotas partes pensionales que por efecto de

su interrupción en su prescripción estén vigentes, teniendo en cuenta las reglas

contenidas en el artículo 4 de la Ley 1066 de 2006 y con el fin de utilizar los recursos

que tienen disponibles las entidades territoriales en el FONPET.

Tenga en cuenta que el procedimiento definido para la utilización de los recursos

ahorrados en el FONPET, se encuentra definido en la Carta Circular No. 2 del 6 de

Mayo de 2016, la cual podrá descargar desde la página del Ministerio de Hacienda y

Crédito Público, enlace normatividad Fonpet.

La segunda opción que ofrece el liquidador es “CUOTAS PARTES VENCIDAS EN LOS

TERMINOS DE LA LEY 550 DE 1999”, el cual está dirigida a las entidades territoriales

que ejecutan acuerdos de reestructuración de pasivos en el marco de la Ley 550 de

1999. A pesar de que el procedimiento de liquidación es similar, la entidad tendrá la

opción de aplicar como tasa de interés la DTF, el IPC, o una tasa de interés pactado

(mes vencido). Lo anterior, teniendo en cuenta el procedimiento definido en el

Instructivo Operativo No. 1 de 2016 y sus correspondientes anexos.

Page 32: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

32

4.1. Procedimiento para la

actualización de los intereses por DTF

1. Se toma el valor de cada mesada, si el pensionado tiene 13 mesadas por año,

la mesada de diciembre se multiplica por 2; si el pensionado tiene 14 mesadas

por año, la mesada de junio y la de diciembre se multiplican por 2

respectivamente.

2. Año a año las mesadas se incrementan de acuerdo al artículo 14 de la Ley 100

de 1993, salvo en los casos que mediante resolución o fallo judicial se justifique

un incremento diferente.

Artículo 14. Reajuste de Pensiones: “Con el objeto de que las pensiones de vejez o

de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes, en cualquiera de los dos

regímenes del sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo

constante, se reajustarán anualmente de oficio, el primero de enero de cada año,

según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el

DANE para el año inmediatamente anterior. No obstante, las pensiones cuyo monto

mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio

cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el

Gobierno"

3. Porcentaje de cuota parte: será el porcentaje (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

correspondiente a cada período. Salvo que se registre una reliquidación de

pensión.

4. Para cada uno de los periodos (t) en liquidación se determina la cuota parte

(CPt), de acuerdo al porcentaje que le corresponde a la entidad el cual es

constante a menos que por algún fallo judicial se modifique.

𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝐶𝑢𝑜𝑡𝑎 𝑃𝑎𝑟𝑡𝑒 = 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎 ∗ (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

5. Para la cuota parte, la liquidación de los intereses se hace a partir del siguiente

mes de la fecha de causación del pago, de esta manera mes a mes se causaran

intereses vencidos aplicando la siguiente formula:

𝐼𝑡 = (((1 + 𝐷𝑇𝐹)𝑛𝑡

365⁄ ) ∗ 𝐶𝑃𝑡−1) − 𝐶𝑃𝑡−1

I=valor de los intereses en un periodo

t= periodo de cobro de intereses

n= número de días del mes

Page 33: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

33

DTF=tasa de interés de los certificados de depósito a término 90 días que pueden ser

aplicados a la fecha de corte o promedio ponderada por monto de las captaciones por

CDT a 90 días del mes publicada por el Banco de la República

n=número de días a liquidar en el periodo

6. Se debe entender que las cuotas partes SIEMPRE causan intereses en el mes

siguiente a su causación y dicha causación es el último día del mes.

7. La sumatoria de It corresponderá a los intereses totales adeudado por el

periodo liquidado

8. La sumatoria de CPt corresponderá al capital total adeudado por el periodo

liquidado

9. En el caso de Cuotas Partes anteriores a la Ley 1066 de julio de 2006 el interés

que se aplica es 12% anual (Artículo 9 Ley 68 de 1923), equivalente a 1% por

cada mes de mora. El proceso de aplicación es igual al descrito en los

numerales anteriores.

10. La deuda total es igual a la suma de Capital e Intereses. 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 = 𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 +𝐼𝑛𝑡𝑒𝑟𝑒𝑠𝑒𝑠

Page 34: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

34

4.2. Procedimiento para la

actualización de los intereses por IPC

1. Se toma el valor de cada mesada, si el pensionado tiene 13 mesadas por año,

la mesada de diciembre se multiplica por 2; si el pensionado tiene 14 mesadas

por año, la mesada de junio y la de diciembre se multiplican por 2

respectivamente.

2. Año a año las mesadas se incrementan de acuerdo al artículo 14 de la Ley 100

de 1993, salvo en los casos que mediante resolución o fallo judicial se justifique

un incremento diferente.

Artículo 14. Reajuste de Pensiones: Con el objeto de que las pensiones de vejez o de

jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes, en cualquiera de los dos

regímenes del sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo

constante, se reajustarán anualmente de oficio, el primero de enero de cada año,

según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el

DANE para el año inmediatamente anterior. No obstante, las pensiones cuyo monto

mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio

cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el

Gobierno."

3. Porcentaje de cuota parte: será el porcentaje (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

correspondiente a cada período. Salvo que se registre una reliquidación de la

pensión.

4. Para cada uno de los periodos (t) en liquidación se determina la cuota parte

(CPt), de acuerdo al porcentaje que le corresponde a la entidad el cual es

constante a menos que por algún fallo judicial se modifique.

𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝐶𝑢𝑜𝑡𝑎 𝑃𝑎𝑟𝑡𝑒 = 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎 ∗ (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

5. Para la cuota parte, la liquidación de los intereses se hace a partir del siguiente

mes de la fecha de causación del pago, de esta manera mes a mes se causaran

intereses vencidos aplicando la siguiente formula:

𝐼𝑡 = (((1 + 𝐼𝑃𝐶)𝑛𝑡

365⁄ ) ∗ 𝐶𝑃𝑡−1) − 𝐶𝑃𝑡−1

I=valor de los intereses en un periodo

t= periodo de cobro de intereses

n= número de días del mes

Page 35: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

35

IPC= Índice de Precios al Consumidor, certificado por el DANE para el mes

inmediatamente anterior, para los últimos doce meses

n=número de días a liquidar en el periodo

6. Se debe entender que las cuotas partes SIEMPRE causan intereses en el mes

siguiente a su causación y dicha causación es el último día del mes.

7. La sumatoria de It corresponderá a los intereses totales adeudado por el

periodo liquidado

8. La sumatoria de CPt corresponderá al capital total adeudado por el periodo

liquidado

9. La deuda total es igual a la suma de Capital e Intereses. 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 = 𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 +𝐼𝑛𝑡𝑒𝑟𝑒𝑠𝑒𝑠

Page 36: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

36

4.3. Procedimiento para la

actualización de la deuda por Interés Pactado

1. Se toma el valor de cada mesada, si el pensionado tiene 13 mesadas por año,

la mesada de diciembre se multiplica por 2; si el pensionado tiene 14 mesadas

por año, la mesada de junio y la de diciembre se multiplican por 2

respectivamente.

2. Año a año las mesadas se incrementan de acuerdo al artículo 14 de la Ley 100

de 1993, salvo en los casos que mediante resolución o fallo judicial se justifique

un incremento diferente.

Artículo 14. Reajuste de Pensiones: Con el objeto de que las pensiones de vejez o de

jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes, en cualquiera de los dos

regímenes del sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo

constante, se reajustarán anualmente de oficio, el primero de enero de cada año,

según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el

DANE para el año inmediatamente anterior. No obstante, las pensiones cuyo monto

mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio

cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el

Gobierno."

3. Porcentaje de cuota parte: será el porcentaje (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

correspondiente a cada período. Salvo que se registre una reliquidación

4. Para cada uno de los periodos (t) en liquidación se determina la cuota parte

(CPt), de acuerdo al porcentaje que le corresponde a la entidad el cual es

constante a menos que por algún fallo judicial se modifique.

𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑑𝑒 𝑙𝑎 𝐶𝑢𝑜𝑡𝑎 𝑃𝑎𝑟𝑡𝑒 = 𝑀𝑒𝑠𝑎𝑑𝑎 ∗ (𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑐𝑜𝑛𝑐𝑢𝑟𝑟𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎

𝑑í𝑎𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑟𝑒𝑐𝑜𝑛𝑜𝑐𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)

5. Para la cuota parte, la liquidación de los intereses se hace a partir del siguiente

mes de la fecha de causación del pago, de esta manera mes a mes se causaran

intereses vencidos aplicando la siguiente formula:

𝐼𝑡 = ((1 + 𝑖) ∗ 𝐶𝑃𝑡−1) − 𝐶𝑃𝑡−1

It=valor de los intereses en un periodo

t= periodo de cobro de intereses

n= número de días del mes

i= es el valor de los intereses mes vencido que acordaron las partes

Page 37: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

37

n=número de días a liquidar en el periodo

6. Se debe entender que las cuotas partes SIEMPRE causan intereses en el mes

siguiente a su causación y dicha causación es el último día del mes.

7. La sumatoria de It corresponderá a los intereses totales adeudado por el

periodo liquidado

8. La sumatoria de CPt corresponderá al capital total adeudado por el periodo

liquidado

9. La deuda total es igual a la suma de Capital e Intereses. 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 = 𝐶𝑎𝑝𝑖𝑡𝑎𝑙 +𝐼𝑛𝑡𝑒𝑟𝑒𝑠𝑒𝑠

Page 38: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

38

Formulario Decreto 2191 de 2013 Se deben identificar las dos entidades concurrentes que van a estar involucradas en el

proceso de compensación y/o pago de Cuotas Partes Pensionales (Entidad Acreedora y

Entidad Deudora).

Información del cuota-partista.

El Usuario proporcionará al Sistema los datos del Pensionado o Beneficiario de la

pensión, estos datos servirán para la identificación, registro y las actualizaciones

posteriores hechas en el Sistema. Por lo anterior, se deberán registrar los siguientes

datos:

Tipo de documento: Se selecciona una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento: Se debe escribir sólo números

Nombres y apellidos: Se debe escribir con letras y espacios

Género: Se selecciona una de las dos opciones: Femenino; Masculino

Estado civil: Se selecciona una de las cinco opciones:

o Sin información

o Soltero

o Casado

o Divorciado

o Viudo

Tipo de cuota-partista: si es pensionado o beneficiario de pensión

Si está registrado en el Programa de Seguimiento de Historias Laborales –

PASIVOCOL: Si/No

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones:

o Invalido

o No Invalido

Page 39: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

39

Si el pensionado tiene algún beneficiario de Ley se deberá seleccionar una de

las siguientes seis opciones:

o Cónyuge

o Sin Información

o Hijos

o Padres

o Hermanos Inválidos

o Otros

Supervivencia: En este campo se deberá informar si el pensionado se

encuentra vivo o ha fallecido, seleccionando una de las dos opciones; SI/NO

CASO 1

Cuando se conozca el tipo de Beneficiario o Potencial Beneficiario de Pensión, se

solicitará registrar la siguiente información:

Tipo de documento: Se selecciona una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento: Se debe escribir sólo números.

Nombres y apellidos: Se debe escribir con letras y espacios.

Género: Se selecciona una de las dos opciones; Femenino / Masculino.

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones:

o Invalido

o No Invalido

CASO 2

En caso de tratarse de un Pensionado Fallecido (En tipo de cuota partista), el Usuario

deberá registrar al beneficiario que tenga más expectativa de tiempo de disfrute de la

pensión.

Fecha de fallecimiento del pensionado: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD.

Page 40: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

40

Tipo de documento del beneficiario o sustituto de pensión: Se selecciona

una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento del beneficiario o sustituto de pensión: Se debe

escribir sólo números.

Nombres y apellidos del beneficiario o sustituto de pensión: Se debe

escribir con letras y espacios.

CASO 3

Cuando el tipo de pensión corresponde a un Beneficiario o Sustituto de Pensión, en el

Sistema se deberán incluir los siguientes datos:

Fecha de fallecimiento del pensionado: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD

Tipo de documento del pensionado fallecido: Se selecciona una de las tres

opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento del pensionado fallecido: Se debe escribir sólo

números.

Calidad del sustituto: Se selecciona una de las tres opciones

o Cónyuge

o Hijos

o Padres

o Hermano Inválido

Fecha de inicio del pago de las mesadas: Se selecciona una fecha que

tendrá formato AAAA-MM-DD

Fecha de inicio de la sustitución: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD

Page 41: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

41

Información de la pensión:

Fecha del Acto Administrativo: en la Resolución se establece la fecha en la

que se reconoce la pensión, ya sea por invalidez, por vejez o por sustitución.

Fecha de inicio del período a liquidar (AAAA-MM): Es importante tener en

cuenta que los términos de prescripción son los definidos en el Artículo 4° de la

Ley 1066 de 2006. Esta misma fecha se tendrá en cuenta para liquidar los días

a que haya lugar hasta el final del mes en que se inició la obligación de pagar la

cuota parte.

Fecha de terminación del período a liquidar: Tendrá formato AAAA-MM.

Días totales de reconocimiento de pensión: En la Resolución de

reconocimiento de la pensión se establece el número de días con el que se

adquiere el derecho de pensión, para el caso de los sustitutos serán los mismos

días que los del pensionado.

Días de concurrencia en la entidad deudora: Corresponde a los días que el

pensionado laboró en la entidad deudora y que se reconocen en la resolución de

pensión; Para el caso de los sustitutos se tendrán en cuenta los mismos días

acreditados al pensionado.

Número de mesadas en un año: En caso de tener derecho a trece (13)

mesadas por año, la mesada de diciembre se multiplica por 2 y se causan a

final del mes. Si el pensionado tiene derecho a catorce (14) mesadas en el año,

la mesada de junio y la de diciembre se multiplicaran por dos, respectivamente.

Valor de la mesada: Se debe ingresar el valor de la mesada pensional que a

la fecha de inicio del periodo de liquidación se está pagando.

La mesada es compartida con el ISS: seleccionando una de las dos

opciones; SI/NO

Resolución de reconocimiento de pensión: Se tiene como soporte de

control para validar la información registrada de la pensión.

Información de reajustes en la mesada o en el porcentaje de cuota parte a que haya

lugar, mediante resolución o por fallo judicial en que se justifique el cambio.

Fecha de aplicación de la reliquidación AAAA-MM. A partir de esta fecha se

realizan los ajustes a los porcentajes o a las mesadas pensionales. Se validará que

la fecha de aplicación corresponda a una fecha dentro del rango de cobro (Fecha de

inicio y fecha final de la liquidación), esta fecha tendrá formato AAAA-MM.

Nota: Si la mesada pensional tiene compartibilidad con el ISS, en este caso el

control de salario mínimo no se tiene en cuenta para evaluar el incremento de

la mesada.

Page 42: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

42

Nuevo valor de la mesada: De acuerdo a la resolución de reliquidación o al

fallo judicial. El cambio se exige desde el momento en que se reconoció el

derecho y hacia adelante con las siguientes mesada que se van a liquidar. El

valor de la nueva mesada debe ser un número mayor o igual que el salario

mínimo del año de aplicación de la reliquidación.

Nuevo porcentaje de cuota parte: De acuerdo a la resolución de

reliquidación o al fallo judicial. El cambio se exige desde el momento en que se

reconoció el derecho hacia adelante. El porcentaje de cuota parte debe ser un

numero entre 0.01 y 99,9%.

Número de resolución o fallo judicial. Se tiene como parámetro de control

para validar la información entre lo registrado y los soportes documentales.

Nota: Cada reliquidación se debe registrar individualmente para que se tenga

en cuenta la fecha de aplicación.

Cuando solo se registre un cambio en la mesada y no en la cuota parte o

viceversa, se entenderá que solo cambia uno de los dos valores y el otro

permanecerá igual.

Page 43: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

43

Page 44: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

44

Ilustración 14 - Formulario Decreto 2191 de 2013

Ilustración 15 - Formulario para reajustes de la mesada

4.4.1. Resultados

Las cuotas partes y los intereses causados se presentan en formato PDF en una tabla

que contiene, además de los datos del cuota-partista:

- Número (Se refiere al contador de periodos liquidados)

- Fecha de la mesada

- Valor de la mesada en cada período

- Valor de la cuota parte en cada período

- Valor de los intereses en cada período

- Suma de la cuota parte y los intereses de cada periodo

- Las correspondientes sumatorias de intereses.

Page 45: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

45

Ilustración 16 - Resultados de liquidación

Page 46: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

46

4.5. Formulario Ley 550 de 1999 Se deben identificar las dos entidades concurrentes que van a estar involucradas en el

proceso de compensación y/o pago de Cuotas Partes Pensionales (Entidad Acreedora y

Entidad Deudora).

Nota: Por tratarse de liquidaciones en las que la tasa de interés se puede pactar, el

usuario podrá escoger entre una de las tres opciones: DTF1, IPC, o una tasa fija

pactada a los largo del cobro.

El Usuario proporcionará al Sistema los datos del Pensionado o Beneficiario de la

pensión, estos datos servirán para la identificación, registro y las actualizaciones

posteriores hechas en el Sistema. Por lo anterior, se deberán registrar los siguientes

datos:

Tipo de documento: Se selecciona una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento: Se debe escribir sólo números.

Nombres y apellidos: Se debe escribir con letras y espacios.

Género: Se selecciona una de las dos opciones; Femenino o Masculino.

Estado civil: Se selecciona una de las cinco opciones:

o Sin información

o Soltero

o Casado

o Divorciado

o Viudo

Tipo de cuota-partista: si es pensionado o beneficiario de pensión

1 A partir de la aplicación de la Ley 1066 la tasa de interés aplicable es el 12%, después es la DTF publicads

mensualmente por el Banco de la República

Page 47: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

47

Registro del pensionado en PASIVOCOL? Se selecciona entre dos opciones:

SI o NO.

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones No Inválido/

Inválido

Si el pensionado tiene algún beneficiario de Ley, se selecciona una de las

siguientes seis opciones:

o Cónyuge

o Sin Información

o Hijos

o Padres

o Hermanos Inválidos

o Otros

Supervivencia: En este campo se deberá informar si el pensionado se

encuentra vivo o ha fallecido, seleccionando una de las dos opciones; SI/NO

CASO 1

Cuando se conozca el tipo de Beneficiario o Potencial Beneficiario de Pensión, se

solicitará registrar la siguiente información:

Tipo de documento: Se selecciona una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento: Se debe escribir sólo números.

Nombres y apellidos: Se debe escribir con letras y espacios.

Género: Se selecciona una de las dos opciones; Femenino / Masculino.

Estado de Invalidez: Se selecciona una de las dos opciones:

o Invalido

o No Invalido

Page 48: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

48

CASO 2

En caso de tratarse de un Pensionado Fallecido (En tipo de cuota partista), el Usuario

deberá registrar al beneficiario que tenga más expectativa de tiempo de disfrute de la

pensión.

Fecha de fallecimiento del pensionado: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD.

Tipo de documento del beneficiario o sustituto de pensión: Se selecciona

una de las tres opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento del beneficiario o sustituto de pensión: Se debe

escribir sólo números.

Nombres y apellidos del beneficiario o sustituto de pensión: Se debe

escribir con letras y espacios

CASO 3

Cuando el tipo de pensión corresponda a un Beneficiario o Sustituto de Pensión, en el

Sistema se deberán incluir los siguientes datos:

Fecha de fallecimiento del pensionado: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD

Tipo de documento del pensionado fallecido: Se selecciona una de las tres

opciones:

o Cédula de Ciudadanía

o Cédula de Extranjería

o Tarjeta de Identidad

Número de documento del pensionado fallecido: Se debe escribir sólo

números.

Calidad del sustituto: Se selecciona una de las tres opciones

o Cónyuge

o Hijos

Page 49: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

49

o Padres

o Hermano Inválido

Fecha de inicio del pago de las mesadas: Se selecciona una fecha que

tendrá formato AAAA-MM-DD

Fecha de inicio de la sustitución: Se selecciona una fecha que tendrá

formato AAAA-MM-DD

Información de la pensión

Fecha del Acto Administrativo: Es la fecha de la resolución en la que se

reconoce el derecho a la pensión, ya sea por invalidez, por vejez o por

sustitución.

Fecha de inicio del período a liquidar (AAAA-MM): Esta misma fecha se

tendrá en cuenta para liquidar los días a que haya lugar hasta el final del mes

en que se inició la obligación de pagar la cuota parte.

Fecha de terminación del período a liquidar: Tendrá formato AAAA-MM.

Días totales de reconocimiento de pensión: En la Resolución de

reconocimiento de la pensión se establece el número de días con el que se

adquiere el derecho de pensión, para el caso de los sustitutos serán los mismos

días que los del pensionado.

Días de concurrencia en la entidad deudora: Corresponde a los días que el

pensionado laboró en la entidad deudora y que se reconocen en la resolución de

pensión; Para el caso de los sustitutos se tendrán en cuenta los mismos días

que el pensionado.

Número de mesadas en un año: En caso de tener derecho a trece (13)

mesadas por año, la mesada de diciembre se multiplica por 2 y se causan a

final del mes. Si el pensionado tiene derecho a catorce (14) mesadas en el año,

la mesada de junio y la de diciembre se multiplicaran por dos, respectivamente.

Valor de la mesada: Se debe ingresar el valor de la mesada pensional que a

la fecha de inicio del periodo de liquidación se está pagando.

La mesada es compartida con el ISS: seleccionando una de las dos

opciones; SI/NO

Resolución de reconocimiento de pensión: Se tiene como soporte de

control para validar la información registrada de la pensión.

Información de reajustes en la mesada o en el porcentaje de cuota parte a que haya

lugar, mediante resolución o por fallo judicial en que se justifique el cambio.

Page 50: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

50

Fecha de aplicación de la reliquidación AAAA-MM. A partir de esta fecha se

harán los ajustes a los porcentajes o a las mesadas pensionales. Se validará

que la fecha corresponda a una fecha dentro del rango de cobro (Fecha de inicio

y fecha de fin de la liquidación), esta fecha tendrá formato AAAA-MM.

Nota: Si la mesada pensional tiene compartibilidad con el ISS, en este caso el

control de salario mínimo no se tiene en cuenta para evaluar el incremento de

la mesada.

Nuevo valor de la mesada: De acuerdo a la resolución de reliquidación o al

fallo judicial. El cambio se exige desde el momento en que se reconoció el

derecho y hacia adelante con las siguientes mesada que se van a liquidar. El

valor de la nueva mesada debe ser un número mayor o igual que el salario

mínimo del año de aplicación de la reliquidación.

Nuevo porcentaje de cuota parte: De acuerdo a la resolución de

reliquidación o al fallo judicial. El cambio se exige desde el momento en que se

reconoció el derecho hacia adelante. El porcentaje de cuota parte debe ser un

numero entre 0.01 y 99,9%.

Número de resolución o fallo judicial. Se tiene como parámetro de control

para validar la información entre lo registrado y los soportes documentales.

Nota: Cada reliquidación se debe registrar individualmente para que se tenga

en cuenta la fecha de aplicación.

Cuando solo se registre un cambio en la mesada y no en la cuota parte o

viceversa, se entenderá que solo cambia uno de los dos valores y el otro

permanecerá igual.

Page 51: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

51

Ilustración 17 - Formulario para Ley 550

Page 52: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

52

Ilustración 18 - Formulario de ajuste de reajuste de mesada

4.5.1. Resultados

Las cuotas partes y los intereses causados se presentan en formato PDF en una tabla

que contiene, además de los datos del cuota-partista:

- Número (Se refiere al contador de periodos liquidados)

- Fecha de la mesada

- Valor de la mesada en cada período

- Valor de la cuota parte en cada período

- Valor de los intereses en cada período

- Suma de la cuota parte y los intereses de cada periodo

- Las correspondientes sumatorias de intereses.

Page 53: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

53

Ilustración 19 - Resultado

Page 54: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

54

4.6. Calculo Masivo de Cuotas

Partes Vencidas A través del módulo de carga masiva de datos, el sistema podrá generar el consolidado

de la liquidación. Así mismo, a través de la consulta de los históricos, se podrá ver

cada una de las liquidaciones realizadas por la entidad, incluyendo las liquidaciones

masivas. Lo anterior, teniendo en cuenta lo siguiente:

a) Seleccione las entidades en las cuales se va a hacer el cobro de las cuotas

partes, tanto deudora como acreedora.

b) Seleccione el tipo de liquidación que va a realizar entre Decreto 2191 (solo

DTF), Ley 550 (DTF, IPC o interés pactado). En caso de ser interés pactado se

debe escribir la tasa de interés mes vencido que se va a aplicar.

c) Cargue el archivo previamente creado en formato cvs de acuerdo al ejemplo

que se puede descargar de

https://www.pasivocol.gov.co/liquidadores/Liquidadores/view6/archivos/Ejempl

o.csv

d) Haciendo click en el botón “Subir archivo” será cargado y validado de acuerdo a

las reglas de cada campo.

Page 55: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

55

Ilustración 20 - Formulario de carga masiva de registros

Page 56: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

56

4.6.1. Campos del archivo masivo

Campo Regla

Tipo de documento Solo se escribe:

C para cédula de ciudadanía

E para cédula de extranjería

T para tarjeta de identidad

Número de documento Solo número

Nombres del pensionado Solo letras

Apellidos del pensionado Solo letras

Fecha de nacimiento Se puede utilizar el formato AAAA-MM-DD o

DD/MM/AAAA

Género Solo se escribe:

F para femenino

M para masculino

Estado civil Solo se escribe:

S para soltero

C para casado

SI para Sin información

V para viudo

D para divorciado

Tipo de cuota-partista Solo se escribe:

B para beneficiario o sustituto

P para pensionado

Está registrado en PASIVOCOL? Solo se escribe:

S para SI

N para NO

Estado de Invalidez Solo se escribe:

V para valido

I para invalido

Si tiene algún beneficiario de ley, en caso de ser Solo se escribe:

Page 57: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

57

pensionado C para cónyuge

H para hijo

M para madre

P para padres

HI para hermano invalido

O para otro que no esté en la lista

SI cuando no se tiene información

(Supervivencia) Aún vive? Solo se escribe:

S para SI

N para NO

Fecha de fallecimiento del pensionado Se puede utilizar el formato AAAA-MM-DD o

DD/MM/AAAA

Tipo de documento del pensionado fallecido Solo se escribe:

C para cédula de ciudadanía

E para cédula de extranjería

T para tarjeta de identidad

Número de documento del pensionado fallecido Solo número

Tipo de Documento del Beneficiario Solo se escribe:

C para cédula de ciudadanía

E para cédula de extranjería

T para tarjeta de identidad

Número de Documento del Beneficiario Solo número

Genero del beneficiario Solo se escribe:

F para femenino

M para masculino

Fecha del acto administrativo de reconocimiento de

la pensión

Se puede utilizar el formato AAAA-MM-DD o

DD/MM/AAAA

Fecha de inicio del periodo a liquidar Se debe utilizar el formato AAAA-MM

Fecha de terminación del periodo a liquidar Se debe utilizar el formato AAAA-MM

Total de días de reconocimiento de Pensión Solo número

Días de Concurrencia Solo número

Numero de Mesadas Solo se escribe:

13 cuando tiene solo una mesada adicional

Page 58: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

58

14 cuando tiene dos mesadas adicionales

La mesada en la fecha es compartida con el ISS Solo se escribe:

S para SI

N para NO

Valor de la primera mesada Solo número

Numero de Resolución Alfanumerico

Page 59: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

59

Ilustración 21 - Validación de registros cargados masivamente

4.7. Consultas y Consolidado El usuario puede hacer clic en el botón “Consultar Histórico” el cual lo dirigirá al

listado de las liquidaciones que ha realizado. Así mismo, el usuario podrá seleccionar

varias liquidaciones para consolidar la información, haciendo clic en el botón

“Consolidar” el cual le permitirá descargar el archivo en Excel o en PDF.

Page 60: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

60

Ilustración 22 - Consulta de Cuotas partes vencidas hechas

Ilustración 23 - Consolidado de cuotas partes vencidas

Page 61: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Manual de Uso | Liquidador de Cuotas Partes

Page 62: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016
Page 63: MANUAL DE USUARIO - · PDF filemanual de usuario liquidador de cuotas partes pensionales – futuras y vencidas seguimiento y actualizaciÓn de historias laborales octubre de 2016

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO

PÚBLICO

Carrera 8 No. 6C- 38, Bogotá D.C.,

Colombia

Línea Nacional: 01 8000 910071

Teléfono en Bogotá: (57 1) 381 1700 -

(57 1) 602 1270 Fax: (57 1) 381 2183

Código Postal: 111711

NIT: 899.999.090-2

www.minhacienda.gov.co